Download - Dcho Político Completo
1derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Rector:Rector:Rector:Rector:Rector: Dr. Luis María Desimoni
Vicerrector: Vicerrector: Vicerrector: Vicerrector: Vicerrector: Comisario Gral. (r) Lic. Carlos Daniel Musso
Secretario Académico:Secretario Académico:Secretario Académico:Secretario Académico:Secretario Académico: Dr. Hugo Alberto Méndez
Secretario Administrativo:Secretario Administrativo:Secretario Administrativo:Secretario Administrativo:Secretario Administrativo: Comisario Gral. (r) Angel Juan Antonio Ramírez
Decano de la FDecano de la FDecano de la FDecano de la FDecano de la Fac. de Cs. Jurídicas y Sociales:ac. de Cs. Jurídicas y Sociales:ac. de Cs. Jurídicas y Sociales:ac. de Cs. Jurídicas y Sociales:ac. de Cs. Jurídicas y Sociales: Dr. Horacio T. Aracama
aautoridades
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3derecho político tomo 1 )
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Autor: Autor: Autor: Autor: Autor: Dr. Horacio T. Aracama
Directora: Directora: Directora: Directora: Directora: Dra. María Evangelina Trebolle
Diseño Gráfico:Diseño Gráfico:Diseño Gráfico:Diseño Gráfico:Diseño Gráfico: Mariela Acorinti y Ariel Ballart
Diagramación: Diagramación: Diagramación: Diagramación: Diagramación: Gabriela Garcia
Correctora Jurídica y de Estilo: Correctora Jurídica y de Estilo: Correctora Jurídica y de Estilo: Correctora Jurídica y de Estilo: Correctora Jurídica y de Estilo: Dra. María Alicia Muract Gola
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( CARTA A LOS CURSANTES )
Doy la bienvenida a los potenciales alumnos de la materia Derecho Político a mi cargo y
los invito para que, juntos, recorramos el camino que atraviesa el mundo político, conozcamos
los fundamentos del Estado como comunidad organizada, del poder como instrumento al
servicio del logro del bien común y, en general, de los fenómenos políticos que, tengamos de
ello conciencia o no, nos envuelven a todos en la vida cotidiana, logrando una mejor comprensión
de los mismos.
En suma, aspiro a mantener con mis alumnos una fluida relación en el curso del ciclo
lectivo que nos enriquezca mutuamente, aprovechando esta bienvenida para enviarles un
afectuoso saludo.
Horacio T. Aracama
A mis alumnos:
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( ANTECEDENTES PROFESIONALES )
Abogado graduado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad
Nacional de Buenos Aires.
Ex Profesor Adjunto de Derecho Político en la Facultad de Derecho de la U.B.A.
Profesor de Derecho Constitucional y de Derecho Político en la Universidad del Museo
Social Argentino.
Profesor de Introducción a la Ciencia Política en la Licenciatura de Seguridad del Instituto
Universitario de la Policía Federal Argentina y de Teoría del Estado en la carrera de
Abogacía del citado Instituto.
Profesor de Teoría del Estado en la Escuela Federal de Policía de la Policía Federal Argentina.
Ex Profesor de Derecho Político en la Escuela de Administración de Empresas – E.S.E.A.D.E.
Ex Profesor de Instrucción Cívica en el Colegio Nacional Buenos Aires dependiente de la
Universidad Nacional de Buenos Aires.
Profesor de Ética y Política en la Universidad de Belgrano.
Ex integrante del Consultorio Jurídico Público del diario La Prensa.
Abogado (J.) de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Policía Federal Argentina.
Curso de Doctorado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad
Nacional de Buenos Aires.
Realización de diversos cursos sobre temas de la especialidad y dictado conferencias.
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La asignatura a desarrollar apunta a comprender acabadamente la relación existente
entre la política, el poder como fenómeno central, el Estado como sociedad organizada y el
derecho como elemento regulador de la actividad política.
Aspira al mismo tiempo, a suministrar al alumno un panorama global de la realidad
política dentro de la cual deberá actuar permanentemente en su calidad de profesional del
derecho, realidad que influye marcadamente en la actividad jurídica y que, por tal razón, es
necesario conocer para tener una mejor comprensión de los problemas y, por ende, lograr un
mejor desempeño.
presentación de la asignatura
paabogacía a distancia )vvvvvv ververververver videovideovideovideovideo)))))(((((presentación de la AsignaturaAsignaturaAsignaturaAsignaturaAsignatura
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LOS OBJETIVOS CENTRALES DE LA ASIGNATURA TIENDEN A QUE EL ALUMNO:LOS OBJETIVOS CENTRALES DE LA ASIGNATURA TIENDEN A QUE EL ALUMNO:LOS OBJETIVOS CENTRALES DE LA ASIGNATURA TIENDEN A QUE EL ALUMNO:LOS OBJETIVOS CENTRALES DE LA ASIGNATURA TIENDEN A QUE EL ALUMNO:LOS OBJETIVOS CENTRALES DE LA ASIGNATURA TIENDEN A QUE EL ALUMNO:
Adquiera un previo y claro conocimiento de los conceptos fundamentales de la política.
Comprenda la organización y las funciones del Estado.
Interprete el poder como fenómeno instrumental político - social al servicio de sus fines.
Discrimine las distintas formas de gobierno que encarnan al poder.
Reconozca las relaciones entre poder y derecho manifestada en la sujeción de la acción
de gobierno a un marco jurídico que le impone límites.
Distinga la incidencia de los factores ideológicos en la vida política.
Trace un panorama sólido de la temática política.
objetivos de la asignatura
ogabogacía a distancia )
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pr)programa
abogacía a distancia
1) 1) 1) 1) 1) Concepciones y manifestaciones: las fases de la política.
2) 2) 2) 2) 2) Política y ética.
1) 1) 1) 1) 1) Ciencia Política.
2) 2) 2) 2) 2) El Poder: concepto, caracteres. Diversas formas.
1) 1) 1) 1) 1) Concepto de Estado.
2) 2) 2) 2) 2) Teorías respecto de la naturaleza del Estado: sociológicas, jurídicas, políticas.
3) 3) 3) 3) 3) Origen y justificación del Estado. Teorías: religiosas, de la fuerza, jurídicas, éticas,
psicológicas, finalistas. Teorías negatorias del Estado: anarquismo, marxismo.
4) 4) 4) 4) 4) Fines del Estado. El bien común. El principio de subsidiariedad.
5) 5) 5) 5) 5) Elementos del Estado. Nación. Geopolítica.
5.1. El poder. Poder social y político. Poder del Estado. Soberanía. Concepto.
5.2. Doctrinas pluralistas y negatorias. La soberanía en el Estado Federal.
6) 6) 6) 6) 6) Gobierno: concepto. Órganos de gobierno. Funciones: legislativas, ejecutivas y judiciales.
1) 1) 1) 1) 1) Clasificación de las formas de Estado conforme al modo de ejercicio del poder respecto
de la población.
1.1. Democracia: principios esenciales de la democracia constitucional.
1.2. Autoritarismo: concepto y caracteres.
1.3. Totalitarismo: concepto y caracteres. Ejemplos.
2) 2) 2) 2) 2) Clasificación de las formas de Estado conforme al ejercicio del poder respecto del territorio.
Centralización y descentralización. Descentralización política y administrativa. Soberanía.
Autonomía y autarquía.
Unidad 2 (conocimiento político)
Unidad 3 (el estado)
Unidad 4 (formas de estado)
Unidad 1 (realidad política)
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2.1. Confederación: concepto y caracteres.
2.2. Estado Federal: concepto y caracteres.
2.3. Estado Unitario: concepto y caracteres.
2.4. La región: concepto y caracteres.
1) 1) 1) 1) 1) Relación entre Estado y Derecho. Iusnaturalismo y positivismo. Teoría de la autolimitación.
2) 2) 2) 2) 2) Estado de Derecho: caracterización. Supremacía constitucional. Control jurisdiccional de
la constitucionalidad de las leyes. La legalidad en la administración.
1) 1) 1) 1) 1) Monarquía. Caracteres.
2) 2) 2) 2) 2) Democracia. Caracteres. Formas: a) directa: concepto; b) semi directas: referendum,
plebiscito, iniciativa popular, recall. Representativa. Modalidades:
2.1. Parlamentaria: órganos que la componen y sus funciones.
2.2. Presidencialista: órganos que la componen y sus funciones.
3) 3) 3) 3) 3) Doctrina de la representación política: antecedentes ingleses y franceses. Naturaleza
jurídica y sociológica de la representación. Teoría del mandato: imperativo y
representativo. Representación funcional. Concepto. Corporativismo.
1) 1) 1) 1) 1) Dinámica Política: a) ideología: concepto; b) utopías; c) mito.
2) 2) 2) 2) 2) Fuerzas políticas: caracterización. Opinión pública.
3) 3) 3) 3) 3) La presión sobre el poder: a) factores de poder: fuerzas armadas y administración pública.
La tecnoburocracia; b) grupos de presión; c) grupos de interés.
4) 4) 4) 4) 4) Fuerzas individuales: tipos de dominación. Clase política. Elitismo. Liderazgo. Autoridad.
5) 5) 5) 5) 5) Partidos Políticos: a) concepto. Origen. Funciones. Elementos; b) clasificación de los
partidos políticos; c) clasificación de los sistemas de partidos.
6) 6) 6) 6) 6) El sufragio: a) concepto y naturaleza jurídica. Clasificación b) sistemas electora les:
mayoritarios y minoritarios.
Unidad 5 (poder y derecho)
Unidad 6 (formas de gobierno)
Unidad 7 (teoría de los actos políticos)
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( BIBLIOGRAFÍA GENERAL )
López, Mario Justo. “Introducción a los Estudios Políticos”. Editorial Kapeluz. Buenos
Aires.
Prelot, Marcel. “Historia de las Ideas Políticas”. Editorial La Ley. Buenos Aires.
Fayt, Carlos. “Teoría de la Política”. Editorial Abeledo. Buenos Aires.
Fayt, Carlos. “Derecho Político”. Editorial Abeledo. Buenos Aires.
Burdeau, George. “Método de la Ciencia Política”. Ediciones Depalma. Buenos Aires.
Chevallier, Jean J. “Los Grandes Textos Políticos”. Editorial Aguilar. Madrid.
Meyneaud, Jean. “Introducción a la Ciencia Política”. Editorial Tecnos. Madrid.
García Venturini, Jorge. “Politeia”. Editorial Troquel. Buenos Aires.
Maritain, Jacques. “El Hombre y El Estado”. Editorial Kraft. Buenos Aires.
Dabin, Jean. “Doctrina General del Estado”. Editorial Tecnos. Madrid. 1965.
Sabine, George. “Historia de la Teoría Política”. Editorial Tecnos. Madrid.
Bidart Campos, Germán. “Derecho Político”. Editorial Aguilar. Buenos Aires.
Usted puede consultar las últimas ediciones de las obras citadas.
Bibliografía obligatoria
Bibliografía de consulta
Bibliografía optativa
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u1unidad uno
realidad política )(
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UNIDAD I
( REALIDAD POLÍTICA )
Concepto de Derecho Político.
Concepto de política.
Fases:
agonal
arquitectónica
plenaria
Relaciones entre política y moral. Distintas concepciones existentes entre ambas.
Mención sintética de los contenidos
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Precisar el concepto de política.
Analizar las distintas fases que ésta adopta en la realidad política.
Comparar las distintas posturas que existen frente a la relación.
Interpretar la relación existente entre el contexto jurídico normativo y la actividad
política.
oaobjetivos de aprendizaje
abogacía a distancia )
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( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD I )
CONCEPTO DE REALIDAD POLÍTICACONCEPTO DE REALIDAD POLÍTICACONCEPTO DE REALIDAD POLÍTICACONCEPTO DE REALIDAD POLÍTICACONCEPTO DE REALIDAD POLÍTICA
POLÍTICA
POLÍTICA - MORAL Relaciones
Posturas
Fases:
Agonal
Arquitectónica
Plenaria
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Lea con atención el artículo del diario Clarín que se adjunta y extraiga sus conclusiones.
1) 1) 1) 1) 1) Compare las decisiones aplicadas por E.E.U.U., Europa y Japón ante el caso de pagos
ilegítimos. ¿En cuáles casos advierte mayor permisividad?
2) 2) 2) 2) 2) Analice el listado (ranking) de países con mayor índice de corrupción, con especial
referencia a los países de América Latina. Ordénelos en forma decreciente.
3) 3) 3) 3) 3) Explicite qué relaciones puede establecer entre corrupción y ética en el desarrollo de las
naciones.
ai)actividad introductoria
abogacía a distancia
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DESARROLLO DE LA UNIDAD I
( REALIDAD POLÍTICA )
Antes de llegar a la definición de Derecho Político, haremos referencia a sus
orígenes.
En el siglo XVI el teólogo Domingo de SotoDomingo de SotoDomingo de SotoDomingo de SotoDomingo de Soto empleó la expresión Derecho Político
en su obra “De Iustitia et Iures”“De Iustitia et Iures”“De Iustitia et Iures”“De Iustitia et Iures”“De Iustitia et Iures” con relación al derecho total de la comunidad que
comprende a los Derechos: Natural, Civil y de Gentes.
Por su parte, MontesquieuMontesquieuMontesquieuMontesquieuMontesquieu lo definió como el derecho que rige las relaciones
entre gobernantes y gobernados. Juan Jacobo Rousseau Juan Jacobo Rousseau Juan Jacobo Rousseau Juan Jacobo Rousseau Juan Jacobo Rousseau lo utilizó como subtítulo de
su obra “El Contrato Social“.
A partir de 1812 la expresión se afirmó en España y se crearon las primeras cátedras
de Derecho Político. En nuestro país fue utilizada por primera vez en 1810, en ocasión de
la traducción de la obra de Rousseau, y en 1922 se creó la cátedra de Derecho Político en
la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
El tratadista Mario J. LópezMario J. LópezMario J. LópezMario J. LópezMario J. López lo define como: “la consideración, en
sentido teórico, de los preceptos jurídicos imbuidos de valores morales que
deben regular la actividad política.”
El Derecho PolíticoDerecho PolíticoDerecho PolíticoDerecho PolíticoDerecho Político se relaciona con:
la Ciencia JurídicaCiencia JurídicaCiencia JurídicaCiencia JurídicaCiencia Jurídica, en cuanto le aporta los conocimientos cerca del derecho y el
Derecho Político constituye la regulación jurídica de la actividad política.
la Ciencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia Política pues ambas se correlacionan y se proyectan hacia un mismo
objeto: la política. El objeto de ésta es la realidad política en su totalidad, mientras
que el Derecho Político la enfoca en lo que se refiere a su relación con el derecho.
la HistoriaHistoriaHistoriaHistoriaHistoria; ya que la historia de los hechos, de las instituciones y de las ideas
políticas constituyen los cimientos para la elaboración del Derecho Político.
1. Concepto de derecho político
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la Antropología Antropología Antropología Antropología Antropología y la SociologíaSociologíaSociologíaSociologíaSociología que aportan al Derecho Político nociones claves
acerca del hombre -sujeto de la política- y de la sociedad, tales como los tipos
humanos y la influencia de la sociedad sobre la vida humana.
la Ciencia EconómicaCiencia EconómicaCiencia EconómicaCiencia EconómicaCiencia Económica, en tanto la realidad económica influencia la actividad
política y ésta a aquélla. Se aprecia, pues, que existe una estrecha interrelación
entre ambas actividades.
La realidad política realidad política realidad política realidad política realidad política es un sector de la realidad humana. Se ha dicho de ella que
es un universo mágico que excede lo real, lo objetivo, constituyendo un mundo de
representaciones, de creencias, de apariencias.
En tal sentido, existe el poder porque se cree en el poder. El líder no sólo es lo que
es, sino lo que la gente cree que es, aunque objetivamente no sea así. Al mismo tiempo
es una realidad cargada de irracionalismo, ya que no se desenvuelve exclusivamente en
base a parámetros lógicos.
La realidad política es un segmento de la realidad social que se traduce en acciones
vinculadas al poder, que es el centro de las acciones políticas.
Así como el acto social está referido a la interacción humana y el económico a la
producción de la riqueza, el acto político está referido al poder y por ende al Estado.
Concepciones y manifestaciones: las fases de la política.Concepciones y manifestaciones: las fases de la política.Concepciones y manifestaciones: las fases de la política.Concepciones y manifestaciones: las fases de la política.Concepciones y manifestaciones: las fases de la política.
El vocablo políticapolíticapolíticapolíticapolítica se deriva de la voz polis y su origen está referido al
sistema político que correspondía a la polis -la Ciudad Estado - en Grecia.
En su sentido más amplio, esa realidad que recibe el nombre de política es política es política es política es política es
actividad humana en interrelación.actividad humana en interrelación.actividad humana en interrelación.actividad humana en interrelación.actividad humana en interrelación. Hay política cuando la actividad de unos seres
humanos en relación con otros, apunta a que el comportamiento de éstos sea el que
aquéllos se proponen para realizar un proyecto de empresa común en cualquier orden
de actividades: sociales, deportivas, económicas.
La política supone siempre convivencia humana, vida social. Sin hombres que
conviven no hay política.
2. Realidad política
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El significado amplio de la palabra política, está comprendido en este concepto
del politólogo Dahl: Dahl: Dahl: Dahl: Dahl: “Un ciudadano se encuentra con la política en el gobierno de un
país, de una escuela, de una iglesia, de una empresa comercial, de un sindicato, de un
club”, es decir que toda empresa humana tiene su política.
Además, la política no queda circunscripta a la actividad del Estado exclusivamente.
Por el contrario, queda incluida en ella la actividad que, con relación al Estado, realizan
los grupos e individuos que no son aquél.
La relación política es necesariaes necesariaes necesariaes necesariaes necesaria, ya que cualquier grupo humano, para
perdurar, la requiere. Sin un gobierno ninguna sociedad puede subsistir.
Santo Tomás Santo Tomás Santo Tomás Santo Tomás Santo Tomás en su obra De Regimine PrincipiumDe Regimine PrincipiumDe Regimine PrincipiumDe Regimine PrincipiumDe Regimine Principium dice: “...Siendo natural que
el hombre viva en sociedad debe haber en ella todo cuanto sea necesario para su gobierno
porque si nadie se ocupara más que de sí mismo pronto se disolvería, a no ser que hubiera
uno que se consagrara a la dirección de los intereses comunes. Es, pues, necesario que en
toda sociedad haya un poder directivo.”
La política política política política política se vincula con la sociedad sociedad sociedad sociedad sociedad ya que es actividad humana interrelacionada
que se da en el seno de la sociedad y como actividad humana se relaciona con la moralmoralmoralmoralmoral y el
derechoderechoderechoderechoderecho que la regulan.
También se vincula con la historiahistoriahistoriahistoriahistoria que constituye el registro de los hechos políticos
en su devenir y con la geografíageografíageografíageografíageografía ya que aquéllos se dan en un ámbito espacial.
Hay asimismo una relación estrecha, como ya dijimos con la economíaeconomíaeconomíaeconomíaeconomía ya que, a
través de la política, se busca satisfacer las necesidades económicas.
Pero en sentido más específico, que es el que nos interesa, la políticapolíticapolíticapolíticapolítica está referidaestá referidaestá referidaestá referidaestá referida
al Estadoal Estadoal Estadoal Estadoal Estado. De acuerdo con ello, son PolíticaPolíticaPolíticaPolíticaPolítica las actividades del Estado y aquéllas que
converjan sobre él desde el llano. Serán políticas las actividades de los órganos estatales,
pero también la actividad de un partido político que procure el poder, o la de un grupo
de presión que busque influir en la acción del mismo.
La política por un lado es una ciencia, un conocimiento de la realidad
política, por el otro es una actividad, es decir que la política es ciencia y praxis.
La políticapolíticapolíticapolíticapolítica implica actividad, la cual se manifiesta en tres fasestres fasestres fasestres fasestres fases: agonal,
arquitectónica y plenaria.
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La primera (Agonal) (Agonal) (Agonal) (Agonal) (Agonal) se refiere a la competencia, a la lucha que se entabla por el
acceso a los cargos de gobierno entre todos los que aspiran a ellos, lucha que se extiende
a la posterior conservación de los cargos obtenidos. Esta competencia es la esencia de la
vida política.
La faz arquitectónicaarquitectónicaarquitectónicaarquitectónicaarquitectónica se refiere al ejercicio del poder, a la actividad desplegada
por quienes tienen el poder, para alcanzar los fines del Estado, que los podemos resumir en
el logro del bien común. Es una actividad conductora para el logro de las metas comunes.
La política en su faz plenariaplenariaplenariaplenariaplenaria es el entrelazamiento de la política agonal y la
arquitectónica, la acción concertada de gobernantes y gobernados en procura del bien
común.
Desde otra perspectiva podemos considerar otros dos aspectos de la política: La
estructuralestructuralestructuralestructuralestructural y la dinámicadinámicadinámicadinámicadinámica. Una estructuraestructuraestructuraestructuraestructura es un todo cuyas partes están articuladas.
En el campo de la política, alude al conjunto de los órganos del poder, de las instituciones
que constituyen la estructura del Estado.
La forma dinámicadinámicadinámicadinámicadinámica alude a la actividad desplegada por los protagonistas de la
política, tanto en la lucha por el poder como la que se realiza desde el mismo para alcanzar
las metas comunes.
Los interrogantes principales de la política son:Los interrogantes principales de la política son:Los interrogantes principales de la política son:Los interrogantes principales de la política son:Los interrogantes principales de la política son:
Quién manda.
Cómo manda.
Para qué manda.
El primero se refiere a la titularidad del poder, a quiénes son los sujetos que ejercen
el poder y que mandan a los demás (monarca, presidente). Abarca a las formas de
gobierno, al modo de organizarse la estructura del poder, de sus titulares.
Cómo mandaCómo mandaCómo mandaCómo mandaCómo manda, alude al modo como el poder es ejercido, al contenido justo o
injusto de lo mandado.
El poder puede tener una legitimidad de origen cuando el título del gobernante
deriva del acceso legal al poder, pero puede incurrir en ilegitimidad de ejercicio cuando,
pese a ese origen, la forma de gobernar es ilegal por violar el derecho o la justicia.
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Por último, el que para qué mandapara qué mandapara qué mandapara qué mandapara qué manda se conecta con los fines del Estado, con los
objetivos para cuya obtención se ejerce el poder.
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sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
La política, en sentido estricto, está referida al Estado, es actividad de los titulares del
poder y de los que, desde el llano, intentan influir sobre ellos.
Las fases de la política son: agonalagonalagonalagonalagonal, que implica lucha por el poder, arquitectónicaarquitectónicaarquitectónicaarquitectónicaarquitectónica
que es la actividad desplegada por los gobernantes para alcanzar el bien común y plenariaplenariaplenariaplenariaplenaria,
que es el entrelazamiento de las otras dos, en procura del bien común.
La forma estructuralestructuralestructuralestructuralestructural se refiere a la organización del poder del Estado, a cuáles son las
magistraturas, y cuáles sus competencias.
La dinámicadinámicadinámicadinámicadinámica alude a la actividad permanente desplegada por los distintos protagonistas
de la vida política.
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1) 1) 1) 1) 1) Busque en libros, diarios y/o revistas, artículos, comentarios o noticias que se refieran a
las fases de la política analizadas en el punto precedente.
2) 2) 2) 2) 2) Clasifíquelos, con acuerdo a su criterio, según correspondan a cada fase.
3) 3) 3) 3) 3) Indique si alguno se refiere a dos o más fases.
4) 4) 4) 4) 4) Efectúe un comentario breve de cada uno, fundamentando la clasificación que realizó.
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
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( DESARROLLO DE LA UNIDAD )
El tema plantea la cuestión de si la actividad política debe sujetarse a determinados
preceptos morales, tanto en lo que se refiere a los medios a emplear como a los fines a
obtener.
Entendemos por moral al conjunto de normas fundadas en principios
vinculados a las ideas de bien, de virtud, de justicia.
También podemos definirla como el conjunto de normas y principios
que regulan la conducta interindividual, sin sanción coactiva.
Del pensamiento de los grandes filósofos griegos se extrae, en forma coincidente,
que la conducta política -en especial la de los gobernantes- debe sujetarse a la moral. En
particular, AristótelesAristótelesAristótelesAristótelesAristóteles consideraba que los fines podían ser políticos pero que los medios
debían ser éticos.
En RomaRomaRomaRomaRoma, los filósofos CicerónCicerónCicerónCicerónCicerón, SénecaSénecaSénecaSénecaSéneca y Marco AurelioMarco AurelioMarco AurelioMarco AurelioMarco Aurelio también participaban
de ese pensamiento.
El mismo criterio imperó durante toda la Edad MediaEdad MediaEdad MediaEdad MediaEdad Media, lo que se aprecia en la
obra de Santo Tomás de AquinoSanto Tomás de AquinoSanto Tomás de AquinoSanto Tomás de AquinoSanto Tomás de Aquino, quien sostuvo que gobiernos rectos y justos son los
que tienen por fin el bien común, y que el gobernante debe poseer las virtudes morales
en grado eminente.
El que rompe con esta relación entre moral y política es Nicolás MaquiaveloNicolás MaquiaveloNicolás MaquiaveloNicolás MaquiaveloNicolás Maquiavelo
(siglo XVI). Su obra más conocida “El PríncipeEl PríncipeEl PríncipeEl PríncipeEl Príncipe” es, en rigor, un manual de técnica política,
enfocando la política en su faz agonal, centrada en la consideración de los medios
adecuados para conquistar y conservar el poder. Separa absolutamente la moral de la
política, estimando que no tienen ningún punto en contacto. Atendiendo, según su criterio,
a la maldad que existe entre los hombres, considera que el Príncipe, para mantener su
poder, no puede practicar todas las virtudes, necesitando con frecuencia hacer algo
contrario a la lealtad, a la bondad o a la religión. En suma, según MaquiaveloMaquiaveloMaquiaveloMaquiaveloMaquiavelo, lo que
interesa son los resultados y por lo tanto son buenos los medios que permiten alcanzar
los fines propuestos.
3. Política y moral
40 tomo 1 derecho político(
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El Dr. José L. ArangurenJosé L. ArangurenJosé L. ArangurenJosé L. ArangurenJosé L. Aranguren, autor del libro “Etica y Política“ estima que existen
cuatro formas de considerar la relación entre Política y Moral:relación entre Política y Moral:relación entre Política y Moral:relación entre Política y Moral:relación entre Política y Moral:
La primera es el realismo político realismo político realismo político realismo político realismo político, que sostiene que la moral nada tiene que
hacer con respecto a la actividad política. Esta es la posición de MaquiaveloMaquiaveloMaquiaveloMaquiaveloMaquiavelo.
La segunda, idealismo políticoidealismo políticoidealismo políticoidealismo políticoidealismo político, rechaza frontalmente la política al sostener que,
de por sí, ésta es sucia y que, por lo tanto, no es propia del hombre que quiere vivir
conforme a principios morales.
La tercera, considera que la moral en la política es vivida como una imposibilidad
trágica: la imposibilidad de conciliar la política y la moral, posición que adopta,
entre otros, el existencialismo del filósofo francés JeanJeanJeanJeanJean P. SartreP. SartreP. SartreP. SartreP. Sartre.
La cuarta, estima que la moral en lo político es vivida dramáticamente, posición
que aparece como la más realista y aceptable y que sostiene que si bien la conciliación
entre ambas es difícil, no es imposible, y que se debe luchar incesantemente por
imponer la moral en la vida política, aunque no se logre plenamente nunca, pero
marcando una tendencia y aunque los logros sean sólo parciales, éstos justifican
de por sí el esfuerzo.
Como expresa el Dr. Bidart CamposBidart CamposBidart CamposBidart CamposBidart Campos no podemos detenernos en averiguar si la
política, como actividad, es o no es moral sino que trataremos de saber si “debe” o no ser
moral.
Indagando en la realidad de una época determinada en que la política fue inmoral,
por ej. durante el régimen hitlerista, podemos afirmar, que fue inmoral porque dio lugar
a la masacre de millones de hombres.
Lo importante es el juicio de valor que nos indique cómo debe ser la
política en relación con la ética.
Si la política es una actividad humana, si el Estado es la forma organizada de la
convivencia humana, hemos de predicar de la política y del Estado lo que predicamos del
hombre. Al hombre no le resulta indiferente el bien y el mal, el hombre puede conocer
mediante su razón lo que es bueno y lo que es malo. Por ende, cuando el hombre convive
social y políticamente, arrastra consigo al ámbito de la política todos los principios morales
que, como persona, recibe de la ética.
41derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
Existen cuatro posiciones frente a las relaciones entre política y moral:
1) 1) 1) 1) 1) La que sostiene la total desvinculación entre ambas, posición de Maquiavelo.
2) 2) 2) 2) 2) La que repudia a la política y propugna la abstención de ella.
3) 3) 3) 3) 3) La imposibilidad trágica de la compatibilización entre ambas. (J.P. Sartre)
4) 4) 4) 4) 4) La que sostiene la dificultad de esa relación pero no la imposibilidad, debiéndose luchar
por imponer la moral en la política.
42 tomo 1 derecho político(
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43derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
Conforme a lo que surge de las fuentes periodísticas, analice el caso del Presidente
de los Estados Unidos, Bill Clinton, a raíz de los juicio por acoso sexual instaurados en su
contra ante los Tribunales de aquél país.
En base, a tales antecedentes extraiga sus conclusiones en punto a considerar si el ejercicio
del poder debe, y en su caso puede, estar presidido por principios éticos.
44 tomo 1 derecho político(
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45derecho político tomo 1 )
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46 tomo 1 derecho político(
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47derecho político tomo 1 )
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49derecho político tomo 1 )
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54 tomo 1 derecho político(
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55derecho político tomo 1 )
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57derecho político tomo 1 )
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58 tomo 1 derecho político(
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59derecho político tomo 1 )
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60 tomo 1 derecho político(
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61derecho político tomo 1 )
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sf)síntesis final
abogacía a distancia
Del desarrollo completo de la unidad podemos extraer como conceptos esenciales
los siguientes:
La política es la actividad referida al Estado, tanto en su fase agonal como en la
arquitectónica. Es actividad humana en interrelación, sujeta al derecho.
Asimismo, la opinión mayoritaria de los pensadores sostiene que la política, como
actividad humana que es, debe estar sujeta a las normas éticas.
62 tomo 1 derecho político(
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63derecho político tomo 1 )
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af)actividad final
abogacía a distancia
De la lectura del contenido total de la unidad, analice si la realidad política se
presenta en forma estática o dinámica, en su caso, a través de qué fases se manifiesta y
cuál es el objetivo final de dicha actividad.
64 tomo 1 derecho político(
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65derecho político tomo 1 )
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ceconceptos eje de unidad
abogacía a distancia )
Los ejes conceptuales de la unidad son:
La política, se entiende como la actividad encaminada a la conducción
de la sociedad mediante el poder y la moral en la inteligencia de que lo político,
como quehacer humano que es, debe estar regido por normas morales.
66 tomo 1 derecho político(
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67derecho político tomo 1 )
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glabogacía a distancia )glosario
Polis Polis Polis Polis Polis: Ciudad Estado de la antigua Grecia. La organización política en Grecia estaba
circunscripta a cada ciudad, la principal fue Atenas y estaban unidas entre sí formando
una confederación.
Agonal Agonal Agonal Agonal Agonal: Palabra de origen griego que significa lucha. Constituye una de las fases de la
política y se refiere a la lucha por la conquista del poder entre los que aspiran a él.
Ética Ética Ética Ética Ética: Parte de la Filosofía que trata de las obligaciones del hombre. Es preceptiva en el
sentido de que brinda los principios que deben regir la conducta.
Moral Moral Moral Moral Moral: Disciplina que enseña las reglas que deben aplicarse para hacer el bien y evitar el
mal. Reglas que son aportadas por la ética.
68 tomo 1 derecho político(
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69derecho político tomo 1 )
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aa)actividad de autoevaluación
abogacía a distancia
1) 1) 1) 1) 1) Enumere cuáles son las distintas fases de la política y cuáles son sus caracteres distintivos.
2) 2) 2) 2) 2) Enuncie cuáles son las diferentes posiciones adoptadas por los pensadores políticos en
torno a las relaciones entre política y moral.
3) 3) 3) 3) 3) Explique por qué se considera que la Ciencia Política es ciencia y cuál es el objeto de
estudio propio de la misma.
4) 4) 4) 4) 4) Enumere las razones que explican la existencia del poder entre los hombres que conviven
en sociedad, el por qué se manda y el por qué se obedece.
70 tomo 1 derecho político(
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71derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( BIBLIOGRAFÍA DE LA UNIDAD I )
López, Mario Justo. “Introducción a los Estudios Políticos”. Editorial Kapeluz. Buenos
Aires.
Bidart Campos. “Lecciones Elementales de Política”. Editorial Ediar. Buenos Aires.
Emilio Guido. “Derecho Político”. Editorial Ergon. Buenos Aires.
Fayt, Carlos S.. “Derecho Político”. Editorial Abeledo Perrot. Buenos Aires.
Ross, Clemente. “Derecho Político”. Editorial Sarrá. Buenos Aires.
Consulte las últimas ediciones de las obras citadas.
Bibliografía obligatoria
Bibliografía de consulta
72 tomo 1 derecho político(
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73derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
u2unidad dos
conocimiento político )(
74 tomo 1 derecho político(
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75derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
UNIDAD II
( CONOCIMIENTO POLÍTICO )
Conocimiento.
Concepto.
Clases.
Conocimiento Político.
Ciencia Política.
El Poder.
Caracteres.
Diversas formas del Poder.
Mención sintética de los contenidos
76 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
77derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
oaobjetivos de aprendizaje
abogacía a distancia )
Analizar qué es el “Conocimiento Político”.
Establecer sus clases.
Analizar la diferencia entre ciencias naturales y culturales o sociales.
Interpretar el problema acerca de si puede hablarse de una ciencia política.
Establecer su objeto de estudio.
Precisar el concepto del Poder, objeto de estudio de la ciencia política.
Caracterizar el Poder Político por sus tipos y sus formas.
Diferenciar al Poder Político de los demás poderes sociales.
Analizar la relación existente entre poder y obediencia
Distinguir por sus características los conceptos de legalidad y de legitimidad.
