Download - DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO
Universidad Nororiental Gran Mariscal De Ayacucho
Facultad de DerechoEscuela de Derecho
Núcleo Cumaná
Expositores:Patricia GuevaraCarlenet PatiñoMairelys Pinto
Jacqueline Romero
Cumaná, marzo del 2015.
Prof. Abog.: Aliskayr Alacayo
DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO
TEORÍAS SOBRE LA DISTINCIÓN ENTRE
DERECHO PÚBLICO Y PRIVADOTEORÍAS DUALISTAS TEORÍAS UNITARIAS
• Teoría del interés o utilidad
• Teoría de la condición de los sujetos en la relación jurídica
• León DUGUIT
• Hans KELSEN
• De Castro
TEORÍAS DUALISTASTeorías del interés o
utilidad
DERECHO PÚBLICO DERECHO PRIVADO
Interés o utilidad pública
Interés o utilidad privada
Críticas:- Elemento no exclusivo en el derecho- No existe separación absoluta- Toda norma de interés de la colectividad es útil para
el individuo y viceversa.
TEORÍAS DUALISTAS
Teoría de la condición de los sujetos en la relación jurídica
Atiende a la naturaleza de los sujetos de la relación jurídica
Posición y carácter
Relación de Derecho Público
Estado o una autoridad
Relación de Derecho Privado
Particulares
TEORÍAS UNITARIAS
LEÓN DUGUIT
HANS KELSEN
DE CASTRO
RELACIÓN ENTRE DERECHO PÚBLICO Y DERECHO
PRIVADO
DERECHO PÚBLICO
DERECHO PRIVADO
Es el ESTADO o alguno de sus Órganos, que impone y ejecuta
sus decisiones.
Es una PERSONA PRIVADA, que se adapta a normas según
el objetivo.
Se establecen subordinaciones Se establece coordinación
PÚBLICA PRIVADA
Intereses SOCIALES Y COLECTIVOS
Intereses PRIVADOS
Es la COLECTIVIDAD Es la INCIATIVA PARTICULAR
EL SUJETO MÁS IMPORTANTE
EN LA RELACIÓN
LA PROPIEDAD
FAVORECE
SU FUENTE
Conj. Normas bajo las cuales el Estado se organiza y determina
el comportamiento de sus órganos para con la colectividad.
Conj. Normas que se encargan de regular las relaciones entre
particulares según sus intereses.
DERECHO PÚBLICO
DERECHO PRIVADO
SUS NORMAS
LAS DESICIONES
SU PRINCIPIO
EN CUANTO A JERARQUÍA
SUB DIVISIONES
Son irrenunciables Varían de acuerdo a la voluntad
Son de imposición Son de coordinación
Es la LEGALIDAD (obediencia de la ley)
Es la AUTONOMÍA (libertad particular)
Tiene PRIMACÍA Es regularmente SUBORDINADO
Dcho. Constitucional, Penal, Tributario, Administrativo,
Internacional Público.
Dcho. Civil, Mercantil, Comercial, Laboral, procesal de
los anteriores.
POR EJEMPLO:
Al establecer sus impuestos, el Estado impone los montos de los mismos y los ciudadanos deben pagarlos de forma obligatoria.
El particular, puede negociar con el Estado.NO
POR EJEMPLO:Si Vanessa vende su carro a Patricia, entre ambas no hay un relación de
subordinación. Ambas pueden llegar a un acuerdo en la prestación.
Los particulares están en todo el derecho de negociar.
¿Y LAS SEMEJANZAS?
1
3
2
LAS VIOLACIÓN DEL DCHO. PRIVADO ATRAE APLICACIÓN DEL DCHO. PÚBLICO.
NORMAS PRIVADAS O PÚBLICAS, CONFORMAN EL MISMO EDIFICIO JURÍDICO.
TODAS LAS NORMAS DE DCHO. PÚBLICO Y PRIVADO, TIENEN LAS MISMAS CARÁCTERÍSTICAS.
¿A QUE CLASE DE DERECHO CORRESPONDEN…
1. LAS PERTENENCIAS DE ALISKAYR ALACAYO?
2. UN NEGOCIO DE COMPRA VENTA ENTRE DOS PERSONAS
AHORA RESOLVAMOS
3. LOS PARQUES, LAS PLAZAS, LAS CALLES?
DCHO. PRIVADO
DCHO.PRIVADO
DCHO. PÚBLICO
GRACIAS POR SU ATENCIÓN!