el papel del perito en el nuevo sistema

59
La Prueba Pericial La Prueba Pericial Jorge Mario Henao Márquez Jorge Mario Henao Márquez Médico Forense Médico Forense

Upload: investigacion-peritos-forenses

Post on 08-Jul-2015

12.980 views

Category:

Travel


1 download

DESCRIPTION

El Papel Del Perito En

TRANSCRIPT

  • La Prueba PericialJorge Mario Henao MrquezMdico Forense

  • No cambia y no cambiar hasta que la forma de adquirir conocimiento cambie

  • Prueba PericialConcepto Jurdico

  • Yo estudi medicina

  • Gracias por su humildad

    pero

  • Solo cambi la ley.

    La ciencia no.

  • El Papel Del Perito en el Nuevo Sistema PenalJorge Mario Henao MrquezMdico Forense

  • Introduccin 1. Cambio en el Sistema de Justicia Penal. Mixto Acusatorio Colombiano2. Expedicin de un Nuevo Cdigo de Procedimiento Penal.3. Cambio en los Procedimientos.4. Cambios en los Roles de los operadores de Justicia.Juez, Fiscal, Defensor, Ministerio Pblico. 5. Nueva Concepcin de la Prueba Pericial.6. Cambios en el Rol del Perito

  • Solicitud EscritaDictamen Pericial EscritoProduccin de la Prueba Pericial(Esquema Mixto)Necesidad de ConocimientoConocimiento

  • SOLICITUDINFORME PERICIALProduccin de la Prueba Pericial(Esquema Acusatorio)Necesidad de ConocimientoConocimientoRealizar IndagacionesRecolectar DatosEfectuar ValoracionesCientficoTcnicoArtsticoEspecializadoSustentadoEnJuicioOral

  • Impacto del Testimonio del Experto en la Mente del Juez

  • Perito:Quin es ?ExpertoCienciaTcnicaArteOcupacinIdioma

  • Qu es buena ciencia?Que la teora o tcnica pueda ser verificadaQue la teora haya sido criticada por la comunidad acadmica.Qu goce de aceptacin general.Un alto porcentaje de la comunidad cientfica acepta la teora

  • Buena ciencia?En 1997 un hombre tuvo un desgarro de esfago. En los Estados Unidos.Demand a la empresa Frito Lay pues dijo que su lesin haba ocurrido mientras coma Doritos .Busc un cientfico para que determinar la veracidad de su versin.Este hizo pruebas para determinar la resistencia de los pasabocas.

  • Buena ciencia?Tom los tringulos y los someti a fuerzas mientras estaban apoyados en cada una de las bases y en las puntas.Luego se los meti a la boca para ablandarlos con saliva y volvi a someterlos a pruebas para resistenciaPresentaron los resultados en la corteNo fueron admitidos y Frito Lay gan el cas.

  • PeritoQu hace ?Aporta conocimientoVerazEspecializadoEspecfico

  • PeritoCmo lo hace ?Por solicitud expresa.Bajo Juramento.Documentada y Oralmente.

  • PERITOS( C.P.P.)SERVICIO PERICIAL (art 406)Polica JudicialInstituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Entidades PblicasEntidades Privadas.Particulares especializados.

  • Prestacin del servicio de peritosCmo garantizar que el perito no mienta?

  • PERITOS O TESTIGOS TECNICOSNmero y Capacidad Pericial.Nmero no limitado. (art 407)Pueden ser Peritos. (art 408)Ttulo reconocido legalmente (Ciencia, tcnica o arte)En circunstancias diferentes personas de reconocido entendimiento (Ciencia, tcnica, arte, oficio o aficin) aunque NO TENGAN TITULO

  • Como verificar la cualificacin?Con todos los medios de prueba admisiblesIncluyendo el propio testimonio del perito

    Es decir como sea

  • Quines no pueden ser nombrados? (art. 409)Menores de 18 aosLos suspendidos en el ejercicio de su profesin ( o tcnica o arte)Los condenados por algn delito, en caso de no haber sido rehabilitados

  • PERITOS OTESTIGOS TECNICOS (art 410)OBLIGATORIEDAD del cargoServidoreres Pblicos.- Aceptacin ForzosaParticulares (Falta absoluta de aquellos)Causales de EXCUSAEnfermedad imposibilitanteCarencia de medios adecuados para cumplir el encargoPerjuicio grave de sus InteresesSANCION POR INCUMPLIMIENTO DEL DEBERMulta de 10 a 100 salarios mnimos legales mensuales

  • IMPEDIMENTOS (Art. 411 C.P.P. )

    Impedimentos:Conyuge o familiar.Acreedor o deudor.Apoderado o defensor.Amistad ntima o enemistad grave.Sociedad.Heredero.Vinculacin legal a investigacin.

  • COMPARECENCIA DE LOS PERITOS A LA AUDIENCIA (Art. 412 C.P.P. )Por solicitud de los sujetos procesales.Para ser interrogados y contrainterrogados en relacin con los informes periciales que hubiesen rendido, o para que los rindan en la audiencia.

  • Perito impedido para concurrir a la Audiencia. (Art 419).Impedimento Fsico.Sistema de Audio-video (teleconferencia)Traslado del Juez y de las partes para llevar ca cabo la Audiencia en el lugar en que se encuentre el Perito.Interrogatorio y contrainterrogatorio.

  • Presentacin de Informes(art 413)Informe Vs Dictamen.Presentados por las partes.Citacin a la Audiencia.Certificacin anexa sobre Idoneidad del Perito

  • Admisibilidad del Informe y Citacin del Perito (art 414)Audiencia Preparatoria del Juicio oral.Citacin inmediata a la Audiencia de Juzgamiento.Interrogatorio y contrainterrogatorio.

  • EstipulacinNo siempre vamos a ir

  • Base de la Opinin Pericial(art 415)Informe resumido previoBase de la opinin solicitada.Traslado a las partes con 5 das, al menos, de anticipacin a la celebracin de la Audiencia Pblica.Aplicacin de lo pertinente al descubrimiento de la Prueba.Inadmisibilidad como evidencia, si no declara en el juicio.

  • Acceso a los elementos materiales (art. 416)

    Los peritos dentro de la audiencia tendrn acceso de los elementos materiales probatorios a los que se estn refiriendo en su informe.

  • Instrucciones para Interrogar al Perito. (Art 417)Antecedentes que acrediten conocimiento tericoAntecedentes que acrediten conocimiento en el uso de instrumentos o medios.Antecedentes que acrediten su conocimiento prcticoPrincipios que fundamenta las verificaciones o anlisis y grado de aceptacin de los mismos.Mtodos empleados y anlisis relativos al caso.Tcnicas usadas (orientacin, probabilidad o certeza)Corroboracin o ratificacin de otras opiniones pericialesTemas similares.

  • Instrucciones para Interrogar al Perito. (Art 417)RespuestasClaras y Precisas.Derecho de consultar documentos, notas escritas y publicaciones.Fin: Fundamentar y aclarar la respuesta.

  • Instrucciones para Contrainterrogar al Perito (art. 418)Refutar como finalidadTotalmenteParcialmenteUso de cualquier argumento sustentado en principios, tcnicas, mtodos o recursos acreditados en divulgaciones tcnico- cientficas calificadas, referentes a la materia en controversia.

  • PRUEBA PERICIAL (Art. 420 C.P.P. )

    Criterios para la apreciacin del dictamen:

    Idoneidad del perito.Idoneidad moral del peritoFundamentacin tcnico-cientfica.Claridad y exactitud de sus respuestasSu comportamiento al responderInstrumentos utilizadosLa consistencia del conjunto de respuestas

  • Sobre la inimputabilidad (art. 421)El perito no podr referirse a la inimputabilidad del acusado.

    Tampoco se admitirn preguntas para determinar si el acusado es imputable o inimputable.

  • Sobre la prueba novelSe admitir si cumple alguno de los siguientes criterios:Que la teora o tcnica pueda llegar a ser verificadaQue la teora o tcnica haya sido publicada y haya recibido la crtica de la comunidad acadmica del rea.Que se haya acreditado el nivel de confiabilidad de la tcnica cientficaQue tenga aceptabilidad en la comunidad acadmica.

  • Evidencia Demostrativa (art. 423)ConceptoAdmisibilidadPertinenciaRelevanciaFinesEsclarecimiento de los hechosIlustracin del testimonio experto

  • EJEMPLO: Evidencia demostrativa

  • Una pausa

  • InvestigacinQu es?Bsqueda de conocimiento

  • Si es la ciencia la que busca el conocimiento. Cmo se llama esta investigacin?

  • Investigacin cientficaY si es la justicia la que busca el conocimiento.

    Cmo se llama?Investigacin judicial

  • Qu ha logrado la investigacin cientfica?

    Qu ha logrado la investigacin judicial?

  • Similitudes entre ambasTodos tenemos temor al error.

    Por eso todos buscamos evitar el error

  • R/ El ser humanoCul es la primera fuente de error?RaznLo que no se puede explicar desde la razn no se acepta desde la ciencia.EmocinEs capaz de nublar los ojos de la razn

  • Caractersticas del mtodo cientficoObjetividadAtributos que le pertenecen al objeto.No los que yo les pongo

  • Herramientas para determinar la objetividadVerificacinPara verificar se requiere medirLo que es medible permite la demostracin

  • Segunda similitud: El mtodoPlanteamiento del problemaObservacin del fenmenoAnlisis de informacinFormulacin de hiptesis

  • Planteamiento del problemaQu pas?

  • 2. Observacin del fenmenoEn lo judicial se hace una observacin objetiva del objeto

    Aparecen las evidencias

  • Qu es evidencia fsica?Es el elemento fsico que puede hacer objetiva mi observacin

    Es la Unidad Bsica de Informacin

  • 3. Anlisis de la informacinEn lo judicial se conoce como dibujo de ejecucin.

  • 4. Formulacin de hiptesis

    Ojal sean varias.

  • Ejemplo:Caso de una nia que en 1993 fue encontrada muerta en una estacin de polica en Bogot

  • Diferencia entre EF y EMPEvidencia fsica: Ya sabemosElemento Material Probatorio

    No elemento materia de prueba.

    Este lo vamos a usar en el proceso para probar una hiptesis

  • Ahora s, muchas gracias