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    EVOLUCION DEL MODELO DE DIRECCION ESCOLAR EN LASDISTINTAS LEYES ORGANICAS DE EDUCACIÓN

    LODE 1985 LOPEGCE

    1995

    LOCE 2002 Y

    LOE 2006

    LOMCE 2013

    MODELOSOCIAL

    PARTICIPATIVO

    MODELO PRE-PROFESIONAL

    MODELOADMINISTRATI

    VO

    MODELOGERENCIAL

    LO ELIGE ELCONSEJOESCOLAR

    CONSEJOESCOLARACREDITACIÓNREQUISITOPROYECTODIRECCION

    INTERVIENELAADMINISTRACIÓN

    INTERVIENELAADMINISTRACIÓN Y PERFILPREVIO

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    1.Ostentar representación en el centro, representar a la

    administración educativa en el mismo y hacerle llegar aésta planteamientos aspiraciones y necesidades de la

    comunidad educativa

    2.Dirigir y coordinar todas las actividades del centro sin

    perjuicio de las atribuidas a Claustro y Comunidad

    educativa.

    3.Ejercer dirección pedagógica , promover innovación

    educativa e impulsar planes para consecución del PEC

    COMPETENCIAS DEL DIRECTOR LOE MODIFICADA POR LOMCE

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    COMPETENCIAS DEL DIRECTOR LOE MODIFICADA PORLOMCE

    4.Garantizar cumplimiento de leyes y disposicionesvigentes.

    5. Jefatura de todo el personal adscrito al centro.

    6. Favorecer la convivencia en el centro.7. Impulsar colaboración: familias, instituciones,

    organismos.. Y fomentar un clima de escolar que

    favorezca al estudio y formación integral del alumno en

    conocimientos y valores.

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    8.Impulsar evaluaciones internas y colaborar en la

    evaluación exterior y evaluación del profesor9.Convocar y presidir actos académicos y sesiones de

    consejo escolar y claustro y ejecutar acuerdos

    pactados.

    10. Realizar contrataciones de obras, servicios y

    suministros, así como autorizar gastos de acuerdo con

    presupuesto, ordenar pagos y visar certificados y

    documentos oficiales del centro.

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    11. Proponer a la Administración educativa el

    nombramiento y cese de los miembros del equipo

    directivo previa información del Claustro y el Consejo

    Escolar.

    12. Aprobar el Proyecto Educativo del centro,Proyectos de Gestión y Normas de organización y

    funcionamiento del centro.

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    COMPETENCIAS DEL DIRECTOR LOEMODIFICADA POR LOMCE

    13. Aprobar la programación general anual.14. Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción

    a la ley y normativa.

    15. Aprobar la obtención de recursos

    complementarios.

    16. Fijar directrices de colaboración conadministraciones locales, con otros centros, entidades

     y organismos.

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    R QU S TOS

    LO Ea) Antigüedad al

    menos cinco añoscomo funcionario decarrera en la función

    pública docente.b) Haber impartidodocencia directacomo funcionario decarrera, durante un

    periodo de igualduración, en algunade las enseñanzas delas que ofrece elcentro a que se opta.

    L O M C E

    a)Antigüedad de al menoscinco años comofuncionario de carrera enla función pública

    docente.b) Haber impartido docenciadirecta como funcionariode carrera, durante unperíodo de al menos cinco

    años, en alguna de lasenseñanzas de las queofrece el centro a que seopta.

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    REQUISITOS

    LOEc) Estar prestando

    servicios en un centropúblico, en alguna delas enseñanzas de lasdel centro al que se

    opta, con unaantigüedad en elmismo de al menos uncurso completo alpublicarse laconvocatoria, en el

    ámbito de laAdministracióneducativa convocante.

    d) Presentar un proyectode dirección

    L O M C Ec) Estar en posesión de

    la certificaciónacreditativa dehaber superado uncurso de formación.

    d) Presentar unproyecto dedirección

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    REQUISITOS

    LOMCEDISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDALas habilitaciones y acreditaciones de directores de centros

    públicos expedidas con anterioridad a la LOMCE serán

    equivalentes a la certificación acreditativa de habersuperado el curso de formaciónDISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA Durante los cinco

    años siguientes a la entrada en vigor ley, no será requisitoimprescindible, para participar en concursos de selección dedirectores , la certificación acreditativa del curso deformación.

