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EL E SCRIBANO Avanza la reglamentación de la Ley de Regularización Dominial Podrán inscribir sociedades en quince días hábiles Historia y desarrollo de la profesión notarial Revista del COLEGIO NOTARIAL DE MENDOZA. Año 2 · Número 17 - Setiembre 2010

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ELESCRIBANO

Avanza la reglamentación de laLey de Regularización Dominial

Podrán inscribir sociedadesen quince días hábiles

Historia y desarrollo de laprofesión notarial

Revista del COLEGIO NOTARIAL DE MENDOZA. Año 2 · Número 17 - Setiembre 2010

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AUTORIDADES EDITORIAL

STAFF

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EnMendoza hay una larga tradición democrática dentro del notariado.Noes casualidad que haya sidoMendoza el lugar en donde las escrituraciones masivasllegaron –mediante convenios con el IPV– antes que en otras demarcaciones delpaís. Ninguna escribanía debe beneficiarse con la exclusividad del trabajo oficial. ElColegio Notarial y la Caja de Jubilaciones de Escribanos han logrado un nuevoacuerdo con el Directorio del Instituto Provincial de la Vivienda, en el que se con-templan honorarios reducidos (50%) del mínimo, y aportes a nuestra caja directa-mente desde la repartición estatal. En dicho acuerdo trabajaron para su elaboraciónlas escribanas del instituto y miembros del Consejo Superior del Notariado. Elacuerdo incluye las escrituraciones masivas con el Promeba (Programa Mejora-miento de Barrios). Cabe recordar que recientemente se firmó otro acuerdo con laCOVIAR (Corporación Vitivinícola Argentina) en el que se plasman bonificacio-nes de honorarios con fines de desarrollo vitícola.

Una comisiónmixta integrada por el ColegioNotarial y el Poder Ejecutivode la Provincia ha confeccionado un proyecto de reglamentación de la llamada LeyPierri de Regularización Dominial (Ley 24.374) para su aplicación en Mendoza.Esta tarea tuvo su piedra angular el 30 de diciembre de 2009, cuando el goberna-dor Celso Jaque suscribió un decreto por el que daba nacimiento a dicha comisión.Esta ley tiene por objeto ingresar al circuito inmobiliario, jurídico, registral y catas-tral, numerosas viviendas en estado no judicializado y que no forman parte de lasoperatorias del IPV. Se trata de una ley de verdadera y tangible inclusión social.

Pero la inclusión será también en relación a los notarios de Mendoza. Enestos proyectos, las escrituras no las harán un grupo de notarios, sino todo lo con-trario, las llevará a cabo el notariadomendocino y será condición esencial el prorra-teo justo y ordenado, merced a un riguroso sorteo del que saldrán los notariosautorizantes de lotes de escrituras, de acuerdo a un listado asignado por el orden desorteo. Es decir que, tanto en las escrituraciones con IPV como las que se realicenbajo el programa de la Ley 24.374 serán realizadas con la más amplia participaciónde todos los notarios de Mendoza.

Francisco Javier Guardiola*

PresidenteNot. F. JAVIER GUARDIOLA

VicepresidenteNot. ERNESTO C. A. AYUB

SecretariosNot. N. ALICIA MOTTANot. GUILLERMO CHAMORRO

TesoreroNot. PABLO A. MARINO

ProtesoreraNot. MARÍA TERESA ARAGONA

Consejeros titularesNot. SANTIAGO AZZARELLONot. RICARDO ORQUÍNNot. MIGUEL ÁNGEL SANTOLÍN

Consejeros suplentesNot. SERGIO SUÁREZNot. MAGDALENA ANALLA DELÓPEZ CECCONot. FERNANDO CALDERÓNNot. MARÍA MARTA DÍAZNot. GUSTAVO D. ROSSO

Producción periodística y comercialAndrés Reynaud

Diseño gráficoGonzalo Escudero

CorrecciónClaudia Pagliarulo

FotografíaMarcelo Carubín

ImpresiónCorsino Impresores

[email protected]. 155917161

La regularización dominial (Ley 24.374)la realizarán todos los notarios deMendoza

*El autor es presidente del Colegio Notarial de Mendoza.

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Avanza la reglamentación dela Ley de Regulación Dominial

Actividades culturales enel Colegio Notarial

Entrevista al senador provincialMiguel Serralta (PJ)

Implementan una Ventanilla Únicapara el registro de sociedades

Historia y desarrollode la profesión notarial

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SUMARIO

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Avanza la reglamentaciónde la Ley de RegularizaciónDominial para Mendoza

Cuando esté definido el marco legal sobre el cual está trabajando una co-

misión del Colegio Notarial, se beneficiará a las personas que tienen su vi-

vienda sin título, se mejorarán las bases catastrales y también habrá más

contribuyentes. Todos los notarios participarán de las regularizaciones.

El 30 de diciembre de 2009, el Colegio No-tarial de Mendoza firmó un convenio conel Gobierno de Mendoza a través del cualambas partes se comprometían a comenzara trabajar para avanzar en la reglamentaciónde la Ley Nacional 24.374 de RegulaciónDominial. Con esta iniciativa se busca in-cluir a las viviendas (no judicializadas y queno formen parte de las operatorias del Ins-tituto Provincial de la Vivienda), en el cir-cuito inmobiliario, jurídico, registral ycatastral. Este avance, además de sus alcan-ces sociales y legales, es importante para losescribanos debido a que ese trabajo lo rea-

lizarán todos los notarios mendocinos y nosólo un grupo, como se explica en el edito-rial de esta edición.

