empresa individual de responsabilidad limitada

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EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Concepto de Sociedad: Art. 2053 Código Civil: “La sociedad o compañía es un contrato en que dos o mas personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir entre si los beneficios que de ello provengan. La sociedad forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados” Elementos del contrato social: Affectio Societatis. (pluralidad de socios) Estipulación de un aporte. Distribución de ganancias Participacion en las perdidas. Limitación de responsabilidad derivada de la constitución de sociedades con responsabilidad limitada de los socios. Significado de la limitación de responsabilidad. Derecho de prenda general, 2.465 Codigo Civil. Significa que la sociedad es de responsabilidad limitada?, no, la sociedad responde con todos sus bienes respecto de sus obligaciones, lo que sucede es que no hay una duplicidad de patrimonios al servicio de los acreedores sociales, los socios no responden con su patrimonio personal de las obligaciones sociales. Evolucion historica del concepto. La sociedad colectiva establecida en los codigos civil y de comercio establece la responsabilidad ilimitada de los socios por los negocios y obligaciones sociales. Sociedad colectiva civil: A prorrata entre los socios. Art. 2.068 Codigo Civil. Sociedad colectiva mercantil: Solidaria entre los socios. Art. 370 Codigo de Comercio. Fue el propio desarrollo de los negocios el que exigio la existencia de las sociedades de responsabilidad limitada como una manera de incentivar las actividades economicas ya que se permitia a los

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Gabriel Palma Rogers

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  • EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

    Concepto de Sociedad: Art. 2053 Cdigo Civil: La sociedad o compaa es un contrato en que dos o mas personas estipulan poner algo en comn con la mira de repartir entre si los beneficios que de ello provengan. La sociedad forma una persona jurdica distinta de los socios individualmente considerados Elementos del contrato social:

    Affectio Societatis. (pluralidad de socios) Estipulacin de un aporte. Distribucin de ganancias Participacion en las perdidas.

    Limitacin de responsabilidad derivada de la constitucin de sociedades con responsabilidad limitada de los socios.

    Significado de la limitacin de responsabilidad.

    Derecho de prenda general, 2.465 Codigo Civil. Significa que la sociedad es de responsabilidad limitada?, no, la

    sociedad responde con todos sus bienes respecto de sus obligaciones, lo que sucede es que no hay una duplicidad de patrimonios al servicio de los acreedores sociales, los socios no responden con su patrimonio personal de las obligaciones sociales.

    Evolucion historica del concepto.

    La sociedad colectiva establecida en los codigos civil y de

    comercio establece la responsabilidad ilimitada de los socios por los negocios y obligaciones sociales.

    Sociedad colectiva civil: A prorrata entre los socios. Art. 2.068 Codigo Civil. Sociedad colectiva mercantil: Solidaria entre los socios. Art. 370 Codigo de Comercio.

    Fue el propio desarrollo de los negocios el que exigio la existencia de las sociedades de responsabilidad limitada como una manera de incentivar las actividades economicas ya que se permitia a los

  • empresarios enfrentar los riesgos inherentes al negocio sin necesidad de arriesgar todo su patrimonio e incluso el de su familia.

    Dicha necesidad se ha incrementado hoy en dia desde el punto de

    vista de por que no permitir a una persona individual enfrentar el riesgo de los negocios sin necesariamente asumir dicho riesgo en el patrimonio, simplemente decir, yo voy a dicho negocio y arriesgo tal cantidad de bienes en dicho negocio.

    El propio SII ya lo aceptaba otorgando RUT de empresario

    individual, pero ello solo otorgaba la posibilidad de llevar contabilidad separada y tributar en base a los resultados del negocio emprendido.

    En que forma generalmente se salvaba la situacin hasta antes de

    la dictacion de la Ley No. 19.857? > Picardia criolla, Palo Blanco > no es otra cosa que conseguir socios con participacion nominal.

