el sistema de orientación en españa

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LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE ORIENTACIÓN EN ESPAÑA 1. El modelo de orientación que propone el Ministerio de Educación y Ciencia. 1.1. Antecedentes 1.2.- La orientación educativa propuesta en la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo 1.2.1.- Desarrollo normativo de la LOGSE 1.2.2.- Consecuencias inmediatas de la promulgación de la LOGSE a nivel de Ministerio de Educación. 1.2.3.- El modelo del Ministerio de Educación y Ciencia 1.2.4.- Valoración global y crítica del modelo M.E.C. de orientación 2. Los modelos de orientación que presentan las distintas Comunidades Autónomas. 3. Servicios de orientación de otras Instituciones. 1. El modelo de orientación que propone el Ministerio de Educación y Ciencia. 1.1.- Antecedentes

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Un breve recorrido por los sistemas de orientación en las distintas Comunidades Autónomas de España, haciendo especial hincapie en Andalucía

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LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DEORIENTACIÓN EN ESPAÑA

1. El modelo de orientación que propone el Ministerio de Educación yCiencia.

1.1. Antecedentes1.2.- La orientación educativa propuesta en la Ley de Ordenación General del SistemaEducativo1.2.1.- Desarrollo normativo de la LOGSE1.2.2.- Consecuencias inmediatas de la promulgación de la LOGSE a nivel de Ministerio deEducación.1.2.3.- El modelo del Ministerio de Educación y Ciencia1.2.4.- Valoración global y crítica del modelo M.E.C. de orientación

2. Los modelos de orientación que presentan las distintas ComunidadesAutónomas.

3. Servicios de orientación de otras Instituciones.

1. El modelo de orientación que propone el Ministerio de Educación yCiencia.

1.1.- Antecedentes

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1987. La propuesta definitiva que hace el Ministerio de Educación y Ciencia entorno al tema de la Orientación tiene un antecedente muy claro en el año 1987, fecha enque se publicó, mientras preparaba la reforma legal del sistema educativo, El proyecto dela Reforma de la Enseñanza: Propuesta para debate. En el artículo 18 de ese documentose expone todo lo concerniente a la orientación en el marco de las medidas que contribuyena la calidad de la enseñanza. Hoy, desde la perspectiva que disponemos, tras 13 años deimplantación y desarrollo de la Logse, no cabe la menor duda de que este proyecto supusoel primer paso para el establecimiento legal y generalizado de la orientación en el sistemaeducativo.

Esto era en síntesis lo que aportaba dicho documento en lo que se refiere a laorientación:

· La orientación es considerada como un derecho del alumnado.· Se habla de autoorientación.· Aconseja la colaboración con la familia, los profesores y los profesionales de laorientación.· Aconseja la creación de los departamentos de orientación.· Se hablaba de establecer vínculos entre los servicios de orientación dentro y fuera delos centros.

1989. Tras las aportaciones pertinentes y su debate, en 1989 se publicó el famosoLibro Blanco para la Reforma, en el cual aparecieron, en su Capítulo XV hasta un total detreinta puntos que vienen a desarrollar lo expuesto anteriormente, pero aparece un conceptonovedoso como es el de Acción Tutorial:

· Tutoría y orientación educativa constituyen un proceso continuo de atención a laspeculiaridades de cada alumno y alumna, programándose su actividad en función de laetapa que se trate Infantil, Primaria o Secundaria.· La Tutoría está ligada a la práctica docente y pretende, además, estrechar las relacionesfamilia - centro educativo.

Por otra parte, se vuelve a insistir en la creación del departamento de orientación enlos centros, compuestos por personal cualificado, se apunta la organización de los equiposde orientación y apoyo, como redes interdisciplinares actuando en sectores educativos conmodalidades de intervención preventiva y compensatoria, y por último, se trata de modogeneral la formación de los futuros responsables de la orientación: psicólogos o pedagogos.

1990. Un año más tarde, la Dirección General de Renovación Pedagógica, publicaLa orientación educativa y la intervención psicopedagógica, compuesto de cinco partes: Losprincipios básicos de la Orientación, Función Tutorial, Departamento de Orientación, Equiposinterdisciplinares y Medidas gubernamentales, al respecto. Se anticipa con este documento elnuevo modelo organizativo y funcional de la orientación dividido en tres niveles de actuación:

1. La Tutoría,2. El Centro, y3. Los equipos de Sector.

Durante los años 87, 88, 89 y 90 el MEC propició la introducción del Departamentode Orientación en los centros , de modo experimental, e intentaba iniciar los pasos en la

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investigación empírica sobre orientación, pero sobre todo, validar los presupuestos teóricosy modelos orientadores antes mencionados, que más tarde tendrían que formar parte de laLOGSE(1990).

1.2.- La orientación educativa propuesta en la Ley de Ordenación General delSistema Educativo

1.2.1.- Desarrollo normativo de la LOGSE

La Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo, LOGSE, destacabaen su preámbulo que, entre los factores estrictamente educativos cuyas mejoras confluyen enuna enseñanza cualitativamente mejor, la orientación educativa y profesional es un aspecto atener en consideración, junto a la cualificación y formación del profesorado, la programacióndocente, los recursos educativos y la función directiva, la innovación e investigacióneducativa, la inspección y la evaluación del sistema educativo.

Al mismo tiempo incluye, como parte de la función docente, la tutoría y la orientación,siendo un derecho para el alumnado recibirlas en los campos psicopedagógico y profesional.Así, en sus

· Artículo 2. 3, se afirmaba que la actividad educativa se desarrollará atendiendo a unaserie de principios, entre los que se encuentra la atención psicopedagógica y la orientacióneducativa y profesional.· Artículo 22.3, se especificaba que, junto al documento final de calificaciones definal de Etapa Secundaria, los alumnos recibirán una acreditación acompañada de unaorientación no prescriptiva sobre su futuro académico y profesional.· Artículo 27.2, sobre las materias de Bachillerato, se distinguían entre propias demodalidad y optativas, dándoles, entre otras funciones, la de orientar y preparar haciaestudios y profesiones posteriores.· Artículo 55, dentro del Título de Calidad de la Enseñanza, se hacía explícito elcompromiso de los poderes públicos de atender prioritariamente al conjunto de factoresfavorecedores de la calidad y mejora de la enseñanza, entre otros a la orientación educativay profesional.· Artículo 60, dentro del Título sobre Calidad de la Enseñanza, se expresaba que latutoría y la orientación forma parte de la función docente. Los centros se encargarán dela coordinación de esas actividades. Se dice también que las Administraciones educativasgarantizarán la orientación académica, psicopedagógica y profesional de los alumnos, pormedio de profesionales con la debida preparación, en lo que se refiere a las distintasopciones educativas y transición del sistema educativo al mundo laboral, prestandosingular atención a la superación de hábitos discriminatorios que condiciones el acceso alos distintos estudios.

(NOTA. Los dos artículos anteriores, pertenecientes al Capitulo IV, no fueron derogados por la LOCE)

· Adicional Tercera, entre los objetivos para garantizar la calidad de la enseñanza, nºmáximo por aula de 25 alumnos, profesores de apoyo para atender alumnos con problemas,formación permanente el profesorado, figura la creación de servicios especializados de

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orientación educativa, psicopedagógica y profesional que atiendan a los centros queimpartan enseñanzas de régimen general.

1.2.2.- Consecuencias inmediatas de la promulgación de la LOGSE a nivel deMinisterio de Educación.

Una vez aprobada la Ley, una serie de publicaciones en forma de Reales Decretos yOrdenes , jalonan el desarrollo y aplicación real de la propuesta orientadora de la LOGSE,que en forma muy esquemática , se expresa a continuación:

· Año 1991: Real Decreto 986/1991, B.O.E. 25/6/91, donde se destaca, en el artículo 18,la creación progresiva de servicios especializados en orientación educativa, pedagógica yprofesional en centros docentes. Real Decreto 1700/1991, B.O.E. 2/12/1992, que marcael principio de la presencia de personal de orientación profesional en los centros deEnseñanza. Este decreto legislaba la existencia de puestos de trabajo en serviciospsicopedagógicos en los centros de Enseñanza Secundaria. En el Real Decreto 1701/ 91,B.O.E. 2 / 12 / 91, se establecen las especialidades del Cuerpo de Profesores de EducaciónSecundaria y, entre ellas, los profesores de la especialidad de Psicología y Pedagogíadesempeñarán prioritariamente tareas de orientación y de apoyo al profesorado junto aalgunas funciones docentes.

La Orden de 10 / 12 / 91, B.O.E. 18 / 12 /91, convoca concurso de traslados y las condicionespara solicitar las plazas de Tecnología y del Departamento de Orientación, así como laestructura y composición del mismo. En el año 1991, efectivamente, se convocan las primerasOposiciones de Psicología y Pedagogía en Centros de Secundaria para desempeñar funcionesde orientación educativa y de apoyo al profesorado.

· Año 1992: Orden Ministerial de 27 / 4 / 92, B.O.E. 8 / 5 / 92, junto a las instruccionesde anticipación del segundo ciclo de la Enseñanza Secundaria, se destacan las funcionesorientadoras de carácter psicopedagógico y profesional y en las materias optativas se hacemención, por primera vez, a la Iniciación Profesional, que tiene como objetivo básicofacilitar a los alumnos la transición a la vida activa. Las funciones de los Departamentosde Orientación deben incluir, según esta Orden, la orientación educativa y profesionalde los alumnos, la colaboración y el asesoramiento a los tutores sobre planificaciónde actividades de función tutorial; la colaboración con tutores para prever y detectardificultades educativas o problemas de aprendizaje para resolver estas dificultades; lacolaboración con otros departamentos que atienden a alumnos con dificultades deaprendizaje y la colaboración para aplicar programas de adaptación individualizada; laintervención en decisiones sobre evaluación y promoción de alumnos que participan enesos programas de adaptación ; el asesoramiento al comité de coordinación educativasobre aspectos psicopedagógicos y metodológicos; el suministro de información a losalumnos, directamente o a través de tutores, sobre el mercado de trabajo y sobre opcionesprofesionales; y, el asesoramiento a alumnos al final de la ESO.

En la Orden de 9 / 12 / 92, B.O.E. 18 / 12 / 92, se regulan las funciones de los equiposde orientación educativa y psicopedagógica, (E.O.E.P.) que viene a sustituir a los antiguosServicios de Orientación Escolar y Vocacional ( S.O.E.V.s) y a los equipos multiprofesionalesexistentes desde 1977.

· Año 1993: Real Decreto 559/93 de 16 de abril , B.O.E. de 8 / 5 / 93, deroga el Realdecreto 2689/1980 de 21 de noviembre referente a los Institutos de Orientación Educativay Profesional, integrando sus efectivos en los nuevos servicios especializados.

