ensayo evasión transantiago

21
Universidad Alberto Hurtado Departamento de Sociología Del Sujeto Evasor: Legitimación Política y evasión al Transantiago. 0

Upload: hugo

Post on 21-Jun-2015

455 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

Aborda el problema de la evasión del Transantiago, desde una perspectiva de legitimación política y biopolítica.

TRANSCRIPT

Page 1: Ensayo evasión transantiago

Universidad Alberto HurtadoDepartamento de Sociología

Del Sujeto Evasor:Legitimación Política y evasión al

Transantiago.

Sociología Política y Legitimación.Profesor Fernando Mujica.

Hugo Sir.

0

Page 2: Ensayo evasión transantiago

De las alzas, o no meta la mano ahí.

Unas sucesivas alzas se realizan en el nuevo sistema de transporte público (Transantiago),

que tenía tantas promesas como deficiencias tiene aún. Se efectúan significativamente en el primer

gobierno de derecha en más de 20 años, luego del afamado regreso a la democracia1. Es

significativo, sobre todo, porque en rigor el escenario que rodea al Transantiago no ha cambiado en

demasía, específicamente, los subsidios no se han cortado, las empresas siguen recibiendo dineros

del Estado sin tener una contabilidad absolutamente confiable como cabría esperar2, además que la

primera alza realizada el 27 de Marzo de 2010, dio origen a una escalada, que apenas se especula

cuando se detendría y que ya han convertido al Metro de Santiago en el sistema de transporte

subterráneo más caro de Sudámerica junto al de Brasilia ($560 horario punta, que significa $560

cuando más imprescindible se hace). Junto a esto, se ha relevado a la evasión como el culpable de

las alzas, aunque aquello no resista ni el más simple análisis. Siempre la información se entrega en

base a dos datos, sin relacionarlos. Se habla, por un lado, del porcentaje promedio de evasión que va

desde 20% a un 30%3, dependiendo de la fuente y la voluntad de alarmar. Por otro, de la cantidad de

millones que se pierde, en donde las cifras son aún menos precisas. Lo relevante es que es

extremadamente difícil encontrar cifras oficiales que pongan aquellas cantidades en relación a las

pérdidas generales, o que relacione la cantidad de evasores con la cantidad de pérdida que se les

adjudica. Las pocas veces que se hace eso, es por parte de algunos ingenieros críticos que tienden a

expresar que la cantidad de pérdida debido a evasiones no explica el aumento sostenido de las

tarifas. Entonces, se ha construido al sujeto evasor como chivo expiatorio, o aún más significativo,

como posibilidad de legitimar la decisión política tomada. De ahí, que se comprenda la sugestiva

campaña del “no meta la mano ahí.”4 El sujeto evasor, como forma de dividir a los usuarios o

víctimas de las alzas y del sistema de transporte; manera de evitar el cuestionamiento generalizado

de la decisión política; y posibilidad de volver a controlar un peligro5 que ha venido creciendo,

peligro ante todo político.

Así, lo primero en lo que habría que detenerse para examinar el problema de legitimación

política que se aprecia en este caso, es su significado como decisión, la forma que adquiere (I).

Asimismo, no se puede obviar cómo es que se da origen a la alza, esto es, a través de un panel de

expertos que se reunió ya en febrero de 2010, y que desencadena a posteriori las reacciones legales

que permiten las alzas recomendadas, en este sentido, el hecho de los intentos reiterativos del

1 La primera alza aislada se había dado en febrero de 2009, y fue de 20 pesos.2 Información extraída de: http://www.usachaldia.cl/index.php?option=com_content&view=article&id=2611:experto-

usach-propone-subsidio-a-la-demanda-para-el-transantiago&catid=43:categoria-economia3 Por ejemplo: http://www.lnd.cl/noticias/site/artic/20100512/pags/20100512021154.html4 Campaña: http://www.gobiernodechile.cl/informa/2010/05/18/¡no-meta-la-mano-ahi.htm5 Es bastante interesante que en el proyecto original se consideraba hasta un 10% de evasión, pero que ha aumentado

sostenidamente, a pesar, de los anteriores esfuerzos por disminuirla.1

Page 3: Ensayo evasión transantiago

sistema político de construir esto que hemos denominado sujeto evasor, son una muestra más o

menos clara de la imposibilidad de la legitimación racional-legal, como único sustento de la

decisión (II). Tal hecho deriva, con la construcción del sujeto evasor, en la manifestación del

carácter eminentemente biopolítico de la legitimación en la actualidad (III).

I.- Una decisión soberana.

“Es soberano quien decide el estado de excepción.”6 Esta frase con la que Schmitt inicia su

definición de la soberanía ha sido comentada en innumerables ocasiones, y sus dimensiones

exceden largamente las intenciones de este ensayo, sin embargo, nos debe ser extremadamente útil

para comprender la configuración del problema legitimatorio planteado en la forma del sujeto

evasor.

Es de particular relevancia el hecho de que el autor subraye específicamente que quien

decide es el soberano, esto pues se traslada a la práctica una discusión que tenía una tradición

metafísica mayor y que, por lo mismo, la hacía un tanto estéril a la hora de enfrentarse a situaciones

reales de emergencia, en donde el poder soberano debía presentarse en toda su magnitud. Entonces,

la cuestión de quién es el soberano, se decide no en base al concepto de un “poder que no depende

de ningún otro”, sino que no depende de ningún otro precisamente porque es capaz de decidir el

estado de excepción, esta decisión y no otra, es decir, este caso extremo y no la norma, no el

contenido normativo de un orden jurídico, sino la decisión sobre ese orden normativo es el que

señala al soberano. En este sentido, el poder soberano se instala sobre una paradoja del derecho,

donde en palabras de Agamben: “La norma se aplica a la excepción desaplicándose, retirándose de

ella.”7 Y en este sentido, Schmitt insiste, el estado de excepción no es el caos, sino que es un orden

jurídico que se suspende, es como si existiera un orden jurídico válido, pero que en virtud de su

propia posibilidad de aplicación (a posteriori) suspende su aplicación inmediata: “aún subsiste un

orden en el sentido jurídico, si bien no se trata de un orden jurídico.”8 Así, para Schmitt se trata de

la oposición simétrica a la situación normal, en donde el elemento de la decisión es reducido al

mínimo, en base a la operación repetitiva de la norma, en el caso de la decisión del estado de

excepción, toda norma pasa a segundo plano y salta a la luz la decisión en su máxima expresión, es

decir, sobre la suspensión del orden constitucional in toto, para la mantención de ese mismo orden

constitucional como válido.

Lo que aquí nos interesa es ir más allá del estado de excepción mismo, e indagar en su

6 Orestes H., Carl Schmitt, Teólogo de la Política, Fondo de la Cultura Económica, México, 2001, p. 23. El subrayado es del autor.

7 Agamben, G., Homo Sacer I: El Poder Soberano y la Nuda Vida, Pre-Textos, España, 2003, p. 30.8 Orestes H., Op. Cit, p. 27.

2

Page 4: Ensayo evasión transantiago

significación, para así comprender como se configura la decisión del alza del Transantiago como

una decisión soberana. Este estado de excepción, se trata como ya se aprecia, de una paradoja, es

decir, el estado de excepción crea una situación que tiene “la particularidad de que no puede ser

definida ni como una situación de hecho ni como una situación de derecho”9, esto quiere decir sobre

todo que el soberano en su decisión crea una zona de indeterminación, un espacio en donde derecho

y vida se confunden. El estado de excepción se extiende hasta que el soberano considera que la

situación ha vuelto a la normalidad, y esto no es otra cosa que un estado que puede ser normado.

“No existe una norma que pueda aplicarse al caos”10, nos dice Schmitt, y a continuación para mayor

claridad escribe: “Hay que crear una situación normal, y es soberano el que decide de manera

definitiva si este estado normal realmente está dado.”11 He aquí no sólo una aplicación más del

derecho, o una característica entre otras, sino que se trata con mayor precisión que nunca, de su

actividad constitutiva: El derecho sólo puede aplicarse a una situación normal y el soberano está

encargado de procurarla en caso de que no esté dada. Así, la zona de indeterminación que produce

el estado de excepción, debe ser resuelta (una vez que sea posible, signifique lo que signifique el

posible), con una nueva decisión sobre la normalidad, es decir, redefiniendo una realidad que se

hacía difusa con un orden que se mantenía desaplicándose, y el derecho aparece nuevamente en su

carácter normativo originario:

La decisión no se refiere ni a una quaestio iuris ni a una quaestio facti, sino a la propia relación entre el derecho y el hecho (…) El derecho tiene carácter normativo, es “norma” (…) no porque ordene y prescriba, sino en cuanto debe, sobre todo, crear el ámbito de la propia referencia en la vida real, normalizarla.12

Es así que puede comprenderse la soberanía, como la estructura en donde la referencia a la

vida se hace explícita: “la estructura originaria en que el derecho se refiere a la vida y la incluye en

él por medio de la propia suspensión.”13 El derecho se encontró con una situación tal que era

imposible la aplicación de cualquier norma, sin quebrantar de manera definitiva aquel mismo orden,

situación en la cual el soberano debe hacerse cargo y ordenar conforme a derecho su propia

suspensión, para garantizar una situación vital, una realidad susceptible de ser normalizada por el

derecho, es decir, susceptible de dejarse atrapar por el derecho, o lo que viene a ser lo mismo, capaz

de otorgarle legitimidad al derecho. El caos es enemigo de todo derecho, porque es prueba

fehaciente de su debilidad. ¿Cómo opera, entonces, la soberanía? Aísla la situación riesgosa para el

régimen normativo en su conjunto, en la figura de la excepción (indeterminación de vida y

derecho), para actuar a discreción, hasta que se logre definir una nueva situación normal, que

permita la aplicación del orden jurídico, aún cuando este haya sido modificado ad hoc para esta

9 Agamben G., Op., Cit., p. 31.10 Orestes H., Op. Cit., p. 28.11 Idem.12 Agamben G., Op. Cit., p. 40. Cursivas del autor.13 Ibíd., p. 43.

3

Page 5: Ensayo evasión transantiago

nueva situación normal, tanto o más significativo es que sea modificado, pues es muestra clara del

carácter de decisión que tiene tanto la situación normal como la excepción.

Esta definición de una zona de indeterminación que posibilita la legitimidad del orden

jurídico, es lo que más nos interesa en el caso de la decisión sobre el alza del pasaje del

Transantiago. Se configura otra excepción, de otro nivel claro está, no se trata de la suspensión del

orden jurídico en su conjunto, sino que la figura del evasor. Es soberana la decisión, en cuanto

define una nueva realidad, en base a dos elementos claves: 1) Se considera aplicable la norma, es

decir, hay un juicio político sobre la posibilidad de la aplicación, que tuvo que haberse hecho

también en el gobierno concertacionista, aunque con un resultado contrario. En este sentido,

también se asocia fácilmente a la definición que señala soberano al poder que no depende de ningún

otro. 2) Más interesante es el segundo elemento, esto es la definición de un área de excepción, que

deberá ser reintroducida para completar la situación normal, en el juego que a mi entender

caracteriza a la estructura de la soberanía. Esta excepción no es otra que el sujeto evasor, a quien no

puede aplicársele la norma, puesto que se encuentra fuera, o sea, quien no estará afectado por el alza

del pasaje, pues simplemente no paga14. Si su situación no es reintroducida en la normalidad, las

consecuencias no son previsibles, es imperante para la legitimación de la nueva realidad decretada

por la decisión -una en donde se puede subir el pasaje- que esta figura quede convenientemente

fijada, es decir, pueda ser descartado su carácter excepcional. Este movimiento, que pretende

hacerse cargo de la excepción para que la legitimación se haga posible es el que debe ser examinado

para entender este caso, y es al que nos seguiremos refiriendo, pero antes es necesario detenernos en

la insuficiencia de la legitimación normal (y repetitiva).

II.- La (insuficiente) validez legal.

Ya a principios del año 2008, en la anterior administración, se anunciaba que para julio de

aquel año, se comenzaría a multar a los usuarios que no pagaran sus pasajes, gracias a que en

febrero de 2007 (sic) se había introducido un interesante aparatito que podía detectar aquellas

tarjetas Bip! que no habían sido validadas a la entrada de los buses.15 Sin embargo, como era de

esperarse tal intención fue un rotundo fracaso, pues con una evasión ascendente, con unas horas

peak que imposibilitan cancelar el pasaje, entre otras razones, la idea de la multa era, simplemente,

inconcebible. No obstante, lo que nos interesa aquí no es juzgar la (ir)racionalidad de la política

pública, sino que su intencionalidad de superar el problema de la evasión desde un punto de vista

legal.

14 Y que, como se verá en el apartado que viene, no se ha podido neutralizar vía sanciones legales.15 Información extraída de: http://www.tropezon.cl/2008/06/25/ministerio-transportes-anuncia-multas-desde-julio-

para-quienes-no-paguen-su-pasaje-en-el-transantiago/4

Page 6: Ensayo evasión transantiago

Luego, estos intentos se mantuvieron en una especie de incertidumbre, en donde la

posibilidad de la multa era siempre una remota, muy remota realidad, que en el fondo no tenía

ningún efecto. Ya en febrero de 2010, sucede algo más interesante y un claro ejemplo del intento de

operar racional-legalmente: Se reúne una comisión de tres expertos, establecida por ley. Su

composición es una demostración de que el problema del Transantiago se entiende de cualquier

manera menos como un problema social o, menos aún, de legitimación política. Estuvo compuesta

por: Juan Enrique Coeymans, ingeniero y doctor en transporte de la Universidad Católica de Chile;

José Tomás Morel, economista de la Universidad Católica de Chile; y Patricio Rojas Ramos,

ingeniero comercial y magíster en economía de la misma casa de estudio. Esta selecta, y poco

variada, comisión estuvo a cargo de hacer un diagnóstico general del estado del sistema de

transporte y proponer soluciones para hacerlo solvente, y ojalá autosustentable para el 2014 (¡El

gran sueño del transporte público privado!)16 Así, se detecta que los subsidios (tanto el transitorio

hasta 2011, como el permanente hasta 2014) son insuficientes para palear las pérdidas que hacen

mella por todos lados, por lo que, se decide que quien tiene que pagar estas deudas son los usuarios,

sin ningún otro juicio (ya veíamos lo variado de la comisión de expertos) que el económico-

individualista. Según lo establece la misma ley que había dado origen al comité, el monto del alza

de las tarifas es de responsabilidad exclusiva de éste, con la única restricción de que no puede subir

más de un 5% de la tarifa total por mes. Por lo tanto, una vez hecho el diagnóstico y preparada las

medidas, sólo faltan las firmas y protocolos necesarios (que fueron demorados hasta la

administración de Piñera), para que las alzas se hagan efectivas, conforme a derecho.

Max Weber, tanto cuando define los tipos de dominación, como cuando se refiere a los

fundamentos de legitimidad de un orden jurídico, establece una tipología en donde, la forma típica

moderna es la que se entronca con la visión legal-racional. Por un lado, los fundamentos de

legitimidad son: 1) Conforme a la tradición: “creencia en la validez de lo que siempre ha sido o

existido.”17 Típicamente el Derecho Tradicional, en donde se presupone el carácter sagrado de la

tradición, incontestable, por tanto legítimo; 2) Conforme a una creencia afectiva, se le atribuye

validez a lo que es “nuevo revelado” o “ejemplar”18, aunque hay creación consciente de nuevo

derecho, este tiene legitimidad en base a una revelación de carácter profético; 3) Conforme a una

creencia racional según valores, la legitimidad está dada porque se trata de algo absolutamente

valioso. Su ejemplo más puros, según Weber, es el Derecho Natural; 4) Conforme a lo estatuido

positivamente, se obedece a los preceptos jurídicos positivos que han sido estatuidos por el

16 Ver: http://www.cooperativa.cl/expertos-analizan-nueva-alza-en-el-valor-del-pasaje-de-transantiago/prontus_nots/2010-02-24/141413.html

17 Fariñas M. J., La Sociología del Derecho de Max Weber, Editorial Civitas, 2002, p. 168.18 Ibíd., p. 169.

5

Page 7: Ensayo evasión transantiago

procedimiento usual y formalmente correcto.19 Aquí la legalidad, es fundamento de legitimidad: “o

bien por un pacto de los interesados, o bien en base a un 'otorgamiento' por una autoridad

considerada como legítima, y el consiguiente sometimiento.”20 El Derecho formal-racional moderno

o positivo, es el caso más puro.

Ahora bien, por el lado de los tipos de dominación, encontramos una tipología similar, que

supone una relación estrecha en la sociología weberiana, pero no sólo eso, sino que un diagnóstico

de época que habla de que la legitimación en la modernidad, no tiene más fundamentos válidos que

la mera legalidad, es decir, la repetición formalizada de las normas, que dan el aspecto de

inquebrantable. Así, existirían: 1) La dominación tradicional, se cree en la santidad de los

ordenamientos tradicionales y en la “legitimidad de las autoridades que ejercen esos

ordenamientos.”21 Lo que siempre se ha hecho, junto a la facultad que tienen las autoridades de

encarnar esa tradición es lo que fundamenta la dominación; 2) La dominación carismática, se basa

en un excesivo personalismo, en donde, el fundamento de legitimidad está dado por la devoción

irrestricta a una persona, sus dotes personales y sus características que muchas veces adquieren

ribetes sobrenaturales; y 3) La dominación legal de carácter racional: “cualquier derecho puede

crearse y modificarse por medio de un estatuto sancionado correctamente en cuanto a la forma.”22

Lo interesante es que se obedece a la regla estatuida, se despersonaliza la dominación. El

fundamento de toda legitimidad, es la pura legalidad, es decir, el buen orden formal y

procedimental.

Esta relación entre la legitimidad interna del orden jurídico, y el fundamento de la

dominación que se da en lo legal, en lo procedimental, en la mera forma de hacer las decisiones, es

lo que caracteriza a la legitimidad moderna según Max Weber, y es exactamente el intento que

encontramos reiteradamente tanto para justificar el alza del pasaje, como para hacer frente al

problema de la evasión. La muestra más clara del intento por controlar la evasión vía legalidad es la

amenaza de multas. La demostración patente de esta idea en la justificación de las alzas es esta

comisión de expertos, decretada por ley y seleccionados en base al Sistema de Alta Dirección

Pública, es decir, en base a una formalidad estrecha, consciente de la necesidad de legitimar las

decisiones.

Hasta donde ha sido y es insuficiente tal intento legitimatorio, no lo demuestra solamente el

porcentaje creciente de evasión, sino que, por un lado, su incipiente politización desde diversos

movimientos, ora justificándolo, ora incitándolo: De muestra un botón, para el 15 de julio de 2010,

19 Idem.20 Idem.21 Ibíd., p. 170. Cursivas mías.22 Citado en Ibíd., p. 170.

6

Page 8: Ensayo evasión transantiago

la Central Autónoma de Trabajadores (CAT) ha llamado a una protesta ciudadana, que consiste

básicamente en no utilizar el Metro de Santiago (cuyo pago difícilmente puede ser evadido) y no

cancelar ningún pasaje del transporte de superficie, es decir, una evasión generalizada para ese día.

Tal llamado, no es solamente una incitación a la desobediencia, sino que fundamentalmente es la

reivindicación de la figura del evasor, para una utilización política que cuestiona la legitimidad de la

decisión tomada en cuanto a las alzas, es decir, que pretende utilizar lo que veíamos como

excepción no para completar la situación de normalidad decretada, sino justamente, para

desestabilizarla, es decir, hacer ver su ilegitimidad.

Por el otro lado, se nos aparece la insuficiencia de la legitimación racional-legal, igual o aún

más clara. El gobierno consciente de esta limitación, utilizando la estrategia de su decisión

soberana,23 señala el área de indeterminación, establece en la figura de este mismo sujeto evasor, no

un sujeto político, ni siquiera un ciudadano como cualquier otro, sino que aísla su nuda vida, resta

cualquier participación en el espacio ciudadano, para reintroducirlo con una única y definitiva

característica, el no pago del pasaje, en su figura, en su carácter de excepción se encuentra la

posibilidad de legitimar la medida, su reintroducción como culpable, que requiere que no pueda ser

juzgado de ningún otro modo que como el evasor, es la posibilidad de decretar la normalidad. El

principal peligro para la legitimidad de la decisión, es que esta zona de indeterminación sea

políticamente utilizada, por eso es que debe ser aislado de cualquier característica que pueda

hacerlo aparecer como sujeto político (y por esto mismo, es que los movimientos sociales cada vez

más utilizan la figura de la evasión, precisamente, como acción política). Para la legitimidad de la

decisión, lo único que puede ser el sujeto evasor, es un culpable; ni padre, ni madre, ni hijo, ni

estudiante, ni trabajador, única y exclusivamente una vida que no cumple la ley, una vida que no se

ajusta a la norma, y que es el causante de una alza que afecta a todos los demás. Si este sujeto se

encuentra, por tanto, en una zona donde la norma no le alcanza, lo que se ve operar es una precisa

estrategia biopolítica, que desarrollaremos en el siguiente apartado.

III.- La operación biopolítica.

Michel Foucault, hacia el final del primer tomo de la Historia de la Sexualidad (La voluntad

de Saber), introduce el concepto de Biopolítica como acontecimiento que redefine, entre otras

cosas, pero principalmente, la concepción de soberanía, ya no ligada a un territorio, en el sentido

que puede comprenderse en el Príncipe de Maquiavelo, y que viene a completar y recubrir el

aparato disciplinario que se desarrolla a partir del siglo XVII, en sus palabras:

El segundo [el primer mecanismo es el disciplinario] , formado algo más tarde, hacia mediados del siglo

23 Como habíamos señalado en el primer apartado.7

Page 9: Ensayo evasión transantiago

XVIII, fue centrado en el cuerpo-especie, en el cuerpo transido por la mecánica de lo viviente y que sirve de soporte a los procesos biológicos: la proliferación, los nacimientos y la mortalidad, el nivel de salud, la duración de la vida y la longevidad, con todas las condiciones que pueden hacerlos variar; todos esos problemas los toma a su cargo una serie de intervenciones y controles reguladores: una biopolítica de la población.24

Este acontecimiento decisivo es el que transforma la manera de ejercer la soberanía, el

poder, que dota de una nueva racionalidad al ejercicio del gobierno, y que lo lleva precisamente a

plantear el término de gubernamentalidad (específicamente en el desarrollo del curso denominado

Seguridad, Territorio, Población25). Lo absolutamente nuevo, es la incorporación de esa vida-

especie, de esa vida no política, lo que siempre quedó fuera de la polis en el término griego de zoé,

al centro del ejercicio político. Se trata del control de poblaciones, se trata en el fondo del ejercicio

de la Seguridad como forma de dominación y que reconduce la investigación foucaultiana al

problema del Estado, no como una entidad reificada, sino dentro de este movimiento más general de

control de poblaciones.

Podría uno, con más o menos precisión desde este punto de vista, fijar el problema que aquí

nos convoca dentro de unas políticas generales de control poblacional, sus consecuencias

urbanísticas, sus relaciones con (y contra) los sujetos en sus realidades particulares; o su aplicación

a los flujos, el control de la población que utiliza, paga o no paga el servicio de transporte público y

entender aquí una aplicación rutinaria de esta manera de ejercer el poder, una manifiestación normal

del poder biopolítico. Sin embargo, por el contrario, me gustaría detenerme en un paso anterior, esto

es, en la transformación de esta problemática en un problema biopolítico, para tal propósito habría

que esclarecer ciertos elementos: En el primer apartado, ya introdujimos la noción de soberanía, ya

adelantamos sus consecuencias biopolíticas en la figura de la excepcional del sujeto evasor; En el

segundo apartado, vimos la insuficiencia de la legitimación legal-racional y la necesidad de hacerse

cargo del problema, antes que se transforme en una manifestación abiertamente política desafiante

de las decisiones tomadas por el poder político. De lo que se trata aquí, es de situar siguiendo a

Agamben, la especificidad de la relación biopolítica, para poner de relieve como es que sirve de

legitimación en este caso específico.

Partamos estableciendo lo que para Agamben significa la novedad biopolítica:

el ingreso de la zoé en la esfera de la polis, la politización de la nuda vida como tal, constituye el acontecimiento decisivo de la modernidad, que marca una transformación radical de las categorías político-filosóficas del pensamiento clásico26

Luego, en un desarrollo que en el presente ensayo no podemos seguir por completo, esta

24 Foucault, M. Historia de la Sexualidad I: La voluntad de Saber, Siglo XXI Editores, México, 2005, p. 168. 25 Véase: Foucault, M., Seguridad, Territorio, Población: Curso en el Collège de France (1977-1978), Fondo de

Cultura Económica, Argentina, 2006, p. 436.26 Agamben, G., Op. Cit., p. 13.