Déficit habitacional y marginalidadjurídica

Con relación al derecho a la vivienda, dosson los problemas básicos existentes ennuestro país: el déficit habitacional y la mar-ginalidad jurídica en que se encuentran losposeedores de tierras y casas que no pue-den obtener el título de propiedad de la vi-vienda que compraron y ocupan.

En cuanto a las razones por las cuales no sepuede escriturar se puede mencionar:

1. El domicilio desconocido del vendedor.

2. Personas jurídicas que no existen.

3. La necesidad previa de iniciar un procesosucesorio o la intervención en un procesode divorcio.

Son múltiples las causas por las cuales unose puede hallar frente a esta situación demarginalidad jurídica y cabría también lla-

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marla social, económica y cultural.

La onerosidad y complejidad impide a am-plios sectores de la ciudadanía acceder a lavía judicial. Es por ello que deben buscarsesoluciones para que de una forma econó-mica, ágil y también segura, sea posible quetodos los ciudadanos puedan obtener su tí-tulo de propiedad, incorporando así estosinmuebles al comercio, convirtiéndolos encontribuyentes y permitiendo la actualiza-ción del catastro provincial y municipal.

Ventajas

Sostenemos que la implementación del sis-tema de Regularización Urbana y Dominial,eminentemente social, tendrá evidentesefectos positivos, tanto para sus beneficia-rios directos, como para el propio Estado.En el primer caso, porque a muy bajo costoun significativo número de familias accede-rán a un título con valor comercial y aptopara circular en el mercado inmobiliario. Ensegundo término, para el Estado mendo-cino, porque la implementación del régimende Regularización Urbana y Dominial, pre-visto en la Ley 24.374, adquiere mayor rele-vancia si se tiene en cuenta, desde el puntode vista de la justicia distributiva, que el ac-

Convenio y comisión de estudio

Compartiendo la necesidad de analizar eimplementar en la provincia de Mendoza elrégimen previsto en la Ley Nacional 24.374,el gobernador de Mendoza, Celso Jaque yel presidente del Colegio Notarial de la pro-vincia, notario Javier Guardiola, celebraronun convenio de cooperación con la finali-dad de determinar la forma de implementa-ción y reglamentación de la mencionadanorma legal.

Cabe destacar que para ello se conformóuna comisión de estudio integrada por losnotarios: Javier Guardiola, Alicia Motta,María Teresa Aragona, Ángela Conte, PabloMarino, David Ignacio Guiñazú (h), Veró-nica López Motta, Gabriela Sánchez y eldoctor Mauricio Grinspan. La comisióntomó como base para el presente estudio,además del marco legal vigente, la experien-cia que ofrece en el tema la provincia deBuenos Aires, quien lleva más de quinceaños regularizando inmuebles de aquellaspersonas que, por diversas razones, nocuentan con el título de propiedad de la vi-vienda que adquirieron y poseen.

La Ley 24.374 se presenta como una gran

ceso al beneficio permite también incorpo-rar los inmuebles al padrón de contribuyen-tes.

Además, otro de los beneficios es la posibi-lidad para el Estado y los habitantes, de ac-

“Deben buscarse solucionespara que de una forma eco-nómica, ágil y también se-gura, sea posible que todoslos ciudadanos puedan ob-tener su título de propiedad,incorporando así estos in-muebles al comercio,

convirtiéndolos en contri-buyentes y permititendo laactualización del catastroprovincial y municipal”

ceder a financiaciones de organismos inter-nacionales para implementar planes de me-joramiento de sus barrios, llevándolesinfraestructura y urbanización.

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herramienta para la titularización de inmue-bles, con un contenido eminentemente so-cial, ya que los beneficiarios de esteprograma son familias de bajos recursos,que han acreditado la posesión pública, pa-cífica y continua de inmuebles urbanos, concausa lícita, que tengan como destino la vi-vienda única. Como se expuso en el debateparlamentario de la Ley 24.374, se trata deun procedimiento “novedoso, audaz y revo-lucionario dentro del marco legal e institu-cional”, de carácter excepcional.

Articulación con las comunas

Para que este programa social cumpla con

su cometido, entendemos que debe lo-grarse una adecuada articulación entre losmunicipios y el notariado, creándose unaautoridad de aplicación, que debe ser un or-ganismo provincial, ya que no sólo es ne-cesario coordinar acciones, sino tambiéndotar de criterios uniformes al sistema, paradar transparencia y fundamentalmente se-guridad de jurídica.

Lo importante es que quienes lleven ade-lante el proceso conozcan la temática, com-prendan el sistema y coordinen las accionesde los protagonistas, es decir, de los muni-cipios, de las distintas reparticiones públi-cas involucradas y del notariado.

No contamos con un número cierto de be-neficiarios del sistema; sí es importante se-ñalar que los municipios cuentan conrelevamientos efectuados, que permitiríancomenzar rápidamente con la regularizaciónurbana y dominial; cabe mencionar entreellos a la Municipalidad de Las Heras. Delconocimiento actual que se tiene, podemosdecir que en mayor o menor medida, entodos los departamentos de la provincia,existen posibles beneficiarios de este sis-tema de regularización. Será tarea de la au-toridad de aplicación, coordinar las accionestendientes a la implementación del pro-grama con los distintos municipios.

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cuna de Cleopatra y Tutankamón, encon-tramos los inicios del escriba. En la Anti-güedad, donde la escritura tenía comosoporte al papiro, el escriba era quien re-dactaba los contratos y era el asistente in-dispensable de todo magistrado ofuncionario. En esa misma época, y porprimera vez, apareció el documento del es-criba y la figura del testigo.Por su parte, el pueblo hebreo también dionacimiento al escriba, quien ofrecía testi-monio redactado sobre los actos. Segúnsus funciones, se los denominaba escribadel rey, escriba de la ley, escriba del puebloy escriba del Estado.Mientras tanto, en Grecia, los notarioseran oficiales públicos que redactaban losdocumentos de los ciudadanos.

