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Sobre el particular, el Tribunal Constitucional en el expediente recado en laSentencia 06220-2005-HC/TC (fj.3), expone que el derecho de defensa tieneuna doble dimensin: (a) una material referida al derecho del imputado deejercer su propia defensa desde el mismo instante en que toma conocimientode que se le atribuye la comisin de determinado hecho delictivo; y (b) unaformal, que supone el derecho a una defensa tcnica; esto es, alasesoramiento y patrocinio de un abogado defensor durante todo el tiempo quedure el proceso.


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