    Luego de mucho discutir (el proyecto estuvo mas de 10 agnos en el

    Congreso), nuestro legislador opto por crear la forma jurdica de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.

    Diversas formas jurdicas se han adoptado en el derecho comparado para enfrentar esta situacin:

    Sociedad Unipersonal. Muy usada en Europa. Patrimonios de Afectacin. Sin otorgar personalidad

    jurdica separada del empresario se discutido en doctrina otorgar a ciertos grupos de activos la calidad de patrimonios de afectacin, que, sin constituir un patrimonio separado de la universalidad jurdica que forma el patrimonio del titular, estan afectos exclusivamente a la satisfaccin de determinadas obligaciones >Patrimonio separado de la mujer casada > warrants.

    Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.

    Mas usada en paises latinoamericanos. Nuestro legislador opto por esta por cuanto no quiso

    violentar los elementos inherentes al concepto societario, particularmente la existencia del Affectio Societatis.

  • De tal manera permitio la creacin de una persona jurdica comercial con patrimonio propio separado del del titular.

    Concepto de persona jurdica esta establecido en el Art. 545 del Codigo Civil, como una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. >Todos los atributos de la personalidad, nombre, patrimonio, domicilio, nacionalidad, etc se encuentran presentes.

    La verdad es que no existe mayor diferencia que academica y teorica, lo que se encuentra ratificado por el Art. 18 de la Ley, que hace aplicables supletoriamente las normas aplicables a las sociedades comerciales de responsabilidad limitada.

    Dichas razones llevaron a la dictacion de la Ley No. 19.857, publicada en el Diario Oficial de fecha 11 de Febrero de 2003. Obviamente ello puede significar abusos mediante la utilizacin de sociedades simuladas o las llamadas sociedades de papel. Las legislaciones y jurisprudencias anglosajonas han enfrentado el problema a traves de la teoria del levantamiento del velo corporativo (piercing the corporate veil), en virtud de la cual se hace inoponible la personalidad jurdica independiente de las sociedades cuando la sociedad no tiene existencia propia, es un mero alter ego del titular.

    Definicin. Art. 2

    La empresa individual de responsabilidad limitada es una persona jurdica con patrimonio propio distinto al del titular, es siempre comercial y esta sometida al codigo de comercio cualquiera que sea su objeto; podra realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales, excepto las reservadas por la Ley a las Sociedades Annimas.

    Persona jurdica separada e independiente. Siempre comercial. Que significa, el ente es en si un

    comerciante, que puede realizar actividades que sea civiles o comerciales en su naturaleza, puede tener objetos civiles o comerciales, pero en general las actividades por aplicacin de la teoria de lo accesorio van a ser consideradas actos de comercio. No seria deudor calificado de por si, la calificacin del Art, 41 de la Ley de Quiebras establece una calificacin factica, el deudor que ejerce una actividad industrial, comercial, minera o agrcola .

  • Constitucin.

    Pueden ser constituidas por toda persona natural, sea Chilena o extranjera. Importante es considerar que al ser extranjera se debe cumplir con las instrucciones actualmente vigentes del SII en el sentido de que debe obtener RUT en Chile para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

    Sin perjuicio de la discusin parlamentaria no se permitio la constitucin por parte de personas jurdicas. Se entendio que el sistema tendia a apoyar al pequeo empresario, y no satisfizo mucho la existencia de la doble limitacin de responsabilidad. Opinin: (a) En terminos legales una persona natural es lo mismo que una persona jurdica por lo que la doble limitacin de responsabilidad no es argumento; (b) Traera discordancias con lo las legislaciones extranjeras, particularmente a la luz de los tratados de libre comercio que estan siendo firmados por el pais.

    Por escritura publica, inscrita y publicada dentro del plazo de 60

    dias contados desde la fecha de la escritura.

    Menciones de la escritura.

