Manual de Procedimientos de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos.
Período 2007-2013
16 de diciembre de 2009
Versión 0.0
INDICE
1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................ 4
1.1. Objeto y Estructura del manual........................................................................................................... 4 1.1.1. Objeto del manual........................................................................................................................ 4 1.1.2. Estructura del manual ................................................................................................................. 5
1.2. El Marco Organizativo ........................................................................................................................... 6 1.2.1. Autoridad de Gestión. .................................................................................................................. 7 1.2.2. Autoridad de Certificación .......................................................................................................... 9 1.2.3. Autoridad de Auditoría ..............................................................................................................10 1.2.4. Organismo Intermedio ..............................................................................................................12
1.3. Actualización y/o Modificación del manual....................................................................................16 1.4. Procedimiento de Gestión de las Actuaciones de Verificación....................................................18
2. ALCANCE Y CONTENIDO DE LAS VERIFICACIONES DE ARTÍCULO 13 DEL REGLAMENTO (CE)
1828/2006 DE LA COMISIÓN..................................................................................................................21
3. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO............................................................................................................25
4. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN SOBRE EL TERRENO DE LAS OPERACIONES COFINANCIADAS.
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4.1. Procedimientos de Verificación de la Dirección General de Planificación y Presupuesto. .....30 4.2. Procedimientos de Verificación con la colaboración de los Centros Gestores/Colaboradores 34 4.3. Tratamiento de los resultados obtenidos de las verificaciones efectuadas..............................37
5. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE VERIFICACIÓN REALIZADOS POR LOS CENTROS GESTORES. 40
5.1. Procedimiento de Verificación de la Dirección General de Transportes. ...................................42 5.1.1. Procedimiento de Verificación Administrativa ......................................................................42 5.1.2. Procedimiento de Verificación sobre el terreno. ...................................................................44
5.2. Procedimientos de Verificación de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.......................................................................................................................................47
5.2.1. Procedimiento de Verificación Administrativa. .....................................................................47 5.2.2. Procedimiento de Verificación sobre el terreno. ...................................................................50 5.2.3. Informe de resultados de las verificaciones administrativas y sobre el terreno....................51
5.3. Procedimientos de Verificación de la Dirección General de Recursos Económicos. ...............52 5.3.1. Procedimiento de Verificación Administrativa ............................................................................52 5.3.2. Procedimiento de Verificación sobre el terreno. .........................................................................55
6. PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN DE LAS VERIFICACIONES EFECTUADAS POR LOS CENTROS
GESTORES/COLABORADORES.................................................................................................................56
7. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES DESARROLLADAS EN LOS PROYECTOS
COFINANCIADOS CON CARGO A PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL.............................63
7.1. Verificaciones Administrativas..........................................................................................................65 7.2. Verificaciones sobre el terreno..........................................................................................................67
8. ORIENTACIONES A LAS VERIFICACIONES DE LOS GASTOS PAGADOS. ..............................................70
8.1. Elegibilidad de la operación...............................................................................................................70 8.2. Subvencionabilidad del gasto. ..........................................................................................................71
8.2.1. Subvencionabilidad de gastos por el Fondo Social Europeo...................................................71 8.2.2. Subvencionabilidad de gastos por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.....................76 8.2.3. Subvencionabilidad de gastos en el Programa de Cooperación MAC (Madeira-Azores-Canarias) .......................................................................................................................................................79
8.3. Justificación del gasto. .......................................................................................................................84 8.4. Cumplimiento de las normas nacionales y comunitarias.............................................................90 8.5. Realidad de los gastos declarados...................................................................................................98
ANEXO I: LISTAS DE COMPROBACIÓN: VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA................................................ 101
ANEXO II: DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS: REQUERIMIENTOS, INFORME,
COMUNICACIÓN RESULTADOS.............................................................................................................. 103
ANEXO III: DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES SOBRE EL TERRENO: NOTIFICACIONES, ACTAS
DE VERIFICACIÓN, LISTAS DE COMPROBACIÓN................................................................................. 104
ANEXO IV: DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES EFECTUADAS POR LA DGFPEA : CERTIFICADO Y
ACTAS DE LOS INSPECTORES EDUCATIVOS Y LISTAS DE COMPROBACIÓN DE LA DIRECCIÓN
GENERAL (FSE)........................................................................................................................................ 105
ANEXO V: LISTA DE COMPROBACIÓN DE LOS GASTOS DE DESPLAZAMIENTO PARA LA PRESTACION DE
LOS SERVICIOS SANITARIOS................................................................................................................. 106
ANEXO VI: LISTA DE COMPROBACIÓN DE LOS GASTOS DE SUBVENCIONES AL TRANSPORTE
INTERINSULAR DE MERCANCÍAS.......................................................................................................... 107
ANEXO VII: DOCUMENTACIÓN DE LAS COMPROBACIONES DE CALIDAD DE LAS VERIFICACIONES
EFECTUADAS POR LOS CENTROS GESTORES/COLABORADORES: NOTIFICACIONES, LISTAS E
INFORME.................................................................................................................................................. 108
ANEXO VIII: DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES EFECTUADAS EN LOS PROYECTOS
COFINANCIADOS CON LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL: DECLARACIONES DE
GASTOS PAGADOS Y LISTAS DE COMPROBACIÓN, INFORME DE VERIFICACIONES FÍSICAS ....... 109
ANEXO IX: REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CONTROLES EFECTUADOS POR PROFESIONALES
INDEPENDIENTES DURANTE LA TRAMITACIÓN DE LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.......... 110
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
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1. INTRODUCCIÓN
1.1. Objeto y Estructura del manual
1.1.1. Objeto del manual
El presente manual tiene por objeto cumplir las exigencias normativas establecidas en el
Reglamento (CE) 1083/2006, del Consejo1 y el Reglamento (CE) 1828/2006, de la
Comisión2, cuyo desarrollo se ha llevado a cabo por la Consejería de Economía y Hacienda
mediante la Orden de 10 de noviembre de 2009, por la que se establecen normas para la
gestión, seguimiento y control de las operaciones cofinanciadas con Fondos Estructurales.
Así mismo, se pretende que sirva para dar cumplimiento y desarrollo a lo previsto en la
descripción de los sistemas de gestión y control establecidos en los diferentes programas
operativos en los que participa el Gobierno de Canarias.
Además, es objetivo de este manual servir de herramienta de trabajo para las nuevas
incorporaciones, o de consulta para el personal encargado de llevar a cabo las tareas de
verificación y control establecidas en el artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/2006,
principal referente normativo al respecto.
A través de la elaboración del manual se pretende:
1. Describir y establecer las instrucciones precisas sobre QUIÉN, CUÁNDO, CÓMO
y DÓNDE se realizan las tareas de control y verificación;
2. Identificar a todos los participantes en el proceso de gestión;
3. Homogeneizar, simplificar y agilizar la tarea de los usuarios de la información.
Los procedimientos y orientaciones presentadas en este manual desarrollan las
orientaciones de la Comisión Europea establecidas en el documento COCOF 08/0020/04.
1 Reglamento (CE) 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión. 2 Reglamento (CE) 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) 1083/2006.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1.1.2. Estructura del manual
El manual cuenta con seis partes perfectamente identificables que corresponden a los ocho
apartados más los anexos en los que se divide. Estos cinco partes son las siguientes:
1. Introducción: destinada a proporcionar información sobre los distintos Programas
Operativos sobre los cuales se van a efectuar las tareas de verificación.
2. Información general: ofrece a todos los centros directivos y organismos implicados en
la gestión y control de los diferentes programas información relativa al alcance y
contenido de las tareas de verificación.
3. Información sobre los procedimientos: se describen los procedimientos seguidos en
las verificaciones administrativas y sobre el terreno, pudiendo distinguirse entre:
a. Verificación administrativa llevada a cabo por la Dirección General de
Planificación y Presupuesto.
b. Verificación sobre el terreno de la mencionada Dirección General.
c. Verificación sobre el terreno de los centros gestores/colaboradores.
4. Información sobre los procedimientos especiales: se describen los procedimientos de
verificación seguidos por algunos centros gestores/colaboradores para determinados
gastos en concreto, o los seguidos por la Dirección General de Planificación y
Presupuesto en los Programas de Cooperación Territorial.
5. Orientaciones: atendiendo a la naturaleza de los gastos declarados se detalla en qué
consiste la verificación administrativa como sobre el terreno.
6. Anexos: se detallan los modelos de listas de comprobación, actas de visita e informes
a cumplimentar en los que se incluirán los datos y resultados de las verificaciones
efectuadas.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
.2. El Marco Organizativo
AUTORIDADES ESTATALES RESPONSABLES FEDER FSE MAC
Autoridad de Gestión
Dirección
General de
Fondos
Comunitarios del
Ministerio de
Economía y
Hacienda
Unidad
Administrativa
del Fondo Social
Europeo
Dirección
General de
Planificación y
Presupuesto
Autoridad de Certificación
Dirección
General de
Fondos
Comunitarios del
Ministerio de
Economía y
Hacienda
Unidad
Administrativa
del Fondo Social
Europeo
Instituto
Financiero para o
Desenvolvimento
Regional, IP
Autoridad de Auditoría
Intervención
General de la
Administración
del Estado (IGAE)
Intervención
General de la
Comunidad
Autónoma de
Canarias
Intervención
General de la
Comunidad
Autónoma de
Canarias
ORGANISMO INTERMEDIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Organismo Intermedio Dirección General de Planificación y
Presupuesto de la Consejería de
Economía y Hacienda
Interlocutor
Regional de
Canarias
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1.2.1. Autoridad de Gestión.
AUTORIDAD DE GESTIÓN
-FEDER- Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda
-FSE-Unidad Administrativa del Fondo Social Europeo
-MAC- Dirección General de Planificación y Presupuesto
Funciones (artículo 60 del Reglamento (CE) Nº 1083/2006):
a) Garantizar que la selección de las operaciones se realiza conforme a los criterios
aplicables al programa operativo (“Criterios de selección de operaciones”,
aprobados por el Comité de Seguimiento) y a la normativa aplicable;
b) Realizar verificaciones administrativas o sobre el terreno para comprobar que se ha
llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de los servicios objeto de
cofinanciación, que se han efectuado realmente los gastos declarados por los
beneficiarios;
c) Garantizar que se dispone de un sistema informatizado de registro y
almacenamiento de datos contables relacionados con cada una de las operaciones
correspondientes al programa operativo, y que se procede a la recopilación de los
datos sobre la ejecución, necesarios para la gestión financiera, el seguimiento, las
verificaciones, las auditorías y la evaluación;
d) Asegurarse de que los beneficiarios y otros organismos participantes en la ejecución
de las operaciones mantienen un sistema de contabilidad separado o un código
contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con la
operación;
e) Garantizar que las evaluaciones de los programas operativos se llevan a cabo
reglamentariamente;
f) Establecer procedimientos que garanticen que se dispone de todos los documentos
sobre el gasto y las auditorías necesarios para contar con una pista de auditoría
apropiada;
g) Asegurarse de que la autoridad de certificación y la autoridad de auditoría disponen
de toda la información necesaria sobre procedimientos y comprobaciones
realizados en relación con el gasto a efectos de certificación y de auditoría,
respectivamente;
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
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AUTORIDAD DE GESTIÓN
h) Orientar al Comité de seguimiento y suministrarle los documentos que permitan
supervisar la calidad de la ejecución del programa operativo;
i) Elaborar y remitir a la Comisión, tras su aprobación por el Comité de seguimiento,
los informes de ejecución anual y final;
j) Garantizar el cumplimiento de los requisitos de información y publicidad
establecidos en el artículo 51 del Reglamento (CE) nº 1198/2006.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1.2.2. Autoridad de Certificación
AUTORIDAD DE CERTIFICACIÓN
-FEDER- Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda
-FSE- Unidad Administrativa del Fondo Social Europeo
-MAC- Instituto Financiero para o Desenvolvimento Regional, IP Funciones (artículo 58 apartado b) del Reglamento (CE) Nº 1083/2006):
a) Responsable de la certificación de las declaraciones de gastos y las solicitudes de
pago antes de su comunicación a la Comisión:
b) Elaborar y remitir a la Comisión las certificaciones de las declaraciones de gastos y
las solicitudes de pago.
c) Certificar que:
La declaración de gastos es exacta, se ha realizado aplicando sistemas de
contabilidad fiables y se basa en justificantes verificables,
Los gastos declarados se atienen a las normas nacionales y comunitarias
aplicables en la materia y han servido para financiar operaciones
previamente seleccionadas a tal fin, de conformidad con los criterios
aplicables al programa, y en cumplimiento de las disposiciones nacionales y
comunitarias;
d) Velar, a efectos de certificación, que ha sido convenientemente informada por la
autoridad de gestión de los procedimientos y las verificaciones llevados a cabo en
relación con el gasto incluido en las declaraciones.
e) Tomar nota, a efectos de certificación, de los resultados de las auditorías llevadas a
cabo por la autoridad de auditoría o bajo su responsabilidad;
f) Llevar registros contables en soporte electrónico del gasto declarado a la Comisión;
g) Mantener una cuenta de los importes recuperables y de los importes retirados
debido a la cancelación de toda o parte de la contribución a una operación. Los
importes recuperados antes de la clausura de un programa operativo y que deban
ser restituidos al presupuesto general de la Unión Europea a raíz de correcciones
financieras introducidas de conformidad con el artículo 97 se deducirán del
siguiente estado de gastos.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1.2.3. Autoridad de Auditoría
AUTORIDAD DE AUDITORÍA
-FEDER- Intervención General del Estado (IGAE)
- FSE/MAC- Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias
Funciones (artículo 62.1 del Reglamento (CE) Nº 1083/2006):
La IGAE ejerce las funciones descritas a continuación basándose en un sistema de control
integrado en el que también participan las Intervenciones Generales de las Comunidades
Autónomas, asegurándose su independencia funcional.
a) Auditorías para comprobar el funcionamiento eficaz del sistema de gestión y
control: La IGAE y las Intervenciones Generales de las Comunidades Autónomas
realizarán dentro de su ámbito de actuación las auditorías para comprobar el
funcionamiento eficaz del sistema de gestión y control del programa operativo, en
el marco de la estrategia de auditoría aprobada.
b) Auditorías de las operaciones: La IGAE y las Intervenciones Generales de las
Comunidades Autónomas realizarán las auditorías de las operaciones, basándose
en una muestra representativa que permita verificar el gasto declarado, en el marco
de la estrategia de auditoría aprobada.
c) Estrategia de auditoría: La IGAE presentará a la Comisión la estrategia de auditoría,
sobre la base de los acuerdos que se hayan alcanzado entre los diferentes órganos
de control.
d) Informe anual de control y dictamen sobre el funcionamiento del sistema de gestión
y control: el informe anual de control se basará en los controles y auditorias
realizados bajo la responsabilidad de la Autoridad de Auditoria, recogiendo las
constataciones de las auditorías realizadas y comunicando las deficiencias
observadas en los sistemas de gestión y control del programa.
e) Declaraciones de cierre parciales y finales: Las declaraciones de cierre parciales que
analicen la legalidad y regularidad de los gastos y la declaración de cierre final del
programa, en la que se evaluará la validez de la solicitud de pago del saldo y la
legalidad y regularidad de las transacciones, así como el informe final de control, se
presentarán por la IGAE de acuerdo con el mismo sistema de gestión compartida,
se emitirá un documento por parte de la Intervención General de la Comunidad
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
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AUTORIDAD DE AUDITORÍA
Autónoma de Canarias que servirá de base para la emisión de la declaración por la
IGAE.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1.2.4. Organismo Intermedio
ORGANISMO INTERMEDIO
- FEDER- Consejería de Economía y Hacienda
-FSE- Dirección General de Planificación y Presupuesto
Funciones (artículo 60 del Reglamento (CE) Nº 1083/2006):
a) Garantizar que la selección de las operaciones se realiza conforme a los criterios
aplicables al programa operativo (“Criterios de selección de operaciones”,
aprobados por el Comité de Seguimiento) y a la normativa aplicable;
b) Realizar verificaciones administrativas o sobre el terreno para comprobar que se ha
llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de los servicios objeto de
cofinanciación, que se han efectuado realmente los gastos declarados por los
beneficiarios;
c) Garantizar que se dispone de un sistema informatizado de registro y
almacenamiento de datos contables relacionados con cada una de las operaciones
correspondientes al programa operativo, y que se procede a la recopilación de los
datos sobre la ejecución, necesarios para la gestión financiera, el seguimiento, las
verificaciones, las auditorías y la evaluación;
d) Asegurarse de que los beneficiarios y otros organismos participantes en la ejecución
de las operaciones mantienen un sistema de contabilidad separado o un código
contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con la
operación;
e) Garantizar que las evaluaciones de los programas operativos se llevan a cabo
reglamentariamente;
f) Establecer procedimientos que garanticen que se dispone de todos los documentos
sobre el gasto y las auditorías necesarios para contar con una pista de auditoría
apropiada;
g) Asegurarse de que la autoridad de certificación y la autoridad de auditoría disponen
de toda la información necesaria sobre procedimientos y comprobaciones
realizados en relación con el gasto a efectos de certificación y de auditoría,
respectivamente;
h) Orientar al Comité de seguimiento y suministrarle los documentos que permitan
supervisar la calidad de la ejecución del programa operativo;
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
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ORGANISMO INTERMEDIO
i) Elaborar y remitir a la Comisión, tras su aprobación por el Comité de seguimiento,
los informes de ejecución anual y final;
j) Garantizar el cumplimiento de los requisitos de información y publicidad
establecidos en el artículo 51 del Reglamento (CE) nº 1198/2006.
Funciones (artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/2006):
a) Asegurarse de que los beneficiarios estén informados de las condiciones específicas
relativas a los bienes entregados o los servicios prestados en el marco de la
operación, el plan de financiación, el plazo límite de ejecución y la información
financiera y de otro tipo que se ha de conservar y comunicar.
b) Llevar a cabo las funciones previstas en el artículo 60, letra b) del Reglamento (CE)
1083/2006.
c) Asegurarse de que cuando sea beneficiaria en el marco del programa Operativo, los
acuerdos de verificación garanticen la adecuada separación de funciones prevista
en el artículo 58, letra b), del Reglamento (CE) 1083/2006.
INTERLOCUTOR REGIONAL DE CANARIAS
- MAC- Servicio de Control del Órgano Intermedio (Dirección General de Planificación y
Presupuesto)
Funciones (artículo 16 del Reglamento (CE) Nº 1080/2006):
Se ha creado una Red de tres Interlocutores Regionales (uno en cada región) que tiene
como función principal promover el programa en su territorio y validar los gastos de los
socios de sus respectivas regiones.
El Programa ha establecido que los responsables de llevar a cabo las verificaciones
especificadas en la letra b) del artículo 60 del Reglamento (CE) nº 1083/206 sean los
Interlocutores Regionales mediante un sistema de control que permitirá verificar el
suministro de los bienes y servicios cofinanciados, la veracidad del gasto declarado en
concepto de operaciones o partes de operaciones realizadas en su territorio (región), y la
conformidad de tal gasto y de las operaciones, o partes de operaciones conexas, con las
normas comunitarias y sus normas nacionales.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
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INTERLOCUTOR REGIONAL DE CANARIAS
Funciones Programa de Cooperación Transnacional Madeira-Azores- Canarias 2007 y 2013:
Los Interlocutores verifican durante el proceso de evaluación de proyectos para informar al
Comité de Gestión los siguientes aspectos:
a) La competencia y capacidad de las entidades de sus regiones respectivas
participantes en los proyectos,
b) la veracidad de las contrapartidas financieras de todos los socios de su región,
c) y el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad de oportunidades y
medio ambiente en relación a los proyectos donde existan beneficiarios de su
región.
En cumplimiento de las verificaciones de los gastos de los socios de su región, establecidas
en el artículo 60. b) del Reglamento (CE) 1083/2006, los Interlocutores Regionales
ejercerán las siguientes funciones establecidas en el documento de programación:
a) Dar información y asistencia técnica necesaria a las organizaciones, entidades o
instituciones de su región para la correcta gestión de sus declaraciones de gastos.
b) Asegurar el control de la gestión y de la ejecución de los proyectos de su región,
especialmente en lo relativo a las certificaciones de gastos de los Jefes de Fila y
socios.
c) Comprobar que se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de
servicios objeto de cofinanciación, que se ha efectuado realmente el gasto
declarado por los beneficiarios en relación con las operaciones y que éste cumple
las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia.
d) Promover el programa en su ámbito geográfico correspondiente.
El programa establece que en el supuesto de que la verificación del suministro de los
bienes y servicios cofinanciados sólo pueda efectuarse respecto de la operación en su
integridad, la verificación corresponderá al responsable del control de la región o Estado
miembro donde esté situado el beneficiario principal o a la autoridad de gestión.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1.2.4. Centros Gestores/Colaboradores
Centros Gestores/Colaboradores
Funciones (Descripción de los Sistemas de Gestión y Control FSE 2007-2013)
a) Proporcionar a los beneficiarios las orientaciones necesarias para la gestión de los proyectos cofinanciados.
b) Realizar actuaciones de verificación de los proyectos que ejecuten que se encuentren cofinanciados tanto de carácter administrativo como verificaciones sobre el terreno que les hayan sido encomendadas.
c) Procederá al almacenamiento de los datos contables relacionados con cada una de las operaciones que ejecute en el ámbito de su competencia en la Aplicación Informática de Fondos Europeos que posee el Organismo Intermedio, y que permita al mismo tiempo el suministro de información al sistema informático de FSE 2007.
d) Se asegurará que los beneficiarios y otros organismos participantes en la ejecución de las operaciones mantienen un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación.
e) Garantizará que se dispone de toda la documentación sobre el gasto, las verificaciones y las auditorías necesarias para contar con una pista de auditoría apropiada.
f) Garantizará que dicha documentación se encuentre a disposición del Organismo Intermedio, así como del resto de las autoridades del Programa, de la Comisión y del Tribunal de Cuentas hasta un periodo que finaliza tres años después del cierre del Programa.
g) Suministrará toda la información y documentación que le requiera el Organismo Intermedio en relación con el gasto objeto de certificación, así como toda la información que sea necesaria para la elaboración de los Informes Anuales de Ejecución y del Informe Final.
h) Se responsabilizará de la inmediata corrección de las irregularidades e incidencias observadas en los informes de control emitidos por cualquier órgano regional, nacional o comunitario.
i) Respetará, en la ejecución de las operaciones, las normas sobre subvencionabilidad de los gastos establecidos por la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo así como el resto de normativa autonómica, nacional y comunitaria que sea de aplicación en la ejecución de los proyectos cofinanciados.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1.3. Actualización y/o Modificación del manual
El manual puede ser objeto de revisión y actualización. Este procedimiento puede darse
cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias (con carácter orientativo y no
exhaustivo):
1. Nuevas directrices de la Comisión o de la Autoridad de Gestión.
2. Actualización y/o modificación de normativa aplicables.
3. Aplicación de recomendaciones incluidas en informes sobre auditorías.
4. Propuestas de mejoras formuladas por alguno de los agentes implicados en el
programa
5. Modificaciones en los programas aprobados o de los criterios de selección de las
operaciones que den lugar a la aprobación de operaciones de distinta naturaleza
que exijan el diseño de nuevos procedimientos de verificación o provoquen cambios
en los procedimientos descritos en el manual.
6. Cualquier otra circunstancia que aconseje su revisión.
El manual podrá ser actualizado tantas veces como sea necesario, quedando constancia
documental de su revisión, modificación, y fechas de difusión en su caso. Cada versión
actualizada reflejará la fecha y el número de versión (esta última con números correlativos
partiendo de la versión inicial 0.0).
El manual, que debe ser aprobado por la Dirección General de Planificación y Presupuesto,
está a disposición de las siguientes personas y organismos en soporte informático y papel:
1. Centros Gestores/Colaboradores
2. Técnicos del Servicio de Control
3. Empresas contratadas externamente
En el proceso de actualización, la Dirección General de Planificación y Presupuesto realiza la
revisión y elabora las posibles modificaciones, por iniciativa propia, a propuesta de la
Autoridad de Gestión, los Centros Gestores/Colaboradores, el Servicio de Control o de los
resultados obtenidos del trabajo de Empresas externas, siendo la propia Dirección General de
Planificación y Presupuesto quien aprobará las modificaciones del manual.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Cada vez que sea actualizado el manual, la Dirección General de Planificación y Presupuesto
procederá a comunicar los cambios realizados a las personas y organismos que dispongan
del manual.
Con este proceso, se garantiza el mantenimiento de la trazabilidad de dichos cambios
durante toda la vida del programa Operativo (PO) de Canarias para el periodo 2007-2013, es
decir, garantiza que se va a conservar la información de los procedimientos que sean
modificados/sustituidos de forma que sea posible reconstruir en el futuro los que eran
aplicables en un momento determinado de la vida del programa.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1.4. Procedimiento de Gestión de las Actuaciones de Verificación
Como hemos mencionado con anterioridad, la verificación puede ser definida como la
comprobación ex ante, es decir, anterior a la certificación de pagos a la Comisión que, a
través de la Autoridad de Certificación, lleva a cabo la Autoridad de Gestión, o bien el
Organismo Intermedio por delegación de éste.
En el nuevo período de programación, y para dar cumplimiento a la nueva normativa
europea, las tareas de verificación serán realizadas conforme a lo previsto en el Capitulo IV
de la Orden de 10 de noviembre de 2009, por la que se establecen normas para la gestión,
seguimiento y control de las operaciones cofinanciadas con Fondos Estructurales.
Dichas verificaciones se efectuarán por la Dirección General de Planificación y Presupuesto
con medios propios o ajenos y con la colaboración de los Centros Gestores/Colaboradores,
distribuyéndose de la siguiente manera, los trabajos a realizar:
1) Verificación del Centro Gestor/Colaborador, como responsable de la correcta ejecución
de las operaciones cofinanciadas:
• Verificaciones sobre el terreno realizadas por todos los Centros
Gestores/Colaboradores de proyectos cofinanciados tanto en el Programa
Operativo de Canarias FEDER 2007-2013 como en el Programa Operativo de
Canarias FSE 2007-2013 que conforme a la descripción de los sistemas de gestión
y control colaboren en dichas tareas. Las verificaciones físicas, que podrán
realizarse mediante la selección de una muestra representativa, se efectuarán
conforme a los procedimientos establecidos en este manual por el Organismo
Intermedio así como las instrucciones que se emitan al efecto.
Cuando las verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas de un
programa operativo se realicen por muestreo, se deben conservar registros en los
que describa y justifique el método de muestro y se identifiquen las operaciones o
transacciones seleccionadas para ser verificadas.
El Organismo Intermedio validará la selección de la muestra realizada por los
Centros Gestores/Colaboradores.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
• Verificaciones administrativas, realizadas sólo por los siguientes Centros
Gestores/Colaboradores:
1. Dirección General de Transportes respecto a los gastos de funcionamiento
declarados en el eje 9 del Programa Operativo de Canarias FEDER 2007-
2013.
2. Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos
respecto a los gastos declarados en el eje 3 del el Programa Operativo de
Canarias FSE 2007-2013.
3. Dirección General de Recursos Económicos respecto a los gastos de
funcionamiento declarados en el eje 9 del Programa Operativo de Canarias
FEDER 2007-2013.
Estas verificaciones se efectuarán sobre el 100% del gasto declarado y
conforme a los procedimientos establecidos por el Organismo Intermedio en
este manual así como las instrucciones que se emitan al efecto. Así mismo, se
efectuarán actuaciones de comprobación de los trabajos efectuados por los
Centros Gestores/Colaboradores por parte de la Dirección General de
Planificación y Presupuesto con el fin de asegurarse de la calidad de las
verificaciones efectuadas por los mismos.
2) Verificación del Órgano Intermedio, en este caso la Dirección General Planificación y
Presupuesto. Estas verificaciones deben ser:
• Verificaciones administrativas del 100% del gasto declarado por todos los Centros
Gestores/Colaboradores, excepción hecho a los Órganos anteriormente
mencionados que colaboran en las tareas de verificación.
• Verificaciones administrativas e/o “in situ”, por muestreo de las actuaciones de
verificación realizadas por los Centros Gestores/Colaboradores con la finalidad de
comprobar los trabajos efectuados.
• Verificaciones sobre el terreno de las operaciones que conforme a lo previsto en la
descripción de los sistemas de gestión y control deba efectuar la Dirección General
de Planificación y presupuesto, sin perjuicio, de que los Centros
Gestores/Colaboradores presten la máxima colaboración en el ejercicio de dichas
actuaciones.
19
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
En este ámbito, las verificaciones tienen por objeto lo siguiente:
1) Comprobar con carácter previo a la certificación, que los gastos declarados se
corresponden con gastos efectivamente abonados por los destinatarios de las ayudas
y que en su realización se ha cumplido con la normativa comunitaria de aplicación.
2) Comprobar y garantizar que los procedimientos de verificación desarrollados por los
Centros Gestores/Colaboradores en las verificaciones sobre el terreno y, en su caso,
en las verificaciones administrativas garantizan una utilización eficaz y regular de los
fondos.
Dentro de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, el Servicio de Control es el
responsable de la realización de las verificaciones, así como de la supervisión y coordinación
de las verificaciones en las que colaboran los Centros Gestores/Colaboradores.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
2. ALCANCE Y CONTENIDO DE LAS VERIFICACIONES DE ARTÍCULO 13
DEL REGLAMENTO (CE) 1828/2006 DE LA COMISIÓN.
Tal y como hemos mencionado con anterioridad, el artículo 13 del Reglamento (CE)
1828/2006, constituye la principal referencia normativa europea en cuanto a las
actuaciones de verificación exigidas a la autoridad de Gestión, y por delegación al Organismo
Intermedio, en el artículo 60, letra b) del Reglamento (CE) nº 1083/2006.
Conforme al mismo, las verificaciones abordarán los aspectos administrativos, financieros,
técnicos y físicos de las operaciones.
A este respecto, los objetivos generales del trabajo en estas verificaciones son:
a) Verificar que la operación cumple con los criterios de selección aprobados por el
Comité de Seguimiento para el FEDER, FSE o con el formulario de candidatura
aprobado por el Comité de Gestión para los proyectos del programa Cooperación
Territorial. Además habrá de cumplir con lo previsto en la decisión aprobatoria,
proyecto aprobado, resolución de concesión, contrato administrativo y pliegos que la
desarrolle.
b) Verificar que los gastos declarados se corresponden con los registros contables y la
documentación acreditativa que obran en poder de los Centros
Gestores/Colaboradores. Con carácter general, verificar que se han seguido los
procedimientos contables públicos del Gobierno de Canarias así como de otras AAPP
o de los organismo autónomos o entidades dependientes, excepto en el caso de
inversiones ejecutadas por empresas públicas, en que se verificará el cumplimiento
de sus procedimientos contables internos.
c) Verificar la realidad de los gastos declarados y la realización del proyecto
cofinanciado, desde la fase de instrucción del mismo hasta la puesta en
funcionamiento de la inversión proyectada.
d) Verificar la subvencionabilidad de los gastos, de acuerdo a lo establecido en la
normativa comunitaria y nacional:
Artículos del 48 al 53 del Reglamento (CE) 1828/2006, de la Comisión, de
8 de diciembre de 2006, por el que se fijan las normas de desarrollo para
el Reglamento (CE) 1083/2006, por el que se establecen las disposiciones
generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento 1080/2006 del
21
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
22
Parlamento Europeo y el Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional.
Artículo 7 del Reglamento (CE) 1080/2006, del Parlamento Europeo y el
Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional.
Artículo 11 del Reglamento (CE) 1081/2006, del Parlamento Europeo y el
Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Social Europeo.
Artículo 56 del Reglamento (CE) 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de
2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al
Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo
de Cohesión.
Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre de 2008, por la que se
determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social europeo
durante el periodo de programación 2007-2013, modificada por la Orden
TIN/788/2009.
Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se aprueban las
normas sobe los gastos subvencionables de los programas operativos del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo de Cohesión.
e) Verificar que los gastos declarados por el beneficiario son conformes a las normas
comunitarias y nacionales, así como conforme a las políticas comunitarias. Se deben
comprobar especialmente los siguientes aspectos:
1. Normas de contratación pública: se deben verificar los procedimientos y las
formas de adjudicación de los contratos, cuando la operación verificada
haya sido ejecutada por Administraciones Públicas así como por
organismos y entidades dependientes o empresas públicas3 directamente,
o bien mediante encargo de ejecución, comprobando su conformidad con
la normativa comunitaria de contratación pública, especialmente con la
3 Así como cualquier otra entidad o fundación que tenga la condición de “poder Adjudicador” conforme a la normativa aplicable.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
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Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo4 y con la Ley
30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
2. Normas de competencia: se debe comprobar que el gasto está amparado
por un régimen de ayudas, aprobado por un reglamento de exención5 o “de
mínimis”6, así como comprobar que no existen ayudas concurrentes e
incompatibles, que no se supera en ningún caso el coste de las actividades
subvencionadas, que el porcentaje de la ayuda no supera el porcentaje
máximo permitido por el Fondo y que la ayuda junto con otras no
incompatibles no superan el porcentaje máximo permitido para el conjunto
de la financiación europea.
3. Normas de Protección del Medio Ambiente: se debe verificar que la
operación en cuestión se ha sometido a las medidas de prevención
ambiental de la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto
Ecológico o bien consta de informe razonado sobre la exclusión de la
operación de la aplicación de la Ley, asimismo se deberá verificar que
cumple con establecido en las directivas comunitarias7 así como su posible
afección a la Red Natura 2000.
4. Normas de Igualdad de Oportunidades: se debe comprobar, en especial en
las ayudas relacionadas con el acceso al empleo, la formación o en
materia de condiciones de trabajo, que la actuación promueva la
eliminación de desigualdades y el fomento de la igualdad de entre
hombres y mujeres y en particularidad la igualdad de oportunidades en lo
referente al estado civil o familiar, de religión o convicciones, de
discapacidad, de edad o de orientación sexual.
5. Normas de Información y Publicidad: se ha de verificar que en todas las
actuaciones cofinanciadas con Fondos Europeos se han desarrollado las
4 Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministros y de servicios. 5 Reglamento (CE) 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento General de exención por categorías). 6 Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión, de15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas mínimis. 7 Directiva 85/337/CEE sobre evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el Medio Ambiente, modificada por la Directiva 97/11/CE.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
actuaciones oportunas en materia de información y publicidad, conforme a
lo establecido en el artículo 69 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del
Consejo, de 11 de julio y en los artículos 6, 8 y 9 del Reglamento (CE) nº
1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre.
f) Verificar que, en el caso de existir transferencias de recursos a favor de cualquier
Administración, institución, organismo, empresa pública o persona física o jurídica, y
según se trate de subvenciones, aportaciones dinerarias, encomiendas, convenios o
contratos programas, la actuación siga siendo conforme a las normas comunitarias
aplicables.
g) Verificar que se ha abonado la contribución pública al beneficiario, es decir que se ha
abonado el importe correspondiente a la participación del Gobierno de Canarias, o en
su caso, de organismos o entidades dependientes a los proyectos cofinanciados.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
25
3. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO.
El Servicio de Control de la Dirección General de Planificación y Presupuesto iniciará el
procedimiento de verificación, una vez recibida la declaración de gastos presentada por el
Centro Gestor/Colaborador. Este procedimiento de verificación es previo a la certificación del
Órgano Intermedio a la Autoridad de Gestión.
El Centro Gestor/Colaborador deberá remitir a la Dirección General de Planificación y
Presupuesto, junto a la declaración de gastos, copia de los expedientes administrativos
tramitados para la ejecución de los gastos declarados, ya sea mediante microficha o
versiones electrónicas de documentos originales garantizando que son copia fiel del original
cuya custodia o conservación le corresponda8.
En aquellos casos en los que debido al volumen de los expedientes administrativos sea
necesario que la verificación se realice en el lugar en el que se éstos se encuentren
custodiados, el Centro Gestor/Colaborador deberá informar de este hecho a la Dirección
General de Planificación y Presupuesto, así como disponer de un lugar donde realizar los
trabajos de verificación.
Asimismo, en aquellos casos en los que la gestión de los expedientes objeto de verificación
no sea llevada a cabo por el Centro Gestor/Colaborador, sino por algún centro colaborador
del mismo, será obligación del Centro Gestor/Colaborador el recabar toda la documentación
relativa a dichos expedientes, así como mantener la comunicación con dichos centros
colaboradores, con el fin de facilitar las tareas de verificación a la Dirección General de
Planificación y Presupuesto.
Una vez que los expedientes administrativos se encuentren a disposición del Servicio de
Control, se iniciará el procedimiento de verificación conforme a lo previsto en el apartado de
orientaciones, y que abordará los aspectos administrativos, financieros, y técnicos de las
operaciones. Dichos trabajos se efectuarán con el alcance previsto en el epígrafe anterior.
Las labores de verificación se efectuarán cumplimentando las listas de verificación
8 Se admitirán como soporte de datos generalmente aceptados la fotocopia de documentos originales así como copias de pantalla de documentos que sólo existan en versión electrónica (o acceso a los sistemas informáticos que los genera).
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
26
correspondientes9, en las cuales serán obligatorias, con independencia de la naturaleza de
los proyectos las siguientes10:
1. Lista de comprobación de Justificación Económica.
2. Lista de Comprobación de las Operaciones Cofinanciadas (sólo para las
verificaciones de gastos cofinanciados con FEDER).
3. Lista de comprobación de Subvencionabilidad, según se trate de operaciones
cofinanciadas por FSE o FEDER y Fondo de Cohesión.
4. Lista de comprobación de Pista de Auditoría.
5. Lista de comprobación de Competencia.
6. Lista de comprobación de la normativa de Medio Ambiente.
7. Lista de comprobación de Información y Publicidad.
8. Lista de comprobación de la normativa de Igualdad de Oportunidades.
Será imprescindible, en el ámbito del Programa Operativo de Canarias FEDER 2007-2013,
para la aprobación de las operaciones dadas de alta por los Centros Gestores, la verificación
de los aspectos indicados en las listas de Comprobación de Operaciones y de Medio
Ambiente. Dichas listas se cumplimentarán por los centros gestores a la hora de dar de alta
las operaciones y se comprobará por el Servicio de Control.
El resto de las listas previstas en el manual se cumplimentarán dependiendo de si la
operación cofinanciada corresponde a una subvención, contrato, convenio o encomienda:
1. Lista de comprobación de las bases/convocatorias y órdenes de subvención del
procedimiento de concesión.
2. Lista de comprobación de la instrucción y concesión de subvenciones.
3. Lista de comprobación de la normativa de contratación, según se trate de
contratos regidos por el TRLCSP o por la LCSP.
4. Lista de comprobación de Convenios.
5. Lista de comprobación de Encomiendas.
9 Ver Anexo I 10 Salvo en los procedimientos especiales previstas en el apartado siguiente de este Manual en los que se cumplimentará las listas previstas expresamente en el procedimiento establecido.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
27
Se efectuarán cuantos requerimientos11 se consideren necesarios solicitando la
documentación/información imprescindible destinada a permitir la verificación de los
aspectos indicados en las mencionadas listas. En aquellos casos en los que la
documentación requerida sea de extrema importancia, se prevé el envío de un nuevo
requerimiento al Centro Gestor/Colaborador, pudiendo éste solicitar una prórroga del plazo
de presentación. Si aún en este último caso, dicha documentación no es aportada, se dará
por concluida la verificación con la información disponible hasta ese momento.
Finalizadas las verificaciones administrativas, y en su caso las verificaciones sobre el terreno,
al que hace referencia el apartado siguiente de este manual, se procederá a la emisión del
informe 12, en el que se deberá indicar las consecuencias de las irregularidades detectadas y
si procede o no la corrección total o parcial de los gastos declarados. Dichos resultados
provisionales con las recomendaciones que se consideren oportunas se comunicarán a los
Centros Gestores/Colaboradores que contarán con un plazo de 15 días naturales para que
aporten la documentación/información que se considere necesaria para subsanar las faltas
o deficiencias detectadas, así como para efectuar las alegaciones oportunas.
Si aún en este último caso, dicha documentación no es aportada, se dará por concluida la
verificación con la información disponible elevando a definitivas las conclusiones obtenidas y
procediéndose, en su caso, a la corrección total o parcial de los gastos declarados.
En el caso de que una vez transcurrido el plazo de alegaciones, éstas hayan sido presentadas
por el Centro Gestor/Colaborador junto a la documentación requerida, la Dirección General
de Planificación y Presupuesto estudiará el contenido y procedencia de las mismas,
emitiéndose el informe definitivo, del que se eliminarán las salvedades que se hayan
considerado solventadas a la luz de la documentación aportada.
Las irregularidades detectadas pueden ser de carácter puntual o sistemático, no obstante lo
anterior, al ser depuradas al 100% se garantiza que los gastos certificados a la Comisión se
encuentran libres de cualquier irregularidad. En todo caso, la Dirección General de
Planificación y Presupuesto se encargará de realizar las oportunas recomendaciones a los
Centros Gestores/Colaboradores para corregir los errores detectados y mejorar los sistemas
de gestión.
11 Ver Anexo II 12 Ver Anexo II
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
El procedimiento de verificación descrito se representa en el siguiente diagrama:
Ejecución del gasto
Conservación de la documentación
acreditativa/ remisión con la declaración de gastos
Verificación documental de carácter administrativo: Sobre el 100% de los gastos a declarar Listas de comprobación Garantía de Principio de separación de funciones
RESULTADOS PROVISIONALES/COMUNICACIÓN/PLAZO 15 DÍAS ALEGACIONES
Subsanación de las faltas o deficiencias
Se procede a la certificación de los gastos
SÍ
PositivoNegativo
Exclusión de la declaración de gastos, de conceptos o expedientes con irregularidades
RESULTADO
Recopilación de la información: requerimientos
NO
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
4. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN SOBRE EL TERRENO DE LAS
OPERACIONES COFINANCIADAS.
Entendemos por verificaciones sobre el terreno, a aquellas inspecciones físicas que tienen
como objetivo la obtención de evidencias de la realidad física de las operaciones,
especialmente de los siguientes aspectos:
a) Que los bienes o servicios cofinanciados se encuentran efectivamente realizados
o están en ejecución conforme al proyecto aprobado.
b) Que el beneficiario ha cumplido con lo establecido en la normativa de información
y publicidad.
c) Que el beneficiario ha cumplido, en su caso, con lo establecido en normativa de
medio ambiente.
d) En su caso, que la inversión se mantiene durante el plazo mínimo establecido en
la normativa de comunitaria y nacional de aplicación.
Las verificaciones sobre el terreno se efectuarán o por la Dirección General de Planificación y
Presupuesto o, en su caso, con la colaboración de los Centros Gestores, conforme a lo
previsto en los artículos 6 y 17 de la Orden de 10 de noviembre de 2009.
En todo caso, dichas verificaciones se enmarcarán en el Plan Anual de Verificación aprobado
por la Dirección General de Planificación y Presupuesto a la cual le corresponde, a su vez,
revisar anualmente el método de muestreo.
Para la elaboración del mencionado plan se tendrá en cuenta el “Documento de orientación
sobre las verificaciones de gestión que los Estados miembros deben realizar de las
actividades cofinanciadas por los Fondos estructurales y el Fondo de Cohesión para el
período 2007-2013 del COCOF 08/0020/04”.
Formará parte de dicho Plan Anual de Verificación las actuaciones destinadas a comprobar el
cumplimiento del mantenimiento de las inversiones así como de las condiciones que se
hayan tenido en cuenta para la aprobación de la operación exigida en el artículo 57 del
Reglamento (CE) 1083/2006.
Para la realización de dichas verificaciones se tendrán en cuenta lo previsto en este apartado
así como las orientaciones establecidas en el apartado 8 de este manual.
29
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
30
4.1. Procedimientos de Verificación de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
Corresponderá a la Dirección General de Planificación efectuar, con carácter general las
verificaciones sobre el terreno de aquellas actuaciones ejecutadas por los Centros Gestores
directamente mediante contratación pública. Se incluye en este supuesto los gastos
cofinanciados por los mencionados gestores con cargo a la asistencia técnica de los
programas operativos. En todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en la “Descripción de los
Sistemas de Gestión y Control” de este Organismo Intermedio aprobada por la Comisión
Europea.
En cualquier caso, el procedimiento para llevar a cabo las verificaciones será el siguiente:
1) Selección de la muestra.
La Dirección General de Planificación y Presupuesto en cumplimiento de lo previsto en Plan
Anual de Verificación, procederá a la selección de la muestra.
Se conservará un registro en el SIGFE que describa el método de muestreo utilizado y se
identifiquen las operaciones seleccionadas, garantizando la representatividad de la muestra.
El método de muestreo se revisará anualmente, teniendo en cuenta las recomendaciones de
otros órganos de control, nacionales y comunitarios, así como los resultados obtenidos en
verificaciones efectuadas que permitan una mejor evaluación del riesgo.
2) Notificación de las actuaciones de verificación a llevar a cabo.
Una vez obtenida la muestra de las operaciones a verificar, será la Dirección General de
Planificación y Presupuesto la encargada de elaborar y enviar las notificaciones13 a aquellos
Centros Gestores/Colaboradores encargados de las operaciones incluidas en la muestra.
En las notificaciones se harán constar todos los datos de la operación objeto de verificación,
así como toda la documentación que el verificador necesita para realizar su trabajo y que
deberá ser aportado por el Centro Gestor/Colaborador. Las notificaciones deberán contener,
como mínimo, la siguiente información:
13 Ver anexo III
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1. Todos los datos de la operación (número de la operación, beneficiario, importe objeto
de verificación, etc.).
2. Documentación a aportar por el Centro Gestor/Colaborador en su caso.
3. Nombre y cargo del verificador.
La notificación será enviada a los Centros Gestores/Colaboradores de las operaciones objeto
de verificación a la atención de la/s persona/s responsables de los proyectos, debiendo estar
firmadas por el Director General de Planificación y Presupuestos.
Las notificaciones serán enviadas por correo, vía fax o correo electrónico, debiendo conservar
la Dirección General de Planificación y Presupuesto una copia tanto de la notificación, como
de cualquier elemento justificativo de su recibo por parte de los Centros
Gestores/Colaboradores.
Las notificaciones deberán contener, asimismo, los datos de contacto tanto del Director
General de Planificación y Presupuesto, como de la persona encargada de realizar las
verificaciones, con el fin de que los Centros Gestores/Colaboradores puedan aclarar las
posibles dudas.
Una vez notificadas, se programará las visitas para lo cual se acordará con los centros
gestores, los siguientes extremos:
1. Fecha de la visita.
2. Lugar de la visita: las verificaciones tendrán lugar en sitio en el que se ha
desarrollado la operación por parte del Centro Gestor/Colaborador.
3. Nombre del personal del Centro Gestor que acompañará al verificador
encargándose de aclarar las dudas en los aspectos técnicos y de ejecución del
proyecto objeto de comprobación.
3) Realización de las visitas de los proyectos cofinanciados.
Una vez notificadas, se efectuarán las visitas cuyo objetivo consistirá, principalmente, en
constatar la realidad de los siguientes aspectos:
1. Que los bienes o servicios cofinanciados se encuentran efectivamente realizados o
están en ejecución.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
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2. Que el beneficiario ha cumplido con lo establecido en la normativa de información y
publicidad.
3. Que el beneficiario ha cumplido, en su caso, con lo establecido en normativa de
medio ambiente.
4. En su caso, que la inversión se mantiene durante el plazo mínimo establecido en la
normativa de comunitaria y nacional de aplicación.
Las visitas físicas se llevarán a cabo tras la verificación administrativa de las operaciones, si
procede. En tal sentido señalar que, atendiendo a la naturaleza de la operación seleccionada,
podrá ser objeto de varias visitas de verificación a lo largo de su ejecución, por ejemplo, en el
supuesto de proyectos de carácter plurianual.
En aquellos casos en que no sea posible la verificación física de la operación una vez
finalizada su ejecución, se procederá, en la medida que sea posible, a su visita durante su
realización.
En caso de que las comprobaciones físicas no sea posible, por la naturaleza y/o temporalidad
de las operaciones, el verificador deberá obtener evidencias documentales, durante la
revisión del expediente administrativo, que le permitan formular conclusiones sobre la
realidad de la operación. En estos casos, el Centro Gestor/Colaborador deberá incluir entre la
documentación del expediente, evidencias y pruebas de la efectiva realización de las
operaciones, tales como fotografías, actas de recepción, material divulgativo, etc.
De las visitas efectuadas se levantarán las correspondientes actas previstas en este
manual14 y se recabará el material fotográfico y de otro tipo que se considere oportuno. No
obstante lo anterior, las verificaciones sobre el terreno podrán consistir en la comprobación
de los documentos que acrediten la efectiva ejecución de las operaciones cofinanciadas para
lo cual se tendrá en cuenta lo previsto en el apartado 8 de este manual.
5) Emisión del Informe
Una vez finalizadas las verificaciones in situ, se comunicarán los resultados provisionales
obtenidos y podrán efectuarse requerimientos al centro gestor, sobre todo, en aquellos casos
en los que el resultado de la visita no resulte concluyente o falte documentación que aportar,
14 Ver anexo III
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
33
para lo cual se concederá un plazo de 15 días naturales para su contestación, transcurridos
los cuales y previo análisis de la información aportada, en su caso, se emitirá el
correspondiente informe15 con los resultados tanto de la verificación administrativa como
sobre el terreno efectuadas por el Servicio de Control.
Así mismo, el técnico encargado del control cumplimentará la correspondiente lista de
comprobación in situ16 que se anexará al informe que se emita. Así mismo, se procederá a
efectuar las correcciones financieras que corresponda en las declaraciones de gastos
enviadas por los Centros Gestores.
Tanto las listas de comprobación como las correcciones se efectuarán el Sistema Informático
de Fondos Europeos (SIGFE).
15 Ver anexo II 16 Ver anexo III
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
4.2. Procedimientos de Verificación con la colaboración de los Centros Gestores/Colaboradores
Conforme a lo previsto en los artículos 6 y 17 apartado 6 de la Orden de 10 de noviembre de
2009, los Centros Gestores/Colaboradores participarán en las verificaciones sobre el terreno
de aquellos proyectos que no sean ejecutados directamente por ellos.
Dichas verificaciones se podrán efectuar sobre el 100% del gasto declarado, sobre todo en
aquellos casos en que el número de operaciones cofinanciadas lo permita, o proceder a la
verificación de una muestra representativa que al menos abarcará el 20% de las operaciones
que se certifiquen a lo largo del período de elegibilidad del gasto (2007-2015).
En todo caso, seguirán las instrucciones y procedimientos previstos por la Dirección General
de Planificación y Presupuesto, en especial, las indicadas en este Manual referidas a los
siguientes aspectos:
1. Método de muestreo
2. Selección de la muestra
3. Alcance de las verificaciones (actas y listas de comprobación aprobadas por la
Dirección General de Planificación y Presupuesto).
4. Tratamiento de los resultados
5. Medidas adoptadas
En aquellos casos en que los Centros Gestores/Colaboradores efectúen las verificaciones
físicas sobre la base de una muestra representativa, el Servicio de Control, en cumplimiento
de lo previsto en el Plan Anual de Verificación, emitirá instrucciones precisas a los Centros
Gestores/Colaboradores sobre la selección de la muestra, pudiendo alcanzar, incluso, a la
selección de operaciones concretas.
En todo caso, el Servicio de Control, analizada la muestra objeto de verificación por parte de
los Centros Gestores/colaboradores, podrá modificar la muestra seleccionada si considera
que no es representativa de los gastos justificados o no se ajustan a las instrucciones dadas.
En caso de que la realización de las verificaciones físicas no sea posible, por la naturaleza y/o
temporalidad de las operaciones, el verificador deberá obtener pruebas documentales, y
deberá incluir entre la documentación del expediente, evidencias y pruebas de la efectiva
realización de las operaciones, tales como fotografías, actas de visitas in situ anteriores,
material divulgativo, etc… para lo cual se tendrá en cuenta las orientaciones previstas en el
apartado 8 de este manual.
34
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
35
Una vez seleccionada y aprobada la muestra se procederá a la notificación de las visitas a los
beneficiarios o destinatario de los proyectos, debiendo contener al menos la siguiente
información:
La fecha de la visita.
El objeto de la visita, que será la constatación de que los bienes o servicios
cofinanciados se encuentran efectivamente realizados o están ejecución y que se
ha cumplido con lo establecido en la normativa de aplicación en relación a
información y publicidad y medio ambiente.
El nombre y datos de contacto de las personas que acudirán a la visita.
Documentación, en su caso, que deberá estar disponible durante la visita.
Adicionalmente, se contactará con beneficiario por vía telefónica, para informarle de todos
los puntos antes mencionados y aclarar con él cualquier posible duda.
De las visitas in situ realizadas se emitirá un Acta17 en la que se deje constancia de las
evidencias obtenidas, y que deberá ser firmada tanto por el/los verificador/es, como por el
beneficiario de las ayudas o subvenciones o personal de la entidad u organismo encargado
de la ejecución de las operaciones, en su caso, al que se le enviará posteriormente un escrito
comunicándole el resultado de la visita y concediendo un plazo de 15 días naturales para
realizar las alegaciones oportunas Así mismo, es posible que se efectúen requerimientos a
los beneficiarios para que aporte la información o/y documentación que se considere
necesaria.
Como resultado de la verificación sobre el terreno efectuada a cada una de las operaciones
seleccionadas y con carácter previo a la certificación de los gastos correspondiente a las
mismas, el Centro Gestor/Colaborador cumplimentará las listas de comprobación relativas a
las verificaciones in situ18, que deberán ser registradas en el SIGFE, y remitirá copia de las
actas de verificación realizadas.
Así mismo, procederá a efectuar las correcciones financieras que se consideren oportunas,
regularizando las declaraciones de gastos afectadas por las mismas con carácter previo al
envío y publicación de la información en el SIGFE. El procedimiento previsto en el SIGFE
permitirá obtener evidencia de los gastos ejecutados por los Centros Gestores y de las
17 Ver Anexo III 18 Ver Anexo III
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
correcciones efectuadas como consecuencia de las verificaciones sobre el terreno
practicadas.
En todo caso, el Servicio de Control podrá, en cualquier momento, solicitar información de las
actuaciones de verificación que se estén llevando a cabo sin perjuicio de los controles de
calidad a los que están sujetas las actuaciones de verificación tanto administrativas como in
situ llevadas a cabo por los Centros Gestores/Colaboradores.
36
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
4.3. Tratamiento de los resultados obtenidos de las verificaciones efectuadas
Una vez realizadas las verificaciones sobre el terreno por los diferentes Centros
Gestores/Colaboradores y tras el envío de la información, se han de valorar los resultados
obtenidos por parte del Servicio de Control.
En aquellos casos en que no se esté de acuerdo con las conclusiones y las correcciones
efectuadas por los Centros Gestores, se solicitará aclaración de las mismas, pudiendo
incluso, conforme al procedimiento previsto en el apartado 6 de este Manual, girar nueva
visita de las operaciones verificadas.
Finalizadas las verificaciones sobre el terreno tanto por los Centros Gestores como las
realizadas por el Servicio de Control, corresponde a la Dirección General de Planificación y
Presupuesto valorar los resultados obtenidos en las verificaciones efectuadas, sobre todo, en
aquellos temas prioritarios en las que las mismas se han llevado por muestreo.
Si en las verificaciones de la muestra se detectan irregularidades que supongan tasas de
error elevadas por encima del mínimo tolerable, el Servicio de Control deberá de determinar
si se trata de un error puntual o si por el contrario se trata de un error sistemático. Si no fuese
posible determinar de forma concluyente de qué tipo de error se trata, se procederá a
ampliar la muestra de las operaciones a verificar. Con el fin de no paralizar toda la
certificación de los gastos, y hasta que las nuevas verificaciones por ampliación de muestra
sean efectuadas, se procederá a aislar dicho error en las operaciones que por su naturaleza o
por el centro gestor encargado de tramitarlas puedan estar afectadas, procediéndose a la no
tramitación de las declaraciones de gastos correspondientes a las mismas.
En el caso de que el error sea puntual se procederá a efectuar las correcciones y
recomendaciones oportunas y se tramitará la certificación del resto de los gastos que no está
afectada por dicho error.
No obstante, si se tratara de un error sistemático se procederá a efectuar las correcciones
financieras oportunas, ya sea mediante la detección de todos los errores existentes o, en
aquellos casos en que no sea posible, mediante una corrección a tanto alzado que sea
razonable atendiendo a la gravedad del error detectado.
Por tanto, el Servicio de Control se encargará de valorar los resultados de las visitas,
adoptándose, según el caso, las siguientes decisiones respecto los gastos declarados y con
carácter previo a la tramitación de los mismos a la Autoridad de Gestión:
37
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1. No proceder a la certificación total o parcial de los gastos declarados por
irregularidades detectadas durante la visita in situ.
2. En caso de que el error sea subsanable en un momento posterior y dependiendo
de la naturaleza de las operaciones cofinanciadas, se podrá adoptar medidas
cautelares en orden a no proceder a la certificación del gasto hasta que se
subsanen las incidencias detectadas.
3. Proceder a la certificación de los gastos declarados cuando no se haya detectado
ninguna irregularidad.
4. Proceder a la suspensión de la certificación de gastos total o parcial
correspondiente a un tema prioritario afectado por un análisis de valoración del
riesgo.
5. Correcciones a tanto alzado o correcciones de operaciones concretas como
consecuencia de errores sistémicos.
Por último, y con el fin de garantizar una adecuada pista de auditoría, todo gasto y operación
verificada, así como los criterios de selección que han sido utilizados para determinar la
muestra, muestra seleccionada y resultados de las verificaciones in situ deberán ser
registrados en el Sistema Informático de Fondos Europeos (SIGFE), lo que permitirá
determinar, en último caso, qué gastos son susceptibles de ser considerados irregulares, no
procediendo su certificación.
38
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
El procedimiento descrito se representa en el siguiente flujograma:
M
UE
STR
EO
Definición del método de muestreo: Plan Anual de Verificación e Instrucciones
Constancia escrita de: Descripción del método de selección Justificación del método seleccionado Operaciones seleccionadas
Selección de la muestra
PRO
GR
AM
AC
IÓN
C
AL
EN
DA
RIO
S
Validación por el Servicio de COI de la muestra o procede a su corrección
Programación y comunicación calendario de visitas
Realización de la visita. Verificación sobre el terreno
R
EA
LIZ
AC
IÓN
V
ISIT
AS
IN S
ITU
Acta de Verificación in situ
C
OM
UN
ICA
CIÓ
N D
E R
ESU
LT
AD
OS NEGATIVO
SS
Período de alegaciones VALORACIÓN
CUMPLIMENTACIÓN LISTAS DE VERIFICACIÓN IN SITU
No se certifican los gastos afectados
SI NO
Se tramita la certificación de los gastos correspondientes a la
operación verificada
POSITIVOS
RESULTADOS PROVISIONALES
39
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
5. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE VERIFICACIÓN REALIZADOS POR
LOS CENTROS GESTORES.
Conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Orden 10 de noviembre de 2009, por la que se
establecen normas para la gestión, seguimiento y control de las operaciones cofinanciadas
con Fondos Estructurales, “el Centro Gestor participará en las tareas de verificación tanto
administrativas como sobre el terreno ...en los términos expresados en la descripción de los
Sistemas de Gestión y Control de la Dirección General de Planificación y Presupuesto
previstos en cada uno de los Programas Operativos…”
En el artículo 15, apartado 4 de la Orden, se establece que dichas verificaciones se
realizarán bajo la coordinación y supervisión de la mencionada Dirección General, mediante
las instrucciones y procedimientos que se establezcan y conforme a las listas de
comprobación que sean aprobadas al efecto (artículo 16, apartado 2).
Abordaremos en este apartado las verificaciones administrativas y sobre el terreno
realizadas por los siguientes Centros Gestores/Colaboradores que, de acuerdo a lo
establecido en la mencionada Orden y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 13 del
Reglamento (CE) 1828/2006, colaboran en ambas tareas de verificación:
1. Dirección General de Transportes.
2. Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.
3. Dirección General de Recursos Económicos (SCS).
Las verificaciones administrativas deberán ser exhaustivas, es decir, que abarquen a todas y
cada una de las operaciones llevadas a cabo por el Centro Gestor/Colaborador y por tanto, a
todas las solicitudes de reembolso de los beneficiarios, comprobando:
1. Que la prestación de los bienes y servicios que van a ser certificados para su
cofinanciación, han sido efectivamente realizadas.
2. Que los pagos que van a ser declarados son subvencionables, están soportados
mediante facturas o documentos de valor contable equivalente y están
efectivamente pagados.
3. Que al ejecutar cada operación se respetan las normas autonómicas, nacionales y
comunitarias aplicables en lo relativo a:
40
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Contratación Pública
Subvenciones
Ayudas Estatales
Protección del Medio Ambiente
Igualdad de Oportunidades
Información y Publicidad
Las verificaciones físicas se realizarán por muestreo y se efectuarán conforme a lo previsto
en el artículo 17 de la Orden de 10 de noviembre de 2009 cuyo desarrollo se efectúa en el
apartado siguiente a este Manual, teniendo como objetivo verificar:
1. Que los bienes o servicios cofinanciados se encuentran efectivamente realizados o
están en ejecución.
2. Que el beneficiario ha cumplido con lo establecido en la normativa de información
y publicidad.
3. Que el beneficiario ha cumplido, en su caso, con lo establecido en normativa de
medio ambiente.
Estas funciones de verificación en el Centro Gestor/Colaborador serán llevadas a cabo por un
verificador independiente, a fin de garantizar la separación de funciones entre gestión y
control establecida en el apartado b) del artículo 58 del Reglamento (CE) 1083/2006.
41
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
5.1. Procedimiento de Verificación de la Dirección General de Transportes.
5.1.1. Procedimiento de Verificación Administrativa
El procedimiento de verificación administrativa que, con carácter general, deberá llevar a
cabo la Dirección General de Transportes tendrá como objetivo principal el garantizar la
subvencionabilidad de la operación, con lo que deberán comprobarse los siguientes hitos:
1. Que el solicitante cumple los requisitos exigidos y la normativa aplicable para ser
beneficiario de la ayuda.
2. Que el solicitante ha aportado una declaración jurada sobre las ayudas solicitadas y
concedidas, con el fin de garantizar la compatibilidad con otras subvenciones y la
intensidad de la ayuda concedida.
3. Que el beneficiario ha justificado encontrarse al corriente de todas las obligaciones
tributarias con el Estado y con la Seguridad Social. Asimismo se deberá comprobar
que el beneficiario ha acreditado estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la
Comunidad Autónoma de Canarias.
4. Realizar el control de incompatibilidad con otras subvenciones, es decir, verificar que
la actividad/proyecto no ha recibido otras ayudas incompatibles con la ayuda
concedida y objeto de verificación, dejando constancia escrita de ello. Este control se
realizará a través de la declaración jurada presentada por el beneficiario mencionada
anteriormente, y si fuera necesario mediante la consulta directa a otros organismos.
5. Realizar el control de intensidad de la ayuda, es decir, comprobar que el porcentaje
de la ayuda concedida está dentro de los parámetros de la línea de ayuda y dejando
constancia escrita de dicha comprobación.
6. Realizar el control de acumulación, es decir, verificar que junto con otras ayudas que
no sean incompatibles, en el caso de la Dirección General de Transportes
especialmente las concedidas con el mismo fin por el Ministerio de Fomento, no se
supera el porcentaje máximo permitido para el conjunto de la financiación europea.
Asimismo, y con carácter específico, la Dirección General de Transportes deberá verificar el
cumplimiento de:
1. Normativa en materia de Subvenciones.
2. Normativa en materia de Medio Ambiente.
42
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
43
3. Normativa en materia de Información y Publicidad.
4. Normativa en materia de Igualdad de Oportunidades.
Estas comprobaciones se realizarán de acuerdo a lo establecido en el apartado 8.
Orientaciones a las verificaciones de los gastos pagados, cumplimentando las listas de
comprobación establecidas al efecto, específicamente:
1. Lista de Comprobación de las Operaciones Cofinanciadas19.
2. Lista de comprobación de la normativa de Medio Ambiente
3. Lista de comprobación de Subvenciones al transporte interinsular de mercancías.20
Una vez finalizadas las verificaciones administrativas, y en caso de detectarse incidencias, se
comunicará a los beneficiarios los resultados de las verificaciones, y se les requerirá la
presentación de la documentación necesaria para la subsanación de las mismas.
Recibido el requerimiento, los beneficiarios dispondrán de un plazo de 15 días naturales, a
contar desde la recepción del requerimiento, para presentar las alegaciones que considere
oportunas, así como aquella documentación que le haya podido ser requerida.
Una vez transcurrido el plazo de alegaciones, y en caso de haber sido presentadas por el
beneficiario, la Dirección General de Transportes estudiará el contenido y procedencia de las
mismas.
Vista la procedencia de las alegaciones presentadas se valorarán nuevamente las salvedades
reflejadas en los resultados provisionales, dando paso a la elaboración del informe definitivo,
del que se eliminarán aquellas salvedades que se hayan considerado subsanadas a la luz de
las alegaciones presentadas.
En caso de no haberse presentado alegaciones, o del estudio de las mismas se desprendiese
que las incidencias no quedan subsanadas, los gastos afectados no deberá ser incluidos en la
declaración de gastos presentada por el Centro Gestor/Colaborador.
19 Ver anexo I 20 Ver Anexo VI
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
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5.1.2. Procedimiento de Verificación sobre el terreno.
En el caso de la Dirección General de Transportes, el objeto de las ayudas concedidas es
subvencionar los costes correspondientes al transporte marítimo y aéreo de:
1. Productos originarios o transformados en Canarias.
2. Medicamentos no originarios ni transformados en Canarias
3. Productos agrícolas transformados21
4. La prensa local diaria
Las solicitudes y por lo tanto la concesión de la subvención, se produce con posterioridad a la
realización de los transportes, por lo que la propia naturaleza del gasto obliga a que la
verificación física de la operación sea, principalmente, de carácter documental.
Así pues, a fin de verificar la realidad de los gastos declarados por el beneficiario, el Centro
Gestor/Colaborador verificará y cotejará la siguiente documentación:
a) La existencia de facturas en las que se deberán detallar además del desglose de las
mercancías transportadas, el número o serie de los contenedores en los que se
transporta.
b) La existencia de una declaración responsable en la que se haga constar que la
mercancía es originaria de las Islas Canarias en los términos establecidos en la Orden
de Convocatoria.
c) La existencia de un documento expedido por la Naviera o Compañía Aérea en el que
conste:
Datos de la persona física o jurídica solicitante de la subvención.
Importe del flete, tasas portuarias/aeroportuarias, y en su caso a la tara,
costes de manipulación de la mercancía en puerto/aeropuerto de origen y
destino, cánones de seguridad si los hubiere, y recargo por incremento del
coste de combustible.
21 Relacionados en los Anexos B del Reglamento (CE)3448/93 del Consejo, de 6 de diciembre de 1993, por el que se establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Clase de mercancía conforme a la relación de productos establecida en las
Bases de la subvención y su peso, así como el número/serie y metros lineales
del vehículo o remolque que soporta la mercancía.
A través de la comparación de la documentación presentada por el beneficiario y la remitida
por la empresa naviera o la compañía aérea, el Centro Gestor/Colaborador estará en
disposición de certificar que la operación cofinanciada ha sido ejecutada.
Además de la comprobación documental, desde el Centro Gestor/Colaborador se ha previsto
la realización de verificaciones in situ de carácter aleatorio, previas a la concesión de las
ayudas.
Para tal fin se ha creado un Registro en el que deberán estar inscritos todos aquellos que
deseen acogerse a esta ayuda, de forma que, aleatoriamente, se realizarán verificaciones
sobres las mercancías en destino.
En estos casos, el verificador enviado por el Centro Gestor/Colaborador contrastará, en los
muelles de carga de los puertos/aeropuertos de destino, la relación entre la factura o albarán
que acompaña a la mercancía desde el origen (y que deberá detallar el número/serie de los
contenedores y la mercancía que contienen) y la mercancía que se recibe en destino, así
como el tratamiento de la información dado por la compañía aérea o naviera.
Los resultados de estas comprobaciones, tanto las documentales, como las in situ, deberán
plasmarse por escrito en un informe provisional de resultados en el que se harán constar las
conclusiones extraídas y las incidencias detectadas.
En caso de detectarse incidencias o incoherencias en la documentación aportada por el
beneficiario y la empresa naviera o compañía aérea, el Centro Gestor/Colaborador remitirá
un requerimiento al beneficiario, así como a las empresas naviera o aérea si así lo considera,
con el fin de subsanar las incidencias detectadas.
El beneficiario dispondrá de un plazo de 15 días naturales para la subsanación de las
incidencias que le hayan sido notificadas, si bien dispondrá de la posibilidad de solicitar una
prórroga.
45
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Si una vez finalizado el plazo de alegaciones, el beneficiario aportara la documentación
solicitada y esta se encontrara en orden, se procederá a emitir un informe definitivo de
resultados del que se eliminarán las incidencias detectadas.
Si por el contrario el beneficiario no aportase documentación alguna, o del examen de la
documentación aportada se desprendiera la no subsanación de las incidencias, se procederá
a emitir el informe definitivo de resultados en el que se propondrá la no certificación de los
gastos afectados.
Por último, y con el fin de garantizar una adecuada pista de auditoría, todo gasto y operación
verificada deberá ser registrada en el Sistema Informático de Gestión de Fondos Europeos
(SIGFE) lo que permitirá determinar, en último caso, que gastos son susceptibles de ser
considerados irregulares, no procediendo su certificación.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
5.2. Procedimientos de Verificación de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos
5.2.1. Procedimiento de Verificación Administrativa.
El procedimiento de verificación administrativa se efectuará a lo largo del curso lectivo en el
que se imparte los ciclos formativos cofinanciados con el Fondo Social Europeo por parte de
los diferentes centros directivos implicados, a saber, la Dirección General de Formación
Profesional y Educación de Adultos (en adelante DGFPEA), Inspección Educativa y la
Dirección General de Personal.
Los gastos declarados con cargo a dichas operaciones consisten exclusivamente en las
nóminas de los profesores que imparten los ciclos formativos, por tanto, las verificaciones
administrativas tendrán como finalidad acreditar:
1. Que los gastos imputados corresponden a costes de personal por horas lectivas
dedicadas a dichas enseñanzas, verificados por los Inspectores de Educación en su
lista de verificación basada en las declaraciones horarias o documentos probatorios
equivalentes.
2. Que dichos gastos se encuentran efectivamente pagados, acreditado a través de
certificado del Tesoro, solicitado por la Dirección General de Personal.
3. Que dichos gastos corresponden a operaciones aprobadas y son conformes con los
criterios de selección aprobados por el Comité de Seguimiento del programa
Operativo Canarias del Fondo Social Europeo 2007-2013, acreditado por la Dirección
General de Formación Profesional y Educación de Adultos a través de las fichas de
operaciones que se establecen conforme a lo especificado en el Manual de Gestión.
Las verificaciones comenzarán iniciado el curso, momento en el que los centros deberán
haber registrado por vía telemática un certificado con la siguiente información relativa a los
cursos:
1. Relación de docentes de cada curso con indicación de las horas lectivas y las
imputables a grupos cofinanciados.
2. Datos del alumnado implicado.
3. Indicadores.
47
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Generado dicho certificado, a lo largo del curso, el Inspector de Educación deberá proceder a
su validación, para lo que cruzará los datos incluidos en el certificado con la información
sobre nombramiento y sustituciones del profesorado informada por la Dirección General de
Personal.
Una vez realizada esta comprobación previa, el Inspector plasmará las verificaciones
realizadas y las incidencias que se hayan detectado en un documento que se adjuntará al
certificado emitido por el centro educativo.
Con posterioridad, la DGFPEA, lleva a cabo una operación de ajuste de los periodos de
impartición con criterios conservadores, para lo que deshecha las sustituciones del
profesorado y establece periodo de impartición de cursos como meses completos. Con los
resultados obtenidos de la operación de ajuste se aplican las correcciones oportunas sobre la
inclusión de nóminas de profesores que puedan plantear problemas en la certificación. La
información resultante se vuelca en un fichero de intercambio que es remitido a la Dirección
General de Personal.
Recibido este fichero, la Dirección General de Personal lo somete a un cruce de datos con la
información de que disponen a fin de calcular los importes cofinanciados, que incluirán sólo
los conceptos de la nómina atribuibles a la labor docente en el periodo lectivo cuyo pago
haya sido efectivamente realizado en el período de certificación, a los que se les aplica la
proporción de horas cofinanciadas.
Los conceptos elegibles de la nómina son los siguientes:
Sueldo base
Trienios
Indemnización por residencia
Complemento Específico
Complemento Destino
Complemento Especial Responsabilidad
Los importes cofinanciados se calculan de forma automática imputando sólo los conceptos
elegibles a través de uno de los módulos de la aplicación informática de Nóminas de la
Dirección General de Personal.
48
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
49
Una vez devuelto el fichero a la DGFPEA, ésta lo somete a un control de errores para detectar
si la relación entre horas y costes está justificada o si hay problemas de identificación con
algún docente.
Así mismo, la mencionada Dirección General realiza el envío de un fichero con una muestra
seleccionada de docentes sobre los que la Dirección General de Personal indagará en la
imputación de conceptos de sus nóminas para revisar así la fiabilidad del sistema.
Finalmente, la DGFPEA comprobará que los costes resultantes de la gestión de imputación
están efectivamente pagados, para lo cual contará con la colaboración de la Dirección
General de Personal y de la Intervención Delegada del Tesoro que suministrarán la
información necesaria que acredite tal extremo.
Estos certificados son enviados a la DGFPEA, garantizándose así una pista de auditoría
suficiente.
Le corresponde a la DGFPEA, a través de sus listas de comprobación, realizar las
verificaciones oportunas destinadas a comprobar que el procedimiento descrito se está
llevando a cabo por todos los implicados.
Asimismo, y además de las verificaciones ya realizadas, la DGFPEA deberá verificar el
cumplimiento de:
1. Normativa en materia de Información y Publicidad.
2. Normativa en materia de Igualdad de Oportunidades.
3. Normativa en materia de subvencionabilidad del gasto para el FSE.
Estas comprobaciones se realizarán de acuerdo a lo establecido en el apartado 8.
Orientaciones a las verificaciones de los gastos pagados, cumplimentando las listas de
comprobación establecidas al efecto, específicamente:
1. Listas de comprobación del Inspector Educativo (Certificado y Acta de verificación
del Anexo de incidencias de certificados).22
2. Lista de comprobación de documentación y procedimiento realizada por la
DGFPEA.23
22 Ver Anexo IV
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
50
3. Lista de comprobación de Subvencionabilidad del FSE.24
4. Lista de comprobación de Información y Publicidad.25
5. Lista de comprobación de la normativa de Igualdad de Oportunidades del FSE.26
5.2.2. Procedimiento de Verificación sobre el terreno.
El objeto de las actuaciones cofinanciadas a la DGFPEA es cofinanciar costes de personal de
cursos de enseñanza reglada impartidos en centros de educación.
En este caso la verificación se realizará mediante verificaciones “in situ” y documentales:
1) Verificaciones “in situ”: realizadas por Inspectores del Centro Gestor/Colaborador en los
centros educativos, durante el curso escolar a fin de comprobar la correcta ejecución de los
cursos y comprobar la veracidad de la información remitida por el centro educativo al Centro
Gestor/Colaborador.
2) Verificaciones documentales: realizadas por Inspectores del Centro Gestor/Colaborador,
empezado y finalizado el curso escolar, para contrastar la información inicial y final de los
cursos remitida por los centros educativos al Centro Gestor/Colaborador.
Durante la ejecución de los cursos, el Inspector del Centro Gestor/Colaborador llevará a cabo
las verificaciones in situ, desplazándose a los centros educativos con el fin de comprobar la
ejecución de los cursos. De dichas visitas se dejará constancia a través de su certificado de
verificación.
Finalmente, una vez finalizados los cursos, el Inspector del Centro Gestor/Colaborador
comprobará nuevamente la información obtenida durante las verificaciones, especialmente
el estado de los nombramientos y sustituciones de los profesores contrastándola con la
información remitida por la Dirección General de Personal
23 Ver Anexo IV 24 Ver Anexo I 25 Ver Anexo I 26 Ver Anexo I
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
5.2.3. Informe de resultados de las verificaciones administrativas y sobre el terreno.
En el desarrollo de las actuaciones de verificación administrativa e in situ pueden detectarse
incidencias, por lo que el Centro Gestor/Colaborador requerirá de los afectados la
subsanación de las mismas.
Se dispondrá de un plazo de 15 días naturales para la subsanación de las incidencias que se
hayan notificado, si bien existirá la posibilidad de solicitar una prórroga.
Los resultados de las verificaciones realizadas por los Inspectores de Educación, así como
con los resultados de los controles del artículo 13 realizados por el Centro
Gestor/Colaborador, se plasmarán por escrito en un informe provisional de resultados en el
que se harán constar las conclusiones extraídas y las incidencias detectadas.
Si transcurrido el plazo de alegaciones, los afectados no aportasen documentación alguna, o
del examen de la documentación aportada se desprendiera la no subsanación de las
incidencias, se procederá a emitir un informe definitivo de resultados en el que se propondrá
la no certificación de los gastos afectados.
Por último, y con el fin de garantizar una adecuada pista de auditoría, todo gasto y operación
incluida en el informe de resultados definitivo deberá ser registrada en el Sistema
Informático de Gestión de Fondos Europeos (SIGFE) lo que permitirá determinar, en último
caso, a criterio del Órgano Intermedio, qué gastos son susceptibles de ser considerados
irregulares, no procediendo a su certificación.
51
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
5.3. Procedimientos de Verificación de la Dirección General de Recursos Económicos.
5.3.1. Procedimiento de Verificación Administrativa
En el caso de la Dirección General de Recursos Económicos, el objeto de las ayudas
concedidas es subvencionar los costes derivados del desplazamiento de:
Enfermos.
Acompañantes, siempre que el paciente sea menor de edad o, si es mayor de
edad si así lo indica el informe médico.
Además, en los gastos de traslados se distinguen dos destinos y dos tramos:
Destinos: de una isla a otra (normalmente de isla no capitalina a isla capitalina) y
de Canarias a la Península.
Tramos: avión o barco, y por otra parte carretera desde el puerto/aeropuerto de
destino hasta el centro hospitalario.
Asimismo, se distingue entre:
Transportes concertados y no concertados.
Sanitarios y no sanitarios.
Por otra parte, los gastos de desplazamiento para la prestación de los servicios sanitarios han
de estar autorizados, pudiendo distinguirse los siguientes supuestos:
1) Solicitud de reembolso de los gastos de transportes realizados por los pacientes y
sus acompañantes. Esta solicitud se realizará con posterioridad a la realización de
los traslados.
2) Solicitud de compensación de los gastos de manutención por parte de los
pacientes y sus acompañantes.
3) Autorización de los gastos de transporte mediante la emisión del correspondiente
“bono” por parte del Área de Salud al que pertenezca el paciente que podrá
hacerse efectivo en cualquiera de las agencias de viajes.
52
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
53
Para las solicitudes por gastos de desplazamiento remitidas por los pacientes y sus
acompañantes, podrá efectuarse su abono, de manera total, parcial o anticipada
dependiendo de los requisitos exigidos para cada uno de estos supuestos por la normativa
vigente al efecto27.
El procedimiento de verificación administrativa que, con carácter general, deberá llevar a
cabo la Dirección General de Recursos Económicos tendrá como objetivo principal el
garantizar la subvencionabilidad de la operación, con lo que deberán comprobarse los
siguientes hitos:
1. Que el solicitante cumple los requisitos exigidos en la normativa aplicable para
obtener las compensaciones derivadas del desplazamiento en transporte no
concertado y manutención siendo éstos:
Que sea paciente del Servicio Canario de Salud y que exista autorización del
desplazamiento por el órgano competente previa solicitud del facultativo, para lo
cual deberá existir informe médico pertinente y tarjeta sanitaria.
En el caso de solicitar ayudas por desplazamiento y manutención de
acompañantes, que el mismo haya sido autorizado y/o recomendado por el
órgano competente.
La Dirección General de Recursos Económicos podrá acreditar tales extremos
utilizando los documentos que obren en el expediente incluido los registros que se
soporten por medios informáticos (SIPRE: Sistema de Registro de Derivación de
Pacientes y SIFCO: Sistema de Información del Fondo de Cohesión).
2. Asimismo, y con carácter específico, la Dirección General de Recursos Económicos
deberá verificar el cumplimiento de la siguiente normativa:
Normativa en materia de Subvencionabilidad.
Normativa en materia de Igualdad de Oportunidades. Normativa en materia de Información y Publicidad. Normativa en materia de Medio Ambiente.
27 Actualmente vigente el Decreto 90/2004, de 13 de julio, por el que se regulan los reembolsos de gastos por desplazamiento en transporte no concertado y las compensaciones a los pacientes del Servicio Canario de la Salud y a su acompañantes por pernoctar, por razón de asistencia sanitaria, fuera del Área de Salud de su municipio de residencia (BOC 141, DE 22.7.2004).
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
54
Para lo cual se habrá de cumplimentar por parte del centro gestor las siguientes listas
de comprobación
1) Lista de Comprobación de las Operaciones Cofinanciadas28.
2) Lista de comprobación de la normativa de Medio Ambiente29.
3) Lista de Comprobación de los Gastos de Desplazamiento para la Prestación de los
Servicios Sanitarios30.
Con el fin de verificar la realidad de los gastos solicitados por el beneficiario, el Centro
Gestor/Colaborador verificará las facturas y justificante de gastos de los traslados efectuados
así como los documentos contables de valor equivalente en los supuestos de gastos de
manutención.
Estas comprobaciones se realizarán de acuerdo a lo establecido en el apartado 8.
Orientaciones a las verificaciones de los gastos pagados, de tal manera que a la vista del
volumen de facturas y pagos asociados a los gastos declarados por traslado de pacientes y
acompañantes, se podrá realizar una muestra representativa, seleccionada con carácter
aleatorio, en el ámbito de cada Área de Salud.
Dependiendo de los resultados obtenidos en las verificaciones por muestreo se tendrá en
cuenta lo previsto en el apartado 8 de este manual referido a “justificación del gasto”.
Una vez finalizadas las verificaciones administrativas, y en caso de detectarse irregularidades
que afecten a la declaración de gastos efectuada se procederá a su corrección.
Asimismo, las Áreas de Salud serán informadas de los resultados provisionales de las
verificaciones, y, en su caso, se les requerirá la presentación de la documentación necesaria
para la subsanación de las mismas, concediéndosele para ello un plazo de 15 días naturales.
Transcurrido el plazo mencionado y en el caso de no se presente alegaciones o la
información solicitada, o del estudio de las mismas se desprendiese que las irregularidades
28 Ver anexo I 29 Ver anexo I 30 Ver anexo V
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
no quedan subsanadas, los gastos afectados no deberá ser incluidos en la declaración de
gastos presentada por el Centro Gestor/Colaborador.
5.3.2. Procedimiento de Verificación sobre el terreno.
En este caso concreto, la, propia naturaleza del gasto obligará a que la verificación de la
operación, sea principalmente de carácter documental.
Con el fin de verificar la realidad de los traslados realizados por el destinatario de la ayuda, el
Centro Gestor/Colaborador verificará la existencia de la siguiente documentación:
1. Se verificará la existencia de un informe médico en el que haya constancia del
tratamiento médico recibido por el paciente, para lo cual, teniendo en cuenta el
carácter reservado de dicha información, se acreditará mediante la información que
obre en los registros informáticos o certificados emitidos al efecto.
2. En los casos en los que se haya producido el traslado de un acompañante, éste
deberá haber aportado la tarjeta de embarque del avión/barco, debiéndose verificar
que las fechas de los traslados coinciden con la de los traslados realizados por el
beneficiario (paciente) sin perjuicio de la utilización de otro medios de verificación de
valor equivalente.
Los resultados de estas comprobaciones, tanto las administrativas, como las físicas, deberán
documentarse en la lista de verificación correspondiente en el que se harán constar las
conclusiones extraídas y las incidencias detectadas.
No obstante lo anterior, la Dirección General de Recursos Económicos comunicará todas las
operaciones y gastos realizados, así como los resultados obtenidos en las verificaciones
administrativas y sobre el terreno en el Sistema Informático SIGFE con el que cuenta la
Dirección General de Planificación y Presupuesto.
55
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
6. PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN DE LAS VERIFICACIONES
EFECTUADAS POR LOS CENTROS GESTORES/COLABORADORES.
6.1. Control de calidad previo a la certificación.
El servicio de Control procederá a efectuar una comprobación de las verificaciones
efectuadas por los Centros Gestores/Colaboradores/colaboradores con la finalidad de
constatar, tanto el procedimiento de verificación efectuado por los gestores, como la calidad
de los trabajos realizados por los mismos.
Dichos trabajos de verificación se efectuarán por muestreo de la siguiente manera:
a) Comprobación de las Verificaciones in situ realizadas por el Centro
Gestor/Colaborador.
b) Comprobación de las Verificaciones administrativas del Centro
Gestor/Colaborador.
Asimismo, la Dirección General de Planificación y Presupuesto podrá aprovechar la
realización de estas comprobaciones para controlar el mantenimiento de la inversión de las
operaciones objeto de control.
En cualquier caso, el procedimiento para llevar a cabo las verificaciones será el siguiente:
2) Selección de la muestra.
La Dirección General de Planificación y Presupuesto determinará el método de muestreo
adecuado que ha de aplicarse teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:
1. Recoger el mayor número de temas prioritarios posibles de las certificadas y, entre
ellas, las de mayor volumen de gasto certificado.
2. Incluir los principales gestores o beneficiarios.
3. Recoger proyectos de distinta naturaleza (Infraestructuras, equipamientos,
subvenciones, etc.)
4. Incluir, en la medida de lo posible, operaciones que contengan gastos de distinta
naturaleza económica tales como gastos generales, activos materiales e
inmateriales, arrendamientos financieros.
56
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
57
5. Incluir proyectos gestionados directamente por los Centros Gestores/Colaboradores
(gobierno de Canarias) o a través de otras Administraciones Locales, Empresas
Públicas y entidades que no forman parte del Gobierno de Canarias.
6. Se tendrá en cuenta si ha habido controles de la Intervención General de la
Comunidad Autónoma, o de otros órganos de control, tanto para tener en cuenta
factores de riesgos detectados en la gestión de los proyectos como para excluir de la
muestra proyectos que ya han sido objeto de control.
En cualquier caso, se deberá conservar un registro en el que se describa el método de
muestreo utilizado y se identifiquen las operaciones seleccionadas, garantizando la
representatividad de la muestra.
El método de muestreo se revisará anualmente, teniendo en cuenta las recomendaciones de
otros órganos de control, nacionales y comunitarios, así como los resultados obtenidos en
verificaciones efectuadas que permitan una mejor evaluación del riesgo.
3) Notificación de las actuaciones de verificación administrativa a llevar a cabo.
Una vez obtenida la muestra de operaciones a verificar, será la Dirección General de
Planificación y Presupuesto la encargada de elaborar y enviar las notificaciones31 a aquellos
Centros Gestores/Colaboradores encargados de las operaciones incluidas en la muestra.
En las notificaciones se harán constar todos los datos de la operación objeto de verificación,
así como toda la documentación que el verificador necesite para realizar su trabajo y que
deberá ser aportada por el Centro Gestor/Colaborador. Las notificaciones deberán contener
como mínimo, la siguiente información:
4. Todos los datos de la operación (número de la operación, beneficiario, importe objeto
de verificación, etc.).
5. Fecha de la visita.
6. Lugar de la visita: las verificaciones tendrán lugar en las dependencias del Centro
Gestor/Colaborador, salvo que por razones justificadas esto no sea posible, en cuyo
caso el Centro Gestor/Colaborador deberá buscar un nuevo emplazamiento,
31 Ver anexo VII
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
comunicándoselo posteriormente a la Dirección General de Planificación y
Presupuesto.
7. Nombre y cargo del verificador.
8. Documentación a aportar por el Centro Gestor/Colaborador.
La notificación será enviada a los Centros Gestores/Colaboradores de las operaciones objeto
de verificación a la atención de la/s persona/s responsables de las verificaciones, debiendo
estar firmadas por el Director General de Planificación y Presupuestos.
Las notificaciones serán enviadas por correo certificado, vía fax o correo electrónico,
debiendo conservar la Dirección General de Planificación y Presupuesto una copia tanto de la
notificación, como de cualquier elemento justificativo de su recibo por parte de los Centros
Gestores/Colaboradores.
Las notificaciones deberán contener, asimismo, los datos de contacto tanto del Director
General de Planificación y Presupuesto, como de la persona encargada de realizar las
verificaciones, con el fin de que los Centros Gestores/Colaboradores puedan aclarar las
posibles dudas.
3) Comprobación de los informes, listas y actas de verificación llevadas a cabo por los
centros gestores.
Las comprobaciones a efectuar dependerán de si los Centros Gestores/Colaboradores
efectúan sólo las verificaciones físicas o, además, realizan las verificaciones administrativas
de las operaciones cofinanciadas.
En cualquier caso, la Dirección General de Planificación y Presupuesto, realizará una
comprobación de la siguiente documentación elaborada por los Centros
Gestores/Colaboradores:
1. Informes realizados en relación con la ejecución de las operaciones.
2. Listas de verificación cumplimentadas por los Centros Gestores/Colaboradores
verificando tanto que se han cumplimentado todas las listas que correspondan
conforme a la naturaleza del gasto, así como contenido de las mismas.
3. Actas de visitas físicas, tanto su existencia como su contenido.
58
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Además, en los supuestos de que el Centro Gestor/Colaborador realice las verificaciones
administrativas conforme al procedimiento previsto en el apartado 5 de este manual, se
procederá a efectuar por parte del Servicio de Control las comprobaciones destinadas a
asegurarse de que dichas actuaciones se han realizado conforme a los procedimientos
establecidos en este manual así como la calidad de los mismos.
El objetivo de estas comprobaciones es verificar los procedimientos de gestión
implementados por los Centros Gestores/Colaboradores, así como los sistemas de
verificación por ellos establecidos y previstos en este manual.
4) Elaboración de los programas de visitas in situ de los proyectos cofinanciados.
Tras la verificación administrativa de las operaciones, si procede, y una vez realizada la
comprobación documental de las verificaciones sobre el terreno, se procederá a la inspección
física de las mismas a fin de constatar, en su caso, su realidad física.
Desde el Centro Gestor/Colaborador se pondrán a disposición del verificador de la Dirección
General de Planificación y Presupuesto, tanto los datos de contacto de los beneficiarios de
las operaciones objeto de verificación, como los datos de contacto del Técnico del Centro
Gestor/Colaborador que se haya encargado de la realización de las verificaciones físicas de
las mismas.
El Técnico del Centro Gestor/Colaborador que se haya encargado de la realización de las
visitas in situ de las operaciones objeto de verificación, acompañará al verificador de la
Dirección General de Planificación y Presupuesto a las visitas, llevando consigo una copia de
cualquier documento justificativo de las visitas anteriores por él realizadas, tales como:
1. Actas de visitas in situ anteriores.
2. Fotografías.
3. Memoria de los proyectos
4. Documentación relevante aportada por el beneficiario.
El objetivo de las verificaciones in situ es, principalmente, constatar la realidad de los
siguientes aspectos:
59
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
60
5. Que los bienes o servicios cofinanciados se encuentran efectivamente realizados o
están en ejecución.
6. Que el beneficiario ha cumplido con lo establecido en la normativa de información y
publicidad.
7. Que el beneficiario ha cumplido, en su caso, con lo establecido en normativa de
medio ambiente.
8. En su caso, que la inversión se mantiene durante el plazo mínimo establecido en la
normativa de comunitaria y nacional de aplicación.
En caso de que la realización de las verificaciones físicas no sea posible, por la naturaleza y/o
temporalidad de las operaciones, el verificador deberá obtener evidencias documentales,
durante la revisión del expediente administrativo, que le permitan formular conclusiones
sobre la realidad de la operación. En estos casos, el Centro Gestor/Colaborador deberá incluir
entre la documentación del expediente, evidencias de la realidad de la operación, tales como
fotografías, actas de visitas in situ anteriores, material divulgativo, etc.
Una vez finalizadas las visitas in situ, el verificador deberá archivar, junto a los papeles de
trabajo obtenidos de la verificación administrativa, los resultados de la inspección, así como
reflejar en el informe a emitir su opinión al respecto de la ejecución de la operación.
Servirá de soporte a dicho informe las listas de comprobación cumplimentadas por el técnico
encargado de la verificación, en especial, la lista de comprobación de Calidad de los trabajos
de verificación efectuados por los centros gestores32.
6) Emisión del Informe Provisional.
Una vez finalizadas las verificaciones administrativas e in situ, se comunicarán a los Centros
Gestores/Colaboradores los resultados provisionales33 de las verificaciones, asimismo en el
caso de que falte documentación, junto a los resultados provisionales se remitirá a los
Centros Gestores/Colaboradores, un requerimiento para que aporten la documentación
solicitada.
El contenido de este escrito es el siguiente:
32 Ver anexo VII 33 Ver anexo VII
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
61
1. Conclusiones.
2. Recomendaciones.
3. Información y Documentación Requerida.
Una vez recibidos los resultados provisionales de las verificaciones realizadas, los Centros
Gestores/Colaboradores dispondrán de un plazo de 15 días naturales, a contar desde la
recepción de los resultados provisionales, para presentar las alegaciones que considere
oportunas, así como aquella documentación que le haya podido ser requerida.
Las alegaciones serán presentadas vía fax, correo electrónico o correo certificado, debiendo
estar, la documentación adicional aportada debidamente compulsada.
Una vez recibidas las alegaciones y/o documentación adicional por parte de la Dirección
General de Planificación y Presupuesto, éstas deberán ser archivadas junto a los papeles de
trabajo.
6) Análisis de la documentación e información suministrada y emisión del Informe
Definitivo.
Una vez transcurrido el plazo de alegaciones, y en caso de haber sido presentadas por el
Centro Gestor/Colaborador, la Dirección General de Planificación y Presupuesto estudiará el
contenido y procedencia de las mismas.
Vista la procedencia de las alegaciones presentadas se valorarán nuevamente las salvedades
reflejadas en los resultados provisionales, dando paso a la elaboración del informe
definitivo34, del que se eliminarán aquellas salvedades que se hayan considerado
subsanadas a la luz de las alegaciones presentadas.
El informe definitivo seguirá el siguiente esquema:
1) INTRODUCCIÓN: se indicará en qué consiste el trabajo a realizar, qué normativa lo
regula, así como la finalidad de las actuaciones llevadas a cabo en el control.
2) OBJETIVOS Y ALCANCE.
34 Ver anexo VII
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
3) IDENTIFICACIÓN: se identificarán los datos del beneficiario/centro gestor, así como
los datos de la muestra seleccionada.
4) RESULTADOS DEL TRABAJO: se detallarán los aspectos más importantes del
control, aquellos supongan una limitación al alcance de los trabajos o una
corrección financiera y que necesiten una aclaración exhaustiva.
6) CONCLUSIONES: se indicará si el procedimiento de verificación seguido es
correcto. En caso de detectarse irregularidades y dependiendo del carácter de las
mismas se podrán establecer correcciones financieras. Se tendrá en cuenta, en su
caso, las alegaciones efectuadas por el centro gestor.
7) RECOMENDACIONES: en este apartado se realizarán recomendaciones al Centro
Gestor/Colaborador para una mejora en la gestión y verificación de las
operaciones cofinanciadas.
4) ANEXOS: se incluirán las listas de comprobación cumplimentadas y la normativa
que se ha aplicado en los trabajos de verificación.
62
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
7. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES
DESARROLLADAS EN LOS PROYECTOS COFINANCIADOS CON CARGO A
PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL.
En el caso de las operaciones cofinanciadas con cargo a los programas de Cooperación
Territorial las verificaciones serán realizadas por los Interlocutores Regionales, ya sea a
través de medios propios, o con a través de medios externos, contando estos últimos con la
supervisión de los propios Interlocutores Regionales.
Las verificaciones a realizar por los Interlocutores serán:
a) Verificaciones administrativas del 100% del gasto declarado.
b) Verificaciones físicas que serán realizadas de dos formas:
1. En las dependencias de los Interlocutores, donde se comprobará la
ejecución física de las actuaciones cofinanciadas mediante las pruebas
documentales incluidas al efecto en los expedientes administrativos.
2. Visitas “in situ” a los beneficiarios realizadas por muestreo.
A través de estas verificaciones se comprobará que:
1. Los gastos declarados por el beneficiario cumplen con los objetivos iniciales de
las operaciones por los cuales fueron declarados subvencionables con cargo al
programa.
2. Las declaraciones de gastos son correctas y se ajustan a los modelos
establecidos.
3. Los gastos declarados han sido efectivamente realizados.
4. Los gastos y pagos declarados han sido realizados dentro del periodo
subvencionable.
5. En la ejecución de las operaciones se ha cumplido con la normativa comunitaria,
nacional y regional de referencia.
6. Existe una pista de auditoría adecuada.
7. El beneficiario cuenta con un sistema de contabilidad separada o al menos con
una codificación contable suficiente que permita identificar los gastos
cofinanciados.
63
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
De las verificaciones realizadas por los Interlocutores Regionales se deberán conservar
registros que recojan como mínimo la siguiente información:
1. Enumeración de los trabajos realizados y que deberán estar soportados por listas
de verificación, en las que deberá constar la fecha en la que se han realizado las
verificaciones y el nombre del técnico que las ha llevado a cabo.
2. Los resultados obtenidos de las verificaciones realizadas y las medidas adoptadas
en caso de haber detectado alguna irregularidad. Estas irregularidades, así como
las medidas adoptadas quedarán reflejadas en el apartado de “Observaciones”.
3. Informes de verificaciones in situ.
64
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
65
7.1. Verificaciones Administrativas.
Las verificaciones administrativas se realizarán de forma exhaustiva sobre el 100% del gasto
declarado por los beneficiarios. Para ello, los Interlocutores Regionales enviarán, junto a la
Declaración de Gastos una copia de los expedientes que lo incluyen.
Estas verificaciones se realizarán conforme a las instrucciones y listas de verificación
previamente aprobadas por el programa de Cooperación Territorial. Las listas de verificación
comprueban el cumplimiento de las normas que le sean aplicables a la operación, según su
naturaleza, tales como:
Normas sobre subvencionabilidad de los gastos.
Normativa de contratación pública.
Normativa sobre régimen de ayudas.
Normas medioambientales.
Normas en materia de publicidad.
Norma sobre igualdad de oportunidades.
A tal efecto, se ha aprobado la Lista de Comprobación (Check-List) de Certificación de Gasto
por el Interlocutor Regional35 y, en el ámbito de la Comunidad Canaria, se cumplimenta
asimismo, la lista de Comprobación de la normativa de contratación para los contratos
regidos por la LCSP36.
Como ya se ha mencionado, las verificaciones administrativas serán realizadas por los
Interlocutores Regionales, siendo en el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias el
Servicio de Control de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
Además de por los Interlocutores Regionales, los trabajos de verificación podrán ser
realizados por entidades de auditoría contratadas, que en cualquier caso seguirán las
directrices establecidas por la Autoridad de Gestión y las instrucciones dadas por los propios
Interlocutores Regionales. De esta forma se podrá garantizar la calidad del trabajo
contratado.
35 Ver anexo VIII 36 Ver anexo I
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
66
En el caso de que durante la realización de las verificaciones administrativas se detectasen
irregularidades el procedimiento a seguir será el siguiente:
1. Se requerirá formalmente, mediante correo electrónico, al beneficiario que
subsane la falta y/o aporte la documentación solicitada, en el plazo de 15 días
naturales. En tanto que el beneficiario no subsane la falta y/o aporte la
documentación solicitada, se paralizará la validación de la declaración de gastos.
2. Una vez recibida las alegaciones y/o documentación del beneficiario, los
encargados de la verificación analizarán la documentación aportada y decidirán
sobre la aceptación de la misma en términos de subvencionabilidad de los gastos,
de tal manera que si no se aceptasen las alegaciones se justificaría su
desestimación en el apartado “Observaciones” de la Declaración de Gastos
Pagados.
3. En caso de finalizar el plazo concedido sin que el beneficiario haya podido
subsanar las incidencias detectadas, éste podrá solicitar una prórroga de dicho
plazo, en caso contrario se procederá a realizar la validación de la Declaración de
Gastos Pagados desestimando aquellos gastos que no fueron subsanados.
Los resultados obtenidos en las verificaciones efectuadas se reflejarán en la página 2 del
modelo de DDP (Declaración de Gastos Pagados)37.
Las irregularidades detectadas pueden ser de carácter puntual o sistemático, dependiendo
de la frecuencia con la que se produzcan, y serán depuradas al 100%. No obstante, en el caso
de detectarse errores puntuales, los Interlocutores Regionales se encargarán de realizar las
oportunas recomendaciones a sus socios para corregir dichos errores. Si por el contrario, se
tratara de un error sistemático se procederá a aislar dicho error con el fin de no paralizar la
certificación de aquellas operaciones no afectadas.
37 Ver Anexo VIII
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
67
7.2. Verificaciones sobre el terreno.
Las verificaciones tienen como objetivo principal la comprobación de la ejecución y entrega
de los bienes y servicios, confirmando que estos guardan correspondencia con los justificados
administrativamente y que se dedican al uso previsto en el proyecto aprobado.
Parte de este trabajo de verificación física se desarrollará en los centros de trabajo, ya que
junto a la Declaración de Gastos Pagados se remitirá a los Interlocutores Regionales una
copia debidamente compulsada de los expedientes administrativos que lo conforman. En
dichos expedientes deberán existir pruebas documentales suficientes que permitan
comprobar la correcta ejecución física, así como la entrega real de los bienes y servicios
cofinanciados. No obstante, en el caso de que no puedan ser obtenidas dichas evidencias
durante la revisión administrativa de los expedientes, se concertará una visita “in situ” con el
beneficiario para acudir al lugar donde se encuentre localizada la inversión.
Para estos últimos casos en los que se requiere la realización de visitas “in situ”, se
procederá, por parte de los Interlocutores Regionales, a la selección de una muestra de las
operaciones cofinanciadas según las instrucciones que establezca la Autoridad de Gestión.
La muestra seleccionada será representativa de las operaciones certificadas a lo largo de
todo el periodo subvencionable. El porcentaje de la muestra será establecido por la Autoridad
de Gestión y será de carácter indicativo, dependiendo de la naturaleza y el estado de
ejecución en el que se encuentren las operaciones cofinanciadas, si bien este porcentaje no
podrá ser inferior al 25%.
El método de muestreo se revisará anualmente, teniendo en cuenta las recomendaciones de
otros órganos de control, tanto nacionales como comunitarios, y los resultados obtenidos en
verificaciones previas, de forma que permitan una mejor evaluación del riesgo.
Las tareas de control sobre el terreno realizadas se reflejarán en una lista de verificación38
que deberá incluir la siguiente información:
1. Identificación del proyecto y beneficiario
2. Fecha y lugar de la visita.
3. Importe Presupuestado.
38 Ver anexo VII
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
4. Importe Ejecutado.
5. Importe validado según lo comprobado en la visita.
6. Comprobación material de la inversión realizada (desglosado según epígrafes de
gastos).
7. Alcance de la Comprobación
8. Documentación aportada por el beneficiario.
9. Observaciones realizadas.
10. Conclusiones/Incidencias detectadas.
11. Firma del responsable de la verificación y del beneficiario.
Los resultados obtenidos, tanto de las verificaciones realizadas en el centro de trabajo, como
de las verificaciones sobre el terreno, junto con los criterios de selección de la muestra se
plasmarán en un informe que seguirá el siguiente esquema:
1. Introducción.
2. Relación de declaraciones de gasto validadas en el periodo a certificar.
3. Criterios de selección de la muestra.
4. Muestra seleccionada.
5. Objetivo y alcance de las verificaciones.
6. Resultados:
7. Identificación del Proyecto.
8. Breve descripción del Proyecto verificado.
9. Datos del Beneficiario.
10. Importe del Proyecto.
11. Importe objeto de verificación.
12. Resultados obtenidos.
13. Observaciones.
14. Conclusiones
En el caso de que se detectasen irregularidades durante el procedimiento de verificaciones
físicas se podrá proceder de dos formas según se detecten durante las verificaciones físicas
realizadas en los centros de trabajo, o durante las visitas “in situ”:
68
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1. En relación a las irregularidades detectadas durante la validación de las
Declaraciones de Gastos Pagados en los centros de trabajo, se procederá de la forma
descrita en el apartado anterior 7.1 Verificaciones Administrativas.
2. En relación a las irregularidades detectadas durante las visitas “in situ”, la conclusión
reflejada en el informe servirá como fundamento para la no aceptación de aquellos
gastos que aun habiendo sido validados durante la verificación administrativa, no
deban certificarse, y que por tanto dará lugar a la modificación en la validación
efectuada, fundamentando esa decisión en el apartado “Observaciones” de la
Declaración de Gastos Pagados.
No obstante, las incidencias detectadas son elevadas al Comité quien, en última instancia,
puede adoptar medidas cautelares como paralizar la certificación hasta que las incidencias
sean subsanadas, fijando un nuevo plazo para ello.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
8. ORIENTACIONES A LAS VERIFICACIONES DE LOS GASTOS PAGADOS.
Las presentes orientaciones tienen como objetivo principal servir, a cualquier Técnico
encargado de llevar a cabo las tareas de verificación, para poder determinar si los gastos
declarados son o no subvencionables, si se procede a su validación o se deben realizar
correcciones totales o parciales, así como para realizar las recomendaciones pertinentes y
requerir la documentación que se considere necesaria.
Así pues, teniendo esto en cuenta y según lo establecido en el artículo 13 del Reglamento
1828/2006, de la Comisión, las verificaciones a realizar serán las siguientes:
8.1. Elegibilidad de la operación.
Conforme a lo previsto en el apartado 2.a) del manual, referido al alcance de las
verificaciones, y con el fin de dar observancia a las comprobaciones previstas, en toda
operación seleccionada habrá de verificarse el cumplimiento de:
1. Los objetivos previstos en el eje/tema prioritario del programa en el que se encuentra
cofinanciada.
2. Los criterios de selección vigentes en el momento de aprobación de las operaciones.
3. Que la/s actuación/es en las que consiste la operación cofinanciada son conforme
con lo previsto en la ficha de operaciones.
70
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
71
8.2. Subvencionabilidad del gasto.
Para comprobar este hito, se deberá analizar la naturaleza de los gastos declarados a fin de
determinar si éstos son o no subvencionables.
Según lo establecido en el artículo 56 del Reglamento (CE) 1083/2006, las normas de
subvencionabilidad serán establecidas a nivel nacional, por lo que se deberá tener en cuenta
lo establecido en las siguientes normas:
1. Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre de 2008, por la que se determinan los
gastos subvencionables por el Fondo Social europeo durante el periodo de
programación 2007-2013, modificada por la Orden TIN/788/2009.
2. Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas sobe
los gastos subvencionables de os programas operativos del Fondo Europeo de
Desarrollo Regional y Fondo de Cohesión.
Aquellos gastos que no cumplan con lo establecido en las normas de subvencionabilidad no
deberán ser incluidos en las declaraciones de gastos
8.2.1. Subvencionabilidad de gastos por el Fondo Social Europeo
Con carácter general y según lo establecido en la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre
de 2008, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social europeo
durante el periodo de programación 2007-2013, modificada por la Orden TIN/788/2009, no
serán considerados gastos subvencionables los siguientes:
a) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o
compensación ni los impuestos personales sobre la renta39.
b) Intereses deudores. Adquisiciones nuevas o de segunda mano de mobiliario,
equipo, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos.
c) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
d) Los gastos de procedimientos judiciales.
39 A excepción de las retenciones realizadas por las empresas en las nóminas de sus trabajadores en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que si son consideradas subvencionables.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Con carácter específico la Orden establece además los supuestos en los que se considerarán
subvencionables los siguientes gastos:
1) Gastos de Asistencia Técnica
Serán subvencionables como gastos de asistencia técnica los gastos incurridos en las
actividades de preparación, gestión, seguimiento, evaluación, información y control de los
programas operativos del Fondo Social Europeo, así como en las actividades dirigidas a
reforzar la capacidad administrativa para la utilización de los Fondos.
A estos efectos serán subvencionables las remuneraciones brutas del personal que desarrolla
las funciones mencionadas, siempre y cuando exista una resolución expresa de la autoridad
competente de cada organismo en la que conste su dedicación exclusiva o a tiempo parcial,
con indicación expresa del tiempo dedicado en éste último caso.
2) Contribuciones en especie
Las contribuciones en especie sólo podrán ser subvencionables cuando consistan en la
cesión de uso de terrenos, bienes inmuebles o bienes de equipo, y la realización de trabajo
voluntario, servicios de investigación o profesionales no remunerados, siempre que cumplan
los siguientes requisitos:
a) La subvención no podrá ser superior al gasto total subvencionable excluido el
valor de la contribución en especie.
b) Su valoración será susceptible de ser auditada por separado.
c) En el caso de cesión de uso de terrenos, bienes inmuebles o bienes de equipo la
valoración será certificada por un tasador cualificado independiente o por un
organismo oficial autorizado.
d) En el caso de trabajo voluntario no remunerado, la valoración se determinará
según el tiempo dedicado y los salarios habituales por hora y día para el trabajo
realizado, aplicándose al efecto el convenio colectivo aplicable al beneficiario. En
cualquier caso, deberá existir un documento que recoja el compromiso entre el
trabajador no remunerado y el beneficiario.
e) Los servicios de investigación o profesionales se justificarán mediante
certificación realizada por el prestatario en la que conste la valoración económica
72
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
73
del servicio, realizada sobre la base del precio de mercado para una actividad
igual o similar a la prestada40.
3) Costes Indirectos
Los costes indirectos serán subvencionables por el FSE siempre que se cumpla alguno de los
siguientes criterios:
a) Se imputen en base a costes reales incurridos sin limitación cuantitativa alguna,
debiendo estar soportados por facturas pagadas, o documentos de valor contable
equivalente, e imputados a prorrata a la operación con arreglo a un método justo
y equitativo que debe constar por escrito y ser previo a la realización de los
gastos.
b) En el caso de subvenciones, y siempre que así se establezca en las bases
reguladoras, podrá optarse por la imputación a tanto alzado de los costes
indirectos por un importe máximo del 20% de los costes directos imputados en
cada operación, sin que sea necesario la acreditación de los mismos mediante
facturas. Para imputar los costes indirectos de esta forma, se deberán haber
realizado con anterioridad a la realización de los gastos, los estudios económicos
necesarios para determinar el porcentaje de imputación.
En una operación sólo podrá aplicarse uno de los dos criterios.
4) Gastos de Amortización.
Los gastos de amortización de los bienes inventariables utilizados en la ejecución de una
operación serán subvencionables por el FSE cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) Estén directamente relacionados con la operación.
b) En su adquisición no se haya utilizado cualquier otra subvención.
c) El importe que se certifique como gasto deberá haber sido calculado de
conformidad con la normativa contable nacional pública, o privada41.
40 Se entenderá que se ha aplicado el precio de mercado cuando se impute como gasto subvencionado la media de tres presupuestos solicitados, siempre que exista mercado para ello.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
74
d) El importe que se certifique como gasto en concepto de amortización, deberá
corresponderse con el periodo de elegibilidad de la operación.
5) Gastos financieros y legales.
Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales, los
gastos periciales para la realización de la operación, los gastos de garantías bancarias o de
otras instituciones financieras serán cofinanciables siempre y cuando estén directamente
relacionados con la operación y sean exigidos por la normativa estatal, autonómica o local.
Asimismo, cuando la ejecución de una operación cofinanciada por el FSE requiera la apertura
de uno o varias cuentas separadas, serán subvencionables los gastos de apertura y de
mantenimiento de las mismas.
6) Instrumentos de ingeniería financiera.
Los programas operativos financiados por el FSE podrán subvencionar el gasto de
operaciones que comprendan contribuciones de apoyo a una serie de instrumentos de
ingeniería financiera para la empresa, dedicados principalmente a pequeñas y medianas
empresas tales como:
1. Fondos de capital de riesgo.
2. Fondos de garantía.
3. Fondos de cartera.
Los instrumentos de ingeniería financiera se deberán constituir una vez que se realicen las
aportaciones económicas iniciales, después que se haya presentado el plan de empresa a la
Autoridad de Gestión.
Por último, el reglamento de funcionamiento del instrumento de ingeniería financiera
contendrá al menos la siguiente información:
a) Descripción detallada de los requisitos para concesión de las ayudas procedentes
del mismo.
b) Procedimiento por el que las ayudas se hacen efectiva.
41 Real Decreto 1514/2007, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
c) Plazo de duración, que podrá ser limitado.
d) Causas de disolución y normas para realizar su liquidación.
e) Procedimientos para llevar a cabo las modificaciones del Plan de empresa y del
propio reglamento de funcionamiento.
7) Arrendamiento financiero.
Serán subvencionables los pagos abonados por el arrendatario al arrendador con excepción
de los intereses deudores, no siendo subvencionables otros costes ligados al contrato de
arrendamiento, más concretamente el ejercicio de la opción de compra, el margen del
arrendador, seguros e intereses de costes de refinanciación
Asimismo, cuando la fecha de finalización del contrato de arrendamiento sea posterior a la
fecha límite de subvencionabilidad de los gastos, sólo podrán subvencionarse los pagos de
arrendamientos abonados por el arrendatario hasta la fecha límite de subvencionabilidad.
Por último, en aquellos casos en los que el contrato de arrendamiento no incluya opción de
compra y su duración sea inferior al periodo de vida útil del activo, el arrendatario deberá
probar que el arrendamiento financiero era el método más rentable para obtener el uso de
los bienes.
8) Subcontratación de la ejecución de la operación.
Se entenderá que existe subcontratación, cuando el beneficiario de operación subvencionada
por el FSE concierte con terceros su ejecución total o parcial.
El beneficiario únicamente podrá subcontratar total o parcialmente la ejecución de la
operación cuando la normativa estatal, autonómica o local que regula la operación, así lo
prevea. En caso de la normativa reguladora no haga alusión a la posibilidad de la
subcontratación, ésta no podrá superar el 50% del coste total de la operación.
9) Subvencionabilidad según el lugar en que se ejecute la operación.
Las operaciones cofinanciadas por el FSE deberán efectuarse en la región o zona
subvencionable definida en el programa Operativo, pudiéndose ejecutar, excepcionalmente,
fuera de de dicho ámbito cuando así lo autorice previamente la Autoridad de Gestión y con
las condiciones y requisitos establecidos en la resolución de autorización.
75
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
8.2.2. Subvencionabilidad de gastos por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Con carácter general y según lo establecido en la Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero,
por la que se aprueban las normas sobe los gastos subvencionables de los programas
operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo de Cohesión, no serán
considerados gastos subvencionables los siguientes:
a) Intereses deudores.
b) Los demás gastos financieros, salvo las bonificaciones de intereses recogidas en
regímenes de ayuda.
c) Vivienda.
d) Desmantelamiento de centrales nucleares.
e) El impuesto sobre el valor añadido o el impuesto general indirecto canario
recuperables, así como los impuestos de naturaleza similar que sean
recuperables.
f) Los impuestos generales sobre la renta.
g) Contribuciones en especie.
h) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
i) Gastos de procedimientos judiciales.
j) Gastos de garantías bancarias o de otro tipo, salvo para bonificaciones del coste
del aval recogidas en regímenes de ayuda.
k) En la adquisición de bienes y servicios mediante contratos públicos:
1. Los descuentos efectuados.
2. Los pagos efectuados por el contratista a la Administración en concepto
de tasa de dirección de obra, control de calidad o cualesquiera otros
conceptos que supongan ingresos o descuentos que se deriven de la
ejecución del contrato.
3. Los pagos efectuados por el beneficiario que se deriven de modificaciones
de contratos públicos mientras que no se admita su subvencionabilidad
por la Dirección General de Fondos Comunitarios.
Con carácter específico la Orden establece además los supuestos en los que se considerarán
subvencionables los siguientes gastos:
1) Terrenos y bienes inmuebles
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Serán subvencionables las adquisiciones de terrenos y de bienes inmuebles en los que exista
una relación directa entre la compra y los objetivos de la operación, debiendo utilizarse para
los fines y durante el periodo que se prevea expresamente su inclusión en el acto de
selección de la operación cofinanciable.
No obstante, no serán consideradas subvencionables las adquisiciones cuyo importe sea
superior al 10% del gasto total subvencionable de la operación, si bien en casos
excepcionales, la Autoridad de Gestión podrá aprobar un porcentaje mayor para las
operaciones relacionadas con la conservación del medio ambiente.
En cualquier caso, el importe subvencionable no podrá superar el valor de mercado de los
terrenos y de los bienes inmuebles, extremo que, a excepción de los casos de expropiación
forzosa, deberá acreditarse mediante certificado de tasador independiente debidamente
acreditado e inscrito en el correspondiente Registro Oficial.
No será subvencionable la adquisición de terrenos o bienes inmuebles que pertenezcan o
hayan pertenecido durante el periodo de elegibilidad al organismo responsable de la
ejecución o a otro organismo o entidad, directa o indirectamente.
2) Costes de depreciación
Será subvencionable el coste de depreciación de los bienes inventariables siempre que se
cumplan las siguientes condiciones:
a) Que la adquisición de los bienes amortizados no hayan sido objeto de cofinanciación
por parte de los fondos, ni hayan sido objeto de cualquier otra subvención.
b) Que la amortización se calcule de conformidad con la normativa contable nacional,
pública y privada.
c) Que el coste se refiera exclusivamente al periodo de elegibilidad de la operación.
3) Gastos Generales
Los gastos generales serán subvencionables siempre que se cumplan las siguientes
condiciones:
a) Que conste expresamente su inclusión en el acto de selección de la operación
cofinanciada, conforme a los criterios aprobados en el Comité de Seguimiento.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
b) Que estén basados en costes reales imputables a la ejecución de la operación en
cuestión de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente
admitidas, o bien en costes medios reales imputables a operaciones del mismo tipo.
Las cantidades a tanto alzado basadas en los costes medios no podrán superar el 25% del
total de los costes directos de una operación que pueda afectar al nivel de los gastos
generales. El cálculo de las cantidades a tanto alzado se documentará adecuadamente,
sobre la base de un informe técnico motivado, antes de la primera declaración de gastos en
que se incluyan, y se revisará, al menos, anualmente.
4) Bienes de equipo de segunda mano
Los costes de adquisición de bienes de equipo de segunda mano serán subvencionables
siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y sobre que los
mismos no han sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.
b) El precio no podrá ser superior al valor del mercado y deberá ser inferior al coste de
los bienes nuevos similares, acreditándose estos extremos mediante certificación de
un tasador independiente.
5) Arrendamiento Financiero
Serán subvencionables los pagos abonados por el arrendatario al arrendador, incluido el
ejercicio de opción de compra, con excepción de los intereses deudores, no siendo
subvencionables otros costes ligados al contrato de arrendamiento, más concretamente el
margen del arrendador, seguros e intereses de costes de refinanciación
Asimismo, cuando la fecha de finalización del contrato de arrendamiento sea posterior a la
fecha límite de subvencionabilidad de los gastos, sólo podrán subvencionarse los pagos de
arrendamientos abonados por el arrendatario hasta la fecha límite de subvencionabilidad.
Por último, en aquellos casos en los que el contrato de arrendamiento no incluya opción de
compra y su duración sea inferior al periodo de vida útil del activo, el arrendatario deberá
probar que el arrendamiento financiero era el método más rentable para obtener el uso de
los bienes.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
6) Instrumentos de Ingeniería Financiera
Los programas operativos financiados por el FEDER podrán subvencionar el gasto de
operaciones que comprendan contribuciones de apoyo a una serie de instrumentos de
ingeniería financiera para la empresa, dedicados principalmente a pequeñas y medianas
empresas tales como:
1. Fondos de capital de riesgo.
2. Fondos de garantía.
3. Fondos de cartera.
Los instrumentos de ingeniería financiera se deberán constituir una vez que se realicen las
aportaciones económicas iniciales, después que se haya presentado el plan de empresa a la
Autoridad de Gestión.
Por último, el reglamento de funcionamiento del instrumento de ingeniería financiera
contendrá al menos la siguiente información:
a) Descripción detallada de los requisitos para concesión de las ayudas procedentes
del mismo.
b) Procedimiento por el que las ayudas se hacen efectiva.
c) Plazo de duración, que podrá ser limitado.
d) Causas de disolución y normas para realizar su liquidación.
e) Procedimientos para llevar a cabo las modificaciones del Plan de empresa y del
propio reglamento de funcionamiento.
8.2.3. Subvencionabilidad de gastos en el Programa de Cooperación MAC (Madeira-Azores-Canarias)
Las normas de subvencionabilidad aplicables al programa de Cooperación Territorial MAC
serán las previstas en el Capítulo III; Sección 2: Normas de Subvencionabilidad aplicables a
los P.O. correspondientes al objetivo de Cooperación Territorial del Reglamento (CE)
1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por las que se fijan las normas de
desarrollo del Reglamento (CE) 1080/2006 y el Reglamento (CE) 1083/2006:
a) Art. 49: Gastos Financieros y costes de garantías
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Serán subvencionables por el FEDER los siguientes gastos y costes:
Los derivados de transacciones financieras internacionales.
Cuando la ejecución de una operación requiera la apertura de una cuenta o cuentas
independientes, gastos de apertura y gestión de ellas.
Los honorarios en concepto de asesoramiento jurídico, notarial, técnico y financiero
cuando estén directamente vinculados a la operación o en el caso de gastos de
contabilidad y auditoría cuando vengan impuestos por la AG.
El coste de las garantías aportado por un banco cuando la legislación exija dichas
garantías.
No serán subvencionables las multas, sanciones, y gastos derivados de litigios.
b) Art. 50: Gastos de las autoridades públicas relativos a la ejecución de operaciones
1. Además de la ayuda técnica para el programa operativo con arreglo al artículo 46 del
Reglamento (CE) no 1083/2006, serán subvencionables los gastos siguientes abonados por
las autoridades públicas durante la preparación o ejecución de una operación:
a) los costes de los servicios profesionales prestados por una autoridad pública
distinta del beneficiario durante la preparación o ejecución de una operación;
b) los costes de los servicios relativos a la preparación y ejecución de una operación
prestados por una autoridad pública cuando ella misma sea la beneficiaria y esté
ejecutando una operación por cuenta propia sin recurrir a prestadores de servicios
externos.
2. La autoridad pública en cuestión, bien facturará al beneficiario los costes a los que se
refiere el apartado 1, letra a), o bien certificará dichos costes sobre la base de documentos
de valor acreditativo equivalente que permitan la identificación de los costes reales pagados
por la autoridad en concepto de la operación.
3. Los costes a los que se refiere el apartado 1, letra b), serán subvencionables cuando sean
costes adicionales y relacionados, bien con los gastos, reales y directamente abonados, en
concepto de la operación cofinanciada, o bien con las contribuciones en especie
contempladas en el artículo 51.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Dichos costes se certificarán por medio de documentos que permitan identificar los costes
reales abonados por la autoridad pública implicada en la operación o las contribuciones en
especie hechas por dicha autoridad.
c) Art. 51: Contribuciones en especie
Serán subvencionables si se cumplen las condiciones siguientes:
a) deberán consistir en la aportación de terrenos o inmuebles, equipamiento o materias
primas, trabajo de investigación o profesional, o trabajo voluntario no remunerado.
b) podrá calcularse su valor y auditarse de forma independiente.
En el caso de terrenos o inmuebles certificará el valor un tasador cualificado independiente o
un organismo oficial autorizado
En el caso del trabajo voluntario no remunerado, se determinará su valor teniendo en cuenta
el tiempo empleado y la remuneración horaria y diaria de un trabajo equivalente.
d) Art. 52: Gastos generales
Serán subvencionables cuando estén basados en costes reales imputables a la ejecución de
la operación en cuestión o en los costes medios reales imputables a operaciones del mismo
tipo.
Las cantidades a tanto alzado basadas en los costes medios no podrán superar el 25% de los
costes directos de una operación que pueda afectar al nivel de los gastos generales. El
cálculo de las cantidades a tanto alzado se documentará adecuadamente y se revisará
periódicamente.
e) Art. 53: Depreciación
Los gastos de depreciación de los bienes amortizables directamente utilizados en una
operación y en los que se ha incurrido durante el periodo de cofinanciación de dicha
operación serán subvencionables siempre y cuando la adquisición del bien no se haya
declarado gastos subvencionable.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Además de las ya mencionadas, existen otras normas relativas a la subvencionabilidad de los
gastos adoptadas por el Comité de Seguimiento del Programa de Cooperación Territorial
MAC:
a) Intereses deudores: no serán considerados subvencionables.
b) IVA, IGIC o impuestos similares: no serán subvencionables cuando sean susceptibles de
compensación o recuperación.
c) Adquisición de terrenos: Serán subvencionables las adquisiciones de terrenos y de
bienes inmuebles en los que exista una relación directa entre la compra y los objetivos
de la operación, debiendo utilizarse para los fines y durante el periodo que se prevea
expresamente su inclusión en el acto de selección de la operación cofinanciable.
No obstante, no serán consideradas subvencionables las adquisiciones cuyo importe sea
superior al 10% del gasto total subvencionable de la operación, si bien en casos
excepcionales, la Autoridad de Gestión podrá aprobar un porcentaje mayor para las
operaciones relacionadas con la conservación del medio ambiente.
d) Gastos de Viviendas: no serán considerados subvencionables.
e) Gastos derivados de las transacciones financieras transnacionales: serán considerados
subvencionables.
f) Gastos bancarios de apertura y gestión: serán considerados subvencionables cuando sea
obligatorio disponer de una cuenta separada.
g) Asesoramiento jurídico, gastos notariales, expertos técnicos y financieros: se
considerarán subvencionables siempre que estén directamente relacionados con la
operación y sean necesarios.
h) Amortizaciones: Será subvencionable el coste de depreciación de los bienes
inventariables siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
a) Que la adquisición de los bienes amortizados no hayan sido objeto de cofinanciación
por parte de los fondos, ni hayan sido objeto de cualquier otra subvención.
b) Que la amortización se calcule de conformidad con la normativa contable nacional,
pública y privada.
c) Que el coste se refiera exclusivamente al periodo de elegibilidad de la operación.
d) Que se presenten justificantes de gastos mediante facturas o documentos de valor
contable equivalente.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
e) Gastos Generales: Los gastos generales serán subvencionables cuando estén basados
en costes reales imputables a la ejecución de la operación en cuestión en los costes
medios reales imputables a operaciones del mismo tipo siempre que se presenten
justificantes de gastos mediante facturas pagadas odocumentos contables con valor de
prueba equivalente al de las facturas.
f) Gastos de auditoria y contabilidad: serán considerados subvencionables siempre que se
encuentren vinculados a la operación y deriven de exigencias de la Autoridad de Gestión.
g) Garantías bancarias o de otro organismo financiero: se considerarán subvencionables
siempre que sean exigibles por la legislación nacional o comunitaria.
Así mismo, en el ejercicio de las actuaciones de verificación, se tendrá en cuenta la “Guía
para la Certificación de Gastos de Proyectos y Solicitudes de Reembolso” a la que hace
referencia cada convocatoria de proyectos.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
8.3. Justificación del gasto.
La comprobación de la realidad de los gastos declarados se realizará a través de la
verificación de que éstos se encuentran soportados por facturas o documentos contables de
valor probatorio equivalente, y están efectivamente pagados.
A tales efectos, entenderemos como gastos efectivamente pagados los siguientes:
1. Los realizados por los organismos o empresas con responsabilidad en la ejecución de
las operaciones.
2. Las subvenciones pagadas a los beneficiarios por parte de los órganos concedentes
de las ayudas.
3. Los gastos realizados por los beneficiarios durante la ejecución de sus actuaciones.
Estos aspectos se verificarán según se trate de los siguientes casos:
a) Contratos, Encargos de Ejecución, Encomiendas de Gestión y Convenios.
En estos casos, para verificar la realidad de los gastos declarados se comprobará que:
1. Los gastos están justificados mediante facturas o documentos contables de valor
probatorio equivalente, según lo que establezca el contrato, encomienda, encargo
de ejecución o convenio.
2. El gasto se ha realizado dentro del periodo elegible y, en su caso, en el período
establecido en el contrato, encomienda o convenio suscrito.
3. Que los gastos a certificar están pagados, para lo que se verificará la existencia del
correspondiente documento bancario. En el caso de que el Centro
Gestor/Colaborador/Ejecutor pertenezca al Gobierno de Canarias se aportará como
justificación del pago el documento contable (o copia de la pantalla de aplicación
contable) en el que aparezca como mínimo la fecha en la que se realizó el pago, el
importe del mismo y el número del expediente administrativo.
4. Se verificará además, que la suma de los pagos realizados hasta la fecha de la
verificación no es superior al importe objeto del contrato, encomienda, encargo de
ejecución o convenio.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
La falta de justificación adecuada de estos puntos, así como la existencia de limitaciones al
alcance de las verificaciones, deberán suponer la no declaración de los gastos.
b) Subvenciones.
En el caso de las subvenciones, ya sean de concesión directa o de régimen de concurrencia
competitiva, la realidad del gasto se comprobará de la siguiente manera:
1. Se comprobará que la subvención ha sido abonada al beneficiario, lo que se
verificará a través el documento contable (o copia de la pantalla de aplicación
contable) en el que aparezca como mínimo la fecha en la que se realizó el pago, el
importe del mismo y el número del expediente administrativo.
2. Que el pago de la subvención está justificado mediante las correspondientes
facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, presentados por
el beneficiario según lo establecido en la Resolución de Concesión.
3. Que tanto los gastos como los pagos se han realizado dentro del periodo elegible o,
en su caso, en el plazo previsto en la convocatoria y/o resolución de concesión si es
menor.
4. Que los gastos de la operación subvencionada han sido abonados por el
beneficiario, lo que se verificará a través de los justificantes (documentos
bancarios/apuntes contables) que deberá presentar el beneficiario.
En aquellos casos en los que en el expediente administrativo no se encuentren los
documentos justificativos de la subvención y en su lugar, se disponga que la obligación de
conservar dicha documentación corresponde al beneficiario, el Centro Gestor/Colaborador
deberá solicitar al mismo que la presente con anterioridad a la visita para que ésta se
encuentre a disposición del Servicio de Control.
En caso de que la documentación justificativa de la subvención no se encuentre disponible
junto al expediente administrativo, el técnico del Servicio de Control deberá requerirla al
Centro Gestor/Colaborador, y éste a su vez al beneficiario.
Una vez que la documentación esté a disposición del técnico del Servicio de Control, éste
podrá concluir con las tareas de verificación, si bien esto no supondrá que no se deba poner
de manifiesto la debilidad del procedimiento de gestión llevado a cabo por el Centro
Gestor/Colaborador, debiendo realizar las recomendaciones oportunas.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
No obstante, si una vez requerida la documentación, ésta no fuera puesta a disposición del
técnico de verificación, se deberán hacer constar en el informe limitaciones al alcance de las
verificaciones por este motivo, y recomendar la no declaración de los gastos.
Como ya se ha señalado, la comprobación de la correcta justificación de los gastos
declarados se realizará a través de la verificación de que éstos se encuentran soportados
por facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, y están efectivamente
pagados.
A estos efectos las facturas deben contener al menos la siguiente información:
Número/serie.
Fecha de emisión.
Nombre y apellidos, razón o denominación social completa,
tanto del emisor como del destinatario.
Número de identificación fiscal atribuido por la Administración
Española o, en su caso, por el Estado de origen del emisor.
Domicilio tanto del emisor como del destinatario.
Descripción del objeto de la factura.
Base imponible
Tipo/s impositivo/s.
Cuota tributaria.
Importe total.
En el caso de que el Centro Gestor/Colaborador/Ejecutor pertenezca al Gobierno de Canarias
se aportará como justificación del pago el documento contable (o copia de la pantalla de
aplicación contable) en el que aparezca como mínimo la fecha en la que se realizó el pago, el
importe del mismo y el número del expediente administrativo.
Asimismo, en aquellos casos en los que se imputen gastos a prorrata a una operación, se
deberá aportar un certificado relativo al método de imputación utilizado que deberá basarse
en criterios objetivos.
No obstante, en el caso de los gastos realizados por los beneficiarios su pago podrá
justificarse, de una u otra forma según el tipo de gasto de que se trate y la forma en que se
haya justificado, a saber:
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
a) Facturas: el pago de facturas se justificará, con carácter general, mediante el
correspondiente extracto bancario en el que deberá constar como concepto al menos, el
número o números de las facturas que se están pagando, con el fin de comprobar con
exactitud que el pago se corresponde con el gasto.
Se podrán dar, además los siguientes casos:
b) Facturas pagadas mediante cheques: el pago de estas facturas se justificará mediante
una copia del cheque acompañado del correspondiente extracto bancario en el que
quede justificado que ese cheque ha sido hecho efectivo. No se considerará justificativo
del pago de una factura únicamente la copia del cheque.
c) Facturas pagadas mediante pagarés: el pago de estas facturas se justificará mediante
una copia del pagaré acompañado del correspondiente extracto bancario en el que quede
justificado que ese pagaré ha sido hecho efectivo. En cualquier caso, es importante en el
caso de pagos justificados con pagarés verificar que la fecha de vencimiento se
encuentra dentro del periodo elegible y dentro de los plazos de justificación establecidos.
No se considerará justificativo del pago de una factura únicamente la copia del pagaré.
d) Facturas pagadas en metálico: el pago de facturas en metálico se justificará mediante la
aportación por parte del beneficiario del correspondiente apunte de caja. En aquellos
casos excepcionales valorados por el equipo de control en los que esto no fuera posible,
se deberá aportar un recibí de la empresa/proveedor que emite la factura en el que
conste:
1. Datos Fiscales del Proveedor.
2. Fecha y número de la factura que se cobra.
3. Importe de la factura.
4. Fecha del cobro.
5. Firma y sello de la empresa/proveedor.
No se considerará justificativo del pago en metálico de una factura la firma del proveedor,
o el sello de pagado en la misma.
e) Nóminas y nóminas ajustadas a convenio: el pago de nóminas se justificará mediante el
correspondiente extracto bancario justificativo del pago de cada nómina a cada
trabajador. En aquellos casos, en los que el pago de las nóminas se realiza por remesa,
se justificará mediante una copia de la misma sellada por una entidad bancaria, o
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
mediante una copia de remesa acompañada de su correspondiente extracto bancario. No
se considerará justificativo del pago de una nómina, la firma del trabajador en la misma.
f) Cuotas de la Seguridad Social: el pago de las cuotas de la seguridad social con cargo a la
empresa se justificará a través del correspondiente TC1, acompañado del TC2 sellado por
una entidad bancaria, o en su defecto por una copia del TC1 o TC2 acompañado del
correspondiente extracto bancario.
g) Dietas y gastos de desplazamiento: el pago de dietas y gastos de desplazamiento se
justificará a través del correspondiente extracto bancario en el que se justifique el pago
de los gastos a la persona que se haya desplazado. En este caso se deberá aportar
además, una copia de la hoja de gastos presentada por la persona que se haya
desplazado, así como una copia de todas las facturas/tickets cuya suma deberá coincidir
con el importe de la hoja de gastos. En aquellos casos en los que los gastos de
desplazamiento sean abonados junto con la nómina del trabajador se deberá aportar
junto a la hoja de gastos y las facturas/tickets una copia de la nómina y de su pago
correspondiente. No se considerará justificativo del pago de dietas y/o desplazamientos,
la firma del trabajador en la hoja de gastos.
h) Anticipos: en el caso de los anticipos, si bien el artículo 78 del Reglamento (CE)
1083/2006, del Consejo, permite la certificación de gastos correspondientes a anticipos,
aún cuando estos no hayan sido justificados por los beneficiarios, la Dirección General de
Planificación y Presupuesto autorizará su certificación cuando se considere necesario
para dar cumplimiento a los objetivos del programa.
Cuando el volumen de gastos y pagos certificados así lo aconsejen, se podrá verificar una
muestra representativa de los mismos por cada operación, siempre y cuando el Servicio de
Control del Organismo Intermedio lo considere adecuado. A tal efecto, se establece los
siguientes criterios:
1. Operaciones que cuenten con menos de 75 facturas o documentos contables
de valor probatorio equivalente, se procederá a la verificación total de los
mismos.
2. Operaciones que cuenten con 75 o más facturas se podrá seleccionar una
muestra en la que se seleccionará los gastos económicamente más
importantes y el resto mediante una muestra aleatoria que represente al
menos el 20% de los gastos declarados en la operación.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
3. En el caso de que los gastos se encuentren verificados por un auditor
independiente o mediante certificado emitido por el Interventor de una
Corporación Local, podrá procederse a la selección de una muestra conforme
a los criterios previstos en el apartado anterior aunque el número de facturas
no sea igual o superior a 75.
No obstante lo anterior, en aquellos casos en que los resultados obtenidos con la muestra
seleccionada no se consideren satisfactorios, se procederá aumentar la misma con la
finalidad de asegurarse de que los gastos declarados son regulares y se puede proceder a su
certificación.
En cuanto a las declaraciones de gastos correspondientes a los Programas de Cooperación,
al tratarse de convocatorias directas realizadas por la Autoridad de Gestión, y teniendo en
cuenta la variedad y naturaleza de los beneficiarios de los proyectos, se procederá a la
validación plena de todos los gastos y pagos.
Para que pueda considerarse que existe una pista de auditoría suficiente es necesario que se
aporten tanto las facturas como los justificantes de pago. La ausencia de cualquiera de estos
documentos, dará lugar a su requerimiento, debiendo ser subsanada la incidencia a la mayor
brevedad posible. La no subsanación de la falta de pista de auditoría supondrá la no
declaración de los gastos afectados.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
8.4. Cumplimiento de las normas nacionales y comunitarias.
a) Contratación Pública.
a.1) Ejecución Directa por parte del Centro Gestor/Colaborador por procedimiento de
contratación administrativa.
En cuanto a los procedimientos de contratación administrativa, el equipo de verificación
deberá prestar una especial atención a la comprobación de los siguientes aspectos:
1. El procedimiento y forma de adjudicación se encuentra debidamente justificado: se
deberá disponer, junto a la documentación administrativa del expediente, de una
propuesta razonada de gasto en la que consten, tanto las necesidades a cubrir por el
objeto del contrato, como el procedimiento y forma de adjudicación del contrato
(haciendo referencia al articulado de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos
del Sector Público).
2. El fraccionamiento del objeto del contrato se encuentra debidamente justificado: en
aquellos casos en los que exista un fraccionamiento o división en lotes del objeto del
contrato, deberá encontrarse debidamente justificado en el expediente
administrativo, con el fin de que el Servicio de Control pueda determinar que si se han
contravenido las normas en materia de publicidad y concurrencia de los contratos, y
poder determinar la obligatoriedad o no de la publicación de la licitación en los
boletines oficiales correspondientes.
3. Recurso a la tramitación de urgencia y emergencia: se deberá comprobar que el
recurso a estas tramitaciones abreviadas es conforme a los establecido a la Ley
30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y especialmente que se
cumplen los plazos previstos para estas tramitaciones en dicha Ley.
4. Publicidad de la licitación y la adjudicación en los boletines oficiales correspondientes
(se deberán publicar en el Diario Oficial de Unión Europea, cuando el importe de los
contratos supere los umbrales comunitarios) haciendo mención a la cofinanciación
comunitaria. La no publicación en el DOUE de los anuncios de licitación y adjudicación
cuyo importe sea superior a los umbrales comunitarios, supondrá la no declaración
del gasto total de la operación.
5. Criterios de adjudicación no válidos según lo establecido en la Directivas
Comunitarias, prestándose especial atención a los siguientes aspectos:
90
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
a) Consideración de criterios de adjudicación como “experiencia” o “medios
humanos y materiales disponibles”. A este respecto se deberá tener presente
que la experiencia y los medios de la empresa se podrán valorar para acreditar
la solvencia técnica y económica de la empresa, para que se les permita
participar en la licitación, si bien deberán utilizarse se como criterios de
adjudicación aquellos que permitan valorar únicamente las ofertas presentadas
por los licitadores.
b) Introducción de cláusulas discriminatorias no relacionadas directamente con el
objeto del contrato como por ejemplo “la empresa, dentro de su plantilla,
emplea a minusválidos o a mujeres”, “generación de empleo estable o
indefinido”, etc.
c) Rechazo inmediato de las ofertas anormalmente bajas en procedimientos
abiertos o valoración de las ofertas económicas mediante la utilización del
criterio de “precios medios”. A este respecto se debe tener presente que no se
pueden descartar inmediatamente las ofertas consideradas anormalmente
bajas, debiendo concederse a la empresa licitadora un plazo mínimo para
justificar la oferta presentada. En estos casos se deberá disponer, entre la
documentación administrativa del expediente, del requerimiento de la
correspondiente justificación.
6. Tramitación de Modificados de Contratos, así como de obras complementarias, que
en lugar de ser sometidas a un procedimiento de adjudicación, son adjudicadas de
forma directa al contratista de la obra principal. A este respecto se tendrá presente
los establecido en la Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se aprueban
las normas sobe los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo
Europeo de Desarrollo Regional y Fondo de Cohesión.
a.2) Operaciones ejecutadas por Administración, o por entidades instrumentales del
Gobierno de Canarias, que tengan consideración de medios propios, mediante
encomienda de gestión o encargos de ejecución.
En el caso de operaciones ejecutadas por Administración, mediante medios propios o
encomiendas gestión se deberá prestar una especial atención a los siguientes aspectos:
91
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
1. Para aquellos contratos que no superen los umbrales comunitarios, las empresas
públicas o entes instrumentales se ajustarán a los principios de publicidad y
concurrencia establecidos en la normativa de contratación.
2. En aquellos casos en los que los contratos superen los umbrales comunitarios, las
empresas públicas o entes instrumentales, deberán cumplir íntegramente las
disposiciones de la normativa en materia de contratación pública.
3. Las facturas presentadas no deberán incluir gastos generales a no ser que cumplan
con lo establecido en la Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se
aprueban las normas sobe los gastos subvencionables de os programas operativos
del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo de Cohesión:
a) Que conste expresamente su inclusión en el acto de selección de la operación
cofinanciada, conforme a los criterios aprobados en el Comité de Seguimiento.
b) Que estén basados en costes reales imputables a la ejecución de la operación
en cuestión de acuerdo con los principios y normas de contabilidad
generalmente admitidas, o bien en costes medios reales imputables a
operaciones del mismo tipo.
c) Las cantidades a tanto alzado basadas en los costes medios no podrán superar
el 25% de los costes directos de una operación que pueda afectar al nivel de
los gastos generales. El cálculo de las cantidades a tanto alzado se
documentará adecuadamente, sobre la base de un informe técnico motivado,
antes de la primera declaración de gastos en que se incluyan, y se revisará, al
menos, anualmente.
4. Los importes correspondientes al impuesto sobre el valor añadido recuperable y el
impuesto general indirecto canario recuperable incluidos en las facturas, así como los
impuestos de naturaleza similar que sean recuperables, no deberán ser imputados.
El incumplimiento de la normativa en materia de contratación pública supondrá la
realización de las correcciones financieras previstas en el documento de la Comisión sobre
“Orientaciones para la determinación de las correcciones financieras que se deben aplicar a
los gastos cofinanciados por los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión cuando no se
respetan las reglas en materia de mercados públicos”.
92
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
a.3) Subvenciones o Convenios entre Administraciones o de éstas con entidades privadas.
Se deberán comprobar los siguientes aspectos:
1. La inclusión, en los documentos en los que se formalice el Convenio, Acuerdo o
Subvención, de las normas de contratación que han de cumplir los ejecutores de la
actuación.
2. La inclusión, en los documentos en los que se formalice el Convenio, Acuerdo o
Subvención, de las obligaciones que conlleva la cofinanciación comunitaria.
3. La inclusión, en los documentos en los que se formalice el Convenio, Acuerdo o
Subvención, del importe total de la subvención, convenio o acuerdo, así como del importe
cofinanciado y el porcentaje de la cofinanciación.
4. La alusión a las obligaciones de las partes firmantes en relación a la gestión del convenio
o acuerdo, que en el caso de la entidad con la que se convenie, serán las mismas que las
del Centro Gestor/Colaborador.
La ausencia de esta información en la documentación, conllevará la inclusión en el informe
de verificación, de la correspondiente recomendación.
b) Subvenciones.
En el caso de procedimientos de concesión de subvenciones, el verificador deberá
comprobar, con carácter general, el cumplimiento de la normativa de subvenciones, y más
concretamente:
1. En el caso de subvenciones directas: que se justifican adecuadamente los intereses
públicos que motivan la concesión de la subvención.
2. En el caso de subvenciones con régimen de concurrencia competitiva que se
establecen los criterios de valoración de solicitudes con su correspondiente
puntuación, que éstos no son discriminatorios y que existen actas de valoración según
los criterios establecidos.
El incumplimiento de dicha normativa dará lugar, según el caso, a la inclusión de
recomendaciones en el informe de verificación, a la no declaración del gasto o a instar al
Centro Gestor/Colaborador al inicio de un procedimiento de reintegro.
93
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
94
c) Cumplimiento de la normativa comunitaria en materia de Ayudas de Estado: Política
de Competencia, Control de Incompatibilidad y Acumulación e Intensidad de las
ayudas.
Según lo establecido en el artículo 87 del Tratado de la Comunidad Europea, las ayudas de
Estado que atenten o puedan atentar contra la libre competencia de mercado, son
incompatibles con el mercado común, salvo que se encuentren autorizadas por la Comisión
Europea, o estén sujetas a alguna regla de exención en función de la ayuda de que se trate.
Por lo tanto, al encontrarse ante una ayuda a una actividad productiva deberá verificarse
siempre, que se de alguno de los siguientes casos:
1. Existe un régimen de ayudas comunicado a la Comisión y aprobado por la misma,
debiendo verificarse la fecha de aprobación, el tipo de ayuda y el periodo de vigencia
de la misma.
2. Son ayudas que se encuentran en Régimen de Mínimis, y por lo tanto exentas de
comunicación a la Comisión, debiendo verificarse que las ayudas para un mismo
beneficiario no superan los 200.000,00 € anuales.42
3. Se acoge a algunas de las ayudas previstas en el Reglamento General de Exención.
4. Existe Informe de la Dirección General de Asuntos Económicos de la Unión Europea.
En lo relativo a la intensidad y acumulación de las ayudas a empresas, éstas deben respetar
los límites establecidos en el régimen de ayuda que las aprueba o el reglamento de exención
al que estén sujetas. En estos casos debe verificarse que:
1. Existe en el expediente administrativo una declaración del beneficiario en la que
relaciones cualquier otra ayuda que haya recibido, o en su caso de no haber recibido
ninguna otra ayuda.
2. Se respetan los límites de la intensidad de las ayudas de que se traten.
El incumplimiento de la normativa sobre ayuda de estado, del régimen de ayudas
aprobado, de los requisitos previstos para las ayudas mínimis u otras ayudas exentas de
comunicación, además de la de intensidad y acumulación de las ayudas, dará lugar a una
corrección total o parcial de los gastos declarados.
42 Como medida excepcional ante la crisis financiera global, este importe se ha visto incrementado hasta los 500.000,00 €.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
d) Cumplimiento de la normativa comunitaria en materia de información y publicidad.
Se ha de verificar que en todas las actuaciones cofinanciadas con Fondos Europeos se han
desarrollado las actuaciones oportunas en materia de información y publicidad, conforme a
lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio y en el
Reglamento (CE) nº 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre. En especial se ha de
verificar que se ha hecho alusión e incluido el emblema comunitario en:
1. Vallas, placas conmemorativas, carteles.
2. Contenidos digitales y/o audiovisuales.
3. Anuncios en prensa u otras publicaciones (guías, folletos, etc.)
4. Materiales didácticos.
5. Contratos, Pliegos de Cláusulas Particulares, etc.
6. Resoluciones de Concesión.
7. Etc.
Asimismo, en el caso de subvenciones, convenios, etc. es obligatorio hacer mención a las
obligaciones de los beneficiarios en materia de información y publicidad, como ejecutores de
proyectos cofinanciados.
Los incumplimientos detectados en materia de información y publicidad supondrán el
reflejo, en el Informe de Verificación, de las correspondientes recomendaciones, debiendo ser
subsanadas durante el plazo de alegaciones. En caso de que las incidencias en materia de
información y publicidad no sean subsanadas el gasto afectado no deberá ser incluido en la
declaración.
e) Cumplimiento de la normativa comunitaria en materia de igualdad de oportunidades.
Se debe comprobar, en especial en las ayudas relacionadas con el acceso al empleo, la
formación o en materia de condiciones de trabajo, que la actuación promueva la eliminación
de desigualdades y el fomento de la igualdad de entre hombres y mujeres y en particularidad
la igualdad de oportunidades en lo referente al estado civil o familiar, de religión o
convicciones, de discapacidad, de edad o de orientación sexual.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
Asimismo, se deberá comprobar y dejar constancia en el Informe de Verificación de si se han
llevado o no a cabo actuaciones específicas destinadas a prevenir o compensar las
desigualdades y desventajas de los colectivos desfavorecidos.
f) Cumplimiento de la normativa comunitaria en materia de Medio Ambiente.
Se deberá verificar que la operación en cuestión se ha sometido a las medidas de prevención
ambiental de la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico.
A tal efecto, la Ley 11/1990, establece tres categorías de evaluación ambiental, que de
menor a mayor intensidad son:
Evaluación Básica de Impacto Ecológico
Evaluación Detallada de Impacto Ecológico
Evaluación de Impacto Ambiental
Asimismo, dichas categorías serán de aplicación según los siguientes casos:
a) Por razón de la financiación: deberá ser sometidos a Evaluación Básica de Impacto
Ecológico, todos los proyectos de obra y trabajos financiados total o parcialmente con
fondos de la Hacienda Pública Canaria, excepto cuando se realización tenga lugar
dentro de suelo urbano.
b) Por razón del lugar: deberán ser sometidos a Evaluación Básica de Impacto Ecológico,
todo proyecto objeto de autorización administrativa que vaya a realizarse en Área de
Sensibilidad Ecológica, y a Evaluación Detallada de Impacto Ecológico los proyectos
incluidos en el Anexo II de la Ley 11/1990, cuando pretendan ser realizados en Áreas
de Sensibilidad Ecológica.
c) Por razón de la actividad: deberán ser sometidos a Evaluación Detallada de Impacto
Ecológico los proyectos incluidos en el Anexo I de la Ley 11/1990 y los incluidos en el
Anexo II de la misma Ley cuando vayan a realizarse en Áreas de Sensibilidad
Ecológica. Asimismo se someterán a Evaluación de Impacto Ambiental los proyectos
incluidos en el Anexo III de la Ley 11/1990.
Así pues, se deberá comprobar la existencia de la evaluación correspondiente, según el caso
de que se trate junto a la declaración del Órgano Medioambiental competente, siendo ésta
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
última de carácter obligatorio, así como los resultados que se hayan previsto en las mismas y
que podrán ser:
Nada significativa
Poco significativa
Significativa
Muy significativa
Por otra parte, se deberá verificar el carácter vinculante o no vinculante de la declaración, y
en el primero de los casos, que se ha modificado el proyecto de la obra para incluir los
condicionantes establecidos en la evaluación ambiental.
Por último, se ha de verificar que, en aquellos proyectos no sujetos a declaración ambiental,
se acredita la no afección a la Red Natura 2000, para lo cual se ha de solicitar un certificado
de no afección al órgano medioambiental competente.
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
8.5. Realidad de los gastos declarados.
Según establece el artículo 57 del Reglamento (CE) 1083/2006 <<la autoridad de gestión
garantizará que una operación únicamente retenga la contribución de los Fondos si no sufre,
antes de transcurridos cinco años desde su término, o antes de tres años, en el caso de los
Estados miembros que hayan decido reducir el plazo para el mantenimiento de la inversión o
de los puestos de trabajo creados por pequeñas y medianas empresas, una modificación
sustancial>>.
Así pues, con carácter general se deberán realizar una serie de verificaciones con el fin de
garantizar que los bienes han sido entregados, los servicios han sido prestados, que el objeto
de la subvención ha sido ejecutado y asimismo, que la operación se haya mantenido o no
haya sufrido cambios sustanciales en los plazos anteriormente señalados. A tal efecto, se
podrá proceder de la siguiente forma:
1. Comprobar la existencia de actas de entrega de bienes o de recepción de servicios
así como de cualquier otro documento que acredite la efectiva realización de la
operación cofinanciada.
2. Realizar visitas in situ para comprobar la existencia de los hechos subvencionados.
Las comprobaciones previas a la certificación son exigidas por el artículo 13 del Reglamento
1828/2006, de la Comisión, así pues las actas o informes justificativos de las
comprobaciones realizadas al respecto por el Centro Gestor/Colaborador, deben quedar
archivadas una copia de las mismas junto al expediente administrativo, como justificación
del cumplimiento de esta obligación sin perjuicio de la documentación de las verificaciones
efectuadas que queda registrada en el SIGFE.
No obstante, estas verificaciones realizadas por los Centros Gestores/colaboradores pueden
se objeto de control por parte del Servicio de Control conforme al procedimiento previsto en
el apartado 6 de este manual.
Las visitas in situ se realizarán cuando se consideren oportunas, fundamentalmente, cuando
la operación cofinanciada esté avanzada en términos físicos y financieros. No obstante, si
debido a la naturaleza del proyecto no es posible obtener evidencias físicas de su finalización,
la verificación consistirá en comprobar la existencia de documentación acreditativa de su
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
realidad. Se destaca en el siguiente cuadro varios ejemplos atendiendo a la naturaleza del
gasto:
Tipología de gasto Documentos acreditativos
Gasto de Personal
Informe descriptivo de tareas y horas imputadas a la
operación
Evidencia física de de los trabajos efectuados
(informes, estudios, manuales…)
Obras Acta de recepción de las obras
material fotográfico, vídeos
Equipamientos
Acta de recepción del suministro
Albaranes de entrega
Material fotográfico
Inventarios y registros de los equipamiento con
indicación actualizada de su emplazamiento
Servicios
Prueba física de los servicios tales como redacción de
proyectos, estudios, informes
Certificado emitido al efecto por el responsable de la
operación prestando su conformidad al servicio
prestado
Memorias finales descriptivas de los servicios
prestados
Cursos, jornadas, Comités
Hojas de control de asistencia
Actas de las notas o certificados de notas
Diplomas o titulaciones
Memorias finales suscritas por el director/tutor o
responsable de los eventos
Material fotográfico, de audio o vídeos
Certificados de asistencias
Material divulgativo o de
información
Toda prueba de material de publicidad tales como
anuncios, cuñas radiofónicas, folletos, dípticos,
trípticos, cartelería, cualquier otro material u objeto
donde se inserte la publicidad
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
100
Tipología de gasto Documentos acreditativos
Investigación, desarrollo e
innovación
Prueba física o documental de los resultados de la
investigación:
Publicaciones
Documentales, Ponencias, Congresos celebrados
Memorias de los resultados de las tareas realizadas o
de los servicios prestados
Tesis desarrolladas
Gastos corrientes
Dietas (Comisiones de servicios)
Tarjetas de embarques
Certificados emitidos por los órganos que autorizan los
gastos
Certificados de asistencia
Los trabajos de verificación tanto administrativos como físicos llevados a cabo por el Servicio
de Control así como por los Centros Gestores seguirán las orientaciones previstas en este
manual.
No obstante, el grado de intensidad de las verificaciones efectuadas dependerá de si las
operaciones han sido objeto de control con carácter previo por parte de empresas o
profesionales independientes contratados al efecto durante la tramitación de los expedientes
administrativos. En estos casos, los trabajos de comprobación efectuados deberán cumplir
unos requisitos mínimos que se incluyen como anexo IX a este Manual.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
ANEXO I: LISTAS DE COMPROBACIÓN: VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Las listas de comprobación que a continuación se enumeran, deberán ser cumplimentadas
durante la realización de las verificaciones establecidas en el artículo 13 del Reglamento (CE)
1828/2006, tanto por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, en calidad de
Organismo Intermedio, como por los Centros Gestores/Colaboradores que lleven a cabo
dichas tareas en colaboración con la DGPP, en función de la naturaleza del gasto verificado:
1. OPER 01 – Lista de comprobación de las Operaciones Cofinanciadas.
2. BASES 01 - Lista de comprobación de las bases/convocatorias y órdenes de
subvención del procedimiento de concesión.
3. CONCES 01 - Lista de comprobación de la instrucción y concesión de
subvenciones.
4. CONT-TR 01 - Lista de Comprobación de la normativa de Contratación (TRLCAP),
para contratos regidos por el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas.
5. CONT-SP 01- Lista de Comprobación de la normativa de Contratación (LCSP), para
contratos regidos por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector
Público.
6. CONV 01 – Lista de Comprobación de Convenios.
7. ENCOM 01 - Lista de Comprobación de Encomiendas.
8. JUST 01 - Lista de comprobación de Justificación Económica.
9. SUBV-FD 01 y SUBV-FS 01 - Lista de comprobación de Subvencionabilidad, según
se trate de operaciones cofinanciadas por FSE o FEDER.
10. PIST AUDT 01 - Lista de comprobación de Pista de Auditoría.
11. COMP 01 - Lista de comprobación de Competencia.
12. PUBL 01 - Lista de comprobación de Información y Publicidad.
13. MED AMB 01 - Lista de comprobación de la normativa de Medio Ambiente.
14. EQUAL-FD 01 y EQUAL-FS 01 - Lista de comprobación de la normativa de Igualdad
de Oportunidades, según se trate de FEDER o de FSE.
101
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
102
Así, por ejemplo, en el caso de la verificación de una operación consistente en una
subvención se deberán cumplimentar las siguientes listas:
1. OPER 01 – Lista de comprobación de las Operaciones Cofinanciadas (si es una
operación cofinanciada con el FEDER)
2. BASES 01 - Lista de comprobación de las bases/convocatorias y órdenes de
subvención del procedimiento de concesión.
3. BASES 01 - Lista de comprobación de la instrucción y concesión de subvenciones.
4. JUST 01 - Lista de comprobación de Justificación Económica.
5. SUBV 01 - Lista de comprobación de Subvencionabilidad, según se trate de
operaciones cofinanciadas por FSE o FEDER y Fondo de Cohesión.
6. PIST AUDT 01 - Lista de comprobación de Pista de Auditoría.
7. COMP 01 - Lista de comprobación de Competencia.
8. PUBL 01 - Lista de comprobación de Información y Publicidad.
9. MED AMB 01 - Lista de comprobación de la normativa de Medio Ambiente.
10. EQUAL 01 - Lista de comprobación de la normativa de Igualdad de Oportunidades
El campo Nº REF, incluido dentro del encabezado de página, se cumplimentará con la
primera letra del nombre, y las tres primeras letras de ambos apellidos de la persona que
lleve a cabo la verificación.
Por último, las listas podrán ser modificadas a lo largo de la vida del Programa, en estos
casos las nuevas versiones de las listas se numerarán correlativamente en orden ascendente,
tantas veces como se modifique:
JUST 01 - Lista de comprobación de Justificación Económica.
JUST 02 - Lista de comprobación de Justificación Económica.
JUST 03 - Lista de comprobación de Justificación Económica.
Las listas de comprobación deberán estar firmadas y fechadas.
Nº REF:
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CCOOMMPP 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA NNOORRMMAATTIIVVAA DDEE CCOOMMPPEETTEENNCCIIAA
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Coste total:
Coste total subvencionable:
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿Las ayudas concedidas constituyen Ayudas de Estado?
2. ¿Las ayudas concedidas se ajustan al Régimen de Ayudas notificado y
aprobado? (especificar nº)
3. ¿Se cumplen las condiciones del Régimen de Ayuda tal y como ha sido
aprobado por la Comisión?
4. ¿Las ayudas concedidas se ajustan al Reglamento (CE) 800/2008 General
de Exención?
5. ¿Se cumple con todas las condiciones establecidas en el Reglamento?
6. ¿Las ayudas concedidas se ajustan al Reglamento nº 1998/2006 - ayudas
de mínimis ?
7. ¿Se han comprobado las reglas sobre acumulación e intensidad en la subvención o ayuda?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
Página 3 de 72
EEQQUUAALL--FFDD 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA NNOORRMMAATTIIVVAA DDEE
IIGGUUAALLDDAADD DDEE OOPPOORRTTUUNNIIDDAADDEESS FFEEDDEERR
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Coste total:
Coste total subvencionable:
VERIFICACIONES SI NO N/A
8. ¿La actuación cofinanciada produce efectos positivos sobre la política de
igualdad de oportunidades?. Si se ha contestado SI, indicar las medias de
acción positivas que se han adoptado.
9. ¿Produce efectos neutros?
10. ¿El Organismo exige/sugiere algún tipo de medidas a favor de la
igualdad de oportunidades en el desarrollo de los proyectos?
11. En general, ¿Se han producido efectos negativos en materia de
igualdad de oportunidades?
Nº REF:
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OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
Página 5 de 72
EEQQUUAALL 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA NNOORRMMAATTIIVVAA DDEE IIGGUUAALLDDAADD
DDEE OOPPOORRTTUUNNIIDDAADDEESS FFSSEE
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Coste total:
Coste total subvencionable:
VERIFICACIONES SI NO N/A
12. ¿La actuación cofinanciada produce efectos positivos sobre la política
de igualdad de oportunidades?. Si se ha contestado SI, indicar las medias
de acción positivas que se han adoptado.
13. ¿Produce efectos neutros?
14. ¿Se ha utilizado criterios de lenguaje no sexista?
15. ¿Hay datos desagregados por sexo?
16. ¿Se ha realizado valoración en materia de igualdad?
17. ¿Han participado expertos/as en materia de igualdad?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
18. ¿El Organismo exige/sugiere algún tipo de medidas a favor de la
igualdad de oportunidades en el desarrollo de los proyectos?
19. ¿Existe registro documental de las acciones a favor de la igualdad de
oportunidades en relación con las operaciones?
20. En general ¿Se han producido efectos negativos en materia de
igualdad de oportunidades?
Nº REF:
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OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
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PPUUBBLL 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA NNOORRMMAATTIIVVAA DDEE IINNFFOORRMMAACCIIÓÓNN
YY PPUUBBLLIICCIIDDAADD
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Importe validado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
VERIFICACIONES SI NO N/A
21. ¿Se ha informado a los Beneficiarios de que la aceptación de la
financiación implica la aceptación de su inclusión en una lista de
beneficiarios que se hará pública?
22. Si la contribución pública total a la operación supere los 500.000 €, o
la operación consiste en la financiación de una infraestructura o en
trabajos de construcción, ¿el Beneficiario ha colocado un cartel en el
enclave de las operaciones durante la ejecución de las mismas?
23. ¿En el cartel se incluye la información a que se refiere el artículo 9 del
R (CE) 1828/2006?: el emblema de la UE, de conformidad con las
normas gráficas establecidas en el Anexo I del R(CE) 1828/2006, la
referencia al Fondo en cuestión y la declaración en la que se destaca
el valor añadido de la intervención a la Comunidad, que en el caso de
Canarias es “Canarias Objetivo de Progreso”?
24. ¿La información mencionada en la pregunta anterior ocupa como
mínimo el 25% del cartel?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
25. Si la contribución pública total a la operación supere los 500.000 €, o
la operación consiste en la compra de un objeto físico, la financiación
de una infraestructura o en trabajos de construcción, ¿el Beneficiario
coloca una placa explicativa permanente, visible y de gran tamaño, en
un plazo máximo de 6 meses a partir de la conclusión de la
operación?
26. En la placa se indica el tipo y nombre de la operación, además de la
información a que se refiere el Art. 9 del R (CE) 1828/2006?
27. ¿La información mencionada en la pregunta anterior ocupa como
mínimo el 25% del cartel?
28. ¿Se ha verificado que las partes que intervienen en la operación han
sido informadas de la financiación del Fondo Europeo de que se trate?
29. En el caso de subvenciones ¿se hace referencia a la cofinanciación del
Fondo Europeo en la normativa reguladora?
30. En el caso de subvenciones ¿se hace referencia a la cofinanciación del
Fondo Europeo en los formularios de solicitud?
31. En el caso de subvenciones ¿se hace referencia a la cofinanciación del
Fondo Europeo en la Resolución de concesión o Convenio?
32. En el caso de subvenciones ¿se hace referencia a la cofinanciación del
Fondo Europeo en Folletos, cuadernillos, notas informativas, anuncios,
páginas web, etc.?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
33. En el caso de subvenciones ¿se hace referencia a la cofinanciación del
Fondo Europeo en diplomas o certificados?
34. Verificar que, En el caso de contrataciones ¿se hace referencia a la
cofinanciación del Fondo Europeo de que se trate en:
35. En el caso de contrataciones ¿se hace referencia a la cofinanciación
del Fondo Europeo en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares?
36. En el caso de contrataciones ¿se hace referencia a la cofinanciación
del Fondo Europeo en el anuncio de licitación?
37. En el caso de contrataciones ¿se hace referencia a la cofinanciación
del Fondo Europeo en los documentos, folletos, anuncios en prensa,
actos públicos, etc. que se realicen hasta la finalización del contrato?
38. En el caso de contrataciones ¿se hace referencia a la cofinanciación
del Fondo Europeo en contratos de consultoría y asistencia y de
servicios, sí el objeto de contrato se materializase en algún tipo de
documento, presentado en cualquier soporte?
39. ¿El Órgano Gestor del proyecto controla el cumplimiento del Reglamento de publicidad por parte de los beneficiarios/adjudicatarios y queda constancia física (informes/fotos) de este control?
Nº REF:
Página 11 de 72
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
Página 12 de 72
MMEEDD AAMMBB 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA NNOORRMMAATTIIVVAA DDEE MMEEDDIIOO
AAMMBBIIEENNTTEE
Código de Operación:
Denominación: Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Coste total: Coste total subvencionable:
VERIFICACIONES SI NO N/A
40. En su caso, ¿cuenta la operación con la Evaluación Básica de Impacto
Ambiental requerida por la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención de
Impacto Ecológico? En caso afirmativo especificar:
a. Es favorable
b. Es desfavorable
c. Es condicionada
41. En caso de que la Evaluación Básica de Impacto Ambiental sea
condicionada, ¿se ha cumplido con dichos condicionantes?
42. En su caso, ¿cuenta la operación con la Evaluación Detallada de
Impacto Ambiental requerida por la Ley 11/1990, de 13 de julio, de
Prevención de Impacto Ecológico? En caso afirmativo especificar:
a. Es favorable
b. Es desfavorable
c. Es condicionada
43. En caso de que la Evaluación Detallada de Impacto Ambiental sea
condicionada, ¿se ha cumplido con dichos condicionantes?
44. En su caso, ¿cuenta la operación con la Declaración de Impacto
Ambiental requerida por la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención de
Impacto Ecológico?
Nº REF:
Página 13 de 72
VERIFICACIONES SI NO N/A
45. En caso de que el proyecto necesite Declaración de Impacto
Ambiental (DIA), ¿es positiva?
46. Según la DIA o la resolución de exención de evaluación de impacto
ambiental ¿Causará el proyecto efectos negativos apreciables sobre las
zonas RED NATURA 2000?
47. ¿Se han tenido en cuenta en el diseño del proyecto los condicionantes
de la DIA o de la Autorización Ambiental Integrada?
48. Si la operación supone la construcción de un vertedero dentro del
ámbito de aplicación del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por
el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero,
¿dispone de autorización para su construcción o ampliación y, en su caso, el
proyecto se ha ajustado a la misma?.
49. Si la operación supone la construcción de una incineradora de
residuos dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 653/2003, de 30
de mayo, sobre incineración de residuos, ¿dispone de autorización para su
construcción o ampliación y, en su caso, el proyecto se ha ajustado a la
misma?
Nº REF:
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OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
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Fecha:
Nº REF:
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OOPPEERR--FFDD 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAASS OOPPEERRAACCIIOONNEESS
CCOOFFIINNAANNCCIIAADDAASS CCOONN EELL FFEEDDEERR
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Coste total:
Coste total subvencionable:
VERIFICACIONES SI NO N/A
50. ¿Se ha comunicado al beneficiario la cofinanciación europea?
51. ¿Se ha comunicado al beneficiario que debe cumplir la normativa
nacional y comunitaria?
52. ¿Se ha informado a los beneficiarios de que la aceptación de la ayuda
implica la aceptación de su inclusión en una lista pública de beneficiarios?
53. En el caso de Sistema de Ayudas ¿Se han respetado los límites
máximos regionales de las ayudas previstos en la normativa comunitaria?
Nº REF:
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OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
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Fecha:
Nº REF:
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JJUUSSTT 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA JJUUSSTTIIFFIICCAACCIIÓÓNN EECCOONNÓÓMMIICCAA
Código de Operación:
Denominación:
Nº y Denominación Expediente:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Importe validado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
I. EJECUCIÓN CONTRATOS, CONVENIOS Y ENCOMIENDAS
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿Existe soporte documental adecuado del gasto, es decir, facturas
originales o documentos contables de valor probatorio equivalente?*
2. ¿Los documentos contables y/o facturas son conformes con lo
estipulado en los contratos o convenios o encargos de ejecución
firmados?
3. ¿Se ha comprobado la realización efectiva del pago?
4. ¿Las facturas que respaldan los pagos subvencionables se han
pagado dentro del periodo elegible, y en su caso, en el período
establecido en el contrato, convenio o encargo?
5. ¿La entidad con la que se ha formalizado el convenio ha realizado
correctamente las prestaciones a su cargo y dentro del plazo
establecido para ello?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
6. ¿Se ha procedido a la comprobación material de las actuaciones
cofinanciadas objeto de contrato, convenio o encomienda por parte
del centro gestor?
7. ¿Existe en el expediente documentación o material que acredite la
efectiva realización de la actuación cofinanciada? (en caso afirmativo
cumplimentar el apartado III de esta lista)
* En caso de que el convenio instrumentalice una subvención directa se cumplimenta sólo las preguntas
referidas a la ejecución de subvenciones
II. EJECUCIÓN DE SUBVENCIONES
VERIFICACIONES SI NO N/A
8. ¿Las acciones financiadas se han realizado de acuerdo con las
condiciones de concesión de la ayuda?
9. ¿Los justificantes de gasto y pago son conformes con lo estipulado en
la Resolución de subvención o del convenio por el que se
instrumentalice la subvención o ayuda, alcanzando al menos el
importe de la inversión subvencionable ejecutada?
10. ¿Existe soporte documental adecuado del gasto, es decir, facturas
originales o documentos contables de valor probatorio equivalente?
11. ¿Se ha comprobado la realización efectiva del pago (transferencias
bancarias o documentos contables de valor probatorio equivalente)?
12. ¿Los importes certificados han sido pagados efectivamente por el
beneficiario de la ayuda dentro del periodo elegible y de los plazos de
justificación establecidos en las Bases Reguladoras y la Orden de
Convocatoria?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
13. ¿Se ha obtenido evidencia de la acreditación por parte del órgano
concedente de haber realizado la comprobación material, cuando así
lo exija la norma reguladora o resolución de concesión, y constancia
en acta o informe?
14. ¿Existe en el expediente documentación o material que acredite la
efectiva realización de la actuación cofinanciada? (en caso afirmativo
cumplimentar el apartado III de esta lista)
15. ¿La cantidad pagada al beneficiario está en relación con el importe
total de gastos subvencionables justificados, en función de la tasa de
ayuda, sin que el pago exceda del importe concedido?
16. En caso de existir anticipos, ¿el importe de éste no se ha declarado
para su certificación a la Autoridad de Pagos, si no en la medida en
que vaya justificándose por el beneficiario?
17. Si se ha contestado NO a la pregunta anterior ¿queda garantizada la
cobertura del anticipo mediante el gasto abonado por los
beneficiarios al ejecutar el proyecto, y documentados mediante la
presentación de facturas pagadas o documentos contables de valor
probatorio equivalente a más tardar tres años después del pago del
adelanto o el 31 de diciembre de 2015?
18. En el caso de subvenciones regladas gestionadas por entidades
colaboradoras, ¿se ha obtenido evidencia del certificado contable de
realización de los pagos por la entidad colaboradora a los
beneficiarios de las subvenciones?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
19. Durante la revisión documental, ¿se ha verificado la totalidad de los
justificantes de gasto y pago?
20. Durante la revisión documental, ¿se ha verificado Una muestra de los
justificantes de pago? (especificar los criterios de selección)
III. MODIFICACIONES DE SUBVENCIONES
VERIFICACIONES SI NO N/A
21. En caso de modificación de la resolución de concesión ¿Se cumple
con los siguientes requisitos establecidos art. 20 Decreto 36/2009 o
es conforme con la normativa anterior aplicable?:
Está previsto en la finalidad de la línea de actuación o proyecto de
inversión.
Las circunstancia que lo motiva no hubieran generado la denegación de
la subvención
Que dichas circunstancia no dependan de la voluntad del beneficiario
22. ¿Se cumple con algunas de las circunstancias establecidas en el
apartado 2 del art. 20 mencionado o con la normativa anterior
aplicable?
23. ¿En caso de existir anticipos, si el beneficiario no ha justificado
gastos reales por importe igual a éste, se ha exigido y obtenido el
reembolso de la cantidad anticipada y no justificada?
24. En caso de modificación de las resoluciones de concesión por
ampliación del plazo de justificación de la subvención, ¿existe
solicitud de prórroga, suficientemente valorada y motivada?
25. En caso de modificación de las resoluciones de concesión por
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
ampliación del plazo de justificación de la subvención, ¿existe
Resolución motivada de prórroga del órgano concedente, en virtud de
la normativa aplicable, donde conste la identificación del expediente y
la fecha límite de justificación según el nuevo plazo otorgado?
IV. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA REALIZACIÓN MATERIAL DE LA
OPERACIÓN COFINANCIADA
VERIFICACIONES SI NO N/A
26. En caso de contratos ¿existe acta de recepción de las obras o de los
suministros entregados?
27. En caso de servicios prestados, ¿existe memoria final o parcial sobre
el mismo?
28. En caso de que el servicio contratado consista en la redacción de
proyectos, informes, estudios, análisis…etc., ¿se ha podido acreditar
la existencia de los mismos?
29. En el supuesto de cursos de formación, seminarios, jornadas,
Comités…etc. ¿existe listado de personas asistentes, hojas de control
de asistencia, constancia de materiales entregados, relación de
ponentes, instructores, profesores/as, cuestionarios de evaluación?
(indicar expresamente cuál)
30. ¿Existe pruebas gráficas o dossier de prensa de las obras,
inversiones, suministros o servicios en que consiste la operación
cofinanciada?
31. ¿Existe cualquier otra documentación acreditativa de la realización
del gasto? Indicar cual
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
32. La acreditación documental de la actuación realizada ¿abarca a la
totalidad del gasto certificado?
33. Si dicha acreditación se ha realizado sobre una muestra, indicar los
criterios que se han tenido en cuenta para la selección.
Nº REF:
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OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
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Fecha:
Nº REF:
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PPIISSTT AAUUDDTT 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE PPIISSTTAA DDEE AAUUDDIITTOORRÍÍAA
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Importe validado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
I. PISTA DE AUDITORÍA
VERIFICACIONES SI NO N/A
54. ¿Es posible verificar el pago de la contribución pública al beneficiario?
55. ¿Las declaraciones de gasto se soportan en listados de operaciones aprobadas?
56. ¿Se dispone de listado detallado de gastos por operación?
57. ¿Existe soporte documental adecuado de los gastos declarados para la operación (facturas originales o documentos de valor probatorio equivalente, contratos, nóminas, TC1, TC2,…)?
58. ¿Existen comprobantes de pago efectivo de los gastos realizados?
59. En el caso de gastos parcialmente imputados ¿se acompañan de un justificante del método de imputación empleado?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
60. ¿Los gastos certificados se corresponden indubitadamente con la operación cofinanciada?
61. En el caso de que se transfieran cantidades por parte del Órgano Gestor para la ejecución de la operación ¿se han adoptado medidas para controlar el cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional?
62. En el caso de que se transfieran cantidades por parte del Órgano Gestor para la ejecución de la operación ¿se ha controlado la presentación de la documentación justificativa de los gastos de ejecución?
Nº REF:
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OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
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Fecha:
Nº REF:
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SSUUBBVV--FFDD 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE SSUUBBVVEENNCCIIOONNAABBIILLIIDDAADD FFEEDDEERR
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Importe validado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
I. CRITERIOS GENERALES DE SUBVENCIONABILIDAD
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿Los gastos se corresponden a operaciones decididas por la Autoridad
de Gestión del Programa Operativo de referencia, de conformidad con
los criterios fijados por el Comité de Seguimiento?
2. ¿Se certifican impuestos indirectos cuando sean susceptibles de
recuperación o compensación, o impuestos personales sobre la renta?
3. ¿Se certifican intereses deudores?
4. ¿Se certifican contribuciones en especie?
5. ¿Se certifican intereses, recargos o sanciones administrativas y
penales?
6. ¿Se certifican gastos de procedimientos judiciales?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
7. ¿Se certifican gastos financieros, salvo las bonificaciones de intereses
recogidas en los regímenes de ayudas?
8. ¿Se certifican gastos de garantías bancarias o de otro tipo, salvo para
bonificaciones del coste del aval recogidas en regímenes de ayuda?
9. ¿Se certifican gastos de adquisición de vivienda?
10. ¿Se certifican gastos de desmantelamiento de centrales nucleares?
11. En el caso de adquisición de bienes y servicios mediante contratos
públicos, ¿se han certificado los descuentos efectuados?
12. En el caso de adquisición de bienes y servicios mediante contratos
públicos, ¿se han certificado los pagos efectuados por el contratista a
la Administración en concepto de tasa de dirección de obra, control
de calidad o cualesquiera otros conceptos que supongan ingresos o
descuentos que se deriven de la ejecución del contrato?
13. En el caso de adquisición de bienes y servicios mediante contratos
públicos, ¿se han certificado los pagos efectuados por el beneficiario
que se deriven de modificaciones de contratos públicos mientras que
no se admita su subvencionabilidad por la Dirección General de
Fondos Comunitarios?
Nº REF:
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II. GASTOS DE ASISTENCIA TÉCNICA
VERIFICACIONES SI NO N/A
14. ¿Se certifican los gastos incurridos en las actividades de
preparación, gestión, seguimiento, evaluación, información y control
del PO, o en actividades dirigidas a reforzar la capacidad
administrativa para la utilización de los Fondos Europeos?
15. ¿Se imputan las remuneraciones brutas del personal que desarrolla
las funciones mencionadas?
16. Si se ha contestado SI a la pregunta anterior, ¿consta declaración/certificación expresa de la autoridad competente de cada organismo, en la que se justifique la dedicación exclusiva o a tiempo parcial, con indicación expresa del tiempo de dedicación en este último supuesto?
III.TERRENOS Y BIENES INMUEBLES
VERIFICACIONES SI NO N/A
17. ¿Se han imputado gastos correspondientes a adquisición de terrenos
y bienes inmuebles?
18. ¿Se ha imputado con este concepto un importe superior al 10% del
gasto total subvencionable de la operación considerada?
19. Si se ha contestado SI a la pregunta anterior, ¿se trata de
operaciones relativas a la conservación del medio ambiente?
20. ¿Las adquisiciones de bienes inmuebles han sido utilizadas para los
fines y durante el periodo previsto?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
21. ¿El importe subvencionable supera el valor de mercado de los
terrenos y de los bienes inmuebles?
22. Si se ha contestado SI a la pregunta anterior, ¿se acredita mediante
certificado de tasador independiente debidamente acreditado e
inscrito en el correspondiente registro oficial? (excepto las
adquisiciones mediante expropiación forzosa)
23. ¿Los Terrenos o bienes inmuebles adquiridos pertenecen o han
pertenecido durante el periodo de elegibilidad al organismo
responsable de la ejecución o a otro organismo o entidad, directa o
indirectamente, vinculado o relacionado con el mismo?
IV. COSTES INDIRECTOS/GASTOS GENERALES
VERIFICACIONES SI NO N/A
24. ¿Existen gastos generales asociados al proyecto?
25. ¿Consta expresamente su inclusión en el acto de selección de la
operación cofinanciada, conforme a los criterios aprobados en el
Comité de Seguimiento?
26. ¿Están basados en costes reales imputables a la ejecución de la
operación en cuestión de acuerdo con los principios y normas de
contabilidad generalmente admitidas?
27. ¿Están basados en costes medios reales imputables a operaciones del
mismo tipo?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
28. ¿Las cantidades a tanto alzado basadas en los costes medios superan
el 25% de los costes directos de la operación?
29. ¿El cálculo de las cantidades a tanto alzado se documenta
adecuadamente, sobre la base de un informe técnico motivado, antes
de la primera declaración de gastos en la que se incluyan?
V. GASTOS DE AMORTIZACIÓN
VERIFICACIONES SI NO N/A
30. ¿Existen gastos de amortización de bienes inventariables utilizados
en la ejecución de la operación?
31. ¿Están directamente relacionados con la operación?
32. ¿En su adquisición se han utilizado subvenciones nacionales o
comunitarias?
33. ¿El importe que se certifica está calculado de conformidad con la
normativa contable nacional pública o privada?
34. ¿El importe que se certifica corresponde con el período de elegibilidad
de la operación?
Nº REF:
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VI. ARRENDAMIENTO FINANCIERO
VERIFICACIONES SI NO N/A
35. ¿Incluye el coste del proyecto alguna operación de arrendamiento
financiero?
36. ¿Incluye el pago de intereses deudores?
37. Cuando la fecha de finalización del contrato sea posterior a la fecha
límite de los gastos ¿el importe subvencionable corresponde a los
pagos abonados por el arrendatario hasta la fecha límite de la
subvencionabilidad?
VII. INSTRUMENTOS DE INGENIERÍA FINANCIERA
VERIFICACIONES SI NO N/A
38. ¿Se financia el gasto mediante instrumentos de ingeniería financiera
para la empresa (principalmente PYMES)?
39. El instrumento de ingeniería ¿se constituye una vez se realizan las
aportaciones económicas iniciales, una vez presentado el plan de
empresa a la Autoridad de Gestión?
40. En el caso de fondos de capital riesgo y fondos de préstamos ¿son
sistemas de inversión establecidos específicamente para proporcionar
acciones u otras formas de capital de riesgo, especialmente a
pequeñas y medianas empresas?
41. En caso de fondos de garantía ¿son instrumentos que garantizan los
fondos de capital riesgo y los fondos de préstamos, así como los
sistemas de financiación, frente a las pérdidas derivadas de las
inversiones realizadas en pequeñas y medianas empresas?
42. En caso de fondos de cartera ¿son instrumentos creados para invertir
en varios fondos de capital riesgo y fondos de préstamos?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
43. El instrumento de ingeniería ¿se crea como entidad jurídica
independiente regida por los acuerdos entre los socios
cofinanciadores o accionistas?
44. Los gastos de gestión del fondo ¿superan los límites previstos en el
apartado 4 del artículo 43 del Reglamento (CE) 1828/2006?
45. En el caso de que el instrumento de ingeniería financiera se cree en
el seno de una institución financiera ¿se garantiza la existencia de un
bloque de recursos independiente sujeto a normas de ejecución
especificas, en particular, que se conservan cuentas separadas?
46. ¿existe acuerdo de financiación con el contenido previsto en el
artículo 43 apartado 6 del Reglamento (CE) 1828/2006
47. En el caso de los fondos de cartera, el acuerdo de financiación
¿contiene al menos la información establecida en el artículo 44 del
Reglamento (CE) 1828/2006?
48. ¿Se han certificado gastos correspondientes a constitución o
contribución a instrumentos de ingeniería financiera?
49. ¿Los intereses que generen los pagos realizados con cargo al
Programa de FEDER 2007-2013 a los fondos se destinan para
medidas de ingeniería financiera?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
50. Verificar en el momento del cierre del programa que los gastos
certificados cumplen con los requisitos de subvencionabilidad
previstos en el artículo 78.6 del Reglamento nº 1083/2006.
VIII. BIENES DE EQUIPO DE SEGUNDA MANO
VERIFICACIONES SI NO N/A
51. ¿Se imputan gastos de adquisición de bienes de equipo de segunda
mano?
52. ¿Consta una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y
sobre que los mismos no han sido objeto de ninguna subvención
nacional o comunitaria?
53. ¿El precio es superior al valor de mercado y es inferior al coste de los
bienes nuevos similares, acreditándose estos extremos mediante
certificación de tasador independiente?
IX. SUBCONTRATACIÓN EN LA EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN POR EL
BENEFICIARIO
VERIFICACIONES SI NO N/A
54. ¿El beneficiario concierta con un tercero la ejecución total o parcial de
una operación?
55. ¿La subcontratación está prevista en la normativa estatal,
autonómica o local, cumpliendo los requisitos previstos en la misma?
X. FINANCIACIÓN COMPLEMENTARIA
VERIFICACIONES SI NO N/A
56. ¿Se financian de forma complementaria con fondos del FEDER
operaciones comprendidas en el ámbito de aplicación del FSE?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
57. La financiación complementaria excede el límite del 10% de la ayuda
comunitaria correspondiente a cada eje prioritario
58. ¿Los gastos cumplen los criterios de intervención del FSE establecidos
en el Art. 11 del R(CE) 1081/2006?
59. ¿Se respetan las normas nacionales de subvencionabilidad
establecidas en cumplimiento del Art.56.4 del Reglamento (CE)
1083/2006 para el FSE?
XI. ANTICIPOS
VERIFICACIONES SI NO N/A
60. ¿Se certifican anticipos?
61. ¿Han sido justificados por el beneficiario antes de su certificación?
62. ¿Están sometidos a una garantía bancaria o a un instrumento
financiero público de efecto equivalente?
63. ¿Queda garantizada la cobertura del anticipo mediante el gasto
abonado por los beneficiarios al ejecutar el proyecto, y documentados
mediante la presentación de facturas pagadas o documentos
contables de valor probatorio equivalente a más tardar tres años
después del pago del adelanto o el 31 de diciembre de 2015?
XII. REDUCCIÓN DE LOS COSTES ADICIONALES QUE DIFICULTAN EL DESARROLLO
DE LAS REGIONES ULTRAPERIFÉRICAS
VERIFICACIONES SI NO N/A
64. ¿Los gastos subvencionados corresponden a costes adicionales
producidos en inversiones públicas conforme a lo contemplado en el
Programa Operativo FEDER de Canarias 2007-2013?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
65. ¿Corresponden a gastos de funcionamiento producidos en la
prestación de servicios públicos o privados derivados de la
ultraperificidad?
66. En este caso, ¿Están justificados los sobrecostes producidos en la
actividad o servicio objeto de cofinanciación?
Nº REF:
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OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
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SSUUBBVV--FFSS 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE SSUUBBVVEENNCCIIOONNAABBIILLIIDDAADD FFSSEE
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Importe validado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
XII. CRITERIOS GENERALES DE SUBVENCIONABILIDAD
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿Los gastos se corresponden a operaciones decididas por la Autoridad
de Gestión del Programa Operativo de referencia, de conformidad con
los criterios fijados por el Comité de Seguimiento?
2. ¿Los gastos están efectivamente abonados por los beneficiarios en la
ejecución de las operaciones entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de
diciembre de 2015?
3. Si el beneficiario no tiene que abonar gasto alguno en la ejecución de la operación, ¿los gastos están efectivamente pagados a los beneficiarios en operaciones ejecutadas entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2015?
4. ¿Se certifican Impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, o impuestos personales sobre la renta?
5. ¿Se certifican intereses deudores?
6. ¿Se certifican adquisiciones nuevas o de segunda mano de mobiliario,
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
equipo, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos?
7. ¿Se certifican intereses, recargos y sanciones administrativas y penales?
8. ¿Se certifican gastos de procedimientos judiciales?
XIII. GASTOS DE ASISTENCIA TÉCNICA
VERIFICACIONES SI NO N/A
9. ¿Se certifican los gastos incurridos en las actividades de preparación,
gestión, seguimiento, evaluación, información y control del PO, o en
actividades dirigidas a reforzar la capacidad administrativa para la
utilización de los Fondos Europeos?
10. ¿Se imputan las remuneraciones brutas del personal que desarrolla
las funciones mencionadas?
11. Si se ha contestado SI a la pregunta anterior, ¿consta resolución expresa de la autoridad competente de cada organismo, en la que conste la dedicación exclusiva o a tiempo parcial, con indicación expresa del tiempo de dedicación en este último supuesto?
XIV. CONTRIBUCIONES EN ESPECIE
VERIFICACIONES SI NO N/A
12. ¿Se han imputado contribuciones en especie?, en caso afirmativo
verificar:
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
13. ¿Consisten en cesión de uso de terrenos, bienes inmuebles o bienes
de equipo, o realización de trabajo voluntario, servicios de
investigación o profesionales no remunerados?
14. ¿La subvención no es superior al gasto total subvencionable excluido
el valor de las contribuciones en especie?
15. En caso de cesión de uso de terrenos, bienes inmuebles o bienes de
equipo la valoración ¿es certificada por tasador cualificado
independiente o por organismo oficial autorizado?
16. En caso de trabajo voluntario no remunerado, ¿la valoración se
determina según el tiempo dedicado y los salarios normales por hora
y día para el trabajo realizado aplicándose al efecto el convenio
colectivo o disposición salarial aplicable al beneficiario?
17. Si se ha contestado NO a la pregunta anterior, ¿con carácter previo al
inicio de la operación, existe declaración expresa del beneficiario en
la que justifique e identifique el convenio o disposición a aplicar?
18. ¿Existe documento que recoja de forma expresa el compromiso
entre el trabajador no remunerado y el beneficiario?
19. ¿El beneficiario ha acreditado debidamente los tiempos de actividad
del trabajador voluntario no remunerado a las operaciones
subvencionadas por el FSE?
20. En el caso de servicios de investigación o profesionales ¿se imputa
como gasto subvencionable la media de 3 presupuestos solicitados,
siempre que exista en el mercado para ello, a empresas o
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
profesionales que presten servicios iguales o similares al que se
pretende justificar?
XV. COSTES INDIRECTOS/GASTOS GENERALES
VERIFICACIONES SI NO N/A
21. ¿Existen gastos generales asociados al proyecto?
22. ¿Se imputan en base a costes reales incurridos?
23. ¿Están soportados por facturas pagadas o documentos contables de
valor probatorio equivalente y se asignan a prorrata a la operación
con arreglo a un método justo y equitativo, y éste consta por escrito
y es previo a la realización de los gastos?
24. En caso de subvenciones ¿Se ha optado por certificar a tanto alzado
los costes indirectos por importe máximo del 20% de los costes
directos imputados en la operación?, y si es así:
25. ¿En las bases reguladoras de la subvención se establecen tanto los
costes directos a tener en cuenta, como el porcentaje de los costes
directos que se consideran costes indirectos imputables a tanto
alzado y, con carácter previo, se han desarrollado los estudios
económicos necesarios para determinar este porcentaje? (en este
caso no se necesita disponer de justificantes documentales de los
costes imputados).
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
26. ¿En la misma operación sólo se ha seleccionado una de las opciones
mencionadas?
XVI. GASTOS DE AMORTIZACIÓN
VERIFICACIONES SI NO N/A
27. ¿Existen gastos de amortización de bienes inventariables utilizados
en la ejecución de la operación?
28. ¿Están directamente relacionados con la operación?
29. ¿En su adquisición se han utilizado subvenciones nacionales o
comunitarias?
30. ¿El importe que se certifica está calculado de conformidad con la
normativa contable nacional pública o privada?
31. ¿El importe que se certifica corresponde con el período de elegibilidad
de la operación?
XVII. GASTOS FINANCIEROS Y LEGALES
VERIFICACIONES SI NO N/A
32. ¿Existen gastos financieros o legales?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
33. Si se trata de gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera,
gastos notariales y registrales, gastos periciales para la realización de
la operación, gastos de garantías bancarias o de otras instituciones
financieras ¿están directamente relacionados con la operación y son
exigibles por la normativa estatal, autonómica o local?
34. Si se trata de gastos bancarios de apertura y mantenimiento de la
cuenta, ¿se requieren para ejecutar la operación?
XVIII. INGRESOS
VERIFICACIONES SI NO N/A
35. ¿Ha generado el proyecto algún ingreso en concepto de ventas,
alquileres, servicios, tasas de inscripción, matrículas u otros
equivalentes?
36. ¿Se han deducido dichos ingresos de los gastos subvencionables de la
operación?
XIX. INSTRUMENTOS DE INGENIERÍA FINANCIERA
VERIFICACIONES SI NO N/A
37. ¿Se financia el gasto mediante instrumentos de ingeniería financiera
para la empresa (principalmente PYMES)?
38. En caso de fondos de capital riesgo y fondos de préstamos ¿son
sistemas de inversión establecidos específicamente para proporcionar
acciones u otras formas de capital de riesgo, especialmente a
pequeñas y medianas empresas?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
39. En caso de fondos de garantía ¿son instrumentos que garantizan los
fondos de capital riesgo y los fondos de préstamos, así como los
sistemas de financiación, frente a las pérdidas derivadas de las
inversiones realizadas en pequeñas y medianas empresas?
40. En caso de fondos de cartera ¿son instrumentos creados para invertir
en varios fondos de capital riesgo y fondos de préstamos?
41. El instrumento de ingeniería ¿se configura como patrimonio
separado, sin personalidad jurídica propia, perteneciente a una
pluralidad de socios cofinanciadores?
42. En el instrumento de ingeniería ¿existe una entidad titular del fondo
que ejerce las facultades de dominio del fondo sin ser propietaria del
mismo?
43. En el caso de que el instrumento de ingeniería financiera no se cree
en el seno de una institución financiera ¿existe un depositario que
garantiza la custodia de capital?
44. El instrumento de ingeniería ¿se constituye una vez se realizan las
aportaciones económicas iniciales, una vez presentado el plan de
empresa a la Autoridad de Gestión?
45. El reglamento de funcionamiento del instrumento de ingeniería
financiera ¿contiene al menos la información establecida en el artículo
7 de la Orden TIN 2965/2008?
46. ¿Se han certificado gastos correspondientes a constitución o
contribución a instrumentos de ingeniería financiera?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
47. ¿Los intereses que generen los pagos realizados con cargo al
Programa de FSE 2007-2013 a los fondos se destinan para medidas
de ingeniería financiera?
48. Verificar en el momento del cierre del programa que los gastos
certificados cumplen con los requisitos de subvencionabilidad
previstos en el artículo 78.6 del Reglamento nº 1083/2006.
XX. ARRENDAMIENTO FINANCIERO
VERIFICACIONES SI NO N/A
49. ¿Incluye el coste del proyecto alguna operación de arrendamiento
financiero?
50. ¿Incluye el pago de intereses deudores, costes del ejercicio de la
opción de compra, el margen del arrendador, seguros e intereses de
costes de refinanciación?
51. Cuando la fecha de finalización del contrato sea posterior a la fecha
límite de los gastos ¿el importe subvencionable corresponde a los
pagos abonados por el arrendatario hasta la fecha límite de la
subvencionabilidad?
52. En caso de contratos que no contengan una opción de compra y cuya
duración sea inferior al período de vida útil del activo a que se refiere
el contrato, ¿se subvencionan los pagos en proporción a la duración
de la operación?
Nº REF:
Página 46 de 72
VERIFICACIONES SI NO N/A
53. ¿El arrendatario ha demostrado que el arrendamiento financiero era
el método más rentable para obtener el uso de los bienes?
54. Si se ha contestado NO a la pregunta anterior, ¿se han deducido los
costes adicionales del gasto subvencionable?
XXI. SUBCONTRATACIÓN EN LA EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN POR EL
BENEFICIARIO
VERIFICACIONES SI NO N/A
55. ¿El beneficiario concierta con un tercero la ejecución total o parcial de
una operación?
56. ¿La subcontratación está prevista en la normativa estatal,
autonómica o local?
57. ¿La actividad subcontratada no excede del porcentaje que fija la
normativa aplicable o, en caso de no figurar tal previsión, no excede
del 50 % del coste total de la operación subvencionada?
XXII. SUBVENCIONABILIDAD SEGÚN EL LUGAR EN EL QUE SE EJECUTE LA
OPERACIÓN
VERIFICACIONES SI NO N/A
58. ¿La operación se ha realizado en la región o zona subvencionable
definida en el PO?
59. En caso de ejecutarse fuera del ámbito territorial de actuación del PO
¿se ha autorizado previamente por la Autoridad de Gestión o el
Nº REF:
Página 47 de 72
VERIFICACIONES SI NO N/A
Organismo Intermedio dando cuenta a la Autoridad de Gestión, y con
las condiciones y requisitos que se establecen en la resolución de
autorización?
XXIII. FINANCIACIÓN COMPLEMENTARIA
VERIFICACIONES SI NO N/A
60. ¿Se financian de forma complementaria con fondos del FSE
operaciones comprendidas en el ámbito de aplicación del FEDER?
61. ¿La financiación complementaria excede el límite del 10% de la
ayuda comunitaria correspondiente a cada eje prioritario?
62. ¿Los gastos cumplen los criterios de intervención del FEDER
establecidos en el Art. 3 del R(CE) 1080/2006?
63. ¿Se respetan las normas nacionales de subvencionabilidad
establecidas en cumplimiento del Art.56.4 del Reglamento (CE)
1083/2006 para el FEDER?
XXIV. ANTICIPOS
VERIFICACIONES SI NO N/A
64. ¿Se certifican anticipos?
Nº REF:
Página 48 de 72
VERIFICACIONES SI NO N/A
65. ¿Han sido justificados por el beneficiario antes de su certificación?
66. ¿Están sometidos a una garantía bancaria o a un instrumento
financiero público de efecto equivalente?
67. ¿Queda garantizada la cobertura del anticipo mediante el gasto
abonado por los beneficiarios al ejecutar el proyecto, y documentados
mediante la presentación de facturas pagadas o documentos
contables de valor probatorio equivalente a más tardar tres años
después del pago del adelanto o el 31 de diciembre de 2015?
Nº REF:
Página 49 de 72
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
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BBAASSEESS 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAASS BBAASSEESS//CCOONNVVOOCCAATTOORRIIAASS YY
ÓÓRRDDEENNEESS DDEE SSUUBBVVEENNCCIIÓÓNN DDEELL PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNTTOO DDEE CCOONNCCEESSIIÓÓNN
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Coste total:
Coste total subvencionable:
I. BASES Y CONVOCATORIA
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿Existen las bases reguladoras de la subvención y éstas han sido informadas
por la Intervención General?
2. ¿existe convocatorias/orden de subvención fiscalizada favorablemente por la
Intervención Delegada, o en su caso, la Intervención General
3. En los supuestos de subvenciones a PYME, ¿existe informe emitido por la
Dirección General de Planificación y Presupuesto?
4. ¿Existe informe emitido por la Dirección General de Asuntos Económicos
con la Unión Europea sobre la compatibilidad de la convocatoria pública o de
la subvención directa a la normativa comunitaria en materia de
competencia?
5. ¿Se ha incluido en el contenido de las bases/convocatoria/orden de
subvención las obligaciones del beneficiario de cumplir con la normativa
comunitaria y nacional aplicable en materia de contratación pública, ayudas
de estado, medio ambiente, igualdad de oportunidades entre hombres y
mujeres, información y publicidad y subvencionabilidad del gasto?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
6. ¿Se ha incluido la obligación del beneficiario de conservación de toda la
documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas
durante el plazo de tres años, contados desde que se efectúe el cierre del
Programa correspondiente?
7. ¿El contenido la justificación de la subvención establecida en la normativa
reguladora de la subvención cuenta con toda la información exigida por las
normas comunitaria y nacional aplicable?
8. En relación con la normativa europea: ¿la convocatoria hace mención a lo
dispuesto en el art. 57 del Reglamento 1083/2006 del Consejo en relación
al mantenimiento, de la inversión y de los puestos de trabajo?
9. ¿La Orden de Convocatoria ha sido publicada en el BOC?
II. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿La subvención es de Concurrencia Competitiva?
2. ¿La subvención es de Concesión Directa?*
3. Si se ha respondido SI a la pregunta anterior indicar si está debidamente
justificada y motivada la concesión y bajo cuál de los siguientes supuestos
se otorga la subvención:
Subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos
Generales del Estado, de las CCAA o de las Entidades Locales, en los
términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de
estas subvenciones.
Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía viene impuesto a la
Administración por una norma de rango legal, que seguirán el
Nº REF:
Página 52 de 72
VERIFICACIONES SI NO N/A
procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo
con su propia normativa.
Otras subvenciones, de carácter excepcional, en que se acrediten
razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras
debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
4. En caso de subvenciones gestionadas por Entidad Colaboradora, ¿Existe
Convenio suscrito entre la entidad concedente y la colaboradora, en su
caso, informado por el Gabinete Jurídico?*
* Si la respuesta es SI, formalizar la Lista de Comprobación de Convenios, si procede.
Nº REF:
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OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
*Nota: Esta lista de comprobación se cumplimenta por operación, (una sola vez durante la
vida de ésta).
Nº REF:
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CCOONNCCEESS 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA IINNSSTTRRUUCCCCIIÓÓNN YY
CCOONNCCEESSIIÓÓNN DDEE SSUUBBVVEENNCCIIOONNEESS
Código de la operación:
Denominación de la operación:
Nº y Denominación Expediente:
Órgano Gestor:
Tercero:
Coste total:
Coste subvencionable:
III. INICIACIÓN/INSTRUCCIÓN
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿Existe solicitud de ayuda normalizada: en plazo, firmada, con la
documentación exigida en la Orden de convocatoria?
2. En relación con el Beneficiario, ¿se acredita que existe informe del
órgano instructor en el que conste que de la información que obra en
su poder se desprende que los beneficiarios cumplen todos los
requisitos necesarios para acceder a la misma?
3. En relación con el Beneficiario, ¿existe declaración responsable del
solicitante sobre otras ayudas o subvenciones concedidas y/o
solicitadas para la misma finalidad, procedentes de cualquier
administración, ente público o privado, nacional o internacional?
4. ¿Las solicitudes han sido evaluadas conforme a criterios, formas y
prioridades de valoración establecidos en las bases y convocatoria?
5. ¿Existe Informe de evaluación previa emitido por un órgano
colegiado? (Art. 24.4 L.G.S.)
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
6. ¿Se archiva toda la documentación relativa al proceso de selección
(solicitudes, valoraciones, etc.). En caso afirmativo ¿En qué lugar se
custodia dicha documentación?
IV. RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
VERIFICACIONES SI NO N/A
7. ¿Existe Resolución de concesión motivada? (Art. 25 LGS)
8. ¿Está fiscalizada favorablemente por la Intervención?
9. ¿Se hace referencia a la cofinanciación en la resolución de concesión
de ayudas?
10. ¿Se ha informado al Beneficiario de que la aceptación de la ayuda
implica la aceptación de su inclusión en una lista pública de
beneficiarios?
11. ¿Las subvenciones concedidas han sido publicadas en el Diario Oficial
correspondiente con expresión de la convocatoria, el programa y
crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad
concedida y finalidad o finalidades de la subvención? (Art. 18 LGS)
Nota: Esta lista de comprobación se cumplimenta por operación, (una sola vez durante la
vida de ésta).
Nº REF:
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OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
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CCOONNTT--TTRR 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA NNOORRMMAATTIIVVAA DDEE
CCOONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN ((TTRRLLCCAAPP))
Código de la operación:
Denominación de la operación:
Nº y Denominación Expediente:
Órgano Gestor:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Importe validado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
VERIFICACIONES SI NO N/A
10. ¿Incluía el anuncio de licitación publicado en el DOUE una mención a
la cofinanciación europea?
X
11. ¿Se ha justificado adecuadamente en los pliegos el procedimiento y
forma de adjudicación seleccionado? (abierto, restringido, subasta, concurso
y negociado)
12. ¿Ha sido informado favorablemente el pliego de cláusulas
administrativas particulares por el servicio jurídico?
13. En los pliegos de cláusulas administrativas particulares ¿se incluye
algún criterio de valoración de ofertas no directamente vinculado con el
objeto de contrato (precios medios, …)?
14. ¿Existen en el expediente indicios de fraccionamiento del gasto, de
forma que se eludan obligaciones de publicación, procedimiento, necesidad
de clasificación, …?
Nº REF:
Página 58 de 72
VERIFICACIONES SI NO N/A
15. ¿Se cumplen las normas de publicidad de las licitaciones?
16. En caso de haberse utilizado la tramitación de urgencia o emergencia
¿está debidamente justificado según la ley?
17. Una vez realizada la convocatoria de la licitación, ¿se han cumplido
los plazos de presentación de las solicitudes de participación y de las
proposiciones?
18. ¿Se ha acreditado la personalidad jurídica de los licitadores,
clasificación o solvencia, y una declaración de no estar incursos en
prohibición de contratar, así como el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social?
19. ¿Están perfectamente delimitados los criterios de selección/solvencia
de los criterios de valoración de ofertas en los anuncios de licitación/pliegos
de condiciones? (experiencia, …)
20. ¿Existen pruebas de que haya existido discriminación por distintos
motivos (nacionalidad, ubicación, etc.)?
21. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta
económicamente más ventajosa ¿se han tenido en cuenta exclusivamente
los criterios de valoración directamente vinculados con el objeto del contrato
recogidos en el pliego?
22. En el caso de subasta ¿Se ha adjudicado el contrato al licitador que
ha presentado el precio mas bajo presentado?
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
23. En el caso de concurso ¿Se ha adjudicado el contrato al licitador que
ha presentado la oferta más ventajosa?
24. ¿Se ha notificado a los participantes en la licitación la adjudicación del
contrato?
25. En caso de que hayan existido ofertas desproporcionadas o
temerarias, ¿se ha solicitado su justificación?
26. ¿Se han tenido en cuenta los resultados de la evaluación ambiental,
en el caso de que fuese preceptivo?
27. ¿Existe documentación acreditativa de la Mesa de contratación que
recoja todas las ofertas y la valoración de las mismas, y se ha dispuesto de
los informes de valoración técnica correspondientes?
28. ¿Se ha publicado la adjudicación en los plazos legales exigibles?
29. ¿Se ha constituido garantía en el plazo que establece la norma?
30. ¿En caso de contratación conjunta de redacción de proyecto y de
ejecución de las obras, ¿se cumplen los requisitos del artículo 125 LCAP.?
31. En su caso, ¿existe certificado de disponibilidad de terrenos?
Nº REF:
Página 60 de 72
VERIFICACIONES SI NO N/A
32. ¿El contrato firmado con el adjudicatario lo ha sido por el importe de
la oferta que éste ha presentado y no contiene cláusulas contrarias a los
pliegos?
33. Cuando se trate de prestaciones complementarias (obras o servicios)
que no figuren en el proyecto ni en el contrato inicial ¿se cumplen los
requisitos establecidos en el artículo 141.d (obras), 182 (suministros) o 210
(estudios y servicios)?
34. En caso de prestaciones complementarias (obras o servicios),
¿supera el importe acumulado del 20% del contrato primitivo?
35. ¿El órgano de contratación ha comunicado a todo candidato o
licitador rechazado que lo solicite, en el plazo de quince días a partir de la
solicitud, los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y
las características de la proposición del adjudicatario determinantes de la
adjudicación a su favor?
Nota: Esta lista de comprobación se cumplimenta por tercero y por periodo de certificación.
Nº REF:
Página 61 de 72
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
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CCOONNTT--SSPP 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA NNOORRMMAATTIIVVAA DDEE
CCOONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN ((LLCCSSPP))
Código de la operación:
Denominación de la operación:
Nº y Denominación Expediente:
Órgano Gestor:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Importe validado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
VERIFICACIONES SI NO N/A
36. ¿Incluía el anuncio de licitación publicado en el DOUE una mención a
la cofinanciación europea?
37. ¿Se ha justificado adecuadamente en los pliegos el procedimiento de
adjudicación seleccionado? (abierto, restringido, negociado y diálogo
competitivo)
38. ¿Ha sido informado favorablemente el pliego de cláusulas
administrativas particulares por el servicio jurídico?
39. En los pliegos de cláusulas administrativas particulares ¿se incluye
algún criterio de valoración de ofertas no directamente vinculado con el
objeto de contrato (precios medios, …)?
40. ¿Existen en el expediente indicios de fraccionamiento del gasto, de
forma que se eludan obligaciones de publicación, procedimiento, necesidad
de clasificación,…?
Nº REF:
Página 63 de 72
VERIFICACIONES SI NO N/A
41. ¿Se cumplen las normas de publicidad de las licitaciones?
42. ¿Se ha publicado el Perfil del contratante en la Plataforma de
Contratación?
43. En caso de haberse utilizado la tramitación de urgencia o emergencia
¿está debidamente justificada según la ley?
44. Una vez realizada la convocatoria de la licitación, ¿se han cumplido
los plazos de presentación de las solicitudes de participación y de las
proposiciones?
45. ¿Se ha acreditado la personalidad jurídica de los licitadores,
clasificación o solvencia, y una declaración de no estar incursos en
prohibición de contratar, así como el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social?
46. Tratándose de una licitación basada en varios criterios de valoración
de ofertas, ¿consta en el pliego de condiciones/documento descriptivo (en
caso de diálogo competitivo), la ponderación relativa atribuida a cada uno
de los criterios de valoración?
47. En caso de establecerse un único criterio de valoración de ofertas ¿se
corresponde éste con el de precio más bajo?
48. ¿Están perfectamente delimitados los criterios de selección/solvencia
de los criterios de valoración de ofertas en los anuncios de licitación/pliegos
de condiciones? (experiencia, …)
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
49. En su caso, ¿se ha dado plazo para subsanación de problemas en la
presentación de la documentación
50. ¿Existen pruebas de que haya existido discriminación por distintos
motivos (nacionalidad, ubicación, etc.)?
51. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta
económicamente más ventajosa ¿se han tenido en cuenta exclusivamente
los criterios de valoración directamente vinculados con el objeto del
contrato, recogidos en el pliego?
52. A efectos de la adjudicación del contrato si se ha procedido a una
subasta electrónica, ¿se ajusta a lo establecido en el art. 132 de la L.C.S.P?
53. ¿Se ha adjudicado el contrato al licitador que ha presentado la oferta
económica más ventajosa?
54. ¿Se ha notificado a los participantes en la licitación la adjudicación del
contrato?
55. En caso de que hayan existido ofertas desproporcionadas o
temerarias, ¿se ha solicitado su justificación?
56. ¿Se han tenido en cuenta los resultados de la evaluación ambiental,
en el caso de que fuese preceptivo?
57. ¿Existe documentación acreditativa de la Mesa de contratación que
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
recoja todas las ofertas y la valoración de las mismas, y se ha dispuesto de
los informes de valoración técnica correspondientes?
58. ¿Se ha publicado la adjudicación en los plazos legales exigibles?
59. ¿Se ha constituido garantía definitiva antes de la adjudicación
definitiva?
60. En caso de contratación conjunta de redacción de proyecto y de
ejecución de las obras, ¿se cumplen los requisitos del artículo 108 L.C.S.P.?
61. En su caso, ¿existe certificado de disponibilidad de terrenos?
62. ¿El contrato firmado con el adjudicatario lo ha sido por el importe de
la oferta que éste ha presentado y no contiene cláusulas contrarias a los
pliegos?
63. Cuando se trate de prestaciones complementarias (obras o servicios)
que no figuren en el proyecto ni en el contrato inicial ¿se cumple lo previsto
en el artículo 155.b(obras), 158.b(servicios) o 157(suministros)?
64. En caso de prestaciones complementarias (obras o servicios),
¿supera el importe acumulado del 50% del contrato primitivo?
65. ¿El órgano de contratación ha comunicado a todo candidato o
licitador rechazado que lo solicite, en el plazo de quince días a partir de la
solicitud, los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y
las características de la proposición del adjudicatario determinantes de la
adjudicación a su favor?
Nota: Esta lista de comprobación se cumplimenta por tercero y por periodo de certificación.
Nº REF:
Página 66 de 72
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
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CCOONNVV 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE CCOONNVVEENNIIOOSS
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Coste total:
Coste total subvencionable:
VERIFICACIONES SI NO N/A
63. ¿El objeto del Convenio se encuentra entre los supuestos de exclusión
previstos por la ley de contratos?
64. ¿Se trata de una aportación dineraria conforme señala el art.2.2 de la
LGS?
65. Si se ha respondido SI a la pregunta anterior, ¿cumple con los
requisitos establecidos en el mencionado el artículo 2.2?
66. ¿Las prestaciones a cargo de la entidad con la que se celebra el
convenio se ejecutan directamente?
67. ¿Las prestaciones a cargo de la entidad con la que se celebra el
convenio se realizan por un tercero*?
68. Si se ha contestado SI a la pregunta anterior, ¿la Entidad
contratante, ha promovido la oportuna concurrencia pública?
69. ¿Se han establecido medidas específicas en relación con el
Nº REF:
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VERIFICACIONES SI NO N/A
cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa comunitaria
aplicable en materia de elegibilidad, conservación documental, publicidad,
etc.?
70. ¿Se incluye en el convenio información sobre la participación
comunitaria, el % de cofinanciación e identificación del Fondo?
71. ¿Se ha incluido la obligación del beneficiario de conservación de toda
la documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas
durante el plazo de tres años, contados desde que se efectúe el cierre del
Programa correspondiente?
* Se formaliza en este caso la lista de comprobación de contratación pública
Nota: Si el convenio instrumentaliza una subvención directa, cumplimentar, además, las
listas de comprobación de subvenciones. La presente lista de comprobación se
cumplimentará una sola vez y por cada convenio (aunque se volcarán los datos obtenidos
a cada una de las operaciones afectadas por el convenio).
Nº REF:
Página 69 de 72
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
Página 70 de 72
EENNCCOOMM 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE EENNCCOOMMIIEENNDDAASS
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Coste total:
Coste total subvencionable:
VERIFICACIONES SI NO N/A
66. ¿Existe Aprobación del expediente y el gasto?