Roma, epicentro de luchas, héroes y unlinaje de dioses y reyes

Después llegarían los romanos y con ellos,otra época para dar fe. Scriba, notarii, tabu-larii, tabelión, eran los nombres para losescribas según sus funciones, en esa época.En pocas palabras, el notarii capturaba la

Orígenes y desarrollode la profesión notarial

exposición oral de un tercero y la asentabamediante signos, abreviaturas y cifras. Eltabularii estaba más orientado hacia los im-puestos, inventarios de propiedad públicay privada y hacia el estado civil de las per-sonas. El rol del tabelión era el de un téc-nico en aspectos de derecho, redactabadocumentos relacionados con la actividadprivada y ofrecía, además, asesoramientojurídico.Es considerado como el principal antece-dente romano del notariado. Lentamente,la palabra se concentraría en otros edictos,otras leyes.

El documento notarial en el Medioevo

Con la caída del Imperio Romano, llegaríael Medioevo y el apogeo del régimen feu-dal. Entre caballeros, nobles, condes y du-ques, Justiniano logró conformar elCorpus Iuris Civilis. Entre otras cosasdecía: “No escriban los documentos enpapel en blanco sino que al principio tengael nombre del que a la sazón sea el glorio-sísimo Conde de nuestras sacras liberalida-des”. También debía quedar especificada

La escritura, representación gráfica de lapalabra, es la palabra misma persistiendoen el espacio y en el tiempo. Ambas seunieron para dar fe de los acontecimientosen un acto que resguarda los derechos delas personas y los pueblos desde hace3.500 años, transmitiéndolos a generacio-nes futuras.El acto intangible de dar fe, acreditandoverdades que sólo son accesibles por me-diación de otras personas, necesitó de unartífice: el escribano. Desde la Antigüedadhasta nuestros días, esta figura recorrió ca-minos íntimamente ligados al desarrollo dela escritura y al devenir de los pueblos y, sibien “el documento hizo al notario, aun-que hoy el notario haga el documento”,como nos recuerda Rafael Núñez Lagos,la tríada compuesta por la palabra, la escri-tura y el escribano siempre fue indisoluble.El Museo Notarial Argentino ha destacadolos momentos fundamentales de la historiadel documento y de la función notarial.

El comienzo

En Egipto, tierra de faraones y pirámides,

En este texto los notarios podrán conocer aspectos poco

difundidos sobre la evolución de la profesión a través de la

historia. Cómo nació y creció en Europa, América y Ar-

gentina y la adhesión al Notariado Latino.

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la fecha y el nombre del Augusto Empera-dor. Quedaba así establecido el protocolode los documentos notariales.Más tarde, El Edicto de Liutprando per-mitió diferenciar los convenios entre ro-manos y longobardos para que éstos seajustaran a sus propias leyes e idioma. Asi-mismo, sostuvo la figura del escriba y laobligatoriedad de su intervención, de igualmodo que en la Antigüedad.Para sellar este período de la Edad Media,el rey Lotario dictó una ley que definía alnotario en su función: prestar juramento,usar signo tabelional y desarrollar su laboren el condado, estableciendo de este modoel principio de la demarcación territorial.Más tarde, el rol del notariado se vería in-volucrado en lo jurídico, poniendo en mar-cha el principio de la fe pública.

Notariado y complicaciones jurídicas

Los jueces y los notarios comenzaron a di-ferenciarse y el artífice de ello fue un sena-dor: su nombre fue Casiodoro. Éste fue unhecho notable pues los escribas aumenta-ron el poder de su actividad: presenciaban,confirmaban y juraban en derecho para darcredibilidad a aquéllos que no estaban pre-sentes. Así dieron inicio al principio de fepública.Posteriormente, la antigua ley romana fuedesplazada por la promulgación del FueroJuzgo, que definió al escribano del rey y alescribano comunal del pueblo o “escriba-nos del número” como se los llama en laactualidad.Surgió luego, en Bolonia, la primera es-cuela notarial, que ejerció una gran influen-cia en el notariado latino, destacándose lalabor de Rolandino, “Príncipe de la Nota-ría”, quien realizó el compendio y sistema-tización de los conocimientos notariales.En España, lejos de esas tierras, se generóun proceso de ordenación legislativa, quetomó parte del derecho romano, germá-nico y de la escuela de Bolonia. Con estosacontecimientos, el Medioevo selló la arti-culación entre la palabra, la fe y el ordenlegítimo.

Obras rectoras

Antes de la Modernidad, y camino haciaella, con el progreso y la razón como suspilares, dos fueron las obras “fundantes”en el ámbito notarial. Se trata del FueroReal y las Siete Partidas. En la primera, seexigía a los escribanos, guardar una copiade las notas y conocer a los otorgantes o a

los testigos, dando lugar a la fe de conoci-miento. En las Siete Partidas se privile-giaba y delimitaba la carta redactada porlos notarios. Debía figurar el nombre delescribano, motivación, pleito, lugar ydemás datos relevantes. Por último, el es-cribano firmaba dando fe en su rol de in-termediario.Otra obra importante fue la ConstituciónImperial sobre el Notariado, dictada porMaximiliano I de Austria. Allí quedabaasentada la equitativa y fructífera actividadde los escribanos de entonces: la conser-vación de la justicia y la paz, y su contribu-ción para perpetuar la memoria de loshechos y de los hombres.Este período influiría profundamente enel crecimiento notarial del siglo XIX enEuropa. Su impacto, aún se expande en elnotariado actual.

La colonización de América y la fun-ción notarial

Colón llegaba con sus naves en represen-tación de los Reyes Católicos de España, aun nuevo continente, todavía sin saberlo.Lo acompañaba Rodrigo de Escobedo, es-cribano de toda la armada.

Génesis del notariado actual

Con la llegada de Napoleón al poder, lasguerras por la conquista de nuevos terri-torios y una revolución industrial en elmedio, la actividad notarial fue amplián-dose en toda Europa.En 1803, en Francia, la Ley del 25 de Ven-toso, año 11, y la Ley Orgánica del Nota-riado de 1862, en España, convinieron endescribir de igual forma la figura del escri-bano: funcionario público extrajudicial au-torizado para dar fe, remarcando sufacultad fedante, limitada en la territoriali-dad donde ejerciera.Por otra parte, la Ley Orgánica impusoque todo notario, requería de estudios uni-versitarios. Estableció la obligación de for-mar protocolo con las escrituras matricesy los principios de la fe de conocimiento.Asimismo determinó la colegiación obli-gatoria como la inamovilidad del notario.Con la colonización de América, en aquelcontinente tan alejado, sucedería algo di-ferente.

La presencia notarial en la Gesta deMayo

El virrey Cisneros se encontraba en elpoder. La Revolución de Mayo ya estabaen puerta; se conformaría el CabildoAbierto y allí se desestimaría la legitimidadde la autoridad del virrey. El 22 de mayode 1810, en aquel Cabildo Abierto, partici-paron los escribanos Tomás José Boyso yMariano García de Echaburu. “El podervolvía al pueblo” con la posibilidad de or-ganizar un nuevo gobierno, tal es así que el25 de mayo se conformaría la PrimeraJunta.El Acta de Mayo, labrada por el escribanodel cabildo, Justo José Nuñez plasmó losnombres de sus integrantes: Saavedra,Paso, Castelli, Moreno, Alberti, y tantosotros que quedaron en la historia por obrade este documento notarial.La presencia notarial tuvo tanto protago-nismo en ese momento, como lo tuvieronlos hechos históricos de nuestro país en1810.

El orden notarial en nuestro país

Surgía la Asamblea de 1813, y con ella unaconocida legislación. Entre otras resolu-ciones, esta asamblea decretó que los es-cribanos españoles debían tomar laciudadanía patria, ordenando que se natu-ralizaran en ocho días para seguir ejer-

Llegaba el descubrimiento, la conquista yla colonización de América. Nombradospor el Reino de Castilla, los escribanos quearribaron a las Indias dejaron registrado ensus actas y con minuciosidad, una sucesiónde fundaciones. Entre ellas, el Acta deFundación de Mendoza, Córdoba, SanJuan, Buenos Aires y muchas otras ciuda-des, entre 1561 y 1593.Al crearse el Virreinato del Río de la Plataen 1776, la Audiencia de Buenos Aires,permitió que la función notarial se regu-lara. Un hecho trascendente, aconteceríacasi 300 años después del descubrimiento,con el Acta de Mayo, en pos de la indepen-dencia de España.

“El Acta de Mayo, labradapor el escribano del cabildoJusto José Nuñez, plasmólos nombres de sus inte-grantes: Saavedra, Paso,

Castelli, Moreno, Alberdi, ytantos otros que quedaronen la hsitoria por obra deeste documento notarial”

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Don Juan Francisco Gutiérrez fue el pri-mer titular de la Escribanía General, ac-tuando durante las presidencias de Mitre ySarmiento. Desde 1984, Natalio Pedro Et-chegaray da fe de nuestra historia más re-ciente.

Colegios de escribanos

Las invasiones inglesas, la batalla de Case-ros, la guerra de la Triple Alianza, y otrosenfrentamientos marcarían la historia ar-gentina. En ese mismo período, el 19 dejunio de 1792, en México, surgía el primerColegio de Escribanos de Latinoamérica,bajo el nombre de Real Colegio de Escri-banos.En Argentina y cercano a esas fechas, elprimer antecedente de una agrupación no-tarial, lo daba la Hermandad de San Ginés.Casi 80 años después, el 7 de abril de 1866,nacía el primer Colegio de Escribanos denuestro país. Un total de 16 notarios labra-ron ese día el “Acta de instalación del Co-legio de Escribanos” cuyo objetivo era,entre otros, defender los intereses comu-nes, promover nuevas leyes en pos de unnuevo notariado y dar a conocer y proyec-tar internacionalmente sus aportes científi-cos y su organización. José VictorianoCabral fue elegido por votación como pri-mer presidente de la flamante institución,para velar por el prestigio y dignidad delcuerpo notarial.La Primera y la Segunda Guerra Mundialmarcarían la historia del mundo, y genera-rían una severa crisis económica en Eu-ropa. Paralelamente, nuestro país seconvertía en el granero del mundo. Prome-diando la mitad del siglo XX, se originabael voto femenino y la mujer comenzaba agozar de una mayor inclusión en la vidapolítica.Previo a este contexto, más puntualmenteen 1866, se aprobaba el estatuto del Cole-gio de Capital Federal y, para 1884, tras lafederalización de Buenos Aires, tomaría elnombre de “Colegio Nacional de Escriba-nos”. En 1934, se cambió la denominaciónpor Colegio de Escribanos de la CapitalFederal, habiéndose ya fusionado con elCírculo de Escribanos Universitarios de laRepública Argentina.Transitando 1947, se sanciona la Ley Orgá-nica Notarial 12.990, un gran hito en lahistoria institucional, que estableció y es-tablece la colegiatura obligatoria y otorga alcolegio, el gobierno de la matrícula, la dis-ciplina profesional, la rúbrica del proto-colo, la legalización de documentos

ciendo.Hacia 1814, comenzarían a asentarse lasescrituras en papel sellado, siguiendo undecreto del escribano Gervasio Antonio dePosadas.En 1830, Juan Manuel de Rosas fijó, me-diante otro decreto, la fórmula de concate-nación: las escrituras debían serconsecutivas una tras de la otra en el pro-tocolo. Este principio estuvo vigente hastamediados del siglo XX.El control notarial y la admisión para ejer-cer estaban a cargo de la Cámara de Ape-