78 tomo 1 derecho político(
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79derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD II )
CONOCIMIENTO POLÍTICO Estudio del Fenómeno Político
CIENCIA POLÍTICA
PODER POLÍTICO TIPOS
Constituyente
Electoral
De Autoridad
Del Estado
Revolucionario
CONOCIMIENTOCONOCIMIENTOCONOCIMIENTOCONOCIMIENTOCONOCIMIENTOVulgar
Científico
RELACIÓN DE MANDO Obediencia
80 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
81derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Analice la publicación periodística adjunta y, a través de los casos en ella citados,
deduzca la distinción conceptual entre legalidad y legitimidad con relación al poder del
Estado.
ai)actividad introductoria
abogacía a distancia
82 tomo 1 derecho político(
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83derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
DESARROLLO DE LA UNIDAD II
( CONOCIMIENTO POLÍTICO )
Comencemos por señalar que el conocimiento es el resultado que se obtiene del
acto de conocer. Constituye una relación entre un sujeto cognoscente y un objeto (lo que
se quiere conocer), que se expresa en la aprehensión del segundo por el primero.
Hay distintos grados del conocimiento: el empírico o vulgar y el científico, saber
metódico – reflexivo. El primero es espontáneo, pasivo, que todos los seres humanos realizan.
El científico es metódico, provocado, deliberado y tiene la pretensión de validez general.
Con relación al conocimiento político cabe distinguir entre conocimiento político
científico y conocimiento político filosófico. Corresponde a la ciencia política elCorresponde a la ciencia política elCorresponde a la ciencia política elCorresponde a la ciencia política elCorresponde a la ciencia política el
conocimiento de qué, cómo, por qué, y para qué se actúa en el campo de laconocimiento de qué, cómo, por qué, y para qué se actúa en el campo de laconocimiento de qué, cómo, por qué, y para qué se actúa en el campo de laconocimiento de qué, cómo, por qué, y para qué se actúa en el campo de laconocimiento de qué, cómo, por qué, y para qué se actúa en el campo de la
realidad políticarealidad políticarealidad políticarealidad políticarealidad política; queda fuera de su esfera no sólo lo que se “ debe hacer “ sino también
la razón de ser de qué, cómo, por qué y para qué se hace. Este sería el dominio de la
filosofía política en el aspecto moral – del deber ser - y ontológico – del ser- su esencia.
Podemos distinguir, según su finalidad, entre el conocimiento puro o especulativo
y el conocimiento práctico. El acto de conocer puede tener por única finalidad llegar al
conocimiento de una realidad, que es el puro, o puede tener por finalidad el conocimiento
para hacer, para actuar, que es el práctico.
Con relación a lo expuesto, puede afirmarse en lo que hace a la realidad
política, que la “Teoría“ corresponde al conocimiento especulativo y la
“Doctrina“ al conocimiento práctico. Mediante la teoría se trata de conocer la
realidad tal cual es, mediante la doctrina se trata de influir sobre ella para
mantenerla o para cambiarla.
En la actualidad hay coincidencia entre los autores en que existe una CienciaCienciaCienciaCienciaCiencia
Política, Política, Política, Política, Política, ya que reúne los elementos para constituirla. En primer término, existe un
sujeto cognoscente, el politólogo, quien intenta conocer un sector determinado de la
realidad política; se utilizan distintos métodos para arribar al conocimiento; existe un
objeto propio de estudio de la Ciencia Política, que es el poder, y los conocimientos
Conocimiento político
Ciencia política
84 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
adquiridos son transmisibles. Y si bien es cierto que no es posible establecer en ella leyes
de validez universal, propio de las ciencias naturales o de las puras, ello no le quita su
condición de ciencia ya que se trata de una ciencia cultural, social, regida por otros
principios.
El estudio de la Ciencia Política se circunscribe estrictamente al análisis
de los fenómenos políticos tal cual se dan en la realidad, dejando de lado toda
valoración, toda crítica que correspondería al campo de la filosofía política.
El politólogo BurdeauBurdeauBurdeauBurdeauBurdeau la define como: “... la ciencia que se propone estudiar las
relaciones de autoridad y de obediencia y sus efectos sobre el comportamiento de los
hombres“.
La expresión Ciencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia Política no fue fácil precisar cuando comenzó a ser
empleada. Su uso se expandió en el siglo XIX. En Francia, la expresión fue utilizada en
plural sciences politiquees. En Estados Unidos de América fue más usada a partir de las
últimas décadas del siglo pasado.
Después de la segunda guerra mundial su empleo se generalizó en casi todos los
países y con tal designación, han surgido cátedras y departamentos de altos estudios y
facultades.
Entre sus principales precursores cabe mencionar a Aristóteles, Maquiavelo,Aristóteles, Maquiavelo,Aristóteles, Maquiavelo,Aristóteles, Maquiavelo,Aristóteles, Maquiavelo,
Bodin, Montesquieu.Bodin, Montesquieu.Bodin, Montesquieu.Bodin, Montesquieu.Bodin, Montesquieu.
Resulta ilustrativo tener presente la clasificación clasificación clasificación clasificación clasificación de las ciencias, en naturales y
del espíritu, culturales o sociales, perteneciendo la Ciencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia Política a este segundo grupo.
En lo que se refiere al métodométodométodométodométodo a utilizar en Ciencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia Política, no podemos hablar
de uno específico sino de varios, ya que cada escuela o tendencia tiene el suyo. De tal
suerte, son utilizables los métodos inductivo, deductivo, empírico, histórico y
comparativo, entre otros.
En cuanto al objeto de estudioobjeto de estudioobjeto de estudioobjeto de estudioobjeto de estudio propio de la Ciencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia Política, hay posiciones
divergentes. La UNESCOUNESCOUNESCOUNESCOUNESCO, en 1948, promovió una reunión de especialistas, los que
elaboraron una lista de temas que serían el objeto de estudio.
85derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Algunos autores como Jellinek, Laski, PrelotJellinek, Laski, PrelotJellinek, Laski, PrelotJellinek, Laski, PrelotJellinek, Laski, Prelot han considerado al EstadoEstadoEstadoEstadoEstado como
objeto de estudio.
Otros, en cambio, estiman que es el PoderPoderPoderPoderPoder el objeto específico de estudio de la
Ciencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia Política por considerar que el poder está presente directa o indirectamente en
todos los fenómenos políticos, siendo esta posición la que cuenta con mayor consenso
en la actualidad.
Se ha planteado la cuestión de si se puede llegar a la formulación de leyes con
relación a los hechos políticos tal como ocurre en las ciencias naturales.
Con relación a ello BurdeauBurdeauBurdeauBurdeauBurdeau sostiene que, aunque es dudoso que el universo
político obedezca a leyes causales del tipo de las del universo físico, sí pueden ser
establecidas constantes y regularidades propias del comportamiento humano,
uniformidades que se observan en la sucesión de ciertos fenómenos.
Por otra parte no se debe perder de vista que la Ciencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia PolíticaCiencia Política es una ciencia
cultural que tiene por protagonista al hombre y, en tal virtud, no le son de aplicación los
mismos principios que rigen en el mundo físico, pero tal situación no le quita su carácter
de Ciencia ya que reúne todos los requisitos para ello.
86 tomo 1 derecho político(
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87derecho político tomo 1 )
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CONOCIMIENTO POLÍTICO. CIENCIA POLÍTICACONOCIMIENTO POLÍTICO. CIENCIA POLÍTICACONOCIMIENTO POLÍTICO. CIENCIA POLÍTICACONOCIMIENTO POLÍTICO. CIENCIA POLÍTICACONOCIMIENTO POLÍTICO. CIENCIA POLÍTICA
El conocimiento es el resultado del acto de conocer, que es una relación entre un
sujeto cognoscente y un objeto – lo que se quiere conocer – que se traduce en la aprehensión
del segundo por el primero.
El conocimiento puede ser vulgar o científico. El primero es el que realizan todas
las personas. El científico es metódico y tiene la pretensión de validez general.
Por su parte, la política constituye una ciencia, ciencia social o cultural cuyo objetoobjetoobjetoobjetoobjeto
de estudio es el poderde estudio es el poderde estudio es el poderde estudio es el poderde estudio es el poder. Si bien no pueden establecer leyes de validez universal, propias
del mundo físico pueden, en cambio, señalarse regularidades, tendencias en los
comportamientos políticos.
sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
88 tomo 1 derecho político(
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89derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Analice y deduzca, conforme a lo desarrollado en la unidad, si la Política reúne los
elementos que permitan considerarla una Ciencia y, en tal caso, si es posible en ella
establecer leyes, tal como ocurre en las ciencias de la naturaleza.
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
90 tomo 1 derecho político(
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91derecho político tomo 1 )
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( DESARROLLO DE LA UNIDAD )
En su acepción más amplia, la palabra poder poder poder poder poder (potencia en el lenguaje aristotélico –
tomista) sirve para indicar una aptitud para hacer algo, así como también señalar al sujeto
o titular de esa aptitud. En tal sentido, se puede tener poder y ser poder.
El Poder es un fenómeno social, que se da en el seno de la sociedad en la
relación interhumana.
La concepción que prevalece, es que el poder es una relación en virtud de la cual,
la acción de unos determina el comportamiento de otros; les impone determinada
conducta y esta imposición es acatada. En suma se trata de una relación de mandose trata de una relación de mandose trata de una relación de mandose trata de una relación de mandose trata de una relación de mando
y obediencia.y obediencia.y obediencia.y obediencia.y obediencia.
Podemos distinguir el poder estatalel poder estatalel poder estatalel poder estatalel poder estatal, inherente al mismo, y que se personifica en
los gobernantes, cuyas decisiones se imputan a aquél; y el poder no estatalel poder no estatalel poder no estatalel poder no estatalel poder no estatal que puede
ser económico, sindical, militar, religioso, etc.
La necesidad de dirección que se requiere en todo grupo humano para alcanzar
objetivos comunes, se canaliza mediante el poder en el Estado.
El gobernante tiene realmente poder sólo en la medida en que es obedecido, de
lo contrario, - cualquiera sea el título que ostente - la relación de poder no se establece.
En cuanto al poder político estricto, éste es el que tiene al Estado como marco de
referencia. El poder del Estado está personificado en los gobernantes, y el resto de los
que habitan en el mismo territorio, los gobernados, que acatan las órdenes emanadas de
aquéllos.
La relación mando - obediencia implica siempre bilateralidad que conlleva coerción,
es decir, la posibilidad de aplicar la fuerza por los que mandan y establecer la obediencia,
del otro extremo, de los gobernados.
El poder, tiene un componente psicológico sobre el cual se asienta y es que los
gobernados creen que deben obedecer, y que es necesario hacerlo a los gobernantes
El Poder
92 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
establecidos a través de determinados procedimientos. De esto deriva la noción de
legitimidadlegitimidadlegitimidadlegitimidadlegitimidad; se tiene por legítimo al poder constituido de acuerdo a cierta creencia
dominante en cada sociedad.
La relación de poder plena,relación de poder plena,relación de poder plena,relación de poder plena,relación de poder plena, se da cuando el que manda tiene facultad
para hacerlo y el que obedece lo hace por convencimiento, no por miedo, por
conveniencia o por costumbre y esta convicción surge de que el que ordena
tiene competencia para ello y lo que manda es legal.
Los caracteres que presenta el poder político son los siguientes:
1) plenarioplenarioplenarioplenarioplenario: significa que el poder político del Estado recae sobre todos los grupos e
individuos que lo habitan, sin excepción, ello en oposición a lo que ocurre con los
llamados poderes sociales, denominados así porque se dan en el seno de la sociedad,
pero que únicamente tienen vigencia dentro de determinados grupos sociales, por
ejemplo el poder sindical, el religioso, el militar.
2) inexcusableinexcusableinexcusableinexcusableinexcusable: implica que el poder político estatal está presente en todo tiempo y
lugar. Estemos donde estemos, en el norte o en el sur del país estaremos siempre
sometidos a su imperio.
3) irresistibleirresistibleirresistibleirresistibleirresistible: ello significa que las órdenes emanadas de los titulares del poder
político del Estado deben ser acatadas inexorablemente, de lo contrario y a tal
efecto, aquellos apelan a la coacción, a la fuerza.
4) monopolizadormonopolizadormonopolizadormonopolizadormonopolizador de la coacción pública. Ello implica que sólo el Estado, a través
de sus órganos competentes tiene la facultad legal de emplear la coacción, la fuerza,
para hacer cumplir sus decisiones.
La doctrina señala que el poder políticopoder políticopoder políticopoder políticopoder político se manifiesta a través de distintas formasformasformasformasformas que
son las que mencionamos a continuación:
1- PODER CONSTITUYENTEPODER CONSTITUYENTEPODER CONSTITUYENTEPODER CONSTITUYENTEPODER CONSTITUYENTE: es el poder mediante el cual el pueblo, por vía de los
representantes que elige, dicta la Constitución de un Estado. Se divide en poder
constituyente originariooriginariooriginariooriginariooriginario y derivadoderivadoderivadoderivadoderivado. El primero es aquél mediante cuyo ejercicio
se dicta la primer constitución de un Estado. En nuestro país ello ocurrió con la
Constitución de 1853. Se señala que es un poder fundacional porque mediante la
primera constitución se crea al Estado, se establecen los poderes del Estado, cuáles
son sus atribuciones, si el Estado adopta la forma unitaria o federal, etc.
93derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Por su parte, el derivado se refiere al procedimiento establecido en la Constitución vigente
para realizar su reforma. En nuestra Constitución es necesario una previa declaración por parte
del Congreso que determine la necesidad de la reforma, logrado lo cual deberá convocarse a
una Convención Constituyente la que, como organismo ad-hoc, se abocará a la reforma. En
nuestro país ello ocurrió en los años 1860 – 1866 – 1898 – 1949 – 1957 y la última en 1994.
2- PODER DEL ESTADOPODER DEL ESTADOPODER DEL ESTADOPODER DEL ESTADOPODER DEL ESTADO: es el poder inherente al propio Estado como organización
política. Todo Estado cuenta con poder, por ello podemos hablar del poder del
Estado argentino, del Estado francés, etc..
Se trata de un poder objetivo ya que no recae en personas sino que su
titular es el propio Estado.
3- PODER DE AUTORIDADPODER DE AUTORIDADPODER DE AUTORIDADPODER DE AUTORIDADPODER DE AUTORIDAD: es el poder que detentan las autoridades, los titulares de
los poderes del Estado: Presidente, Legisladores, Jueces. Dichos poderes son los
contemplados en la segunda parte de la Constitución Nacional titulada AUTORIDADES
DE LA NACIÓN. Se trata de un poder subjetivo porque sus titulares son personas
concretas.
4- PODER ELECTORALPODER ELECTORALPODER ELECTORALPODER ELECTORALPODER ELECTORAL: en una auténtica democracia, el poder está titularizado en el
pueblo. Como vivimos en una democracia representativa, el pueblo no ejerce
directamente el poder sino que lo hace a través de los representantes - que elige
mediante el voto en las elecciones - en ejercicio del poder electoral por el cual transmite
a los representantes el poder que originalmente tiene.
El poder ofrece también un aspecto jurídico esencial. No hay Estado sin derecho,
porque éste constituye uno de sus elementos necesarios. El poder estatal se ejerce siempre
de conformidad a una normativa jurídica, de lo contrario sería sólo fuerza, arbitrariedad.
El desarrollo del constitucionalismo a fines del siglo XVIII instituyó lo que se llama
el Estado de DerechoEstado de DerechoEstado de DerechoEstado de DerechoEstado de Derecho, que significa que el Estado se somete voluntariamente al
ordenamiento jurídico que él mismo elabora. Ello importó un extraordinario progreso
para la humanidad, ya que significó el reemplazo de la voluntad omnímoda, arbitraria,
sin límites de los gobernantes de los regímenes absolutistas, por el imperio de la ley. Esto
se tradujo en la posibilidad, por parte de los gobernados, de lograr una mejor defensa de
sus derechos individuales, que quedaron consagrados concretamente en las declaraciones
de derechos y garantías incorporadas a las constituciones de todos los pueblos civilizados.
94 tomo 1 derecho político(
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Con relación al poder del Estado debemos distinguir una legitimidadlegitimidadlegitimidadlegitimidadlegitimidad
dedededede origen origen origen origen origen y una legitimidad de ejerciciolegitimidad de ejerciciolegitimidad de ejerciciolegitimidad de ejerciciolegitimidad de ejercicio.
La primera, se refiere al título que tiene el gobernante, es decir, al modo legal como
ha llegado al poder. Hay legitimidad de origen cuando se ha accedido al poder deHay legitimidad de origen cuando se ha accedido al poder deHay legitimidad de origen cuando se ha accedido al poder deHay legitimidad de origen cuando se ha accedido al poder deHay legitimidad de origen cuando se ha accedido al poder de
acuerdo al procedimiento previsto en la Constitución o en la leyacuerdo al procedimiento previsto en la Constitución o en la leyacuerdo al procedimiento previsto en la Constitución o en la leyacuerdo al procedimiento previsto en la Constitución o en la leyacuerdo al procedimiento previsto en la Constitución o en la ley, entonces se
trata de un gobernante “de derecho“. De lo contrario, si se llega por la fuerza estamos en
presencia de un usurpador, de un gobernante “de facto “.
Por su parte, la legitimidad de ejercicio se refiere al modo como se utilizala legitimidad de ejercicio se refiere al modo como se utilizala legitimidad de ejercicio se refiere al modo como se utilizala legitimidad de ejercicio se refiere al modo como se utilizala legitimidad de ejercicio se refiere al modo como se utiliza
el poderel poderel poderel poderel poder, si se lo hace rectamente, con justicia, respetando la ley, con orientación al bien
común o si, por el contrario, se lo hace arbitrariamente, violando la Constitución, otorgando
privilegios a determinados sectores, persiguiendo a otros, etc.
Por ello, puede ocurrir que un gobierno tenga legitimidad de origen y, no obstante,
incurra abiertamente en ilegitimidad de ejercicio. Un ejemplo de esto sería el nazismo, en
Alemania, que en el año 1933 llegó al poder por la vía electoral – y en tal virtud tenía
legitimidad de origen - pero que, ya en el poder, instauró un régimen totalitario que arrasó
con la democracia, la Constitución y los derechos humanos.
El gran Filósofo alemán Max Weber Max Weber Max Weber Max Weber Max Weber distinguió, en base al fundamento primario
de su legitimidad, tres tipos de dominación legítimadominación legítimadominación legítimadominación legítimadominación legítima:
a) de carácter racional (dominación legal con administración burocrática);
b) de carácter tradicional (dominación tradicional);
c) de carácter carismático.
La denominación legítima de carácter racional se refiere al gobernante que accede al
poder por la vía legal y, en tal virtud, logra acatamiento de los gobernados, independientemente
de sus características personales.
La de carácter tradicional, alude al poder que se adquiere conforme a una tradición
inveterada de una sociedad, por ejemplo en las sociedades primitivas, el poder ejercido
por los ancianos o los guerreros.
En la de carácter carismático, el poder se ejerce en virtud de la gravitación personal
de un individuo, en función de las condiciones personales que tiene, de la atracción que
ejerce sobre la gente ya que cuenta con carisma, término que podemos definir como la
95derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
capacidad de lograr seguimiento. Se trata de una característica natural de la que están
investidas ciertas personas; los ejemplos más notorios de líderes carismáticos serían John
Kennedy, Charles De Gaulle, Adolf Hitler.
El carácter relacional que tiene el poder, como ya se ha visto, evidencia su
naturaleza psicosocial. No se es poderes poderes poderes poderes poder - ni se tiene - sino en la medida en que se ejerce y
sólo se lo hace cuando se establece la relación que liga a distintas personas. Un poder
solamente en potencia no es verdadero poder. Sólo existe realmente poder cuando se
actualiza, es decir, cuando una voluntad obra sobre otra y consigue que ésta haga o deje
de hacer algo.
La bilateralidad del poder implica la coerción por parte de unos y el consentimiento
de otros. La coerción y el consentimiento no se excluyen sino que obran paralelamente,
se combinan en las relaciones del poder.
Resulta ilustrativo señalar la diferencia conceptual entre poder e
influencia. Hay poder cuando la relación política opera de arriba hacia abajo,
de los ocupantes de los cargos a los no ocupantes, para determinar sus
voluntades. Hay, en cambio, influencia cuando opera en sentido inverso, de
abajo a arriba, de los no ocupantes de los cargos a los que los ejercen.
Si en todo grupo humano donde hay un fin a alcanzar, hay un poder para conseguir
ese fin, en el Estado hay también un poder para alcanzar el fin del bien común.
Es sabido que, en la realidad política, el que tiene poder tiende a aumentarlo, aún
en exceso. Ello plantea el problema de los límites del poder a fin de evitar la arbitrariedad,
la dictadura. A tal efecto, el Constitucionalismo ha creado diversas técnicas para que el
poder no desborde; la principal de las cuales, es la división de poderes establecida en las
constituciones, encargando a cada una de las divisiones del poder una serie determinada
de facultades que no puede traspasar. Esto, a la par de que cada uno de los poderes
controla al otro, a fin de impedir que ninguno de ellos pueda ir más allá de las facultades
que le otorga la Constitución, produce efectos que serán analizados en las unidades
correspondientes.
96 tomo 1 derecho político(
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97derecho político tomo 1 )
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EL PODEREL PODEREL PODEREL PODEREL PODER
El poder es una relación de mando y obediencia, en virtud de la cual la acción de
unos condiciona la conducta de otros, incluso recurriendo a la coacción si fuera necesario.
Los caracteres del poder político son: plenario, inexcusable, irresistible y
monopolizador de la coacción pública.
Las distintas formas del poder político son: constituyente, electoral, de autoridad
del Estado.
sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
98 tomo 1 derecho político(
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99derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Señale y explique cuales son los caracteres esenciales del Poder Político del Estado.
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
100 tomo 1 derecho político(
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101derecho político tomo 1 )
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El conocimiento político es una rama del conocimiento cuyo objetivo es el análisis
de los fenómenos políticos en general.
En la actualidad se acepta, en forma casi unánime, que la política es una verdadera
Ciencia ya que reúne los elementos para ser considerada como tal: sujeto cognoscente,
método y objeto propio de estudio.
En cuanto al poder, éste es siempre relacional, vincula a dos o más personas, las
que mandan y las que obedecen las órdenes y asienta su efectividad en un ingrediente
psicológico: las personas aceptan la existencia del poder como algo natural, creen que
deben obedecer.
Su existencia surge de la necesidad de que, en todo grupo humano, debe existir
una dirección para poder alcanzar los objetivos comunes.
El poder político estricto es el que tiene como titular al Estado y lo ejercen los
gobernantes y, en el extremo opuesto se encuentran las personas que acatan las órdenes
emanadas de aquéllos que cuentan, eventualmente, con el empleo de la coerción para
hacerlas cumplir.
Hay legitimidad de origen en el poder de los gobernantes cuando se ha accedido
al mismo por los medios previstos en la Constitución de ese Estado y legitimidad de
ejercicio cuando el poder es ejercicio conforme a la ley, con respeto de los derechos y
garantías de los ciudadanos.
sf)síntesis final
abogacía a distancia
102 tomo 1 derecho político(
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103derecho político tomo 1 )
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Señale, aportando los fundamentos correspondientes, cuál es el objeto de estudio
propio de la Ciencia Política.
af)actividad final
abogacía a distancia
104 tomo 1 derecho político(
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105derecho político tomo 1 )
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ceconceptos eje de unidad
abogacía a distancia )
Esta unidad contiene el siguiente eje conceptual:
La Ciencia Política es el estudio metódico y sistemático de los fenómenos
políticos y del poder como objeto de estudio específico de aquella, y como
fenómeno presente en todos los acontecimientos políticos.
106 tomo 1 derecho político(
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107derecho político tomo 1 )
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glabogacía a distancia )glosario
Legitimidad Legitimidad Legitimidad Legitimidad Legitimidad: calidad de legítimo, conforme a la ley.
Dominación Dominación Dominación Dominación Dominación: acción de dominar, mando sobre otro.
Carisma Carisma Carisma Carisma Carisma: fascinación, atractivo de que gozan algunas personas con el que obtienen
seguimiento.
Inveterada Inveterada Inveterada Inveterada Inveterada: arraigada, vieja, verbigracia: una costumbre.
Coerción Coerción Coerción Coerción Coerción: posibilidad de aplicar la fuerza para hacer cumplir una decisión.
108 tomo 1 derecho político(
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109derecho político tomo 1 )
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aa)actividad de autoevaluación
abogacía a distancia
A) Marque con una x la alternativa que considere oportuna atendiendoA) Marque con una x la alternativa que considere oportuna atendiendoA) Marque con una x la alternativa que considere oportuna atendiendoA) Marque con una x la alternativa que considere oportuna atendiendoA) Marque con una x la alternativa que considere oportuna atendiendo
a que (V) corresponda a la alternativa verdadera y (F) a la falsa.a que (V) corresponda a la alternativa verdadera y (F) a la falsa.a que (V) corresponda a la alternativa verdadera y (F) a la falsa.a que (V) corresponda a la alternativa verdadera y (F) a la falsa.a que (V) corresponda a la alternativa verdadera y (F) a la falsa.
B) Fundamente cada elección que efectuó en AB) Fundamente cada elección que efectuó en AB) Fundamente cada elección que efectuó en AB) Fundamente cada elección que efectuó en AB) Fundamente cada elección que efectuó en A
(V) (F)
1. La ciencia política permite establecer leyes de validez
universal con relación a la actividad política.
2. El objeto de estudio de la ciencia política es el Estado.
3. El poder es un fenómeno político de mera fuerza.
4. El poder político tiene los mismos caracteres que los
demás poderes sociales.
5. El poder es una relación de Mando y obediencia.
110 tomo 1 derecho político(
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111derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( BIBLIOGRAFÍA DE LA UNIDAD II )
López, Mario Justo. “Introducción a los Estudios Políticos”. Editorial Kapeluz. Buenos
Aires.
Campos, Bidart. “Derecho Político”. Editorial Edia. Buenos Aires.
Fayt, Carlos S.. “Derecho Político”. Editorial Abeledo Perrot . Buenos Aires.
Bertrand de Jouvenel. “El Poder”. Editora Nacional. Madrid.
Real de Azua, Carlos. “El Poder”. Editora Celadu. Montevideo.
Consulte las últimas ediciones de las obras señaladas.
Bibliografía obligatoria
Bibliografía de consulta
112 tomo 1 derecho político(
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113derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
u3unidad tres
el estado )(
114 tomo 1 derecho político(
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115derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
UNIDAD III
( EL ESTADO )
Concepto de Estado.
Teorías respecto de la naturaleza del Estado.
Origen y justificación del Estado.
Fines del Estado.
Elementos del Estado.
Soberanía.
Gobierno.
Funciones.
Mención sintética de los contenidos
116 tomo 1 derecho político(
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117derecho político tomo 1 )
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Delimitar el concepto de Estado como organización política.
Analizar las teorías respecto a la naturaleza del Estado.
Identificar sus elementos componentes.
Precisar su naturaleza como fenómeno de interacción humana.
Diferenciar sus funciones ejecutivas, legislativas y judiciales.
Interpretar las teorías negatorias del Estado.
Analizar la finalidad del Estado.
oaobjetivos de aprendizaje
abogacía a distancia )
118 tomo 1 derecho político(
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119derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD III )
Concepto
Naturaleza: Teorías
Justificación: Teorías
Fines
Elementos
Soberanía
Gobierno
EL ESTADOEL ESTADOEL ESTADOEL ESTADOEL ESTADO
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121derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
ai)actividad introductoria
abogacía a distancia
Analice el adjunto capítulo del libro “El Rechazo del EstadoEl Rechazo del EstadoEl Rechazo del EstadoEl Rechazo del EstadoEl Rechazo del Estado“ del autor francés
Jean Francois Revel; y extraiga conclusiones con relación a la controversia planteada
sobre la extensión o limitación de las funciones a cargo del Estado.
122 tomo 1 derecho político(
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123derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Revel, Jean Francois.
Editorial Sudamericana.
Bs. As. 1985,
EL RECHAZO DEL ESTADO1
Es innegable que hoy en día aumenta en 1os países industriales e incluso en el
tercer mundo una propensión al rechazo del Estado. Uno está en su derecho de reírse del
simplismo de la discusión sobre «menos Estado» o «más Estado». Pero sería un error
ignorar la fuerza de la corriente de opinión hostil a la megalomanía del Estado, corriente
internacional hasta el punto de que, no sólo la Gran Bretaña conservadora de la señora
Thatcher, sino también los gobiernos de dirección socialista de Portugal, de España y de
Italia, empiezan a plantearse en términos prácticos la cuestión de la desnacionalización
parcial de sectores públicos que nunca hubieran debido llegar a serlo.
En Francia, después de las elecciones de 1981 y de la ráfaga de nacionalizaciones
que les siguieron, la prensa extranjera, a diferencia de los liberales franceses, habló más
que de ruptura, de continuidad. Al fin y al cabo, ¿no hacía ya mucho tiempo que el
Estado francés administraba de un modo u otro la economía? Exacto. Además, la opinión
pública se inclinaba con constancia en favor de las nacionalizaciones y de todo lo que
confería al poder público vastas atribuciones. De pronto, a fines de 1983, esta tendencia
se invirtió. Por vez primera desde la segunda guerra mundial, los franceses empezaron a
decir que para salvar la economía confiaban más en la empresa privada que en el sector
estatificado. En otros campos, por ejemplo la enseñanza o la prensa, la hostilidad al
monopolio estatal o a reglamentaciones autoritarias, supera ya frecuentemente el 70 %
de las opiniones. ¿Qué es lo que ha pasado?
Para comprenderlo hay que empezar por comprender el origen, las causas, la
evolución, las intenciones, los objetivos de este dirigismo de Estado. Pocos libros recientes
nos ayudan tanto para ello como Le capitalisme et l’ État en France, de Richard Kuisel,
libro en el que la competencia erudita armoniza con una elegante claridad. Gracias al
historiador norteamericano, no es sólo la historia económica de nuestro siglo, es la historia
a secas, lo que conseguimos ver con una mirada nueva, con su mezcla indisociable de
1Acerca de: Le capitalisme de l’Etat en France, modernisation et dirigisme au XX, siécle, de Richard Kuisel, traducido del
inglés por André Charpentier, prólogo de Jean Noël Jeanneney, Gallimard. La Liberté a refaire, obra colectiva presentada
por Michel Prigent, Pluriel.
124 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
datos materiales, de construcciones políticas, de factores sicológicos. Y también de hechos
militares: porque la guerra de 1914 - 1918 empujó, como exige toda economía de guerra,
a una cooperación entre los industriales y el Estado, a previsiones de producción, a
repartos, a controles. Fue después de esta guerra cuando apareció la expresión de
«economía mixta». Como vemos, no es precisamente una novedad... 2 Hacia 1930
nacieron las palabras «tecnocracia», «planificación» y también «dirigismo», después de
que apareciera el libro pionero de Bertrand de Jouvenel, L’économie dirigée (1928).
No obstante, el firme propósito de dirigir del todo la economía surgió de la
humillación de la derrota de 1940. Vichy, lo mismo que la Resistencia, atribuyó el desastre
producido en el campo de batalla a un desastre más profundo en lo referente al poderío
industrial, a la demografía, a las técnicas, al deseo de crear. Al lado de los patriarcas
arcaizantes que predicaban el «retorno a la tierra», los ministerios de Vichy contaban
con numerosos tecnócratas modernos cuyo inmenso error fue creer que podían revitalizar
Francia bajo la ocupación enemiga, pero cuyas ideas para renovación de después de la
guerra diferían muy poco de las de los resistentes. «Coincidiendo en un común rechazo
de la Tercera República -escribe Kuisel-, unos y otros contribuyeron a empujar a Francia
hacia una nueva configuración de su economía.»
Cuando en 1945 se rechazaron los planes maximalistas del paso al socialismo,
permanecieron las dos ideas principales de los organizadores resistentes o vichysistas: la
economía francesa debe dirigirse según un plan, la economía francesa necesita
modernizarse. Las nacionalizaciones de la posguerra se concibieron como instrumentos
de ese dirigismo modernizador, y no como el inicio de una revolución en el régimen de la
propiedad. El primer comisario del Plan, Jean Monnet, asoció los jefes de empresa a la
elaboración del Plan, y así posteriormente sus directrices ya no fueron acogidas como
absurdos diktats. El estado de ánimo de ese dirigismo de la «economía concertada» (la
expresión es de Etienne Hirsch, sucesor de Jean Monnet) se apartaba inequívocamente
de todo propósito de colectivización próxima o lejana y de «desprivatización» de la
economía. Los planificadores no pretendían sustituir a la empresa y al mercado, aspiraban
a completarlos aportando la precisión en el análisis, la visión de conjunto, la imaginación
prospectiva a una patronal que a menudo carecía de esos dones. «La planificación francesa
-dice Kuisel- adoptó un carácter neoliberal. Pasó a ser un factor de crecimiento económico
más que un avance hacia el socialismo.»
Por eso se comete un error interpretando el «cambio» de 1981 como una simple
acentuación de la vieja tendencia dirigista francesa. Lo que inspira las transformaciones
realizadas o proyectadas desde 1981 es ante todo el afán de reforzar el poder del Estado
como instrumento de un cambio de sociedad. Si el Estado se anexiona tantas esferas de
2Véase más arriba, p. 10.25 de junio de 198425 de junio de 198425 de junio de 198425 de junio de 198425 de junio de 1984.
125derecho político tomo 1 )
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actividad, ya no es, como en el período precedente, con la idea o la ilusión de que van a
funcionar mejor en sus manos: es para que no funcionen fuera de él. Es para suprimir
uno tras otro los obstáculos que limitan su poder. Las nacionalizaciones no se justificaban
económicamente, y la experiencia lo demuestra de sobras. El Estado no puede administrar
directamente esta plétora, pero tampoco se decide a dejar que la administren, como lo
demuestra el «vals de los ejecutivos», porque entonces debería renunciar al poder. Ahora
bien, según la concepción de la actual mayoría, la economía debe servir al poder, y no a
la inversa, del mismo modo que los usuarios se convierten en los servidores de los servicios
públicos, y no a la inversa. También la enseñanza ha de servir al poder: de ahí el intento
del monopolio. Y la prensa: de ahí la ley sobre la prensa, que vuelve a introducir bajo un
disfraz el sistema de la autorización previa abolido en 1881. Hasta la investigación se
vuelve funcionarizada, y el poder público elige a su capricho a los directores científicos.
En resumen, desde 1981 el objetivo consiste en desvitalizar todo lo que subsiste
fuera del Estado, todo lo que posee una fuerza propia y que podría resistírsele. Así,
posteriormente será fácil imponer a la sociedad un «cambio» ideológico. Así ven la actitud
actual del poder los autores de La liberté a refaire, pléyade de economistas, de juristas,
de magistrados, de historiadores, de sociólogos. Según ellos, esta evolución hacia el
monolilio no tiende en modo alguno a hacerse más lenta desde el plan de rigor, impuesto
por las circunstancias: prosigue con menos estrépito que al comienzo, pero con la misma
obstinación eficaz.