    Real Decreto 894/2014, 17 octubre, desarrollan lascaracterísticas del curso de formación y actualización sobre

    el desarrollo de la función directiva

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    SEL

    ECCIÓ

    N

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    NOMBRAMIENTO DE DIRECTOR/A

    L O E : F O R M A C I Ó NI N I C I A L

    Articulo 136: Los aspirantesseleccionados deberánsuperar un programa deformación inicial. Exceptoacreditando unaexperiencia de al menosdos años en la función

    directiva estaránEXENTOS del programade formación inicial.

    L O M C E : C U R S O

    F O R M A C I Ó N YA C T U A L I Z A C I Ó N

    1. A partir de los cincoaños siguientes a la

    entrada en vigor de laLOMCE, quienes poseanhabilitaciones oacreditaciones de

    anteriores a LOMCE sólopodrán participar en losprocedimientos selectivosde dirección,

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    NOMBRAMIENTO DE DIRECTOR/A

    L O E : F O R M A C I Ó NI N I C I A L

    CONCRECIÓNAUTONÓMICA

    ORDEN 1 DE ABRIL DE2015 de Extremadura. Losprofesores acreditados parala dirección que no hubieranejercido, o lo hayan ejercidopor un periodo inferior a dosaños, estarán exentos de lafase teórica del programa deformación inicial.

    L O M C E : C U R S O

    F O R M A C I Ó N YA C T U A L I Z A C I Ó N

    1. Sólo podrán participar enlos procedimientos selectivosde dirección,tras lasuperación de un curso deactualización decompetencias directivas, sinnecesidad de realizar el

    curso de formación.

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    NOMBRAMIENTO DE DIRECTOR/A

    2. A PARTIR DE LOS CINCO AÑOS SIGUIENTES A LOMCE,

    QUIENES A LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY

    ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, O DURANTE LOS

    CINCO AÑOS SIGUIENTES, SE ENCONTRASEN

    OCUPANDO UN PUESTO DE DIRECTOR O DIRECTORA EN

    UN CENTRO DOCENTE PÚBLICO SÓLO PODRÁN

    PARTICIPAR EN LOS PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS DE

    DIRECCIÓN DE CENTROS PÚBLICOS TRAS LA

    SUPERACIÓN DE UN CURSO DE ACTUALIZACIÓN

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    NOMBRAMIENTO DE DIRECTOR/A

    3. DICHA SUPERACIÓN DE UN CURSO DE ACTUALIZACIÓN DE

    COMPETENCIAS DIRECTIVAS EN NINGÚN CASO SERÁ

    NECESARIA PARA LA RENOVACIÓN DEL NOMBRAMIENTO DE

    DIRECTORES Y DIRECTORAS, PREVISTA POR EL ARTÍCULO

    136.2 DE LA LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE.

    4. DURANTE LOS 5 AÑOS SIGUIENTES A LA ENTRADAEN

    VIGOR DE LOMCE, LAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVASCONTINUARÁN ORGANIZANDO PROGRAMAS DE FORMACIÓN

    INICIAL PARA EL NOMBRAMIENTO DE DIRECTORES/AS

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    ARTÍCULO 138 CESE DEL DIRECTOR

    El cese del director se producirá en los siguientessupuestos:

    a) Finalización del periodo para el que fue nombrado y, en su caso, de la prórroga del mismo.

    b) Renuncia motivada aceptada por laAdministración educativa.

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    ARTÍCULO 138 CESE DEL DIRECTOR

    c) Incapacidad física o psíquica sobrevenida.

    d) Revocación motivada, por la Administración

    educativa competente, a iniciativa propia o a propuesta

    motivada del Consejo Escolar, por incumplimiento gravede las funciones inherentes al cargo de director. En

    todo caso, la resolución de revocación se emitirá tras

    la instrucción de un expediente contradictorio, previaaudiencia al interesado y oído el Consejo Escolar

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    GESTION DE RECURSOS

    LOE

    Art.122

    Los centros

    docentes públicos podrán

    obtener recursos

    complementarios, previa

    aprobación del Consejo

    Escolar

    Art 123 PROYECTO DE

    GESTIÓN

    LOMCE

    .

    Art 122.

    Los centros docentes

    públicos podrán obtener

    recursos complementarios,

    previa aprobación del director

    LOE era el consejo

    escolar).Estos recursos no

    provendrán del Ampa, y

    aplicado sobre gastos.

    Art 122 bis: PROYECTO EDUCATIVO

    DE CALIDAD

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    GESTION DE RECURSOSLOMCE

    ARTICULO 122 BIS: Acciones destinadas a fomentar la calidad de loscentros docentes.

    PROYECTO EDUCATIVO DECALIDAD

    ACCIONES DECALIDAD SOMETIDO A LA

    RENDICIÓN DE CUENTASAUTONOMIA DE

    GESTIÓN YFACULTADES

    DEL DIRECTOR

    GESTION DE RECURSOS

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    GESTION DE RECURSOS

    LOMCE

    ARTICULO 122 BIS: Acciones destinadas a fomentar la calidad de loscentros docentes.

    PROYECTO EDUCATIVO DE CALIDAD

    ACCIONES DECALIDAD

    ESPECIALIZACIÓN CURRICULAR, A LA EXCELENCIA, A LAFORMACIÓN DOCENTE, A LA MEJORA DEL RENDIMIENTO

    ESCOLAR, A LA ATENCIÓN DE ACNEAE, O A LA APORTACIÓNDE RECURSOS DIDÁCTICOS A PLATAFORMAS DIGITALES

    COMPARTIDAS.

    GESTION DE RECURSOS

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    GESTION DE RECURSOS

    FACULTADES DEL DIRECTOR EN ART.122 BIS LOMCE

    A) ESTABLECER REQUISITOS Y MÉRITOS

    ESPECÍFICOS PARA PUESTOS DE FUNCIONARIODOCENTE, E INTERINOS.

    B) RECHAZAR LA INCORPORACIÓN DE INTERINOS

    PROCEDENTE DE LAS LISTAS CENTRALIZADAS.C) PROPONER PRÓRROGA DE COMISIÓN DESERVICIOS O RENOVACIÓN DE NOMBRAMIENTO

    DE INTERINO EN PUESTOS DE TRABAJO ENPROYECTOS DE CALIDAD.

    GESTION DE RECURSOS

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    GESTION DE RECURSOS

    FACULTADES DEL DIRECTOR EN ART.122 BIS LOMCE

    D) LAS ACCIONES DE CALIDAD EDUCATIVA, CON UNAVALORACIÓN POSITIVA, DEBERÁ SERLE RECONOCIDA EN LA

    PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y A EFECTOS DECARRERA PROFESIONAL.

    E) ART 124:LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DIRECTIVO Y LOSPROFESORES Y PROFESORAS SERÁN CONSIDERADOS

    AUTORIDAD PÚBLICA PRESUNCIÓN DEVERACIDAD «IURIS TANTUM

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    ART.145FORMACIÓN ESPECÍFICA ATRAVÉS DE PROGRAMAS

    LIDEREZGO

    RESPONSABILIDADSOCIAL

    EXCELENCIAEN LA

    GESTIÓN

    LEEX

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    ARTÍCULO 146

    PRESENCIA

    EQUILIBRADA DEHOMBRES Y MUJERES

    CONSIDERACIÓN DEAUTORIDAD PÚBLICA

    PRESUNCIÓN DEVERACIDAD

    SERÁN NOMBRADOS YCESADOS POR LAADMINISTRACIÓN PREVIA

    COMUNICACIÓN DECONSEJO ESCOLAR Y

    CLASUSTRO

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    Art. 190.3: “La   conservación, mantenimiento y vigilancia  de los edificios destinados acentros públicos de educación infantil, educación primaria y educación especialcorresponderán al municipio respectivo”

    Art. 146.1:   “La   Dirección   de los centros, en el ejercicio de sus funciones, tendrá laconsideración de pública (sic) y gozará de presunción de veracidad”.

    Art. 165.1: “El profesorado, en el desempeño de sus funciones, tendrá la consideraciónde   autoridad pública, con los efectos que le reconoce el ordenamiento jurídico. A talfin, los hechos constatados por el profesorado en el ejercicio de sus competenciasdisciplinarias gozarán de presunción de veracidad*”.

    Art. 161.1:  “La Administración educativa establecerá un sistema de   carrera docentepara el personal de la función pública vinculada a la   evaluación   voluntaria de sudesempeño profesional según las funciones docentes desarrolladas, el progreso de sualumnado, las actividades de formación y las tareas de innovación e investigación”.

    Art. 175.3:   “La Administración educativa se regirá por los principios de   buenaadministración, transparencia y eficiencia   y favorecerá la adopción de criterios yprácticas de responsabilidad social”.

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    NORMATIVA AUTÓNOMICA REGULADORA DELA DIRECCIÓN ESCOLAR

    DECRETO 92/2013 MODIFICADODECRETO 41/2014 POR EL QUE SE REGULA EL

    PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN,NOMBRAMIENTO,CESE Y RENOVACIÓN DEDIRECTORES, ASI COMO EL PROCESO DE

    EVALUACIÓN DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA, ENLOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NOUNIVERSITARIOS DEPENDIENTES DE LA

    COMUNIDAD EXTREMADURA

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    ARTICULO 19 JUBILACIÓN DEL DIRECTOR

    ANTE LA JUBILACIÓN DE UN DIRECTOR ANTES DE CONCLUIR SUMANDATO SE PODRÁ NOMBRAR A UN FUNCIONARIO DE

    CARRERA QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS DEPARTICIPACIÓN DE ART.4 DE ESTE DECRETO HASTA SEAPROVISTO EL CARGO EN LA SIGUIENTE CONVOCATORIA

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    NOMBRAMIENTO CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO ART. 21

    AUSENCIA DECANDIDATURAS ALCARGO DEDIRECTOR

    AUSENCIA DESELECCIÓN POR

    PARTE DE LACOMISIÓN DE

    NINGÚN ASPIRANTE

    EL CANDIDATO NOHAYA SUPERADO EL

    PROGRAMA DEFORMACIÓN INICIAL

    PODRÁN SOLICITAR LA RENOVACIÓNDE SU MANDATO POR UN MÁXIMO

    DE 4 CURSOS DEBIENDOPRESENTARSE UNA VEZ AGOTADO EL

    TIEMPO MÁXIMO ALCORRESPONDIENTEPROCEOS DE

    SELECCIÓN

    CENTROS DOCENTES DE NUEVACREACIÓN Y CPR SE PODRÁ

    CONVOCAR CONCURSO DE MÉRITOSESPECÍFICOS PARA LA PROVISIÓN EN

    COMISIÓN DE SERVICIOS DE LOSÓRGANOS DE GOBIERNO EN ESTOS

    CENTROS.

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    ÁMBITOS Y DIMENSIONES DE LA EVALUACIÓN DE LA FUNCION DIRECTIVA

    PLANIFICACIÓN,ORGANIZACIÓN Y

    FUNCIONAMIENTODEL CENTRO

    GESTIÓN DERECURSOSHUMANOS

    DIRECCIÓNPEDAGÓGICA

    GESTIÓN DE LACONVIVENCIA

    ORGANOS COLEGIADOSDE PARTICIPACIÓN,

    GOBIERNO YCOORDINACIÓN

    CALIDAD,EVALUACIÓN Y

    PLANESDE MEJORACONTINUA

    REPRESENTACIÓN DEL CENTRO YCONEXIÓN CON

    EL ENTORNO

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    CONSEJERÍA DEEDUCACIÓN Y EMPLEO

    Estructura, funciones ycompetencias de los diferentes

    órganos

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    ESTRUCTURA DE LA CONSEJERÍA DEEDUCACIÓN Y EMPLEO

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

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    Deliberar y coordinar en cuantos asuntos de la competencia de laConsejería sean sometidos al mismo por su titular, pudiendo ser

    convocados, cuando fuere necesario, los titulares de otras unidades yórganos dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.

    EL CONSEJO DE DIRECCIÓN

    Funciones

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

    Í Ó f i i d l dif ó

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    EL GABINETE DE LA CONSEJERA

    Asesorar y apoyar al titular, y cuantas otras se le asignen especialmente.

