escuela camiÑa 2018 -

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ESCUELA CAMIÑA 2018 REGLAMENTO INTERNO TITULO I: DEFINICION Y OBJETIVO ART.1º: El presente Reglamento Interno de la Escuela F-62 de Camiña, contiene las normas técnico – administrativas y de prevención de riesgo, higiene, seguridad y remediales que regulan su función educativa y organizan el funcionamiento de la unidad educativa. ART.2º: El objetivo fundamental de este reglamento es definir, sistematizar y regular las funciones técnico – pedagógicas, técnico – administrativas y de prevención que corresponden al personal que laboran en el establecimiento educacional, los organismos que lo componen y las normas de trabajo y de vida escolar que los rige. ART.3º: El principal responsable de hacer cumplir las disposiciones del presente reglamento es el Director del establecimiento Educacional. TITULO II: DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL-DEFINICION Y OBJETIVO ART.4º: El establecimiento educacional es el organismo instituido para ofrecer a los alumnos; condiciones humanas, culturales y materiales destinados a facilitar y promover el cumplimiento del proceso educativo. ART.5º: Son objetivos de la escuela F-62 de Camiña: Construir un clima integrador destinado a concretar el proyecto educativo que la sociedad auspicie. Desarrollar la función social que la comparte a través de un proceso planificado, integrado y coherente que incluye todas las acciones educativas especialmente en cuanto es la integración de padres, apoderados y comunidad en general. Definir, organizar, implementar y evaluar el conjunto de elementos curriculares conforme a objetivos determinados por el Ministro de Educación. Contribuir a la formación integral de la persona, sus valores en cuanto tal, los valores de la persona en relación con la Comunidad Nacional, todos insertos en el concepto humanista Cristiano que sustenta la tradición Nacional.

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Page 1: ESCUELA CAMIÑA 2018 -

ESCUELA CAMIÑA 2018

REGLAMENTO INTERNO

TITULO I: DEFINICION Y OBJETIVO

ART.1º: El presente Reglamento Interno de la Escuela F-62 de Camiña, contiene

las normas técnico – administrativas y de prevención de riesgo, higiene, seguridad y remediales que regulan su función educativa y organizan el funcionamiento de la unidad educativa.

ART.2º:

El objetivo fundamental de este reglamento es definir, sistematizar y regular las funciones técnico – pedagógicas, técnico – administrativas y de prevención que corresponden al personal que laboran en el establecimiento

educacional, los organismos que lo componen y las normas de trabajo y de vida escolar que los rige.

ART.3º: El principal responsable de hacer cumplir las disposiciones del presente

reglamento es el Director del establecimiento Educacional. TITULO II: DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL-DEFINICION Y OBJETIVO

ART.4º:

El establecimiento educacional es el organismo instituido para ofrecer a los alumnos; condiciones humanas, culturales y materiales destinados a facilitar y promover el cumplimiento del proceso educativo.

ART.5º: Son objetivos de la escuela F-62 de Camiña:

Construir un clima integrador destinado a concretar el proyecto educativo

que la sociedad auspicie.

Desarrollar la función social que la comparte a través de un proceso

planificado, integrado y coherente que incluye todas las acciones educativas especialmente en cuanto es la integración de padres, apoderados y

comunidad en general.

Definir, organizar, implementar y evaluar el conjunto de elementos

curriculares conforme a objetivos determinados por el Ministro de Educación.

Contribuir a la formación integral de la persona, sus valores en cuanto tal,

los valores de la persona en relación con la Comunidad Nacional, todos insertos en el concepto humanista Cristiano que sustenta la tradición

Nacional.

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TITULO III: DE LAS NORMAS TECNICO – PEDAGOGICAS

PARRAFO 1: DEL PLAN ANUAL DEL ESTABLECIMIENTO P.E.I.

ART.6º El Director del establecimiento asesorado por profesores, elaborará un Plan de trabajo de la escuela, teniendo como base el diagnóstico de la

realidad Escolar y el Calendario Escolar fijado: Nacional y Regional. ART.7º

El Plan Anual de trabajo deberá establecer claramente la coordinación de las actividades pedagógicas, sistemáticas, para académicas y extra –

programáticas. Art.8º

El Plan Anual de trabajo deberá ser consecuente con la política educacional del Estado y contendrá como mínimo los siguientes aspectos:

a) Diagnóstico. b) Objetivos generales. c) Objetivos específicos.

d) Metas. e) Recursos. f) Evaluación.

DE LOS HORARIOS ESCOLARES

ART.9º

Los horarios de clases se estructurarán con criterios pedagógicos, conforme a normativas de los niveles centrales y regionales. Se elaborarán antes del inicio del año lectivo y podrán modificarse según las necesidades

de la escuela. Como el establecimiento se encuentra en la J.E.C. y el funcionamiento del establecimiento será de lunes a jueves de 08:30 a

17:35 horas y el día viernes de 08:30 a 13:30 hrs. ART.10º

Las actividades escolares fuera del horario serán autorizadas por el Director siempre que éstas se realicen bajo la responsabilidad de docentes

del Establecimiento.

DE LAS CLASES Y RECREOS Art.11º

Cada profesor tendrá que desarrollar sus clases de acuerdo a los planes y programas y normativas vigentes, como así también a horarios

establecidos y Decreto 545/96 – 81/2000-481/2000 -92/2002 – 511/97 – 2960/12 – 628/Mod.1265/2016 dec. A base curricular.

ART.12º

Los recreos son períodos cortos de tiempo, ubicado entre las horas de

clases para el descanso de los alumnos. El recinto destinado a los recreos son los patios y en el deberá haber profesores de turno, que supervigilan el comportamiento de los alumnos dentro de la natural libertad y

esparcimiento que deben disfrutar. El período también debe ocuparse por los alumnos para sus necesidades fisiológicas.

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DE LOS ACTOS ESCOLARES

ART.13º

Los actos escolares deben ser esencialmente formativos, procurando lograr los siguientes objetivos:

a) Enriquecer el desarrollo de la personalidad de los alumnos con incentivos socio-culturales de alto significativo educativo.

b) Lograr una proyección hacia la comunidad.

c) Lograr una actitud de respeto hacia los Símbolos Patrios.

ART.14º Los actos escolares se realizarán de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia, estipuladas en el calendario escolar y normativas del

Departamento Provincial de Educación de Iquique.

DE LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

ART.15º Estas actividades extraescolares se realizarán en conformidad a normas e

instrucciones del MINEDUC. Canalizadas en los niveles regionales, provinciales y comunales del Departamento de Educación Extraescolar, no

debiendo interferir en el desarrollo de las actividades pedagógicas del establecimiento.

DE LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, COPROGRAMATICAS Y

PARACADEMICAS.

ART.16º Denomínase actividades Extraprogramáticas.

ART.17º Las actividades Extraprogramáticas y coprogramáticas se desarrollarán

como parte integrante de las labores pedagógicas del establecimiento educacional.

ART.18º

Actividades Paracadémicas son aquellas que dicen relación con

acontecimientos históricos.

TITULO IV: LAS NORMAS TECNICO-ADMINISTRATIVAS-ESTRUCTURA GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.

ART.19º

La estructura general de la escuela F-62 de Camiña comprende los siguientes niveles y organismos:

a) Nivel de Dirección.

Director b) Nivel de planificación y supervisión.

Director escuela

Encargado de actividades Extraescolares.

Page 4: ESCUELA CAMIÑA 2018 -

c) Nivel de ejecución. Docente de aula.

d) Nivel de coordinación.

ART.20º

Los docentes de aula serán los encargados de orientar e impartir la enseñanza de conformidad con las finalidades de la Educación Nacional.

ART.21º

Los Consejos técnicos tendrán como objetivos evaluar el estado de avance y aunar criterios al respecto, etc.

DE LAS FUNCIONES DE CADA NIVEL

ART.22º Al Director le corresponden las siguientes funciones:

Planificar, organizar, orientar, conducir, supervisar y evaluar las actividades de los distintos servicios del establecimiento, de acuerdo con el

consejo de coordinación y con el fin de lograr los objetivos de la Educación Nacional.

Velar por el prestigio del establecimiento y asumir su presentación

promocionando la imagen de ésta en todas las organizaciones cívicas, profesionales, productivas, culturales, etc.

Convocar y presidir los consejos de profesores y las reuniones técnicos-pedagógicas, la comisión revisadotas de inventarios y otras que se

contituyan cumpliendo y haciendo cumplir los acuerdos adoptados, según corresponda. La presidencia de los consejos de profesores podrá ser delegada en los funcionarios que en cada caso se indican en este

reglamento.

Informar oportunamente las necesidades del plantel a la jefatura que corresponda.

Proponer a las autoridades pertinentes las medidas que conduzcan al

mejor cumplimiento de los objetivos de la educación a nivel del establecimiento.

Estimular y facilitar el perfeccionamiento y la capacitación del personal de su establecimiento.

Distribuir su tiempo entre los deberes de dirección, administración,

supervisión y representación, de acuerdo con planes y programas de acción basados en la realidad de su comunidad escolar.

Page 5: ESCUELA CAMIÑA 2018 -

Distribuir las horas de actividades de colaboración y asignar funciones de

acuerdo con las instrucciones por la autoridad correspondiente.

Adecuar el organigrama tipo de los establecimientos educacionales a las

características de su respectiva Unidad Educativa.

Llevar a la Jefatura que correspondan en los plazos o fechas establecidas, los informes y documentos que correspondan.

Respetar y hacer respetar el cumplimiento de las funciones específicas de

sus subordinados, estimulando a todo el personal a participar en la administración del programa educativo, para lo cual facilitará el desarrollo

de labores y escuchará opiniones y sugerencias.

Atender en casos calificados las situaciones de problemas de alumnos, apoderados y personal del plantel.

Llevar el libro de observaciones según el instructivo correspondiente.

Llevar en forma personal la hoja de vida del personal docente de su

establecimiento.

FUNCION DE CARÁCTER PEDAGOGICA

Supervisar la planificación, desarrollo y evaluación del proceso enseñanza

– aprendizaje del establecimiento.

Visitar aulas, terrenos, talleres y otras dependencias en función del

mejoramiento del proceso enseñanza – aprendizaje, para ayudar a los docentes a aumentar su eficacia.

Controlar el rendimiento escolar, según las normas existentes sobre la

materia.

Orientar el funcionamiento de los distintos organismos docentes del

establecimiento.

Determinar las medidas disciplinarias que corresponda aplicar a los alumnos de acuerdo a criterios pedagógicos y legislación vigente, previo

informe de los organismos pertinentes.

Integrar el consejo jurisdiccional que le corresponda, cumplir las funciones que allí se le encomiendan o que emanen de la Secretaría Ministerial de

Educación respectiva.

Integrar otros organismos que por necesidades del servicio se cree en la

región, Provincia o Comuna.

Responsabilizarse del funcionamiento de la brigada de tránsito.

Page 6: ESCUELA CAMIÑA 2018 -

FUNCIONES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO

Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y las normas del nivel central y las instrucciones de la respectiva Secretaría Ministerial de

Educación y/o Departamento Provincial de Educación.

Resolver solicitudes de permisos con renumeraciones del personal de su dependencia cuando le corresponda informar de solicitudes de licencias

médicas y permisos sin remuneraciones, según la legislación vigente.

Resolver las apelaciones del personal respecto de la distribución de horarios

y permisos de acuerdo con las necesidades del establecimiento.

Firmar y autorizar el desarrollo oficial, responsabilizándose de su presentación y contenido.

Autorizar las operaciones que representan dinero de acuerdo con los

programas de necesidades presupuestarias que sean propuestas.

Disponer la inversión y supervigilar la administración de los fondos

presupuestarios y de entradas propias, según las normas vigentes y con la asesoría de la Unidad Administrativa..

Ordenar los descuentos por inasistencias, informar atrasos del personal de

su establecimiento cuando le corresponda.

Informar oportunamente a la autoridad sobre vacancia u otras situaciones

administrativas producidas en el plantel a su cargo.

Ordenar la instrucción de proceso administrativos y aplicar sanciones,

asumiendo las responsabilidades que de ellos emanen cuando causen perjuicios injustificados al o a los funcionarios indebidamente inculpados.

Calificar objetivamente cuando corresponda al personal docente del

establecimiento según las normas pertinentes.

Remitir oportunamente a la autoridad que corresponda la memoria anual del establecimiento.

DE LOS DOCENTES PROPIAMENTE TALES

El Docente propiamente tal es el profesor encargado de orientar e impartir la enseñanza de conformidad con las finalidades generales de la educación Nacional

y las Actividades de colaboración propias del establecimiento y para lo cual deberá cumplir las siguientes funciones:

Participar en aquellos estudios que tienden a su perfeccionamiento profesional cuando las autoridades los ofrezcan, recomienden u ordenen.

Asistir a las sesiones de los consejos de profesores.

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Participar en los exámenes, visitas, excursiones escolares y actos oficiales

de carácter cultural, cívico y educativo del establecimiento y de la comunidad.

Anotar oportunamente en los libros y documentos correspondientes, la asistencia, rendimiento, promedios y aspectos conductuales, materias y

demás datos que fueren necesarios.

Aplicar técnicas metodológicas recomendables para alcanzar los objetivos de sus asignaturas y de acuerdo con lo determinado por la unidad.

Evaluar el rendimiento de los alumnos en las fechas y formas acordadas en

los organismos correspondientes, sin modificar las calificaciones salvo en los casos que se desprendan de la reglamentación respectiva.

Velar por el buen estado, mantención, custodia y uso de elementos y materiales de enseñanza del establecimiento y de su respectiva asignatura

y/o especialidad previo acuerdo consejo de profesores de asignatura, especialidad o nivel.

Procurar el cumplimiento de los objetivos de aprendizaje propuestos dentro

de los períodos acordados en los consejos correspondientes y resultantes de su propia planificación.

Integrarse y participar en forma efectiva al consejo de asignatura, curso o

nivel.

Colaborar en la formación de la personalidad del alumno, mediante la persuasión y el ejemplo, contribuyendo a la formación de buenos hábitos de

estudios, conductas y presentación personal e informando al profesor jefe sobre cualquier situación especial de la que toma conocimiento.

Acatar la distribución horaria que se le asigna de acuerdo a las necesidades del establecimiento, pudiendo apelar al Director cuando tenga razones

justificados para ello.

Responsabilizarse de los aspectos disciplinarios del curso durante el desarrollo de sus clases.

Desarrollar las actividades dentro y fuera del plantel cuando hayan sido

encomendadas por el Director en períodos en que no hayan asistencia de alumnos.

Cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad, higiene u otras instrucciones del establecimiento.

Informar al Director las salidas a terreno de los docentes con su curso, y

registrar en libro correspondiente..

Procurar la integración de los contenidos programáticos de sus asignaturas con las de otras disciplinas y acordados por el consejo respectivo.

Page 8: ESCUELA CAMIÑA 2018 -

Guardar suma discreción sobre los temas tratados en los consejos de

profesores.

Velar porque el proceso de comunicación entre alumno – profesor sea

positivo, oportuno y permanente.

Controlar cuando en el establecimiento no hay paradocente inspectores, los atrasos, los justificativos y los certificados médicos de los alumnos, del

curso o cursos.

Solicitar materiales para los distintos trabajos de los alumnos, considerando la situación socio – económico de los padres y apoderados.

DE LOS INSPECTORES DE INTERNADO

Los Inspectores a cargo de alumnos y alumnas internas son las personas

encargadas de orientar y coordinar la enseñanza, acorde a la finalidad de la Educación Nacional.

Por lo tanto deberá:

Participar en perfeccionamiento que la autoridad estime conveniente.

Asistir a los Consejos de profesores si así lo considera la Dirección de

Escuela.

Participar en las actividades oficiales del establecimiento.

Llenar una “Bitácora”, donde anotará oportunamente aspectos conductuales de los alumnos internos.

Estar en contacto regularmente con profesores Jefes y de Asignatura para tomar conocimiento o informar situaciones relevantes tanto en e

proceso de Enseñanza como formación personal.

Aplicar estrategias de formación personal, orden, etc.)

Velar por la mantención de materiales e infraestructura del establecimiento.

Organizar actividades de tiempo libre (hora de estudio, recreación y esparcimiento.

Propiciar la comunicación alumno (a) / inspector (a) para que sea positiva – oportuna y permanente.

Velar por el cumplimiento de las normas y horarios del internado.

Contribuir al desarrollo óptimo de la personalidad mediante la

persuasión y ejemplo personal.

Solicitar materiales que requiera para las diferentes actividades propias del internado (aseo de pabellones, ropas de cama, piso, juego y/o

materiales de entretención.

Estar en contacto con los apoderados para que tomen conocimiento de

aspectos conductuales, rendimiento u otros aspectos significativos.

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ART.23 DE LOS AUXILIARES DE SERVICIOS MENORES

Los auxiliares de servicios menores del establecimiento están supeditado a las órdenes del Director.

Le corresponde velar por el mantenimiento de aseo e higiene del

establecimiento.

Prestar servicios de arreglos menores que el Director le solicite (Colocación de chapas, tornillos, vidrios por ejemplo).

Deberá colaborar con los profesores de turno durante referentes a mantener

el aseo y disciplina en el patio.

Entregar la correspondencia a quien pertenezca cuando el Director se lo

solicite.

DEL CONSEJO GENERAL DE PROFESORES

ART.24

El Consejo General de Profesores estará integrado por todos los profesores del establecimiento.

El Director podrá delegar la presidencia de este Consejo en su subrogante

legal.

Se deberá realizar en forma ordinaria las siguientes sesiones: - Una de organización y programación general al iniciarse el año.

- Una de programación y estudio al iniciarse el segundo semestre. - Una de evaluación final al término del año.

- Una extraordinaria cuando el Director lo estime conveniente.

Corresponde al consejo general de profesores:

- Tomar conocimiento de la planificación que presente el Director, estudiar y proponer las modificaciones que considere necesarias.

- Proponer e impulsar medidas que promuevan el perfeccionamiento

del proceso educativo.

Estudiar problemas especiales de inadaptación al medio escolar de algún

alumno o de grupos de alumnos que produzcan o puedan producir efecto general y proponer medidas para darle solución adecuada.

Acordar y planificar y aplicar medidas disciplinarias o remediales ante

situaciones que afecten el normal funcionamiento de las actividades escolares.

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DEL CONSEJO DE PROFESORES POR CICLO

ART.25

El Consejo sesionara todos los lunes desde las 16:00 a 17:45 oportunidad que sea necesaria ( 1er. y 2ºdo. Ciclo ). En donde se tratarán temas de rendimiento, conducta y otros.

ART.26

El Consejo de curso es el organismo formado por la totalidad de los alumnos de un curso y su funcionamiento será de responsabilidad del profesor jefe,

quién será el asesor del mismo.

DE LAS ORGANIZACIONES DE CENTRO DE PADRES Y APODERADOS

ART.27

El Centro General de Padres y Apoderados se regirá por las normas legales y reglamentarias vigentes y estará integrado por todos los padres y apoderados

del establecimiento asesorado por el Director de la escuela podrá delegar el asesoramiento en otro profesor.

ART.28

La Directiva del Centro General de Padres y Apoderados con el asesor, elaborarán anualmente el plan de trabajo. Los Centros de Padres y Apoderados son organismos colaboradores de la familia y del establecimiento educacional

para alcanzar los objetivos que ambas Instituciones persiguen en la enseñanza básica, prebásica y especial. El Centro de Padres es el organismo que representa a los padres y apoderados

ante las autoridades del establecimiento educacional. Los principales objetivos son:

Vincular estrechamente el hogar de los alumnos con el establecimiento

educacional y propender, a través de sus miembros, a que se mantengan y perfeccionan los hábitos, actitudes, ideas que hacen posible su educación.

Apoyar la labor del establecimiento, interesándose por su prestigio moral

y prosperidad material.

Proponer y patrocinar entre las autoridades del establecimiento iniciativas en beneficio de la educación de los alumnos.

Interesar a sus miembros en la mejor formación de sus hijos o pupilos y

capacitarlos para ello mediante actividades adecuadas de perfeccionamiento en los aspectos moral, educacional y cívico-social.

Orientar sus recursos, preferentemente para dotar al establecimiento de la infraestructura y material didáctico necesario para mejorar la calidad

de la educación, especialmente en la creación de bibliotecas, adquisición de libros y útiles escolares, equipo audiovisuales, laboratorios, equipo

deportivos, etc.

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ART.29

Los Centros de Padres deberán dedicarse exclusivamente al cumplimiento de los fines para los que fueron creados.

Es nulo el caso de debatirse en sus reuniones o asambleas materias de orden político, como asimismo intervenir en materias ajenas a las indicadas.

Será dirigida por un directorio compuesto por tres personas como mínimo y el Director del establecimiento por derecho propio o la persona que éste designe en calidad de asesor con derecho a voz y voto.

El directorio deberá sesionarse ordinariamente y a lo menos dos veces al año.

El directorio se generará directamente en asamblea general y del mismo se procederá para los efectos de reemplazar a algunos de sus miembros. El Centro de Padres se podrá disolver voluntariamente por el voto

conforme de dos tercios de los asistentes a asamblea general, sobre la base exclusiva de no disponer de medidas para cumplir las finalidades de la

Institución. Estas normas en todo caso deben contar por escrito simple, copia de lo cual se remitirá a Departamento Provincial de Educación de Iquique.

Los Centros de Padres percibirán, administrarán e invertirán sus bienes y dineros provenientes de los padres y apoderados a través de los personeros establecidos en las disposiciones reglamentarias que la rigen. Estos

aportes son voluntarios.

