DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
Are a:
lfECNICAS Departamento Director
Departamento de Ciencia y Prof. Dr. D. ) osé Anconio Puértolas Rafales Tecnología de Materiales y Fluidos
Departamento de Ingen iería Prof. Dr. D. Luis Fernando Berges Muro de Diseño y Fabricación
Departamento de Informática Prof. Dr. D. Lu ís .\-lantano Gella e Ingeniería de Sistemas
Departamento Prof. Dr. D. Javier Castany Valeri de Ingeniería Mecánica
Departamento de Ingeniería Química Prof. Dr. D. jesús María Arauzo Pérez y Tecnologías del Medio Ambiente
Departamento de Ingeniería Eléctrica Prof. Dr. D. Francisco Arcega Solsona
Departamento de Ingeniería Prof. Dr. D. Fernando Be ltrá n Blázquez Electrónica y Comunicaciones
18/1 / 2000 1 • i
Pág.: 1
Fecha término de mandato
27-2-2001
7-2-2000
21-6-2001
13-2-2000
16-5-2000
1-3-2001
24-2-2001
Fecha: 17 de enero de 2.000 N. Ref .: Secretaría General
UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
\ 1
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica
de Reforma Universitaria, el artículo 80 de los Estatutos de la Universidad de
Zaragoza, las normas electorales relativas a Claustro Universitario, Junta de
Gobierno y Comisiones de Universidad, este Rectorado, con fecha y efectos de
18 de enero de 2000, HA RESUELTO:
PRIMERO.-
De conformidad con la Disposición adicional segunda del
Reglamento del Claustro Universitario de la Universidad de Zaragoza,
disolver el Claustro compuesto por representantes de profesores y personal
de administración y servicios elegidos el día 26 de febrero de 1998 y representantes de estudiantes elegidos el 24 de febrero de 1999.
SEGUND0.-
1. Convocar elecciones de representantes de profesores, estudiántes y personal de administración y servicios al Claustro Universitario.
2. Convocar elecciones de representantes de profesores y estudiantes
a Junta de Gobierno.
3. Convocar elecciones de representantes del profesorado a la
Comisión de Garantías, representantes de los profesores Doctores a las
Comisiones de Investigación y Doctorado, así corno de representantes de los
estudiantes de Tercer Ciclo a la Comisión de Investigación.
TERCERO.- Las votaciones se celebrarán el jueves 24 de febrero de 2.000.
CUARTO.- En aplicación de lo dispuesto en las normas para la
elección de los representantes del profesorado y de los estudiantes en el
Claustro Universitario, el número de representantes que deben ser elegidos
en cada Centro es el que se fija en el anexo 1 a la presente resolución.
·~
UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
QUINTO.- La campaña electoral durará quince días, comenzando a
las cero horas del martes 8 de febrero y finalizando a las veinticuatro horas del martes 22 de febrero.
SEXTO.- El calendario electoral es el que se fija en el anexo 11 a la presente convocatoria.
SÉP'TIMO.- Celebradas las elecciones convocadas por la presente
Resolución, los órganos colegiados resultantes se reunirán p~ra sus
respectivas sesiones constitutivas, previa convocatoria, en un p lazo no
superior a sesenta días desde la proclamación definitiva de candidatos electos.
O CTAVO.- Las elecciones convocadas por la presente Resolución se regirán por lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Zaragoza y las
normas electorales relativas a Claustro Universitario, Junta de Gobierno y
Comisiones de Universidad, aprobadas por Junta de Gobierno. En su defecto,
se aplicará la Ley Orgánica de Régimen Electoral General y su normativa de
desarrollo. Deberán tenerse en cuen ta, asimismo, las instrucciones para los
miembros de las Mesas Electorales supervisadas por la Junta Electoral Central
con motivo de las elecciones celebradas en 1996 y publicadas en el & 108 del
Libro de Normativa Propia de la Universidad de Zaragoza.
.. /·~·~·;"·:;_~-~~f };:::,.;· .. ...-~ './ '" ..-" '< · , E~ RECTOR
:=1(- '~} ,~~~ r---... ·L· , ~ e:_, \~·\... . . '.; ,_/ .
\~~~:~/:-. 1~~º~-~·-tw~?losé Badiola Díez ·( • . ·.,-;f·-..;0.1 . .-.~· ...... .;;¡..