Se me dirá, ¿acaso este poder no es legítimo, elegido según las reglas? Sin duda;
pero, ¿es que la democracia consiste en elegir cada siete años a un Gran Manitú que se
apresura a aniquilar todo lo que no es él? El proceso es aún más temible porque el Estado,
mientras se ocupa en devorar los centros de iniciativa que aún son exteriores a él, hace
cada vez peor su verdadero trabajo, gobierna cada vez peor.
Como acabamos de ver, estamos ya muy lejos de aquellos buenos tiempos del
dirigismo a la antigua. Y sin duda es esta mezcla de impotencia y de omnipotencia lo que
provoca en el público esa nueva reacción de rechazo del Estado.3
3Finalmente. Francois Mitterrand ha comprendido la amplitud de esta reacción y el 12 de julio de 1984 ha propuesto
una reforma constitucional por referéndum, con objeto de ampliar los medios de consultar la opinión. En realidad, esta
iniciativa tenía como objetivo inmediato permitir al presidente que retirara, sin que pareciese de un modo ostentoso
que se echaba atrás, el proyecto de ley sobre la escuela, que se había convertido en un peligroso punto de ruptura
entre la sociedad civil y el Estado. Acerca del fondo de la cuestión, Mitterrand declaró el día 14 a TF 1 que albergaba «la
sincera opinión de que (en la unidad nacional) hay algo que se rompe o que corre el peligro de romperse». El futuro
dirá hasta dónde llega esta sinceridad. Por lo menos el presidente ha reconocido de manera pública la creciente
distorsión que existe entre el estado de ánimo del pueblo y una cierta manera de gobernar. El cambio de ministerio que
se ha producido a continuación sólo puede tener consecuencias si conduce a una revisión de las estructuras que han
dado al Estado un peso incompatible con la libertad real de cada ciudadano. La salida de los ministros comunistas
debería facilitar el abandono de la doctrina trágica según la cual todo aumento del poder del Estado constituye un
progreso de la justicia social. (Nota de Julio de 1984.)
126 tomo 1 derecho político(
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127derecho político tomo 1 )
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DESARROLLO DE LA UNIDAD III
( EL ESTADO )
A.- El Estado se presenta como una comunidad organizada políticamenteEl Estado se presenta como una comunidad organizada políticamenteEl Estado se presenta como una comunidad organizada políticamenteEl Estado se presenta como una comunidad organizada políticamenteEl Estado se presenta como una comunidad organizada políticamente
en un ámbito territorial determinado.en un ámbito territorial determinado.en un ámbito territorial determinado.en un ámbito territorial determinado.en un ámbito territorial determinado.
La vida social implica interrelación humana. Cuando esa convivencia social se
organiza a través del establecimiento de distintos órganos de poder con determinadas
facultades, de gobernantes que titularizan el poder y actúan conforme a precisas normas
jurídicas, entonces estamos en presencia del Estado. En consecuencia lo podemos definirlo podemos definirlo podemos definirlo podemos definirlo podemos definir
como la sociedad política y jurídicamente organizada.como la sociedad política y jurídicamente organizada.como la sociedad política y jurídicamente organizada.como la sociedad política y jurídicamente organizada.como la sociedad política y jurídicamente organizada.
Agreguemos que la convivencia humana ha tenido siempre alguna forma de
organización política y que el Estado es el producto de la politicidad natural del hombre.
Hay autores que reservan el empleo de la palabra Estado a la forma de organización
política que se desarrolló en la modernidad con todos los elementos que contiene
actualmente. Para ellos el Estado es sólo el Estado moderno surgido en el siglo XIV y XV
y no las organizaciones políticas anteriores – antiguas y medievales.
Consideran que cuando se produce en la edad moderna una centralización
del poder en un territorio determinado es cuando recién podemos hablar de Estado.
La palabra Estado no aparece en el lenguaje político sino con
MaquiaveloMaquiaveloMaquiaveloMaquiaveloMaquiavelo, es él el que la introduce al afirmar que todos los Estados son
repúblicas o principados.
Antes no había una palabra común para designar a la organización
política. Los Griegos usaron el término “polis“, así como los romanos el de
“civitas“, “res pública“, en la Edad Media se habla de “land“ y “terra“ en la que
prevalece el elemento territorial.
El Estado es considerado como una sociedad perfecta ya que el hombre no puede
vivir solo y únicamente en él puede satisfacer todas sus necesidades.
El Estado. Concepto.
128 tomo 1 derecho político(
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En el mismo orden de ideas, así como no hay posibilidad del hombre sin convivencia
social, tampoco la hay de sociedad sin alguna forma política. Porque los hombres al
convivir necesitan una ordenación, un gobierno, con lo que la convivencia se torna política.
Y la sociedad siempre ha tenido alguna forma de organización política.
El Estado es la sociedad global ya que abarca a todos los hombres y a todos los
grupos menores que quedan incorporados a él. Supera con sus facultades la insuficiencia
y limitación del hombre y de las sociedades más pequeñas.
Se trata de establecer qué es el Estado, en qué consiste. Al respecto existen distintas
teorías:
Teorías SociológicasTeorías SociológicasTeorías SociológicasTeorías SociológicasTeorías Sociológicas
Explican su naturaleza sobre la base del fenómeno de la convivencia humana,
como un hecho social.
1) El Estado como hecho de convivenciaEl Estado como hecho de convivenciaEl Estado como hecho de convivenciaEl Estado como hecho de convivenciaEl Estado como hecho de convivencia. La realidad fundamental del Estado
consiste en el hecho del agrupamiento de hombres que conviven y se relacionan.
2) El Estado como asociaciónEl Estado como asociaciónEl Estado como asociaciónEl Estado como asociaciónEl Estado como asociación: La convivencia de los hombres se concreta en una
unidad permanente y forma una asociación. Esta unidad proviene del fin común
que sus integrantes persiguen.
3) El Estado como hecho de dominaciónEl Estado como hecho de dominaciónEl Estado como hecho de dominaciónEl Estado como hecho de dominaciónEl Estado como hecho de dominación. Esta teoría destaca el hecho de que en
la sociedad se da una relación de dominación, de mando de unos hombres sobre
otros. Dominación quiere decir la capacidad de imponer su voluntad sobre la de
otros.
4) El Estado como poderEl Estado como poderEl Estado como poderEl Estado como poderEl Estado como poder. En esta teoría el poder se convierte en el centro del
Estado, en el elemento fundamental del mismo.
Teorías Jurídicas:Teorías Jurídicas:Teorías Jurídicas:Teorías Jurídicas:Teorías Jurídicas:
1) El Estado como orden jurídicoEl Estado como orden jurídicoEl Estado como orden jurídicoEl Estado como orden jurídicoEl Estado como orden jurídico. Es la teoría de KelsenKelsenKelsenKelsenKelsen para quien el Estado es
sólo un conjunto de normas jurídicas al que ficticiamente se personifica, o sea
identifica Estado y derecho.
2) El Estado como persona jurídicaEl Estado como persona jurídicaEl Estado como persona jurídicaEl Estado como persona jurídicaEl Estado como persona jurídica. Para esta teoría la realidad del Estado proviene
sólo del derecho, el cual crea la ficción de la personalidad jurídica para que el Estado
pueda ser considerado como un sujeto de derecho.
Teorías respecto de la naturaleza del estado
129derecho político tomo 1 )
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Teorías PolíticasTeorías PolíticasTeorías PolíticasTeorías PolíticasTeorías Políticas
1) El Estado como soberaníaEl Estado como soberaníaEl Estado como soberaníaEl Estado como soberaníaEl Estado como soberanía. Esta teoría sostiene que lo definitorio para caracterizar
al Estado es su poder supremo que no depende de otro: es la soberanía.
2) El Estado como empresa comúnEl Estado como empresa comúnEl Estado como empresa comúnEl Estado como empresa comúnEl Estado como empresa común. Hicimos mención anteriormente a la política
plenaria que consistía en el quehacer conjunto de gobernantes y gobernados, en
un comportamiento de cooperación lo cual configura una empresa política en pos
de objetivos comunes, o sea que la naturaleza del Estado consiste en un permanente
hacerhacerhacerhacerhacer.
Como síntesis digamos que las teorías expuestas pecan por ser unilaterales ya que
explican la naturaleza del Estado a través de un solo enfoque que resulta insuficiente
aunque contenga elementos valederos. La complejidad de la naturaleza del Estado
requiere el aporte conjunto de todas las teorías enunciadas para explicarla.
El tema busca explicar el por qué del Estado, su justificación. Para ello se han
expuesto diversas teorías que pasamos a referir.
Teorías religiosasTeorías religiosasTeorías religiosasTeorías religiosasTeorías religiosas: dichas teorías pretenden fundamentar al Estado acudiendo al origen
divino del poder.
La teoría religiosa de derecho divino considera que Dios elige a la persona del
gobernante y lo inviste directamente del poder, postura sostenida por la doctrina del
derecho divino de los reyes.
La teoría del derecho divino natural sostiene que el poder deriva de Dios, pero
éste no determina ninguna forma de gobierno ni ninguna persona para ejercer el poder
ya que esto corresponde a la decisión de los hombres. Al sostener San PabloSan PabloSan PabloSan PabloSan Pablo que todo
poder viene de Dios, no dice que todo gobernante viene de Dios sino que todo poder
viene de él.
El padre jesuita Francisco SuárezFrancisco SuárezFrancisco SuárezFrancisco SuárezFrancisco Suárez sostuvo que el poder deriva de Dios pero llega
al gobernante a través del pueblo. El poder va de Dios a la comunidad y de ésta al
gobernante. El pueblo es el titular primigenio del poder que lo transfiere al gobernante.
Lo puede recuperar en dos casos: si el gobernante incurre en tiranía, a través del derecho
de resistencia a la opresión, o si se produce acefalía en el poder.
Justificación del estado
130 tomo 1 derecho político(
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Teoría de la fuerzaTeoría de la fuerzaTeoría de la fuerzaTeoría de la fuerzaTeoría de la fuerza: sostiene que el Estado se origina en un hecho de fuerza consistente
en la dominación de un grupo sobre otro, de los fuertes sobre los débiles.
Teorías jurídicasTeorías jurídicasTeorías jurídicasTeorías jurídicasTeorías jurídicas, las principales son:
Teoría Patriarcal: el Estado deriva de la familia con la que se compara, dándole al
gobernante un poder similar al del padre de familia. El principal expositor fue FilmerFilmerFilmerFilmerFilmer
con su libro “Patriarcha”.
Teoría Patrimonial: El propietario de la tierra es quien ejerce el poder político sobre
ese territorio. El dominio del territorio coincide con el dominio del poder.
Teoría Contractual: El Estado existe porque los hombres le han dado origen a través de
un contrato. Uno de sus expositores fue LockeLockeLockeLockeLocke el que parte de un primitivo estado de
naturaleza, prepolítico, en el cual los hombres gozan de derechos naturales, en el que
cada individuo debe defender sus derechos por sí, pero la inseguridad que esto trae
aparejado hace surgir en los individuos la necesidad de encargar a alguien la defensa
de los derechos. A tal efecto firman un pacto que da nacimiento al Estado al cual le
transfieren un sólo derecho, el derecho a la seguridad, conservando todos los demás,
concepción evidentemente liberal ya que asigna al Estado una función limitada.
HobbesHobbesHobbesHobbesHobbes sostiene una tesis opuesta. Parte también del estado de naturaleza pero en
éste sostiene que los hombres que son perversos y egoístas están en permanente lucha,
razón por la cual, a fin de superar este estado feroz, crean la organización política a la cual
ceden todos sus derechos a fin de crear un poder fuerte que haga cesar la inseguridad. Se
advierte con claridad que la tesis de HobbesHobbesHobbesHobbesHobbes es claramente absolutista ya que el individuo
queda indefenso frente al Estado.
Teoría Psicológica: Justifica al Estado por la existencia en el hombre de una tendencia
natural que lo impele a vivir en sociedad organizada.
Recordemos que AristótelesAristótelesAristótelesAristótelesAristóteles señalaba la naturaleza social y política del hombre.
Teoría Funcional: El politólogo inglés Harold LaskiHarold LaskiHarold LaskiHarold LaskiHarold Laski justifica al Estado en razón de las
funciones que éste cumple en beneficio de la comunidad que le dan su razón de ser.
131derecho político tomo 1 )
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Anarquismo: Anarquismo: Anarquismo: Anarquismo: Anarquismo: considera que el Estado no debe existir, que es ilegítimo, que es un mal
en cuanto implica restricciones a la libertad del hombre.
Existe un anarquismo no violento que propugna la desaparición del Estado a través
de una evolución gradual, cuyo representante más caracterizado es el escritor ruso LeónLeónLeónLeónLeón
TolstoiTolstoiTolstoiTolstoiTolstoi. Hay otro anarquismo revolucionario que persigue el mismo objetivo pero por la
vía violenta, movimiento que tuvo su auge en las dos últimas décadas del siglo pasado y
las dos primeras del actual a través de atentados y asesinatos de reyes y gobernantes, lo
que también ocurrió en nuestro país.
TostoiTostoiTostoiTostoiTostoi fue místico, cristiano, enemigo de toda opresión y contrapuso la vida libre
y pura del campo a la civilización corrompida de la ciudad. Hizo un culto de la no violencia
y consideró que el Estado es incompatible con la doctrina cristiana.
Otro exponente de esta doctrina es el ruso BakuninBakuninBakuninBakuninBakunin – 1814 - 1876 – quien sostenía
que la disolución del Estado haría surgir la libertad, no en beneficio del individuo aislado
sino del individuo solidario con sus semejantes.
Por su parte ProudhomProudhomProudhomProudhomProudhom – 1809 - 1864 – sostenía que el Estado resuelve
las contradicciones entre las fuerzas sociales opuestas, en perjuicio de las más
débiles; por eso el equilibrio sólo se puede establecer en una sociedad liberada
de toda tutela exterior.
La otra teoría negatoria es el marxismo marxismo marxismo marxismo marxismo para el que el Estado es sólo un instrumento
de dominación y explotación de la clase económicamente adinerada sobre la clase baja.
Para cambiar esta situación propugna la revolución violenta, producida la cual, se instaura
la dictadura del proletariado, periodo destinado a abolir la burguesía, logrado lo cual, al no
existir más la lucha de clases el Estado desaparecería al no tener más razón de ser ya que
sólo era un instrumento de opresión de aquélla sobre los proletarios, arribándose a la etapa
comunista en la cual ya no habría Estado ni aparato de coacción, en una sociedad sin clases.
Finalmente corresponde precisar que aunque en el título de la unidad se alude al
Estado, de lo que realmente se trata es de la justificación del poder, de la relación de mando
y obediencia, por lo que, en definitiva, se intenta justificar no al Estado en abstracto sino al
poder del Estado en concreto.
Teorías negatorias del estado:
132 tomo 1 derecho político(
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No es posible justificar al Estado sin asignarle un fin propio. Desde la perspectiva
jurídica, el fin del Estado aparece formulado en la Constitución. En el caso de nuestro
país el fin es enunciado en el preámbulo: afianzar la justicia, promover el bienestar general,
proveer a la defensa común, etc.
El fin al que debe ajustarse el Estado para ser justo es el bien común, el bien deEl fin al que debe ajustarse el Estado para ser justo es el bien común, el bien deEl fin al que debe ajustarse el Estado para ser justo es el bien común, el bien deEl fin al que debe ajustarse el Estado para ser justo es el bien común, el bien deEl fin al que debe ajustarse el Estado para ser justo es el bien común, el bien de
la comunidad.la comunidad.la comunidad.la comunidad.la comunidad.
El Estado debe procurar la mejor vida comunitaria, supliendo la insuficiencia del
hombre para satisfacer la totalidad de las necesidades humanas.
Se dice bien común porque la acción del Estado no debe limitarse a lograr el bien de
determinadas personas, sino a obtener el bien de todos los ciudadanos. Y se dice el bien, sin
expresar cuál es, porque se trata de alcanzar el bienestar completo, es decir que ningún
bien que pueda contribuir al bienestar del hombre queda excluido del fin del Estado. Esta
es la diferencia de la sociedad política con otras sociedades privadas que procuran satisfacer
necesidades parciales de los hombres: económicos, espirituales, etc.
El Estado no promueve directamente el bien individual, crea un estado ambiental
que hace posible la felicidad de cada uno. El Estado favorece una situación social al servicio
de todos los ciudadanos por la cual se ofrezca a todos sus miembros una abundancia de
bienes exteriores y servicios para su uso privado.
Los hombres obtienen su propio bien particular del bien común.
Se ha esbozado una clasificación de los fines del Estadofines del Estadofines del Estadofines del Estadofines del Estado que se expone a continuación:
a) Fines objetivosFines objetivosFines objetivosFines objetivosFines objetivos: el fin del Estado no es elegido arbitrariamente, sino que cada
Estado – y todos – lo tienen, asignado por su propia naturaleza. En la concepción
aristotélico – tomista el fin de bien común aparece como un fin objetivo.
b) Fines subjetivosFines subjetivosFines subjetivosFines subjetivosFines subjetivos: los que sostienen esta postura niegan la existencia de un fin
objetivo propio de todo Estado y sostienen que cada Estado concreto tiene el fin
específico que el mismo elige y se atribuye.
c) Fines exclusivos y fines concurrentesFines exclusivos y fines concurrentesFines exclusivos y fines concurrentesFines exclusivos y fines concurrentesFines exclusivos y fines concurrentes: los exclusivos son los que incumben
nada más que al Estado, por ej. la defensa. Los fines concurrentes son los que admiten
participación y colaboración por parte de los individuos y de los grupos menores,
por ej. la educación.
Fines del estado
133derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Generalmente se acoge como fin del Estado el de lograr el bien común, que alcanza
a todos los que conviven en él y satisface todas las necesidades.
Al ser el Estado la única forma posible de convivencia social, el fin para el cual existe es
lograr el beneficio de la comunidad, un bien que los hombres no pueden obtener por sí sólos.
Este bien común no es la suma de bienes particulares ni significa promover directamente
el bien propio de cada hombre. Es un estado de cosas que ofrece un conjunto de condiciones
para que la vida de sus miembros se desarrolle con bienestar. Conjunto de condiciones significa
poner a disposición de los hombres una situación favorable para vivir, brindar paz, seguridad,
educación. Luego, dadas esas condiciones, cada uno, con su propio esfuerzo y su iniciativa
habrá de alcanzar su propio bien particular.
Es decir, que el Estado no da alimento, vivienda, educación individualmente
a cada persona, sino que ofrece los medios para que cada hombre, con su propio
esfuerzo consiga educación, alimento y vestido.
Importa destacar que el bien común ha de beneficiar a todos los individuos sin
excepción.
Además, cada persona, con su actividad habitual también aporta a la creación del
bien común y éste vuelve al hombre para posibilitar su propio bien individual. En suma,
el bien común es la condición para concretar el bien personal.
Existen diversos enfoques acerca del fin del Estado.
a) El estatismo y el totalitarismoEl estatismo y el totalitarismoEl estatismo y el totalitarismoEl estatismo y el totalitarismoEl estatismo y el totalitarismo proponen como fin del Estado la grandeza del
propio Estado. El Estado interviene en todas las actividades humanas, el hombre
queda reducido a un simple instrumento de aquél. No es el Estado al servicio del
hombre, sino éste para el Estado.
b) El liberalismoEl liberalismoEl liberalismoEl liberalismoEl liberalismo circunscribe el fin del Estado a la defensa de los derechos individuales,
solo cuida que esos derechos no sufran violación, hay en él un máximo de libertad
y un mínimo de poder.
c) El socialismoEl socialismoEl socialismoEl socialismoEl socialismo está contra el individualismo liberal y pone el acento en lo social,
con control del orden económico por parte del Estado para efectivizar la justicia
social.
134 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Principio de Subsidiariedad.Principio de Subsidiariedad.Principio de Subsidiariedad.Principio de Subsidiariedad.Principio de Subsidiariedad.
Este principio implica que el Estado no debe asumir las actividades que el hombre y
los grupos menores pueden desarrollar eficazmente por sí. Tan sólo debe estimular, ayudar
por ej. con créditos, las actividades privadas y sólo intervenir directamente cuando aquélla
no se hace presente y sólo hasta tanto ello ocurra. Dicho principio ha sido acogido en la
Encíclica Mater et MagistraMater et MagistraMater et MagistraMater et MagistraMater et Magistra del Papa Juan XXIIIPapa Juan XXIIIPapa Juan XXIIIPapa Juan XXIIIPapa Juan XXIII.
135derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
El Estado es la organización jurídico política de la sociedad.
Diversas teorías jurídicas, políticas, psicológicas justifican la existencia del Estado
y del poder. Sólo dos teorías lo niegan: el anarquismo, que repudia al Estado por atentar
contra la libertad del hombre, y el marxismo que considera que sólo es un instrumento
de dominación a través de su aparato coactivo, de la burguesía sobre el proletariado y
que desaparecerá cuando se extinga la burguesía y con ello la lucha de clases.
136 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
137derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Precise y fundamente cuáles son los fines esenciales del Estado que le dan su razón
de existir y, en relación con ello, explique el concepto de bien común.
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
138 tomo 1 derecho político(
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139derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( DESARROLLO DE LA UNIDAD )
Los elementos del Estado son los siguientes:
La poblaciónLa poblaciónLa poblaciónLa poblaciónLa población: es el elemento humano del Estado, sin personas que conviven
no hay Estado; personas sin diferencias de nacionalidad, raza, religión, etc.
La palabra ciudadanociudadanociudadanociudadanociudadano se reserva para mencionar a los “nacionales” por
contraposición a los extranjeros, y con un sentido más restringido se reserva parase reserva parase reserva parase reserva parase reserva para
mencionar a los individuos que tienen el ejercicio de los derechos políticosmencionar a los individuos que tienen el ejercicio de los derechos políticosmencionar a los individuos que tienen el ejercicio de los derechos políticosmencionar a los individuos que tienen el ejercicio de los derechos políticosmencionar a los individuos que tienen el ejercicio de los derechos políticos y
al conjunto de los hombres en ejercicio de los derechos políticos se lo denomina “pueblopueblopueblopueblopueblo”.
La población es estudiada por dos disciplinas: la demografía y la demologíala demografía y la demologíala demografía y la demologíala demografía y la demologíala demografía y la demología. La
primera analiza el aspecto cuantitativo – cantidad de población, densidad de la misma en
un país, etc. La segunda estudia el aspecto cualitativo, por ejemplo el nivel de alfabetización
de la población.
La tesis poblacionista, partidaria del aumento de la población, se basa en que ello
aumenta el poderío militar y económico del Estado.
La antipoblacionista sostiene, como VoltaireVoltaireVoltaireVoltaireVoltaire, que lo importante no es tener unlo importante no es tener unlo importante no es tener unlo importante no es tener unlo importante no es tener un
exceso de hombres, sino que los que viven sean lo más dichosos posibleexceso de hombres, sino que los que viven sean lo más dichosos posibleexceso de hombres, sino que los que viven sean lo más dichosos posibleexceso de hombres, sino que los que viven sean lo más dichosos posibleexceso de hombres, sino que los que viven sean lo más dichosos posible. En este
sentido, China comunista prohibe a los matrimonios que tengan más de un hijo, lo que resulta
comprensible en razón de tener una población de más de mil millones de habitantes.
El problema de la explosión demográfica – actualmente la población mundial se eleva
a más de 5.600 millones – preocupa a los dirigentes y políticos en razón de los problemas
económicos, sociales y políticos que plantea, ya que la tendencia sigue hacia el aumento.
En cada Estado la cantidad de población se encara conforme a su especial realidad.
Los Estados pequeños no pueden absorber gran cantidad de gente ya que ello puede
traer aparejado problemas de espacio vital, vivienda, transporte, etc.
Por su parte, los Estados de gran extensión fomentan la inmigración y la procreación
en función del poderío económico y militar.
Elementos del estado
140 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
El inglés Robert MalthusRobert MalthusRobert MalthusRobert MalthusRobert Malthus, en 1789, en su libro “Ensayo sobre el principio deEnsayo sobre el principio deEnsayo sobre el principio deEnsayo sobre el principio deEnsayo sobre el principio de
la poblaciónla poblaciónla poblaciónla poblaciónla población” sostuvo que, mientras los alimentos crecen en proporción aritmética, la
población lo hace en proporción geométrica, lo que a la postre creará un grave problema
de hambre en el mundo. Para superarlo propuso la limitación de los nacimientos por
métodos naturales.
La cantidad de población interesa al Estado. Así, por ejemplo los que tienen
población reducida aplican una política de crecimiento demográfico, estimulando la
natalidad o promoviendo la inmigración. En este sentido AlberdiAlberdiAlberdiAlberdiAlberdi en su conocido libro
“Las BasesLas BasesLas BasesLas BasesLas Bases” consideraba, con relación a la Argentina, que gobernar es poblarque gobernar es poblarque gobernar es poblarque gobernar es poblarque gobernar es poblar ya que
nuestro país, a la sazón, era un desierto y, como consecuencia de ello, nuestra Constitución
habla de fomentar la inmigración, lo que se dio de manera masiva a partir de la década
del 80 del siglo pasado, con la afluencia de corrientes inmigratorias europeas, hoy
reemplazadas por las de países limítrofes.
Por su parte, la calidad de la población se refiere a la índole, caracteres y cultura
del elemento humano, lo que reviste fundamental importancia para el desarrollo de un
país, según sea el nivel educativo de su pueblo.
Territorio:Territorio:Territorio:Territorio:Territorio: es otro elemento del Estado. Es la base, el marco físico y
geográfico, delimitado por fronteras, donde conviven los hombres y delimita
el ámbito espacial donde se ejerce el poder de un Estado.
El territorioterritorioterritorioterritorioterritorio comprende a) el suelo el suelo el suelo el suelo el suelo b) el subsueloel subsueloel subsueloel subsueloel subsuelo c) el espacio aéreoel espacio aéreoel espacio aéreoel espacio aéreoel espacio aéreo. En
los países que tienen litoral marítimo, comprende un espacio de mar adyacente a las
costas que se subdivide en: mar territorialmar territorialmar territorialmar territorialmar territorial y zona contigua o mar jurisdiccionalmar jurisdiccionalmar jurisdiccionalmar jurisdiccionalmar jurisdiccional.
Con relación al mar territorial podemos decir que es la franja de agua comprendida
entre la costa de un Estado a contar desde la línea de la más baja marea y una línea
imaginaria que corre paralelamente a cierta distancia, entendiéndose que dicha franja se
halla bajo soberanía del Estado costero.
El art. 2340 del Código Civil Argentino preceptúa: “Quedan comprendidos entre
los bienes públicos: 1) los mares territoriales hasta la distancia que determine la legislación
especial, independientemente del poder jurisdiccional sobre la zona contigua”.
141derecho político tomo 1 )
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En 1967 se dictó la Ley 17.094 que establece que la soberanía nacional se extiende
sobre el mar adyacente a su territorio hasta una distancia de 200 millas marinas 200 millas marinas 200 millas marinas 200 millas marinas 200 millas marinas medidas
desde la línea de la más baja marea.
GEOPOLÍTICA:GEOPOLÍTICA:GEOPOLÍTICA:GEOPOLÍTICA:GEOPOLÍTICA:
Esta disciplina, que actualmente ha tomado gran auge, tomó impulso a partir de las
aportaciones realizadas a fines del siglo pasado por el geógrafo sueco de apellido KjellenKjellenKjellenKjellenKjellen.
Estudia la influencia que el territorio tiene sobre el Estado y sobre el régimen
político, así como también la relación que los fenómenos políticos tienen con el espacio
físico, y la incidencia que los factores geográficos tienen en la actividad política.
En lo que respecta al tamaño del territorio, se afirma que un Estado con territorio
pequeño puede ser mejor gobernado, defendido y facilita la participación política de sus
habitantes. Por el contrario otros afirman que un territorio dilatado facilita la expansión
de la población, y la explotación de sus recursos naturales.
La ubicación del territorio ejerce también influencia, según se trate de Estados
insulares o sin salida al mar (Bolivia) lo que incide en la política de esos Estados; como
también la existencia de recursos naturales, el clima, etc.
El nazismo puso en práctica la concepción del “espacio vital“ elaborado por la
escuela geopolítica del alemán Haushöfer según la cual Alemania requería mayor territorio
acorde con su población, con lo que trató de justificar la invasión y conquista de varios
países limítrofes.
El poderEl poderEl poderEl poderEl poder es el tercer elemento del Estado que se personifica en los
titulares de los tres poderes del Estado encargados de conducir la comunidad
hacia el logro del bien común.
El poder ha sido ya analizado en la Unidad II a la cual nos remitimos, sin perjuicio
de reiterar que ningún grupo humano puede mantenerse sin un poder que dirija a la
Comunidad en procura de sus fines.
142 tomo 1 derecho político(
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NACIÓN:NACIÓN:NACIÓN:NACIÓN:NACIÓN:
Como primera precisión aclaremos que el concepto de NaciónNaciónNaciónNaciónNación es de índole
sociológica y no política. Significa una comunidad formada por hombres que tienenSignifica una comunidad formada por hombres que tienenSignifica una comunidad formada por hombres que tienenSignifica una comunidad formada por hombres que tienenSignifica una comunidad formada por hombres que tienen
factores en común: raza, cultura, lengua, religión, historiafactores en común: raza, cultura, lengua, religión, historiafactores en común: raza, cultura, lengua, religión, historiafactores en común: raza, cultura, lengua, religión, historiafactores en común: raza, cultura, lengua, religión, historia.
Ernesto RenánErnesto RenánErnesto RenánErnesto RenánErnesto Renán, en la conferencia pronunciada en La Sorbona en 1882 titulada
“Qué es una NaciónQué es una NaciónQué es una NaciónQué es una NaciónQué es una Nación“, sostuvo que una Nación es un principio espiritual resultante de
profundas complicaciones de la historia y que la condición esencial para que una población
llegue a ser una Nación es poseer glorias comunes en el pasado, una voluntad común en
el presente, haber hecho cosas juntos y querer hacerlas todavía.
Podemos agregar, como elemento que caracteriza a la Nación, la conciencia de
cada uno de pertenecer a un conjunto. Un determinado factor espiritual que se llama
conciencia nacional logra la integración, la unidad del pueblo.
La existencia de una Nación no depende ni de un territorio ni de tener y un
gobierno, que son elementos del Estado. Como ejemplo de ello podemos citar a los judíos
que, desde la diáspora, la dispersión por el mundo, obviamente no constituían un Estado
pero sí una Nación por todos los factores en común que los identificaban.
La Nación no se politiza, no adquiere organización política, o sea que no es Estado,
sino un conjunto de personas que tienen la misma nacionalidad.
Por ello son erróneas las disposiciones que señalan que tal Nación adopta
determinada forma de gobierno, ya que se está usando la palabra Nación como sinónimo
de Estado, lo que es una confusión de conceptos inadmisible.
La Nación es un lazo espiritual, un ligamen entre individuos que tienen una serie
de factores en común. Es un concepto de la Sociología y no de la política, no se organiza
políticamente.
La Nación, en su etapa formativa necesita apoyarse en un territorio, pero después
de formada no necesita territorio. Hay naciones nómades o dispersas como la nación judía.
La Nación necesita tiempo para su formación, normalmente la larga convivencia
bajo las mismas instituciones políticas logra ese objetivo.
143derecho político tomo 1 )
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La Nación no es una entidad diferente a la conjunción de sus miembros, no
existiendo una autoridad nacional, el grupo nacional no constituye por sí una sociedad
política, le falta el poder, la organización formal.
El derecho de los Estados asigna a los hombres una nacionalidad y para ello adopta
distintos sistemas: a) unos asignan la nacionalidad según el lugar donde seunos asignan la nacionalidad según el lugar donde seunos asignan la nacionalidad según el lugar donde seunos asignan la nacionalidad según el lugar donde seunos asignan la nacionalidad según el lugar donde se nacenacenacenacenace –
sistema del ius soliius soliius soliius soliius soli – que es el que adopta nuestro país b) otros según la nacionalidadotros según la nacionalidadotros según la nacionalidadotros según la nacionalidadotros según la nacionalidad
de los padres de los padres de los padres de los padres de los padres – sistema de ius sanguinisius sanguinisius sanguinisius sanguinisius sanguinis – establecido por Italia entre otros países.
Retomando el tema de los elementos del Estado digamos que el derechoderechoderechoderechoderecho
es el cuarto elementoes el cuarto elementoes el cuarto elementoes el cuarto elementoes el cuarto elemento. El derecho, que originariamente fue consuetudinario, es
decir basado en la costumbre, actualmente es escrito en todos los países y se expresa
a través de leyes y códigos.
Todo Estado cuenta con un ordenamiento jurídico que regula su actuación a través
del imperio de la ley, que ha sustituido al discrecionalismo sin límites, a la arbitrariedad
que imperaba en los regímenes políticos del pasado, estableciéndose en su lugar lo que
se llama el Estado de DerechoEstado de DerechoEstado de DerechoEstado de DerechoEstado de Derecho que da el marco jurídico para la actuación de los
gobernantes, y que constituye la mejor garantía para el efectivo goce de los derechos
individuales de las personas.
SOBERANÍA:SOBERANÍA:SOBERANÍA:SOBERANÍA:SOBERANÍA:
Se trata de un concepto controvertido que ha dado margen a diversas interpretaciones
dada su imprecisión originaria, ya que sólo modernamente adquirió un contorno más definido.
Existe acuerdo en sostener que fue en Francia donde nació y se desarrolló el
concepto de soberanía y que fue Jean BodinJean BodinJean BodinJean BodinJean Bodin el creador de la doctrina clásica acerca de
ella. BodinBodinBodinBodinBodin en su obra “Los seis libros de la RepúblicaLos seis libros de la RepúblicaLos seis libros de la RepúblicaLos seis libros de la RepúblicaLos seis libros de la República“ (1576) sostuvo que la soberanía
es el poder supremo ejercido sobre súbditos y ciudadanos sin restricciones legales y que
ella es el poder absoluto y perpetuo de una República.
De ambas definiciones es posible deducir los elementos esenciales del concepto. En
la primera definición, la soberanía se manifiesta como cualidad – supremacía de un poder
que se ejerce sobre todos – sería la población en la terminología actual. En la segunda
definición, la cualidad de soberano convierte al poder en absoluto y perpetuo.
144 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Debemos señalar que el concepto de BodinBodinBodinBodinBodin respondió a una precisa intención
política que sirvió a la implantación de la monarquía absoluta como régimen político,
como realmente ocurrió en Francia.
El interrogante que desde antiguo se planteó se refiere a quien es el titular de la
soberanía. El primer titular fue el rey, como Jacobo I de Inglaterra quien para ello buscó
sustento en la doctrina del derecho divino de los reyes.
Por su parte, RousseauRousseauRousseauRousseauRousseau en su obra El Contrato SocialEl Contrato SocialEl Contrato SocialEl Contrato SocialEl Contrato Social considera al pueblo como
titular y SieyesSieyesSieyesSieyesSieyes en el libro Qué es el Tercer EstadoQué es el Tercer EstadoQué es el Tercer EstadoQué es el Tercer EstadoQué es el Tercer Estado la titulariza en la Nación.
El concepto actual de soberanía señala las siguientes características:
En primer término que es necesario separar el poder de la soberaníaque es necesario separar el poder de la soberaníaque es necesario separar el poder de la soberaníaque es necesario separar el poder de la soberaníaque es necesario separar el poder de la soberanía,
ésta no es el poder, sino una cualidad objetiva del poder estatal, por lo que es
equivocado señalar un sujeto titular de ella, como se hizo antes; en realidad lalalalala
soberanía no tiene titular, es una cualidad del podersoberanía no tiene titular, es una cualidad del podersoberanía no tiene titular, es una cualidad del podersoberanía no tiene titular, es una cualidad del podersoberanía no tiene titular, es una cualidad del poder. Esta cualidad consiste
en que el poder del Estado es supremo, es decir no depende de ningún otro, está
por encima de todos los otros poderes sociales que existen en la comunidad y, en
el orden exterior, que ese poder del Estado no depende ni acata a ningún otro
poder externo.
Existen teorías que niegan la soberaníaExisten teorías que niegan la soberaníaExisten teorías que niegan la soberaníaExisten teorías que niegan la soberaníaExisten teorías que niegan la soberanía. Entre ellas las que vinculan ese
concepto con el absolutismo, y sostienen que si el concepto de soberanía fue formulado
históricamente en el marco de la realidad de los Estados absolutos, hay que repudiarlo
junto con el absolutismo.
Por el contrario, hay tesis pluralistas de la soberaníahay tesis pluralistas de la soberaníahay tesis pluralistas de la soberaníahay tesis pluralistas de la soberaníahay tesis pluralistas de la soberanía según las cuales hay poderes
sociales – no políticos – que son soberanos poniendo como ejemplo los sindicatos, los
grupos económicos, etc. Estas tesis cometen el error de atribuír a esos grupos una, soberanía,
que sólo corresponde, según hemos visto, al poder supremo que es el del Estado.
Comencemos por señalar que un Estado Federal es un Estado formado por varios
estados miembros – provincias en nuestro país – que se unifican en un solo Estado Federal,
caso de Argentina, E.E.U.U., entre otros.
La Soberanía en el estado federal
145derecho político tomo 1 )
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Ello sentado, se plantea el problema de determinar cuál poder es soberano: el del
Estado federal o el de los Estados miembros.
Varias son las teorías sobre el particular:
a) Una sostiene que la soberanía es cualidad del poder de los Estados miembros.
b) Otra que la soberanía es cualidad tanto del poder de los Estados miembros como
del poder del Estado Federal, hay por ende concurrencia de soberanía.
c) Una tercera dice que la soberanía es cualidad exclusiva del poder del Estado Federal
y no de los Estados miembros, que sólo tienen cualidad de autonomía, es decir de
dictar sus propias leyes.
De todas ellas, la tercera es la que actualmente tiene mayor aceptación y es la que
consagra nuestra Constitución.
El poder de las provincias no es soberano porque reconoce una instancia superior,
lo que está establecido en los arts. 5 y 31 de la Constitución Nacional. Los ordenamientos
provinciales – Constitución, leyes provinciales y los actos de los gobiernos provinciales –
deben estar de acuerdo con el ordenamiento del Estado Federal: si lo violan carecen de
validez.
GOBIERNO:GOBIERNO:GOBIERNO:GOBIERNO:GOBIERNO:
Definimos al gobierno como el conjunto de órganos estatales que tienen aDefinimos al gobierno como el conjunto de órganos estatales que tienen aDefinimos al gobierno como el conjunto de órganos estatales que tienen aDefinimos al gobierno como el conjunto de órganos estatales que tienen aDefinimos al gobierno como el conjunto de órganos estatales que tienen a
su cargo todas las funciones del Estadosu cargo todas las funciones del Estadosu cargo todas las funciones del Estadosu cargo todas las funciones del Estadosu cargo todas las funciones del Estado. El Estado sólo obra por medio de individuos que
son sus representantes, sus titulares de poder.
Hoy prevalece la teoría del órgano, que es la que considera a los gobernantes como
órganos del Estado. Los actos de los órganos se tienen como actos del Estado.
El poder es una energía que requiere ser puesta en acción, para ello hacen falta
hombres, titulares del poder que, en su conjunto, integran el gobierno. Este representa al
Estado y actúa en su nombre; lo que hace el gobierno se atribuye al Estado. Éste actúa a
través del gobierno que ejerce efectivamente el poder.
El poder del Estado es uno solo, pero el poder se descompone en funciones, que son
las distintas actividades que cumple el poder.
146 tomo 1 derecho político(
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Las tres funciones del gobierno son: la legislación, la administración y la justiciala legislación, la administración y la justiciala legislación, la administración y la justiciala legislación, la administración y la justiciala legislación, la administración y la justicia.
La LegislaciónLa LegislaciónLa LegislaciónLa LegislaciónLa Legislación está destinada a sancionar las leyes que regulan la convivencia
social y que rigen para el futuro, leyes todas ellas que deben estar en consonancia con la
Constitución. Dicha función está a cargo del órgano legislativo según los Estados: Parlamento
o Congreso.
Una característica de la función legislativa es que no es permanente sino que se
ejerce en períodos determinados en las constituciones. En nuestro país del 1 de Marzo al
31 de Noviembre de cada año. Se constituyen las secciones del periodo ordinario.
La AdministraciónLa AdministraciónLa AdministraciónLa AdministraciónLa Administración está a cargo del órgano ejecutivo que para cumplir sus funciones
ejecuta las leyes dictadas por el poder legislativo, siendo su actividad permanente.
La JusticiaLa JusticiaLa JusticiaLa JusticiaLa Justicia tiene a su cargo dirimir los conflictos de intereses existentes entre los
individuos, aplicando a tal efecto la ley, función atribuida a los jueces. Esta función tiene
la característica de que siempre actúa sobre el pasado, ya que debe resolver conflictos ya
sucedidos.
En la realidad de la vida política, pese a que los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo
y Judicial integran el gobierno, el poder que realmente adquiere preeminencia esel poder que realmente adquiere preeminencia esel poder que realmente adquiere preeminencia esel poder que realmente adquiere preeminencia esel poder que realmente adquiere preeminencia es
el ejecutivo el ejecutivo el ejecutivo el ejecutivo el ejecutivo porque la función que cumple es la más importante, la cotidiana, que no
admite receso, fenómeno que, por lo demás, se dá en todo el mundo.
La actividad del Ejecutivo se efectúa en dos áreas:
a) la actividad política que se expresa a través de los llamados actos de gobierno,
referidos a la conducción política de la comunidad
b) la actividad administrativa destinada a la satisfacción de las necesidades públicas
por conducto de los distintos servicios que presta el Estado: seguridad, educación,
salud.
vvvvvv ververververver videovideovideovideovideo)))))(((((“““““PodePodePodePodePoderrrrr Ju Ju Ju Ju Judddddiciaiciaiciaiciaicial”l”l”l”l”
147derecho político tomo 1 )
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sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
Los elementos integrantes son: el territorioel territorioel territorioel territorioel territorio, la poblaciónla poblaciónla poblaciónla poblaciónla población, el poder, el derechoel poder, el derechoel poder, el derechoel poder, el derechoel poder, el derecho
y la finalidady la finalidady la finalidady la finalidady la finalidad.
Ernest RenanErnest RenanErnest RenanErnest RenanErnest Renan sostuvo que hay Nación cuando un grupo humano tiene pasadas
glorias en común, proyectos futuros comunes, haber hecho cosas juntos y querer seguir
haciéndolas.
El elemento unitivo de ese grupo es un elemento espiritual: la conciencia nacional,
el sentimiento de cada uno de formar parte de un todo.
La Geopolítica estudia la relación existente entre el espacio territorial y el poder,
en la inteligencia de que, la ocupación de determinados espacios, otorga poder. Fue
desarrollada en el siglo XIX por el geógrafo sueco KjellenKjellenKjellenKjellenKjellen y actualmente es materia de
estudio en universidades e Institutos militares de todo el mundo.
La soberanía es una cualidad del poder del Estado, la de ser supremo, es decir que
se encuentra por encima de los restantes poderes que existen en la sociedad: religiosos,
económicos, sindicales, etc., esto en lo interno del Estado y, de cara al exterior, que el
poder del Estado no está sometido a ningún poder externo.
El Gobierno está constituido por las personas que titularizan el poder del Estado y
cuyas decisiones son imputadas al mismo Estado. Sus funciones se clasifican en:
Legislativos: Poder Legislativos.
Administrativos: Poder Ejecutivo.
Judiciales: Poder Judicial.
148 tomo 1 derecho político(
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149derecho político tomo 1 )
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apactividad de proceso
abogacía a distancia )
Explique y fundamente cuáles son los elementos componentes del concepto de
Nación y si el mismo es de naturaleza política o sociológica.
150 tomo 1 derecho político(
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151derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
sf)síntesis final
abogacía a distancia
El término Estado, introducido por Nicolás Maquiavelo, está referido a la organización
política que se formó en el renacimiento en el siglo XV.
Su justificación está dada porque su existencia responde a la naturaleza social del
hombre, a las funciones que desarrolla para satisfacer las necesidades públicas, las que
pueden ser sintetizadas en el logro del bien común, y a que en él, el individuo logra su
realización plena.
152 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
153derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
af)actividad final
abogacía a distancia
Precise y fundamente cuáles son los elementos componentes del Estado y cuáles
son las doctrinas que justifican su existencia.
154 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
155derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
ceconceptos eje de unidad
abogacía a distancia )
Los conceptos esenciales de la unidad son:
El Estado, es la organización política de la convivencia humana, con sus
elementos: el territorio que es su base física; la población, el elemento humano;
el derecho como regulación jurídica de la convivencia y, fundamentalmente,
el Poder que es el elemento que cumple la función de dar unidad a todos los
demás y que se personifica en el gobierno, que tiene a su cargo la conducción
de la sociedad hacia el logro del bien común.
156 tomo 1 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
157derecho político tomo 1 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
glabogacía a distancia )glosario
Estado de Naturaleza: Estado de Naturaleza: Estado de Naturaleza: Estado de Naturaleza: Estado de Naturaleza: Forma en que vivían en sociedad las personas con anterioridad
al nacimiento del Estado, etapa en la cual gozaban de los derechos naturales pero no
existía organización jurídico-política.
Burguesía: Burguesía: Burguesía: Burguesía: Burguesía: En la doctrina marxista alude a los propietarios de los medios de producción
–tierra y fábricas -, quienes detentaban el poder económico y el poder político.
Materialismo histórico: Materialismo histórico: Materialismo histórico: Materialismo histórico: Materialismo histórico: El marxismo explica la evolución humana a través de la
incidencia prevalente del factor económico como generador de los hechos históricos.
Bien común: Bien común: Bien común: Bien común: Bien común: Concepto acuñado por Santo Tomás de Aquino en el siglo XIII, que se
integra con el aporte del trabajo de cada componente de la sociedad en la creación de
la riqueza común y con las políticas adoptadas por los gobiernos para crear las
condiciones generales de desarrollo, obtenidas las cuales cada individuo puede extraer
su propio bien individual.
158 tomo 1 derecho político(
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159derecho político tomo 1 )
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aa)actividad de autoevaluación
abogacía a distancia
Complete los conceptos que parcialmente se consignan a continuación:
1. El Estado es la comunidad _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _.
2. Las diversas teorías justificatorias del Estado son de naturaleza jurídica,
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _.
3. Los elementos del Estado son: territorio, _ _ _ _ _ _ _ _ _, _ _ _ _ _,
_ _ _ _ _ _ _ _.
4. En un Estado federal la soberanía corresponde al poder _ _ _ _ _ _ _.
5. Los diversos fines del Estado pueden ser resumidos en el logro
del _ _ _ _ _ _ _ _ _.
6. Las funciones del Estado son: _ _ _ _ _ _ _ _ _, _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
_ _ _ _ _ _ _ _ _.
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161derecho político tomo 1 )
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( BIBLIOGRAFÍA DE LA UNIDAD III )
López, Mario Justo. “Introducción a los Estudios Políticos”. Editorial Kapeluz. Buenos
Aires.
Fayt, Carlos S.. “Derecho Político”. Editorial Abeledo Perrot. Buenos Aires.
Duverger, Maurice. “Instituciones Políticas y Derecho Constitucional”. Editorial Ariel.
Barcelona.
Llerena, Amadeo Juan. “El Orden Político”. Editorial AZ. Buenos Aires.
Ventura, Eduardo. “La Soberanía”. Editorial Todo es Historia. Buenos Aires.
Consulte las últimas ediciones de las obras citadas.
Bibliografía obligatoria
Bibliografía de consulta
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( SÍNTESIS DE MITAD DE ASIGNATURA )
La política es la actividad referida al Estado y está vinculada a la conducción de una
comunidad.
Es, al mismo tiempo, una ciencia que estudia los fenómenos políticos y una actividad
dirigida al logro del bien común.
La opinión mayoritaria de los pensadores políticos coincide en señalar que la actividad
política, como actividad humana que es, debe estar presidida y orientada por normas morales.
Hay consenso entre los politólogos respecto a que la política es una verdadera ciencia
de índole cultural, social y cuyo objeto propio de estudio lo constituye el poder.
El poder se manifiesta como una relación de mando y obediencia en cuya virtud el que
lo detenta puede condicionar la conducta de otro imponiéndole una determinada.
El Estado es la organización jurídica y política de la sociedad y se fundamenta en el
instinto social y político del hombre.
Sus elementos constitutivos son: el territorio, la población, el poder y el derecho.
Los órganos de gobierno tienen a su cargo el cumplimiento de las funciones
ejecutivas, legislativas y judiciales que le son propias.
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165derecho político tomo 2 )
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u4unidad cuatro
formas de estado )(
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167derecho político tomo 2 )
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UNIDAD IV
( FORMAS DE ESTADO )
Democracia.
Autoritarismo.
Totalitarismo.
Estado Unitario.
Estado Federal.
Región.
Soberanía.
Autonomía.
Autarquía.
Confederación.
Mención sintética de los contenidos
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169derecho político tomo 2 )
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oaobjetivos de aprendizaje
abogacía a distancia )
Identificar las distintas formas de Estado: democráticas, autoritarias y totalitarias de Estado.
Explicar el fenómeno de la centralización y descentralización del poder con relación al
territorio.
Diferenciar el Estado Unitario y el Federal.
Analizar las características del Estado Unitario.
Distinguir las características del Estado Federal.
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( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD IV )
PODER DEL ESTADOPODER DEL ESTADOPODER DEL ESTADOPODER DEL ESTADOPODER DEL ESTADO
Democracia
Autoritarismo
Totalitarismo
Ejercicio del poder respecto población
Ejercicio del poder respecto territorio
Estado Unitario
Estado Federal
Región
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173derecho político tomo 2 )
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ai)actividad introductoria
abogacía a distancia
Analice la adjunta publicación periodística y dé su parecer acerca de las características
de un régimen democrático y de uno totalitario, lo que surge de su texto.
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175derecho político tomo 2 )
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Apertura,Apertura,Apertura,Apertura,Apertura,
la nuevala nuevala nuevala nuevala nueva
imagen chinaimagen chinaimagen chinaimagen chinaimagen china
En un país que tradicionalmente reprime la
diferencia, la transmisión por la televisión de las
diferencias políticas que separan al presidente de Estados
Unidos, Bill Clinton, y al líder chino, Jiang Zemin, fue uno
de los resultados concretos más importantes deconcretos más importantes deconcretos más importantes deconcretos más importantes deconcretos más importantes de
la reunión cumbrela reunión cumbrela reunión cumbrela reunión cumbrela reunión cumbre que mantuvieron el sábado.
Sin duda, durante la reunión también estuvieron
presentes los interese económicos y estratégicos de
ambas potencias, como el claro deseo compartidoclaro deseo compartidoclaro deseo compartidoclaro deseo compartidoclaro deseo compartido
de cooperar en forma conjunta para lograr una
estabilidad mayor en Asia y en el mundo entero.
Pero el hecho de que ambos lideres hayan podido
dialogar en público frente a las cámaras podrá ser
capitalizado, tanto por Clinton como por Jiang, a
nivel de la política doméstica, lo que facilitará aún
más el acercamiento.
La mayor parte de los chinos reaccionaron con
satisfacción ante lo que definieron como la
«transparenciatransparenciatransparenciatransparenciatransparencia» de Jiang Zemin al fijar sus posiciones.
De hecho, el debate causó un verdadero revuelto
en un país que está muy poco acostumbrado a estas
discusiones y, si bien es cierto que las críticas a Clinton
abundaron por considerar que se estaba entrometiendo
en cuestiones internas, la figura de Jiang emergió
victoriosa a los ojos de sus compatriotas.
177derecho político tomo 2 )
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Lo cierto es que, después de haber vivido durante
años bajo la sombra de Deng Xiaoping, la transmisión
del debate indica que el presidente Jiang goza ahoragoza ahoragoza ahoragoza ahoragoza ahora
de una posición personal sólidade una posición personal sólidade una posición personal sólidade una posición personal sólidade una posición personal sólida en el seno del
gobierno chino.
Su actuación distendida y hollywoodense durante
el intercambio de ideas aumentó su popularidad en
el seno de la sociedad china y le ha permitido marcar
una clara diferencia con respecto al estilo tradicional
de los burócratas del Partido Comunista, que durante
largas décadas impusieron su sello a la política del
gigantesco país asiático.
Por el otro lado, el presidente estadounidense-
muy criticado por haber aceptado que se lo recibiera
oficialmente en la plaza de Tiananmen, donde en
1989 fue masacrada una manifestación estudiantil
pro democracia- podrá utilizar ahora la transmisión
televisada como una prueba de que existe cierta prueba de que existe cierta prueba de que existe cierta prueba de que existe cierta prueba de que existe cierta
voluntad para flexibilizar el actual sistemavoluntad para flexibilizar el actual sistemavoluntad para flexibilizar el actual sistemavoluntad para flexibilizar el actual sistemavoluntad para flexibilizar el actual sistema
político político político político político chino.
De hecho, el jueves trascendió que la Procuraduría
Suprema de China acaba de publicar por primera vez
un estudio con 64 casos de personas que murieron
mientras estaban detenidas por la policía y 35 casos
de ciudadanos que confesaron crímenes que no había
cometido para evitar ser torturados.
178 tomo 2 derecho político(
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179derecho político tomo 2 )
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DESARROLLO DE LA UNIDAD IV
( FORMAS DE ESTADO )
Vamos a realizar una clasificación de las formas de EstadoVamos a realizar una clasificación de las formas de EstadoVamos a realizar una clasificación de las formas de EstadoVamos a realizar una clasificación de las formas de EstadoVamos a realizar una clasificación de las formas de Estado conforme al modo
de ejercicio de poder respecto de la población.
Como previo, se impone establecer la diferencia entre formas de Estado y formasdiferencia entre formas de Estado y formasdiferencia entre formas de Estado y formasdiferencia entre formas de Estado y formasdiferencia entre formas de Estado y formas
de gobiernode gobiernode gobiernode gobiernode gobierno.
Las formas de gobiernoformas de gobiernoformas de gobiernoformas de gobiernoformas de gobierno responden a la pregunta “quién manda” que se refiere a
quienes son los gobernantes, los titulares del poder.
Las formas de Estadoformas de Estadoformas de Estadoformas de Estadoformas de Estado se refieren a las relaciones del poder con el territorio, de lo cual
se deduce que el poder puede ejercerse en forma políticamente centralizada o descentralizada;
la primera corresponde a la forma de Estado unitaria, la segunda es el Estado federal, el poder
está descentralizado con base territorial, o sea hay sendos poderes en las divisiones territoriales
que componen el Estado federal.
Cuando vinculamos el poder con relación a la población el interrogante que cabe es
cómo se ejerce el poder respecto a los hombres. Se puede ejercer reconociendo su dignidad,
libertad y derechos, restringiéndolos o negándolos.
El primer caso, del reconocimiento, coincide con el Estado democrático, la
restricción con el Estado autoritario, la negación con la forma de Estado totalitaria.
A) DEMOCRACIA
La democraciaLa democraciaLa democraciaLa democraciaLa democracia, como forma de gobierno se fundamenta en un principio esencial:
el pueblo es el titular originario del poderel pueblo es el titular originario del poderel pueblo es el titular originario del poderel pueblo es el titular originario del poderel pueblo es el titular originario del poder. Si el gobierno lo ejerce directamente el
pueblo, sin intermediarios, se trata de la democracia purala democracia purala democracia purala democracia purala democracia pura o directa que se aplicó en la
polis griega donde el pueblo, reunido en la plaza pública, resolvía los problemas de
gobierno, al igual que en Roma, en el foro. Esto era posible porque se trataba de
comunidades pequeñas, de escasa población.
Formas de estado
vvvvvv ververververver videovideovideovideovideo)))))(((((“Democracia”“Democracia”“Democracia”“Democracia”“Democracia”
180 tomo 2 derecho político(
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Cuando el pueblo no gobierna directamente sino a través de representantes que
elige mediante las elecciones, se trata de la democracia representativa democracia representativa democracia representativa democracia representativa democracia representativa, sistema que
actualmente impera en todos los países que adoptan la democracia.
Para explicar la relación que une al pueblo con sus representantes se ha acudido a
la figura del mandato, que es un contrato en virtud del cual una persona llamada
mandante, encarga a otra, llamada mandatario, la realización de uno o varios actos a
nombre y por cuenta del mandante.
En el terreno político, durante la Revolución Francesa, se acudió al llamado mandato
imperativo en cuya virtud el representante debía sujetarse estrictamente a las órdenes
recibidas del pueblo. En la actualidad, en los países donde se practica la democracia se
habla del mandato libre o representativo en virtud del cual el representante elegido por
el pueblo puede actuar libremente, sin obligación de atenerse a ninguna orden de aquél.
El término democracia está compuesto por dos palabras griegas: demos que
significa pueblo y kratos que indica autoridad, y apareció empleado por primera vez
durante el siglo V antes de Cristo, en la época de PericlesPericlesPericlesPericlesPericles.
El Presidente norteamericano, LincolnLincolnLincolnLincolnLincoln en ocasión de un homenaje a los caidos en la
batalla de Gettysbourg, durante la guerra civil, pronunció un discurso en el cual definió la
democracia como: ”el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”: ”el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”: ”el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”: ”el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”: ”el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”. Grecia
fue la cuna de la democracia. Las contemporáneas se fueron gestando en los países de habla
inglesa –Inglaterra y las colonias de América del Norte desde el siglo XVIII; en Francia desde
fines del siglo XVIII y en otros países europeos y latinoamericanos a lo largo del siglo XIX.
Las democracias coinciden en sostener que:
los hombres nacen libres e iguales, la dignidad de la persona humana,
todo poder emana del pueblo, la limitación del poder, el imperio de la
ley.
La democracia supone una estructura social abierta al cambio, dinámica, a la eterna
búsqueda de mejoras en todos los órdenes.
Supone también un clima cultural especial: consensoconsensoconsensoconsensoconsenso, pluralismopluralismopluralismopluralismopluralismo, diálogodiálogodiálogodiálogodiálogo. El
pluralismo implica no considerar como enemigo al que piensa distinto sino como adversario
y aceptar las reglas de juego de la democracia sin vulnerarlas pese a las divergencias; significa
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pluralismo en todos los aspectos: políticos, social, cultural, es decir que las diferencias y
no la uniformidad constituyen su esencia.
Democracia tambien implica el diálogo permanente entre las posiciones encontradas,
la transacción a fin de encontrar puntos de coincidencias y, por último, es menester una
mentalidad democrática que respalde al sistema y sin duda el nivel de educación del pueblo
influye sobremanera sobre el buen o mal funcionamiento del régimen democrático.
B) AUTORITARISMO
El autoritarismo, junto con el totalitarismo, tienen en común que ambos son
antidemocráticos. La diferencia entre ellos no es cualitativa sino cuantitativa, en el sentido de
que el totalitarismo implica un cercenamiento más completo de las libertades del individuo.
El autoritarismo apunta más a cercenar los derechos políticos: sufragio, partidos políticos
que no se autorizan, falta de libertad de expresión, pero deja al individuo un cierto margen de
acción referido a su vida privada que el Estado no invade en la medida en que esa acción no
incida en la vida política, es decir, en suma, que aquél no absorbe totalmente al individuo en su
vida humana y social. Un ejemplo sería el régimen de FrancoFrancoFrancoFrancoFranco en España entre los años 1939 al
1975 y también su contemporáneo, el régimen portugués de Oliveira ZalazarOliveira ZalazarOliveira ZalazarOliveira ZalazarOliveira Zalazar.
En ambos no existían partidos políticos ni libertad de prensa ni de expresión, pero en
el autoritarismo el Estado no invadía totalmente la vida privada de sus habitantes, dejando
mínimos restos solamente, a la libertad individual y en todo aquello que no rozara la estructura
o funcionamiento del sistema.
C) TOTALITARISMO
Este término surgió de un discurso pronunciado por el dictador italiano BenitoBenitoBenitoBenitoBenito
MussoliniMussoliniMussoliniMussoliniMussolini quien dijo: “Todo en el Estado, nada fuera del Estado, nada contra el Estado”.
Como se aprecia, constituye tal afirmación una clara exaltación del Estado en sí. En él, el
individuo se convierte no en un fin en sí mismo, sino en un medio al servicio del Estado que
es el que realmente importa. El individuo queda anulado, es sólo un número, su dignidad
intrínseca es desconocida, todos sus derechos vulnerados. Es un régimen basado en la
represión, el miedo, la delación, en suma, el terror, además hay un copamiento de los
medios de expresión, hay una propaganda permanente y apabullante al servicio del régimen
que penetra en las mentes, condicionándolas.
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La absorción del individuo por parte del Estado es total ya que no sólo le cercena sus
derechos políticos –existe un solo partido que es el oficialista- sino que, además, se invade
su esfera privada, no hay actividad que no esté regulada por el Estado –el deporte, el arte,
la ciencia, etc., negando todo derecho y toda libertad. Existe una ideología oficial a la que
se debe adherir, caso contrario se es considerado un traidor. No existe división de poderes,
el poder está concentrado en un líder carismático; no existe oposición legalizada.
En suma, no es el Estado para el hombre, a cuyo servicio debe estar, sino por el
contrario el hombre al servicio del Estado. Dos sistemas, antagónicos en lo ideológico
pero con similares características en lo político.
Fueron paradigmáticos del sistema totalitario: el régimen nazi, durante el gobierno
de HitlerHitlerHitlerHitlerHitler entre los años 1933/45 en Alemania y el régimen comunista instaurado en
Rusia en el año 1917, que se desmoronó en 1989.
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sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
La democracia se asienta sobre varios principios: el poder originario del pueblo que éste
delega en los representantes que elige mediante el voto; la división de los poderes que se
controlan mutuamente; la publicidad de los actos de gobierno; la periodicidad de funciones; el
imperio de la ley; el respeto de los derechos individuales.
El totalitarismo implica que el individuo queda absolutamente absorbido por el Estado,
se prioriza lo social y se afectan no sólo los derechos políticos y civiles –libertad de asociación, de
expresión, de prensa, de votar - sino que el Estado invade la esfera privada de la persona: se
regula la cantidad de hijos que puede tener una familia, lo que puede o no leerse, o escucharse.
Pueden citarse como arquetipos al nazismo y al comunismo.
La diferencia del totalitarismo con el autoritarismo es meramente cuantitativa; en el
régimen autoritario se afectan las libertades políticas fundamentales, pero el Estado no se
inmiscuye en la vida privada. Como ejemplos pueden citarse al régimen de Franco en España y
al de Oliveira Zalazar en Portugal.
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185derecho político tomo 2 )
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apactividad de proceso
abogacía a distancia )
Analice el adjunto capítulo del libro “Democracia y Totalitarismo”“Democracia y Totalitarismo”“Democracia y Totalitarismo”“Democracia y Totalitarismo”“Democracia y Totalitarismo” de Raymond
Aron y establezca las diferencias que separan a un régimen democrático de un régimen
totalitario.
186 tomo 2 derecho político(
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Aron, Raymund. Democracia y Totalitarismo. Editorial Seix Barral. Barcelona. 1968.Aron, Raymund. Democracia y Totalitarismo. Editorial Seix Barral. Barcelona. 1968.Aron, Raymund. Democracia y Totalitarismo. Editorial Seix Barral. Barcelona. 1968.Aron, Raymund. Democracia y Totalitarismo. Editorial Seix Barral. Barcelona. 1968.Aron, Raymund. Democracia y Totalitarismo. Editorial Seix Barral. Barcelona. 1968.
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191derecho político tomo 2 )
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( DESARROLLO DE LA UNIDAD )
CentralizaciónCentralizaciónCentralizaciónCentralizaciónCentralización: el poder político está centralizado cuando la autoridad que rige al
Estado monopoliza el poder de mando y el ejercicio de las funciones que caracterizan a la
potestad pública. En cambio, el poder está descentralizado cuando se admite que ciertos
grupos existentes en el Estado –provincias, regiones, comunas- posean en propiedad
determinados atributos de la potestad pública.
La centralización niega que el poder del Estado sea repartido o compartido, en
tanto la descentralización admite que otros grupos sociales compartan el poder del Estado
y ejerzan esa parte del poder estatal sobre determinados lugares.
FORMAS DE DESCENTRALIZACIÓNFORMAS DE DESCENTRALIZACIÓNFORMAS DE DESCENTRALIZACIÓNFORMAS DE DESCENTRALIZACIÓNFORMAS DE DESCENTRALIZACIÓN
Hay una descentralización políticadescentralización políticadescentralización políticadescentralización políticadescentralización política y una descentralización administrativa. La
política toma base al territorio, se establecen distintas divisiones del territorio del Estado
y se las reconoce como unidades políticas autónomas con poder político.
En la demarcación geográfica de cada unidad política hay un poder local que se
ejerce sobre ciertas materias, en tanto el poder del Estado se ejercerá en todo el territorio
en otras materias. La forma típica de esta descentralización política con base territorial
es el Estado Federal, en el cual hay un reparto o distribución del poder.
El Estado Federal es el titular de la soberanía, concepto que ya hemos analizado. Los
entes locales, que integran el Estado gozan, en cambio, de autonomía - en nuestro caso las
provincias - que implica que pueden darse sus propias constituciones, sus propias leyes.
Para delimitar lo que se conoce como descentralización administrativa digamos
que ésta sólo opera en el ámbito de la función administrativa, de los órganos de la
administración pública, sin guardar relación con la pluralidad política.
La descentralización administrativaLa descentralización administrativaLa descentralización administrativaLa descentralización administrativaLa descentralización administrativa se expresa en el concepto de autarquía
que consiste en llevar a cabo la actividad de la administración en forma indirecta a través
de órganos que tienen ciertas competencias y que gozan de personalidad jurídica, pero
ello de acuerdo a normas que les vienen impuestas por un órgano superior.
Clasificación de las formas de estado conforme al ejercicio del poder respecto del
territorio.
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La descentralización administrativa puede ser:
a) TerritorialTerritorialTerritorialTerritorialTerritorial cuando el ente descentralizado tiene un ámbito territorial por ej. La ex
Municipalidad de Buenos Aires; actual Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
b) InstitucionalInstitucionalInstitucionalInstitucionalInstitucional cuando la descentralización no tiene base territorial y la
descentralización es al sólo efecto de prestar ciertos servicios públicos por ej. La
Dirección Nacional de Vialidad, el Sistema Educativo Argentino, con excepción del
nivel Universitario, etc.
CONFEDERACIÓNCONFEDERACIÓNCONFEDERACIÓNCONFEDERACIÓNCONFEDERACIÓN
La confederación es la unión entre varios Estados soberanos e independientesLa confederación es la unión entre varios Estados soberanos e independientesLa confederación es la unión entre varios Estados soberanos e independientesLa confederación es la unión entre varios Estados soberanos e independientesLa confederación es la unión entre varios Estados soberanos e independientes
que se formaliza mediante un pacto para fines parciales y determinados: protección mutua,
defensa, comercio, etc..
La unión que surge de la confederación no crea un Estado nuevo y único, es mera
unión asociativa entre Estados miembros que no se funden en una unidad.
La confederación crea uno o varios órganos permanentes para cumplir las funciones
que le incumben y su competencia se limita a las facultades fijadas en el pacto de creación.
Los Estados miembros se reservan dos derechos:
a) el de secesiónel de secesiónel de secesiónel de secesiónel de secesión: significa que cada uno de ellos puede separarse de la confederación
cuando lo estime conveniente.
b) el de nulificaciónel de nulificaciónel de nulificaciónel de nulificaciónel de nulificación: en virtud del cual cada Estado miembro puede negarse a
cumplir las decisiones del órgano confederal, ello porque las facultades de éste
recaen sobre los Estados y no sobre su población.
Ambos derechos emergen de la calidad de soberanos de los Estados miembros.
Estados Unidos, entre su independencia en 1776 y la Constitución Federal de 1787
constituyó una Confederación; Suiza entre 1815 y la Constitución de 1848.
195derecho político tomo 2 )
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ESTADO FEDERALESTADO FEDERALESTADO FEDERALESTADO FEDERALESTADO FEDERAL
El federalismo es una forma de Estado en la que el poder se ejerce descentralizándolo
políticamente con base territorial.
Las zonas geográficas que tienen calidad de unidades políticas o Estados, pasan a
formar parte de un Estado común o de una unidad política general.
El Estado federal es una conciliación entre unidad y pluralidad, unidad por cuanto
el Estado es único y pluralidad por cuanto ese Estado está compuesto por varias unidades
políticas territoriales que en Argentina se llaman Provincias, en Norteamérica Estados,
en Suiza Cantones.
