elecciones generales 2018€¦ · • efectuar el conteo de los votos y registrar los resultados...
TRANSCRIPT
Busca afianzar las prácticas democráticas; se proyecta al futuro con la intención de que los Niños, Niñas y
Adolescentes, transmitan y fortalezcan las instituciones y los procesos políticos de nuestra nación, facilitando las
herramientas con las que puedan enfrentar al reto de expresar su voluntad y motivar el interés cívico de la niñez
y adolescencia, participando activamente en un proceso educativo que simula las elecciones adultas, para que
por medio de esta vivencia aprendan sobre el proceso eleccionario que les tocará experimentar como adultos.
Las elecciones de la Niñez y Adolescencia no tendrán ninguna validez en la decisión presidencial; contarán con
papeletas especialmente creadas para el efecto, de modo a no ocasionar ningún tipo de confusión con las
papeletas oficiales.
La coordinación y el control sobre el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento estarán a
cargo de la Comisión de “Educar para Elegir”.
OBJETO
CONSIDERACIÓN
RESPONSABLE
El programa piloto denominado “Educar para Elegir” se realizará en cuatro locales:
En los que podrán votar niños, niñas y adolescentes de entre 5 a 17 años de edad, y elegirán simbólicamente al
futuro Presidente y Vicepresidente de la República.
También podrán participar niños menores de 5 años que no requieran la asistencia de sus padres o tutores.
Se utilizará un padrón abierto que permitirá que los menores en la edad de 5 a 17 años, beneficiados
por el programa, puedan ejercer el derecho al sufragio.
LOCALES DE VOTACIÓN
EDADES
REQUISITO DE ELECTORES
COLEGIO CRISTO REY
COLEGIO SAN PEDRO Y SAN PABLO
ESCUELA NACIONAL RÉPÚBLICA DE CHILE
ASO. DE FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA
1. Edad entre 5 a 17 años; También podrán votar los menores de 5 años que no
requieran la asistencia de sus padres o tutores;
2. Presentar su Cédula de Identidad;
3. Autorización para participar suscripta por el Padre/ Madre, Tutor/a, Encargado/a el cual
acompaña al menor
REQUISITOS
Mesas receptoras de votos. Las mesas receptoras de votos estarán integradas por tres miembros funcionarios de la Justicia Electoral. Deberes de los miembros de mesa receptora de votos. • Llenar el acta de apertura; • Inscribir a los votantes; • Entregar las papeletas a las y los electores; • Recibir el voto de las y los electores; • Firmar los boletines de votos; se requieren firmas del Presidente de Mesa y de dos vocales; • Efectuar el conteo de los votos y registrar los resultados finales en el acta de cierre y de escrutinio; • Cerrar la mesa y entregar a la Comisión “Educar para Elegir” toda la documentación. • Entregar todo los materiales y los resultados en la mesa de recepción ubicada en la sede central de
la Justicia Electoral
DE LOS AGENTES ELECTORALES
Apoderados y Veedores. Podrán designarse apoderados y veedores de entre los niños, niñas y
adolescentes beneficiarios del programa, a efectos de que se familiaricen con el debido proceso
electoral, además de los representantes de las agrupaciones políticas que se encuentren en el local.
Observación Participación de las organizaciones políticas: El Tribunal Superior de Justicia Electoral será
el encargado de fiscalizar todo el proceso y se invitarán a las distintas agrupaciones políticas a participar
como observadores del mismo, además de los observadores nacionales e internacionales que estarán
presentes.
PROCESO DE VOTACIÓN
El presidente y los dos vocales de cada mesa receptora de votos y los suplentes deberán
reunirse el día fijado para los comicios en el local de votación correspondiente. Si el presidente o alguno
de los vocales no acudiere le sustituirá su suplente. No puede constituirse la mesa sin la presencia de un
presidente y dos vocales. En caso de ausencia de sus miembros, la Comisión “Educar para Elegir”
arbitrará la integración de la mesa.
Los Miembros de Mesas firmarán el Acta de Instalación de Mesa y Apertura de la votación.
También podrán firmarla los veedores que estuviesen presentes; la falta de sus firmas no anulará el acta
y podrá iniciarse la votación. Esta acta y la documentación anexa formarán la cabeza del expediente
electoral de la mesa.