8

Page 10: Ensayo evasión transantiago

inclusión de lo que no se puede incluir en el derecho, es decir, la vida en cuanto tal, es la que

marcaría la relación política originaria, y que lo liga punto a punto, con la noción de soberanía. El

poder de suspender el orden in toto, de establecer aquella zona de indeterminación, es la que

permite la incorporación en el orden jurídico de aquella otra categoría difusa que es la vida en

cuanto tal. Así para Agamben, a esto se debe la tradicional comprensión de la sacralidad de la vida

como algo ambiguo, que provoca tanto temor como admiración, tanto rechazo como respeto, y que,

no sería sino

la forma originaria de la implicación de la nuda vida en el orden jurídico-político (…) designa algo como la relación 'política originaria', es decir, la vida en cuanto, en la exclusión inclusiva, actúa como referente de la decisión soberana.27

Son, entonces, estos espacios de indeterminación una característica de la operación política,

en cuanto, biopolítica, es decir, siempre que se lleva a sus límites ya sea internos (la nuda vida),

como externos (el estado de excepción), la política, a través del derecho, actúa sustrayéndose,

desaplicándose, creando aquellas zonas de indeterminación, que le permiten al derecho seguir

operando, y a la política seguir tomando decisiones, sin tener que decidir lo indecidible. En el

sentido que nos compete, es así como el Estado moderno legitima sus decisiones. En esta actividad

paradójica, es que la biopolítica encuentra su sustento legitimatorio, puesto que una vez establecida

la excepción, la zona indeterminada, se vuelve a decidir sobre la normalidad, decretándose una

nueva realidad, que puede volver a su repetición formalizada evitando las zonas de indeterminación

que ella misma necesita para su operación, pero a las que nunca es conveniente enfrentarse.

Es así, que antes de las políticas de control de población, lo que interesa aquí es el

movimiento que se realiza para hacer frente a la excepción que significa la evasión, en tanto

desacato de una norma fundada en el orden jurídico. Esta zona de indeterminación que como

veíamos en el primer apartado, se funda en la decisión soberana misma, es la que debe ser reinscrita

de manera tal que ya no signifique un peligro para el orden normal, es decir, de modo tal que

permita decretar la normalidad, a pesar de su presencia. Aquí es donde aparece la operación

biopolítica en todo su esplendor, ante la posibilidad de su utilización política tradicional (que ya se

asoma en base a las declaraciones de distintos movimientos ciudadanos), la estrategia

gubernamental, que asume la insuficiencia de la vía legalista, es la de una campaña

comunicacional28 que quita toda característica política de la figura del sujeto evasor, en tanto no

deja espacio a ningún atributo personal que justifica, o atenúe la falta que es el no pago del pasaje.

Esto significa, desde una lectura bipolítica, que se reconoce la zona de indeterminación creada, en el

sentido en que aquel que evade es, en tanto tal, sólo una nuda vida, cuya reintroducción en el

27 Ibíd., p. 111.28 Ver: Campaña: http://www.gobiernodechile.cl/informa/2010/05/18/¡no-meta-la-mano-ahi.html; Y el primer apartado

del ensayo.9

Page 11: Ensayo evasión transantiago

discurso público se realiza atribuyéndole sólo una cualidad, la que lo hace culpable. El sujeto

evasor, es una nuda vida que evade. Y nada más. En este sentido, la excepción (no se le puede

aplicar la norma porque no paga, y que no puede ser juzgado por tal hecho), es reintroducida con

una utilización conveniente de su posición, de tal manera que no pueda ser visto más que como el

culpable de las alzas, porque en el mensaje publicitario gubernamental, no es otra cosa, no es

mostrado como otra cosa que como aquel que no paga.