La forma Federal establece una organización política favorable a la
libertad y al pluralismo porque distribuye el poder en entidades políticas
autónomas, cuyos gobiernos locales limita al gobierno central o general.
La forma federal establece relaciones entre el Estado Federal y sus Estadosestablece relaciones entre el Estado Federal y sus Estadosestablece relaciones entre el Estado Federal y sus Estadosestablece relaciones entre el Estado Federal y sus Estadosestablece relaciones entre el Estado Federal y sus Estados
miembrosmiembrosmiembrosmiembrosmiembros, relaciones que son:
a) de subordinaciónde subordinaciónde subordinaciónde subordinaciónde subordinación, en virtud de la cual el orden jurídico y político del Estado
Federal es supremo, por eso las constituciones locales deben estar de acuerdo a la
constitución federal y no deben violarla en sus principios, ya que la constitución
federal tiene primacía sobre las locales.
b) de participaciónde participaciónde participaciónde participaciónde participación, en virtud de la cual los Estados miembros toman parte en las
decisiones del Estado Federal. En nuestro país los senadores son representantes de
las Provincias, de manera que en las decisiones que adopta el Congreso participan
los Estados miembros.
c) relación de coordinaciónrelación de coordinaciónrelación de coordinaciónrelación de coordinaciónrelación de coordinación: en cuya virtud se reparten las competencias entre el
Estado Federal y los Estados miembros, fijándose en la Constitución Nacional las
que les corresponde a cada uno.
Se denominan competencias reservadascompetencias reservadascompetencias reservadascompetencias reservadascompetencias reservadas a las que pertenecen a los Estados
miembros; competencias delegadascompetencias delegadascompetencias delegadascompetencias delegadascompetencias delegadas a las que pertenecen al Estado Federal porque los
Estados miembros se las han transferido a través de la constitución federal y,
competencias concurrentescompetencias concurrentescompetencias concurrentescompetencias concurrentescompetencias concurrentes a las que pertenecen tanto al Estado Federal como a los
Estados miembros, por ejemplo: educación.
196 tomo 2 derecho político(
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El art. 121 de la Constitución Nacional establece que: “Las Provincias conservan
todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno Federal y el que
expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación”.
Es decir que si la Constitución no otorga explícitamente una facultad al Gobierno Federal,
en consecuencia le corresponde a las provincias. Por ejemplo, la Constitución Nacional le
atribuye al Congreso la facultad de dictar los llamados códigos de fondo: Civil, Penal, por
ello las provincias no pueden dictarlos.
Históricamente un Estado federal puede derivar de Estados independientes que
posteriormente se unificaron, caso Suiza, o de un Estado Unitario que luego se descentralizó
políticamente, caso Brasil.
El Estado Federal tuvo su primera manifestación histórica con la Constitución
norteamericana de 1787 la cual inspiró al sistema establecido en nuestra Constitución de
1853, luego de varios intentos constitucionales fallidos como las constituciones de 1819
y 1826 que eran unitarias.
Nuestra Constitución en su art. 1 preceptúa: “La Nación Argentina adopta
para su gobierno la forma representativa, republicana y federal».
Nuestros constitucionalistas coinciden en señalar que sistema argentino no
responde al tipo del federalismo puro, sino que es una mezcla del unitario y del federal,
es un federalismo atenuado ya que contiene algunos elementos propios del sistema
unitario como la intervención federal a las provincias.
ESTADO UNITARIOESTADO UNITARIOESTADO UNITARIOESTADO UNITARIOESTADO UNITARIO
Esta forma de Estado corresponde a una centralización política total, es decir que
el Estado es gobernado en su totalidad geográfica desde un único centro de poder.
El politólogo Burdeau Burdeau Burdeau Burdeau Burdeau dice que el Estado unitario es aquél en el cual la organización
constitucional responde a la triple unidad: del pueblo, del poder estatal y de los gobernantes.
Son estados unitarios, en Europa: Francia, Bélgica, Suecia, España y Portugal, y en
Sudamérica Bolivia, Chile, Ecuador y Perú.
En la adopción del sistema unitario, aparte de razones históricas, influye también
la extensión territorial. Los países de territorio extenso adoptan la forma federal ya que
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sería difícil poder gobernar países como Rusia o Estados Unidos desde un poder central.
Por el contrario los países de territorio reducido adoptan la forma unitaria ya que en ellos
no tendría razón de ser la descentralización política en poderes locales.
LA REGIÓNLA REGIÓNLA REGIÓNLA REGIÓNLA REGIÓN
Cuando se habla de región se alude a una demarcación geográfica, no artificialmente
establecida por la ley, sino que responde a características físicas y humanas, culturales y
socioeconómicas propias.
Se trata de un ámbito territorial superior a la provincia con caracteres comunes.
Los Estados que en sus constituciones institucionalizan las regiones no son ni
propiamente federales ni unitarios, constituyen una forma Intermedia entre ambos,
caracterizada por la autonomía regional.
Dichos Estados participan de ambas formas, unitaria y federal, en cuanto los entes
que lo constituyen: provincias y municipios, tienen poderes mucho más extensos que los
que tienen los entes territoriales de los Estados Unitarios sin llegar a adquirir la categoría
propia de los Estados miembros de un Estado federal.
Las regiones, con sus facultades propias, fueron reconocidas en las constituciones
españolas de 1931 y en la actualmente vigente de 1978 y otro tanto ocurre en la
Constitución italiana de 1947.
En nuestro país, la reforma de 1994 incorporó el art. 124 que establece: “Las“Las“Las“Las“Las
provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecerprovincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecerprovincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecerprovincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecerprovincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer
órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines...”órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines...”órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines...”órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines...”órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines...”.
Como se deduce de dicho texto, las regiones, en nuestro sistema, carecen de
soberanía y de autonomía y su finalidad está limitada a la concreción de metas
exclusivamente económico-sociales.
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199derecho político tomo 2 )
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sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
El poder del Estado puede estar concentrado en un solo centro de poder desde el cual se
gobierna todo el país, lo que caracteriza al Estado Unitario –caso Uruguay -, o existe varios
centros de poder, uno central, asiento de las autoridades nacionales, y centros de poder locales
correspondientes a los gobiernos de Provincia, lo que corresponde al Estado Federal –caso
Argentina, E.E.U.U.; etc.
Por su parte, la soberanía es una unidad del poder del Estado: la de ser supremo, es
decir que se encuentra por encima de los demás poderes sociales y sólo pertenece al poder
federal; las Provincias por su parte gozan de autonomía, es decir, la posibilidad de dictar
sus propias leyes.
200 tomo 2 derecho político(
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201derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
Del contenido del texto desarrollado deduzca y fundamente- con relación al Estado
Unitario y al Federal y en función de la centralización y descentralización del poder político-
cuál de las dos formas de Estado favorece más ampliamente el juego de las instituciones
y el goce de los derechos personales.
202 tomo 2 derecho político(
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203derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
sf)síntesis final
abogacía a distancia
La democraciademocraciademocraciademocraciademocracia no es sólo una forma de gobierno sino un verdadero estilo de vida
basado en el respeto al adversario, en la tolerancia, en el diálogo como método de solución de
los conflictos y en el pluralismo en todos los órdenes, es decir, la aceptación de la diversidad de
enfoques políticos, científicos, culturales, etc.
El totalitarismototalitarismototalitarismototalitarismototalitarismo, por su parte constituye un régimen político no democrático en el
cual los poderes: ejecutivo, legislativo y judicial están concentrados en un pequeño grupo de
dirigentes quienes no respetan los derechos de la persona humana.
Implica la uniformidad forzosa en todos los aspectos, el sacrificio de las libertades y del
individuo en aras de la exaltación del Estado.
El Estado Unitario implica la centralización del poder del Estado, el Federal la
descentralización, en éste hay un reparto de competencias entre el poder federal y los poderes
locales establecido en la Constitución de cada Estado.
El Estado Federal, en cuanto se manifiesta en un reparto de poder que, por ende, evita
su centralización, favorece la vigencia del régimen democrático.
204 tomo 2 derecho político(
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205derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
af)actividad final
abogacía a distancia
Fundamente su posición con relación al siguiente planteo: ¿Cuáles son las notas
distintivas de los sistemas totalitarios? ¿Y de los democráticos? ¿Y de las formas de Estado
Unitario y Federal?.
206 tomo 2 derecho político(
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207derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
ceconceptos eje de unidad
abogacía a distancia )
Los ejes conceptuales que pueden señalarse en esta unidad son:
La Democracia, el Autoritarismo y el Totalitarismo, son sistemas políticos
conforme al modo de ejercicio del poder respecto de la población; y los Estados
Unitario y Federal son formas de Estado de acuerdo al ejercicio del poder
respecto al territorio.
208 tomo 2 derecho político(
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209derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
glabogacía a distancia )glosario
Autonomía Autonomía Autonomía Autonomía Autonomía: Potestad que, dentro de un Estado, tiene una entidad política para
dictar, por medio de un gobierno propio, las leyes que la regulan. Es el caso de las
Provincias de nuestro país.
Autarquía Autarquía Autarquía Autarquía Autarquía: Autosuficiencia económica de un país o de un Organismo del Estado,
ejemplo Vialidad Nacional, es decir que cuentan con recursos propios.
Razon de Estado Razon de Estado Razon de Estado Razon de Estado Razon de Estado: Consideración de interés superior que invocan los gobernantes
de un Estado para ejecutar acciones, generalmente, contrarias a la moral y la justicia.
Región Región Región Región Región: Porción de territorio de un Estado caracterizada por elementos geográficos,
étnicos, lingüísticos determinados, ejemplo: Cataluña, Galicia, en España.
210 tomo 2 derecho político(
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211derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
aa)actividad de autoevaluación
abogacía a distancia
Con relación a los núcleos conceptuales que se enumeran, complete el esquema
indicando los caracteres esenciales de cada uno de ellos y las relaciones que hubiere.
DEMOCRACIA
AUTORITARISMO
TOTALITARISMO
ESTADO FEDERAL
ESTADO UNITARIO
CONFEDERACIÓN
212 tomo 2 derecho político(
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213derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( BIBLIOGRAFÍA DE LA UNIDAD IV )
López, Mario Justo. “Introducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios Políticos”. Editorial Kapeluz.
Buenos Aires.
Fayt, Carlos S.. “Derecho PolíticoDerecho PolíticoDerecho PolíticoDerecho PolíticoDerecho Político”. Editorial Abeledo Perrot. Buenos Aires.
Touraine, Alain. “¿Qué es la Democracia?¿Qué es la Democracia?¿Qué es la Democracia?¿Qué es la Democracia?¿Qué es la Democracia?”. Fondo de Cultura Económica. Montevideo.
“Los Regímenes PolíticosLos Regímenes PolíticosLos Regímenes PolíticosLos Regímenes PolíticosLos Regímenes Políticos”. Editorial Salvat. Impreso en España.
Aron, Raymond. “Democracia y TotalitarismoDemocracia y TotalitarismoDemocracia y TotalitarismoDemocracia y TotalitarismoDemocracia y Totalitarismo”. Seix Barral. Barcelona.
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214 tomo 2 derecho político(
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215derecho político tomo 2 )
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u5unidad cinco
poder y derecho )(
216 tomo 2 derecho político(
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217derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
UNIDAD V
( PODER Y DERECHO )
Relación entre Estado y Derecho. Iusnaturalismo y Positivismo.
Teoría de la autolimitación.
Teoría Estado de Derecho.
Supremacía de la Constitución. Control de la Constitucionalidad de las leyes.
La legalidad de la Administración.
Mención sintética de los contenidos
218 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
219derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
oaobjetivos de aprendizaje
abogacía a distancia )
Establecer la relación entre Estado y Derecho.
Analizar las diferencias entre iusnaturalismo y el positivismo.
Examinar la teoría de la autolimitación.
Distinguir las características del Estado de Derecho sometido al imperio de la ley.
Analizar los sistemas creados para asegurar el control la de constitucionalidad de
las leyes.
Reflexionar respecto al ejercicio de legalidad de la Administración.
220 tomo 2 derecho político(
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221derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD V )
DERECHO
ESTADOESTADOESTADOESTADOESTADO
ESTADO DE DERECHO
Iusnaturalismo
Positivismo
Supremacía Constitucional
División de Poderes
Imperio de la Ley
222 tomo 2 derecho político(
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223derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
ai)actividad introductoria
abogacía a distancia
En base a la lectura de la adjunta publicación periodística referida al Presidente de
Sudáfrica Nelson Mandela y a la creación del Tribunal Penal Internacional, vincule ambos
casos y extraiga conclusiones acerca de la lucha, a nivel mundial, por el establecimiento
del Estado de Derecho y la eliminación de la discriminación.
224 tomo 2 derecho político(
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Jueves 23 de Julio de 1998- Clarin- Política Política Política Política Política
225derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Flores. Flores. Flores. Flores. Flores. Mandela. anoche. al llegar a Ezeiza con su esposa. Graca (El matrimonio fue recibido por el canciller Di Tella).
226 tomo 2 derecho político(
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227derecho político tomo 2 )
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DESARROLLO DE LA UNIDAD V
( PODER Y DERECHO )
El derecho constituye uno de los elementos fundamentales del Estado.El derecho constituye uno de los elementos fundamentales del Estado.El derecho constituye uno de los elementos fundamentales del Estado.El derecho constituye uno de los elementos fundamentales del Estado.El derecho constituye uno de los elementos fundamentales del Estado.
Todo Estado tiene un ordenamiento jurídico en el cual enmarca su accionarTodo Estado tiene un ordenamiento jurídico en el cual enmarca su accionarTodo Estado tiene un ordenamiento jurídico en el cual enmarca su accionarTodo Estado tiene un ordenamiento jurídico en el cual enmarca su accionarTodo Estado tiene un ordenamiento jurídico en el cual enmarca su accionar.
El derecho comenzó por ser consuetudinario, basado en los usos y costumbres. En
el presente y universalmente, es escrito, concretado en códigos y leyes.
Existen dos corrientes de pensamiento acerca de la relación entre estadoExisten dos corrientes de pensamiento acerca de la relación entre estadoExisten dos corrientes de pensamiento acerca de la relación entre estadoExisten dos corrientes de pensamiento acerca de la relación entre estadoExisten dos corrientes de pensamiento acerca de la relación entre estado
y derecho.y derecho.y derecho.y derecho.y derecho.
1) Iusnaturalismo: Iusnaturalismo: Iusnaturalismo: Iusnaturalismo: Iusnaturalismo: esta corriente sostiene la existencia de un derecho natural,
derecho no escrito, que emerge de la propia naturaleza humana como el derecho
a la vida, a la propiedad, etc.
Este derecho sindica el deber ideal de la justicia y sugiere los criterios y las pautas
con que debe elaborarse el derecho positivo, que debe ser justo para tener validez.
2) Positivismo: Positivismo: Positivismo: Positivismo: Positivismo: el positivismo niega la existencia del derecho natural. Para esta
posición no hay más derecho que el positivo, dictado por el Estado.
En la historia de la relación entre Estado y derecho, señalemos que hasta fines del
siglo XVIII el poder de los gobernantes era absoluto, término que etimológicamente
significa desligado del derecho, es decir discrecional, sin límite.
Regía el principio de que “lo que el príncipe quiere tiene fuerza de ley”.
A fines del siglo XVIII aparece el ConstitucionalismoConstitucionalismoConstitucionalismoConstitucionalismoConstitucionalismo cuya primera expresión
escrita fue la Constitución Americana del año 1787, movimiento que significó una
reacción frente al absolutismo, es decir, ponerle límites al poder, sustituir la voluntad
discrecional del gobernante por el imperio de la ley, por el acatamiento a la Constitución
que fija las competencias de los poderes del Estado, y consagra los derechos de que
gozan los habitantes, instaurando el llamado “Estado de Derecho”. La implicancia
fundamentos es que se somete también a las normas jurídicas que dicta, se pone límites
a sí mismo.
Estado y derecho
228 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
El sistema actual es una dominación legal, no personal. Los gobernantes ejercen
poder de autoridad en la medida en que las leyes se lo confieren.
La relación entre el derecho y el poder es de recíproca correlación. El
poder formula y sanciona el derecho mediante sus órganos específicos, el derecho
lo justifica y legitima. Toda actividad del poder se encuentra sometida al derecho.
La actividad del gobierno no puede ser arbitraria. El derecho le determina sus
funciones, establece sus competencias y le confiere el ejercicio de las facultades necesarias
para el cumplimiento de sus actividades. Esas facultades tienen sus límites jurídicos toda
vez que no pueden exceder la esfera de competencia establecida por el ordenamiento
jurídico.
Estado de Derecho y Constitucionalismo son conceptos inseparables, Históricamente
el primero surgió como reacción al Estado absolutista.
Al consolidarse el Estado de Derecho ya éste no se aplica sólo para los gobernados
sino también a los gobernantes.
Para obtener la sujeción del poder al derecho no basta la sanción de un ordenamiento
jurídico, depende de la voluntad y la moralidad de los gobernantes y de los gobernados.
El primer cuestionamiento que nos plantea la relación entre Estado y derecho es
saber qué ha sido primero en el tiempo, si el estado o el derecho.
Hay doctrinas que admiten que el derecho precedió cronológicamente al Estado,
la primera de ellas, la corriente iusnaturalista. Si el derecho es universal, eterno e inherente
a la naturaleza humana, es lógico que sea anterior a él.
Por su parte, el autor GierkeGierkeGierkeGierkeGierke ha sostenido la tesis del origen simultáneo del Estado
y del derecho, se trata de dos aspectos de la comunidad humana, cada uno de los cuales
supone y condiciona al otro no en relación de causa a efecto, lo que implicaría prioridad
en el tiempo.
JellinekJellinekJellinekJellinekJellinek admite la prioridad del Estado con respecto al derecho por cuanto el Estado
surgió al margen del derecho y sólo posteriormente se encuadró en el derecho.
229derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
El segundo interrogante es la realidad histórica en que ha estado subordinado “el
Estado al derecho o viceversa”. Al respecto no hay una respuesta uniforme ya que la
situación ha variado con los regímenes políticos, en algunos casos los gobernantes han
sido los detentadores exclusivos del poder y el derecho no ha existido sino como
manifestación de su voluntad, mientras que en otros, aquéllos han sujetado su conducta
a normas jurídicas.
Como ejemplos de los primeros podemos citar los antiguos despotismos egipcio o
persa, los totalitarismos contemporáneos, entre otros. Ejemplos de lo segundo, las democracias
constitucionales del presente: E.E.U.U., Francia, Inglaterra.
El tercer interrogante planteado en el plano axiológico, - de los valores -, es ¿qué
debe estar subordinado a qué, el Estado al derecho o viceversa?:
a)a)a)a)a) Una tesis sostiene que el derecho debe estar subordinado al Estado.
En esta corriente milita el teórico jurídico del nazismo Carl Schmitt Carl Schmitt Carl Schmitt Carl Schmitt Carl Schmitt quien sostuvo:
«Toda ley necesita para su validez una decisión política previa, adoptada por un poder
políticamente existente. Por lo tanto el derecho resultante de la decisión política es obra
de los detentadores del poder y no puede, en consecuencia, obligarlos».
Esta doctrina se aplicó durante el nazismo en Alemania, con lo que se llamó el
principio del «führer», de acuerdo con el cual las decisiones importantes de la vida pública
deben tomarse por una sola persona y nada debe hacerse contra la voluntad del führer
que se identifica con el poder y el Estado. Es derecho pues, la voluntad del que manda y,
consecuentemente, este último sólo está sujeto a su propia voluntad.
b)b)b)b)b) Una segunda doctrina sostiene que el poder del Estado debe estar encuadrado y
limitado por el derecho, que la actividad de los gobernantes debe estar regulada
jurídicamente, y es propia del Constitucionalismo y del llamado Estado de Derecho.
Claro está que la existencia de normas que limitan el poder de los gobernantes no
vale por sí sólo. El problema es esencialmente ético, depende de la voluntad y de la moralidad
de los gobernantes para que éstas las apliquen.
Pero el análisis de las democracias permite comprobar que las diversas
técnicas desarrolladas por el Constitucionalismo, tales como la división de poderes,
la independencia del poder judicial, la supremacía de la Constitución, han hecho
realidad el sometimiento de los gobernantes al derecho.
230 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Esta teoría comienza por señalar que el Estado no tiene por sobre sí ningún derecho
que lo limite ni lo obligue. El Estado se juridiza sólo a partir del momento en que crea al
derecho positivo y mediante éste se limita a sí mismo según su voluntad y decisión y con
el contenido que quiera atribuirle. No hay más límite jurídico al Estado que el derecho
positivo creado por él, es una limitación unilateral fijada por el propio Estado.
La concepción del Estado de Derecho constituye la finalidad del movimiento histórico
político denominado Constitucionalismo. Ambos conceptos son inseparables.
El Constitucionalismo es un movimiento histórico que postula que el Estado debe
ser Estado de Derecho. Su origen se encuentra en el proceso revolucionario de la segunda
mitad del siglo XVIII, con las doctrinas y las instituciones surgidas de las revoluciones
americana y francesa, concretadas mediante el dictado de constituciones escritas que
componen el fundamento de todas las demás normas con una función limitadora del poder
y a la vez garantizadora de los derechos fundamentales del hombre.
Sus primeras manifestaciones fueron la Constitución de Estados Unidos de 1787, la
Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789 en Francia y las sucesivas
constituciones de 1791 –1795 -1799. Luego el Constitucionalismo se expande por el resto
de Europa y llega a América. En nuestro país se dictó la Constitución de 1853, actualmente
vigente, la que tomó como modelo la Constitución norteamericana y a los antecedentes
nacionales: los constituciones unitarias de 1819 y 1826, el Pacto Federal de 1831 y la obra
fundamental de Alberdi «BasesBasesBasesBasesBases».
Esta teoría sostiene que todo Estado está enmarcado en un orden
jurídico, y este orden jurídico satisface los requerimientos del constitucionalismo
moderno, básicamente la protección de la libertad y de los derechos del hombre.
El Estado de Derecho tiene una finalidad personalista: la dignidad de la persona
humana y se vale de un medio jurídico: el imperio de la ley, a la que deben sujetarse los
ocupantes de los cargos de gobierno.
Teoría de la autolimitación
Teoría del estado de derecho
231derecho político tomo 2 )
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Históricamente el Estado de Derecho ha surgido en abierta oposición al
Estado absolutista.
Las notas que lo caracterizan son:Las notas que lo caracterizan son:Las notas que lo caracterizan son:Las notas que lo caracterizan son:Las notas que lo caracterizan son:
A) Tiene por finalidad la dignidad de la persona humana.
B) Imperio de la ley.
C) Supremacía de la Constitución.
D) División de poderes.
E) Independencia del poder judicial.
F) Legalidad administrativa.
En 1959 el Congreso Internacional de Juristas reunido en Nueva Delhi, India,
consideró que el Estado de Derecho existirá siempre que el Estado esté sujeto al derecho, se
aseguren al individuo el respeto de sus derechos y los medios necesarios para ejercitarlos.
No son Estados de Derecho aquellos donde imperan regímenes que niegan al
individuo la libertad y la justicia. Es necesario el respeto de los derechos individuales y el
establecimiento de medios que posibiliten su ejercicio con gobiernos libres y democráticos
para que pueda hablarse de un efectivo imperio de la ley.
Las doctrinas acerca de la fundamentación del Estado de Derecho tratan de establecer
por qué el poder del Estado debe estar subordinado al derecho.
Pueden ser clasificadas en dos grupos, según se basen en la afirmación dePueden ser clasificadas en dos grupos, según se basen en la afirmación dePueden ser clasificadas en dos grupos, según se basen en la afirmación dePueden ser clasificadas en dos grupos, según se basen en la afirmación dePueden ser clasificadas en dos grupos, según se basen en la afirmación de
la existencia del derecho natural o en la naturaleza intrínseca del propio Estado.la existencia del derecho natural o en la naturaleza intrínseca del propio Estado.la existencia del derecho natural o en la naturaleza intrínseca del propio Estado.la existencia del derecho natural o en la naturaleza intrínseca del propio Estado.la existencia del derecho natural o en la naturaleza intrínseca del propio Estado.
Las doctrinas del derecho naturaldoctrinas del derecho naturaldoctrinas del derecho naturaldoctrinas del derecho naturaldoctrinas del derecho natural sostienen que si existe un derecho natural
anterior al Estado, éste no debe violarlo.
Las doctrinas que se basan en la naturaleza del propio EstadoLas doctrinas que se basan en la naturaleza del propio EstadoLas doctrinas que se basan en la naturaleza del propio EstadoLas doctrinas que se basan en la naturaleza del propio EstadoLas doctrinas que se basan en la naturaleza del propio Estado sostienen
que es inherente a este último obligarse a sí mismo por el derecho que él crea.
Quienes afirman la existencia del derecho naturalderecho naturalderecho naturalderecho naturalderecho natural, con normas prescriptivas
para la conducta humana, universales y eternas, inherentes a la naturaleza humana y
discernibles por la razón, el derecho natural es suprapositivo, anterior y superior al derecho
positivo; no niegan a éste pero lo subordinan al natural.
232 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Para algunos el derecho natural emana de Dios, y para otros de la naturalezael derecho natural emana de Dios, y para otros de la naturalezael derecho natural emana de Dios, y para otros de la naturalezael derecho natural emana de Dios, y para otros de la naturalezael derecho natural emana de Dios, y para otros de la naturaleza
humanahumanahumanahumanahumana. Estas concepciones generaron dos escuelas del derecho naturaldos escuelas del derecho naturaldos escuelas del derecho naturaldos escuelas del derecho naturaldos escuelas del derecho natural.
Los antecedentes del derecho natural se remontan a Grecia. Los estoicos sostuvieron
que el derecho tenía su fundamento en la naturaleza.
En Roma, CicerónCicerónCicerónCicerónCicerón, siguiendo a los estoicos, desarrolló la doctrina del derecho
natural. En su libro “Las LeyesLas LeyesLas LeyesLas LeyesLas Leyes” dice: “Existe realmente una verdadera ley, la recta razón
que, conforme a la naturaleza, rige para todos los hombres y es inmutable y eterna”.
El derecho natural, durante la Edad Media, estuvo influido por el Cristianismo y el
aporte principal se debe a Santo Tomás de AquinoSanto Tomás de AquinoSanto Tomás de AquinoSanto Tomás de AquinoSanto Tomás de Aquino. En el “Tratado de la LeyTratado de la LeyTratado de la LeyTratado de la LeyTratado de la Ley” expresa:
«En el orden de las cosas humanas, la justicia de una acción pende de su conformidad
con la norma de la razón. Y siendo la ley natural esa norma primera de la razón humana,
es notorio que todas las demás leyes tendrán razón de leyes en cuanto procedan de la
ley natural, hasta tal punto que en aquello en que se separan de la ley natural dejan de
ser leyes, son una corrupción de la ley».
Durante la Edad Moderna se desarrolló una nueva corriente denominada EscuelaEscuelaEscuelaEscuelaEscuela
Clásica del Derecho NaturalClásica del Derecho NaturalClásica del Derecho NaturalClásica del Derecho NaturalClásica del Derecho Natural que se difundió en los siglos XVII y XVIII y tuvo su iniciador
en Hugo GrocioHugo GrocioHugo GrocioHugo GrocioHugo Grocio, corriente que se despega del origen divino y para la cual es la razón la
fuente del derecho natural.
Después de la segunda guerra mundial se produjo un renacimiento del derecho
natural, pudiendo citar como exponente a Gustavo RadbruchGustavo RadbruchGustavo RadbruchGustavo RadbruchGustavo Radbruch para quien los principios
fundamentales de la moral son parte del concepto de legalidad y ninguna norma positiva
puede ser tenida por válida si contraviene principios morales básicos.
Se le ha criticado a la doctrina del derecho natural que, al no ser éste coactivo como
lo es el derecho positivo, no es suficiente garantía para la efectiva vigencia del derecho, ya
que obliga a los gobernantes únicamente en conciencia.
En cuanto a las doctrinas de los derechos individualesdoctrinas de los derechos individualesdoctrinas de los derechos individualesdoctrinas de los derechos individualesdoctrinas de los derechos individuales, constituyen un
desprendimiento del derecho natural. Reconocen la existencia de derechos innatos de
toda persona, o sea que es un enfoque subjetivo del derecho natural. Esos derechos no
deben ser violados por los gobernantes. Las declaraciones de derechos contenidas en las
constituciones son las concreciones de esos derechos.
233derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
John LockeJohn LockeJohn LockeJohn LockeJohn Locke es el principal expositor de la doctrina de los derechos individuales.
En su obra “Ensayo sobre el Gobierno CivilEnsayo sobre el Gobierno CivilEnsayo sobre el Gobierno CivilEnsayo sobre el Gobierno CivilEnsayo sobre el Gobierno Civil» expresa que los hombres se encuentran
naturalmente en un estado de completa libertad para ordenar sus actos y para disponer
de sus propiedades dentro de los limites de la ley natural.
Por su parte el abate SieyesSieyesSieyesSieyesSieyes sostuvo: “La libertad es anterior a toda sociedad, a
todo legislador. El legislador se ha establecido no para conceder, sino para proteger
nuestros derechos”.
Estas doctrinas fueron incorporadas a las constituciones. Como ejemplo, el art. 1
de la declaración de derechos de Virginia, dictada el 12 de Enero de 1776 expresa: Todos
los hombres son por naturaleza libres y tienen ciertos derechos inherentes de los cuales
cuando entran en estado de sociedad no pueden por contrato privar a su posteridad,
especialmente el goce de la vida y de la libertad.
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano – Francia 1789- en su
art. 1º establece «los hombres nacen y viven libres e iguales en derechos». El art. 2º «el
fin de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales del hombre».
Estos derechos sonEstos derechos sonEstos derechos sonEstos derechos sonEstos derechos son: La Libertad, La Propiedad, La Seguridad y La Resistencia aLa Libertad, La Propiedad, La Seguridad y La Resistencia aLa Libertad, La Propiedad, La Seguridad y La Resistencia aLa Libertad, La Propiedad, La Seguridad y La Resistencia aLa Libertad, La Propiedad, La Seguridad y La Resistencia a
la Opresiónla Opresiónla Opresiónla Opresiónla Opresión.
234 tomo 2 derecho político(
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235derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
El derecho es un elemento esencial del Estado. El iusnaturalismo sostiene la
existencia de un derecho natural, no escrito, inmutable, eterno, y que surge de la propia
naturaleza humana. El positivo, por su parte, afirma que sólo vale el derecho dictado en
cada país por los órganos legislativos.
El Estado de Derecho significa la sumisión del Estado al ordenamiento jurídico
que él mismo ha dictado, sustituyendo de tal suerte la voluntad discrecional del
gobernante por el imperio de la ley.
236 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
237derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
Establezca cuáles son las diferencias entre el derecho natural y el derecho positivo
y cuáles las notas características del Estado de Derecho.
238 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
239derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( DESARROLLO DE LA UNIDAD )
Esta doctrina referida a las constituciones escritas, considera a la Constitución
como suprema y la ubica en la cúspide de la pirámide jurídica.
La Constitución preside todo el orden jurídico del Estado, haciendo
derivar de ella las restantes normas que integran aquel orden jurídico.
Es decir que el orden jurídico constituye un orden jerárquico; hay un orden de
prelación a cuya cabeza se sitúa la Constitución.
Como consecuencia de tal principio el art. 31 de nuestra Constitución establece
“Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso
y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación”.
Por ende, todo el orden jurídico del Estado debe estar de acuerdo con la Constitución
y no debe violarla. Si lo hace, la norma en cuestión es inconstitucional.
La doctrina de la supremacía constitucional fue expuesta en Francia por SieyesSieyesSieyesSieyesSieyes en
1789 en su obra “Que es el tercer estado”. Y en Estados Unidos por HamiltonHamiltonHamiltonHamiltonHamilton en su libro
“El Federalista”.
Los jueces son los guardianes de la Constitución y deben mantener su imperio,
rehusándose a aplicar las leyes que están en conflicto con ella.
Para remediar la inconstitucionalidad de leyes se han ideado sistemas de controlsistemas de controlsistemas de controlsistemas de controlsistemas de control
de constitucionalidad de constitucionalidad de constitucionalidad de constitucionalidad de constitucionalidad a fin de analizar, en cada caso, si las normas y los actos de gobierno
están de acuerdo o no con la Constitución y, en caso de no estarlo, no se aplica, las primeras
y se invalidan los segundos.
El primer sistemaEl primer sistemaEl primer sistemaEl primer sistemaEl primer sistema existente es el políticopolíticopolíticopolíticopolítico que consiste en atribuir la facultadatribuir la facultadatribuir la facultadatribuir la facultadatribuir la facultad
de declarar la inconstitucionalidad de las leyes a un órgano políticode declarar la inconstitucionalidad de las leyes a un órgano políticode declarar la inconstitucionalidad de las leyes a un órgano políticode declarar la inconstitucionalidad de las leyes a un órgano políticode declarar la inconstitucionalidad de las leyes a un órgano político, ejemplo del
mismo es el de Bolivia en la Constitución de 1977 que atribuye dicha facultad al Congresoal Congresoal Congresoal Congresoal Congreso.
Supremacía constitucional
Control de constitucionalidad
240 tomo 2 derecho político(
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El otro sistema es el judicialEl otro sistema es el judicialEl otro sistema es el judicialEl otro sistema es el judicialEl otro sistema es el judicial, ya que es el poder judicial el facultado para ello.
Dicho sistema tiene dos variantes: en una, la función de dictar la inconstitucionalidad de las
leyes corresponde a todos y cada uno de los jueces de los distintos fueros que intervengan
según la índole civil, comercial, penal de la causa en que se plantea.
Este sistema es el adoptado por nuestro país que lo tomó de la jurisprudencia
norteamericana donde rige desde el famoso leading case “Marbury c/ MadisonMarbury c/ MadisonMarbury c/ MadisonMarbury c/ MadisonMarbury c/ Madison” del año
1803 en el cual la Suprema Corte de los Estados Unidos sentó por primera vez el criterio
que, en caso de discrepancia entre la Constitución y una ley, debe prevalecer aquélla.
El juez Marshalljuez Marshalljuez Marshalljuez Marshalljuez Marshall al emitir su voto en el citado fallo dijo: “O la Constitución es la
ley suprema, o está en el nivel de las leyes ordinarias y, como otras, puede ser alterada
cuando la legislatura se proponga hacerlo. Si la primera parte de la alternativa es cierta,
entonces un acto legislativo contrario a la Constitución no es ley, si la última parte es
exacta, entonces las constituciones escritas son absurdos proyectos por parte del pueblo
para limitar un poder ilimitable por su propia naturaleza. Ciertamente, todos los que
han sancionado constituciones escritas las consideraban como la ley fundamental y
suprema de la Nación y por consiguiente, la teoría de cada uno de los gobiernos debe ser
que una ley de la legislatura que repugna a la Constitución es nula”.
