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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
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ÍNDICE
1. NATURALEZA, CARACTERÍSTICAS Y OBJETIVOS DEL
CENTRO…………………………………………………………………………………..…pag.4
2. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
DIFERENTES ÓRGANOS, ASÍ COMO LOS CANALES DE
COORDINACIÓN………………………………………………………………….….pag.5
2.1 Órgano ejecutivo de gobierno.
2.1.1 Equipo Directivo.
2.1.2 Director.
2.1.3 Jefe de estudios.
2.2 Órganos Colegiados de gobierno.
2.2.1 El Consejo escolar y procedimiento de actuación.
2.2.2 El Claustro de profesores y procedimientos de
actuación.
2.2.3 Comisiones del Consejo escolar y procedimientos de
actuación.
2.3 Otros órganos de coordinación docente.
2.3.1 Comisión de Coordinación Pedagógica.
2.3.2 Departamentos didácticos.
2.4 Junta de delegados.
2.5 Canales de coordinación entre los órganos de gobierno y de
coordinación docente.
2.6 Criterios y procedimientos que garantizan el rigor y transparencia
en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y
de coordinación docente, especialmente en los procesos
relacionados con la escolarización y evaluación de alumnos.
2.6.1 Criterios
2.6.1.1 Criterios generales
2.6.1.2 Criterios en la escolarización.
2.6.1.3 Criterios en la evaluación de alumnos.
2.6.2 Procedimientos.
2.6.2.1 Procedimientos generales.
2.6.2.2 Procedimientos en la escolarización.
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2.6.2.3 Procedimientos en la evaluación de
alumnos.
3. LAS ASOCIACIONES Y SUS RELACIONES CON EL
CENTRO……………………………………………………………………………………..pag. 14
3.1 Asociación de padres y madres.
4. DERECHOS Y DEBERES……………………….………………………………….pag. 14
4.1 Del profesorado.
4.2 Del personal de administración y servicios.
4.3 Del alumnado.
4.4 De los padres y madres o tutores legales de los alumnos.
5. ORGANIZACIÓN PRÁCTICA DE LA PARTICIPACIÓN DE TODOS
LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y REPARTO
DE RESPONSABILIDADES………………………………………………………pag. 22
5.1 Cauce de participación de los distintos sectores de la
comunidad educativa.
5.2 Atención a padres y madres de alumnos en el seguimiento
educativo de los alumnos.
5.3 Procedimiento para la atención de alumnos en caso de
accidentes.
6. NORMAS DE CONVIVENCIA…………………………………………………..pag. 25
6.1 Aspectos generales de la convivencia del centro y normas que
garanticen la ejecución del Plan de convivencia contemplado en
el Proyecto Educativo.
6.2 Actividades prohibidas.
6.3 Conductas contrarias a las normas de convivencia.
6.4 Procedimiento para la resolución de conflictos
6.4.1 Procedimiento disciplinario
6.4.2 Suspensión del derecho de asistencia a clase por el
profesor/a.
6.5 Control de asistencia y justificación de faltas del alumnado.
6.6 Normas para la organización y el uso de las instalaciones,
espacios, recursos y servicios educativos del centro y la
circulación de personas.
6.6.1 Horario del centro.
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6.6.2 Acceso, circulación y salida del centro.
6.6.3 El recreo.
6.6.4 Uso de la biblioteca.
6.6.5 Normas del taller de Tecnología.
6.6.6 Mobiliario, material y otros recursos.
6.6.7 Secretaría.
6.6.8 Conservación y reparación de las instalaciones.
6.6.9 Servicio de reprografía.
7. EL TRANSPORTE ESCOLAR…………………………………………………….pag. 40
7.1 Normas.
7.2 Funciones del responsable de ruta.
7.3 Deberes del alumnado.
8. LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS Y
OTRAS ACTIVIDADES NO DOCENTES…………………………………pag. 43
9. DIFUSIÓN DEL NOF A LA COMUNIDAD EDUCATIVA……....pag. 46
9.1 Información del tutor y de los profesores.
9.2 Información del Equipo Directivo.
9.3 Circulares informativas y página web.
10. COMUNICACIÓN CON SERVICIOS SOCIALES…..……………pag. 47
11. PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DEL NOF…………….………..pag. 47
12. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DEL NOF…………….pag. 48
ANEXOS………………………………………….……………………………………………..pag. 49
Anexo I: Protocolo para salidas del alumnado del centro en
horario lectivo.
Anexo II: Solicitud de permisos del profesorado.
Anexo III: Justificación de faltas del profesorado.
Anexo IV: Parte de incidencias.
Anexo V: Cómputo trimestral de faltas para no aplicar la
evaluación continua.
Anexo VI: Documento económico actividades
extraescolares.
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1. NATURALEZA, CARACTERÍSTICAS Y OBJETIVOS DEL
CENTRO.
1.1 Naturaleza
El SIES en Arona surge como medida extraordinaria para
desmasificar el IES Cabo Blanco (Orden de 13 de mayo de 2008, por
la que se crea una Sección de Educación Secundaria en el término
municipal de Arona). En la propia orden de creación se deja claro que
es una medida provisional hasta que se construya el futuro centro
IES Valle San Lorenzo.
1.2 Características.
Según el ROC (Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba
el Reglamento Orgánico de los centros docentes no universitarios de
la Comunidad Autónoma de Canarias) en su artículo 7 define las
Secciones de educación secundaria:
1. Las secciones de educación secundaria son dependencias
escolares de carácter público adscritas a un instituto de
educación secundaria del que son parte integrante.
2. La estructura de organización y gestión y los órganos de
gobierno y de coordinación de las secciones de educación
secundaria, así como sus características, se establecerán por la
consejería competente en materia de educación
En nuestro caso, somos una sección del IES Cabo Blanco.
1.3 Objetivos generales del centro.
1. Proporcionar a todo el alumnado del centro una educación de
calidad adaptada a sus necesidades, garantizándoles una
igualdad efectiva de oportunidades, mejorando los resultados
generales y reduciendo las tasas de fracaso escolar y abandono
temprano.
2. Conseguir el esfuerzo compartido de todos los componentes de
la comunidad educativa para conseguir el objetivo anterior.
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3. Formar a los alumnos para el ejercicio de sus derechos y
obligaciones en la vida como ciudadanos, educándolos en el
respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la
igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y
mujeres, en la igualdad de trato y no discriminación de las
personas con discapacidad, en llevar hábitos de vida
saludables, en el respeto a los derechos humanos y en el
respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente.
4. Estructurar un centro participativo, democrático, activo,
innovador, en el que todos los miembros de la Comunidad
Educativa se sientan identificados y partícipes de la vida del
centro.
5. Crear un entorno de trabajo adecuado que permita el desarrollo
profesional del profesorado, favoreciendo el trabajo en equipo
y la innovación.
2. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
DIFERENTES ÓRGANOS, ASÍ COMO LOS CANALES DE
COORDINACIÓN.
2.1 Órgano ejecutivo de gobierno.
2.1.1 Equipo Directivo.
Se estará a lo dispuesto en LOE artículo 131. Y en el Decreto
106/2009 de la función directiva art. 2,3 y 4.
Al ser una sección de instituto de enseñanza secundaria y teniendo en
cuenta el número de grupos, los cargos directivos estarán limitados
a dos, Director y Jefe de Estudios.
2.1.2 Director.
Asumirá las funciones recogidas en LOE artículo 132 y Decreto
106/2009, de 28 de julio, art. 5 y 6.
Además, asumirá las funciones propias del Secretario según lo
recogido en el artículo 8 del Decreto 106/2009, excepto en lo
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referente a actuar como secretario de los órganos colegiados,
levantar actas y dar fe de los acuerdos adoptados, según el apartado
d) del citado artículo. Esta función será asumida por el Jefe de
Estudios.
2.1.3 Jefe de estudios.
Son propias las funciones recogidas en el Decreto 106/2009, de 28 de
julio, art. 7, así como las propias del Vicedirector según el artículo 9
del citado decreto, así como el artículo 8.d). En éste último caso,
cuando el Jefe de Estudios actúe como secretario del Consejo Escolar
tendrá derecho al voto en tanto representa también la Jefatura de
Estudios.
En ausencia del director las funciones de éste recaerán en el Jefe de
estudios.
2.2 Órganos Colegiados de gobierno.
2.2.1 El Consejo escolar y procedimiento de actuación.
LOE art. 126 y 127
Decreto 81/2010, de 8 de julio, art. 13,14,15 y 17.
Decreto 81/2010, de 8 de julio, art. 41.2.d
El Consejo escolar se reunirá, al menos, una vez cada trimestre,
cuando sea convocado por su presidente, o lo soliciten por escrito, al
menos, un tercio de sus miembros en escrito debidamente firmado
con indicación del nombre, apellidos y documento nacional de
identidad. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a
principio de curso y otra al final del mismo. En ningún caso estará
obligado el presidente a incluir en el orden del día y, en su caso
convocar la sesión, cualquier tema que manifiestamente sea ajeno a
las competencias legalmente asignadas a dicho órgano.
El funcionamiento del Consejo Escolar del SIES ARONA se
atendrá a lo siguiente:
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PRIMERO.-El Director, en uso de las atribuciones conferidas en la
normativa vigente, dirigirá y ordenará el desarrollo de las sesiones.
SEGUNDO.- Ningún miembro del Consejo podrá intervenir sin haber
pedido la palabra y haberla obtenido previamente.
TERCERO.- Ningún miembro del Consejo podrá ser interrumpido en el
uso de su palabra, excepto para ser llamado al orden por el
Presidente.
CUARTO.- La exposición de un tema o punto del orden del día, por
parte de los miembros del Consejo, no podrá exceder de siete
minutos.
QUINTO.- Para cada tema tratado o expuesto se abrirá, si fuere
necesario, dos turnos de palabras con intervenciones máximas de
tres minutos por persona.
SEXTO.- Las intervenciones “por alusiones” solamente autorizarán
para que la persona afectada pueda contestar a las manifestaciones
que sobre ella o sus actos se hayan realizado durante la sesión, pero
nunca para entrar en otros temas ni hacer uso de la palabra por un
tiempo superior a dos minutos.
SÉPTIMO.- En cualquier momento de la sesión se podrá pedir al
presidente o a cualquier miembro, el cumplimiento del presente
reglamento y de la normativa vigente sobre órganos colegiados,
haciéndolo constar en acta en caso de continuar las irregularidades.
OCTAVO.- El presidente podrá retirar la palabra a quien, habiendo
sido llamado al orden, continúe en el uso de ella.
NOVENO.- La duración de las sesiones del Consejo no será superior a
dos horas. Si en este tiempo no se hubiesen agotado todos los puntos
del orden del día, el presidente podrá proponer:
a) la continuación de la sesión durante media hora más para
agotar el orden del día.
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b) la continuación de la sesión dentro de las 24 horas siguientes,
comenzando a la misma hora del día anterior y sin que ello
suponga nueva convocatoria.
c) Para lo previsto en la opción a) será necesario la aceptación de
la misma por la mayoría de los miembros del Consejo presentes
en la sesión.
DÉCIMO.- El procedimiento de los acuerdos, podrá ser por:
a) Votación de asentimiento, a la propuesta formulada por el
presidente, cuando una vez enunciada no se presente ninguna
oposición.
b) Votación ordinaria, a mano alzada; primero los votos a favor,
segundo los votos en contra y tercero las abstenciones, en su
caso.
c) Votación nominal, llamando el Secretario a todos los
componentes del Consejo, los cuales responderán sí, no, o
abstención, en su caso.
UNDÉCIMO.- En cuantos casos se realicen elecciones para designar
cualquier persona como representante o para ocupar cualquier puesto
la votación será secreta, mediante papeletas que se entregarán a los
componentes del consejo.
2.2.2 El Claustro de profesores y procedimientos de actuación.
LOE, artículos 128 y 129.
Decreto 81/2010, de 8 de julio, art. 21 y 22.
Decreto 81/2010, de 8 de julio, art. 41.2c.
1. El Claustro se reunirá preceptivamente una vez al trimestre y
siempre que lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros.
También se reunirá al principio y al final de cada curso escolar.
2. La asistencia al Claustro es obligatoria para todos los componentes
del mismo.
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3. El Claustro de profesores en su funcionamiento se ajustará a lo
que se dispone en las disposiciones educativas, en este Reglamento y
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
4. El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por la
totalidad de los profesores que prestan servicios docentes en el
centro, y se regirá conforme a las siguientes normas:
PRIMERA. El Director, en uso de las atribuciones conferidas en la
normativa vigente, dirigirá y ordenará el desarrollo de las sesiones.
SEGUNDA. La duración de las sesiones del Claustro no será superior a
una hora y media. Si en este tiempo no se hubiesen agotado todos
los puntos del orden del día, el Presidente podrá proponer:
a) La continuación de la sesión por el tiempo imprescindible para
agotar el orden del día, siempre que ello no suponga un tiempo
superior a una hora.
b) La continuación de la sesión dentro de las 24 horas siguientes,
comenzando a la misma hora del día anterior y sin que ello
suponga nueva convocatoria.
Para lo previsto en la opción a) será necesario la aceptación de
la misma por mayoría de votos.
TERCERA. El procedimiento de los acuerdos, podrá ser por:
a) Votación por asentimiento, a la propuesta formulada por la
Presidenta, cuando una vez enunciada no se le presente
ninguna oposición.
b) Votación ordinaria, a mano alzada; primero los votos a favor,
segundo los votos en contra.
c) Votación nominal, llamando la Secretaria a todos los
componentes del Claustro, los cuales responderán: SI o NO.
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CUARTA. La votación secreta sólo procede en casos de elección de
representantes del Claustro o elección para la designación que
corresponda.
QUINTA. Para el funcionamiento del Claustro se tendrán en cuenta
las normas de funcionamiento del Consejo escolar del punto 2.2.1.
2.2.3 Comisiones del Consejo escolar y procedimientos de
actuación.
Se creará la comisión de gestión económica, según lo dispuesto en
el decreto 81/2010, de 8 de julio, art. 19.2 y 19.3.
Se podrá crear una comisión de igualdad según el art. 19.4 del
Decreto 81/2010, para el impulso de medidas educativas que
fomenten la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
Dentro del Consejo Escolar se podrá constituir una comisión de
convivencia para la gestión de las funciones que tiene atribuidas
este órgano colegiado, según el art. 55 del Decreto 114/2011.
2.3. Otros órganos de coordinación docente.
2.3.1 Comisión de Coordinación Pedagógica.
La Comisión de Coordinación Pedagógica estará integrada por el
director, el jefe de estudios, los jefes de departamento, la profesora
especialista NEAE y el Orientador.
El funcionamiento de la Comisión de coordinación pedagógica en lo no
previsto específicamente se regirá por lo dispuesto para el Claustro
de profesores y para el Consejo escolar.
Debido a las características de nuestro centro la CCP asume las
funciones del departamento de Orientación.
2.3.2 Departamentos didácticos.
Se establecen dos departamentos didácticos por ámbitos:
a) Departamento del ámbito científico-tecnológico, que incluirá a los
profesores de las materias de matemáticas, ciencias de la
naturaleza, tecnología, educación física y educación plástica y visual.
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b) Departamento del ámbito socio-lingüístico que incluirá a los
profesores de las materias de lengua castellana y literatura, lenguas
extranjeras, ciencias sociales, música y religión.
2.4 Junta de delegados
Artículos 53 y 54 del ROC (DECRETO 81/2010, de 8 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes
públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias).
Tal y como se indica en el reglamento orgánico de centros la jefatura
de estudios establecerá los cauces para que esta junta se reúna como
mínimo una vez en cada trimestre y, en caso necesario, dinamizará
las reuniones y les garantizará el acceso a los medios informáticos,
dentro de las posibilidades del centro.
2.5 Canales de coordinación entre los órganos de gobierno y
de coordinación docente.
La coordinación del Equipo directivo con los órganos de coordinación
docente se realizará a través de las siguientes reuniones:
Reunión de Equipo Directivo
Se elabora la planificación semanal del centro.
Asistentes: director y jefe de estudios.
Periodicidad: semanal
Comisión de Coordinación Pedagógica
Coordina las actuaciones de equipos docentes, orientación y
departamentos didácticos.
Asistentes: director, jefe de estudios, orientador/a, profesor/a apoyo
NEAE y jefes de departamento.
Periodicidad: semanal
Reunión Jefe de Estudios y Orientador/a
Se preparan las reuniones de tutores y equipos docentes.
Periodicidad: semanal.
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2.6 Criterios y procedimientos que garantizan el rigor y
transparencia en la toma de decisiones por los distintos
órganos de gobierno y de coordinación docente,
especialmente en los procesos relacionados con la
escolarización y evaluación de alumnos.
Decreto 81/2010, de 8 de Julio, artículo 41.2b
2.6.1 Criterios
2.6.1.1 Criterios generales
La adopción de acuerdos se hará inexcusablemente con los
informes y trámites preceptivos.
Al inicio de cada curso escolar quien presida cualquier órgano o
reunión deberá incluir y tratar un punto del orden del día referido a la
tramitación de asuntos de su competencia y al procedimiento para la
adopción de acuerdos.
2.6.1.2 Criterios en la escolarización.
Decreto 61/2007, de 26 de marzo.
Orden de 27 de mayo de 2007.
Se otorgará un punto en la baremación de alumnado para su
admisión por tener hermanos matriculados en el centro, conforme al
artículo 2.2 del Decreto 61/2007, de 26 de marzo.
El Director del centro extenderá certificación en el que conste que
antes del inicio del procedimiento de admisión de alumnado de cada
curso, figuran publicados en el tablón de anuncios específico del
centro los siguientes aspectos:
Oferta educativa del centro.
Servicios escolares
Áreas de influencia.
Puestos vacantes
Criterio complementario del Consejo Escolar.
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2.6.1.3 Criterios en la evaluación de alumnado.
En ningún caso la reclamación sobre evaluación de un alumno puede
suponer una resolución que disminuya la calificación previamente
dada, ni amonestación alguna por su presentación, salvo las
consideraciones que se hagan en los casos de mala fe.
Toda reclamación sobre evaluaciones parciales será considerada en la
sesión de evaluación siguiente a la de la fecha de su presentación y
será resuelta en la misma, con la calificación que dé el profesor o el
equipo de profesores y con independencia a la obligada atención por
el tutor del alumno a éste o a sus padres, elevando informe a la junta
de evaluación.
2.6.2 Procedimientos
2.6.2.1 Procedimientos generales
Se informará periódicamente de los acuerdos del consejo escolar en
el tablón de anuncios del centro. Sólo con carácter excepcional se
publicará copia del acta siempre que no se vulnere lo legislado sobre
protección de datos. Decreto 81/2010, de 8 de julio, art. 18.4, entre
otros.
2.6.2.2 Procedimientos en la escolarización.
La Dirección del centro habilitará cada curso escolar un tablón
de anuncios específico sobre admisión de alumnos en el que se
publicarán cuantos datos correspondan con dicho procedimiento de
escolarización.
2.6.2.3 Procedimientos en la evaluación de alumnos.
Los tutores informarán en la segunda sesión que tengan con los
alumnos al comienzo de curso sobre la evaluación en general y, en
particular, sobre criterios de calificación, haciendo especial hincapié
en el procedimiento y fundamento de las reclamaciones.
Los criterios de evaluación serán el referente fundamental para
valorar el grado de adquisición de las competencias básicas así como
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el de consecución de los objetivos. El profesor actuará conforme a la
programación. La jefatura de estudios actuará de oficio ante cualquier
irregularidad al respecto, sin necesidad de denuncia por el alumnado
del centro.
3. LAS ASOCIACIONES Y SUS RELACIONES CON EL CENTRO.
3.1 Asociación de padres y madres.
El Equipo directivo facilitará la labor del AMPA cediendo espacios y
recursos dentro de las posibilidades del centro.
4. DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA
LOE
LODE (en aquellos artículos no derogados por LOE)
DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la
convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma
de Canarias.
DECRETO 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no
universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Ley 2/1987, 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.
Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado
publico.
Orden 7 de noviembre de 2007, por la que se regula la
evaluación y promoción del alumnado que cursa la enseñanza
básica y se establecen los requisitos para la obtención del Título
de Graduado o Graduada en Enseñanza Obligatoria.
Orden de 28 de mayo de 2008, por la que se modifica la Orden
de 7 de noviembre de 2007, que regula la evaluación y
promoción del alumnado que cursa la enseñanza básica y se
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establecen los requisitos para la obtención del Título en
Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria.
Convenio Colectivo. Convenio del Personal Laboral al Servicio
de la Comunidad Autónoma de Canarias de 28 de enero de
1992 (BOC 6-2-1992)
…
Además de lo dispuesto en la extensa legislación anterior se
concretan los siguientes deberes:
4.1 Del profesorado
1. Los profesores cumplirán el horario asignado a principio de
curso siguiendo las instrucciones de la dirección del centro de
acuerdo con la regulación establecida sobre los mismos.
2. Todo el profesorado debe ser puntual.
3. Los profesores de guardia y/o aquellos que figuran en el plan
de sustituciones de corta duración, serán responsables de los
grupos de alumnos que se encuentren sin profesor por
cualquier circunstancia. Jefatura de Estudios es la encargada
de asignarles esta labor.
4. Es responsabilidad de todos los profesores el mantenimiento
de la disciplina y el orden académico del Centro, tanto en el
aula como fuera de ella, impidiendo y corrigiendo las
conductas inapropiadas de las que tenga conocimiento directo.
5. No se adelantarán, ni cambiarán, horas de clase en caso de
ausencia de profesores.
6. Cuando los alumnos abandonen el aula para asistir a un aula
específica o para salir al recreo, el último profesor que les
haya dado clase deberá cerrar el aula.
7. Si un profesor/a no puede impartir clase a un grupo, porque
está realizando una actividad extraescolar o complementaria,
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deberá permanecer en el centro y podrá ser requerido por el
equipo directivo para el apoyo de las guardias.
8. El profesorado deberá firmar diariamente la entrada al centro
en el libro de firmas situado en la sala de profesores.
9. El profesorado que vaya a faltar a clase deberá solicitar permiso
al director (anexo II) y dejar actividades para los alumnos con
los que iba a tener clase.
10. Si un profesor se pone enfermo o le surge un deber
inexcusable de forma repentina, debe llamar al centro para
comunicarlo al director. Para prever esta contingencia cada
departamento debe elaborar a principio de curso actividades de
carácter general que formarán el llamado banco de actividades
11. La justificación de una falta de asistencia y/o puntualidad se
realizará en un plazo máximo de tres días después de haberse
cometido, según anexo III.
4.1.1 Funciones del profesor de guardia
1. Controlar durante la guardia las dependencias del centro de
uso común, velando especialmente por el orden en los
pasillos, las entradas y salidas de clase y en general el
comportamiento de los miembros de la comunidad
educativa en períodos de actividad escolar (ruido en los
pasillos, vigilancia de la prohibición de fumar…).
2. Será el responsable de atender al alumnado accidentado,
haciendo las gestiones necesarias, tal y como figura en el
protocolo de accidentes.
3. Anotará las entradas y salidas del alumnado al centro
según protocolo recogido en el anexo I.
4. Cumplimentar el libro de incidencias del profesorado y
registrar en el mismo las ausencias, los retrasos y cualquier
otra incidencia que tenga lugar durante el periodo lectivo y
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comunicar puntualmente a Jefatura de estudios cualquier
incidente que no pueda ser especificado en el libro, o por
su gravedad deba ser informado directamente.
5. Evitar la presencia en los pasillos de personas ajenas al
Centro, así como la de alumnado que no esté en el aula que
le corresponde.
6. Colaborar con la Jefatura de Estudios para resolver cuantas
incidencias se presenten durante la guardia, si para ello es
solicitada su ayuda.
7. Cuando falta un profesor deberá: pasar lista, entregar y
recoger las tareas que el profesor ausente dejó preparadas
o utilizar el banco de actividades y velar por el buen
comportamiento y orden de ese grupo. Debe permanecer en
el aula con el grupo.
8. El profesor de guardia deberá impedir la entrada del
alumnado en la sala de profesores.
4.1.2 Funciones de los profesores y tutores en el control del
absentismo
1. Los profesores de las diferentes materias controlarán
diariamente las faltas del alumnado, registrándolas en los
correspondientes partes semanales. Al finalizar la jornada del
viernes, el profesor depositará dicho parte en la bandeja del
tutor correspondiente situada en la sala de profesores.
2. El tutor/a pasará las faltas utilizando el programa informático
pincel ekade. Con un retraso máximo 5 días lectivos una vez
agotado el plazo de tres días que el alumno tiene para justificar
la falta.
3. En caso de ausencia prolongada, el tutor/a contactará con las
familias para conocer las circunstancias de las faltas de
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asistencia. Este hecho será notificado a Jefatura de estudios
para valorar si procede o no su notificación a Servicios Sociales.
4. La Jefatura de Estudios enviará cada mes el parte de faltas
injustificadas de los alumnos menores de 16 años a los
Servicios Sociales del Ayuntamiento.
5. Los tutores/as informarán mensualmente a los padres de las
faltas de asistencia, para ello cada tutor/a debe tener un
registro de las comunicaciones que realicen con las familias. En
los casos más graves se enviarán con registro de salida a
través de la secretaría del Centro.
4.2 Del Personal de Administración y Servicios
1. El personal de Administración y Servicios tiene a su cargo las
tareas que complementan el funcionamiento del centro, la
formalización y cumplimentación de la documentación
académica, administrativa y económica y su custodia, archivo y
ordenación.
2. Las personas integradas en este apartado son los
administrativos, conserjes, personal de mantenimiento y de
limpieza.
3. El personal subalterno con funciones de apoyo y vigilancia,
tiene la misión de controlar los puntos de acceso al centro o
dependencias de éste, realizando encargos y entrega de
correspondencia, fotocopias, encendido y apagado de luces, así
como orientar al público y en general, otras tareas de carácter
análogo que, por razón del servicio, se le encomiende.
4. El régimen de asistencia y control horario de este personal se
indicará por la dirección de acuerdo con las normas pertinentes.
4.3 Del Alumnado
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4.3.1 De las pruebas, calificaciones y reclamaciones en las
evaluaciones.
1. En los exámenes finales y demás pruebas definitivas la jefatura
de estudios planificará la realización de los mismos, tanto con
carácter ordinario como extraordinario, con señalamiento de día
y hora de celebración. En los demás casos, es decir, cuando no
haya una planificación del centro presentada por la jefatura de
estudios sólo se podrá realizar un máximo de tres exámenes
por día, sin que pueda superarse el número de seis en la
semana.
2. Exámenes y pruebas parciales se podrán realizar cuantas
considere el profesorado conforme a las programaciones de las
materias siempre que tengan el carácter de tarea ordinaria que
normalmente se reflejará en el cuaderno de clase, carpeta… No
obstante, cuando se le dé a tales pruebas un carácter diferente
y en las mismas no se pueda utilizar textos de estudio o
consulta no se podrán celebrar más de tres pruebas por día ni
seis con carácter semanal.
3. El profesorado mostrará las pruebas y exámenes corregidos, en
todo caso, al alumnado y sus padres, si son menores de edad y
lo requieren, y con autorización del alumno, si es mayor de
edad. Asimismo, se entregará copia cuando se solicite.
4. Las pruebas definitivas y los exámenes se conservarán en el
centro aunque haya finalizado el curso escolar hasta enero del
año siguiente, salvo en los casos de reclamación o recurso que
se archivarán hasta la resolución definitiva del caso.
5. Duración de las pruebas y exámenes. Salvo los casos de
planificación general del centro presentada por la jefatura de
estudios y la autorización expresa y previa de ésta los
ejercicios, pruebas y exámenes no podrán superar el periodo
ordinario que dispone el profesor para su clase concreta.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
20
4.4 De los padres y madres o tutores legales del alumnado.
1. La Comunidad Educativa del SIES en Arona considera a los
padres o tutores legales de los alumnos del Centro como
partícipes activos y responsables últimos de la formación
integral de sus hijos.
2. La presencia de los padres en el centro no debe entorpecer
nunca la actividad docente, por lo que su acceso a las zonas
propias del alumnado, aulas y recreos, será restringido y será
precisa la autorización de la dirección o la entrevista concertada
con algún profesor-tutor.
3. Los padres o tutores legales de los alumnos tienen derecho a
ser recibidos en las horas consignadas al efecto en el horario
individual de los profesores-tutores para informarse del proceso
educativo y de la marcha académica de sus hijos o tutelados.
4. Los padres o tutores legales de los alumnos tienen derecho a
recibir información sobre el Proyecto Educativo del Centro y de
las normas de organización y funcionamiento, sobre horarios
del alumnado, del profesorado y de las horas de tutoría.
5. Los padres o tutores legales de los alumnos tienen derecho a
recibir información del control de asistencia de sus hijos o
tutelados.
6. Los padres tienen el derecho a recibir información periódica a
lo largo del curso sobre el proceso de aprendizaje seguido en
las distintas disciplinas y sobre los resultados obtenidos por sus
hijos en las evaluaciones. El padre o la madre separados o
divorciados que no tengan asignado la guarda o custodia legal
de sus hijos y deseen recibir información sobre el proceso de
evaluación de los mismos deberán solicitarla del centro
educativo, mediante escrito dirigido al director o manifestación
de voluntad en la secretaría del centro, salvo que medie
privación o exclusión de patria potestad por orden judicial. El
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
21
Centro expedirá documentación duplicada para la atención de
los padres que teniendo la patria potestad no tienen la guarda y
custodia o que tienen esta compartida.
7. El director, los restantes miembros del equipo directivo y todos
los profesores tutores, tendrán horas de atención semanal,
tanto para padres de alumnos como para los alumnos,
marcadas al comienzo del curso y en las que informarán y
orientarán sobre la marcha del curso académico y el
rendimiento de los alumnos y respeto a las normas de
convivencia.
8. Con el mismo objetivo podrán realizarse reuniones especiales
de padres de alumnos de un mismo grupo con el respectivo
tutor. Los días y horas de las mismas se comunicarían por
escrito a través de los propios alumnos, previa autorización del
Jefe de Estudios.
9. Al objeto de poder cumplir satisfactoriamente con los objetivos
que se pretenden con este tipo de encuentros, los profesores
sólo recibirán a los padres de alumnos y a los alumnos en los
días y horas de consulta fijados, previa petición de cita. Nunca
se atenderá a los padres o madres en los intervalos o durante
las horas de clase, salvo orden expresa de la dirección o de la
jefatura de estudios.
10. En aquellas cuestiones académicas que afecten a casos
individuales, los padres del alumno o alumnos serán informados
por el profesor tutor que recabará la información precisa del
profesorado.
11. Los padres y tutores legales tienen el deber de respetar los
cauces de participación e información internos del centro:
entrevista con el profesor tutor en primer lugar y con
posterioridad, si es necesario, se recurrirá al Jefe de estudios
correspondiente y por último al director.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
22
12. El horario de presencia de los padres en las actividades será
autorizado en cada caso por la dirección.
13. El AMPA podrá colaborar con el Centro para alcanzar los
objetivos que les son propios.
14. Las actividades propias del AMPA del SIES en ARONA se
realizarán una vez finalizada la jornada lectiva.
15. Estas actividades deberán contar con la autorización de la
dirección, debiendo presentar el AMPA su programa de
actividades al Consejo escolar a principios de cada curso a fin
de que puedan integrarse, si procede, en el Plan de actividades
extraescolares y complementarias cuando vayan dirigidas a los
alumnos.
16. Durante la jornada lectiva los padres tendrán que identificarse
ante el conserje.
17. Una vez realizadas las gestiones que motivaron su presencia,
no se permitirá la estancia injustificada en el Centro de
personas ajenas al mismo.
5. ORGANIZACIÓN PRÁCTICA DE LA PARTICIPACIÓN DE
TODOS LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y
REPARTO DE RESPONSABILIDADES.
5.1 Cauce de participación de los distintos sectores de la
comunidad educativa.
El alumnado puede participar en el funcionamiento del centro a través
de:
La Junta de delegados.
Representantes del alumnado en el Consejo Escolar.
Familias:
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
23
Reuniones periódicas entre el Equipo Directivo y el AMPA.
Representantes del sector de madres y padres del Consejo
Escolar.
A través del horario semanal de atención a las familias por
parte del equipo directivo los padres y madres podrán hacer
llegar sus propuestas.
Página Web del centro. A través de correo electrónico se
pueden hacer sugerencias sobre el funcionamiento general del
centro.
5.2 Atención a padres y madres del alumnado en el
seguimiento educativo de sus hijos.
A comienzo de curso serán informados del horario de atención
semanal de tutores y e quipo directivo, en horario de mañana.
Además, los padres serán informados de las reuniones periódicas que
se convoquen para el seguimiento de sus hijos en horario de tarde.
Se informará periódicamente, a través de circulares, de todos
aquellos aspectos que sean relevantes para las familias: entrega de
notas, normas del centro…
5.3 Procedimiento para la atención de alumnos en caso de
accidente.
Corresponde al profesor de guardia de manera significativa
organizar la respuesta adecuada e inmediata que pueda exigir una
situación de accidente escolar o indisposición que sufra el alumnado
durante la guardia, para lo cual podrá requerir el auxilio necesario del
resto del profesorado.
Nunca se debe enviar solo a un alumno que se encuentre mal
para que sea él mismo quien se lo comunique al profesor de
guardia.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
24
Si el alumno no se puede reincorporar al aula porque la lesión o
indisposición se lo impide, o porque se considera que debe ser
trasladado a un centro sanitario, se comunicará la situación al
profesor de guardia quien realizará las siguientes actuaciones:
A) EN CASO DE MALESTAR LEVE
Contactar con los padres o tutores legales para que se
personen a la mayor brevedad posible en el Centro para
hacerse cargo de su hijo.
IMPORTANTE:
No se suministrará al alumno ningún tipo de
medicamento.
En caso de no poder contactar con la familia el alumno
debe permanecer en el Centro.
B) EN CASO DE ACCIDENTE O MALESTAR QUE REQUIERA
TRASLADO A CENTRO SANITARIO
1º Si el caso se considera grave, llamar al 112.
2º Comunicar el incidente a Secretaría para cumplimentar el
parte de accidentes.
3º Informar de la incidencia al cargo directivo de guardia.
4º Contactar con los padres o tutores legales para que a la
mayor brevedad posible se personen en el Centro y así se
hagan cargo de su hijo para trasladarlo al centro sanitario.
5º Si en el expediente académico del alumno figura un
certificado médico, fotocopiarlo para presentarlo en el centro
sanitario.
En caso de que los padres o tutores legales no puedan
personarse en el Centro tendrán que acudir, a la mayor
brevedad posible, al centro sanitario al que se traslade a su
hijo.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
25
El posible traslado a un centro sanitario se hará por aquel
medio de transporte que la gravedad del incidente permita
valorar como el más conveniente: ambulancia o taxi. Nunca
en el vehículo particular del profesor.
IMPORTANTE:
Si el momento del traslado a un centro sanitario coincide con
un cambio de hora, el profesor de guardia entrante será el
responsable del traslado. En ningún caso el profesor de
guardia que ha tramitado el incidente podrá desatender al
alumno hasta que otro compañero de guardia se haga cargo
del mismo.
Si por alguna causa no hubiese profesor de guardia entrante
corresponderá el traslado al profesor que ha dado la primera
respuesta al alumno.
6. NORMAS DE CONVIVENCIA
6.1 Aspectos generales de la convivencia del centro y normas
que garanticen la ejecución del Plan de convivencia.
Las siguientes normas garantizan la ejecución del Plan de convivencia
contemplado en el Proyecto Educativo.
1. El alumno/a debe respetar a todos los miembros de la
Comunidad Educativa, así como el material y las instalaciones
del Centro.
2. El deterioro del material de las instalaciones supondrá la
reposición del daño causado.
3. Para mantener el centro limpio se deberán usar las papeleras.
4. El alumno/a deberá asistir a clase con el máximo
aprovechamiento. Es decir, deberá atender a las explicaciones
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
26
del profesor/a, preguntar las dudas y respetar el derecho al
aprendizaje de sus compañeros/as.
5. El alumno/a debe acudir a clase con el material necesario.
Dicho material NUNCA se dejará en clase. En caso de que el
alumno dejase el material en clase se recogerá y sólo se
devolverá al padre, madre o tutor/a legal. El alumno/a será el
responsable de su material.
6. Está prohibido traer al centro teléfono móvil, cámaras
fotográficas, MP3 y cualquier otro dispositivo que permita
grabar imágenes o sonido, escuchar música, etc…En caso de
traer alguno de los dispositivos anteriores la dirección les
retirará el aparato y será devuelto sólo en una ocasión a los
padres o tutores. En caso de reincidir, el dispositivo se
retendrá hasta la finalización del curso escolar en la Secretaría.
7. En horas de clase, no se podrá estar en los pasillos o cualquier
otro lugar del Centro que no sea el aula. En caso de ausencia
de un profesor/a el que se encuentre de guardia les
proporcionará las actividades que deberán realizar y que habrá
dejado preparados el profesor/a ausente. Se permanecerá en el
aula, donde se pasará lista y se seguirán las instrucciones del
profesor de guardia.
8. Los alumnos esperarán a su profesor en clase, o en la puerta de
la misma si estuviera cerrada. En ningún caso podrán
abandonar el aula.
9. Los alumnos no podrán permanecer en las aulas y los pasillos
durante el recreo.
10. No se puede cambiar de sitio en la clase sin permiso del tutor o
la tutora.
