MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur REPÚBLICA ARGENTINA
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
AÑO XXX - Nº 068/20 – 27 DE ABRIL DE 2020
Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO Jefatura de Gabinete: Sr. Alejandro David FERREYRA
Secretario de Gobierno: Sr. Pablo Miguel GARCÍA Secretario de Economía y Finanzas: Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ
Secretaria de Planificación e Inversión Pública: Abog. Gabriela MUÑIZ SICCARDI Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Lorena HENRIQUES SANCHES
Secretaria de la Mujer: Sra. Noelia Soledad TRENTINO MARTIRE Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos: Lic. Sabrina Marcia de Jesús MARCUCCI
Secretario de Turismo: Sr. José Luis RECCHIA Secretario Legal y Técnico: Abog. César Gabriel MOLINA HOLGUIN Secretaria de Cultura y Educación: Abog. Angelina Noelia CARRASCO
Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO Secretario de Relaciones Parlamentarias y Articulación Política: Sr. Omar Enrique BECERRA
Escribana General Municipal: Esc. Patricia Ivon BORLA
CONCEJO DELIBERANTE Presidente: Sr. Juan Carlos PINO
Vicepresidente Primero: Prof. Juan Manuel ROMANO Vicepresidente Segundo: Sr. Ricardo GARRAMUÑO
Concejala: Sra. Laura Beatriz AVILA Concejal: Sr. Gabriel Alejandro DE LA VEGA
Concejal: Sr. Javier Eduardo BRANCA Concejala: Sra. Ángela Mariana OVIEDO Secretario Legislativo: Sebastián IRIARTE
Secretaria Administrativa: Noelia BUTT
JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS Jueza: Dra. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL USHUAIA Presidente: Ing. Martín Ivan GESSAGA Vocal: Abog. Leila Eleonora GIADAS Vocal: C.P. Marina Magalí IGLESIAS
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 27 ARR 2020VISTO los Decretos Municipales 610/2020 y 616/2020 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Municipal N° 610/2020 se disponen una serie de medidas
entre las que se incluyen licencias especiales para el personal municipal, la suspensión de
la atención al público y la suspensión de clases en las escuelas experimentales,
correspondiendo la prórroga del mismo.-
Que mediante el Decreto Municipal N° 616/2020 se dispuso la suspensión de los
plazos administrativos hasta el día 31 de marzo del corriente.
Que dichas medidas fueron prorrogadas hasta el día 12 de abril del corriente
inclusive mediante Decreto Municipal N° 657/2020, y en función de lo dispuesto mediante
ONU N° 355/2020 por el gobierno nacional hasta el día 26 de abril del corriente inclusive,
por medio del Decreto Municipal N° 681/2020.-
Que mediante DNU N° 408/2020 el gobierno nacional dispuso la prórroga del
aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día diez (10) de mayo del 2020 inclusive,
correspondiendo prorrogar los efectos de los actos enunciados hasta dicha fecha.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo de acuerdo a lo establecido en el artIculo 152 incisos 1) y 32) , de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la vigencia de los Decretos Municipales N° 610/2020, modificado
por Decreto Municipal N°641/2020, y N° 616/2020 hasta el día diez de mayo del corriente
inclusive. Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Comunicar a la Sindicatura General Municipal y al Concejo Deliberante de la
ciudad de Ushuaia.-
ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar al Boleti
archivar.
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Ushuaia, 27 de abril 2020 AÑO XXX – N° 68/2020 Página 1___________________________________________________________________________________________________________________________
Provincia de Tierra dci Fuego 72 4Aotáflida e islas del Atlántico SurRepública Argentina
Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 27 ÁBR 2020VISTO el expediente N° CD-2527/2020 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión especial de fecha
22/04/2020, por medio de la cual se suspende la aplicación del artículo 2° inciso k) de la
Ordenanza Municipal N° 3774 y el articulo 77 inciso x) de la Ley Nacional N° 24449
(conforme adhesión mediante Ordenanza Municipal N° 3487 a su modificatoria N° 26363),
respecto de aquellos vehículos cuyo certificado de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) haya
vencido a partir del primero (01) de enero del 2020.
Que asimismo, se establece que la suspensión aludida regirá hasta cuarenta y
cinco (45) días corridos posteriores a la finalización del aislamiento social, preventivo y
obligatorio y/o desde que se restablezca la actividad de los talleres habilitados para la
realización de la RTO.
Que, por otra parte, hace expreso que la responsabilidad civil del propietario o
propietaria del vehículo o su autorizado o autorizada para el manejo no se ve alterada ni
modificada en ningún aspecto por lo normado.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad recomendado su promulgación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECR ETA
ARTÍCULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N.° 5 7 5 0 sancionada por el
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión especial de fecha 22/04/2020, por
medio de la cual se suspende la aplicación del artículo 2° inciso k) de la Ordenanza
Municipal N° 3774 y el artículo 77 inciso x) de la Ley Nacional N° 24449 (conforme adhesión
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 27 de abril 2020 AÑO XXX – N° 68/2020 Página 2___________________________________________________________________________________________________________________________
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
Repúb1ica ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
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mediante Ordenanza Municipal N° 3487 a su modificatoria N° 26363), respecto de aquellos
vehículos cuyo certificado de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) haya vencido a partir del
primero (01) de enero del 2020.
ARTÍCULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 27 de abril 2020 AÑO XXX – N° 68/2020 Página 3___________________________________________________________________________________________________________________________
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ARTICULO 1°- SUSPENDER, dentro del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, la
aplicación del articulo 2°, inciso k), de la Ordenanza Municipal N.° 3774 y articulo 77,
inciso x) de la Ley Nacional N.° 24.449 (conforme adhesión mediante Ordenanza
Municipal N.° 3487 a su modificatoria N.° 26.363), respecto de aquellos vehículos
cuyo certificado de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) haya vencido a partir del día
01 de enero del 2020 y/o venza durante la vigencia del aislamiento social, preventivo
y obligatorio dictado por ONU NY 297/2020, y sus respectivas prórrogas, y/o desde
que se reestablezca la actividad de los talleres habilitados para la realización de la
Revisión Técnica Obligatoria (RTO), lo que suceda con posterioridad.
ARTICULO 2°.- ESTABLECER que la suspensión establecida en el artículo 1° regirá
hasta cuarenta y cinco (45) dias corridos posteriores a la finalización del aislamiento
social, preventivo y obligatorio dictado por DNU N.° 297/2020, y sus respectivas
prórrogas, y/o desde que se reestablezca la actividad de los talleres habilitados para
la realización de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO).
ARTICULO 3°.- La responsabilidad civil del propietario del vehículo o de su
autorizado para el manejo del mismo que deviene de la obligatoriedad de transitar
con la Revisión Técnica Obligatoria no se ve alterada ni modificada en ningún
aspecto por parte de la presente ordenanza.
ARTICULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° OSANCIONADA N SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 22/04/2020.-
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USHUAIA, 27 ABR 2020VISTO el expediente N° CD-2134/2020 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipalsancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria de fecha11/03/2020, por medio de la cual se los Anexos 1 al IV de la Ordenanza Municipal N° 5700.
Que ha transcurrido el plazo establecido en el articulo 128 de la Carta OrgánicaMunicipal, encontrándose la citada norma promulgada de hecho.
Que el suscrito se encuentra facultado para el dictado del presente actoadministrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152° inciso 3) de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECR ETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°7 5 , sancionada por el
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria de fecha 11/03/2020, pormedio de la cual se modifican los Anexos 1 al IV de la Ordenanza Municipal N° 5700.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,archivar.
DECRETO
de Ushuaia
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán kgentinas
Ushuaia, 27 de abril 2020 AÑO XXX – N° 68/2020 Página 5___________________________________________________________________________________________________________________________
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ARTÍCULO 1°.- REEMPLAZAR los Anexos 1 al IV de la Ordenanza Municipal N.°5700 por los Anexos 1 al IV de la presente.ARTICULO 2°.- REGISTRAR. Pasar a Departamento Ejecutivo Municipal para supromulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.ORDENANZA MUNICIPAL NY 5 7 5 1SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 11/03/2020.-
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USHUAIA, 27 ABR 2020VISTO el expediente N° CD-253012020 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión especial de fecha
22/0412020, por medio de la cual se autoriza la donación de dos mil (2000) test tercnicaPCR
para la determinación del virus COVID 19 plus real amp kits al Hospital Regional Ushuaia.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad recomendado su promulgación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N.° 5 7 5 2 sancionada por el
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión especial de fecha 22/04/2020, por
medio de la cual se autoriza la donación de dos mil (2000) test tercnicaPCR para la
determinación del virus COVID 19 plus real amp kits al Hospital Regional Ushuaia.
ARTÍCULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 27 de abril 2020 AÑO XXX – N° 68/2020 Página 11___________________________________________________________________________________________________________________________
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ARTiCULO 1°.- AUTORIZAR la donación de dos mil test tercnicaPCR para la
determinación del virus COVID
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ARTiCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletin Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5752.SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 22/04/2020.-
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USHUAIA, 27 ABR 2020VISTO el expediente N° CD-2528/2020 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión especial de fecha
22/04/2020, por medio de la cual se modifica el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N°
5747.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad recomendado su promulgación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal NY 5 7 5 3 . sancionada por el
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión especial de fecha 22/04/2020, por
medio de la cual se modifica el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 5747.
ARTÍCULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
de Ushuaia
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 27 de abril 2020 AÑO XXX – N° 68/2020 Página 13___________________________________________________________________________________________________________________________
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ARTICULO 1°- MODIFICAR el articulo 3° de la Ordenanza Municipal N.° 5747, el
cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTiCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a través
de la Secretaría de Economia y Finanzas, a realizar modificaciones presupuestarias
incrementando gastos corrientes por sobre los gastos de capital o de las
aplicaciones en la distribución de las finalidades y/o transferencia de partidas, para
la implernentación de la presente, sin poder alterar el destino de aquellos cuya
afectación sea espec[fica”.
ARTICULO 2° REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletin Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5 7 5 3SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 22/04/2020.-
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
‘República Argentina”Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 27 ABR 2020VISTO el expediente N° CD-2135/2020 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria de fecha
11/03/2020, por medio de la cual se exceptúa del cumplimiento de lo establecido en el inciso
a) del articulo 112, de la Ordenanza Municipal N° 3693 a Amadeo E Cappelli, al único y
exclusivo efecto del Contrato de Locación W 1807 del registro de Contratos del Concejo
Deliberante.
Que ha transcurrido el plazo establecido en el articulo 128 de la Carta
Orgánica Municipal, encontrándose la citada norma promulgada de hecho.
Que el suscrito se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152° inciso 3) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 7 5 4 . , sancionada por el
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria de fecha 11/03/2020, por
medio de la cual se exceptúa del cumplimiento de lo establecido en el inciso a) del artículo
112, de la Ordenanza Municipal N° 3693 a Amadeo F. Cappelli, al único y exclusivo efecto
del Contrato de Locación N° 1807 del registro de Contratos del Concejo Deliberante.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín-Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
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“Las Islas Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 27 de abril 2020 AÑO XXX – N° 68/2020 Página 15___________________________________________________________________________________________________________________________
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ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR del cumplimiento de lo establecido en el inciso a), delartículo 112 de la Ordenanza Municipal NY 3693 a Amadeo E. Cappelli, al único yexclusivo efecto del Contrato de Locación registrado bajo NY 1807 del Registro deContratos del Concejo Deliberante de Ushuaia.
ARTICULO 2°.- La excepción mencionada en el articulo 1° de la presente revistecarácter meramente temporal hasta tanto concluyan las actuaciones registradas bajoN.° 3488 del Registro de Demandas del Superior Tribunal de Justicia de Tierra delFuego Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ARTICULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para supromulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.ORDENANZA MUNICIPAL NY 5 4SANCIONADA EN SESIÓ RDINARIA DE FECHA 1 1/0t2Q20.-
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Ushuaia, 27 de abril 2020 AÑO XXX – N° 68/2020 Página 16___________________________________________________________________________________________________________________________
ÍNDICE
Ítem __ Página ACTUALIDAD MUNICIPAL
DECRETO MUNICIPAL N° 723/2020.- Prorroga la vigencia de los Decretos Municipales N° 610/2020 (modificado por Decreto Municipal N° 641/2020) y 616/2020.
1
DECRETO MUNICIPAL N° 724/2020.- Promulga la Ordenanza Municipal N° 5750. 2 DECRETO MUNICIPAL N° 725/2020.- Promulga la Ordenanza Municipal N° 5751. 5 DECRETO MUNICIPAL N° 726/2020.- Promulga la Ordenanza Municipal N° 5752. 11 DECRETO MUNICIPAL N° 727/2020.- Promulga la Ordenanza Municipal N° 5753. 13 DECRETO MUNICIPAL N° 728/2020.- Promulga la Ordenanza Municipal N° 5754. 15
Ushuaia, 27 de abril 2020 AÑO XXX – N° 68/2020 Página 17___________________________________________________________________________________________________________________________
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Secretaría Legal y Técnica
Coordinación de Asuntos Técnicos Departamento Boletín Oficial