DE LAS NORMAS DE VIDA ESCOLAR

DEL APODERADO

ART.30

Al momento de ingresar un alumno al establecimiento educacional en calidad de matriculado, deberá tener apoderado mayor de 21 años de forma tal que exista una conducta sería en el tutelaje de su pupilo.

El apoderado tendrá la obligación de asistir en caso de ser citados por el profesor a justificar sus inasistencias.

ART.31

El apoderado deberá ceñirse a todas las reglas que el establecimiento estipule como la de no interrumpir al profesor en su jornada de trabajo, cumplir con condiciones de colaboración con los profesores de hijos (as),

preocuparse regularmente sobre la situación de estudios, de orden, e higiene de su pupilo, etc. mostrar actitudes de respeto hacia los

funcionarios del establecimiento y hacia los alumnos. Acatar normas referidas a conductas valóricas establecidas por el colegio de acuerdo a Planes y Programas del Ministerio de Educación.

Como por ejemplo: presentación personal adecuada, acorde a su condición de apoderados.

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NORMAS REFERIDAS A LOS ALUMNOS

ART.32

A consecuencia de la existencia de la Beca Uniforme Escolar otorgada año a año por la I. Municipalidad de Camiña todos los alumnos del

establecimiento deberán venir con uniforme. Se hace la salvedad que los niños con enfermedades podrán ser autorizados por su profesor Jefe venir con otras vestimentas de abrigo.

ART.33

El alumno deberá obligatoriamente presentarse correctamente uniformado, siendo la tenida de uniforme la siguiente:

VARON:

Chaleco azul.

Camisa blanca.

Corbata azul.

Pantalón plomo.

Zapatos negros.

Calcetín azul o blanco.

DAMAS:

Jumper azul.

Camisa blanca.

Corbatín azul.

Medias azules.

Zapatos negros.

Los meses de junio – julio –agosto considerando la situación climática se

autorizará a los alumnos a asistir a clases con buzo de color azul y polera blanca.

ART.34 Los alumnos deberán velar por el estricto cuidado de la estructura y de

todo el equipamiento que posee el establecimiento, dándoles un buen uso que corresponde.

Los deberán usar el uniforme correctamente sin accesorios y con el peinado normal. No extravagante y largo (varones) que no exceda a la parte superior del cuello de la camisa.

Las damas se tomarán el pelo y usarán la cara despejada (pelo limpio). ART.35

En caso de haber tres atrasos reiterados del alumno, se mandará a buscar

a su apoderado para que justifique dichos atrasos al término de la jornada y de esta manera lograr un control de atrasos inasistencias.

Page 13: ESCUELA CAMIÑA 2018 -

ART.36

El alumno deberá presentar un comportamiento acorde con las normas del establecimiento en su defecto se tomarán medidas disciplinarias como

informar a su apoderado de su comportamiento al realizar actividades que no sean de su agrado como forma de castigo a dicha conducta disciplinaria.

ART.37

De existir casos de alumnos que presentan embarazos, el establecimiento les permitirá que finalicen su año escolar o educación básica,

otorgándoles las facilidades pertinentes en cada caso, en ningún momento se tomarán medidas que tiendan a la pérdida del año escolar perjudicando

al alumno.

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

ART.38

El establecimiento educacional en caso de indisciplinas tomará las medidas que construyan una formación de la personalidad del alumno.

Se tomarán las siguientes medidas disciplinarias:

Amonestación verbal por parte del profesor Jefe.

En caso de reiteración el profesor Jefe la llevará a la oficina del

Director del establecimiento donde se le amonestará por segunda vez.

No será motivo de cancelación de matrícula, expulsión o

devolución de los alumnos las siguientes causales:

- Atrasos. - Incumplimiento del uniforme escolar.

- Incumplimiento de tareas. - Falta de útiles de trabajo. - Falta de equipo de gimnasia.

Ante la presencia de una falta conductual gravísima tales como

agresión de índole sexual, verbal y/o física a un compañero, profesor o funcionario serán tomadas las siguientes medidas disciplinarias:

- Suspensión de clases con conocimiento del apoderado.

- Expulsión o cancelación de la matrícula (agresión física). TITULO V NORMAS DE PREVENCION DE RIESGO Y SEGURIDAD

ART.39

Se deberá cumplir todas las instrucciones impartidas por la comisión permanente de seguridad escolar del Ministerio de Educación referida a:

Prevención de riesgo y seguridad.

Los alumnos no deberán estar en el colegio fuera del horario de clases.

Tendrán zona de seguridad estipuladas y conocidas por los alumnos con

anticipación y que se practicará mediante simulacros de sismos, incendios, etc.

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DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD DE LOS PROFESORES

ART.40 Los profesores deberán:

a) Velar por la seguridad de los alumnos a su cargo en sus jornadas

de trabajo respectivo o en caso de citación fuera de horario.

b) Procurar la puesta en práctica de las medidas de seguridad en caso de:

Sismo.

Incendios.

Accidentes escolares.

c) Informar de inmediato a la Dirección de Escuela cualquier situación

de riesgo o accidentes.

ART.41

En caso de haber alumnos que por problemas familiares, sociales o de

cualquier tipo y que necesiten de algún tratamiento psicológico, se procederá a atenderlo con la asistencia del psicólogo profesional del Servicio País de la localidad, en caso que lo hubiere.

ART.42

La escuela deberá contar con botiquines con todos los elementos para una atención de Primeros Auxilios a los alumnos, como así también los

internados de damas y varones deberán contar con esta implementación. ART.43

En caso de enfermedad de algún alumno ya sea alumno interno y que

está enfermedad necesite del conocimiento de un Médico o Paramédico, se procederá a llevarlo a la Posta de Primeros Auxilios o en su defecto se traerá al facultativo para que lo examine en el establecimiento.

En caso que el facultativo no acuda se informará vía conducto regular a la autoridad correspondiente

NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

DE LOS PRINCIPIOS, POSTULADOS Y FINES FUNDAMENTACION

La presente Normativa de Convivencia Escolar de la escuela F-62 de Camiña,

tendrá vigencia durante el año 2018 – 2019 y se fundamenta en los siguientes principios y postulados

A. La constitución Política de la República de Chile. Capítulo I: Bases de la Institucionalidad. Capítulo II: Nacionalidad y Ciudadanía.

Capítulo III. Art.19, Nº 1: El derecho a la integridad física y psíquica de la persona. Se prohibe la aplicación de todo apremio ilegítimo.

Nº 10 y 11. El derecho de la Educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida.

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B. Ley Orgánica Constitucional de Educación (LOCE) Nº 18.962 del 07/03/90. En el artículo 2º, la LOCE señala: “La educación es el proceso permanente que

abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene por finalidad alcanzar su desarrollo moral, intelectual, artístico, espiritual y físico, mediante la

transición y cultivo de valores, conocimientos y destrezas, enmarcados en nuestra identidad nacional, capacitándolos para vivir y participar en forma responsable y activa en la continuidad”.

Artículo Nº 7 “La enseñanza básica es el nivel educacional que procura fundamentalmente el desarrollo de la personalidad del alumno y su capacitación para su vinculación e integración activa a su medio social, a través del

aprendizaje de los contenidos mínimos obligatorios que se determinan en conformidad a la presente ley y que le permite continuar el proceso educativo

formal”. C. Decretos Supremos de Educación, Nº240/1999 y Nº 220/98 en lo que respecta

a los Objetivos Fundamentales Tranversales.

E. Política de participación de padres, madres y apoderados en el Sistema Educativo MINEDUC 2000.

F. Declaración Universal de Derechos Humanos Artículo 1 “Todos los seres Humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, dotados como están de razón y conciencia, deben fraternalmente los

unos con los otros”.

G. La Convención sobre los Derechos del Niño. 7.- “El niño tiene derecho a recibir Educación que será gratuita y obligatoria por

lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad

moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.

8.- “El niño ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole, debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad

universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

H. Reglamento de Disciplina de la Escuela Año 2018 – 2019 – 2020.

I. Los acuerdos establecidos por el equipo de Gestión, Consejo General de Profesores, Centro de Padres y Apoderados y Alumnos representantes de los

cursos de segundo ciclo Educación Básica.

Esta Normativa de convivencia Escolar tiene como fines: 1.- La implementación de procedimientos de resolución pacífica de conflictos al interior de la comunidad escolar.

2.- Fortalecer la práctica pedagógica y el desarrollo de los objetivos fundamentales

transversales referidos a la convivencia escolar.

Page 16: ESCUELA CAMIÑA 2018 -

3.- Potenciar un estilo de gestión escolar democrático al interior de la escuela. Entendiendo por convivencia escolar: “la interrelación entre los diferentes

miembros de un establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta

concepción no se limita a la relación entre las personas, sino que incluye las formas de interacción de los diferentes estamentos que conforman una comunidad educativa, por lo que constituye una construcción colectiva y es

responsabilidad de todos los miembros y actores educativos sin excepción”.

Una convivencia de calidad favorece los aprendizajes de los alumnos y alumnas,

del mismo modo fomenta, en los miembros de la comunidad escolar, sentimientos de confianza en sus capacidades de resolver problemas y conflictos que surjan al relacionarse unos con otros. El modo como se relacionan personas y alumnos es

un factor clave para construir un ambiente que apoye y contribuya el desarrollo personal de las y los alumnos.

DE LOS OBJETIVOS Y ESTAMENTOS

La presente normativa se ha formulado con el propósito de mejorar la calidad,

con equidad, del proceso educativo y de regular el sistema de convivencia al interior y exterior de la comunidad escolar.

A. OBJETIVOS

1.- Lograr una convivencia de sí mismo, de la propia identidad, la habilidad de definirse y aceptarse con límites y capacidades.

2.- Desarrollar las capacidades de escuchar a los otros, antes de actuar.

3.- Desarrollar las capacidades de respeto y vivencia de los derechos y deberes. 4.- Lograr las capacidades de respeto por las diferencias y alcanzar la resolución

pacífica de los conflictos con el “otro”.

5.- Orientar en el derecho de la libertad de expresión y la responsabilidad que implica el ejercicio de esto, en los diversos espacios de la existencia y en el diario vivir.

DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

Con los fundamentos, principios y postulados ya descritos y apoyados en el

Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos Fundamentales Transversales que promueve la Reforma Educacional, la comunidad escolar acuerda lo siguiente:

A. DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS.

Los alumnos y alumnas de nuestro establecimiento tendrán derecho a: 1.- Ser llamados por su nombre y no por sobrenombres o apodos.

2.- Recibir una educación integral de calidad. 3.- Ser tratados con respeto, afecto y comprensión. 4.- No ser discriminados por ninguna causal.

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5.-Ser educados en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad, y con plena conciencia de que debe consignar sus energías y aptitudes al servicio de sus

semejantes. 6.- Ser educados para el aprendizaje de la resolución pacífica de conflictos.

7.- Todas las metodologías deberán estar orientadas a desarrollar y potenciar sus capacidades. 8.- Ser respetados en su ritmo de aprendizaje.

9.- Ser escuchados en sus juicios, opiniones, comentarios y atendidos en sus consultas e inquietudes. 10. Desarrollar una buena comunicación, dentro de un ambiente de armonía y

justicia. 11. Recibir atención de salud, cuando así lo requiera.

12. Participar en actividades extra-programáticas. 13. Hacer uso de sus recreos. 14. Recibir alimentación (JUNAEB).

15. Utilizar los servicios que brinda la escuela, cuando lo requiera (por Ej.: biblioteca, computación)

16. Darles a conocer oportunidades fechas, contenidos y formas de evaluación como también los resultados de sus evaluaciones en cada subsector. 17. Darles cuidado y protección en cada una de las actividades que realicen.

18. Que sus profesores los apoyen en su crecimiento personal, corrigiendo sus errores y/o estimulando sus logros. 19. Que se registren oportunamente, y con conocimiento del alumno (a), las

anotaciones tanto positivas como negativas. 20. No ser objeto de apremios verbales y/o físicos.

21. Conocer y aceptar la normativa de convivencia escolar. 22. Ser atendidos de acuerdo a sus diferencias individuales y/o discapacidades. 23. Ser atendidos en caso de accidente escolar, haciendo uso de los beneficios del

Seguro que otorga el Estado. 24. Ser informados de la normativa de convivencia escolar, tanto en sus derechos

como en sus deberes; y las sanciones que correspondan cuando se vulneren las normas de convivencias acordadas por la comunidad escolar.

B. DEBERES DE LOS ALUMNOS

- Ser puntuales en la hora de llegada y entrada de clases. - Usar biforme en la escuela y un corte de pelo y peinado adecuado.

- En invierno las alumnas podrán usar pantalones azul oscuro, autorizado por el Director del establecimiento. - Mantener una buena higiene personal.

- Mantener el aseo de la sala. - No practicar juegos bruscos durante recreos y hora libres. - No jugar en lugares peligrosos.

- No ausentarse del establecimiento sin la respectiva autorización. - Respetar a los profesores y al personal de la escuela.

- No rayar las paredes de la escuela, las mesas y sillas, ni destruir lo que pertenezca a la escuela. - Asistir regularmente a clases.

- Cumplir responsablemente con sus trabajos escolares. - Proceder con honradez en su vida escolar.

- Participar en actividades del curso y actividades extraescolares. - No usar celular al interior de la clase y/o establecimiento. - Presentar certificado médico cuando falta a una evaluación avisada con

Anticipación. - No usar aros, collares, anillos, pulseras, uñas pintadas y maquillaje dentro del establecimiento.

- No ponerle apodos o sobrenombre a sus compañeros y funcionarios de la Escuela.

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DE LOS PROCEDIMIENTOS, PAUTAS DE GRADUACION DE FALTAS Y TECNICAS PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS

1.- Ante un conflicto o la vulneración de una norma establecida, lo primero que

deberá hacerse es conocer la versión o las versiones de la olas personas involucradas; considerando el contexto de las circunstancias que rodean la falta (agravantes y atenuantes).

2.- Cada uno de los afectados tendrá derecho a ser escuchado ante una presunta falta, y que su argumentos sean considerados. Por lo tanto hay dos instancias:

a) Presunción de inocencia: hasta que se compruebe la responsabilidad del

afectado o su inocencia. b) Derecho a apelación: el afectado tendrá derecho a sus descargos, los que

serán evaluados por el Director, el Consejo de Profesores y/o Consejo

Escolar, según sea la falta leve o grave.

3.- Cuando se haya establecido la responsabilidad de los afectados, se evaluará la

falta, según el criterio de graduación de faltas que la comunidad escolar trabajó en una pauta.

La presencia de procedimientos claros y justos favorece la acertividad en la

toma de decisiones de parte de los profesores y de los alumnos y, particularmente, potencia el ejercicio de habilidades sociales y valóricas, contribuye a la credibilidad entre ambos y refuerza relaciones de confianza mutua.

FORMAS Y TECNICAS PARA ABORDAR CONFLICTOS

Algunas formas de abordar los conflictos son: EVITACION: Impulso a desviar la atención de los conflictos, no se enfrenta el

conflicto se desconoce, se niega

CONFRONTACION: Se defiende con fuerzas sus afirmaciones con intencionalidad de dejar en claro y reafirmar la propia decisión.

NEGACION DE LOS ACUERDOS: Las personas en conflicto dialogan cara a cara para llegar a un acuerdo, cada uno expone su punto de vista, escucha el de la otra parte y está dispuesto a ceder en el de la otra parte y está dispuesto a ceder

en algunos puntos para el logro de acuerdos.

INTERVENCION DE UN TERCERO: Se incluye a una tercera persona no relacionada con el conflicto con el fin de abordarlo. Se puede presentar lo siguiente.

a) CAMUFLAJE: el conflicto se vela incorporando situaciones o elementos

(inventados o reales en otras situaciones vividas). b) LA MEDIACION: Sucede cuando dos partes en conflicto no logran resolverlo

y de mutuo acuerdo recurren a una tercera persona quien los ayuda a encontrar una solución, el mediador facilita la comunicación entre las partes sin tomar decisiones y sin intervenir en el proceso con sus propios

juicios y opiniones.

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c) EL ARBITRAJE: Sucede cuando las partes en conflicto le piden a una tercera persona de la confianza de ambos que tome la decisión acerca de

cómo resolver el conflicto, esta tercera persona actúa como juez

d) TRANGULARIZACION: Sucede cuando una o ambas partes involucran a un tercero para aliviar la tención que genera el conflicto, pero sin la intención de resolverlo. El tercero puede ser un par o una persona de un nivel

jerárquico inferior.

Es conveniente resaltar en este Reglamento de Convivencia que ninguna de

estas formas constituye una forma positiva o negativa de abordaje de conflictos, va a depender del contexto, de la situación y del tipo de relación que

exista entre las personas involucradas. No todos los conflictos son negociables y no todos son solucionables. Hay que inculcar tanto en el alumbrado como en el profesorado el uso de la madurez

para así aprender a vivir con diferencias y discrepancias. Buenas técnicas para enfrentar los conflictos deben ser:

a) Ejercicio cotidiano de habilidades socio-afectivas que contribuyen al

manejo de alternativas pacíficas de resolución de conflictos, son

contenidos, habilidades y actitudes que en lo posible estén integrados al currículo escolar.

b) Acercar a todos los niños y niñas y jóvenes será tarea de equipo docente.

c) El diálogo, la empatía, la escuela activa, la acertividad y la colaboración son algunas de las competencias que involucra cualquier procedimiento de abordaje pacífico de conflictos.

d) Analizar y definir procedimiento justos, transparentes e informados para

abordar los conflictos en el diario vivir en el establecimiento.

e) Escuchar a la persona involucrada, tener en cuenta su opinión, darle

posibilidad de defensa, apelación y respetar el principio de presunción de inocencia.

f) Solo en caso de inhabilitación de las partes involucrados se ofrece la

posibilidad de recurrir a un tercero que ayude a encontrar o producir

alternativa de solución, como son la mediación y el arbitraje.

Los aspectos pedagógicos que requieren ser mejorados.

Se requiere mejorar las estrategias metodológicas como:

1. Trabajos en grupos. 2. Promover actividades activo – participativo. 3. Utilización de los diferentes medios audiovisuales con que cuenta la

escuela. 4. Creación de textos.

5. Utilización de la experiencia de los alumnos. 6. Salidas a terreno. 7. Resolución de problemas, etc.

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Necesidades provenientes de alumnos, familia y comunidad en general. Una de las maneras de poder colaborar con los alumnos es formar taller de

crecimiento personal y amor al prójimo, lo que les permitirá elevar su autoestima.

Los docentes acordarán normas de convivencia en el aula en coherencia con el Reglamento de Convivencia y los OFTS (Objetivos Fundamentales transversales).

Existen mecanismos en que se acogen las consultas, reclamos y sugerencias de alumnos y apoderados. Los docentes utilizan metodologías que contribuyen al trabajo colaborativo y

al logro de aprendizajes esperados. Existe tiempo y espacio para la organización y el funcionamiento del Centro

General de Padres y Apoderados. Se aplicarán sanciones sin discriminación ni arbitrariedad en los casos en que falte a alguna norma.

POLITICAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Importante será abordar problemas la discriminación, la exclusión, la violencia y

otros que obstaculizan la convivencia en el ámbito escolar. QUE: El Reglamento de Convivencia contenga los deberes y derechos de todos los

actores educativos, que se describan las conductas que vulneran las normas de convivencia.

QUE: Garantice una respetuosa interacción entre los sujetos, el diálogo es un

instrumento privilegiado para abordar los conflictos y problemas que existan en la Comunidad Escolar.

QUE: Las decisiones adoptadas se ciñan a procedimientos, criterios y valores conocidos.

QUE: Las normas serán el resultado de un proceso abierto, participativo y con pluralidad que convoque a todos los miembros del establecimiento.

QUE: El Reglamento sea modificado en el tiempo.

QUE: Contenga normas de Subordinación, de igualdad y no discriminación, de legalidad, de información y de formación.

Finalmente podemos decir que todos pensamos que garantizan a los niños y jóvenes una educación de calidad y asegurar a todos ellos un trato digno y no

discriminatorio, son objetivos plenamente compatibles. Respetar los derechos de los alumnos y alumnas y formarlos en sus responsabilidades y deberes, es parte

sustancial de la misión de cada educador. Crear instancias dialógicas entre profesores y estudiantes y entre estudiantes, que permiten la resolución de conflictos y promuevan el entendimiento.

Existirán canales de Expresión a través de los cuales los estudiantes

manifestarán sus intereses, necesidades y opiniones en relación con la convivencia en el aula.

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PAUTA DE GRADUACION DE FALTAS

a) Faltas Leves: Actitudes y comportamiento que alteren el normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, que no involucren daño físico o

psíquico a otros miembros de la comunidad. Se condenarán faltas leves las siguientes:

- Atrasos, inasistencias repetidas. - Uso indebido o no uso del uniforme escolar.

- No presentarse con materiales escolares. - Uso de celular dentro de la sala.

- Conversar reiteradamente en clases. - No presentarse con las tareas o trabajos solicitados. - No presentarse a evaluaciones sin justificación.

- Quedarse en la sala de clases durante el recreo. - Esconderse en otras dependencias de la escuela para no entrar a clases.

- Uso de collares, aros grandes, anillos, pulseras llamativas. - Uso de maquillaje, uñas pintadas, tatuajes a la vista. - Interrumpir la clase con gritos o sonidos.

- Jugar dentro de la sala de clases. - Tirar papeles o basuras al piso, sin usar los basureros de la sala o del

colegio.

- Presentarse al colegio desaseado. - Alterar el orden en la formación.

- Provocar desorden en clases. - Molestar a sus compañeros dentro o fuera de la sala de clases. - No contestar la lista.

- Nombrar con apodos o sobrenombre a sus compañeros.

b) Faltas Graves: Actitudes y comportamientos que atenten contra la

integridad física y/o psíquica de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común, así con acciones deshonestas que alteren el normal proceso

de aprendizaje.

c) Se consideran faltas graves las siguientes:

- Copiar en una prueba. - Falsificar una prueba o firma del apoderado.

- Adulterar una evaluación en el libro o libreta de notas. - Romper o dañar un bien común: Libros, mobiliario, implementación escolar,

infraestructura, etc.

- No entrar al colegio cuando ha sido enviado por el apoderado (cimarra). - Actitudes agresivas en contra de los demás. - Fumar en el establecimiento o en vía pública con el uniforme del colegio.

- Abandonar el colegio sin autorización. - Portar armas blancas o corto-punzantes o armas de fuego, dentro del

establecimiento. - No trabajar durante toda la clase. - Rayar los muebles o paredes de la escuela.

- No obedecer órdenes del Director, docente o paradocente de la escuela. - Faltar el respeto a cualquier funcionario o apoderado del colegio.

- Hablar mal del colegio o de sus funcionarios dentro o fuera del establecimiento.

- Levantar falso testimonio en contra de terceros.

- Decir falsedades. - Burlarse y/o no respetar los símbolos patrios. - Presentar actitudes morbosas antes compañeros o funcionarios del colegio.

- Reincidir en las faltas leves.

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- Destruir mobiliario. - Rayar o escribir en los bancos, paredes u/o dependencias del colegio.

- Incumplimiento de tareas y/o trabajos. - Presentar el trabajo de otro alumno como trabajo propio.

- Emplear lenguaje grosero o provocativo en su trato con otros compañeros.

d) Faltas Gravísimas: Actitudes y comportamiento que atenten gravemente la

integridad física y psíquica de terceros. Se consideran faltas gravísimas, las siguientes:

- Hurto o robo en las salas como en oficinas u otras dependencias del colegio. - Discriminación verbal o de hecho.

- Tráfico de drogas. - Consumir drogas en el establecimiento. - Abuso sexual en contra de compañeros u otro miembro de la comunidad

escolar. - Presentarse a clases en estado de intemperancia.

- Agredir en forma física a otras personas dentro o fuera del establecimiento. - Agredir en forma verbal, física o por escrito a directivos, docentes o

funcionarios del establecimientos, dentro o fuera de él.

- Sustraer libros o documentos oficiales de la escuela, con el fin de eliminarlos o adulterarlos.

- Acoso sexual verbal o de hecho en contra compañeros o funcionarios de la

escuela. - Realizar actos reñidos con la moral y las buenas costumbres.

- Portar y exhibir material pornográfico. - Realizar actos de sodomía dentro del establecimiento. - Amenazar a algún funcionario de la escuela.

- La participación individual o colectiva en actos de matonaje o agresiones físicas y/o verbales contra la identidad, religión, origen étnico o creencias de otro miembro de la comunidad escolar, dentro o fuera del

establecimiento.

DE LAS SANCIONES Y LOS GRADOS DE RESPONSABILIDAD

* Una sanción es un acto que implica una llamada de atención y de

responsabilidad para quien ha vulnerado una norma del establecidos. * La sanción debe servir para el mejoramiento del autocontrol de la persona a

restablecer la relación y reparación de daños. * La aplicación de las sanciones será proporcional a las faltas cometidas por el o

los alumnos, respetando su dignidad como personas y observando el carácter formativo que debe prevalecer.

Segundo ciclo 5º a 8º

A.- Sanciones para las Faltas Leves:

- Amonestación verbal. - Amonestación verbal y escrita.

- Notificación al profesor Jefe.

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- Quedarse durante el recreo un tiempo adicional, después de clases.

- Hermosear y regar el jardín de la escuela.

- Limpiar su sala de clases. - Ayudar, por un día al auxiliar del patio y/o comedor (aseos).

- Conversar con el Director.

- Citar al apoderado (cuando la falta se repita) para buscar una estrategia de solución a fin de corregir la conducta incorrecta.

B.- Sanciones para la Faltas Graves:

- Amonestación verbal y escrita.

- Dar nuevamente la prueba, si falsificó una nota. - Amonestación escrita con citación de apoderado.

- Reparación del daño físico ocasionado o pago de él, en caso de mobiliario Infraestructura u otros

- Recolectar o elaborar material para estudiantes.

- Marcar cuadernos en 1ª básico o recortar material didáctico.

- Dirigir una actividad recreativa y/o deportiva con alumnos de curso Inferiores.

- Realizar trabajos de investigación sobre tema vinculado a la falta cometida.

- Confeccionar un diario mural vinculado a la falta cometida. - Copiar el cuaderno con la materia del alumno al cual se lo rompió o perdió.

- Hacer durante una semana, una hora diaria de colaboración para ayudar a

Cuidar cursos pequeños. - Reparar o cancelar el daño.

- Acudir a sesión con Director de la escuela.

- Llamar al apoderado para enterarlo del compromiso su pupilo (a) y hacerlo partícipe en la remedial.

- Dialogar con el alumno (a), apoderado, profesor Jefe y/o profesor involucra do en el hecho.

- Confiscación de elementos prohibidos.

- En caso que la falta grave se repita, la Dirección y el Profesor Jefe presentarán el caso al Consejo de Profesores para que, en conjunto, se

tome una decisión con respecto al caso. Decisión que podrá ser:

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- Suspensión de uno a tres días de clases.

- Calidad de condicionalidad de matrícula.

C. Sanciones para las Faltas Gravísimas: - Amonestación verbal y escrita.

- Llamada al apoderado para hacerlo partícipe y que tome conocimiento de la conducta de su pupilo (a) y de la estrategia de solución del caso.

- Reparación de l daño físico o deterioro ocasionado, en la infraestructura,

Mobiliario, implementación u otros; o pagos de los costos. - Sesiones con el Director.

- Interconsulta con el Psicólogo de Servicio País si hubiere.

- El Director y Profesor Jefe, estudiando el caso procederán a presentarlo al Consejo Escolar o Consejo de Profesores para su evaluación y toma de

decisión.

Decisión que podrá ser.

- Suspensión por tres días. - Enviarlo a un tratamiento psicológico con el psicólogo si hay.

Primer ciclo 1º a 4º:

A.- Sanciones para las Faltas Leves: - Amonestación verbal.

- Quedarse durante el recreo un tiempo adicional, después de clases.

- Conversar con el Director.

- Citar al apoderado (cuando la falta se repita) para buscar una estrategia de solución a fin de corregir la conducta incorrecta.

B.- Sanciones para la Faltas Graves:

- Amonestación verbal y escrita.

- Amonestación escrita con citación de apoderado.

- Reparación del daño físico ocasionado o pago de él, en caso de mobiliario Infraestructura u otros.

- Marcar cuadernos en 1ª básico o recortar material didáctico. - Copiar el cuaderno con la materia del alumno al cual se lo rompió o perdió.

- Acudir a sesión con Director de la escuela.

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- Llamar al apoderado para enterarlo del compromiso su pupilo (a) y hacerlo partícipe en la remedial.

- Dialogar con el alumno (a), apoderado, profesor Jefe y/o profesor involucra

do en el hecho. - Confiscación de elementos prohibidos.

- En caso que la falta grave se repita, la Dirección y el Profesor Jefe presentarán el caso al Consejo de Profesores para que, en conjunto, se

tome una decisión con respecto al caso.

Decisión que podrá ser: - Suspensión de uno a tres días de clases.

C. Sanciones para las Faltas Gravísimas: - Amonestación verbal y escrita.

- Llamada al apoderado para hacerlo partícipe y que tome conocimiento de la conducta de su pupilo (a) y de la estrategia de solución del caso.

- Reparación de l daño físico o deterioro ocasionado, en la infraestructura,

Mobiliario, implementación u otros; o pagos de los costos. - Sesiones con el Director.

- Interconsulta con el Psicólogo de Servicio País.

- El Director y Profesor Jefe, estudiando el caso procederán a presentarlo al Consejo Escolar o Consejo de Profesores para su evaluación y toma de

Decisión.

Decisión que podrá ser.

- Suspensión por tres días. - Enviarlo a un tratamiento psicológico con el psicólogo si hubiera.

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS

A.- De los Derechos de Padres y Apoderados.

El apoderado es la persona que, siendo responsable de su pupilo (a), deberá acatar la normativa impartida por el establecimiento para el mejor desarrollo de las actividades pedagógicas, y su función será de apoyar y colaborar con toda

actividad programada por el colegio para que su pupilo (a) avance exitosamente en el proceso educativo.

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La relación Alumno – Apoderado – Profesor debe estar basada en un permanente y respetuoso diálogo para llegar a acuerdos en pro de la educación de

niños y jóvenes alumnos.

Los Padres y Apoderados de nuestro establecimiento tendrán derecho a: - Ser respetados como persona, sin sufrir ningún tipo de discriminación.

- Solicitar información sobre el nivel pedagógico y desarrollo psicosocial de su pupilo

- Solicitar información sobre los beneficios que otorga el sistema y

usufructuar de ellos si así amerita el caso. - Existir que su pupilo no sea objeto de discriminación de ninguna clase.

- Exigir aclaración o explicación en caso que surja una situación extraña o

Irregular, siguiendo el conducto regular. - Solicitar entrevista con el profesor Jefe, de subsector o el Director.

- Ser informado de las reuniones del curso con antelación, o los cambios de Horarios.

- Ser informado oportunamente de las evaluaciones y comportamiento de su

su pupilo (a). - Conocer la normativa de convivencia escolar y el reglamento de evaluación

del colegio. - Ser informado oportunamente de cualquier problema que se haya

suscitado en relación con su pupilo (a).

- Ser informado oportunamente de cualquier accidente que sufra su pupilo (a) dentro del establecimiento o fuera de él, en actividades del colegio.

- Ser considerado para la elaboración, del PEI , Proyecto Pedagógico y Pedagógico y Reglamento de Convivencia escolar del establecimiento.

- Cada profesor de curso con considerará la participación de sus apoderados en talleres para confeccionar material para su curso y en cualquier

actividad que sea necesaria. - Organizarse a nivel de grupo curso o de escuela.

- Retirar, circunstancialmente, a su pupilo (a) del establecimiento.

- Solicitar documentos oficiales que acrediten la calidad de alumno (a) regular del establecimiento.

- Conocer y optar, conjuntamente con su pupilo (a), a las diferentes

actividades extraescolares ofrecidas por la escuela. - Retirar definitivamente del establecimiento a su pupilo (a).

B.- De los Deberes de Padres y Apoderados.

Los padres y apoderados de nuestro establecimiento deberán:

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- Entregar la documentación legal solicitada al momento de la matrícula.

- Retirar oportunamente a su pupilo (a) desde la puerta de entrada (alumnos 1ª ciclo al término de la jornada).

- Velar para que su hijo (a) cumpla al menos el 85% de asistencia a clases, como mínimo y llegue puntualmente al colegio.

- Concurrir al establecimiento cada vez que le sea solicitado.

- Informar de las inasistencias de su pupilo y las razones de ellas.

- Respetar a los funcionarios de la escuela. - Seguir el conducto regular cada vez que tenga algún problema y/o

inquietud.

- Presentar denuncias por escrito, en caso que así lo amerite. - Velar porque su pupilo (a) asista a la escuela correctamente uniformado y

con excelente presentación y aseo personal. - Solicitar personalmente en la Dirección la Autorización para retirar a su

Pupilo (a), antes del término de la jornada.

- Participar activamente en las reuniones y actividades organizadas por el Centro de Padres y Apoderados y/o Dirección del establecimiento.

- Colaborar y cooperar con las actividades que realiza el establecimiento. - Comunicar oportunamente todo cambio de domicilio que se produzca

durante el año escolar.

- Asistir a todas las reuniones del curso de su pupilo. - Proveer los recursos materiales solicitados por sus profesores para el buen

desempeño del proceso enseñanza – aprendizaje.

- Prohibir y cautelar que su pupilo (a) porte armas corto – punzantes o de algún otro tipo.

- Evitar que su pupilo (a) lleve joyas, dinero u otro objeto de valor al colegio; cuya pérdida será responsabilidad del colegio.

- Conversar y aconsejar a su pupilo (a) de los peligros del entorno y las personas.

- Prohibir a su pupilo (a) que traiga cigarros o drogas, ingerir alcohol al in terior o fuera del colegio.

- Tomar medidas pertinentes cuando su pupilo (a) presente problemas de

parásitos o enfermedades contagiosas. - Velar porque su pupilo (a) desarrolle valores como: la veracidad, honradez,

respeto, solidaridad, uso de buen lenguaje, etc. - Indemnizar al establecimiento por daños materiales que su pupilo (a)

cometa, tales como rotura de vidrios, deterioro de muebles o implementación escolar.

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DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL PARADOCENTE Y ADMINISTRATIVO

A.- De los Derechos del Personal Paradocente y Administrativo.

El personal paradocente y administrativos de nuestros establecidos tendrá derecho a:

1.- Ser respetado y tratado con dignidad, sin sufrir ningún tipo de discriminación.

2.- Ser informado, oportunamente, de los cambios de horarios o de las fechas de reuniones.

3.- Ser protegidos por las autoridades del colegio ante cualquier situación de riesgo que pudiera sufrir.

4.- Conocer la normativa de convivencia escolar del establecimiento.

5.- Ser informado, oportunamente de cualquier problema que se vea involucrado. 6.- Ser escuchado por los diferentes estamentos del establecimiento, cuando así lo

solicite.

7.-Ser respetado por toda la comunidad educativa. 8.- Tener sus propias opiniones, siempre que se expongan con respeto.

9.- Ser acogido con afecto y de buenas maneras por los integrantes de la Comunidad escolar.

10. Ser considerado un colaborador de la Educación.

11. Realizar sus tareas sin ser molestado y dentro de los horarios establecidos.

12. Colaboración la disciplina de los alumnos durante los recreos, hora de almuerzo y actividades cívico – culturales y recreativas.

13. Colaborar con los toques de campanas, durante la jornada escolar (auxiliar)

14. Colaborar con el control de entrada y salida de alumnos, apoderados y personas ajenas al establecimiento durante la jornada de funcionamiento de la escuela.