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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
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LA NEGOCIACIÓN
• La realizan los representantes de los trabajadores y los empresarios.
• Es un proceso de diálogo, que culmina en acuerdo (convenio colectivo, acuerdo marco o acuerdo de empresa)
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LA NEGOCIACIÓN
• Convenio colectivo:– Ámbito de aplicación:
• Geográfico.• Funcional.• Personal.• Temporal.
– Partes legitimadas para negociar.– Contenido del convenio.– Procedimiento de negociación.
• Condiciones de trabajo:– Salarios, jornadas, excedencias, etc...
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LOS CONVENIOS COLECTIVOS
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Concepto
Es un pacto o acuerdo colectivo suscrito entre organizaciones sindicales de una parte y empresarios u organizaciones empresariales de otra.
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¿Cómo se crean los convenios colectivos?
Los convenios se crean a partir de un proceso de negociación.
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Pero, ¿quiénes son los encargados de negociar?
• Los empresarios u organizaciones empresariales.• Los representantes de los trabajadores: comité de
empresa, delegados de personal o delegados sindicales.
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¿En base a qué negocian?
Lo realizan en virtud del principio de Autonomía Colectiva:
“Es donde se fundamenta la negociación colectiva. Es el Derecho de trabajadores y empresarios a través de sus órganos de representación respectivos y mediante el procedimiento de negociación colectiva legalmente establecido, a regular las relaciones de trabajo”.
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¿Cómo se inicia la negociación colectiva?
Se tienen en cuenta:- Artículo 37.1 CE:
- La Ley garantizará la negociación colectiva.
-Artículos 82 y ss. E.T.
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La legitimación y unidad de negociación
Existen dos tipos de legitimación:1.- Legitimación directa: la tiene cada sindicato o
asociación empresarial para negociar colectivamente en nombre de sus miembros o afiliados. El convenio resultante tendrá eficacia limitada.
2.- Legitimación ampliada: sindicato, conjunto de sindicatos, asociación empresarial o conjunto de asociaciones empresariales que negocian en nombre de sus afiliados y de sus no afiliados. El convenio resultante tendrá eficacia general. Se obtiene de la propia norma estatal: “Los convenios colectivos regulados por esta Ley, obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación…” (art. 82.3, pár. 1º E.T.)
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Legitimación ampliada o plena- La ostentan los representantes de ambas
partes que ocupen a la mayoría de los trabajadores que conforman la unidad de negociación.
- No pueden exceder de 15 representantes de cada parte.
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PARTES LEGITIMADAS
TIPO DE CONVENIO PARTES LEGITIMADAS PARA NEGOCIAR
De nivel Superior a la empresa •Sindicatos más representativos: nivel estatal, CCAA y funcional y territorial.•Asociaciones empresariales que reúnan al 10% de empresarios a nivel funcional y geográfico y que tengan mismo porcentaje trabajadores.
De empresa •Delegados de personal, comité de empresa y delegados sindicales.•El empresario o sus representantes.
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Características del Convenio Colectivo
• Acuerdo libre de voluntades.
• Acuerdo sindical.
• Eficacia normativa.
• Escrito.
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Objetivos
• Participación de empresarios y trabajadores en la regulación de sus relaciones.
• Equilibrar las relaciones entre empresarios y trabajadores.
• Adaptación a necesidades de implicados y a cambios técnicos y económicos.
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Naturaleza jurídica de los Convenios Colectivos
Es contrato y norma:- Como pacto: genera obligaciones entre
las partes.- Como norma: se aplica a todos los
trabajadores y empresarios incluidos en su ámbito de aplicación.
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Fuerza vinculante de los convenios
• Su contenido se impone sobre todos los contratos individuales incluidos en su ámbito de aplicación.
• No se puede renunciar a los derechos reconocidos en los Convenios Colectivos.
• Incumplimiento-> sanción administrativa laboral.
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Ámbitos de los Convenios Colectivos
• Por ámbito geográfico o territorial:– Local.– Provincial.– Interprovincial.– Autonómico.– Nacional.
• Por actividad o sector (funcional):– Rama o sector de actividad (afecta a empresas de
ese sector).– Empresa o ámbito de trabajo (convenios de ámbito
empresarial).
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Ámbitos de los Convenios Colectivos
• Personal:– A trabajadores a los que resulta aplicable.
• Temporal:– Se refiere a la duración o periodo de vigencia.
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Duración de los Convenios Colectivos
Las partes fijan su período de vigencia así como entra en vigor.
Puede prorrogarse un año más si no hay denuncia expresa por cualquier parte.
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CONTENIDO MÍNIMO DEL CONVENIO
• Determinación de las partes que lo hacen y de los distintos ámbitos.
• Condiciones y procedimientos para la no aplicación salarial.
• Forma y condiciones de denuncia del convenio, así como el plazo de preaviso.
• Designación de una comisión paritaria de las partes y determinación de los procedimientos para resolver las discrepancias de la comisión.