En este sistema, la declaración de inconstitucionalidad de la ley sólo
tiene efecto en el caso concreto, el único efecto es que el juez de la causa no la
aplica, debiendo recurrir a leyes análogas o a los principios generales del
derecho, pero la ley sigue vigente e incluso puede ser aplicada por otros jueces
que la consideren constitucional.
Este sistema recibe el nombre de judicial difuso ya que es unaEste sistema recibe el nombre de judicial difuso ya que es unaEste sistema recibe el nombre de judicial difuso ya que es unaEste sistema recibe el nombre de judicial difuso ya que es unaEste sistema recibe el nombre de judicial difuso ya que es una
facultad de todos los jueces de todos los fuerosfacultad de todos los jueces de todos los fuerosfacultad de todos los jueces de todos los fuerosfacultad de todos los jueces de todos los fuerosfacultad de todos los jueces de todos los fueros.
La jurisprudencia ha establecido límites para el control de constitucionalidadlímites para el control de constitucionalidadlímites para el control de constitucionalidadlímites para el control de constitucionalidadlímites para el control de constitucionalidad.
En primer término las cuestiones políticascuestiones políticascuestiones políticascuestiones políticascuestiones políticas tales como la declaración del estado de sitio o
la intervención federal a una provincia no son judiciables. Asimismo, en el orden nacional
los tribunales no pueden actuar de oficio, es decir que mientras no haya una causa concreta
planteada ante ellos y sólo a pedido de parte pueden declarar la inconstitucionalidad.
La declaración de inconstitucionalidad no solamente puede recaer sobreLa declaración de inconstitucionalidad no solamente puede recaer sobreLa declaración de inconstitucionalidad no solamente puede recaer sobreLa declaración de inconstitucionalidad no solamente puede recaer sobreLa declaración de inconstitucionalidad no solamente puede recaer sobre
leyes sino tambien sobre decretos, resoluciones ministeriales, reglamentos yleyes sino tambien sobre decretos, resoluciones ministeriales, reglamentos yleyes sino tambien sobre decretos, resoluciones ministeriales, reglamentos yleyes sino tambien sobre decretos, resoluciones ministeriales, reglamentos yleyes sino tambien sobre decretos, resoluciones ministeriales, reglamentos y
sobre cualquier acto emanado de la autoridad.sobre cualquier acto emanado de la autoridad.sobre cualquier acto emanado de la autoridad.sobre cualquier acto emanado de la autoridad.sobre cualquier acto emanado de la autoridad.
241derecho político tomo 2 )
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La otra variante se da en la mayoría de los países europeos, donde la facultad de
dictar la inconstitucionalidad está asignada a un órgano único, integrante del Poder Judicial.
Como ejemplos podemos citar a Francia en donde se denomina Consejo Constitucional;
Italia, Corte Constitucional; y Alemania, Tribunal Constitucional Federal.
Contrariamente al difuso, en este sistema la declaración de inconstitucionalidad
trae aparejada la derogación de la ley cuestionadatrae aparejada la derogación de la ley cuestionadatrae aparejada la derogación de la ley cuestionadatrae aparejada la derogación de la ley cuestionadatrae aparejada la derogación de la ley cuestionada.
Dicho sistema se denomina judicial concreto o específicojudicial concreto o específicojudicial concreto o específicojudicial concreto o específicojudicial concreto o específico, ya que la facultad
de resolver la inconstitucionalidad radica en un tribunal único.
En los países que tienen una Corte constitucional, la intervención de la misma se da
por dos vías: 1)1)1)1)1) remisión 2) 2) 2) 2) 2) abocamiento. En el primer caso el juez que tramita una causa
y que considera que la norma que debería aplicarse es inconstitucional remite el expediente
a la Corte para que ésta se expida. Si la Corte concuerda con la inconstitucionalidad de la
ley devuelve la causa al juzgado de orígen y el juez, al quedar derogada la ley deberá
recurrir a leyes análogas o a los principios generales del derecho. Si la Corte, por el contrario,
valida la ley, el juez deberá aplicarla.
El segundo supuesto se da cuando es la propia Corte la que le solicita al juez
interviniente que le remita la causa a fin de expedirse sobre su eventual inconstitucionalidad,
hecho lo cual las soluciones posibles son las mismas que en el primer caso.
La actividad de la Administración Pública destinada a la prestación de los diversos
servicios públicos que brinda para satisfacer las necesidades públicas está regulada por
las leyes que fijan sus funciones y sus competencias; facultades que no pueden exceder,
evitándose de tal manera la arbitrariedad de los funcionarios, los privilegios, la corrupción.
Por ejemplo, el llamado a licitación para la adquisición de elementos para el Estado,
tomemos por caso la adquisición de la flota automotor para un organismo del Estado, está
absolutamente normada por las leyes administrativas y, en su consecuencia, los funcionarios
públicos deben ajustar su actuación a lo que indican dichas normas, y, en caso de violarlas,
adquirirán responsabilidad civil y penal.
Legalidad administrativa
242 tomo 2 derecho político(
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El principio de legalidad responde al concepto de impersonalidad del
poder, o sea que los hombres que ejercen el poder deben hacerlo ajustándose
al orden jurídico. El mando no se basa en la voluntad arbitraria de los
gobernantes, sino en lo que establece la ley. Todo acto estatal emanado de los
gobernantes debe tener apoyo en la ley. La obediencia se presta no a la decisión
de quien manda, sino a la ley en que esa decisión se apoya.
243derecho político tomo 2 )
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sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
La supremacía constitucional implica que la Constitución de cada Estado es la
norma suprema del ordenamiento jurídico y luego, en orden descendente, se agrupan
las restantes normas: tratados con otros países, leyes, decretos.
Todas estas normas deben guardar absoluta congruencia con la Constitución, de
lo contrario, pueden ser declaradas inconstitucionales por el Poder Judicial.
Para resguardar este principio existen sistemas de control de la Constitucionalidad.
El dictado de Inconstitucionalidad puede recaer no solamente sobre las leyes sino
sobre todo acto de Autoridad que impliquen normas: decretos, reglamentos, etc.
244 tomo 2 derecho político(
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245derecho político tomo 2 )
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Señale cuáles son los sistemas instituidos para asegurar la supremacía de la
Constitución y cuál es, a su juicio, el que mejor asegura tal cometido.
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
246 tomo 2 derecho político(
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247derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
sf)síntesis final
abogacía a distancia
El Estado de Derecho surgió indisolublemente unido al Constitucionalismo e
implicó el establecimiento del imperio de la ley y la garantía de los derechos individuales
para las personas, lo que produjo poner límites al poder absoluto de los gobernantes.
248 tomo 2 derecho político(
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249derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
af)actividad final
abogacía a distancia
Analice cuáles son las condiciones reales - de orden jurídico, cultural, político, cívico,
entre otras - que deben existir para que el Estado de Derecho y la supremacía de la
Constitución sean una efectiva realidad en un país.
250 tomo 2 derecho político(
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251derecho político tomo 2 )
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ceconceptos eje de unidad
abogacía a distancia )
Los conceptos esenciales de esta unidad giran en torno:
A las relaciones entre el Estado y el Derecho,
La regulación jurídica del poder del Estado,
La sumisión de los gobernantes a la ley en lo que se llama Estado de
Derecho y
La supremacía de la Constitución por sobre todo el ordenamiento
jurídico.
252 tomo 2 derecho político(
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253derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
glabogacía a distancia )glosario
Axiologia: Axiologia: Axiologia: Axiologia: Axiologia: Ciencia de los valores, en especial de los valores morales.
Valores: Valores: Valores: Valores: Valores: Cualidades de las cosas, ej. Justo, bello, verdadero.
Absolutismo: Absolutismo: Absolutismo: Absolutismo: Absolutismo: Sistema político en el cual el gobernante concentra en sí todo el
poder, sin límites, sin control.
Leading Case: Leading Case: Leading Case: Leading Case: Leading Case: Caso que la justicia decide en determinado sentido y cuyos
fundamentos son seguidos en posteriores fallos judiciales que recaen en casos
similares.
Positivismo: Positivismo: Positivismo: Positivismo: Positivismo: Filosofía de Augusto ComteAugusto ComteAugusto ComteAugusto ComteAugusto Comte que sostiene que se debe renunciar a
conocer el ser mismo de las cosas y atenerse a verdades extraidas de la observación
y de la experiencia.
254 tomo 2 derecho político(
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255derecho político tomo 2 )
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aa)actividad de autoevaluación
abogacía a distancia
Responda el siguiente cuestionario:
1)1)1)1)1)¿Qué sostienen en el plano jurídico el iusnaturalismo y el positivismo respectivamente?
2) 2) 2) 2) 2) ¿Qué implica la teoría de la autolimitación?
3) 3) 3) 3) 3) ¿Cuáles son las notas que caracterizan al Estado de Derecho?
4) 4) 4) 4) 4) ¿Qué alcance tiene la supremacía de la Constitución?
5) 5) 5) 5) 5) ¿Cuáles son los distintos sistemas que se aplican para asegurar la Supremacía
Constitucional?
256 tomo 2 derecho político(
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257derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( BIBLIOGRAFÍA DE LA UNIDAD V )
López, Mario Justo. “Introducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios Políticos”. Editorial Kapeluz.
Buenos Aires.
Bidart Campos, Germán. “Derecho ConstitucionalDerecho ConstitucionalDerecho ConstitucionalDerecho ConstitucionalDerecho Constitucional”. Editorial Ediar. Buenos Aires.
González, Joaquín V.. “Manual de la Constitución ArgentinaManual de la Constitución ArgentinaManual de la Constitución ArgentinaManual de la Constitución ArgentinaManual de la Constitución Argentina”. Editorial Estrada.
Buenos Aires.
Mouchet, Carlos. Zorraquín Becú, Ricardo. “Introducción al DerechoIntroducción al DerechoIntroducción al DerechoIntroducción al DerechoIntroducción al Derecho”. Depalma.
Buenos Aires.
Segundo V. Linares Quintana. “Derecho Constitucional e Instituciones PolíticasDerecho Constitucional e Instituciones PolíticasDerecho Constitucional e Instituciones PolíticasDerecho Constitucional e Instituciones PolíticasDerecho Constitucional e Instituciones Políticas”.
Abeledo Perrot. Buenos Aires.
Consulte las últimas ediciones de las obras citadas.
Bibliografía obligatoria
Bibliografía de consulta
258 tomo 2 derecho político(
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259derecho político tomo 2 )
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u6unidad seis
formas de gobierno )(
260 tomo 2 derecho político(
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261derecho político tomo 2 )
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UNIDAD VI
( FORMAS DE GOBIERNO )
Formas de gobierno.
Formas semidirectas de democracia. Sistema presidencialista. Sistema Parlamentario.
Doctrina de la representación política. Teoría del mandato. Imperativo y Representativo.
Representación funcional.
Corporativismo.
Mención sintética de los contenidos
262 tomo 2 derecho político(
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263derecho político tomo 2 )
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oaobjetivos de aprendizaje
abogacía a distancia )
Reflexionar acerca de las distintas formas de gobierno.
Diferenciarlas por sus características distintivas y por los órganos que las componen.
Distinguir antecedentes de la representación política, su naturaleza jurídica y las
modalidades de la representación funcional.
Analizar las corporaciones.
264 tomo 2 derecho político(
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265derecho político tomo 2 )
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( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD VI )
REPRESENTACIÓN POLÍTICAREPRESENTACIÓN POLÍTICAREPRESENTACIÓN POLÍTICAREPRESENTACIÓN POLÍTICAREPRESENTACIÓN POLÍTICA
FORMAS DE GOBIERNOMonarquía
Democracía
DIRECTA
REPRESENTATIVA
SEMIDIRECTA
PRESIDENCIALISTA
PARLAMENTARIA
266 tomo 2 derecho político(
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267derecho político tomo 2 )
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ai)actividad introductoria
abogacía a distancia
De conformidad con el contenido del adjunto recorte periodístico, analice y
deduzca fundadamente en qué medida el sistema democrático implica la posibilidad de
encontrar solución a los mas graves problemas de un Estado, por la vía pacífica del diálogo,
la discusión y las concesiones mutuas entre posiciones encontradas.
268 tomo 2 derecho político(
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Viernes 7 de agosto de 1998.
269derecho político tomo 2 )
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DESARROLLO DE LA UNIDAD VI
( FORMAS DE GOBIERNO )
La cuestión de las formas de gobierno plantea la pregunta de quién ejerce el poder,
y cómo se halla estructurado el poder del Estado.
Numerosas clasificaciones se han elaborado sobre las formas de gobierno. En tal
sentido, HellenHellenHellenHellenHellen distingue la forma democrática y la autocrática, en la primera encontramos
una estructura de poder construida de abajo hacia arriba, en la segunda la organización
se construye de arriba hacia abajo.
Por su parte BurdeauBurdeauBurdeauBurdeauBurdeau habla de regímenes autoritarios y de regímenes democráticos.
AristótelesAristótelesAristótelesAristótelesAristóteles, padre de la ciencia política, distinguió en principio entre formas puras
y formas impuras, según que los gobernantes tiendan al interés general o al interés particular
de ellos.
En las formas puras se encuentra:En las formas puras se encuentra:En las formas puras se encuentra:En las formas puras se encuentra:En las formas puras se encuentra:
A) La monarquíamonarquíamonarquíamonarquíamonarquía, que es el gobierno de uno.
B) La aristocraciaaristocraciaaristocraciaaristocraciaaristocracia que es el gobierno de pocos, los mejores intelectual y moralmente.
C) La democraciademocraciademocraciademocraciademocracia que es el gobierno de la mayoría.
Las formas impuras, que son degeneraciones de las puras, son:Las formas impuras, que son degeneraciones de las puras, son:Las formas impuras, que son degeneraciones de las puras, son:Las formas impuras, que son degeneraciones de las puras, son:Las formas impuras, que son degeneraciones de las puras, son:
A) La tiraníatiraníatiraníatiraníatiranía, que es el gobierno de uno, ejercido arbitrariamente y en su beneficio
personal.
B) La oligarquíaoligarquíaoligarquíaoligarquíaoligarquía, gobierno de pocos -ricos- que lo ejercen para satisfacer el interés de
esos pocos.
C) la demagogiademagogiademagogiademagogiademagogia que es el gobierno de la mayoría en forma despótica y sin respeto
a las minorías.
En Roma, CicerónCicerónCicerónCicerónCicerón sostiene como el mejor gobierno el mixto, o sea que reúne
elementos de las tres formas puras que hemos visto –monarquía, aristocracia y
democracia,- lo que daría estabilidad al sistema.
Formas de gobierno
270 tomo 2 derecho político(
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En la misma posición se halla Santo Tomás de AquinoSanto Tomás de AquinoSanto Tomás de AquinoSanto Tomás de AquinoSanto Tomás de Aquino, exponente máximo del
escolasticismo medieval, según el cual la monarquía ofrece la ventaja de la unidad de decisión;
la aristocracia el aporte de los mejores hombres y la democracia la participación del pueblo.
MontesquieuMontesquieuMontesquieuMontesquieuMontesquieu distingue tres formas de gobierno: república, monarquía yrepública, monarquía yrepública, monarquía yrepública, monarquía yrepública, monarquía y
despotismodespotismodespotismodespotismodespotismo, la primera es la forma en que el pueblo tiene el poder, la segunda gobierna
uno sólo pero con sujeción a leyes preestablecidas, y el despotismo es la forma de gobierno
en que manda uno solo pero sin ley ni regla, arbitrariamente, según su voluntad.
MaquiaveloMaquiaveloMaquiaveloMaquiaveloMaquiavelo, por su parte, sostiene que todos los Estados o son repúblicas o
principados lo que equivale a monarquíamonarquíamonarquíamonarquíamonarquía.
JellinekJellinekJellinekJellinekJellinek considera que monarquía y repúblicamonarquía y repúblicamonarquía y repúblicamonarquía y repúblicamonarquía y república son las dos únicas posibilidades
para una división de las formas de gobierno. La monarquía es, para dicho autor, el Estado
dirigido por una voluntad física que puede clasificarse a través de sus tipos históricos, según
la relación del monarca con el Estado, conforme que aquél esté sobre y fuera del Estado-
considerado como Dios o su representante- o dentro de él -como miembro y órgano del
mismo. También la monarquía puede clasificarse en electiva y hereditaria, según el modo
de ocupar el trono, y en limitada o ilimitada, según las facultades del monarca.
Los pensadores políticos se han abocado no sólo a clasificar las formas de gobierno
sino a intentar establecer cuál es la mejor forma de gobierno.
En tal sentido, AristótelesAristótelesAristótelesAristótelesAristóteles se inclina hacia una forma mixta de gobierno, ni
oligarquía ni democracia, en la cual exista predominio de la clase media, en suma, una
democracia atenuada.
Tanto PolibioPolibioPolibioPolibioPolibio como CicerónCicerónCicerónCicerónCicerón, además de Santo Tomas y MaquiaveloSanto Tomas y MaquiaveloSanto Tomas y MaquiaveloSanto Tomas y MaquiaveloSanto Tomas y Maquiavelo se expidieron
por la forma mixta, que combine elementos de la monarquía, de la aristocracia y de la
democracia, ya que ello brinda estabilidad al sistema.
En definitiva, podemos concluir que al problema de la mejor forma de
gobierno no se puede dar respuesta en abstracto, sino en concreto, es decir
acorde a la base sociológica, cultural y política sobre la que debe asentarse, a la
realidad distinta de cada estado.
271derecho político tomo 2 )
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Sobre ella ya se indicó que es el gobierno de una personaes el gobierno de una personaes el gobierno de una personaes el gobierno de una personaes el gobierno de una persona y que puede ser electivaelectivaelectivaelectivaelectiva
o hereditariao hereditariao hereditariao hereditariao hereditaria.
Podemos distinguir también:Podemos distinguir también:Podemos distinguir también:Podemos distinguir también:Podemos distinguir también:
A) Monarquía absoluta:Monarquía absoluta:Monarquía absoluta:Monarquía absoluta:Monarquía absoluta: El monarca concentra en sus manos los tres poderes: legisla,
administra y juzga. No tiene, por sobre sí, control alguno. Ejemplos son Luis XIV en
Francia, Felipe II de España, los zares de Rusia, entre otros.
B) Constitucional o moderada:Constitucional o moderada:Constitucional o moderada:Constitucional o moderada:Constitucional o moderada: Las facultades del monarca no son absolutas, están
fijadas en la Constitución del Estado.
Contemporáneamente, en los países europeos que son monarquías, se distingue
entre Jefe de Estado -titularizado por el rey - y Jefe de Gobierno, representado por el
primer ministro que es quien tiene realmente a su cargo la conducción política del Estado,
quedando reservado al monarca funciones reducidas, protocolares, caso Inglaterra y España.
En la unidad IV hemos precisado los caracteres esenciales que informan a la
democracia, a la que nos remitimos.
Sin perjuicio de ello agreguemos que PericlesPericlesPericlesPericlesPericles en un discurso en homenaje a los
atenienses muertos en defensa de la polis define así la democracia: “porque la
administración de la polis no pertenece ni está en pocos sino en muchos”.
En su libro La Política, AristótelesAristótelesAristótelesAristótelesAristóteles afirma que el principio fundamental de la
democracia es la libertad y la igualdad, todos los ciudadanos son iguales en derecho.
Las democracias contemporáneas coincidieron en la idea de que los hombres nacen
libres e iguales. La Declaración de la Independencia de las colonias inglesas de América
en 1776 sostiene: “Sostenemos como verdades evidentes que todos los hombres nacen
iguales, que están dotados por su creador de ciertos derechos inalienables, entre los
cuales se cuentan el derecho a la vida, a la libertad y el alcance de la felicidad».
Las democracias contemporáneas nacieron unidas al constitucionalismo y a la
doctrina de representación política.
Monarquía
Democracia
272 tomo 2 derecho político(
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La institucionalización de la democracia durante el siglo XIX coincidió con la
implantación del régimen representativo en Gran Bretaña, Estados Unidos y Francia y en
países de Latinoamérica que siguieron tales modelos.
La democracia implica un poder limitado, acotado por una Constitución,
respeto a los derechos individuales, libertad de información y de expresión,
partidos políticos con posibilidades de acceder al gobierno y participación
ciudadana.
La llamada democracia directademocracia directademocracia directademocracia directademocracia directa es aquella en que el pueblo toma intervención
en la adopción de las decisiones políticas sin intermediarios. Ello ocurrió en Atenas y en
Roma, donde el pueblo, reunido en la plaza publica, debatía y resolvía los problemas
públicos. Situación que aun subsiste en algunos cantones de Suiza.
Por supuesto que tal tipo de democracia era factible en comunidades con escasa
población, pero totalmente impracticable en la actualidad.
En nuestro tiempo, en todo el mundo, se aplica la democracia representativademocracia representativademocracia representativademocracia representativademocracia representativa en
la que el pueblo, titular originario del poder, a través del sufragio, transmite ese poder a los
representantes que elige, que son los que ejercerán el mismo en su nombre y representación.
El art. 22 de la Constitución Nacional preceptúa en tal caso sentido: «El pueblo noEl pueblo noEl pueblo noEl pueblo noEl pueblo no
delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadasdelibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadasdelibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadasdelibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadasdelibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadas
por esta Constituciónpor esta Constituciónpor esta Constituciónpor esta Constituciónpor esta Constitución”.
Ya hemos señalado que hay una democracia directa o pura y una indirecta o
representativa. La distinción surge del grado de participación de los ciudadanos en la
toma de decisiones: si intervienen por sí mismos se trata de la pura, si lo hacen por medio
de representantes, de la indirecta o representativa.
Pero a esa división se puede agregar una tercera categoría, que combina las ya
vistas, que son las llamadas democracia semidirectasdemocracia semidirectasdemocracia semidirectasdemocracia semidirectasdemocracia semidirectas.
Éstas requieren la existencia de una base representativa a las que se agregan.
Formas semidirectas de democracia
273derecho político tomo 2 )
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La justificación de estas formas semidirectasformas semidirectasformas semidirectasformas semidirectasformas semidirectas surgen de la crítica a la representación
política. Frente al hecho de que los órganos representativos no reflejan fielmente la voluntad
popular surgió la demanda de una acción popular directa, lograr una intervención lolograr una intervención lolograr una intervención lolograr una intervención lolograr una intervención lo
más directa posible del pueblo en la toma de decisionesmás directa posible del pueblo en la toma de decisionesmás directa posible del pueblo en la toma de decisionesmás directa posible del pueblo en la toma de decisionesmás directa posible del pueblo en la toma de decisiones.
El movimiento se produjo en los Estados Unidos a principios del siglo XX y en
Europa, en los años posteriores a la Primera Guerra Mundial.
Las formas semidirectas consisten en diversos procedimientos mediante los cuales
el cuerpo electoral, formado por todos los que están en condiciones de votar, participa
activamente y directamente en la función constituyente o legislativa realizada por los
órganos representativos, o adopta decisiones acerca de los integrantes de los mismos o
decisiones políticas sobre determinados temas.
En primer término, debemos considerar el referéndumreferéndumreferéndumreferéndumreferéndum: es el procedimiento
mediante el cual el cuerpo electoral ratifica o desaprueba decisiones de carácter normativo
adoptadas por órganos representativos.
El referéndum es general cuando debe ser aplicado para la sanción o reforma de
toda norma – constitucional, legal, municipal – según los casos. Y parcial cuando debe
serlo sólo para determinadas normas.
Es obligatorio cuando la Constitución exije su aplicación y facultativo cuando su
aplicación depende de la decisión de un órgano estatal.
También puede ser post legem o ante legem, según que el proyecto sea sometido
a la votación del cuerpo electoral después o antes de haberse expedido sobre el mismo
el órgano representativo (Congreso).
El referéndum tuvo su origen en Suiza donde existe en el orden federal y cantonal.
En Estados Unidos existe en el orden estadual pero no en el federal.
Existe también en la Constitución Italiana de 1947 y en la Francesa de 1958.
Por su parte, el plebiscitoel plebiscitoel plebiscitoel plebiscitoel plebiscito está destinado a adoptar una decisión política
fundamental que puede ser la manifestación de confianza hacia un gobernante o a un
regimen político. En Francia, el realizado en 1802, consagró a Napoleón cónsul vitalicio.
El de 1851 otorgó a Napoleón III la presidencia por 10 años. En Italia, al término de la
Segunda Guerra Mundial, se implantó la República en reemplazo de la monarquía. En
274 tomo 2 derecho político(
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Argentina se recuerda el plebiscito de 1835 por el cual se nombró a Rosas gobernador de
la Provincia de Buenos Aires con la suma del poder público.
La iniciativa popularLa iniciativa popularLa iniciativa popularLa iniciativa popularLa iniciativa popular es el derecho de un determinado porcentaje del cuerpo
electoral para proponer una reforma constitucional, un proyecto de ley, promoviendo la
intervención del poder constituyente o del poder legislativo.
Está previsto en Suiza y en algunos Estados de Norteamérica.
RecallRecallRecallRecallRecall o revocación popular o revocación popular o revocación popular o revocación popular o revocación popular: es un procedimiento para destituir a los
representantes o funcionarios elegidos. Es un derecho del cuerpo electoral para que se
llame a elecciones especiales a fin de determinar si el ocupante de un cargo electivo debe
cesar en él. Para ello se requiere el voto de un porcentaje establecido del cuerpo electoral.
El objeto de la revocatoria es hacer responsable a los funcionarios elegidos ante
los electores conforme a su desempeño. Existe en varios Estados de Norteamérica y en
algunos cantones Suizos.
Otra forma semidirecta es el vetovetovetovetoveto, que es una especie de referéndum facultativo,
que consiste en el rechazo de una ley ya dictada, vigente, por parte del cuerpo electoral.
Por ultimo, citemos la apelación popular de sentenciasla apelación popular de sentenciasla apelación popular de sentenciasla apelación popular de sentenciasla apelación popular de sentencias que es un procedimiento
por el cual se somete a la consideración del cuerpo electoral una sentencia judicial que
declara la inconstitucionalidad de una ley. El sistema se aplica en algunos Estados
norteamericanos.
En nuestro país las formas semidirectas de democracia, precedentemente
analizadas, no estaban previstas a nivel nacional en la Constitución de 1853. Sí lo estaban
en las Constituciones de varias Provincias como la de 1934 de Buenos Aires.
Pero la reforma de 1.994 incorporó algunas de ellas a la Constitución Nacional en
el art. 3 que expresa: “Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar
proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darle expreso tratamiento
dentro del término doce meses. El Congreso sancionará una ley reglamentaria que no
podrá exigir más del 3% del padrón electoral”.
Por su parte, el art. 40 preceptúa: “El Congreso, a iniciativa de la Cámara de
Diputados podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. El voto afirmativo del
proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley.
275derecho político tomo 2 )
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El Congreso o el Presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias
podrán convocar a consulta popular no vinculante. En este caso el voto no será obligatorio”.
1) PARLAMENTARIA:1) PARLAMENTARIA:1) PARLAMENTARIA:1) PARLAMENTARIA:1) PARLAMENTARIA:
Señalemos que en el parlamentarismo hay una dualidad de jefaturas: una es la de
Jefe de Estado, que puede ser un rey o reina- caso Inglaterra- o un Presidente- caso Italia-
y otra la de Jefe de Gobierno que corresponde al Primer Ministro.
El verdadero gobierno del Estado corresponde al Primer Ministro con su gabinete,
el cual tiene responsabilidad política ante el Parlamento, es decir que el Parlamento tiene
que estar de acuerdo con la gestión que realiza. De lo contrario debe renunciar, lo que
puede ocurrir en dos casos: si el gobierno solicita del Parlamento un voto de confianza y
la votación le es adversa, o a instancia del Parlamento éste propone un voto de censura al
gabinete y la votación es afirmativa.
Por el contrario, el Jefe del Estado es políticamente irresponsable ante el Parlamento,
es decir, no necesita su confianza ni su acuerdo. Pero cuenta con una facultad: la de disolver
el Parlamento, que se ejerce en caso de existir una grave crisis política. En tal caso, el llamado
a elecciones para nombrar nuevos miembros del Parlamento derivará en una nueva
composición del mismo y consecuentemente en un cambio de política con otro gabinete.
El Primer Ministro normalmente es el Jefe o líder del partido que triunfa en las
elecciones y es designado por el Rey o por el Presidente, según los países. Es, al mismo
tiempo, miembro del Parlamento.
Como puede apreciarse a través de todo lo expuesto, en el sistema parlamentario
hay una imbricación entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, ya que aquél, desempeñado
por el Primer Ministro, surge del propio Parlamento.
Inglaterra constituye el modelo más definido del régimen parlamentario con todas
las características que hemos expuesto.
2) PRESIDENCIALISTA:2) PRESIDENCIALISTA:2) PRESIDENCIALISTA:2) PRESIDENCIALISTA:2) PRESIDENCIALISTA:
Por su parte, en el «sistema presidencialistasistema presidencialistasistema presidencialistasistema presidencialistasistema presidencialista» no existe dualidad de jefaturas,
ya que la Jefatura de Estado y la de Gobierno son desempeñados por el Presidente. Está
en su ejercicio, no necesita contar con el apoyo del Congreso y no responde políticamente
ante aquél, por lo que actúa libremente y no puede ser censurado por el órgano legislativo.
El sistema presidencialista fue introducido por la Constitución norteamericana de
1787 y su modelo fue seguido por los países latinoamericanos, entre ellos la Argentina.
Democracia representativa - modalidades
276 tomo 2 derecho político(
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Así como en el régimen parlamentario el órgano de poder más importante es el
Parlamento, en el presidencialista es el Poder Ejecutivo, que concentra un enorme poder
y es el que tiene realmente la conducción política del Estado.
277derecho político tomo 2 )
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sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
Las formas de gobierno responden a la pregunta de quién gobierna, cuáles son
los órganos que titularizan el poder del Estado.
La monarquía se entiende como la forma de gobierno opuesta a la República, en
la que el poder se encuentra en manos de una persona.
La democracia puede ser directa, en la cual el pueblo decide los asuntos públicos
sin intermediarios, como ocurría en la polis griega, y representativa en la cual el pueblo
transmite el poder a los representantes que elige.
Las formas semidirectas de democracia constituyen una consulta directa al cuerpo
electoral para que éste se expida sobre temas de interés general.
El sistema parlamentario, vigente en la mayoría de los países europeos, establece
una conexión entre el órgano legislativo y el ejecutivo, ya que el Primer Ministro, quién
detenta el poder efectivo, es miembro del Parlamento y es responsable políticamente
ante él. Además del Primer Ministro, existe un Jefe de Estado – Rey o Presidente-, que
carece de poder real.
En el sistema presidencialista, que rige en nuestro país, los poderes ejecutivo y
legislativo están separados y el primero no es responsable políticamente ante el segundo,
y es el ejecutivo el que concentra la mayor cuota de poder.
278 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
279derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
De conformidad con lo desarrollado en el texto, señale fundadamente por cuáles
medios institucionales el Primer Ministro de un régimen parlamentario puede ser
removido del cargo.
280 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
281derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( DESARROLLO DE LA UNIDAD )
Debemos partir del principio básico de que el pueblo, en una democracia, es el
titular del poder. Partiendo de dicho principio, se plantea el problema del ejercicio de ese
poder y para darle respuesta debemos analizar el tema de la representación política.
Representación es la acción de representar, es decir, de actuar en nombre
de otro, implica la relación de los integrantes de un grupo humano el
representado, con un órgano el representante, en virtud del cual la voluntad
de éste último se toma como expresión de la voluntad de aquéllos.
El autor alemán JellinekJellinekJellinekJellinekJellinek expresa: “Se entiende por representación a la relación
de una persona con otra o varias, en virtud de la cual la voluntad de la primera se considera
como expresión de la voluntad de la última, de suerte que jurídicamente aparecen como
una sola persona”.
Regimen representativoRegimen representativoRegimen representativoRegimen representativoRegimen representativo, por su parte, alude al régimen surgido de las revoluciones
americana y francesa de fines del siglo XVIII.
Mientras en Inglaterra la representación se fue gestando gradualmente a través
de un proceso histórico, en Francia es un resultado racional, fruto de las ideas introducidas
por la Revolución Francesa, que va a tener expresión en la Asamblea Nacional.
En Estados Unidos el regimen representativo, al igual que en Inglaterra, tiene un sentido
pragmático, sin fundamentación teórica. Es de recordar que antes de la independencia
existieron instituciones representativas, ya que tuvieron pequeños parlamentos en cada
colonia. La primera asamblea fue en Virginia en 1619.
En Inglaterra, Edmund BurqueEdmund BurqueEdmund BurqueEdmund BurqueEdmund Burque fue el expositor de la doctrina de la representación
política quien, en la carta que dirigiera en 1774 a los electores de Bristol sostuvo “El
Parlamento no es un congreso de embajadores con intereses diferentes, en el que cada
uno ha de mantener sus intereses como un defensor frente a otros defensores; el
Parlamento es la Asamblea deliberadora de una Nación, con un solo interés, el de todos;
no existen proyectos locales, ha de actuar para el interés general. Se elige a un miembro
de Bristol pero ese miembro una vez elegido, no es un miembro de Bristol sino un
miembro del Parlamento”.
Doctrina de la representación política
282 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
De lo expuesto se aprecia la separación entre electores y elegidos y que la voluntad
de éstos representa a la de aquéllos. Además, que los miembros del Parlamento representan
al conjunto del pueblo.
El primer expositor de la doctrina de la representación política fue, en Francia, el
abate Sieyesabate Sieyesabate Sieyesabate Sieyesabate Sieyes y su primera aplicación se encuentra en la Constitución Francesa de 1791.
Para SieyesSieyesSieyesSieyesSieyes el objeto de una asamblea representativa es expresar la voluntad de
una nación, en tal sentido expresa: “los asociados son demasiados numerosos y están
dispersos en una superficie demasiado extensa para ejercitar ellos mismos su voluntad
común. ¿Qué hacen? Confían el ejercicio de esta posición de voluntad nacional y por
consiguiente de poder, a algunos de entre ellos. Tal es el origen de un gobierno ejercido
por procuración... ...el pueblo no puede hablar ni puede obrar sino por medio de sus
representantes y éstos no lo son de quienes les han elegido sino de la Francia entera”.
