Ley Juzgados de FamiliaLey Juzgados de FamiliaAspectos ProcesalesAspectos Procesales
Objetivos de su creaciónObjetivos de su creación
Tribunal especializadoTribunal especializado Concentración de los asuntos Concentración de los asuntos Mayor celeridadMayor celeridad Enfoque interdisciplinarioEnfoque interdisciplinario Promoción de soluciones Promoción de soluciones
consensuadasconsensuadas
Creación de nuevos juzgados, Creación de nuevos juzgados, organización y plantasorganización y plantas
CompetenciaCompetencia ProcedimientosProcedimientos Regulación de la mediaciónRegulación de la mediación Normas adecuatorias Normas adecuatorias Normas transitoriasNormas transitorias
Contenidos del proyectoContenidos del proyecto
Estructura orgánica Tribunales de FamiliaEstructura orgánica Tribunales de Familia
Juez PresidenteJuez Presidente
AdministradorAdministrador
Derivación Derivación MediaciónMediación
SalaSala Atención Atención PúblicoPúblicoServiciosServicios
Administración Administración CausasCausas
Jueces de FamiliaJueces de FamiliaConsejo Consejo TécnicoTécnico
Comité de JuecesComité de Jueces
Consejo TécnicoConsejo Técnico
Integración Integración (6)(6):: Profesionales especializados en asuntos de familia e infanciaProfesionales especializados en asuntos de familia e infancia
RequisitosRequisitos (7)(7):: Título profesional (carrera de ocho semestres);Título profesional (carrera de ocho semestres);
Experiencia profesional en materia de familia e infancia Experiencia profesional en materia de familia e infancia
Formación especializada en materia de familia e infancia, de Formación especializada en materia de familia e infancia, de al menos dos semestres adicionalesal menos dos semestres adicionales
Función generalFunción general (5 i. 1º)(5 i. 1º):: Asesorar individual o colectivamente a los jueces en el análisis Asesorar individual o colectivamente a los jueces en el análisis
y mejor comprensión de los asuntosy mejor comprensión de los asuntos
Competencia Competencia (8)(8)
Cuidado personalCuidado personal Régimen comunicacionalRégimen comunicacional Alimentos Alimentos Patria PotestadPatria Potestad Autorización salida de niñ@s y adolescentes del Autorización salida de niñ@s y adolescentes del
paíspaís GuardasGuardas AdopciónAdopción Medidas de protección de niño (a)s y Medidas de protección de niño (a)s y
adolescentesadolescentes Infracciones penales cometidas por niño (a)s y Infracciones penales cometidas por niño (a)s y
adolescentes, exentos de responsabilidad penaladolescentes, exentos de responsabilidad penal
CompetenciaCompetencia (8) (8)
Filiación Filiación Separación judicialSeparación judicial Divorcio Divorcio Nulidad de matrimonioNulidad de matrimonio Violencia intrafamiliarViolencia intrafamiliar Separación de bienesSeparación de bienes Autorizaciones judicialesAutorizaciones judiciales Declaración de interdicciónDeclaración de interdicción Otras cuestiones personales derivadas de las Otras cuestiones personales derivadas de las
relaciones de familiarelaciones de familia
Principios del procedimientoPrincipios del procedimiento
Oralidad Oralidad (10)(10)
Desformalización Desformalización (9)(9)
Concentración Concentración (11)(11)
Inmediación Inmediación (12)(12)
Actuación de oficio Actuación de oficio (13)(13)
Colaboración Colaboración (14)(14)
Protección de la intimidad Protección de la intimidad (15)(15)
Interés superior del niño, niña o Interés superior del niño, niña o adolescente adolescente (16)(16)
ORALIDADORALIDAD
Las actuaciones procesales serán orales, sin Las actuaciones procesales serán orales, sin perjuicio de obligación de llevar un sistema de perjuicio de obligación de llevar un sistema de registro, que permita garantizar la registro, que permita garantizar la conservación y reproducción de su contenido conservación y reproducción de su contenido (10).(10).
Excepciones:Excepciones: Los incidentes promovidos fuera de una audiencia Los incidentes promovidos fuera de una audiencia (26).(26). El recurso de apelación El recurso de apelación (67 nº3).(67 nº3). El recurso de casación El recurso de casación (67 nº6).(67 nº6). El informe pericial, sin perjuicio de la obligación El informe pericial, sin perjuicio de la obligación
posterior de concurrir a declarar en forma oral posterior de concurrir a declarar en forma oral (46).(46).