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Real Decreto 929/ 93, B.O.E. 13 / 7 / 93, dicta el Reglamento orgánico de los Institutosde Secundaria, que consta de 8 títulos, el 3º de los cuales señala las funciones delDepartamento de Orientación. El B.O.M.E.C. de 4 de octubre de 1993 regula elnombramiento de los directores de los equipos de orientación Educativa y Psicopedagógica.· Año 1994: B.O.M.E.C. de 30 de mayo de 1994 publica el funcionamiento de losequipos de orientación Educativa y Psicopedagógica ( E.O.E.P.s.)con tres tipos de equipos:generales, de atención temprana y específicos. En el B.O.E. de 20 / 9 / 94 se publica laOrden Ministerial por la que se establece la sectorización de los E.O.E.P.s. Se distinguen,desde entonces, tres tipos de equipos: Generales, que apoyan a los centros de Infantil yPrimaria; Atención temprana, para la detección precoz y atención temprana de alumnoscon necesidades educativas especiales; Específicos, de apoyo a los alumnos con deficienciavisual, auditiva, motora y alteraciones graves del desarrollo.

1.2.3.- El modelo del Ministerio de Educación y Ciencia

A raíz del desarrollo legislativo que acabamos de tratar en el apartado anterior, la orientaciónqueda estructurada, según el Modelo de orientación psicopedagógica del MEC, en tres nivelesde acción paralelos a la organización escolar que se proponían en la LOGSE y que se resumenen tres líneas de actuación claramente definidas:

Þ Orientación a nivel de aula, mediante lo que se denominará a partir de la Ley, funciónTutorial, realizada con los alumnos que forman el grupo/clase. El modelo MEC , hasta 1996en que se suprime la Dirección General de Renovación pedagógica tras la alternancia degobierno a favor del Partido Popular, entiende que la acción tutorial debe : 1) ser continuay ofertarse al alumnado a distintos niveles y en diferentes modalidades de escolarización; 2)ser labor coordinada de las personas e instituciones intervinientes en la educación; 3) atendera las características peculiares de cada alumno; y, 4) capacitar al alumnado a su propiaautoorientación y a una actitud activa hacia la toma de decisiones.La función tutorial, como ha quedado dicho, se considera parte de la práctica docente, aunquela implicación real y directa es del profesor tutor, por lo menos así se refleja en la vida diariade los Centros. Estas son las principales funciones de la orientación en el aula:

· Lograr la inserción del alumno en el grupo.· Facilitar su adaptación escolar.· Prevenir las dificultades de aprendizaje.· Facilitar el conocimiento personalizado del alumno.· Vincular la escuela a la familia.· Favorecer la comunicación en las aulas· Coordinar la actividad docente de los diferentes profesionales que trabajan con el mismogrupo de alumnos.

Þ Orientación a nivel de centro. Se desempeñará por medio de las actividades y funcionesde los Departamentos de Orientación. Estos coordinarán y planificarán la función tutorialdel nivel anterior, así como el resto de las actividades orientadoras a nivel de centro. LosDepartamentos de Orientación, según el M.E.C en su Orden de 27 de abril de 1992 antescitada, son “lugares institucionales donde se llevan a cabo funciones de orientación ytutoría, junto con las funciones de un curriculum adaptado y diferente. Estas funciones,que desarrollamos a continuación, deberían ser llevadas a cabo dentro de la organización

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general del Plan de Estudios del centro, para permitirles funcionar desde un punto de vistaeducativo:

· Coordinar e implementarlos planes de acción tutorial.· Apoyar la acción tutorial asesorando a los tutores y proporcionándoles recursos ymateriales.· Contribuir a la personalización de la educación adaptando el curriculum y programandoel desarrollo individual.· Informar asesorar y orientar de forma personalizada a los alumnos en lo que se refiere alas alternativas académicas y profesionales.· Evaluar y contribuir a la eficacia de la intervención orientadora.· Canalizar la intervención de los Equipos Interdisciplinares de apoyo externo.

En el modelo propuesto por el MEC, según la citada Circular Ministerial de 27 / 7 / 93, latarea prioritaria del departamento de orientación se centró en “participar en la planificacióny desarrollo de las actuaciones que se organicen en el Instituto para atender a la diversidadde los alumnos tanto en lo que se refiere a su capacidad de aprendizaje, a sus interesesy motivaciones, como a las diferencias que entre ellos puedan darse debido a su origensocial o cultural”. Lo cual ha supuesto la participación del Departamento en el conjunto delas decisiones pedagógicas del centro que se recogen en los Proyectos Curriculares, con unaactualización constante de las prioridades de intervención.

ÞLa orientación a nivel sectorial. Se lleva a cabo por los Equipos Interdisciplinarios deSector ubicados fuera de los centros educativos, actuando como un servio exterior de apoyoy organizados por áreas o distritos. Están constituidos, en un principio, por variosprofesionales, especialmente, pedagogos, psicólogos, asistentes sociales, médicos yespecialistas en lenguaje. Llegaron a establecerse tres tipos de equipos: 1) Equipos de atencióntemprana, centrados en la Educación Infantil, para la prevención, detección y diagnóstico decasos de educación especial o trastornos de aprendizaje. 2) Equipos generales, con dedicaciónexclusiva a las actividades propias de la enseñanza obligatoria, en apoyo del asesoramiento yla formación de los profesores o en la resolución de problemas educativos y de aprendizaje.3) Equipos de actuación específica, complementarios de los dos anteriores, dedicados a lasminusvalías físicas o en el desarrollo.Las funciones de estos equipos, en resumen, obedecen a tres categorías diferentes, comoson las de la prevención y desarrollo, la investigación e innovación y las de asesoramiento yformación:

· Identificar los recursos materiales y humanos de la zona o sector para su mejoraprovechamiento.· Favorecer la inserción de los centros educativos y empresariales del entorno.· Colaborar con la administración en el análisis y evaluación del sistema educativo.· Colaborar estrechamente con los centros de profesores y de recursos, con lasuniversidades e instituciones de formación permanente en el asesoramiento y formacióncontinua del profesorado.· Asesorar a los centros y sus equipos docentes en temas curriculares y de orientación.· Cooperar en la mejora de los procesos de enseñanza / aprendizaje a la vez que favorecerla comunicación entre los centros y las familias.

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1.2.4. Valoración global y crítica del modelo MEC de orientación

Desde el año 1989, el desarrollo e implantación en todo el Estado español en materiade orientación escolar y profesional ha sido comparativamente superior al tratamiento enlegislaciones anteriores.

En primer lugar, hay que destacar la consideración de la orientación como un proceso continuoa lo largo de toda la escolaridad. El concepto de orientación ha experimentado unenriquecimiento conceptual en el tiempo ya que afecta a todas las etapas educativas y tambiénun engrandecimiento en cuanto a la implicación de agentes en el hecho orientador. El alumnoya no es el único usuario de orientación, pues los beneficios de esta labor se extienden alprofesorado, las familias, equipo directivo, etc. El contexto, la comunidad e incluso el mundolaboral tienden a implicarse cada vez más en este proceso.

En segundo lugar, el alumno, objeto pasivo de la orientación según los modelos anteriores yde tan poca resonancia legislativa y real - téngase en cuenta que la presencia de serviciosorientación en nuestro país es puramente testimonial en la Legislación española sobreeducación, - pasa de ser un receptáculo de pautas o conductas externas a un sujeto activo enla función orientadora. Ha dejado de ser un elemento objeto de orientación para llegar a ser unsujeto de orientación y se tiende a que sea él mismo quien tome las decisiones académicas yprofesionales, vitales a fin de cuentas, y que se responsabilice de las mismas.

Otra innovación interesante que resaltan los autores estudiosos del modelo de orientación quenos ocupa es la apuesta por un planteamiento curricular constructivista, del cual se impregnala propuesta orientadora, sobre todo cuando se resalta la importancia en la educación de lainteracción y ayuda continua , a partir de las ideas previas y del nivel de desarrollo de losalumnos , y la metodología de intervención por servicios, en la cual la dinámica relacional yhumanizada , formativa e integradora tienen mucho que ver.

Por último, el tratamiento que hace la Ley de la atención a la diversidad y el conceptode educación especial confieren también al modelo de orientación un carácter novedoso ygeneroso en sus objetivos de no discriminación de las personas, manteniendo una actitud deacogida y respeto a todo tipo de alumnos para quienes los fines educativos son iguales paratodos y las ayudas se realizan en función de las variadas y diversas necesidades que presentan.

En el apartado de críticas pueden citarse aquellos elementos suscitados tras la generalizacióne implantación de la LOGSE hasta el año 2002(Promulgación de la LOCE) y que resumiremosen los siguientes:

* Demasiada exigencia a la Función Tutorial. La mayoría de los profesoresconsideran un acierto la Función Tutorial, pero lo que se ha observado en los centros desecundaria durante la última década es que no todos están preparados para desarrollar tareasal margen de su formación especializada en la materia correspondiente. La orientación comocontinuo procesual se ve mermada o, en todo caso, limitada a la intervención en momentoscríticos o puntuales, más o menos coyunturales, dependiendo de la disponibilidad de losOrientadores y Orientadoras y de la voluntad o formación del Profesorado Tutor.

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* Debe haber más dotación de personal en los centros para la atención de laextremada heterogeneidad del alumnado.* Deben mejorarse las condiciones de participación del profesorado en los centros,la formación en el trabajo de equipo y en la investigación-acción.* En el ámbito extraescolar, lastimosamente, la familia viene desertando de sufunción educadora o, en el mejor de los casos, ha delegado su responsabilidad en los Institutosy colegios. Se aprecia en la administración (promulgación de la LOE) un inusitado y necesariointerés, por otra parte, legalmente dispuesto, por la participación de los padres y las madres enla marcha de los centros, cuestión que ha venido a reforzarse con la LOE y la LEA.

1.2.5. Las aportaciones de la actual LOE

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 1, relativo a los principiosde la educación, en su apartado f) establece la orientación educativa y profesional, como medionecesario para el logro de una formación personalizada, que priorice una educación integral enconocimientos, destrezas y valores.

Por otro lado, en el artículo 91.d) establece entre las funciones del profesorado, la orientacióneducativa, académica y profesional del alumnado, en colaboración, en su caso, con losservicios o departamentos especializados. En su Disposición Final Primera, se contiene entrelos derechos que tienen los padres en relación con la educación de sus hijos o hijas, el seroídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional e igualmentese establece que el alumnado tiene, entre otros derechos básicos, el de recibir orientacióneducativa y profesional.

Igualmente, en el artículo 22 de la LOE, se establece como principio general aplicable ala Educación Secundaria Obligatoria la especial atención que se prestará a la orientacióneducativa y profesional del alumnado.

Por otra parte, en el artículo 26, relativo a los principios pedagógicos para esta etapa educativa,en su apartado cuarto establece que corresponde a las Administraciones educativas promoverlas medidas necesarias para que la tutoría personal del alumnado y la orientación educativa,psicopedagógica y profesional constituyan un elemento fundamental en la ordenación de estaetapa.

2. Los modelos de orientación que presentan las distintasComunidades Autónomas.

Las Comunidades Autónomas del Estado español que tenían plenas competencias en materiade educación antes de 1999, han ido creando sus servicios de orientación. Algunas de ellas hanlegislado su propia normativa que regula estos servicios. Otras en cambio, como es el caso deAragón, a pesar de tener transferidas las competencias, continúan con el modelo del M.E.C. ala espera de que el gobierno aragonés elabore el ya anunciado Decreto de Regulación dela Orientación Educativa y Psicopedagógica.

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En este apartado se van a desarrollar los sistemas de orientación y apoyo en las distintascomunidades autónomas. En el caso de Extremadura, Cantabria, Murcia, Asturias y LaRioja no se han hecho referencias explícitas a ellas por cuanto el modelo es similar al queestaba vigente en el territorio MEC y que se ha detallado en este tema y también muy análogoal de otras comunidades que no tenían competencias transferidas hasta 1999.

Las comunidades que legislaron en primer lugar su propia normativa para regular los equiposde orientación fueron las siguientes:

Comunidad. Equipo de orientación. Fecha.

Cataluña E.A.P. (Equipo de Asesoramiento y Orient.Psicopedagógica.) 20-05-83

Galicia. E.P.S.A. (Equipo Psicopedagógico de Apoyo.) 8-08 -85

Canarias. S.T.O.E.P.(Servicio Técnico de Orient.Escolar y Profesional) 24-10-86

C. Valenciana. S.P.E. (Servicios Psicopedagógicos Escolares.) 18-04-89

Andalucía. E.P.O.E. (Equipos de Promoción y Orientación Educativa.) 23-11-83

País Vasco. C.O.P. (Centros de Orientación Pedagógica) 14-06-88

C. Foral Navarra Equipos de Orientación Psicopedagógica de Zona 31-08-90

Estos equipos han ido evolucionando de diferente manera en las dos décadas pasadas, comoveremos al analizar por separado cada uno de ellos, pero podemos decir que han mantenidoestas características comunes:

· Son equipos técnicos de acción en los niveles de enseñanza no universitaria.

· En ellos se integraron los profesionales procedentes de los SOEV, de los EquiposMultiprofesionales y otros servicios preexistentes.· Se crearon para prevenir, detectar valorar y dar respuesta a las necesidadessocioeducativas de la zona escolar de su actuación, facilitando la coordinación familia-escuela y promoviendo en definitiva, la mejora de la calidad de la enseñanza.

2.1. Cataluña.

Los Equipos de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica (EAP), tienen un ámbito deintervención comarcal, subcomarcal o de distrito en función de las necesidades específicas decada zona.

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Están integrados por funcionarios docentes de enseñanza secundaria de la especialidad dePsicología y Pedagogía y por funcionarios del cuerpo de diplomados de la administración dela Generalitat, de la especialidad Trabajador social, en el caso de aquellos equipos situados enámbitos con importantes necesidades sociales.

Estos profesionales trabajan como un equipo multidisciplinar en su ámbito territorial en laevaluación, seguimiento y orientación del alumnado, sobre todo para aquellos con necesidadeseducativas especiales y en el asesoramiento al profesorado de los centros docentes.

Los Equipos de Orientación y Asesoramiento Psicopedagógico cuentan con el apoyo de losCentros de Recursos Para Deficientes Auditivos (CREDA) dependientes de la Generalitat deCataluña, para la atención a las necesidades educativas de los niños con deficiencias auditivasy trastornos específicos del lenguaje.

Actualmente la estructura y organización de la intervención psicopedagógica se completa conprofesores de psicología y pedagogía en los IES (Institutos de Enseñanza Secundaria). No secontempla el Departamento de Orientación estructurado como tal.

Tipo de servicio. Tipo de profesionales.

Equipos de asesoramiento y orientaciónpsicopedagógica (EAPs)

Profesores de Secundaria de la especialidadde Psicología y Pedagogía en los I.E.S.

Psicólogos y pedagogos, trabajadores sociales(en algunos casos).

Psicólogos y pedagogos.

Como no existe Departamento de Orientación en los I.E.S. de Cataluña comentaremoslas funciones de los profesores de Psicología y Pedagogía de los Institutos de EducaciónSecundaria agrupándolas en tres bloques:

· Docencia a los alumnos con necesidades educativas especiales (ACNEES) ycoordinación de las actividades docentes del equipo de profesorado asignado para estosalumnos.

· Colaboración con el jefe de estudios y el Coordinador Pedagógico en laorganización de medidas de atención a la diversidad.

· Coordinación con el EAP y con los servicios y programas educativos delDepartament d´Educació que intervienen en el instituto con los alumnos anteriormentecitados.

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2.2. Galicia.

La normativa que regula la Orientación en Galicia es el Decreto 120/1998, do 23 de abril,polo que se regula a orientación educativa e profesional na Comunidade Autónoma de Galicia(D.O.G. nº 79, do 27 de abril de 1998)

Los servicios de orientación en la Comunidad Autónoma de Galicia, especialmente desde quefueron transferidas las competencias educativas en el año 1982, han ido evolucionando.

En 1985 se constituyen los EPSA (Equipos Psicopedagógicos de Apoyo). Era el momento enque las fronteras entre la Educación especial y ordinaria empezaban a diluirse, el ámbito de laEducación Especial dejaba de circunscribirse a los centros específicos.

Las funciones asignadas eran amplias y genéricas, reproducían parte de las que correspondíana los SOEV y a los Equipos Multiprofesionales. Estaban formados por Psicólogos, Pedagogosy Asistentes Sociales en algunos casos. Desde el curso 86/7 se incorporaron especialistas enAudición y Lenguaje. En los equipos de orientación específicos, además de los miembrostradicionales (trabajadores sociales y especialistas en audición y lenguaje), suele haberespecialistas en Orientación Profesional, Discapacidades Sensoriales, Trastornos Motores,Sobredotación Intelectual, Trastornos generalizados del desarrollo y Trastornos de conducta.

De 1985 a 1998 los servicios de orientación van evolucionando hasta que el Decreto de 23de abril de 1998 regula la orientación educativa y profesional en la Comunidad Autónoma deGalicia:

· Se crean Departamentos de Orientación en los Centros de Primaria.

· Se constituyen los Departamentos de Orientación en los Centros de Secundaria(hasta ahora habían tenido carácter experimental).

· Se crean los Equipos de Orientación Específica que tienen un ámbito de actuaciónprovincial. Están formados por dos funcionarios del cuerpo de secundaria de laespecialidad de Psicología y Pedagogía, un funcionario del cuerpo de maestros de laespecialidad de Audición y lenguaje y un Trabajador y/o Educador social.

· Se suprimen los EPSA (Equipos Psicopedagógicos de Apoyo). Los licenciadosen Psicología o Pedagogía que formaban parte de estos equipos pudieron optar porla adscripción, preferentemente del sector geográfico en el que estaban destinados,a los D.O. de los colegios de infantil y primaria o a los institutos de secundaria,(desempeñando en ambos casos la jefatura del departamento) o adscribirse a losequipos específicos.

2.3 Canarias.

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En 1986 el Decreto 157 de 24 de octubre reconoce el derecho de los alumnos a recibir apoyopsicopedagógico y prevé la regulación de los equipos en los que están integrados los EquiposMultiprofesionales y los SOEV.

La Orden de 13 de agosto de 1990 rige el funcionamiento de los STOEP (Servicio Técnicode Orientación Escolar y Profesional) después de varios años de rodaje se replantearon losServicios de orientación y se publicó el 20 de marzo de 1995 un Segundo Decreto quereconoce la necesidad de la Orientación y de la intervención Psicopedagógica en el SistemaEducativo pero con una organización más globalizada de carácter preventivo, cooperativo eintegrado.

Se mantienen los Equipos Multiprofesionales ¾ regulados por Orden del Ministerio deEducación y Ciencia de 9 de septiembre de 1982 ¾ así como Departamentos de Orientación enlos Centros de Secundaria ¾ regulados por Resolución de la Dirección General de Ordenacióne Innovación Educativa de 20 de agosto de 1994 ¾

En el Decreto antes comentado de 20 de marzo de 1995 se detallan las finalidades de laOrientación Educativa y esta se plantea como la respuesta a las necesidades que surjan de lascomunidades educativas en cuatro aspectos fundamentales:

· Asesoramiento organizativo y curricular.

· Cooperación con las instituciones educativas desde el Proyecto Educativo y elProyecto Curricular del Centro.

· Colaboración en la Acción Tutorial.

· Participación en el asesoramiento familiar y en la coordinación Escuela-familia.

2.4. Andalucía

En el momento de ser transferidas las competencias educativas a la Junta de Andalucía, en1982, coexistían entre otros, los Servicios de Orientación Escolar y Vocacional (SOEV) ylos Equipos Multiprofesionales de Educación Especial, ambos integrados por psicólogos ypedagogos esencialmente y dependiendo de las Delegaciones Provinciales de Educación. Estascoincidencias hicieron conveniente su unificación, para un aprovechamiento más racional delos recursos.

El resultado de aquella primera unificación fueron los Equipos de Promoción y OrientaciónEducativa –EPOE- (Decreto 238/1983 de la Consejería de Educación y Ciencia) que asumíanlas funciones de los SOEV y de los Equipos Multiprofesionales.

Para complementar la actuación de los EPOE y en aplicación de la normativa establecida concarácter general en el Real Decreto 1174/1983 sobre Educación Compensatoria, se crearon losServicios de Apoyo Escolar (SAE) centrados en la intervención en zonas y centros declaradosde actuación educativa preferente, calificación que sirvió para flexibilizar el currículum y quese acompaño con una dotación significativa de maestros especialistas. Dadas las característicasde su cometido y de la población escolar que atendían formaban parte de los SAE no sólopsicólogos, pedagogos y maestros especialistas, sino también trabajadores sociales.

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Más tarde, a raíz del Real Decreto 334/1985 de Ordenación de la Educación Especial, secrearon también los Equipos de Atención Temprana y Apoyo a la Integración (EATAI),destinados al apoyo al profesorado en la detección, evaluación y tratamiento educativo de lasnecesidades educativas especiales.

Los EPOE eran equipos generalistas, integrados por psicólogos y Pedagogos, los SAE yEATAI fueron equipos especializados que contaban además con la presencia de profesoradode apoyo y otros especialistas como logopedas.

La creación de los Equipos de Orientación Educativa (EOE) (Decreto 213/1995) vino areordenar el Sistema de Orientación mediante una nueva unificación de los equipos al integraren los EOE a todo el personal que venía prestando su servicio en los EPOE, EATAI, ySAE que desaparecieron. Se buscó acomodar este elemento del Sistema de Orientación a lasfunciones y organización previstas en la LOGSE , comprometiéndolo con la dinámica de loscentros y asignándole cometidos que van más allá de las tradicionales funciones de evaluacióny asesoramiento.

Las funciones especializadas asignadas a estos equipos están muy desarrolladas en el Decreto,pero las podemos agrupar en ámbitos y áreas para una mayor brevedad:

· Ámbito de Orientación y Acción Tutorial.

Área de Apoyo a la función tutorial del profesorado.

Área de Orientación Vocacional y Profesional.

· Ámbito de Atención a la Diversidad.

Área de Atención a las necesidades educativas especiales.

Área de Solidaridad y compensación educativa.

Además de los EOE de zona el mismo Decreto reconoce y consolida la existencia de EquiposProvinciales especializados en la atención educativa a minusvalías o disfunciones específicas(motóricos, ciegos, sordos, etc.).

Las tareas de evaluación y coordinación de las actuaciones y programas de los Equipos y losDepartamentos de Orientación corresponden a un Equipo Técnico Provincial.

Los Departamentos de Orientación en los centros de secundaria en Andalucía se crearon con laOrden de 13 de julio de 1994, según la cual corresponde a los Departamentos de Orientación“coordinar los programas de orientación y tutoría y apoyar al profesorado en la atención a lasnecesidades educativas especiales que pueda presentar el alumnado”.

El Decreto 200/1997, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico delos Institutos de Educación Secundaria (BOJA núm. 104 de 6 de septiembre de 1997) dice:

Artículo 32. Órganos de coordinación docente.

a) Departamento de orientación.

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b) Departamento de actividades complementarias y extraescolares.

c) Departamentos didácticos.

d) Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

e) Equipo educativo.

f) Tutores.

CAPITULO II (DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN)

Artículo 33. Composición del Departamento de orientación.

1. El Departamento de orientación estará compuesto por:

Al menos, un orientador, perteneciente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria dela especialidad de psicología y pedagogía y, en su caso, los maestros y maestras especialistasen Educación Especial.

Los maestros y maestras encargados de impartir el área de formación básica en los Programasde Garantía Social.

2. Se adscribirán al Departamento de orientación:

El profesorado técnico de Formación Profesional que tenga asignada la impartición de lasáreas de iniciación profesional específica y de formación y orientación laboral en losProgramas de Garantía Social.

El profesorado que tenga asignada la impartición de los ámbitos sociolingüístico y científico-tecnológico de los programas de diversificación curricular.

3. Asimismo, podrán incorporarse al Departamento de orientación los tutores y el profesoradode formación y orientación laboral en la forma que se establezca en el plan de orientación y deacción tutorial.

Artículo 34. Funciones de los orientadores.

Asistir a aquellas sesiones de evaluación que se determine de acuerdo con lo que, a talesefectos, establezca el Proyecto Curricular de Centro.

Realizar la evaluación psicopedagógica previa a las adaptaciones y diversificacionescurriculares.

Colaborar con el profesorado en la prevención y detección de problemas o dificultadeseducativas y orientar y contribuir a la elaboración de programas individualizados, adaptados odiversificados.

En su caso, impartir la materia de Psicología, de acuerdo con lo que, a tales efectos, seestablezca por la Administración Educativa.

Page 15: El sistema de orientación en España

Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

Artículo 35. Funciones del Departamento de orientación.

· Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por el Equipo Técnico deCoordinación Pedagógica y en colaboración con los tutores, la propuesta de plan deorientación y de acción tutorial, y elevarla a dicho Equipo para su discusión y posteriorinclusión en el Proyecto Curricular de Centro.

· Elaborar las actividades correspondientes al Departamento para su inclusión en elPlan Anual de Centro

· Contribuir al desarrollo del plan de orientación y de acción tutorial, así comollevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientespropuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de Curso, sinperjuicio de las competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.

· Colaborar con los Departamentos didácticos, bajo la coordinación del Jefe deEstudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, yelaborar la programación y la realización de adaptaciones curriculares dirigidas alalumnado que lo precise.

· Realizar la evaluación psicológica y pedagógica previa, prevista en la normativavigente.

· Participar en la elaboración del consejo orientador que sobre el futuro académicoy profesional del alumno o alumna ha de formularse según lo establecido en el artículo21 del Decreto 106/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), por el que se establecen lasenseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía.

· Formular propuestas al Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica sobre losaspectos psicopedagógicos del Proyecto Curricular de Centro.

· Promover la investigación educativa y proponer actividades deperfeccionamiento.

Los Artículos 36, 37 tratan de la designación del Jefe del Departamento de orientación y cesedel Jefe de Departamento de orientación.

Artículo 38. Competencias del Jefe del Departamento de orientación. Son competencias delJefe del Departamento de orientación:

Coordinar la elaboración, planificación y ejecución del plan de orientación y acción tutorial.

Dirigir y coordinar las actividades del Departamento, bajo la coordinación del Jefe deEstudios.

Convocar y presidir las reuniones del Departamento y levantar acta de las mismas.

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Coordinar la organización de espacios e instalaciones, proponer la adquisición del material yel equipamiento específico asignado al Departamento y velar por su mantenimiento.

Promover la evaluación de los distintos proyectos y actividades del Departamento.

Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del Instituto,promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración Educativa

Representar al Departamento en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

Velar por el cumplimiento del plan de actividades del Departamento.

Colaborar con el Administrador o con el Secretario en la realización del inventario de losrecursos materiales del Departamento.

Recientemente se han publicado dos órdenes importantes:

· ORDEN de 27 de julio de 2006, por la que se regulan determinados aspectosreferidos a la organización y funcionamiento del departamento de orientación en losInstitutos de Educación Secundaria.

Esta Orden consta de 12 artículos y deroga la de 17 de Julio de 1995 que establecía directricessobre la organización y funcionamiento de la acción tutorial. Pretende conseguir una mejorplanificación y desarrollo de las actividades de orientación educativa y profesional en losInstitutos

Destacaremos el Artículo 10 sobre la Elaboración del Consejo de Orientación para todo elalumnado.

1. El proceso de orientación académica y profesional será un elemento fundamental para laelaboración del Consejo de Orientación que para cada alumno y alumna se haya de formularsegún la legislación vigente. Dicho Consejo ha de entenderse como una propuesta colegiadadel equipo educativo en la que, teniendo en cuenta las expectativas manifestadas por el propioalumnado, se le recomendarán las opciones educativas o profesionales más acordes con suscapacidades, intereses y posibilidades.

2. Cada Tutor o Tutora coordinará la elaboración del Consejo de Orientación de cada alumnay alumno de su grupo.

· ORDEN de 27 de julio de 2006, por la que se regulan determinados aspectosreferidos al Plan de Orientación y Acción Tutorial en los Institutos de EducaciónSecundaria. En un total de 24 Artículos hace un recorrido por los elementos del Plande Orientación y Acción Tutorial:

a) La acción tutorial.

b) La orientación académica y profesional.

c) La atención a la diversidad.

Page 17: El sistema de orientación en España

2.5 Comunidad Valenciana

Los Servicios Psicopedagógicos Escolares (SPE) de esta comunidad se crearon con el Decreto53 de 18 de abril de 1989 de la Generalitat Valenciana.

Otro Decreto posterior, 131/1994, regula los Servicios especializados de orientación educativa,psicopedagógica y profesional .

En este Decreto cabe destacar:

Cap. I : Servicios especializados de la Consellería de Educación y Ciencia.

Cap. II: Servicios psicopedagógicos escolares.

Cap.III: Departamentos de Orientación de los Institutos de Secundaria .

Cap.IV: Gabinetes psicopedagógicos autorizados.

El ámbito de actuación de todos los servicios son todos los centros docentes sostenidos confondos públicos de la Comunidad Valenciana que impartan enseñanzas de régimen general.

Los servicios de orientación y apoyo se estructuran de la siguiente manera:

A) Servicios Psicopedagógicos Escolares de sector que actúan en los centros de:

· Educación Especial

· Infantil y Primaria

· Secundaria

B) Departamentos de Orientación en los Institutos de Secundaria

Los servicios psicopedagógicos se componen de:

· Funcionarios, profesores de educación secundaria, especialidad psicopedagogía.

· Funcionarios , maestros de Educación Especial y Audición y Lenguaje.

· Trabajadores sociales

· Otros profesionales, en su caso.

Son equipos técnicos de asesoramiento externo y su personal no forma parte de la plantilla delos centros escolares.Sus funciones las podemos agrupar en cuatro categorías:

· Funciones de asesoría educativa.

Page 18: El sistema de orientación en España

· Funciones de coordinación del profesorado.

· Funciones de orientación.

· Funciones de valoración y dictamen técnico-pedagógico.

Los servicios psicopedagógicos escolares trabajan coordinadamente con los profesionales delos recursos socio comunitarios y con los de los Equipos Multiprofesionales, en la línea deelaborar acciones conjuntas adecuadas a las demandas planteadas.

2.6 Comunidad Foral de Navarra

A partir de 1990 la Comunidad Foral Navarra ha sistematizado y regulado el sistema deorientación y apoyo en el ámbito educativo.

El Decreto 222/1990 de 31 de Agosto establece los órganos de actuación en materia deorientación psicopedagógica y educación especial y regula el acceso a los puestos de trabajocorrespondientes. Los decretos 76/1993 y de 1 de marzo y 260/1993 de 6 de septiembremodifican el decreto de 1990. Y el DECRETO FORAL 153/1999, de 10 de mayo, por elque se regula la Orientación Educativa en los centros públicos de la Comunidad Foral deNavarra.

Por medio de estos Decretos se crean las Unidades Técnicas de Orientación Escolar y deEducación Especial. Su ámbito de actuación son los centros públicos y concertados nouniversitarios de Navarra.

Actualmente en los centros de Secundaria, existen los Departamentos de Orientación formadospor el psicopedagogo, profesores de apoyo al ámbito científico-tecnológico y al ámbitosociolingüístico y profesor de pedagogía terapeútica.

En los centros de Infantil y Primaria difiere el sistema navarro en que existen las Unidades deApoyo Educativo formadas por:

· Un profesor orientador

· Un profesor de Audición y Lenguaje

· Un profesor de Pedagogía Terapeútica.

· Los tutores.

Las funciones de las Unidades de Apoyo Educativo son:

· Participar en la vida del centro colaborando en la elaboración de planes yproyectos.

· Asesorar a los equipos docentes en aspectos psicopedagógicos.

· Ajustar los procesos de enseñanza y aprendiza mediante los las adaptacionescurriculares pertinentes.

Page 19: El sistema de orientación en España

· Facilitar una respuesta educativa adecuada a las necesidades educativasespeciales.

· Realizar la evaluación psicopedagógica.

· Prevenir y detectar problemas de aprendizaje.

· Organizar los apoyos al alumnado.

· Orientar al profesorado y a las familias.

· Contribuir a la adecuada interacción entre los distintos integrantes de lacomunidad educativa así como entre la comunidad educativa y el entorno social.

2.7. PaísVasco

Los Centros de Orientación Pedagógica (COP) del País Vasco se crearon con el Decreto 154de 14 de junio de 1988. Este Decreto estableció la creación de los servicios de orientacióndentro del marco de innovación educativa existente, considerándolos como un sistema deapoyo para la educación en general en los niveles no universitarios. (Los SOEV funcionabanya en esta comunidad desde el año 1977).

En la actualidad en los centros de Infantil y Primaria existe la figura del Profesor Consultor,con funciones de asesoramiento al Claustro, Equipos docentes y Tutores, particularmente entodo lo relacionado con la atención a las necesidades educativas especiales del alumnado yen estrecha coordinación con el profesorado de Pedagogía Terapéutica del centro y con elprofesorado de Audición y Lenguaje.

Los consultores tienen su referente inmediato en los Asesores de necesidades educativasespeciales (Equipos Multiprofesionales) de los Centros Zonales de Apoyo (Berritzegune).

La función primordial del profesor consultor es la de asesorar y apoyar al profesorado tutory al equipo docente en la atención a la diversidad y la respuesta a las necesidades educativasespeciales. Su intervención ha de regirse por el principio de acción positiva preferencial a favorde los que más lo necesitan.

Son funciones del profesor consultor:

· Ayudar al tutor a identificar las dificultades específicas y las estrategias queconducen al éxito.

· Asesorar y colaborar con los tutores en la elaboración y desarrollo de lasadaptaciones curriculares individuales.

· Intervenir en el aula, de forma conjunta y coordinada con el tutor, actuando ambosprofesionales en el grupo como un docente más en un momento determinado con unaestructura de agrupamientos flexibles.

· Asesorar y colaborar con los tutores en la evaluación continua, tanto delindividuo como del contexto educativo.

Page 20: El sistema de orientación en España

· Intervenir con el alumnado de necesidades educativas especiales de formaindividualizada, ya sea en entornos ordinario compartidos o específicos.

· Promover y coordinar programas d innovación y formación sobre la accióntutorial, la atención a la diversidad y a las necesidades educativas especiales.

En los centros públicos de Educación Secundaria existen los departamentos de Orientación.

Estos departamentos además de contar con el profesor Orientador pueden contar conprofesionales especializados de pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje, así comode profesorado de área o ámbito.

Los orientadores de estos departamentos de los Institutos de Secundaria cuentan con elreferente de un orientador, también con destino en el Berritzegune de zona.

La función primordial de profesor orientador es la de asesorar, coordinar y apoyar alprofesorado del centro y de manera especial a los tutores en aquellas tareas relacionadas conla orientación escolar, personal y profesional vinculadas a la función tutorial y docente.

En el ámbito relacionado con el apoyo educativo el profesorado orientador tiene las siguientesfunciones:

· Coordinar y asesorar sobre las actividades de atención a la diversidad delalumnado en general y especialmente en la diversificación curricular y las adaptacionesdel alumnado con necesidades educativas especiales.

· Asesorar sobre la prevención y detección de problemas de aprendizaje yactividades d refuerzo educativo.

· Asesorar y participa en las evaluaciones psicopedagógicas en los procesos dediversificación curricular y adaptación del currículo.

· Asesorar al profesorado sobre cuestiones relativas a la atención a la diversidad enel centro.

· Coordinar en el Centro de Educación Secundaria las intervenciones del EquipoMultiprofesional y apoyos externos al centro.

2.8. Comunidad Autónoma de Madrid

Centros de Infantil y primaria

En la organización de centros ordinarios que escolarizan alumnos con necesidades educativasespeciales asociadas a discapacidad, se incorporan profesores de pedagogía terapéutica, deaudición y lenguaje, fisioterapeutas, cuidado dores; y en los que escolarizan un númeroimportante de alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a desventaja socialprofesores de compensatoria. También algunos centros de Educación Primaria cuentan con

Page 21: El sistema de orientación en España

un maestro orientador, con licenciatura en Psicología o Pedagogía, para que lleve a cabo lasfunciones más técnicas y especializadas.

Ahora bien, incluso con esta dotación de recursos dentro del centro hay ocasiones en quelas necesidades del centro requieren del equipo de orientación educativa y psicopedagógicaespecializado y específicamente preparado, que además de sus responsabilidades en cadacentro educativo tiene encomendadas otras responsabilidades a nivel de zona que completanasí su labor orientadora. A su vez estos equipos, que pueden ser generales o de atencióntemprana

Los Equipos de orientación educativa y psicopedagógica, tanto los generales como los deatención temprana, están constituidos por profesores de la especialidad de PsicologíaPedagogia, Profesores Técnicos de Servicios a la Comunidad y, cuando el cumplimientode determinadas funciones así lo requiera, maestros especialistas en audición y lenguaje yprofesores de apoyo en los de atención temprana También algunos equipos cuentan conmédico.

Las funciones de los EOEP tienen como finalidad colaborar con los centros en el logro de susobjetivos educativos. Estas funciones tienen dos planos de intervención:

Funciones de apoyo especializado a los centros de Educación Infantil y Primaria

Funciones relacionadas con el sector de su responsabilidad (Orden Ministerial 9 de diciembrede 1992)

1. Funciones de apoyo especializado

La intervención de los Equipos en los colegios de Educación Infantil y Primaria se desarrollarásiempre en el marco de las actividades de planificación educativa y desarrollo curricular quese lleven a cabo en los mismos: Proyecto Educativo de Centro y Proyecto Curricular de Etapa,Programaciones de Aula y Adaptaciones Curriculares Individualizadas. Las funciones de losEquipos en su apoyo especializado a los centros escolares a través de su participación en lasrespectivas CCP pueden organizarse en tres bloques:

· Funciones de colaboración en los procesos de elaboración, aplicación, evaluacióny revisión de los Proyectos Curriculares

· Funciones relacionadas con la atención individualizada a alumnos/as

Page 22: El sistema de orientación en España

· Funciones dirigidas a promover la cooperación entre los centros educativos y lasfamilias

2. Funciones en relación con el Sector

En el ámbito del Sector, los Equipos desarrollan una serie de funciones que pueden agruparseen tres categorías:

· Funciones de evaluación psicopedagógica de alumnos con n.e.e. y a su orientaciónhacia la modalidad de escolarización más adecuada

· Funciones de colaboración y coordinación con otras instancias e instituciones

· Funciones relacionadas con la elaboración y difusión de materialespsicopedagógicos que sean de utilidad para el profesorado

Así, a cada equipo le será asignado un determinado sector donde cumpla funciones generales,y, además, cada miembro se dedica a uno o varios centros educativos, a los que pueda atendercon regularidad. Este año en las instrucciones de funcionamiento de los equipos aparece laposibilidad de que existan en el sector centros de actuación intensiva, que podrían requerir lapresencia de un Orientador hasta cuatro días a la semana.

En centros de Secundaria

La acción de los profesionales especialistas se incardina en el Departamento de Orientación,El Departamento de orientación está integrado en su composición básica por los siguientesprofesionales

· Al menos un profesor de la especialidad de psicología y pedagogía (La Consejeríade Educación ha optado por dotar con dos orientadores a centros con mayorcomplejidad).

· Profesor de ámbito sociolingüístico

· Profesor de ámbito científico-técnico

· Profesor de área Práctica.

En los centros que escolaricen alumnos con necesidades educativas asociadas a discapacidadpodrán contar con

· Profesores de Pedagogía Terapéutica

Page 23: El sistema de orientación en España

· Profesores de Audición y Lenguaje

Aunque estrictamente no pertenecen al departamento de Orientación, funcionalmente suelentrabajar conjuntamente Fisioterapeuta, Técnico especialista III (Ayudante técnico educativoen otras comunidades), Interpretes de signos.

Cuando el centro escolariza un número importante de alumnos con necesidades educativasespeciales asociadas a desventaja social y cultural el departamento podrá contar con Profesoresde compensatoria y Profesor técnico de servicios a la comunidad.

El Real Decreto 26 de enero de 1996 por el que se establece el Reglamento Orgánico apuntalas siguientes funciones para el Departamento de Orientación:

· Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la elaboración omodificación del Proyecto Educativo del instituto y la Programación Anual de Aula

· Elaborar, de acuerdo con las directrices de la CCP y en colaboración con lostutores, las propuestas de organización de la Orientación Educativa, Psicopedagógica,Profesional y del PAT y elevarlas a la CCP para su discusión y posterior inclusión enlos Proyectos Curriculares de Etapa

· Contribuir al desarrollo de la Orientación Educativa, Psicopedagógica yProfesional de los alumnos, especialmente en lo que concierne a los cambios deCiclo o Etapa, y a la elección entre las distintas opciones académicas, formativas yprofesionales

· Contribuir al desarrollo del POAP y del PAT

· Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar lasAdaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con n.e.e. y elevarla a la CCPpara su discusión y posterior inclusión en los Proyectos Curriculares de Etapa

· Colaborar con los profesores del Instituto en la prevención y detección tempranade problemas de aprendizaje, y en la programación y aplicación de AdaptacionesCurriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen, entre ellos lo alumnos con n.e.e.y los que sigan programas de diversificación

· Realizar la Evaluación Psicológica y Pedagógica previa

· Asumir la docencia de los grupos de alumnos que le sean encomendadas

· Participar en la elaboración del Consejo Orientador que, sobre el futuro académicoy profesional del alumno ha de formularse

Page 24: El sistema de orientación en España

· Formular propuestas a la CCP sobre los aspectos psicopedagógicos del ProyectoCurricular

· Promover la investigación educativa

· Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con elDepartamento. Correspondiente

· En los Institutos donde se imparte F.P. específica coordinar la Orientación Laboraly Profesional con aquellas otras Adm. E instituciones competentes en la materia

· En los Institutos que tengan una residencia adscrita, colaborar con losprofesionales que tengan a su cargo la atención educativa de los alumnos internos

· Elaborar el Plan de Actividades del Departamento, y al final de curso, unamemoria en la que evalúe el desarrollo del mismo

La labor de estos profesionales se llevará a cabo en estrecha colaboración con el profesor-tutor,principal protagonista de la acción tutorial, que coordina y promueve la acción educativa en sugrupo de alumnos.

El profesor-tutor es el eje de la acción educativa, responsable de su grupo de alumnos.La existencia de diferentes profesionales, debe ser siempre percibida en la perspectiva delnecesario abordaje interdisciplinar de la respuesta educativa a los alumnos con necesidadesespeciales.

LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PSICOPEDAGÓGICAESPECÍFICOS

Es necesario contar con un tercer nivel de orientación para dar una respuesta especializada a lasdemandas que puedan surgir con los alumnos con necesidades educativas especiales asociadasa discapacidad y/o problemas de personalidad y conducta.

Tanto los Departamentos de Orientación, como los Equipos de Orientación Educativa yPsicopedagógica, ya sean Generales o de Atención Temprana pueden requerir la colaboraciónde equipos de orientación educativa y psicopedagógica específicos (Deficiencia auditiva,deficiencia visual, deficiencia motórica, alteraciones graves del desarrollo). Estos equipos adiferencia de los anteriores tienen un carácter provincial y las demandas son canalizadas através del S.U.P.E (Servicio de la Unidad de Programas Educativas)

Page 25: El sistema de orientación en España

2.9. Castilla – León

Los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP) en Castilla y Leónresponden en su estructura y funcionamiento a lo establecido por el MEC a partir de la Ordende 9 de diciembre de 1992 con las subsiguientes órdenes (1994, sectorización) y resoluciones(1993, dirección; 1996, estructura, organización y funcionamiento) que ya se han descritoanteriormente.

La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León sintetiza sus directrices a esterespecto en la INSTRUCCIÓN 23/2003 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓNPROFESIONAL E INNOVACIÓN EDUCATIVA RELATIVA A LA PLANIFICACIÓNDE LAS ACTUACIONES DE LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA YPSICOPEDAGÓGICA y el DECRETO QUE REGULA LA ORIENTACIÓN DE 6 DEMAYO DE 2005. Estas normas rigen las líneas prioritarias de actuación para cada uno de loscursos siguientes y establece lo siguiente.

Los EOEPs son un sector de profesionales de la orientación que centra su intervención enlos niveles de Educación Infantil y de Educación Primaria, colaborando para lograr undesarrollo personalizado e integral de las capacidades de todo el alumnado.

Además, la actuación de los EOEPs depende muy directamente de las múltiples normasreferidas a la atención del alumnado con necesidades educativas específicas, que en el caso deesta comunidad se han concretado en las correspondientes Instrucciones simultáneas a las deOrientación.

2.9.1 LOS EQUIPOS GENERALES DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA YPSICOPEDAGÓGICA.

COMPOSICIÓN:

Los Equipos generales están compuestos por dos tipos de profesores: de la especialidad dePsicología y Pedagogía y de Servicios a la Comunidad.

El número de profesores en cada equipo varía sustancialmente. Sobre todo entre las zonasrurales y las urbanas. Existen bastantes equipos de dos o tres personas dispersos por la regióny en las ciudades más pobladas suele haber entre uno y tres equipos compuestos por hasta 10profesionales.

FUNCIONES (sobre la base de su definición en la O.M. 9.12.92) organizadas como:funciones conjuntas del equipo, funciones específicas de cada uno de los integrantes y deorganización y coordinación.

Funciones de equipo:

· Funciones de apoyo especializado a centros: a) atención individualizada aalumnos; b) colaboración en la elaboración, desarrollo, evaluación y revisión de PEC,PC, PGA y otros proyectos; c) promoción del acercamiento y colaboración entrecentros educativos y familias.

Page 26: El sistema de orientación en España

· Funciones de apoyo en el sector: a) evaluación psicopedagógica y dictamen deescolarización; b) colaboración con otras instancias e instituciones; c) elaboración ydifusión de materiales y experiencias.

2.9.2. LOS EQUIPOS DE ATENCIÓN TEMPRANA.

Los Equipos de Atención Temprana centran su atención en la dimensión preventiva y deintervención temprana en niños escolarizados en Educación Infantil. Su principal objetivoserá contribuir a mejorar las condiciones educativas de los centros públicos y sostenidos confondos públicos que impartan la Etapa de Educación Infantil y que escolaricen a niños connecesidades educativas específicas.

COMPOSICIÓN:

En primer lugar señalar que los EAT son escasos, existe uno en la mayoría de las provinciasde la Comunidad, ya que en su origen eran de carácter provincial. Suelen estar compuestospor dos profesores de psicología y pedagogía, uno de servicios a la comunidad y en algúncaso un maestro de audición y lenguaje. Sus funciones se vertebran fundamentalmente entorno a las tareas de prevención, colaboración con los equipos docentes, intervención directaespecializada y apoyo a las familias.

Funciones de apoyo en el sector:

a) conocer los recursos educativos, sanitarios y sociales de la zona

b) colaborar con los organismos e instituciones que presten atención a la infancia

c) realizar la evaluación psicopedagógica de los niños comprendidos entres 0 y 6 años paradeterminar las necesidades educativas y dictaminar su escolarización

d) Analizar las demandas de escolarización de alumnos de 0 a 6 años, en situación dedesventaja y facilitar su escolarización

e) Colaborar en la formación de los profesionales de los centros educativos y de las familias

f) Elaborar y difundir materiales e instrumentos psicopedagógicos y experiencias de utilidad

2 .9.3. LOS EQUIPOS ESPECÍFICOS PROVINCIALES

Actualmente y de forma oficial existen EE para la discapacidad motora y auditiva, Sonde carácter provincial y no en todas las provincias. La discapacidad visual es atendida porlos equipos de la ONCE. También existen en la capital de la Comunidad dos equipos que,siendo generales, están especializados uno en sobredotación y otro en alteraciones delcomportamiento, y están realizando funciones autorizadas en esos ámbitos; si bien con unaorganización particular.

Desde la Consejería de Educación está planteado un Plan de Orientación, pendiente deaprobación, en el que adquieren gran interés este tipo de Servicios de Orientación: EQUIPOSESPECÍFICOS de carácter regional para:

Page 27: El sistema de orientación en España

· la discapacidad motora

· la discapacidad sensorial

· sobredotación

· alteraciones graves del comportamiento.

Además se prevé la existencia de Comisiones Específicas en aquellas provincias en las que notenga ubicación el EE correspondiente.

Los equipos específicos, aunque comparten con los demás equipos la finalidad de contribuir ala mejora de la calidad de la enseñanza, se diferencian básicamente en cuatro aspectos:

a) Su ámbito de actuación es provincial.

b) Intervienen en todas las etapas y niveles educativos, desde Infantil hasta la EducaciónSecundaria Post Obligatoria.

c) Desempeñan un papel complementario respecto a los demás servicios de Orientación.

d) Tienen una mayor especificidad, pues se trata de servicios cualificados para el desempeñode tareas y funciones especializadas en relación con necesidades educativas específicasderivadas de discapacidad sensorial, motora, alteraciones graves del desarrollo, alteracionesgraves del comportamiento y condiciones de superdotación intelectual.

COMPOSICIÓN:

Suelen estar compuestos por dos profesores de psicología y pedagogía y uno de servicios a lacomunidad.

Indicar que el acceso laboral a estos equipos es el general; por lo que no se requiere unaespecialización inicial para formar parte de estos equipos.

2.10. Castilla La Mancha

Las líneas básicas se concretan en planes de orientación en los centros y en las zonaseducativas, para coordinar las acciones de las distintas estructuras y establecer la cooperacióncon los diferentes servicios e instituciones.

Se articula una red única de profesionales de la orientación: profesorado del Cuerpo deEducación Secundaria de la especialidad de Psicología y Pedagogía y que actúa de formacomplementaria a otros profesionales.

El rol que se espera del profesional de la orientación debe hacerse desde el asesoramientocolaborativo con el profesorado y la comunidad educativa en el contexto escolar.

El orientador, siendo un miembro más del equipo educativo actúa como un agente de cambio,contribuye a la capacitación del equipo de profesores y es fuente de recursos para los agentesimplicados en el proceso de orientación.

Page 28: El sistema de orientación en España

FUNCIONES DE LAS ESTRUCTURAS ESPECÍFICAS: Unidades de Orientación en losC.E.I.P. y Departamentos en los IES/IESOS

· Favorecer los procesos globales de madurez, identidad y un sistema de valorespropios, así como la Toma de Decisiones.

· Prevenir Dificultades de .Aprendizaje y el abandono del Sistema Educativo

· Erradicar o atajar el fracaso y la inadaptación escolar.

· Colaborar en el ajuste de las necesidades particulares del alumnado, estableciendoestrategias de personalización de la enseñanza.

· Asegurar la continuidad educativa en el tránsito escolar (especialmente entreetapas) y en la incorporación al mundo laboral.

· Asesorar a los diferentes órganos de gobierno y de coordinación docente.

· Asesorar a las familias.

· Colaborar en el desarrollo de la innovación e investigación educativas.

· Contribuir a la mejora de las relaciones entre los componentes de la ComunidadEducativa, favoreciendo su interacción y participación en la vida de los Centros.

Tal y como se desprende del esquema del modelo, el tercer nivel de la Orientación loconstituyen esencialmente los Centros Territoriales de Recursos, que abarcan un ámbitogeográfico de capitales de provincia y algunas otras zonas con grandes poblaciones alejadasde capitales (no olvidemos la gran extensión de la región).

Uno de los aspectos especialmente novedosos en el modelo castellano-manchego, loencontramos en la inclusión de las Asesorías Específicas de Orientación en los Centros deProfesores (de carácter zonal) y planificación de la Orientación. En este sentido, podemoscontemplar tres planes de Orientación:

· Plan Regional de Orientación. Responsabilidad de la Consejería en coordinacióncon las Delegaciones Provinciales.

· Plan de Orientación de Zona. Abarca a una determinada zona educativa y esresponsabilidad de la Asesoría de Orientación del correspondiente Centro deProfesores. En su elaboración participan coordinadamente, en reuniones de trabajo,todos los orientadores de esa zona educativa.

Page 29: El sistema de orientación en España

· Plan de Orientación de Centro. Son documentos de nueva elaboraciónprescriptiva y recogen Objetivos y actuaciones para cada curso. Forman parte delProyecto Educativo de Centro. Por estar más directamente relacionados con la prácticaprofesional cotidiana del orientador, veámoslos un poco más en profundidad.

Definición: Instrumento de planificación, desarrollo y evaluación de:

· acción tutorial

· intervención psicopedagógica

· asesoramiento a comunidad educativa

· coordinación con otros centros e instituciones.

Composición del Plan de Orientación de Centro :

· Justificación (en el marco del PEC)

· Objetivos

· Contenidos

· Tutoría

· Apoyo At. Diversidad

· Asesoramiento orientación educativa y profesional

· Asesoramiento equipos directivos y profesorado

· Colaboración innovación, investigación, formación

· Coordinación: estructuras orientación y otras instituciones

· Metodología

· Evaluación

Responsables

· EOA*/DO (Coordinados por Jefe Estudios)

· Colaboración de tutores/as

· Directrices y criterios: CCP-Claustro

Page 30: El sistema de orientación en España

* EOA. Equipo de Orientación y Apoyo. Es una estructura propia de los C.E.I.P. y laconstituyen la Unidad de Orientación (un orientador/a y los profesionales de apoyo: PT, AL,Prof. de Compensatoria….)

2.11 Baleares

Las Islas Baleares tienen transferidas las competencias educativas desde el año 1998. Enel momento actual, el sistema de orientación se articula a través de diferentes recursos,dependiendo del nivel educativo y del sector de población al cual se dirigen.

A nivel educativo, la organización del sistema de orientación en las Baleares se regula engeneral por el modelo del MEC emanado de la LOGSE, y en aspectos concretos por lasinstrucciones anuales de la “Direcció General d’ Ordenació i Innovació”. En éstas últimasse especifica que “la orientación es responsabilidad de todos los docentes, pero necesitapor su complejidad, recursos personales especializados que colaboren con los centros en elasesoramiento psicopedagógico que toda orientación de calidad requiere. Esta función deapoyo especializado corresponde a los equipos de orientación educativa y psicopedagógica(EOEP) en las etapas de preescolar, infantil y primaria, y a los departamentos de orientación(DO) en las etapas de ESO y de educación post-obligatoria.”

Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica. (EOEPs)

EOEP de Primaria.. Dependen de Direcció General d’Ordenació i Innovació de la Conselleriad’Educació i Cultura de les Illes Balears . Sus funciones están reguladas por La O.M. de 9de diciembre de 1992, por la OM 14 de febrero de 1996 y por las instrucciones anuales de laDirecció General d’Ordenació i Innovació de la Conselleria d’Educació i Cultura de les IllesBalears, que las desarrollan

Están constituidos por psicopedagogos, psicólogos, pedagogos, trabajadores técnicos deservicios a la comunidad y maestros especialistas en audición y lenguaje. Estos profesionalestrabajan como un equipo multidisciplinar en la evaluación, seguimiento y orientación delalumnado, sobre todo para aquellos con necesidades educativas especiales y en elasesoramiento al profesorado de los centros docentes.

Su ámbito de intervención es insular y sectorial. Asimismo, dentro del sector se establecencentros de atención preferente, centros de atención periódica y centros de atención puntual,dependiendo de las necesidades y de las características de los centros.

Sus funciones se encaminan a:

· Colaborar con los centros en el diseño, aplicación y evaluación de los de loselementos constitutivos del currículum.

· Realizar la evaluación psicopedagógica y el seguimiento de escolares connecesidades educativas especiales.

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· Funciones de apoyo especializado a determinados alumnos.

· Funciones de apoyo a los centros en la promoción de la colaboración entre familiay escuela., entre otras..

EOEP de “Atenció Primerenca”. Se rigen por las mismas directrices, funciones y tipología deprofesionales que los EOEP(s) de Primaria, pero se centran en la detección y intervenciónprecoz de situaciones de riesgo. Su ámbito de actuación es la Educación Infantil, normalmentede cero a tres años. Existen equipos de “Atenció Primerenca” en Mallorca, Menorca y Eivissa.Mantienen convenios de colaboración con otras instituciones públicas como Ayuntamientos oConsells Insulars.

Tanto los equipos de “Atenció Primerenca” como los EOEPs de Primaria son complementadosen sus funciones con la existencia de maestros especialistas en Pedagogía Terapéutica en loscentros.

Departamento de Orientación. Su ámbito general de intervención son los centros de Educaciónsecundaria obligatoria y post-obligatoria. Las funciones de los D.O vienen reguladas porel Decreto 120/2002, capítulo 3 del “Reglamento orgánico de los institutos de educaciónsecundaria y por las “instrucciones específicas para los departamentos de orientación de loscentros de Educación Secundaria”. de la Direcció General d’Ordenació i Innovació de laConselleria de Educació i Cultura de les Illes Balears.

La intervención del D.O se realiza en tres ámbitos interrelacionados:

1.- Apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje . Las únicas novedades autonómicas dentrode éste ámbito respecto de los programas establecidos a partir de la LOGSE (Integración,Compensatoria, Diversificación, Garantía Social..) , es la existencia de dos Programas :

A) El “Programa de Intervención Socioeducativa” (Ordre de la Conselleria d’Educació iCultura del 7 de junio del 2002). Es una propuesta de intervención que se define de “caráctertransitorio y extraordinario aplicable a alumnos de ESO de 14 a 16 años. La incorporaciónde alumnos a estos Programas comportará una escolarización compartida entre el centroeducativo en el cual está escolarizado y otra entidad en la que desarrollará actividades pre-profesionales. Está pensado para alumnado con graves dificultades para la inserción social enel centro educativo con problemas de comportamiento, desmotivación o absentismo asociados.La entrada en este tipo de programas requiere la evaluación psicopedagógica y propuesta porparte del DO así como la autorización de la familia.

B) El “Programa d’Acolliment Lingüístic i Cultural”. (Ordre del 14 de junio de 2002) Sedirige a alumnos recién llegados, extranjeros o de otras comunidades del Estado, condesconocimiento de alguna o ambas lenguas oficiales de nuestra comunidad, el catalán y elcastellano. Los alumnos con desconocimiento de ambas lenguas i/o aquellos que presentandificultades sociales asociadas, pertenecen al “Programa de Compensación Educativa”, delcual es responsable en primera instancia el D.O.

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2.-Apoyo al plan de acción tutorial. Se siguen las instrucciones del 30 de abril de 1996 y seinsta a seguir las recomendaciones de los dos programas antes mencionados

3.-Apoyo al Plan de Orientación Académica y Profesional El Departamento de Orientación,siguiendo las directrices generales establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica,ha de elaborar el POAP y participar en la elaboración del Consejo Orientador que se debeformular para cada alumno al acabar la ESO y los programas de Garantía Social, especialmentecuando un alumno/a requiera de una orientación más personalizada a la hora de tomardecisiones respecto de las alternativas que se le presentan

Forman parte del Departamento de Orientación: el orientador/a, el profesorado de pedagogíaterapéutica, de compensatoria, los especialistas de audición y lenguaje, el profesorado técnicode servicios a la comunidad (si existen éstos últimos en el centro)y los profesores de los tresámbitos del Programa de Diversificación curricular. También el profesorado de Formaciónbásica de los programas de Garantía Social y de aquellos programas de Garantía Social queno tienen en el centro una FP de la misma familia profesional. No forman parte del DO losprofesores de FOL

Otros servicios de orientación en las Baleares. En los últimos años han proliferado en lacomunidad balear, con mayor presencia en Mallorca que en las demás islas, servicios deorientación académica y profesional, dependientes de la administración local, insular, de launiversidad... además de otros servicios de orientación de ámbito sindical o empresarial.Algunos de ellos son: Los Servicios Municipales de Orientación, solo presentes en algunospocos ayuntamientos, el “Servei d’Ocupació de les Illes Balears (SOIB)” , que cuenta conun servicio de orientación laboral y de ayuda al empleo. La oficina de Orientación de laUIB (Universidad de les Illes Balears), “Infojove”, red de información juvenil dependientede la Conselleria de Benestar Social La agrupación privada “Arc-46: grup de comunicaciód’informacions i orientacions educatives” la “Weib” web educativa de la Conselleria deEducación que contiene una página con enlaces a otras webs de Orientación, los servicios deOrientación de las distintas Centrales Sindicales, y la propia AOIB, (Asociació d’Orientadors/es de les Illes Balears), entre otras.

2.12. Aragón

Actualmente el sistema de orientación educativa y psicopedagógica en Aragón está articuladode diferente manera en los centros de Primaria y en los de Secundaria:

· En los centros de Educación Infantil y Primaria: Equipos externos al Centro ytutoría a nivel del aula.

· En los centros de Educación Secundaria y Centros de Educación de PersonasAdultas: Departamento de Orientación y Tutoría a nivel del aula.

Las actuales estructuras del sistema de orientación son:

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· Equipos externos al Centro

· Equipos de orientación psicopedagógica

· Equipos Específicos.

· Equipos de Atención Temprana

· Departamentos de Orientación en los IES.

La estructura de los departamentos de orientación difiere de la de los equipos, ya que el únicoprofesional de la psicopedagogía es el orientador, mientras que el resto de sus compañerosdel departamento son profesores de secundaria de diferentes campos de conocimiento. Losdepartamentos de orientación son desde el punto de vista orgánico un departamento más delcentro y sus tareas se centran dentro del Instituto.

Están formados por los siguientes profesionales :

· Profesor de apoyo al ámbito sociolingüístico .

· Profesor de apoyo al ámbito científico-tecnológico.

· Profesor de apoyo al área práctica.

· Profesor de Pedagogía Terapeútica en los centros que tienen alumnos deIntegración.

· Profesor de Compensatoria, sólo en algunos centros.

· Profesor de Formación Básica en los centros que tienen programas de GarantíaSocial.

El profesorado de FOL (Formación y Orientación Laboral) de Aragón perteneció aldepartamento de Orientación hasta el final del curso 99-2000 y sus funciones quedan recogidasen la Resolución de 29 de abril de 1996 de la Dirección General de Centros Escolares, sobreorganización de los departamentos de orientación en los IES.

En la actualidad este profesorado no pertenece al departamento de Orientación, ya que conel Decreto 140/2000, de 11 de julio del Gobierno de Aragón, se crean los departamentosdidácticos de Formación y Orientación Laboral, Economía y de Lenguas de Aragón en los IESde la Comunidad Autónoma de Aragón. El citado decreto no especifica nada acerca de lasfunciones de este profesorado ni sobre su coordinación con el departamento de orientación.

La intervención de los departamentos de orientación se organiza en torno a tres ámbitos:

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1.- Apoyo al proceso de enseñanza-aprendizaje .Participar en la CCP (Comisión deCoordinación Pedagógica) para incluir en los Proyectos Curriculares medidas de atención a ladiversidad. Llevar a cabo la evaluación psicopedagógica de los alumnos que vayan a cursar unprograma de Diversificación Curricular o de Garantía Social.

2.- Orientación académica y profesional. Entendida como un proceso continuo a lo largode toda la etapa con especial énfasis en los momentos en que el alumno ha de optar poralternativas distintas. . Elaborar el Programa de Orientación Académica y Profesional.Colaborar con el tutor en la elaboración el Consejo Orientador al final de la ESO

3.- Plan de Acción Tutorial. Coordinar , junto con la Jefatura de Estudios , la elaboración,desarrollo y evaluación del Plan de Acción Tutorial recogiendo las aportaciones de los tutores.

Asesorar a los tutores en sus funciones, facilitándoles los recursos necesarios. Intervencióndirecta con los alumnos en los casos en los que los tutores lo soliciten. Intervención con lasfamilias en los casos que lo requieran.

- NORMATIVA EN LA COMUNIDAD AUTONÓMA DE ARAGÓN

En el Modelo Educativo Aragonés aprobado en las Cortes de Aragón con sus 116 resolucionesen las sesiones del 8 y 10 de junio de 1998, se hacen menciones explícitas a la OrientaciónEducativa tanto en la Comunicación del Gobierno en sus apartados: 4.2.1 subapartado F(endonde se menciona la instauración de equipos de apoyo); y en el 4.4.2. subapartado B (endonde se habla de la dotación completa de los Departamentos. de Orientación).

El 29 de junio de 2000 el Departamento firmó con los agentes sociales el Pacto por laEducación. En dicho pacto se concretan 7 medidas relacionadas con la atención a la diversidad.Una de estas medidas es la siguiente: “Definición de una red de orientación para el curso2000-2001, lo que significó la consolidación de los Dtos. de Orientación en todos los I.E.S.,la reordenación y ampliación de los Equipos de orientación Educativa y Psicopedagógica(EOEP) con nuevos profesionales y la ampliación de los efectivos de profesorado especialistaen pedagogía terapeútica y en audición y lenguaje allí donde sean necesarios”.

El 19 de diciembre de 2000 (B.O.A. del 27 de diciembre) la Dirección General de RenovaciónPedagógica publicó el Decreto sobre alumnos con necesidades educativas especiales. EsteDecreto supone un cambio sustancial en todo lo relacionado con la Atención a la Diversidad.En su artículo 10 se indica que la orientación es uno de los principios básicos sobre losque se desarrolla la actividad educativa y que la intervención psicopedagógica tiene comoobjetivo el desarrollo integral del alumno por medio de la prevención y el asesoramientocontinuo a lo largo de todo el proceso educativo teniendo en cuenta que la acción tutorialestá profundamente ligada a la función orientadora. En el Decreto de atención al alumnadocon necesidades educativas especiales, la identificación de los alumnos con las referidasnecesidades correrá a cargo de los E.O.E.P.s en Educación Infantil y Primaria y de losDepartamentos de Orientación en Educación Secundaria.

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Este mismo decreto en su artículo 5 señala que el Dto. de Educación y Ciencia garantizarála atención del personal de orientación a través de los Equipos de Orientación Educativa yPsicopedagógica en Educación Infantil y Primaria, y de los Dtos. de Orientación en EducaciónSecundaria. En los centros de educación especial el personal cualificado encargado de estaorientación especializada, será un pedagogo, psicólogo o psicopedagogo.

Como consecuencia de ello el Dto. de Educación y Ciencia elaboró dos órdenes quedesarrollan este Decreto publicadas en el B.O.A. de 6 de julio de 2001:

* Orden de 25 de Junio por la que se regula la acción educativa para el alumnado que presentanecesidades educativas especiales derivadas de condiciones personales de discapacidad, física,psíquica o sensorial o como consecuencia de una sobredotación intelectual.

* La orden de 25 de junio que establece medidas de intervención educativa para el alumnadocon necesidades educativas especiales que se encuentre en situaciones sociales o culturalesdesfavorecidas o manifieste dificultades graves de adaptación escolar.

3. Servicios de orientación a nivel de otras Instituciones

Es frecuente, sobre todo en las grandes ciudades o áreas metropolitanas, de grandesmasas de población diversa y multicultural, constatar como se hace necesario la colaboraciónen la orientación , principalmente laboral, de otras Instituciones públicas como losAyuntamientos y privadas o independientes, a nivel incluso de voluntariado. Se trata enestos casos de asociaciones sin ánimo de lucro que prestan servicio de orientación a nivelprofesional o laboral, pero también a nivel personal en casos como el alcoholismo,drogodependencias, reinserción, etc. En todo caso, las relaciones del Departamento deOrientación con Asociaciones de este tipo, muchas veces promocionadas por el propioAyuntamiento a través de la Casa de la Juventud , para llevar a cabo algún programaconcreto de intervención no debe descartarse porque supone la oportunidad de mostrar alos jóvenes experiencias como la búsqueda de autoempleo, el cooperativismo, empresariosjóvenes y otros de esta índole que amplía el campo de la orientación formal llevada a caboen los Institutos. Diputaciones, Ayuntamientos y Delegaciones de Trabajo y Empleo estánincorporando servicios de orientación en todas las provincias.

También se empieza a experimentar y a introducir la Orientación en el nivel universitario,sobre todo en los primeros cursos. En los sitios que se ha implantado como la Universidadde Barcelona en colaboración con la UNED, se acude a la informática para informaciónacadémica y ocupacional.

Ejemplo de instituciones que apoyan la labor orientadora (Madrid)

Además de las Direcciones Generales ( especialmente la Dirección General de Centros yla Dirección General de Promoción Educativa) y los Servicios de Unidades de Programas

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Educativos de las Direcciones de Área Territoriales, la Comunidad de Madrid cuenta con unaserie de instituciones que apoyan la labor de los orientadores:

CRIF (Centro Regional de Innovación y Formación) Las Acacias.

Centro Regional de Apoyo a la Formación de la infancia.

Instituto Madrileño de Apoyo y Documentación Intercultural.

OTROS SERVICIOS QUE COMPLEMENTAN LA LABOR ORIENTADORA

La Comunidad de Madrid ha puesto en marcha en los últimos años una serie de servicios quecomplementan la labor tutorial y orientadora:

SAED : Servicio de Atención Educativa Domiciliaria.

SAI : Servicio de Apoyo Itinerante.

SETI : Servicio de Traductores e Intérpretes.

Escuelas de Bienvenida.

Centros Terapéuticos.Casi todas las Comunidades siguen el mismo camino que han emprendido Madrid y Cataluñao Navarra

RESUMEN DE LA ORIENTACIÓN EN LA COMUNIDAD ANDALUZA

Los servicios andaluces de orientación tienen su inicio en el Decreto 238 / 1983 B.O.J.A. 3 /12 / 83, que instauró los Equipos de promoción y Orientación Educativa(E.P.O.E s). Sus funciones quedaron definidas en una Resolución de B.O.J.A 15 / 9 / 89 y suorganización y funcionamiento en la Orden de 27 / 7 / 92 B.O.J.A. de 8 / 8 / 92. En esta mismaOrden se regulan el funcionamiento y organización de los Equipos de Atención Temprana yApoyo Educativo (E.A.T.A.E. s) y los Servicios de Apoyo Escolar. (S.A.E.s)

Poco después, a partir de 1991 se establecen de forma experimental losDepartamentos de Orientación, dependientes de la Dirección General de OrdenaciónEducativa de la Consejería de Educación. En 1995, una Orden de B.,O.J.A. 29 / 8 / 95establece directrices sobre organización y funcionamiento de la Acción Tutorial y losDepartamentos de Orientación. Ha sido derogada por la Orden de Agosto de 2006 sobre elPOAT. (BOJA 8-9-2006).

Un Decreto más reciente desarrolla el Reglamento Orgánico de los Institutos deSecundaria, el 200/ 1997 B.O.J.A. 6 / 9 / 97 y se va a encargar de perfilar aún más la funciónorientadora. El Capítulo II del mencionado Decreto se refiere al Departamento de Orientaciónen los Artículos 33 al 38 y comprende entre otras cuestiones:

· La composición del mismo, formado por un Orientador y, en su caso, maestrosespecialistas en Educación especial y Programas de Garantía Social; También se

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adscribirán los profesores de los ámbitos sociolingüístico y científicotecnológico delPrograma de Diversificación y el personal de orientación laboral.· Las funciones de los Orientadores. Asistir a las sesiones de evaluación, realizar losInformes Psicopedagógicos previos a la Adaptación Curricular y la DiversificaciónCurricular; colaborar con el profesorado en la prevención y detección de problemaseducativos; impartir la materia de Psicología.· Las funciones del Departamento de Orientación. Elaborar la propuesta de Plan deOrientación y de Acción Tutorial según las directrices del Equipo Técnico de CoordinaciónPedagógica (E.T.C.P.) y su inclusión en el Proyecto Curricular de Centro. Elaborar lasactividades del Departamento para su inclusión en el Plan Anual de Centro. Contribuir aldesarrollo del Plan de Orientación y Acción Tutorial. Colaborar con los DepartamentosDidácticos en la prevención y detección de problemas de aprendizaje, y elaborar laprogramación y realización de Adaptaciones Curriculares del alumnado que lo necesite.Realizar la Evaluación psicológica y pedagógica previa. Participar en el Consejo Orientadorsobre el futuro académico y profesional del alumnado. Formular propuestas al E.T.C.P.sobre los aspectos psicopedagógicos del P.C.C. Promover la investigación educativa yproponer actividades de perfeccionamiento.

El Decreto 2 / 1992 de B.O.J.A 15 / 1 / 92 establece los Programas de Formación ProfesionalOcupacional de Adultos, circunscritos al área de trabajo de los Equipos de Apoyo externode zona, los cuales incluyen actividades de formación para desempleados, especialmentemenores de 25 años, programas de formación en la mediana y pequeña empresa y formaciónpara grupos con problemas de colocación. Esta actividades de formación deben contener unafase de información profesional que sirva de complemento y que deberá contener informaciónsobre posibilidades de empleo, técnicas de búsqueda de empleo, autoempleo y otrasestrategias basadas en las condiciones económicas actuales.

Una reorganización de los servicios externos de apoyo y orientación se producea mediados de los noventa, en la que nos vamos a detener especialmente por tratarse deuna nueva perspectiva organizativa en la Orientación de nuestra Comunidad de interesantesconsecuencias, sobre todo las que se derivan de una centralización de servicios que antesse presentaban muy descoordinados . En el decreto 213 / 1995 B.O.J.A. 29 / 11 / 95 sedesarrollan las funciones asignadas a los Equipos de Orientación Educativa ( E.O.E.s ) quevienen a integrar los anteriores servicios de orientación en uno sólo. Destacamos de la filosofíade esta Normativa estas novedades :

· El papel primordial de estos E.O.E.s. es el de colaborar con los centros públicosde Infantil, Primaria, Secundaria, Educación de Adultos y Residencias Escolares, en laformulación y puesta en práctica de una respuesta educativa ajustada a sus necesidades.· Los Orientadores de estos Equipos tendrán una serie de centros de referencia , quedandoasí asignados a colegios de Infantil y Primaria.· Estos Orientadores de referencia canalizarán su actuación a través de la Jefatura deEstudios y asistirán como miembros de hecho a las Reuniones del Equipo Técnico deCoordinación Pedagógica.· En los centros de Secundaria la intervención de los E.O.E.s. se canaliza a través delDepartamento de Orientación y Jefatura de Estudios.· Para desempeñar su trabajo, los equipos de Orientación educativa elaborarán un Plande Actuación en la zona que recoge los programas de intervención para dar respuesta a lasnecesidades de asesoramiento y apoyo manifestados por los centros.

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En la Orden de 23 de julio de 2003, se regulan determinados aspectos sobre la organizacióny el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa. (B.O.J.A. de 13.08.03)

Por último, citar la Órdenes de 2006, Agosto, sobre Plan de orientación y Acción Tutorialy los Departamentos de Orientación, ambas en el BOJA 8-9-2006. Los Departamentos deOrientación están formados por el Orientador y profesorado de diferente cualificación yespecialización según las circunstancias como, por ejemplo, Profesores de EducaciónEspecial. El Departamento de Orientación, cuyos usuarios son el alumnado, las familias yel profesorado, deberá elaborar un Plan de Orientación y Acción Tutorial, en colaboracióncon los Tutores y Tutoras, bajo las prescripciones del ETCP, especificando las actividades,objetivos, actuaciones y procedimientos a seguir. El área de actuación depende directamentede la Jefatura de Estudios y se destacan, entre otros, los siguientes ámbitos concretos deactuación:

· Atención a la diversidad del alumno,· Orientación Académica y profesional,· Acción Tutorial,

EL SISTEMA DE ORIENTACIÓN EN ESPAÑA EN LAS DISTINTASADMINISTRACIONES

L.G.E. 1970 Primeras experiencias orientadoras muy localizadas* Modelo counseling y Rasgos y Factores

Proyecto de Reforma de la Enseñanza (1987), Art. 18El libro Blanco (1989), Art. 2 - 13: La Acción Tutorial

La orientación educativa y la intervención psicopedagógica (1990), documento a debate.La L.O.G.S.E. (1990) y su desarrollo normativo. Consecuencias:

· Departamentos de Orientación en experimentación· Equipos interdisciplinares

La LOE de 2003 a la espera de desarrollo normativo en las ComunidadesLa LEA en Andalucía, 2007

PROPUESTA DE PARTIDA· Ampliación conceptual de la función tutorial

· Modelos de Servicios y Programas

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· La orientación educativa· Tratamiento de la diversidad : Adaptación curricular

Diversificación curricular

LA ESPAÑA DE LAS AUTONOMÍAS· Competencias educativas

· Modelos diferenciados de orientación

MODELO M.E.C

· Orientación a nivel de aula:Función Tutorial

· Orientación a nivel de centro:Departamento de Orientación

· Orientación a nivel de sistema escolar:Equipos interdisciplinares

MODELOS AUTONÓMICOS

· Orientación educativa, escolar, preventiva y de atención a la diversidad en algunas Comunidades.

· Orientación profesional y vocacional, hacia la búsqueda de empleo en otras.

· Departamento de Orientación en Secundaria en todas las Comunidades.

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