Integrada la mesa receptora de votos
Con la presencia del presidente y los vocales, se distribuirán los elementos y útiles requeridos a tal fin:
a) Una urna transparente colocada en lugar bien visible para el depósito de los votos. La misma será
cerrada y precintada con tira de papel engomada que deberá ser suscrita por el presidente y los vocales;
b) Tinta indeleble, bolígrafos, reglas, cinta de embalaje, porta tinta, bolsa de basura y Lienzo;
c) Una casilla, como cuarto reservado para marcar el voto;
d) Un número suficiente de boletines y demás elementos usados en la votación;
e) Un expediente electoral compuesto por:
1) La portada;
2) Acta de instalación de mesas y apertura de votación y registro de firmas;
3) Acta de Sustitución de Miembros de mesas (dos);
4) Acta de Incidente de oposición al voto ciudadano (dos);
5) Registro de electores de la mesa;
6) Casilla Especial para el voto de miembros de Mesa y Veedores;
7) Acta de Cierre de votación;
8) Comparación de votantes según el Padrón con Boletines;
9) Acta de escrutinio; y,
f) Carteles impresos con los nombres de todos los candidatos de los cargos a ser elegidos.
Comprobada la existencia de los útiles y materiales mencionados precedentemente, se dará inicio a la votación
Registro de electores y su autorización. La identificación del elector y el derecho a votar se acredita con la cédula de
identidad, la que será entregada al turno de votar, ocasión en la que se formará el registro de electores, previa
suscripción de la autorización para dicho acto por los padres o tutores, la que será anexada al expediente de mesa
receptora de votos.
Orden de la votación: Los electores votarán en el orden de su llegada, para cuyo efecto deberán formar fila de a uno.
Verificada la identidad del elector/a: se comprobará también que no tenga el dedo índice de la mano derecha
impregnado con grasa o alguna sustancia que impida que la tinta indeleble se fije, y de ser así ordenará la limpieza
del mismo.
El elector/a pasa a la casilla de votación y marca el boletín en el recuadro de su preferencia empleando para ello el
bolígrafo que se le entrego. Después dobla los boletines de tal forma que las firmas de los vocales queden visible,
luego regresa a la mesa receptora de votos, el elector/a entregará el bolígrafo y el boletín de voto doblado al
presidente de mesa, para que este lo firme en la parte sombreada. Antes de que el elector/a deposite su voto en la
urna deberá entintar el dedo índice de la mano derecha; concluido este paso depositará su voto y dejará su huella en
el Lienzo y luego retirará su prendedor y cédula de identidad.
Preferencia:
Los electores votarán en el orden de su llegada, para cuyo efecto deberán formar fila de a uno. La mesa dará
preferencia a:
a) niños, niñas y adolescentes con discapacidad;
b) enfermos.
16:00 pm. el presidente declarará cerrada la votación. Si estuvieren presentes en la fila electores/as que no hubiesen
votado todavía, el presidente admitirá que lo hagan y no permitirá que voten otros que vayan llegando después.
Culminada la votación, se asentará en el acta respectiva el número de personas que votaron. Igualmente, el número
de votantes se anotará en la casilla de coincidencias de votantes con boletines de votos del acta de Escrutinio. Estas
anotaciones serán firmadas por los Miembros de Mesas.
ESCRUTINIO
Terminada la votación, comenzará el escrutinio. Cualquier elector/a tiene derecho a presenciarlo en silencio, a la
distancia prudencial que disponga el presidente de mesa, quien tiene la facultad de ordenar en forma inmediata, si
fuese necesario el retiro del recinto de las personas que, de cualquier modo, entorpezcan o perturben el escrutinio.
Operaciones de escrutinio se realizarán en el mismo sitio en que tuvo lugar la votación, en un solo acto ininterrumpido. Ellas se ajustarán al siguiente procedimiento: a) En primer término, el presidente procederá a retirar la precinta firmada con la que se cerró la urna y procederá a su apertura; b) Una vez abierta la urna se procederá al conteo de los boletines en ella. Si apareciere algún boletín que se aparte del modelo utilizado para la votación o no estuviere firmado por el presidente y los vocales, será anulado sin más trámite; c) Inmediatamente se cotejará el número de boletines extraídos con el número de votantes registrados en la mesa. Si existiere diferencia se hará mención de ello en el acta de escrutinio. Si el número de boletines fuere mayor que el número de sufragantes según los datos del registro de electores, el presidente sacará, sin abrirlos, un número de boletines igual al del excedente y los destruirá inmediatamente. Si la diferencia es de menos, se dejará la constancia del hecho en el acta. Seguidamente, se introducirán de nuevo todos los boletines en la urna. A continuación, el presidente de mesa irá desdoblando uno a uno los boletines y leerá en voz alta el contenido de ellos. Terminada la lectura de los boletines, se procederá al recuento de los votos. A continuación el presidente preguntará si hay alguna protesta que hacer contra el escrutinio; no habiendo ninguna o después de que la mesa resuelva las que se hubieren presentado, anunciará en voz alta el resultado del escrutinio. Inmediatamente se procederá a labrar el acta del escrutinio, en la que se asentarán los resultados obtenidos por cada representación por partido, movimiento político, alianza o concertación, así como los votos nulos y en blanco. El asiento de los totales se hará en letras y números.
LUGAR DE ESCRUTINIO
Entrega de los materiales, útiles, formularios y resultado del escrutinio:
el presidente de mesa procederá a hacer entrega a la Comisión “Educar para Elegir”, previa introducción en un sobre
de papel madera y otro de plástico, del expediente electoral que contendrá:
a) Los registros de electores utilizados en la mesa con las autorizaciones correspondientes;
b) El acta de constitución de la mesa (apertura de la votación), a la que se anexarán todas las
reclamaciones que se hubieren deducido;
c) Las actas de toda incidencia que hubiere ocurrido durante la votación; y,
d) El acta de escrutinio a la que se anexarán todos los reclamos y objeciones que se hubieran
presentado.
Una vez recepcionados todos los expedientes electorales por la Comisión “Educar para Elegir”, efectuará el cómputo y
juzgamiento definitivo de la elección de referencia; los resultados oficiales se darán a conocer en el día por las
cuentas institucionales a través de las redes sociales; y en la página web del TSJE desde el día martes 24 de abril de
2018, de manera a evitar alguna interferencia con las Elecciones Generales.
COMPUTO, JUZGAMIENTO Y PRONUNCIAMIENTO DEL RESULTADO:
De los Mecanismos de Seguridad de los Boletines Los boletines a ser utilizados para que los niños, niñas y adolescentes con edad de entre los 5 y 17 años, beneficiados por el programa, contarán con las siguientes medidas de seguridad: a) Marca de Agua con el eslogan “Construyendo mi País”; b) Logo impreso del programa; c) Margen de otro color; d) Logo impreso del programa en el reverso de los boletines; e) Firmas del Presidente de mesa, en la parte sombreada, y de dos vocales.
De la autorización de los Padres/tutores o encargados. Para el registro de firma se habilitará una planilla que contenga los siguientes datos a) Nombre y Apellido del elector/a; b) Edad del Elector/ac) Número de Cédula del Elector/a;d) Nombre y Apellido del Padre/madre, tutor/a o encargado/a; e) Número de Cédula del Padre/madre, tutor/a o encargado/a; f) Firma del Padre/madre, tutor/a o encargado/a. En dicha planilla se dejará expresa constancia del siguiente texto: “Autorizo a la Justicia Electoral a la utilización de la imagen de mi hijo/a, en materiales de apoyo que considere pertinentes para la difusión y promoción del proyecto “EDUCAR PARA ELEGIR” y que se distribuyan en el país o en el extranjero por cualquier medio ya sea impreso, electrónico o cualquier otro. De igual manera, es mi deseo establecer que esta autorización es voluntaria y gratuita, y que la Justicia Electoral cuenta con mi autorización para la utilización, reproducción, transmisión, retransmisión de la imagen de mi hijo/a en las campañas de promoción que realice esta institución por cualquier medio, así como la fijación de la misma en proyecciones, videos, gráficas, textos, filminas y todo el material estableciendo que se utilizará única y exclusivamente para los fines antes señalados. Autorizo a que sea utilizada durante el tiempo que sea adecuado; sin embargo, dicha autorización podrá ser restringida mediante escrito dirigido al TSJE”.
CONSIDERACIONES
A los efectos de la protección integral de la Niñez y Adolescencia contra toda clase de explotación, queda
absolutamente prohibido que el día de los comicios los Niños, Niñas y Adolescentes que concurran a los
recintos electorales utilizando distintivos, colores o remeras que hagan alusión a las candidaturas en pugna en
los comicios de referencia. Igualmente, queda prohibida la utilización de la imagen de los Niños, Niñas y
Adolescentes, en las campañas electorales de los candidatos. Así mismo, con el afán de salvaguardar la
importancia del secreto del voto, queda prohibido el día de los comicios, la realización de sondeos de opinión,
encuestas o cualquier otra actividad que induzca a revelar la intención de voto o preferencia de los electores/as
hacia determinada candidatura.
PROHIBICIONES
MATERIALES UTILIZADOS
PAPELETA DE VOTO PARA PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE
CREDENCIALES PARA MIEMBROS DE MESA
PRENDEDOR, COMO CERTIFICADO DE VOTACIÓN