Universidad Fermín ToroVice-Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y PolíticasEscuela De Derecho
Procedimientos Judiciales Especiales en Materia del Trabajo
Derecho Procesal Laboral y PrácticasAutor:
Rojas, Krisvany C.I 19.712.719Sección: SAIA B / 2015
Facilitador: Abg. Dailyn Colmenarez
Barquisimeto, Junio 2015
Absoluta
Equivale a la inamovilidad pues sólo puede despedirse al
trabajador por causa justificada.
Consiste en el derecho de un trabajador a conservar su puesto de trabajo
Es aquella que permite el despido injustificado siempre
que se pague una indemnización al trabajador.
ESTABILIDAD LABORAL
(ART. 85 Y 86 LOTTT)
RelativaTipos de estabilidad
Art. 93 CRBV
Es acogida por la LOTTT con la limitación del despido injustificado
Mediante Decreto desde el año 2002, está derogada por el artículo 92 LOTTT
TRABAJADORES AMPARADOS POR LA ESTABILIDAD LABORAL
1.• Los trabajadores a tiempo indeterminado a partir
del primer mes de prestación de servicio
2.
• Los trabajadores contratados por tiempo determinado, mientras no haya vencido el término del contrato.
3.
• Los trabajadores contratados para una obra determinada, hasta que haya concluido la totalidad de las tareas ejecutadas
Art.87 LOTTT
La Ley excluye de la estabilidad a los trabajadores de Dirección como los Gerentes y otros elegidos
por una empresa para dirigir el negocio
PROCEDIMIENTO DE ESTABILIDAD
1. PARTICIPACION DE DESPIDO
2.SOLITUD DE CALIFICACION
El Empleador participará ante el tribunal de
Sustanciación, Mediación y Ejecución, Señalando las Causas
que lo Justifiquen.
5 Días hábiles siguientes al despido
El Trabajador tiene que acudir al Juez de
Sustanciación, Mediación y Ejecución, cuando no
estuviere de acuerdo con la causa de su despido.
10 Días Hábiles
De no hacerlo se tendrá por
Confeso.
EL PROCEDIMIENTO APLICABLE:
1.Solicitud de calificación de despido al el juez correspondiente.2.Admisión 2 días hábiles y corrección u omisiones 2 días hábiles.3. Audiencia Preliminar (Pruebas)4.Si el empleador admite el despido el juez concluirá el proceso.5. Si no hay acuerdo se remite el expediente al tribunal de juicio al día siguiente y éste fijará el debate oral en un lapso de 3 días hábiles.6. Iniciada la audiencia de juicio el juez evacuará las pruebas.7.Concluida las formalidades del acto el juez lo declarará cerrado y pasados 30 minutos pronunciará su decisión.8.Contra esta decisión se oirá apelación dentro de 3 días hábiles a su publicación
Perderá el Derecho a Reenganche si
demora mas de los 10 días.
Procedimiento Art. 88 y siguientes de la LOTTT
El Juez deberá decidir de manera oral sobre el
fondo de la causa y declarar CON o SIN lugar
la Solicitud de Reenganche (Art. 422 y
sig.) y el pago de los Salarios Caídos.(Art. 90 LOTTT)
Procedimiento Art. 192 y siguientes de la LOPTRA
Oportunidad y Causas Legales de Despido
Están contempladas en el 79 LOTTT
Son una lista de actos u omisiones que el trabajador puede cometer y que justifican que
sea despedido.
Falta de probidad
Vías de hecho
Injurias o falta grave
Hecho intencional
Omisiones o imprudencias
Inasistencia injustificadas
Abandono de trabajo
Acoso laboral o sexual
Perjuicio material o negligencia grave
Revelación de secretos
Falta grave a las obligaciones
El Derecho al amparo Constitucional del Trabajador
Art. 8 LOTTT
Acción de amparo autónomoArtículo 8º. Los derechos y garantías consagrados en materia laboral podrán ser objeto de la acción de amparo constitucional interpuesta ante los jueces y juezas con competencia laboral, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ley que rige la materia de amparo sobre derechos y garantías constitucionales y la ley que rige la materia procesal del trabajo .