11. No se permitirá al alumnado salir al baño durante los cambios
de clase. A cuarta hora no se podrá ir al baño.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
27
12. En clase no está permitido beber, comer, masticar chicles, sólo
se podrá comer durante el recreo, en ningún caso podrán
hacerlo en el aula. Por ello es conveniente que todos/as
desayunen antes de venir al Centro.
13. Los alumnos/as no podrán ausentarse del centro en horas de
clase. Se considera falta muy grave salir del centro sin
autorización.
14. Bajo ningún concepto deben permanecer alumnos o alumnas en
la sala de profesores.
15. En clase no está permitido tener puesta la gorra o sombrero (en
caso de incumplimiento se retirará hasta que venga la madre,
padre o tutor a recogerla).
16. Los días previos (vísperas) a los festivos hay clase normal, por
tanto, los alumnos deben venir al instituto como cualquier día
del curso.
17. Cuando se termina un control o examen los alumnos tienen que
permanecer en el aula hasta la finalización de la clase.
18. Las normas de las aulas específicas (taller Tecnología,
biblioteca, aula Medusa del Colegio…) forman parte de las
normas de convivencia, por lo que su incumplimiento será
sancionado.
19. Las novatadas están terminantemente prohibidas, siendo
consideradas falta grave.
20. Los alumnos/as deben hacer llegar a sus padres o tutores la
información que se envíe desde el centro.
21. No se pueden traer animales al centro.
22. Acceder al colegio de primaria sin autorización se considerará
falta grave.
6.2 Actividades prohibidas
1. Se prohibe la venta de tabaco y bebidas alcohólicas, así como
su consumo. En el Centro está prohibido fumar, según el Real
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
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Decreto 192/1988 de 4-03-1988, así como el consumo de
cualquier tipo de sustancias nocivas para la salud.
2. Se prohibe la práctica de actividades deportivas que produzcan
daños físicos
3. Se prohíbe cualquier actividad discriminatoria en función del
sexo.
6.3 Conductas contrarias a las normas de convivencia del
centro.
Según el decreto del DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que
se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad
Autónoma de Canarias las faltas cometidas están tipificadas como:
Conductas contrarias a la convivencia de carácter leve.
Conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.
Conductas que perjudican gravemente la convivencia en el
centro docente.
Ante cualquier conducta contraria a la convivencia del centro se
rellenará un parte de incidencia (anexo IV), donde el profesor
tipificará la falta cometida.
6.4 Procedimiento para la resolución de conflictos
Se estará a lo dispuesto en el DECRETO 114/2011, de 11 de mayo,
por el que se regula la convivencia y al Plan de Convivencia del
centro.
6.4.1 Procedimiento disciplinario
Cuando la gravedad de la falta lo requiera se procederá a la
apertura de un procedimiento disciplinario y tendrá una sanción, que
puede llegar a ser la inhabilitación definitiva para cursar estudios en
el Centro.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
29
Se estará a lo dispuesto en el DECRETO 114/2011, de 11 de mayo,
por el que se regula la convivencia y al Plan de Convivencia del
centro.
6.4.2 Suspensión del derecho de asistencia a clase por el
profesor.
Si un alumno/a interrumpe y altera el normal desarrollo de una clase
el profesor podrá suspender el derecho de asistencia a clase, siempre
y cuando, se haga cargo de él el profesor de guardia. En este caso, el
profesor deberá rellenar el correspondiente parte de incidencias e
informar a la jefatura de estudios.
6.5 Faltas de asistencia y puntualidad y requisitos para su
justificación.
El artículo 14.2 del DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que
se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad
Autónoma de Canarias, establece como deber del alumnado la
asistencia a clase:
Artículo 14.- Deber de estudio y de asistencia a clase.
1. El estudio es un deber básico del alumnado, que comporta el desarrollo y
aprovechamiento de sus aptitudes personales y de los conocimientos que se
impartan. Este deber básico, que requiere del esfuerzo, de la disciplina y de
la responsabilidad por parte del alumnado, se concreta en las siguientes
obligaciones:
a. Mantener una actitud participativa, activa y atenta en clase sin
interrumpir ni alterar el normal funcionamiento de las clases.
b. Asistir al centro educativo con el material y equipamiento
necesarios para poder participar activamente en el desarrollo
de las clases.
c. Respetar el ejercicio del derecho y el deber al estudio del resto
del alumnado.
d. Realizar las actividades encomendadas por el profesorado en el
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
30
ejercicio de sus funciones docentes.
2. El alumnado tiene, asimismo, el deber de asistir a clase con
puntualidad, sin ausencias injustificadas, y respetando el
procedimiento y horario de entrada y salida, aprobado por el centro.
Según el Decreto 114/2011 la falta injustificada de puntualidad o de
asistencia a clase es una conducta contraria a la convivencia de carácter
leve.
Los tutores de grupo, a principio de curso, informarán de las normas
sobre control de asistencia del alumnado, a sus padres o representantes
legales, reiterándoles la importancia de la asistencia y puntualidad a clase.
Justificación de faltas
1. En caso de ausencia, el alumnado deberá presentar justificación por
escrito firmada por el padre, madre o tutor/a legal. Este justificante
se mostrará al profesorado con el que tenía clase el día que faltó y
finalmente se entregará al tutor/a.
2. Corresponde al tutor/a la justificación de las faltas. En este punto hay
que indicar que no se considerarán justificadas las ausencias
producidas por vacaciones de sus padres. En todo caso, se
considerarán faltas justificadas:
a. Enfermedad.
b. Muerte o enfermedad grave de un familiar
c. El cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o
personal.
d. Concurrencia a pruebas definitivas (académicas, deportivas…).
e. Otras causas apreciadas por el tutor.
3. El plazo de presentación del justificante es de 3 días una vez
incorporado el alumno/a, pasados los cuales la falta se considerará
injustificada. Para ello se utilizará el impreso dispuesto en
conserjería. El alumno/a debe entregarlo al tutor/a, que estimará o
no su validez. Se adjunta modelo.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
31
4. La acumulación de tres retrasos serán considerados como una falta
de asistencia injustificada.
Imposibilidad de aplicar la EVALUACIÓN CONTINUA
(ORDEN de 7 de noviembre de 2007, por la que se regula la
evaluación y promoción del alumnado que cursa la enseñanza
básica y se establecen los requisitos para la obtención del título de
graduado o graduada en educación secundaria obligatoria).
Cuando la inasistencia reiterada de un alumno o una alumna impida la
aplicación de la evaluación continua, se emplearán sistemas de evaluación
alternativos que serán aprobados por la Comisión de Coordinación
Pedagógica, y que prestarán especial atención a las características del
alumnado y a las causas de la citada inasistencia.
La acumulación de faltas de asistencia (justificadas o injustificadas)
podrá suponer la imposibilidad de aplicar la evaluación continua.
Con carácter general se tendrá en cuenta lo siguiente:
1. Se diferenciará entre faltas justificadas e injustificadas a la hora de
aplicar a un alumno/a un sistema de evaluación alternativo. Ahora bien, si
un alumno tiene tanto faltas justificadas como injustificadas se le aplicará
el sistema de evaluación alternativo correspondiente al de mayor número
de faltas.
2. Se considerará que a un alumno/a no puede serle aplicada la
evaluación continua en un trimestre si el porcentaje de faltas de
asistencia en ese período es igual o superior a un 30%.
3. La CCP deberá concretar cada curso los procedimientos a aplicar en
caso de imposibilidad de aplicar la evaluación continua. Para ello con
carácter general se establece:
a) Caso faltas injustificadas
Se realizará una prueba final objetiva del trimestre, sin menoscabo de que
el alumno pueda participar en las actividades previstas por el departamento
para recuperar el trimestre, junto con el resto de compañeros.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
32
b) Caso faltas justificadas
Se utilizarán varios de los siguientes instrumentos de evaluación:
1. Realización, en casa, de una serie de actividades.
2. Prueba final objetiva.
3. Monográficos.
4. …
El profesor debe proporcionar al alumno/a los apuntes y en la medida
de las posibilidades horarias del profesorado alguna hora de atención
individualizada.
Para el cálculo del número de faltas trimestrales se estará a lo
dispuesto en el anexo V.
6.6 NORMAS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL USO DE LAS
INSTALACIONES, ESPACIOS, RECURSOS Y SERVICIOS
EDUCATIVOS DEL INSTITUTO.
6.6.1 Horario del centro.
El horario es de 8:30 a 14:30, siendo las sesiones de 55
minutos y el recreo de media hora.
La puerta del centro se abre a las 8:20h. Debe mantenerse la
máxima puntualidad posible, pues las puertas permanecerán
cerradas desde las 8:40 hasta las 14:30h.
Para entrar al centro después de las 8:40h o ausentarse del
centro durante la jornada escolar se estará a lo dispuesto en el
punto 6.6.2.
6.6.2 Acceso, circulación y salida del centro.
Por la mañana, la entrada se realizará a las 8:30 horas. Es
importante que el alumnado sea puntual, pues ello forma parte de
su aprendizaje.
Debido a lo anteriormente expuesto y a que durante la jornada
escolar los alumnos/as no pueden salir del Centro, la puerta se
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
33
cerrará a las 8:40. Si los alumnos llegaran tarde debido al retraso
de las guaguas, se considerará justificado y se les dejará entrar.
Pasadas las 8:40, si un alumno llega tarde deberá venir
acompañado de su padre, madre o tutor/a legal y el motivo
del retraso deberá ser lógico y justificable. El alumno deberá
anotarse en el libro de incidencias y su padre, madre o tutor firmar.
Para salir del centro antes del término de la jornada escolar se
seguirá el protocolo que figura como anexo I.
Durante el horario lectivo los alumnos deben permanecer en el aula,
para salir de clase (para ir al baño, hacer fotocopias, buscar tiza…)
deben tener el permiso del profesor, si no es así el profesor de
guardia lo conducirá al aula.
6.6.3 El recreo.
El recreo se realizará en el patio, no se permitirá la presencia del
alumnado en las aulas de grupos o en cualquier otra instalación sin el
permiso de un profesor.
Se podrá acceder a la biblioteca si así figura en el horario de la
misma.
Con autorización de las familias, el alumnado acompañado de un
profesor podrá salir del centro para realizar actividades deportivas
durante el recreo los días que determine el centro.
6.6.4 Uso de la biblioteca.
Todo el material bibliográfico de que dispone el Centro y todo el que
se vaya adquiriendo será dado de alta, registrado y catalogado en el
Registro General de la biblioteca.
Podrán utilizar la biblioteca los alumnos, los profesores y el personal
de Administración y Servicios del Centro. No está permitido a ningún
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
34
usuario retirar libros de la Biblioteca sin constancia escrita y firmada
ante una persona responsable del servicio.
Al objeto de prestar un servicio eficaz, se habilitará un horario a lo
largo del curso académico.
Al ser la biblioteca un lugar de consulta de los libros allí ubicados y de
estudio de ese material debe mantenerse un completo silencio.
Los libros solicitados serán proporcionados por la persona encargada
de la biblioteca en cada momento, salvo enciclopedias y diccionarios
que podrán consultarse directamente.
Servicio de préstamos
En relación con el servicio de préstamos de libros, se tendrá en
cuenta:
a) los préstamos realizados a personas.
b) los préstamos realizados a los departamentos didácticos.
El préstamo de libros sólo podrá realizarse durante el periodo de
tiempo diario marcado al efecto al comienzo del curso.
Para solicitar el préstamo de libros, los alumnos presentarán la
tarjeta de identidad escolar. Las restantes personas su documento de
identidad. Para el profesorado y personal no docente no será
necesario este requisito. En todos los casos deberá quedar constancia
escrita cumplimentando y firmando la ficha correspondiente al
préstamo que se realice.
Los préstamos de libros a personas no excederán de quince días,
contados desde el día siguiente en que el préstamo se efectuó. El
mismo podrá renovarse por igual periodo y una sola vez, previa
actualización de la ficha correspondiente. Simultáneamente, no
podrán tenerse más de tres libros en préstamo, salvo que medie la
autorización de un profesor por necesidades del trabajo a realizar.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
35
La no devolución de un libro en préstamo en el plazo estipulado
anteriormente llevará consigo la pérdida del derecho a nuevo
préstamo durante, al menos, un mes.
Los libros prestados deben ser devueltos en idénticas condiciones a
como fueron entregados. El Centro podrá exigir la adquisición de un
libro nuevo y similar al retirado cuando éste sea devuelto en estado
deteriorado. La no devolución de un libro supondrá la obligación de
adquirir dos libros de características similares al no devuelto y la
suspensión del derecho de usuario de la biblioteca por dos meses.
Los departamentos didácticos podrán disponer en depósito durante el
curso de cuántos libros de su especialidad consideren necesarios, en
tanto no sean requeridos por la biblioteca para su control o préstamo
personal El departamento didáctico estará obligado a mantener un
registro de los libros en préstamo de la biblioteca, con indicación de
su estado y localización.
Los profesores, alumnos y restante personal que lo desee podrán
efectuar las consultas y solicitar préstamos de los libros que tengan
los departamentos en depósito.
Los departamentos didácticos determinarán su horario semanal para
poder atender las consultas antes aludidas y lo expondrán para
general conocimiento.
Las solicitudes de préstamos de libros que estén en depósito en los
departamentos se efectuarán por intermedio de la biblioteca y en las
condiciones generales contenidas en las presentes normas.
La petición y entrega del libro se efectuará en la biblioteca, en donde
quedará archivado el préstamo. La persona encargada de la biblioteca
lo solicitará al departamento, que estará obligado a entregarlo con las
indicaciones que sean pertinentes.
Concluido el préstamo el libro será devuelto al departamento por la
misma persona.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
36
No serán objeto de préstamo obras generales ni libros de excepcional
valor, los cuales estarán convenientemente señalizados al efecto.
En los presupuestos anuales del Centro, se incluirá, siempre que sea
posible, un capítulo para la adquisición de libros y revistas de
biblioteca, independientemente de las asignaciones a los
departamentos didácticos para la adquisición de libros específicos.
6.6.5 Normas del taller de tecnología
Durante la realización de un proyecto o práctica en el taller se
utilizan herramientas, máquinas y materiales que pueden producir
lesiones si no se conoce su funcionamiento no se respetan las
normas de seguridad establecidas para su uso. Con carácter general,
se deben cumplir las siguientes normas:
Con respecto a la organización del aula taller:
1. Cuida el mobiliario y las instalaciones del aula taller
2. Localiza la situación de las vías de acceso y los elementos de
protección.
3. Cada grupo de trabajo tendrá asignada una mesa de taller,
unas herramientas y un espacio para guardar sus proyectos,
que debe respetarse por parte del resto de los grupos (no se
tocan las herramientas ni los proyectos de otros grupos).
4. En los últimos 5 minutos de cada clase, los grupos se
encargarán de organizar y limpiar el aula taller (subir sillas y
taburetes, recoger herramientas y materiales,…). Esto permitirá
que los compañeros que vayan a trabajar después en el aula
taller puedan hacerlo en las condiciones adecuadas de orden,
seguridad y limpieza.
5. Pedir permiso al profesor/a para: salir del aula, levantarse,…
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
37
6. No levantarse todos a la vez para coger algo. No amontonarse
en la puerta para salir. No correr ni jugar dentro de la clase. No
escribir en la mesa
7. Atender a las explicaciones del profesor sin interrumpir.
Obedecer las indicaciones del mismo. Respetar al profesor y a
los compañeros.
8. En el taller hay armarios de uso exclusivo del profesor. Debes
pedir permiso si quieres algo de su interior.
Con respecto al uso de las herramientas
1. Consulta cualquier duda antes de utilizar una herramienta,
máquina o instalación. Evita las bromas y los juegos con
herramientas y máquinas.
2. Comunica al profesor/a cualquier lesión o incidencia
3. Trabaja en silencio; de esta forma aumentará tu concentración
en el trabajo. Además, el ruido provoca un aumento de la
irritabilidad.
4. Respeta el trabajo de los demás y la distancia de seguridad
cuando realices cualquier tarea.
5. Coge la herramienta que vayas a usar del panel de tu grupo y
vuélvela a dejar en su sitio cuando termines de trabajar.
6. Usa siempre las máquinas-herramientas con el permiso y bajo
la supervisión del profesorado.
Con respecto al uso de materiales del taller
1. Usa de manera correcta el material del taller, sin desperdiciarlo
ni romperlo. Recicla y usa materiales reciclables cuando sea
posible.
2. Pedir al profesor/a el material necesario, devolviéndolo después
Con respecto a los ordenadores del aula de informática
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
38
No tocar los ordenadores sin permiso. Estos solo se usarán para
realizar las actividades indicadas por el profesorado y nunca para
descargarse música, juegos ni para visitar páginas no permitidas.
6.6.6 Mobiliario, material y otros recursos.
Existe material informático y audiovisual para uso del profesorado en
conserjería. Se debe reservar hora, indicándola en los cuadrantes
disponibles en la sala de profesores.
6.6.7 Secretaría.
A principio de curso se informará a las familias por escrito del horario
de secretaría.
Los Certificados deberán solicitarse con 24 horas de antelación,
anotándose en una hoja disponible en la Secretaría.
6.6.8 Conservación y reparación de las instalaciones.
1. Las instalaciones, el material, el mobiliario, libros, etc., son
bienes que se deben mantener en las mejores condiciones de
uso para las presentes y sucesivas promociones.
2. Todos los miembros de la Comunidad educativa respetarán los
bienes inmuebles y las instalaciones del Centro así como los
bienes ajenos. Los padres o tutores serán responsables de los
perjuicios causados voluntariamente o por negligencia de sus
hijos o pupilos menores de edad.
3. Cada uno es responsable de aquello que le pertenece y por ello
no deberá dejar nada abandonado, especialmente dinero u
objetos de valor.
4. La desaparición de cualquier pertenencia será inmediatamente
comunicada al tutor, en el caso de que se trate de un alumno,
quien, a su vez, lo pondrá en conocimiento del Jefe de Estudios
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
39
correspondiente, y directamente al Jefe de Estudios en los
demás casos.
5. Los objetos ajenos encontrados se entregarán en secretaría y a un
cargo directivo.
6. Para colaborar en la limpieza del Centro se utilizarán las papeleras
distribuidas por los inmuebles y los patios. No se tirarán al suelo
desperdicios y se cuidarán especialmente los aseos o lavabos.
7. Aunque están destinados a la expansión y al disfrute deben
respetarse y cuidarse las plantas, árboles, y todo el mobiliario del
centro.
8. En la conserjería existen partes de rotura o desperfecto de aulas
que deberán rellenarse en caso de que algún profesor detecte
alguna anomalía y entregarse en la Secretaria.
6.6.9 Servicio de reprografía.
1. La solicitud de fotocopias por los profesores se realizará con
veinticuatro horas de antelación, salvo que su número sea
inferior a cinco.
2. La expedición de fotocopias u otros documentos de reprografía
requerirá la conformidad del director del centro que puede
fijarla con carácter general o para cada caso, individualmente,
cuando estime que el trabajo y el gasto sean elevados.
