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Noción de Derecho
La vida social como punto de
partida
La vida social como punto de
partida El ser humano en cuanto actúa en relación con sus
semejantes, desde que empieza a razonar, ajusta su conducta a ciertas reglas cuyo conocimiento va adquiriendo en el seno de la familia, en la escuela, en el trabajo, en la universidad, y, en fin, en el curso de toda su vida, por la tradición, por la práctica, por la educación o por la autoinformación.
Un conjunto de esas reglas se denomina Derecho, su rasgo esencial es que rigen las relaciones de las personas, es decir las relaciones sociales
Ubi societas, ibi jus (donde hay sociedad, hay derecho).
El Derecho como producto cultural
La cultura es un hecho o conjunto de hechos sociales emergentes de la actividad del grupo social, incluso si se trata de una creación individual
El Derecho, como la forma de una determinada manera de ser de las relaciones sociales, configura una expresión cultural de cada sociedad, aun cuando sus reglas hayan sido abstraídas, adaptadas o modeladas por algunas personas que obviamente obraban y obran en función de los intereses concretos de grupos determinados dentro de la sociedad.
Hay diferentes tipos de Derecho de acuerdo al tipo de sociedad del que se trate
El Derecho como producto cultural
El Derecho como producto cultural
Hace unos días, en Mosul, una importante ciudad del territorio que seguimos llamando Iraq, el Estado Islámico, movimiento armado que por ahora controla la zona, decretó que para transitar por lugares públicos las mujeres están obligadas a llevar el velo integral, una gran manta que apenas deja sus ojos al descubierto
El asunto fue recogido por los medios, sin alcanzar más notoriedad que otra noticia que ocurrió semanas antes, en Estrasburgo, donde la Corte Europea de Derechos Humanos resolvió avalar una ley francesa que prohíbe a las mujeres llevar en público el mencionado velo.
Etimología del término “Derecho”
Voz latina directum (de dirigere: dirigir) que significa la forma de gobernar o dirigir
Diritto en italiano, droit en francés, direito en portugués, recht en alemán, wright en inglés, dreptu en rumano.
Romanos utilizaban jus con la cual indicaban la idea de un orden o una regla imperativa. Para los romanos el Fas era el derecho sagrado, la lex divina; el jus, la lex humana. A su vez, jus proviene de la raíz sanscrita ju que significa ligar.
Diferentes definiciones de
Derecho Definiciones axiológicas
Radbruch: conjunto de las normas generales y positivas que regulan la vida social, y cuyo sentido se cifra en realizar la justicia
Claude du Pasquier: el Derecho es la ordenación social e imperativa de la vida humana, orientada a la realización de la justicia
Mario Alzamora Valdez: el derecho es la regulación de la vida social del hombre para alcanzar la justicia
Diferentes definiciones de
Derecho Definición que enfatiza la coerción
Mazeaud: la regla de derecho es una regla de conducta social que, sancionada por la coacción, debe tener por fin hacer reinar el orden aportando la seguridad en la justicia
Definición que enfatiza la relación social
Luis Legaz y Lacambra : derecho es una forma de vida social en la cual se realiza un punto de vista sobre la justicia, que delimita las respectivas esferas de licitud y deber, mediante un sistema de legalidad, dotado de valor autárquico
Diferentes definiciones de
Derecho Definición positivista
Kelsen: el derecho es un conjunto de normas obligatorias que se originan sucesivamente por el mandato de una norma superior con prescindencia de toda consideración valorativa: en otros términos, el derecho debe cumplirse porque se halla respaldado por la sanción cualquiera que sea su contenido y porque se ajusta a una norma jerárquicamente superior, aseveración válida para todos los lugares y tiempos.
Diferentes definiciones de
Derecho
Definición que enfatiza el orden social
Marty y Raynaud: el derecho es el conjunto de reglas obligatorias en vista de organizar el orden social
Diferentes definiciones de
Derecho
- Potestad de hacer o exigir cuanto la ley o la autoridad establece a nuestro favor, o lo permitido por el dueño de una cosa.
Guillermo Cabanellas de Torres, Diccionario Jurídico Elemental, p. 120
- Conjunto de los preceptos formulados por el legislador y a los cuales el hombre debe obedecer.
Efraín de Sanmiguel Sanjuán, Diccionario de Derecho Tributario, Lzcalibros , 2006, p. 264