“Fundador del diario LaNación, estadista, perio-dista, político de raza y pre-sidente, Bartolomé Mitreimpulsó en 1863, durante sumandato, la creación de laEscribanía General del Go-bierno de la Nación”

laciones, como también el registro delsigno del notario, presente y obligatorio alfinal de cada escritura. La rúbrica de lasfojas y el control del desempeño de los es-cribanos, en cambio, estaban en manos delministro juez de subalternos.Para culminar este período, en 1853, laConstitución Nacional estableció la divi-sión del gobierno en tres poderes: Ejecu-tivo, Legislativo y Judicial. Las provinciasrecuperaban su autonomía, tenían sus pro-pios tribunales de justicia y mantenían lapotestad de regular la función notarial.

La Escribanía General de Gobierno

Fundador del diario La Nación, estadista,periodista, político de raza y presidente,Bartolomé Mitre impulsó en 1863, durantesu mandato, la creación de la EscribaníaGeneral del Gobierno de la Nación.Desde siempre, el escribano general deGobierno tiene la función de dar fe de losactos de histórica trascendencia: asunción,delegaciones y reasunciones de mando delos presidentes argentinos. Además, certi-fica los actos de juramento de los minis-tros y secretarios del Estado nacional.Dentro de la función de titular del RegistroNotarial del Estado nacional, interviene,entre otras tareas afines, en toda actividadencomendada por el Estado, de carácternotarial.

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notariales y la función de inspeccionar losprotocolos y las escribanías.

El orden notarial en la legislación

Argentina se convertía en un fuerte pro-ductor agropecuario y exportador de ma-terias primas. Los procesos inmigratorioscomenzarán a marcar la población argen-tina por la alta presencia de trabajadoresprovenientes de Europa. Durante este pe-ríodo, el país se integra a la economíamundial.Dentro de este escenario y tras la federali-zación de Buenos Aires, se planteaba unaabundante legislación. Comenzó con elCódigo Civil en 1869 que marcaba la juris-dicción territorial para la validez de losactos. Luego se sancionaron las leyes 1.144y 1.893 y comenzó el uso del sello para re-emplazar al signo notarial. Nacieron el Ar-chivo de los Tribunales y el Registro de laPropiedad.Ser escribano implicaba, además, sosteneruna labor que exigía cada vez mayor profe-sionalización: tener estudios, inscribirse enla Cámara Civil, conocer los códigos Civil,Comercial, Penal, las obligaciones corres-pondientes a los escribanos públicos yprestar juramento. La Ley 7.048 de 1910surgió para jerarquizar aún más la profe-sión, demandando título universitario.La Ley Orgánica del Notariado, sancio-nada en 1947, amplió el aspecto profesio-nal: era imprescindible el título de abogadopara validar la función del escribano.

Unión Internacional del Notariado La-tino

En el mundo, muchos escribanos que tra-bajan en su función fedante, compartierony comparten principios en común dentrodel notariado de tipo latino.Estas convicciones fueron asentadas y va-lidadas en 1948, en el Primer EncuentroInternacional del Notariado Latino, orga-nizado por el visionario escribano argen-tino: José Adrián Negri.Con la presencia de 760 congresistas, re-presentantes de más de dieciocho países–en su mayoría latinoamericanos– acorda-ron y aceptaron compartir esos principioscomunes, formando así la Unión Interna-cional del Notariado Latino. Dos años des-pués, en Madrid, durante el SegundoCongreso Internacional, la Unión quedóconstituida legalmente.En la actualidad son más de setenta y cincolas naciones participantes y la unión cuenta

con representantes ante organismos inter-nacionales como la Corte Internacional deLa Haya, el Mercado Común Europeo y elMercosur.Esta manifestación da cuenta del crecidointerés y compromiso de los escribanos anivel mundial, en la tarea de ser custodiosde la fe pública dentro de la comunidad ala cual pertenecen.

sibilidad de certificar firmas, a diferenciadel modelo latino donde el escribano es unprofesional del derecho que accede al ejer-cicio de la función pública por concurso ypor antecedentes.En consecuencia, en el modelo sajón, lacompañía de seguros constituye, en lasoperaciones entre privados, un actor fun-damental, debido a que ese sistema carecede un aparato jurídico notarial que garan-tice la legalidad y la certeza de las transac-ciones. El mencionado seguro sólogarantiza al adquirente de un inmueble,una compensación económica en el su-puesto de ser vencido en su derecho depropiedad y no el inmueble mismo que sequiso comprar.Por ello, para afirmar la seguridad jurídicanacional es necesario respaldar el sistemanotarial latino que, a través de largos siglosde positiva experiencia, ha garantizado laprevalencia del acto auténtico y la ejecuti-vidad de los documentos notariales. En esesentido, es necesario no caer en el juego dequienes buscan expandir sus negocios des-prestigiando el modelo latino para reem-plazarlo por el sistema de derechoanglosajón.En el sistema notarial latino, la sólida for-mación jurídica del notario y sus debereséticos de imparcialidad, secreto profesio-nal y de conservación de los documentosmatrices hacen que el público deba consul-tar a su escribano cuando las circunstan-cias así lo requieran, por cuanto elasesoramiento previo es tan importantecomo el documento mismo.Así, cuando quiera adquirir un inmueble,celebrar un contrato de locación, consti-tuir una sociedad, conferir poderes gene-rales y/o especiales, reponer un título depropiedad por extravío del original, autori-zar a un menor a viajar dentro o fuera delpaís, otorgar testamento o intervenir encualquier otro acto jurídico o contrato enel que directa o indirectamente estén enjuego sus intereses, debería realizarse laconsulta notarial.La seguridad jurídica es uno de los ejesfundamentales de muchas otras segurida-des que hacen que un país pueda desarro-llarse. Ésa es la labor de los escribanos:generar seguridad jurídica para la pobla-ción desde su ámbito. Sus firmas son unsímbolo de una extensa cadena de tareasprevias y su vocación, ser dignos deposita-rios de la confianza de la gente.

Proyección del notariado latino

Como bien lo ha señalado el escribanoHoracio Luis Pelosi: “La presión por ex-pandir los mercados, profundizada por lacreciente globalización, ha llegado a esfe-ras que podrían erosionar la estabilidad ju-rídica en Argentina. En concreto, elsistema notarial latino, que garantizó his-tóricamente la seguridad jurídica nacional yque se ha constituido en un modelo ejem-plar por brindar estabilidad y transparen-cia en las relaciones económicas, estásiendo amenazado por intereses vincula-dos a la utilización del sistema notarial an-glosajón, que es el otro modelo vigente enel mundo.El avance es promovido por compañíasaseguradoras de los Estados Unidos queconstituyen una pieza de vital importanciapara el correcto funcionamiento de un sis-tema usado en naciones como EstadosUnidos, Australia, Nueva Zelanda, Canadá,India, Hong Kong y Sudáfrica. Por suparte, el sistema latino es empleado, nosólo por países hispanoamericanos, sinotambién por otros como China, los PaísesBajos, Alemania, Suiza, Francia, España,Italia y Japón.La relación entre el modelo sajón y las ase-guradoras se produce porque las garantíasse constituyen a partir de la contrataciónde pólizas de seguros que los interesadospagan de por vida. En el sistema inglés, elnotario no requiere de ningún estudio ysimplemente es el concesionario de la po-

“La labor de los escribanoses generar seguridad jurídicapara la población. Sus fir-mas son un símbolo de unaextensa cadena de tareasprevias y su vocación, serdignos depositarios de laconfianza de la gente”

Este texto fue elaborado por elMuseo Notarial Argentino.

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El doctor Andrés Nicosia asumió como ti-tular de la Dirección de Personas Jurídicasel pasado 29 de abril. Cuando llegó a esepuesto recuerda que esa repartición estabaviviendo “el inicio de una transformaciónque tengo la responsabilidad de llevar ade-lante y que es la implementación del Sistemade Ventanilla Única. Con esto buscamosfortalecer institucionalmente la dirección”.

Nicosia informó que en noviembre esa re-partición se trasladará a un edificio ubicadoen calle José Vicente Zapata y Salta de Ciu-dad. El traslado redundará en beneficio delos profesionales que asisten a realizar dis-tintos trámites a la Dirección de PersonasJurídicas, debido a que contarán con más de3 mil metros cuadrados sólo para esa repar-tición. “Hoy estamos en la Casa de Go-bierno y tenemos 700 metros cuadrados.Más allá de los problemas que todos cono-cemos, esto nos limita mucho y complica laatención de los profesionales. Por eso es queel gobernador decidió alquilar ese inmuebley hacer el traslado”, comenta Nicosia.

También se instalarán cien computadoras,se continuará capacitando al recurso hu-mano y se está avanzando en la elaboraciónde convenios con distintas casas de estudiopara que alumnos avanzados de Abogacía yde Ciencias Económicas realicen pasantíasen la dirección.

Problemas y demoras

Todos estos cambios se deben a que desdehace mucho tiempo, son distintos los incon-venientes que deben enfrentar los diferen-tes profesionales a la hora de inscribir unasociedad en la Dirección de Personas Jurídi-

cas. “Conozco los problemas que hay y lascríticas que se le hacen a esta direccióndesde hace varios años porque los he pade-cido como profesional. Soy abogado, he ve-nido a hacer trámites a la Dirección dePersonas Jurídicas y he tenido la experien-cia, por eso es que no tuve que preguntarcuáles eran las limitaciones, ya las conocía”,indicó Nicosia.

El titular de la Dirección de Personas Jurídi-

cas sabe que los tiempos de esa reparticiónno son los esperados. “Hoy, un trámite estádemorando, en jornadas propias de la admi-nistración pública, unos 90 días hábiles.También se puede demorar por las obser-vaciones que se hacen y porque el quequiere inscribir tarda en cumplir esa obser-vación y ese retraso no es imputable a la di-rección. De todas formas, queremos que enquince días hábiles de la administración pú-blica, estén listas las inscripciones. Esto essin contar las observaciones y las demoras

“Queremos que en quince díasestén listas las inscripciones”

En noviembre, la Dirección de Personas Jurídicas se trasladará a un edificio en el

que tendrá las comodidades necesarias para mejorar la atención y reducir los

tiempos de inscripción de las sociedades, según cuenta su titular, Andrés Nicosia.

Andrés Nicosia, titular de laDirección de Personas Jurídicas.

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en subsanar esa observación. Asumo elcompromiso de bajar los tiempos”, afirmóNicosia.

Párrafo seguido agregó: “Hemos realizadocambios en ese sentido pero vamos a nece-sitar paciencia y que nos hagan todas las su-gerencias necesarias para mejorar, queconsideren oportunas”.

En el nuevo inmueble también funcionaráuna mesa de entradas única para civil y co-mercial, “sin perjuicio que haya atención di-ferenciada respecto de estas materias, habráun jefe de mesa de entradas y con un únicoprocedimiento para que no existan criteriosdispares. Esto le va a dar otra imagen a la di-rección, queremos fortalecer la mesa de en-tradas. Cuando asumí vi que había allíinconvenientes y capacitamos al personal”.

Nicosia explicó que han realizado una rein-geniería del proceso de trabajo que llevabaadelante el organismo. Un grupo de consul-tores hizo un relevamiento de las tareas quehace la dirección, cómo las hace y las demo-ras que se generan. “También analizaron lospasos de los trámites necesarios para laconstitución de SA y SRL. Esto dio un dia-

grama de flujo de las tareas que se desarro-llan y se demostró que había una multiplici-dad de pasos, muchas veces innecesarios,que generaban complicaciones. Las perso-nas que trabajan aquí también participaronen las reformas sugiriendo qué pasos se po-dían eliminar o mejorar. Hemos logradoahora definir un proceso más simplificadoque se implementará de aquí en más. Paraeso también necesitamos emitir un manualde procedimiento, capacitar al personal y es-timamos que podremos empezar a aplicarlocon el traslado del edificio”, afirmó el fun-cionario.

Nicosia no dejó de valorar el traslado de larepartición. “Esto va unido al recurso físico,sino no se podría implementar ningún cam-bio. No podemos hacer todo, ni con la co-rrecta responsabilidad que implica conducirun registro público, porque a partir de latransferencia de competencia del Poder Ju-dicial al Poder Ejecutivo, mediante la Ley7.885, esta dirección tiene que llevar adelanteel Registro Público de Comercio y no hasido más que un archivo, no tiene la inme-diatez que debería tener en cuanto a llevarlos datos. Antes, en el Poder Judicial se con-sultaba y daban los datos, aquí muchas veces

los legajos no están disponibles porque estánen el inmueble que ocupaba la ex bodegaGiol y así se pierde la función que debemoscumplir”, sostuvo.

Sistema de Ventanilla Única

El Sistema de Ventanilla Única busca “inte-grar las base de datos de la Dirección Gene-ral de Rentas, AFIP, Policía, Registro deInhibiciones del Poder Judicial y el Registrode Fallidos y Concursados. Entonces, al pre-sentar la declaración jurada vamos a corro-borar con las bases de datos de estosorganismos, que las personas que quierenformar una sociedad no tiene antecedentes,que son idóneos para ejercer un cargo enuna sociedad porque a través de Internet re-alizaremos el chequeo y tendremos la res-puesta sin demora”.

Además, Nicosia destacó que “cuando el trá-mite esté terminado y junto con la resolu-ción que ordena la inscripción de la sociedaden el Registro Público de Comercio de la so-ciedad, se entregará el número de CUIT, conlo que se simplificará el trámite ya que el ad-ministrado no tendrá que ir con la documen-tación a la AFIP”.

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“El Estado no contribuyea simplificar la tareadesarrollada por el notario”

Además de contar qué proyectos ha presentado y cuál es su visión de la polí-

tica, el senador Miguel Serralta (PJ) da su visión sobre los problemas que tie-

nen los notarios al momento de ejercer su profesión.

Miguel Serralta (PJ) lleva varios años des-empeñándose como senador provincial y enesta entrevista cuenta sus proyectos, da suvisión de la política y señala que los escri-banos tienen problemas generados desde elEstado para desempeñar sus tareas profe-sionales.

–¿Por qué comenzó a hacer política?

–Porque desde chico recibí el cariño de lagente y de vecinos que fueron solidariosconmigo en un momento muy triste de mivida. Eso me quedó grabado en la mente yhoy los veo reflejados en aquéllos que traba-jan por los demás en cada rincón de Maipú.Al comenzar a militar en política pude verque a través de ella y del contacto con lagente, uno puede receptar inquietudes, ne-cesidades que luego –plasmadas en proyec-tos viables– brindan soluciones concretas ala sociedad y que benefician a la provincia.También trato de colaborar con las distintasentidades intermedias de mi departamentoy lamento que, a veces, la necesidad impli- Senador Miguel Serralta (PJ).

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que grandes sumas de dinero que no estána mi alcance, por ejemplo para alguna ciru-gía.

– ¿Por qué eligió al Partido Justicialista?

– Los principios doctrinarios del Justicia-lismo son obtener para la Nación, la sobe-ranía política, la independencia económica yla justicia social. Adhiere a la vigencia plenade una democracia social y participativacomo sistema de convivencia y como formade gobierno para el Estado. Ciertamente loreferido a la justicia social fue lo que mecautivó e impulsó a militar, así es que co-mencé en la Juventud Peronista y luego deconocer en profundidad distintos temas quehacen al Estado y la comunidad es que fuiconcejal, posteriormente secretario de Go-bierno de la Municipalidad de Maipú, dipu-tado provincial y actualmente senador.

– ¿Hoy lo mueven los mismos objetivosque se fijó cuando comenzó en política?Si es así, ¿considera que ha cumplido al-guno de ellos o todavía le faltan?

– Estoy más entusiasmado que cuando em-pecé a trabajar en política porque conozcomás la realidad y los problemas de la pro-vincia, de la gente. Hoy me motiva reunirmecon profesionales, entidades intermedias,uniones vecinales, sindicatos, jóvenes y or-

ganizaciones sociales para escuchar las dis-tintas necesidades, consensuando con dis-tintos políticos y distintos organismos, yaque nadie es dueño de la verdad. He cum-plido objetivos, pero quien está en políticasiempre quiere solucionar más problemas.También me motiva ser intendente deMaipú.