    Nombre, apellido, estado civil, nacionalidad, edad y domicilio del constituyente. Hay que agregar la cedula de identidad o pasaporte para que se cumpla con los requisitos que el Art. 405 del COT establece para que el instrumento sea escritura publica, de lo contrario como tal falla la solemnidad e incurrimos en un vicio de nulidad absoluta.

    Se establecio el requisito de la edad con el objeto que los terceros puedan tener certeza absoluta respecto de quien es el empresario individual con quien se contrata.

    Nombre de la empresa. Que debe contener:

    Nombre y apellido del constituyente. Actividades economicas que constituyan el

    objeto o el giro de la empresa. Terminar con las palabras Empresa

    Individual de Responsabilidad Limitada o la sigla EIRL.

    Se permite expresamente que tenga un nombre de fantasia, con lo cual se ha dado

  • reconocimiento expreso a la costumbre mercantil existente.

    Monto del capital que se transfiere a la empresa, indicacin

    de si se transfiere en dinero o en especies, y en este ultimo caso el valor que se les asigna.

    El capital solo puede aportarse en dinero o

    en especies, y en este ultimo caso estas deben ser avaluadas.

    En consecuencia no existe la figura del empresario individual industrial, no puede aportarse trabajo. (i) permitiria abusos desde el punto de vista que no hay capital que responda de las obligaciones, a lo menos al momento de nacer; (ii) El socio industrial no tiene derecho al capital sino que solo a las utilidades, por lo tanto quedaria la sociedad sin capital, que a lo menos al momento de nacer, formaria el patrimonio, atributo de la personalidad y requisito esencial para la existencia de la persona jurdica.

    La actividad economica que constituira el objeto o giro

    de la empresa y el ramo o rubro especifico en que dentro de ella se desempenara.

    Se permite la multiplicidad de objetos. Sin

    perjuicio de que la letra d) del Art. 4 habla en singular, la letra b) habla en plural.

    Lo que el legislador quiere es que el objeto este determinado, y esto es muy importante puesto que el Art. 12 establece como excepcion a la responsabilidad limitada del empresario el que este realice actos fuera del objeto de la empresa.

    Algunos han interpretado que la singularidad solo afecta al rubro dentro del cual de desarrolla la empresa, por ejemplo, si desarrolla actividades agrcolas no podra desarrollar actividades industriales .

    Lo anterior es sin perjuicio de que la empresa pueda realizar actos de administracin no comprendidos en el

  • objeto, como por ejemplo abrir cuenta corriente, arrendar inmuebles, etc.

    Domicilio de la empresa. A falta de estipulacin, por

    aplicacin del Art. 18 de la Ley puede aplicarse la norma supletoria del Art. 355 del Codigo de Comercio en el sentido que se entendera domiciliada en el lugar de otorgamiento de la escritura publica de constitucin.

    Plazo de duracin. Si nada se dice se entendera que es

    de duracin indefinida. Aplicacin de la norma establecida en el Art. 15 e) de la Ley, esta duracin no podra ser superior a la vida del empresario mas un agno.

    El extracto debera contener un resumen de las menciones indicadas.

    Diferencia con el Art. 352 del Codigo de Comercio en el sentido que estado civil, nacionalidad y edad del constituyente no son materia de extracto; tampoco lo es el domicilio de la sociedad.

    Las mismas formalidades deben cumplirse en el caso de una

    modificacin social, debiendo en el extracto hacerse referencia al contenido especifico de la modificacin.

    La omisin de algunas de las solemnidades de constitucin o

    modificacin importara la nulidad absoluta del acto respectivo.

    Nulidad Absoluta: Sancion de ineficacia de los actos

    jurdicos que han sido celebrados con objeto o causa ilicita, o por la omisin de algun requisito o formalidad que las leyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos en consideracin a la naturaleza de ellos y no a la calidad o estado de las personas que los ejecutan o acuerdan, o bien por haber sido celebrados por personas absolutamente incapaces. 1.682 Codigo Civil.

    Se aplican las normas del derecho comun,

    por lo tanto: Puede y debe ser declarada por el

    juez, aun sin peticin de parte,

  • cuando aparece de manifiesto en el acto o contrato.

    Puede alegarse por todo el que tenga interes en ello, excepto por el que ha ejecutado el acto o celebrado el contrato sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba.

    Puede asimismo pedirse su declaracin por el ministerio publico en el interes de la moral o de la Ley.

    No puede sanearse por la ratificacin de las partes ni por un lapso de tiempo que no pase de 10 agnos.

    Una vez declarada en sentencia que tiene la fuerza de cosa juzgada da a las partes el derecho para ser restituidas al estado en que se hallaran si no hubiese existido el acto o contrato nulo.

    Art. 1.683 Codigo Civil.

    Sin perjuicio de ello son aplicables las normas de saneamiento de vicios formales que afecten a la constitucin o modificacin de una sociedad, que opera mediante:

    (a) otorgamiento de escritura de

    saneamiento; (b) inscripcin y publicacin del extracto dentro del plazo de 60 dias.

    Vicio formal es aquel que consiste en el incumplimiento de alguna solemnidad legal, tales como la inscripcin y publicacin tardia del extracto o la falta de cumplimiento o cumplimiento imperfecto de las menciones que la ley ordena incluir en las escritura o en los extractos. No se consideran vicios formales los defectos relativos al contenido de las escrituras si implican la privacin de algun elemento esencial al concepto de sociedad o algun vicio de carcter sustancial de general aplicacin en los contratos. Art. 1 Ley 18.499.

    Si la nulidad consiste en omisiones de que adolezca el extracto inscrito o publicado o

  • contradicciones entre este y la escritura, el plazo de prescripcin es de 2 agnos contados desde la fecha de la escritura, corre contra toda persona y no admite suspensin, vencido este plazo las disposiciones de la escritura prevaleceran por sobre las del extracto. Art. 6 Ley 18.499.

    Solo podra sanearse la constitucin o modificacin que conste de escritura publica, instrumento reducido a escritura publica o instrumento protocolizado. Art. 1 Ley 18.499.

    Una vez declarada por sentencia ejecutoriada la

    nulidad absoluta del acto constitutivo el titular respondera personal e ilimitadamente de las obligaciones que contraiga en el giro de la empresa.

    Administracin.

    El titular representa judicial y extrajudicialmente a la empresa para el cumplimiento de su objeto social, con todas las facultades de administracin y disposicin. Art. 9. Asimismo se puede designar un gerente general, que tendra todas las facultades del administrador, excepto las que se excluyan expresamente > Concordancia con Art. 49 Ley de Sociedades Annimas, el gerente solo tiene representacion judicial y las facultades especiales que le otorgue el directorio. Este gerente debe ser designado por escritura publica inscrita en el registro de comercio, y anotada al margen de las inscripcin estatutaria. El limite en cuanto a la exclusin es que no se puede limitar mas alla de lo que es inherente a la naturaleza del cargo de gerente. Un buen prisma puede ser el ambito del Art. 49 de la Ley de Sociedades Annimas. Si las limitaciones van mas alla simplemente se estaria actuando dentro de las facultades del titular de conferir mandatos generales o especiales para actuar a nombre de la empresa Las notificaciones a la empresa pueden practicarse indistintamente al titular o al gerente, sin perjuicio de las facultades de recibirlas que se hayan otorgado a uno o mas mandatarios. Autocontratacion.

    Actos celebrados por una parte por el titular con su patrimonio no comprendido en la empresa, y por otra parte con el patrimonio de la empresa. No es tcnicamente una autocontratacion puesto que no hay intereses contrapuestos.

  • Solo seran validos si constan por escrito y se protocolizan ante notario publico. Adems deben anotarse al margen de la inscripcin estatutaria dentro del plazo de 60 dias desde su otorgamiento. Transformacin.

    Art. 2053 CC. Contrato en que dos o mas personas ... Art. 103 No. 2 Ley 18.046. La sociedad annima se disuelve por reunirse todas las acciones en manos de una sola persona. Al no reconocer nuestra legislacin la sociedad unipersonal, la reunin de los derechos sociales en una sola mano trae consigo la disolucin de la sociedad. Excepciones:

    69 Ter Ley 18.046. OPA obligatoria por el remanente cuando una sola persona alcanza los 2/3 del capital social.

    Art. 14 Ley 19.857.

    En cualquier tipo social, si quien rene todos los derechos es una persona natural la sociedad no se disuelve dentro de los 30 das siguientes, puede el titular de tales derechos transformar la sociedad en empresa individual de responsabilidad limitada, cumpliendo con las formalidades de constitucin de esta ultima, como asimismo con las formalidades de transformacin de la sociedad originaria.

    Sociedad por Acciones.

    Terminacin, disolucin y liquidacin.

    Causales de terminacin: Art. 15.

    Voluntad del empresario. Llegada del plazo previsto en el acto constitutivo. Por aporte del capital a una sociedad. Caso en el cual

    la sociedad respondera de las obligaciones anteriormente contraidas por la empresa, a menos que el titular haya declarado asumirlas con su propio patrimonio, cumpliendo con las formalidades de modificacin de la EIRL.

  • Por quiebra. Sin perjuicio de ello el adjudicatario unico de la empresa podria continuar con ella como si fuere titular, debiendo declararlo con sujecin a las formalidades aplicables a la modificacin estatutaria.

    Por la muerte del titular. Sin perjuicio de ello los herederos pueden designar un gerente comun para la continuacin del giro hasta por el plazo de un agno.

    Cualquiera que sea la causa de la terminacin esta debera declararse por escritura publica e inscribirse y publicarse dentro del plazo de 60 dias.

    Responsabilidad Limitada.

    La empresa responde con todos sus bienes de sus obligaciones, pero dicha responsabilidad no alcanza a los bienes particulares del empresario. Siempre y cuando dichas obligaciones hayan sido contraidas:

    (a) Dentro de su giro; y (b) Bajo su nombre y representacion.

    Excepciones:

    (a) Actos y contratos realizados fuera del objeto de la empresa. (b) Actos y contratos realizados sin el nombre y representacion de

    la empresa. (c) Si la empresa celebrare actos y contratos simulados, ocultare

    sus bienes o reconociere deudas supuestas, aunque de ello no se siga perjuicio inmediato.

    (d) Si el titular recibiere rentas de la empresa que no guarden relacion con la importancia de su giro o efectuare retiros que no correspondieren a utilidades liquidas y realizables que pueda percibir.

    (e) Si la empresa fuere declarada en quiebra culpable o fraudulenta.

    Los acreedores personales no tendran accion contra los bienes de la empresa, y en caso de liquidacin solo podran accionar contra los beneficios y utilidades que correspondan al titular y sobre el remanente una vez satisfechos los acreedores.

    Tributacin.

    Norma residual Art. 18. En subsidio se aplican las normas legales y tributarias de las sociedades de responsabilidad limitada, incluyendo las normas de saneamiento.

  • Por lo tanto en materia tributaria: La empresa tributa en primera categora con una tasa del 20%. Por las utilidades retiradas el titular deber ingresarlas al global complementario, que tiene una tasa mxima de 40%. Si el titular es persona natural extranjera tributa con un impuesto adicional del 35% respecto del cual se aplica un credito por lo ya pagado por la empresa en primera categora (la carga tributaria no puede ser mas del 35%). Se aplican las normas de las reinversiones, que difieren el pago del impuesto si las utilidades retiradas son reinvertidas en una sociedad de responsabilidad limitada o en acciones de primera emisin de una sociedad annima dentro del plazo de 20 das.