estructura orgánica del centro estatal de certificación,...

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación 31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo. Estructura orgánica del Centro Estatal de Certificación, Acreditación y Control de Confianza. Denominación del Área (catálogo) Denominación del puesto (catálogo) Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Clave o nivel de puesto Tipo de integrante del sujeto obligado (funcionario / servidor público / empleado / representante popular / miembro del poder judicial / miembro de órgano autónomo [especificar denominación] / personal de confianza / prestador de servicios profesionales / otro [especificar denominación]) Área de adscripción (área inmediata superior) Dirección General. Director General. Director General del Centro Estatal de Certificación, Acreditación y Control de Confianza. C Funcionario. No hay. Subdirector Subdirección de Evaluación Subdirector de Evaluación del Centro Estatal de Certificación, Acreditación y Control de Confianza. E Funcionario. Dirección General. Subdirector. Subdirección de Integración y Coordinación Interinstitucional. Subdirector de Integración y Coordinación Interinstitucional del Centro Estatal de Certificación, Acreditación y Control de Confianza. E Funcionario. Dirección General. Delegación Administrativa. Delegación Administrativa Delegado Administrativo del Centro Estatal de Certificación, Acreditación y Control de Confianza. PH (Puesto Homologable) Funcionario. Dirección General. Departamento de Evaluación Médico. Jefatura de Departamento. Jefe de Departamento de Evaluación Médica del Centro Estatal de Certificación, Acreditación y F Servidor Público. Subdirección de Evaluación.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Estructura orgánica del Centro Estatal de Certificación, Acreditación y Control de Confianza.

Denominación

del Área

(catálogo)

Denominación

del puesto

(catálogo)

Denominación del cargo (de

conformidad con

nombramiento

otorgado)

Clave o

nivel de

puesto

Tipo de integrante del sujeto obligado

(funcionario / servidor público / empleado / representante popular / miembro del poder

judicial / miembro de órgano autónomo

[especificar denominación] / personal de

confianza / prestador de servicios

profesionales / otro [especificar denominación])

Área de

adscripción (área

inmediata

superior)

Dirección General. Director General.

Director General del Centro

Estatal de Certificación,

Acreditación y Control de Confianza.

C Funcionario. No hay.

Subdirector Subdirección de

Evaluación

Subdirector de Evaluación

del Centro Estatal de Certificación, Acreditación y

Control de Confianza.

E Funcionario. Dirección General.

Subdirector.

Subdirección de

Integración y Coordinación

Interinstitucional.

Subdirector de Integración y

Coordinación

Interinstitucional del Centro Estatal de Certificación,

Acreditación y Control de

Confianza.

E Funcionario. Dirección General.

Delegación

Administrativa.

Delegación

Administrativa

Delegado Administrativo del

Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y Control de Confianza.

PH (Puesto

Homologable) Funcionario. Dirección General.

Departamento de

Evaluación Médico. Jefatura de Departamento.

Jefe de Departamento de Evaluación Médica del

Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y

F Servidor Público. Subdirección de

Evaluación.

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31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Control de Confianza.

Departamento de

Evaluación

Toxicológica

Jefatura de Departamento.

Jefe de Departamento de

Evaluación Toxicológica del Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y

Control de Confianza.

F Servidor Público. Subdirección de

Evaluación.

Departamento de

Evaluación de

Poligrafía.

Jefatura de Departamento.

Jefe de Departamento de

Evaluación Poligráfica del

Centro Estatal de Certificación, Acreditación y

Control de Confianza.

F Servidor Público. Subdirección de

Evaluación.

Departamento de

Evaluación

Psicológica.

Jefatura de Departamento.

Jefe de Departamento de

Evaluación Psicológica del

Centro Estatal de Certificación, Acreditación y

Control de Confianza.

F Servidor Público. Subdirección de

Evaluación.

Departamento de

Evaluación

Socioeconómica.

Jefatura de Departamento.

Jefe de Departamento de

Evaluación Socioeconómica

del Centro Estatal de Certificación, Acreditación y

Control de Confianza.

F Servidor Público. Subdirección de

Evaluación.

Departamento de

Coordinación

Interinstitucional.

Jefatura de Departamento.

Jefe de Departamento de Coordinación

Interinstitucional del Centro

Estatal de Certificación, Acreditación y Control de

Confianza.

F Servidor Público. Subdirección de

Integración y Coordinación

Interinstitucional.

Departamento de

Seguimiento de

Información y

Estadística.

Jefatura de Departamento.

Jefe de Departamento de

Seguimiento de Información

y Estadística de Certificación, Acreditación y Control de

Confianza. .

