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  • 1. UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL
    • FACULTAD DE CIENCIAS FINANCIERAS Y CONTABLES
  • ESPECIALIDAD CONTABILIDAD
  • BACHILLER:
      • BERNAL LOAYZA, ALINA LIZ
      • EXAMEN PARA OBTENER EL TITULO DE CONTADOR PBLICO
      • MODALIDAD:Suficiencia Profesional.

2. INFRACCIONES Y SANCIONES CDIGO TRIBUTARIO 3. SUMILLA

  • Cdigo Tributario; conceptos Previos
  • Obligacin Tributaria
  • Infracciones
  • Sanciones
  • Conclusiones

4. CODIGO TRIBUTARIO

  • 1. CONCEPTOS PREVIOS
  • EL TRIBUTO.-Prestaciones de dar generalmente en dinero que el Estado exige en el ejercicio de su facultad tributaria.

5. El tributo comprende: Tributo Impuesto Tasa Contribuciones 6. 2.- PRINCIPIOS TRIBUTARIOS PrincipiosTributarios Legalidad- Reserva de Ley Igualdad NoConfiscatoriedad 7. 3.- FUENTES DE DERECHO

  • - Constitucin
  • Tratados
  • Leyes tributarias
  • Decretos Supremos

- Doctrina - Jurisprudencia FUENTES DEL DERECHO OBLIGATORIOS REFERENCIA 8. 5.- OBLIGACION TRIBUTARIA RELACION JURIDICA ACREEDOR DEUDOR -Dar -Hacer - No hacer OBLIGACINTRIBUTARIA : Cumplimiento de una prestacin a favor del estado 9. 6. SUJETOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA SUJETO ACTIVO (Estado Acreedor Tributario Gobierno Central Gobierno Regional Gobierno Local Otras entidades de Derecho PblicoSUNAT MUNICIPALIDAD SENCICO SENATI ESSALUD ONP 10. 6. SUJETOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA SUJETO PASIVO (Deudor Tributario Contribuyente Responsable Sujeto de derecho y Obligacin TributariaAgente de Retencin y Percepcin Responsable Solidario 11. 7.- TRASMISIN DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA: DEUDOR DEUDA MULTA Se transmite Se extingue HEREDEROS Extincin de Multa 12. 8.- FORMAS DE EXTINSION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA PAGO COMPENSACION CONDONACION CONSOLIDACION RESOLUCION COBRANZA DUDOSA EXTINSIONDE LA DEUDA PRESCRIPCION 13. 9. ILICITOS TRIBUTARIOSILCITOS TRIBUTARIOS DELITO INFRACCIONES SANCIONES 14. 9. ILICITOS TRIBUTARIOSMATERIAL: Incumple Obligacin Formal: Tipicidad, Ley Objetiva: Responsabilidad,no intencionalidadELEMENTOS DELA INFRACCIN 15. 9. ILICITOS TRIBUTARIOS CLASIFICACION DE LAS INFRACCIONES TRIBUTARIAS De inscribirse, actualizar o acreditar su inscripcin.(Art. 173) De emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago.(Art. 174) De llevar libros y/o registros. (Art. 175) De presentar declaraciones y comunicaciones.(Art. 176) De permitir el control de la Administracin Tributaria. 8aRT. 177) 16. 9. ILICITOS TRIBUTARIOS OTRAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (Art. 178) Beneficiarse de bienes exonerados. NO pagar las retenciones en losplazos establecidos No entregar las retenciones a SUNAT. 17. SANCION TRIBUTARIA

  • Es la consecuencia jurdica por el incumplimiento de obligaciones tributarias.
  • FACULTADPOTESTAD
  • DISCRECIONAL SANCIONADORA

18. SANCION TRIBUTARIAPRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA Legalidad Tipicidad Proporcionalidad Presuncin de Licitud Intransmisibilidad No bis in idem 19. SANCION TRIBUTARIA

  • IMPROCEDENCIA DE LA APLICACIN DE SANCIONES E INTERESES
  • 1.- Interpretacin equivocada de la norma.
  • 2.- Duplicidad de criterio.

20. SANCION TRIBUTARIATIPOS DE SANCIONES PECUNIARIAS NO PECUNIARIAS

  • Comiso de bienes.
  • Internamiento temporal devehculos.
  • Cierre temporal de locales.
  • Suspensin de licencias
  • Colocacin de carteles.

- Multa 21. SANCION TRIBUTARIA MULTA UIT IN: Total de ventas I : Cuatro veces el lmite mximo de cadaCategora de los ingresos brutos mensuales del Nuevo RUS 22. REGIMEN DE GRADUALIDAD APLICABLE A LAS INFRACCIONES DELCODIGO TRIBUTARIORESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N 063-2007 23. REGIMEN DE GRADUALIDAD CRITERIOS DE GRADUALIDAD

  • Subsanacin: voluntaria e inducida
  • Pago
  • Frecuencia
  • Acreditacin

24. SANCION TRIBUTARIA

  • COMISO DE BIENES:
  • Sancin regulada por el art. 184 del Cdigo Tributario, que afecta el derecho de posesin o propiedad del infractor.
  • REFERENCIA LEGAL
  • Art. 184 del TUO del Cdigo Tributario
  • R.S. N157-2004/SUNAT Reglamento de Sancin de Comiso de Bienes.

25. PROCESO DE ACTUACION intervencin a vehculo que traslada bienes Se verifica la documentacin NO CONFORME CONFORME El fedatario se quedara con copia SUNAT de las guas de remisin. COMISO MULTA Se levanta Acta Preventivas y Actas Probatorias SE DETERMINA EL TIPO DE SANCION COMISO DE BIENES 26. PROCESO DEL OPERATIVO INTERVENCION APLICACINDE SANCIONES DESTRUCCION REMATE DEVOLUCION VALORIZACION ACREDITACION DONACION DECLARACION DEABANDONO NO ACREDITA NO ACREDITA COMISO DE BIENES 27.