Esto permite, o pretende permitir, que el orden normal pueda ser decretado. Su utilización

política en sentido propio, se hace cada vez más dificultosa, y se puede operar un control de la

población, por parte de la misma población, la versión mejorada del divide y vencerás. Así es que

esta re-entry, permite no sólo legitimar la decisión ya tomada, sino que posibilita medidas

biopolíticas en cuanto tal, es decir, control de los flujos, de los tipos de población, regulación de los

transbordos, de las zonas de pago, disminución de las horas en que puede tomarse otro bus sin pagar

el pasaje nuevamente, y un largo etcétera. Se cumple el sintagma, que según Foucault, define el

biopoder, se trata de hacer vivir y dejar morir, a diferencia del antiguo derecho de “hacer morir o

dejar vivir.”29 Ante la solución legal insuficiente, se ocupa estratégicamente la posición del sujeto

evasor, que la misma decisión había creado, y se libera esta creación, no como una persona o como

una bios (una vida política), sino en una reentrada estratégica de la nuda vida (zoé), como forma de

legitimación, como posibilidad de legitimar la operación de la política. Se deja vivir, delegando el

control, en parte, en la propia población, es decir, por fuera de la (insuficiente) legitimación legal.

Quisiera hacer una última reflexión al respecto, puesto que he escrito durante todo el ensayo

sujeto evasor, sin haberme detenido en la implicación de la palabra sujeto. Me he referido de tal

modo, pues aun cuando he considerado que es producto de la reeintroducción estratégica de la zona

de indeterminación por parte del gobierno, se trata a la vez de una posibilidad de subjetivación o a

nivel general, de politización en sentido propio. Sujeto, no es novedad, tiene la doble significación

de ser algo propio, individuo subjetivado, y de estar sujeto, su histórica dependencia al Estado, pero

esta significación en vista de la paradoja de la soberanía y de la relación con la nuda vida, se

entiende como ser soberano y estar sometido30. Es el lugar donde se entronca esta relación

paradójica, el sujeto es el residuo de la soberanía de la propia vida y su recubrimiento dentro de la

biopolítica, es así que aun cuando su utilización en este caso o en otro, esté dado desde una

estrategia legitimatoria, su misma posición limítrofe permite imaginar un desarrollo contrario, una

lucha entre el sujeto soberano en sí mismo y el sujeto sometido, y es ahí, precisamente, donde

vemos instalarse los discursos que quieren convertir al sujeto evasor, en el estandarte de una acción

29 Foucault M., Historia de la Sexualidad, Op. Cit., p. 167.30 Ver: Agamben, G., Homo Sacer III: Lo que queda de Auschwitz, Pre-textos, España, 2003, especialmente pp. 91 a

142.10

Page 12: Ensayo evasión transantiago

política, que quiere decir según la perspectiva adoptada, evitar su aislamiento como nuda vida (y su

posterior reintroducción mono-cualitativa) reinsertándolo dentro del marco mayor de una bios, de

una vida política, que tiene actividades en la polis moderna, es decir, que es padre o madre,

trabajador o trabajadora, pobre o marginado. Y que señala que, únicamente, en este marco general

vital, puede comprenderse el no pago del pasaje.

11

Page 13: Ensayo evasión transantiago

Bibliografía:

Libros Consultados:

Giorgio Agamben, Homo Sacer I: El Poder Soberano y la Nuda Vida, Pre-Textos, España, 2003.

Giorgio Agamben, Homo Sacer III: Lo que queda de Auschwitz, Pre-textos, España, 2003.

María José Fariñas, La Sociología del Derecho de Max Weber, Editorial Civitas, 2002.

Michel Foucault, Historia de la Sexualidad I: La voluntad de Saber, Siglo XXI Editores, México, 2005.

Michel Foucault, Seguridad, Territorio, Población: Curso en el Collège de France (1977-1978), Fondo de Cultura Económica, Argentina, 2006.

Héctor Orestes, Carl Schmitt, Teólogo de la Política, Fondo de la Cultura Económica, México, 2001.

Páginas Web (visitadas por última vez el 5/7/2010).

http://www.usachaldia.cl/

http://www.lnd.cl/noticias/site/artic/20100512/pags/20100512021154.html

http://www.gobiernodechile.cl/informa/2010/05/18/no-meta-la-mano-ahi.html

http://www.tropezon.cl/2008/06/25/ministerio-transportes-anuncia-multas-desde-julio-para-quienes-no-paguen-su-pasaje-en-el-transantiago/

http://www.cooperativa.cl/expertos-analizan-nueva-alza-en-el-valor-del-pasaje-de-transantiago/prontus_nots/2010-02-24/141413.html

12