F Servidor Público. Subdirección de

Integración Coordinación Interinstitucional.

Departamento de

Recursos Financieros,

Humanos y Materiales.

Jefatura de Departamento.

Jefe de Departamento de Recursos Financieros,

Humanos y Materiales de

Certificación, Acreditación y Control de Confianza.

F Servidor Público. Delegación Administrativa.

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31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Denominación de la

norma que establece

atribuciones, responsabilidades y/o

funciones (Ley, Estatuto, Decreto, otro)

Fundamento

Legal (artículo

y/o fracción)

Atribuciones, responsabilidades

y/o funciones por cada puesto o

cargo

Hipervínculo al perfil y/o

requerimientos del puesto o cargo, en

caso de existir de

acuerdo con la

normatividad que

aplique

Prestadores

de servicios

profesionales/

otro miembro

(en su caso)

Hipervínculo al Organigrama

completo (forma

gráfica)

Leyenda

respecto de

los

prestadores

de servicios

profesionales

Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública.

Reglamento Interior del

Centro Estatal de Certificación, Acreditación

y Control de Confianza.

Art. 75 de la

Ley del Sistema

Estatal de

Seguridad

Pública.

Art. 6° del

Reglamento

Interior del

Centro Estatal

de

Certificación,

Acreditación y

Control de

Confianza.

I. Dirigir técnica y administrativamente al Centro, a fin de que se cumplan sus objetivos,

planes y programas;

II. Representar legalmente al Centro;

III. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que

norman la estructura y funcionamiento del Centro,

así como los acuerdos y políticas generales

aprobadas por la Junta de Gobierno;

IV. Formular, integrar y proponer a la Junta de Gobierno los planes y

programas y ejecutarlos una vez autorizados;

V. Someter a la consideración de la Junta de

Gobierno para su aprobación, en su caso, el proyecto de presupuesto

anual;

VI. Informar a la Junta de

http://transparencia.congresomich.gob.mx/media/documentos/trabajo_legislativo/Ley_del_Sistema_Estatal_de_Seguridad_P%C3%BA

blica.pdf

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.

mx/?wpfb_dl=16747

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Gobierno sobre los estados financieros del Centro;

VII. Ejecutar las políticas de control de confianza del personal de Seguridad

Pública y privada, así como de procuración de justicia;

VIII. Remitir a las instancias correspondientes el

resultado de los exámenes y evaluaciones practicadas;

IX. Resguardar la información de las personas

evaluadas, atender y resolver las solicitudes de información presentadas

por particulares conforme a las disposiciones normativas

aplicables;

X. Dirigir y coordinar los procesos de evaluación a que deberá someterse el

personal de Seguridad Pública y privada, así como de procuración de justicia;

XI. Sugerir, en su caso, el seguimiento individual de las personas evaluadas,

cuando presenten factores de riesgo a los intereses

institucionales;

XII. Proponer la celebración de instrumentos jurídicos de

colaboración con la Federación, otras entidades

federativas y gobiernos municipales

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31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Reglamento Interior del

Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y Control de Confianza.

Manual de Organización del

Centro Estatal de Certificación, Acreditación

y Control de Confianza.

Fracción IX,

apartado 1.1 del

Manual de

Organización del Centro Estatal de

Certificación,

Acreditación y Control de

Confianza.

Art. 10 del Reglamento

Interior del Centro

Estatal de Certificación,

Acreditación y

Control de Confianza.

I. Coordinar y supervisar los

procesos de selección, ingreso y evaluación, así como de permanencia,

formación y promoción de los elementos de seguridad pública, auxiliar, privada y de procuración de justicia, de acuerdo a las solicitudes de evaluación recibidas por las diferentes instituciones;

II. Supervisar la operación y desarrollo de los

procedimientos que realizan las Unidades

Administrativas a su cargo para la aplicación de las evaluaciones médicas,

toxicológicas, poligráficas, del entorno social y

personalidad;

III. Verificar y presentar al Director General los

resultados de las evaluaciones médicas,

toxicológicas, poligráficas, entorno social y de

personalidad que realicen las Unidades

Administrativas a su cargo;

IV. Coadyuvar con el Director General en la revisión de los perfiles

requeridos del personal a evaluar, a fin de realizar el

proceso de evaluación y selección del personal de

seguridad pública y procuración de justicia;

V. Coordinar con las

La normatividad aplicable no

estable requerimientos del

puesto.

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de

servicios Profesionales no forman parte de la

estructura Orgánica del Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Unidades Administrativas a su cargo la emisión y

entrega de resultados de las evaluaciones del personal sujeto a dicho proceso y presentarlos al Director General a efecto de que

emita las constancias correspondientes;

VI. Integrar, controlar y actualizar el registro de

expedientes del personal evaluado en el Centro, a fin

de garantizar la confidencialidad y

resguardo de los mismos;

VII. Proponer al Director General estrategias de

capacitación, especialización y actualización del personal

adscrito a la Unidad Administrativa a su cargo, a fin de garantizar los niveles de excelencia y calidad de

servicio;

VIII. Establecer las acciones encaminadas a la

retroalimentación y mejora de los procedimientos que

realizan las Unidades Administrativas a su cargo,

para instrumentar el control y seguimiento de la

información generada en el desarrollo de sus funciones;

y,

IX. Las demás que le señale el Director General y otras disposiciones normativas

aplicables.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Reglamento Interior del Centro Estatal de

Certificación. Acreditación

y Control de Confianza.

Manual de Organización del

Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y Control de Confianza.

Art. 11 del Reglamento

Interior del Centro

Estatal de Certificación.

Acreditación y

Control de Confianza.

Fracción IX,

apartado 1.2. del Manual de

Organización del

Centro Estatal de Certificación,

Acreditación y

Control de Confianza.

1. Proponer al Director General las políticas,

procedimientos, lineamientos y directrices

de control organizacional y tecnológica que contribuyan al desarrollo de las acciones

del Centro;

2. Proponer y establecer los mecanismos de

coordinación con las dependencias y entidades

de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, para el cumplimiento de las

acciones y objetivos del Centro;

3. Fomentar y supervisar la implementación de

proyectos de acreditación y certificación;

4. Diseñar sistemas que permitan obtener la

eficiencia en la prestación de los servicios del Centro;

5. Desarrollar, en coordinación con las

Unidades Administrativas correspondientes, los

procedimientos, esquemas, planes, programas y

manuales necesarios para el cumplimiento de las

acciones del Centro, así como realizar las actualizaciones

correspondientes;

6. Coordinar las acciones necesarias a efecto de

integrar y resguardar los

La normatividad aplicable no

estable requerimientos del

puesto. No hay.

http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

expedientes de las evaluaciones aplicadas en el

Centro, y remitir la información de los

resultados a las autoridades competentes que lo

requieran;

7. Desarrollar un sistema de gestión, a fin de lograr y

mantener la acreditación y certificación del Centro, en

concordancia con las directrices que emitan las instancias competentes;

8. Proponer al Director General mecanismos y

sistemas de calidad en las acciones que realiza el

Centro, así como para la mejora continua en el

desarrollo organizacional;

9. Coordinar la asesoría a las Unidades Administrativas en

la materia de su competencia, así como en la logística para los procesos

de evaluación y de resguardo de información;

10. Proponer al Director General sistemas para la

captura, recepción, registro, integración, resguardo,

control, despacho, archivo, formulación de estadística y

seguimiento de los documentos generados con

motivo de la información obtenida o emitida por el

Centro;

11. Integrar y presentar al

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Director General para su consideración el informe

estadístico anual del Centro; y,

12. Las demás que le señale el Director General y otras disposiciones normativas

aplicables.

Reglamento Interior del

Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y Control de Confianza.

Manual de Organización del

Centro Estatal de Certificación, Acreditación

y Control de Confianza.

Art. 12 del

Reglamento

Interior del Centro Estatal de

Certificación,

Acreditación y Control de

Confianza.

Fracción IX, apartado 1.3 del

Manual de

Organización del Centro Estatal de

Certificación,

Acreditación y Control de

Confianza.

I. Fungir como enlace con la Secretaría de Finanzas y Administración, para la

aplicación de las normas, sistemas y procedimientos para la correcta utilización de los recursos humanos, financieros, materiales y servicios generales del

Centro, de conformidad con las disposiciones normativas

aplicables;

II. Formular y someter a la consideración del Director

General el proyecto de presupuesto anual, previo a

su presentación ante la autoridad competente para

su aprobación;

III. Informar al Director General respecto del

ejercicio del presupuesto autorizado al Centro;

IV. Realizar las afectaciones presupuestarias que se

generen en la ejecución de los programas de trabajo del

Centro, así como las solicitudes de

modificaciones a las que haya lugar;

La normatividad aplicable no

estable requerimientos del puesto.

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

V. Presentar al Director General los documentos de ejecución presupuestaria y pago para su autorización y

trámite;

VI. Elaborar con la periodicidad requerida, el

informe de avance financiero de los programas, obras y acciones a cargo del

Centro;

VII. Asesorar e informar a las Unidades Administrativas,

sobre la elaboración, asignación y ejercicio del

presupuesto, y apoyarlas en todo lo referente a los

trabajos de presupuestación que sean de su

competencia, tanto en su elaboración como en su

ejercicio;

VIII. Supervisar que el ejercicio, control y registro

del presupuesto autorizado, se efectúe con estricto

apego a las disposiciones normativas aplicables,

informando oportunamente al Director General o a la

autoridad correspondiente, sobre cualquier

irregularidad en la aplicación del mismo;

IX. Presentar en tiempo y forma las obligaciones

fiscales del Centro;

X. Administrar los recursos financieros provenientes de

los ingresos propios, de

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31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

acuerdo a los criterios y lineamientos establecidos por la Junta y el Director

General;

XI. Elaborar los informes, que deba rendir el Director

General, relativos a las observaciones que formule los Órganos de Fiscalización y Control, en relación con el

ejercicio del gasto que realice en el cumplimiento

de sus atribuciones;

XII. Acordar, elaborar y tramitar los movimientos de

personal, alta y baja, así como las incidencias que se

presenten, integrando el registro de personal

correspondiente;

XIII. Proponer y coordinar los programas de

capacitación y adiestramiento del personal

del Centro, orientadas a crear vocación de servicio

entre los servidores públicos de conformidad con las

disposiciones normativas aplicables;

XIV. Promover la calidad y mejora continua en las

actividades gubernamentales, a efecto de generar en el personal una vocación de servicio,

responsabilidad y cumplimiento de los

objetivos, así como para transparentar la utilización

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

de los recursos;

XV. Disponer la aplicación de las medidas conducentes para eficientar los procesos

administrativos en el Centro;

XVI. Tramitar ante quien corresponda las licencias, vacaciones y prestaciones del personal del Centro;

XVII. Supervisar y coordinar el pago de sueldos del

personal del Centro, para que se realice puntualmente

y en forma ordenada;

XVIII. Dar cumplimiento a las Condiciones Generales

de Trabajo y difundirlas entre el personal del Centro,

y mantener actualizado el escalafón de los

trabajadores y promover la difusión del mismo;

XIX. Participar en el análisis, revisión y elaboración de las propuestas de modificación

y actualización de la estructura orgánica de las Unidades Administrativas;

XX. Integrar el programa operativo anual del Centro,

en coordinación con las Unidades Administrativas

correspondientes, y presentarlo al Director

General, para su autorización;

XXI. Integrar el programa anual de adquisiciones y

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

requerimientos de materiales, servicios y

equipo de trabajo para el funcionamiento

administrativo del Centro, previo acuerdo con los

titulares de las Unidades Administrativas respectivas;

XXII. Tramitar las adquisiciones de bienes y la

contratación de servicios que solicitan las demás

Unidades Administrativas, de conformidad con las

disposiciones normativas aplicables y conforme a la

disponibilidad presupuestal aprobada;

XXIII. Establecer el control de suministros de

materiales a las Unidades Administrativas, a fin de

proveer los recursos necesarios en forma

oportuna, proponiendo y vigilando el uso racional de

los mismos;

XXIV. Instrumentar y mantener actualizados los

inventarios de bienes muebles e inmuebles y de los recursos materiales a

cargo del Centro, así como recabar los resguardos correspondientes, de conformidad con las

disposiciones normativas aplicables;

XXV. Integrar, sistematizar y mantener actualizado el

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

archivo documental del Centro, de acuerdo con las disposiciones normativas

aplicables; y,

XXVI. Las demás que le señale el Director General y

otras disposiciones normativas aplicables.

Manual de Organización del

Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y Control de Confianza.

Fracción IX,

apartado 1.1.1 del

Manual de

Organización del Centro Estatal de

Certificación,

Acreditación y Control de

Confianza.

1. Realizar las evaluaciones médicas al personal de

seguridad pública, auxiliar, privada y de procuración de justicia, vigilando que sean aplicados por el personal

previamente definido y en apego al Modelo Nacional de Evaluación y Control de Confianza, al Protocolo de

Evaluación y a los lineamientos y criterios emitidos por el Centro

Nacional de Certificación y Acreditación;

2. Administrar y controlar la documentación generada de

las evaluaciones médicas, para asegurar la

confiabilidad y uso adecuado de la información, conforme a las disposiciones

normativas aplicables;

3. Proponer al Subdirector de Evaluación, en

coordinación con las Unidades Administrativas

correspondientes, mecanismos y acciones para dar a conocer los resultados

de las evaluaciones, conforme a las disposiciones

La normatividad aplicable no estable requerimientos del

puesto.