DESFORMALIZACIÓNDESFORMALIZACIÓN
El proceso debe evitar incurrir en una El proceso debe evitar incurrir en una ritualidad innecesria, para lograr ritualidad innecesria, para lograr flexibilizar el procedimiento y acercar la flexibilizar el procedimiento y acercar la justicia a las personasjusticia a las personas (9).(9).
Manifestaciones:Manifestaciones: La desformalización de la demanda:La desformalización de la demanda:
– Sólo debe contener una individualización de las partes y Sólo debe contener una individualización de las partes y una exposición clara de las peticiones y de los hechos en una exposición clara de las peticiones y de los hechos en que se funda (57); que se funda (57);
La obligación del juez, en la A P de protección:La obligación del juez, en la A P de protección:– de responder las inquietudes que surjan y de informar a de responder las inquietudes que surjan y de informar a
los niñ@s y adolescentes, en un lenguaje comprensible los niñ@s y adolescentes, en un lenguaje comprensible (72)(72)..
CONCENTRACIÓNCONCENTRACIÓN
Los actos procesales se desarrollan en una o Los actos procesales se desarrollan en una o varias audiencias próximas, para que el juez varias audiencias próximas, para que el juez conserve en su memoria las conserve en su memoria las manifestaciones de las partes y los manifestaciones de las partes y los resultados de las pruebas resultados de las pruebas (11, 61 nº10, 72).(11, 61 nº10, 72).
Excepciones:Excepciones: Posibilidad de suspensión del desarrollo de la Posibilidad de suspensión del desarrollo de la
audiencia hasta por dos veces en caso de absoluta audiencia hasta por dos veces en caso de absoluta necesidad necesidad (11)(11)
FFacultad de las partes, de común acuerdo, de acultad de las partes, de común acuerdo, de suspender la audiencia que hubiere sido citada, por suspender la audiencia que hubiere sido citada, por una sola vez, hasta por sesenta días una sola vez, hasta por sesenta días (11, 20).(11, 20).
INMEDIACIÓNINMEDIACIÓN
Las audiencias y las diligencias de Las audiencias y las diligencias de prueba deben realizarse siempre prueba deben realizarse siempre con la presencia del juez, debiendo con la presencia del juez, debiendo el juez formar su convicción sobre el juez formar su convicción sobre la base de las alegaciones y la base de las alegaciones y pruebas que personalmente haya pruebas que personalmente haya recibido recibido (12).(12).
– Queda prohibida, bajo sanción de Queda prohibida, bajo sanción de nulidad, la delegación de funciones. nulidad, la delegación de funciones.
ACTUACION DE OFICIOACTUACION DE OFICIO
Promovido el proceso y en cualquier estado Promovido el proceso y en cualquier estado del mismo, el juez de oficio: del mismo, el juez de oficio:
Deberá: Deberá: – Adoptar las medidas que permitan llevarlo a término con la Adoptar las medidas que permitan llevarlo a término con la
mayor celeridad (13); mayor celeridad (13); - Decretar las medidas cautelares que estime procedentes (22);Decretar las medidas cautelares que estime procedentes (22);- Ordenar que se acompañen todos aquellos medios de prueba Ordenar que se acompañen todos aquellos medios de prueba
que a su juicio, resulte necesario producir (29); que a su juicio, resulte necesario producir (29); - Incluir en el llamado a conciliación del juicio de separación, Incluir en el llamado a conciliación del juicio de separación,
nulidad o divorcio, todas las materias relativas a las relaciones nulidad o divorcio, todas las materias relativas a las relaciones de familia, aunque no se le hubieren solicitado (90 L de M C); de familia, aunque no se le hubieren solicitado (90 L de M C);
Podrá:Podrá:- Iniciar el procedimiento de protección (70)Iniciar el procedimiento de protección (70)
COLABORACIÓNCOLABORACIÓN Se buscarán alternativas para mitigar la Se buscarán alternativas para mitigar la
confrontación, privilegiando las soluciones confrontación, privilegiando las soluciones acordadasacordadas por ellas por ellas (14).(14).
Manifestaciones:Manifestaciones: Existencia de funcionario capacitado para instruir al Existencia de funcionario capacitado para instruir al
demandante de la alternativa de la mediación demandante de la alternativa de la mediación (105);(105); La promoción de la mediación familiar o de la La promoción de la mediación familiar o de la
conciliación, en la audiencia preparatoria conciliación, en la audiencia preparatoria (61 nº4 y 5)(61 nº4 y 5) La función del CT, de evaluar la pertinencia de derivar a La función del CT, de evaluar la pertinencia de derivar a
mediación o aconsejar la conciliación, sugiriendo en mediación o aconsejar la conciliación, sugiriendo en este último caso, los términos de ella este último caso, los términos de ella (4c)).(4c)).
