Download - Derechos y deberes de los pacientes
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Resumen…………………………………………………………………….……..Pág. 3
Introducción…………………………………………………………………..…….Pág. 3
Historia de la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes…………………..Pág. 4
Descripción de los derechos de los pacientes…………..……………….……..Pág. 5
Descripción de los deberes de los pacientes…………….………………..…....Pág. 6
Exige tus Derechos………………………………….………...…………………..Pág. 7
Realidad Nacional………………………………………………………………….Pág. 9
Conclusión………………………………………………………….…………-…...Pág. 9
Propuestas para el Blog…………………………………………………………..Pág. 10
Referencias Bibliográficas………………………………………………………..Pág. 10
Anexos………………………………………………………….………………….Pág. 11
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El 01 de octubre del 2012, entró en vigencia en nuestro país la Ley de Derechos
y Deberes de los Pacientes, la que busca garantizar que toda la población reciba
un trato digno de parte de los profesionales de la salud y, al mismo tiempo, dejar
en claro cuáles son sus deberes frente a estos, quienes hacen lo mejor posible
por entregar este servicio básico tan fundamental como es la asistencia en salud.
Como futuros profesionales de la salud,
debemos estar informados acerca de las nuevas
formas con las que funcionan actualmente todos
los centros de salud, tanto públicos como
privados, ya que nos encontramos en una
constante interacción con los pacientes y por lo
tanto debemos entender a cabalidad y dar a
conocer cada aspecto de la “Ley de los Derechos
y Deberes de los Pacientes”.
Es de suma importancia que tanto usuarios como
profesionales de salud se informen de este tema,
ya que ante cualquier inconveniente, sepan qué
hacer y actúen de la mejor forma.
Esta ley aborda el relevante tema del derecho de
los pacientes, lo toma de distintas perspectivas
tales como el derecho de ser atendido sin
discriminación y también aborda temas como el
deber del paciente a respetar los sistemas de salud, entre otros aspectos.
Muchas personas no conocen la ley que trataremos a continuación, dado que
existe esta falta de información es que no exigen sus derechos al ser atendidos,
y dejan que los traten como el personal de salud quiere, además muchas veces
el lenguaje utilizado al hablar con el paciente no es adecuado o entendible para
ellos, por ende hay veces que no saben de qué se trata su enfermedad y nadie
les explica, por esto queremos dar a conocer con nuestro trabajo todos los
derechos y deberes que tiene el paciente para que ellos puedan exigirlos y
cumplan con las normas una vez que sean atendidos en un centro de salud.
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Entró en vigencia el 01 de octubre
de 2012, que establece cuáles son
los derechos y deberes de las
personas en relación con las
acciones vinculadas a su atención
de salud.
La iniciativa legal resguarda
principios básicos de atención en
salud, que se aplican tanto en el
sector privado como público.
Esta ley viene a potenciar el eje
principal de la salud pública en
nuestro país, que son los usuarios.
Los derechos y deberes
establecidos en esta ley deben
estar explicados de manera visible
y clara, para todo el público, en la
''Carta de Derechos y Deberes de
los Pacientes'' en donde se
especifica cada uno de los
aspectos señalados en la nueva
ley.
Esta carta tiene que estar presente en instituciones como consultorios,
hospitales y clínicas de todo el país. (1) (img. 1)
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6. Informarse acerca de
los procedimientos de
reclamo
5. Tratar
respetuosamente al
personal de salud
4. Informarse acerca de
los horarios de atención
y formas de pago
3. Cuidar las
instalaciones y
equipamiento del
recinto
2. Conocer y cumplir el
reglamento interno y
resguardar su
información médica
1. Entregar información
veraz acerca de su
enfermedad, identidad y
dirección
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Según la Ley N° 20.584 de Derechos y Deberes de los Pacientes, todas las personas podrán reclamar sus derechos ante el consultorio (CESFAM), hospital, clínica o centro médico privado que los atiende. Si la respuesta no es satisfactoria, entonces podrá recurrir a la Superintendencia de Salud para resolver el problema. Los usuarios deben seguir los siguientes pasos Lo primero, es presentar un reclamo ante el centro médico privado, consultorio u hospital donde se atiende, quien tiene un plazo de 15 días hábiles para responder. Si estima que la respuesta no es satisfactoria o que no se han solucionado las irregularidades o, simplemente, no recibió respuesta alguna, podrá recurrir a la Superintendencia de Salud dentro de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de dicha respuesta o desde el término del plazo que el prestador ha tenido para corregir las irregularidades que se le plantearon- para presentar, en forma presencial, un reclamo en segunda instancia, adjuntando la respuesta del prestador o el número de reclamo, en caso de no haber obtenido respuesta. (img.2) Asimismo, los pacientes tendrán derecho a requerir, alternativamente, la iniciación de un procedimiento de Mediación, en los términos de la ley Nº19.966 y sus normas complementarias. Una vez que el reclamo ingresa a la Superintendencia de Salud, se da inicio a una investigación para evaluar si hubo irregularidades o no. En caso de detectar incumplimientos (por reclamo del afectado o por fiscalización) se instruye la solución del problema y se sugiere que se tomen las medidas correctivas.