    Funciones

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

    Í Ó E t t f i t i d l dif t ó

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    ESTRUCTURA DE LA SECRETARÍAGENERAL

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura funciones y competencias de los diferentes órganos

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    FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL (1)

    • Ejercer la jefatura superior de la Consejería, después de la Consejera ycoordinar, bajo la supervisión y dirección de esta, los órganos y unidadesadministrativas del departamento.

    • Actuar como órgano de comunicación con las demás Consejerías y conlos organismos y entidades que tengan relación con la Consejería.

    • Preparar, tramitar e informar de las disposiciones de carácter general.

    • Asesorar de forma jurídica internamente.

    • Elaborar estudios, planes y programas.

    • Asistir técnica y administrativamente a la Consejería.

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura funciones y competencias de los diferentes órganos

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    • Gestionar el presupuesto de la Consejería y el control de supatrimonio.

    • Administrar el personal no docente al servicio de la Consejería y el

    régimen interior.• Desarrollar y tratar informáticamente las materias que sean

    competencia de la Consejería.

    • Tramitar la contratación

    • Coordinar, dirigir y organizar el registro General y de los Registros

    Auxiliares de la Consejería.• Todos aquellos asuntos generales cuyo conocimiento no esté

    expresamente atribuido a otro órgano directivo.

    FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL (2)

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura funciones y competencias de los diferentes órganos

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    ESTRUCTURA DE LA SECRETARÍAGENERAL DE EDUCACIÓN

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura funciones y competencias de los diferentes órganos

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    • Coordinar y supervisar, en educación no universitaria, lasactuaciones de las direcciones provinciales de Badajoz y Cáceres.

    • Elaborar, seguir y evaluar planes de actuación en los centros,programas, servicios y actividades educativas.

    • Planificar y coordinar la puesta en marcha del curso académico.

    • Coordinar las acciones para la utilización de las tecnologías de lainformación y la comunicación en los Centros Educativos.

    • Evaluar las actuaciones educativas que se llevan a cabo en la región.

    • Canalizar todas las órdenes, resoluciones e instrucciones necesariaspara la organización, mejora y funcionamiento de los CentrosEducativos.

    FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERALDE EDUCACIÓN (1)

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura funciones y competencias de los diferentes órganos

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    • Coordinar el seguimiento de programas educativos europeos y deaquellos encaminados a la mejora del éxito educativo, idiomas yfomento de la lectura.

    • Coordinar la gestión de los Centros de Profesores y Recursos para

    planificar la formación del profesorado, potenciando programasexperimentales y de innovación educativa.

    • Gestionar el proceso de escolarización del alumnado.

    • Elaborar normas para mejorar el clima de convivencia escolar.

    • Definir los currículos educativos en Extremadura y elaborar criteriospedagógicos para el material didáctico y libros de texto.

    FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL

    DE EDUCACIÓN (2)

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

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    • Expedir títulos y gestionar el registro central de los mismos y lasconvalidaciones con otros estudios previos a la Universidad.

    • Ejecutar planes educativos que potencien la educación en valores y

    la atención a la diversidad.

    • Ordenar el transporte, comedores, residencias, escuelas hogar, etc.

    • Promocionar la participación de las familias en la educación a travésde las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y defederaciones y confederaciones constituidas por las mismas en elámbito de la Comunidad Autónoma.

    FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL

    DE EDUCACIÓN (3)

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

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    • Establecer normas de organización y funcionamiento de loscentros educativos y planificar sus recursos financieros.

    • Proponer conciertos educativos, así como la modificación,

    renovación o extinción de los mismos.

    • Planificar programas de becas y ayudas al estudio.

    • Supervisar y coordinar la Inspección de Educación.

    FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERALDE EDUCACIÓN (4)

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO , y p g

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

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    • Realizar la evaluación general del sistema educativo extremeño, analizarlos resultados y la proponer, en su caso, medidas correctoras.

    • Fomentar la evaluación y acreditación del profesorado.

    • Promover la cultura de autoevaluación en los centros docentes,servicios, programas y actividades que conforman el sistema educativoextremeño.

    • Colaborar en la evaluación continua por los centros docentes, de supropio funcionamiento, de los programas que desarrollen, de losprocesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado

    para mejorar la calidad del sistema educativo extremeño.

    • Informar a la sociedad del funcionamiento del sistema educativo.

    Funciones en materia de evaluación de lacalidad educativa:

    SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO y p g

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

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    ESTRUCTURA DE LA DIRECCIÓN GENERALDE PERSONAL DOCENTE

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

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    • Diseñar los criterios generales para la programación y elaboración deplantillas y cupos del personal docente.

    • Asignar el profesorado.

    • Gestionar y controlar todo el personal docente en los diferentesaspectos de registro de personal, el sistema para la provisión de lospuestos de trabajo, las convocatorias de empleo, los nombramientosy ceses, los reconocimientos de situaciones administrativas, lascompatibilidades, permisos, licencias, entre otros.

    •Proponer el nombramiento de tribunales de oposición y concurso.

    • Acreditar el nombramiento y cese de los cargos directivos de losCentros Educativos.

    FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEPERSONAL DOCENTE (1)

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

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    • Estudiar, proponer y desarrollar aquellas medidas que tiendan a lamejora de las condiciones de trabajo.

    • Elaborar y gestionar las nóminas, prestaciones, gastos sociales ydocumentos de cotizaciones de trabajo.

    • Coordinar el pago delegado al profesorado de los CentrosConcertados.

    • Gestionar y controlar en materia de salud y riesgos laborales a loscentros educativos.

    • Y aquellas otras que le sean delegadas en el ejercicio de lascompetencias asignadas a la Dirección General

    FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEPERSONAL DOCENTE (2)

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

  • 8/18/2019 FUNCI+ôN DIRECTIVA 2016-2

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    ESTRUCTURA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEFORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDAD

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

  • 8/18/2019 FUNCI+ôN DIRECTIVA 2016-2

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    • Planificar la oferta de las enseñanzas de formación profesional.

    • Estudiar las posibilidades de formación del alumnado en centros de

    trabajo.

    • Colaborar en la interconexión de la formación profesional regladacon la formación profesional ocupacional y continua.

    • Ordenar y ejecutar los planes y programas educativos en laeducación de personas adultas y educación a distancia.

    • Establecer los programas de cualificación profesional inicial.

    Funciones en materia de Formación Profesional:

    DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓNPROFESIONAL Y UNIVERSIDAD

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

  • 8/18/2019 FUNCI+ôN DIRECTIVA 2016-2

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    • Coordinarse con la Universidad en relación a la enseñanza universitaria.

    • Elaborar las propuestas de creación, supresión o adscripción deFacultades, Escuelas Universitarias, Colegios Mayores, ResidenciasUniversitarias, etc. y de nuevas titulaciones universitarias.

    • Proponer los precios para la obtención de títulos oficiales y los costes delpersonal de la Universidad de Extremadura.

    • Gestionar Residencias Universitarias.

    • Planificar y ejecutar programas de becas relacionadas con estudios

    universitarios.• Planificar y gestionar ayudas para programas y proyectos de

    investigación universitaria.

    Funciones en materia de Universidad:

    DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓNPROFESIONAL Y UNIVERSIDAD

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

  • 8/18/2019 FUNCI+ôN DIRECTIVA 2016-2

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    ESTRUCTURA DEL ENTE PÚBLICO

    EXTREMEÑO DE SERVICIOS EDUCATIVOSCOMPLEMENTARIOS (EPESEC)

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Estructura, funciones y competencias de los diferentes órganos

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    ● Gestionar todos los asuntos relativos a las rutas de transporte escolar yde los comedores escolares.

    ● Ordenar y gestionar la apertura anticipada de los centros educativospara la recepción de los escolares.

    ● Gestionar y contratar las actividades extraescolares, ejecutando lastareas precisas para llevar a cabo las actividades formativascomplementarias.

    ● Contratar las actividades prestacionales o de servicio de la enseñanza.

    ● Inspeccionar y tutelar los bienes de dominio público adscritos al Ente.

    ● Programar las inversiones necesarias para el cumplimiento de los finesatribuidos al Ente.

    FUNCIONES DEL ENTE PÚBLICOEXTREMEÑO DE SERVICIOS EDUCATIVOS

    COMPLEMENTARIOS (EPESEC)


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