PROTECCIÓN A LA PROTECCIÓN A LA INTIMIDADINTIMIDAD
No obstante el carácter público del No obstante el carácter público del procedimiento,el juez debe velar por el procedimiento,el juez debe velar por el respeto a la intimidad de las partes, respeto a la intimidad de las partes, especialmente de los niñ@s, y adolescentes especialmente de los niñ@s, y adolescentes (15 rr c/9 COT)(15 rr c/9 COT). . – Con ese objetivo podrá:Con ese objetivo podrá:
prohibir la difusión de datos o imágenes referidos al prohibir la difusión de datos o imágenes referidos al proceso o a las partes;proceso o a las partes;
disponer, mediante resolución fundada, que todas o disponer, mediante resolución fundada, que todas o algunas de las actuaciones del procedimiento se algunas de las actuaciones del procedimiento se realicen en forma reservadarealicen en forma reservada
INTERÉS SUPERIOR DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑONIÑO
El objetivo de la ley es garantizar el El objetivo de la ley es garantizar el pleno goce y el efectivo ejercicio de pleno goce y el efectivo ejercicio de los derechos y garantías de los niñ@s los derechos y garantías de los niñ@s y adolescentesy adolescentes
La consideración principal del juez de La consideración principal del juez de familia debe ser el interés superior familia debe ser el interés superior del niño, niña o adolescente y el del niño, niña o adolescente y el derecho de estos a ser oídosderecho de estos a ser oídos (16) (16)..
Procedimiento ordinario Procedimiento ordinario (1ª parte)(1ª parte)
Inicio
medidacautelar
audiencia preparatoria2 fechas
plazo: el más breve notificación: 10 días antes
comparecenciapersonal
citación
demanda oral/escrita
• ratificación verbal• ratificación o contestación verbal• medidas cautelares• mediación o conciliación• determinar objeto• fijar hechos a probar y convenciones probatorias• determinar prueba• recibir prueba• fijar fecha audiencia
Procedimiento ordinario Procedimiento ordinario (2ª parte)(2ª parte)
audiencia dejuicio
sentencia
Redacción:• inmediatamente o hasta en 5 días(por razones fundadas: ampliable en 5 días más)
citación a juicio
plazo: 30 días
individualiza: a quienes deberán
concurrir •rendición prueba:•testimonial•pericial•declaración partes•documental•medios no regulados
• comparecencia personal• presencia eventualdel Consejo Técnico
Dictación: • oral en la audienciaEx: audiencia de más de 2 días: oral día hábil siguiente
Prueba Pericial y TestimonialPrueba Pericial y Testimonial
Renuencia a comparecer Renuencia a comparecer ( 34 i. 1º rr c/ 49 i. 2 )( 34 i. 1º rr c/ 49 i. 2 ) : :– Se procederá a apercibirlo con arresto por Se procederá a apercibirlo con arresto por
falta de comparecenciafalta de comparecencia
Renuencia a declarar Renuencia a declarar (34 i. 2 rr c/ 49 i. 2)(34 i. 2 rr c/ 49 i. 2)::– Se procederá a sancionarlo con reclusión Se procederá a sancionarlo con reclusión
menor en su grado medio a máximo menor en su grado medio a máximo (240 CPC)(240 CPC)
Procedimiento aplicación Procedimiento aplicación medidas de protecciónmedidas de protección
Hipótesis Hipótesis (68)(68)::– Necesidad de protección derechos de niñ@s o Necesidad de protección derechos de niñ@s o
adolescentes, cuando estos se vean amenazados o adolescentes, cuando estos se vean amenazados o vulnerados vulnerados
Objetivo:Objetivo:– Adoptar medidas cautelares especiales del art. 71 Adoptar medidas cautelares especiales del art. 71 (68 (68
rr 22 i.f)rr 22 i.f):: Provisorias: máximo 90 días, debe basarse en antecedentes Provisorias: máximo 90 días, debe basarse en antecedentes
suficientes (71 i 3 y f)suficientes (71 i 3 y f) Permanentes: deben fundamentarse, fijarse su duración, Permanentes: deben fundamentarse, fijarse su duración,
explicarse claramente los fundamentos, la duración, la explicarse claramente los fundamentos, la duración, la naturaleza y el objeto (75)naturaleza y el objeto (75)
RequerimientoRequerimiento ¿Quiénes pueden requerir?¿Quiénes pueden requerir?
el niño, niña o adolescenteel niño, niña o adolescente sus padressus padres quienes lo tengan bajo su cuidadoquienes lo tengan bajo su cuidado los profesores o el director del establecimiento educacional los profesores o el director del establecimiento educacional
al que asisteal que asiste los profesionales de la salud del servicio donde se atiendelos profesionales de la salud del servicio donde se atiende el SENAMEel SENAME cualquier persona cualquier persona que tenga interés en elloque tenga interés en ello
Basta con la petición de protección, sin Basta con la petición de protección, sin formalidad algunaformalidad alguna
Obligaciones de los establecimientos:Obligaciones de los establecimientos:– informar acerca de cumplimiento de medidas informar acerca de cumplimiento de medidas
adoptadas cada 3 meses adoptadas cada 3 meses (76)(76)
Obligaciones y facultades de los jueces:Obligaciones y facultades de los jueces:– visitar establecimientos residenciales, cada 6 visitar establecimientos residenciales, cada 6
meses máximo meses máximo (78)(78)
– recibir al niño, niña o adolescente en audiencia, recibir al niño, niña o adolescente en audiencia, cada vez que éste lo solicite cada vez que éste lo solicite (79)(79)
– posibilidad de suspender, modificar o dejar sin posibilidad de suspender, modificar o dejar sin efecto las medidas decretadas en cualquier efecto las medidas decretadas en cualquier momento momento (80)(80)
SeguimientoSeguimiento
Procedimiento de violencia Procedimiento de violencia intrafamiliarintrafamiliar
Inicio
• demanda• denuncia
Audiencia preparatoria
• medida cautelar
plazo: 10 días
citación
Posibilidad de poner término:• a requerimiento víctima, si denuncia la hizo un 3º
Sentencia
SCDS
Audiencia de juicio
InicioInicio Por demanda o denuncia Por demanda o denuncia (82)(82)
víctima, descendientes, ascendientes, guardadores o víctima, descendientes, ascendientes, guardadores o cuidadorescuidadores
Sólo por denuncia:Sólo por denuncia: Facultados para hacerlo Facultados para hacerlo (82)(82)
– cualquier persona que conozca directamente los hechos cualquier persona que conozca directamente los hechos (82 rr c/ (82 rr c/ 178 C Psal P)178 C Psal P)
Obligados a hacerloObligados a hacerlo– a todo evento: Carabineros, Investigaciones y Gendarmeríaa todo evento: Carabineros, Investigaciones y Gendarmería– restricitivamente: los empleados públicos, los dedicados al restricitivamente: los empleados públicos, los dedicados al
transporte, a la salud, a la educacióntransporte, a la salud, a la educación Situación de la víctima en la denunciaSituación de la víctima en la denuncia
– cuando denuncia la víctima: se transforma en partecuando denuncia la víctima: se transforma en parte– cuando denuncia un tercero: antes de la AP, se le pone en conocimiento a cuando denuncia un tercero: antes de la AP, se le pone en conocimiento a
la víctima, por el medio más idóneo, directo y seguro para su integridadla víctima, por el medio más idóneo, directo y seguro para su integridad
Normas facilitadoras del Normas facilitadoras del proceso en VIFproceso en VIF
Juzgados de “familia” o garantía y fiscales Juzgados de “familia” o garantía y fiscales (81)(81)
Adoptarán medidas cautelares si toman conocimiento de Adoptarán medidas cautelares si toman conocimiento de denuncia o demanda por VIF denuncia o demanda por VIF
Actuación Carabineros e Investigaciones Actuación Carabineros e Investigaciones (83)(83)
En caso de VIF que se esté cometiendo o ante llamadas En caso de VIF que se esté cometiendo o ante llamadas de auxilio u otros signos evidentes:de auxilio u otros signos evidentes:
– deben detener al agresor “si procede”; incautar deben detener al agresor “si procede”; incautar armas armas y y presentarlo al “tribunal competente” presentarlo al “tribunal competente”
Profesionales de la salud Profesionales de la salud (85)(85)
Al practicar exámenes y reconocimientos médicos,Al practicar exámenes y reconocimientos médicos,– deben practicar los que acreditan daño físico o psicológico, deben practicar los que acreditan daño físico o psicológico,
conservar pruebas, levantar acta y entregar copia a la víctima conservar pruebas, levantar acta y entregar copia a la víctima
Medidas cautelares Violencia Medidas cautelares Violencia IntrafamiliarIntrafamiliar
Enumeración no taxativa Enumeración no taxativa (92)(92):: Prohibir o restringir presencia del agresor en hogar Prohibir o restringir presencia del agresor en hogar
común o lugar de trabajo o estudioscomún o lugar de trabajo o estudios Alimentos ProvisoriosAlimentos Provisorios Determinar Cuidado Personal y Régimen Determinar Cuidado Personal y Régimen
Comunicacional Provisorios, de los niños, niñas y Comunicacional Provisorios, de los niños, niñas y adolescentesadolescentes
Asegurar la entrega material de efectos personales de Asegurar la entrega material de efectos personales de la víctima que opta por no regresar al hogar comúnla víctima que opta por no regresar al hogar común
Prohibir celebración de actos o contratosProhibir celebración de actos o contratos Prohibir porte o tenencia y/o incautar armas de fuego Prohibir porte o tenencia y/o incautar armas de fuego Decretar la reserva de identidad del 3º denuncianteDecretar la reserva de identidad del 3º denunciante Medidas especiales para adultos mayores, Medidas especiales para adultos mayores,
discapacitados e incapacitadosdiscapacitados e incapacitados
Medidas cautelares Violencia Medidas cautelares Violencia IntrafamiliarIntrafamiliar
DictaciónDictación– Si hay presencia de niños, niñas o adolescentes Si hay presencia de niños, niñas o adolescentes (92 i. f)(92 i. f)::
Posibilidad de aplicar además taxativas de protección del 71Posibilidad de aplicar además taxativas de protección del 71
– Duración Duración (92 i. 2)(92 i. 2):: 180 días renovables por una sola vez y por igual plazo180 días renovables por una sola vez y por igual plazo
Cumplimiento:Cumplimiento:– Comunicación a la víctima Comunicación a la víctima (93 i. 1º)(93 i. 1º)::
Por medio más expedito otorgándole certificaciónPor medio más expedito otorgándole certificación
– Ejecución Ejecución (93 i. 2)(93 i. 2):: Posibilidad auxilio fuerza pública con facultades especialesPosibilidad auxilio fuerza pública con facultades especiales
– Incumplimiento Incumplimiento (94)(94):: Arresto hasta 15 días y remisión antecedentes M P “para 240 CPC”Arresto hasta 15 días y remisión antecedentes M P “para 240 CPC”
Suspensión condicional de la Suspensión condicional de la dictación de la sentenciadictación de la sentencia
Procedencia Procedencia (96)(96):: Reconocimiento del agresorReconocimiento del agresor Presunción fundada de que no reincidiráPresunción fundada de que no reincidirá Acuerdo de las partesAcuerdo de las partes
Contenido del Acuerdo Contenido del Acuerdo (96)(96):: Obligaciones de carácter reparatorio y derivadas de las Obligaciones de carácter reparatorio y derivadas de las
relaciones de familia, las que pueden ser mediadas; y/u relaciones de familia, las que pueden ser mediadas; y/u Observancia medidas cautelaresObservancia medidas cautelares
Solemnidad Solemnidad (96 i. f)(96 i. f):: Inscripción de la suspensión en el Registro Especial de Inscripción de la suspensión en el Registro Especial de
Violencia Intrafamiliar del Registro CivilViolencia Intrafamiliar del Registro Civil
Suspensión condicional de la Suspensión condicional de la dictación de la sentenciadictación de la sentencia
Improcedencia Improcedencia (97)(97):: Si el juez estima conveniente la continuación del procesoSi el juez estima conveniente la continuación del proceso Demanda o denuncia previa por vif, cualquiera sea la víctimaDemanda o denuncia previa por vif, cualquiera sea la víctima Condena por delitos sexuales o contra las personasCondena por delitos sexuales o contra las personas
Efectos, transcurrido el año de suspensión Efectos, transcurrido el año de suspensión (98)(98)::– Si cumplió satisfactoriamente con las condiciones Si cumplió satisfactoriamente con las condiciones
impuestas:impuestas: Se dispone la omisión “en el certificado respectivo”, de la Se dispone la omisión “en el certificado respectivo”, de la
inscripción del Registro Civil inscripción del Registro Civil
– Si no cumplió: Si no cumplió: Se dicta sentencia Se dicta sentencia
– Si incurre en nueva violenciaSi incurre en nueva violencia Se acumulan los procesos y se dicta sentenciaSe acumulan los procesos y se dicta sentencia