enmienda reglamento de personal docente

Upload: miguel-a-varela-perez

Post on 06-Jul-2015

288 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 5/8/2018 Enmienda Reglamento de Personal Docente

    1/8

    VOLANTE SUPLETORIOENMIENDA AL REGLAMENTO NUM. 6743 DE 23 DEDICIEMBREDE2003 DEPERSONALDOCENTE

    DELDEPARTAMENTO DE EDUCACION

    1. Fecha de aprobaci6n: 17 de junio de 2011

    2 . Nombre V titulo de persona 0 personasque 1 0 aprobaron:

    JesusM. Sanchez Rivera, Ed. D.Secreta rio de Educad6n

    3. Fecha de publlcacion en periodlco N/A

    4. Fecha de vigencia: Inmediatamente despues de su radicaclonel Departamento de Estado

    6. Numero de Reglamento f(J (3 75. Fecha de radicaclon en el Departamento

    'de Estado

    7. Agencia que 1 0 aprob6: Departamento de Educaci6n

    8. Referenda sobre la autoridad estatutariapara promulgar el Reglamento:

    Lev Nurn. 149 de 15 de julio de 1999, segenmendada, conodda como "Lev OrganicaDepartamento de Educacion" V la Secc2.13 de la Lev Num. 170 de 12 de agosto1988, segun enmendada, eonocida como "Lde Procedimiento Administrativo Uniforme".

    9. Referenda de todo reglamento que seenmiende 0 derogue 0 suspendamediante adopcion del presentereglamento:

    Reglamento Nurn, 6743 de Personal Docendel Departamento de Educaclon

    Certifieo que el proeedimiento de reglarnentacion seguido en este caso se I Iev6 a tenor condlsposlcion de la Secci6n 2.13 Lev Nurn. 170, de 12 de agosto de 1988, segun enmendada, V queReglamento a que hace referenda este Volante Supletorio fue debidamente revisado y no contienerrores tlpograficos 0 elericales.

    J sus~.~;a~Jr~~creta rio

  • 5/8/2018 Enmienda Reglamento de Personal Docente

    2/8

    .. . ; . _ ..

    DEPARTAMENTO DE ES. .~

    Narnero: _ . . . ; : 8 : : . . . . : 0 : : : . : 3 : : : . , . 7 . ! . . . . .Fecha: 21 de inn io de 2011Aprobado: HOll. Kenneth D. McClin

    Secretario de Estado

    Por: Eduardo Arosemena MunSecretario Auxiliar de Serv

    ________Q JUERN_Q ___E __l lUERT_Q __R ICO _DEPARTAMENTO DE EDUCACION

    ENMIENDA AL REGLAMENTO N0M:_67 43 DE 23 DE DrCIE11BRE DE 2003 DPERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACrON

    : .. " .... "~~_ .~ ...:..._. I. .. --- - -, N O T A AC ~AM TO R IA - - - - - --'- -- -"' - -" --

    P ara p ro p6 sito s d e carac ter le gal en rela cio n ca n la L ey d e D erech os C iv iles d e 1 96 4, el u sa d e lo s te rm in os m ae stro , c oo rd in ad or, d ire ctom ec an 6g raf o, su pe rv iso r y cu alq uier o tro q ue p ue da ten er re fe re ncia a am bo s g en ero s, in c1 uy e tan to el m as cu lin o co mo el f em en in o.

  • 5/8/2018 Enmienda Reglamento de Personal Docente

    3/8

    I.

    u.III.IV.

    iNDICE

    Base Legal o .co (J io , IIIArtfculos Enmendados l 1 l i l 1 l i " , '" 1 IiSeparabilidad It 0 1 - , , " I II . . oil 41 . . " ""' 1- 0V ig en c ia .. 0 I I - " I II D .. 0 .. 0 .. 0 l 1 l i l 1 l i "

    2

  • 5/8/2018 Enmienda Reglamento de Personal Docente

    4/8

    Articulo 1- Base Legal

    Esta enmienda al Reglamento de Personal Doeente del DepartamentoEducaci6n, Reglamento Num. 6743, de 23 de diciembre de 2003, se adoconforme a 1 0 dispuesto en la Ley Num. 149 de 15 de julio de 1999, seenmendada, eonocida como "Ley Organica del Departamento de Educaci6nPuerto Rico"; y la Ley Num. 170 de 12 de agosto de 1988; segun enmendaconocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme".

    Articulo II - Articulos EnmendadosSe enmiendan los Articulos V, Secci6n 12 y XV, Seeci6n 4, Incise 7

    Reglamento NUll. 6743, de 23 de diciembre de 2003, de Personal DocenteDepartamento de Educaci6n para que lean como sigue:ARTiCULO V - Reclutamiento y Seleccion de Maestros con Funciones

    Ensefiauza, Servicios at Estudiante y Maestros cFunciones Especiales

    Seccion 12. Reubicaeion, Rcasignacion y Traslado1. El Seeretario de Educaci6n 0 personal en quien de1egue podra llevar a caboprocesos de reubicacion, reasignaci6n y traslado del personal docente. Eterminos se definen de la manera siguiente:

    a. Reubieaci6n - cambio de un maestro con status probatoriopermanente dentro de una misma categoria y municipio.

    3

  • 5/8/2018 Enmienda Reglamento de Personal Docente

    5/8

    b. Reasignaci6n - cambio de un maestro con status probatoriopermanente a otra categoria en el mismo municipio.

    c. Traslado - cambio de un maestro con status probatorio 0 permanea otro municipio.

    2. Las reubicaciones seran de acuerdo con las solicitudes de los maestros 0necesidades del servicio. Al llevar a cabo la reubicaci6n de los maestrosacuerdo a las solicitudes de estes, se tomaran en consideraci6n los criteriosse sefialan continuaci6n:

    a. fecha en que el maestro adquiri6 status permanente en la categcorrespondiente;

    b. total de afios de experiencia en el sistema docente publico; yc. preparaci6n academica adicional en la especialidad en quedesempefia como maestro.

    3. Se podra reubicar, reasignar 0 trasladar al personal, por necesidades enservicio. Se consideran necesidades a esos fines:

    a. reducci6n en la matricula de una escuela;b. la eliminaci6n de fondos, programas, proyectos 0 cursos;c. el ofrecimiento de igualdad de oportunidades de serviceducativos;

    d. comparabilidad de las escuelas;e. cierre de escuelas;f. organizacion del sistema;

    4

  • 5/8/2018 Enmienda Reglamento de Personal Docente

    6/8

    g. circunstancias, eventos y actuaciones fuera del controlDepartamento;

    h. aprovechamiento academico de los estudiantes;1. requisitos dispuestos en cualquier Iegislacion, reglamento, normprograma estatal 0 federal aplicable al Departamento de Educacio

    J . requisitos can los que el Departamento de Educacion deba cumpara poder cualificar para programas y/o fondos, existentefuturos, del Departamento de Educacion Federal.

    4. De ser necesario tomar alguna acci6n por necesidades del servicio, el maetendra derecho a apelar Ia determinaci6n al orgamsmo apelacorrespondiente.

    5. Se consideraran las solicitudes de maestros con status probatorio a permanepara ser reubicados despues de haber realizado la reubicaciones

    necesidades del servicio y antes de iniciar el proceso de nombramiento.6. E1 Departamento preparara un registro de acuerdo a las solicitudesreubicaci6n recibidas segun se establece en Ia Convocatoria.

    7. Los directores de las regiones educativas tendran en un Iugar visiblepuestos vacantes por distrito escolar, categoria y escuela.

    8. En las reasignaciones y traslados, el maestro debera competir medianteRegistros de Elegibles 0Provisionales.

    5

  • 5/8/2018 Enmienda Reglamento de Personal Docente

    7/8

    9. La reubicaci6n, la reasignaci6n 0 el traslado podra efectuarse tomandocuenta el resultado de las evaluaciones realizadas al personal docentedirectores de escuela por el Departamento de Educacion,ARTicULO XV -Beneficios MarginalesSeccion 4. Licencias7. Licencia para estudios 0 adiestramientosg. El Secretario 0 el funcionario en quien el delegue, podra autorizar licen

    con sueldo por un termino no mayor de un (1) afio para adecuaprofesional para Directores 0 Maestros que sean reubicados para quDepartamento de Educaci6n pueda cualificar para programas y/o fofederales, existentes 0 futuros del Departamento de Educaci6n Federal.

    Articulo III - SeparabilidadLa decIaraci6n por un Tribunal competente de que una disposici6n de

    Reglamento es invalida, nula 0 inconstitucional no afectara las dedisposiciones del mismo, las cuales preservaran toda su validez y efecto,Articulo IV - Vigencia

    Esta enmienda tendra vigencia inmediatamente despues de su aprobaci6radicaci6n en el Departamento de Estado de conformidad con la Ley Num. 1712 de agosto de 1988, supra.

    Aprobado en San Juan, Puerto Rico, a 17~d:i-!e\-;jifii!u",:,m~.,~d~e~~ i_l. e us M. Rh;;a's'anchez, Ed. D.S cretario de Educaci6n .6

  • 5/8/2018 Enmienda Reglamento de Personal Docente

    8/8

    CERTIF ICACION

    De conformidad con las disposiciones de la Seccion 2.13de la LeyNum. 170de12 de agosto de 1988, sequn enmendada, conocida como "Ley deProcedimiento Administrativo Uniforme" (3 LP.R.A. 2133J, por lo presentecertifico que e1lnteres publico requiere que 1a"Enmienda ol Reglamento Num6743de Personal Docente del Departamento de Educocion", adoptada por eSecretario del Departamento de Educcclon el 17de junio de 2011, comience aregir de inmediato. Esta enmienda al Reglamento 6743 permitir6 que eDepartamento de Educocion pueda implantar nuevos programas yestrategiasque permitan hacer un uso mas efectivo de su personal docente y mejoror eaprovechamiento ccodemlco de los estudiantes matriculados en susescuelasSu vigencia inmediata es necesaria para que e1Departamento de Educocionpueda cumplir con los requisites de una propuesta sometida al Departamentode Educocion de los Estados Unidos para participar del School ImprovementGrant, sequn autorizado por la Seccion 1003[g)del Titulo 1de la Leyde EscuelaElementales y Secundarias de 1965, sequn enmendada. A troves de dichoprograma, el Departamento de Educocion podrfa recibir fondos federatesascendentes a sobre ciento setenta millones de dolores ($170,000,000.00)entres cries para ser invertidos en las escuelas que persistentemente handemostrado tener el aprovechamiento ccodemlco mas bajo de todas lasescuelas de nuestro sistema de educocion publica.

    EnSan Juan, Puerto Rico, hoy dio 20de junio de 2011.

    Luis . FortufioGobernador