envio de presente con frutos del año de shemita

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24/2/2015 Halacha Yomit http://www.halachayomit.co.il/SpanishPrintFromEmail.asp?HalachaID=3925 1/2 Este panfleto es sagrado como el resto de los textos referentes a la Torá impresos, por favor cuide su santidad y después depositar en la guenizá. ESTA HALAJÁ SE EDITA PARA EL ÉXITO Y LA SALUD DE JACOB YEDID, HIJO DE HAJAM YOM TOB YEDID Y FLIA. NEW YORK ENVIO DE PRESENTE CON FRUTOS DEL AÑO SHEMITÁ Pregunta: Se puede cumplir el precepto de enviar un presente con alimentos utilizando frutos del año shebiiit? Respuesta: Este año, 5775, es año de Shemitá, sabático y por lo tanto los frutos que crecen en él poseen santidad, como vimos oportunamente. Y así lo indican los carteles de supervisión de los rabinatos respectivos en las verdulerías y fruterías. Estos frutos pueden consumirse libremente y por supuesto se los puede obsequiar a un compañero para su consumo. Los frutos del año séptimo, debido a su santidad sólo pueden ser consumidos y no se puede comerciar con ellos, como está escrito en el ver. “Y será el descanso de la tierra para ustedes para comer”, o sea que el versículo sólo autoriza el consumo y no el comercio con estas frutas. Debido a esto no se puede pagar deudas contraídas con frutos del año séptimo. Por ej. si la persona le adeuda a otro diez kg. de naranjas, no puede pagarle con naranjas producto del año séptimo, ya que sería una forma de comercializar los frutos. De allí que algunas autoridades rabínicas contemporáneas analizan la prohibición de cumplir el precepto de enviar presentes comestibles a un amigo en Purim con frutos de Shemitá ya que se estaría utilizando los mismo para pagar su “deuda” u obligación religiosa. Asi lo dictamina Rabí Shmuel Vozner Shlit”a (Shebet Halevy tomo 7 cap. 183), aún cuando no citan pruebas determinantes al respecto, sólo la idea de que se considera una pagar una obligación con estos frutos, lo cual, como vimos estaría prohibido. En realidad el gran erudito Rabí Yosef Hayim z”l de Babel (en su obra Tora Lishma cap. 193) escribe al respecto y autoriza el envío de frutos de

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Envio de presente con frutos del año de shemita.

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Page 1: Envio de Presente Con Frutos Del Año de Shemita

24/2/2015 Halacha Yomit

http://www.halachayomit.co.il/SpanishPrintFromEmail.asp?HalachaID=3925 1/2

Este panfleto es sagrado como el resto de los textos referentes a la Torá

impresos, por favor cuide su santidad y después depositar en la guenizá.

ESTA HALAJÁ SE EDITA PARA EL ÉXITO Y LA SALUD DE

JACOB YEDID, HIJO DE HAJAM YOM TOB YEDID Y FLIA.

NEW YORK

ENVIO DE PRESENTE CON FRUTOS DEL AÑO SHEMITÁ

Pregunta: Se puede cumplir el precepto de enviar un presente conalimentos utilizando frutos del año shebiiit?

Respuesta: Este año, 5775, es año de Shemitá, sabático y por lo tantolos frutos que crecen en él poseen santidad, como vimos oportunamente.Y así lo indican los carteles de supervisión de los rabinatos respectivosen las verdulerías y fruterías.

Estos frutos pueden consumirse libremente y por supuesto se los puedeobsequiar a un compañero para su consumo.

Los frutos del año séptimo, debido a su santidad sólo pueden serconsumidos y no se puede comerciar con ellos, como está escrito en elver. “Y será el descanso de la tierra para ustedes para comer”, o seaque el versículo sólo autoriza el consumo y no el comercio con estasfrutas. Debido a esto no se puede pagar deudas contraídas con frutos delaño séptimo. Por ej. si la persona le adeuda a otro diez kg. de naranjas,no puede pagarle con naranjas producto del año séptimo, ya que seríauna forma de comercializar los frutos.

De allí que algunas autoridades rabínicas contemporáneas analizan laprohibición de cumplir el precepto de enviar presentes comestibles a unamigo en Purim con frutos de Shemitá ya que se estaría utilizando losmismo para pagar su “deuda” u obligación religiosa. Asi lo dictamina RabíShmuel Vozner Shlit”a (Shebet Halevy tomo 7 cap. 183), aún cuando nocitan pruebas determinantes al respecto, sólo la idea de que se considerauna pagar una obligación con estos frutos, lo cual, como vimos estaríaprohibido.

En realidad el gran erudito Rabí Yosef Hayim z”l de Babel (en su obraTora Lishma cap. 193) escribe al respecto y autoriza el envío de frutos de

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24/2/2015 Halacha Yomit

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Shemitá como presentes en Purim.

Y así lo dictamina el gran erudito Rabí Itzjak Waiss z”l (Minjat Itzjak tomo10 cap. 57), y escribe que esta acción no se considera una forma decomercio ya que se puede llevar a cabo todos los preceptos con losfrutos de Shemitá, como por ej. adquirir matzá para lo noche de Pesaj, eletrog para Sucot, etc. pues nada de esto se considera una accióncomercial prohibida con los frutos de Shemitá. Lo mismo aplica alprecepto de mishloaj manot el cual puede cumplirse libremente con losfrutos de Shemitá ya que le pertenecen a su dueño y puede consumirlosu obsequiarlos a quien desee, y no se considera esto una forma de pagarsu deuda.

Y por cuanto que la prohibición de Shemitá en la actualidad es sólo deorigen rabínico deberíamos asumir la opinión de Rabí Yosef Hayim z”lque autoriza hacerlo y trae sus pruebas, especialmente teniendo encuenta que quienes prohíben no citan pruebas concluyentes. De todasformas, se puede inferir de lo escrito por nuestro maestro Rabí OvadiaYosef z”l (Hazon Ovadia Purim folio 154) que se inclina por prohibirlo, porello quien puede abstenerse de enviar en Purim los presentes dealimentos, mishloaj manot, con frutos de Shemitá, convoca sobre sí labendición.