– ¿Cómo considera que es vista hoy laactividad política por la gente?

– En este ámbito, al igual que en otros, haybuenos y malos. Lamentablemente, la gentegeneralizando el mal concepto, mete atodos los políticos en la misma bolsa, sin to-marse aunque sea la molestia de mirar laspáginas de Internet de la Legislatura, paraver qué tipo de proyectos presenta el legis-lador de su departamento. Con esto noquiero decir que yo sea el más superado,solo quiero señalar que hay muchos legisla-dores, de distintos partidos, que se intere-san y ponen muchas ganas en su trabajo.

– ¿Qué proyecto de ley es el que más legustó elaborar?

– Todos los proyectos que he presentadome han sido gratificantes, tanto en su etapade elaboración como en su posterior de-bate. Entre otros, puedo enumerar el de ex-carcelaciones, por el cual si una persona

tiene más de dos antecedentes delictivos ysigue en libertad, a la tercera imputación de-berá dictarse inmediatamente la prisión pre-ventiva. Este proyecto además de brindarmayor seguridad, evita que la sociedad des-crea de la función pública por sus dichos deque los delincuentes “entran por una puertay salen por la otra”. Antes ingresaban anuestro sistema carcelario sólo tres proce-sados, con la sanción de la Ley 7.929 entranen la actualidad de ocho a doce personasprocesadas.

– ¿Cómo considera que los notarios sonconsiderados por otros agentes estata-les? ¿Los respetan, tienen clara su tareacomo depositarios de la fe pública o to-davía falta que les reconozcan su labor?

– El notario no sólo garantiza la seguridadjurídica, sino que además actúa como unagente de retención fundamental para el Es-tado nacional y provincial. Considero que elnotario brinda la seguridad jurídica, la cer-teza del tráfico jurídico. Es la más alta ga-rantía de las relaciones civiles, jurídicas einmobiliarias. Además cumple una funciónmuy importante para el Estado desde elpunto de vista impositivo, ya que actúacomo agente de retención y, en este sentido,considero que el Estado no contribuye asimplificar la tarea desarrollada por el nota-rio.

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Actividades culturalesen el Colegio Notarial

QUÉ ESTÁ HACIENDO ELCOLEGIO

El Colegio Notarial deMendoza ofrece distintas actividades artísticasy diversos talleres culturales para que la comunidad notarial pueda des-arrollar.

El DetectorEl viernes 3 de septiembre se presentó en el Colegio Notarial la obra“El Detector”, dirigida por Luis “Tato” Morón, interpretada por Mi-guel Wankiewicz y escrita por Franciso Javier Guardiola. La pieza te-atral es una adaptación del cuento delmismo nombre, publicado en ellibro Los Agonistas y en el que el detector explica sus más profundospadecimientos existenciales. En la obra, se logra captar la pesadumbrede ElDetector, en permanente lucha contra los invasores que son susenemigos. En el cuento se puede leer: “Los invasores no se quedan contodo lo que la víctima tiene para ofrecer. Ellos mismos seleccionancon qué quedarse. Solo se adueñarán de la diversión del otro, de susmejoresmomentos. A cambio, darán fastidio, y en una dosis suficientecomo para que la víctima pierda las ganas de hacer cualquier cosa que

lo saque de su arcadia, pero sobre todo para que pierda el sentido lúdicode la vida.Quienes no han podido liberarse de estos seres, han terminadoo en el suicidio o simplemente con sus vidas destruidas por la abulia, elhastío y la decepción”.

TalleresLa Primera Circunscripción del Colegio Notarial, le brinda la posibilidada los escribanos de aprender, a través de diferentes talleres, distintas acti-vidades culturales como flamenco (martes y jueves de 15 a 17), guitarra(jueves de 14.30 a 16.30), pintura (miércoles de 15 a 17) y teatro (miérco-les de 14.30 a 16.30). Los interesados en tomar clases de pintura podránhacerlo con la profesora Ana María Gil, mientras que Andra Bonelli seocupará de enseñarles a bailar flamenco a los que prefieran esa opción. Porotro lado, el arte teatral lo enseña el reconocido actor y directorAdrian So-rrentino, mientras que las clases de guitarra las da Lisandro Bertín. Paramás información llamar al 4291509.

Clases de pintura en elColegio Notarial

Miguel Wankiewicz, interpretandola obra El Detector

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Luján hizo cambios en elformulario de transferencia

Festejo por el día delescribano en Los Toneles

El Colegio Notarial festejará el próximo 16 de octubre el díadel notariado latino, este año el lugar elegido es la Bodega LosToneles ubicada en calle Bandera de los andes 1393, dentro deun ámbito cálido y personalizado. Los interesados deberánconsultar en secretaría del Colegio Notarial para adquirir la tar-jeta.Durante el agasajo, los profesionales más destacados del nota-riado mendocino serán distingidos y homenajeados, como asítambién recibirán diferentes premios tales como viajes a dife-rentes lugares de la provincia y del país y regalos especiales.Por otro lado, por el día del notario que se celebra el 2 de oc-tubre, se organizarán diferentes eventos para todos los escriba-nos: deportes grupales e individuales y presentación decuadros, entre otras actividades.

La Municipalidad de Luján informó al Co-legio Notarial de Mendoza que a partir del7 de setiembre de 2010 realizó el cambio delformulario de transferencia, este puede serobtenido a través de internet en el sitiowww.lujandecuyo.gov.ar, dentro de munici-pio en la sección guía de Trámites y ahí en-tontrará el lugar en donde podrá sacar elcertificado de Transferencias. Por otro lado,informó el municipio que se dará un plazode 60 días para la presentación del mismo,pudiendo presentar la versión anterior hastael vencimiento estipulado.

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