Entre los derechos que se tutelan : Derecho al trabajo (art. 87 CRBV) Libertad del trabajo (art. 112 C.R.B.V) Abstenciones u omisiones que violen
o amenacen violar un derecho o garantía constitucional (art 5 La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales)
Entre otros.
La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Art. 1 y 5.
Contempla aquellos derechos y garantías tutelados por la Carta Magna , la LOTTT y
otras leyes especiales.
Se consagra el Derecho de pedir amparo ante un
Tribunal quien haya sido perjudicado en
las garantías constitucionales.
Art. 27 CRBV
PROCEDIMIENTO DE AMPARO
CRBV. Art 27 primer aparte«Será oral, público, breve,
gratuito y no sujeto a formalidad; y la autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer
inmediata mente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella.»
AMPARO LABORAL(LOPT)
Son competentes para conocer de la acción, los tribunales del trabajo
previstos en Ley. (Art. 216). El procedimiento para conocer de
la acción de amparo será el mismo previsto en el Título VII de la Ley.
(Art. 217). En todo lo no previsto en esta Ley
en materia de amparo, se aplicarán supletoriamente las
disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Amparo sobre
Derechos y Garantías
Constitucionales. (Art. 218)
Ley Orgánica de Amparo sobre
Derechos y Garantías
El Procedimiento esta compuesto en 4 fases:1) Fase de admisión2) Fase de notificación 3) Fase oral4) Fase de decisión
ARTS. 7 AL 35
PROCEDIMIENTO DE AMPARO PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
PROCEDIMEINTO SUMARIO. ARTS 67,68 Y 69 Ley Orgánica De Procedimientos Administrativos (LOPA): Se iniciará de oficio y concluirá en 30 días
Si existiere complejidad del asunto, el juez podrá determinar se siga el procedimiento ordinario
Comprobará la verdad de los hechos y esclarecimiento del asunto.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO. ARTS 48 AL 67 LOPA
Solicitud escrita a
instancia de parte o de
oficio.
Terminación del Procedimiento: la tramitación
y resolución de los expedientes no podrá exceder de 4 meses a partir del recibo
de la solicitud. También se terminará el proceso por
desistimiento o perención.
Sustanciación del expediente: se tendrá 15 días para evacuar
informes o documentos solicitados por el Juez a los
funcionarios y 20 días en otros
casos.
Notificación a las partes (10 días) para que expongan sus
pruebas y aleguen sus razones.
Cuando en el escrito dirigido a la
Administración Pública faltare un requisito, se
tendrá 15 días para subsanar la omisión
CONTROL DE LEGALIDAD
Definición: Es un recurso laboral que puede solicitar una persona afectada por la decisión de un tributan superior del trabajo que violente o amenace con violentar una
norma de orden público
Que la decisión violente o amenacen con violentar las normas de orden público
Cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial
Sea interpuesta ante el Tribunal que dicto el fallo (Tribunal Superior del Trabajo)
CONDICIONES DE PROCEDENCIA:
PROCEDIMIENTO DEL CONTROL DE
LEGALIDAD(ARTS 182 Y 183
LOPT)
Fallo del Tribunal Superior
La parte afectada interpondrá solicitud escrita (3 folios) dentro de 5 días
hábiles ante el mismo tribunal
El Tribunal Superior Remitirá el expediente al
Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
El TSJ decidirá sumariamente acerca de la
admisión o no de la solicitud
No Admite
Se dejará constancia en forma
escrita por auto del Tribunal
Si Admite
Se seguirá el procedimiento
correspondiente(Casación Laboral)
Tramitado y Sustanciado, el TSJ
declarará la Nulidad del Fallo del Tribunal
Superior
Declara reposición de la causa para
restablecer el orden jurídico infringido
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Emilio Calvo Bacca . Terminología Jurídica Venezolana
Freddy Zambrano. El Procedimiento de Amparo Constitucional
Juan Garay. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras