ensayo y terea #15

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL PRINCIPIOS DE ECONOMIA II NOMBRES: Luis Javier Bone Avila GRUPO: 3 ENSAYO # 15 TEMA: LOS AGENTES ECONÓMICOS INTRODUCCION: DEFINICION: Los agentes económicos son actores que intervienen en la economía, bajo un determinado sistema económico. Estos toman decisiones buscando optimizar su bienestar. También se puede decir que son las personas o grupos de personas que realizan una actividad económica. Entendemos por actividad económica cualquier proceso mediante el cual obtenemos productos, bienes y los servicios que cubren nuestras necesidades, por ejemplo, agricultura, ganadería, industria, comercio. El concepto de agentes económicos fue creado por economistas con la intención de simplificar los procesos económicos y explicarlos de una manera más sencilla. Se reconoce su origen en los modelos económicos clásicos y neoclásicos. LUIS JAVIER BONE AVILA G#3

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Page 1: Ensayo y terea #15

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL

PRINCIPIOS DE ECONOMIA II

NOMBRES: Luis Javier Bone Avila GRUPO: 3

ENSAYO # 15

TEMA: LOS AGENTES ECONÓMICOS

INTRODUCCION:

DEFINICION:

Los agentes económicos son actores que intervienen en la economía, bajo un

determinado sistema económico. Estos toman

decisiones buscando optimizar su bienestar.

También se puede decir que son las personas o

grupos de personas que realizan una actividad

económica. Entendemos por actividad económica

cualquier proceso mediante el cual obtenemos

productos, bienes y los servicios que cubren nuestras necesidades, por ejemplo,

agricultura, ganadería, industria, comercio.

El concepto de agentes económicos fue creado por economistas con la intención de

simplificar los procesos económicos y explicarlos de una manera más sencilla. Se

reconoce su origen en los modelos económicos clásicos y neoclásicos.

TIPOS DE AGENTES ECONÓMICOS

A. Familias, consumidores o economías domésticas:

Son las unidades básicas de consumo y, por tanto, su principal función es

consumir los bienes y servicios que producen las empresas. Por otro lado,

son propietarios de los recursos económicos o factores de producción, los

cuales ofrecen a las empresas a cambio de una remuneración. Por ejemplo,

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ofrecen su trabajo a las empresas a cambio de un salario. En cuanto a su

objetivo primordial, consiste en conseguir la máxima satisfacción de sus

necesidades (en términos económicos, maximizar su utilidad). Las familias

tienen un doble papel en la economía de mercado: son a la vez las unidades

elementales de consumo y las propietarias de los recursos productivos. La

palabra 'familia' hay que entenderla en un sentido amplio, no sólo la familia

nuclear de la tradición judeo-cristiana. Cada vez son más frecuentes en

nuestras sociedades las familias formadas por una sola pareja o un solo

individuo. En los países subdesarrollados y en las zonas rurales de los

países en desarrollo es muy frecuente el autoconsumo, es decir, que las

familias produzcan lo que van a consumir, alimentos, menaje de hogar,

incluso vestuario; como los productos destinados al autoconsumo no se

contabilizan en las estadísticas, resultan muy engañosas a veces las

comparaciones internacionales. También debe ser considerado autoconsumo

los servicios de limpieza y preparación de alimentos prestados en el hogar

por los miembros de la familia. En general se considera, aunque quizá no

debiera ser así, que en los países occidentales desarrollados la producción

destinada al autoconsumo es muy pequeña en comparación con el total del

país, inapreciable a efecto estadístico y despreciable a efectos científicos.

Resumiendo: las familias no producen, sólo consumen.

B. Empresas.:

La empresa es la unidad económica de producción de bienes y servicios.

Además, podemos definirla como “sistema en el cual un conjunto de factores

(humanos, materiales financieros y mercadotécnicos), impulsados y

organizados por la dirección, tratan de conseguir una serie de objetivos

previamente identificados, actuando siempre en condiciones de riesgo

Las empresas son los agentes económicos destinados exclusivamente a la

producción de bienes y servicios. Para realizar su actividad necesitan los

factores productivos que les entregan las familias. A cambio de ellos pagarán

unas rentas: sueldos y salarios como contrapartida del trabajo; intereses,

beneficios, dividendos, etc., como contrapartida del capital; alquileres o

simplemente renta como contrapartida de la tierra. Los bienes y servicios

producidos por las empresas son ofrecidos a las familias que entregarán a

cambio su precio.

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Page 3: Ensayo y terea #15

De esta definición se desprenden una serie de características de la empresa:

Es un sistema: conjunto de elementos interrelacionados entre sí y con su entorno.

Existe una dirección que organiza, controla y motiva - Intenta conseguir una serie de

objetivos. Si la empresa es privada el principal objetivo será la consecución del

máximo beneficio, aunque también pueden existir otros de carácter social. Si se

trata de una empresa pública, los beneficios sociales priman frente a la rentabilidad

económica. Actúa en condiciones de riesgo: no sabe si obtendrá o no beneficio.

Podemos realizar una clasificación de las empresas atendiendo a numerosos

criterios. Vamos a hacerlo de forma esquemática: En función de su tamaño.-

PYMES - Grandes empresas Es difícil determinar cuando una empresa es

pequeña, mediana o grande. Para establecer la separación se utilizan

diferentes indicadores: número de trabajadores, cifra de capital, volumen de

ventas, número de sucursales.

En función del sector de actividad:

Empresas del sector primario.- ganaderas, forestales, agrícolas y pesqueras.

Empresas del sector secundario.- mineras, extractivas, químicas,

constructoras, eléctricas y transformadoras.

Empresas del sector terciario.- servicios (banca, turismo, educación, ocio.

En función de su ámbito de actuación:

Locales - provinciales - regionales - nacionales - multinacionales

En función de su actividad básica:

Empresas productoras.- transforman.

Empresas comerciales.- distribuyen.

Empresas de servicios.- proporcionan el disfrute directo de una actividad.

En función de la titularidad de su capital:

Privadas.- el capital pertenece a particulares.

Públicas.- el capital pertenece a algún organismo del sector público (Estado,

Comunidad Autónoma, Ayuntamiento.

Mixtas.- la propiedad es compartida entre particulares y sector público.

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Page 4: Ensayo y terea #15

En función de su forma jurídica:

Empresario individual

Sociedades

De responsabilidad ilimitada: Sociedad Colectiva

De responsabilidad mixta: Sociedad Comanditaria

De responsabilidad limitada: Sociedad Limitada y Sociedad Anónima - de

carácter social: Cooperativa, Sociedad Anónima Laboral y Sociedad Limitada

Laboral

El empresario individual es aquella persona física que, teniendo capacidad legal,

ejerce de forma habitual una actividad empresarial, respondiendo con todos sus

bienes del resultado de dicha actividad.

Las sociedades, por su parte, son instituciones creadas por el Derecho, formadas

por una o más personas, que constituyen un fondo patrimonial común para

desarrollar una actividad empresarial y obtener un beneficio. Los socios o

propietarios de la sociedad responderán o no con todos sus bienes del resultado de

la actividad, dependiendo del tipo de sociedad. Así:

Sociedad Colectiva.- Sociedad en la que los socios responden totalmente con

sus bienes de la marcha de la actividad empresarial (sociedad personalista) –

Sociedad Comanditaria.- Sociedad en la que hay dos tipos de socios: los

socios colectivos que responden con todos sus bienes de los resultados de la

sociedad; los socios comanditarios, que sólo aportan capital y responden

exclusivamente con esa aportación, no con todos sus bienes. –

Sociedad Limitada.- Sociedad muy recomendable para las PYMES, ya que

puede constituirse sólo con 3.000 euros de capital y en la que los socios

responden de las deudas de la sociedad sólo hasta el límite de su aportación.

Sociedad Anónima.- Sociedad que se adapta muy bien a las grandes

empresas. Ha de constituirse con un capital mínimo de 60.000 euros, el cual

se divide en partes iguales llamadas acciones. Los socios no responden de

las deudas de la sociedad. –

Sociedad Cooperativa.- Tipo de sociedad donde prima el interés social frente

al económico. Un grupo de personas inician una actividad empresarial con el

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fin de satisfacer una necesidad común (cooperativas de vivienda, agrícolas,

del mar, de trabajo asociado.

Sociedad Anónima Laboral y Sociedad Limitada Laboral.- Cumplen los

mismos requisitos que las SA o SL pero con la característica adicional de que

el 51% del capital pertenece a socios que, además, son trabajadores con

contrato indefinido en la empresa.

C. Sector Público.- Entendemos por sector público el conjunto de instituciones u

organismos que regulan, de un modo u otro, las decisiones colectivas de un

país, ya sean de tipo político, económico, social y cultural. En concreto, las

instituciones que forman el sector público en España son: -

Las pertenecientes a la Administración Central, cuyo ámbito de actuación es

todo el territorio nacional (Estado).

Las relativas a las diferentes Comunidades Autónomas

Los organismos municipales de los diferentes Ayuntamientos.

Las empresas públicas.

El sector público puede actuar en la vida económica como consumidor de bienes y

servicios o como productor de bienes públicos. Cuando actúa como productor surge

la polémica de hasta dónde debe llegar la intervención del Sector Público en la

economía. Como respuesta a esta controversia surgen los defensores de la no

intervención del Sector Público en la vida económica, defendiendo que sólo debe

crear el marco adecuado para que la actividad privada se desarrolle correctamente

y, los defensores de la intervención pública como forma de corregir los fallos del

mercado y llevar a cabo una distribución de la renta y de la riqueza.

El estado es el agente económico cuya intervención en la actividad económica es

más compleja. Por una parte, el Estado acude a los mercados de factores y de

bienes y servicios como oferente y como demandante. Al igual que las familias, es

propietario de factores productivos que ofrece a las empresas de las que también

demanda gran cantidad de bienes y servicios. A la vez es el mayor productor de

bienes y servicios. Por otra parte, a diferencia de los otros agentes económicos,

tiene capacidad coactiva para recaudar impuestos, tanto de las empresas como de

las familias. Así mismo destinará parte de sus ingresos a realizar transferencias sin

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Page 6: Ensayo y terea #15

contrapartida a ciertas empresas que considere de interés social o a algunas

familias mediante subsidios de desempleo, pensiones de jubilación y otras.

D. El Sector Financiero. Formado por los bancos comerciales e instituciones

financieras. Las familias, el sector público y las empresas depositan sus

ahorros en las entidades financieras. y estas se lo ofrecen a los que desean

producir, vender, consumir y a cambio les cobra intereses.

E. Los Agentes Externos. Sujetos que recién fuera del paisa los cuales les

exportamos los bienes y servicios que producimos y de los cuales traemos o

importamos lo que en el país no se produce, producimos en cantidades

insuficientes o a costos muy altos.

CONTENIDO:

DEFINICION DE ESTADO:

El estado es el agente económico cuya intervención en la actividad económica es

más compleja. Por una parte, el Estado acude a los mercados de factores y de

bienes y servicios como oferente y como demandante. Al igual que las familias, es

propietario de factores productivos que ofrece a las empresas de las que también

demanda gran cantidad de bienes y servicios. A la vez es el mayor productor de

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Page 7: Ensayo y terea #15

bienes y servicios. Por otra parte, a diferencia de los otros agentes económicos,

tiene capacidad coactiva para recaudar impuestos, tanto de las empresas como de

las familias. Así mismo destinará parte de sus ingresos a realizar transferencias sin

contrapartida a ciertas empresas que considere de interés social o a algunas

familias mediante subsidios de desempleo, pensiones, jubilaciones, planes sociales

y otras.

DEFINICION DE GOBIERNO:

Gobierno puede ser definido como el grupo de personas que gobierna una

comunidad o unidad. Establece y administra las políticas públicas y ejerce el poder

ejecutivo, político y soberano a través de costumbres, instituciones y leyes en un

Estado. Un gobierno puede ser clasificado en varios tipos tales como: democracia,

república, monarquía, la aristocracia y la dictadura. Lo ideal sería que un gobierno

fuese la forma en que una sociedad decide estructurar la autoridad con el fin de

proteger y promover el bien común. A veces los gobiernos son establecidos por la

fuerza sin la participación de gran parte de las personas que viven bajo estos

gobiernos. Este tipo de gobierno se conoce como dictadura.

Un gobierno es un cuerpo que normalmente abarca a los políticos que tienen el

poder de promulgar y hacer cumplir las leyes dentro de una nación, organización o

grupo. Su principal función es la de establecer las reglas de la ley y hacer cumplir

las leyes de manera justa en beneficio de los ciudadanos. Los gobiernos trabajan

mejor cuando todos los niveles están en concordancia y comparten objetivos

comunes. A veces esto no es así y trabajan en mutua oposición debido a que tienen

agendas diferentes.

FUNCIONES DEL ESTADO:

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Page 8: Ensayo y terea #15

En los Estados modernos tanto la administración como la jurisdicción se encuentran

reguladas por una normativa, y cabe distinguir ambas funciones en razón de lo

siguiente: al ejercitar la función de juzgar, el Estado persigue la realización de los

derechos controvertidos o inciertos; al ejercitar la vía administrativa, tiende a realizar

intereses públicos generales.

En el Estado contemporáneo se reconocen tres funciones básicas: la legislativa, la

ejecutiva o administrativa y la jurisdiccional. Estás tienen correspondencia con la

tridivisión de poderes, es decir, cada una de las ramas del poder público está

instituida para llevar a cabo por regla general una de esas funciones. Sin embargo,

cada vez es más evidente que al lado de estas funciones clásicas han existido y

cada vez con mayor fuerza, otras que no encuadran en dicha clasificación, se trata

de la función constituyente, la función electoral, la función de control y otras que se

han venido desagregando de la función legislativa y ejecutiva, tales como la función

reguladora que cumplen en Colombia ciertos órganos.

Además de estas dos funciones estatales —jurisdiccional y administrativa— existen:

la función legislativa y la función gubernativa.

FUNCIÓN CONSTITUYENTE: Puede definirse como la actividad creadora de

la norma fundamental, el rasgo más esencial de la Constitución es que es un

conjunto de normas fundamentales que sirven para "constituir" el Estado.

FUNCIÓN LEGISLATIVA: Se traduce en la dictación de normas generales,

abstractas e impersonales. Por una parte se trata de la misión de decidir en

relación con el contenido de la actividad estatal, es decir formular a partir de

la Constitución, cuáles son los cometidos del Estado y por otra, consiste en

regular de modo general las conductas. La función legislativa se caracteriza

por el poder de iniciativa que traduce y la fuerza jurídica que el resultado de

dicho poder implicar.

FUNCIÓN JURISDICCIONAL: Se caracteriza por la aplicación de las leyes

mediante pronunciamientos sentencias que tienen fuerza de verdad legal.

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Page 9: Ensayo y terea #15

Los encargados son los tribunales de justicia y el Tribunal Constitucional. El

objeto de esta función es dirimir controversias. Es la función relativa a la

decisión de cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos

que adquieren fuerza de verdad definitiva.

Como se desprende de su nombre "a la jurisdicción le corresponde decir el derecho,

esto es, constatar la existencia de la norma jurídica, señalar su alcance y decidir su

aplicabilidad a casos concretos, con "fuerza de verdad legal" que da base entonces

para otorgarles a sus decisiones la autoridad de cosa juzgada"

FUNCIÓN ADMINISTRATIVA: La función administrativa es la actividad que

consiste en ejecutar, dirigir y servir, aplicando medios útiles para el logro de

los fines propuestos.

Para unos cumple esta función, sólo el órgano Ejecutivo, para otros también lo

cumplen los otros órganos, en mayor o menor grado, por ejemplo el órgano

Legislativo con la aprobación del presupuesto nacional para cada año, o el órgano

Judicial a través de los Autos Supremos.

FUNCIÓN GUBERNATIVA: Es la alta dirección administrativa y política que

hace marchar todos los negocios del Estado para satisfacer el interés

general.

RESPONSABILIDADES DEL ESTADO:

La responsabilidad del Estado ha ido tomando importancia con el pasar del tiempo

ya que el concepto mismo va íntimamente ligado a la forma de Estado que se

organiza en una determinada sociedad. Por ejemplo, en el panorama de un

Anarquismo total, es decir la posición ideológica extrema que no concibe la

organización social a través de un modelo de Estado, no se contempla la posibilidad

que un ente que ni siquiera debería existir, sea sujeto de responsabilidades. Por otro

lado, en un concepto que constituye el totalmente opuesto al anarquismo

encontramos el totalitarismo, el cual contempla al Estado como soberano y como

ente exclusivo regulador de todas las actividades de los ciudadanos con el propósito

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Page 10: Ensayo y terea #15

de formar una sociedad ejemplar, los individuos en esta clase de organización

política no gozan de libertades individuales, el Estado es altamente intervencionista

y ejerce el poder sin límites. Por lo tanto, bajo esta visión cualquier actividad o acto

desplegado en ejercicio del poder estatal por arbitrario que sea está justificado en

los propósitos o fines que el Estado persigue, en este orden de ideas, las

responsabilidad del Estado es prácticamente nula.

Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria,

descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática,

participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo

y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés

general.(Constitución Política de Colombia, Articulo 1).

En suma, tal como se vio en el Capítulo 3, lección 4 “Régimen de Responsabilidad

de los servidores públicos” existen diversos tipos de responsabilidades; no obstante

las que serán tratadas en esta oportunidad son aquellas causadas por el Estado

teniendo en cuenta para el efecto las teorías que alrededor de las mismas se

fundan. Cabe hacer la salvedad, que las clases de responsabilidades que serán

desarrolladas a continuación son las más relevantes para efectos del estudio de la

materia que nos ocupa, pero no son las únicas existentes. Consonantemente, en las

lecciones consiguientes se desarrollarán más a fondo los conceptos de daño y falla

en el servicio, los que permitirán entender la relación y nexo causal que debe existir

para que se determine cualquiera de los tipos de responsabilidades descritas a

continuación.

1. RESPONSABILIDAD DIRECTA: Esta se cobija bajo la teoría que el Estado

es una persona jurídica y como tal es sujeto de obligaciones, por lo tanto,

independientemente de cuál de sus órganos o autoridades haya originado el

acto dañino éste debe responder de forma directa. Entonces, bajo este

entendido no es dable diferenciar si la responsabilidad recae en el Estado o

en sus autoridades, ya que éstos son la representación de aquel y por lo

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Page 11: Ensayo y terea #15

tanto ambos conforman un todo, de esta manera si los últimos causan un

daño es el Estado en su integridad quien es responsable del mismo.

2. RESPONSABILIDAD INDIRECTA: En esta clasificación, al Estado también

le es dado responder por las actuaciones desplegadas por sus agentes pero

sustentada bajo los preceptos de culpa in eligiendo y culpa in vigilando, es

decir, el Estado debe responder por los daños que causen sus

representantes debido a que éste tiene la obligación de elegir

adecuadamente a sus agentes y el deber de vigilar cuidadosamente las

actividades de los mismos.

3. RESPONSABILIDAD POR LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS PÚBLICOS:

Como su nombre lo indica, es la que se origina cuando en ejercicio de obras

públicas se produce deterioro a una propiedad de una persona natural o

jurídica. Es un tipo de responsabilidad objetiva ya que no se entra a mirar el

grado de culpa o dolo que con el daño se causó, sino que simplemente el

Estado debe pagar por la comisión de los hechos. Está amparada bajo el

precepto: “el que daña paga”.

4. RESPONSABILIDAD POR FALLA EN EL SERVICIO: Se presenta en virtud

de un menoscabo causado por haberse producido una falla en la prestación

de un servicio público. A diferencia de la responsabilidad que se produce por

ejecución de obras públicas, esta es subjetiva puesto que se presenta por

culpa de la administración cuando no se presta un servicio que debe

suministrar, o cuando se presta deficientemente o se provee de forma

retardada.

5. RESPONSABILIDAD POR ACTO ADMINISTRATIVO: Es aquella que surge

como consecuencia de la emisión de un acto administrativo que causa

perjuicios a un tercero, ya sea por haberse proferido sin los requisitos

exigidos por la ley o habiéndose emitido el acto de forma adecuada, éste

afecta derechos de particulares. Las acciones a través de las cuales se

puede exigir la indemnización al Estado, son la de nulidad y restablecimiento

del derecho para el primer caso y para la segunda hipótesis se podrá

interponer la acción de reparación directa.

6. RESPONSABILIDAD POR DAÑO ANTIJURÍDICO: Está establecido en el

artículo 90 de la Constitución Política de Colombia y hace referencia a que el

Estado debe responder por los daños antijurídicos causados a cualquier

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Page 12: Ensayo y terea #15

persona. Se entiende que un daño es antijurídico cuando quien lo sufre no

está en el deber legal de soportarlo, éste puede ser generado por una causa

lícita o ilícita.

7. RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DEL CONSTITUYENTE: Se

configura cuando con la expedición de una ley se causa un agravio a una

persona o a un grupo de personas, siempre y cuando se presenten tres

condiciones: a) Que la ley haya sido emitida teniendo presente los intereses

de un grupo de personas determinadas y no el interés general, b) en caso

que el legislador rechace la ley no podrá solicitarse indemnización por su

emisión, c) que la actividad perjudicada o afectada sea licita y d) Que la carga

soportada con la medida adoptada en la ley, sea mucho mayor a las que

normalmente se deben soportar, esto es que la medida sea altamente

perjudicial para esa persona o grupo específico. Por ejemplo, no se podría

hablar de responsabilidad por el hecho del constituyente cuando el congreso

emite una ley que prohíbe la comercialización de cocaína, ya que la actividad

objeto de prohibición es ilícito.

8. RESPONSABILIDAD POR DAÑO ESPECIAL: Es de tipo objetiva y se

configura cuando en ocasión a un acto lícito de la administración se le

traslada una carga a una determinada persona que aunque tiene la

obligación de soportarla, dicha carga es mucho mayor a la que llevan los

demás ciudadanos por la misma causa, produciendo de esta forma un daño

especial a quien la asume.

9. RESPONSABILIDAD POR EXPROPIACIÓN EN CASO DE GUERRA: Se

cimienta en el artículo 59 de la Constitución Política de Colombia y se causa

cuando el Estado en desarrollo de una guerra decreta la expropiación de un

bien inmueble para uso y servicio exclusivo de la misma.

10.RESPONSABILIDAD A CAUSA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:

Naturalmente esta clasificación no se refiere a aquellos perjuicios que sufre

un individuo como parte dentro de un litigio y que se originan como

consecuencia lógica del desarrollo normal y justo de un proceso ante

cualquier jurisdicción. Por el contrario, la responsabilidad que acá se trata

nace cuando en virtud de un proceso judicial el juez cometa un error grave

plenamente demostrado, o actúa dolosamente o comete fraude o abuso de

poder causando daños ya sea a alguna de las partes del litigio o a un tercero.

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11.RESPONSABILIDAD POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD:

Cuando se hubiere retenido a una persona de forma arbitraria y violando

abruptamente el orden jurídico, se considerará que la privación fue injusta y

por lo tanto el Estado deberá responder por tal razón.

MINISTERIOS DEL ESTADO:

1. Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social

2. Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos

3. Ministerio de Coordinación de Patrimonio

4. Ministerio de Coordinación de la Política Económica

5. Ministerio de Coordinación de Seguridad

6. Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad

7. Ministerio de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano

8. Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

9. Ministerio del Ambiente

10.Ministerio de Comercio Exterior

11.Ministerio de Cultura

12.Ministerio de Defensa Nacional

13.Ministerio del Deporte

14.Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda

15.Ministerio de Educación

16.Ministerio de Electricidad y Energía Renovable

17.Ministerio de Finanzas

18.Ministerio de Inclusión Económica y Social

19.Ministerio de Industrias y Productividad

20.Ministerio del Interior

21.Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

22.Ministerio de Minería

23.Ministerio de Hidrocarburos

24.Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

25.Ministerio de Relaciones Laborales

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Page 14: Ensayo y terea #15

26.Ministerio de Salud Pública

27.Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información

28.Ministerio de Transporte y Obras Públicas

29.Ministerio de Turismo

30.Ministerio de Coordinación de Patrimonio Natural y Cultural.

SECRETARIAS DEL ESTADO:

a) Secretaría Nacional de la Administración Pública

b) Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES)

c) Secretaría Nacional de Comunicación

d) Secretaría Nacional de Gestión de la Política

e) Secretaría Nacional del Migrante

f) Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos (SNGR)

g) Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana

h) Secretaría Nacional de Transparencia de Gestión

i) Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología (SENACYT)

j) Secretaría Nacional del Agua (SENAGUA)

k) Secretaría Nacional de Inteligencia (SENAIN)

INSTITUCIONES PUBLICAS QUE CONFORMAN EL ESTADO:

SECTOR JUSTICIA

Corte Constitucional

Consejo de la Judicatura

Fiscalía General del Estado

Defensor del Pueblo

Tribunal Contencioso Electoral

FUNCIÓN EJECUTIVA

Presidencia de la República del Ecuador

Vicepresidencia de la República del Ecuador

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Page 15: Ensayo y terea #15

Ministerio de Gobierno, Policía Y Cultos

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador

FUNCIÓN LEGISLATIVA

Asamblea Nacional

Asamblea Nacional Constituyente

ENTIDADES DE CONTROL

Procuraduría General del Estado

Contraloría General del Estado

Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Superintendencia de Bancos

Superintendencia de Compañías

Superintendencia de Telecomunicaciones

OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

SENPLADES La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo

Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana

SENAGUA – Secretaría Nacional del Agua

Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia

COMENTARIOS:

Los agentes económicos serian una parte fundamental en una sociedad para la

toma de decisiones de un sector específico con el de optimizar ya sea en el lado

económico como también en dinero ya que ambos de la mano, es decir estar

relacionados. Además se debe tener en cuenta que el sector financiero también

genera dinero aporta en los impuestos que van hacia el estado y este hacia obras

para el país. La educación también debería ser considerada un agente económico

ya que al invertir en esta en un futuro será una ganancia obtenido por muchos años

más y que será de gran utilidad para la economía.

LUIS JAVIER BONE AVILA G#3

Page 16: Ensayo y terea #15

El estado es la parte principal para que una nación o país pueda tener estabilidad

económica ya que tiene la cualidad de poder ofertar bienes y servicios, se podría

decir que si se ofertara un bien novedoso sería una gran contribución. También

puede regular precios, establecer leyes, limitar el consumo de ciertos bienes,

establecer aranceles etc. Por medio de la política monetaria modifica la cantidad de

dinero disponible en la economía y las tasas de interés. Se encarga de factores tan

importantes como la salud, la educación y programas de erradicación de la

mendicidad y la pobreza. Además impulsa a los sectores más vulnerables para que

ellos mismos generen una fuente de empleo y recursos.

GLOSARIO DE TERMINOS:

1. SOCIEDAD: a sociedad es un contrato entre dos o más personas que se

juntan para hacer un negocio. La gracia de este contrato es que crea una

persona jurídica distinta de los socios que constituyen la sociedad. Es más,

esta persona jurídica tendrá un patrimonio propio, formado a partir de los

aportes de los dueños, pero diferente al personal de cada uno de los socios

individualmente considerados.

2. ORGANIZACIONES: son estructuras sociales creadas para lograr metas o

leyes por medio de los organismos humanos o de la gestión del talento

humano y de otro tipo. Están compuestas por sistemas de interrelaciones que

cumplen funciones especializadas. Convenio sistemático entre personas para

lograr algún propósito específico. Las organizaciones son el objeto de estudio

de la Ciencia de la Administración, a su vez de otras disciplinas tales como la

Sociología, la Economía y la Psicología.

3. ADMINISTRACION: es una ciencia social compuesta de principios, técnicas

y prácticas y cuya aplicación a conjuntos humanos permite establecer

sistemas racionales de esfuerzo cooperativo, a través de los cuales se puede

alcanzar propósitos comunes que individualmente no es factible lograr.

4. LEY: es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto

establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en

consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción.

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Page 17: Ensayo y terea #15

5. SISTEMA ECONOMICO: es la estructura de producción, de asignación de

recursos económicos, distribución y consumo de bienes y servicios en una

economía. Un sistema de problemas económicos, tales como la escasez

mediante la asignación de recursos y productos limitados.

REFERENCIA BIBLIOGRAFICA:

1. http://economiaempresa.weebly.com/funciones.html

2. http://jorgemachicado.blogspot.com/2013/07/fde.html

3. http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109133/eXe_109133/Modulo/

MODULO_EXE/

leccin_1_la_responsabilidad_del_estado_y_regmenes_de_responsabilid

ades.html

____________________

LUIS JAVIER BONE AVILA G#3

Page 18: Ensayo y terea #15

FIRMA

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

PRINCIPIOS DE ECONOMIA II

NOMBRES:Luis Javier Bone Avila GRUPO: 3

TAREA DE SECTORES PRODUCTIVOS # 15

FUENTE:http://www.eluniverso.com/noticias/2015/02/28/nota/4600231/

salvaguardias-globales-iran-fmi-omc-dice-gonzalez

FECHA: Sábado 28 de Febrero del 2015.

TITULO: Salvaguardias globales irán al FMI y la OMC, dice González.

CONTENIDO:

La propuesta de salvaguardias globales en las que está trabajando el Gobierno

ecuatoriano, con el fin de equilibrar la balanza de pagos, deberá pasar por el

análisis del Fondo Monetario Internacional (FMI) y por la Organización Mundial de

Comercio (OMC). Así lo informó ayer el ministro de Industrias, Ramiro González,

quien aseguró que el lunes o martes estaría lista, ya que los equipos técnicos están

trabajando en el tema.

Sin embargo, dijo que el proceso que se seguirá será, en primera instancia, entregar

el tema al Fondo Monetario, entidad que deberá certificar, en tres días de plazo, que

LUIS JAVIER BONE AVILA G#3

Page 19: Ensayo y terea #15

Ecuador tiene un problema de balanza de pagos. Luego, el informe pasaría a la

OMC, que deberá indicar que con la medida no se están alterando los índices

permitidos.

Sobre la entrada en vigencia de la medida que gravaría con aranceles al 20 % de

partidas, dijo que muchas veces los países las aplican en el momento que ven

necesario, pero que en todo caso Ecuador cumplirá con estos pasos previos. Entre

las partidas que se gravarían estarían bienes terminados y suntuarios. No se

aplicaría a bienes de capital y materia prima que sirvan para la producción, salvo a

la que sí se produzca en el país.

“Todos debemos poner el hombro”, refirió al ser consultado sobre las posibles

resistencias que podrían generar las medidas en ciertos sectores de empresarios. (I)

Planta :INVERSIÓN

Grifería

FV Franz Viegener, productora de griferías y sanitarios, explicó que realizará una

inversión de $ 25 millones, en tres años, esto incluye la contratación de 200

profesionales ecuatorianos.

Políticas

El vicepresidente Jorge Glas indicó que este compromiso de la transnacional, con

varias décadas en el país, es muestra de que esta empresa es beneficiaria de las

políticas públicas y que en el país se incentiva la inversión extranjera.

Importaciones

Gustavo Iñurritegui, gerente de FV, informó que la empresa participará en el

proceso de sustitución de importaciones tanto propias como para terceros.

COMENTARIOS:

Los salvaguardias son en gran parte una ayuda para la economía especialmente en

la situación actual con el precio del petróleo pero también desde el otro punto de

vista que si la vez perjudica a ese sector comercial que trabaja y vive de sus propios

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productos que en varias ocasiones son elaborados con materia prima del país y

estas a su vez pagan un arancel de un 20 % aproximadamente. Además el gobierno

trata de que esto no perjudique más a la ciudadanía en si el sector más vulnerable.

GLOSARIO DE TERMINOS:

1. Empresario: es aquella persona que, de forma individual o colectiva, fija los

objetivos y toma las decisiones estratégicas acerca de las metas, los medios,

la administración y el control de las empresas y asume la responsabilidad

tanto comercial como legal frente a terceros.

2. Salvaguardias: son una modalidad de restricción del comercio internacional

ante la presencia de un daño o posible daño a un determinado sector de la

economía.

3. Equilibrio de la balanza: es cuando se logra la totalidad de sus ingresos

provenientes del exterior, sin alterar en forma importante sus reservas, ni sus

deudas, ni las inversiones internacionales, logran que exista una relación tal

entre la totalidad de sus pagos y sus ingresos en el cual capacita al país en

cuestión para liquidar todo su pasivo con el exterior durante el lapso

considerado

SECTOR PRODUCTIVO: Terciario.

ACTIVIDAD ECONÓMICA: Sector de finanzas.

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