UNIVERSIDAD DE Z;~RAGOZA
Sccret~:::'.a General
Copia conforme con el original. "<~~() '.i{"j\~}···"
Contra la presentW~/u~ión, que agota la vía administrativa de conformidad con lo
establecido en el art. 22 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto de Reforma Universitaria, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, ante
el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en el art. 8.3 y 46 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de 13 de julio de 1998, o recurso potestativo de
reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 116 y 11 7
de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en cuyo caso no podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el recurso
potestativo de reposición interpuesto se haya producido la desestimación presunta del mismo.
§ N
Ul o o ~ Ul z Ul Ul o ~ <(
Vl o ¡... <( o z o u o o <( z o ü u Ul en u. o z o o:: u ¡...... o z ~ t.IJ o u <( ::::> ci:: u o p..
...J et ~ o ~
-¡¡;
~ I E '()
ro 1 Q) 0.. 1 'O
en t.IJ ..J
22 E-en ::::::>
~ <(
o .....l u
~ en ~ ~ z < o
en
~ o ci::
ro Q) '-
t:: ~ ro e: a.. Q)
.8 '-ro c.. Q) '-
1 p.. t.IJ o z o -u ::::::> ce -ci:: E-en -o
en o ~ w (.)
o o '<t' '<t' <D O) C")
C\J ..-
..- .- ..-
o O) '<t' C") <D co C")
C\J
C\J ..- C\J O) O) <D lO C") ,..._ lO <D C\J ,..._ C") . o O) '<t' C") <D co C")
C\J
,..._ C\I <O "<t C\I co Ol
O) '<t' <D lO O) C\J '<t' C\J ..- ..-
g <( o ('.) (J)
~ w ::::> ~ _J I <( UJ UJ a: o o 1-
(J) (J) (/) UJ UJ ::::>
a: <i! ~ o o o ~
~ ::::> a: a: <( _J
~ ~ (J) <( ü
<( w o (/) (J) _J z w ::::> UJ UJ
(J) :5 a: a: <( o ::::> a.. a.. 8 I
8 w UJ ~ ~ 1- w o UJ UJ (J) <( o
~ (J) (/) (J) (J) a: () 00 o ~
<( w ü 15 15 o z z
~ z ::::> ~ ::::> w o UJ t:; ('.) w t:; (J) I= ü ~ o w UJ UJ _J
~ w UJ w l.U w o o o o o o a..
UJ ::j ::j ::j ::j ::j ::j
o uj uj uj uj uj uj
..- C\J C") '<t' l{) <D ,..._
C\J C") C\J ,..._ '<t' C\J o O)
C\J ..- .- ..-
..- ..- ..- .- .- ..-
..- C") C\J <D C") ..- O) co C\J ..- .-
'<t' co C") ..- co ,..._ lO ..-<D C\J C") ~ co ,..._ <D <D
.- C") C\J <D C") ..- O) co C\J .- .-
"<t CX) '<t' ..- O) C\I ..- C\J C\J '<t' C") o '<t' ,..._ '<t' ,..._
..- C") ..- .- C\J
~ <( o a: o _J
<!) a.. UJ ~ (J) ::::> <(
UJ a: a: UJ ::::> ~ ~ >-I (J) w w w <( o (J) o o o
a:i :? <( a:i a:i a: 0 <Q 0 o [ij uj z _J uj w
8 _J w w w w >-::::> o o o w <( a:
8 ~ 8 8 (J) (J) o u: <( <( I o
~ ~ ~ ü ü o UJ (J) o z z UJ o () @ @ @ w w a: _J
ü ü w u: UJ UJ w o z LL LL LL w w w w h1 ~ o o o o o o
a: a: o o !:: a.. a.. a.. o o <( ¡5 ~ ~ _J _J _J _J
~ ~ ~ UJ w _J o o ::::> ::::> ::::> ::::> o o o o ::j ::j ::j ::j ~ ~ ~ <(
uj uj uj uj LL
co O) o ..- C\J C") '<t' l{)
.- ..- ..- .- .- .-
C")
C")
co C\J C")
co '<t'
<( o (J) w ::::> I w o o <(
~ ::::> o <( LL
<D ..-
C") lO C\J
..-
C\J lO C\J
'<t' '<t' O) o - -C\J lO
C\J
C") <D '<t' <D
C")
(J) w _J <(
ü o (J)
(J) <(
ü z w ü >-(J) w o ~ <(
z z ü <( ~ 15 ::::> UJ I ~ w UJ o o o o <( <(
~ ~ ::::> ::::> o o ~ <(
LL ,..._ co ..- ..-
'"J
' '
C") ..- o ..- co
..-
..- ..-..-
(") o O) ..-..- <D ..-
..-
,..._ <D o o O) co -C") o ..- o ..- <n
Q)
a: ..- '<t' ..-O) ..- C")
..- <D C\J
z o ü <( o ::::> o UJ
:5 <( w a: o <( z (/)
a: <(
ü w [ij z
UJ
> G w w o o o ~ <(
~ 1-_J
::::> ~
<(
ü 1-
~ ~ o 1-
O) o ..- C\J
§ N
UJ o o o:: ~ UJ UJ o
...1 ,.... (") ..... ..... "<t "<t ll) <O (") ll) C\I (") (")
e( . .... ' º . ....
!::: < CI)
o ¡.... <
i <ti ..... ..... ..... ..... ..... .....
Q) E t · ·u <tl i Q) a.. "O o
z o u o o
a> I <ti "<f" ..... ..... C\I C\J (") ..... (") .....
t . 2 <0 1 e: a.. <I>
< <O ..... CJ') ll) C\I CJ') (") <O ..... ,.... ..... z o ü u Ul CI) u. o z o ~ u E-< o z o:: UJ o u < :::> ~ u o
p.. CI)
UJ ...J g CI)
;:J ""'9C <t::
...J o u
E ll) ..... ll) o <O ,.... o "<f" ll) ,..... ,....
- . ..... "<t ..... ..... C\I C\I (") ..... (") o o o <ti a.
...J Q)
et ..... a: co ll) (") ..... <O (") o CJ') (") <O "<f"
~ (/) <O (") co C\I "<f" "<t <O (") ,.... ..... CD o C\J o "<t CJ') "<t ll) CJ') C\I "<f" ,.... <O ..... "<f" ..... ..... ..... C\I (") (") w -...J e:
w <I>
~ (.)
a: o C\I C\I C\I C\I C\I C\I C\I C\I C\I C\I C\I o o "<f" z z A :J OI
ffi z (/) o ..... ..... a:i o a: "<f"
V lñ OI a z ~ CI)
~ ~ z z < :$
@ CI)
co ll) (") ..... (") ..... <O (") o CJ') (") <O "<f" en <O M "<t (]) CX> C\I "<t "<t co (") ,..... ..... <O
' º C\I o ..... "<f" CJ') "<f" ll) CJ') C\I "<f" ,.... co
· z "<f" ..... ..... ..... C\J (") (")
! :E 1 :::J ' -1 1 e:(
' UJ UJ o z o .... u ;:J t::Q .... ~ E-< CI) .... o
1
~ <(
1 z 1
~ o o
' ~ o C5 ...J w 1 (!) (J) ::J 1 ::J ~ ...J .. w a: 1
I <( o ::J w
1
w w a: w I 1-o o
~ o w w (J) (J) o o
1 w w ::J <( a:i a:i
1 ~ (§ ...J 3! o z o ...J ~ <Q <Q w ?; ::J
1 ~ ::J (/) ::J a: a: <( ~ ...J w w ...J w a: <( <( (J) <( ü w ~
...J w w ::J ~
(/) (/) w ü (J) <( ::J o o ! ~ I w w ...J z w a:
:5 w w a: a: <(
~ ::J :5 ~ 8 8
8 o o a.. a.. § ::r: 1 w ~ ~ ~ ~ w w w ~ ~ o w w o o o
~ a: a: <(
<(
~ ~ (/) w w (J) (J) (/) a: <( (§ <( ~ ~ º o o UJ ü ü z
(/) ü a: a: o o o z z @ z UJ UJ
~ ~ ::J UJ frl ü o ~ o UJ u. u. ~ (!) UJ a:
~ ü z z ?; t:: 1- t:: a.. a..