3. Los alumnos podrán obtener fotocopias, abonando la cuantía
fijada en el centro en el horario exclusivamente señalado para
los mismos.
4. No se fotocopiarán libros completos, salvo por orden expresa de
la dirección o de la secretaría, respetando lo fijado en la Ley
22/1987, de 11 de noviembre.
5. Las fotocopias destinadas a la labor docente serán cargadas a
las dotaciones presupuestarias de departamentos que
anualmente se adjudican conforme al presupuesto del Centro,
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por lo que serán solicitadas por los profesores con la debida
antelación.
6. El servicio de reprografía entiende que el solicitante de
fotocopias cuenta con la debida autorización para reproducir
obras originales.
7. La utilización y conservación de los distintos aparatos de
reprografía será de exclusiva responsabilidad del personal de la
dependencia que tendrá un horario marcado desde el comienzo
del curso.
8. No les está permitido a profesores y alumnos el uso directo de
ningún aparato del servicio de reprografía.
9. Del uso del servicio de reprografía y del material existente en
esta sala se dejará constancia escrita al subalterno.
10. La realización de fotocopias y multicopias particulares
solicitadas por alumnos, profesores o personal de
administración y servicios, y de las que siempre será abonado
su importe, estará supeditada a las necesidades del centro.
11. Los precios de las fotocopias se fijarán, previo los trámites
correspondientes, y se publicarán en la dependencia de
Reprografía.
7. EL TRANSPORTE ESCOLAR
7.1 Normas
1. El servicio de guaguas es una prolongación del horario escolar
y, por tanto, los responsables y los alumnos deben esforzarse
por vivir las mismas normas de convivencia y educación que se
enseñan en el instituto. El incumplimiento de las normas o
malas conductas intencionadas se notificará a las familias así
como al Tutor/a y Jefe de Estudios y se tomarán las medidas
pertinentes.
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41
2. El servicio de guaguas cuenta con un responsable o monitor
acompañante por línea, que se encarga del orden y la seguridad
de los alumnos dentro del autobús, en las subidas y bajadas del
mismo, así como de acompañar a los alumnos en el recorrido
desde el centro hasta la parada y viceversa. El trabajo de los
responsables es la vigilancia de los alumnos desde que suben a
la guagua en sus respectivas paradas hasta el centro y
viceversa.
3. Durante el tiempo existente entre la llegada de los monitores al
centro y el comienzo de las clases el alumnado debe
permanecer dentro del recinto escolar.
4. Cuando los alumnos suben a la guagua deben hacerlo de modo
ordenado, sin empujarse siguiendo el orden establecido por el
monitor, saludando con educación. Siempre viajarán sentados
ocupando un asiento con el cinturón puesto, si el autobús
dispone de ellos.
5. Dentro de la guagua no se puede consumir golosinas, ni
bebidas; de esta manera, entre todos lo mantendremos más
limpio. Cuando un alumno no cumpla las normas mínimas de
convivencia el responsable le corregirá. Si la actitud negativa es
repetitiva, informará al Equipo directivo. El Centro, a través del
responsable del servicio, podrá excluir del transporte, de forma
temporal o definitiva, a cualquier usuario/a que por su
comportamiento se haga acreedor/a de ello.
6. Los horarios del transporte y en consecuencia de la recogida y
entrega de los alumnos pueden sufrir pequeñas modificaciones
debido a distintos factores, entre ellos las incidencias del
tráfico. En el servicio de recogida los alumnos deberán
presentarse en la parada 5 minutos antes de la hora prevista de
paso de la guagua con el fin de evitar retrasos.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
42
7. Un alumno/a que ha acudido al centro haciendo uso del servicio
de transporte debe regresar a casa en el mismo, debiendo los
padres dar aviso por escrito al centro el día anterior de que a la
salida no se va a hacer uso del servicio de transporte.
8. La guagua es un lugar más de convivencia, en donde lo más
importante es la SEGURIDAD.
9. No debemos molestar al conductor, porque él debe
concentrarse en el volante, la carretera...
10. Ocuparemos el sitio que nos indique la persona responsable de
la ruta para evitar molestar al conductor y respetar el orden de
las paradas, sin trasladarnos de asiento.
7.2 Funciones del responsable de ruta
1. Atención y cuidado del alumnado usuario durante el transporte
y en el acceso y abandono del vehículo, así como recogida y
acompañamiento desde y hasta el interior del recinto escolar,
permaneciendo en dicho recinto hasta la entrada a clase.
2. Velar por la seguridad de los alumnos en las paradas
establecidas.
3. Realizar el control de asistencia diario.
4. Conocer los mecanismos de seguridad del vehículo y utilizarlos
cuando sea necesario para la seguridad del alumnado.
5. Instruir al alumnado en el buen comportamiento dentro del
autocar y velar por el cumplimiento de las normas establecidas.
6. Comunicar a la dirección del centro toda incidencia relevante
que se produzca.
7. Atención al alumnado en caso de accidente escolar durante la
prestación del servicio.
7.3 Deberes del alumnado
1. Respetar al conductor y acompañante, así como a sus propios
compañeros.
2. Respetar las normas.
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3. Respetar el autobús y sus enseres.
4. Dar buen uso al vehículo, manteniéndolo limpio y evitando:
tirar papeles, cáscaras, escribir en los asientos o laterales,
golpear,...
5. Ir sentados durante el trayecto y con el cinturón abrochado (si
el autobús dispone de ellos).
6. Ir en orden desde el centro hasta la guagua sin correr ni gritar
a la subida, dentro, ni bajada de la guagua.
7. Puntualidad.
Todos los alumnos usuarios aceptarán las normas legales de
seguridad y comportamiento dentro de la guagua aunque no estén
especificadas en este reglamento. Tiene pleno vigor todo lo
establecido en las Normas del centro sobre convivencia y
comportamiento.
8. LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y
COMPLEMENTARIAS
Orden 15 de enero de 2001
Orden de 19 de enero de 2001
Orden de 6 de febrero de 2001, modificada por orden de 19 de
febrero de 2001.
1. El Jefe de Estudios del centro es el responsable de la
organización de las actividades complementarias y
extraescolares.
2. Se entiende por actividades complementarias las actividades
educativas, desarrolladas dentro de la jornada escolar, que
están directamente ligadas al desarrollo del programa de una
materia o módulo, siendo un complemento de la actividad del
aula y figura en la programación del departamento didáctico.
Estas actividades son obligatorias para todos los alumnos
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siempre que sean gratuitas y, voluntarias si se percibiese
alguna contraprestación. En todo caso son siempre
obligatorias para los profesores.
3. Son actividades extraescolares las actividades educativas,
desarrolladas fuera de la jornada escolar, dentro o fuera del
recinto del centro, que por su carácter genérico tienen que ver
con el desarrollo formativo y educacional más amplio. Estas
actividades son voluntarias, lo que requiere la aprobación
expresa del alumno o de sus padres o tutores, según
corresponda en función de la edad y de la situación legal del
alumno. Se podrán considerar como tales los viajes así como
los intercambios. Los gastos de estas actividades correrán a
cargo de las familias de los alumnos; no obstante, el Consejo
Escolar, a propuesta de la Dirección, podrá aprobar una
aportación del centro, siempre que exista disponibilidad
económica, para que ningún alumno sea privado de participar
en ellas por circunstancias socioeconómicas o cuando su
aprovechamiento académico así lo aconseje. A pesar de su
carácter voluntario ningún alumno será discriminado en su
participación. Las subvenciones a los alumnos en los viajes de
estudios estarán siempre condicionadas a que los padres o
tutores legales de éstos se encuentren al corriente en sus
obligaciones económicas con el Centro.
4. Para el desarrollo de actividades extraescolares y/o
complementarias fuera del Centro los alumnos estarán
acompañados por profesores. La realización de estas
actividades requerirá la aprobación del Consejo Escolar, bien
como una parte integrante de la programación anual, bien
como un acuerdo puntual.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
45
5. El coste de aquellas actividades que no puedan ser sufragadas
totalmente por los organizadores de las mismas, correrá a
cargo de los usuarios. El hecho de no efectuar el pago en la
forma que se determine supondrá la pérdida del derecho a
participar en la actividad correspondiente. No obstante, el
Consejo Escolar del centro o los organizadores deberán arbitrar
medidas compensadoras para aquellos alumnos y alumnas que,
por su situación familiar, no pudieran hacer frente al pago de la
actividad.
6. Todos los alumnos y alumnas tienen el derecho y el deber de
participar en las actividades complementarias que se
programen, salvo que se excluya su asistencia por motivos
disciplinarios o de otra índole, de acuerdo con lo previsto en la
legislación vigente y en estas normas de organización y
funcionamiento.
PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE CADA ACTIVIDAD
1. Cada departamento debe recoger en su programación la
planificación de las actividades extraescolares y
complementarias que se van a realizar durante el curso.
La información mínima que debe aparecer es la siguiente:
1. Denominación de la actividad.
2. Objetivos de la actividad.
3. Lugar de celebración.
4. Fecha aproximada de realización.
5. Grupos implicados.
2. Las actividades extraescolares y complementarias debidamente
argumentadas deberán ser propuestas al Consejo Escolar para
su aprobación.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
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3. Antes de la realización de cada actividad y una vez aprobada
por el Consejo Escolar, los profesores deberán ponerse en
contacto con Jefatura de Estudios para cumplimentar la
documentación necesaria, enviar a los padres tanto una circular
informativa como las autorizaciones.
4. Los profesores coordinadores de la actividad deben recabar la
información médica sobre los alumnos que presentan
problemas médicos.