  • Multa para recuperar bienes comisados:
  • Equivale al 15% del valor de los bienes comisados, con un tope de 6 UIT.
  • Se encuentra sujeta a gradualidad, bajo los criterios de frecuencia y de requisito incumplido.
  • Gastos de ejecucin del comiso:
  • Desde la fecha de intervencin hasta la fecha de retiro de los bienes.

COMISO DE BIENES 28. REGIMEN DE GRADUALIDAD Criterio: Frecuencia COMISO DE BIENES Criterios para aplicar la sancin de comiso Sancin Tablas 1era oport. 2 da oport. 3 era o mas. Remite bienes sin comprobantes (Art. 174 num. 8) Comiso I, II y III 5% VB 10% VB 15% VB Requisitos principales (con documentos Art. 174 num. 9)Comiso I, II y III 4% VB 8% VB 15% VB Requisitos secundarios (con documentos Art. 174 num. 9) Multa I 10% UIT 20% UIT 30% UIT II 8% UIT 10% UIT 15% UIT III 5% UIT 8% UIT 10% UIT 29. IMPUGNACIONES Resolucin de Comiso Resolucin de multa Resolucin de abandono COMISO DE BIENES 30. INTERNAMIENTO TEMPORAL DE VEHICULOS

  • Sancin, mediante la cual se afecta los derechos de posesin o propiedad del infractor sobre el vehculo que se encuentra en infraccin.

31. PROCESO DEL OPERATIVO INTERVENCION APLICACINDE SANCIONES MULTA SEGN TABLA NUME 5 DEL ART 174 SUSTITUCIN XMULTA 4UIT ACREDITACION INTERNAMIENTO PLAZO 30 DAS NO ACREDITA ACREDITA ABANDONO DEVOLUCIN INTERNAMIENTO TEMPORAL DE VEHICULOS 32. REGIMEN DE GRADUALIDAD Criterio: Frecuencia y acreditacin INTERNAMIENTO TEMPORAL DE VEHICULOS Criterios para aplicar la sancin de comiso Sancin Tablas 1era oport. 2 da oport. 3 era o mas. Trasportar bienes y/o pasajeros sin comprobante de pago (Art. 174 num. 4) Internamiento por 30 das I, II y III 5 das si acredita en 2 das 15 das si acredita en 5 das 20 das si acredita en 5 das Transportar bienes y/o bienes con documentos que no renan los requisitos (Art. 174 num. 5) 50% UIT o internamiento I 25% UIT 50% UIT Internamiento 15 das ( acreditacin 5 das) 25% UIT o internamiento II 12% UIT 25% UIT 0.3% I o internamiento III 0.2% I 0.3% I 33. CIERRE TEMPORAL DE ESTABLECIMIENTO U OFICINAS DE PROFESIONALES

  • Es el cierre temporal de local, con un mximo de 10 das calendario.
  • Tratndose de infracciones vinculadas al Impuesto a los Juegos de Casino y Mquinas Tragamonedas el plazo mximo es de 90 das calendarios

34. PROCESO DEL OPERATIVO INTERVENCION MULTA RECONOCIMENTO DEVOLUCION DE LOSBIENES COMPRADOS NO CONFORME CONFORME CIERRE DELESTABLECIMIETNO SANCION CIERRE TEMPORAL DE ESTABLECIMIENTO 35. REGIMEN DE GRADUALIDAD Criterio: Frecuencia NUM INFRACCION DESCRIPCION TABLAS SANCI N SEG N TABLAS 1ra. Oportunidad 2da. Oportunidad 3ra. Oportunidad 4ta. Oportunidad m s (Sin rebaja) Multa Cierre Cierre Cierre 1 Art. 174 Num. 1 No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago. I 1 UIT o Cierre 50% UIT 3 d as 65%UIT 5 d as o 85% UIT 10 d as 1 UIT II 50% UIT o Cierre 25% UIT 3 d as 30% UIT 5 d as 40% UIT 10 d as 50% UIT III 0.6% I o Cierre 0.3% I3 d as 0.4% I 5 d as 0.5% I 10 d as 0.6% I 2 Art. 174 Num. 2 Emitir y/u otorgar documentos que no re nen los requisitos. I 50% UIT o Cierre 25%UIT 2 d as 30% UIT 4 d as 40% UIT 10 d as 40% UIT IIIII 25% UIT o Cierre0.3% I o Cierre 12%UIT 0.20% I 2 d as 16% UIT2 d as 0.23% I 4 d as 0.28%I 4 d as 20% UIT 10 d as0.30% I 10 d as 25% UIT 3 Art. 174 Num. 3 Emitir y/u otorgar comprobantes de pago que no corresponden al r gimen del deudor tributario o al tipo de operaci n realizada. 36. CONCLUSIONES

  • Para evitar ser sancionado y cometer infracciones, ya seapor descuido o intencionalmente, se debe tener presente las consecuencias.
  • La Obligacin de SUNAT es velar por el cumplimiento de las normas, ya sea que para algunos estas sanciones puedan ser severas.
  • En el caso que desconozcamos el procedimiento a seguir, tengamos informacin insuficiente o no estamos seguros de la informacin obtenida, acudamos a las reas de orientacin al contribuyente de las oficinas de la SUNAT o nos comuniquemos a la Central Telefnica o solicitar apoyo a profesionales competentes, para evitar sanciones.

37.

  • GRACIAS

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