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

que en materia de información pública sean

aplicables;

4. Garantizar que las evaluaciones médicas se

ajusten a lo establecido en el Modelo Nacional de Evaluación y Control de

Confianza, al protocolo de Evaluación y a los

lineamientos y criterios emitidos por el Centro

Nacional de Certificación y Acreditación para mantener los estándares de calidad y servicio en las evaluaciones

médicas realizadas;

5. Proponer al Subdirector de Evaluación la adquisición

de los bienes necesarios para la correcta operación de las acciones a su cargo;

6. Verificar que se cuente con los expedientes médicos

de las evaluaciones aplicadas en el ámbito de su

competencia;

7. Proporcionar a las Unidades Administrativas

del Centro asesoría en materia de medicina, a

efecto de dar respuesta a los diferentes

planteamientos y solicitudes de información específica

que pudieran requerir;

8. Informar al Subdirector de Evaluación a través de informes detallados sobre las eventualidades que se

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

presenten en la evaluación médica realizada por la

Unidad Administrativa a su cargo a efecto de

corregirlas; y,

9. Las demás que le señale el Subdirector de Evaluación

y otras disposiciones normativas aplicables.

Manual de Organización del

Centro Estatal de Certificación, Acreditación

y Control de Confianza.

Fracción IX,

apartado 1.1.2 del

Manual de Organización del

Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y

Control de

Confianza.

1. Realizar las evaluaciones toxicológicas al personal de seguridad pública, auxiliar,

privada y de procuración de justicia, vigilando que sean aplicados por el personal

previamente definido y en apego Modelo Nacional de

Evaluación y Control de Confianza, al Protocolo de

Evaluación y a los lineamientos y criterios emitidos por el Centro

Nacional de Certificación y Acreditación;

2. Administrar y controlar la documentación generada de

las evaluaciones toxicológicas, para asegurar

la confiabilidad y uso adecuado de la información, conforme a las disposiciones

normativas aplicables;

3. Proponer al Subdirector de Evaluación, en

coordinación con las Unidades Administrativas

correspondientes, mecanismos y acciones para dar a conocer los resultados

de las evaluaciones,

La normatividad aplicable no

estable requerimientos del

puesto.

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

Page 17: Estructura orgánica del Centro Estatal de Certificación, …laipdocs.michoacan.gob.mx/formatos/29/2016/4to/2... · 2017. 2. 14. · Acreditación y Control de Confianza. 1. Proponer

Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

conforme a las disposiciones que en materia de

información pública sean aplicables;

4. Garantizar que las evaluaciones toxicológicas se ajusten a lo establecido en el Modelo Nacional de Evaluación y Control de

Confianza, al protocolo de Evaluación y a los

lineamientos y criterios emitidos por el Centro

Nacional de Certificación y Acreditación para mantener los estándares de calidad y servicio en las evaluaciones

médicas realizadas;

5. Proponer al Subdirector de Evaluación la adquisición

de los bienes necesarios para la correcta operación de las acciones a su cargo;

6. Verificar que se cuente con los expedientes toxicológicos de las

evaluaciones aplicadas en el ámbito de su competencia;

7. Proporcionar a las Unidades Administrativas

asesoría en materia de toxicología, a efecto de dar respuesta a los diferentes

planteamientos y solicitudes de información específica

que pudieran requerir;

8. Informar al Subdirector de Evaluación, a través de informes detallados sobre las eventualidades que se

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

presenten en la evaluación toxicológica realizada por la Unidad Administrativa a su

cargo a efecto de corregirlas; y,

9. Las demás que le señale el Subdirector de Evaluación

y otras disposiciones normativas aplicables.

Manual de Organización del Centro Estatal de

Certificación, Acreditación

y Control de Confianza.

Fracción IX,

apartado 1.1.3 del Manual de

Organización del

Centro Estatal de Certificación,

Acreditación y

Control de Confianza.

1. Realizar las evaluaciones poligráficas al personal de seguridad pública, auxiliar,

privada y de procuración de justicia, de acuerdo a los criterios, lineamientos y estándares de control,

calidad y servicio establecidos;

2. Verificar que las evaluaciones poligráficas se ajusten a lo establecido en

el Modelo Nacional de Evaluación y Control de

Confianza, al Protocolo de Evaluación y a los

lineamientos y criterios emitidos por el Centro

Nacional de Certificación y Acreditación, tendientes a detectar factores de riesgo

que contravengan los principios institucionales de

legalidad, eficiencia, objetividad, honradez y respeto a los derechos

humanos;

3. Cumplir con los criterios de confidencialidad en el manejo de información y

La normatividad aplicable no

estable requerimientos del puesto.

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

documentos relacionados con el proceso de

evaluación, así como determinar los controles de

acceso a éstos, para asegurar que se lleve a cabo

de acuerdo a las disposiciones normativas

aplicables e institucionales;

4. Garantizar el cumplimiento del programa

de mantenimiento de los equipos poligráficos y

proponer medidas tecnológicas y de

actualización de los mismos, para asegurar la calidad de

las evaluaciones poligráficas;

5. Elaborar y turnar al Subdirector de Evaluación reportes ejecutivos de las evaluaciones realizadas;

6. Integrar y resguardar los expedientes y videos

generados en el desarrollo de las funciones de la

Unidad Administrativa a su cargo;

7. Establecer estrategias de actualización y capacitación

del personal de la Unidad Administrativa a su cargo, a

fin de garantizar un alto nivel de excelencia,

eficiencia y calidad del servicio; y,

8. Las demás que le señale el Subdirector de Evaluación

y otras disposiciones

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

normativas aplicables.

Manual de Organización del

Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y Control de Confianza.

Fracción IX, apartado 1.1.4 del

Manual de

Organización del

Centro Estatal de

Certificación,

Acreditación y Control de

Confianza.

1. Realizar las evaluaciones psicológicas al personal de seguridad pública, auxiliar,

privada y de procuración de justicia, de acuerdo a los criterios, lineamientos y estándares de control,

calidad y servicio establecidos;

2. Controlar y custodiar la información que se genere,

resultado de las evaluaciones que realiza la Unidad Administrativa a su

cargo;

3. Revisar y someter a consideración del

Subdirector de Evaluación los instrumentos psicológicos, que

contribuyan al fortalecimiento y

actualización del proceso de evaluación de la Unidad

Administrativa a su cargo para una mayor

confiabilidad de los resultados;

4. Coordinar y supervisar los resultados del proceso de

evaluación psicológica para realizar y presentar el

informe correspondiente al Subdirector de Evaluación;

5. Proponer al Subdirector de Evaluación las estrategias y acciones de capacitación,

especialización y

La normatividad aplicable no

estable requerimientos del

puesto.

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

actualización del personal adscrito a la Unidad

Administrativa a su cargo, para garantizar los niveles

de excelencia y calidad en el servicio;

6. Controlar el sistema de información confidencial de los resultados obtenidos en la aplicación del proceso de evaluación psicológica de

los servidores públicos evaluados, para garantizar

la confiabilidad de los mismos, así como realizar la

transferencia de los expedientes al archivo

general del Centro y dar cumplimiento con los

criterios de confidencialidad aplicables;

7. Coordinar, supervisar y realizar las actividades

necesarias derivadas de la implementación del sistema

de gestión de la calidad, para mejora del proceso de

evaluación de la Unidad Administrativa a su cargo;

8. Participar en la revisión de los perfiles psicológicos

que servirán como herramienta para la

evaluación del personal de seguridad pública, auxiliar, privada y procuración de

justicia;

9. Asegurar el intercambio sistemático y permanente de información entre los

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Departamentos del Centro para la integración del

reporte final de evaluación;

10. Elaborar con base en lo establecido en los

lineamientos y criterios emitidos por el Centro

Nacional de Certificación y Acreditación, los manuales e

instructivos y demás documentos técnicos

requeridos para la aplicación de la evaluación psicológica, y someterlos a

autorización de la superioridad; y,

11. Las demás que le señale el Subdirector de Evaluación

y otras disposiciones normativas aplicables.

Manual de Organización del Centro Estatal de

Certificación, Acreditación

y Control de Confianza.

Fracción IX,

apartado 1.1.5 del Manual de

Organización del

Centro Estatal de Certificación,

Acreditación y

Control de

Confianza.

1. Realizar las evaluaciones de investigación

socioeconómicas al personal de seguridad pública, auxiliar, privada y de

procuración de justicia, de acuerdo a los criterios,

lineamientos y estándares de control, calidad y servicio

establecidos;

2. Controlar y custodiar la información que se genere,

resultado de las evaluaciones que realiza la Unidad Administrativa a su

cargo;

3. Revisar y someter a consideración del

Subdirector de Evaluación los instrumentos de la

La normatividad aplicable no

estable requerimientos del puesto.

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

investigación socioeconómica, que

contribuyan al fortalecimiento y

actualización del proceso de evaluación de la Unidad

Administrativa a su cargo para una mayor

confiabilidad de los resultados;

4. Manejar una terminal del Sistema Nacional de

Seguridad Pública, con el objeto de verificar los antecedentes de los servidores públicos

evaluados y en caso de no estar dado de alta en dicho Sistema, poder realizar el registro correspondiente;

5. Coordinar y supervisar los resultados del proceso de

evaluación de investigación socioeconómica para realizar y presentar el

informe correspondiente al Subdirector de Evaluación;

6. Proponer al Subdirector de Evaluación las estrategias y acciones de capacitación,

especialización y actualización del personal

adscrito a la Unidad Administrativa a su cargo, para garantizar los niveles

de excelencia y calidad en el servicio;

7. Controlar el sistema de información confidencial de

los datos obtenidos en la

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

aplicación del proceso de evaluación de la

investigación socieconómica de los servidores públicos evaluados, para garantizar

la confiabilidad de los mismos, así como realizar la

transferencia de los expedientes al archivo

general del Centro y dar cumplimiento con los

criterios de confidencialidad aplicables;

8. Coordinar, supervisar y realizar las actividades

necesarias derivadas de la implementación del sistema

de gestión de la calidad, para mejora del proceso de

evaluación de la Unidad Administrativa a su cargo;

9. Participar en la revisión de los procedimientos que servirán como herramienta

para la evaluación del personal de seguridad

pública, auxiliar, privada y procuración de justicia;

10. Asegurar el intercambio sistemático y permanente de información entre las

Subdirecciones del Centro para la integración del

reporte final de evaluación;

11. Elaborar con base en lo establecido en los

lineamientos y criterios emitidos por el Centro

Nacional de Certificación y Acreditación, los manuales e

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

instructivos y demás documentos técnicos

requeridos para la aplicación de la evaluación psicológica, y someterlos a

autorización de la superioridad; y,

12. Las demás que le señale el Subdirector de Evaluación

y otras disposiciones normativas aplicables.

Manual de Organización del Centro Estatal de

Certificación, Acreditación

y Control de Confianza.

Fracción IX,

apartado 1.2.1 del Manual de

Organización del

Centro Estatal de Certificación,

Acreditación y

Control de Confianza.

1. Mantener coordinación permanente con el Enlace

que designen las dependencias e instancias

involucradas durante el proceso de las evaluaciones;

2. Asegurar que los listados de servidores públicos que serán sometidos a proceso de evaluación del Centro

estén actualizados;

3. Elaborar y presentar al Subdirector de Integración y

Coordinación Interinstitucional para su

consideración la programación para la

aplicación de evaluaciones;

4. Informar a las dependencias e instancias

sujetas al proceso de evaluación, así como a la

Unidad Administrativa encargada de realizarla, la

fecha, lugar, forma del proceso y requisitos para

llevarla a cabo;

5. Recopilar los resultados

La normatividad aplicable no

estable requerimientos del puesto.

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

de las evaluaciones e integrar y resguardar los expedientes del personal

evaluado;

6. Remitir al Departamento de Seguimiento de

Información y Estadística la información de su

competencia, para su procesamiento electrónico y estadístico, así como para la generación de los reportes

correspondientes; y,

7. Las demás que le señale el Subdirector de

Integración y Coordinación Interinstitucional y otras disposiciones normativas

aplicables.

Manual de Organización del

Centro Estatal de

Certificación, Acreditación y Control de Confianza.

Fracción IX, apartado 1.2.2 del

Manual de

Organización del Centro Estatal de

Certificación,

Acreditación y Control de

Confianza.

1. Concentrar, integrar y realizar el seguimiento de la información estadística que

genere el Centro;

2. Mantener una base de datos actualizada con la

información de los servidores públicos

evaluados, a efecto de obtener de manera oportuna los datos

necesarios para su consulta;

3. Establecer los mecanismos de

coordinación con el Departamento de

Coordinación Interinstitucional para la

captura de la información procesada por las Unidades

La normatividad aplicable no estable requerimientos del

puesto.

No hay. http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos que si conforman la

estructura.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Administrativas;

4. Entregar en tiempo y forma para los efectos

procedentes al Subdirector de Integración y

Coordinación Interinstitucional, la

información y estadística recopilada de los resultados procesados por las Unidades

Administrativas;

5. Operar y actualizar permanentemente una base

de datos con los expedientes en medio

digital de los servidores públicos evaluados que se tengan registrados dentro

del Centro;

6. Realizar la captura de la información que sea

proporcionada por las Unidades Administrativas, dentro de un sistema de

fácil manejo y rápida consulta para el Centro; y,

7. Las demás que le señale el Subdirector de

Integración y Coordinación Interinstitucional y otras disposiciones normativas

aplicables.

Manual de Organización del

Centro Estatal de Certificación, Acreditación

y Control de Confianza.

Fracción IX, apartado 1.3.1 del

Manual de

Organización del Centro Estatal de

Certificación,

Acreditación y Control de

1. Implantar, operar y revisar de acuerdo a la

normativa en la materia, un sistema eficiente que garantice el adecuado

manejo y registro de los recursos financieros y

presupuestales asignados al

La normatividad aplicable no

estable requerimientos del

puesto.

No hay http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl

=8845

Los prestadores de servicios Profesionales no

forman parte de la estructura Orgánica del

Sujeto Obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las

actividades de los puestos

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

Confianza. Centro;

2. Integrar y revisar que la documentación

comprobatoria del gasto que presenten las distintas Unidades Administrativas,

cumplan con las disposiciones normativas

aplicables, así como con los requisitos contables, fiscales

y legales que procedan;

3. Realizar las modificaciones

presupuestarias autorizadas que afecten al presupuesto asignado al Centro, previo acuerdo con el Delegado

Administrativo y en términos de la normativa

aplicable;

4. Elaborar y sustentar los documentos de ejecución

presupuestaria, así como los oficios de modificación para

la administración del recurso del gasto corriente e

inversión realizado por el Centro para autorización del Delegado Administrativo, en

términos de la normativa aplicable;

5. Difundir y operar las normas y procedimientos a

que deba sujetarse la contabilidad presupuestaria

y patrimonial del Centro, verificar su cumplimiento,

así como consolidar y mantener actualizados los

registros contables;

que si conforman la estructura.

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

6. Presentar oportunamente al Delegado

Administrativo, para su autorización, la información y documentación relativa a

los movimientos e incidencias del personal del Centro, así como el pago de

sus salarios, remuneraciones y

prestación de servicios personales, en términos de

la normativa aplicable;

7. Registrar y verificar la asistencia del personal del

Centro y supervisar los registros y sistemas de

control de dicha asistencia, así como proponer al

Delegado Administrativo, las medidas que procedan, en términos de la normativa

aplicable;

8. Difundir y tramitar con oportunidad, los servicios y

prestaciones a que los trabajadores del Centro tienen derecho, previa

autorización del Delegado Administrativo y en

términos de la normativa aplicable;

9. Efectuar y registrar el pago de salarios y

remuneraciones al personal que labora en el Centro, en términos de la normativa

aplicable;

10. Participar en los Comités y Comisiones que se crean

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

en materia laboral y de capacitación

TécnicoAdministrativo del personal adscrito al Centro,

previa autorización del Delegado Administrativo y

conforme a las disposiciones normativas aplicables;

11. Elaborar y presentar al Delegado Administrativo el

programa anual de adquisiciones,

arrendamientos y prestación de servicios

relacionados con bienes muebles e inmuebles del

Centro;

12. Establecer y operar un sistema de existencia en almacén y surtimiento

adecuado de los bienes, productos y materiales a cargo del Centro, previo acuerdo con el Delegado

Administrativo y conforme a la normativa aplicable;

13. Elaborar y presentar al Delegado Administrativo, el

Programa Anual de Prestación de Servicios

Generales en el Centro, en términos de la normativa

aplicable;

14. Preparar en coordinación con el

Delegado Administrativo, los contratos de

arrendamientos y servicios requeridos para el

funcionamiento del Centro,

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

de conformidad con las disposiciones normativas

aplicables;

15. Controlar y actualizar el inventario físico de los

bienes muebles e inmuebles destinados al Centro, o que

tengan a su servicio, en términos de la normativa

aplicable;

16. Realizar el trámite de altas y bajas de vehículos

propiedad del Centro ante las autoridades

competentes, así como gestionar con oportunidad

las pólizas de seguro y supervisar el

mantenimiento permanente a los mismos, previa

autorización del Delegado Administrativo y en

términos de la normativa aplicable;

17. Controlar y proporcionar los servicios

de correspondencia y archivo, mensajería y

paquetería, conciliando los requerimientos de uso con

la disponibilidad de los mismos;

18. Brindar y coordinar los servicios de intendencia a las instalaciones físicas de

las Unidades Administrativas, en

términos de la normativa aplicable; y,

19. Las demás que le señale

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Fecha de actualización Fecha de Validación Unidad Responsable de la Información Unidad Responsable de la Publicación

31/Diciembre/2016. 31/Diciembre/2016. Dirección General Dirección de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo.

el Delegado Administrativo y otras disposiciones normativas aplicables