~ UJ UJ UJ UJ UJ :J
UJ ...J
~ ...J ...J ...J
UJ UJ w UJ UJ UJ ¡r ¡r UJ w o o o o o o o o o w ~
:::::) :::::) :::::) :j :j :::::) :::::) :::::) :::::) :::::) :::::) :::::) (.) u.i u.i u.i u.i u.i u.i u.i u.i u.i u.i u.i u.i
1 ..... C\I C")l "<f" U') CD ,..... co CJ') o ..... C\I (")
1 ..... ..... ..... ..... 1
"<f" <O <O ,.... <O ..... .....
.....
C\I "<f" "<f" "<f" "<f"
C\J ll) (") co CJ')
o (") ..... ,.... "<t
C\J "<f" "<f" "<f" "<f"
o ll) ..... co <O CJ') <O <O <O CJ')
co o CX) "<f" ..... ..... "<f" (") "<f" "<f"
C\I C\I C\I C\I C\I
..... .....
o ll) ..... co CD co ..... (]) co CD CD CJ') ,.... "<f" co o co "<t ..... M (")
..... "<f" (") "<f" "<t
a: (/) w
~ <( ...J (J) <( w
8 a: (!) a.. <( ~ (/)
a: w (J)
~ ~ <(
(J) ü w <( z o (.) (/) w a:i ~ ~ ü 0 o lli ~ u.i z (/)
8 ...J w w
o ~ o w <( <(
~ (/) (J) o u: o <( <( o o (§ z ü ü w (/) (J) ~
ffi z z a: g w UJ UJ ::J ::> ü ü
UJ u: I I o u. UJ UJ UJ UJ UJ UJ
~ o o o o o o a.. o o o o o o
<( ~ ~
<( <( ~ ...J ~ ~ ~ w
o ...J ...J ...J ::J ::J ::J ::J ::J ::J
:::::) ~ ~ ü ~ ü (.)
u.i if. if. if. u. u. "<f" ll) CD ,..... co CJ') o ..... ..... ..... ..... ..... ..... C\I
-1 ,13
(") "<t ll)
co
..... co
.......... ,.... co (")
o ll) ll) ll) ll) "<t - . .......... o
ii5 Q)
a: co ,..... (") CJ') "<f" ,..... (") "<f" o ..... ..... C\I
"<f"
C\I C\I CD o ll) (") "<t "<t
"<t ¿ t
E <ti a. <ü Q)
o ..... 1- <(
CX) ,.... <O CJ') "<t C\I (") "<f" o ..... ..... (")
"<t
<(
a: <( <(
z z ü a:
w o ~ UJ
~ UJ UJ o o o o ~ ~ ...J ...J ::J ::J <( (.)
~ 1-
if. o 1-
..... C\I C\I C\I
ll) o CJ')
~ (5
~ ...1 .: o
~ ....
ANEXO 11
CALENDARIO ELECTORAL
UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
Martes 18
Miércoles 19
Jueves 20
Lunes 24
Martes 25
ENERO
Convocatoria de elecciones y asignación del número de representantes por Centro. Exposición pública de los censos de profesores y estudiantes de cada Centro, por la Secretaría del mismo. Exposición pública del censo del personal de administración y servicios, tanto global como por Centros, por la Administración del rmsmo .
Constitución Juntas Electorales de Centro, con la composición que corresponda en cada caso, tanto para la elección de representantes de profesores como de estudiantes.
Comienza el plazo de presentación de candidaturas. Registro General: Lugar de presentación, con carácter general, de candidaturas a las elecciones convocadas, excepto para representantes de profesores y estudiantes en el Claustro que se presentarán en el Registro de los Centros. ·
Fin del plazo de presentación de reclamaciones a: 1.- La asignación numérica de representantes en el Claustro
Universitario de profesores y estudiantes por Centro, y sobre el censo del PAS: Ante la Junta Electoral Central y depositadas en el Registro General.
2. - Al censo de profesores y estudiantes: Ante la Junta Electoral de Centro y depositadas en el Registro de la Secretaría del Centro.
Exposición pública resoluciones de Juntas Electorales. 1.- Junta Electoral Central: Tablón de anuncios de la Secretaría
General (Rectorado). 2.- Juntas Electorales de Centro: Tablones de anuncios de los
Centros.
' :)
Martes 1
Miércoles 2
Viernes 4
Lunes 7
Martes 8
FEBRERO
Fin d~J plazo de presentación de reclamaciones, contra las resol~c10nes adoptadas en materia de Censos de profesores y estudiantes por las Juntas Electorales de Centro: Ante la Junta Electoral Central, en el Registro General.
Exposición pública resoluciones de Junta Electora) Central: Tabl~n de anuncios de la Secretaría General (Rectorado), sobre reclamac10nes a las resoluciones de las Juntas de Centro.
Fin. deJ plazo de presentación de candidaturas. Registro ~eneral: Lugar de presentación, con carácter general, de las candidaturas a las elecciones convocadas, excepto para representantes de profesores y estudiantes en el Claustro que se presentarán en el Registro de los Centros.
Proclamación provisional de candidaturas: a) Junta Electoral Central: Junta de Gobierno Comisiones de
Universidad y Personal de Administración' y Servicios al Claustro.
b) Juntas Electorales de Centro: Estudiantes y Profesores a Claustro.
1.- COMIENZA LA CAMPAÑA ELECTORAL.
2.- Nombramiento mesas electorales y exposición pública de las mismas:
a) Juntas Electorales de Centro: Mesa única para representantes de profes~res a Claustro, Junta de Gobierno y Comisión de Garanttas. Mesa o Mesas para representantes de estudiantes a Claustro y Junta de Gobierno.
b) Rector o Junta Electoral Central, según normativas: Resto de Mesas para las elecciones convocadas.
b O
Viernes 11
Lunes 14
{
~neves 17 ! !
Viernes 18
Fin de plazo de presentación de reclamaciones: 1.- A la proclamación provisional de candidaturas a Junta de
Gobierno, Comisiones de Universidad y Personal de Administración y Servicios a Claustro: Ante la Junta Electoral Central, en el Registro General.
2. - A la proclamación provisional de candidaturas de Estudiantes y Profesores a Claustro: Ante la Junta Electoral de Centro, en el Registro de los Centros.
Exposición pública de las resoluciones de Juntas Electorales sobre reclamaciones a la proclamación provisional de candidaturas.
1.-Junta Electoral Central: Proclamación definitiva de candidaturas, en el tablón de anuncios de Secretaría General (Rectorado).
2.- Juntas Electorales de Centro: Tablones de anunc10s de los Centros.
1.- Fin del plazo de presentación de reclamaciones. Ante la Junta Electoral Central, a las resoluciones de las Juntas Electorales de Centro sobre reclamaciones a la proclamación provisional de candidaturas de Profesores y estudiantes a Claustro.
Resolución por Junta Electoral Central de las citadas reclamaciones.
Proclamación definitiva de candidaturas. Tablones de anuncios de los Centros y Secretaría General (Rectorado).
2.- Entrega de papeletas y sobres relativos a Junta de Gobierno y Comisiones de Universidad por Junta Electoral Central a las Juntas Electorales de Centro.
Emisión anticipada de sufragio (voto por correo).
Juntas Electorales de Centro ponen a disposición de los electores en las secretarías de los Centros las papeletas y sobres que confeccionan ellas para Claustro Universitario, profesores y estudiantes, y las recibidas de la Junta Electoral Central.
"1 1
Martes 22
Miércoles 23
Jueves 24
Junta Electoral Central. 1. - Remite al Personal de Administración y Servicios de fuera de
Zaragoza las papeletas y sobres para el Claustro Universitario y las pone a disposición del resto de los electores del P AS en la Secretaría General.
2.- Remite a las Profesores Doctores los sobres y papeletas para las Comisiones de Investigación y Doctorado.
Fin de la campaña electoral a las 24 horas.
Jornada de reflexión.
Jornada electoral. En horario de mañana y tarde (sin interrupción).
1. - Votan en el Rectorado: a) P AS para la elección de representantes a Claustro. b) Profesores para la elección de representantes a Comisión
Doctorado y Comisiones de Investigación. c) Estudiantes de Tercer Ciclo para la elección de
representantes a Claustro, Junta de Gobierno y Comisión de Investigación.
2.- Votan en cada Centro: a) Profesores para la elección de sus representantes a Claustro,
Junta de Gobierno y Comisión de Garantías. b) Estudiantes para la elección de sus representantes a Claustro
y Junta de Gobierno.
Terminado el escrutinio, que será público, se procederá a la exposición pública de una copia de las actas de todas las Mesas Electorales en el propio local en que se ha celebrado la votación o en lugar próximo.
Exposición pública, asimismo, de una copia de las actas de las Juntas Electorales de Centro, cuando así corresponda según las diversas normativas.
El Profesor Secretario del Centro, Secretario de las Juntas Electorales de Centro, remitirá por fax (o entregará en mano) al Presidente de la Junta Electoral Central (Secretaría General, fax nº 1005 - desde el exterior 976 761005 - otra copia de las actas de las Mesas Electorales y de las Juntas Electorales de Centro.
J · )
J . ..
I
I 1 1 i 1
Viernes 25
Lunes 28
/
Viernes 3
Lunes 6
Jueves 9
Publicación provisional de resultados por la Junta Electoral Central. Remisión por las Juntas Electorales de Centro de los originales de sus actas y de los originales de las actas de las Mesas Electorales al Presidente de la Junta Electoral Central (Secretaría General).
Proclamación provisional de candidatos electos: l.- Junta Electoral Central: de Junta de Gobierno y Comisiones de
Universidad.
2.-Juntas Electorales de los Centros: de Profesores y Estudiantes al Claustro.
MARZO
Fin de plazo de presentación de reclamaciones. 1.- A la proclamación provisional de candidatos electos a Junta de
Gobierno y Comisiones de Universidad: Ante la Junta Electoral Central, en el Registro General.
2.- A la proclamación provisional de candidatos electos de Profesores y Estudiantes a Claustro: Ante las Juntas Electorales de Centro, en el Registro de los Centros.
1.- Resolución reclamaciones por Junta Electoral Central y Proclamación definitiva de candidatos electos (Profesores y Estudiantes) a Junta de Gobierno y Comisiones de Universidad.
2.- Resolución reclamaciones por Juntas Electorales de Centros y remisión a la Junta Electoral Central de resultados definitivos de elecciones de estudiantes y Profesores a Claustro.
1.- Fin del plazo de presentación de reclamaciones, ante la Junta Electoral Central, en el Registro General, contra resoluciones de las Juntas Electorales de Centros sobre reclamaciones de Profesores y Estudiantes a Claustro.
2.- Resolución por Junta Electoral Central de las citadas reclamaciones.
3.- Proclamación definitiva por Junta Electoral Central de candidatos electos de Estudiantes a Claustro Universitario. La proclamación definitiva de candidatos electos de Profesores y Personal de Administración y Servicios a Claustro Universitario es competencia de la Comisión Permanente de la Junta de Gobierno.
J
--~~~~~~~~~~------------------...... ------==------------------------------~
1
1-·-
(¡
¡. .
o
.:...
........ .. __ ........ -.. ---------·----~-------- .. _ ..
~
~n'"C ::s .... • ti) < ("") 1-t (1) - ~ en O ...... -oq" ~
ñ.§ º' .... Fo
(1) -(1) ("") ("") ..... º' ::s ~"O
a~o.. ~ PJ (1)
~' o ("") (j Cll
o ~""1 s = (1) o Cll "O - q @ \JO Cll (1) (1)
~("")a o o § -s .... PJ o (1) (j Cll
o "O p..
§.~ ~ Cll PJ en .... • <:1"
º' ¡;;¡ ::s - p.. ~ ..... ~ § P"-1 (j (t ?5 o Cll ("") ~ p.. .... ~. (1) o~. ""1 º' ~ ~ ::s (1) p.. ""1 o ("")
p.. (1) (1) ""1
UJ
"O ~ =' ti) cr Cll :::: ""1 ("") (1)
~ en o (1) -::s = Cll D. = o Cll ::s ""1 (1) O> en Cll
"O p.. (1) (1) ("")
r:t. ~ < Cll o Cll ~
s= cr ::s
º~ ~ tI'l Cll -p.. (1) (1) ~ § g = e. ::s (1) ("") Cll ..... p.. ~ (1)
(j (1) ::s
ª en (1)
::;-~ PJ' ::s
N
p.. p.. ~ < (l)"O ~ (1) (1) (1) .... • (1) a ti)
~na~qnCll ::s º' (1) ""1 (1) (1) ""1 C!:"1_""1,..Cll0> ::sP· O>~OCll ("") "O (/) ("") ;J, ,... o .... . c,....-.PJ"'-o .... '~ o - = en o n P2 g D. o..o..g P..Q8 9 0>(1)p0(1)""1 ....
(/) "O 5 Cll ::s e. ~ (1) - .... (1)
q ~ ~· ~ [ ~ ~ (1) o 1-t ::r-g !'l §'o ~ ~ ~' @ PJ Cll ~ §' ~ -(JQ --(1) = l.;J ~· o \ J ("") "O ::s
(1) ~' Cll ~ 8 =' s ::s -t:i.,cr O> en \ J "O ~ :::: tI'l ~=gco..nF-0> q en~~ g ~ºe: 0>8 O en ::S ::S ., Cll ~ ..... '< (1) e. c:;· (1) < -..... ()(1) ~-º'~~~PJ\J ::s PJ .... • "' cr O>
"O g-s °'& =' Cll ::i. ""1 ::s ~ O"" o (1) p..~ :::: Cll Cll ~ (1) ("") ..... ~. @ ~ g p.. a-·§ ~ (1) (1) (1) PJ' = -::s ::s ::s ::s ..... .. ~ ("") < a~~ ..... ~
(1) (1) o ~ ~ en PJ en PJ PJ (1) ("") p.. g~PJ-(1)('1) º'º o-~ ::s Cll '< Cll ~ (1)
z o ~ > (l:J
-- t-t Q Q tll tll
Q. _,"O =tll ~ tll N tD Q ::h tll
e:.. "O = = Q..., Q = tll
=~ ¡" 8 tll = -..... = ~..,
l:r' .., Q tD .., n =tll = . 8
= n -· Q = tD tll
-tD .., 8 -· = = = tD
=
~~~...,...- -----------~-...--~ .. ~---
UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA 1 COMISION DE DOCTC:fRA]JO--)
En cumplimiento de lo dispuesto en las Normas para fa elección de fa Comisión de Doctorado (Resolución de J.G. de 24 de junio de 1988, modificada el 3 de febrero de 1989), se transcribe a continuación la relación de los ocho Doctores que continúan como miembros de la Comisión, así como sus respectivos Departamentos:
AREAS BIOMEDICAS
FERNANDO CIVEIRA MURJLLO Dpto. de Medicina y Psiquiatría
AREAS CIENTIFICAS
JOSE URIET A NAVARRO Opto. de Química Orgánica y Química Física
AREAS HUMANISTICAS
Mª. ANGELES MAGALLON BOTA YA Opto. de Ciencias de la Antigüedad
IGNAOO PEIRO MARTIN U Dpto. de Historia Moderna y Contemporánea e; :
AREAS SOCIALES
CARMEN GAL VE GORRIZ Opto. de Economía y Dirección de Empresas
MARCELASABATESORT Opto. de Estructura e Historia Económica y Economía Pública
AREAS TECNICAS
JESUS ARAUZO PEREZ Opto. de Ingeniería Química y Tecnología del Medio Ambiente
MANUEL DOBLARE CASTELLANO Opto. de Ingeniería Mecánica
En consecuencia, se convocan elecciones para cubrir doce puestos vacantes en la Comisión de Doctorado, dos por cada uno de los grupos de áreas Humanísticas, Sociales y Técnicas y tres por los grupos de áreas Biomédicas y Científicas.
UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
Según la citada normativa, se recuerda que cada Departamento Universitario podrá presentar un candidato con excepción de aquellos Departamentos que se encuentren ya representados por Jos miembros de Ja Comisión que permanecen, que no podrán presentar candidatos. No podrán ser candidatos quienes hubiesen sido miembros de Ja Comisión de Doctorado durante los dos años anteriores.
Asimismo, según dispone el art. 4.1 del R.D. 788/1998, de 30 de abril, por el que se reg-,¡la el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado, los candidatos presentados por los Departamentos Universitarios para formar parte de la Comisión de Doctorado deberán ser "Profesores Doctores de los Cuerpos Docentes Universitarios que tengan reconocido, al menos, un sexenio de investigación".
De los tres candidatos que resulten electos por las áreas Biomédicas y Científicas en la proclamación definitiva, el menos votado de cada grupo de áreas se considerará elegido para dos años y los otros dos para cuatro.