Como ya hemos expuesto, para dar fundamentación jurídica a la representación
política se ha acudido a la teoría del mandato, imperativo o libre. En el mandato imperativo
se confiere al mandatario la representación del distrito que lo eligió y lo sujeta a las precisas
instrucciones de su mandante.
El mandato representativo libre señala que los representantes no están ligados en
ninguna medida a las instrucciones de los distritos que los han designado, de lo que resulta
la independencia del diputado que no responde ante sus electores siendo la designación de
carácter irrevocable. Va de suyo que sus facultades están limitadas jurídicamente por la
Constitución.
Por último, digamos que el tema de la representación política está ligado
indisolublemente al sufragio, ya que, sin elecciones no puede haber régimen representativo.
La representación funcionalrepresentación funcionalrepresentación funcionalrepresentación funcionalrepresentación funcional se refiere a regímenes en los cuales la constitución
de los órganos estatales encargados del gobierno se hace teniendo en cuenta la posición
ocupada, sea por quien va a formar parte del órgano estatal, sea por quienes procederán
a su designación.
La doctrinas y las técnicas de representación funcional se han desarrollado en
contradicción con la de la representación política, con un sentido crítico según el cual la
representación política es de imposible realización.
Representación funcional - corporativismo
283derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Numerosos autores participaron de esta crítica: RousseauRousseauRousseauRousseauRousseau, De MaistreDe MaistreDe MaistreDe MaistreDe Maistre, SchmittSchmittSchmittSchmittSchmitt,
KelsenKelsenKelsenKelsenKelsen.
Las críticas a la irrealidad de la representación política tradicional se fundan, para
ellos, en la equivocada concepción acerca de la naturaleza de la comunidad política.
Consideran que la nación no es una máquina formada por voluntades individuales,
sino un organismo constituido por elementos naturales: los núcleos locales y los grupos
sociales diferenciados por la diversidad de sus fines. Por ello, afirman, por esos núcleos y
grupos y mediante ellos es que debe organizarse la representación en el Estado.
El filósofo Alemán Federico HegelFederico HegelFederico HegelFederico HegelFederico Hegel sostuvo que el conjunto de individuos constituye
el pueblo informe y que aquéllos adquieren dignidad y derecho a participar en la vida del
Estado en cuanto sean miembros de clases, gremios y corporaciones.
En España, Juan Vasquez de MelloJuan Vasquez de MelloJuan Vasquez de MelloJuan Vasquez de MelloJuan Vasquez de Mello, a fines del siglo XIX expresó “que para hacer
unas Cortes (parlamento) verdaderas era necesario que las fuerzas sociales que representaban
los intereses materiales, intelectuales, morales y religiosos estén reproducidas en ellas”.
Los sostenedores de la representación funcional parten del hecho de que, en toda
sociedad existen distintos grupos intermedios; quienes los integran tienen idéntico interés
por desarrollar la misma actividad y, en defensa de ese mismo interés es que intervienen
en la vida política. Por ende, se considera que la solución es dar a tales grupos intervención
directa en la acción del gobierno.
En tal sentido podemos nombrar al guildismoguildismoguildismoguildismoguildismo, doctrina impuesta por el inglés
G. ColeG. ColeG. ColeG. ColeG. Cole a principios de siglo, aclarándose que guild en inglés significa gremio, corporación.
Dicho pensador consideraba a la guilda como el grupo fundamental de la organización
política.
En Francia, después de la Primera Guerra Mundial, los sindicalistas propusieron
sustituir el Senado con una Asamblea sindical mixta, patronal y obrera.
Una de las más importantes expresiones del catolicismo social lo constituye la encíclica
Quadragéssimo AnnoQuadragéssimo AnnoQuadragéssimo AnnoQuadragéssimo AnnoQuadragéssimo Anno (15-5-31) del Papa Pio XIPapa Pio XIPapa Pio XIPapa Pio XIPapa Pio XI: “La perfecta curación no se obtendrá
sino cuando, eliminada la lucha de clases, se formen órdenes o profesiones en que se unan
los hombres, no según el cargo que tiene en el mercado del trabajo, sino según las diversas
funciones sociales que cada uno ejercita”.
284 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Si bien representación funcional y corporativismo son utilizados como sinónimos,
la primera tiene un alcance más amplio que el segundo. Por ello, puede decirse que si
bien el corporativismo implica siempre representación funcional, lo contrario no es exacto.
El corporativismocorporativismocorporativismocorporativismocorporativismo, como regimen político, coloca a la corporación de un grupo
humano con función específica, preponderantemente profesional, como base y centro
de la organización social, económica y política.
Sostiene, en síntesis, que si la sociedad global está naturalmente integrada por grupos
intermedios, estos grupos deben ser los instrumentos para conducir. Es a través de ellos
que debe concretarse la representación. Ésta se basa en la función concreta que cada uno
cumple en la sociedad global y no en la condición abstracta de hombre o de ciudadano.
Nos referiremos a los distintos países donde el corporativismo tuvo realización
concreta.
En primer término, en la Italia fascistaItalia fascistaItalia fascistaItalia fascistaItalia fascista, por la ley del 14 de Diciembre de 1938
se reemplazó la Cámara de Diputados por la Cámara de Fascios y corporaciones, la que,
en realidad, carecía de carácter representativo y en la cual estaban incorporados el Duce,
los miembros del Gran Consejo Fascista y las Corporaciones integradas por miembros del
capital, el trabajo y los técnicos.
Por su parte, en PortugalPortugalPortugalPortugalPortugal la Constitución de 1933 definía al Estado como República
Unitaria y Corporativa.
La particularidad del regimen portuguésregimen portuguésregimen portuguésregimen portuguésregimen portugués es que, paralelamente a la existencia
de una Asamblea Nacional, órgano legislativo, elegida por el voto directo de los
ciudadanos, creó una Cámara Corporativa integrada por las Corporaciones culturales,
económicas, representantes de la Administración Pública, Presidentes de Academias del
Arte y del Ejército, designados por el gobierno.
En la España franquistaEspaña franquistaEspaña franquistaEspaña franquistaEspaña franquista, la ley constitutiva de las Cortes, en su art. 2, estableció
que aquéllas se componen de: miembros del gobierno, Presidente del Tribunal Supremo
de Justicia, 150 representantes de la Organización Sindical, representantes por cada
municipios, dos representantes de las Reales Academias, dos representantes de la familia
por cada Provincia, rectores universitarios, representantes de Colegios Profesionales y
tres representantes de las Cámaras de Comercio.
El Corporativismo
285derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
El regimen representativo es actualmente el que rige en todos los países democráticos,
ya que en función de la población, la democracia directa es impracticable.
Jurídicamente la representación ha sido fundada en la teoría del mandato, en cuya
virtud los representantes elegidos actúan en nombre y representación de los electores. La
teoría fue elaborada en Francia a través de Sieyés fundamentalmente, pero su aplicación
práctica comenzó en Inglaterra y en los Estados Unidos.
El corporativismo es una variante según la cual lo que debe representarse no son
los individuos sino los diversos grupos que integran la sociedad: culturales, sindicales,
económicos, etc.
286 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
287derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
apactividad de proceso
abogacía a distancia )
Sobre la base de lo desarrollado en la unidad, elabore un juicio crítico acerca del
régimen corporativo de representación que rigió en España, Portugal e Italia.
288 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
289derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
sf)síntesis final
abogacía a distancia
La determinación de cuál es la mejor forma de gobierno no puede resolverse en
abstracto, sino referida a las condiciones de cada país: su idiosincrasia, su historia, su
nivel educativo.
La democracia se nos presenta como la forma de gobierno que mejor posibilita el
goce de los derechos individuales y la que brinda el mejor clima para que surjan las potencias
creadoras del hombre en todos los planos: intelectual, artístico, económico, etc.
Las formas semidirectas de democracia posibilitan que, en determinadas materias el
cuerpo electoral se manifieste directamente, haciéndose partícipe de la toma de decisiones.
La representación política es la única posible en el mundo actual; para su mejor
funcionamiento requiere un cuerpo electoral informado, conciente y un grupo de
representantes idóneo, capacitado, que sepa captar y traducir en realizaciones las
aspiraciones de la población.
290 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
291derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
af)actividad final
abogacía a distancia
Señale cuáles son las diferencias sustanciales entre el sistema parlamentario y el
presidencialista y en qué medida ambos se vinculan con el sistema representativo.
292 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
293derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
ceconceptos eje de unidad
abogacía a distancia )
En la presente unidad los conceptos fundamentales que pueden señalarse son:
Las distintas formas de gobierno: la Democracia con sus variantes
presidencialista y parlamentaria, sus formas semidirectas; la Monarquía; y la
Doctrina de la Representación Política con los fundamentos que la avalan.
294 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
295derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
glabogacía a distancia )glosario
Monarquía:Monarquía:Monarquía:Monarquía:Monarquía: Estado gobernado por un rey. Puede ser absoluta cuando aquél
concentra todo el poder y constitucional cuando su autoridad está limitada por una
Constitución.
Mandato:Mandato:Mandato:Mandato:Mandato: Contrato por el cual una persona encarga a otra la realización de ciertos
actos en su nombre.
Parlamento: Parlamento: Parlamento: Parlamento: Parlamento: Nombre aplicado a las Asambleas que ejercen el Poder Legislativo.
Corporaciones:Corporaciones:Corporaciones:Corporaciones:Corporaciones: Asociación de personas con intereses comunes que pueden ser
sindicales, económicos, culturales, etc.
296 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
297derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
aa)actividad de autoevaluación
abogacía a distancia
Sobre la base de los núcleos conceptuales que se enumeran a continuación precise
sus características, y elementos y establezca las relaciones entre ellos. Efectúelo completando
el siguiente gráfico.
REPRESENTACIÓN POLÍTICAREPRESENTACIÓN POLÍTICAREPRESENTACIÓN POLÍTICAREPRESENTACIÓN POLÍTICAREPRESENTACIÓN POLÍTICA
FORMAS DE GOBIERNOFORMAS DE GOBIERNOFORMAS DE GOBIERNOFORMAS DE GOBIERNOFORMAS DE GOBIERNO
Monarquía
Democracia
Sistema Presidencialista
Sistema Parlamentario
298 tomo 2 derecho político(
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299derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( BIBLIOGRAFÍA DE LA UNIDAD VI )
López, Mario Justo. “Introducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios Políticos”. Editorial Chapels.
Buenos Aires.
Bidart Campos, German. “Leciones Elementales de PolíticaLeciones Elementales de PolíticaLeciones Elementales de PolíticaLeciones Elementales de PolíticaLeciones Elementales de Política”. Ediar. Buenos Aires.
Duverger, Maurice. “Instituciones Políticas y Derecho ConstitucionalInstituciones Políticas y Derecho ConstitucionalInstituciones Políticas y Derecho ConstitucionalInstituciones Políticas y Derecho ConstitucionalInstituciones Políticas y Derecho Constitucional”. (págs.
114/121, 249/257). Editorial Ariel. Barcelona.
Laski, Harold J.. “El Sistema Presidencial NorteamericanoEl Sistema Presidencial NorteamericanoEl Sistema Presidencial NorteamericanoEl Sistema Presidencial NorteamericanoEl Sistema Presidencial Norteamericano”. Capitulo IV. Ediciones
Siglo Veinte. Buenos Aires.
Karl Loewenstein. “Teoría de la ConstituciónTeoría de la ConstituciónTeoría de la ConstituciónTeoría de la ConstituciónTeoría de la Constitución”. Editorial Ariel. Barcelona.
Consulte las últimas ediciones de la bibliografía citada.
Bibliografía obligatoria
Bibliografía de consulta
300 tomo 2 derecho político(
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301derecho político tomo 2 )
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u7unidad siete
teorías de los actos políticos )(
302 tomo 2 derecho político(
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303derecho político tomo 2 )
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UNIDAD VII
( TEORÍA DE LOS ACTOS POLÍTICOS )
Teoría de los actos políticos. Dinámica política. Ideología. Utopía. Mito. Fuerzas Políticas.
Opinión Pública. Factores de Poder. Fuerzas Individuales. Liderazgo.
Fuerzas Colectivas: Partidos Políticos.
Sufragio.
Sistemas Electorales.
Mención sintética de los contenidos
304 tomo 2 derecho político(
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305derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
oaobjetivos de aprendizaje
abogacía a distancia )
Reflexionar respecto a la Teoría de los Actos Políticos.
Caracterizar las fuerzas políticas. Individuales y Colectivas.
Distinguir los componentes de la dinámica política.
Analizar los factores culturales que influyen en la vida política.
Interpretar la importancia de la opinión pública, la incidencia de los factores de poder.
Precisar el concepto y la naturaleza jurídica del sufragio.
Describir los principales sistemas electorales.
306 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
307derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
( ESQUEMA CONCEPTUAL DE LA UNIDAD VII )
Individuales
Colectivas
LiderazgoFUERZAS POLÍTICASFUERZAS POLÍTICASFUERZAS POLÍTICASFUERZAS POLÍTICASFUERZAS POLÍTICAS
No Organizadas
Opinión Pública
Organizadas
Partidos Políticos
Factores de Poder
Universal
CalificadoSUFRAGIOSUFRAGIOSUFRAGIOSUFRAGIOSUFRAGIO
Familiar
Acumulado
Sistemas Electorales
MayoritariosMinoritarios
308 tomo 2 derecho político(
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309derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
ai)actividad introductoria
abogacía a distancia
Conforme a la publicación periodística adjunta, deduzca y fundamente qué grado
de viabilidad puede tener la alianza de varios partidos políticos en pos de la conquista
democrática del poder y, en caso de obtenerlo, para conducir los destinos del país, teniendo
en cuenta la experiencia argentina y mundial en tal sentido.
310 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Domingo 2 de agosto de 1998
INFORME ESPECIAL LA COALICION UCR - FREPASO
Por DANIEL JURI Y MARIANA GARCIA De la Redacción de Clarín
Intención de voto aPresidente
43,3
%
21,9
Por partido
16,8 18,0
Alianza PJ Otros Indecisos
El desempeño de la Alianza
Regular 34,0%
Fuente: CEOP (julio 1998)
Bueno 28,7%
Ns/Nc 11,2%
Malo 26,1%
Fuente:Sofres-Ibope (julio 1998)
311derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
Nuevo Rumbo . El grupo de los Cinco, la noche del 2 de
agosto del 97 en la que decidieron iniciar un camino conjunto.
312 tomo 2 derecho político(
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
INFORME ESPECIAL LA COALICION UCR - FREPASO
Por TABARE AREAS De la Redacción de Clarín
ANALISIS
313derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
De opositores a aliados
En su historia, radicales y frepasistas protagonizaron numerosos desencuentros hasta que, finalmente, construyeron en un único espacio.
Presencia en Diputados
314 tomo 2 derecho político(
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315derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
DESARROLLO DE LA UNIDAD VII
( TEORÍAS DE LOS ACTOS POLÍTICOS )
Se analiza, en este título, el acto político como elemento de la realidad política,
tanto en la faz agonal como en la arquitectónica.
Podemos definir al acto político como cada una de las acciones que realizan
los actores- individuales o colectivos- que participan de la actividad política.
Son actos políticos, en la faz agonal, por ej. las tratativas de políticos que buscan
concretar una alianza de partidos, o la realización de la convención de un partido político
para elegir candidatos para cargos electivos.
En la faz arquitectónica, es acto político la convocatoria por el gobierno a elecciones
para elegir presidente y vice del país, o el dictado de una ley que establece el Estatuto de
los Partidos Políticos, entre otros.
Los actos políticos forman parte de la realidad política y, en tal sentido, forman
parte del objeto del conocimiento político.
La realidad política, sin duda, es dinámica, no hay en ella nada quieto, fijo.
La dinámica política es una parte de conocimiento científico de la CienciaLa dinámica política es una parte de conocimiento científico de la CienciaLa dinámica política es una parte de conocimiento científico de la CienciaLa dinámica política es una parte de conocimiento científico de la CienciaLa dinámica política es una parte de conocimiento científico de la Ciencia
Política que estudia las fuerzas políticas, los cambios, los procesos.Política que estudia las fuerzas políticas, los cambios, los procesos.Política que estudia las fuerzas políticas, los cambios, los procesos.Política que estudia las fuerzas políticas, los cambios, los procesos.Política que estudia las fuerzas políticas, los cambios, los procesos.
El Estado despliega actividad, existe en tanto actúa, es la actividad política como
quehacer constante, sea la política arquitectónica - como obrar desarrollado desde el
poder por sus titulares-, sea la agonal- la lucha por el poder,- tanto de quienes lo poseen
para conservarlo, como de quienes no lo tienen para obtenerlo.
Teoría de los actos políticos
A- Dinámica política
316 tomo 2 derecho político(
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La palabra ideología es de origen francés, creada por Antoine DestuttAntoine DestuttAntoine DestuttAntoine DestuttAntoine Destutt de TracyTracyTracyTracyTracy
para denominar la ciencia de las ideas, quien la incorporó en su obra «Elementos de
Ideología» en 1801. En ese concepto originario, ideología fue el nombre de una disciplina
filosófica destinada a formar la base de todas las ciencias, mediante la investigación de
cómo se originan y desarrollan las ideas.
NapoleónNapoleónNapoleónNapoleónNapoleón, contemporáneo de TracyTracyTracyTracyTracy, atacó a los ideólogos y lo hizo con claro
sentido peyorativo: ideología, en su parecer, era una doctrina divorciada de la realidad y
de las lecciones de la historia.
Carlos MarxCarlos MarxCarlos MarxCarlos MarxCarlos Marx, por su parte, también empleó la denominación despectivamente.
La ideología, para él, era una máscara con la cual la burguesía ocultaba sus apetitos y
protegía sus intereses y por tal, bajo el lema libertad, igualdad, fraternidad se escondía la
explotación del obrero por el patrono.
En el siglo XX se perdió la significación originaria del término dada por TracyTracyTracyTracyTracy para
pasar a significar un conjunto de creencias e ideas ensambladas, como cuandosignificar un conjunto de creencias e ideas ensambladas, como cuandosignificar un conjunto de creencias e ideas ensambladas, como cuandosignificar un conjunto de creencias e ideas ensambladas, como cuandosignificar un conjunto de creencias e ideas ensambladas, como cuando
se expresa ideología democrática o comunistase expresa ideología democrática o comunistase expresa ideología democrática o comunistase expresa ideología democrática o comunistase expresa ideología democrática o comunista.
Podemos señalar que las ideologías son complejos sistemas de ideas, creencias,
valores, con dosis también de elementos irracionales, que son sustentados por grupos sociales
determinados obrantes como fuerzas políticas, y que constituyen enfoques de la realidad,
intentando dar respuesta a los problemas que plantea.
Es evidente que las ideologías políticas han obrado como factores de la actividad
política, tanto por parte de los gobernantes como de los gobernados. Lo que sustenta,
en el fondo, toda decisión política es una determinada ideología.
Es de destacar la tremenda influencia que han tenido en el mundo ideologías como
la liberal o la marxista, originando cambios profundos en el mundo en los órdenes político,
económico, social y cultural.
El sociólogo HorowitzHorowitzHorowitzHorowitzHorowitz señala que la función político- psicológica de las ideologías
es la de organizar y movilizar a los hombres, operando a veces en pro del orden y otras
buscando el cambio por la vía pacífica, o revolucionaria.
a) Ideología:
317derecho político tomo 2 )
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El libro titulado UtopíaUtopíaUtopíaUtopíaUtopía, publicado en 1516, fue escrito por Tomás MoroTomás MoroTomás MoroTomás MoroTomás Moro, canciller
del Rey Enrique VIII de Inglaterra. En cuanto al origen de la palabra es «u» partícula negativa
y «topos», lugar, por lo que significa “lugar que no existelugar que no existelugar que no existelugar que no existelugar que no existe”.
Dicho libro describe un estado ideal imaginario, pero contiene una severa crítica a
las prácticas de los gobernantes, los privilegios de los ricos, la miseria de los pobres con
relación a Inglaterra y, en general, a Europa. O sea que ese Estado que imagina es lo
contrario de las sociedades reales existentes, con gobiernos justos, propiedad común,
revelando una crítica profunda y una voluntad de cambio.
En el lenguaje vulgar, utopía ha pasado a significar lo fantástico, imposible, o
irrealizable.
Lo que importa destacar es que el concepto de utopía, en la concepción de MoroMoroMoroMoroMoro,
conlleva un sentido de crítica al orden social y político existente y, a la par, un anhelo de
cambio.
De suerte que, en la realidad política cumpliría un importante papel: el del modelo
a alcanzar, promoviendo la acción tendiente a lograrlo y, aún no alcanzándolo plenamente,
implica de todos modos pasos adelante en el sentido del perfeccionamiento.
La palabra mitomitomitomitomito tiene varias acepciones. Según el sentido tradicional se llama
mito a lo ficticio, fabuloso, lo que carece de contenido real, referido a lo legendario, a las
acciones de seres sobrenaturales.
En el siglo XX se fue desarrollando otro concepto del mito, dejando de considerarlo
como mera fábula o leyenda comienza a considerarse que implica una interpretación del
mundo y una guía para la conducta que puede despertar asimismo fervor o temor.
El francés George SorelGeorge SorelGeorge SorelGeorge SorelGeorge Sorel en su obra «Reflexiones sobre la violencia», aparecida
en el año 1908 expuso su teoría de los mitos que sostiene la influencia de éstos sobre
grandes acontecimientos políticos.
Su obra fue escrita con el propósito de defender las tácticas del sindicalismo
revolucionario en contraposición a los métodos reformistas, parlamentarios, practicados
por los políticos y los intelectuales del movimiento socialista.
b) Utopía:
Mito
318 tomo 2 derecho político(
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Importa señalar que el concepto de mito, en el sentido soreliano, no muestra
ninguna preocupación acerca de su carácter verdadero o falso con relación a la realidad,
ya que lo que importa para esa postura no es describir cosas o ideas, sino determinar a
actuar y a lograr determinados objetivos. Obra a través de consignas destinadas a exaltar
las energías de aquéllos a quienes va dirigido. Por eso no interesa la validez teórica del
mito sino su potencia activista.
En su obra, SorelSorelSorelSorelSorel pone el acento en el mito de la huelga general; según él es a
través de la consigna de la huelga general que el proletariado terminará con la sociedad
decadente y dará comienzo una nueva era.
En el período posterior a la Primera Guerra Mundial, los mitos políticos han tenido
una importancia considerable, favorecido ello por el desarrollo de la sociedad de masas.
El progreso técnico ha uniformado a grandes sectores de la población, creándoles
expectativas que no encuentran satisfacción.
Por otro lado el proceso de masificación, ha posibilitado la acción de quienes se
propusieron influir en los sectores de menor nivel cultural utilizando los medios de
comunicación de masas. En este sentido son ejemplos elocuentes el fascismo con el mito de
la nación y el del nazismo con el mito de la superioridad de la raza aria, mitos que cumplieron
el objetivo de enfervorizar y dinamizar a las masas.
Se trata de una fuerza política no organizada constituida por un grupo humano
que adquiere notoria gravitación con el desarrollo de la democracia, de la libertad de
expresión y del libre debate público de las ideas.
Tiene una enorme influencia sobre la vida política, en particular sobre las decisiones
políticas.
En cuanto a los elementos que componen el concepto, corresponde en primer
término referirse al sujeto o titular de la opinión públicasujeto o titular de la opinión públicasujeto o titular de la opinión públicasujeto o titular de la opinión públicasujeto o titular de la opinión pública. No existe opinión pública
sin personas que expresen públicamente su pensamiento. Por tanto, aquélla supone la
existencia de una situación colectiva, pero ese grupo humano no se encuentra determinado
con precisión, sino que es inorgánico, anónimo e indeterminado.
La opinión pública no tiene límites precisosno tiene límites precisosno tiene límites precisosno tiene límites precisosno tiene límites precisos: puede ser nacional, vecinal o incluso
mundial.
Opinión pública
319derecho político tomo 2 )
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En cuanto al contenidoal contenidoal contenidoal contenidoal contenido de aquélla, podemos decir que es opinión y que es pública.
Es decir, no es individual y se refiere a una cuestión que interesa a muchos.
Además, recae sobre un hecho de actualidad, que puede ser de distinta naturaleza:
artística- actuación de un conjunto musical famoso, -deportiva- mundial de fútbol; política-
resultado de las elecciones presidenciales-.
El hecho de que se trata, para que sea objeto de opinión, debe ser controvertiblecontrovertiblecontrovertiblecontrovertiblecontrovertible
y, por ende, que dé lugar a posiciones distintas, ya que la opinión implica una toma de
posición.
El hecho además, ha de ser de interés generalde interés generalde interés generalde interés generalde interés general, que suscita la atención general y
también debe revestir actualidad.
La opinión pública contiene elementos racionales e irracionales al mismo tiempo.
En cuanto opinión supone una actividad intelectual previa, pero intervienen en su
formulación factores emocionales, prejuicios.
La opinión pública es factible sin duda en un régimen democrático con libertad
de información, de expresión, pero la duda surge con relación a los sistemas
antidemocráticos. ¿Puede existir en ellos opinión pública? La mayor parte de los autores
estima que sí pero obviamente las limitaciones que impone el control, la censura, hace
que aquélla tenga más dificultad para expresarse, con lo que su influencia se debilita.
No cabe duda que la opinión pública es una fuerza políticaopinión pública es una fuerza políticaopinión pública es una fuerza políticaopinión pública es una fuerza políticaopinión pública es una fuerza política pero su gravitación
varía según los sistemas políticos: es grande en los democráticos, escasa en los autoritarios.
En el primer caso basta citar la presión ejercida por la opinión pública en el famoso caso
Watergate en el 1968, caso de espionaje en la sede del Partido Demócrata norteamericano
por parte de agentes del gobierno Republicano, presión que se canalizó a través de los
medios de comunicación y que culminó con la renuncia del Presidente Richard Nixon.
La realidad de la vida política se manifiesta por la actividad de los que desempeñan
los cargos de gobierno y por otra parte en la de aquéllos que no ocupan tales cargos pero
que pugnan por alcanzar el poder o influenciar sobre los titulares del poder, pudiendo
provenir de sectores militares, económicos, religiosos, sindicales y buscan condicionar las
decisiones del poder en beneficio de esos sectores.
La Presión sobre el poder
320 tomo 2 derecho político(
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En consecuencia, corresponde ocuparnos de esos grupos que integran lo que ha
dado en llamarse la constitución real de un país por oposición a la constitución formal.
Para llegar al análisis de los grupos de presión se parte de la noción anterior de los
grupos de interés. Cuando un interés social es compartido por varios individuos, el conjunto
de los mismos constituye un grupo de interés, grupo que tiende a defender ese interés
común. Cuando esos grupos presionan en defensa de esos intereses particulares sobre el
Estado, sobre los partidos, sobre la opinión pública, se convierten en grupos de presión.
Puede decirse, pues, que el grupo de interés no es necesariamente un grupo de
presión si las reivindicaciones que persiguen son susceptibles de ser obtenidas al margen
del gobierno.
El grupo de presiónEl grupo de presiónEl grupo de presiónEl grupo de presiónEl grupo de presión es el grupo organizado para la defensa de intereses
propios que actúa sobre los órganos del Estado para obtener los beneficios
que pretende. Es el grupo de interés que, al presionar deviene grupo de presión.
De ahí que la diferencia entre uno otro no radica en la naturaleza del grupo
sino en el comportamiento, en la presión que ejerce el segundo.
Existen numerosos grupos y organizaciones destinados a reunir individuos con
intereses comunes: económicos, religiosos, culturales, etc. que actúan sobre los organismos
del Estado influyendo en sus decisiones.
Importa destacar que, sin perjuicio de la presión que ejercen, los grupos de presión no
buscan asumir la titularidad del poder, sino solamente obtener las medidas que los favorezcan.
Por último, corresponde referirnos a los factores de poder.
Para llegar a ese concepto, un ejemplo nos clarificará el panorama. Si suponemos
que un sindicato presiona al gobierno para que se dicte una ley que mejore las condiciones
de trabajo de los obreros, estamos en presencia de un grupo de presióngrupo de presióngrupo de presióngrupo de presióngrupo de presión.
Pero si, por el contrario, se trata de la Iglesia Católica que, más allá de un problema
concreto, se interesa desde su ministerio por los problemas de la educación, de la familia,
Grupos de interes y de presión
Factores de poder
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educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
de la economía y hasta de ciertos problemas políticos, o sea que sustenta una concepción
política, económica, social general, entonces podemos hablar de factor de poderfactor de poderfactor de poderfactor de poderfactor de poder.
Ello conlleva que el gobierno de un país, para la generalidad de las decisiones que
adopta se ve obligado a tener en cuenta a ese factor, no importa que en definitiva haga
o no lo que aquél pretende, es suficiente que deban tenerlo presente.
De suerte que un factor de presión se transforma en factor de poder cuandofactor de poder cuandofactor de poder cuandofactor de poder cuandofactor de poder cuando
por la generalidad de la presión llega a estar asociado a la toma de decisionespor la generalidad de la presión llega a estar asociado a la toma de decisionespor la generalidad de la presión llega a estar asociado a la toma de decisionespor la generalidad de la presión llega a estar asociado a la toma de decisionespor la generalidad de la presión llega a estar asociado a la toma de decisiones
del poder políticodel poder políticodel poder políticodel poder políticodel poder político en los temas fundamentales y debe siempre prestársele atención,
prever sus reacciones.
Otro factor de poder en la realidad americana y argentina lo constituyeron las
Fuerzas Armadas que han gravitado en la toma de decisiones de gobierno en materia
educativa, económica y política.
Consideración aparte, merece la burocracia estatal que es el cuerpo de funcionarios
y empleados que forman la Administración Pública que tiene a su cargo la ejecución de
los servicios del Estado.
Durante las últimas décadas la burocracia ha crecido notoriamente a raíz del
acrecentamiento de las funciones del Estado y ello ha producido un crecimiento de su
influencia que, de simple ejecutor de las decisiones políticas, se ha transformado en
cogobierno, en un factor de poderfactor de poderfactor de poderfactor de poderfactor de poder.
Ello ha ocurrido vinculado a otro fenómeno: la tecnificación de la actividad estatal,
cuya complejidad ha exigido su tecnificación. Por ello la actividad burocrática tiende a
constituirse en una organización tecnocrática la que se torna indispensable, influyente y
que gravita en la toma de decisiones ya que los gobernantes políticos dependen de los
técnicos, de los especialistas, que en conjunto constituyen lo que se denomina la
tecnoburocracia.
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323derecho político tomo 2 )
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sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
La ideología es un conjunto sistemático de ideas que pretenden dar respuesta a
los problemas del hombre. La utopía, en materia política, alude a lo que no tiene existencia
real como el Estado ideal de PlatónPlatónPlatónPlatónPlatón, pero que actúa como motor de la acción política en
busca de ese ideal inalcanzable que reviste la categoría de un modelo. El mito actúa
como idea fuerza para movilizar a las masas, tal el mito de la huelga general de SorelSorelSorelSorelSorel o
el de la raza aria en el nazismo.
La opinión pública es una fuerza política que en las democracias ejerce un control
importante sobre la gestión de un gobierno, lo que habrá de incidir en la orientación del
voto en las elecciones.
El poder del Estado sufre la permanente influencia de los llamados poderes de
hecho o contrapoderes que son fuerzas sociales, sectoriales, que gravitan sobre el poder
para lograr medidas favorables a esos grupos.
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325derecho político tomo 2 )
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apactividad de proceso
abogacía a distancia )
Señale, dando razón a sus dichos, cuál es la influencia de la ideología, la utopía y
el mito en la faz dinámica de la política.
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( DESARROLLO DE LA UNIDAD )
Con el nombre de fuerzas políticas se designa a los protagonistas individuales o
colectivos de la vida política, por ejemplo los partidos políticos.
Corresponde precisar que con tal denominación se designa a lo que se denomina
poder político no estatal, por lo que quedan excluidos los órganos estatales.
Tales fuerzas políticas comprenden entre otros: los partidos políticos, los grupos
de presión, las fuerzas obreras, las fuerzas económicas, las fuerzas religiosas, las fuerzas
armadas, los líderes.
El politólogo Prelot formula la siguiente clasificación de las fuerzas políticas:El politólogo Prelot formula la siguiente clasificación de las fuerzas políticas:El politólogo Prelot formula la siguiente clasificación de las fuerzas políticas:El politólogo Prelot formula la siguiente clasificación de las fuerzas políticas:El politólogo Prelot formula la siguiente clasificación de las fuerzas políticas:
1) Fuerzas individuales, por ejemplo, el político, el líder, el caudillo.
2) Fuerzas colectivas que a su vez se subdividen en:
a)- grupos no organizados, ej. la opinión publica.
b)- grupos organizados, ej. Partidos políticos, sindicatos.
Es un hecho constante de la realidad política que esas fuerzas políticas entran en
tensión con el poder organizado y de esa tensión surgen, o bien cambios institucionales
en dicha organización o, cuando menos, presiones que condicionan las decisiones
gubernamentales.
Ello permite concluir que, para el mejor conocimiento de un sistema político, no
basta el análisis del poder institucionalizado sino que es necesario conocer la acción de las
fuerzas políticas que actúan sobre aquél, los llamados contrapoderes o poderes de hecho.
Hemos señalado que las fuerzas políticas son las protagonistas de la vida política y
que esas fuerzas son colectivas como los partidos políticos o individuales como los líderes,
caudillos.
El fenómeno de la dominación que se da en toda sociedad implica que alguienfenómeno de la dominación que se da en toda sociedad implica que alguienfenómeno de la dominación que se da en toda sociedad implica que alguienfenómeno de la dominación que se da en toda sociedad implica que alguienfenómeno de la dominación que se da en toda sociedad implica que alguien
está en aptitud de condicionar la conducta de otroestá en aptitud de condicionar la conducta de otroestá en aptitud de condicionar la conducta de otroestá en aptitud de condicionar la conducta de otroestá en aptitud de condicionar la conducta de otro, de imponerle un determinado
comportamiento, logrando obediencia por parte del destinatario de la orden y más específicamente
en el campo político, alude al hecho de que siempre existen gobernantes y gobernados.
C- Fuerzas políticas
D- Fuerzas individuales: tipos de dominación
328 tomo 2 derecho político(
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Con relación a este fenómeno político, el filósofo alemán Max WeberMax WeberMax WeberMax WeberMax Weber en su obra
“Economía y Sociedad” elaboró una clasificación que comprende tres tipos de dominación:
1) La legallegallegallegallegal, que la tiene quien ha llegado al poder por la vía legal establecida en las
constituciones de los distintos países, que en el regimen democrático es la vía
electoral.
2) La tradicionaltradicionaltradicionaltradicionaltradicional, propia de las sociedades primitivas en la cual el acceso al poder
deriva de las tradiciones de cada sociedad, por ej. el poder otorgado al guerrero, al
sacerdote, al brujo.
3) La carismáticacarismáticacarismáticacarismáticacarismática, en la cual la dominación deriva de las cualidades personales de
quien la ejerce. El concepto de carisma fue tomado de la religión e incorporado al
léxico político y designa las cualidades personales de ciertos individuos que, sea
por inteligencia o personalidad, ejercen un magnetismo sobre los demás, un poder
de atracción que los convierte en conductores naturales. Personajes históricos como
HitlerHitlerHitlerHitlerHitler, De Gaulle, Kennedy De Gaulle, Kennedy De Gaulle, Kennedy De Gaulle, Kennedy De Gaulle, Kennedy son ejemplos claros de líderes carismáticos.
Clase política alude al conjunto de hombres que hacen política comoClase política alude al conjunto de hombres que hacen política comoClase política alude al conjunto de hombres que hacen política comoClase política alude al conjunto de hombres que hacen política comoClase política alude al conjunto de hombres que hacen política como
actividad habitualactividad habitualactividad habitualactividad habitualactividad habitual, estén o no en el ejercicio del poder.
La expresión clase política fue enunciada por el politólogo italiano Gaetano MoscaGaetano MoscaGaetano MoscaGaetano MoscaGaetano Mosca
a fines del siglo XIX. En su obra “Elementos de Ciencias Políticas”, MoscaMoscaMoscaMoscaMosca sostiene que la
historia muestra que no existe el gobierno de uno, ni de la mayoría, que la monarquía y
la democracia no son reales. Lo real es una minoría que gobierna- la clase política- y está
formada por dos grupos, uno pequeño- el de los dirigentes- y el otro numeroso,- el de los
colaboradores.-
La clase política se recluta según dos modalidades: un principio autocrático, según
el cual las designaciones se hacen desde arriba, y un principio liberal conforme al cual las
designaciones se hacen desde abajo. Pueden reclutarse en las clases sociales superiores, si
prevalece una aristocrática o en las inferiores si lo es un criterio democrático.
Por su parte, Wilfredo ParetoWilfredo ParetoWilfredo ParetoWilfredo ParetoWilfredo Pareto señaló que lo real es que los hombres no son
iguales, que las diferencias corresponden a la natural diferencia de capacidad.
Clase política
329derecho político tomo 2 )
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De allí surgen divisiones entre los hombres que permiten clasificarlos en éliteéliteéliteéliteélite y
en masamasamasamasamasa. La primera puede ser clasificada en élite política o gobernante y no política. En
opinión de ParetoParetoParetoParetoPareto las élites son las verdaderas protagonistas de la historia. Sostiene,
como aspecto importante, la llamada “circulación de las élites”, ya que éstas en su
estructura, composición, cambian contínuamente. En su seno sus componentes circulan,
estos pequeños grupos se renuevan, se reemplazan a tenor de las necesidades, pero
siempre hay élites, nunca son las masas las verdaderas detentadoras del poder.
El acceso a la élite política o grupo minoritario se produce por elección, o
principalmente, con criterio aristocrático.
El suizo Robert MichelsRobert MichelsRobert MichelsRobert MichelsRobert Michels, en 1911, sostuvo que la democracia era inaplicable
porque toda organización, tanto la del Estado como los sindicatos y partidos políticos,
necesita dirección y ésta es ejercida siempre por una minoría. Esa minoría dirigente está
en condiciones de dominar a las masas pues dispone de los medios que le proporciona la
organización.
En tal sentido elaboró lo que llamó la “ley de hierro de la oligarquía” de acuerdo
con la cual en todo tipo de organización, la minoría dirigente se perpetúa en el poder.
BurdeauBurdeauBurdeauBurdeauBurdeau define a la clase política como el conjunto de personalidades que
comparten los privilegios atribuidos al ascendiente político y que lo que les da
homogeneidad a sus integrantes es la misma función que cumplen.
El inglés Robert DahlRobert DahlRobert DahlRobert DahlRobert Dahl sostiene que el hombre es un animal político porque necesita
vivir en una comunidad, pero no todos se preocupan del mismo modo. La realidad muestra
que hay algunos a los cuales la política les es indiferente, otros en cambio se interesan
vivamente. Entre éstos, sólo unos cuantos buscan activamente el poder y sólo unos pocos
lo alcanzan.
Se critica a todas las teorías expuestas que plantean una falsa
incompatibilidad entre élites, liderazgo y democracia en virtud de la cual la
existencia de aquéllas haría imposible la democracia. Por el contrario, la
democracia supone la existencia de un adecuado liderazgo que la conduzca
eficazmente y, por lo demás, en un regimen representativo el poder va a recaer
necesariamente en una minoría.
330 tomo 2 derecho político(
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Se considera como liderazgo a la aptitud de determinar los comportamientosSe considera como liderazgo a la aptitud de determinar los comportamientosSe considera como liderazgo a la aptitud de determinar los comportamientosSe considera como liderazgo a la aptitud de determinar los comportamientosSe considera como liderazgo a la aptitud de determinar los comportamientos
de otras personas.de otras personas.de otras personas.de otras personas.de otras personas.
El liderazgo puede ser desempeñado tanto por los titulares de los poderes del Estado
como por quienes, no ocupando cargos de gobierno, despliegan poder y logran obediencia
de los demás.
Al primero se lo denomina liderazgo formalliderazgo formalliderazgo formalliderazgo formalliderazgo formal y al segundo informalinformalinformalinformalinformal. Ejemplo de
aquél es el desempeñado por el Presidente en razón del cargo que tiene, e informal es el
liderazgo ejercido por un jefe político de la oposición quien lidera en razón únicamente de
sus cualidades personales.
El liderazgo puede darse tanto en regímenes democráticos como en los autoritarios.
En este sentido, se distingue entre liderazgo y dominaciónse distingue entre liderazgo y dominaciónse distingue entre liderazgo y dominaciónse distingue entre liderazgo y dominaciónse distingue entre liderazgo y dominación. El primero conlleva un
consentimiento por parte de los que siguen al líder, lo que no ocurre en la dominación
que es mera imposición unilateral.
Se distingue también entre liderazgo democrático y el autocráticoentre liderazgo democrático y el autocráticoentre liderazgo democrático y el autocráticoentre liderazgo democrático y el autocráticoentre liderazgo democrático y el autocrático. El
primero es fruto de elecciones y actúa permitiendo el debate, el intercambio de pareceres;
el liderazgo autocrático lo ejercen los dictadores que no admiten contradicción a sus
órdenes, se basan en el apoyo de las masas que controlan mediante la propaganda o el
sistema de dominación por temor.
En rigor, el verdadero liderazgo es el natural o informal que se logra
por la exclusiva gravitación de las condiciones personales.
Es preciso aclarar que no existe el líder en abstracto, se es líder en determinado
grupo: político, gremial, deportivo.
El liderazgo supone alguna clase de habilidad, pero no existe ninguna clase de
habilidad única que dé un liderazgo individual en todas las circunstancias y sobre toda
clase de gente.
Entre las cualidades que se atribuyen a los líderes se señalan inteligencia, iniciativa,
simpatía, confianza en sí mismo, entre otras.
Liderazgo
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En las relaciones entre el líder y los seguidores se destaca “el prestigio” que marca
el ascendiente que aquél ejerce sobre éstos y dicho prestigio depende no sólo de las
cualidades reales del líder sino también de las que los seguidores le atribuyen, aunque en
realidad no las tenga.
En contraposición con el liderazgo natural que surge de las condiciones personales
del líder, el concepto de autoridad se relaciona con el solo ejercicio de un cargo que
otorga poder pero que no brinda siempre la condición de líder.
Líder es un conductor que por sus cualidades personales ejerce influencia sobre una
masa que lo sigue porque se siente representada por aquél, que sabe captar los anhelos
colectivos.
Puede afirmarse que hubo siempre partidos si tomamos este término en el sentido
de grupos que coinciden en los fines a alcanzar y los medios necesarios para lograrlos.
En tal sentido, fueron partidos los jacobinos o los girondinos durante la Revolución
Francesa, los rosistas o los antirrosistas, los morenistas y los saavedristas.
Pero los verdaderos partidos políticos, que para ser tales requieren un elemento
definitorio que es la organización, puede afirmarse que han surgido como un derivado
del régimen democrático representativo.
Los primeros partidos políticos se originaron en el siglo XIX en los diversos grupos
de representantes existentes en los Parlamentos europeos. Posteriormente aparecieron
los partidos de origen exterior a los Parlamentos, basados en grupos tales como
asociaciones campesinas, sindicales y religiosas.
Con anterioridad hubo grupos, clubes, facciones políticas de gente que tenía un
mismo pensamiento político pero no pueden ser considerados partidos políticos porque
carecían de organización, que es el elemento que los caracteriza.
En el siglo pasado los partidos no tenían organización, respondían a las directivas
de un dirigente que lograba la adhesión de un grupo minoritario. No tenían tampoco un
programa fijo sino sólo ideas generales.
E- Partidos políticos
332 tomo 2 derecho político(
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En el desarrollo que adquirieron al generalizarse la vida democrática, los partidos
comenzaron a regular su funcionamiento conforme a reglas objetivas que establecían
los órganos directivos, un programa de acción y la participación de los afiliados.
BurdeauBurdeauBurdeauBurdeauBurdeau sostiene que los partidos políticos son necesarios para que el pueblo
pueda expresarse, reclamar, peticionar.
Podemos definir al partido político como un grupo de personas que
sustentan los mismos ideales políticos y que, mediante la conquista legal del poder
intentan imponer, desde el mismo, un determinado programa de gobierno.
Los elementos constitutivos de los partidos políticos son:Los elementos constitutivos de los partidos políticos son:Los elementos constitutivos de los partidos políticos son:Los elementos constitutivos de los partidos políticos son:Los elementos constitutivos de los partidos políticos son:
1) El elemento humano que admite distintas categorías:
a) Simpatizantes:Simpatizantes:Simpatizantes:Simpatizantes:Simpatizantes: son las personas afines con la ideología del partido pero que
no se afilian, lo siguen desde fuera.
b) Afiliados:Afiliados:Afiliados:Afiliados:Afiliados: son los que cumplen el acto formal de inscribirse en los registros del
partido.
c) Militantes:Militantes:Militantes:Militantes:Militantes: son los que además de estar afiliados, realizan una tarea activa dentro
del partido: reparten propaganda, concurren a las reuniones del partido, etc.
2) Elemento ideológico, todo partido político sustenta una ideología que está
contenida en un documento llamado programa partidario.
3) El elemento práctico que lo caracteriza como partido político es la organización
contenida en el documento llamado carta orgánica.
Todo partido, al igual que el gobierno de la Nación tiene tres poderes: uno ejecutivo
representado por el Comité Nacional, formado por delegados de las distintas provincias
y de Capital Federal. Como la organización de los partidos de nivel nacional es semejante
a la del Estado, además de un Comité Nacional en cada Provincia hay un Comité Provincial
formado por delegados de los distintos distritos electorales de cada Provincia.
El órgano legislativo está representado por la Convención Nacional que sanciona
la carta orgánica, el programa partidario y sus modificaciones.
Por último, el órgano judicial esta constituido por el Tribunal de Disciplina, órgano
encargado de juzgar y sancionar a los afiliados al partido incursos en actos de inconducta
partidaria o social que afecte el prestigio del partido, sanciones que son acordes a la
gravedad de las infracciones cometidas que pueden llegar a la expulsión.
vvvvvv ververververver videovideovideovideovideo)))))(((((“Sistemas Partidarios”“Sistemas Partidarios”“Sistemas Partidarios”“Sistemas Partidarios”“Sistemas Partidarios”
333derecho político tomo 2 )
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Reunidos los requisitos legales establecidos para su funcionamiento y dictado el
Estatuto de un Partido Político, se debe requerir el otorgamiento de la personería jurídico-
política que, tratándose de partidos de actuación nacional, es otorgada por la justicia
federal. En cambio, si son partidos de actuación exclusivamente provincial la personalidad
es otorgada por la justicia provincial.
Las principales funciones a cargo de los partidos políticos son:Las principales funciones a cargo de los partidos políticos son:Las principales funciones a cargo de los partidos políticos son:Las principales funciones a cargo de los partidos políticos son:Las principales funciones a cargo de los partidos políticos son:
1) Actuar como intermediarios entre la masa de electores y el gobierno a fin de plantear
los deseos y las necesidad de aquélla.
2) Toda democracia exige la existencia de cuando menos dos partidos: el que está en
el poder, cuya tarea es gobernar, y el de la oposición cuya misión es controlar al
gobierno denunciando sus excesos, sus errores.
3) Educar al ciudadano para el ejercicio responsable de su participación política.
En cuarto término, los partidos políticos en la República Argentina tienen elRepública Argentina tienen elRepública Argentina tienen elRepública Argentina tienen elRepública Argentina tienen el
monopolio de la representación políticamonopolio de la representación políticamonopolio de la representación políticamonopolio de la representación políticamonopolio de la representación política, lo que implica que nadie puede postularse
a un cargo representativo sino por conducto de los partidos políticos existentes, no puede
hacerlo en forma individual; en cambio sí puede concretarse en los Estados Unidos por
ej. en la medida en que alguien pueda financiar su propia candidatura, como ocurrió con
el candidato independiente a la Presidencia de la Nación Ross Perot.
En cuanto a la clasificación de los partidos políticos podemos distinguir:
a) partidos de cuadrospartidos de cuadrospartidos de cuadrospartidos de cuadrospartidos de cuadros, que son los integrados por personalidades de nivel intelectual,
cultural, pero con escasa adhesión popular. Los partidos de cuadros no tienden a
agrupar un número alto de adherentes sino a reunir personalidades destacadas, la
calidad les importa mas que la cantidad. Dichas personalidades son buscadas ya
por su prestigio, ya a causa de sus fortunas que les permita cubrir los gastos de las
campañas electorales.
b) partidos de masapartidos de masapartidos de masapartidos de masapartidos de masa , caracterizados, por el contrario, por un gran aporte de gente,
generalmente detrás de un líder carismático. Los partidos de masa tienen estas
características: 1) son típicos de estados totalitarios-fascista, comunista o de
variantes autocráticas 2) corresponden al sistema de partido único que suprime la
oposición 3) el afiliado carece de libertad de opinión, se impone la voluntad del
jefe o conductor 4) se organizan rígidamente, con una disciplina rigurosa.
DuvergerDuvergerDuvergerDuvergerDuverger divide a los partidos, según las ideologías que propugnan, en conservadores
o de derecha, de centro, y de izquierda -socialista o comunista.-
334 tomo 2 derecho político(
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Se denominan purospurospurospurospuros los que representan los intereses de toda la colectividad, e
impurosimpurosimpurosimpurosimpuros los que defienden los intereses exclusivos de un sector de la sociedad: profesional,
clasista, confesionales, etc.; nacionalesnacionalesnacionalesnacionalesnacionales, a los que actúan en todo el país, y localeslocaleslocaleslocaleslocales a los
sólo lo hacen en un distrito electoral.
LosLosLosLosLos partidos antisistemapartidos antisistemapartidos antisistemapartidos antisistemapartidos antisistema son aquéllos que utilizan las libertades que otorga la
democracia para competir electoralmente y, en caso de llegar al poder, arrasan con el
sistema y quedan como partido único, como el partido nazi que llegó al poder en
Alemania en el año 1933 por la vía electoral y luego suprimió a los demás partidos.
En la República Argentina los partidos políticos están regulados en su funcionamiento
interno y externo por la Ley Orgánica de los Partidos Políticos- Ley Nº123.298.
CLASIFICACIÓN DE LOS SISTEMAS DE PARTIDOS
Los sistemas de partidos se clasifican en:Los sistemas de partidos se clasifican en:Los sistemas de partidos se clasifican en:Los sistemas de partidos se clasifican en:Los sistemas de partidos se clasifican en:
1) Apartidista
2) Partido único
3) Bipartidista
4) Multipartidista
5) Partido dominante
El apartidismoapartidismoapartidismoapartidismoapartidismo es propio de sistemas políticos surgidos de revoluciones o de golpes
de Estado, con una profunda desconfianza hacia los políticos y como reacción, en tales
sistemas no existen partidos políticos, ni siquiera uno que respalde al gobierno. Es propio
de sistemas autoritarios, ejemplos de los cuales podemos mencionar al franquismo en España
y al régimen de Oliveira Salazar en Portugal, y tantos otros ejemplos en nuestro país.
El partido únicopartido únicopartido únicopartido únicopartido único es el característico de los sistemas totalitarios, hay un partido
oficial que se identifica con el Estado, los demás partidos son puestos fuera de la ley y sus
dirigentes son encarcelados o emigran. Tal el caso del partido nazi en la época de Hitler en
Alemania; el fascismo en la Italia de Mussolini y el partido comunista en el régimen soviético.
El bipartidismobipartidismobipartidismobipartidismobipartidismo corresponde a un sistema democrático. Si bien legalmente
pueden existir muchos partidos, en la realidad las preferencias electorales de la gente se
vuelcan a dos grandes fuerzas políticas que se alternan en el ejercicio del poder. Es el
335derecho político tomo 2 )
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caso de Estados Unidos donde existen dos fuertes partidos: el Demócrata y el Republicano.
También en Inglaterra: el Laborismo y el partido Conservador.
El multipartidismomultipartidismomultipartidismomultipartidismomultipartidismo también se vincula a la democracia y en él actúan varios
partidos políticos, con un caudal de votos equivalente, lo que eventualmente puede
permitir a cualquiera de ellos llegar al poder ante un cambio de orientación del electorado.
Italia constituye un caso de multipartidismo lo que ha llevado a la realización de
coaliciones para gobernar ya que ningún partido tiene una mayoría absoluta.
Por último, partido dominantepartido dominantepartido dominantepartido dominantepartido dominante es el partido que gana sucesivas elecciones en
un país y con cifras aplastantes: 60% a 80% de los votos. Esta situación deriva de dos
clases de situaciones: en unos casos se trata de partidos que se fundaron cuando el país
era colonia lucharon y obtuvieron la independencia, lograda la cual representaban el
sentir nacional, por lo que lograba una adhesión masiva del electorado. O bien, son partidos
que hicieron una revolución o la representan ya en el gobierno por lo que encarnan las
aspiraciones nacionales. El primer caso está dado por el partido del Congreso en la India,
fundado por Gandhi y Nehru que, salvo breves interregnos de otros partidos, gobernó la
India desde la Independencia en 1947. El otro caso está dado por el PRI- Partido
Revolucionario Institucional- de Méjico fundado por el General Elías Calles en el año 1929
que aspiró a encarnar los ideales de la Revolución Mejicana de 1910, que gobierna
ininterrumpidamente desde esa fecha.
Se denomina partido dominante porque ese partido, por los porcentajes altos de
votos que obtiene en las sucesivas elecciones y su perduración en el tiempo, domina
absolutamente la vida política de un país sin que eso signifique que los restantes partidos
estén prohibidos, sino que obtienen escasos votos, la mayoría de los cuales se concentran
en el partido dominante.
En toda sociedad hay polielitismo, muchas élites. Puede hablarse de una élite
intelectual, de una sindical, de una política.
Es ineludible que haya élites bajo cualquier sistema, ya que responde al hecho de
que la tarea de conducción, en cualquier actividad, siempre está en manos de una minoría,
ya que materialmente no puede ser ejercida por todos.
La diferencia entre liderazgo y élite estriba en que el primero se encarna en un
hombre, mientras que la élite requiere una minoría de hombres.
Elites
336 tomo 2 derecho político(
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El sufragio es la manifestación de una voluntad individual para designar representantes
o para decidir sobre asuntos de interés para la comunidad.
El sufragio es de la esencia del régimen representativo ya que mediante élEl sufragio es de la esencia del régimen representativo ya que mediante élEl sufragio es de la esencia del régimen representativo ya que mediante élEl sufragio es de la esencia del régimen representativo ya que mediante élEl sufragio es de la esencia del régimen representativo ya que mediante él
se designan los ocupantes de los cargos de gobiernose designan los ocupantes de los cargos de gobiernose designan los ocupantes de los cargos de gobiernose designan los ocupantes de los cargos de gobiernose designan los ocupantes de los cargos de gobierno.
Acerca de su naturaleza jurídica se sostiene que es un derecho político, subjetivo a
participar en la toma de decisiones políticas. Desde otro ángulo se lo considera un deber:un deber:un deber:un deber:un deber:
jurídicojurídicojurídicojurídicojurídico cuando la ley electoral lo impone obligatoriamente y moral moral moral moral moral cuando no es obligatorio,
pero ningún ciudadano puede desentenderse de la marcha política del país que habita y, por
último, se lo considera también una función públicafunción públicafunción públicafunción públicafunción pública ya que mediante su ejercicio cada
ciudadano participa en la designación de las autoridades de un país.
Según el modo de emitirlo el sufragio es público o secretosufragio es público o secretosufragio es público o secretosufragio es público o secretosufragio es público o secreto. Este último es cuando el
elector no permite conocer cuál ha sido su voto. Público cuando, por el contrario, se conoce el
sentido de su voto. El secreto, como ocurre en nuestro país, asegura la autenticidad y evita las
presiones sobre el elector.
Admite ciertas clasificaciones ya que, por su extensión se diferencia en universaluniversaluniversaluniversaluniversal, otorga
el voto a todas las personas que reúnen ciertas condiciones y calificadocalificadocalificadocalificadocalificado, es decir, admite
restricciones derivadas del sexo, color, nivel cultural, etc.
SISTEMAS ELECTORALESSISTEMAS ELECTORALESSISTEMAS ELECTORALESSISTEMAS ELECTORALESSISTEMAS ELECTORALES
Para el tratamiento de los sistemas electorales, haré referencia a los que se aplicaron en
nuestro país desde la organización nacional al presente, que sin agotar el tema, brinda un
panorama bastante completo de los principales sistemas electorales.
El primero que se aplicó fue el de “lista completalista completalista completalista completalista completa” en virtud del cual cada partido que
concurría a la elección presentaba una lista de candidatos por ejemplo: a diputados, en número
igual a la totalidad de los cargos que se elegían.
El partido que obtenía la mayor cantidad de votos se adjudicaba la totalidad de
los cargos.
Obviamente era un sistema injusto ya que el resto de los partidos quedaba sin
representación alguna.
Fufragio
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Entre 1902 y 1904 se aplicó el sistema de “circunscripciones uninominalescircunscripciones uninominalescircunscripciones uninominalescircunscripciones uninominalescircunscripciones uninominales”, tomado
de Inglaterra, donde se continúa aplicando.
El mismo consistía en dividir cada distrito electoral: por ejemplo Capital Federal, en
tantas circunscripciones como cargos hubiera que elegir. Cada circunscripción era una división
territorial del Distrito.
Como el número de circunscripciones era igual a los cargos a elegir, cada una de ellas
elegía a un solo candidato.
La ventaja de este sistema era que eliminaba las listas sábana, compuestas por numerosos
candidatos prácticamente desconocidos para los votantes. Estos deberían optar en cada
circunscripción por tres o cuatro candidatos, uno por cada partido que concurría a la elección,
lo que posibilitaba un mejor conocimiento de cada uno de ellos por parte de los votantes.
En 1904 se vuelve al sistema de lista completa que rige hasta 1912.
En este año se dictó la Ley 8874, llamada Ley Sáenz PeñaLey Sáenz PeñaLey Sáenz PeñaLey Sáenz PeñaLey Sáenz Peña.
Esta ley fue el resultado de las conversaciones mantenidas entre el a la sazón Presidente
de la Nación Dr. Roque Sáenz Peña y el Jefe del Partido radical Hipólito Irigoyen, quien había
pugnado tenazmente por asegurar la pureza del sufragio ya que, hasta entonces, las elecciones
eran totalmente fraudulentas.
Las características del voto en dicha ley eran: universaluniversaluniversaluniversaluniversal, es decir votaban todos los
ciudadanos varones desde los 18 años de edad; obligatorioobligatorioobligatorioobligatorioobligatorio, y secretosecretosecretosecretosecreto.
El partido que obtenía mayor cantidad de votos obtenía dos tercios de los cargos que
debían elegirse y el partido que le seguía en número de votos obtenía el tercio restante.
De lo expuesto se desprende que únicamente dos partidos lograban representación en
cada distrito electoral. Se buscó con ello, siguiendo el ejemplo de Inglaterra, la formación de
sólo dos grandes partidos que se alternaran en el poder.
La ventaja de este sistema era que permitía al partido ganador gobernar con mayoría
en las cámaras del Congreso facilitando con ello su labor.
Para las elecciones presidenciales del año 1973 en nuestro país se aplicó el sistema de
ballotageballotageballotageballotageballotage, de origen francés.
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El mecanismo de este sistema es el siguiente: para que un partido resulte ganador de
una elección necesita obtener la mitad más uno de los votos emitidos. De no lograrlo, se
convoca a una segunda elección, en la cual participan únicamente los dos partidos más votados
en la primera, quedando descartado los partidos minoritarios. En esta segunda elección,
circunscripta a sólo dos partidos , uno de ellos necesariamente obtendrá la mitad más uno de
los votos para ganar.
A partir del año 1995 se introdujo en nuestro país una variante del sistema de ballotage
que rige actualmente para la elección de presidente y vicepresidente de la Nación.
Consiste en lo siguiente: para que un partido gane una elección debe obtener el
45% o más de los votos emitidos. También puede obtener la victoria, no dándose el supuesto
anterior, si obtiene el 40% mínimo de los votos y concurra una diferencia con relación al
segundo de más de 10%.
De no darse ninguno de los casos expuestos, se debe convocar a una segunda vuelta en
la que intervienen sólo los dos partidos más votados en la primera vuelta.
Otro sistema a examinar es el de “ley de lemasley de lemasley de lemasley de lemasley de lemas” de origen uruguayo, aunque cabe
señalar que en el año 2001 lo derogaron.
Actualmente rige en nuestro país en algunas Provincias, tal el caso de Santa Fe y
el Chaco.
El sistema es el siguiente: cada partido político es un lema, pero cada lema puede
presentar en la elección varias fórmulas, por ejemplo: en una elección de gobernador.
Habiendo votado el cuerpo electoral, las cifras obtenidas por cada sublema de un partido
se suman y se adjudican al lema respectivo. Lo mismo en los demás partidos. El lema que
ha obtenido mayor número de votos, resultante de la suma de los sublemas es el que
obtiene la victoria. Y dentro del lema ganador se impone la fórmula del sublema que haya
obtenido mayor cantidad de votos.
Por último, habremos de analizar el sistema de representación proporcional, que rige
actualmente en nuestro país para la elección de diputados a nivel nacional.
El sistema argentino es el D’ Hondt, nombre del matemático belga que lo ideara.
El caudal de votos obtenido por cada partido se divide sucesivamente por 1 - 2 - 3, 4, etc.
Los cocientes que se obtienen se colocan por orden numérico, hasta el número de cargos a
llenar, el cociente menor resulta el divisor común, de suerte que las veces que esta base esté
contenida en el total que cada partido obtuvo, tantos cargos se adjudica éste.
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Ejemplo: una elección en la que hay 3 cargos a cubrir, y en la que tres partidos han
obtenido 20.000, 12.000 y 8000 votos, respectivamente.
Se divide 20.000: 1 = 20.000 12.000: 1 = 12.000 8.000: 1 = 8.000
20.000: 2 = 10.000 12.000: 2 = 6.000 8.000: 1 = 4.000
20.000: 3 = 6.666 12.000: 3 = 4.000 8.000: 1 = 2.666
Los cocientes se ordenan de mayor a menor hasta llegar al número de cargos a llenar:
20.000
12.000
10.00010.00010.00010.00010.000
El último cociente – 10.000 – es la cifra repartidora.
Dividiendo los votos de cada partido por esta cifra, el resultado es que el primer partido
ha logrado 2 cargos, y el segundo 1, y ninguno el tercero.
La ventaja de este sistema es que posibilita la representación de la mayor parte de
los partidos políticos.
La desventaja es que produce una atomización de las corrientes políticas, ninguna
de las cuales obtiene un número de votos suficientemente amplio que permita a la que
llegó al poder tomar decisiones por sí sola.
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sp)síntesis parcial
abogacía a distancia
Las fuerzas políticas son las protagonistas individuales e colectivas de la vida política.
Entre las individuales podemos citar al líder que en mérito a sus cualidades
personales logra el seguimiento de un grupo de personas. La clase política está compuesta
por quienes hacen de la política su actividad permanente, componiendo un grupo
diferenciado. Los partidos políticos son fuerzas políticas organizadas cuyo objetivo es
llegar al poder y desde él aplicar un determinado programa de gobierno. En la Argentina
tienen el monopolio de la representación, ya que nadie puede postularse a ningún cargo
sino por conducto de un partido político. La democracia supone necesariamente la
existencia de, por lo menos, dos partidos: uno que gobierna y otro que cumple la
importante tarea de controlar la acción del gobierno marcando los errores y desviaciones.
El sufragio es la expresión de la voluntad política de cada individuo con la que contribuye
a la formación de la voluntad mayoritaria en las decisiones políticas y es al mismo tiempo
un derecho, un deber y una función pública. Admite diversas clasificaciones, entre ellas,
según su extensión en universal que otorga el voto a todos los que reúnan determinadas
condiciones y calificado que admite restricciones en su otorgamiento derivadas del sexo,
edad, nivel cultural, etc.
Los sistemas electorales son los diversos mecanismos ideados para la distribución
de los cargos que se disputan en una elección.
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343derecho político tomo 2 )
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apactividad de proceso
abogacía a distancia )
Emita opinión fundada, conforme a lo desarrollado en el texto y a la lectura, acerca
de si los partidos políticos son realmente representativos de los diversos sectores sociales.
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345derecho político tomo 2 )
educación a distancia (instituto universitario P.F.A)
sf)síntesis final
abogacía a distancia
Los factores culturales: ideología, utopía y mito tienen influencia en la vida política,
actuando como motorizadores de la misma.
Las fuerzas políticas, tanto las individuales -los líderes-, como las colectivas, -partidos
políticos- son las protagonistas de la vida política.
Los partidos políticos son elementos necesarios del régimen representativo y
democrático en especial porque brindan los postulantes para ocupar los cargos
representativos.
En la vida democrática el sufragio es el arma fundamental con que cuenta el
ciudadano para influir en la marcha del gobierno de un Estado al participar a través de
los representantes en la toma de decisiones de gobierno, contrariamente a lo que ocurre
en los sistemas totalitarios donde el individuo es un mero súbdito, cuya misión es
únicamente acatar las decisiones que vienen desde el poder.
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347derecho político tomo 2 )
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af)actividad final
abogacía a distancia
Dé su opinión fundada acerca de cuáles funciones deberían cumplir los partidos
políticos en un sistema democrático y si sus actividades se ajustan, en la realidad, a factores
doctrinarios o a meros intereses partidistas.
Asimismo, emita opinión acerca de cuál sería el sistema electoral que mejor
represente el amplio espectro político de un país.
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349derecho político tomo 2 )
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ceconceptos eje de unidad
abogacía a distancia )
Los conceptos esenciales en esta unidad son:
Son factores ideológicos que mueven la vida política: las fuerzas
individuales y las colectivas que protagonizan la política, en especial los partidos
políticos, el sufragio, y los sistemas electorales; mediante los cuales el pueblo
transmite el poder a los representantes que elige para gobiernen en su nombre.
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351derecho político tomo 2 )
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glabogacía a distancia )glosario
BurocraciaBurocraciaBurocraciaBurocraciaBurocracia: Etimológicamente significa gobierno de las oficinas- buró: oficina- cratos:
gobierno. Es el conjunto de los empleados al servicio del Estado.
Tecnoburocracia: Tecnoburocracia: Tecnoburocracia: Tecnoburocracia: Tecnoburocracia: Influencia de los burócratas en la planificación y toma de
decisiones del gobierno.
Élite: Élite: Élite: Élite: Élite: Se refiere al conjunto de las mejores y más selectas personas dedicadas a
una actividad.
Líder: Líder: Líder: Líder: Líder: Jefe, dirigente que conduce un grupo humano.
Dinámica: Dinámica: Dinámica: Dinámica: Dinámica: Parte de la mecánica que estudia el movimiento y las fuerzas. Aplicado
a las ciencias sociales alude a que los procesos sociales y políticos implican
permanente actividad.
Fuerza: Fuerza: Fuerza: Fuerza: Fuerza: Potencia para obrar.
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353derecho político tomo 2 )
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aa)actividad de autoevaluación
abogacía a distancia
Responda al siguiente cuestionario:
1) ¿Qué papel desempeñan en la vida política la ideología, la utopía y el mito,
respectivamente?
2) ¿Qué son los grupos de presión y qué actividad desarrollan?
3) ¿Cuáles son los elementos constitutivos de un partido político?
4) ¿Qué es el carisma?
5) Describe la dinámica política de 1 país con Sistema multipartidista.
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355derecho político tomo 2 )
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( BIBLIOGRAFÍA DE LA UNIDAD VII )
López, Justo Mario. “Introducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios PolíticosIntroducción a los Estudios Políticos”. Editorial Kapeluz.
Buenos Aires.
Bidart Campos, Germán. “Grupos de Presión y Factores de PoderGrupos de Presión y Factores de PoderGrupos de Presión y Factores de PoderGrupos de Presión y Factores de PoderGrupos de Presión y Factores de Poder”. Peña y Lillo
Editor. Buenos Aires.
Fayt, Carlos S.. “Sufragio y Representación PolíticaSufragio y Representación PolíticaSufragio y Representación PolíticaSufragio y Representación PolíticaSufragio y Representación Política”. Editorial Omeba. Buenos Aires.
Charlot, Jean. “Los Partidos PolíticosLos Partidos PolíticosLos Partidos PolíticosLos Partidos PolíticosLos Partidos Políticos”. Redondo Editor. Barcelona.
Vera Villalobos, Enrique. “El Poder de Nuestro VotoEl Poder de Nuestro VotoEl Poder de Nuestro VotoEl Poder de Nuestro VotoEl Poder de Nuestro Voto”. Editorial Planeta. Buenos Aires.
Bidart Campos, Germán. “Las Elites PolíticasLas Elites PolíticasLas Elites PolíticasLas Elites PolíticasLas Elites Políticas”. Editorial Ediar. Buenos Aires.
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