La irregularidad debe ser resuelta dentro de un plazo no mayor a los dos meses, tiempo durante el cual el centro de salud podrá informar a este organismo la solución. Transcurrido ese plazo, la Superintendencia de Salud iniciará una fiscalización para comprobar la mejora o la persistencia de la falta. En el caso de que las irregularidades se mantengan al momento de la fiscalización, el centro de salud deberá dejar constancia del incumplimiento en un lugar visible (en las dependencias del establecimiento), para que el público sepa lo sucedido en la institución.
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El 25 de junio del 2013, se inspeccionaron 210 recintos a nivel nacional, tanto públicos como privados, fiscalizando que los prestadores de salud cuenten en sus establecimientos con la Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes, la cual debe estar instalada en un lugar visible y donde todo el público que asista al centro asistencial
transite, tal como el hall de ingreso o salas de espera.
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Como se observó en el trabajo expuesto, vemos que los derechos y deberes de los pacientes es un tema muy relevante a nivel de país, ya que conociendo estos podemos dar una mejor atención en salud e ir mejorando la calidad de esta misma. Esta ley entró en vigencia el 01 de octubre de 2012, estableciendo claramente los derechos y deberes de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud A medida que se realizó el trabajo descubrimos que es de gran relevancia que la carta
esté presente en todas las instituciones de salud como son los Cesfam, Cecof,
hospitales y clínicas de todo el país. Para que tanto los profesionales de la salud como
los usuarios entiendan, comprendan y exijan sus derechos.
También creemos
importante que todo
profesional debe
enseñar en forma clara
esta ley, para así formar
una cadena donde por
un sentido de imitación
todos vayamos
adquiriendo y
conociendo nuestros
derechos y deberes.
Finalmente concluimos
que es de gran
importancia dar a
conocer esta ley, ya
que, viene a fortalecer el
eje principal de la salud
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pública en nuestro país: los usuarios.
● (1) Minsal. Carta de Deberes y Derechos de los Pacientes.
http://www.minsal.gob.cl/portal/url/page/minsalcl/g_varios/consultas_publicas/cp_carta_derechos_deberes.html (accessed 16 Sept 13).
● (2) Minsal. Superintendencia fiscaliza Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes en prestadores públicos y privados. http://www.supersalud.gob.cl/568/w3-article-8343.html (accessed 24 septiembre de 2013).
● (3) Superintendencia de Salud Suplente, Dra. Liliana Escobar -
Superintendencia de Salud [sede Web].;2013 (accessed 24 september 2013). :http://www.supersalud.gob.cl/568/w3-article-8343.html
● Hospital clínico Universidad de Chile. Derechos y deberes de los pacientes. http://www.redclinica.cl/HospitalClinicoWebNeo/index.aspx?channel=6420 (accessed 24 septiembre de 2013).
Imágenes
1. Minsal. Carta de Deberes y Derechos de los Pacientes. [afiche] http://www.minsal.gob.cl/portal/url/page/minsalcl/g_varios/consultas_publicas/cp_carta_derechos_deberes.html (accessed 16 Sept 13).
2. -.Cómo reclamar?.[afiche] http://www.kissfm.es/wp-content/uploads/2012/10/port-como-reclamar.jpg (accessed 24 Sept 13).