67. ¿Ha sido fiscalizada previamente por la Intervención?
68. ¿El órgano encomendado cumple los requisitos para ser considerado
ente instrumental?
69. ¿Se han establecido medidas específicas en relación con el
cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa comunitaria
aplicable en materia de elegibilidad, conservación documental, publicidad,
etc.?
70. ¿Se incluye en la encomienda información sobre la participación
comunitaria, el % de cofinanciación e identificación del Fondo?
71. ¿Se ha incluido la obligación del beneficiario de conservación de toda
la documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas
durante el plazo de tres años, contados desde que se efectúe el cierre del
Programa correspondiente?
Nº REF:
Página 71 de 72
VERIFICACIONES SI NO N/A
72. Para dar cumplimiento a la encomienda, ¿el ente instrumental ha
necesitado la ejecución de prestaciones por parte de terceros?*
73. Si se ha contestado SI a la pregunta anterior, ¿La licitación y
ejecución de las mismas se somete a las disposiciones de las Directivas de
contratación pública y de Ley de Contratos del Sector Público (Ley
30/2007)?
74. ¿Consta en el expediente justificación de los gastos efectuados para
la realización de la operación por parte de la entidad encomendada?, ¿son
suficientes?
* En estos casos deberá formalizarse la Lista de Comprobación de Contratación Pública
Nota: La presente lista de comprobación se cumplimentará una sola vez y por cada
encomienda (aunque se volcarán los datos obtenidos a cada una de las operaciones
afectadas por la encomienda).
Nº REF:
Página 72 de 72
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
ANEXO II: DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS: REQUERIMIENTOS, INFORME, COMUNICACIÓN RESULTADOS
103
REGISTRO GENERAL Nº 7
Número:
Fecha:S A L I D A
RGN7: Hora:
REGISTRO GENERAL Nº 7
Número:
Fecha:S A L I D A
RGN7: Hora:
REF
Dir.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión de 8 de Diciembre, esta Dirección General ha realizado una verificación admi-nistrativa relativa al cumplimiento de la normativa a la que el precitado artículo se refiere, respecto al gasto certificado por la Viceconsejería/Dirección General de … correspondiente al expediente Nº ¿¿¿¿¿¿ por el período ¿¿/¿¿/¿¿, por importe de ¿€ , e imputado a la ope-ración IC¿ ¿ ¿¿¿¿¿ denominada ¿¿¿¿¿¿¿ .
Como consecuencia de dicha verificación y con el objeto de verificar los gastos certifica-
dos y la realidad de la prestación de los bienes y servicios cofinanciados, se solicita la infor-mación y/ o documentación que asimismo se detallan.
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA 1. 2. 3. 4. ….
De lo que se informa a efecto de que en un plazo de quince (15) días, a contar a partir del
siguiente a la recepción del presente, facilite la información y/o documentación solicitada.
Le agradecemos la colaboración prestada por el personal adscrito a ese órgano gestor en la ejecución del trabajo realizado. Las Palmas de Gran Canaria, 23 de diciembre de 2008 DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO Maria Eulalia Gil Muñiz
Informe de Verificación Administrativa
Art. 13 Reglamento (CE) 1828/2006 Informe de Verificación Administrativa y sobre el terreno
Nª de Expediente
Centro Gestor
Período de verificación
1
Informe de Verificación Administrativa
2
Informe de Verificaciones Administrativas y sobre el terreno del cumplimiento del Artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/2006, por el que se establecen las
disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión
Organismo Intermedio
Plan de Verificación
Entidad objeto de verificación
Fondo
Programa Operativo
Eje / Categoría de gasto objeto de verificación
Periodo verificado
Importe certificado/ a certificar
Importe verificado
Equipo de verificación
Fecha de la visita
Fecha de elaboración del informe
Informe de Verificación Administrativa
3
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................... 4 1.1. Objeto y Estructura del Manual..................................................................................................... 4 2. OBJETIVOS, ALCANCE Y MUESTRA SELECCIONADA ...................................................................... 6 2.1. Objetivos y alcance ......................................................................................................................... 6 2.1.1. Objetivos ....................................................................................................................................... 6 2.1.2. Alcance.......................................................................................................................................... 7 3.1. Identificación del Beneficiario / Centro Gestor.......................................................................... 8 3.2. Identificación de la operación....................................................................................................... 8 3.3. Identificación de la muestra seleccionada de las verificaciones sobre el terreno............... 8 4. RESULTADO DEL TRABAJO.............................................................................................................. 10 4.1. Elegibilidad de la operación ........................................................................................................ 10 4.2. Cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional ......................................................... 10 4.3. Subvencionabilidad de los gastos .............................................................................................. 10 4.4. Pista de Auditoria.......................................................................................................................... 10 4.5. Publicidad....................................................................................................................................... 11 4.6. Prioridades transversales: Medio Ambiente e Igualdad de Oportunidades ........................11 5. CONCLUSIONES................................................................................................................................. 12 6. RECOMENDACIONES........................................................................................................................ 13 ANEXO I: LISTAS DE COMPROBACIÓN................................................................................................ 15 ANEXO I: RESULTADO DE LAS VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS DEL ARTÍCULO 13 DEL
REGLAMENTO (CE) 1828/2006 ..................................................................................................... 14 ANEXO II: NORMATIVA DE APLICACIÓN ............................................................................................. 16
Informe de Verificación Administrativa
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1. INTRODUCCIÓN
1.1. Fundamento Jurídico
El artículo 59.1, apartado a) del Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de
2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión1, señala que el Estado
miembro designará una autoridad encargada de la gestión de cada Programa Operativo.
El Estado español, en aplicación de la citada disposición, designa autoridad de gestión del
Programa Operativo XXXXXX de Canarias para el periodo 2007-2013 a XXXXXX. Ésta
desarrolla sus funciones en un marco de cooperación y corresponsabilidad con diferentes
organismos de la Administración General del Estado y de las Administraciones Regionales,
permitiendo la participación efectiva en el cumplimiento de las funciones atribuidas a la
Autoridad de Gestión de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 62 del
Reglamento (CE) 1083/2006.
XXXXXX, así como el resto de organismos que gestionan operaciones cofinanciadas, en el
Programa Operativo, se corresponsabilizan con la mencionada autoridad de gestión, de la
eficacia, regularidad de la gestión y adecuada ejecución de las operaciones cofinanciadas en
los ámbitos de sus respectivas competencias, ya que conforme a lo previsto en el
mencionado Programa se delega en la Consejería de Economía y Hacienda (en concreto la
Dirección General de Planificación y Presupuesto) del Gobierno de Canarias las funciones
previstas en el artículo 60 del Reglamento nº 1083/2006 del Consejo.
De conformidad con el artículo 60 b) del mencionado Reglamento nº 1083/2006 del
Consejo, la Autoridad de Gestión debe llevar a cabo verificaciones sobre las operaciones
correspondientes a su ámbito de gestión, al objeto de comprobar que:
Se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de servicios objeto de
cofinanciación;
Se ha efectuado realmente el gasto declarado por los Beneficiarios en relación con las
operaciones;
1 Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, por el que se deroga el Reglamento (CE) 1260/1999 (DOUE L 210/25 de 31/07/2006).
Informe de Verificación Administrativa
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El gasto declarado por los Beneficiarios en relación con las operaciones objeto de
cofinanciación cumple las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia.
Las verificaciones, según el artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/20062, incluirán los
procedimientos siguientes:
Verificaciones administrativas de todas las solicitudes de reembolso de los Beneficiarios.
Verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas, pudiendo utilizar para ello un
método de muestreo que garantice la representatividad de las mismas.
La normativa comunitaria establece asimismo que la responsabilidad sobre la ejecución de
las verificaciones definidas por el artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/2006 recaerá sobre
la Autoridad de Gestión y los Organismos Intermedios. En este caso la Dirección General de
Planificación y Presupuesto, es Organismo Intermedio, por lo tanto es competente para
realizar los controles exigidos por la normativa nacional y comunitaria aplicable al citado
artículo.
En el ejercicio de estas atribuciones, y en cumplimiento del artículo 13 del Reglamento
1828/2006, la Dirección General de Planificación y Presupuesto debe garantizar que los
sistemas de gestión y verificación permiten comprobar la realidad de la prestación de los
bienes y servicios cofinanciados y de los gastos declarados, así como garantizar el
cumplimiento de las condiciones de la correspondiente decisión de la Comisión adoptada en
virtud de los artículos 58 a 62 del Reglamento (CE) 1083/2006, y de las normas nacionales y
comunitarias aplicables, en particular, las correspondientes a la subvencionabilidad de los
gastos, la contratación pública, las ayudas estatales, la protección del medio ambiente y la
igualdad de oportunidades.
Conforme a lo previsto en el artículo 15 de la Orden de 10 de noviembre de 2009 por el que
se establecen normas para la gestión, seguimiento y control de las operaciones
cofinanciadas con Fondos Estructurales, corresponderá a la Dirección General de
Planificación y Presupuesto, a través del Servicio de Control, emitir las instrucciones donde se
2 Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, que fija normas de desarrollo para el
Reglamento (CE) 1083/2006, del Consejo, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y el Reglamento (CE) 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Informe de Verificación Administrativa
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establezcan los procedimientos que garanticen el adecuado cumplimiento de lo previsto en
el artículo 13, apartado 2 del Reglamento 1828/2006.
Más adelante en el artículo 16 de la citada Orden se señala que las verificaciones
administrativas alcanzarán el 100% del gasto declarado por los centros gestores y
comprobarán la realidad de los pagos y su conformidad con los criterios fijados para la
aprobación de las operaciones, así como el cumplimiento de la normativa comunitaria,
estatal y autonómica que le sea de aplicación
Así mismo, se señala que las verificaciones se realizarán por el Servicio de Control de
Organismo Intermedio…mediante la cumplimentación de las listas de comprobación que
sean aprobadas al efecto por la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
Informe de Verificación Administrativa
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2. OBJETIVOS, ALCANCE Y MUESTRA SELECCIONADA
2.1. Objetivos y alcance
2.1.1. Objetivos
El objetivo general de los trabajos de verificación la obtención de evidencias suficientes,
pertinentes y válidas de la realidad de la prestación de los bienes y servicios cofinanciados y
de los gastos declarados, garantizando el cumplimiento de la normativa regional, nacional y
comunitaria y de las correspondientes decisiones de la Comisión. Si procede, y en función de
las conclusiones alcanzadas, se formulan recomendaciones a fin de mejorar la gestión.
Para ello, se aplicarán procedimientos y técnicas de auditoría, analizando los siguientes
aspectos:
El cumplimiento de las condiciones establecidas en el Programa Operativo.
La correcta utilización y aplicación de los Fondos a los fines previstos en la programación,
en la norma reguladora –en su caso-, y en el acuerdo o convenio de concesión.
La realidad de la operación financiada con la ayuda.
La subvencionabilidad de los gastos.
Los objetivos específicos son los siguientes:
Verificar el cumplimiento de la obligatoriedad de conservar los documentos justificativos
que acrediten la entrega efectiva de bienes y servicios (facturas, albaranes, actas de
recepción, documentos de contabilidad presupuestaria o documentos probatorios
equivalentes).
Verificar que se han establecido los sistemas necesarios para garantizar una pista de
auditoria acorde a los requisitos normativos, y que se mantiene actualizada. En relación
con este mismo punto, se describen los flujos financieros implementados.
Comprobar la subvencionabilidad de los gastos, verificando que las solicitudes de pago
presentadas sólo comprenden gastos efectivamente realizados dentro del período
subvencionable establecido, y que están justificados mediante facturas pagadas u otros
documentos contables de valor probatorio equivalente.
Informe de Verificación Administrativa
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Comprobar que la intensidad de las ayudas y las fuentes de financiación corresponden a
las establecidas en la decisión correspondiente.
Verificar la observancia de la normativa nacional y comunitaria, en concreto, la
correspondiente a publicidad, contratación pública, competencia y a las políticas
horizontales de medio ambiente e igualdad de oportunidades.
Determinar, de forma general para todos los puntos anteriores, si existen irregularidades
y si éstas son sistemáticas.
2.1.2. Alcance
El trabajo de verificación desarrollado se efectúa conforme a lo previsto en “el Manual de
Procedimientos de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos.
Período 2007-2013” elaborado por la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
De forma particular, el presente Informe comprende el análisis financiero de adecuación
entre concesión y pago, y de cumplimiento de las obligaciones derivadas de la cofinanciación
con cargo al Programa Operativo XXXX, por parte del Centro Gestor/Colaborador XXXX.
En concreto, el conjunto de gastos analizado comprende los gastos pagados por la citada
entidad durante el período dd/mm/aa a dd/mm/aa.
Informe de Verificación Administrativa
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3. IDENTIFICACIÓN
3.1. Identificación del Beneficiario / Centro Gestor
El XXXXXX, se encuentra adscrito a la XXXXXX, cuya estructura queda regulada por el Decreto
XXXXXX.
EJES Y TEMAS PRIORITARIOS QUE EJECUTA EL CENTRO GESTOR/COLABORADOR.
3.2. Identificación de la operación
Han sido objeto de verificación las siguientes operaciones:
3.3. Identificación de la muestra seleccionada de las verificaciones sobre el terreno
La muestra seleccionada objeto del presente control se detalla a continuación:
Tabla 1: Muestra seleccionada
Eje Categoría de Gasto Nº operación Descripción Periodo
Gasto a certificar sujeto a
verificación
Total (XXXX) 0,00 €
Comentario [Q1]: Órgano Gestor
Informe de Verificación Administrativa
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Por tanto, las coberturas de la muestra seleccionada, calculadas sobre el universo de la
muestra, son las siguientes:
Muestra Seleccionada Total
Total gasto a certificar verificable: Total gasto a certificar verificado: % de cobertura:
Informe de Verificación Administrativa
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4. RESULTADO DEL TRABAJO
4.1. Elegibilidad de la operación
RESULTADOS EXTRAIDOS SOBRE LA ELEGIBILIDAD DE LA OPERACIÓN
SE DEBERÁ INDICAR EXPRESAMENTE SI SE HA CONTADO CON TODA LA INFORMACIÓN.
SE DESTACARÁN SÓLO LAS OPERACIONES CON INCIDENCIAS O IRREGULARIDADES
4.2. Cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional
EXPLICACIÓN DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS A TRAVÉS DE LAS LISTAS DE
COMPROBACIÓN DE SUBVENCIONES, CONTRATACIÓN, CONVENIOS, ENCOMIENDAS ETC.
4.3. Subvencionabilidad de los gastos
PRINCIPALES RESULTADOS OBTENIDOS A TRAVÉS DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN DE
SUBVENCIONABILIDAD.
Los procedimientos descritos garantizan que los gastos que finalmente forman parte de la
declaración que emite el Órgano Gestor, respetan lo establecido tanto en el Reglamento (CE)
nº 1083/2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, como con lo
aprobado en el Programa Operativo XXX de Canarias para el periodo 2007-2013.
4.4. Pista de Auditoria.
La conservación de la documentación que forma parte del expediente tramitado es
responsabilidad de XXXXXX. El expediente físico se conserva en las dependencias de XXXXX.
Forma parte del expediente toda la documentación administrativa, económica y técnica
existente relativa a las actuaciones, incluye asimismo la relativa a la correspondencia
Informe de Verificación Administrativa
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mantenida con el destinatario último. Dicha documentación estuvo a disposición del equipo
de control.
4.5. Publicidad
PRINCIPALES RESULTADOS OBTENIDOS DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN DE INFORMACIÓN
Y PUBLICIDAD
4.6. Prioridades transversales: Medio Ambiente e Igualdad de Oportunidades
4.6.1. Medio ambiente
PRINCIPALES RESULTADOS OBTENIDOS DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN DE MEDIO
AMBIENTE
4.6.2. Igualdad de Oportunidades
PRINCIPALES RESULTADOS OBTENIDOS DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN DE IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES
Informe de Verificación Administrativa
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5. CONCLUSIONES
Tras el análisis de los sistemas implementados por el XXXXX, así como de las operaciones
analizadas, se pueden obtener las siguientes conclusiones:
EN ESTE APARTADO SE INDICARÁN TODAS LAS IRREGULARIDADES DETECTADAS IDENTIFICANDO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO/TERCERO AFECTADO.
SE CUANTIFICARÁ LAS CORRECCIONES FINANCIERAS A EFECTUAR (CANTIDADES QUE NO SE CERTIFICA) ASÍ COMO AQUELLOS IMPORTES QUE QUEDEN PENDIENTE DE CERTIFICACIÓN HASTA QUE SE SUBSANEN LOS ERRORES DETECTADOS.
Elegibilidad de las operaciones:
Cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional:
Subvencionabilidad de los gastos:
Pista de Auditoría:
Publicidad:
Políticas Horizontales:
De los resultados, así como, de las conclusiones obtenidas de las actuaciones de verificación
efectuadas sobre las operaciones a las que se hace referencia en el apartado 3.2 de este
informe, se adjunta como Anexo I Cuatro Resumen denominado “Resultado de las
Verificaciones Administrativas del artículo 13 del Reglamento (CE) nº 1828/2006”
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6. RECOMENDACIONES
Informe de Verificación Administrativa
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ANEXO I: RESULTADO DE LAS VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS DEL
ARTÍCULO 13 DEL REGLAMENTO (CE) 1828/2006
Informe de Verificación Administrativa
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ANEXO II: LISTAS DE COMPROBACIÓN
Informe de Verificación Administrativa
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ANEXO III: NORMATIVA DE APLICACIÓN
NORMATIVA COMUNITARIA
Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de
2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el que se deroga el
Reglamento (CE) nº 1783/1999.
Reglamento (CE) nº 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de
2006, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº
1784/1999.
Reglamento (CE) nº 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de
2006, sobre la Agrupación Europea de Cooperación Territorial.
Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se
establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al
Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº
1260/1999.
Reglamento (CE) nº 1084/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se crea el
Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1164/94.
Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, que fija
normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006, por el que se establecen
disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) 1080/2006 del Parlamento
Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Directiva 92/43/CEE de hábitats.
Directiva 85/337/CEE de evaluación de impacto ambiental.
Directiva 90/313/CEE sobre libertad de acceso a la información en materia de medio
ambiente(a partir 14-02-2005 entrará en vigor la Directiva 2003/4/CE).
Directiva 96/61/CE, de prevención y control integrado de la contaminación.
Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la
Directiva 85/337/CEE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados
proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.
Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio, relativa a la
valoración de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
Informe de Verificación Administrativa
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Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al
establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la
ocupación y actualizaciones.
Directiva 2004/18/CE sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los
contratos públicos de obras, de suministro y de servicios.
Directiva 2004/17/CE sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de
contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios
postales.
NORMATIVA NACIONAL
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 44 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, sobre responsabilidad financiera
derivada de la gestión de los fondos procedentes de la UE.
R. D. Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
– CORRECCIÓN de erratas del Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas.
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE 31-10-2007).
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (BOE 27-11-2003).
Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto
Ambiental.
– Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986,
de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.
Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, de Evaluación de Impacto ambiental.
Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
Informe de Verificación Administrativa
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ORDEN EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre los
gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y del Fondo de Cohesión.
ORDEN TIN 2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos
subvencionables por el Fondo Social, durante el período 2007-2013.
NORMATIVA AUTONÓMICA
Orden de 10 de noviembre de 2009, por la que se establecen normas para la gestión,
seguimiento y control de las operaciones cofinanciadas con Fondos Estructurales.
Código de la Operación Denominación de la Operación Nº de Referencia de listas cumplimentadas Importe Certificado Importe regular
Importe pendiente de Verificación
Importe Irregular
Motivo de la Irregularidad
RESULTADO DE LAS VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS DEL ARTÍCULO 13 DEL REGLAMENTO (CE) 1828/2006
ÓRGANO GESTORPERÍODO DE CERTIFICACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE
Página 1 de 4
Código Descripción
1000Inexistencia de soporte documental del gasto (facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente).
1001 Soporte documental del gasto insuficiente o inexistente.
1002Documentos contables y/o soporte documental del gasto incorrectos.
1003 Pagos no justificados1004 Soporte documental del gasto fuera de plazo1005 Pagos fuera de plazo1006 Gasto no correspondiente con la operación aprobada.
1007
Incumplimiento de las condiciones previstas en el convenio, contrato, encomienda o subvención para la ejecución de la actuación.
1008 Ausencia de contabilidad separada.1009 Contabilidad incorrecta.
1100Incumplimiento de los criterios fijados por el Comité de Seguimiento para definir las operaciones elegibles.
1101 Incumplimiento total de la finalidad de la ayuda.1102 Incumplimiento parcial de la finalidad de la ayuda1103 Porcentajes de cofinanciación incorrectos
1104 Falta de puesta en marcha o funcionamiento de la operación1105 Incumplimiento del mantenimiento de la inversión.1106 Gasto no elegible: Impuestos indirectos recuperables1107 Gasto no elegible: Impuestos personales sobre la renta1108 Gasto no elegible: Intereses deudores
1109Gasto no elegible: mobiliario, equipo, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos. (FSE)
1110 Gasto no elegible: Contribuciones en especie (FEDER)
1111Incumplimiento de los requisitos en materia de contribuciones en especie (FSE)
1112Gasto no elegible: Intereses, recargos o sanciones administrativas y penales.
1113 Gasto no elegible: procedimientos judiciales1114 Gasto no elegible: gastos financieros (FEDER)1115 Gaston no elegible: garantías bancarias (FEDER)1116 Gasto no elegible: vivienda (FEDER)
1117Gasto no elegible: desmantelamiento centrales nucleares (FEDER)
1118Gasto no elegible: descuentos efectuados en contratos públicos (FEDER)
1119
Gasto no elegible: tasas de dirección de obra, control de calidad o otros ingresos o descuentos derivados de la ejecución del contrato (FEDER)
1120Gasto no elegible: modificaciones de contratos públicos (FEDER)
1121Incumpliento de los requisitos en materia de gastos de asistencia técnica.
1122Incumplimiento de los requisitos en materia de terrenos y bienes inmuebles (FEDER)
1123Incumpliento de los requisitos en materia de costes indirectos /gastos generales
1124Incumpliemiento de los requisitos en materia de amortizaciones.
(10) JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
(11) SUBVENCIONABILIDAD
Código Descripción
1125Incumplimiento de los requisitos en materia de arrendamiento financiero
1126Incumplimiento de los requisitos en materia de ingeniería financiera
1127Incumplimiento de los requisitos en materia de gastos financieros y legales (FSE)
1128 Incumplimiento de los requisitos en materia de subcontratación
1129Incumplimiento de los requisitos en materia de bienes de equipo de segunda mano (FEDER)
1130Incumplimiento de los requisistos en materia de financiación complementaria
1131 Incumplimiento en materia de anticipos.
1132 Incumplimiento de los requisitos en materia de ingresos (FSE)
1133Incumplimiento de los requisitos en materia de gastos RUP (FEDER)
1134Incumplimiento de los requisitos en relación al lugar donde se ejecuta la operación (FSE)
1200 Incompatibilidad de las ayudas.1201 Excede la intensidad máxima de la ayuda.1202 Incumplimiento en materia de acumulación de ayudas.
1203
Incumplimiento de la condiciones del régimen de ayuda aprobado por la Comisión Europea o de los Reglamentos Comunitarios.
1300 Ausencia de la Evaluación detallada del Impacto Ambiental1301 Ausencia de la Declaración de Impacto Ambiental
1302Incumplimiento de los condicionantes previstos en la Evaluación/Declaración de Impacto Ambiental.
1303 Afecta a la RED NATURA 2000.
1400 Incumplimientos en materia de información y publicidad.
1500Generación de efectos negativos en materia de igualdad de oportunidades.
1600Inexistencia de informe de la DG de Asuntos Económicos con la UE.
1601
Contenido de las bases/convocatoria/orden de subvención/resolución de concesión contrario a la normativa comunitaria y/o nacional.
1602 Falta de publicación de las bases/convocatoria.
1603Incumplimiento de los supuestos para la concesión directa de la subvención.
1604Incumplimiento de los criterios/procedimiento de valoración de las solicitudes de subvención.
1605
Incumplimiento de los requisitos y circunstancias previstos en la normativa para la modificación de la resolución de concesión.
1701 Ausencia de publicidad1702 Grado inadecuado de publicidad y transparencia1703 Ausencia de concurrencia justificada
(14) INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD
(15) IGUALDAD OPORTUNIDADES
(16) SUBVENCIONES
(17) CONTRATACIÓN
(12) COMPETENCIA
(13) MEDIO AMBIENTE
Código Descripción1704 Infracción del principio de igualdad de trato1705 Aplicación de criterios de adjudicación ilegales
1706Ausencia de la mención de criterios de selección y adjudicación en el pliego o anuncio de licitación
1707 Contrato no finalizado o no ejecutado1708 Recepción con disconformidad1709 Complementarios no previstos en la normativa1710 Fraccionamiento del objeto del contrato1711 Ausencia de urgencia o emergencia
1800 Objeto contratactual del convenio
1900 Ausencia de la consideración de ente instrumental.
2000 Fraude2001 Abuso de derecho2099 Otras (especificar)
Nota: En los casos en los que no se especifica el Fondo, la irregularidad puedeafectar tanto al FEDER como al FSE.
(18) CONVENIOS
(19) ENCOMIENDAS
(20) OTROS
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
ANEXO III: DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES SOBRE EL
TERRENO: NOTIFICACIONES, ACTAS DE VERIFICACIÓN, LISTAS DE
COMPROBACIÓN
104
REGISTRO GENERAL Nº 7
Número:
Fecha:S A L I D A
REGISTRO GENERAL Nº 7
Número:
RGN7: Hora:
Fecha:S A L I D A
RGN7: Hora:
REF
Dir.
Las disposiciones generales sobre Fondos Estructurales obligan a adoptar medidas de ges-tión y control que garanticen una utilización eficaz y regular de los fondos comunitarios con-forme a los principios de una correcta gestión financiera. En el tal sentido, el artículo 60, apartado b) del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al fon-do Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999, dispone que la Autoridad de Gestión, y por dele-gación el Organismo Intermedio, “comprobará que se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de los servicios objeto de cofinanciación, que se ha efectuado real-mente el gasto declarado por los beneficiarios en relación con las operaciones, y que este cumple las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia; las verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas se podrán realizar por muestreo…” En el artículo 13.2 del Reglamento (CE) nº 1828 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 “por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo …” establece que las verificaciones…abordarán los aspectos administrativo, financiero, téc-nico y físico de las operaciones, según corresponda”…y que incluirán los procedimientos siguientes:
a) Verificaciones administrativas de todas las solicitudes de reembolso de los beneficia-rios.
b) Verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Consejería de Economía y Hacienda/La Dirección General de Planificación y Presupuesto (indíquese lo que proceda) es Organismo Intermedio del Programa Operativo de Canarias de XXXX 2007-2013 para todas las operaciones gestionadas por el Gobierno de Canarias. Por tanto les corresponde el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 60 b) del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.
D/Dña xxxxxxxx xxxxxxx xxxxx
Dirección General de Planificación y Presupuesto
Consejería de Economía y Hacienda
C/ Tomás Miller, 38 (Tfno) 928 30 30 00
35007 Las Palmas de Gran Canaria
Correo electrónico: [email protected]
2
Por tal motivo, se comunica que se van a efectuar verificaciones físicas respecto a las ope-raciones y gastos declarados en el período correspondiente XXXX y que se relacionan en el Anexo a la presente. A tal efecto, este Centro Directivo deberá aportar a D/Dña . XXX (cuyos datos de contacto aparecen a pie de página), el nombre y datos de contacto de los técnicos que acudirán a las visitas in situ, así como el nombre y datos de contacto de los beneficiarios de las operacio-nes a verificar. Las Palmas de Gran Canaria, 23 de diciembre de 2008 DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO Maria Eulalia Gil Muñiz
D/Dña xxxxxxxx xxxxxxx xxxxx
Dirección General de Planificación y Presupuesto
Consejería de Economía y Hacienda
C/ Tomás Miller, 38 (Tfno) 928 30 30 00
35007 Las Palmas de Gran Canaria
Correo electrónico: [email protected]
3
EXPEDIENTE OBJETO DE REVISIÓN
FONDO
Nº OPERACIÓN
Nº EXPEDIENTE
DENOMINACIÓN EXPEDIENTE
CIF/NIF TERCERO
NOMBRE TERCERO
LÍNEA/S DE PAGO
IMPORTE LÍNEA/S DE PAGO
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE..
PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFEEDDEERR DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133 CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: No conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
1. Datos Generales de la Operación
Código Denominación
Organismo Gestor
Órgano Ejecutor
Beneficiario/Compareciente
Nº. expediente
Denominación
contrato/subvención
Lugar de realización Fecha y hora
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFEEDDEERR DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: No conforme
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O ENTIDADES COLABORADORAS
2
2. Motivo de la verificación
1.
3. Datos financieros
Generales de la Operación
COSTE TOTAL COSTE SUBVENCIONABLE COSTE VERIFICADO TOTAL COSTE VERIFICADO IN SITU
IMPORTE
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFEEDDEERR DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
L/ IONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: No conforme
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4. Desglose del gasto verificado
• INFRAESTRUCTURAS IMPORTE ……….
Detallar
• EQUIPAMIENTOS IMPORTE ………. • •
E LA FUNC•
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RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFEEDDEERR DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: No conforme
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4
• OTROS IMPORTE ……….
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RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFEEDDEERR DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: No conforme
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5
5. Alcance de la comprobación
En la visita realizada se ha comprobado:
S N N.A. Observaciones
1. Existencia física de la inversión/actuación cofinanciada. 2. Conformidad de estas en relación con la documentación administra-tiva aportada.
3. Puesta en marcha y su adecuación al proyecto aprobado cumpliendo su finalidad.
4. Se dispone de los medios adecuados y suficientes para la ejecución de la actuación cofinanciada.
5. Se han tenido en cuenta los resultados de la evaluación ambiental. 6. En el caso de que se realicen vertidos, se tiene autorización de verti-do y se cumplen sus condiciones.
7. Si la operación supone la construcción de un vertedero dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 1481/2001, se ha ejecutado con estricto cumplimiento de las condiciones contenidas en la autorización para su construcción.
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFEEDDEERR DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: No conforme
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6
En la visita realizada se ha comprobado:
S N N.A. Observaciones
8. Existe resolución sancionadora por incumplimiento grave o muy grave de la legislación ambiental.
9. Si la operación supone la construcción de una incineradora dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 653/2003, se ha ejecutado con estricto cumplimiento de las condiciones contenidas en la autoriza-ción para su construcción.
10. Información y publicidad: - Si la operación está en ejecución existe cartel en el enclave de las operaciones indicando el tipo y el nombre de la operación, el em-blema de la UE, la referencia al fondo en cuestión y la declaración elegida por la autoridad de gestión.
- Existen placas explicativas permanentes en las que se indica el tipo y el nombre de la operación, el emblema de la UE, la referen-cia al fondo en cuestión y la declaración elegida por la autoridad de gestión.
11. La operación tiene cofinanciación complementaria de otro fondo. En caso afirmativo, detallar.
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFEEDDEERR DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: No conforme
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7
En la visita realizada se ha comprobado:
S N N.A. Observaciones
12. En el caso de que exista cofinanciación complementaria de otro fondo, se cumplen los requisitos del art. 34.2 del Reglamento (CE) nº 1083/2006.
13. La actuación cofinanciada está condicionada al cumplimiento por parte del beneficiario de unas determinadas condiciones. En caso afir-mativo, se ha podido comprobar durante la visita.
14. Se ha cumplido con las normas de accesibilidad para las personas con discapacidad.
15. Existen incidencias destacables en materia de protección del medio ambiente. En caso afirmativo, detallar.
16. Existen incidencias destacables en materia de igualdad de oportu-nidades. En caso afirmativo, detallar
17. Otros
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RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFEEDDEERR DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: No conforme
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8
6. Documentación acreditativa de la inversión
Detallar
7. Hechos observados
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EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: No conforme
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CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
8. Manifestaciones del beneficiario/compareciente
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9. Conclusiones
Detallar
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PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133 CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
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1. Datos generales de la operación
Código Denominación
Organismo Gestor
Órgano Ejecutor
Beneficiario/Compareciente
Año subvención Línea subvención Nº expediente
Lugar de realización Fecha y hora
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CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
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O ENTIDADES COLABORADORAS
2
2. Motivo de la verificación
1. 1. de peración
Datos
Detallar
3. Datos financieros
Generales de la Operación
COSTE TOTAL COSTE SUBVENCIONABLE COSTE VERIFICADO COSTE VERIFICADO IN SITU
IMPORTE
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RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
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4. Descripción de la actuación cofinanciada
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RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
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4
5. Alcance de la comprobación
En la visita realizada se ha comprobado:
S N N.A. Observaciones
1. Existencia física de la inversión/actuación cofinanciada. 2. Conformidad de estas en relación con la documentación administra-tiva aportada.
3. Puesta en marcha y su adecuación al proyecto aprobado cumpliendo su finalidad.
4. Se dispone de los medios adecuados y suficientes para la ejecución de la actuación cofinanciada.
5. Información y publicidad: - En el caso de medidas de formación y empleo, se ha dado infor-mación a los beneficiarios/destinatarios de las actividades cofinan-ciadas por la UE (indicar cuales).
- Se han realizado campañas de sensibilización respecto al papel desempeñado por la UE en relación las medidas relacionadas con la formación profesional, el empleo y el desarrollo de recursos humanos (indicar cuáles)
- Otras medidas adoptadas.
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CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
5
En la visita realizada se ha comprobado:
S N N.A. Observaciones
6. La operación tiene cofinanciación complementaria de otro fondo. En caso afirmativo, detallar.
7. En el caso de que exista cofinanciación complementaria de otro fondo, se ha acreditado la existencia de esas inversiones y su puesta en marcha.
8. La actuación cofinanciada está condicionada al cumplimiento por parte del beneficiario de unas determinadas condiciones. En caso afir-mativo, se ha podido comprobar durante la visita.
9. Se ha cumplido con las normas de accesibilidad para las personas con discapacidad.
10. Existen incidencias destacables en materia de protección del medio ambiente. En caso afirmativo, detallar.
11. Existen incidencias destacables en materia de igualdad de oportu-nidades. En caso afirmativo, detallar
12. Otros
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
6
6. Documentación acreditativa de la actuación
Detallar
7. Hechos observados
Detallar
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
7
8. Manifestaciones del beneficiario/compareciente
Detallar
9. Conclusiones
Detallar
INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL ACTA DE VERIFICACIÓN FÍSICA DEL ARTÍCULO 13 DEL REGLAMENTO (CE) Nº 1828/2006 DE LA COMISIÓN DE 8 DE DICIEMBRE. PROGRAMA OPERATIVO FEDER CANARIAS 2007-2013. El presente documento pretende aclarar y comunicar una serie de instrucciones básicas para la elaboración de las actas de verificación física del FEDER. 0. Aspectos Comunes Como aspectos comunes del acta debemos mencionar en primer lugar la necesidad de introducir un código que identifique el acta y las diversas visitas a que se somete el proyecto. Por otro lado, el acta debe estar firmada, tanto por el funcionario que realiza la verificación como por el beneficiario/compareciente, indicando, para el primero, el Servicio al que pertenece y, para los segundos, el cargo que ocupa en la entidad. La firma de ambos es imprescindible y en el caso de que el beneficiario/compareciente manifieste su disconformidad con el acta debe incluir: NO CONFORME. Por último hay determinados campos a lo largo del acta que en determinados casos el Organismo Gestor no puede completar porque no dispone de la información necesaria para ello. Dichos campos están previstos para ser cumplimentado por el Organismo Intermedio. Sin embargo, si el Organismo Gestor tiene información sobre los mismos debe plasmarlo en el acta. Son las siguientes:
a. Código. El Organismo Gestor únicamente conocerá este dato si en la fecha de realización de la visita la operación está certificada en la aplicación Sistema Informático de Gestión de Fondos Europeos (SIGFE).
b. Denominación. Al igual que en el caso anterior, el Organismo Gestor únicamente conocerá este dato si en la fecha de realización de la visita la operación está certificada en la aplicación SIGFE.
c. Coste verificado. d. En el punto 5. “Alcance de la operación”:
o 2. “Conformidad de estas en relación con la documentación administrativa aportada”.
o 11. “La operación tiene cofinanciación complementaria de otro fondo. En caso afirmativo detallar”.
o 12. “En el caso de que exista cofinanciación complementaria de otro fondo, se ha acreditado la existencia de esas inversiones y su puesta en marcha”.
1. Datos generales de la operación Se plasma en este apartado del acta los siguientes datos a cumplimentar:
a. Código. Es el código que se obtiene al dar de alta la operación en la aplicación SIGFE b. Denominación. Igualmente, es la denominación que aparece en la aplicación SIGFE. c. Organismo Gestor.
d. Órgano Ejecutor. Deberá completarse cuando éste sea distinto del Organismo Gestor. e. Beneficiario/Compareciente. A cumplimentar ambos cuando beneficiario y compareciente
sean distintos. f. Nº. expediente g. Denominación contrato/subvención h. Lugar de realización de la visita. i. Fecha y hora de la visita.
2. Motivo de la verificación Como motivos de la verificación podemos señalar: - Primera verificación - Segunda o posteriores verificaciones del proyecto. - Mantenimiento de la inversión - Supervisión de la calidad de la verificación realizada por los Organismos Gestores. Éste es el control de calidad que realiza el Organismo Intermedio. 3. Datos financieros
- Coste total. Coste total de la operación incluido el gasto privado. - Coste subvencionable. Importe subvencionado - Coste verificado. Importe comprobado en la verificación administrativa. - Coste verificado in situ.
4. Desglose del gasto verificado Se distinguen tres subapartados: infraestructuras, equipamientos y otros y en los mismos se describirán las inversiones/actuaciones concretas que se han comprobado en la visita 5. Alcance de la comprobación. En este apartado se detallan diecisiete cuestiones cuyas respuestas posibles son si, no y no aplica. Igualmente existe un campo de observaciones en el que se pueden detallar todas las incidencias o aspectos relevantes relativos a la pregunta en cuestión. 6. Documentación acreditativa de la inversión Reflejar y mantener copia de todo aquello que sirva para comprobar que se ha realizado la actuación:
- Fotos de los equipamientos. - Fotos de las vallas con la publicidad comunitaria. - Etc.
7. Hechos observados Destacar sobre todo las incidencias e irregularidades detectadas. 8. Manifestaciones del beneficiario/compareciente Incluir todo aquello que el beneficiario/compareciente alegue en la visita. 9. Conclusiones Mencionar si se cumple o no con la finalidad para la que se concedieron los fondos, medidas cautelares a adoptar, necesidad de nuevas vistas, etc.
INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL ACTA DE VERIFICACIÓN FÍSICA DEL ARTÍCULO 13 DEL REGLAMENTO (CE) Nº 1828/2006 DE LA COMISIÓN DE 8 DE DICIEMBRE. PROGRAMA OPERATIVO FSE DE CANARIAS 2007-2013. El presente documento pretende aclarar y comunicar una serie de instrucciones básicas para la elaboración de las actas de verificación física del FSE. 0. Aspectos Comunes Como aspectos comunes del acta debemos mencionar en primer lugar la necesidad de introducir un código que identifique el acta y las diversas visitas a que se somete el proyecto. Por otro lado, el acta debe estar firmada, tanto por el funcionario que realiza la verificación como por el beneficiario/compareciente, indicando, para el primero, el Servicio al que pertenece y, para los segundos, el cargo que ocupa en la entidad. La firma de ambos es imprescindible y en el caso de que el beneficiario/compareciente manifieste su disconformidad con el acta debe incluir: NO CONFORME. Por último hay determinados campos a lo largo del acta que en determinados casos el Organismo Gestor no puede completar porque no dispone de la información necesaria para ello. Dichos campos están previstos para ser cumplimentado por el Organismo Intermedio. Sin embargo, si el Organismo Gestor tiene información sobre los mismos debe plasmarlo en el acta. Son las siguientes:
a. Código. El Organismo Gestor únicamente conocerá este dato si en la fecha de realización de la visita la operación está certificada en la aplicación Sistema Informático de Gestión de Fondos Europeos.
b. Denominación. Al igual que en el caso anterior, el Organismo Gestor únicamente conocerá este dato si en la fecha de realización de la visita la operación está certificada en la aplicación SIGFE.
c. Coste verificado. d. En el punto 5. “Alcance de la operación”:
o 2. “Conformidad de estas en relación con la documentación administrativa aportada”.
o 6. “La operación tiene cofinanciación complementaria de otro fondo. En caso afirmativo detallar”.
o 7. “En el caso de que exista cofinanciación complementaria de otro fondo, se ha acreditado la existencia de esas inversiones y su puesta en marcha”.
1. Datos generales de la operación Se plasma en este apartado del acta los siguientes datos a cumplimentar:
a. Código. Es el código que se obtiene al dar de alta la operación en la aplicación SIGFE b. Denominación. Igualmente, es la denominación que aparece en la aplicación SIGFE. c. Organismo Gestor.
d. Órgano Ejecutor. Deberá completarse cuando éste sea distinto del Organismo Gestor. e. Beneficiario/Compareciente. A cumplimentar ambos cuando beneficiario y compareciente
sean distintos. f. Año de subvención g. Línea de subvención h. Nº. expediente i. Lugar de realización de la visita. j. Fecha y hora de la visita.
2. Motivo de la verificación Como motivos de la verificación podemos señalar: - Primera verificación - Segunda o posteriores verificaciones del proyecto para comprobar la invariabilidad de la operación. - Supervisión de la calidad de la verificación realizada por los Organismos Gestores. Éste es el control de calidad que realiza el Organismo Intermedio. 3. Datos financieros
- Coste total. Coste total de la operación incluido el gasto privado - Coste subvencionable. Importe subvencionado. - Coste verificado. Importe comprobado en la verificación administrativa - Coste verificado in situ.
4. Descripción de la actuación cofinanciada Reflejar en qué consiste, los medios de los que se disponen, objetivos, etc. Asimismo, como además de completar el acta de visita el Organismo Gestor debe cumplimentar las listas de comprobación de visita física que aparece en la aplicación SIGFE, se deben tener en cuenta las preguntas de dicho listado de verificación que no específicamente previstos en esta acta. En concreto las siguientes:
- Número de personas participantes en la operación en la fecha de la visita. - Indicación de las personas responsables de prestar el servicio (profesores, tutores,
orientadores, etc.). - Relación contractual con el beneficiario de los responsables anteriores.
5. Alcance de la comprobación. En este apartado se detallan doce cuestiones cuyas respuestas posibles son si, no y no aplica. Igualmente existe un campo de observaciones en el que se pueden detallar todas las incidencias o aspectos relevantes relativos a la pregunta en cuestión.
6. Documentación acreditativa de la actuación Reflejar y mantener copia de todo aquello que sirva para comprobar que se ha realizado la actuación:
- Listados de asistencia de alumnos. - Fotos de la publicidad comunitaria. - Relación de ponentes, instructores, profesores, etc. - Memoria final o parcial del servicio prestado. - Cuestionarios de evaluación - Etc.
7. Hechos observados Destacar sobre todo las incidencias e irregularidades detectadas. 8. Manifestaciones del beneficiario/compareciente Incluir todo aquello que el beneficiario/compareciente alegue en la visita. 9. Conclusiones Mencionar si se cumple o no con la finalidad para la que se concedieron los fondos, medidas cautelares a adoptar, necesidad de nuevas vistas, etc.
Nº REF:
Página 1 de 3
IINN SSIITTUU--FFDD 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN IINN SSIITTUU
FFEEDDEERR
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Beneficiario/Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿Se dispone de acta o informe debidamente suscrito sobre la visita de
comprobación física realizada para constatar la existencia de los bienes
objeto de la ayuda y que los mismos se correspondan con los aprobados?
2. ¿Se cumple con las medidas de información y publicidad establecidas en el
articulo 8 del reglamento 1828/2006?
3. En su caso, ¿Se han tenido en cuenta los resultados de la evaluación
ambiental?
4. En el caso de que durante la ejecución de la operación se realicen vertidos
¿se dispone de autorización de vertido y se cumplen sus condiciones?
5. Si la operación supone la construcción de un vertedero dentro del ámbito de
aplicación del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se
regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, ¿se ha
ejecutado con estricto cumplimiento de las condiciones contenidas en la
autorización para su construcción?
Nº REF:
Página 2 de 3
VERIFICACIONES SI NO N/A
6. ¿Consta resolución sancionadora por incumplimiento grave o muy grave de
la legislación ambiental?
7. Si la operación supone la construcción de una incineradora de residuos
dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 653/2003, de 30 de mayo,
sobre incineración de residuos, ¿se ha ejecutado con estricto cumplimiento
de las condiciones contenidas en la autorización para su construcción?
8. ¿Se ha cumplido con las normas de accesibilidad para las personas
discapacitadas?
Nota: se cumplimenta por cada operación que haya sido objeto de verificación in situ y por
período de certificación.
Nº REF:
Página 3 de 3
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nº REF:
Página 1 de 3
IINN SSIITTUU--FFSS 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE LLAA VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN IINN SSIITTUU
FFSSEE
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿Se dispone de acta o informe debidamente suscrito sobre la visita de
comprobación física realizada para constatar la existencia de las actuaciones
cofinanciadas con identificación de la fecha y el agente que realiza la visita?
2. ¿Se desarrollaba la acción en el momento de la visita?
3. ¿Existe documentación probatoria de la actuación cofinanciada?
4. ¿Existe instalaciones, material, equipos y demás recursos necesarios para
el desarrollo de la operación o, en su caso, prueba de los mismos (fotos,
vídeos, manuales formativos, etc.)?
5. Identificar el número de personas participantes en la operación en la fecha
de la visita, en su caso.
6. Indicar las personas responsables de prestar el servicio (profesores/as,
Nº REF:
Página 2 de 3
VERIFICACIONES SI NO N/A
tutores/as, orientadores/as, etc.)
7. Relación contractual con el beneficiario de los responsables anteriores
8. ¿Se cumple o se ha cumplido, en su caso, durante el desarrollo de la
operación con la normativa de información y comunicación? ¿se conservan
pruebas: fotos, videos, folletos, anuncios, etc.?
Nota: se cumplimenta por cada operación que haya sido objeto de verificación in situ y por
período de certificación.
Nº REF:
Página 3 de 3
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
ANEXO IV: DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES EFECTUADAS POR
LA DGFPEA : CERTIFICADO Y ACTAS DE LOS INSPECTORES EDUCATIVOS Y
LISTAS DE COMPROBACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL (FSE)
105
FONDO SOCIAL EUROPEO
____________________________________________________________________________________________
CERTIFICADO DE VERIFICACIÓN IN SITU DEL ARTÍCULO 13 DEL
REGLAMENTO (CE) Nº 1028/2006 DE OPERACIONES
COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, EN EL MARCO
DEL PROGRAMA OPERATIVO PARA CANARIAS 2007/2013
CENTRO DOCENTE: CURSO LECTIVO: PERÍODO DE JUSTIFICACIÓN: CERTIFICO:
Que los datos incluidos en el certificado del Centro con número de serie ,
correspondientes a estudios cofinanciados en el curso lectivo referido, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Social Europeo 2007/2013 para Canarias, que gestiona la Dirección General
de Formación Profesional y Educación de Adultos, han sido verificados por la Inspección de
Educación, y como resultado de dichas verificaciones se concluye:
Que los datos certificados son conformes con los comunicados por el Centro Docente, y que las
excepciones producidas se indican al final de este documento como anexo al mismo, notificándose
con el presente certificado a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de
Adultos y a la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
FONDO SOCIAL EUROPEO
____________________________________________________________________________________________
Las verificaciones efectuadas se han realizado sobre el 100% de las operaciones certificadas,
mediante visita realizada al Centro Docente el día ____________________
Dichas comprobaciones han tenido por objeto verificar la prestación real de los servicios educativos
correspondientes a los grupos de enseñanzas declarados por el Centro Docente:
Como anexo a este certificado se especifica el alcance y los resultados de las verificaciones efectuadas.
El Inspector/a FDO:
Fondo Social Europeo
El inspector/a del Centro Docente El director/a del Centro Docente
AANNEEXXOO:: AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
1. Datos generales Centro docente Curso lectivo Período de justificación Fecha de la visita
2. Alcance de la comprobación En la visita realizada se ha comprobado:
Sí No Observaciones
1. Los datos declarados por el centro se corresponden con operaciones cofinanciadas.
2. Se han impartido las clases en los grupos declarados según sus programaciones didácticas.
3. Los datos referidos al horario del profesorado han sido contrastados con su declaración horaria o documento probatorio equivalente.
4. Se ha contrastado que las fechas de toma de posesión y cese del profesorado implicado indicadas por la Dirección General de Personal son conformes a la realidad del Centro.
5. Los alumnos beneficiarios cursan el estudio indicado y sus indicadores se han obtenido de forma fiable.
6. Se han realizado las actuaciones de información y publicidad previstas por el Centro, y las encuestas realizadas se encuentran custodiadas por el Secretario junto al expediente del alumno.
Fondo Social Europeo
NOMBRAMIENTOS Y CESES DEL PROFESORADO CERTIFICADO PRODUCIDOS EN EL CENTRO DURANTE EL CURSO LECTIVO SEGÚN LA D.G.P.
APELLIDOS, NOMBRE
NIF/NIE FECHA DE TOMA
DE POSESIÓN
FECHA DE CESE
LISTA DE COMPROBACIÓN DOCUMENTACIÓN Y PROCEDIMIENTO
código: PC-04-A.POC-05.F-02 edición: 01 página 1 de 2
LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN PPRREEVVIIAA AA LLAA CCEERRTTIIFFIICCAACCIIÓÓNN DDEE OOPPEERRAACCIIOONNEESS CCOOFFIINNAANNCCIIAADDAASS
1. Datos generales Operaciones Programa Operativo Período a justificar Fecha
2. Alcance de la comprobación En la verificación realizada se ha comprobado que:
S N Observaciones
1. Los grupos cofinanciados son los previstos conforme a los criterios de selección aprobados por el Comité de Seguimiento.
2. Los gastos certificados son referidos a grupos cofinanciados.
3. Los datos poporcionados por la Dirección General de Personal sobre las tomas de posesión y cese del profesorado incluyen el período que se justifica.
4. Se han recopilado, comprobado y registrado todos los certificados de los Centros que poseen grupos cofinanciados.
5. Se han recopilado, comprobado y registrado los Certificados y Actas de Verificación consignados por Inspectores de Educación.
6. Los conceptos de las nóminas imputados son elegibles en el período 2007/2015.
7. Se ha recopilado de la Dirección General de Personal la Pista de Auditoría de las retribuciones, el Certificado de Importes y el Certificado del Tesoro que acredita que los gastos imputados han sido efectivamente pagados.
LISTA DE COMPROBACIÓN DOCUMENTACIÓN Y PROCEDIMIENTO
código: PC-04-A.POC-05.F-02 edición: 01 página 2 de 2
En la verificación realizada se ha comprobado que:
S N Observaciones
8. Existe documentación acreditativa de la adopción de las medidas de información y publicidad.
9. Se han cumplido con los objetivos previstos en la aprobación de las operaciones.
10. Se han registrado las incidencias significativas del procedimiento en el informe memoria de la justificación.
11. Se ha seguido el procedimiento establecido en el Manual de Procedimientos.
12. Se ha comprobado y guardado registro de la documentación generada por los gestores de las operaciones según lo establecido en el Procedimiento.
3. Observaciones
Nombre y firma: El Técnico del Servicio
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
ANEXO V: LISTA DE COMPROBACIÓN DE LOS GASTOS DE
DESPLAZAMIENTO PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS SANITARIOS
106
Nº REF:
Página 1 de 6
DDEESSPP 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE GGAASSTTOOSS DDEE DDEESSPPLLAAZZAAMMIIEENNTTOO
PPAARRAA LLAA PPRREESSTTAACCIIÓÓNN DDEE LLOOSS SSEERRVVIICCIIOOSS SSAANNIITTAARRIIOOSS
Código de Operación:
Denominación: Órgano Gestor:
Área de Salud:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Importe validado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
I. REQUISITOS GENERALES
A. Reembolsos y/o compensación
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. En caso de solicitud de reembolsos y/o compensación ¿Se ha
efectuado en plazo, se encuentra firmada y con la documentación
exigida en la normativa de aplicación?
2. En caso de solicitud de reembolsos y/o compensación ¿Se cumple con
los requisitos establecidos en el artículo 3.3 del Decreto 90/2004 para
abonar los reembolsos y compensaciones correspondientes a los
acompañantes?
3. En relación con el paciente/acompañante en caso de solicitud de
reembolsos ¿se acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en
el artículo 4 del mencionado Decreto para el reembolso o
compensación de los gastos de desplazamientos?
Nº REF:
Página 2 de 6
B. Bonos
VERIFICACIONES SI NO N/A
4. En el caso de bonos ¿se ha comprobado la existencia de un
procedimiento adecuado para la autorización de los traslados?
5. ¿Los bonos emitidos corresponden a traslados autorizados conforme
al procedimiento establecido?
6. En relación con los bonos emitidos a pacientes/acompañantes ¿se
acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos para el abono a las
agencias de viaje de los gastos de desplazamientos?
C. Publicidad
7. ¿Se hace referencia a la cofinanciación europea en las solicitudes, los
bonos, resolución y/o compensación?
8. ¿Se han adoptado otras medidas de información y publicidad de la
cofinanciación del FEDER en los gastos de desplazamiento? Indicar
cuales
II. JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS DE TRANSPORTES
VERIFICACIONES SI NO N/A
9. ¿Existe soporte documental adecuado del gasto, es decir, facturas
originales o documentos contables de valor probatorio equivalente?
10. ¿Los documentos contables y/o facturas son conformes con lo
estipulado en la normativa vigente de aplicación?
Nº REF:
Página 3 de 6
VERIFICACIONES SI NO N/A
11. ¿Las facturas que respaldan los pagos subvencionables fueron
emitidas dentro del periodo elegible y han sido pagadas por el SCS
en dicho período?
12. En aquellos supuestos en el que los pacientes/acompañantes no
hayan sufragado los gastos de transporte ¿se ha emitido el
correspondiente bono?
13. ¿En caso afirmativo, existe constancia documental de que el bono
haya sido canjeado en una Agencia de Viajes?
III. JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS DE MANUTENCIÓN
VERIFICACIONES SI NO N/A
14. ¿Se han abonado compensaciones por manutención a pacientes
hospitalizados fuera del Área de Salud en el que se encuentra el
municipio de residencia del paciente?
15. ¿Existe soporte documental adecuado del gasto, es decir, facturas
originales o documentos contables de valor probatorio equivalente?
16. ¿Los gastos de manutención han sido pagados por el SCS dentro del
periodo elegible?
17. ¿Se han satisfecho los gastos de manutención por la cuantía vigente
en el momento de su realización?
IV. SUBVENCIONABILIDAD
Nº REF:
Página 4 de 6
VERIFICACIONES SI NO N/A
18. ¿Los gastos se corresponden a operaciones decididas por la
Consejería de Economía y Hacienda, Órgano Intermedio del Programa
Operativo de referencia, de conformidad con los criterios fijados por
el Comité de Seguimiento?
19. ¿Se certifican impuestos indirectos que no sean susceptibles de
recuperación o compensación?
20. ¿Corresponden a gastos de funcionamiento producidos en la
prestación de servicios públicos o privados derivados de la
ultraperificidad?
21. En este caso, ¿Están justificados los sobrecostes producidos en la
actividad o servicio objeto de cofinanciación?
V. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA REALIZACIÓN MATERIAL DE LA
OPERACIÓN COFINANCIADA
VERIFICACIONES SI NO N/A
22. ¿Se acredita el traslado del paciente mediante informe clínico o
cualquier otro medio documental del centro de destino donde figure
la fecha de asistencia a consulta?
23. ¿Son coherentes las fechas de estancia del paciente en dicho centro
sanitario con las indicadas en los billetes, o en su caso, en las de las
facturas?
24. En el caso de los acompañantes ¿existe tarjeta de embarque del
avión/barco coincidente con las fechas de desplazamiento de los
Nº REF:
Página 5 de 6
VERIFICACIONES SI NO N/A
pacientes?
25. En caso del acompañante ¿Existe cualquier otro medio de verificación
del traslado realizado?
26. La acreditación documental de la actuación realizada ¿abarca a la
totalidad del gasto certificado?
27. Si dicha acreditación se ha realizado sobre una muestra, indicar los
criterios que se han tenido en cuenta para la selección.
VI. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
VERIFICACIONES SI NO N/A
28. ¿La actuación cofinanciada produce efectos positivos sobre la política
de igualdad de oportunidades?
29. Si se ha contestado SI en la pregunta anterior, ¿qué medida de
acción positiva contra la discriminación por razón de sexo u otras se
ha adoptado?
30. ¿Produce efectos neutros?
31. ¿El Organismo exige/sugiere algún tipo de medidas a favor de la
igualdad de oportunidades en el desarrollo de los proyectos?
32. En general ¿Se han producido efectos negativos en materia de
igualdad de oportunidades?
Nº REF:
Página 6 de 6
Nota: esta lista se cumplimenta por cada operación y período de certificación OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Servicio Canario de la Salud DIRECCIÓN AREA DE SALUD EL HIERRO
FEDER
RUP
DON XXXXX XXXXX XXXX, JEFE DEL SERVICIO DE XXXXXXXXXXXX, DE DIRECCIÓN ÁREA DE SALUD EL HIERRO,
CERTIFICO: Que de acuerdo con la normativa aplicable para la tramitación de traslados de pacientes a centros sanitarios distintos a los asignados (Península/Islas), que se encuentra recogida en la Instrucción nº 1/09 de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, Decreto 90/2004, de 13 de julio (B.O.C. nº 141 de 22 de julio de 2004, modificado por Orden de 23 de octubre de 2006 (B.O.C. nº 208, de 25 de octubre de 2006), modificado por el Decreto 36/2008, de 11 de marzo (B.O.C. nº 57 de 19 de marzo de 2008), se emite bono de viaje, tanto a pacientes como acompañantes, una vez se ha comprobado que consta en el expediente una propuesta motivada del Facultativo Hospitalario y autorizada por el órgano competente del Servicio Canario de la Salud.
Así mismo, se comunica que dicha documentación obra en las dependencias de los centros sanitarios correspondientes a esta Área de Salud.
Y para que conste y surta efectos ante la Dirección General de Planificación y Presupuesto, en relación con el proceso de verificación de las operaciones cofinanciadas ejecutadas con los recursos procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el ámbito del Programa Operativo Canarias 2007-2013 y referidas a los desplazamientos de pacientes y acompañantes por razón de asistencia sanitaria en el período 2007-2009 incluidas en el eje 9 y tema prioritario 82 firmo el presente certificado en XXXXXXXXXXXX, a XXXXXXX de XXXXXXXX de 2009.
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
ANEXO VI: LISTA DE COMPROBACIÓN DE LOS GASTOS DE SUBVENCIONES
AL TRANSPORTE INTERINSULAR DE MERCANCÍAS
107
Nº REF:
Página 1 de 6
TTRRAANNSS 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOOMMPPRROOBBAACCIIÓÓNN DDEE SSUUBBVVEENNCCIIOONNEESS AALL TTRRAANNSSPPOORRTTEE
IINNTTEERRIINNSSUULLAARR DDEE MMEERRCCAANNCCÍÍAASS
Código de Operación:
Denominación:
Órgano Gestor:
Tercero:
Importe certificado anteriormente:
Importe validado anteriormente:
Periodo de certificación:
Importe a verificar:
I. REQUISITOS GENERALES
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿La solicitud de ayuda se ha presentado en tiempo y forma, junto a
toda la documentación establecida en las bases reguladoras
aplicables?
2. ¿Las mercancías transportadas objeto de subvención se encuentran
entre las establecidas en las bases reguladoras aplicables así como,
en su caso, lo previsto en cada convocatoria cumpliendo con los
requisitos y condicionantes exigidos?
3. ¿Se ha acreditado la condición de beneficiario del solicitante de la
ayuda?
4. ¿Se hace referencia a la cofinanciación europea en las solicitudes y/o
resoluciones?
5. ¿Se han adoptado otras medidas de información y publicidad de la
Nº REF:
Página 2 de 6
VERIFICACIONES SI NO N/A
cofinanciación del FEDER? Indicar cuales
II. JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS DE TRANSPORTES
VERIFICACIONES SI NO N/A
6. ¿La documentación justificativa de la actividad realizada se ha
aportado junto a la solicitud de ayuda?
7. ¿La documentación incluye una memoria de actuación justificativa del
cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión de la
ayuda?
8. ¿La justificación incluye una memoria económica justificativa del
coste del transporte objeto de subvención? En caso afirmativo,
verificar:
9. ¿Se aporta relación clasificada de los gastos del transporte, con
indicación del acreedor y del documento, su importe, fecha de
emisión y de pago?
10. ¿Se aportan facturas o documentos de valor probatorio equivalente,
incorporados a la relación mencionada en la pregunta anterior, así
como sus correspondientes justificantes de pago?
11. ¿Consta en los conocimientos de embarque o factura de las empresas
transportistas la mercancía transportada, cantidad y precio?
Nº REF:
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III.DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA REALIZACIÓN MATERIAL DE LA
OPERACIÓN COFINANCIADA
VERIFICACIONES SI NO N/A
12. En caso de mercancías originarias de las Islas Canarias ¿Se han
aportado facturas de las mercancías o declaraciones responsables en
las que se haga constar su origen?
13. ¿Se dispone de documento expedido por la naviera o compañía
aérea en el que conste la persona física o jurídica solicitante de la
subvención, además de como cliente pagador del transporte, como
cargador o receptor de la mercancía, el importe del flete, tasas
portuarias/aeroportuarias aplicadas a la carga transportada y en su
caso a la tara, costes de manipulación de la mercancía de origen y
destino, cánones de seguridad y recargo por incremento del coste de
combustible?
14. ¿El transporte de la mercancía se realiza a través de un transportista
intermediario, que figure como pagador en el conocimiento de
embarque o factura de empresa transportista?, en caso afirmativo,
verificar:
15. ¿Se ha aportado factura emitida por el transportista-intermediario
donde especifique la mercancía transportada, el destino y origen de
la misma, su cantidad y precio abonado por el transporte?
16. ¿Se ha aportado una declaración responsable del transportista
intermediario donde se establezca que ha repercutido al solicitante
los costes de transporte y que el propio transportista no se presenta
simultáneamente como solicitante de la subvención para el mismo
envío?
17. En el caso de transporte en régimen de grupaje ¿existe declaración
responsable del cargador en los términos previstos en las bases
reguladoras?
Nº REF:
Página 4 de 6
VERIFICACIONES SI NO N/A
IV. SUBVENCIONALIDAD
VERIFICACIONES SI NO N/A
18. ¿Los gastos se corresponden a operaciones decididas por la
Consejería de Economía y Hacienda, Órgano Intermedio del Programa
Operativo de referencia, de conformidad con los criterios fijados por
el Comité de Seguimiento?
19. ¿Se certifican impuestos indirectos que no sean susceptibles de
recuperación o compensación?
20. ¿Los costes incluidos en las facturas corresponden a alguno de los
costes establecidos en las bases reguladoras?
21. ¿Se ha procedido a ajustar los costes subvencionables al coste tipo
en el caso de que éste sea mayor al coste real?
22. ¿Se ha comprobado que la totalidad de las ayudas concedidas para
compensar los costes de transportes para la misma mercancía y
trayecto no superan a los costes subvencionables?
V. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
VERIFICACIONES SI NO N/A
23. ¿La actuación cofinanciada produce efectos positivos sobre la política
de igualdad de oportunidades?
Nº REF:
Página 5 de 6
VERIFICACIONES SI NO N/A
24. Si se ha contestado SI en la pregunta anterior, ¿qué medida de
acción positiva contra la discriminación por razón de sexo u otras se
ha adoptado?
25. ¿Produce efectos neutros?
26. ¿El Organismo exige/sugiere algún tipo de medidas a favor de la
igualdad de oportunidades en el desarrollo de los proyectos?
27. En general ¿Se han producido efectos negativos en materia de
igualdad de oportunidades?
Nota: esta lista se cumplimenta por cada operación y período de certificación OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Nº REF:
Página 6 de 6
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
ANEXO VII: DOCUMENTACIÓN DE LAS COMPROBACIONES DE CALIDAD DE
LAS VERIFICACIONES EFECTUADAS POR LOS CENTROS
GESTORES/COLABORADORES: NOTIFICACIONES, LISTAS E INFORME
108
REGISTRO GENERAL Nº 7
Número:
Fecha:S A L I D A
REGISTRO GENERAL Nº 7
Número:
RGN7: Hora:
Fecha:S A L I D A
RGN7: Hora:
REF
Dir.
Las disposiciones generales sobre Fondos Estructurales obligan a adoptar medidas de ges-tión y control que garanticen una utilización eficaz y regular de los fondos comunitarios con-forme a los principios de una correcta gestión financiera. En el tal sentido, el artículo 60, apartado b) del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al fon-do Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999, dispone que la Autoridad de Gestión, y por dele-gación el Organismo Intermedio, “comprobará que se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de los servicios objeto de cofinanciación, que se ha efectuado real-mente el gasto declarado por los beneficiarios en relación con las operaciones, y que este cumple las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia; las verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas se podrán realizar por muestreo…” En el artículo 13.2 del Reglamento (CE) nº 1828 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 “por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo …” establece que las verificaciones…abordarán los aspectos administrativo, financiero, téc-nico y físico de las operaciones, según corresponda”…y que incluirán los procedimientos siguientes:
a) Verificaciones administrativas de todas las solicitudes de reembolso de los beneficia-rios.
b) Verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Consejería de Economía y Hacienda/La Dirección General de Planificación y Presupuesto (indíquese lo que proceda) es Organismo Intermedio del Programa Operativo de Canarias de XXXX 2007-2013 para todas las operaciones gestionadas por el Gobierno de Canarias. Por tanto les corresponde el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 60 b) del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.
2
A tal fin, esta Dirección General ha puesto en marcha los procedimientos adecuados desti-nados a efectuar las verificaciones administrativas y físicas de las operaciones cofinancia-das con la participación y colaboración de los diferentes centros gestores conforme a lo pre-visto en el “Manual de Procedimientos de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos. Período 2007-2013”. En concreto, ese centro directivo participa en tareas de verificación física /y administrativa (indicar lo que proceda) y, conforme a la normativa aplicable y a los procedimientos descri-tos en el mencionado Manual, corresponde a este Organismo Intermedio realizar un control de las actuaciones de verificación llevadas a cabo que permitan constatar el cumplimiento del procedimiento de verificación efectuado por ese centro gestor así como la calidad de los trabajos desarrollados. Por tal motivo, se comunica que se va a efectuar un control respecto a las tareas desarrolla-das por ese Centro Directivo respecto a las operaciones y gastos declarados en el período correspondiente XXXX, que se llevarán a cabo en las dependencias de esa Dirección Gene-ral por personal adscrito al Servicio de Control del Órganos Intermedio en los días compren-didos entre XXXX del presente mes. Es por ello que se solicita la comunicación de la misma a los servicios y unidades adminis-trativas actuantes al objeto de que tengan localizados los expedientes correspondientes, que se relacionan en el anexo adjunto, informando de su ubicación geográfica, la pongan a dis-posición de D/Dña . XXX, y le presten la máxima colaboración.
Las Palmas de Gran Canaria, 23 de diciembre de 2008 DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO Maria Eulalia Gil Muñiz
Nº REF:
Página 1 de 3
CCOONNTTRR CCAALL 0011 -- LLIISSTTAA DDEE CCOONNTTRROOLL DDEE CCAALLIIDDAADD
Órgano Gestor:
Órgano Ejecutor:
Eje:
Tema Prioritario:
Período de Certificación:
Importe a Verificar:
VERIFICACIONES SI NO N/A
1. ¿Dispone el Órgano Gestor de un Manual de Procedimiento? si la
respuesta es afirmativa especificar:
• Manual de Gestión
• Manual de Control
• Otros Manuales de Procedimiento
2. ¿Existen procedimientos de control previo de las operaciones (análisis
de viabilidad, concesión de otras ayudas, valoración de los servicios,
análisis de elegibilidad de los gastos proyectados)?
3. ¿Queda constancia en los expedientes de dichos controles?
4. ¿El órgano gestor ¿colabora en la realización de las verificaciones
físicas previstas en el artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/2006?
5. ¿El órgano gestor ¿colabora, además, en la realización de las
verificaciones administrativas previstas en el artículo 13 del
Reglamento (CE) 1828/2006?
6. En el supuesto previsto en la pregunta 4 ¿se cumplimentan las actas
de visita in situ previstas por la DGPP para cada centro gestor?
Nº REF:
Página 2 de 3
VERIFICACIONES SI NO N/A
7. Si se ha contestado SI a la pregunta anterior, ¿se cumplimentan
todas las cuestiones planteadas de manera correcta, ofreciendo
información suficiente?
8. En el caso de las verificaciones administrativas ¿se cumplimentan
todas las listas de comprobación previstas de manera adecuada y
suficiente?
9. En el procedimiento de verificación física y administrativa de las
operaciones llevado a cabo por el centro gestor, ¿se ha tenido en
cuenta el Manual de Procedimientos de Control y Verificación de
Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos. Período 2007-
2013?
10. En caso de incidencias que se detecten en las verificaciones, ¿Se
consideran las mismas? ¿Quedan plasmadas en los listados de
comprobación? Describir brevemente el procedimiento que se siga en
caso de incidencias detectadas.
11. ¿Se realizan verificaciones físicas de mantenimiento de las
operaciones?
12. ¿Se tiene en cuenta en los procedimientos llevados a cabo por el
centro gestor las orientaciones así como las recomendaciones
comunicadas por la DGPP?
Nº REF:
Página 3 de 3
OBSERVACIONES
Requerimiento documentación:
Fecha acuse:
Persona responsable:
Firma:
Fecha:
Nota: Esta lista de comprobación se cumplimenta por cada período de certificación y centro gestor.
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE..
PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133 CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee iiddeennttiiffiiqquuee eell aaccttaa yy ffuuttuurraass vviissiittaass ddeell mmiissmmoo pprrooyyeeccttoo))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
1. Datos generales de la operación
Código Denominación
Organismo Gestor
Órgano Ejecutor
Beneficiario/Compareciente
Lugar de realización Fecha y hora
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
2
2. Motivo de la verificación
1. 1. de peración
Datos
Detallar
3. Datos financieros
Generales de la Operación
COSTE TOTAL COSTE SUBVENCIONABLE COSTE VERIFICADO COSTE VERIFICADO IN SITU
IMPORTE
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
3
4. Descripción de la actuación cofinanciada
Detallar
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
4
5. Alcance de la comprobación
En la visita realizada se ha comprobado:
S N N.A. Observaciones
1. Existencia física de la inversión/actuación cofinanciada. 2. Conformidad de estas en relación con la documentación administra-tiva aportada.
3. Puesta en marcha y su adecuación al proyecto aprobado cumpliendo su finalidad. Para ello verificar: - Los datos declarados por el centro se corresponden con operaciones cofinanciadas.
- Se han impartido las clases en los grupos declarados según sus pro-gramaciones didácticas.
- Los datos referidos al horario del profesorado han sido contrastados con su declaración horaria o documento probatorio equivalente.
- Se ha contrastado que las fechas de toma de posesión y cese del profesorado implicado indicadas por la Dirección General de Personal son conformes a la realidad del Centro.
- Los alumnos beneficiarios cursan el estudio indicado y sus indicado-res se han obtenido de forma fiable.
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
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O ENTIDADES COLABORADORAS
5
4. Se dispone de los medios adecuados y suficientes para la ejecución de la actuación cofinanciada.
5. Información y publicidad: - En el caso de medidas de formación y empleo, se ha dado infor-mación a los beneficiarios/destinatarios de las actividades cofinan-ciadas por la UE (indicar cuales).
- Se han realizado campañas de sensibilización respecto al papel desempeñado por la UE en relación las medidas relacionadas con la formación profesional, el empleo y el desarrollo de recursos humanos (indicar cuáles)
- Otras medidas adoptadas.
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
6
En la visita realizada se ha comprobado:
S N N.A. Observaciones
6. La operación tiene cofinanciación complementaria de otro fondo. En caso afirmativo, detallar.
7. En el caso de que exista cofinanciación complementaria de otro fondo, se ha acreditado la existencia de esas inversiones y su puesta en marcha.
8. La actuación cofinanciada está condicionada al cumplimiento por parte del beneficiario de unas determinadas condiciones. En caso afir-mativo, se ha podido comprobar durante la visita.
9. Se ha cumplido con las normas de accesibilidad para las personas con discapacidad.
10. Existen incidencias destacables en materia de protección del medio ambiente. En caso afirmativo, detallar.
11. Existen incidencias destacables en materia de igualdad de oportu-nidades. En caso afirmativo, detallar
12. Otros
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
7
6. Documentación acreditativa de la actuación
Detallar
7. Hechos observados
Detallar
AACCTTAA DDEE VVEERRIIFFIICCAACCIIÓÓNN FFÍÍSSIICCAA DDEELL AARRTTÍÍCCUULLOO 1133 DDEELL
RREEGGLLAAMMEENNTTOO ((CCEE)) NNºº 11882288//22000066 DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE 88 DDEE DDIICCIIEEMMBBRREE.. PPRROOGGRRAAMMAA OOPPEERRAATTIIVVOO FFSSEE DDEE CCAANNAARRIIAASS 22000077--22001133
CCóóddiiggoo:: ((EEssttaabblleecceerrlloo ddee ttaall mmaanneerraa qquuee ssee ppuueeddaa iiddeennttiiffiiccaarr ssii eess pprriimmeerraa vviissiittaa,, sseegguunnddaa,, eettcc))
EL/LA FUNCIONARIO/A: EL/LA BENEFICIARIO/A-COMPARECIENTE: Imprescindible. En el caso de desacuerdo incluir: no conforme
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
O ENTIDADES COLABORADORAS
8
8. Manifestaciones del beneficiario/compareciente
Detallar
9. Conclusiones
Detallar
Informe de Control de Calidad
Art. 13 Reglamento (CE) 1828/2006 Informe de Control de Calidad
Nª de Expediente
Centro Gestor
Período de verificación
1
Informe de Control de Calidad
2
Informe de Verificaciones Administrativas del cumplimiento del Artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/2006, por el que se establecen las disposiciones
generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión
Organismo Intermedio
Plan de Verificación
Entidad objeto de verificación
Fondo
Programa Operativo
Eje / Categoría de gasto objeto de verificación
Periodo verificado
Importe certificado/ a certificar
Importe verificado
Equipo de verificación
Fecha de la visita
Fecha de elaboración del informe
Informe de Control de Calidad
3
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................... 4 1.1. Fundamento Jurídico ...................................................................................................................... 4 2. OBJETIVOS Y ALCANCE....................................................................................................................... 6 2.1. Objetivos y alcance ......................................................................................................................... 6 2.1.1. Objetivos ....................................................................................................................................... 6 2.1.2. Alcance.......................................................................................................................................... 7 3. IDENTIFICACIÓN.................................................................................................................................. 8 3.1. Identificación del Beneficiario / Centro Gestor.......................................................................... 8 3.2. Identificación de la muestra seleccionada ................................................................................. 8 4. RESULTADO DEL TRABAJO.............................................................................................................. 10 4.1. Elegibilidad de las operaciones .................................................................................................. 10 4.2. Cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional ......................................................... 10 4.3. Subvencionabilidad de los gastos .............................................................................................. 10 4.4. Pista de Auditoria.......................................................................................................................... 10 4.5. Publicidad....................................................................................................................................... 11 4.6. Prioridades transversales: Medio Ambiente e Igualdad de Oportunidades ........................11 4.7. Sistemas de gestión ..................................................................................................................... 11 5. CONCLUSIONES................................................................................................................................. 12 6. RECOMENDACIONES........................................................................................................................ 13 ANEXO I: LISTAS DE COMPROBACIÓN................................................................................................ 14 ANEXO II: NORMATIVA DE APLICACIÓN ............................................................................................. 15
Informe de Control de Calidad
4
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Fundamento Jurídico
El artículo 59.1, apartado a) del Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de
2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión1, señala que el Estado
miembro designará una autoridad encargada de la gestión de cada Programa Operativo.
El Estado español, en aplicación de la citada disposición, designa autoridad de gestión del
Programa Operativo XXXXXX de Canarias para el periodo 2007-2013 a XXXXXX. Ésta
desarrolla sus funciones en un marco de cooperación y corresponsabilidad con diferentes
organismos de la Administración General del Estado y de las Administraciones Regionales,
permitiendo la participación efectiva en el cumplimiento de las funciones atribuidas a la
Autoridad de Gestión de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 62 del
Reglamento (CE) 1083/2006.
XXXXXX, así como el resto de organismos que gestionan operaciones cofinanciadas, en el
Programa Operativo, se corresponsabilizan con la mencionada autoridad de gestión, de la
eficacia, regularidad de la gestión y adecuada ejecución de las operaciones cofinanciadas en
los ámbitos de sus respectivas competencias, ya que conforme a lo previsto en el
mencionado Programa se delega en la Consejería de Economía y Hacienda (en concreto la
Dirección General de Planificación y Presupuesto) del Gobierno de Canarias las funciones
previstas en el artículo 60 del Reglamento nº 1083/2006 del Consejo.
De conformidad con el artículo 60 b) del Reglamento 1083/2006 del Consejo, la Autoridad
de Gestión debe llevar a cabo verificaciones sobre las operaciones correspondientes a su
ámbito de gestión, al objeto de comprobar que:
Se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de servicios objeto de
cofinanciación;
Se ha efectuado realmente el gasto declarado por los Beneficiarios en relación con las
operaciones;
1 Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, por el que se deroga el Reglamento (CE) 1260/1999 (DOUE L 210/25 de 31/07/2006).
Informe de Control de Calidad
5
El gasto declarado por los Beneficiarios en relación con las operaciones objeto de
cofinanciación cumple las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia.
Las verificaciones, según el artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/20062, incluirán los
procedimientos siguientes:
Verificaciones administrativas de todas las solicitudes de reembolso de los Beneficiarios.
Verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas, pudiendo utilizar para ello un
método de muestreo que garantice la representatividad de las mismas.
La normativa comunitaria establece asimismo que la responsabilidad sobre la ejecución de
las verificaciones definidas por el artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/2006 recaerá sobre
la Autoridad de Gestión y los Organismos Intermedios. En este caso la Dirección General de
Planificación y Presupuesto, es Organismo Intermedio, por lo tanto es competente para
realizar los controles exigidos por la normativa nacional y comunitaria aplicable al citado
artículo.
En el ejercicio de estas atribuciones, y en cumplimiento del artículo 13 del Reglamento
1828/2006, la Dirección General de Planificación y Presupuesto debe garantizar que los
sistemas de gestión y verificación permiten comprobar la realidad de la prestación de los
bienes y servicios cofinanciados y de los gastos declarados, así como garantizar el
cumplimiento de las condiciones de la correspondiente decisión de la Comisión adoptada en
virtud de los artículos 58 a 62 del Reglamento (CE) 1083/2006, y de las normas nacionales y
comunitarias aplicables, en particular, las correspondientes a la subvencionabilidad de los
gastos, la contratación pública, las ayudas estatales, la protección del medio ambiente y la
igualdad de oportunidades.
Por otro lado, conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Orden 10 de noviembre de 2009,
por la que se establecen normas para la gestión, seguimiento y control de las operaciones
cofinanciadas con Fondos Estructurales, “el Centro Gestor participará en las tareas de
verificación tanto administrativas como sobre el terreno ...en los términos expresados en la
2 Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, que fija normas de desarrollo para el
Reglamento (CE) 1083/2006, del Consejo, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y el Reglamento (CE) 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Informe de Control de Calidad
6
descripción de los Sistemas de Gestión y Control de la Dirección General de Planificación y
Presupuesto previstos en cada uno de los Programas Operativos…”
En el artículo 15, apartado 4 de la Orden, se establece que dichas verificaciones se
realizarán bajo la coordinación y supervisión de la mencionada Dirección General, mediante
las instrucciones y procedimientos que se establezcan y conforme a las listas de
comprobación que sean aprobadas al efecto (artículo 16, apartado 2).
Así, el Manual de Procedimientos de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con
Fondos Europeos para el período 2007-2013 de la Dirección General de Planificación y
Presupuesto establece que , entre otros, la Dirección General de Formación Profesional y
Educación de Adultos colabora en las tareas de verificación, tanto administrativas como
sobre el terreno, constituyéndose como Centro Gestor /Colaborador.
La Dirección General de Planificación y Presupuesto procederá a efectuar una comprobación
de las verificaciones efectuadas por los Centros Gestores/Colaboradores/colaboradores con
la finalidad de constatar, tanto el procedimiento de verificación efectuado por los gestores,
como la calidad de los trabajos realizados por los mismos.
Informe de Control de Calidad
7
2. OBJETIVOS Y ALCANCE
2.1. Objetivos y alcance
2.1.1. Objetivos
El objetivo general de los trabajos de verificación es analizar los procedimientos y sistemas
utilizados en la gestión de las actuaciones objeto de verificación, y la obtención de evidencias
suficientes, pertinentes y válidas de la realidad de la prestación de los bienes y servicios
cofinanciados y de los gastos declarados, garantizando el cumplimiento de la normativa
regional, nacional y comunitaria y de las correspondientes decisiones de la Comisión. Si
procede, y en función de las conclusiones alcanzadas, se formulan recomendaciones a fin de
mejorar la gestión.
Para ello, se aplicarán procedimientos y técnicas de auditoría, analizando los siguientes
aspectos:
El cumplimiento de las condiciones establecidas en el Programa Operativo.
La correcta utilización y aplicación de los Fondos a los fines previstos en la programación,
en la norma reguladora –en su caso-, y en el acuerdo o convenio de concesión.
La realidad de la operación financiada con la ayuda.
La subvencionabilidad de los gastos.
Los objetivos específicos son los siguientes:
Verificar el cumplimiento de la obligatoriedad de conservar los documentos justificativos
que acrediten la entrega efectiva de bienes y servicios (facturas, albaranes, actas de
recepción, documentos de contabilidad presupuestaria o documentos probatorios
equivalentes).
Analizar los sistemas de gestión, seguimiento y control utilizados por el departamento en
la gestión de los proyectos cofinanciados objeto de verificación, comprobando la calidad
de los procesos y procedimientos establecidos, su correspondencia con las exigencias
normativas, y el grado de aplicación efectiva.
Informe de Control de Calidad
8
Verificar que se han establecido los sistemas necesarios para garantizar una pista de
auditoria acorde a los requisitos normativos, y que se mantiene actualizada. En relación
con este mismo punto, se describen los flujos financieros implementados.
Comprobar la subvencionabilidad de los gastos, verificando que las solicitudes de pago
presentadas sólo comprenden gastos efectivamente realizados dentro del período
subvencionable establecido, y que están justificados mediante facturas pagadas u otros
documentos contables de valor probatorio equivalente.
Verificar que se cuenta con un sistema de contabilidad separada o, al menos, con una
codificación contable que permite la identificación unívoca de los pagos y demás
operaciones financieras.
Comprobar que la intensidad de las ayudas y las fuentes de financiación corresponden a
las establecidas en la decisión correspondiente.
Verificar la observancia de la normativa nacional y comunitaria, en concreto, la
correspondiente a publicidad, contratación pública, competencia y a las políticas
horizontales de medio ambiente e igualdad de oportunidades.
Determinar, de forma general para todos los puntos anteriores, si existen irregularidades
y si éstas son sistemáticas.
2.1.2. Alcance
El trabajo de verificación desarrollado se enmarca dentro del Plan de Verificación diseñado
por la Dirección General de Planificación y Presupuesto para el periodo de certificación XXXX.
De forma particular, el presente Informe comprende el análisis del sistema de gestión y
control implantado por XXXXXX, en tanto que Órgano Gestor de acciones cofinanciadas con
XXX.
Así mismo, incluye un análisis financiero de adecuación entre concesión y pago, y de
cumplimiento de las obligaciones derivadas de la cofinanciación con cargo al XXXX.
En concreto, el conjunto de gastos analizado comprende los gastos pagados por la citada
entidad durante el período dd/mm/aa a dd/mm/aa.
Informe de Control de Calidad
9
3. IDENTIFICACIÓN
3.1. Identificación del Beneficiario / Centro Gestor
El XXXXXX, se encuentra adscrito a la XXXXXX, cuya estructura queda regulada por el Decreto
XXXXXX.
EJES Y TEMAS PRIORITARIOS QUE EJECUTA EL CENTRO GESTOR/COLABORADOR.
3.2. Identificación de la muestra seleccionada
La muestra seleccionada objeto del presente control se detalla a continuación:
Tabla 1: Muestra seleccionada
Eje Categoría de Gasto Nº operación Descripción Periodo
Gasto a certificar sujeto a
verificación
Total (XXXX) 0,00 €
Por tanto, las coberturas de la muestra seleccionada, calculadas sobre el universo de la
muestra, son las siguientes:
Comentario [Q1]: Órgano Gestor
Informe de Control de Calidad
10
Muestra Seleccionada Total
Total gasto a certificar verificable: Total gasto a certificar verificado: % de cobertura:
Informe de Control de Calidad
11
4. RESULTADO DEL TRABAJO
4.1. Elegibilidad de las operaciones
RESULTADOS EXTRAIDOS SOBRE LA ELEGIBILIDAD DE LA OPERACIÓN
SE DEBERÁ INDICAR EXPRESAMENTE SI SE HA CONTADO CON TODA LA INFORMACIÓN.
SE DESTACARÁN SÓLO LAS OPERACIONES CON INCIDENCIAS O IRREGULARIDADES
4.2. Cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional
EXPLICACIÓN DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS A TRAVÉS DE LAS LISTAS DE
COMPROBACIÓN DE SUBVENCIONES, CONTRATACIÓN, CONVENIOS, ENCOMIENDAS ETC.
4.3. Subvencionabilidad de los gastos
PRINCIPALES RESULTADOS OBTENIDOS A TRAVÉS DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN DE
SUBVENCIONABILIDAD.
Los procedimientos descritos garantizan que los gastos que finalmente forman parte de la
declaración que emite el Órgano Gestor, respetan lo establecido tanto en el Reglamento (CE)
nº 1083/2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, como con lo
aprobado en el Programa Operativo XXX de Canarias para el periodo 2007-2013.
4.4. Pista de Auditoria.
La conservación de la documentación que forma parte de los expedientes tramitados es
responsabilidad de XXXXXX. Los expedientes físicos se conservan en las dependencias de
XXXXX.
Forma parte de los expedientes toda la documentación administrativa, económica y técnica
existente relativa a las actuaciones, incluye asimismo la relativa a la correspondencia
Informe de Control de Calidad
12
mantenida con los destinatarios últimos. Dicha documentación estuvo a disposición del
equipo de control.
4.5. Publicidad
PRINCIPALES RESULTADOS OBTENIDOS DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN DE INFORMACIÓN
Y PUBLICIDAD
4.6. Prioridades transversales: Medio Ambiente e Igualdad de Oportunidades
4.6.1. Medio ambiente
4.6.1. Medio ambiente
PRINCIPALES RESULTADOS OBTENIDOS DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN DE MEDIO
AMBIENTE
4.6.2. Igualdad de Oportunidades
PRINCIPALES RESULTADOS OBTENIDOS DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN DE IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES
4.7. Sistemas de gestión
EXPLICACIÓN DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS A TRAVÉS DE LA LISTA DE COMPROBACIÓN
DE CONTROL DE CALIDAD
Por lo tanto se puede concluir que, el procedimiento de control interno de las ayudas
cofinanciadas queda garantizado en todas las etapas.
Informe de Control de Calidad
13
5. CONCLUSIONES
Tras el análisis de los sistemas implementados por el XXXXX, y en base a la muestra de
operaciones analizada, se pueden obtener las siguientes conclusiones:
Elegibilidad de las operaciones:
Cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional:
Subvencionabilidad de los gastos:
Pista de Auditoría:
Publicidad:
Políticas Horizontales:
Sistemas de Gestión:
Informe de Control de Calidad
14
6. RECOMENDACIONES
Informe de Control de Calidad
15
ANEXO I: LISTAS DE COMPROBACIÓN
Informe de Control de Calidad
16
ANEXO II: NORMATIVA DE APLICACIÓN
NORMATIVA COMUNITARIA
Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de
2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el que se deroga el
Reglamento (CE) nº 1783/1999.
Reglamento (CE) nº 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de
2006, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº
1784/1999.
Reglamento (CE) nº 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de
2006, sobre la Agrupación Europea de Cooperación Territorial.
Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se
establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al
Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº
1260/1999.
Reglamento (CE) nº 1084/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se crea el
Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1164/94.
Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, que fija
normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006, por el que se establecen
disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) 1080/2006 del Parlamento
Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Directiva 92/43/CEE de hábitats.
Directiva 85/337/CEE de evaluación de impacto ambiental.
Directiva 90/313/CEE sobre libertad de acceso a la información en materia de medio
ambiente(a partir 14-02-2005 entrará en vigor la Directiva 2003/4/CE).
Directiva 96/61/CE, de prevención y control integrado de la contaminación.
Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la
Directiva 85/337/CEE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados
proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.
Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio, relativa a la
valoración de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
Informe de Control de Calidad
17
Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al
establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la
ocupación y actualizaciones.
Directiva 2004/18/CE sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los
contratos públicos de obras, de suministro y de servicios.
Directiva 2004/17/CE sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de
contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios
postales.
NORMATIVA NACIONAL
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 44 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, sobre responsabilidad financiera
derivada de la gestión de los fondos procedentes de la UE.
R. D. Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
– CORRECCIÓN de erratas del Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas.
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE 31-10-2007).
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (BOE 27-11-2003).
Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto
Ambiental.
– Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986,
de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.
Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, de Evaluación de Impacto ambiental.
Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
Informe de Control de Calidad
18
ORDEN EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre los
gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y del Fondo de Cohesión.
ORDEN TIN 2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos
subvencionables por el Fondo Social, durante el período 2007-2013.
NORMATIVA AUTONÓMICA
Orden de 10 de noviembre de 2009, por la que se establecen normas para la gestión,
seguimiento y control de las operaciones cofinanciadas con Fondos Estructurales.
REGISTRO GENERAL Nº 7
Número:
Fecha:S A L I D A
REGISTRO GENERAL Nº 7
Número:
RGN7: Hora:
Fecha:S A L I D A
RGN7: Hora:
REF.:
Dir.
En cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 60 b) del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999 y conforme a los proce-dimientos establecidos por esta Dirección General sobre el control y verificación de las ope-raciones cofinanciadas con Fondos Europeos en el período 2007-2013, se ha efectuado un análisis de los sistemas de gestión y control desarrollados por la Viceconsejería/Dirección General de XXXX , que colabora en las tareas de verificación administrativas/ y físicas (indi-car lo que proceda) en el Programa Operativo XXXXX .
En concreto, ha sido objeto de control las tareas de verificación desarrolladas por ese
centro directivo referidas a las operaciones y gastos certificados en el período XXXX, por importe de XXXXX€, e imputado al / los siguientes eje/s y tema/s prioritario/s:
Como consecuencia de dicha verificación, se informa de las conclusiones obtenidas y de
las recomendaciones que se ponen de manifiesto, que a continuación se relacionan, y se solicita la información y/ o documentación que asimismo se detallan.
CONCLUSIÓN Copia del Informe RECOMENDACIONES Copia del Informe INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA Copia del Informe
De lo que se informa a efecto de que en un plazo de diez (15) días, a contar a partir del siguiente a la recepción del presente, formule las consideraciones que estime oportunos realizar y facilite la información y/o documentación solicitada.
2
Le agradecemos la colaboración prestada por el personal adscrito a ese órgano gestor en la ejecución del trabajo realizado.
Las Palmas de Gran Canaria, 23 de diciembre de 2008 DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO Maria Eulalia Gil Muñiz
Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
ANEXO VIII: DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES EFECTUADAS EN
LOS PROYECTOS COFINANCIADOS CON LOS PROGRAMAS DE
COOPERACIÓN TERRITORIAL: DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS Y
LISTAS DE COMPROBACIÓN, INFORME DE VERIFICACIONES FÍSICAS
109
1. Identificación del proyecto
Acrónimo Nº de Declaración de Gastos(Correlativo)
Código del proyecto
Título del Proyecto
2. Identificación de la entidad que declara
Entidad
Dirección
Persona de contacto
NIF
Teléfono Fax E-mail
3. Declaración
Importe de gastos validados anteriormente
Importe de gastos declarados en la presente DDP (a)
PROGRAMA DE COOPERACIÓN TRANSNACIONAL AZORES - MADEIRA - CANARIAS
(2007-2013)
DECLARACIÓN DE GASTOS PAGADOS
0,00 €
0,00 €
Porcentaje de cofinanciación1(b)
Importe del reembolso [(a)*(b)]
(1 Porcentaje cofinanciación FEDER según formulario de candidatura)
Fecha Firma y sello
Fecha Firma y sello
D/Dª________en calidad de ____________DECLARA que los datos arriba consignados y los que aparecen en los anexos sehan desarrollado en cumplimiento de las normas sobre gastos subvencionables contenidas en el Reglamento (CE) Nº1083/2006 del Consejo, de 11 de julio (Reglamento General); el Reglamento (CE) Nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y delConsejo de 5 de julio de 2006, relativo al FEDER; Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre, por el quese fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo y el Reglamento (CE) Nº 1080/2006 y lasNormas Nacionales de Subvencionabilidad. Además, deberá cumplir con lo que se establezca en la "Guía de laCertificación".
Asimismo, DECLARA que la presente declaración de estos gastos pagados se ha efectuado a partir de la información contenidaen el sistema contable de ______________(entidad)__________ y corresponden a gastos aprobados en el formulario decandidatura del proyecto de referencia.
D/Dª __________ en calidad de______(cargo)_______ declara que la información contenida en el sistema contable de que dispone ___________(entidad)__________, está basada en justificantes verificables, indicados en anexos, y disponibles a efectos de control.
0,00 €
15/09/2009
15/09/2009
85,00%
Página 1 de 26
1. Identificación del proyecto
Acrónimo Nº de Declaración de Gastos(Correlativo)
Código del proyecto
Título del Proyecto
2. Identificación de la entidad que declara
Entidad
Dirección
Persona de contacto
NIF
Teléfono Fax E-mail
PROGRAMA DE COOPERACIÓN TRANSNACIONAL AZORES - MADEIRA - CANARIAS
(2007-2013)
DECLARACIÓN DE GASTOS PAGADOS
4. Identificación y validación de la declaración de gastos
(Espacio reservado para el Interlocutor Regional)
Fecha de entrada Fecha de validación25 de diciembre de 2008
Nº de Registro
Importe gastos declarados validados en la presente Declaración
Observaciones:
Firma y validación
Respecto de las Verificaciones físicas:
Respecto de las Verificaciones Administrativas:
Página 2 de 26
ANEXO I: GASTOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
ConceptoPresupuesto total
por socio (a)
Gastos Declarados Anteriormente
(b)
Gastos declarados en la presente
(c)
Total GastosDeclarados
Acumulados (d)=(b)+(c)
Total GastosPendientes Declarar
(e)=(a)-(d)
Concepto1. Estudios e informes 0,00 0,00 0,00
2. Personal: (Ejecución de actividades,…) 0,00 0,00 0,00
3. Desplazamientos 0,00 0,00 0,00
4. Infraestructuras de pequeña envergadura 0,00 0,00 0,00
5. Equipamientos 0,00 0,00 0,00
015 de septiembre de 2009
00
q p ,
6. Conferencias/Seminarios/Jornadas técnicas 0,00 0,00 0,00
7. Promoción y divulgación 0,00 0,00 0,00
8. Gastos de gestión y coordinación 0,00 0,00 0,00
9. Gastos generales 0,00 0,00 0,00
10. Otros gastos 0,00 0,00 0,00
TOTAL 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
(a) Presupuesto total del socio que realiza la declaración.(b) Total gastos validados o pendientes de validar en anteriores declaraciones del socio.
(sello y firma del responsable de la entidad)En _________________________________, a 15 de septiembre de 2009
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado12
3
4
5
6
7
8
9
10
1112
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
Página 4
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
(sello y firma del responsable de la entidad)
SUMA ANTERIOR 0,0031
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
Página 5
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
(sello y firma del responsable de la entidad)SUMA ANTERIOR 0,00
61
62
63
64
65
66
67
68
69
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
Página 6
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
(sello y firma del responsable de la entidad)SUMA ANTERIOR 0,00
91
92
93
94
95
96
97
98
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
98
99
100
101
102
103
104
105
106
107
108
109
110
111
112
113
114
115
116
117
118
119
120
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
Página 7
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
(sello y firma del responsable de la entidad)SUMA ANTERIOR 0,00
121
122
123
124
125
126
127
128
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
128
129
130
131
132
133
134
135
136
137
138
139
140
141
142
143
144
145
146
147
148
149
150
Página 8
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
(sello y firma del responsable de la entidad)SUMA ANTERIOR 0,00
151
152
153
154
155
156
157
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
157
158
159
160
161
162
163
164
165
166
167
168
169
170
171
172
173
174
175
176
177
178
179
180
Página 9
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
(sello y firma del responsable de la entidad)SUMA ANTERIOR 0,00
181
182
183
184
185
186
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
187
188
189
190
191
192
193
194
195
196
197
198
199
200
201
202
203
204
205
206
207
208
209
Página 10
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
210
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
(sello y firma del responsable de la entidad)SUMA ANTERIOR 0,00
211
212
213
214
215
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
216
217
218
219
220
221
222
223
224
225
226
227
228
229
230
231
232
233
234
235
236
237
238
Página 11
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
239
240
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
(sello y firma del responsable de la entidad)SUMA ANTERIOR 0,00
241
242
243
244
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
245
246
247
248
249
250
251
252
253
254
255
256
257
258
259
260
261
262
263
264
265
266
267
Página 12
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
268
269
270
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
(sello y firma del responsable de la entidad)SUMA ANTERIOR 0,00
271
272
273
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
274
275
276
277
278
279
280
281
282
283
284
285
286
287
288
289
290
291
292
293
294
295
296
Página 13
ANEXO II: DESGLOSE DE GASTOS PAGADOS DECLARADOS POR SOCIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo: 0,00
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
ProveedorAcreedor Concepto Nº Fecha Importe IGIC IRPF Elegible
Importe imputado
0
15 de septiembre de 2009
Fechapago
Métodode pago Importe imputado
0
Nº FechaContable
Nº asientoo
Nº Operación
FACTURANaturaleza del Gastosegún presupuesto
297
298
299
300
(1) Ver Comentario en Celda TOTAL 0,00
(sello y firma del responsable de la entidad)
7. Promoción y divulgación8. Gastos de gestión y coordinación9 Gastos generales
En _______________________________, a 15 de septiembre de 2009
9. Gastos generales10. Otros gastos
Página 14
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
En_____________________________, a
(Sello y firma del responsable de la entidad)
15 de septiembre de 2009
Página 15
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
SUMA ANTERIOR 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
En_____________________________, a 15 de septiembre de 2009
Página 16
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
SUMA ANTERIOR 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
(Sello y firma del responsable de la entidad)
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
En_____________________________, a 15 de septiembre de 2009
Página 17
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
SUMA ANTERIOR 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
(Sello y firma del responsable de la entidad)
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
En_____________________________, a 15 de septiembre de 2009
Página 18
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
SUMA ANTERIOR 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
(Sello y firma del responsable de la entidad)
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
En_____________________________, a 15 de septiembre de 2009
Página 19
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
SUMA ANTERIOR 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
(Sello y firma del responsable de la entidad)
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
En_____________________________, a 15 de septiembre de 2009
Página 20
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
SUMA ANTERIOR 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
(Sello y firma del responsable de la entidad)
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
15 de septiembre de 2009En_____________________________, a
Página 21
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
SUMA ANTERIOR 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
(Sello y firma del responsable de la entidad)
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
En_____________________________, a 15 de septiembre de 2009
Página 22
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
SUMA ANTERIOR 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
(Sello y firma del responsable de la entidad)
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
15 de septiembre de 2009En_____________________________, a
Página 23
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
SUMA ANTERIOR 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
(Sello y firma del responsable de la entidad)
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
0,00 0,00
TOTAL 0,00
NOTA: Se anexará metodología y cálculo del coste/hora del personal propio imputado en el proyecto y justificado a través de INFORME.
15 de septiembre de 2009En_____________________________, a
Página 24
ANEXO III: COSTES ELEGIBLES DE PERSONAL PROPIO
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:
Fecha: Nº de Declaración: 0
Interlocutor Regional
Elegible
Coste imputado al proyecto
Nº horasimputadas
(e)
Coste/Hora(d) = (b) / (a)
0
0
15 de septiembre de 2009
0
TareasNombre del trabajadorSalario Bruto
b1
COSTE TOTAL(d) x (e)
Horas messegún contrato
oconvenio
(a)
SS a cargo dela empresa
b2
Mes a certificar
Coste mensual(b) = (b1+b2)
Año
(Sello y firma del responsable de la entidad)
Página 25
Entidad:
Código del proyecto: Acrónimo:Fecha: Nº de Declaración: 0
Concepto Presupuesto total del proyecto (a)
Total gastos validadosanteriores solicitudes
(b)
Gastos validados en presenteSolicitud
(c)
Total GastosValidados
(d)=(b)+(c)
Total GastosPendientes Declarar
(e)=(a)-(d)
1. Estudios e informes 0,00 0,00
2. Personal: (Ejecución de actividades,…) 0,00 0,00
3. Desplazamientos 0,00 0,00
4. Infraestructuras de pequeña envergadura 0,00 0,00
15 de septiembre de 2009
ANEXO IV: SOLICITUD DE REEMBOLSO POR PROYECTO
00 0
5. Equipamientos 0,00 0,00
6. Conferencias/Seminarios/Jornadas técnicas 0,00 0,00
7. Promoción y divulgación 0,00 0,00
8. Gastos de gestión y coordinación 0,00 0,00
9. Gastos generales 0,00 0,00
10. Otros gastos 0,00 0,00
TOTAL 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
TOTAL AYUDA SOLICITADA(De acuerdo con las tasas de cofinanciaón de las declaraciones de socios anexas en la presente solicitud)
(sello y firma del responsable del Jefe de Fila)15 de septiembre de 2009En ___________________________, a
Fecha de entrada de la DDP: ___/___/______ Eje/Medida:
Acrónimo: Nº de Registro de Entrada:
Código del Proyecto: Nº de Declaración de Gasto:
Gastos Preparatorios: Del 5/06/08 al 31/10/08Gastos de Ejecución: Fecha aprobax proyecto
De solicitudes anteriores Relativo a la solicitud
Gasto Elegible
3 - CONFORMIDAD Y REGULARIDAD DE LA SOLICITUD
Listado de Comprobación (Check-List) de Certificación de Gasto por el Interlocutor Regional
2 - MONTANTE FINANCIERO PRESENTADO
Naturaleza
Gasto Total
FECHA FIN DE ELEGIBILIDAD DE GASTOS
CONVOCATORIA Nº:
FECHA INICIO DE ELEGIBILIDAD DE GASTOS
BENEFICIARIO
Acumulado
Si No
Verificación de Documentación objeto de requerimiento X
Contratos: Expediente de contratación o contrato
Estudios e Informes: Copia del Estudio o Informe (Ver anexo I)
Prestación de Servicios: Copia de los contratos, en su caso
Personal: Informe de tareas
Modelos 110-111 IRPF
TCs y pagos Seguridad Social
Nóminas y pagos
Desplazamientos: Memoria viajes (excepto: MAC-Madrid-Lisboa)
Gastos Generales: Informe de imputación
Jornadas/Seminarios/Reuniones: Programa; Orden del día; actas
Inmovilizado: Informe conforme Guía
OBSERVACIONES
4 - Otros Comentarios
Listado de Comprobación (Check-List) de Certificación de Gasto por el Interlocutor Regional
SI NO N.A.
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
Los pagos subvencionables han sido objeto de una verificación aritmética para comprobar su exactitud.
Los gastos preparatorios de candidaturas no superan los 30.000,00€ por proyecto, conforme a lo establecido en la convocatoriaLos gastos subvencionables están respaldados por fotocopias compulsadas de facturas que han sido efectivamente pagadas o un documento contable de valor probatorio equivalente.
Los pagos subvencionables correponden a actuaciones y trabajos previstos en el Formulario de Candidatura aprobado en el Comité de Gestión correspondiente.Los pagos subvencionables se realizan dentro del periodo de elegibilidad establecido en la convocatoria correspondiente.
Los pagos subvencionables se han realizado efectivamente existiendo un extracto bancario que los soporte o un documento contable de valor probatorio equivalente.
Para las contribuciones en especie se ha verificado que se ajusta a lo establecido en la art. 56.2c) del Reglamento (CE) nº1083/2006 y en el art. 51 del Reglamento (CE) Nª1828/2006. Además, se ha verificado el respeto a las normas de subvencionabilidad aprobados por consenso entre las regiones.Para los gastos generales, se ha verificado que cumple con lo establecido en el art. 52 del Reglamento (CE) Nª1828/2006, se acredita que: - correspondan a "costes reales de ejecución" o "en coste medios reales"
Los gastos financieros y costes de garantías serán subvencionables conforme a lo establecido en el art. 49 del Reglamento (CE) Nª1828/2006.
Los pagos subvencionables no reciben ayuda de ningún otro Fondo Europeo.
Para los pagos de personal se acreditan las horas y funciones realizadas en relación con el objeto del proyecto y al periodo que se declara.
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25N/A: No Aplicable
El Técnico:
Para los pagos de Inmovilizado debe acreditarse los siguientes extremos: - que la total adquisición del inmovilizado sea necesaria para la correcta ejecución del proyecto sin el cual éste no podrá cumplir con los objetivos definidos en el formulario de candidatura - que con la adquisición del inmovilizado se pretenda una perdurabilidad del proyecto superior al periodo de cofinanciación - que el inmovilizado es destinado exclusivamente para la realización del proyecto
Los gastos de asesoramiento jurídico, notariales, de expertos técnicos y financieros serán elegibles siempre que estén directamente relacionados con la operación y sean necesarios.Los gastos de auditoría y contabilidad serán elegibles siempre que estén directamente relacionados con la operación y deriven de exigencias de la Autoridad de Gestión.Los gastos de garantías bancarias o de otro organismo financiero serán elegibles siempre que sean exigidos por la legislación nacional o comunitaria.
Se acredita la realidad de la prestación de bienes y servicios cofinanciados.
Que de la documentación aportada en la Declaración de Gastos Pagados se entiende satisfecha la exigencia de una pista de auditoría adecuada conforme al art. Nº58g) del Reglamento (CE) nº1083/2006.
Los gastos bancarios de apertura y gestión de cuentas serán subvencionables cuando sea obligatorio tener una cuenta separada.
Se ha verificado que los impuestos indirectos certificados no son recuperables por el beneficiciario, conforme a las normas nacionales de subvencionabilidad
- se ha presentado método de imputación "justo y equitativo" Los gastos de depreciación de los bienes amortizables serán subvencionables siempre y cuando la adquisición del bien no se haya declarado subvencionable (art. 53 del Reglamento (CE) Nª1828/2006).
En el caso de que alguno de los gastos subvencionados necesiten declaración de impacto ambiental con forme a la ley 11/1990, éste se ha aportado.
Se acredita que los gastos subvencionables cumplen con las directivas comunitarias en materia de contratación pública, conforme al listado de comprobación (check-list) de contratación cumplimentado.
Se acredita que los gastos subvencionables cumplen con la normativa comunitaria en materia de Información y Publicidad.
Para las ayudas estatales, se acredita que los gastos subvencionables cumplen con las directivas comunitarias en materia de "Ayudas de mínimis" recogidas en el art.2 del Reglamento (CE) nº69/2001.
En el caso de que alguno de los gastos subvencionados se encuentren localizados en una red natura, existe decisión del órgano ambiental sobre la necesidad de evaluación de dichos proyectos?
Se acredita que produce efectos positivos o neutros, en su caso, en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
__________________________________________________
Listado de Comprobación (Check-List) de Certificación de Gasto por el Interlocutor RegionalFecha ____/____/________
C/ Tomás Miller, 38 35007 - Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: (928) 30 30 00 / FAX (928) 30 30 62
ACTA DE VERIFICACIÓN FÍSICA “IN SITU” DEL ARTÍCULO 13 DEL REGLAMENTO (CE) Nº 1828/2006 DE LA COMISIÓN DE 8 DE DICIEMBRE.DE REALIZADO POR EL INTERLOCUTOR REGIONAL DE (CANARIAS/MADEIRA/AZORES) REALIZADA AL PROYECTO “XXX”, (CÓDIGO: YYY) FINANCIADO POR EL FEDER A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN TERRITORIAL MAC (2007-2013)
BENEFICIARIO: ________________________________________ LUGAR: ____________________________________________ FECHA: ____________________________________________ COMPARECIENTE: _____________________________________ 1.- DATOS FINANCIEROS
PRESUPUESTO APROBADO
PRESUPUESTO VALIDADO
VALIDADO INFRAEST. , EQUIPAM. Y OTROS
IMPORTE
2.- COMPROBACIÓN MATERIAL DE LA INVERSIÓN REALIZADA: • INFRAESTRUCTURAS…….…. IMPORTE………… €
DETALLAR
• EQUIPAMIENTOS …….………. IMPORTE………… €
DETALLAR
• OTROS …………………………. IMPORTE………… € DETALLAR
2
3.- ALCANCE DE LA COMPROBACIÓN Si No
No Aplicable
X N/A
En la visita realizada se ha comprobado: • Existencia física de la inversión .......... .................................................................. • Conformidad de estas en relación con la documentación administrativa aportada .. • Puesta en marcha y su adecuación al proyecto aprobado cumpliendo su finalidad . • Respeto a las normas de información y publicidad .................................................. • Se ha seguido las recomendaciones de la declaración de impacto ambiental .......... • Otros (Detallar) .........................................................................................................
4. – DOCUMENTACIÓN APORTADA POR EL BENEFICIARIO FINAL: JEFE DE FILA/SOCIO
5.- OBSERVACIONES
6.- CONCLUSIONES Y/O INCIDENCIAS
Verificación Física “In Situ” Realizada por: Asiste al Interlocutor Regional
Fdo. D./Dña.:_____________________ (Por la entidad)
Fdo. D./Dña.: ______________________
(Por el Interlocutor Regional)
1
INFORME DE VERIFICACIÓN FÍSICA EFECTUADO POR EL INTERLOCUTOR REGIONAL DE (MADEIRA / AZORES / CANARIAS) EN CUMPLIMIENTO DE ARTÍCULO 13 DEL
REGLAMENTO (CE) Nº 1828/2006 DE LA COMISIÓN DE 8 DE DICIEMBRE, CORRESPONDIENTES A PROYECTOS DEL
PROGRAMA DE COOPERACIÓN TRANSNACIONAL MADEIRA-AZORES-CANARIAS (PCT - MAC 2007-2013)
(PERIODO: del __/__/____ hasta __/__/____)
2
INDICE
1. INTRODUCCIÓN ....................................................................... 3
2. OBJETIVO Y ALCANCE .......................................................... 4
3. VALIDACIONES ....................................................................... 7
4. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LA MUESTRA ..................... 8
5. MUESTRA SELECCIONADA ................................................... 8
6. RESULTADOS .......................................................................... 9
7. CONCLUSIONES ...................................................................... 9
1. INTRODUCCIÓN Las disposiciones generales sobre Fondos Estructurales obligan a adoptar medidas de gestión y control que garanticen una utilización eficaz y regular de los fondos comunitarios conforme a los principios de una correcta gestión financiera. En tal sentido, el apartado b) del artículo 60 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, dispone que la Autoridad de Gestión de los Programas “comprobará que se que se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de los servicios objeto de cofinanciación, que se ha efectuado realmente el gasto declarado por los beneficiarios en relación con las operaciones, y que éste cumple las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia; las verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas se podrán realizar por muestreo, de acuerdo con las normas de aplicación que adoptará la Comisión de conformidad con el procedimiento a que se refiere el artículo 103.3” Además, el artículo 70 de ese mismo Reglamento atribuye a los Estados miembros la responsabilidad de la gestión y el control de los Programas Operativos mediante el cumplimiento de determinadas medidas. En desarrollo de lo preceptuado anteriormente y de acuerdo con lo establecido por el
Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de
2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en su artículo 15 apartado 1 “la
Autoridad de Gestión se asegurará de que el gasto de cada uno de los beneficiarios
participantes en una operación haya sido validado por el responsable del control a que se
refiere el artículo 16, apartado 1” que establece lo siguiente ”a fin de validar el gasto,
cada Estado miembro establecerá un sistema de control que permita verificar el
suministro de los bienes y servicios cofinanciados, la veracidad del gasto en concepto de
operaciones o partes de operaciones realizadas en su territorio, y la conformidad de tal
gasto y de las operaciones, o parte de operaciones conexas, con las normas
comunitarias y sus normas nacionales”, y que a tal efecto “cada Estado miembro
designará a los responsables del control encargados de verificar la legalidad y
regularidad del gasto declarado por cada uno de los beneficiarios que participen en la
operación”, el Programa de Cooperación Transnacional Madeira-Azores-Canarias (PCT
MAC 2007-2013) ha designado como responsables de las funciones contempladas en el
apartado b) del Reglamento (CE) 1083/2006 antes citado, a los Interlocutores Regionales
3
(un en cada región) que tendrán como función principal validar los gastos de los socios
de sus respectivas regiones.
También son competencias suyas la comprobación efectiva de que se ha llevado a cabo
la entrega de los bienes o la prestación de servicios objeto de cofinanciación, que se ha
efectuado realmente el gasto declarado por los beneficiarios en relación con las
operaciones y que éste cumple las normas comunitarias y nacionales aplicables en la
materia.
Por todo ello, y conforme a las instrucciones establecidas por la Dirección General de
Planificación y Presupuestos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Canarias, en su calidad de Autoridad de Gestión del Programa Cooperación
Transnacional Madeira-Azores-Canarias, corresponde a los Interlocutores Regionales la
realización de las verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas previstas en el
art 13 del Reglamento (CE)1828/2006 de la comisión de 8 de diciembre, en los términos
previstos en las referidas instrucciones.
2. OBJETO Y ALCANCE
El cumplimiento de la verificación de las operaciones, una de las principales funciones del
interlocutor Regional del PCT MAC 2007-2013 supone, en la práctica, la realización de
verificaciones administrativas y verificaciones sobre el terreno. Ambas abordan los
aspectos administrativos, financieros, técnicos y físicos de las operaciones, así como la
comprobación material de las inversiones y servicios.
Las verificaciones administrativas se realizan sobre la totalidad de los gastos declarados
por los beneficiarios.
Con carácter general, las verificaciones sobre el terreno comprueban la ejecución física y
la entrega de bienes y servicios, asegurando que estos se corresponden con los
justificados administrativamente y que se dedican al uso previsto en el proyecto
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aprobado. Una parte de ellas se realiza junto con las verificaciones administrativas en el
centro de trabajo del Interlocutor Regional, a través de la documentación que el
beneficiario le aporta conforme a las especificaciones de la guía de la certificación y que
permite obtener evidencia suficiente de la correcta ejecución física y/o real entrega de
bienes y servicios. De estas últimas se da cuenta en el apartado de observaciones de la
Declaración de Gastos Pagados.
Con el fin de completar las verificaciones físicas que han sido objeto de comprobación en
la fase de revisión documental ya realizada durante el procedimiento de validación,
mediante la comprobación documental de los correspondientes estudios, informes,
material divulgativo etc., se hace necesario proceder a la realización de visitas sobre el
terreno, para garantizar la existencia real del proyecto, la conformidad de los productos y
servicios suministrados con las condiciones de concesión de la ayuda, el progreso físico
del proyecto, en su caso, y el respeto a las normas comunitarias en materia de
información y publicidad de los proyectos. Estas visitas se limitarán a comprobar la
existencia física de las infraestructuras y equipamientos (epígrafes nº5 y nº4), la
conformidad de las mismas en relación con la documentación administrativa (contratos,
facturas etc), su adecuada puesta en marcha y que responden a las previsiones del
proyecto aprobado cumpliendo su finalidad. También serán objeto de este control
aquellas prestaciones de servicios que sólo puedan ser acreditados mediante
verificaciones “in situ”.
Para estos casos, se procederá a la selección de una muestra de las operaciones
cofinanciadas realizada conforme a las instrucciones que en su momento establezca la
Autoridad de Gestión.
No obstante lo anterior, en determinadas circunstancias debidamente justificadas, si los
Interlocutores Regionales consideran que determinados proyectos contengan o no gastos
de infraestructura y equipamiento, por su naturaleza, o por la de los gastos certificados
con cargo al mismo, pudieran ser objeto de evidencia tangible en las visitas sobre el
terreno, puede extender el alcance de las verificaciones a los mismos.
5
En cualquier caso, la muestra seleccionada será representativa de las operaciones que
sean validadas a lo largo del periodo de subvencionabilidad del gasto que se certifica. El
porcentaje que establezca la Autoridad de Gestión será de carácter indicativo, por tanto
en cada certificación que se tramite el porcentaje de muestra seleccionada dependerá de
la naturaleza, así como el estado de ejecución en el que se encuentren las operaciones
cofinanciadas y, como mínimo, la suma total de las verificaciones físicas realizadas
alcanzará el 25% del gasto validado. En todo caso, se intentará realizar un mínimo de
visitas sobre el terreno a aquellos proyectos cuya naturaleza de los gastos lo permitan.
De esta forma, la muestra seleccionada conforme a los criterios indicados garantizará la
representatividad de las verificaciones efectuadas.
El método de muestreo es objeto de revisión anual en el que se tiene en cuenta las
recomendaciones realizadas por otros órganos de control, tanto nacionales como
comunitarios, y los resultados obtenidos en las verificaciones efectuadas de forma que
permitan una mejor evaluación del riesgo a efectos de la revisión del método de
muestreo.
A tal fin, el objeto del presente Informe es recoger los resultados y conclusiones de las
verificaciones físicas efectuadas, tanto las realizadas a través de la documentación
presentada por el beneficiario como las que se han ejecutado mediante visitas “in situ”,
durante el periodo que se certifica.
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3. VALIDACIONES
Durante el periodo de certificación objeto del presente informe se han realizado las
siguientes validaciones de DDPs por parte del Interlocutor Regional de
(Madeira/Azores/Canarias)
(Adjuntar Cuadro, con indicación de los siguientes campos:)
VALIDACIONES PERIODO: _____________
ACRÓNIMO ENTIDAD Nº DDP
Importe FEDERPresentado
Importe FEDER Validado
Importe FEDER Verificación
Física
4. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LA MUESTRA
Respecto de las visitas a efectuar conforme a lo expuesto en el apartado 2º del presente
Informe, y vistas, en su caso, las orientaciones realizadas por la Autoridad de Gestión del
Programa para proceder a los controles físicos de art. 13º de los proyectos de la
certificación nºX relativa al periodo XX/YY/ZZZZ, la muestra se ha seleccionado de
acuerdo con los siguientes criterios:
5. MUESTRA SELECCIONADA
PROYECTOS SELECCIONADOS EN VERIFICACIÓN FÍSICA “IN SITU”
CÓDIGO ACRÓNIMO ENTIDAD Importe
Ejecutado Proyecto
Importe muestra
Seleccionada
Importe Muestra
Verificada
TOTAL IMPORTE MUESTRA SELECCIONADA-VERIFICACIÓN “IN SITU”
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6. RESULTADOS Los resultados obtenidos en las actuaciones de verificación, tanto las realizadas en el centro de trabajo como en las visitas “in situ”, recogerán los siguientes extremos:
identificación del proyecto, breve descripción del proyecto verificado, beneficiario, importe del proyecto asignado al beneficiario, Importe objeto de verificación sobre el terreno, resultados obtenidos, observaciones,
7. CONCLUSIÓNES
Fdo.: INTERLOCUTOR REGIONAL DE
(MADEIRA/AZORES/CANARIAS)
FECHA____________
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Manual de Control y Verificación de Operaciones Cofinanciadas con Fondos Europeos 2007-2013
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ANEXO IX: REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CONTROLES EFECTUADOS POR
PROFESIONALES INDEPENDIENTES DURANTE LA TRAMITACIÓN DE LOS
EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS
ORIENTACIONES PARA EMPRESAS EXTERNAS PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE CONTROL Y
VERIFICACIÓN DE OPERACIONES COFINANCIADAS CON FONDOS EUROPEOS EN EL PERIODO 2007-2013.
El presente documento pretende aclarar y comunicar una serie de orientaciones básicas sobre la información
que deberán contener los informes de control y verificación de operaciones cofinanciadas con Fondos Europeos
durante el periodo 2007-2013, realizados por empresas externas, siempre teniendo en cuenta que lo
establecido en este documento deberán incluirse como requisitos mínimos en el contrato a suscribir con la
empresa de auditoría.
El objetivo fundamental de la inclusión de estos requisitos mínimos en el contrato a suscribir es que los
informes emitidos podrán ser tenidos en cuenta por el Servicio de Control de la Dirección General de
Planificación y Presupuesto, durante sus actuaciones de verificación.
A estos efectos, los informes elaborados por las empresas de auditoría deberán seguir el siguiente esquema e
incluir la siguiente información, exigida en los contratos que se suscriba con la entidad auditora:
1. Introducción.
En este apartado se deberán incluir tanto la habilitación normativa o fundamento jurídico, como la identificación
el equipo de control. En cuanto a la referencia normativa, se deberá hacer mención a:
i. La normativa habilitante será la propia orden que apruebe las bases reguladoras de la subvención, la
resolución de concesión de subvenciones específicas, convenios, acuerdos suscritos en virtud de
encomiendas o aportaciones dinerarias etc…donde expresamente se sujetará la justificación de los
gastos y pagos a la existencia de un informe emitido al efecto por auditor o profesional independiente
al beneficiario de la subvención, ayuda, aportación o transferencia recibida.
ii. Que las operaciones verificadas se encuentran en el ámbito competencial del Gobierno de Canarias, sus
organismos autónomos, instituciones o empresas, en el ámbito del Programa Operativo de Canarias
2007-2013, de proyectos financiados por el Fondo de que se trate y que, por tanto, están sujetas a la
normativa comunitaria, nacional y regional reguladora de dicho fondo o Programa.
iii. Los pagos derivados de las operaciones han sido realizados dentro del periodo de elegibilidad, y serán
certificados en todo o en parte a las autoridades comunitarias con posterioridad a la verificación.
En cuanto la identificación del equipo de control, se deberá a hacer referencia a:
i. Fecha, lugar en el que se ha llevado a cabo la verificación, así como el beneficiario al que se ha
controlado.
ii. Identificación (nombre y cargo) de las personas de la empresa contratada que han llevado a cabo los
trabajos de control.
iii. Identificación (nombre y cargo) de los representantes del beneficiario que han participado en el proceso
de control.
2. Datos de la operación objeto de control.
En este apartado se deberá incluir como mínimo la siguiente información:
Entidad objeto de verificación (Órgano Gestor/Centro Colaborador)
Fondo
Programa Operativo
Eje/Categoría de Gasto
Operación verificada
Importe de la operación
Importe certificado/a certificar
Importe verificado
Fecha de elaboración del informe
3. Objetivos y Alcance de la verificación
En este punto se deberá hacer mención al alcance del control que, a su vez, se indicará expresamente en el
contrato que se suscriba. Dicho alcance ha de ser similar al previsto en el artículo 13 del Reglamento (CE)
1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, incluye los siguientes procedimientos:
Comprobar que el beneficiario reúne los requisitos para obtener la ayuda y que ha cumplido la finalidad y
demás condiciones impuestas con motivo de la concesión.
Comprobar que las actividades realizadas y los conceptos de gasto reúnen los requisitos de elegibilidad
establecidos.
Comprobar que los gastos declarados a la Comisión en relación con la actuación se corresponden con
gastos y pagos efectivamente realizados.
Comprobar que la actividad cofinanciada se ha efectuado en los plazos previstos en la normativa aplicable,
resolución de concesión, convenio, etc., y sus posibles prórrogas.
Verificar el respeto de la normativa comunitaria y nacional en materia de contratación pública.
Comprobar la posible concurrencia de financiación procedente de distintos fondos europeos que presenten
incompatibilidad entre sí.
Verificar el cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional relativa a política de competencia,
protección del medio ambiente, igualdad de oportunidades e información y publicidad.
Verificar la ejecución efectiva de las actuaciones previstas, su adecuación a los proyectos presentados y, de
tratarse de inversiones, su permanencia y utilización en el momento de la revisión, mediante visita a las
mismas. (Este supuesto solo será incluido en aquellos casos en los que las verificaciones deban ser físicas
además de administrativas).
Elaborar un Informe de verificación del grado de cumplimiento de la normativa comunitaria aplicable que
incluirá el resumen de las conclusiones de la revisión y de las visitas realizadas.
Asimismo, se deberá incluir un subapartado denominado Limitaciones al alcance en el que se harán constar
cualesquiera impedimentos encontrados por el equipo de control a la hora de llevar a cabo las tareas descritas
en el alcance de los trabajos.
4. Resultados de la verificación
En este apartado se incluirán dos subapartados:
i. En el primero se debería hacer constar el procedimiento seguido para la concesión de la ayuda ya sea
procedimiento de contratación, subvención, convenio, encomienda, etc. Se dejará constancia de las
Órdenes o demás normativa que afecten a la operación verificada, fechas de solicitud, prórrogas,
importes y demás información considerada relevante. El objetivo principal de este apartado es dejar
constancia de los principales hitos comprobados en relación a la fase administrativa y la ejecución de
la operación verificada.
ii. En el segundo se debería hacer constar los resultados de la verificación física de la operación
controlada. Se reflejará en este apartado información tal como, en qué consiste la ayuda concedida, o
en qué tipo de inversión se ha materializado, que documentación se ha verificado para constatar la
realidad de la operación en aquellos casos en los que no proceda la realización de una visita in situ, y
en los que si proceda, la fecha y personas que han estado presentes en la visita. (Este supuesto solo
será incluido en aquellos casos en los que las verificaciones deban ser físicas además de
administrativas)
5. Incidencias
En este apartado se deberán enumerar las incidencias detectadas durante la realización del control,
especialmente las relacionadas con los aspectos relacionados en el apartado siguiente.
6. Conclusiones
Se incluirán las conclusiones de las áreas básicas que aseguran que la operación ha sido correctamente
ejecutada, estas áreas son:
Cumplimiento de la normativa comunitaria relativa a los Fondos Estructurales: Se comprobará que la operación
cumple con lo establecido en los Reglamentos (CE) nº 1080/2006, 1081/2006, 1083/2006, 1081/2006, y
1828/2006.
Normativa en materia de subvenciones: Se comprobará que el procedimiento seguido para la concesión de la
subvención es acorde a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Normativa en materia de contratación pública: Se comprobará que el procedimiento de contratación seguido
para la ejecución de la operación es acorde a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector
Público.
Justificación Económica: Se comprobará que la justificación económica de la operación controlada cumple con
lo establecido en Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, así como en la
ORDEN EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables
de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión y la ORDEN
TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social
Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013. Además, se tendrá en cuenta lo previsto en la
Orden 10 de noviembre de 2009, por la que se establecen normas para la gestión, seguimiento y control de las
operaciones cofinanciadas con Fondos Estructurales.
Cumplimiento de normativa comunitaria: Se comprobará que la operación cumple con lo establecido en la
normativa comunitaria de aplicación en materia de Medio Ambiente, Competencia, Igualdad de Oportunidades
e Información y Publicidad.
7. Recomendaciones
Se deberán incluir tantas recomendaciones como sean necesarias para subsanar las incidencias detectadas. En
el caso de las incidencias no sean subsanables, la recomendación deberá comprender las medidas a adoptar
para que dichas incidencias no se repitan en un futuro.
Por último, es necesario que en el contrato que se suscriba con la empresa auditora se incluya el cumplimiento
de dos obligaciones:
1. Conservación de toda la documentación relativa a los papeles del trabajo, informe así como la
documentación justificativa de las inversiones efectuadas durante el tiempo indicado en los
Reglamentos Comunitarios (hasta 3 años después del cierre de los Programas Operativos).
2. Facilitar el acceso a dicha información a todo órgano de verificación y control al que están sujetos los
proyectos cofinanciados para lo cual se le debe indicar expresamente que están cofinanciados.