5. Los profesores coordinadores de la actividad deben recoger las
aportaciones económicas de los alumnos/as y rellenar el
documento económico facilitado por jefatura.
5. Toda la documentación debe ser entregada en secretaría como
mínimo con dos días de antelación. Si la actividad requiere
pernoctación este plazo deberá ser de dos semanas.
6. Una vez realizados los pasos anteriores y con la autorización de
la dirección del Centro, la Jefatura de Estudios gestionará el
servicio de transporte.
7. Los profesores implicados en la actividad deberán preparar el
material necesario para aquellos alumnos que no van a recibir
clase por ausencia del profesorado y para al alumnado que no
haya sido autorizado a asistir a la actividad.
8. Se precisa que en aquellas actividades consistentes en
ponencias, conferencias o similares, se les informe a los
alumnos por parte de los organizadores, previamente, quién o
quiénes son los ponentes (breve reseña sobre su currículo) así
como al profesor que vaya a presentarlo.
9. COMUNICACIÓN CON LOS SERVICIOS SOCIALES.
De manera periódica la Jefatura de Estudios establecerá reuniones
con los servicios sociales.
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
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10. DIFUSIÓN DEL NOF A LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
10.1 Información del tutor y de los profesores.
Al inicio de cada curso escolar y durante el mes de septiembre se
hará una reunión de padres y madres donde el tutor/a de cada grupo
se presentará y les informará de los aspectos más relevantes del
funcionamiento del centro contenidos en el presente documento.
Así mismo, el alumnado será informado por los tutores del NOF a
comienzo de curso. Se realizarán tutorías en este sentido dentro del
Plan de Acción tutorial.
10.2 Información del Equipo Directivo.
El equipo directivo informará a las familias de los aspectos más
relevantes del NOF en la reunión de principio de curso.
10.3 Circulares informativas y página web.
A comienzo de curso se enviará a todas las familias una circular
informativa sobre los aspectos más relevantes del NOF y de interés
para las familias: entrada/salida, protocolo de accidentes,
justificación de faltas de asistencia, normas de convivencia del
centro…
Para poder llegar más lejos se publicará en Internet el documento
íntegro para que pueda ser consultado por cualquier miembro de la
comunidad educativa.
11. PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DEL NOF.
El presente reglamento podrá ser modificado en cualquiera de sus
puntos. Para ello será necesario que las propuestas se efectúen por
escrito a la Dirección del Centro que las trasladará al Consejo Escolar
para que sean conocidas y estudiadas por los representantes de los
distintos sectores. Para su aprobación y consiguiente inclusión será
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO SIES EN ARONA
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preceptivo el acuerdo de la mayoría de dos tercios del total de
miembros del Consejo Escolar.
12. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DEL NOF.
Las presentes normas de Organización y funcionamiento se aplicarán
a partir del día siguiente a su aprobación en el Consejo Escolar.
Para su correcta aplicación se tomarán las siguientes medidas:
1. Se depositarán copias diligenciadas en la Secretaría y en la
Conserjería.
2. Se publicará en la página web del centro
3. Se entregará a cada profesor/a un extracto del documento.
4. Se entregará una copia al AMPA.
DILIGENCIA.- Se extiende para hacer constar que el presente documento
correspondiente a las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro ha
sido aprobado en la sesión de Consejo Escolar de 23 de enero de 2012.
VºBº
El Director La Secretaria del CE
Fdo.: Félix Pérez Hernández Fdo.: Trinidad Muñoz Garriga
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ANEXOS
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ANEXO I
PROTOCOLO PARA LA SALIDA DE LOS ALUMNOS DEL CENTRO
EN HORARIO LECTIVO
Los alumnos/as sólo podrán salir del Centro en horas de clase por
motivos justificados (por ejemplo consulta médica) en los
siguientes casos:
1. Si su padre, madre o tutor/a legal lo recoge en el Centro.
Dejando constancia documental en el libro de salidas.
2. Si la persona que acude a recogerlo es un hermano/a (mayor de
edad), tío/a, abuelo, pareja del padre o madre, vecina, etc.
deberá traer una AUTORIZACIÓN del padre, madre o tutor legal,
adjuntando fotocopia del DNI de la persona que autoriza la salida.
Dejando constancia documental en el libro de salidas.
La autorización y la fotocopia del DNI se archivarán en una carpeta
dedicada al efecto.
3. Si la persona que acude a recogerlo figura en la AUTORIZACIÓN
A TERCEROS archivada en la conserjería del centro. Dicha
persona deberá identificarse y dejar constancia documental
en el libro de salidas.
En ningún caso se aceptará una autorización para salir del
centro por vía telefónica, pues debe quedar constancia
documental.
Si no se cumple alguno de estos requisitos, los alumnos/as
no podrán salir del Centro.
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ANEXO II
ASUNTO: SOLICITUD DE PERMISOS
DATOS DEL PROFESOR/A
APELLIDOS NOMBRE DNI
ESPECIALIDAD SITUACIÓN ADMINISTRATIVA
PERÍODO DE TIEMPO QUE SOLICITA
Nº días:_________
Fecha de comienzo:
____/_____/20___
Fecha de incorporación al centro:
____/_____/20___
En caso de que la falta sea sólo una parte de la jornada indicar las horas lectivas y complementarias: HL:_____________ HC:_____________
MOTIVO DE LA AUSENCIA CÓDIGO
DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTAN
En Arona, a________ de __________________de 20____
Vº Bº
EL DIRECTOR EL PROFESOR/A
Fdo.: Fdo.:
ESTA SOLICITUD NO SUPONE LA JUSTIFICACIÓN DE LA FALTA
EL DOCENTE, UNA VEZ INCORPORADO AL CENTRO, DEBERÁ RELLENAR EL
CORRESPONDIENTE IMPRESO APORTANDO LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA
JUSTIFICAR LA AUSENCIA
SR. DIRECTOR DEL SIES EN ARONA
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ANEXO III
ASUNTO: PARTE DE JUSTIFICACIÓN DE FALTAS DEL PERSONAL DOCENTE
DATOS DEL PROFESOR/A
APELLIDOS NOMBRE DNI
ESPECIALIDAD SITUACIÓN ADMINISTRATIVA
FECHAS DE LA AUSENCIA
Nº día :__________
Fecha de comienzo:
____/_____/20___
Fecha de incorporación al centro:
____/_____/20___
En caso de que la falta sea sólo una parte de la jornada indicar las horas lectivas y complementarias: HL:_____________ HC:_____________
MOTIVO DE LA FALTA
DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA
En Arona, a________ de ___________________de 20____
EL PROFESOR/A
Fdo.:
INFORME DEL DIRECTOR DEL CENTRO
CÓDIGO MOTIVO DE LA FALTA:
Vista la presente solicitud la Dirección del Centro informa:
Favorablemente
Desfavorablemente por el siguiente motivo: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
En Arona, a________ de ___________________de 20____ EL DIRECTOR
Fdo.: Félix Pérez Hernández
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ANEXO IV
ANEXO IV: PARTE DE INCIDENCIAS
FECHA: HORA:
PROFESOR/A:
MATERIA:
ALUMNO/A: GRUPO:
INCIDENCIA:
ARGUMENTOS DEL ALUMNO:
FIRMA DEL ALUMNO/A FIRMA DEL PROFESOR/A
TIPO DE CONDUCTA:
CARÁCTER LEVE (SE ENTREGARÁ AL TUTOR/A)
Medidas adoptadas por el profesor:
Reflexión en lugar apartado dentro del aula sobre la conducta inadecuada concreta y sus consecuencias.
Reconocimiento de la inadecuación de la conducta, ante las personas que hayan podido resultar perjudicadas.
Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conducta correctas.
Realización de alguna tarea relacionada con el tipo de conducta inadecuada.
Compromiso escrito entre el profesor o profesora y el alumno o alumna.
Apercibimiento verbal con posterior comunicación a la jefatura de estudios y a sus familias.
Conductas que son contrarias a la convivencia de carácter grave.
Conductas que perjudican gravemente la convivencia.
(ENTREGAR PERSONALMENTE AL JEFE DE ESTUDIOS, O EN SU AUSENCIA, AL DIRECTOR)
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ANEXO V
Cómputo trimestral de faltas para no aplicar la evaluación continua
30% DE FALTAS DE ASISTENCIA TRIMESTRAL
Materias
h/sem.
Nº faltas correspondientes al
30% trimestral
5 18
4 14
3 11
2 7
1 4
Materias
h/sem.
10%
anual
20%
anual
30%
anual
5 h/sem 18 35 53
4 h/sem 14 28 42
3 h/sem 11 21 32
2 h/sem 7 14 21
1 h/sem 4 7 11
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ANEXO VI
DOCUMENTO ECONÓMICO DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
Y COMPLEMENTARIAS
ACTIVIDAD:______________________________________________________________
FECHA: ____________________________________
ALUMNADO SOCIO DEL AMPA
Nº ALUMNOS APORTACIÓN POR ALUMNO TOTAL
RESTO DE ALUMNADO
Nº ALUMNOS APORTACIÓN POR ALUMNO TOTAL
ALUMNADO SIN APORTACIÓN
Nº ALUMNOS
A RELLENAR POR EL CENTRO
COSTE DE LA ACTIVIDAD €
TOTAL APORTACIONES €
DIFERENCIA A CUBRIR POR EL CENTRO €
OBSERVACIONES:______________________________________________
____________________________________________________________
En Arona, a ______ de ________________ de 20____
El coordinador/a VºBº Director
Fdo.: Fdo.: