el sistema nacional de pensiones del perú

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1.- ORIGEN HISTÓRICO Y LEGAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. El Sistema Nacional de Pensiones del Perú, se creó en 1973, durante el gobierno del general Juan Velasco Alvarado, mediante el Decreto Ley. N° 19990, consolidando en uno solo los regímenes de pensiones que existían anteriormente, la Caja Nacional del Seguro Social, las leyes N° 8433 y 13640, el Seguro Social del Empleado - Ley N° 13724 y el Fondo Especial de Jubilación de Empleados Particulares - Ley N° 17262, a los cuales deroga. La administración del sistema Nacional de Pensiones fue encargada al Seguro Social del Perú, labor que asumió luego el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) con su creación en el año 1980. CONCEPTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Es un derecho laboral de gran importancia para los trabajadores y la persona humana, está regulado en nuestra legislación laboral y en la legislación laboral comparada, la seguridad social es un derecho que protege y prevé al trabajador como persona humana y a su familia contra los riesgos sociales presentes y futuros que afecten su vida, su salud y

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Page 1: El Sistema Nacional de Pensiones del Perú

1.- ORIGEN HISTÓRICO Y LEGAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

El Sistema Nacional de Pensiones del Perú, se creó en 1973, durante el gobierno del general

Juan Velasco Alvarado, mediante el Decreto Ley. N° 19990, consolidando en uno solo los

regímenes de pensiones que existían anteriormente, la Caja Nacional del Seguro Social, las leyes

N° 8433 y 13640, el Seguro Social del Empleado - Ley N° 13724 y el Fondo Especial de

Jubilación de Empleados Particulares - Ley N° 17262, a los cuales deroga. La administración del

sistema Nacional de Pensiones fue encargada al Seguro Social del Perú, labor que asumió luego

el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) con su creación en el año 1980.

CONCEPTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Es un derecho laboral de gran importancia para los trabajadores y la persona humana, está

regulado en nuestra legislación laboral y en la legislación laboral comparada, la seguridad social

es un derecho que protege y prevé al trabajador como persona humana y a su familia contra los

riesgos sociales presentes y futuros que afecten su vida, su salud y su economía este derecho

garantiza el beneficio personal y familiar de los trabajadores.

El Sistema Nacional de Pensiones del Perú, se creó en 1973, durante el gobierno del general

Juan Velasco Alvarado, mediante el Decreto Ley. N° 19990, consolidando en uno solo los

Page 2: El Sistema Nacional de Pensiones del Perú

regímenes de pensiones que existían anteriormente, la Caja Nacional del Seguro Social, las

leyes N° 8433 y 13640, el Seguro Social del Empleado - Ley N° 13724 y el Fondo Especial de

Jubilación de Empleados Particulares - Ley N° 17262, a los cuales deroga. La administración

del sistema Nacional de Pensiones fue encargada al Seguro Social del Perú, labor que asumió

luego el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) con su creación en el año 1980.

2.- CONCEPTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

En el año 1880, correspondió al canciller Bismarck crear la primera forma de protección social

mediante el seguro social obligatorio que comprendía a toda la clase asalariada de Alemania.

El seguro social obligatorio tenía un financiamiento contributivo que consistía en un aporte que

el empleador descontaba a sus trabajadores de sus salarios a lo que se sumaba el aporte y

también así hacían los empleadores; éste se entregaba a la entidad que administraba el

seguro social obligatorio y servía para pagar las prestaciones de los empleadores, víctimas de

las contingencias sociales.

Page 3: El Sistema Nacional de Pensiones del Perú

1.- ORIGEN HISTÓRICO Y LEGAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

2. - SISTEMA DE CAPITALIZACIÓN.

Se le llama así a otra forma de organizar el ahorro, cuando las personas capitalizan

aportaciones y rendimientos sobre ellas para financiar sus pensiones de jubilación, en sentido

estricto, la pensión que alguien percibe luego de una determinada edad es el resultado de lo

que ha invertido y ahorrado, incluyendo los rendimientos capitalizados a lo largo de su vida.

Page 4: El Sistema Nacional de Pensiones del Perú

Guia Didáctica de Derecho de la Seguridad Social

3. - CORRIENTE SUBVENCIONISTA POR PARTE DEL ESTADO.

Esta corriente considera que dos estados gravan correctamente los resultados de la

rentabilidad de las personas, tal es el caso del impuesto a la renta que permite establecer el

tributo en forma proporcional de acuerdo a la renta que obtiene el contribuyente, en este caso

queda obligada la población con mayor capacidad contributiva, pero también se da el caso del

impuesto indirecto que recae sobre el consumo que hace la persona.

4. - CORRIENTE SUBVENCIONISTA MIXTA:

4.1. - Modelo Dual.- El sistema público es reformado gradualmente o al inicio, en parte o en

todo, pudiendo contener capitalización colectiva procesal, el afiliado puede elegir entre los dos

sistemas y los que están en el sistema de capitalización pueden cambiar libremente de

administradora de fondos, la preferencia entre uno u otro régimen e incluso entre distintas

administradoras dentro del mismo régimen deben de terminar riesgos políticos y financieros,

también valoran la calidad de la gestión y la administración, de igual manera la regulación y

supervisión están a cargo de una superintendencia en un contexto del marco de los

reguladores públicos existentes para la banca y seguros.

4.2. - Modelo Mixto.- También implica la reforma del sistema público y pasa a ser un

componente que se combina con la del régimen de capitalización plena e individual. El

sistema público reconoce una atención básica bajo un sistema de reparto y el de

capitalización otorga un monto adicional sobre sus aportes voluntarios, es decir, tiene dos

componentes: un sistema público de reparto y beneficios definidos, y un sistema privado de

capitalización individual, el cual se paga en una pensión complementaria .

5. - LA SEGURIDAD SOCIAL TRANSMITIDA DE GENERACIÓN EN GENERACIÓN.

En este sistema el reparto de la seguridad social tiene beneficios definidos no vinculados

actualmente a las aportaciones de los asegurados, en efecto el mecanismo de la seguridad social

se baso en un sistema de reparto como solidaridad intergeneracional, es decir, que las

aportaciones de quienes están trabajando hoy día sirven para pagar las planillas de los actuales

pensionistas beneficiarios.

Page 5: El Sistema Nacional de Pensiones del Perú

1. LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA LEGISLACIÓN LABORAL MODERNA.

La reforma de la seguridad social en América Latina se considera, está basada en las

medidas adoptadas en el consenso de Washington para los países en desarrollo que salían

de la crisis de la deuda externa y del periodo de industrialización. Es conocido como un

paquete de 10 instrumentos de política pública, cuya aplicación se dio en los países de

Latinoamérica con la finalidad de ajustar sus economías en crisis y reanudar el crecimiento

social.

2. LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL MUNDO GLOBALIZADO.

Frente a los problemas de la seguridad social, es decir frente a los apremiantes de las

necesidades de la población o ciudadanos en la búsqueda de su protección y previsión de los

riesgos sociales, la legislación laboral moderna ha buscado soluciones a la seguridad social.

Page 6: El Sistema Nacional de Pensiones del Perú

LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL DERECHO LABORAL MODERNO Y EN EL MUNDO

GLOBALIZADO

1. LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA LEGISLACIÓN LABORAL MODERNA.

La reforma de la seguridad social en Amér ca Latina se considera, está basada en las

medidas adoptadas en el consenso de Washington para los países en desarrollo que salían

de la crisis de la deuda externa y del periodo de industrialización. Es conocido como un

paquete de 10 instrumentos de política pública, cuya aplicación se dio en los países de

Latinoamérica con la finalidad de ajustar sus economías en crisis y reanudar el crecimiento

social.

2. LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL MUNDO GLOBALIZADO.

Frente a los problemas de la seguridad social, es decir frente a los apremiantes de las

necesidades de la población o ciudadanos en la búsqueda de su protección y previsión de los

riesgos sociales, la legislación laboral moderna ha buscado soluciones a la seguridad social.

Page 7: El Sistema Nacional de Pensiones del Perú

3. LA GLOBALIZACIÓN Y LA SEGURIDAD SOCIAL.

Los procesos de cambio que experimenta en los últimos años el Derecho de Trabajo produce

consecuentemente nuevos modelos respecto a los derechos de los trabajadores en la

regulación de sus relaciones laborales con sus empleadores y el Estado, especialmente

cuando se refiere al Derecho de la Seguridad Social, inclusive con el criterio de ciertos juristas

de que los cambios son esenciales y los nuevos contratos de trabajo introducidos al campo

laboral basados en cierto término jurídico, está conllevando a la reducción e inclusive a la

eliminación y violentación del Derecho de la Seguridad Social, no solamente en nuestra

legislación laboral sino también en la legislación laboral de los países latinos y en la legislación

laboral comparada de los países europeos y de otros continentes.

4. LA JUSTIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN OTRAS LEGISLACIONES LABORALES COMPARADAS.

La seguridad social como un derecho laboral en el mundo es admitida por todas las

legislaciones laborales aunque con diferentes requisitos, diferentes programas, diferentes

formas, diferentes prestaciones pero existe la necesidad de legislarla y protegerla como un

derecho en favor de las personas, trabajadores y sus familiares, convirtiéndose la seguridad

social en un instrumento necesario para cada estado moderno, tomando decisiones

valorativas y fundamentales, buscando la protección de los derechos humanos,

considerándose finalmente a la seguridad social en favor de los individuos como un derecho

fundamental que haga posible el disfrute real y efectivo de todos los demás derechos.

5. SEGURIDAD SOCIAL PÚBLICA Y PRIVADA.

Según las legislaciones laborales en los diferentes países, así como en nuestra legislación

laboral nacional, se ha legislado el Régimen Laboral Público y el Régimen Laboral Privado,

otorgándole a cada uno de ellos un sistema legal o jurídico propio, y estableciéndose

diferentes derechos sociales así como diferentes requisitos o elementos para poder obtener

las prestaciones que otorga cada sistema legal: