“estudio sobre regulaciÓn bioenergÉtica”
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“ESTUDIO SOBRE REGULACIÓN BIOENERGÉTICA”
Pág. Introducción. 4.
CAPÍTULO I PANORAMA ENERGÉTICO MUNDIAL
1. Conceptos generales. 6. 1.1. Energía. 6. 1.2. Fuentes de energía. 7. 1.3. Los energéticos a través de la historia. 8. 2. Fuentes no renovables de energía. 14. 2.1. Carbón. 14. 2.2. Nuclear. 24. 2.3. Hidrocarburos. 31. 3. Fuentes renovables de energía. 57. 3.1. Cinética y potencial. 64. 3.2. Solar. 67. 3.3. Eólica. 72. 3.4. Hidráulica. 80. 3.5. Bioenergéticos. 92.
CAPÍTULO II REGULACIÓN BIOENERGÉTICA
1. Marco Jurídico Internacional. 111. 1.1. Tratados Internacionales Medioambientales Relacionados con los Bioenergéticos. 116. 1.1.1. “Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono” y el “Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que agotan la Capa de Ozono”. 119.
2
1.1.2. “Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático” y el “Protocolo de Kioto”. 124. 1.1.3. “Conferencia Internacional sobre Energías Renovables” o “Conferencia de Bonn”. 138. 1.2. Tratados Internacionales relacionados con la producción de Bioenergéticos. 143. 1.2.1. “Tratado Energético del ALBA”. 143. 1.2.2. “Convenio de Lima” o “Convenio que establece la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE)”. 146. 1.2.3. Comisión Interamericana de Etanol (“Interamerican Ethanol Comission”). 150. 2. Marco jurídico extranjero. 152. 2.1. Brasil. 152. 2.2. Estados Unidos de América. 157. 2.3. Unión Europea. 165. 3. Marco Jurídico Nacional. 178. 3.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 181. 3.2. Tratados Internacionales ratificados por México. 197. 3.3. Leyes Federales. 200. 3.3.1. Ley de Planeación. 201. 3.3.2. Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar. 206. 3.3.3. Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos. 207. 3.3.4. Ley Para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética. 231.
CAPÍTULO III CONSIDERACIONES FINALES
Introducción. 243. 1. Regulación internacional. 245. 1.1. Tratados Internacionales que tutelan al
Medio Ambiente. 245. 1.2. Tratados internacionales que tutelan el
3
Abasto Energético. 247. 2. Regulación nacional. 248. Conclusiones. 255. Bibliografía. 257.
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“ESTUDIO SOBRE REGULACIÓN BIOENERGÉTICA”
INTRODUCCIÓN
La presente Tesis pretende ser un estudio multidisciplinario que abarca cuestiones
generales sobre las fuentes de energía, y particulares sobre los bioenergéticos o
biocombustibles; las cuales son abordadas desde diferentes puntos de vista:
económicos, históricos, científicos, políticos y legales.
Asimismo, tiene como finalidad crear conciencia sobre las consecuencias que ha
generado la quema indiscriminada de combustibles fósiles con fines energéticos,
situación que se traduce en una vulneración directa a dos bienes jurídicos: el
medio ambiente y el abasto energético.
Comienza, en un primer capítulo, con un análisis pormenorizado de todas las
fuentes de energía, dando énfasis a la necesidad actual de sustituir las fuentes de
energía tradicionales (como lo es el carbón y el petróleo) por las fuentes
renovables de energía (aquellas que no se agotan y que no afectan al medio
ambiente).
El anterior estudio se aterriza jurídicamente mediante el análisis pormenorizado de
las diferentes regulaciones de las fuentes de energía sujetas a estudio.
Debo precisar que la presente Tesis nació como consecuencia de la preocupación
personal sobre la escasez de los productos energéticos, la cual se refleja en el
encarecimiento del crudo. No hay que perder de vista que los diarios y noticieros
informan constantemente que “nuevamente se ha roto record en el precio del
crudo”. Por ello resulta trascendental buscar alternativas al petróleo, para poder
hacer frente a nuestras necesidades energéticas.
5
Una alternativa viable al uso de petróleo con fines energéticos, la cual se analiza a
fondo en la presente Tesis, son los bioenergéticos, ya que son combustibles que
reaccionan y funcionan de manera similar a los hidrocarburos. Además presentan
diversas ventajas con respecto a éstos últimos, entre las que se encuentra la no
afectación del medio ambiente y el no agotamiento de la fuente que los produce.
Por su parte, el segundo capítulo constituye un análisis jurídico sobre las
regulaciones relacionadas con los bioenergéticos, dividiéndolas en tres
subcapítulos: regulación internacional (contempla todos los Tratados
Internacionales relacionados con los bioenergéticos), regulación extranjera
(contempla la legislación de otros países, es decir el Derecho comparado), y
regulación nacional (contiene principios constitucionales, leyes federales y
programas estatales relacionados con los bioenergéticos).
Finalmente, el estudio de la presente Tesis concluye con una crítica y propuesta a
la regulación Bioenergética, tanto nacional como internacional. Dicho análisis se
realiza desde un punto de vista de tutela de los bienes jurídicos antes precisados:
el abasto energético y la protección al medio ambiente.
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CAPÍTULO I
PANORAMA ENERGÉTICO MUNDIAL
1. Conceptos generales.
Toda relación de acción y reacción está basada en la energía, ya que ésta
constituye la principal fuente y motor de todas las actividades realizadas por los
seres humanos y por la naturaleza.
La importancia de la energía en la vida del hombre radica en su suministro, pues
al ser abundante las economías, los conocimientos y las aspiraciones aumentan1.
1.1. Energía.
La energía en sí misma es intangible, pero podemos percatarnos de
su existencia gracias a las manifestaciones que la misma produce. Sabemos que
existe porque vemos sus efectos y le damos valor a razón de lo que hace por
nosotros.
El término energía proviene del griego energeia (“en” que significa en
y “ergon” que significa trabajo)2 y tiene diversos sentidos, los cuales han sido
estudiados a lo largo de la historia de la humanidad por científicos e ingenieros.
Todas las acepciones y definiciones de la palabra energía se
relacionan con la idea de una capacidad para obrar, transformar o mover algo.
1 ODUM, Howard T., Hombre y Naturaleza, Bases Energéticas, España, Ediciones Omega,
1981, p. X. 2 ENCYCLOPAEDIA BRITÁNNICA, Estados Unidos de América, Encyclopaedia Britannicana,
1980, Tomo VI, p. 849.
7
Es por todo lo anterior que la energía se define como la capacidad
que posee un sistema para producir trabajo, y su contenido energético se mide por
el trabajo al que puede dar lugar3.
1.2. Fuentes de energía.
Las fuentes de energía son aquellos medios de los cuales se obtiene
la energía; en otras palabras, constituyen la materia prima necesaria para generar
trabajo. Son elaboraciones naturales más o menos complejas, de las que el
hombre puede extraer energía para obtener alguna utilidad.
Todas las fuentes de energía producen una manifestación diferente
de energía, y cuando dichas fuentes son consumidas o manipuladas pueden o no
agotarse, dependiendo su origen: renovable o no renovable.
Lo anterior es así, debido a que las formas en las cuales se
manifiesta la energía, tales como luz, calor, electricidad, movimiento, etc., se
encuentran en constante cambio. Cuando parte de la energía “desaparece” lo que
realmente sucede es que ésta se transforma en alguna de sus otras formas, en
virtud del principio de conservación de la energía: “ésta no se crea ni se destruye,
sólo se transforma”4.
Es de mencionarse que el anterior principio no descarta el hecho de
que se agoten las fuentes de las cuales se obtiene la energía.
3 GRAN ENCICLOPEDIA RIALP, 6ª. ed., Madrid, España, Ediciones Rialp, 1989, Tomo VIII, p.
615. 4 DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO U.T.H.E.A., 1ª reimp., México, Unión Tipográfica Editorial
Hispano-Americana, 1969, Tomo IV, p. 587.
8
1.3. Los energéticos a través de la historia.
La energía que se obtiene del petróleo, del gas, del viento, de las
presas y de la biomasa, tienen un origen común: la energía del Sol. Por otro lado,
las fuentes que no tienen un origen solar son: la energía nuclear, la geotermia y la
que se obtiene de las mareas5.
A lo largo de la vida de nuestro planeta, el Sol ha irradiado una gran
cantidad de luz, de la cual se aprovecha una parte ínfima; lo que ocurre es que
cincuenta por ciento de ésta es reflejada por las nubes y la atmósfera; un cuarenta
por ciento logra penetrar a la superficie del planeta y se pierde nuevamente por la
reflexión causada por la gran superficie de los océanos, de tal forma que resta un
diez por ciento, el cual es aprovechado por plantas y pequeños organismos que
utilizan la luz para obtener energía y sobrevivir6.
Durante milenios, los seres vivos han aprovechado la energía solar,
no sólo como una opción energética, sino como fuente de vida, pues sin el Sol
nuestro planeta sería absolutamente estéril.
Existen en la naturaleza diversas moléculas que pueden absorber o
recoger la energía que proporciona la luz solar y transformarla en otro tipo de
energía7.
El carbón, el petróleo y el gas provienen de la descomposición de
organismos vegetales y animales que vivieron hace miles de millones de años y
que fueron sepultados bajo el suelo marino y continental8. Dicha materia orgánica
se cubrió paulatinamente con capas más gruesas de sedimentos, al abrigo de los
5 TONDA, Juan, El oro solar y otras fuentes renovables de energía, 3ª. ed., México, Fondo de
Cultura Económica, 2003, p. 13. 6 PEÑA, Antonio, La energía y la vida, Bioenergética, 2ª. ed., México, Fondo de Cultura
Económica, 2005, p. 28. 7 Ídem, p. 30.
8 TONDA, Juan, op. cit., p. 13.
9
cuales, en determinadas condiciones de presión, temperatura y tiempo, se
transformó netamente en hidrocarburos.
Los hidrocarburos son compuestos formados por carbono e
hidrógeno, con pequeñas cantidades de azufre, oxígeno, nitrógeno y metales,
tales como fierro, cromo, níquel y vanadio, cuya mezcla constituye el petróleo
crudo9.
Debo añadir que el ser humano no es ajeno a la necesidad de recibir
luz solar para poder sobrevivir, ya que ésta le proporciona la vitamina D, necesaria
para el crecimiento de los huesos10.
Asimismo, nuestro organismo depende indirectamente de la energía
solar, ya que sin ésta no existirían plantas ni otros organismos con qué
alimentarnos.
Habiendo quedado precisada la relación del Sol con las fuentes de
energía, es momento de analizar los energéticos o las fuentes de energía a través
de la historia de la humanidad.
En primer lugar destaco que el ser humano utilizó la energía
mecánica de sus músculos para efectuar labores pesadas; posteriormente las
bestias de carga y la tracción animal facilitaron el transporte de materiales
pesados.
La madera ocupó durante muchos siglos el primer lugar como fuente
energética, y hoy se sigue utilizando ampliamente, sobre todo en el campo.
9 CHOW PANGTAY, Susana, Petroquímica y Sociedad, 3ª. ed., México, Fondo de Cultura
Económica, 2003, p. 27. 10
TONDA, Juan, op. cit., p. 31.
10
Posteriormente el empleo del carbón ocasionó que se abandonara la leña como
combustible fundamental11.
A lo largo de la historia de la humanidad, el hombre se ha servido de
su ingenio para construir diversas máquinas que le han facilitado el trabajo. La
primera máquina térmica de la que se tiene evidencia escrita fue realizada por
Hero de Alejandría (hacia el año 130 A.C.), la cual era una turbina de vapor,
consistente en un globo hueco soportado por un pivote orientado de manera tal
que podía girar alrededor de un par de muñones, uno de ellos hueco12.
Otro ejemplo del aprovechamiento de las máquinas para generar
energía son los molinos. Diferentes civilizaciones comenzaron a utilizarlos, primero
movidos por corrientes de agua y luego impulsados por el viento.
A principios del siglo XIII los molinos eólicos invadieron toda Europa,
pero no fue sino a finales de este siglo cuando aparecieron los molinos
holandeses, los cuales fueron utilizados primeramente para bombear el agua que
cubría el territorio de dicho país y después para la molienda de granos13.
Otra gran invención que marcó la historia del hombre con relación al
aprovechamiento de la energía es la máquina de vapor realizada en 1698 por
Thomas Savery, la cual puede considerarse como la primera de vapor de la era
moderna. Cabe mencionar que esta máquina tuvo un uso considerable en la
extracción de agua de las minas de carbón y en la distribución de agua para casas
habitación y pequeñas comunidades14.
11
Ibídem, p. 12. 12
GARCÍA-COLÍN, Leopoldo, De la máquina de vapor al cero absoluto (Calor y Entropía), 3ª. ed., México, Fondo de Cultura Económica, 2003, p.p. 11 y 12. 13
TONDA, Juan, op. cit., p.p. 80 Y 81. 14
GARCÍA-COLÍN, Leopoldo, op. cit., p. 13.
11
Después de varios ajustes técnicos, las primeras máquinas de vapor
fueron producidas en gran tamaño y en serie, pero no fue sino hasta el año de
1770 que éstas fueron superadas por las innovaciones de James Watt15.
Con el motor de Watt se abrió la puerta para la Revolución Industrial,
con sus máquinas térmicas más eficientes, más baratas y que podían funcionar
continuamente, situación que trajo como consecuencia que se prestara menos
atención al uso de sistemas eólicos para producir trabajo.
Fue a partir de la Revolución Industrial cuando el sistema energético
mundial pasó por dos transiciones altamente significativas, la primera de ellas
iniciada por una innovación tecnológica radical: la máquina de vapor alimentada
por carbón.
Es precisamente con la máquina de vapor, cuando se realizó la
primera conversión de recursos energéticos fósiles en trabajo, invención que
separó geográficamente el origen de las fuentes energéticas respecto del lugar de
consumo final, ya que el carbón podía ser transformado y almacenado en donde
se le requiriera, dotando de recursos energéticos a casi cualquier región16.
La segunda gran transición consistió en la diversificación de las
tecnologías de uso energético final y de las fuentes de abastecimiento de energía.
La introducción de la electricidad fue quizás el factor más importante para que esta
transición ocurriera, ya que la energía eléctrica podía ser fácilmente convertida en
luz, calor o trabajo en los lugares de uso final. Una segunda innovación fue la del
motor de combustión interna, el cual revolucionó los patrones de transporte
individual y colectivo, lo cual provocó una dependencia cada vez mayor al
15
Ibídem, p.p. 13 y 14. 16
SENADO DE LA REPÚBLICA, Nuevas Energías Renovables: una alternativa energética sustentable para México (Análisis y propuesta), México, Instituto de Investigaciones Legislativas del Senado de la República, 2004, p. 4.
12
petróleo, al ser el energético primario que cubriría de una mejor manera las
necesidades para la generación de energía eléctrica y transporte17.
Por otro lado, debo precisar que en el año de 1881 se construyó en
Inglaterra, la primera planta hidroeléctrica y la producción de energía eléctrica a
gran escala comenzó en 1895, cuando se construyó la presa de las cataratas del
Niágara18.
Cabe mencionar que en el año de 1932, el físico ingles James
Chadwick, descubrió el neutrón. Con ello se abrieron las puertas para continuar
con las investigaciones que condujeron a Enrico Fermi a construir la primera pila o
reactor nuclear19. Pero no fue sino hasta 1942, cuando se puso en funcionamiento
el primer reactor nuclear en los Estados Unidos de América.
Finalmente, destaco que las diversas crisis energéticas han puesto
en evidencia la disponibilidad limitada de los energéticos tradicionales, en
específico el petróleo y han avivado el interés por la investigación y desarrollo de
nuevas fuentes de energía20.
En la actualidad, la comunidad científica se ha preocupado por
descubrir nuevas fuentes de energía que sean libres de contaminantes, de
preferencia obtenidas de fuentes renovables. Un ejemplo de estas fuentes de
energía son los bioenergéticos, tema central de la presente Tesis.
17
Ibídem, p. 4. 18
TONDA, Juan, op. cit., p. 103. 19
Ídem, p. 113. 20
CASTILLO, Heriberto, Los energéticos, el petróleo… ¿Y nuestro futuro?, México, Representaciones y Servicios de Ingeniería, 1982, P. 20.
13
La siguiente figura ejemplifica todo lo narrado en el presente
numeral, ya que muestra la evolución de los energéticos desde el año de 1850
hasta el de 199021:
21
SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit., p. 17.
14
2. Fuentes no renovables de energía.
Energía no renovable es un término genérico referido a aquellas fuentes de
energía que se encuentran en la naturaleza en una cantidad limitada y que, una
vez consumidas en su totalidad, no pueden remplazarse22.
Las principales fuentes de energía no renovable son:
2.1.- Carbón.
El carbón es un tipo de roca formada por el elemento químico
carbono23 mezclado con otras sustancias. Es una de las principales fuentes de
energía más utilizadas por el hombre, ya que, por ejemplo, en el año de 1990, el
carbón suministraba el veintisiete por ciento de la energía comercial en el
mundo24.
Existen diversos tipos de carbón, clasificados según las presiones y
las temperaturas que los hayan formado, ya que cuanta más alta sea la presión y
la temperatura a las que fue sometido se crea un carbón más compacto y rico en
carbono, con mayor contenido energético.
Los principales tipos de carbón son:
Turba: es un tipo de carbón con poca cantidad de carbono, por lo
que resulta ser un combustible muy deficiente25.
22
http://www.aven.es/energia/no_renovables.html 23
El carbono es elemento químico “C” con número atómico 4, Tabla Periódica de los Elementos http://www.lenntech.com/espanol/tabla-periodica.htm 24
ECHARRI PRIM, Luis, Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente, libro electrónico, http://www.tecnun.es/Asignaturas/Ecologia/Hipertexto/00General/IndiceGral.html 25
Ídem.
15
Lignito: es el siguiente en la escala de riqueza energética, pero
sigue siendo mal combustible, aunque es utilizado en algunas
centrales térmicas26.
Hulla: es mucho más rica en carbono y tiene un alto poder
energético, por lo que es muy utilizada en las plantas de
producción de electricidad27.
Coque: es un tipo de carbón bituminoso28 del que se obtienen
hidrocarburos aromáticos, pero presenta el problema de contener
elevadas cantidades de azufre29, que al ser disparadas a la
atmósfera, provocan un alto grado de contaminación en el aire30.
Antracita: es el mejor de los carbones ya que contiene pocos
elementos contaminantes y cuenta con un alto poder
energético31.
Origen:
Los diferentes tipos de carbón tienen su origen hace trescientos
millones de años, cuando se formó gran parte del carbón mineral que existe en
nuestro planeta. Esto ocurrió en el Paleozoico superior, en el periodo llamado
Carbonífero32.
26
Ibídem. 27
Ídem. 28
Tipo de carbón que contiene entre un 60 y un 80% de carbono, siendo el resto agua, hidrógeno y azufre, Ídem. 29
El azufre es el elemento químico “S” con número atómico 16, Tabla Periódica de los Elementos, op. cit. 30
ECHARRI PRIM, Luis, op. cit. 31
Ídem. 32
El Carbonífero es el período de la era paleozoica que se extiende desde los 360 a los 300 millones de años de antigüedad. http://www.planetarios.com/manual-paleozoico/periodocarbonifero.html
16
El carbón se formó a partir de la descomposición anaerobia33 de
materia orgánica, formada por los bosques de helechos gigantescos que poblaban
la Tierra y que quedaron sepultados en los pantanos (a diferencia del petróleo,
que principalmente es de origen marino) 34.
Gracias a la acción de las bacterias anaeróbicas, la materia orgánica
fue ganando carbono y perdiendo oxígeno e hidrógeno; este proceso, aunado a
los incrementos de presión y temperatura que con el paso del tiempo provocaron
cambios físicos y químicos en los restos orgánicos y los transformaron en lo que
hoy conocemos como carbón35.
En otras palabras, el terreno en el cual quedaban sepultados los
seres vivos se convirtió en una mezcla de agua y barro muy pobre en oxígeno en
el que no se produjo la putrefacción habitual y que con el tiempo nuevos
sedimentos cubrieron la capa de plantas muertas, para que finalmente con la
acción combinada de presión y de temperatura, la materia orgánica se convirtió en
carbón.
Antecedentes Históricos:
El carbón mineral se empezó a utilizar como combustible en China
hace dos mil años. Posteriormente lo utilizaron los romanos, pero no fue sino
hasta el siglo XI cuando un inglés redescubrió que el carbón podría arder36.
El principal auge del carbón como energético surgió con la
Revolución Industrial, al lado de la máquina inventada por James Watt: la máquina
de vapor. Entre esos años y las postrimerías del siglo antepasado, con mejoras en
33
Proceso de fermentación de algún compuesto orgánico que se realiza sin la presencia de oxígeno. La fermentación produce gas metano derivado de las acciones realizadas por las bacterias anaerobias. TONDA, Juan, op. cit., Glosario. 34
Ídem., p.p. 98 y 99. 35
Ídem. 36
Ídem, p. 99.
17
el diseño y la construcción, la máquina se transformó en la habitual para la
navegación marina y ferroviaria, al lograr alcanzar presiones de vapor muy altas y
velocidades de presión considerables37.
Ahora bien, entre el año de 1860 y la Primera Guerra Mundial, el
carbón desplazó definitivamente a la madera como combustible fundamental.
En el caso de México, según cifras de 1975, se ha tenido que
importar carbón para satisfacer la demanda. Sin embargo, la producción ha ido
aumentando. Hasta el año de 1980, las reservas de carbón superaban las tres mil
toneladas. Asimismo, las reservas de carbón no coquizable eran, según cifras de
1982, de casi setecientos millones de toneladas.
Producción y reservas:
En la actualidad se puede obtener carbón mediante dos formas: en
minas a cielo abierto y en minas subterráneas38.
Cuando se descubre una veta de carbón se requiere conocer el
volumen y la profundidad del yacimiento, ya que de estos factores depende que la
explotación de la mina resulte o no rentable.
Una vez que se obtiene el carbón se lava para quitarle el azufre (en
las centrales carboeléctricas se puede utilizar sin ser lavado), después se
pulveriza en un molino y se transporta en ferrocarril o en tuberías, suspendido en
agua y posteriormente es recuperado por centrifugación.
Las reservas mundiales de carbón económicamente explotable se
consideran suficientes para doscientos cincuenta años más, lo que permitiría un
37
GARCÍA-COLÍN, Leopoldo, op. cit., p. 17. 38
TONDA, Juan, op. cit., p. 102.
18
crecimiento de explotación anual estable de casi tres por ciento, según un estudio
realizado por expertos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)39.
Diez países de cinco continentes proporcionarán alrededor del
noventa por ciento de esta importante fuente de energía durante los próximos
cuatro decenios, entre los que figuran, Estados Unidos, Rusia y China40.
El estudio de la OIT constata que en la actualidad trabajan, en la
industria del carbón, casi cinco millones de personas en todo el mundo, de las
cuales alrededor de dos millones lo hacen en Europa, incluida Rusia, dos millones
en Asia, trescientos mil en África, doscientos mil en América del Norte, sesenta mil
en América del Sur y treinta mil en Australia y Nueva Zelanda41.
En la actualidad, las reservas de carbón se encuentran muy
repartidas, con setenta países con yacimientos aprovechables, los cuales se
muestran en el siguiente mapa42:
39
http://www.elpais.com/articulo/economia/ORGANIZACIoN_INTERNACIONAL_DEL_TRABAJO_/OIT/reservas/carbon/duraran/250/anos/OIT/elpepieco/19800213elpepieco_14/Tes/ 40
http://www.elpais.com/articulo/economia/ORGANIZACIoN_INTERNACIONAL_DEL_TRABAJO_/OIT/reservas/carbon/duraran/250/anos/OIT/elpepieco/19800213elpepieco_14/Tes/ 41
http://www.elpais.com/articulo/economia/ORGANIZACIoN_INTERNACIONAL_DEL_TRABAJO_/OIT/reservas/carbon/duraran/250/anos/OIT/elpepieco/19800213elpepieco_14/Tes/ 42
ECHARRI PRIM, Luis, op. cit.
19
El siguiente cuadro marca la producción mundial de carbón en los
últimos años43:
Año Carbón bituminoso
y antracita
Carbón sub-
bituminoso y lignito
2006 5.370 Millones de
toneladas (Mt) 914 Mt
2005 4.934 Mt 906 Mt
2004 4.631 Mt 893 Mt
2003 4.231 Mt 893 Mt
2002 3.910 Mt 882 Mt
2001 3.801 Mt 897 Mt
Por su lado, los diez países productores de carbón bituminoso y
antracita en el año 200644 fueron:
País Producción
República Popular
China 2.482 Mt
Estados Unidos de
América 990 Mt
India 427 Mt
Australia 309 Mt
Sudáfrica 244 Mt
Rusia 233 Mt
Indonesia 169 Mt
43
http://www.worldcoal.org 44
http://www.worldcoal.org
20
Polonia 95 Mt
Kazakstán 92 Mt
Colombia 64 Mt
Aplicaciones:
El carbón no coquizable (es decir, del que no se puede obtener
coque) es el que se emplea para la generación de energía eléctrica, mientras que
el carbón coquizable es el que se utiliza en la industria siderúrgica y metalúrgica,
para la fabricación de hierro y acero. El acero, por ejemplo, tiene casi dos por
ciento de carbono, que se obtiene del coque45.
Los principales consumidores de carbón en nuestro país son las
industrias que fabrican acero y hierro, y un pequeño porcentaje (dos por ciento en
el año de 1975) se emplea para la generación de energía eléctrica.
Centrales Carboeléctricas:
En México existen dos Centrales Carboeléctricas, las cuales generan
electricidad a partir de carbón no coquizable, el cual es obtenido de las minas
cercanas a Piedras Negras; y ambas se localizan en Nava, Coahuila46:
Carbón II, con una capacidad efectiva instalada de 1,400 mega
watts, la cual entró en operación el día 2 de noviembre de 1993.
José López Portillo, con una capacidad instalada de 1,200 mega
watts, la cual entro en operación el día 21 de septiembre de 1982.
45
TONDA, Juan, op. cit., p. 100. 46
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/queescfe/Listadodecentralesgeneradoras/Carboel%c3%a9ctricas.htm?Combo=Carboel%c3%a9ctricas
21
Según los datos publicados en la página de Internet de la Comisión
Federal de Electricidad, las Centrales Carboeléctricas mencionadas aportaron el
5% de la capacidad efectiva instalada durante el mes de enero de 200947.
Consecuencias:
Antes de concluir el tema del carbón, me parece conveniente
destacar que tanto la obtención del carbón como su combustión causan
importantes problemas ambientales, entre los que se encuentran48:
El impacto visual y los líquidos altamente contaminantes que las
explotaciones mineras a cielo abierto generan.
Los grandes agujeros, tierras removidas y acumulaciones de
escombros.
La contaminación del agua de lixiviación, es decir del agua que
después de empapar o recorrer las acumulaciones de mineral y
escombros sale de la zona de la mina y fluye hacia los ríos o los
alrededores, ya que va cargada de materiales muy tóxicos, como
metales pesados y productos químicos usados en la minería.
Los daños ambientales causados en el proceso de uso del
carbón, porque al quemarlo se liberan grandes cantidades de
gases responsables de efectos tan nocivos como la lluvia ácida,
el efecto invernadero, la formación de smog, etc.
47
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/queescfe/Estadísticas/ 48
ECHARRI PRIM, Luis, op. cit.
22
Marco Legal:
El cuarto párrafo del artículo 27 Constitucional establece que
“Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la
plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los
minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan
depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos…49”
Posteriormente, el mismo artículo establece que “en los casos a que
se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e
imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de
que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las
leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el
Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las
leyes. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los
minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y
comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia,
independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su
inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas…50”.
Ahora bien, de lo antes transcrito se derivan los siguientes elementos
de regulación constitucional, en materia de minerales:
Que corresponde a la Nación el dominio directo de todos los
minerales.
Que el dominio mencionado es inalienable e imprescriptible.
Que la explotación, el uso y/o el aprovechamiento de los
minerales por parte de los particulares únicamente se puede
49
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Artículo 27. 50
Ídem.
23
realizar mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo
Federal.
Resulta necesario hacer un breve análisis de la Ley reglamentaria
del artículo 27 Constitucional en materia de minería, denominada Ley Minera, para
conocer la regulación específica del Carbón.
En ese sentido, el artículo cuarto de la Ley Minera establece que
“Son minerales o sustancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos
constituyen depósitos distintos de los componentes de los terrenos… el carbón
mineral en todas sus variedades y el gas asociado”51.
En materia minera, quien expide las concesiones para explotar el
Carbón es el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Economía52, las
cuales tendrán una duración de 50 años, contados a partir de la fecha de su
inscripción en el Registro Público de Minería y se prorrogarán por igual término, si
sus titulares no incurrieron en las causales de cancelación previstas en la Ley53,
tales como dejar de pagar los derechos de minería54.
Las concesiones mineras confieren derecho a55:
Realizar obras y trabajos de exploración y de explotación dentro
de los lotes mineros que amparan.
Disponer de los productos minerales que se obtengan en dichos
lotes, con motivo de las obras y trabajos que se desarrollen
durante su vigencia.
51
Ley Minera, México, Artículo 4. 52
Ídem, Artículo 7. 53
Ídem, Artículo 15. 54
Ídem, Artículo 55, fracción III. 55
Ídem, Artículo 19.
24
Transmitir su titularidad o los derechos establecidos por la
concesión a personas legalmente capacitadas para obtenerlas.
2.2. Nuclear.
La energía nuclear es aquella que se libera durante la fisión o fusión
de núcleos atómicos. La energía se obtiene por el funcionamiento de motores
caloríficos que utilizan la gran concentración de calor que se genera en las
reacciones de los materiales nucleares56.
En otras palabras, la energía nuclear procede de las reacciones de
fisión o fusión de átomos en las que se liberan gigantescas cantidades de energía
que se utilizan para producir electricidad57.
Comenzaré por definir la fisión nuclear como el medio utilizado
actualmente en las centrales nucleares, que consiste en dividir o romper un átomo
pesado (como por ejemplo el uranio o el plutonio) en dos átomos más ligeros,
liberando neutrones, y estos neutrones obtenidos vuelven a chocar contra otros
tres átomos de uranio, liberando más neutrones, energía y otros átomos más
ligeros y así sucesivamente generan una reacción en cadena.
A diferencia de la fisión, la fusión nuclear se da cuando dos núcleos
atómicos, por ejemplo de hidrógeno, se unen para formar uno mayor, por ejemplo
helio. Este tipo de reacciones se producen en el Sol y en el resto de las estrellas,
cuando emiten gigantescas cantidades de energía.
Muchas personas que apoyan la energía nuclear ven en este
proceso la solución al problema de la crisis energética, pues el combustible que se
56
ODUM, Howard T., op. cit., p. 190. 57
ECHARRI PRIM, Luis, op. cit.
25
requiere es muy abundante, es decir, el hidrógeno. Además es un proceso que
produce “poca” contaminación radiactiva.
Antecedentes históricos:
En el año de 1896 Henri Becquerel descubrió que algunos elementos
químicos emitían radiaciones. Tanto él como Marie Curie estudiaron sus
propiedades y descubrieron que existían radiaciones con propiedades distintas
que denominaron alfa, beta y gamma58.
Posteriormente, en el año de 1932, el físico inglés James Chadwick
descubrió el neutrón, con lo que se abrieron las puertas para las investigaciones
que condujeron a Enrico Fermi a construir la primera pila o reactor nuclear59.
Finalmente destaco que Inglaterra puso en marcha la primera planta
nuclear generadora de electricidad para uso comercial en el año de 1986, pero no
fue sino hasta el año de 1990 cuando se popularizó esta práctica, llegando a
cuatrocientos veinte reactores nucleares comerciales en veinticinco países que
producían el diecisiete por ciento de la electricidad en el mundo60.
Yacimientos y Centrales Nucleares:
Los principales yacimientos de uranio61 conocidos en México están
en la Sierra de Peña Blanca, Chihuahua y en la cuenca de Burgos, en Tamaulipas
y Nuevo León.
58
TONDA, Juan, op. cit., p. 113. 59
Ídem. 60
ECHARRI PRIM, Luis, op. cit. 61
Elemento químico de símbolo “U”, con número atómico 92, Tabla Periódica de los Elementos, op. cit.
26
Cabe señalar que Laguna Verde es la única central nucleoeléctrica62
de nuestro país y se encuentra ubicada sobre la costa del Golfo de México, en Alto
Lucero, Veracruz63, con una capacidad instalada de 1,365 mega watts64.
Ahora bien, la generación eléctrica de origen nuclear a nivel mundial
para el año 2006 representó aproximadamente el diecisiete por ciento de la
electricidad que consumida en todo el mundo65.
Actualmente, existen cuatrocientos treinta y cinco reactores
nucleares en funcionamiento en treinta y un países, con una potencia neta total
instalada de trescientos sesenta y siete mil novecientos ochenta y ocho mega
watts. Por otra parte, existen veinticinco plantas que se encuentran en fase de
construcción en doce países, con una potencia prevista de más de veinticinco mil
mega watts66.
62
Una central nucleoeléctrica es una instalación industrial donde se logra transformar, mediante varios procesos, la energía contenida en los núcleos de los átomos, en energía eléctrica utilizable, http://cfe.gob.mx 63
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/generacionelectricidad/visitasvirtuales/lagunaverdenucleoelectrica 64
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/queescfe/Listadodecentralesgeneradoras/Nucleoel%c3%a9ctricas.htm?Combo=Nucleoel%c3%a9ctricas 65
http://www.foronuclear.org/energia_nuclear_mundo.jsp 66
http://www.foronuclear.org/energia_nuclear_mundo.jsp
27
El siguiente mapa muestra las centrales nucleares que existen a
nivel mundial67:
Aplicaciones:
Entre las principales aplicaciones de la energía nuclear se
encuentran las siguientes:
La generación de energía eléctrica mediante fisión nuclear, ya
que es el único método que hay en la actualidad, al no existir
reactores de fusión nuclear.
Bombas nucleares, tanto de fisión como de fusión68.
67
http://www.insc.anl.gov/ 68
Tras el primer ensayo exitoso de una bomba de fisión por la Unión Soviética, en el año de 1949, se desarrolló una segunda generación de bombas nucleares que utilizaban la fusión. Tales bombas, llamadas también de hidrógeno, utilizan una bomba primaria de fisión que genera las condiciones de presión y temperatura necesarias para comenzar la reacción de fusión de núcleos de hidrógeno. Este tipo de bomba no se ha utilizado nunca contra ningún objetivo real y puede ser miles de veces más potentes que las de fisión. http://es.wikipedia.org/wiki/Bomba_at%C3%B3mica
28
Buques militares de propulsión nuclear.
Aviones militares de propulsión nuclear.
Buques nucleares civiles.
Propulsión aeroespacial.
Una de las “ventajas” que los defensores de la energía nuclear le
encuentran es que en principio resulta menos contaminante que los combustibles
fósiles, ya que comparativamente las centrales nucleares emiten muy pocos
contaminantes a la atmósfera69.
Consecuencias:
Uno de los principales problemas generados por la utilización de los
reactores nucleares son los accidentes70 que se han suscitado en algunas de las
más de cuatrocientas centrales nucleares que hay en funcionamiento.
Una planta nuclear típica no puede explotar como si fuera una
bomba atómica, pero cuando por un accidente se producen grandes temperaturas
en el reactor, el metal que envuelve al uranio se funde, provocando el escape de
radiaciones o de agua del circuito primario a la atmósfera, los cuales son
altamente radiactivos71.
69
ECHARRI PRIM, Luis, op. cit. 70
El accidente en Chernobyl es un ejemplo de accidente crítico y de escape de energía en reactores nucleares, aconteció en dicha ciudad de Ucrania el día 26 de abril de 1986 y ha sido el accidente nuclear más grave de la Historia. La cantidad de material radiactivo liberado fue unas 500 veces mayor que el liberado por la bomba atómica arrojada en Hiroshima en 1945. Causó la muerte inmediata de 31 personas y forzó al gobierno de la Unión Soviética a la evacuación de unas 135.000 personas, además provocó una alarma internacional al detectarse radiactividad en diversos países de Europa septentrional y central. http://es.wikipedia.org/wiki/Bomba_at%C3%B3mica 71
ECHARRI PRIM, Luis, op. cit.
29
Finalmente, no hay que olvidar que el uso de la energía nuclear
genera residuos radioactivos, de los cuales, los más peligrosos son las barras de
combustible, ya que pueden permanecer radioactivas durante miles de años.
Marco Legal:
El cuarto párrafo del artículo 27 Constitucional establece que
“Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la
plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los
minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan
depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos…72”
Posteriormente, el mismo artículo establece que “Tratándose del… o
de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán
los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de
esos productos… Corresponde también a la Nación el aprovechamiento de los
combustibles nucleares para la generación de energía nuclear y la regulación de
sus aplicaciones en otros propósitos. El uso de la energía nuclear sólo podrá tener
fines pacíficos.73”.
Finalmente, el cuarto párrafo del artículo 28 Constitucional establece
que “no constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera
exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: … minerales radioactivos y
generación de energía nuclear; electricidad74”.
72
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Artículo 27. 73
Ídem. 74
Ídem, Artículo 28.
30
De lo antes transcrito se derivan los siguientes elementos de
regulación constitucional en materia nuclear:
Que se trata de una de las Áreas Estratégicas contempladas por
nuestra Carta Magna.
Que la Nación ejerce el dominio directo sobre los materiales
nucleares.
Que corresponde también a la Nación el aprovechamiento de los
combustibles nucleares para la generación de energía nuclear y
la regulación de sus aplicaciones en otros propósitos.
Que en materia nuclear, no se otorgarán concesiones ni
contratos.
Debo precisar que tanto la Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en Materia Nuclear75, como la Ley que Declara Reservas Mineras
Nacionales los Yacimientos de Uranio, Torio y las Demás Substancias de las
Cuales se Obtengan Isótopos Hendibles que puedan producir Energía Nuclear76
son coherentes con la regulación constitucional, al regular a la Materia Nuclear de
la misma manera.
75
Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear, México. 76
Ley que Declara Reservas Mineras Nacionales los Yacimientos de Uranio, Torio y las Demás Substancias de las cuales se Obtengan Isótopos Hendibles que Puedan Producir Energía Nuclear, México.
31
2.3. Hidrocarburos.
Como su nombre lo indica, los hidrocarburos están formados por dos
elementos: el carbono y el hidrógeno77.
El carbono es un elemento químico que forma parte de todos los
seres vivos: animales y vegetales. Da lugar a una cantidad muy grande de
combinaciones químicas, principalmente con el hidrógeno, el oxígeno o el
nitrógeno78.
Los hidrocarburos se encuentran en la naturaleza en los tres estados
físicos, es decir, en el sólido, líquido y gaseoso. Con excepción de los
hidrocarburos sólidos, que suelen encontrarse en la superficie, los hidrocarburos
líquidos se encuentran en depósitos subterráneos llamados yacimientos79.
Ya que hice una breve referencia sobre los hidrocarburos en lo
general, hablaré del petróleo en lo particular, al ser el hidrocarburo de mayor
importancia.
El petróleo es un combustible fósil y como tal se incluye en la lista de
recursos no renovables.
Origen:
Existen varias teorías sobre la formación del petróleo, sin embargo la
más aceptada es la teoría orgánica, la cual supone el origen a partir de la
77
DUBOIS, René A., Introducción a la Refinación del Petróleo, 1ª ed., Argentina, Editorial Universitaria de Buenos Aires Sociedad de Economía Mixta, 2006, p. 17. 78
Ídem. 79
Ídem, p. 28.
32
descomposición de los restos de animales y algas microscópicas acumuladas en
el fondo de las lagunas, mares y en el curso inferior de los ríos80.
El problema del génesis del petróleo ha sido, por mucho tiempo, un
tópico de investigación de interés. Se sabe que la formación del petróleo está
asociada al desarrollo de rocas sedimentarias, depositadas en ambientes marinos
o próximos al mar, y que es el resultado de procesos de descomposición de
organismos de origen vegetal y animal que, en tiempos remotos, quedaron
incorporados en esos depósitos.
El petróleo y el gas que se encuentran en un determinado yacimiento
guardan diferentes relaciones, según cada caso. Hay yacimientos que contienen
gas, y otros, en cambio, que sólo contienen petróleo con muy poco gas81.
Ahora bien, son miles de compuestos químicos los que constituyen
el petróleo y se diferencian entre sí debido a su volatilidad, es decir, por la
temperatura de ebullición, ya que cuando se calienta el crudo se evaporan
primeramente los compuestos más ligeros de estructura química sencilla y de bajo
peso molecular, de tal manera que conforme aumenta la temperatura, los
componentes más pesados van incorporándose al vapor82.
Las curvas de destilación TBP, llamado así por sus siglas en inglés
“true boiling point” (temperatura de ebullición real), distinguen los diferentes tipos
de petróleo y definen los rendimientos que se pueden obtener de los productos por
separación directa. La industria mundial de hidrocarburos líquidos clasifica el
petróleo de acuerdo a su densidad API (parámetro internacional del Instituto
80
CHOW PANGTAY, Susana, Petroquímica y Sociedad, 3ª. ed., México, Fondo de Cultura Económica, 2003, p. 27. 81
DUBOIS, René A., op cit., p. 31. 82
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, http://www.imp.mx/petroleo/tipos.htm
33
Americano del Petróleo, que diferencia las calidades del crudo) de la siguiente
manera83:
Aceite crudo Densidad
( g/ cm3)
Densidad
grados API
Extra pesado >1.0 10.0
Pesado 1.0 - 0.92 10.0 – 22.3
Mediano 0.92 - 0.87 22.3 – 31.1
Ligero 0.87 - 0.83 31.1 – 39
Superlíder < 0.83 > 39
Los tipos de crudo que sirven de referencia económica son:
Brent Blend, el cual está compuesto de quince crudos diferentes,
todos procedentes de los campos de extracción ubicados en el
Mar del Norte. La producción de crudo de Europa, África y Oriente
Medio siguen la tendencia marcada por los precios de este crudo.
West Texas Intermediate, para referir al crudo estadounidense.
Dubai, se usa como referencia para la producción del crudo de la
región Asia-Pacífico.
Tapis, usado como referencia para el crudo ligero del Lejano
Oriente.
Minas, usado como referencia para el crudo pesado del Lejano
Oriente.
83
Ibídem.
34
En México existen tres tipos de crudo, atendiendo a su densidad,
el Maya, por ejemplo, es el mas pesado; le sigue el Istmo, que es
ligero; y el Olmeca que es súper ligero84.
Antecedentes Históricos:
El petróleo se conoce desde la prehistoria. La Biblia lo menciona
como asfalto. Por ejemplo, vemos que el capítulo 11, versículo 3 del Libro del
Génesis menciona que el asfalto se usó para pegar los ladrillos de la torre de
Babel85.
De la misma manera, se sabe que los árabes y los hebreos
empleaban el petróleo con fines medicinales. En México, los antiguos pobladores
tenían conocimiento de esta sustancia, pues fue empleada de diversas formas,
entre las cuales se encontraba la impermeabilización de embarcaciones
destinadas a la navegación de ríos86.
Sin embargo, antes de la segunda mitad del siglo XVIII las
aplicaciones que se le daban al petróleo eran muy pocas87.
Cabe destacar que en el año de 1895 Edwin L. Drake perforó el
primer pozo petrolero, realizándolo en Pennsylvania a una profundidad de veintiún
metros. Asimismo cabe destacar que Drake ayudó a crear un mercado para el
petróleo, al lograr obtener la kerosina, producto que sustituyó al aceite de ballena
como combustible88.
Pero no fue sino hasta el año de 1895, con la aparición de los
primeros automóviles, que se necesitó de la gasolina para poder solucionar las
84
http://www.imp.mx/petroleo/tipos.htm 85
CHOW PANGTAY, Susana, op. cit., p. 21. 86
http://www.imp.mx/petroleo/origen.htm 87
CHOW PANGTAY, Susana, op. cit., p. 21. 88
Ídem.
35
necesidades energéticas de dicha época. En vísperas de la Primera Guerra
Mundial, ya existían en el mundo más de un millón de vehículos que usaban
gasolina89.
En efecto, la verdadera proliferación de automóviles se inició cuando
Henry Ford lanzó en 1922 un automóvil construido en serie, generando para ese
año que la cantidad de automóviles se incrementara hasta llegar a los dieciocho
millones de automóviles; para 1938 el número subió a cuarenta millones, en 1956
a cien millones, y a más de ciento setenta millones para 1964. Actualmente es
muy difícil estimar con exactitud cuántos cientos de millones de vehículos de
gasolina existen en el mundo. Lógicamente el consumo de petróleo crudo para
satisfacer la demanda de gasolina ha crecido en la misma proporción90.
Se dice que en el periodo comprendido entre los años de 1957 a
1966, se usó casi la misma cantidad de petróleo que en los cien años anteriores.
Estas estimaciones también toman en cuenta el gasto de los aviones con motores
de pistón.
En el año de 1960, dentro de la Conferencia de Bagdad se organizó
un cartel de países petroleros ante la caída del precio del crudo a nivel mundial,
generando así la Organización de los Países Exportadores de Petróleo (OPEP),
sus miembros fundadores son Irán, Irak, Kuwait, Arabia Saudita y Venezuela,
posteriormente se unieron Argelia, Angola, Nigeria, Emiratos Árabes Unidos,
Indonesia, Libia, Qatar, Ecuador y Gabón91.
Cabe destacar que México no forma parte de la OPEP, debido a que
no quiere perder la autonomía en sus políticas comerciales, ya que la OPEP
puede limitar de la producción de barriles o controlar los precios del crudo.
89
Ibídem, p. 22. 90
Ídem. 91
http://www.opec.org/aboutus/
36
En el año de 1965, la plataforma “Sea Gem”, operada por British
Petroleum realizó la primera perforación submarina exitosa en el Mar del Norte.
A lo largo del siglo XX y de lo que va del XXI, se han desarrollado
una serie de guerras que han tenido relación directa o indirecta con el petróleo.
En el año de 1967, durante la Guerra de los Seis Días92, quedó
obstruida a la navegación del Canal de Suez, varios barcos en tránsito y también
militares fueron blancos de diversos ataques, provocando una crisis petrolera.
En el año de 1973, el apoyo de los Estado Unidos de América a
Israel en la guerra de Yom Kippur93 desató de nueva cuenta una crisis petrolera, al
embargarse las ventas de petróleo de los Estados Unidos de América y de
Holanda por parte de la OPEP.
En el año de 1990, Irak invadió Kuwait, dando origen a la Guerra del
Golfo94, razón por la cual Naciones Unidas impuso un embargo petrolero a Irak al
haber tenido que enviar fuerzas multinacionales a Oriente Medio, provocando así
otra crisis petrolera.
Años después, específicamente en los inicios del año 2001, la
economía estadounidense entró en una fase de recesión, al perder más de un
millón de empleos en el sector industrial entre los meses de enero y septiembre de
tal año95.
92
La Guerra de los Seis Días se inscribe dentro del conjunto de guerras libradas entre Israel y una coalición árabe formada por Egipto, Jordania, Irak y Siria, entre el 5 y el 10 de junio de 1967. Es uno de los múltiples conflictos que ha tenido Israel desde su consolidación como Estado. http://es.wikipedia.org/wiki/Guerra_de_los_Seis_D%C3%ADas 93
La Guerra del Yom Kippur fue un enfrentamiento armado a gran escala entre Israel y los países árabes de Egipto y Siria dentro del denominado conflicto árabe-israelí. http://es.wikipedia.org/wiki/Guerra_de_Yom_Kipur 94
La llamada Guerra del Golfo Pérsico o simplemente Guerra del Golfo, también conocida como Operación Tormenta del desierto, fue la guerra suscitada entre los años de 1990 y 1991, entre Irak y una coalición internacional. compuesta por 34 naciones y liderada por Estados Unidos, fue consecuencia de la invasión de Irak a Kuwait. http://es.wikipedia.org/wiki/Guerra_del_Golfo 95
ÁLVAREZ BÉJAR, Alejandro, La recesión de 2001 y las políticas anticíclicas en Estados
37
Después de los atentados del once de septiembre de 2001, los
Estados Unidos de América invadieron Afganistán, con el pretexto de buscar a
Osama Bin Laden, autor intelectual del atentado, quien supuestamente se
encontraba en dicho país.
Posteriormente, en el año 2003, el gobierno de los Estados Unidos
de América intentó invadir Irak, argumentando que tal país tenía unas supuestas
armas de destrucción masiva; cabe destacar que tales armas nunca fueron
encontradas96.
Tras presionar al Consejo de Seguridad97 de la Organización de las
Naciones Unidas (ONU)98 para que aprobara una resolución apoyando
explícitamente tal invasión, George W. Bush obtuvo el apoyo de un grupo de
países para formar una alianza que invadiese Irak, entre los que se encontraban
Inglaterra, España, Portugal, Italia, Polonia, Dinamarca, Australia y Hungría.
Por su lado, Francia, Alemania, China, México y Rusia manifestaron
su oposición a las medidas de fuerza contra Irak y fueron partidarios de una salida
negociada a la crisis. Francia, Rusia y China, miembros permanentes del Consejo
de Seguridad, abogaban por la continuidad de la labor de los inspectores y
Unidos: enseñanzas para México, México, Facultad de Economía, UNAM, 2002. 96
El 12 de enero de 2005, el gobierno de los Estados Unidos de América cerró oficialmente la búsqueda de armas de destrucción masiva en Irak http://enciclopedia.us.es/index.php/Invasi%C3%B3n_de_Irak_de_2003 97
El Consejo de Seguridad se compone de cinco miembros permanentes: China, Francia, Rusia, Inglaterra y los Estados Unidos de América; y de diez miembros no permanentes (en el año 2003 México formaba parte de los miembros no permanentes). Cada miembro tiene un voto, pero las decisiones se toman por el voto afirmativo de por lo menos nueve de los quince miembros. Cuando se trata de cuestiones de fondo se requiere que además de los nueve votos afirmativos no exista ningún voto de los cinco miembros permanentes en contra (derecho de veto). http://www.cinu.org.mx/onu/estructura/cs.htm 98
La Organización de las Naciones Unidas es una organización de Estados soberanos afiliados voluntariamente para colaborar en pro de la paz mundial, promover la amistad entre todas las naciones y apoyar el progreso económico y social. La Organización nació oficialmente el 24 de octubre de 1945 y en la actualidad tiene 192 miembros. http://www.cinu.org.mx/onu/onu.htm
38
anunciaron su intención de vetar cualquier documento que legitimase
explícitamente el ataque.
El 16 de marzo de 2003, se produjo la Cumbre de las Azores, donde
los líderes de los Estados Unidos, Reino Unido, España y Portugal anunciaron un
ultimátum al régimen de Saddam Hussein para que procediera al desarme99.
Finalmente, el 20 de marzo de 2003, sin que mediara declaración de
guerra por alguna de las partes o alguna resolución a favor del Consejo de
Seguridad de la ONU, comenzó el ataque de la coalición contra Irak100.
Destaco que la guerra no contó con el mandato expreso del Consejo
de Seguridad de las Naciones Unidas, razón por la cual se califica como una
invasión ilegal101.
La guerra finalizó con el derrocamiento de Saddam Hussein debido a
dos razones fundamentales: la primera, que los ejércitos de la coalición eran
superiores en tecnología y número que las tropas iraquíes; y la segunda, el lugar
privilegiado, estratégicamente hablando, que le proporcionó a la coalición el que
Estados Unidos de América tuviera tropas en Afganistán y que a su vez permitiera
al ejercito de la coalición ocupar tal territorio, ya que no hay que olvidar que
Afganistán es vecino, no inmediato, de Irak.
Pero, ¿La invasión tuvo como únicos propósitos el “liberar” al pueblo
iraquí y buscar las supuestas armas de destrucción masiva?
99
http://enciclopedia.us.es/index.php/Invasi%C3%B3n_de_Irak_de_2003 100
http://enciclopedia.us.es/index.php/Invasi%C3%B3n_de_Irak_de_2003 101
Así lo expresó el entonces Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/international/newsid_3661000/3661148.stm
39
Es difícil contestar lo anterior debido a la complejidad del tema, pero
los siguientes datos nos pueden dar una aproximación para conocer más a fondo
la situación y estar en posibilidad de responder:
Irak ocupa el tercer lugar en reservas probadas, de entre los
miembros de la OPEP102.
En el marco de las reuniones del grupo petróleo y energía del
proyecto “Future for Iraq”, puesto en marcha por el Departamento
de Estado estadounidense en abril de 2002, o sea un año antes
de la invasión, Bahr Al Ulhum, quien se convertiría en el ministro
del petróleo en el país “liberado”, expresaba lo siguiente: “Irak
debe estar abierto a las compañías internacionales tan
rápidamente como sea posible al término de la guerra”103.
Con vistas a organizar la privatización de la economía iraquí, el
Departamento de Estado estadounidense recurrió a la sociedad
Bearing Point104, con la cual celebró, en el año de 2003, un
contrato de más de doscientos millones de dólares para
desarrollar el “sector privado competitivo iraquí”, contrato que
tenía como objeto la distribución de los ingresos provenientes del
petróleo a las empresas estadounidenses encargadas de la
reconstrucción105.
Bearing Point recibió del Departamento del Estado
estadounidense la misión de redactar el proyecto de Ley sobre
los hidrocarburos (Oil and Gas Law), en colaboración con las
102
http://www.jornada.unam.mx/2007/02/28/index.php?section=opinion&article=023a1eco 103
http://www.voltairenet.org/article149435.html 104
La creación de BearingPoint tuvo lugar en el año 2002, luego del escándalo de Enron, mediante la fusión de las ramas de consultoría de KMPG en Estados Unidos (las mismas que habían “reorganizado” las economías de los Estados postsoviéticos en los años 1990) y de Arthur Andersen, en Francia. http://www.iade.org.ar/modules/noticias/article.php?storyid=1809 105
http://www.voltairenet.org/article149435.html
40
principales petroleras anglosajonas. En otras palabras, no fue el
gobierno iraquí quien realizó el proyecto. Dicho proyecto se basó
en un tipo de contrato llamado PSA (por sus siglas en inglés,
production sharing agreement –contrato de repartición de
producción-), el cual tiene por objeto garantizar a las compañías
extranjeras el retorno de sus inversiones durante un período de
tiempo106.
Las utilidades pactadas en los contratos PSA previstos en Irak
con las petroleras, van de un sesenta a un setenta por ciento de
los ingresos, por un período de cuarenta años107.
Resulta por demás interesante señalar que es altamente
ventajoso para las grandes compañías petroleras el firmar los
contratos PSA en un país como Irak, ya que les garantiza el
mantenerse competitivas en el mercado petrolero sin necesidad
de agotar sus reservas.
La Ley establece que la propiedad del petróleo y del gas natural
en Irak corresponde al Consejo Iraquí de Petróleo y Gas (CIPG),
el cual está representado por las principales compañías
relacionadas con el petróleo108.
106
Draft of Oil and Gas Law, Iraq. http://www.al-ghad.org/wordpress/wp-content/uploads/2007/02/iraqi_oil_law.pdf 107
http://www.voltairenet.org/article149435.html 108
Oil and Gas Law, Iraq, 2007, Article 5.C. http://www.al-ghad.org/wordpress/wp-content/uploads/2007/02/iraqi_oil_law.pdf
41
Ahora bien, con independencia de la respuesta que se tenga a la
pregunta antes realizada, lo que es una realidad es que la guerra de Irak provocó,
sumada a otras variantes económicas, un alza generalizada en el precio del crudo,
tal y como se muestra en la siguiente gráfica109:
Historia del petróleo en México110:
La historia del petróleo en México se remonta al año de 1901,
cuando el ingeniero mexicano Ezequiel Ordóñez descubrió un yacimiento petrolero
en San Luís Potosí. En ese mismo año el Presidente en turno Porfirio Díaz expidió
la Ley del Petróleo con la que impulsó la actividad petrolera, otorgando amplias
facilidades a los inversionistas extranjeros.
En la Constitución de 1917, se determinó el control directo de la
Nación sobre todas las riquezas del subsuelo111, provocando que el gobierno de
Venustiano Carranza estableciera un impuesto sobre los terrenos petroleros,
109
http://www.opec.org/home/basket.aspx 110
http://www.pemex.com/index.cfm?action=content§ionID=1&catID=10004 111
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Artículo 27.
42
recuperando así lo otorgado por Porfirio Díaz, hecho que ocasionó la protesta y
resistencia de las empresas extranjeras.
Para el año de 1920 existían ochenta compañías petroleras
productoras y diecisiete exportadoras a nivel nacional, cuyo capital estaba
integrado en más de un noventa por ciento por ingleses y estadounidenses.
La segunda década del siglo XX fue una época de alta actividad
petrolera, que tuvo una trayectoria ascendente llegando a una producción de
crudo de poco más de ciento noventa y tres millones de barriles.
En el año de 1934 nació Petróleos de México, A. C., primer
antecedente de Petróleos Mexicanos (PEMEX), sociedad encargada de fomentar
la inversión nacional en la industria petrolera, provocando que al año siguiente se
constituyera el Sindicato de Trabajadores Petroleros en la República Mexicana.
Tras una serie de eventos que deterioraron la relación entre
trabajadores y empresarios del gremio, estalló una huelga en contra de las
compañías petroleras extranjeras que paralizó al país. Dicha huelga fue calificada
de legal por la Junta de Conciliación y Arbitraje, y fue confirmada por la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, al negar el amparo solicitado por los empresarios
petroleros. Sin embargo, los empresarios petroleros se negaron a cumplir con el
mandato judicial, provocando que el Presidente Lázaro Cárdenas del Río
decretara la expropiación112 petrolera a favor de la Nación el día dieciocho de
marzo de 1938.
El siete de junio de 1938, se creó PEMEX, como el organismo
encargado de explotar y administrar los hidrocarburos en beneficio de la nación113.
112
El maestro Gabino Fraga la define como el medio por el cual el Estado impone a un particular la cesión de su propiedad por existir una causa de utilidad pública, FRAGA, Gabino, Derecho Administrativo, 23ª ed., México, Editorial Porrúa, 1984 p. 374. 113
Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, México, Artículo 2.
43
En el año de 1965, PEMEX, el Instituto Politécnico Nacional y la
Universidad Nacional Autónoma de México crearon el Instituto Mexicano del
Petróleo, institución que desde entonces es el centro de investigación más
importante del país en el área petrolera114.
Posteriormente, en el año de 1971, se expidió la Ley Orgánica de
Petróleos Mexicanos, la cual fue abrogada por la Ley Orgánica de Petróleos
Mexicanos y Organismos Subsidiarios, expedida por el Presidente Carlos Salinas
de Gortari en el año de 1992.
En la anterior Ley se establecieron las atribuciones de PEMEX, en su
carácter de organismo descentralizado115 de la Administración Pública Federal, las
cuales consisten en realizar las actividades que le corresponden exclusivamente al
Estado mexicano en las áreas estratégicas del petróleo, demás hidrocarburos y
petroquímica básica, de conformidad con el artículo 28 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos116.
Esta Ley determinó la creación de cuatro Organismos
Subsidiarios117, que son:
PEMEX Exploración y Producción, encargado de la exploración y
explotación del petróleo y el gas natural; su transporte,
almacenamiento en terminales y comercialización118.
114
http://www.imp.mx/petroleo/expropiacion/ 115
Son organismos descentralizados las entidades creadas por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cualquiera que sea la estructura legal que adopten. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, México, Artículo 2. 116
Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, México, Artículo 2. 117
Son organismos descentralizados de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Ídem, art. 3. 118
Ídem, Artículo 3, Fracción I.
44
PEMEX Refinación, encargado de los procesos industriales de la
refinación; elaboración de productos petrolíferos y de derivados
del petróleo que sean susceptibles de servir como materias
primas industriales básicas; almacenamiento, transporte,
distribución y comercialización de los productos y derivados
mencionados119.
PEMEX Gas y Petroquímica Básica, encargado del
procesamiento del gas natural, líquidos del gas natural y el gas
artificial; almacenamiento, transporte, distribución y
comercialización de estos hidrocarburos, así como de derivados
que sean susceptibles de servir como materias primas
industriales básicas120.
PEMEX Petroquímica, encargado de los procesos industriales
petroquímicos, cuyos productos no forman parte de la industria
petroquímica básica, así como su almacenamiento, distribución y
comercialización121.
Yacimientos y reservas:
Los yacimientos y reservas a nivel mundial están prácticamente
controlados por los países de Medio Oriente, ya que éstos poseen más del
sesenta por ciento de las reservas mundiales.
En el mapa que se muestra en la siguiente página, el tamaño de
cada país atiende a la cantidad de reservas de petróleo que posee en relación al
119
Ibídem, Fracción II. 120
Ídem, Fracción III. 121
Ídem, Fracción IV.
45
resto de los demás países y su color indica la cantidad de barriles de petróleo que
consume diariamente122.
Ahora bien, el siguiente cuadro marca el porcentaje que le
corresponde a cada país de las reservas del petróleo a nivel mundial123:
País
Porcentaje de
reservas
mundiales
Arabia Saudita 22.3%
Irán 11.2%
Irak 9.7%
122
http://www.worldalmanac.com/blog/energy/ 123
http://www.worldalmanac.com/blog/energy/
46
Kuwait 8.4%
Emiratos Árabes
Unidos 8.3%
Venezuela 6.5%
Rusia 6.1%
Kazakhistan 3.4%
Libia 3.3%
Nigeria 3.0%
Estados Unidos de
América 1.8%
China 1.4%
Canadá 1.4%
Qatar 1.3%
México 1.3%
El límite de las reservas podría estar próximo, si se tienen en cuenta
modelos de previsión de un consumo creciente. Los nuevos descubrimientos de
yacimientos se han reducido drásticamente en las últimas décadas, haciendo
insostenible por mucho tiempo los elevados niveles de extracción, sin incluir la
futura demanda de los consumidores asiáticos.
Por otra parte, la mayoría de las principales reservas mundiales han
entrado en declive, ya que sólo las de Oriente Medio mantienen un crecimiento
sostenido, pero se espera que incluso esos yacimientos entren en declive hacia el
2010, lo que provocaría que toda la producción mundial disminuyera
47
irremediablemente conduciendo a la mayor crisis energética que haya sufrido el
mundo industrializado.
Cabe precisar que México tiene reservas probadas por casi dieciséis
mil millones de barriles de crudo, la cuales son suficientes para cubrir nueve años
de demanda de hidrocarburos, según aseguró PEMEX, en marzo de 2007124.
Pico de Hubbert125:
La teoría del pico de Hubbert es una influyente teoría sobre el
agotamiento a largo plazo del petróleo, así como de otros combustibles fósiles.
Predice que la producción mundial del petróleo llegará a su punto
más alto que después disminuirá tan rápido como creció. Esta teoría resalta el
hecho de que el factor limitador de la extracción de petróleo es la energía
requerida y no su costo económico.
Ésta teoría debe su nombre al geofísico M. King Hubbert, quien
predijo correctamente el pico de la producción estadounidense con quince años de
antelación.
Aún siendo controvertida, esta teoría es ampliamente aceptada entre
la comunidad científica y la industria petrolera, ya que el debate no se centra en si
existirá un pico del petróleo, sino en cuándo ocurrirá, al ser evidente que el
petróleo es un recurso finito y no renovable en escalas cortas de tiempo, por lo
que en un momento u otro se llegará al límite de extracción.
124
Tomando como base las existencias de petróleo totales de PEMEX en 2006, http://www.el-universal.com.mx/notas/414703.html 125
http://www.crisisenergetica.org/article.php?story=20040423214438753
48
Lo anterior depende de los posibles descubrimientos de nuevas
reservas, el aumento de la eficiencia de los yacimientos actuales y la extracción
profunda.
Basándose en los datos actuales de producción, la Asociación para
el Estudio del Pico del Petróleo y el Gas (ASPO en inglés), considera que el pico
del petróleo ocurrirá en 2010, siendo el del gas natural algunos años más tarde.
Este hecho implicaría importantes consecuencias para los países
desarrollados que dependen en gran medida de petróleo barato y abundante,
especialmente para el transporte, la agricultura, la industria química y la
calefacción doméstica.
La llegada de ese pico de extracción hace pensar en un sombrío
futuro en el que la humanidad tendrá que sobrevivir sin la principal fuente de
energía que la ha hecho crecer y prosperar durante todo el siglo XX.
Obtención de productos:
El petróleo crudo no tiene aplicación práctica, por lo que es
necesario separarlo en diferentes fracciones que sí son de utilidad. Dichas
fracciones se obtienen mediante su calentamiento, ya que a medida que sube la
temperatura, los compuestos con menos átomos de carbono en sus moléculas -y
que son gaseosos- se desprenden fácilmente; después los compuestos líquidos se
vaporizan y también se separan, y así, sucesivamente, se obtienen las diferentes
fracciones126.
Estas separaciones se efectúan en las torres de fraccionamiento o
de destilación de las refinerías. Para ello se calienta el crudo a cuatrocientos
grados centígrados para que entre vaporizado a la torre de destilación, y los
126
CHOW PANGTAY, Susana, op. cit., p. 32.
49
vapores suban a través de varios pisos o compartimentos que impiden el paso de
los líquidos de un nivel a otro. Al ascender por los pisos, los vapores se van
enfriando, dando lugar a que en cada uno de los pisos se condensen distintos
derivados del petróleo127.
Cabe señalar que no solamente se obtienen productos del petróleo
por medio de la refinación, ya que también se obtienen mediante el uso de la
petroquímica.
La petroquímica comprende la elaboración de todos aquellos
productos químicos que se derivan del petróleo. Los petroquímicos no se
consideran como un tipo o clase particular de productos químicos, ya que muchos
de ellos pueden ser fabricados con otras materias primas128.
En otras palabras, a la conversión de hidrocarburos en productos
químicos se le llama petroquímica y es una de las piedras angulares de la
industria y la tecnología actual. Esta industria ha hecho posible muchos de los
productos que hoy se consideran cotidianos y necesarios, como las
computadoras, tejidos, juguetes, etc.
Aplicaciones:
Los derivados del petróleo tienen como principales usos los
siguientes:
Tanto el gas propano como el butano son utilizados en las casas
como gas doméstico.
127
Ibídem, p. 34. 128
Ídem.
50
El gas avión es un combustible utilizado en los motores de
combustión de los aviones.
La gasolina común alimenta los motores de combustión interna de
los automóviles.
La turbosina es el combustible de los turborreactores y de los
propulsores.
Pavimentación.
Plásticos.
Textiles.
Obtención de energía eléctrica mediante plantas termoeléctricas.
Centrales Termoeléctricas:
La siguiente tabla precisa las centrales termoeléctricas que
actualmente se encuentran en operación en nuestro país, precisando la fecha de
entrada en operación y la capacidad efectiva instalada en mega watts129:
Nombre de la central
Número de unidades
Fecha de entrada en operación
Capacidad efectiva
instalada (MW)
Ubicación
Altamira 4 19-May-1976 800 Altamira, Tamaulipas
Benito Juárez (Samalayuca)
2 02-Abr-1985 316 Cd. Juárez, Chihuahua
Carlos 4 06-Dic-1973 484 Guaymas,
129
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/queescfe/Listadodecentralesgeneradoras/Termoel%c3%a9ctricas.htm?Combo=Termoel%c3%a9ctricas
51
Rodríguez Rivero (Guaymas II)
Sonora
Felipe Carrillo Puerto (Valladolid)
2 05-Abr-1992 75 Valladolid, Yucatán
Francisco Pérez Ríos (Tula)
5 30-Jun-1991 1,546 Tula, Hidalgo
Francisco Villa 5 22-Nov-1964 300 Delicias, Chihuahua
Gral. Manuel Álvarez Moreno (Manzanillo I)
4 01-Sep-1982 1,200 Manzanillo, Colima
Guadalupe Victoria (Lerdo)
2 18-Jun-1991 320 Lerdo, Durango
José Aceves Pozos (Mazatlán II)
3 13-Nov-1976 616 Mazatlán, Sinaloa
Juan de Dios Bátiz P. (Topolobampo)
3 12-Jun-1995 320 Ahome, Sinaloa
Lerma (Campeche)
4 09-Sep-1976 150 Campeche, Campeche
Manzanillo II 2 24-Jul-1989 700 Manzanillo, Colima
Mérida II 2 13-Dic-1981 168 Mérida, Yucatán
Nachi-Cocom 2 06-Jun-1962 49 Mérida, Yucatán
Pdte. Adolfo López Mateos (Tuxpan)
6 30-Jun-1991 2,100 Tuxpan, Veracruz
Pdte. Emilio Portes Gil (Río Bravo)
1 11-Jul-1964 300 Río Bravo, Tamaulipas
Poza Rica 3 04-Feb-1963 117 Tihuatlán, Veracruz
Presidente Juárez (Rosarito)
6 06-Mar-1964 320 Rosarito, Baja California
Puerto Libertad
4 01-Ago-1985 632 Pitiquito, Sonora
Punta Prieta II 3 01-Ago-1979 113 La Paz, Baja
52
California Sur
Salamanca 4 19-Jun-1971 866 Salamanca, Guanajuato
Valle de México
3 01-Abr-1963 450 Acolman, México
Villa de Reyes 2 01-Nov-1986 700 Villa de Reyes, San Luis Potosí
Destaco que las Centrales Termoeléctricas mencionadas
proporcionan el 45% de la capacidad efectiva instalada en nuestro país, eso sin
contar el 23% de las Centrales Termoeléctricas de los Productores
Independientes130, de los cuales se hablará posteriormente al analizar la
regulación del Sector Eléctrico.
Consecuencias:
El hecho de que el petróleo sea desde finales del siglo XIX la fuente
de energía más importante del mundo, trae como consecuencia un impacto
medioambiental, tanto en lo que respecta a la atmósfera (gases de efecto
invernadero y otros) como a la generación de residuos sólidos (como los plásticos)
o líquidos (como los aceites)131.
La utilización de los combustibles fósiles, para la generación de
energía y otros usos (calefacción, automóvil, etc.), son causa de contaminación
atmosférica132.
El uso responsable de todos estos productos, el tratamiento
adecuado de los mismos y los controles de sus efectos, son responsabilidad no
sólo de las empresas productoras o comercializadoras, sino también de las
autoridades públicas y del conjunto de la sociedad, es decir, de los ciudadanos.
130
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/queescfe/Estadísticas/ 131
http://elpetroleo.aop.es/Tema12/CAPITULO%2012.pdf 132
http://elpetroleo.aop.es/Tema12/CAPITULO%2012.pdf
53
El petróleo tiene el problema de ser insoluble en agua y por lo tanto
es difícil de limpiar, razón por la cual los derrames de hidrocarburos en los mares
afectan profundamente a la flora y fauna del lugar.
Otra consecuencia del uso indiscriminado del petróleo es la escasez,
la cual se explica por su naturaleza no renovable. Dicha escasez nos sitúa en la
antesala de una crisis energética de magnitudes inimaginables, ya que sin el
petróleo no podríamos realizar la mayoría de las actividades a las que estamos
acostumbrados.
Marco Legal:
El párrafo cuarto del artículo 27 Constitucional establece que
“corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la
plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los
minerales o sustancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan
depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales
como... el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o
gaseosos...133”.
Por su lado, el párrafo sexto del artículo mencionado dispone que
“tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o
gaseosos… no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su
caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos
productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva”134.
Posteriormente, el artículo 28 de nuestra Carta Magna dispone que
“no constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera
133
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Artículo 27. 134
Ídem.
54
exclusiva en las siguientes áreas estratégicas:… petróleo y los demás
hidrocarburos; petroquímica básica”135.
De lo antes transcrito se derivan los siguientes elementos de
regulación constitucional en materia petrolera:
Que se trata de una de las Áreas Estratégicas contempladas por
nuestra Carta Magna.
Que la Nación ejerce el dominio directo sobre los hidrocarburos.
Que tratándose de hidrocarburos, no se otorgarán concesiones ni
contratos.
Ahora bien, debemos analizar las Leyes Federales que regulan al
sector petrolero, comenzando con la Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en el Ramo del Petróleo136, de la cual se desprenden las
disposiciones siguientes:
Sólo la Nación, por conducto de Petróleos Mexicanos y sus
Organismos Subsidiarios, podrá llevar a cabo las distintas
explotaciones de los hidrocarburos, que constituyen la industria
petrolera.
La industria petrolera abarca, entre otras, la exploración,
explotación, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y
ventas de primera mano del petróleo y los productos que se
obtengan de su refinación.
135
Ídem, Artículo 28. 136
Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, México.
55
La gasolina y los demás combustibles líquidos que se vendan
directamente al público, a través de las estaciones de servicio,
deberán distribuirse y expenderse o suministrarse sin alteración.
Las ventas a que se refiere el párrafo anterior, operarán en el
marco del contrato de franquicia u otros esquemas de
comercialización que se suscriban con los organismos
subsidiarios de Petróleos Mexicanos.
Las especificaciones de dichas gasolinas y combustibles serán
establecidas por la Secretaría de Energía, conjuntamente con la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
El segundo ordenamiento sujeto a estudio es la Ley de Petróleos
Mexicanos137, de la cual debo precisar lo siguiente:
El Estado realizará las actividades que le corresponden en
exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás
hidrocarburos y la petroquímica básica, por conducto de
Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios de acuerdo
con la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el
Ramo del Petróleo y sus reglamentos138.
Pemex y sus organismos subsidiarios, de acuerdo con sus
respectivos objetos, podrán celebrar con personas físicas o
morales toda clase de actos, convenios, contratos y suscribir
títulos de crédito, manteniendo en exclusiva la propiedad y el
control del Estado Mexicano sobre los hidrocarburos, con
sujeción a las disposiciones aplicables139.
137
Ley de Petróleos Mexicanos, México. 138
Ídem, Artículo 2. 139
Ídem, Artículo 5.
56
57
3. Fuentes renovables de energía.
En el numeral 2 del presente Capítulo realicé un estudio sobre las fuentes no
renovables de energía, los costos medioambientales que conlleva su utilización y
la crisis energética inminente a la que nos enfrentaremos.
Es por lo ello que resulta sumamente importante buscar una alternativa energética
para hacer frente a todos los problemas causados por la utilización de las fuentes
no renovables de energía.
Las alternativas a tales problemas las encontramos en las fuentes renovables de
energía, ya que son energías verdes (o sea que no contaminan) y son inagotables.
Cuando definí las fuentes de energía hice referencia al origen o al medio por el
que ésta se obtiene, por lo que las fuentes renovables de energía son aquellas
que no se agotan al producirla, ya que algunos de los recursos que la producen
pueden regenerarse y otros son de generación continua.
Hacia una nueva transición energética:
Como se mencionó anteriormente, las dos grandes transiciones energéticas
ocurridas en los últimos ciento cincuenta años han facilitado profundos cambios
estructurales en el empleo, la división espacial del trabajo y en el comercio. Estos
cambios están asociados con la modernización de las estructuras económicas y
sociales tradicionales e incluyen procesos de industrialización, urbanización, una
mayor calidad de los servicios energéticos y una intensidad energética.
En este sentido, es necesario considerar que la actual era del petróleo, junto con
todos sus beneficios, también ha traído numerosas consecuencias negativas140:
140
SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit., p. 11.
58
La gran dependencia del mercado mundial respecto de los
combustibles fósiles, situación que alcanzó su punto más crítico
con el embargo petrolero de 1973, cuando se reveló la gran
dependencia del mercado respecto de los suministros del Medio
Oriente.
La petrolización de las economías de la gran mayoría de los
países exportadores de petróleo generó una gran vulnerabilidad
respecto a las fluctuaciones de los precios en el mercado
petrolero internacional.
La dependencia casi total que el sector transporte mantiene
respecto al petróleo.
Debido a la relación negativa que existe entre la utilización de los combustibles
fósiles y sus consecuencias, surge la interrogante sobre si la dependencia
respecto a tales combustibles deba mantenerse en el futuro141.
Por otro lado, el periodo de las fuentes fósiles está altamente limitado, al estar
limitadas sus reservas y yacimientos. De acuerdo con esto, es fundamental que
los gobiernos comiencen a visualizar los años que le quedan a la era de los
combustibles fósiles como un periodo de transición hacia otras formas de energía,
y en este contexto las fuentes renovables pueden ser un instrumento idóneo142.
Viabilidad económica:
Habiendo quedado precisada la necesidad de transitar hacia fuentes de energía
limpias y renovables, resulta imprescindible hablar de la viabilidad económica de la
Transición en comento.
141
Ibídem, p. 14. 142
Ídem
59
Sobre el particular, considero que existen tres soluciones para sustentar la
viabilidad económica de la Transición Energética a las Energías Renovables:
La primer solución consiste en buscar el financiamiento por parte de alguno de los
países industrializados que hayan signado el Protocolo de Kioto, para que
subsidien un proyecto de Mecanismo de Desarrollo Limpio en México en el que se
reduzcan las emisiones de Gases de Efecto Invernadero.
Tales proyectos serán objeto de estudio en el Capítulo II de la presente Tesis, por
lo que me limitaré en el presente apartado a mencionarlos de manera genérica.
Debo precisar que actualmente existen cuatro programas o proyectos de
Mecanismo de Desarrollo Limpio implementados en México, en el marco del
Protocolo de Kioto143:
AWMS GHG Mitigation Project MX05-B-03, Sonora, Mexico.
AWMS Methane Recovery Project MX06-S-40, Puebla, Mexico.
AWMS Methane Recovery Project MX06-S-25, Coahuila, Mexico.
AWMS Methane Recovery Project MX06-S-96, Mexico and
Puebla, México.
La segunda solución para sustentar la viabilidad económica de la Transición
Energética hacia las Fuentes de Energía Renovable es mediante el Comercio de
Emisiones; el cual consiste en aprovechar la venta de permisos de exceso de
emisiones, logrando que los países en desarrollo vendan a los desarrollados
créditos de emisión, en el marco del Protocolo de Kioto.
143
http://cdm.unfccc.int/Projects/projsearch.html
60
El anterior mecanismo se traduce en una vía económica para recuperar los gastos
en los que se incurren para generar las tecnologías relacionadas con las energías
renovables, al poder vender los bonos de emisiones.
La tercer respuesta o eje fundamental para lograr (económicamente hablando) la
Transición Energética hacia las Energías Renovables, es mediante el impulso de
la Iniciativa Privada en el Sector Eléctrico.
Para poder sustentar lo anterior, resulta necesario hacer una breve reseña sobre
la regulación del Sector Eléctrico en México.
Conforme a lo establecido en el artículo 27 Constitucional, corresponde
exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer
energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta
materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará
los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines144.
Por su lado, el artículo 28 establece que no constituirán monopolios las funciones
que el Estado ejerza de manera exclusiva en las áreas estratégicas que se
determinan en dicho artículo, entre las que se encuentra la electricidad145.
Ahora bien, La Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica146, publicada en 1975
fue reformada por última vez en 1993, definiendo al Servicio Público de Energía
Eléctrica, dejando fuera las modalidades de:
Autoabastecimiento. Es la generación de energía eléctrica para
fines de autoconsumo siempre y cuando dicha energía se destine
144
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Artículo 27. 145
Ídem, Artículo 28 146
Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, México.
61
a satisfacer las necesidades de personas físicas o morales y no
resulte inconveniente para el país.
Cogeneración. Es la producción:
o De energía eléctrica conjuntamente con vapor u otro tipo
de energía térmica secundaria, o ambas.
o Directa e indirecta de energía eléctrica a partir de energía
térmica no aprovechada en los procesos de que se trate.
o Directa o indirecta de energía eléctrica utilizando
combustibles producidos en los procesos de que se trate.
Para esta modalidad es necesario que la electricidad
generada se destine a la satisfacción de las necesidades
de establecimientos asociados a la cogeneración.
Producción independiente. Es la generación de energía eléctrica
proveniente de una planta con capacidad mayor de 30 mega
watts, destinada exclusivamente a su venta a la Comisión Federal
de Electricidad o a la exportación.
Pequeña producción. Es la generación de energía eléctrica
destinada a:
o La venta a la CFE de la totalidad de la electricidad
generada, en cuyo caso los proyectos no podrán tener una
capacidad total mayor de 30 mega watts en un área
determinada.
o El autoabastecimiento de pequeñas comunidades rurales o
áreas aisladas que carezcan del servicio de energía
62
eléctrica, en cuyo caso los proyectos no podrán exceder de
1 mega watt.
o La exportación, dentro del límite máximo de 30 MW.
Exportación. Es la generación de energía eléctrica para
destinarse a la exportación, a través de proyectos de
cogeneración, producción independiente y pequeña producción,
que cumplan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables
según los casos. Los permisionarios en esta modalidad no
pueden enajenar dentro del territorio nacional la energía eléctrica
generada, salvo que obtengan permiso de la Comisión
Reguladora de Energía para realizar dicha actividad en la
modalidad de que se trate.
Importación. Es la adquisición de energía eléctrica proveniente de
plantas generadoras establecidas en el extranjero mediante actos
jurídicos celebrados directamente entre el abastecedor de la
energía eléctrica y el consumidor de la misma.
En 2001, la Comisión Reguladora de Energía aprobó una regulación específica
para fuentes renovables de energía con la finalidad de fomentar el desarrollo de
proyectos de generación de energía eléctrica147.
Estos instrumentos consideran las características de este tipo de fuentes de
energía, como es la disponibilidad intermitente del energético primario, y se
incluyen conceptos únicamente aplicables a dichas fuentes, tales como:
Energía sobrante.- Cuando un permisionario entrega a sus
centros de consumo una cantidad de energía mayor a la
147
http://www.energia.gob.mx/webSener/res/PE_y_DT/pub/Prospectiva%20SE%202008-2017.pdf
63
correspondiente de su potencia comprometida de porteo o
cuando la demanda de los centros de consumo sea menor a la
potencia entregada en el punto de interconexión.
Energía faltante.- Cuando una fuente de energía no satisface la
potencia de compromiso de porteo con sus centros de consumo.
Para el caso de fuentes de energía renovable, es posible realizar compensaciones
de energía faltante con energía sobrante, es decir, si existe energía sobrante neta
en un mes, ésta puede utilizarse para compensar faltantes de meses posteriores,
haciendo un corte anual. De esta forma y dada la intermitencia de estas fuentes, el
contrato considera la flexibilidad de estos intercambios.
Cabe destacar que el 28 de noviembre de 2008 entró en vigor la Ley para el
Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición
Energética, la cual tiene por objeto regular y fomentar el uso de éstas, con el fin de
diversificar las fuentes primarias de energía, y así coadyuvar en el fortalecimiento
de la seguridad energética nacional148.
Dicha ley comprende dentro de las energías renovables a las que se generan a
través del viento; la radiación solar; el movimiento del agua en cauces naturales o
artificiales; la energía oceánica en todas sus formas; el calor de los yacimientos
geotérmicos; y los Bioenergéticos.
Para lograr sus objetivos, la ley citada prevé la Estrategia Nacional para la
Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, como un
mecanismo encaminado a promover la utilización, el desarrollo y la inversión de
las energías renovables y la eficiencia energética. Dicha estrategia incluye un
148
Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, México.
64
fondo de recursos, el cual permitirá financiar la transición energética e incentivar el
aprovechamiento de las energías renovables.
Debo precisar que la participación de los particulares en la generación eléctrica
bajo estas modalidades se ha incrementado en los últimos años, especialmente el
esquema de producción independiente de energía, el cual para enero de 2009
representó 23% de la capacidad efectiva instalada en nuestro país149.
Es por lo anterior que resulta imprescindible impulsar la Iniciativa Privada en el
Sector Eléctrico, en lo que se refiere a la utilización de energías renovables para
generar energía. Con ello se lograría que (con capital privado) se consigan nuevas
y mejores tecnologías, generando así una verdadera industria competitiva de
energías renovables, separadas del Sector Público.
Lo anterior se puede llevar a cabo en virtud de que la explotación y la utilización
de la mayoría de las fuentes renovables de energía no se encuentran limitadas a
determinadas personas, como pasaría en materia de hidrocarburos, minerales o
energía nuclear.
Habiendo precisado lo anterior, haré un estudio sobre las principales fuentes de
energía renovables:
3.1. Cinética y potencial.
El estudio de las fuentes que se describen en el presente numeral
corresponde a las leyes de la Física y se estudian, de manera breve, por la
relación que guardan con otras fuentes de energía, por ejemplo la eólica y la
hidráulica.
149
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/queescfe/Estadísticas/
65
La Física puede entenderse como la ciencia que investiga los
conceptos fundamentales de materia, energía y espacio y las relaciones entre
ellos150.
Ahora bien, por energía se entiende, en Física, el poder para
efectuar un trabajo mecánico151, ya que la energía es creada por la relación que
existe entre los cuerpos y el espacio, al ejercer fuerza, movimiento y presión sobre
un cuerpo, causando manifestaciones de carácter energético.
La energía cinética ha sido definida como la capacidad de realizar un
trabajo como consecuencia del movimiento de un cuerpo152.
De la misma manera, la energía cinética ha sido definida como una
“fuerza viva”, pues constituye la posibilidad de que la materia desarrolle cierto tipo
de trabajo por el simple hecho de estar en movimiento153.
Para que un cuerpo adquiera energía cinética o de movimiento es
necesario aplicarle una fuerza. Cuanto mayor sea el tiempo que esté actuando
dicha fuerza mayor será la velocidad del cuerpo, y por lo tanto su energía cinética
será también mayor154.
Lo anterior es así, ya que éste tipo de energía depende de la masa y
de la velocidad del objeto.
150
TIPPENS, Paul E., Física, Conceptos y Aplicaciones, 3ª ed., 2ª en español, México, McGraw-Hill/Interamericana de México, 1989, p. 3. 151
ENCICLOPEDIA BARSA, México, Encyclopaedia Britannica de México, 1985, Tomo VI, p. 183. 152
TIPPENS, Paul E., op. cit., p.152. 153
ENCICLOPEDIA BARSA, op. cit. 154
TIPPENS, Paul E., op. cit., p.152.
66
Por su parte, la energía potencial es aquella que pose un sistema en
virtud de su posición espacial, y se manifiesta como la capacidad que tiene un
cuerpo para realizar un trabajo en virtud de su ubicación155.
La energía potencial se genera cuando se levanta un objeto desde
una superficie aplicándole una fuerza vertical. Al actuar esa fuerza a lo largo de
una distancia, se transfiere energía al objeto156.
La energía potencial proviene del sistema Tierra-cuerpo, ya que ésta
solamente tiene significado físico cuando se establece un nivel de referencia157.
Ahora bien, la energía potencial no tiene en sí misma una aplicación
práctica, sino que la tendrá en tanto se transforme o convierta en energía cinética
o de movimiento.
Lo anterior es así, ya que existe una relación directamente
proporcional entre la energía cinética y la potencial: entre más energía potencial
tenga un objeto menos energía cinética tendrá y viceversa158.
Cabe señalar que las principales aplicaciones de este tipo de
energías son:
En balística: el trabajo realizado para detener una bala es
igual a la energía cinética inicial de la bala159.
155
Ibídem, p. 154. 156
Ídem, p. 152. 157
Ídem, p. 155. 158
DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO U.T.H.E.A., 1ª reimp., México, Unión Tipográfica Editorial Hispano-Americana, 1969, Tomo IV, p. 588. 159
TIPPENS, Paul E., op. cit., Fig. 8-5, p. 154.
67
En los denominados “crash test” se estudia la fuerza cinética
que un automóvil pierde en caso de colisión. Sirve para
estudiar las reacciones derivadas de un choque160.
3.2. Solar.
Como ya se mencionó, la energía que procede del Sol es fuente
directa o indirecta de casi toda la energía utilizada en la actualidad.
La energía solar es aquella que proviene del Sol, la cual es reflejada
a la Tierra en forma de luz. La radiación solar que se recibe en la superficie
terrestre puede convertirse en calor, electricidad o energía mecánica, mediante
muy diversas tecnologías.
Debe quedar claro que la energía solar no constituye ninguna
panacea universal de la cual los hombres lleguen a satisfacer todas sus
necesidades energéticas, ya que la energía solar contribuye modestamente a
satisfacer dichas necesidades, al ser otra posibilidad energética, pero de ninguna
manera se debe defender como la única fuente de energía. Un planteamiento
realista sería considerarla seriamente como una opción energética con sus
deficiencias tecnológicas, sus desventajas económicas actuales y sus ventajas a
largo plazo161.
Origen:
El Sol es una estrella común que tiene un diámetro de un millón,
trescientos noventa y un mil kilómetros, y su masa es trescientas treinta y tres
veces más grande que la tierra, su núcleo tiene una temperatura de quince
160
www.euroncap.com 161
TONDA, Juan, op. cit., p. 33
68
millones de grados centígrados y disminuye hasta llegar a la superficie solar en
donde la temperatura promedio es de cinco mil setecientos grados centígrados 162.
En el interior del Sol, como en el interior de todas las estrellas, se
llevan a cabo reacciones de fusión nuclear. En este tipo de reacciones se unen los
átomos ligeros, como el hidrógeno y el helio, para formar átomos más pesados,
liberando grandes cantidades de energía.
La luz irradiada desde el Sol hacia el espacio alcanza a la Tierra en
tres formas163:
Radiación ultravioleta: es aquella radiación invisible de alta
energía.
Radiación visible de energía intermedia.
Radiación infrarroja: la cual es invisible y de poca energía.
162
Ibídem, p. 34. 163
ODUM, Howard T., op. cit., p. 117.
69
La radiación solar llega a las zonas geográficas de la Tierra con
diferente intensidad, según se muestra en el siguiente mapa:
Medios de aprovechamiento y aplicaciones:
El aprovechamiento de la energía solar se lleva a cabo mediante tres
formas:
Colector Solar Plano: es el dispositivo fototérmico más empleado
en el mundo. Se utiliza para calentar fluidos a temperaturas
menores a cien grados centígrados, y consiste en una superficie
plana metálica que absorbe el calor solar. Usualmente se fabrica
con cobre y la superficie que se expone al Sol es oscurecida con
pintura negra con el fin de aumentar la absorción de la radiación
térmica solar. En su interior hay diversas conexiones de tubos
soldados al absorbedor, los cuales se conectan a dos tubos
70
distribuidores, uno para el agua fría de entrada y otro para el agua
caliente de salida164.
Sistemas Fototérmicos de Concentración: estos sistemas utilizan
la radiación solar reflejada y la concentran en un determinado
punto, el aumento de energía solar en el área focal se obtiene
mediante diversos mecanismos logrando que la temperatura
aumente desde cientos hasta miles de grados centígrados. La
aplicación más extensa de estos sistemas se da en la producción
de electricidad mediante plantas solares termoeléctricas donde la
radiación absorbida calienta un fluido térmico (aceite o sal
fundida). Este calor puede ser utilizado para impulsar turbinas de
vapor, que a su vez impulsan los generadores que producen
electricidad. A la fecha se han desarrollado tres tecnologías
diferentes de generación solar fototérmica: las plantas de
concentración mediante canal parabólico165, la tecnología solar de
torre central166 y la tecnología de plato parabólico167.
Sistemas Fotovoltaicos: transforman la luz y el calor en
electricidad. Al dispositivo unitario donde se lleva a cabo el efecto
fotovoltaico168 se le llama celda solar o celda fotovoltaica, las
cuales son construidas a partir de silicio. Cabe destacar que las
164
SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit., p. 34. 165
Son superficies reflectoras en forma de parábola que enfocan la radiación en una línea donde se encuentra un tubo absorbedor que lleva en su interior un aceite térmico que puede llegar a calentarse desde 350 hasta 400 grados centígrados, luego se produce vapor a alta presión el cual alimenta a una turbina de vapor que genera electricidad. SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit., p. 35. 166
Es una torre compuesta por espejos movibles que siguen el movimiento del Sol y enfocan su radiación en un receptor instalado en lo alto de la torre, donde el fluido de transporte de calor (agua, sal o aire) es calentado entre 500 y 1,000 grados centígrados. Ídem. 167
Este mecanismo utiliza espejos parabólicos que tienen un mecanismo de seguimiento solar que concentran la radiación solar en el foco donde se encuentra un absorbedor compuesto con un fluido térmico, el cual puede calentarse a temperaturas de 600 a 1,200 grados centígrados. Ídem. 168
Efecto por el cual al hacer incidir luz se producen paredes de electrón-hueco-electrón en la unión de dos materiales semiconductores, produciéndose una corriente eléctrica. TONDA, Juan op. cit., Glosario.
71
células fotovoltaicas no resultan del todo eficaces, ya que la
eficiencia media de generación de energía con relación a la luz
recibida es de entre un diez y un quince por ciento, aunque
algunos prototipos experimentales logran hasta un treinta por
ciento169.
Capacidad, Generación y Proyectos:
Del año 1993 al año 2003, la capacidad instalada de sistemas
fotovoltaicos se incrementó de siete a quince mega watts, generando más de ocho
mil mega watts hora por año para la electrificación rural, el bombeo de agua y la
refrigeración170.
Por otro lado, en el año 2003 se tenían instalados más de quinientos
setenta mil metros cuadrados de calentadores solares planos, con una radiación
promedio de dieciocho mil ochocientos cuarenta y un kilo joules por metro
cuadrado y día, generando más de doscientos setenta giga joules que se utilizan
para calentar agua171.
México cuenta con una insolación media de cinco kilo watts hora por
metro cuadrado172. Cabe destacar que el potencial solar de México se encuentra
entre los más altos del mundo.
Se espera tener instalados veinticinco mega watts con tecnología
fotovoltaica para 2013, que generen catorce giga watts hora por año. Además se
espera contar para 2009 con un campo solar de veinticinco mega watts en Agua
Prieta, Sonora173.
169
ECHARRI PRIM, Luis, op. cit. tema 7, solar, p.2. 170
www.anes.org 171
www.anes.org 172
www.energia.gob.mx 173
SECRETARÍA DE ENERGÍA, Prospectivas del Sector Eléctrico 2005-2014, México, 2005.
72
En la actualidad, los sistemas fotovoltaicos son viables para sitios
alejados de la red eléctrica. Se utilizan para la telefonía rural y el bombeo de agua,
entre otros usos. Los costos de generación e inversión para los sistemas
fotovoltaicos se encuentran en el rango de tres mil quinientos a siete mil dólares
por kilo watt instalado y de veinticinco a cincuenta centavos de dólar por kilo watt
hora generado174.
Finalmente, por lo que respecta a los sistemas fototérmicos, los
costos se estiman en un rango de dos mil a cuatro mil dólares por kilo watt y de
diez a veinticinco centavos de dólar por kilo watt hora. El costo de inversión para
los colectores solares planos es de doscientos cuarenta y dos dólares por metro
cuadrado instalado175.
Marco Jurídico:
La energía solar no tiene una regulación específica, al igual que la
mayoría de las energías renovables.
Su utilización y explotación no se encuentran limitadas al Estado o a
determinadas personas; los únicos límites son los propios del Sector Público de
Energía, los cuales fueron abordados al principio del numeral 3. del presente
capítulo.
3.3. Eólica.
El calentamiento no uniforme de la atmósfera y de la superficie
terrestre, debido a la radiación solar provoca una distribución desigual de presión
atmosférica que genera a su vez el movimiento de masas de aire, al cual
llamamos viento.
174
www.energía.gob.mx 175
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MÉXICO, Una Visión al 2030 de la Utilización de las Energías Renovables en México, México, 2005.
73
El viento tiene dos patrones principales: el estacional y el diario. El
patrón estacional describe la intensidad del viento a lo largo del año, mostrando
los meses de menor, media o máxima intensidad. Los patrones diarios de viento,
típicos de cada estación, muestran los posibles periodos horarios de déficit o
exceso de generación de acuerdo al patrón de demanda eléctrica estacional o
diaria, respectivamente176.
Para poder aprovechar la energía del viento es necesario que su
intensidad tenga pocas variaciones y que sea la adecuada para el generador que
se utilice, ya que se considera que sólo los vientos con velocidades entre
dieciocho y cuarenta y cinco kilómetros por hora son aprovechables.
Antecedentes Históricos:
El viento ha sido utilizado a lo largo de la historia de la humanidad
para mover barcos y molinos, y en la actualidad se utiliza para la obtención de
energía eléctrica.
Al margen de los molinos que solamente aprovechaban la energía
eólica con fines mecánicos y que conocieron su auge a finales del siglo XIX se
encuentran los aerogeneradores utilizados para la producción de electricidad, los
cuales fueron desarrollados desde 1978, con la instalación de un prototipo en
Cádiz177.
La energía eólica se aprovecha mediante la transformación de la
energía cinética o de movimiento en energía eléctrica. Dicha transformación se
realiza a través de diversos aerogeneradores que utilizan una hélice para
176
SECRETARÍA DE ENERGÍA, Energías Renovables para el Desarrollo Sustentable de México, op. cit., p. 41. 177
http://www.aeeolica.org/html/la_energia_eolica_en_espana.html
74
transmitir el movimiento del viento a las palas de los molinos y estas a su vez
transmiten la energía al rotor de un alternador que genera electricidad178.
Potencial mundial:
Con veinticinco por ciento de crecimiento anual, es la industria
energética que más rápido se desarrolla en el mundo. La capacidad de producción
de los molinos, en el mundo, es de alrededor de setenta y cinco mil mega watts,
cifra que se elevará a ciento sesenta mil mega watts en solamente tres años179.
La producción eólica es aún una gota de agua entre los tres millones
y medio de mega watts de energía producidos en el mundo, pero la progresión es
constante, gracias al alza permanente del precio del petróleo y al calentamiento
global.
El siguiente cuadro contiene a los cinco países con mayores plantas
de energía eólica instalada180.
Países Energía total
instalada
Alemania 16,629 mega watts
España 8,263 mega watts
Estados Unidos de
América
6,740 mega watts
Dinamarca 3,117 mega watts
India 3,000 mega watts
178
http://www.aeeolica.org/html/la_energia_eolica_en_espana.html 179
http://www.jornada.unam.mx/2007/10/04/index.php?section=ciencias&article=a02n1cie 180
www.awea.org
75
El siguiente mapa muestra el potencial mundial de energía eólica181.
La energía eólica en España:
Si bien es cierto que España no ocupa el primer lugar a nivel mundial
entre los países que generan electricidad mediante la utilización del viento, me
parece conveniente hacer una breve reseña sobre las principales acciones que
este país ha llevado a cabo para promover la utilización de la energía eólica con
fines eléctricos y la derrama económica que esto le ha generado, ya que dicho
Estado presenta una mayor similitud cultural con México que Alemania, país que
ocupa el primer lugar en utilización de energía eólica a nivel mundial.
La posibilidad de aprovechar la energía del viento en España con
fines energéticos se remonta a mediados de los años cincuenta del siglo pasado.
En el año de 1979, el Ministerio de Industria y Energía, a través del
Centro de Estudios de la Energía, puso en marcha un programa de investigación y
181
www.awea.org
76
desarrollo para el aprovechamiento de la energía eólica y su conversión en
electricidad. El primer paso consistió en el diseño y la fabricación de una máquina
experimental de cien kilo watts, que funcionaba a una velocidad media de doce
metros por segundo182.
Desde mediados de los ochenta, la tecnología eólica ha
experimentado un enorme progreso en España. Entre las mejoras para captar la
energía del viento se encuentran la utilización de torres más altas, rotores más
potentes, palas más resistentes y de mayor envergadura, desarrollo de tecnología
electrónica y mejor uso de materiales compuestos. La mejora más impresionante
ha sido el aumento en tamaño y rendimiento de los aerogeneradores.
En el futuro se fabricarán turbinas destinadas a parques eólicos
marinos, los cuales constituyen un mercado emergente de gran interés, debido a
que además de causar un menor impacto, ofrecen la ventaja de trabajar con
vientos más fuertes y predecibles que en tierra firme, aunque el costo de
construcción sea mayor.
Este extraordinario desarrollo de la energía eólica en el país Ibérico
se explica por tres razones183:
La disponibilidad de amplias zonas con potencial eólico estimable.
La legislación a nivel nacional con políticas de apoyo dedicado al
recurso eólico, como lo es la Ley 54/1997 que prevé el Régimen
Especial de la Producción Eléctrica, el cual tiene como principales
ventajas: (i) la garantía de venta de la energía producida, al estar
obligadas las compañías distribuidoras de una determinada zona
a adquirir la electricidad producida por estas instalaciones; y (ii) la
182
ESPEJO MARÍN, Cayetano, La Energía Eólica en España, España, Instituto de Geografía de la Universidad de Alicante, 2004, p. 53. 183
Ídem, p.51.
77
percepción de una remuneración adecuada por la energía
producida184.
Las políticas regionales de desarrollo impulsadas por las
Comunidades Autónomas, tales como subsidios y promoción.
El desarrollo inicial de la industria eólica se debe a las pequeñas
empresas que hacían sus propios diseños de aerogeneradores, situación que
generó lazos entre diseñadores, fabricantes y empresarios, lo que ha provocado
que en España se configure una industria de aerogeneradores cada vez más
potente y que es altamente competitiva en el mercado internacional.
En el año 2000, la industria de la energía eólica en España contaba
con diecisiete mil empleados, de los cuales cinco mil son directos y doce mil
indirectos, y está prevista la creación de más de treinta y cinco mil puestos de
trabajo para el año 2010185.
Capacidad, Generación y Proyectos:
Para el año 2004 se tenían instalados diversos aerogeneradores en
las zonas sureste y noreste de México, con los que se generaron seis giga watts
hora de electricidad.
Los estudios del National Renewable Energy Laboratory186 arrojan
resultados sorprendentes sobre el potencial eólico del Istmo de Tehuantepec y de
las penínsulas de Yucatán y Baja California, al cuantificarlo por encima de los
cuarenta mil mega watts187.
184
Ley 54/1997, España, Artículo 27. 185
http://www.aeeolica.org/html/la_energia_eolica_en_espana.html 186
NATIONAL RENEWABLE ENERGY LABORATORY, Wind Energy Resource Atlas of Oaxaca, Estados Unidos de América, 2003. 187
SECRETARÍA DE ENERGÍA, Energías Renovables para el Desarrollo Sustentable de México, op.cit., p. 23
78
Las condiciones eólicas en el Istmo de Tehuantepec son de las
mejores a nivel mundial, ya que en Oaxaca hay zonas con velocidades del viento
superiores a ocho y medio metros por segundo, con un potencial de seis mil
doscientos cincuenta mega watts, y otras con velocidades entre siete punto siete y
ocho punto cinco metros por segundo, con un potencial de ocho mil ochocientos
mega watts188.
En cambio, en Baja California, las mejores zonas están en las sierras
de La Rumorosa y San Pedro Mártir, con un potencial de doscientos setenta y
cuatro mega watts189.
Por su parte, Yucatán cuenta con un potencial de trescientos
cincuenta y dos mega watts y, finalmente, la Riviera Maya con uno de ciento
cincuenta y siete mega watts190.
Cabe destacar que los anteriores sitios tienen suficiente potencial
para sustituir a las plantas que operan con combustóleo, diesel y generadoras de
turbogas191.
De acuerdo con la Comisión Federal de Electricidad, los montos de
la inversión para estos sistemas son de mil cuatrocientos dólares por kilo watt, con
un costo de generación de cuatro y medio centavos de dólar por kilo watt hora192,
y se estima que para el 2020 sea menor a los tres centavos de dólar por kilo watt
hora193.
188
Íbídem. 189
Ídem. 190
Ídem. 191
Ídem. 192
SECRETARÍA DE ENERGÍA, Balance Nacional de Energía 2003, México, 2004. 193
www.nrel.gov/analysis/docs/cost_curves_2020.ppt.
79
En México existen dos centrales eólicas194:
La Venta, localizado en el sitio del mismo nombre, a unos treinta
kilómetros al noreste de la ciudad de Juchitán, Oaxaca. Fue la
primera planta eólica integrada a la red en México y en América
Latina, con una capacidad instalada de ochenta y cuatro mil
ochocientos setenta y cinco mega watts, y consta de ciento cinco
aerogeneradores195.
Guerrero Negro, ubicada en Baja California Sur, dentro de la
Zona de Reserva de la Biosfera de El Vizcaíno, tiene una
capacidad de punto seis mega watts, y consta de un solo
aerogenerador196.
Marco Jurídico:
La energía eólica no tiene una regulación específica, al igual que la
mayoría de las energías renovables.
Su utilización y explotación no se encuentran limitadas al Estado o a
determinadas personas; los únicos límites son los propios del Sector Público de
Energía, los cuales fueron abordados al principio del numeral 3. del presente
capítulo.
194
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/queescfe/Listadodecentralesgeneradoras/Eoloel%c3%a9ctricas.htm?Combo=Eoloel%c3%a9ctricas 195
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/generacionelectricidad/eoloelectrica/ 196
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/generacionelectricidad/eoloelectrica/
80
3.4. Hidráulica.
Se denomina energía hidráulica o energía hídrica a la obtenida
mediante el aprovechamiento de las energías cinética y potencial de las corrientes
de los ríos, saltos de agua o mareas.
La energía hidráulica tiene la cualidad de ser renovable, pues no se
agota al explotarla, y es limpia ya que al ser explotada, no produce sustancias
contaminantes de ningún tipo. Sin embargo, el impacto medioambiental de las
grandes presas, por la severa alteración del paisaje y del medioambiente ha
desmerecido la bondad ecológica de este concepto en los últimos años.
Origen:
La energía hidráulica tiene su origen en el ciclo hidrológico, ya que la
energía que llega del Sol da lugar a la evaporación del agua contenida sobre la
superficie terrestre, principalmente en los océanos. Este vapor se acumula en
nubes que viajan largas distancias y se deposita en forma de lluvia sobre las
montañas, muchas de ellas alejadas del mar197.
El agua acumulada en los caudales busca de nuevo el mar,
formando ríos. Este caudal se puede manifestar en grandes caídas o corrientes
debido a la gravedad198.
Para aprovechar este tipo de energía es necesario depositar el agua
en los embalses199 y desplazarla hacia niveles inferiores, empujando los
197
www.conae.gob.mx/work/sites/CONAE/resources/LocalContent/4830/3/semblanza.pdf 198
www.conae.gob.mx/work/sites/CONAE/resources/LocalContent/4830/3/semblanza.pdf 199
En embalse resulta de almacenar el agua que fluye por una cuenca vertiente o río. Las dimensiones del embalse dependen de los caudales aportados por el río. http://www.tecnun.es/asignaturas/ecologia/trabajos/ehidraul/p4.htm
81
dispositivos giratorios que posteriormente convierten la energía mecánica en
eléctrica200.
Antecedentes históricos:
La energía proveniente del agua es la más antigua y desarrollada de
todas las tecnologías de energía renovable, ya que hace tres mil años las ruedas
de agua proporcionaron a la gente la primera alternativa real a la fuerza bruta.
La utilización de la energía hidráulica se remonta a la época de los
griegos, ya que emplearon la noria, o rueda hidráulica, para bombear agua desde
el siglo III A.C. Cabe destacar que tanto la descripción detallada de la rueda
hidráulica como sus aplicaciones se deben al ingeniero y arquitecto romano Marco
Vitrubio Polión201.
Tanto la rueda hidráulica vertical como la horizontal fueron utilizadas
en la Edad Media y en el Renacimiento, no sólo en la agricultura, sino en las
minas y en las industrias202.
La primera turbina hidráulica fue construida entre los años de 1835 y
1837, pero no fue sino hasta el año de 1881 que se construyó, en Inglaterra, la
primera planta hidroeléctrica203.
La producción de energía eléctrica a gran escala empezó en el año
de 1895, cuando se construyó una presa de tres punto setenta y cinco mega watts
en las cataratas del Niágara204.
200
www.conae.gob.mx/work/sites/CONAE/resources/LocalContent/4830/3/semblanza.pdf 201
TONDA, Juan, op. cit., p. 103. 202
Ídem. 203
Ídem. 204
Ídem.
82
Tecnologías hidráulicas:
Existen diversas formas de obtener energía a partir del agua, razón
por la cual las analizaré atendiendo a la tecnología que se utilice para obtenerla:
Plantas hidroeléctricas: Es la tecnología de mayor uso. Como ya
se mencionó, la energía hidráulica se obtiene aprovechando la
caída del agua desde cierta altura. La energía potencial, durante
la caída, se convierte en energía cinética. El agua pasa por unas
turbinas a gran velocidad, provocando un movimiento de rotación
que se transforma en energía eléctrica por medio de los
generadores. Existen los siguientes tipos de plantas o centrales
hidroeléctricas205:
o Centrales de agua fluente: Se construyen en lugares en los
que la energía hidráulica debe ser utilizada al instante en
que se dispone de ella. Su aprovechamiento se realiza
mediante la construcción de pequeñas presas sobre el
cauce de los ríos, las cuales mantienen un desnivel
constante en la corriente del agua, al dejar pasar el
excedente de agua por el tope de la presa206.
o Centrales de agua embalsada: Se alimentan del agua de
grandes lagos artificiales (embalses), conseguidos
mediante la construcción de presas en el cauce de los ríos.
El embalse es capaz de almacenar los caudales de los
ríos, llegando a elevados porcentajes de captación de
agua. Esta es la tecnología más explotada a nivel mundial
en el uso de energía hidráulica207.
205
http://www.tecnun.es/asignaturas/ecologia/trabajos/ehidraul/p2.htm 206
http://www.tecnun.es/asignaturas/ecologia/trabajos/ehidraul/p5.htm 207
http://www.tecnun.es/asignaturas/ecologia/trabajos/ehidraul/p5.htm
83
Energía de las corrientes marinas: es aprovechada mediante
turbinas instaladas mar adentro, las cuales generan electricidad al
ser accionadas por las corrientes marinas..
Energía de las olas: nace a partir del viento que sopla en la
superficie del océano, y es muy difícil de aprovechar, ya que las
olas no siempre se mueven en una dirección uniforme. Existen
dispositivos que aprovechan la energía de las olas para comprimir
el aire que se encuentra en una cámara y que al ser movido por la
fuerza de las olas mueve una turbina que se encuentra en la parte
superior del dispositivo208.
Energía de las mareas: El movimiento de las mareas resulta de la
atracción gravitatoria de la luna sobre las aguas de los
océanos209. Éste tipo de energía es aprovechada mediante
turbinas contenidas en presas que se “llenan” con el agua que se
atrapa al subir la marea y que son accionadas al bajar la
marea210.
Energía maremotérmica: El mar es un gigantesco colector de
energía solar, en el Trópico, por ejemplo, el Sol calienta la
superficie del mar a más de veinticinco grados centígrados,
mientras que las aguas profundas permanecen a cinco grados
centígrados. Un dispositivo llamado convertidor de la energía
térmica de los océanos, OTEC por sus siglas en inglés,
aprovecha esta diferencia de temperatura para generar
electricidad, al poner en contacto el agua marina caliente con la
208
WALISIEWICZ, Marek, Energía alternativa, ed. Planeta, México, 2004, p. 38 209
Ídem, p. 39. 210
Ídem, p. 41.
84
fría, generando un vapor que mueve una turbina. Cabe destacar
que cuando el vapor se condensa es convertido en agua dulce211.
Potencial mundial:
El potencial hidráulico mundial estimado es de treinta mil tera watts,
lo que equivale a siete veces la producción de la Comisión Federal de Electricidad
en el año 1995. América Latina participa con el diecisiete por ciento y México, en
lo particular, el uno punto uno por ciento del potencial mundial212.
Destaco que la forma más utilizada a nivel mundial para producir
energía eléctrica a partir de la energía hidráulica es mediante las centrales
hidroeléctricas213.
El siguiente cuadro muestra la producción del año 1995 y la
estimada para el año 2010 de la energía hidráulica en el mundo, la cual tiende a
aumentar en todas las regiones, en particular en África, Asia y América Latina,
donde el potencial de desarrollo es mayor214:
Ubicación Área de mercado
Situación en 1995
(TWh/año)
Situación estimada en
2010 (TWh/año)
Mundo Grandes centrales
Pequeñas centrales Total
2.265 115
2.380
3.990 220
4.210
UE Grandes centrales
Pequeñas centrales Total
401,5 40
441,5
443 50
493
NAFTA Grandes centrales
Pequeñas centrales Total
635 18
653
685 25
710
211
Ídem, p. 42. 212
SENADO DE LA REPÚBLICA, op.cit., p. 46 213
Idem. 214
http://www.unesco.org/water/wwap/facts_figures/agua_energia.shtml
85
África Grandes centrales
Pequeñas centrales Total
65,4 1,6 67
147 3
150
Oriente Medio
Grandes centrales Pequeñas centrales
Total
24,8 0,2 25
49 1
50
Asia Grandes centrales
Pequeñas centrales Total
291 42
333
1.000 100
1.100
Capacidad, Generación y Proyectos:
Actualmente están operando en las siguientes centrales
hidroeléctricas en México215:
Nombre de la central
Número de unidades
Fecha de entrada en operación
Capacidad efectiva
instalada (MW)
Ubicación
Aguamilpa Solidaridad
3 15-Sep-1994 960 Tepic, Nayarit
Ambrosio Figueroa (La Venta)
5 31-May-1965 30 La Venta, Guerrero
Ángel Albino Corzo (Peñitas)
4 15-Sep-1987 420 Ostuacán, Chiapas
Bacurato 2 16-Jul-1987 92 Sinaloa de Leyva, Sinaloa
Bartolinas 2 20-Nov-1940 1 Tacámbaro, Michoacán
Belisario Domínguez (Angostura)
5 14-Jul-1976 900 Venustiano Carranza, Chiapas
Bombaná 4 20-Mar-1961 5 Soyaló, Chiapas
Boquilla 4 01-Ene-1915 25 San Francisco Conchos, Chihuahua
215
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/queescfe/Listadodecentralesgeneradoras/Hidroel%c3%a9ctricas.htm?Combo=Hidroel%c3%a9ctricas
86
Botello 2 01-Ene-1910 13 Panindícuaro, Michoacán
Camilo Arriaga (El Salto)
2 26-Jul-1966 18 El Naranjo, San Luis Potosí
Carlos Ramírez Ulloa (El Caracol)
3 16-Dic-1986 600 Apaxtla, Guerrero
Chilapan 4 01-Sep-1960 26 Catemaco, Veracruz
Cóbano 2 25-Abr-1955 52 Gabriel Zamora, Michoacán
Colimilla 4 01-Ene-1950 51 Tonalá, Jalisco
Colina 1 01-Sep-1996 3 San Francisco Conchos, Chihuahua
Colotlipa 4 01-Ene-1910 8 Quechultenango, Guerrero
Cupatitzio 2 14-Ago-1962 72 Uruapan, Michoacán
Electroquímica 1 01-Oct-1952 1 Cd. Valles, San Luis Potosí
Encanto 2 19-Oct-1951 10 Tlapacoyan, Veracruz
Falcón 3 15-Nov-1954 32 Nueva Cd. Guerrero, Tamaulipas
Fernando Hiriart Balderrama (Zimapán)
2 27-Sep-1996 292 Zimapán, Hidalgo
Humaya 2 27-Nov-1976 90 Badiraguato, Sinaloa
Infiernillo 6 28-Ene-1965 1,000 La Unión, Guerrero
Itzícuaro 2 01-Ene-1929 1 Peribán los Reyes, Michoacán
Ixtaczoquitlán 1 10-Sep-2005 2 Ixtaczoquitlán, Veracruz
José Cecilio del Valle
3 26-Abr-1967 21 Tapachula, Chiapas
Jumatán 4 17-Jul-1941 2 Tepic, Nayarit
La Amistad 2 01-May-1987 66 Acuña, Coahuila
Leonardo Rodríguez Alcaine (El
2 01-Mar-2007 750 Santa María del Oro, Nayarit
87
Cajón)
Luis Donaldo Colosio (Huites)
2 15-Sep-1996 422 Choix, Sinaloa
Luis M. Rojas (Intermedia)
1 01-Ene-1963 5 Tonalá, Jalisco
Malpaso 6 29-Ene-1969 1,080 Tecpatán, Chiapas
Manuel M. Diéguez (Santa Rosa)
2 02-Sep-1964 61 Amatitlán, Jalisco
Manuel Moreno Torres (Chicoasén)
8 29-May-1981 2,400 Chicoasén, Chiapas
Mazatepec 4 06-Jul-1962 220 Tlatlauquitepec, Puebla
Micos 2 01-May-1945 1 Cd. Valles, San Luis Potosí
Minas 3 10-Mar-1951 15 Las Minas, Veracruz
Mocúzari 1 03-Mar-1959 10 Álamos, Sonora
Oviáchic 2 28-Ago-1957 19 Cajeme, Sonora
Platanal 2 21-Oct-1954 9 Jacona, Michoacán
Plutarco Elías Calles (El Novillo)
3 12-Nov-1964 135 Soyopa, Sonora
Portezuelos I 4 01-Ene-1901 2 Atlixco, Puebla
Portezuelos II 2 01-Ene-1908 1 Atlixco, Puebla
Puente Grande
2 01-Ene-1912 12 Tonalá, Jalisco
Raúl J. Marsal (Comedero)
2 13-Ago-1991 100 Cosalá, Sinaloa
Salvador Alvarado (Sanalona)
2 08-May-1963 14 Culiacán, Sinaloa
San Pedro Porúas
2 01-Oct-1958 3 Villa Madero, Michoacán
Schpoiná 3 07-May-1953 2 Venustiano Carranza, Chiapas
Tamazulapan 2 12-Dic-1962 2 Tamazulapan, Oaxaca
Temascal 6 18-Jun-1959 354 San Miguel Soyaltepec, Oaxaca
88
Texolo 2 01-Nov-1951 2 Teocelo, Veracruz
Tirio 3 01-Ene-1905 1 Morelia, Michoacán
Tuxpango 4 01-Ene-1914 36 Ixtaczoquitlán, Veracruz
Valentín Gómez Farías (Agua Prieta)
2 15-Sep-1993 240 Zapopan, Jalisco
Villita 4 01-Sep-1973 300 Lázaro Cárdenas, Michoacán
Zumpimito 4 01-Oct-1944 6 Uruapan, Michoacán
27 de Septiembre (El Fuerte)
3 27-Ago-1960 59 El Fuerte, Sinaloa
El último proyecto hidroeléctrico adjudicado mediante licitación
pública es la denominada “La Yesca”216.
Preciso que la capacidad efectiva instalada total de las centrales
Hidroeléctricas es de 11,054 mega watts, aportando el 22% de la energía
generada217.
Por otro lado, los costos de instalación de energía hidráulica son de
mil seiscientos dólares por kilo watt instalado, con un costo de generación de once
centavos de dólar por kilo watt generado218.
216
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/generacionelectricidad/lisctralesgeneradoras/ 217
http://www.cfe.gob.mx/es/LaEmpresa/queescfe/Estadísticas/ 218
SECRETARÍA DE ENERGÍA, Balance Nacional de Energía 2003, op. cit.
89
Marco Jurídico:
El artículo 27 Constitucional establece que “son propiedad de la
Nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije (el,
sic DOF 20-01-1960) Derecho Internacional; las aguas marinas interiores; las de
las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el
mar; las de los lagos interiores de formación natural que estén ligados
directamente a corrientes constantes; las de los ríos y sus afluentes directos o
indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras aguas
permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar,
lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o
interminentes (intermitentes, sic DOF 20-01-1960) y sus afluentes directos o
indirectos, cuando el cauce de aquéllas en toda su extensión o en parte de ellas,
sirva de límite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase
de una entidad federativa a otra o cruce la línea divisoria de la República; la de los
lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, estén cruzadas por líneas
divisorias de dos o más entidades o entre la República y un país vecino, o cuando
el límite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la
República con un país vecino; las de los manantiales que broten en las playas,
zonas marítimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de
propiedad nacional, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o
riberas de los lagos y corrientes interiores en la extensión que fija la ley. Las aguas
del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificiales y
apropiarse por el dueño del terreno, pero cuando lo exija el interés público o se
afecten otros aprovechamientos; el Ejecutivo Federal podrá reglamentar su
extracción y utilización y aún establecer zonas vedadas, al igual que para las
demás aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la
enumeración anterior, se considerarán como parte integrante de la propiedad de
los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depósitos, pero si
se localizaren en dos o más predios, el aprovechamiento de estas aguas se
90
considerará de utilidad pública, y quedará sujeto a las disposiciones que dicten los
Estados219”.
Posteriormente, el mismo artículo establece que el dominio de la
Nación (tratándose de agua) es inalienable e imprescriptible y la explotación, el
uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o
por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse
sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal.
La regulación Constitucional es muy clara tratándose del dominio
directo de las aguas, al establecer que el dominio directo le corresponde a la
Nación, siendo inalienable e imprescriptible; y que su uso o aprovechamiento
únicamente puede realizarse mediante las concesiones que al efecto otorgue el
Ejecutivo Federal.
Ahora bien, la ley reglamentaria del artículo 27 Constitucional en
materia de aguas nacionales (Ley de Aguas Nacionales) establece lo siguiente
con relación al uso de tal recurso para generar energía eléctrica:
Que el Ejecutivo Federal determinará si las obras hidráulicas
correspondientes al sistema hidroeléctrico deberán realizarse por
Comisión Nacional del Agua220 o por la Comisión Federal de
Electricidad221.
219
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Artículo 27. 220
“Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con funciones de Derecho Público en materia de gestión de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, con autonomía técnica, ejecutiva, administrativa, presupuestal y de gestión, para la consecución de su objeto, la realización de sus funciones y la emisión de los actos de autoridad que conforme a esta Ley corresponde tanto a ésta como a los órganos de autoridad a que la misma se refiere” Ley de Aguas Nacionales, México, Artículo 3, fracción XII. 221
Ídem, Artículo 79.
91
Que la Comisión Nacional del Agua podrá utilizar o concesionar la
infraestructura a su cargo para generar la energía eléctrica que
requiera y que también podrá disponer del excedente222.
Que la Comisión Nacional del Agua, con base en la evaluación
del impacto ambiental y los planes generales sobre
aprovechamiento de los recursos hídricos del país, otorgará el
título de concesión de agua a favor de la Comisión Federal de
Electricidad; en el cual se determinará el volumen destinado a la
generación de energía eléctrica y enfriamiento de plantas, así
como las causas por las cuales podrá terminar la concesión223.
Que las personas físicas o morales deberán solicitar concesión a
la Comisión Nacional del Agua cuando requieran de la
explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales con el
objeto de generar energía eléctrica224.
Que no se requerirá concesión, en los términos de los
reglamentos de la presente Ley, para la explotación, uso o
aprovechamiento de aguas nacionales en pequeña escala para
generación hidroeléctrica225. Entendiéndose por pequeña escala
“aquélla que realizan personas físicas o morales aprovechando
las corrientes de ríos y canales, sin desviar las aguas ni afectar su
cantidad ni calidad, y cuya capacidad de generación no exceda
de 0.5 Megavatios”226.
222
Ibídem. 223
Ídem, Artículo 78. 224
Ídem, Artículo 80. 225
Ídem. 226
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales, México, Artículo 120.
92
3.5. Bioenergéticos.
La vida sin el petróleo no podría ser como la conocemos. Del crudo
obtenemos gasolina y diesel para los autos y autobuses, así como el combustible
para barcos y aviones. Lo usamos para generar electricidad, obtener energía para
fábricas, hospitales y oficinas y como lubricante para maquinaria y vehículos.
Por su parte, la industria petroquímica usa productos derivados del
petróleo para hacer plásticos, fibras sintéticas, detergentes, medicinas,
conservadores de alimentos, hules y agroquímicos.
El petróleo ha transformado la vida de las personas y la economía de
las naciones. Su descubrimiento creó riqueza, modernidad, pueblos industriales
prósperos y nuevos empleos, motivando el crecimiento de las industrias
mencionadas.
Pero, ¿Cómo será el mundo sin petróleo y sin los combustibles
fósiles?
Es difícil responder lo anterior, ya que el petróleo y los combustibles
fósiles cubren la mayoría de las necesidades energéticas, razón por la cual es
importante encontrar alternativas energéticas que hagan frente a todas las
necesidades que son resueltas por los combustibles fósiles.
Una alternativa viable a los combustibles fósiles son los
bioenergéticos, ya que son productos que se comportan de manera similar a los
derivados del petróleo.
Cuando me refiera a los Bioenergéticos me referiré a todo
combustible de origen biológico. Un combustible se define como cualquier
93
sustancia que, en contacto con el oxígeno del aire o con una determinada
temperatura, arde y produce energía227.
Antecedentes Históricos:
El uso de los Bioenergéticos es tanto o más antiguo que el uso de
los combustibles fósiles. Por ejemplo, Rudolf Diesel diseñó, hace más de cien
años, un prototipo de motor diesel, el cual estaba previsto para que funcionara con
aceites vegetales. De hecho, en las primeras pruebas, lo hizo funcionar con aceite
de cacahuate228.
Lo mismo ocurrió cuando Henry Ford hizo el primer diseño de su
automóvil Modelo T en el año 1908, el cual utilizaba etanol como combustible. De
hecho, del año de 1920 al año de 1924, la Standard Oil Company comercializó un
veinticinco por ciento de etanol en la gasolina vendida en el área de Baltimore229.
Durante los años siguientes hubo esfuerzos importantes por tratar de
sacar adelante la industria de los Bioenergéticos, en particular en Estados Unidos
con el gasol, que se obtiene de la fermentación del maíz, pero debido a los bajos
precios del petróleo en la década de los cuarenta, la producción de este
combustible fue sustituido completamente por los derivados del petróleo230.
En el año de 1973, se produjeron eventos importantes en el mercado
mundial del petróleo, los cuales se manifestaron en un encarecimiento notable de
esta fuente de energía no renovable, resurgiendo así las preocupaciones sobre el
suministro y precio futuro de la energía. Los países consumidores, enfrentados a
los altos costos del petróleo y a una dependencia casi total de este energético,
227
http://usuarios.lycos.es/trbiodiesel/studies.html 228
http://usuarios.lycos.es/biodieseltr/hobbies9.html 229
http://usuarios.lycos.es/biodieseltr/hobbies9.html 230
http://usuarios.lycos.es/biodieseltr/hobbies9.html
94
tuvieron que modificar sus costumbres y buscar opciones para reducir su
dependencia a las fuentes no renovables de energía231.
Entre las opciones para reducir la dependencia del petróleo como
principal energético se encuentra el aprovechamiento de la energía solar y de sus
diversas manifestaciones secundarias, tales como la energía eólica, hidráulica y
las diversas formas de biomasa; es decir, las llamadas energías renovables.
Hacia mediados de los años setenta, múltiples centros de
investigación en el mundo retomaron viejos estudios, organizaron grupos de
trabajo e iniciaron la construcción y operación de prototipos de equipos y sistemas
operados con energéticos renovables. Asimismo, se establecieron diversas
empresas para aprovechar las oportunidades que se ofrecían para el desarrollo de
estas tecnologías, dados los altos precios de las energías convencionales232.
En la década de los ochenta, aparecieron diversas evidencias de un
aumento en las concentraciones de gases que han provocado el efecto
invernadero en la atmósfera terrestre, las cuales han sido atribuidas a la quema de
combustibles fósiles233.
Lo anterior trajo como resultado una convocatoria mundial para
buscar alternativas de reducción a las concentraciones actuales de estos gases, lo
que llevó a replantear la importancia que pueden tener las energías renovables
para crear sistemas sustentables. Como resultado de dicha convocatoria, muchos
países, particularmente los más desarrollados, establecieron compromisos para
limitar y reducir emisiones de gases de efecto de invernadero, renovando así su
interés en aplicar políticas de promoción de las energías renovables234.
231
www.conae.gob.mx/work/sites/CONAE/resources/LocalContent/4830/3/semblanza.pdf 232
www.conae.gob.mx/work/sites/CONAE/resources/LocalContent/4830/3/semblanza.pdf 233
www.conae.gob.mx/work/sites/CONAE/resources/LocalContent/4830/3/semblanza.pdf 234
www.conae.gob.mx/work/sites/CONAE/resources/LocalContent/4830/3/semblanza.pdf
95
Actualmente, la bioenergía en estado sólido representa un cuarenta
y cinco por ciento de la energía primaria renovable en los países miembros de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). A nivel
global, cerca de ochenta y cuatro tera watts hora de electricidad fueron generados
por medio de bioenergía en el año 2002, correspondiendo aproximadamente la
mitad a los Estados Unidos de América, once punto tres tera watts hora a Japón y
ocho punto cinco tera watts hora a Finlandia235.
Dado que la bioenergía puede sustituir a la infraestructura de
producción de los combustibles fósiles, se estima que la contribución de la
biomasa para el suministro de energía en el mundo se incrementará en un ciento
cincuenta por ciento para el año 2025 y en un trescientos por ciento para el año
2050236.
Tipos de Bioenergéticos:
Existen varios tipos de Bioenergéticos, los cuales son clasificados
según el estado de la materia en el que se encuentran, es decir: Bioenergéticos
sólidos, líquidos y gaseosos237.
Entre los Bioenergéticos sólidos encontramos la madera, la paja y el
carbón vegetal; entre los líquidos encontramos los alcoholes, éteres, ésteres,
aceites y otros compuestos químicos, producidos a partir de biomasa; y entre los
gaseosos encontramos el gasógeno y el metano.
Los principales tipos de Bioenergéticos son los siguientes:
Etanol: etanol producido a partir de biomasa238 o de una fracción
biodegradable de los residuos239.
235
SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit., p. 24. 236
Idem. 237
http://usuarios.lycos.es/trbiodiesel/studies.html
96
Biodiésel: éster metílico producido a partir de un aceite vegetal o
animal para su uso como biocarburante240.
Biogás: combustible gaseoso producido a partir de la biomasa y/o
a partir de la fracción biodegradable de los residuos y que puede
ser purificado hasta alcanzar una calidad similar a la del gas
natural241.
Biometanol: metanol producido a partir de la biomasa242.
Biodimetiléter: dimetiléter producido a partir de la biomasa243.
BioETBE (etil ter-butil éter): ETBE producido a partir del
bioetanol244.
BioMTBE (metil ter-butil éter): combustible producido a partir del
biometanol245.
Biohidrógeno: hidrógeno producido a partir de biomasa y/o a de
una fracción biodegradable de residuos246.
238
La biomasa es el nombre dado a cualquier materia orgánica de origen reciente que haya derivado de animales y vegetales como resultado del proceso de conversión fotosintético. La energía de la biomasa deriva del material de vegetal y animal, tal como madera de bosques, residuos de procesos agrícolas y forestales, y de la basura industrial, humana o animales. http://www.textoscientificos.com/energia/biomasa 239
Directiva 2003/30/CE, Parlamento Europeo, Artículo 2. 240
Ídem. 241
Ídem. 242
Ídem. 243
Ídem. 244
Ídem. 245
Ídem. 246
Ídem.
97
Aceite vegetal puro: aceite obtenido a partir de plantas
oleaginosas mediante presión, extracción o procedimientos
comparables que no modifica su composición química247.
De la anterior lista, los más utilizados son el etanol y el biodiesel,
razón por la cual profundizaré en su estudio.
Etanol:
El alcohol etílico o etanol, cuya fórmula química es CH3-CH2OH, es
el componente activo esencial de las bebidas alcohólicas. Puede obtenerse a
través de dos procesos de elaboración: la fermentación de los azúcares
contenidos en distintas frutas, y la destilación, la cual consiste en la depuración de
las bebidas fermentadas248.
Existen dos tipos de alcohol etílico249:
Alcohol hidratado: Se obtiene de la destilación convencional y
contiene alrededor de un cinco por ciento de agua.
Alcohol anhidro: Se obtiene de procesar el alcohol hidratado y
contiene menos de uno por ciento de agua.
El etanol o alcohol etílico se produce a partir de:
Azúcares contenidos en diversas plantas, como la remolacha, la
caña de azúcar o el sorgo azucarero
Almidón o inulina250, presentes en los granos o los tubérculos251.
247
Íbídem. 248
www.olade.org.ec 249
www.olade.org.ec
98
Biomasa, de la que, por medio de hidrólisis, se puede obtener
glucosa fermentable.
Cabe destacar que las dos primeras fuentes son las más utilizadas
para obtener etanol, pero el tercero es el más atractivo por su abundancia y bajo
costo.
Según la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE), el
etanol presenta diversas ventajas respecto de los combustibles de origen fósil,
aunque también existen algunas desventajas que deben ser consideradas252:
Ventajas:
Es una fuente renovable y por consiguiente inagotable, en la
medida que se renueven los cultivos agrícolas.
Es menos inflamable que la gasolina, por lo tanto es más seguro
de utilizar.
Disminuye la dependencia de los países agro-productores, del
abastecimiento de combustibles fósiles por parte de los países
productores de petróleo.
Tiene un alto índice de octano: ciento cinco.
Su combustión produce un aumento en el calor de vaporización,
lo cual genera una mayor potencia respecto de la gasolina.
250
La inulina es un polisacárido (o varias azúcares simples ligadas) producido por muchos tipos de plantas www.quiminet.com.mx 251
SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit. p. 5. 252
www.olade.org.ec
99
Tiene bajas emisiones tóxicas.
Genera menores emisiones de monóxido de carbono, cuando se
usa como aditivo de la gasolina.
Produce menos dióxido de carbono que la gasolina.
Desventajas:
Genera emisiones altamente evaporativas.
Presenta una menor densidad de energía que la gasolina, por lo
cual el conductor debe llenar el tanque del automotor con más
frecuencia.
Contiene dos terceras partes de la energía contenida por el
mismo volumen de la gasolina.
Biodiesel:
Denominado también biogasóleo o diester. Es un combustible
renovable sustitutivo del diesel que proviene del procesamiento de aceites
vegetales, tanto naturales como reciclados (soya, girasol, palma, etc.) y de grasas
animales253.
El proceso de elaboración del biodiesel está basado en la llamada
transestersificación de los glicéridos, utilizando catalizadores.
253
www.olade.org.ec
100
Desde el punto de vista químico, los aceites vegetales son
triglicéridos, llamados así por las tres cadenas moleculares largas de ácidos
grasos unidas a un alcohol, llamado también glicerol. Si el glicerol es reemplazado
por metanol, se obtienen tres moléculas más cortas de ácido graso llamado
metiléster. El glicerol desplazado se recupera como un subproducto de la
reacción254.
Diversos estudios realizados bajo el auspicio de la OLADE han
encontrado ventajas y desventajas acerca de este producto255:
Ventajas:
Es menos volátil, más seguro de transportar y de manipular que el
diesel común, debido a que tiene un punto de inflamación
relativamente alto (ciento cincuenta grados centígrados).
No contiene azufre, disminuyendo así las emisiones de las
partículas sólidas a la atmósfera. Asimismo mejora la lubricidad
del combustible, aumentando la vida útil de los motores.
Es biodegradable y soluble en agua.
No es tóxico, ya que es aproximadamente diez veces menos
tóxico que la sal común.
Reduce el calentamiento global debido a que emite menos
bióxido de carbono en su ciclo de vida que el fijado mediante el
proceso de fotosíntesis por las plantas usadas para producirlo.
254
http://www.sagpya.mecon.gov.ar/new/0-0/agricultura/otros/biodiesel/biodiesel_3.php 255
www.olade.org.ec
101
Tiene una combustión más completa que el diesel ya que
disminuye en un noventa por ciento la cantidad de hidrocarburos
no quemados.
Aumenta la seguridad en el abasto energético.
Desventajas:
Tiene una escasa estabilidad hidrolítica y oxidativa, por lo que sus
cualidades técnicas pueden ser alteradas durante
almacenamientos prolongados (más de seis meses).
Su costo depende de la materia prima que se utilice para su
elaboración.
A bajas temperaturas puede solidificarse y formar cristales que
pueden obstruir los conductos de los motores.
Producción Mundial de Bioenergéticos:
Cuando los precios del petróleo llegaron a un nivel alto nunca antes
visto y cuando se dispuso de pocos combustibles alternos para el sector del
transporte, Brasil, los Estados miembros de la Unión Europea, los Estados Unidos
de América y otros países comenzaron a apoyar activamente la producción de los
Bioenergéticos líquidos provenientes de la agricultura; tales como etanol y
biodiesel.
La tendencia de producción de etanol a nivel mundial describe un
comportamiento ascendente, lo cual supone una demanda de mercado igualmente
positiva. Razón por la cual, todo parece indicar que la demanda de etanol en el
mercado mundial tenderá a acrecentarse en los próximos años.
102
Lo anterior puede apreciarse en el siguiente cuadro256:
AÑO PRODUCCIÓN
TOTAL
DESTINADO AL
COMBUSTIBLE
DESTINADO A LA
INDUSTRIA
DESTINADO
A BEBIDAS
2000 31.8 19.0 9.8 3.0
2001 33.1 20.0 10.0 3.1
2002 34.7 21.0 10.5 3.3
2003 34.8 21.5 10.0 3.3
2004 36.4 22.0 11.0 3.4
2005 37.7 23.0 11.2 3.5
El cuadro revela dos características esenciales de la producción
mundial de etanol: La primera y más importante es que se puede observar un
crecimiento constante y mantenido de la producción durante los últimos cuatro
años, ya que ha pasado de treinta y un billones de litros en el año 2000 a casi
treinta y siete en el año 2004.
En segundo lugar, tenemos que el destino del etanol como
combustible ha crecido de manera más acelerada que el de las bebidas o el de
uso industrial, ya que la demanda de etanol como combustible pasó de diecinueve
billones de litros en el año 2000 a veintidós billones de litros en el año 2004; y la
demanda de etanol industrial pasó de casi diez billones de litros en el año 2000 a
once billones de litros en el año 2004.
Los datos mundiales parecen indicar que la demanda mundial del
etanol como combustible está en crecimiento.
256
La producción está computada por billones de litros al año, PROYECCIONES F. O. LICHT https://www.odepa.gob.cl/odepaweb/publicaciones/SemBiocombustibles/22_Biocombustibles-FAO.pdf
103
Destaco que no existen datos que determinen si el crecimiento de la
demanda de etanol carburante, tiene una correlación positiva con el incremento
que ha conocido el precio de la gasolina en estos mismos cuatro años.
Por otro lado, la producción mundial de etanol como combustible fue,
en el año 2006, de cuarenta mil millones de litros. De esa cantidad, casi el noventa
por ciento fue producido en Brasil y en Estados Unidos. Asimismo, cerca de seis
mil millones de litros de biodiesel fueron producidos en el 2006, de los cuales el
setenta y cinco por ciento fueron producidos por la Unión Europea257.
Brasil es el uno de los productores más competitivos en esta materia,
ya que tiene una historia muy larga de producción de etanol. Este país emplea
cerca de la mitad de la caña de azúcar que cultiva para producir etanol y el
consumo de etanol combustible es obligatorio.
La siguiente figura marca la producción mundial de etanol y de
biodiesel en el año 2006258:
257
BANCO MUNDIAL, Biocombustibles, una promesa y algunos riesgos, 2008, p. 1. 258
https://www.odepa.gob.cl/odepaweb/publicaciones/SemBiocombustibles/22_Biocombustibles-FAO.pdf
104
Aplicaciones:
Entre las principales aplicaciones o usos de los Bioenergéticos
encontramos los siguientes:
Combustible, ya sea para mezclar o para reemplazar petróleo y
derivados.
Uso industrial, para procesar cosméticos, fármacos, químicos,
entre otros productos.
Bebidas alcohólicas.
Electricidad, ya que los Bioenergéticos son la mayor fuente de
potencia para generación de energía eléctrica con energías
renovables, después de la hidroeléctrica.
Transporte.
Bioenergéticos, viabilidad y su relación con los alimentos259:
Los gobiernos del primer mundo dan un apoyo considerable a los
Bioenergéticos para que éstos puedan competir con la gasolina y el diesel
convencional. Dicho apoyo comprende los incentivos para el consumo, la
reducción de los impuestos al combustible, incentivos para la producción,
estímulos fiscales, garantías para préstamos, pagos de subsidios directos y
normas de consumo obligatorio.
259
Todo el presente apartado fue escrito con base en el Informe sobre Desarrollo Mundial 2008 del Banco Mundial. http://web.worldbank.org/WBSITE/EXTERNAL/BANCOMUNDIAL/EXTDATRESINSPA/EXTRESINSPA/EXTWDRINSPA/EXTIDM2008INSPA/0,,contentMDK:21508355~menuPK:4276148~pagePK:64168445~piPK:64168309~theSitePK:4164497,00.html
105
Más de doscientas medidas de apoyo, que cuestan entre cinco mil
quinientos millones y siete mil trescientos millones de dólares al año en los
Estados Unidos de América, equivalen a entre treinta y ocho y cuarenta y nueve
centavos de dólar por litro equivalente de petróleo para el etanol. Aún en Brasil fue
necesario, hasta hace poco tiempo, el apoyo sostenido del gobierno mediante
subsidios directos para que se desarrollara una industria competitiva de
bioenergía.
La producción de Bioenergéticos ha llevado al alza los precios de las
materias primas agrícolas. El ejemplo más claro es el maíz, cuyo precio aumentó
en más del sesenta por ciento entre los años de 2005 y 2007 por causa del
programa de producción de etanol de los Estados Unidos de América y por la
reducción de las reservas de petróleo de los principales países exportadores.
Cabe destacar que el alza en los precios de los cultivos agrícolas
debido a la demanda de Bioenergéticos ha causado el debate sobre el conflicto
entre alimentos y combustibles.
Lo anterior es así ya que, por ejemplo, la cantidad de cereal
requerida para llenar un tanque de cien litros de etanol sería de doscientos
cuarenta kilogramos de maíz; dicha cantidad de maíz es la que podría alimentar a
una persona durante todo un año.
El alza en el precio de los cultivos de primera necesidad puede
ocasionar pérdidas significativas de bienestar para la población pobre, constituida
en su mayoría por compradores netos de cultivos de primera necesidad.
Ahora bien, el alza en los precios de los productos de primera
necesidad, como lo es el maíz, puede afectar positivamente a muchos otros
106
productores pobres, al ser los vendedores netos de esos cultivos se podrán
beneficiar de los precios más altos.
Las tecnologías futuras de los Bioenergéticos pueden basarse tanto
en cultivos dedicados a fines energéticos como a los desechos de la agricultura y
de la explotación maderera, lo que podría reducir la presión que experimentan los
precios de los cultivos.
Cabe destacar que las tecnologías de segunda generación para
convertir la celulosa de los desechos en azúcares que produzcan etanol, o que
gasifiquen la biomasa no son comercialmente viables, y no lo serán antes de
algunos años.
Uno de los principales argumentos en favor de la idea de ampliar la
producción de los Bioenergéticos es su potencial para reducir la dependencia del
petróleo importado, contribuyendo así a la seguridad energética de los países.
Por otro lado, los posibles beneficios ambientales y sociales de los
Bioenergéticos sirven frecuentemente para apoyar el financiamiento público y los
incentivos políticos que se dan a los programas de Bioenergéticos.
La tecnología actual permite que los Bioenergéticos mejoren sólo
marginalmente la seguridad energética en determinados países, porque las
cosechas domésticas de cultivos que sirven de materia prima agrícola pueden
hacer frente a una mínima parte de la demanda de combustibles, con excepción
de Brasil.
Según proyecciones recientes, para el año 2010 se espera que el
treinta por ciento de la cosecha de maíz en los Estados Unidos de América
pudiera usarse para producir etanol; sin embargo, dicha cantidad representaría
menos del ocho por ciento del consumo de gasolina de ese país.
107
Finalmente, destaco que los Bioenergéticos pueden beneficiar a los
pequeños agricultores porque generan empleo y elevan los ingresos en las zonas
rurales, pero la producción de etanol requiere de economías de escala bastante
grandes y de una integración vertical, dado que el proceso de producción en las
destilerías es muy complejo.
Política pública y Bioenergéticos 260:
La producción de Bioenergéticos en los países industrializados se ha
desarrollado bajo la protección de elevados aranceles y, al mismo tiempo, del
pago de grandes subsidios a los productores de los mismos.
Las anteriores políticas perjudican a los países en desarrollo, ya que
dichos países son los productores eficientes de la materia prima necesaria para
generar los Bioenergéticos.
Por otro lado, los consumidores pobres también pagan precios más
altos por los alimentos básicos en la medida en que los precios de los cereales
aumenten en el mercado mundial, aumento que ha sido provocado, en gran parte,
por la distorsión causada por estas políticas.
Pero, ¿Pueden los países en desarrollo, beneficiarse con el
desarrollo de la industria de los Bioenergéticos?
La respuesta es sí, atendiendo a las siguientes consideraciones:
Las condiciones económicas favorables y los grandes beneficios
ambientales y sociales justifican la creación de subsidios.
260
Ibídem.
108
Algunos países que importan petróleo pueden convertirse en
productores eficientes de caña de azúcar, maíz u otros productos,
ya que el costo elevado de los combustibles fósiles puede
financiar la producción de Bioenergéticos.
Los gobiernos necesitan valorar cuidadosamente los beneficios
económicos, ambientales y sociales de los Bioenergéticos y el
potencial que éstos tienen para mejorar la seguridad energética.
Bioenergéticos en México:
Los Bioenergéticos representan el ocho por ciento del consumo de
energía primaria en México261. Los principales Bioenergéticos empleados son el
bagazo de caña (usado para la generación eléctrica y/o térmica) y la leña
(fundamentalmente usada para la calefacción y cocción de alimentos).
En el año 2004 se consumieron noventa y dos peta joules de bagazo
de caña y doscientos cincuenta de leña262. México produce al año en la industria
cañera, cuarenta y cinco millones de litros de etanol que actualmente es utilizado
en la industria química263.
El potencial técnico de los Bioenergéticos se estima entre dos mil
seiscientos treinta y cinco y tres mil setecientos setenta y un peta joules al año, sin
embargo, su uso actual es diez veces menor264.
El Proyecto de Bioenergía de Nuevo León, S.A. en Monterrey, es el
primero que aprovecha el biogás liberado por un relleno sanitario para generar
261
SECRETARÍA DE ENERGÍA, Energías renovables para el desarrollo sustentable de México, op. cit., p. 25 262
www.sie.energia.gob.mx/sie/bdiController 263
SECRETARÍA DE ENERGÍA, Energías Renovables para el Desarrollo Sustentable de México, op. cit., p. 21. 264
Ídem.
109
energía eléctrica, con una capacidad de siete mega watts. El proyecto se
desarrolló con un apoyo parcial del Banco Mundial265.
El Grupo Energéticos S.A. y el Instituto Tecnológico de Estudios
Superiores de Monterrey firmaron un convenio de colaboración para producir
biodiesel a partir de grasa animal de los desechos de los rastros266.
En julio de 2005, en Nuevo León, se inauguró una planta para
producir biodiesel, con una inversión de un millón y medio de dólares, con una
capacidad de producción inicial de quinientos mil litros por mes. El biodiesel se
usa como combustible en los camiones industriales en el norte de México267.
La visión a futuro es comercializar el producto en la ciudad de
Monterrey, ya que la planta tiene un potencial de producción de un millón de litros
por mes268.
Por lo que hace a la producción de etanol, se están construyendo
diversas plantas alrededor del territorio nacional, siendo la primera en Navolato,
Sinaloa.
Dicha planta producirá etanol a partir de maíz y tendrá una
capacidad nominal de treinta millones de galones de ese Bioenergético al año. Es
de destacarse que dicha planta no se limitará a la producción de etanol, sino que
se producirá cien mil toneladas de pasta de maíz269.
Ahora bien, es de aplaudir que México sea punta de lanza en
tecnología bioenergética, ya que es precisamente en nuestro país donde se
265
Ibídem. 266
Ídem. 267
Ídem. 268
Ídem. 269
http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2008/06/01/en-junio-podria-abrir-en-sinaloa-la-primera-planta-productora-de-etanol
110
construye la primera planta, a nivel mundial, de producción de Bioenergéticos a
partir de algas. Dicha planta operará a finales de 2010, con una oferta energética
estimada equivalente a la mitad de la producción actual de Brasil270.
270
http://www.jornada.unam.mx/2008/05/12/index.php?section=economia&article=025n1eco
111
CAPÍTULO II
REGULACIÓN BIOENERGÉTICA
1. Marco Jurídico Internacional.
Las relaciones de Derecho internacional se encuentran regidas, principalmente,
por los Tratados internacionales.
Los Tratados son tan antiguos como el mismo concepto de Estado, no entendido
de manera moderna, sino en un sentido general y abstracto, es decir como
cualquier entelequia compuesta por un territorio delimitado, una población y un
gobierno central que ejerza un poder sobre ambos (lo que en la actualidad
llamamos soberanía).
Desde la antigüedad se han celebrado tantos Tratados, como cuestiones
diplomáticas, políticas, económicas, culturales u otras de interés internacional se
han suscitado.
Cabe mencionar que el primer Tratado internacional celebrado por México fue
precisamente el que tuvo lugar el día veinticuatro de agosto de 1821, en la villa
veracruzana de Córdoba, mediante el cual el Reino de la Nueva España reconoció
a México como nación (bajo la forma de Imperio) soberana e independiente271.
En la actualidad, el término Tratado adopta diversas denominaciones que no
tienen implicaciones jurídicas, ni tampoco afectan su calidad u obligatoriedad,
siempre y cuando cumplan con los requisitos generales de los Tratados.
271
Discutidos y firmados por Juan de O´Donojú, quien fuera el último virrey de la Nueva España y Agustín de Iturbide, primer jefe del Ejército Imperial Mexicano de las Tres Garantías. HERNÁNDEZ ALLENDE, Constantino, Tratados internacionales decisivos, Podium Notarial, México, 2005, p. 2.
112
Un Tratado puede denominarse como: Acuerdo, Convención, Convenio, Carta
(término utilizado para designar a los tratados constitutivos de organizaciones
internacionales), Estatuto, Compromiso, Concordato (regula las relaciones del
Estado y la Iglesia), Protocolo (complementario de un tratado anterior), etc.
Los Tratados internacionales son regulados por la “Convención de Viena sobre el
Derecho de los Tratados”, la cual fue elaborada por una conferencia internacional
que se reunió en la ciudad de Viena el día veintitrés de mayo de 1969.
El objetivo de la Convención fue codificar el derecho internacional consuetudinario
de los Tratados y, además, desarrollarlo.
Ahora bien, la citada Convención, define a los Tratados de la siguiente manera272:
“… se entiende por "tratado" un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular…”
De la anterior transcripción se desprende lo siguiente:
Que los Tratados pueden celebrarse únicamente entre Estados.
Que tales pactos deben constar en uno o varios instrumentos, es
decir, por escrito.
Que los Tratados están regidos por las normas de Derecho
internacional.
Cabe precisar que los acuerdos internacionales celebrados entre los Estados y las
Organizaciones Internacionales, o entre Organizaciones Internacionales, no tienen
272
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, parte I, art. 2, inciso a.
113
una regulación específica, ya que la “Convención de Viena sobre el Derecho de
los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre
Organizaciones Internacionales”, celebrada en Viena en el año 1986, no ha
entrado en vigor al no haber sido ratificada por el número de Estados requeridos
para tal efecto273.
Ahora bien, el hecho de que la Convención de 1969 no aplique a los acuerdos
internacionales antes mencionados no significa que dicha Convención afecte el
valor jurídico de los mismos, o bien la aplicación de cualquier norma a la que
estuvieran sometidos, en virtud del Derecho internacional274.
Proceso de celebración de los Tratados:
Las etapas de celebración de los Tratados son las siguientes:
Negociación: esta fase no se encuentra regulada ni definida por
la Convención de Viena. Consiste en “tratar por la vía
diplomática, de potencia a potencia, un asunto, como un tratado
de alianza o de comercio”275. En otras palabras, es aquella etapa
de celebración de los Tratados que consiste en lograr un acuerdo
entre las partes, a fin de determinar las cláusulas de un Tratado.
Adopción del texto: Es el acto mediante el cual las partes de un
Tratado dan el consentimiento para su elaboración, y se da por
dos formas276:
273
El artículo 85 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales establece que ésta entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que haya sido depositado el trigésimo quinto instrumento de ratificación. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales, Artículo 85. 274
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Artículo 3. 275
REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Diccionario de la Lengua Española, duodécima edición, España. www.rae.es 276
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Artículo 9.
114
o Mediante el consentimiento de todos los Estados que
participen en su elaboración.
o Mediante el consentimiento de las dos terceras partes de
los Estados presentes y votantes en una Conferencia, a
menos que tales Estados decidan por igual mayoría aplicar
una regla diferente.
Autenticación del texto: El acto mediante el cual se establece el
texto definitivo de un Tratado y se certifica que dicho texto es el
correcto y auténtico. Se da de dos maneras277:
o Mediante el procedimiento que se establezca en el cuerpo
del Tratado.
o A falta de procedimiento, mediante la firma “ad
referéndum” o firma que debe ser refrendada278.
Manifestación del Consentimiento. Es el acto por el cual los
Estados se obligan a cumplir el texto del Tratado279 y se puede
realizar mediante:
o La firma de su representante, cuando: (i) el Tratado así lo
disponga
o que la firma tendrá ese efecto; (ii) conste de otro modo que
los Estados negociadores así lo convinieron; o (iii) se
277
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Artículo 10. 278
Es la rúbrica puesta por los representantes de los Estados en el texto del Tratado o de la Conferencia, Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Artículo 10. 279
Ídem., Artículo 11.
115
desprenda de los plenos poderes280 de la persona que
represente al Estado firmante281.
o El canje de instrumentos, cuando: (i) los instrumentos
dispongan que su canje tendrá tal efecto; o (ii) cuando
conste de otro modo que los Estados convinieron que el
canje de los instrumentos tenga tal efecto282.
o La ratificación, la aceptación o la aprobación283, cuando: (i)
el Tratado así lo disponga; (ii) conste de otro modo que los
Estados negociadores así lo convinieron; (iii) el
representante del Estado haya firmado el Tratado a
reserva de ratificación; o (iv) se desprenda de los plenos
poderes del representante del Estado o se haya
manifestado durante la negociación284.
o La adhesión, cuando: (i) el Tratado así lo disponga; (ii)
conste de otro modo que los Estados negociadores así lo
convinieron; o (iii) todas las partes hayan consentido
ulteriormente que un Estado puede manifestar tal
consentimiento mediante la adhesión285.
o Canje o depósito de los instrumentos de ratificación,
aceptación, aprobación o adhesión, al efectuarse: (i) su
280
“se entiende por "plenos poderes" un documento que emana de la autoridad competente de un Estado y por el que se designa a una o varias personas para representar al Estado en la negociación, la adopción o la autenticación del texto de un tratado, para expresar el consentimiento del Estado en obligarse por un tratado, o para ejecutar cualquier otro acto con respecto a un tratado”, Ibídem, Artículo 2C. 281
Ídem. 282
Ídem, Artículo 13. 283
“se entiende por "ratificación", "aceptación", "aprobación" y "adhesión", según el caso, el acto internacional así denominado por el cual un Estado hace constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado”, Ídem, Artículo 2b. 284
Ídem, Artículo 14. 285
Ídem, Artículo 15.
116
canje entre los Estados contratantes; (ii) su depósito en
poder del Estado depositario; o (iii) su notificación a los
Estados contratantes286.
Habiendo quedado precisada la parte teórica de los Tratados internacionales,
relacionaré aquellos Tratados que tengan una relación directa o indirecta con los
Bioenergéticos en dos grupos: (i) los de materia medioambiental; y (ii) los que
tienen una relación directa o indirecta con la producción de los Bioenergéticos.
1.1. Tratados Internacionales Medioambientales relacionados
con los Bioenergéticos.
La comunidad internacional, preocupada por la degradación del
medio ambiente, se ha dado a la tarea de tratar de reducir riesgos ecológicos y, a
su vez, de revertir los daños causados por la utilización indiscriminada de los
combustibles fósiles.
Para ello, se han celebrado diversos Tratados multilaterales que
tienen por objeto proteger al medio ambiente desde diversas ópticas y abordando,
de manera particular, a cada uno de los problemas relacionados con la ecología.
La principal causa para celebrar los Tratados relacionados con la
ecología es la protección de la especie humana, que se explica por la necesidad
de los seres humanos de proteger el lugar donde han vivido siempre y consiste en
incentivar a los individuos, más allá de su cultura, sus intereses personales y su
clase socioeconómica, para defender la especie y su hábitat de cualquier
amenaza.
Para ello es importante reconocer que la especie humana vive en un
planeta donde los recursos son limitados y donde existen grandes amenazas para
286
Ibídem, Artículo 16.
117
la vida, como por ejemplo las guerras con armas atómicas, la contaminación o el
calentamiento global.
Antecedentes históricos:
Los Tratados que tienen por objeto controlar o regular los aspectos
relativos a la ecología y al entorno ambiental tienen su origen en la Segunda
Guerra Mundial287, ya que fue precisamente en esta época cuando se
vislumbraron las afectaciones ambientales causadas por el ser humano en la
totalidad del planeta.
Desde entonces se han establecido múltiples y muy diversos
acuerdos y Tratados para proteger el medio ambiente.
En el año de 1987, el entonces presidente del Banco Mundial, Barber
B. Conable, exhortó de forma general a todas las naciones para hacer un esfuerzo
real de cooperación para la conservación del entorno natural mundial. En su
discurso llevado a cabo en Washington, D.C., manifestó288:
“Tenemos conocimiento de que los recursos básicos de la Tierra, el aire y el agua, sobre los que se sustenta la supervivencia del planeta, están amenazados. Pero el esfuerzo común para resolver los problemas comunes del mundo requiere de cierto grado de coordinación institucional y una dosis de voluntad política, que el hombre invierte más frecuentemente en destruir que en preservar”.
Es por ello que surgió la necesidad de formar acuerdos de
cooperación internacional de mayor aplicabilidad, para tratar de preservar con
eficiencia y eficacia los recursos naturales indispensables para la vida del ser
humano, y de todo el planeta.
287
CENTRO DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN AMBIENTAL DE NORTEAMÉRICA, A.C. Saber más… Tratados internacionales, www.cicena.org.mx 288
Ídem.
118
Para eso, es necesario contar con la ayuda de la mayor cantidad
posible de personas de todo tipo en todo el mundo, como científicos, gobiernos y
sus dependencias, empresas, empleados, campesinos, obreros, y la población
civil organizada, para planear actividades encaminadas a transformar las
tendencias de explotación y abuso irracional del medio ambiente reguladas por los
Tratados.
Por lo que hace a México, desde principios de siglo pasado, se
empezaron a firmar acuerdos para proteger los recursos naturales de posibles
daños o amenazas. Un ejemplo claro fue el celebrado en el año de 1906 entre
México y los Estados Unidos de América, llamado “Convención para la Equitativa
Distribución de las Aguas del Río Bravo”289.
Desde la Segunda Guerra Mundial se han elaborado y firmado más
de ciento sesenta y nueve Tratados internacionales relativos a la ecología y al
medio ambiente, entre países y regiones de todo el mundo, los cuales se pueden
clasificar por su contenido de la siguiente forma290:
Cambio Climático Global.
Agotamiento del Ozono Estratosférico.
Cambio de la Cubierta de las Tierras.
Deforestación.
Conservación de la Diversidad Biológica.
289
www.sre.gob.mx 290
www.cicena.org.mx
119
Contaminación Transfronteriza del Aire.
Los Océanos y sus Recursos Vivientes.
Comercio, Industria y Medio Ambiente.
1.1.1. “Convenio de Viena para la Protección de la Capa de
Ozono” y el “Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que agotan la
Capa de Ozono”:
La protección de la capa de ozono ha sido objeto de atención
del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), desde
sus orígenes en el año de 1972. En esos días, la preocupación estaba referida al
daño que los aviones supersónicos podrían causar a la capa de ozono291.
En el año de 1981, el Consejo de Administración del PNUMA
creó un grupo de trabajo de expertos legales y técnicos dedicados a elaborar el
marco general del Convenio para la Protección de la Capa de Ozono. El objetivo
era crear un Tratado que abordara el problema de la destrucción del ozono292.
El marco general del Convenio para la Protección de la Capa
de Ozono se acordó en Viena, en marzo del año 1985. Este fue un logro
extraordinario, ya que fue el primer acuerdo internacional que reconoció los
posibles efectos adversos sobre el medio ambiente global futuro más que el
actual293.
El Convenio referido se convirtió en una base legal para la
acción de la comunidad internacional, en lo que respecta a la protección de la
capa de ozono.
291
http://www.prodiversitas.bioetica.org/desozono.htm#la%20accion 292
http://www.prodiversitas.bioetica.org/desozono.htm#la%20accion 293
http://www.prodiversitas.bioetica.org/desozono.htm#la%20accion
120
Ahora bien, el Convenio tiene por objeto “…proteger la salud
humana y el medio ambiente contra los efectos adversos resultantes o que
puedan resultar de las actividades humanas que modifiquen o puedan modificar la
capa de ozono”294.
Para alcanzar tal objetivo fue necesario imponer diversas
obligaciones a los Estados firmantes295, entre las que se encuentran:
Cooperar mediante observaciones sistemáticas,
investigación e intercambio de información, de manera
directa o por conducto de los órganos internacionales
competentes296, sobre:
o Los procesos físicos y químicos que puedan afectar
la capa de ozono297 (entre los que se encuentra, por
ejemplo, la quema indiscriminada de los
combustibles fósiles, tal y como quedó precisado en
el Capítulo I de la presente Tesis).
o Los efectos sobre la salud humana y otros efectos
biológicos de cualquier modificación de la capa de
ozono298.
o La incidencia sobre el clima de cualquier
modificación de la capa de ozono299.
294
Convenio para la Protección de la Capa de Ozono, art. 2.1. 295
Ídem, Artículo 2. 296
Ídem, Artículo 2.2., inciso a). 297
Ídem. 298
Ídem, Artículo 3.1., inciso b). 299
Ídem, inciso c).
121
o Las sustancias y las tecnologías alternativas300, las
cuales son definidas por el Convenio como: “las
sustancias que reducen, eliminan o evitan los
efectos adversos sobre la capa de ozono”301 y como
“la tecnología o equipo cuyo uso permita reducir o
eliminar efectivamente emisiones de sustancias que
tienen o pueden tener efectos adversos sobre la
capa de ozono”302, respectivamente. (Entre las
sustancias y las tecnologías alternativas a las que
se refiere el Convenio se encuentra precisamente el
uso de los Bioenergéticos, ya que, tal y como quedó
precisado en el Capítulo I de la presente Tesis, no
afectan la capa de ozono al ser consumidos).
Adoptar las medidas legislativas o administrativas
adecuadas303 para la cooperación y coordinación de las
políticas necesarias para controlar, limitar, reducir o
prevenir las actividades que modifiquen negativamente la
capa de ozono.
Facilitar el intercambio de la información304 científica,
técnica, socioeconómica, comercial y jurídica pertinente.
Esta información comprende datos sobre305:
o “La disponibilidad y el costo de los sucedáneos
químicos y de las tecnologías alternativas 300
Ibídem, inciso f). 301
Ídem, Artículo 1.3. 302
Ídem, Artículo 1.2. 303
“en la medida en que sea compatible con sus leyes, reglamentos y prácticas nacionales”, Ídem, Artículo 4.2. 304
Para el caso de “datos considerados confidenciales por la Parte que los facilite velará por que esos datos no sean divulgados y los totalizará para proteger su carácter confidencial”, Ídem, Artículo 4.1. 305
Ídem, Anexo II, Artículo 4.
122
destinadas a reducir las emisiones de sustancias
que modifican la capa de ozono, y sobre las
investigaciones conexas proyectadas y en curso”.
o “Las limitaciones y riesgos que conlleve la utilización
de sucedáneos químicos y de otro tipo y de
tecnologías alternativas”.
De todo lo antes referido se desprende que el propósito
principal del Convenio de Viena es estimular la investigación y la observación
científica, así como la cooperación entre las naciones, a fin de tener un mejor
entendimiento de los procesos atmosféricos a nivel mundial.
Por su parte, el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias
que agotan la capa de ozono es uno de los más exitosos ejemplos de cooperación
internacional para superar un problema mayor, de dimensión global, que amenaza
el medio ambiente. Desde su negociación, en el año de 1987, sus Partes han
tenido que adaptarlo continuamente, en respuesta a la nueva evidencia científica y
a los avances tecnológicos306.
La producción y consumo de diversos grupos de sustancias
químicas, con capacidad para agotar la capa de ozono, han sido exitosamente
suprimidos en los países desarrollados y el mismo proceso está en marcha en los
países en vías de desarrollo. En términos generales, alrededor del noventa y cinco
por ciento de las sustancias químicas que agotan el ozono han sido hasta la fecha
puestas de lado307.
Aclaro que el hecho de que los gases denominados CFC
(clorofluorocarbonos) sean los que más afectan a la capa de ozono y que por tanto
306
Manual del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, Prólogo. 307
Ídem.
123
sean los más regulados por el Convenio y por el Protocolo de Montreal, no implica
que los Bioenergéticos no tengan relación con tales instrumentos, ya que:
Tal y como quedó establecido en el Capítulo I de la
presente Tesis, la quema de los Bioenergéticos no emite
gases nocivos a la atmósfera.
Una de las “tecnologías alternativas” que ayudan a la capa
de ozono, es precisamente la del uso de Bioenergéticos,
ya que no afectan la capa de ozono.
Algunas de las “sustancias alternativas” a que hace
referencia el Convenio, pueden tratarse de los
Bioenergéticos, ya que su quema no afecta la capa de
ozono.
Finalmente, cabe mencionar que tras más de veinte años de
haber sido celebrado el Convenio, se ha visto que sus objetivos han sido
alcanzados, ya que de acuerdo con las últimas evaluaciones científicas respecto a
la reducción de la capa de ozono, ésta última deberá recuperarse para el año
2049, en las latitudes medias, es decir de treinta a sesenta grados al norte y
sur308.
Asimismo, de tales evaluaciones se desprende que la capa de
ozono sobre el Antártico se recuperará en el año 2065, es decir quince años más
tarde de lo esperado en otras latitudes, debido a las especiales condiciones
creadas por el frío y los vientos extremos de la zona. A pesar de esta demora, es
claramente visible que las Partes del Convenio y del Protocolo están cumpliendo
con sus objetivos309.
308
www.pnuma.org 309
www.pnuma.org
124
1.1.2. “Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
Cambio Climático” y el “Protocolo de Kioto”.
La temperatura media de la superficie terrestre ha subido más
de punto seis grados centígrados desde los últimos años del siglo XIX. Se prevé
que aumente de nuevo entre uno punto cuatro y cinco punto ocho para el año
2100, lo que representa un cambio rápido y profundo310.
La razón principal de la subida de la temperatura es un
proceso de industrialización iniciado hace siglo y medio, sumado a la combustión
de cantidades cada vez mayores de petróleo, gasolina y carbón.
Estas actividades han aumentado el volumen de gases de
efecto invernadero (GEI) en la atmósfera, sobre todo de dióxido de carbono,
metano y óxido nitroso.
Cabe precisar que la Secretaría de la Convención sobre el
Cambio Climático ha publicado en su página Web los siguientes datos
relacionados con el cambio climático311:
El nivel del mar ha subido, en promedio, entre diez y
veinte centímetros durante el siglo XX. Para el año 2100 se
prevé una subida adicional de entre nueve y ochenta y
ocho centímetros (la subida de las temperaturas hace que
el volumen del océano se expanda, y la fusión de los
glaciares y casquetes polares aumenta el volumen de
agua). Si se llega al extremo superior de esa escala, el mar
podría invadir los litorales poblados de países como
310
http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/feeling_the_heat/items/3299.php 311
http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/feeling_the_heat/items/3299.php
125
Bangladesh, provocar la desaparición total de algunas
naciones (como el Estado insular de las Maldivas),
contaminar las reservas de agua dulce de miles de
millones de personas y provocar migraciones en masa.
La actual tendencia hacia el calentamiento provocará que
en los próximos cien años se extingan numerosas especies
vegetales y animales, debilitadas ya por la contaminación y
por la pérdida de hábitat.
Los graves episodios recientes de tormentas, inundaciones
y sequías son causados por el cambio climático.
Los rendimientos agrícolas disminuirán en la mayor parte
de las regiones tropicales y subtropicales, pero también en
las zonas templadas.
Se prevé también un proceso de desertificación de zonas
continentales interiores, provocando así perturbaciones en
el aprovechamiento de la tierra y en el suministro de
alimentos.
La creciente preocupación sobre el cambio climático ha
llevado a que la comunidad internacional realice diversas iniciativas para
enfrentarlo. Esto ha ocurrido en varias etapas, las cuales iniciaron con la
integración de la evidencia científica y han llegado al establecimiento de
obligaciones de reducción de emisiones de GEI para los países más
desarrollados.
Los estudios realizados por diversos grupos científicos durante
varios años llevaron a la “Primera Conferencia Mundial sobre el Clima”, realizada
126
en Estocolmo, Suecia, en el año de 1979. En esta reunión la comunidad
internacional manifestó su creciente preocupación por el cambio climático y fue la
primera de un conjunto de reuniones internacionales que se fueron celebrando con
el objeto de analizar el tema y llevar a los acuerdos que hoy día permiten hacer
frente al fenómeno312.
Estos esfuerzos culminaron en el año de 1992, con el texto de
la “Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático”, el cual
fue aprobado en la Sede de las Naciones Unidas el día nueve de mayo del año
1992 y puesto a la consideración de los países en Río de Janeiro, en la Cumbre
de la Tierra, celebrada en junio del mismo año, y, posteriormente, en la Sede de
las Naciones Unidas en Nueva York313.
La Convención tiene por objeto “lograr, de conformidad con las
disposiciones pertinentes de la Convención, la estabilización de las
concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que
impida interferencias antropogenias314 peligrosas en el sistema climático. Ese nivel
debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se
adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de
alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de
manera sostenible”315.
Para alcanzar el anterior objetivo, la Convención plantea cinco
principios, a los cuales se deben sujetar los Estados miembros:
Proteger el sistema climático en beneficio de las
generaciones presentes y futuras, sobre la base de la
312
http://www.tecnociencia.es/especiales/cambioclim/4.htm 313
http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/convention/status_of_ratification/items/3328.php 314
Antropógeno es aquella actividad humana que interfiere en los ciclos naturales y sustituye en parte o en su totalidad los elementos naturales originales. http://www.laopinion-rafaela.com.ar/opinion/2006/11/03/q6b0301.htm 315
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Artículo 2.
127
equidad, tomando en cuenta las diferencias específicas
entre los Estados (para ello diferencia entre países
desarrollados y en vías de desarrollo)316.
Tomar en cuenta las necesidades específicas y las
circunstancias especiales de los países en desarrollo,
especialmente aquellos que son particularmente
vulnerables a los efectos adversos del cambio climático, y
las de aquellos países en desarrollo, que tendrían que
soportar una carga anormal o desproporcionada en virtud
de la Convención317.
Tomar medidas de precaución para prever, prevenir o
reducir al mínimo las causas del cambio climático y mitigar
sus efectos adversos318.
Tener derecho y promover el desarrollo sostenible de los
Estados, contando con políticas y medidas que protejan el
sistema climático contra el cambio inducido por el ser
humano319.
Cooperar en la promoción de un sistema económico
internacional abierto y propicio que conduzca al
crecimiento económico y desarrollo sostenible de todos los
Estados, particularmente de los países en desarrollo,
permitiéndoles de ese modo hacer frente en mejor forma a
los problemas del cambio climático320.
316
Ibídem, Artículo 3.1. 317
Ídem, Artículo 3.2. 318
Ídem, Artículo 3.3. 319
Ídem, Artículo 3.4. 320
Ídem, Artículo 3.5.
128
Debido a que los países desarrollados y los países en
desarrollo tienen diferentes niveles de responsabilidad con respecto a las
emisiones históricas de GEI, la Convención distingue entre ambos grupos de
países, y los clasifica en dos grandes grupos:
El “Anexo I” de la Convención que contempla a la mayoría
de los países desarrollados.
El “Anexo II” de la Convención, que contempla a la mayoría
de los países en desarrollo.
La Convención establece diversos “compromisos” que deben
cumplir los Estados miembros, para efectos prácticos los dividiré en tres grupos de
acuerdo a los países a las cuales les son exigidos:
Exigidos a todos los Estados miembros de la
Convención321:
o Elaborar, actualizar, publicar y facilitar los
inventarios nacionales de las emisiones de GEI.
o Formular, aplicar, publicar y actualizar regularmente
programas nacionales y, según proceda, regionales,
que contengan medidas orientadas a mitigar el
cambio climático.
o Promover la transferencia de tecnologías, así como
de prácticas y procesos que controlen, reduzcan o
prevengan las emisiones de GEI.
321
Ibídem, Artículo 4.1.
129
o Promover y apoyar la investigación científica,
tecnológica y técnica, la observación sistemática y el
establecimiento de archivos de datos relativos al
sistema climático, con el propósito de facilitar la
comprensión de las causas y los efectos del cambio
climático.
o Promover y apoyar la educación, capacitación y
sensibilización de la población respecto del cambio
climático.
Exigidos únicamente a los países contemplados en el
“Anexo I”322 de la Convención323:
o Adoptar políticas nacionales324 para mitigar el
cambio climático, limitando sus emisiones GEI.
o Volver individual o conjuntamente a los niveles de
emisiones de GEI del año 1990.
Exigidos a todos los países desarrollados, contemplados
tanto en el “Anexo I” como en el “Anexo II” de la
Convención:
o Proporcionar los recursos financieros necesarios
para cubrir la totalidad de los gastos que efectúen
322
Cualquiera de las Partes no incluidas en el “Anexo I” podrá, en su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión a la Convención, notificar al Depositario su intención de obligarse, Ibídem, Artículo 4.2., inciso G. 323
Ídem, Artículo 4.2. 324
Ello incluye las políticas y medidas adoptadas por las organizaciones regionales de integración económica, Ídem, Artículo 4.2.
130
los países en desarrollo para cumplir las
obligaciones derivadas de la Convención325.
o Tomar todas las medidas necesarias para promover,
facilitar y financiar la transferencia de tecnologías y
conocimientos medioambientalmente a todos los
Estados partes, en especial a los países en
desarrollo, a fin de que puedan aplicar las
disposiciones de la Convención326.
Para poder cumplir con las anteriores obligaciones, la
Convención creó los siguientes organismos:
Conferencia de las Partes: La Conferencia de las Partes
es el “órgano supremo” de la Convención, es decir su
máxima autoridad con capacidad de decisión. Es una
asociación de todos los Estados miembros de la
Convención, la cual se reúne cada año. Entres sus
principales funciones se encuentran las siguientes:
o Mantener los esfuerzos internacionales para
resolver los problemas del cambio climático.
o Examinar la aplicación de la Convención y los
compromisos de los Estados miembros en función
de los objetivos de la Convención.
325
Ibídem, Artículo 4.3. 326
Ídem, Artículo 4.5.
131
o Examinar las comunicaciones nacionales y los
inventarios de emisiones de GEI presentados por los
Estados miembros.
Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y
Tecnológico, tiene como misión:
o Asesorar a la Conferencia de las Partes sobre
cuestiones científicas, tecnológicas y metodológicas
relativas al cambio climático.
o Promover el desarrollo y la transferencia de
tecnologías inocuas para el medio ambiente.
o Realizar actividades técnicas para mejorar la
preparación de las comunicaciones nacionales de
inventarios de emisiones GEI.
Órgano Subsidiario de Ejecución, es el encargado de:
o Asesorar a la Conferencia de las Partes sobre las
cuestiones relativas a la aplicación de la
Convención.
o Examinar la información contenida en las
comunicaciones nacionales y los inventarios de
emisión de GEI, con el fin de evaluar la eficacia
global de la Convención.
o Examinar la asistencia financiera otorgada a los
países en desarrollo para ayudarlos a aplicar los
132
compromisos contraídos en el marco de la
Convención.
o Asesorar a la Conferencia de las Partes sobre
cuestiones presupuestarias y administrativas.
Cuando fue adoptada la Convención, los gobiernos sabían que
sus compromisos no serían suficientes para abordar los problemas del cambio
climático, por ello en la Primera Conferencia de las Partes, celebrada en Berlín en
el año de 1995, los Estados miembros pusieron en marcha una nueva ronda de
conversaciones para decidir la adopción de compromisos más firmes y más
detallados para los países industrializados.
Para ello, después de dos años y medio de intensas
negociaciones, en la Tercera Conferencia de las Partes, se adoptó el Protocolo de
Kioto, el día once de diciembre de 1997327.
Cabe destacar que solamente ochenta y cuatro de los ciento
sesenta y seis países que ratificaron la Convención firmaron el Protocolo.
Es por lo anterior que se inició una nueva ronda de
negociaciones encaminadas a especificar las normas del Protocolo de Kioto, las
cuales culminaron en la Séptima Conferencia de las Partes con la adopción de los
Acuerdos de Marrakech, en los que se establecieron las normas de aplicación del
Protocolo de Kioto328, como, por ejemplo, que “se utilice energía renovable con el
resultado de que se reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero por
unidad de producción”329.
327
http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/kyoto_protocol/items/3329.php 328
http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/kyoto_protocol/items/3329.php 329
Decisión 14/CP.7. del Informe de la Conferencia de las Partes sobre su Séptimo Período de Sesiones, celebrado en Marrakech del 29 de octubre al 10 de noviembre de 2001, Artículo 2.
133
Cabe precisar que el Protocolo de Kioto tiene los mismos
objetivos, principios e instituciones de la Convención, pero la refuerza de manera
significativa, ya que a través de él los países desarrollados se comprometieron a
lograr diversos objetivos individuales, que son jurídicamente vinculantes,
encaminados a limitar o reducir las emisiones de GEI.
Es por lo anterior que el Protocolo representa un importante
paso hacia adelante en la lucha contra el calentamiento global, ya que contiene
objetivos obligatorios y cuantificados de limitación y reducción de GEI.
Por otro lado, el Protocolo aplica solamente a los siguientes
tipos de GEI330:
Dióxido de carbono.
Metano.
Óxido nitroso.
Hidrofluorocarbonos.
Perfluorocarbonos.
Hexafluoruro de azufre.
Los anteriores GEI son producidos, según el Protocolo, por las
siguientes “fuentes”331:
Quema de combustibles.
330
Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas Sobre el Cambio Climático, Anexo A. 331
Ídem.
134
Industrias energéticas.
Industria manufacturera y de construcción.
Transporte.
Emisiones fugitivas de combustibles.
Combustibles sólidos.
Petróleo y gas natural
Globalmente, los Estados miembros se comprometieron a
reducir sus emisiones de GEI en, al menos, un cinco por ciento con respecto al
nivel de 1990, durante el período comprendido entre los años 2008 y 2012332. El
“Anexo B” del Protocolo contiene los compromisos específicos de cada país
relativos al porcentaje de GEI que deben reducir para dicho periodo333.
Cabe precisar que únicamente los Estados que sean parte en
la Convención, podrán serlo en el Protocolo (es decir, que lo ratifiquen, acepten,
aprueben o adhieran a él), viéndose obligadas a los compromisos establecidos
por él334.
El Protocolo entró en vigor el día dieciséis de enero de 2005,
noventa días después de la ratificación de Rusia, ya que con la firma de Rusia se
recabaron ciento cuarenta y un ratificaciones de países de la Convención (el
mínimo era de cincuenta y cinco), cuyas emisiones representan más de cincuenta
332
Ibídem, Artículo 3.1. 333
Ídem, Anexo B. 334
Convención Marco de las Naciones Unidas Sobre el Cambio Climático, Artículo 17.
135
y cinco por ciento de las emisiones totales de dióxido de carbono para el año de
1990 de los países contemplados en el “Anexo I”335.
Ahora bien, el Protocolo establece tres “mecanismos flexibles”
necesarios para poder cumplir con los compromisos establecidos para los países
“Anexo B” del Protocolo, los cuales son:
“Implementación conjunta”336: todos los Estados
contemplados en el “Anexo I” de la Convención podrán
transferir a cualquier otro, o adquirir de éste, las Unidades
de Reducción de Emisiones (ERU, por sus siglas en inglés)
resultantes de los proyectos encaminados a reducir las
emisiones de GEI de las “fuentes”, o bien de la absorción
de GEI por sumideros337. Las ERU podrán ser utilizadas
por los Estados que inviertan en tales proyectos para
cumplir sus metas de reducción.
“Mecanismo de Desarrollo Limpio”338: funciona de manera
similar al de Instrumentación Conjunta, pero a diferencia de
este, las partes que serán los huéspedes de los proyectos
de mitigación de GEI serán las que no forman parte del
“Anexo I” (es decir en un país en vías de desarrollo. Éste
tipo de desarrollo plantea una estructura institucional
compleja, ya que:
o Incluye un Consejo Ejecutivo que guía y supervisa el
Mecanismo de Desarrollo Limpio.
335
Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas Sobre el Cambio Climático Artículo 25.1. 336
Ídem, Artículo 6. 337
Bosques que eliminan el dióxido de carbono de la atmósfera, http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/feeling_the_heat/items/3304.php 338
Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas Sobre el Cambio Climático, Articulo 12.
136
o Opera bajo la autoridad de la Conferencia de las
Partes.
o Sus procesos de monitoreo son muy estrictos, con el
objetivo de garantizar que no se generen
Certificados de Reducción de Emisiones (CER, por
sus siglas en inglés) ficticios.
“Comercio de emisiones”339: Las partes del “Anexo I”
pueden participar en actividades de comercio de
“Certificados de emisión de gases de efecto invernadero”.
La idea de este mecanismo consiste en que los países que
hayan reducido sus emisiones por debajo del nivel exigido
puedan vender ese excedente a los países que superen
sus límites de contaminación. Con ello, a escala global, las
cantidades se equilibran y se avanza hacia el objetivo del
Protocolo. Debo precisar que el comercio de emisiones se
lleva a cabo ante el Banco Mundial340.
Con los denominados mecanismos flexibles se pretende
contribuir a que las soluciones técnicas para cumplir con los objetivos del
Protocolo de Kioto sean efectivas mediante esquemas de mercado.
Ahora bien, el Mecanismo para el Desarrollo Limpio es el
esquema más importante para nuestro país, ya que dicho mecanismo tiene como
propósito ayudar a los Estados firmantes no incluidos en el “Anexo I” (como lo es
México) para que logren un desarrollo sustentable y que puedan contribuir al
objetivo último de la Convención (reducir a nivel mundial las emisiones de GEI).
339
Ibídem, Artículo 17. 340
Ídem
137
Cabe precisar que el único Tratado suscrito por México en
esta materia es el denominado “ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA
FRANCESA SOBRE EL MECANISMO DE DESARROLLO LIMPIO, EN EL
MARCO DEL ARTICULO 12 DEL PROTOCOLO DE KIOTO, HECHO EL 11 DE
DICIEMBRE DE 1997”, en el que se comprometieron, principalmente, a mantener
o adoptar cualquier forma de cooperación en materia de lucha contra el cambio
climático, así como la promoción de la eficacia energética mediante la utilización
de las energías renovables (como lo son los Bioenergéticos)341.
Ahora bien, tanto la Convención como el Protocolo tienen una
relación directa con los Bioenergéticos, ya que:
Los Bioenergéticos son una alternativa a las “Fuentes” de
GEI contempladas en la Convención (tal y como quedó
precisado en el Capítulo I de la presente Tesis).
Los “mecanismos flexibles” contemplados por el Protocolo,
a través de los cuales los países desarrollados pagarán
compensaciones por sus emisiones de carbono, ayudarán
a financiar proyectos que le permitan a otros países recibir
esas inversiones para utilizarlas en la creación de
Bioenergéticos.
Las medidas contempladas en el Protocolo incluyen la
utilización de bioenergía, reforestación y la adopción de
prácticas agrícolas mejoradas que contribuyan a reducir las
341
Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Francesa sobre el Mecanismo de Desarrollo Limpio, en el marco del articulo 12 del Protocolo de Kioto, hecho el 11 de diciembre de 1997”, Artículo 6.
138
emisiones de la agricultura a la vez que se incrementa la
producción.
A través de una mayor inversión para incrementar la
producción y la utilización de bioenergía, sería posible
reducir las emisiones de carbono entre un cinco y un
veinticinco por ciento de las emisiones previstas de los
combustibles fósiles para el año 2050342.
1.1.3. “Conferencia Internacional sobre Energías
Renovables” o “Conferencia de Bonn”.
Aunque la Conferencia Internacional sobre Energías
Renovables no es un Tratado, me parece pertinente hacer un estudio sobre la
misma, ya que planteó la optimización de las energías renovables, tema que es la
plataforma sobre la cual, en un futuro, se pueden consolidar los Tratados relativos
a las energías renovables.
La Conferencia tuvo lugar en Bonn, Alemania, en junio de
2004. Su realización fue anunciada en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo
Sostenible de Johannesburgo 2002, señalando como anfitrión de la conferencia al
Gobierno Federal alemán343.
Los objetivos fijados por la Conferencia Internacional sobre
Energías Renovables fueron344:
Sentar las bases para una expansión global de las
energías renovables, integrándolas en una estrategia más
342
Cifras aportadas por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático http://www.gep.com.mx/s_seccion35001/html/elemento.exr?Clave_Elemento=27&N=0 343
CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE ENERGÍAS RENOVABLES BONN 2004, Segundo Folleto de Información Renewables 2004, Alemania, 2004, Bienvenida. 344
Ídem, p. 4
139
vasta orientada hacia un futuro de energías altamente
eficientes.
Identificar los principales obstáculos que frenan un uso
más intenso de las energías renovables y se enfocarán las
soluciones prácticas que permitan superar esas barreras.
Tratar desafíos claves del desarrollo sostenible, tales como
el acceso de los pobres a la energía y la protección del
clima global.
La Conferencia contó con la participación de una delegación
mexicana, encabezada por la Secretaría de Energía, y conformada por
funcionarios de la SEMARNAT (Secretaría del Medio Ambiente y Recursos
Naturales), BANOBRAS (Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos), CFE
(Comisión Federal de Electricidad), miembros del Poder Legislativo,
Organizaciones no Gubernamentales y miembros del sector privado345.
Es de destacarse que aunque la Conferencia fue convocada
por el gobierno alemán y no por las Naciones Unidas, no afectó la respuesta de
los países asistentes, ya que ésta fue excelente, al haber contado con la
participación de ciento cincuenta y cuatro países346.
345
http://www.sener.gob.mx/webSener/res/PE_y_DT/pe/conf_inter_er.pdf 346
SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit., p. 17.
140
En el marco de la Conferencia se realizaron diversos
documentos, pero el más destacado fue la “Declaración Política” hecha por los
Ministros y los Representantes Gubernamentales de los países reunidos en la
Conferencia, la cual está conformada por once puntos, de los cuales destacan los
siguientes347:
Las energías renovables, “…junto con una mayor eficiencia
energética pueden contribuir significativamente al
desarrollo sustentable, a proveer acceso a la energía,
especialmente para los pobres, a mitigar las emisiones de
gases de efecto invernadero y a reducir la perjudicial
contaminación del aire, creando así nuevas oportunidades
económicas y aumentando la seguridad energética a
través de la cooperación y la colaboración.”
El compromiso de los países participantes de aumentar de
manera sustancial y con carácter urgente la participación
global de las energías renovables en la oferta energética.
El compromiso para reducir a la mitad la proporción de
personas que viven en la extrema pobreza y alcanzar la
sustentabilidad ambiental para el año 2015.
La necesidad de contar con marcos regulatorios y políticos
coherentes para desarrollar los crecientes mercados de
tecnologías de energía renovable, reconociendo el papel
del sector privado, lo que implica la eliminación de
barreras, la competencia limpia y el considerar todos los
tipos de energía.
347
http://www.renewables2004.de/pdf/Political_declaration_final_es.pdf
141
Considerar la importancia de una mejor cooperación
internacional para el desarrollo de las capacidades, la
transferencia de tecnología, las disposiciones
gubernamentales efectivas a todos niveles, la
responsabilidad por parte de las empresas, los micro
financiamientos y la cooperación entre el sector público y el
privado, entre otras.
Considerar que las instituciones, como el Banco Mundial y
los bancos regionales de desarrollo, deben expandir
significativamente sus inversiones a las energías
renovables.
El apoyo al fortalecimiento de las capacidades humanas e
institucionales en energías renovables a través del:
o Desarrollo en las capacidades de análisis de
políticas y de asesoramiento tecnológico.
o Aumento en la conciencia de los beneficios de las
energías renovables.
o Promoción de la demanda de tecnologías de
energías renovables.
o Apoyo en el desarrollo del mercadeo, mantenimiento
y otras capacidades de servicio.
Fomentar la colaboración nacional e internacional y la
participación de las partes interesadas para favorecer el
142
acceso a la información, las buenas prácticas y el
intercambio de energías renovables.
Realizar más investigación y desarrollo sobre energías
renovables, específicamente en países en desarrollo.
El compromiso de los asistentes a la reunión para
emprender las acciones planteadas en el “Programa
Internacional de Acción” derivado de la Conferencia, cabe
destacar que dicho documento no vincula a las partes, ya
que es de voluntario cumplimiento.
La Conferencia es un buen avance para las energías
renovables –entre las que se incluye a los Bioenergéticos-, ya que en ella se
plasma la preocupación internacional para promover su utilización, pero no hay
que perder de vista que no hubieron compromisos específicos ni se plantearon
objetivos en las metas de penetración de las energías renovables ni en los apoyos
económicos por parte de las instituciones financieras o los gobiernos.
En las discusiones y en los documentos se repitió hasta el
hartazgo que las energías renovables van a generar empleo, van a proteger el
medio ambiente y van a mejorar el acceso de los pobres a la energía.
Pero resulta difícil creer que se pueda cumplir con los
objetivos proyectados, ya que los países asistentes no están jurídicamente
vinculados al cumplimiento de los documentos adoptados en la Conferencia, al ser
de aplicación voluntaria.
143
1.2. Tratados Internacionales relacionados con la producción de
Bioenergéticos.
En el presente numeral abarcaré aquellos Tratados que tienen una
relación directa o indirecta con la producción de los Bioenergéticos, entre los
cuales se encuentran los siguientes:
1.2.1. “Tratado Energético del ALBA”.
El día veintinueve de abril de 2007, se reunieron los jefes de
Estado de la República de Bolivia, la República de Cuba, la República de
Nicaragua y la República Bolivariana de Venezuela para suscribir el Tratado
Energético del ALBA (Alternativa Bolivariana para América Latina y el Caribe)348.
El Tratado tiene por objeto “garantizar el balance de la matriz
energética actual de cada Parte, sobre la base de la construcción de una matriz
energética del ALBA, basada en criterios del uso racional de la energía, en
búsqueda del máximo ahorro y la eficiencia energética, así como, el desarrollo de
fuentes de energía alternativas en cada una de las Partes”349.
Para conseguir su objetivo, el Tratado plantea diversos “ejes
fundamentales”, aplicados de acuerdo al sector energético que se trate:
Petróleo: Los Estados firmantes tendrán una participación
en un Bloque, el “Bloque del ALBA”, de tal manera que
tengan a su disposición las reservas de petróleo que
garanticen el suministro energético de sus respectivos
348
Se constituyó en La Habana, Cuba el día 14 de diciembre de 2004 por el acuerdo de Venezuela y Cuba. Posteriormente se sumaron al acuerdo Bolivia, Nicaragua, Antigua y Barbuda, Dominica y San Vicente. Se concreta en un proyecto de colaboración y complementación política, social y económica entre países de América Latina y el Caribe. http://www.alternativabolivariana.org/modules.php?name=Content&pa=showpage&pid=1 349
Tratado Energético del ALBA, Artículo I.
144
países para los próximos veinticinco años. Para ello, la
exploración y explotación se hará de manera conjunta, con
participación de todos los países del ALBA, a través de una
empresa denominada PETROALBA350.
Gas: los Estados firmantes acuerdan el desarrollo de
iniciativas que permitan el suministro de gas a través de
empresas estatales que financien proyectos para la
explotación y para el desarrollo de la infraestructura de
transporte, así como desarrollar los sistemas de
gasoductos requeridos para la expansión del uso del gas
en sus territorios y los requeridos para interconectarlos con
la respectiva área continental351.
Energía Eléctrica: Los Estados parte promoverán la
sustitución de combustibles líquidos por gas o por otros
combustibles más económicos352.
Energías Alternativas: Los Estados deben desarrollar
proyectos conjuntos y líneas de investigación para el
impulso del uso de todas las energías alternativas
disponibles en sus respectivos territorios353.
Ahorro de Energía: Las Partes establecerán programas
para la sustitución de artefactos de alto consumo
energético por equipos más eficientes354.
350
Ibídem, Artículo II.1. 351
Ídem, Artículo II.2. 352
Ídem, Artículo II. 3. 353
Ídem, Artículo II. 4. 354
Ídem, Artículo II. 5.
145
Ahora bien, con el fin de lograr los objetivos del Tratado, así
como los “ejes fundamentales”, se crean los siguientes organismos:
Empresa Gran Nacional de Energía (PETROALBA), la cual
abarca las áreas de petróleo, gas, refinación, petroquímica,
desarrollo de infraestructura de transporte, de
almacenamiento, de distribución, electricidad, energías
alternativas y transporte marítimo355.
Consejo Energético del ALBA, cuya sede está ubicada en
la ciudad de Caracas, Venezuela, el cual está conformado
por los Ministros del área energética de cada una de las
Partes y es el encargado de supervisar los lineamientos del
Tratado356.
Como puede observarse, el Tratado Energético del ALBA tiene
relación con los Bioenergéticos, ya que:
Los Estados miembros tienen la obligación de desarrollar
proyectos conjuntos, así como líneas de investigación para
el impulso del uso de todas las energías alternativas
disponibles en sus respectivos territorios, entre las cuales
se contempla a los Bioenergéticos.
PETROALBA controla el sector de las energías
alternativas, es por ello que abarca a los Bioenergéticos.
355
Ibídem, Artículo II. 356
Ídem, Artículo III.
146
1.2.2. “Convenio de Lima” o “Convenio que establece la
Organización Latinoamericana de Energía (OLADE)”:
La OLADE nació en el contexto de la crisis energética
internacional de los setenta, cuyos alcances y repercusiones fueron analizadas por
los países de América Latina y el Caribe, que carentes de políticas energéticas y
ante la necesidad de enfrentar adecuadamente dicha crisis iniciaron un intenso
proceso de movilización política que culminó el día dos de noviembre del año
1973, con la suscripción del Convenio de Lima, instrumento constitutivo de la
Organización, que ha sido ratificado por 26 países de América Latina y el
Caribe357:
Países de Sudamérica: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile,
Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam,
Uruguay y Venezuela.
Países del Caribe: Barbados, Cuba, Granada, Haití,
Jamaica, Trinidad y Tobago y República Dominicana.
Países de Centroamérica: Costa Rica, El Salvador,
Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá.
México es el único país de América.
Al impulsar la creación de OLADE se consideró la necesidad
de establecer un mecanismo de cooperación entre los países de la región para
desarrollar sus recursos energéticos y atender conjuntamente los aspectos
relativos a su eficiente y racional aprovechamiento a fin de contribuir al desarrollo
económico y social de América Latina y el Caribe358.
357
http://www.olade.org.ec/organizacion.html 358
http://www.olade.org.ec/organizacion.html
147
La OLADE es “un organismo de cooperación, coordinación y
asesoría, con personería jurídica propia359, que tiene como propósito fundamental
la integración, protección, conservación, racional aprovechamiento,
comercialización y defensa de los recursos energéticos de la Región”360 y tiene
como misión “promover acuerdos entre sus Estados Miembros y realizar acciones
para satisfacer sus necesidades energéticas, mediante el desarrollo sustentable
de las diferentes fuentes de energía”361.
Es por ello que juega un papel central en el tema de la
presente Tesis, al ser una organización que pretende lograr el desarrollo de
políticas energéticas comunes en la región.
Cabe señalar que la OLADE tiene como principales objetivos y
funciones los siguientes362:
Promover acciones entre los Estados miembros para
promover el aprovechamiento y defensa de los recursos
naturales de sus respectivos países y de la Región en su
conjunto.
Promover una política efectiva y racional para la
explotación, transformación y comercialización de los
recursos energéticos de los Estados miembros.
Estimular entre los Miembros la ejecución de proyectos
energéticos de interés común.
359
“La Organización en uso de su personería jurídica, podrá celebrar toda clase de contratos, comparecer en juicios y en general, realizar todas las actividades necesarias para el cumplimiento de sus fines” Convenio que establece la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE), Artículo 28. 360
Ídem, Artículo I.2. 361
http://www.olade.org.ec/php/index.php?arb=ARB0000002 362
Ídem, Artículo II.
148
Dentro de los diversos proyectos que lleva a cabo la OLADE
es necesario destacar uno, llamado “Energía y Cambio Climático”, el cual está
integrado por dos componentes363:
“Programa de Energía Sostenible” que se está
desarrollando conjuntamente con la Universidad de
Calgary, con el financiamiento de la Agencia Canadiense
de Desarrollo Internacional y tiene como propósito
fortalecer la capacidad técnica de los países de la región
en el aprovechamiento del Mecanismo de Desarrollo
Limpio364, así como evaluar el estado actual del
conocimiento en la materia, así como de la aplicación del
Mecanismo en la región, para planificar estrategias de
superación de barreras y de refuerzo de la capacidad
técnica nacional, en apoyo al trabajo que vienen
desarrollando las autoridades nacionales del Mecanismo
en cada país365.
“Programa Synergy de la Comisión Europea”, está a cargo
de un grupo de empresas e instituciones europeas,
latinoamericanas y caribeñas y tiene como propósito
desarrollar herramientas para los Mecanismos de
Desarrollo Limpio. Tales herramientas consisten en una
guía metodológica para elaboración de proyectos de los
Mecanismos de Desarrollo Limpio, así como la
comparación de las experiencias nacionales mediante
seminarios regionales366.
363
http://www.olade.org.ec/climatico.html 364
Vid supra, Capítulo II, Numeral 1.1.2. 365
http://www.olade.org/alcanceClimatico.html 366
http://www.olade.org/alcanceClimatico.html
149
Otro proyecto de la OLADE es el Programa Regional de
Bioenergéticos, adoptado durante el “Diálogo Ministerial sobre la Importancia y el
Desarrollo de los Biocombustibles en América Latina y el Caribe, como Alternativa
a los Altos Precios del Petróleo” realizado como parte de la XXXVI Reunión de
Ministros de Energía efectuada en Quito, Ecuador en octubre de 2005.
En dicha cumbre se recomendó a la Secretaría Permanente
de OLADE promover el intercambio de experiencias en materia de Bioenergéticos
en coordinación con el Ministerio de Minas y Energía de Brasil, a través de la
realización de un Seminario Internacional, el cual se desarrolló en abril de 2006,
donde principalmente se expuso la experiencia brasileña en materia de
Bioenergéticos 367.
A partir de la XXXVI Reunión de Ministros de Energía, la
OLADE inició un “Programa Regional de Biocombustibles”, el cual tiene como
objetivo: “ejecutar programas nacionales de biocombustibles para contribuir a
mejorar los ingresos en zonas rurales agrícolas y urbano-marginales, reducir
emisiones de dióxido de carbono en el sector transporte y fortalecer la
institucionalidad del sector energético nacional”368.
Cabe precisar que la OLADE tiene una vasta base de
información referida a los Bioenergéticos, en resumen contiene todas las leyes y
reglamentos de los Estados miembros en la materia, así como experiencias
regionales y demás información relacionada.
367
http://www.olade.org.ec/biocombustibles.html 368
http://www.olade.org.ec/biocombustibles.html
150
1.2.3. Comisión Interamericana de Etanol (“Interamerican
Ethanol Comission”).
El cinco de junio de 2006, se reunieron en Miami, Florida, el
Gobernador de dicho Estado, Jeb Bush, y el Ministro brasileño de Agricultura, con
el objeto de discutir las posibilidades de una asociación entre el Estado de Florida
y el Estado de Sao Paulo, acentuando el papel de Brasil como un líder global en
tecnología, producción y distribución de etanol369.
Durante la reunión, surgió la idea de un formar una Comisión
para promover la expansión de mercados de etanol en los Estados Unidos de
América, la cual fue concretada mediante un “Memorandum of Understanding”
firmado en Brasil, por el Gobierno del Estado de Florida, el Servicio Agrícola de
Investigación Brasileño, la Federación de Industrias del Estado de São Paulo, la
Fundación de Agroindustria Getulio Vargas, el Centro Nacional de
Biocombustibles, y la Universidad de Sao Paulo370.
Cabe precisar que el anterior acuerdo no puede ser
catalogado como Tratado internacional, ya que se trata de una figura jurídica
diferente, llamada “Memorandum of Understanding371”, pero se menciona en la
presente Tesis por la relación que guarda con el tema principal.
Los objetivos de la Comisión son: “fomentar el uso del
compuesto químico alcanzando esfuerzos de investigación técnica y científica,
369
http://helpfuelthefuture.org/web/content/view/39/55/ 370
http://helpfuelthefuture.org/web/content/view/43/56/ 371
“The term memorandum of understanding (M.O.U.) is often used to denote a less formal international instrument than a typical treaty or international agreement. It often sets out operational arrangements under a framework international agreement. It is also used for the regulation of technical or detailed matters. An M.O.U. typically consists of a single instrument and is entered into among States and/or international organizations. The United Nations usually concludes M.O.U.s with Member States in order to organize its peacekeeping operations or to arrange United Nations conferences. The United Nations also concludes M.O.U.s regarding cooperation with other international organizations. The United Nations considers M.O.U.s to be binding and registers them if submitted by a party or if the United Nations is a party” http://untreaty.un.org/English/TreatyHandbook/glossary.htm
151
además de difundir información, generar cobertura en los medios de comunicación
y concienciar sobre las ventajas. Estas exposiciones también buscan aliados
internacionales con el fin de ampliar el uso de etanol, así como su producción para
la exportación372.”
372
http://www.diariolasamericas.com/news.php?nid=19187
152
2. Marco Jurídico Extranjero.
El interés por producir y utilizar Bioenergéticos ha ido en aumento, al ser una
alternativa energética “verde” y viable a la utilización de los combustibles fósiles,
razón por la cual su marco normativo se ha desarrollado casi a la par.
A continuación, haré una breve reseña sobre la legislación extranjera de los
Bioenergéticos, únicamente por lo que respecta a Brasil, los Estados Unidos de
América y la Unión Europea, al ocupar, los dos primeros, la cima en producción de
etanol, mientras que la Unión Europea ocupa el primer lugar en producción de
biodiesel.
2.1. Brasil.
Brasil es el país con mayor experiencia a nivel de mundial en la
producción y la utilización del etanol con fines energéticos373. Para llegar a ese
nivel tuvo que aplicar diversas políticas.
En el año de 1975, Brasil creó, por el decreto 76.593, un programa
de producción de etanol a partir de la caña de azúcar, conocido como
PROALCOHOL. Esta medida pretendía reducir las importaciones de crudo
después de las crisis petroleras acontecidas durante dicha década, además, de
resolver el problema de la fluctuación en los precios del azúcar en el mercado
internacional374.
Tal combustible es utilizado como oxigenante de la gasolina, ya que
pueden mezclarse con una participación de etanol que va del veinte al veintiséis
por ciento, la cual es conocida como gasohol375, mezcla que se puede utilizar sin
modificar los motores comunes.
373
http://www.olade.org.ec/etanol.html 374
SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit., p. 73. 375
Ídem.
153
Cabe destacar que en Brasil existen vehículos que utilizan etanol al
cien por ciento en su forma de etanol hidratado376.
Ahora bien, el incremento de la producción y del uso del etanol como
combustible se debe, principalmente, a tres acciones realizadas por el gobierno de
Brasil durante el establecimiento del PROALCOHOL 377:
Garantizar que la empresa petrolera nacional,
PETROBRAS, comprar una cantidad fija de etanol.
Provisión de incentivos económicos para las empresas
agroindustriales que produjeran etanol, ofreciendo
préstamos con bajas tasas de interés entre los años de
1980 y 1985.
Para este combustible se estableció un precio fijo,
equivalente al cincuenta y nueve por ciento del precio de la
gasolina. Dicha medida fue posible gracias a que el
gobierno fijó el precio de la gasolina y, de esta forma hizo
del etanol un combustible más atractivo para los
consumidores.
Actualmente, no existen subsidios para la producción de etanol y su
precio de venta equivale a entre el sesenta y setenta por ciento del precio de la
gasolina vendida en las estaciones de servicio. En otras palabras, su precio está
establecido por un mercado que actualmente no tiene restricciones competitivas, y
376
http://www.olade.org.ec/etanol.html 377
SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit., p. 73.
154
se ha alcanzado gracias a la reducción en los costos de la producción de dicho
energético378.
Los anteriores resultados demuestran la sustentabilidad económica
del etanol, comparada con la gasolina.
Cabe destacar que la aplicación de dicho programa fue posible
gracias a los altos precios de la gasolina y, en especial, a las políticas favorables
del uso de etanol.
Ahora bien, dentro del periodo comprendido entre los años de 1975 y
1989 se invirtieron casi cinco mil millones de dólares en la producción de etanol,
inversión que fue cubierta por el ahorro derivado de las importaciones de crudo, el
cual fue por la cantidad de cuarenta y tres mil millones de dólares, contabilizados
durante el periodo comprendido entre los años de 1975 a 2000. Además, es
relevante señalar que la producción de etanol ha generado alrededor de 700,000
empleos379.
Por otro lado, es de destacarse que en Brasil, el uso del etanol como
combustible ha permitido eliminar los hidrocarburos aromáticos y reducir
significativamente el azufre y el monóxido de carbono en el aire. Además de que
las emisiones exhaustivas del alcohol son menos tóxicas que las de la gasolina.
Como beneficio adicional, el etanol casi no genera emisiones de gases con efecto
invernadero, lo cual se demostró en el periodo de 1975 a 2000, cuando se
eliminaron alrededor de ciento diez millones de toneladas de carbón producido por
las emisiones de la gasolina380.
Es de señalarse que la política de producción y de uso del etanol se
rige por el “Consejo Interministerial del Azúcar y del Alcohol”, del cual forman parte
378
http://www.olade.org.ec/etanol.html 379
SENADO DE LA REPÚBLICA, op. cit., p. 74. 380
Ídem, p. 75
155
varios ministerios estatales relacionados con el tema, así como representantes del
sector civil381. En otras palabras, la política energética relacionada con el etanol,
está regida tanto por el sector público como por el sector privado.
Por su parte, la regulación del uso del etanol esta a cargo de la
“Agencia Nacional del Petróleo, Gas Natural y Biocombustibles”.
Cabe destacar que PETROBRAS382 se ha constituido en un actor
importante en la cadena de comercialización del etanol, ya que es operador
logístico, inversionista, comerciante (exportación de los excedentes de etanol
hacia otros países de la región y del mundo), distribuidor y comprador de éste
combustible383.
A continuación relacionaré las disposiciones normativas expedidas
por Brasil que tienen una relación directa o indirecta con los Bioenergéticos 384:
“Ley No. 737-1938”: Declara obligatoria la adición de
alcohol anhídrido a la gasolina, tal obligación atañe a los
productores de la gasolina, cualquiera que sea el método o
el proceso de fabricación de la misma.
“Ley No. 8723”: Dispone la reducción de emisiones de
gases contaminantes por vehículos automotores y
establece la obligación de los fabricantes de vehículos
automotores y de combustibles de tomar las medidas
necesarias para reducir los niveles de monóxido de
carbono, óxidos de nitrógeno, y otros elementos
381
http://www.olade.org.ec/etanol.html 382
En octubre de 1953, conforme a la Ley 2.004, se autorizó la constitución de Petrobras para la realización de las actividades del sector del petróleo en Brasil, en nombre del Gobierno Federal. http://www2.petrobras.com.br/espanhol/ads/ads_Petrobras.html 383
http://www.olade.org.ec/etanol.html 384
Debido a la complejidad del idioma portugués, la regulación brasileña se analiza con base en los datos aportados por la OLADE, http://www.olade.org.ec/brasilLeg.html
156
contaminantes. Fijando límites de emisiones y plazos en
los que deben lograrse, así como un porcentaje obligatorio
de adición de alcohol anhidro a gasolinas en todo el
territorio.
“Ley No. 11.097”: Regula la producción y comercialización
del biodiesel, actividad fiscalizadora y de control que es
ejercida por la Agencia Nacional de Petróleo.
“Ley No. 11.116”: Establece el procedimiento para el
registro del productor o importador de biodiesel en la
Secretaria de Renta Federal del Ministerio de Hacienda.
Para ejercer dicha actividad se necesita autorización de
Agencia Nacional de Petróleo.
“Decreto D-3546-2000”: Crea el Consejo Interministerial del
Azúcar y del Alcohol, el cual tiene por objetivo deliberar
sobre las políticas relacionadas con las actividades del
sector azucarero y del alcohol, considerando
especialmente la adecuada participación de los productos
de la caña de azúcar en la matriz energética nacional.
Además, tiene competencia para aprobar los programas de
producción y uso de alcohol etílico combustible.
“Reglamento Técnico ANP No. 07-2005”: Establece las
especificaciones para la comercialización del óleo diesel y
la mezcla del óleo diesel en todo el territorio nacional y
define las obligaciones de los agentes económicos sobre el
control de calidad del producto.
157
“Reglamento Técnico ANP No. 07-2004”: Establece que el
biodiesel puede ser adicionado al óleo diesel en proporción
del dos por ciento del volumen total.
“Reglamento Técnico ANP No. 07-2005”: Establece las
especificaciones del Alcohol Etílico Anhidro y del Alcohol
Etílico Hidratado comercializado por los diversos agentes
económicos en todo el país.
“Decreto No 5448, el cual reglamenta el párrafo 1 del
artículo 2 de la Ley 11.097”: Dispone sobre la introducción
del biodiesel en la matriz energética brasileña, autorizando
la adición del dos por ciento en volumen del biodiesel al
óleo diesel de origen fósil a ser vendido al consumidor
final.
2.2. Estados Unidos de América.
La nueva política energética de Estados Unidos, promovida por el
aún presidente, George W. Bush, impulsa el mercado de los Bioenergéticos, pero
en especial el del etanol.
La Política Energética Nacional de los Estados Unidos de América es
un mapa de rutas que aprovecha una gran gama de fuentes de energía para
mejorar la seguridad energética, la competitividad económica y el desempeño
ambiental de los Estados Unidos385. Desde su perspectiva, la seguridad energética
es algo más que una cuestión de asegurar abastecimientos a corto plazo a partir
de386:
385
SPENCER, Abraham, La Política Energética Nacional de Estados Unidos y la Seguridad Energética Mundial, http://usinfo.state.gov/journals/ites/0504/ijes/abraham.htm 386
Ídem.
158
Equilibrar el aumento de producción con una concentración
renovada en el uso limpio y eficiente de la energía.
Expandir la participación internacional con naciones
consumidoras y productoras.
Expandir y diversificar las fuentes de abastecimiento.
Alentar decisiones en materia de energía que estén
guiadas por mercados competitivos y políticas públicas que
estimulen resultados eficientes.
El logro de un abastecimiento de energía seguro y sostenible
requerirá la transición a sistemas de energía avanzados. Por lo tanto, un aspecto
central de la política energética estadounidense consiste en una cartera de
tecnologías innovadoras que prometen alterar fundamentalmente la manera en
que produce y consume energía.
El ocho de agosto de 2005, entró en vigor la Ley de Política
Energética (“PUBLIC LAW 109–58” ó “Energy Policy Act”), en la que se detallan
las metas, programas, incentivos, planes de acción y demás regulaciones del
sector energético estadounidense.
A continuación analizaré de manera breve la Ley de Política
Energética. Cabe precisar que el análisis versará únicamente sobre aquellos
aspectos que tienen una relación directa o indirecta con los Bioenergéticos, ya que
es una Ley que contempla todos los rubros del sector energético norteamericano.
Para tal efecto clasificaré las normas relacionadas con los
Bioenergéticos en tres, a saber: programas, incentivos y otras normas relevantes.
159
La Ley de Política Energética contempla los siguientes programas
relacionados con los Bioenergéticos:
“Sugar Cane Ethanol Program”387: Tiene por objeto
estudiar la producción de etanol a partir del azúcar en los
estados de Florida, Louisiana, Texas y Hawai. Versa sobre
la manera en la cual la industria azucarera ha localizado
los sitios para construir las instalaciones de producción de
etanol. El programa dura tres años y cuenta con un
presupuesto anual de treinta y seis millones de dólares.
“Bioenergy Program”388: Es un programa de investigación,
desarrollo y producción de bioenergía, referido a todos los
Bioenergéticos. Tiene como principal objetivo aumentar la
producción bioenergética para reducir de la dependencia
de los combustibles fósiles.
“Agricultural Biomass Research and Development
Programs”389: Crea un comité para la investigación y el
desarrollo de la biomasa y de los productos derivados de la
misma, compuesto predominante de los expertos
independientes, fuera de los Ministerios de Agricultura y
Energía. Tiene como principales propósitos:
o Aumentar la seguridad energética de los Estados
Unidos.
o Crear trabajos para promover el desarrollo de la
economía rural.
387
Energy Policy Act 2005, Estados Unidos de América, Section 208. 388
Ídem, Section 932. 389
Ídem, Subtitle D, Title IX.
160
o Diversificar los mercados para los productos
agrícolas.
“Advanced Biofuel Technologies Program”390: Está bajo la
supervisión de la Agencia de Protección del Medio
Ambiente, la Secretaría de Agricultura y el Comité
Consultivo de la Biomasa, todos ellos de Estados Unidos.
Tiene por objeto crear tecnologías avanzadas para la
producción de los Bioenergéticos utilizados en el
transporte. Para cumplir con el Programa, el Congreso
estadounidense aprobó la cantidad anual de ciento diez
millones de dólares para el periodo comprendido entre los
años de 2005 a 2009.
“Sugar Ethanol Loan Guarantee Program”391: Tiene por
objeto otorgar créditos a los proyectos encargados de
demostrar la viabilidad comercial y de producción del
etanol generado a partir del azúcar: Cada préstamo será
por la cantidad máxima de cincuenta millones de dólares.
Por su parte, los incentivos a los Bioenergéticos contemplados en la
Ley de Política Energética son los siguientes:
“Renewable Energy Production Incentive”392: Fondos para
crear instalaciones que generen energía eléctrica a partir
del Sol, viento, océano, biomasa y otros proyectos de
naturaleza similar, durante el periodo comprendido entre
los años 2006 y 2026.
390
Ibídem, Section 1514. 391
Ídem, Section 1516. 392
Ídem, Section 202.
161
“Grants to improve the Commercial Value of Forest
Biomass for Electric Energy, Useful Heat, Transportation
Fuels, and other Commercial Purposes”393: Son todos
aquellos subsidios encaminados a mejorar el valor
comercial de la biomasa destinada a la energía eléctrica,
calor o transporte. Cualquier persona que produzca
biomasa, como materia prima para generar energía
eléctrica, calor sensible, o como combustibles para
transporte, puede acceder al subsidio, el cual será por la
cantidad máxima de veinte dólares por tonelada.
“Production Incentives for Cellulosic Biofuels”394: Tiene
como propósito promover la comercialización de los
Bioenergéticos para poder garantizar la producción anual
de mil millones de galones para el año 2015. A partir de
dicho año el precio de los Bioenergéticos deberá ser
competitivo con la gasolina y el diesel. Para lograr dicho
objetivo se plantea un subsidio no mayor a cien millones de
dólares anuales a nivel nacional, el cual consiste en una
cantidad en dólares por galón de Bioenergético producido.
“Small Business Bioproduct Marketing and Certification
Grants”395: La Secretaría de Agricultura deberá proveer de
bases para lograr la competitividad de los pequeños
productores de bioproductos (Bioenergéticos). Dicha
Secretaría da preferencia a aquellas empresas que tengan
en su planta laboral a menos de cincuenta empleados. La
ayuda contemplada no debe superar los cien mil dólares
393
Ibídem, Section 210. 394
Ídem, Section 942. 395
Ídem, Section 944.
162
anuales y el proyecto en su conjunto está limitado a un
millón de dólares anual, durante el periodo comprendido
entre los años de 2005 y 2015.
“Energy Policy Tax Incentives”396: El gobierno
estadounidense plantea diversos incentivos de tipo fiscal
para ciertos sectores energéticos. Los relacionados con los
Bioenergéticos son:
o “Alternative Motor Vehicle Credit”397: El presente
incentivo aplica a todos los tipos de vehículos que
funcionan con algún combustible diferente a la
gasolina, o bien, para aquellos utilizan otra
tecnología diferente a la convencional, por ejemplo
los autos eléctricos o bien los híbridos. Para el caso
concreto, refiero el presente beneficio fiscal a dos
supuestos:
Para la adquisición de aquellos vehículos
que utilizan combustibles diferentes a la
gasolina, por ejemplo metanol o etanol: aplica
un crédito fiscal equivalente al cincuenta por
ciento del incremento que suponga haber
396
Ibídem, Title XIII. 397
Ídem, Section 1341.
163
adquirido tal tecnología, en comparación con
un vehículo convencional. Dicho crédito
puede incrementarse en un treinta por ciento,
si se llegan a cubrir ciertos requisitos
relacionados con las emisiones del vehículo.
Para aquellos vehículos que utilizan mezcla
de combustible, por ejemplo gasolina-etanol,
aplica entre el setenta y cinco y el noventa
por ciento del valor del crédito mencionado en
el párrafo anterior.
o “Small Agri-Biodiesel Producer Credit”398: Consiste
en un crédito fiscal otorgado a los pequeños
productores de biodiesel399, equivalente a diez
centavos por galón producido, con la limitante de
quince mil galones al año.
o “Small Ethanol Producer Credit”400: Se le otorga al
sector en su conjunto un crédito fiscal por la
cantidad de sesenta millones de dólares.
398
Ibídem, Section 1345. 399
Aquellos que no produzcan más de 60,000 galones por año. Ídem, Section 3. 400
Ídem, Section 1346.
164
Existen otras disposiciones de interés que no son “incentivos” ni
“programas”, pero que resultan relevantes para la presente Tesis:
“Renewable content of gasoline”401: La Ley prevé la
obligación por parte de los productores de gasolina de
adicionar derivados de la biomasa, por ejemplo etanol,
siguiendo la siguiente tabla:
Año Combustible renovable
adicionado a las gasolinas (en
billones de galones)
2006 4.0
2007 4.7
2008 5.4
2009 6.1
2010 6.8
2011 7.4
2012 7.5
Producción de biomasa a partir de basura sólida
municipal402.
401
Ibídem, Section 1501. 402
Ídem, Section 1510.
165
2.3. Unión Europea.
El sector energético es una pieza clave en la construcción del
mercado único europeo, no sólo por su aportación al PIB comunitario sino también
porque la racionalización de la producción, transporte y distribución de la energía
es una condición esencial para la mejora de la competitividad de los productos
comunitarios403.
Desde los Tratados Constitutivos de la “Comunidad Europea del
Carbón y del Acero” (CECA) y de la “Comunidad Europea de la Energía Atómica”,
el desarrollo de una política energética común ha pasado por diferentes etapas404:
Entre el año de 1951, fecha en la que se firmó el Tratado
de la CECA, y las crisis del petróleo de los años setenta, el
sector energético ocupaba un segundo plano entre las
preocupaciones comunitarias.
Tras las crisis de los setenta, el principal objetivo
comunitario relacionado con la energía era precisamente
su ahorro y la reducción de la dependencia de las
importaciones, en especial del petróleo.
Una tercera etapa de la política energética comunitaria se
inició con la elaboración de “El Mercado Interior de la
Energía”, que tiene el proyecto de trazar el camino hacia
un mercado único de la energía. Es una etapa de gran
optimismo y dinamismo, en la que se fijaron objetivos y
plazos muy definidos en cuanto a política energética
403
MORO CRESPO, Marta Inés, Energía y Medio Ambiente: Política Regional y Condicionantes Europeos, España, Departamento de Economía Aplicada de la Universidad de Salamanca, p. 2. 404
Ídem, p.p. 2 y 3.
166
comunitaria. Sin embargo, las metas previstas no se
alcanzaron, y en 1993 no existía aún el mercado único de
la energía, cuando este tipo de mercados ya era una
realidad para otro tipo de bienes y servicios.
Una cuarta etapa comprendida entre los años de 1993 a
1996 está marcada por un periodo de debate en cuanto a
la orientación de la política común de la energía.
La última fase destaca por la creación de la constitución
del Mercado Interior de la Electricidad, que entró en vigor
en el año de 1997, el cual tiene como objetivo el garantizar
la liberación gradual del sector eléctrico. De la misma
manera destacan otra serie de documentos y decisiones
que van relacionados con la globalización de los mercados,
problemas medioambientales, desarrollo de nuevas
tecnologías, etc.
Para efectos de la presente Tesis analizaré tres documentos
emitidos por la Unión Europea, los cuales tienen una relación directa con los
Bioenergéticos, el “Libro Blanco, por el que se establece una estrategia y un plan
de acción comunitarios”, la “Directiva 2003/03/CE” y la “Estrategia de la UE para
los biocarburantes”.
“Libro Blanco, por el que se establece una estrategia y un plan de
acción comunitarios”:
El “Libro Blanco” es un documento que contiene estrategias y planes
de acción de la Unión Europea. Tiene por objeto alcanzar, en el año 2010, una
167
penetración mínima de doce por ciento de las fuentes de energía renovables en tal
región405.
Cabe destacar que en el año de 1997, la cuota de las fuentes de
energía renovable respecto del total del consumo interior bruto de energía de la
Unión era del seis por ciento. El objetivo fijado es doblar dicha cuota para el año
2010406.
El anterior objetivo exige una fuerte implicación de los Estados
miembros, que deberán estimular la expansión de las fuentes de energía
renovables en función de su propio potencial.
La definición de los objetivos depende de cada Estado, pero tienen
que estar encaminados a lograr407:
Una mayor explotación del potencial disponible.
Una mejor contribución a la reducción del dióxido de
carbono.
Desarrollo de industria y empleos.
Ahora bien, para alcanzar el objetivo global es necesario realizar
inversiones importantes, las cuales se estiman en noventa y cinco millones de
euros para el período de 1997 a 2010.
El plan de acción supone la realización de los siguientes
proyectos408:
405
Libro Blanco, por el que se establece una estrategia y un plan de acción comunitarios, Unión Europea, 1997. 406
Ídem. 407
Ídem. 408
Ídem.
168
Instalación de un millón de sistemas fotovoltaicos.
Instalación de grandes parques eólicos, con una capacidad
de diez mil mega watts.
Instalaciones de plantas eléctricas que funcionen con
biomasa.
Ahora bien, por lo que respecta a los Bioenergéticos, el Libro Blanco
establece que los mismos pueden contribuir ampliamente a la seguridad del
suministro energético, ya que la biomasa se ha convertido en un elemento
importante de las políticas energéticas, medioambientales y agrícolas409.
Si bien es cierto que se han registrado avances en la materia, siguen
siendo insuficientes dado el potencial de la biomasa, por lo cual es necesario
iniciar campañas de promoción que subrayen los aspectos energéticos,
medioambientales y económicos de dicha tecnología410.
Directiva 2003/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la
Unión Europea:
Antes de entrar al estudio de la Directiva 2003/30/CE me parece
pertinente analizar la naturaleza jurídica de las Directivas emitidas por el
Parlamento Europeo.
La Directiva es uno de los instrumentos jurídicos de los cuales
disponen las instituciones europeas para aplicar las políticas comunitarias. Se
409
Ibídem. 410
Ídem.
169
trata de una herramienta que se emplea en el marco de las operaciones de
armonización de las legislaciones nacionales.
Por otro lado, la Directiva se caracteriza por la flexibilidad de su
utilización, ya que establece una obligación de resultado, pero deja libertad a los
Estados para decidir los medios necesarios para alcanzar los objetivos.
El artículo 249 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea
establece lo siguiente:
“Para el cumplimiento de su misión, el Parlamento Europeo y el Consejo conjuntamente, el Consejo y la Comisión adoptarán reglamentos y directivas, tomarán decisiones y formularán recomendaciones o emitirán dictámenes, en las condiciones previstas en el presente Tratado. El reglamento tendrá un alcance general. Será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. La directiva obligará al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando, sin embargo, a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios. La decisión será obligatoria en todos sus elementos para todos sus destinatarios. Las recomendaciones y los dictámenes no serán vinculantes.”
El artículo antes transcrito señala que la Directiva es obligatoria y, al
igual que el Reglamento y la Decisión, es vinculante para los Estados
destinatarios, siéndolo así en todos sus elementos.
En consecuencia, la Directiva no puede aplicarse de forma
incompleta, selectiva o parcial.
170
Ahora bien, la Directiva se distingue de la Decisión al ser de carácter
general, ya que la segunda tiene un alcance individual o colectivo (una selección
de países).
Por otro lado, la Directiva no establece los medios para alcanzar los
resultados (como sucede en el Reglamento) sino que establece la obligación de
resultado, dejando con libertad a los Estados para elegir los medios necesarios
para alcanzar dichas metas. Es decir, el Estado está obligado a alcanzar un
objetivo, pero es libre para elegir la forma y los medios necesarios para lograrlo.
Finalmente destaco que a consecuencia de su naturaleza, en el texto
del proyecto de Constitución Europea, la Directiva cambia de nombre a “Ley
Marco Europea”411.
Habiendo quedado precisada la naturaleza jurídica de la Directiva,
entraré al estudio de la “Directiva 2003/30/CE del Parlamento Europeo y el
Consejo de la Unión, relativa al fomento del uso de biocarburantes u otros
combustibles renovables en el transporte”.
Dicha Directiva fue creada como consecuencia del Consejo Europeo,
celebrado en Suecia, en el año 2001, por medio del cual se adoptó una estrategia
comunitaria para un desarrollo sostenible, consistente en una serie de medidas,
entre las que figura el desarrollo de los biocarburantes (en el presente numeral me
referiré a los Bioenergéticos como biocarburantes, ya que es el término utilizado
por la Directiva para referirse a ellos)412.
La Directiva tiene por objeto: “fomentar la utilización de
biocarburantes u otros combustibles renovables como sustitutivos del gasóleo o la
411
http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/l14527.htm 412
Directiva 2003/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2003, relativa al fomento del uso de biocarburantes u otros combustibles renovables en el transporte, Considerando 1.
171
gasolina a efectos de transporte en los Estados miembros, con el fin de contribuir
a objetivos como el cumplimiento de los compromisos asumidos en materia de
cambio climático, la seguridad de abastecimiento en condiciones ecológicamente
racionales y la promoción de las fuentes de energía renovables”413.
A diferencia de otras legislaciones, la Comunidad Europea considera
una gran gama de biocarburantes y no limita su definición al etanol y al biodiesel,
ya que amplía el concepto a, “al menos”414, los siguientes productos: Bioetanol,
Biodiesel, Biogás, Biometanol, Biodimetiléter, BioETBE (etil ter-butil éter),
BioMTBE (metil ter-butil éter), Biocarburantes sintéticos, Biohidrógeno y Aceite
vegetal puro415.
Entre las principales obligaciones que la Directiva impone a los
Estados miembros, se encuentran las siguientes:
Velar por que se comercialice, dentro de sus mercados,
una proporción mínima de biocarburantes. Para tal efecto
los Estados deberán establecer como “valor de referencia”
el siguiente416:
o El dos por ciento, calculado sobre la base del
contenido energético, de toda la gasolina y de todo
el gasóleo, comercializados en los mercados
nacionales con fines de transporte, para el treinta y
uno de diciembre de 2005.
o El cinco punto setenta y cinco por ciento, calculado
sobre la base del contenido energético, de toda la
413
Íbídem, Artículo 1. 414
La Directiva deja abierta la posibilidad de ser aplicada a otro tipo de biocarburantes, al ser una norma de tipo declarativa y no limitativa, Ídem. 415
Ídem, Artículo 2. 416
Ídem, Artículo 3.1.
172
gasolina y todo el gasóleo comercializados en sus
mercados con fines de transporte, para el treinta y
uno de diciembre de 2010.
Adoptar las medidas oportunas para garantizar el respeto
de la legislación comunitaria pertinente en materia de
niveles de emisión417.
Las medidas que adopten los Estados miembros para
cumplir con los objetivos de la Directiva, deben cumplir con
lo siguiente418:
o Tener en cuenta el equilibrio climático y
medioambiental general de los distintos tipos de
biocarburantes.
o Dar prioridad al fomento de los combustibles que
presenten un balance medioambiental más
favorable desde el punto de vista de la rentabilidad.
o Tener en cuenta la competitividad y la seguridad del
suministro de los biocarburantes.
Informar al público sobre la disponibilidad de los
biocarburantes. Para los porcentajes de biocarburantes
mezclados con derivados del petróleo, que excedan de los
valores límite de un cinco por ciento de biocarburantes, se
417
Ibídem, Artículo 3.3. 418
Ídem, Artículo 3.4.
173
impondrá la obligación de un etiquetado específico en los
puntos de venta419.
A más tardar, el primero de de julio de cada año, los
Estados miembros informarán a la Comisión Europea
sobre420:
o Las medidas adoptadas para fomentar el uso de
biocarburantes en el transporte.
o Los recursos nacionales asignados a la producción
de biomasa.
o Las ventas totales de combustibles para transporte y
sobre la cuota correspondiente a los biocarburantes.
La Comisión de las Comunidades Europeas elaborará una
evaluación para el Parlamento Europeo y el Consejo, a más tardar el treinta y uno
de diciembre de 2006, y cada dos años desde esa fecha, sobre los progresos
realizados en los Estados miembros respecto a la utilización de biocarburantes y
otros combustibles renovables.
“Comunicación de la Comisión de las Comunidades Europeas,
relativo a la Estrategia de la Unión Europea para los biocarburantes”
El objetivo planteado por la Directiva para el año 2005, consistente
en la cuota del dos por ciento de biocarburantes en el sector transporte no se
alcanzó, ya que apenas llegó, globalmente, al uno punto cuatro por ciento421.
419
Ibídem, Artículo 3.5. 420
Ídem, Artículo 4.
174
En consecuencia, la Comisión de las Comunidades Europeas expidió
un comunicado que contiene la estrategia de la Unión Europea para los
biocarburantes, con la intención de lograr tres objetivos422:
Promover una mayor utilización de los biocarburantes en la
Unión Europea, para garantizar que su producción y
utilización sean positivas para el medio ambiente, teniendo
en cuenta las consideraciones sobre competitividad.
Preparar la utilización a gran escala de los biocarburantes,
mejorando su competitividad en términos de costos,
mediante la optimización de los cultivos de materias primas
especializadas, la investigación y el apoyo a su
introducción en el mercado.
Estudiar las oportunidades para los países en desarrollo
para producir las materias primas de los biocarburantes y
de biocarburantes.
Para alcanzar los anteriores objetivos, la Comisión plantea siete ejes
políticos, en los que se agrupan las medidas de fomento de la producción y
utilización de los biocarburantes, los cuales son:
“Estimular la demanda de biocarburantes”423: Entre las
iniciativas políticas más adecuadas estarían, por ejemplo,
el fomento de métodos respetuosos con el medio ambiente
421
http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=COMfinal&an_doc=2006&nu_doc=34 422
http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=COMfinal&an_doc=2006&nu_doc=34 423
Ídem.
175
para los usuarios de vehículos, el etiquetado ecológico, la
diferenciación de precios mediante impuestos por
emisiones y exacciones424 por productos, la promoción de
la calidad ambiental mediante la educación.
“Actuar en provecho del medio ambiente”425: Para ello, la
Comisión: (i) estudiará la forma en la cual el uso de
biocarburantes contribuye a los objetivos de reducción de
dióxido de carbono; (ii) propondrá medidas para garantizar
los mayores beneficios de los biocarburantes respecto de
los GEI; y (iii) analizará las cuestiones de los límites del
contenido de etanol, éter y otros compuestos oxigenados
en la gasolina, los límites del contenido de vapor de la
gasolina y los límites del contenido de biodiesel del
gasóleo.
“Desarrollar la producción y distribución de
biocarburantes”426: para lo cual la Comisión elaborará
marcos de referencia y programas operativos nacionales
de acuerdo con la política de desarrollo rural, de la misma
manera propondrá la creación de un grupo “ad hoc” para
estudiar las posibilidades que ofrecen los biocarburantes,
dentro de los programas nacionales de desarrollo rural.
424
Acción y efecto de exigir impuestos, prestaciones, multas, deudas, etc., REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, op. cit. 425http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=COMfinal&an_doc=2006&nu_doc=34 426
http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=COMfinal&an_doc=2006&nu_doc=34
176
“Ampliar el suministro de materias primas”427: mediante: (i)
subvenciones a la producción de azúcar para etanol; (ii) un
plan de acción forestal en el que la utilización energética
de material forestal tendrá un papel importante; (iii)
facilitación de la autorización y aprobación de
procedimientos alternativos para la producción de
biocarburantes.
“Potenciar las oportunidades comerciales”428: mediante la
celebración de acuerdos comerciales con otros, los cuales
tengan por objeto el comercio de biocarburantes y de la
materia prima para generarlos.
“Apoyar a los países en desarrollo”429: mediante la creación
de plataformas nacionales de biocarburantes y planes
regionales de acción sobre biocarburantes que sean
sostenibles desde el punto de vista medioambiental y
económico de dichos países.
“Apoyar la investigación y el desarrollo”430: para ello la
Comisión mantendrá su ayuda al desarrollo de los
biocarburantes y al fortalecimiento de la competitividad de
este sector dando la máxima prioridad a la investigación
427
http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=COMfinal&an_doc=2006&nu_doc=34 428
http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=COMfinal&an_doc=2006&nu_doc=34 429
http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=COMfinal&an_doc=2006&nu_doc=34 430
http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=COMfinal&an_doc=2006&nu_doc=34
177
sobre el concepto de “biorefinería”431 y sobre los
“biocarburantes de segunda generación”432.
431
Una biorefinería es una estructura que integra procesos de conversión de biomasa y equipamiento para producir combustibles, energía y productos químicos a partir de la biomasa, http://www.energiasrenovables.ciemat.es/suplementos/biocarburantes/001.htm 432
Aquellos que pueden producirse a partir de fuentes no alimentarias, tales como residuos agrícolas (paja) y desechos de maderas, http://www.biodieselspain.com/2007/07/11/biocombustibles-de-segunda-generacion/
178
3. Marco Jurídico Nacional.
Antes de entrar en materia, me parece conveniente hacer una breve referencia
sobre la jerarquía433 de normas dentro del Sistema Positivo Mexicano, en el cual,
al igual que en otros sistemas normativos, se pueden distinguir los siguientes
rangos434:
Normas fundamentales, contenidas en la “ley primaria” o
Constitución.
Normas secundarias, aprobadas por el Congreso.
Normas reglamentarias, emitidas por el Ejecutivo.
Normas individualizadas, contenidas en las decisiones de
los Poderes Ejecutivo y Judicial, o bien, en los convenios
celebrados entre los particulares.
Dentro del Sistema Jurídico Nacional, la norma que tiene el grado superior
máximo, es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La cual es,
desde el punto de vista Kelseniano, la “norma fundamental” o “ley primaria”, que
sirve de fundamento de validez para las demás normas del Sistema Positivo
Nacional435.
Ahora bien, en todo sistema normativo, la norma de grado jerárquico superior
tiene, respecto de las que le son inferiores, dos propiedades: la de regular su
433
Jerarquía significa en diversas cosas; de manera que la jerarquía de las normas de Derecho será la diversidad de dichas normas jurídicas contempladas según su importancia, y que en consecuencia pertenecen al mismo o a diverso rango. FLORESGÓMEZ GONZÁLEZ, Fernando Y CARVAJAL MORENO, Gustavo, Nociones de Derecho Positivo Mexicano, 44ª ed., México, Editorial Porrúa, 2004, p. 57. 434
VILLORO TORANZO, Miguel, Introducción al Estudio del Derecho, 6ª ed., México, Editorial Porrúa, 1984, p. 303. 435
Ídem, p. 302
179
creación, y la de establecer los preceptos que deben ser respetados por las
normas inferiores, so pena de invalidez436.
Por lo que hace al Sistema Jurídico Mexicano, el ordenamiento que marca la
jerarquía normativa es precisamente la Constitución, la cual establece lo
siguiente437:
“Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.”
Del artículo antes transcrito se desprende que la Constitución es la Ley Suprema
de la Unión, así como las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella, y
todos los Tratados celebrados de conformidad con ella misma.
Lo anterior significa que la Constitución se impone como la Ley Suprema del
Estado Mexicano, al ser la norma fundamental de la que toda Ley debe "emanar".
El mismo artículo marca como normas secundarias que emanan de la
Constitución, a las Leyes expedidas y aprobadas por el Congreso de la Unión y a
los Tratados internacionales, sin dar un orden de jerarquía entre ellos.
Para resolver la anterior laguna resulta imprescindible atender a otras fuentes del
Derecho Positivo Mexicano, como lo es la Jurisprudencia.
436
Ibídem, p. 302 437
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Artículo 133.
180
Al efecto señalo que los criterios jurisprudenciales previos al año de 1999
ubicaban en el mismo nivel jerárquico a las Leyes Federales y a los Tratados, tal y
como se desprende de los siguientes rubros:
“TRATADOS INTERNACIONALES. SE UBICAN
JERÁRQUICAMENTE POR ENCIMA DE LAS LEYES
FEDERALES Y EN UN SEGUNDO PLANO RESPECTO
DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL”438.
“LEYES FEDERALES Y TRATADOS INTERNACIONALES.
TIENEN LA MISMA JERARQUÍA NORMATIVA”439.
“TRATADOS INTERNACIONALES Y LEYES DEL
CONGRESO DE LA UNIÓN EMANADAS DE LA
CONSTITUCIÓN FEDERAL. SU RANGO
CONSTITUCIONAL ES DE IGUAL JERARQUÍA”440
Los anteriores criterios fueron abandonados en el año 1999, cuando el Tribunal en
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el amparo en revisión
número 1475/98, promovido por el Sindicato Nacional de Controladores de
Tránsito Aéreo. Resolución que trajo como consecuencia la siguiente Tesis:
"TRATADOS INTERNACIONALES. SE UBICAN JERÁRQUICAMENTE POR ENCIMA DE LAS LEYES FEDERALES Y EN UN SEGUNDO PLANO RESPECTO DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL"441.
438
TRIBUNAL EN PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, novena época, Semanario Judicial de la Federación, 1999, p. 46, Tesis: P. LXXVII/99, Registro 192867. 439
TRIBUNAL EN PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, octava época, Semanario Judicial de la Federación, 1992, p.27, Tesis: P. C/92, Registro 205596. 440
TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, séptima época, Semanario Judicial de la Federación, 151-156 sexta parte, p. 196, Registro 250698. 441
TRIBUNAL EN PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, novena época, Semanario Judicial de la Federación, 1999, p.46, Tesis: P. LXXVII/99, Registro 192867.
181
Finalmente, se puede concluir que la jerarquía normativa dentro del Sistema
Jurídico Mexicano es la siguiente:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Tratados internacionales.
Leyes Federales.
Normas Jurídicas Individualizadas.
Habiendo precisado lo anterior, entraré al estudio de la regulación bioenergética
mexicana, para lo cual analizarle las normas correspondientes atendiendo a su
nivel jerárquico.
3.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En lenguaje coloquial, la palabra constitución se emplea para
designar la naturaleza específica de una cosa, así como los elementos que en su
conjunto la integran. Por tanto, el término constitución da una idea de composición
o de organización de un todo.
Es por ello que si aplicamos lo anterior a la acepción jurídica de la
palabra Constitución, se podría definir como “la manera en la cual están
arreglados u organizados los principios y los órganos públicos de un Estado
cualquiera”. Es por ello que “la Constitución es, por ende, la ley fundamental de
dicho Estado, piedra de toque del orden jurídico e instrumento que define el ser
político de un país”. De la misma manera, “los pueblos encuentran en la
Constitución el fundamento de su propia existencia y el símbolo que los guía en su
porvenir como nación”442.
442
FIX-ZAMUDIO, Héctor Y VALENCIA CARMONA, Salvador, Derecho Constitucional Mexicano y Comparado, 5ª ed., México, Editorial Porrúa, 2007, p.50.
182
Desde otro punto de vista, el Kelseniano, la palabra Constitución
tiene dos sentidos443:
La Constitución, en sentido material, está constituida por
los preceptos que regulan la creación de otras normas
jurídicas, así como la competencia de los órganos
ejecutivos y judiciales supremos.
La Constitución, en sentido formal, es el documento
solemne que lleva ese nombre y que contiene un conjunto
de normas jurídicas que solo pueden ser modificadas
mediante la observancia de prescripciones especiales.
Ahora bien, la Constitución Mexicana es producto del Congreso
Constituyente que se reunió de diciembre de 1916 a enero de 1917, en la ciudad
de Querétaro444.
Habiendo quedado precisados los anteriores conceptos, es tiempo
de entrar en materia y de ubicar, constitucionalmente, a los Bioenergéticos. Para
ello resulta necesario referir la distinción que nuestra Carta Magna hace sobre las
áreas estratégicas y las áreas prioritarias.
443
TENA RAMÍREZ, Felipe, Derecho Constitucional Mexicano, 14ª ed., México, Editorial Porrúa, 1976, p.p. 19, 20, 21, 22. 444
FLORESGOMEZ GONZÁLEZ, Fernando, op. cit., p. 65.
183
Áreas estratégicas:
Las partes conducentes de los artículos 25 y 28 Constitucionales
regulan de la siguiente manera a las áreas estratégicas:
“Artículo 25.-… … El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el Artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan…” “Artículo 28.-… No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión… … No constituyen monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, a través del banco central en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes…”
De la lectura armónica de los artículos antes transcritos se
desprende lo siguiente:
Las áreas estratégicas son aquellas actividades que son
ejercidas, de manera exclusiva, por el Estado mexicano.
El gobierno federal mantiene la propiedad y el control
sobre los organismos que, en su caso se establezcan, para
realizar dichas actividades.
184
Las actividades que el Estado ejerce de manera exclusiva
son:
o Correos.
o Telégrafos.
o Radiotelegrafía.
o Petróleo y los demás hidrocarburos.
o Petroquímica Básica.
o Minerales radioactivos:
o Generación de Energía Nuclear.
o Electricidad.
o Las demás que expresamente sean señaladas por
las Leyes que emanen del Congreso.
Es de mencionarse que el anterior listado sólo puede ser
reducido mediante reforma constitucional445, pero puede
ser ampliado por el legislador federal.
Ahora bien, debemos preguntarnos si los Bioenergéticos se
encuentran contemplados dentro de las áreas estratégicas.
445
Cabe referir que los ferrocarriles y la comunicación vía satélite recién se han eliminado de la lista de áreas estratégicas, para pasar a formar parte de las áreas prioritarias debido a la necesidad de mejorar la calidad de la capacidad instalada y la prestación del servicio, así como para promover la participación de los particulares en actividades que requieren su inversión”. FIX-ZAMUDIO, Héctor, op. cit., p.p. 611 y 612.
185
La respuesta es no, ya que:
No están contenidos expresamente dentro de las
actividades que la Constitución establece como
estratégicas.
El Congreso no ha expedido ley alguna que así lo prevea.
Por otro lado, habrá quien piense que los Bioenergéticos se
encuentran contemplados dentro de las áreas estratégicas, aplicando la analogía
por las similitudes que guardan con los hidrocarburos.
El anterior razonamiento es del todo erróneo, ya que por lo que hace
a la interpretación constitucional, tratándose de excepciones, como es el presente
caso, no cabe la analogía.
En efecto, el listado de áreas estratégicas contenido en nuestra
Constitución es una excepción al principio de libre concurrencia, el cual será
abordado más adelante.
Ahora bien, el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación se ha pronunciado sobre la interpretación constitucional tratándose de
excepciones en la siguiente Tesis446:
“INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL. LA REGULACIÓN ESTABLECIDA EN UN PRECEPTO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS NO PUEDE APLICARSE POR ANALOGÍA CUANDO PREVÉ EXCEPCIONES A REGLAS GENERALES ESTABLECIDAS EN LA PROPIA NORMA FUNDAMENTAL.
446
TRIBUNAL EN PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, novena época, Semanario Judicial de la Federación, agosto de 2006, p. 13, Tesis: P. LVI/2006, Registro No. 174435.
186
Como lo ha reconocido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para colmar una laguna o vacío legislativo en el Texto Constitucional únicamente debe acudirse a aquellas disposiciones que por su naturaleza puedan aplicarse de manera extensiva, por lo que tratándose de disposiciones de aplicación estricta, como sucede en el caso de las normas que prevén excepciones, solamente podrán aplicarse a los supuestos para los que fueron creadas, sin que sea válida su aplicación analógica o por mayoría de razón, ya que de proceder en estos términos se dejaría de acatar la voluntad del Constituyente. Consulta a trámite 1/2004-PL. Derivada de la petición de Elva López Heredia, relacionada con el recurso de queja 53/2004, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito. 8 de mayo de 2006. Mayoría de siete votos. Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Disidentes: Juan Díaz Romero, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Juan N. Silva Meza. Ponente: Juan Díaz Romero. Encargado del engrose: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Rafael Coello Cetina. El Tribunal Pleno, el veintinueve de junio en curso, aprobó, con el número LVI/2006, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación no es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veintinueve de junio de dos mil seis.”
Áreas prioritarias:
Para estar en posibilidad de definir las Áreas prioritarias es necesario
analizar sus antecedentes históricos y atender a otras figuras jurídicas, ya que es
un concepto regulado de manera incompleta dentro de nuestra legislación.
La Constitución de 1917 no contemplaba a las Áreas prioritarias
dentro de su texto original, ya que tal figura apareció con las reformas
constitucionales del año 1983.
187
Los artículos Constitucionales reformados en tal año por el
presidente Miguel De La Madrid, incorporaron a nuestra Carta Magna importantes
principios de carácter económico447.
El primero que menciono es el de Rectoría del Estado, el cual “es un
principio constitucional que otorga al Estado la atribución general de conducir y
orientar todo lo relativo al desarrollo nacional, particularmente en el aspecto
económico, donde se define como la capacidad jurídica del Estado para conducir
al país”448.
El anterior principio encuentra su fundamento en el primer párrafo del
artículo 25 Constitucional449:
“Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución …”.
Otro principio contemplado en la reforma de 1983 es el de Economía
Mixta, el cual se deduce del párrafo tercero del artículo 25 Constitucional450:
“Artículo 25. … Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación”. …”.
447
FIX-ZAMUDIO, Héctor, op. cit., p. 606. 448
Ídem, p. 608. 449
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Artículo 25. 450
Ídem.
188
Para comprender la noción de economía mixta resulta necesario
atender a dos conceptos, opuestos entre sí451:
La economía de mercado libre, propia de los países de
occidente, consiste en dejar que las decisiones
económicas sean realizadas por las fuerzas del mercado,
sin injerencia del Estado.
Economía centralmente planificada o imperativa, propia de
los países socialistas, consiste en que las decisiones del
mercado son decididas y quedan bajo la responsabilidad
del Estado.
La Economía Mixta es un concepto que resulta de combinar las
economías antes definidas, al estar marcada por el grado de penetración que tiene
un Estado dentro de su mercado y su economía.
Del párrafo cuarto al octavo del artículo 25 Constitucional, se derivan
los lineamientos generales de nuestra Economía Mixta, así como la participación
de los tres sectores económicos452:
Público: incluye el federal (centralizado o paraestatal), el
local y el municipal.
Privado: incluye a toda la población (personas físicas y
morales).
Social: formado por los ejidos y sindicatos.
451
Cfr. FIX-ZAMUDIO, Héctor, op. cit., p. 610. 452
FIX-ZAMUDIO, Héctor, op. cit., p. 661.
189
En conclusión, la Economía Mixta es aquella en la que pueden
concurrir los tres sectores económicos y que es guiada y dirigida por el Estado.
Igualmente, es aquella en la que subsiste una economía de mercado en la que el
Estado interviene directamente en alguna actividad económica concreta.
Ahora definiré, de manera breve, el principio de Planeación
Democrática como aquella obligación del Estado mexicano orientada a organizar
un “sistema de planeación democrática” que logre “mediante la participación de los
diversos sectores sociales” recoger las aspiraciones y las demandas de la
sociedad para incorporarlas al Plan Nacional de Desarrollo453.
Destaco que todo lo relativo a la Planeación Democrática será
analizado posteriormente, al estudiar la Ley de Planeación.
Habiendo quedado precisados los anteriores conceptos, es tiempo
de definir a las Áreas prioritarias.
Las Áreas prioritarias fueron creadas mediante la reforma
Constitucional del año 1983, pero no fueron debidamente definidas, ya que el
legislador se limitó a regularlas de manera superficial. Dicha regulación es la
siguiente:
El párrafo quinto del artículo 25 Constitucional señala que
el Estado participará “por sí o con los sectores social y
privado” para impulsar y organizar las áreas prioritarias
necesarias para el desarrollo nacional454.
El artículo 28 Constitucional señala455:
453
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 26. 454
Ídem, Artículo 25, párrafo 4. 455
Ídem, Artículo 28.
190
o Que el Estado contará con los organismos y
empresas que requiera para el eficaz manejo de las
áreas de carácter prioritario (párrafo quinto).
o Que las Leyes establecerán si el Estado participará
en las Áreas prioritarias por sí, o en concurrencia de
los sectores social y privado (párrafo quinto).
o Que el Estado debe ejercer su Rectoría sobre las
Áreas prioritarias (párrafo cuarto).
o Que tanto la comunicación vía satélite como los
ferrocarriles son Áreas prioritarias (párrafo cuarto).
Tal consideración fue producto de una reforma
Constitucional posterior a la del año 1983.
o Que se podrán otorgar subsidios a las Áreas
prioritarias, cuando sean generales, de carácter
temporal y que no afecten sustancialmente las
finanzas de la nación (último párrafo).
Como se puede observar, las Áreas prioritarias no están
debidamente reguladas en nuestra Carta Magna, razón por la cual resulta
necesario recurrir al artículo sexto de la Ley Federal de Entidades Paraestatales,
el cual, en su segundo párrafo, las define como aquellas que “se establezcan en
los términos de los artículos 25, 26 y 28 de la propia Constitución, particularmente
las tendientes a la satisfacción de los intereses nacionales y necesidades
populares”456.
Destaco que el artículo 26 Constitucional plantea las bases del
principio de Planeación Democrática, por lo que, de acuerdo con la Ley Federal de
456
Ley Federal de las Entidades Paraestatales, México, Artículo 6.
191
las Entidades Paraestatales, las Áreas prioritarias están contenidas o delimitadas
dentro del Plan Nacional de Desarrollo.
Ahora bien, la Doctrina señala lo siguiente con relación a las áreas
prioritarias:
“…la Constitución no da una definición de ellas, considerándose particularmente las tendientes a la satisfacción de los intereses nacionales y populares. El carácter prioritario de un área es por tanto relativo; depende de las circunstancias de cada etapa del proceso de desarrollo. Su definición corresponde a las autoridades competentes federales o locales en sus planes de desarrollo. Área prioritaria es, como su nombre lo indica, aquella que tiene importancia destacada para la estrategia de desarrollo vigente. Es variable en el tiempo para los niveles federal o local y relativa en el espacio tratándose de las entidades federativas.” 457
Por su parte, el Diccionario Jurídico Mexicano las define de la
siguiente manera458:
“Área prioritaria: conjunto de actividades económicas –producción y distribución de bienes y servicios- que el gobierno federal, mediante las empresas públicas, realiza por sí o en concurrencia de sectores social y privado, a fin de impulsarlas y organizarlas con antelación a otras, por razones circunstanciales e imperativos de interés general, proveyendo de esta forma al desarrollo nacional.”
457
FIX-ZAMUDIO, Héctor, op. cit., p. 612. 458
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS, Diccionario Jurídico Mexicano, México, Editorial Porrúa, 1987, p. 209.
192
Para finalizar el estudio de las Áreas prioritarias, me parece
conveniente referir, a manera de ejemplo, una de ellas, como lo es el sector de las
telecomunicaciones, y al efecto señalo lo siguiente:
El artículo 2 de la Ley Federal de Telecomunicaciones
establece que le “corresponde al Estado la rectoría en
materia de telecomunicaciones, a cuyo efecto protegerá la
seguridad y la soberanía”. En otras palabras, en materia de
Telecomunicaciones rige el principio de Rectoría del
Estado459.
Posteriormente, el mismo artículo, establece que “en todo
momento el Estado mantendrá el dominio sobre el
espectro radioeléctrico y las posiciones orbitales asignadas
al país”460. Razón por la cual le corresponde al estado, de
manera originaria: el uso, aprovechamiento o explotación
de las bandas de frecuencias, en el territorio nacional; el
instalar, operar o explotar redes públicas de
telecomunicaciones; o cualquier servicio relacionado con
dicho sector461.
Las actividades mencionadas anteriormente pueden ser
concesionadas por el Estado a los particulares, si cumplen
diversos requisitos462.
El Estado sobre-regula al sector de las
Telecomunicaciones (al igual que al de Banca y Crédito463);
ya que, por ejemplo464:
459
Ley Federal de Telecomunicaciones, México, Artículo 2. 460
Ídem. 461
Ídem, Artículo 11. 462
Ídem.
193
o Se le exigen demasiados requisitos a la persona
que quiera solicitar una concesión para prestar
algún servicio relacionado con las
Telecomunicaciones.
o El legislador regula de manera exhaustiva todos los
servicios relacionados con las telecomunicaciones.
o La autoridad administrativa cuenta con facultades de
supervisión, regulación y control superiores a las
que tiene con respecto de otros sectores
económicos.
De todo lo narrado dentro del presente apartado, se concluye que las
Áreas prioritarias:
Parten de un régimen de Economía Mixta, en el que
subsiste una economía de mercado intervenida por el
Estado. Tal intervención siempre será dentro de alguna
actividad económica concreta y buscará una estabilidad
económica, política y social (por ejemplo el servicio de
Banca y Crédito).
Parten del principio de Rectoría del Estado, al ser
actividades económicas que están conducidas, orientadas
y regidas por el Estado.
463
Por ejemplo, al exigirles a los Bancos una reserva que resulte suficiente para hacer frente a lo depositado por los clientes, o bien, la complejidad para poder constituirse como una Institución de Banca Múltiple. 464
Ley Federal de Telecomunicaciones, México.
194
Son aquellas actividades económicas que se encuentran
reservadas al sector público, pero éste tiene la posibilidad
de acompañarse de los sectores social o privado para
realizarlas, de acuerdo con la Ley.
Son aquellas actividades económicas que tienen una
sobre-regulación por parte del Estado. Dicha sobre-
regulación atiende a que el Estado es el responsable
originario, para con los ciudadanos, de prestar de tales
actividades.
Finalmente nos resta preguntarnos si los Bioenergéticos están
contemplados dentro de las Áreas prioritarias de desarrollo. La respuesta es no,
ya que:
No constituye una actividad económica que tenga
injerencia directa del Estado. Es decir, no forma parte de la
Economía Mixta.
El Estado no conduce, rige ni mantiene su Rectoría sobre
el sector de los Bioenergéticos.
No es una actividad reservada al sector público, ni alguna
en la que éste se acompañe de los sectores social y
privado.
La Ley de Bioenergéticos no establece una sobre-
regulación a las actividades ahí reguladas, ya que el mayor
control que prevé la Ley es un permiso otorgado por la
Secretaría de Energía.
195
Libre concurrencia:
La libre concurrencia es una de las garantías contenidas en nuestra
Carta Magna, la cual se define como “un fenómeno económico a virtud del cual
todo individuo puede dedicarse a la misma actividad perteneciente a un
determinado ramo, que aquella a cuyo desempeño se entregan otras personas. La
idea de libre competencia descarta la del exclusivismo en una función económica,
esto es, implica la prohibición de que una persona o un grupo de individuos
determinados tengan el privilegio o la prerrogativa de desplegar una cierta
actividad, sin que ésta sea susceptible de ejercitarse por otros sujetos465”.
Dicha garantía está contenida dentro de la primer parte del artículo
28 Constitucional, el cual, en su parte conducente, establece a la letra lo
siguiente466:
“Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria. En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tengan por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social.”
465
BURGOA, Ignacio, Las Garantías Individuales, 32ª ed., México, Editorial Porrúa, 2000, p. 411. 466
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 28.
196
De la transcripción que antecede se desprende lo siguiente:
El artículo 28 Constitucional prohíbe la existencia de los
monopolios o estancos. Lo primero “coloca a todo sujeto
en la posibilidad jurídica de dedicarse a cualquier
ocupación”467; mientras que lo segundo “elimina la
prohibición de venta, compra, consumo, circulación, etc.,
que pueda decretarse o que de hecho se establezca
respecto de cualquier mercancía, asegurándose de esta
guisa su libre producción, comercio y consumo”468.
Otra medida Constitucional para garantizar la libre
concurrencia estriba en la prohibición de exención de
impuestos469.
La declaración en el sentido de que no habrá prohibiciones
a título de protección a la industria, involucra otra garantía
a la libre concurrencia. “Si no existiera esa disposición
constitucional, las autoridades, so pretexto de proteger una
determinada industria incipiente, podrían prohibir que otras
actividades económicas del mismo ramo se
desarrollaran”470.
467
BURGOA, Ignacio, op. cit., p. 412. 468
Ídem. 469
“esta medida es una consecuencia jurídica de los impuestos. Estos son relevantemente generales, es decir, creados, modificados o suprimidos por una ley”. Ídem, p.p. 412 y 413. 470
Ídem, p. 413.
197
Es de mencionarse que la Constitución establece las siguientes
excepciones a la garantía de libre concurrencia:
Los llamados “monopolios estatales”471, que no son más
que las actividades que “están sustraídas de la esfera de
actuación económica de los gobernados” al ser realizadas
de manera exclusiva por el Estado. Dentro de éstos
“monopolios estatales” encontramos precisamente a las
Áreas estratégicas.
Los privilegios que se le concedan a los autores y artistas,
inventores y perfeccionadores.
Los Bioenergéticos están regidos por la libre competencia, ya que:
No forman parte de las áreas estratégicas.
La misma Ley de Bioenergéticos establece, en su artículo
4, que el principio rector de todas las actividades reguladas
por dicha Ley estarán sujetas al principio de libre
concurrencia.
3.2. Tratados Internacionales ratificados por México.
Como ya se explicó, los Tratados internacionales suscritos por el
Ejecutivo Federal y ratificados por el Senado de la República472 son fuente del
Derecho Positivo Mexicano, la cual se ubica jerárquicamente por debajo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero por encima de las
Leyes Federales.
471
Cfr. Ídem. 472
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 76, Fracción I.
198
Para evitar repeticiones innecesarias, en el presente numeral me
limitaré a relacionar los Tratados internacionales que han sido ratificados por
México, sin entrar a su estudio, ya que el mismo consta en el numeral 1 del
presente Capítulo473:
TRATADO
RATIFICACIÓN
ENTRADA EN VIGOR
OBJETO
Convenio de Viena
para la Protección
de la Capa de
Ozono.
11-09-1987
22-09-1988
“…proteger la salud
humana y el medio
ambiente contra los
efectos adversos
resultantes o que
puedan resultar de las
actividades humanas
que modifiquen o
puedan modificar la
capa de ozono”474
Protocolo de
Montreal relativo a
las Sustancias
Agotadoras de la
Capa de Ozono.
29-12-1987
01-01-1989
Eliminar la producción
y el consumo de las
sustancias químicas
que agotan la capa de
ozono
Convención Marco
de las Naciones
Unidas sobre el
3-12-1992
21-03-1994
“lograr la estabilización
de las concentraciones
de gases de efecto
473
Tabla elaborada con base en los datos publicados por la Secretaría de Relaciones Exteriores en la página de Internet http://www.sre.gob.mx/tratados/ 474
Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, Artículo 2.1.
199
Cambio Climático.
invernadero en la
atmósfera a un nivel
que impida
interferencias
antropogenias
peligrosas en el
sistema
climático…””475
Protocolo de Kioto
a la Convención
Marco de las
Naciones Unidas
sobre Cambio
Climático.
29-04-2000
16-02-2005
Establecer los
mecanismos
necesarios para que
los Estados miembros
puedan reducir sus
emisiones de GEI en,
al menos, un cinco por
ciento con respecto al
nivel de 1990 durante
el período 2008-
2012476.
Convenio que
establece la
Organización
Latinoamericana de
Energía (OLADE).
19-11-1974
18-12-1974
establecer un
mecanismo de
cooperación entre los
países de la región
para desarrollar sus
recursos energéticos y
atender conjuntamente
los aspectos relativos
a su eficiente y
475
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Artículo 2. 476
Protocolo de Kioto a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Artículo 3.1.
200
racional
aprovechamiento, a fin
de contribuir al
desarrollo económico y
social de América
Latina y el Caribe477
3.3. Leyes Federales.
México ha desarrollado una estrategia nacional para combatir el
cambio climático, tratando de buscar una congruencia con sus compromisos
internacionales frente a la crisis del calentamiento global.
La seguridad energética y el desarrollo de nuestro país requieren de
incentivos para el desarrollo de nuevos tipos de tecnologías e insumos que nos
den una mayor autosuficiencia energética con un menor impacto al ambiente.
El Ejecutivo Federal; como parte de la reforma energética, presentó
dos iniciativas de ley que han sido aprobadas por el Congreso, una en materia de
promoción de biocombustibles y otra referente a energías renovables, con sus
respectivos reglamentos.
477
http://www.olade.org.ec/organizacion.html
201
A continuación analizaré las Leyes Federales que se relacionan con
los Bioenergéticos:
3.3.1. Ley de Planeación.
El presidente Miguel De la Madrid Hurtado publicó diversas
reformas Constitucionales a los artículos 25, 26 y 73, fracción XXIX-D, todas ellas
el día tres de febrero de 1983478. La del artículo 25 otorgó al Estado la rectoría del
desarrollo nacional; mientras que el artículo 26 plantea la organización de un
sistema de planeación democrática del desarrollo nacional; y, finalmente, la
fracción XXIX-D del artículo 73 establece la facultad del Congreso de la Unión
para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social.
Las anteriores reformas sirvieron de fundamento a la Ley de
Planeación, la cual fue publicada el día cinco de enero de 1983, en el Diario Oficial
de la Federación.
La Ley de Planeación define a la planeación nacional de
desarrollo como “la ordenación racional y sistemática de acciones que, en base al
ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y
promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al
ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como
propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las
normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la ley establecen”479.
En otras palabras, mediante la planeación se fijan los
objetivos, metas, estrategias y prioridades necesarios para el desarrollo
económico nacional.
478
http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/86/art/art14.htm#CINCO 479
Ley de Planeación, México, Artículo 3.
202
El Ejecutivo Federal es el encargado de “conducir la
planeación nacional del desarrollo con la participación democrática de los grupos
sociales”480 mediante el Plan Nacional de Desarrollo.
El Presidente de la República es el encargado de remitir el
Plan al Congreso de la Unión para que éste lo examine y dé su opinión. El Poder
Legislativo debe formular las observaciones que estime pertinentes durante la
ejecución, revisión y adecuaciones del propio Plan481.
El Plan Nacional de Desarrollo debe elaborarse, aprobarse y
publicarse dentro de un plazo de seis meses, contados a partir de la fecha de
toma de posesión del Presidente de la República, y su vigencia no excederá del
período constitucional que le corresponda, aunque podrá contener
consideraciones y proyecciones de más largo plazo482.
Ahora bien, el Plan Nacional de Desarrollo debe precisar los
objetivos nacionales, estrategias y prioridades del desarrollo integral y sustentable
del país, indicando los programas sectoriales, institucionales, regionales y
especiales que deban ser elaborados483.
Otras disposiciones de la Ley de Planeación son las relativas a
las atribuciones y funciones de las dependencias y entidades de la administración
pública federal en materia de Planeación. Por ejemplo, la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público es la encargada de elaborar el Plan Nacional de Desarrollo484.
480
Ibídem, Artículo 4. 481
Ídem, Artículo 5. 482
Ídem, Artículo 21. 483
Ídem, Artículo 22. 484
Ídem, Capítulo II.
203
Plan nacional de desarrollo 2007-2012:
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece “una
estrategia clara y viable para avanzar en la transformación de México sobre bases
sólidas, realistas y, sobre todo, responsables”485.
El Presidente Calderón estructuró el Plan en cinco ejes
fundamentales486:
Estado de Derecho y seguridad.
Economía competitiva y generadora de empleos.
Igualdad de oportunidades.
Sustentabilidad ambiental.
Democracia efectiva y política exterior responsable.
El único de los ejes que se mencionará será el de la
sustentabilidad ambiental, al ser el único relacionado con la presente Tesis.
El Plan define la sustentabilidad ambiental como “la
administración eficiente y racional de los recursos naturales, de manera tal que
sea posible mejorar el bienestar de la población actual sin comprometer la calidad
de vida de las generaciones futuras487.”
Cabe precisar que el eje denominado sustentabilidad
ambiental plantea diversos objetivos, de los cuales el único que tiene relación con
los Bioenergéticos es el número diez “Objetivo 10”.
485
http://pnd.presidencia.gob.mx/ 486
http://pnd.presidencia.gob.mx/ 487
http://pnd.presidencia.gob.mx/
204
El “Objetivo 10”, denominado “Reducir las emisiones de Gases
de Efecto Invernadero (GEI)”488 consiste, principalmente, en que México
aproveche las ventajas que le ofrece el haber signado el Protocolo de Kioto, en
específico el potencial para generar proyectos bajo el Mecanismo de Desarrollo
Limpio.
Hay que recordar que el Mecanismo de Desarrollo Limpio, es
aquel por medio del cual un Estado (desarrollado) parte del Protocolo de Kioto
financia e implementa diversas actividades y acciones en otro Estado parte (en
vías de desarrollo). Tales actividades tienen por objeto que éste último reduzca
sus emisiones de GEI y trae como consecuencia que tal reducción compute para
la cuota exigida por el Protocolo al país desarrollado.
El “Objetivo 10” de la denominada sustentabilidad ambiental,
plantea cuatro estrategias necesarias para que pueda alcanzarse:
Estrategia 10.1.: consiste en impulsar la eficiencia y
tecnologías limpias para la generación de energía. Para
ello es indispensable integrar políticas de promoción de
transporte público bajo en emisiones, establecer incentivos
fiscales para promover proyectos energéticos sustentables
y fomentar la investigación en tecnologías de menor
intensidad energética. Asimismo plantea el apoyo en “la
formulación de un marco jurídico más favorable para el
impulso de energías de fuentes renovables”489.
488
Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, México, Objetivo 10, Eje 4. 489
Ídem, Estrategia 10.1., Eje 4.
205
Estrategia 10.2.: consiste en promover el uso eficiente de
energía en el ámbito doméstico, industrial, agrícola y de
transporte.
Estrategia 10.3.: consiste en impulsar la adopción de
estándares internacionales de emisiones vehiculares. Para
lograrlo es necesario contar con combustibles más limpios,
como el etanol, y establecer incentivos económicos que
promuevan el uso de vehículos más eficientes.
Estrategia 10.4.: Consiste en fomentar la recuperación de
energía a partir de residuos, de manera que se aproveche
el potencial de los desechos generados por diversas
actividades. Por ejemplo, puede obtenerse biodiesel a
partir de desechos de los rastros, o bien, biogás a partir de
desechos sólidos.
Es de mencionarse que México tiene un gran potencial para
conseguir el “Objetivo 10” del eje denominado sustentabilidad ambiental, dentro
del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, ya que puede valerse del capital y de
la tecnología de algún o algunos países desarrollados, que sean parte del
Protocolo de Kioto, para desarrollar la producción y el consumo de las fuentes
renovables de energía (entre las que se encuentran los Bioenergéticos)
necesarias para reducir los GEI.
206
3.3.2. Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.
La Ley que en el presente numeral se estudia tiene por objeto:
“normar las actividades asociadas a la agricultura de contrato y a la integración
sustentable de la caña de azúcar, de los procesos de la siembra, el cultivo, la
cosecha, la industrialización y la comercialización de la caña de azúcar, sus
productos, subproductos, coproductos y derivados”490.
El único Capítulo de la Ley azucarera que nos incumbe, por
tener una relación directa con los Bioenergéticos es el denominado
“Diversificación Productiva”.
La diversificación productiva consiste en “la obtención del
azúcar de caña en todas sus presentaciones, los Coproductos491, Subproductos492
y Derivados493 de la caña de azúcar.”
En otras palabras, el Capítulo mencionado regula los
mecanismos necesarios para explotar al máximo el azúcar en otro tipo de
productos. Los mecanismos planteados por la Ley son:
Intercambio de tecnologías de punta probadas en el
aprovechamiento de la agroenergía, con el propósito de
que los interesados tengan la información necesaria para
mejorar la tecnología de los Ingenios494.
490
Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, México, Artículo 2. 491
Los Coproductos: son una variedad de productos intermedios y finales, que tienen como propósito dar un mejor uso a los residuos del proceso agrícola y de la industria de la caña de azúcar. Ídem, Artículo 104. 492
Los Subproductos: son productos colaterales a la producción azucarera. Ídem. 493
Derivados: son aquellos productos que se obtienen a partir de los Subproductos de la caña. Ídem. 494
Ídem, Artículo 105.
207
Promover los estudios y proyectos que tengan como
“prioridad el desarrollo y aprovechamiento de la
agroenergía, en particular del etanol como carburante y
oxigenante de gasolina a partir de mieles iniciales y de
mieles finales, así como del aprovechamiento del bagazo
de la caña con fines de industrialización para la
cogeneración de energía y la obtención de gas
sintético495”.
Estímulos a la inversión para la producción de gas
sintético, cogeneración de energía y producción de etanol
como carburante, sin dejar de incluir al resto de
coproductos, subproductos y derivados.
Promover el desarrollo de los Coproductos, Subproductos y
Derivados, vinculándolos a programas de riesgo
compartido y riesgo de inversión, a las alianzas productivas
y a las instituciones de educación superior existentes
dentro del territorio de la zona de abastecimiento cañero
donde se promueva496.
3.3.3. Ley de Promoción y Desarrollo de los
Bioenergéticos.
Los diputados integrantes de la Comisión de Agricultura y
Ganadería de la LIX Legislatura conformaron una subcomisión de trabajo con el
objetivo de estudiar, analizar y formular una iniciativa de Ley para impulsar la
agroindustria para la producción de etanol y otros Bioenergéticos 497.
495
Ibídem Artículo 107. 496
Ídem, Artículo 109. 497
Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, México, exposición de motivos.
208
En la formulación de la iniciativa de Ley se consideró lo
siguiente498:
Que se debería elaborar un régimen especial jurídico para
fomentar el desarrollo y el uso de las fuentes renovables
de energía.
El uso apropiado de la biomasa, como fuente de energía,
ofrece la oportunidad de mejorar las economías rurales,
reduciendo costos por insumo de energéticos, con la
posibilidad de que lleguen a ser autosuficientes,
energéticamente hablando, y habilitar opciones alternativas
de ingreso económico al vender sus excedentes
energéticos (electricidad, residuos forestales o agrícolas,
carbón o hidrocarburos).
De manera particular:
o Definir jurídicamente la biomasa.
o Establecer incentivos a la producción de etanol en la
industria azucarera para ser usado como
combustible.
o Normar la utilización del etanol como un oxigenante
de la gasolina en todo el país.
o Normar la utilización del etanol como combustible en
el sector transporte.
o Impulsar la investigación y el desarrollo tecnológico
en los Bioenergéticos.
498
Ibídem.
209
El primero de febrero del año 2008, se publicó en el Diario
Oficial de la Federación la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, a
la cual en lo sucesivo me referiré como “Ley de Bioenergéticos”.
La Ley consta de treinta y un artículos, comprendidos en
cuatro Títulos. Para efectos prácticos analizaré la Ley conforme a los títulos que la
integran.
Título I, Disposiciones Generales:
El primer Título plantea la naturaleza reglamentaria de la Ley
de Bioenergéticos, al establecer que “La presente Ley es reglamentaria de los
artículos 25 y 27 fracción XX de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos”499.
Debo destacar que la exposición de motivos de la Ley de
Bioenergéticos precisa que la misma es reglamentaria del artículo 25
Constitucional, únicamente por lo que hace al desarrollo nacional sustentable500.
Por otro lado preciso que la Ley de Bioenergéticos es
reglamentaria de la fracción XX del artículo 27. Dicha fracción establece lo
siguiente:
“Artículo 27.- … XX. El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos,
499
Ibídem, Artículo 1. 500
Ídem, exposición motivos.
210
créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público. …”
De lo anterior se desprende que el legislador calificó a la
materia bioenergética como necesaria para el desarrollo rural. Dicho desarrollo
debería llevarse a cabo de la siguiente manera:
Generando empleo.
Garantizando a los campesinos su participación en dicha
actividad.
Fomentando la actividad mediante insumos, créditos,
capacitación y asistencia técnica.
Habiendo quedado precisada la naturaleza reglamentaria de la
Ley de Bioenergéticos, es necesario hablar de su objeto, el cual consiste en “la
promoción y desarrollo de los Bioenergéticos con el fin de coadyuvar a la
diversificación energética y el desarrollo sustentable como condiciones que
permiten garantizar el apoyo al campo mexicano”501.
Posteriormente, la Ley menciona que la misma establece unas
“Bases” para502:
Promover la producción de insumos (en lo sucesivo,
cuando me refiera a los “Insumos” me referiré a toda
501
Ibídem, Artículo 1. 502
Ídem.
211
materia prima que se emplea para producir
Bioenergéticos)503.
Desarrollar la producción, comercialización y uso eficiente
de los Bioenergéticos, “contribuyendo a la reactivación del
sector rural, la generación de empleo y a una mejor calidad
de vida para la población, en particular las de alta y muy
alta marginación” 504.
Promover, en términos de la Ley de Planeación, el
desarrollo regional y el de las comunidades rurales menos
favorecidas.
Procurar la reducción de emisiones contaminantes a la
atmósfera y los GEI, utilizando para ello los instrumentos
internacionales contenidos en los Tratados en que México
sea parte, como lo es el Protocolo de Kioto.
Coordinar las acciones entre los Gobiernos Federal,
Estatales, Distrito Federal y Municipales, así como la
concurrencia con los sectores social y privado, para el
desarrollo de los Bioenergéticos.
Ahora bien, la Ley define a los Bioenergéticos como aquellos
“combustibles obtenidos de la biomasa provenientes de materia orgánica de las
actividades agrícola, pecuaria, silvícola, acuacultura, algacultura, residuos de la
pesca, domésticas, comerciales, industriales, de microorganismos, y de enzimas,
así como sus derivados, producidos, por procesos tecnológicos sustentables que
503
Insumos: Son las materias primas empleadas en la producción de Bioenergéticos, obtenidas a partir de las actividades agropecuarias y forestales. Ibídem, Artículo 2. 504
Ídem, Artículo 1.
212
cumplan con las especificaciones y normas de calidad establecidas por la
autoridad competente en los términos de esta Ley”505.
Posteriormente, la Ley establece como principio rector de
todas las actividades ahí reguladas el de la libre competencia o libre concurrencia,
al estipular que “las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias,
fomentarán el desarrollo del mercado incluyendo la promoción de esquemas de
participación de productores y la libre competencia en las materias de la presente
Ley”506.
Finalmente, el Título primero de la Ley establece como leyes
supletorias a la Ley de Bioenergéticos las siguientes507:
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
Ley General de Vida Silvestre.
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Ley de Planeación.
Las demás Leyes y Ordenamientos relacionados que
regulen las materias de esta Ley, así como los Tratados
internacionales de los que México sea parte.
505
Ibídem, Artículo 2. 506
Ídem, Artículo 4. 507
Ídem, Artículo 5.
213
Título II, “De las autoridades y la coordinación entres los
Gobiernos Federal, Estatales y Municipales”.
En primer lugar, el Título II faculta al Ejecutivo Federal para
impulsar las políticas, programas y demás acciones que considere necesarios
para el cumplimiento de la Ley de Bioenergéticos, en coordinación con los
Gobiernos de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios.
Para ello, dispone que el Ejecutivo Federal “podrá suscribir
convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, Distrito
Federal y de los municipios, con el objeto de establecer las bases de participación,
en el ámbito de sus competencias, para instrumentar las acciones necesarias para
el cumplimiento de esta Ley”508.
A continuación hablaré de las facultades que otorga la Ley de
Bioenergéticos a las denominadas “Autoridades Competentes”:
Comisión Intersecretarial para el Desarrollo de los
Bioenergéticos, la cual está integrada por los titulares de la
Secretaría de Energía (SENER), la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación (SAGARPA) y la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la
Secretaría de Economía (SE) y la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP). El Ejecutivo Federal designará, de
entre los integrantes de la Comisión de Bioenergéticos, el
que la presidirá509. Tiene como principales funciones las
siguientes510:
508
Ibídem, Artículo 7. 509
Ibídem, Artículo 9. 510
Ídem, Artículo 8.
214
o Participar, en el marco del Plan Nacional de
Desarrollo, en la elaboración de programas
relacionados con la producción y comercialización
de Insumos, producción, almacenamiento,
transporte, distribución, comercialización y el uso
eficiente de los Bioenergéticos.
o Establecer las bases y los lineamientos para la
suscripción de los convenios de coordinación entre
los gobiernos federal, estatal, del Distrito Federal y
municipal.
o Proponer los lineamientos presupuestales que
deberán tomar en cuenta las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, para
apoyar la producción y comercialización de insumos,
y la producción, el almacenamiento, el transporte, la
distribución, la comercialización y el uso eficiente de
Bioenergéticos.
o Revisar la congruencia de las Normas Oficiales
Mexicanas, en lo relativo a la producción y
comercialización de insumos, y a la producción, el
almacenamiento, el transporte, la distribución, la
comercialización y el uso eficiente de
Bioenergéticos.
215
La SAGARPA, tendrá las siguientes facultades511:
o Elaborar los programas sectoriales y anuales,
relativos a la producción y comercialización de
Insumos.
o Regular y, en su caso, expedir Normas Oficiales
Mexicanas relativas a los requisitos, características,
medidas de seguridad y demás aspectos pertinentes
para la producción sustentable de Insumos, así
como controlar y vigilar su debido cumplimiento.
o Evaluar el impacto en materia de soberanía
alimentaria y desarrollo rural de los programas
derivados de la Ley.
o Elaborar el Programa de Producción Sustentable de
Insumos para Bioenergéticos y de Desarrollo
Científico y Tecnológico.
o Imponer las sanciones que se causen por
infracciones a otras disposiciones relacionadas con
la aplicación de la Ley, con excepción de las que le
correspondan a la SENER.
o Otorgar permisos previos para la producción de
Bioenergéticos, a partir del grano de maíz en sus
diversas modalidades, mismos que se otorgarán
solamente cuando existan inventarios excedentes
de producción interna de maíz para satisfacer el
consumo nacional.
511
Ibídem, Artículo 11.
216
La SENER tendrá las siguientes facultades512:
o Elaborar los programas sectoriales y anuales
relativos a la producción, el almacenamiento, el
transporte, la distribución, la comercialización y el
uso eficiente de Bioenergéticos.
o Regular y expedir Normas Oficiales Mexicanas
sobre los requisitos, características, medidas de
seguridad y demás aspectos pertinentes,
relacionados con la producción, almacenamiento,
transporte, distribución, comercialización y uso
eficiente de Bioenergéticos, así como controlar y
vigilar su debido cumplimiento.
o Otorgar y revocar permisos para la producción, el
almacenamiento, el transporte y la distribución por
ductos, así como la comercialización de
Bioenergéticos.
o Emitir los criterios y lineamientos para el
otorgamiento de los permisos.
o Expedir los criterios para las adquisiciones de los
Bioenergéticos por las entidades paraestatales, a
efecto de cumplir con los objetivos de la Ley. Debo
precisar que la Ley de Bioenergéticos no contempla
la compra de los mismos por alguna entidad
paraestatal, por lo cual dicha disposición se traduce
en una falta de técnica legislativa. Tal error atiende
512
Ibídem, Artículo 13.
217
a que la primera iniciativa de Ley contemplaba tal
supuesto, pero no fue eliminada ésta fracción del
texto definitivo.
o Establecer el Programa de Introducción de
Bioenergéticos.
o Emitir los lineamientos, especificaciones y, en su
caso, Normas Oficiales Mexicanas que establezcan
la calidad y características de los Bioenergéticos,
para su mezcla con la gasolina y el diesel; o bien el
etanol y el biodiesel sin mezclas.
o Expedir la normatividad relativa al procedimiento de
arbitraje opcional para la resolución de controversias
previsto en el artículo 30 de la Ley.
o Imponer las sanciones por infracciones a la presente
Ley, únicamente por lo que hace a la producción, el
almacenamiento, el transporte, la distribución, la
comercialización y el uso eficiente de
Bioenergéticos.
La SEMARNAT, tendrá las siguientes facultades513:
o Prevenir, controlar o evitar la contaminación
originada por las actividades de producción de
Insumos y de Bioenergéticos.
513
Ibídem, Artículo 14.
218
o Evaluar y autorizar las instalaciones para la
producción, el almacenamiento, el transporte, la
distribución y la comercialización de Bioenergéticos.
o Vigilar que no se realice cambio de uso de suelo, de
forestal a agrícola, para la producción de
Bioenergéticos.
o Expedir Normas Oficiales Mexicanas relativas a los
requisitos, características, medidas de seguridad y
demás aspectos que considere pertinentes, para
asegurar la protección al medio ambiente.
Título III “De los Instrumentos para el Desarrollo y Promoción
de los Bioenergéticos”.
La Ley de Bioenergéticos plantea diferentes vías o acciones (a
las cuales llama instrumentos) necesarias para impulsar el desarrollo sustentable
de la producción y comercialización de Insumos, así como de la producción, el
transporte, la distribución, la comercialización y el uso eficiente de los
Bioenergéticos514.
Los artículos 15 y 16 de la Ley establecen que el Ejecutivo
Federal, a través de sus Dependencias y Entidades, será el encargado de
implementar los instrumentos, mediante procedimientos y reglas contenidas dentro
de los programas que para tal efecto emitan dichas Dependencias, en el ámbito de
sus respectivas competencias515.
Es de destacarse que la Ley de Bioenergéticos no plantea
planes específicos para impulsar los Bioenergéticos o los Insumos necesarios
514
Ibídem, Artículo 15. 515
Ídem, Artículo 15.
219
para producirlos, ya que se limita a plantear las bases sobre las cuales se
desarrollarán dichos instrumentos. Las bases o lineamientos que menciono son:
Por lo que respecta a las acciones para el fomento de la
producción de Insumos, la Ley establece que516:
o Estarán dirigidas a los productores de Insumos.
o Deben impulsar la productividad, fomentar la
generación de empleos, motivar la creación y la
consolidación de empresas rurales.
o Garantizar la protección de los recursos naturales.
o Para cuantificar el nivel o tipo de incentivo que se
otorguen las Secretarías, se debe considerar el
comportamiento de los precios de los Insumos y los
tipos de cambio.
o Los Insumos no deben poner en riesgo la soberanía
alimentaria.
Por lo que hace a los incentivos para la producción de los
Bioenergéticos, la Ley señala que:
o Estarán dirigidos a las personas que contribuyan al
desarrollo de la industria de los Bioenergéticos.
o Estarán dirigidos a la modernización de la
infraestructura de la industria bioenergética, a través
de la fabricación, adquisición, instalación, operación
516
Ibídem.
220
o mantenimiento de maquinaria para la producción
de Bioenergéticos.
o Estarán dirigidos a las personas que realicen
investigaciones de tecnologías encaminadas a
disminuir los GEI, así como de tecnología para
producir Bioenergéticos.
Finalmente, la Ley prevé la promoción de la investigación y
de la capacitación del ramo Bioenergético, de la siguiente
manera517:
o La SAGARPA y la SENER serán las encargadas de:
Fomentar y desarrollar la investigación
científica para la producción de insumos.
Fomentar y desarrollar la investigación de
tecnologías de producción, distribución y uso
de Bioenergéticos.
o La Comisión de Bioenergéticos establecerá las
bases para impulsar la investigación científica y
tecnológica, así como la capacitación en materia de
Bioenergéticos.
o El Sistema Nacional de Investigación y
Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural
Sustentable será la instancia encargada de
coordinar y orientar la investigación científica y
tecnológica en materia de Insumos.
517
Ibídem.
221
Título IV, “De los Procedimientos, Infracciones y Sanciones”.
La Ley de Bioenergéticos no prevé procedimientos dentro del
Título IV, no obstante que el mismo establece “De los procedimientos…”, ya que la
misma se limita a establecer los lineamientos y principios sobre los cuales se
sujetarán los procedimientos relativos.
De nueva cuenta la Ley de Bioenergéticos se limita a
establecer lineamientos bajo los cuales las Dependencias deben emitir diversos
actos, en este caso los procedimientos.
Los primeros lineamientos a seguir son los relacionados con
los permisos518 previos de la SENER, necesarios para realizar las actividades y los
servicios relacionados con la producción, el almacenamiento, el transporte y la
distribución por ductos, así como la comercialización de Bioenergéticos. Al efecto,
la Ley de Bioenergéticos establece lo siguiente519:
518
Para definir la naturaleza jurídica de los Permisos, en materia administrativa, y su diferencia con las Concesiones, transcribiré la siguiente Jurisprudencia emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Titulada “RADIO Y TELEVISIÓN. DIFERENCIAS ENTRE CONCESIÓN Y PERMISO A LA LUZ DE LA LEY FEDERAL RELATIVA.” La cual establece “La doctrina diferencia a la concesión de la autorización o permiso al catalogar a aquélla como el acto por el cual se concede a un particular el derecho a prestar un servicio público o explotar y aprovechar un bien del dominio público de la Federación, esto es, la concesión crea un derecho a favor del particular concesionario que antes no tenía, mientras que a través de la autorización o permiso sólo se permite el ejercicio de un derecho preexistente del particular en virtud de que no corresponde al Estado la facultad de realizar la actividad, esto es, sólo se retira el obstáculo que impedía a aquél ejercer su derecho. Sin embargo, la Ley Federal de Radio y Televisión no utiliza los conceptos de concesión y permiso con las diferencias propias que en la doctrina suele atribuírseles, sino según el uso comercial o no de las estaciones de radio y televisión, no obstante que unas y otras aprovechan un bien del dominio público como lo es el espectro radioeléctrico para un uso determinado. Así, el artículo 13, segundo párrafo, de dicha Ley, establece que las estaciones comerciales requerirán concesión, mientras que las oficiales, culturales, de experimentación, escuelas radiofónicas o las que establezcan las entidades y organismos públicos para el cumplimiento de sus fines y servicios requerirán permiso”. TRIBUNAL EN PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, novena época, Semanario Judicial de la Federación, XXVI, Diciembre de 2007, P. 1085, Tesis: P./J. 67/2007, Registro No. 170638. 519
Ley de Promoción y Desarrollo de Bioenergéticos, México, Artículo 24.
222
La SENER debe informar a la Comisión intersecretarial de
Bioenergéticos sobre los permisos que haya otorgado.
Los lineamientos y criterios antes mencionados deben
comprender:
o Las actividades o los servicios relacionados con la
producción, el almacenamiento, el transporte y la
distribución por ductos, así como la comercialización
de Bioenergéticos.
o Los términos y condiciones para:
El otorgamiento, la transferencia y la
revocación de los permisos.
La producción de Bioenergéticos.
El almacenamiento de Bioenergéticos.
El transporte y la distribución por ductos de
Bioenergéticos.
La presentación de información suficiente y
adecuada para fines de regulación.
o Los términos y procedimientos para la verificación
de instalaciones y equipos de los permisionarios.
o “Los demás instrumentos de regulación que
establezcan las disposiciones aplicables, los que la
SENER considere necesarios”. En otras palabras,
223
deja al arbitrio de la SENER la regulación necesaria
para los permisos previos.
o Los permisos que la SENER expida deberán
contener, de manera detallada, los términos y
condiciones bajo los cuales serán emitidos y los
procedimientos deberán establecerse con toda
precisión en el Reglamento de la presente Ley520.
El segundo Capítulo establece las infracciones a la Ley de
Bioenergéticos y las sanciones aplicables. Considerando a las primeras como521:
La realización de actividades o la prestación de servicios
sin contar con el permiso correspondiente.
El incumplimiento de los términos y condiciones
establecidos en los permisos previos.
El incumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas y demás
disposiciones aplicables en materia de Bioenergéticos.
Por lo que respecta a las sanciones, consecuencia de las
anteriores infracciones, aplicará522:
Multa de mil a diez mil veces el importe del salario mínimo
general diario vigente en el Distrito Federal, la cual será
fijada a juicio de la autoridad competente, tomando en
cuenta la importancia de la falta.
520
A la fecha no ha sido expedido el Reglamento a la Ley de Bioenergéticos. 521
Ley de Promoción y Desarrollo de Bioenergéticos, Título IV, Capítulo II. 522
Ídem.
224
Revocación de los permisos.
Clausura total o parcial, permanente o temporal de las
instalaciones infractoras.
Cabe precisar que por disposición expresa del artículo 28 de la
Ley, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es la supletoria en todo lo que
respecta a la solicitud y el otorgamiento de los permisos, y a la imposición de
sanciones523.
Finalmente, el Título Cuarto regula lo relativo a las
impugnaciones y la solución de controversias derivadas de la aplicación de la Ley,
clasificándolas en tres:
Las controversias que se susciten respecto de las
transacciones efectuadas a lo largo de las cadenas
productivas de Insumos, en materia de calidad, cantidad y
oportunidad de los productos, servicios financieros,
servicios técnicos, equipos, tecnología y bienes de
producción se resolverán a través del Servicio Nacional de
Arbitraje524 previsto en la Ley de Desarrollo Rural
Sustentable525.
Las controversias que se susciten respecto de las
transacciones y actividades relacionadas con la
producción, el almacenamiento, el transporte, la
523
Ibídem, Artículo 28. 524
Ídem, Artículo 29. 525
“Artículo 184.- La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, promoverá el Servicio Nacional de Arbitraje en el Sector Rural, que tendrá como objeto resolver las controversias que se presenten, dando certidumbre y confianza a las partes respecto de las transacciones a lo largo de las cadenas productivas y de mercado, en materia de calidad, cantidad y oportunidad de los productos en el mercado; servicios financieros; servicios técnicos; equipos; tecnología y bienes de producción”. Ley de Desarrollo Rural Sustentable, México.
225
distribución, la comercialización y el uso eficiente de
Bioenergéticos, se solucionará a través de un
procedimiento de arbitraje opcional, ante la Secretaría de
Energía, de conformidad con la normatividad que para tal
efecto emita dicha dependencia526.
Contra los actos de autoridad emitidos con motivo de la
aplicación la Ley de Bioenergéticos, los programas y
demás disposiciones que deriven de la misma, se estará a
lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo.
Antes de analizar el Reglamento respectivo, preciso lo
siguiente con relación a la Ley:
Menciona que apoyará al campo, al empleo, al sector
energético y demás, sin mencionar como realizará dicho
apoyo.
No contempla un solo plan concreto de apoyo al sector
Bioenergético, como por ejemplo lo contemplaba la
iniciativa original de dicha Ley, al obligar a mezclar etanol
con la gasolina.
Los planes derivados de la Ley plantean muchas metas y
objetivos, pero no establecen los medios para alcanzarlos.
526
Ley de Promoción y Desarrollo de Bioenergéticos, Artículo 30.
226
Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo de los
Bioenergéticos.
El día 18 de junio de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación. Entre las disposiciones más destacadas se encuentran527:
La cooperación de los diferentes órdenes de gobierno, con
concurrencia de los sectores social y privado, mediante la
celebración de convenios de concentración que tengan por
objeto implementar los mecanismos, instrumentos,
esquemas y acciones necesarias para la promoción y
desarrollo de los Insumos y de los Bioenergéticos.
Los lineamientos, requisitos y procedimientos necesarios
para que la SAGARPA, SENER y SEMARNAT otorguen
los permisos referidos en la Ley, en especial para generar,
comercializar, transportar, almacenar y producir Insumos y
Bioenergéticos, protegiendo el medio ambiente.
Por lo que hace al permiso para producir biocombustible a
partir del maíz, limitado mediante la Ley, el Reglamento
prevé que es válida la producción de Bioenergéticos a
partir de maíz importado, sin tomar en cuenta los
inventarios excedentes de la producción interna de maíz,
los cuales se harán en los meses de abril y octubre de
cada año por la SAGARPA, tomando en cuenta a la
SENER.
527
Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, México.
227
Otorga facultades de verificación a la SAGARPA, SENER y
SEMARNAT, para comprobar el cumplimiento de la Ley y
del Reglamento.
Por lo que se refiere al diseño, construcción, equipamiento,
operación, modificación, mantenimiento y retiro de
instalaciones, equipos y procesos para la producción, el
almacenamiento, el transporte, la distribución por Ductos, y
la comercialización de Bioenergéticos se llevarán a cabo
con apego a las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.
Fija los límites máximos y mínimos a los cuales se
sujetarán las diferentes infracciones a la Ley y su
Reglamento, para lo cual se deberá considerar la gravedad
de la infracción, el daño causado, indicios de la
intencionalidad, participación del infractor en la comisión u
omisión, duración de la práctica, reincidencia y
antecedentes del infractor, así como su capacidad
económica.
Programa de Producción Sustentable de Insumos para
Bioenergéticos y de Desarrollo Científico y Tecnológico528 y Programa de
Introducción de Bioenergéticos529:
Ambos programas son analizados a la par, debido a que tanto
la SAGARPA, como la SENER, emitieron el mismo contenido en los programas
analizados; es decir, el texto, contenido, directrices, metas, objetivos y planes de
528
http://www.sagarpa.gob.mx/agricultura/Documents/PROINBIOS_20091013.pdf 529
http://www.sener.gob.mx/webSener/res/0/Prog%20Introd%20Bioen.pdf
228
acción son exactamente los mismos, aunque uno orientado a los Insumos y otro a
los Bioenergéticos.
Por lo que hace al primer programa, el mismo contempla para
el año 2012, una meta de hasta trescientas mil hectáreas de superficie para el
desarrollo de cultivos que se utilicen para producir trece millones de toneladas de
biomasa que se transformará en etanol, el cual será utilizado como mezcla de las
gasolinas en las áreas metropolitanas de Guadalajara, Monterrey y la Ciudad de
México530.
El Programa de Producción Sustentable de Insumos para los
Bioenergéticos, se sustenta en los siguientes criterios:
Aprovechar áreas con potencial y que actualmente están
subutilizadas y con altos grados de marginación.
Cuidar que no se derriben selvas o bosques para favorecer
la producción de Bioenergéticos.
Incrementar la producción de alimentos en el país para
depender menos de las importaciones de Insumos.
Por lo que hace al programa de Introducción de
Bioenergéticos531 el mismo prevé la introducción de etanol en las gasolinas y fue
emitido por la SENER en el año 2008.
Ahora bien, los dos programas se sustentan en cinco “líneas
estratégicas” y “acciones”, las cuales son las siguientes:
530
http://www.presidencia.gob.mx/prensa/?contenido=35476 531
http://www.sagarpa.gob.mx/infohome/bioenergeticos/pdf/sener_baja.pdf
229
Fomentar la información sobre las cadenas de Insumos y
Bioenergéticos, a partir de:
o La creación de un portal de información
bioenergética.
o El desarrollo de una base de datos sobre las
diversas tecnologías existentes y futuras de la
producción de Insumos y Bioenergéticos.
Fomentar la investigación, al establecer diversos
programas de investigación multidisciplinarios que
abarquen los distintos aspectos de los Insumos y de los
Bioenergéticos.
Fomentar asociaciones para el desarrollo de los Insumos y
de los Bioenergéticos. Tales asociaciones estarán
conformadas por especialistas de distintas áreas, que
permitan promover estudios multidisciplinarios a fin de
fomentar el crecimiento de la industria.
Generar certidumbre de mercado mediante el fomento de
la industria bioenergética local e internacional, la cual se
llevará a cabo mediante las siguientes acciones:
o La creación de esquemas de negocio
autosustentable para el crecimiento de la industria
bioenergética.
o El diseño de esquemas que impulsen la
participación de la pequeña y la mediana empresa
en el sector bioenergético.
230
o El desarrollo de una calificación específica para los
Bioenergéticos que se traduzca en una
homogeneidad de características de los mismos.
o El diseño de medidas que permitan implementar los
Mecanismos de Desarrollo Limpio para impulsar el
sector bioenergético.
Impulsar la industria de los Insumos, así como la
implementación de la industria bioenergética. En una
primera etapa se incorporará etanol a las gasolinas de
Guadalajara y, posteriormente, se ampliará al Distrito
Federal y Monterrey.
231
3.3.4. Ley Para el Aprovechamiento de Energías
Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.
Como parte de la reforma energética presentada por el
Presidente Felipe Calderón, el Congreso aprobó en noviembre de 2008, una ley
cuyo objeto es “regular el aprovechamiento de fuentes de energía renovables y las
tecnologías limpias para generar electricidad con fines distintos a la prestación del
servicio público de energía eléctrica”532, a la cual denominaron La Ley para el
Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición
Energética.
Antes de continuar con el análisis de la Ley, es preciso realizar
un recuento sobre la regulación del Servicio Público de Energía el cual se regula
por el artículo 27 Constitucional, al estipular que “corresponde exclusivamente a la
Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que
tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán
concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos
naturales que se requieran para dichos fines”533.
Por su lado, el artículo 28 establece que no constituirán
monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las áreas
estratégicas que se determinan en dicho artículo, entre las que se encuentra la
electricidad534.
Ahora bien, La Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica535, reglamentaria de los artículos precisados, deja fuera del Servicio
Público de Energía Eléctrica las siguientes actividades:
532
Ley Para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, México, Artículo 1. 533
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, Artículo 27. 534
Ídem, Artículo 28 535
Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, México.
232
Autoabastecimiento. Es la generación de energía eléctrica para
fines de autoconsumo siempre y cuando dicha energía se destine
a satisfacer las necesidades de personas físicas o morales y no
resulte inconveniente para el país.
Cogeneración. Es la producción de energía eléctrica al producir
otro tipo de energía.
Producción independiente. Es la generación de energía eléctrica
proveniente de una planta con capacidad mayor de 30 mega
watts, destinada exclusivamente a su venta a la Comisión Federal
de Electricidad o a la exportación.
Pequeña producción. Es la generación de energía eléctrica
destinada a: (i) la venta a la CFE de la totalidad de la electricidad
generada, en cuyo caso los proyectos no podrán tener una
capacidad total mayor de 30 mega watts en un área determinada;
(i) el autoabastecimiento de pequeñas comunidades rurales o
áreas aisladas que carezcan del servicio de energía eléctrica, en
cuyo caso los proyectos no podrán exceder de 1 mega watt; y (iii)
la exportación, dentro del límite máximo de 30 mega watts.
Exportación. Es la generación de energía eléctrica para
destinarse a la exportación, a través de proyectos de
cogeneración, producción independiente y pequeña producción.
Importación. Es la adquisición de energía eléctrica proveniente de
plantas generadoras establecidas en el extranjero.
Es de destacarse que la Ley Para el Aprovechamiento de
Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética no sustituye
233
lo dispuesto por la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica. Por lo que los
proyectos renovables podrán operar bajo el esquema de autoabastecimiento,
cogeneración y pequeña producción sin que esto implique nuevas restricciones.
Ahora bien, la Ley que se analiza en el presente apartado trata
de atraer inversión privada para el desarrollo de proyectos de energía renovable y
no regula de manera directa a las compañías paraestatales.
La Ley considera el uso de la energía renovable y de las
tecnologías limpias son de utilidad pública y deberá ser promovida como parte de
la Estrategia Nacional de Transición Energética. Esta estrategia promoverá el uso
eficiente de y sustentable de la energía y busca reducir la dependencia de México
de los hidrocarburos como la principal fuente de energía536.
Por energía renovable se considera aquellas fuentes que
residen en fenómenos de la naturaleza, procesos o materiales susceptibles de ser
transformados en energía aprovechable por la humanidad, que se regeneran
naturalmente e incluyen: el viento, la radiación solar, el movimiento del agua en
cauces naturales o artificiales, la energía oceánica en sus distintas formas, el calor
de yacimientos geotérmicos, los Bioenergéticos que determine la Ley de
Promoción y Desarrollos de los Bioenergéticos y aquellas otras que determine la
Secretaría de Energía537.
Esta Ley excluye expresamente de su campo de aplicación los
minerales radiactivos, hidroeléctricas con capacidad superior a 30 mega watts,
incineradores o tratamiento térmico de cualquier tipo de residuos y
aprovechamiento de rellenos sanitarios que no cumplan con la normatividad
ambiental538.
536
Ley Para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, México, Artículo 2. 537
Ídem, Artículo 3, Fracción II. 538
Ídem, Artículo 1.
234
La Ley otorga las siguientes facultades a la Secretaría de
Energía539:
El desarrollo, elaboración y coordinación del Programa Especial
para el Aprovechamiento de Energías Renovables (el cual será
de observancia obligatoria para las Entidades y Dependencias de
la Administración Pública Federal), para lo cual deberá:
o Establecer objetivos y metas específicos para el
aprovechamiento de energías renovables, así como las
estrategias y acciones para alcanzarlas.
o Las metas deberán expresarse en términos de porcentajes
mínimos de capacidad instalada y de suministro eléctrico;
incluyendo a los suministradores y a los generadores de
energía.
o Observar lo establecido en los programas nacionales en
materia de mitigación del cambio climático y en los
compromisos internacionales en materia de cambio
climático y energía renovable.
o Considerar los beneficios económicos netos potenciales de
generarse por el aprovechamiento de las energías
renovables.
Establecer metas específicas que incluyan los porcentajes de
capacidad instalada y suministro de energía derivados de
proyectos renovables.
539
Ibídem, Artículos 6 y 11.
235
Desarrollar la infraestructura necesaria para la interconexión al
Sistema Eléctrico Nacional de los proyectos de energía
renovable.
Celebrar convenios de coordinación con los gobiernos estatales y
municipales para simplificar el acceso a aquellas áreas con
mejores recursos naturales, promover la compatibilidad en la
zonificación para estos proyectos y simplificar el proceso de
obtención de permisos.
La Comisión Reguladora de Energía540 será la encargada
de541:
Emitir normas, directivas, metodologías que regulen y provean
incentivos para la generación de electricidad de fuentes de
energía renovable así como los instrumentos de pagos entre los
Productores y Suministradores.
Establecer las disposiciones que permitan la interconexión,
acceso preferencial y porteo al sistema eléctrico.
Tendrá una mayor autonomía para fijar los procedimientos de
intercambio y compensación de energía con los suministradores,
y podrá diferencias dicho trato dependiendo de la tecnología y
ubicación geográfica de los proyectos.
Autorizar de los contratos modelo entre los productores y
suministradores y establecerá los lineamientos para la entrega de
excedentes al sistema eléctrico nacional.
540
“Órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía, gozará de autonomía técnica y operativa en los términos de esta Ley”, Ley de la Comisión Reguladora de Energía, México, Artículo 1. 541
Ley Para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, México, Artículo 7.
236
Determinar las contraprestaciones máximas que se pagarán por
concepto de energía eléctrica producida por energías
renovables542, previa opinión de las Secretarías de Hacienda y
Crédito Público y de Energía.
En suma, el Congreso otorgó a la Comisión Reguladora de
Energía una mayor carga administrativa, al facultarla para desarrollar el marco
regulatorio para alcanzar los objetivos de la Ley.
Por su parte, la Secretaría de Energía con la opinión de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría del Medio Ambiente y
Recursos Naturales y de la Secretaría de Salud elaborará una metodología para
valorar las consecuencias asociadas con la generación de electricidad producida a
partir de energías renovables543.
A partir de esa metodología, la Secretaría del Medio Ambiente
y Recursos Naturales diseñará mecanismos de regulación ambiental para el
aprovechamiento de energías renovables.
Ahora bien, el Ejecutivo Federal diseñará e instrumentará las
políticas y medidas para facilitar el flujo de recursos derivados de los mecanismos
internacionales de financiamiento relacionados con la mitigación del cambio
climático. Las políticas deben:
Promover la aplicación de los mecanismos internacionales
orientados a la reducción de emisiones de gases de efecto
invernadero.
542
Ibídem, Artículo 15. 543
Ídem, Artículo 10.
237
Lograr que las Dependencias y Entidades de la Administración
Pública Federal Desempeñen al igual que los Suministradores de
energía eléctrica diversos de la Comisión Federal de Electricidad,
el papel de intermediarios entre los proyectos de
aprovechamiento de las energías renovables y los compradores
de certificados de reducción de emisiones de gases de efecto
invernadero en el mercado internacional.
Habiendo quedadas precisadas las facultades de las
dependencias precisadas, debo mencionar que la Ley establece nuevos requisitos
para los Productores encargados de proyectos de energía renovable que tengan
una capacidad mayor a los 2.5 mega watts544.
Asegurar la participación local en el proceso de consulta
pública.
En el supuesto de que se hayan celebrado arrendamientos
los pagos deberán tener una periodicidad mínima de dos
veces al año.
Promover el desarrollo social en la comunidad en la que se
desarrolle el proyecto, conforme a las mejores prácticas
internacionales y atendiendo a la normatividad aplicable en
materia de desarrollo rural sustentable, protección al medio
ambiente y derechos agrarios.
544
Ibídem, Artículo 21
238
Estrategia Nacional para la Transición Energética y el
Aprovechamiento Sustentable de la Energía:
La Ley establece la Estrategia mencionada como “el
mecanismo mediante el cual el Estado Mexicano impulsará las políticas,
programas, acciones y proyectos encaminados a conseguir una mayor utilización y
aprovechamiento de las fuentes de energía renovables y las tecnologías limpias,
promover la eficiencia y sustentabilidad energética, así como la reducción de la
dependencia de México de los hidrocarburos como fuente primaria de energía”545.
La Estrategia debe contener los mecanismos presupuestarios
para asegurar la congruencia y consistencia de las acciones destinadas a
promover el aprovechamiento de las tecnologías limpias y energías renovables
mencionadas en el párrafo anterior.
La Ley menciona que la Estrategia se debería materializar
(según se desprende del propio Texto) en el Presupuesto de Egresos de la
Federación, mediante provisiones de recursos públicos tendientes a546:
Promover e incentivar el uso y la aplicación de tecnologías
para el aprovechamiento de las energías renovables, la
eficiencia y el ahorro de energía.
Promover y difundir el uso y la aplicación de tecnologías
limpias en todas las actividades productivas y en el uso
doméstico.
Promover la diversificación de fuentes primarias de
energía, incrementando la oferta de las fuentes de energía
renovable.
545
Íbídem, Artículo 22. 546
Ídem, Artículo 24.
239
Promover las medidas necesarias para que la población
tenga acceso a información confiable, oportuna y de fácil
consulta, en relación con el consumo energético de los
equipos, aparatos y vehículos que requieren del suministro
de energía para su funcionamiento.
Debo destacar que las únicas provisiones que se
materializaron en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2009547, son las
siguientes:
Partida directa de un millón de pesos para promover la
“Reducción de Emisión de Gases de Efecto Invernadero
Generados por los Procesos de Combustión Durante la
Fabricación de Ladrillo y sus Derivados en el Estado de
Hidalgo como Instrumento de Mitigación en el
Calentamiento Global”.
La obligación de las dependencias de la Administración
Pública Federal para destinar recursos de sus respectivos
presupuestos para dar cumplimiento a las acciones
previstas en los programas de eficiencia energética con el
objeto de optimizar el uso de energía en sus inmuebles,
flotas vehiculares y sus instalaciones; debiendo reportar
trimestralmente a las secretarías de Hacienda y Crédito
Público y de la Función Pública, así como a la Comisión
Nacional para el Ahorro de Energía, los ahorros generados
como resultado de la implementación de los programas.
547
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, México.
240
Además de la Estrategia mencionada anteriormente, la Ley
prevé la creación del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento
Sustentable de la Energía, el cual cuenta con un Comité Técnico integrado por
representantes de las Secretarías de Energía, quien lo presidirá, de Hacienda y
Crédito Público, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Comisión Federal
de Electricidad, de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, del Instituto Mexicano
del Petróleo, del Instituto de Investigaciones Eléctricas y del Consejo Nacional de
Ciencia y Tecnología548.
El comité tendrá a su cargo las siguientes atribuciones:
Emitir las reglas para la administración, asignación y
distribución de los recursos en el Fondo.
Promover los objetivos de la Estrategia.
Potenciar el financiamiento disponible para la transición
energética, el ahorro de energía, las tecnologías limpias y
el aprovechamiento de las energías renovables.
Acordar que con cargo al Fondo se utilicen recursos no
recuperables para el otorgamiento de garantías de crédito
u otro tipo de apoyos financieros para los proyectos que
cumplan con el objeto de la Estrategia.
Lo último que resta por mencionar es que el desarrollo del
marco regulatorio para dejar de depender de los hidrocarburos como la fuente
principal de energía solo ha iniciado con la emisión de esta Ley, para
548
Ley Para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, México, Artículo 24.
241
complementarlo será necesario la emisión de su reglamento, el Programa
Nacional para el Aprovechamiento de Energía Renovable y Transición Energética
y la Estrategia, los mecanismos específicos para asegurar el flujo financiero de los
créditos de carbono, el mecanismo de cuantificación de externalidades, los
contratos modelo, las metodologías y otros instrumentos regulatorios para
alcanzar los objetivos de la Ley.
Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento de Energías
Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética549.
Además de las facultades, lineamientos y demás cuestiones
reglamentarias de la Ley, el Reglamento prevé, en su Título Cuarto regula la
generación de energía renovable de la siguiente manera:
La Comisión Reguladora de Energía, con opinión de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico, será la
encargada de establecer las metodologías para el cálculo
de las contraprestaciones de los servicios que presten
entre sí el Suministrador y los generadores de energía
renovable.
El Suministrador de energía, podrá llevar a cabo
licitaciones separadas para proyectos de generación de
energía renovable, para lo cual, la Comisión Reguladora de
Energía tendrá que fijar las contraprestaciones antes
referidas mediante un convenio de adjudicación.
549
Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, México.
242
Programa Especial para el Aprovechamiento de Energías
Renovables550:
Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 6 de
agosto de 2009, contiene un análisis detallado de cada una de las fuentes
renovables de energía, incluyendo a la biomasa.
Ahora bien, más que acciones, estrategias o beneficios, puede
servir como una buena base de datos.
En efecto, aunque las partes relativas del texto del documento
denominadas acciones de gobierno y acciones específicas no son más que
buenos deseos y metas, sin establecer el cómo llegar a ellas.
550
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5101826&fecha=06/08/2009
243
CAPÍTULO III
CONSIDERACIONES FINALES
En el presente Capítulo realizaré diversas observaciones y críticas sobre todo lo
estudiado dentro de la presente Tesis.
En primer lugar debo reafirmar la importancia de los Bioenergéticos desde un
punto de vista jurídico. La misma se explica por la relación que guardan con dos
bienes jurídicos que deben tutelarse: el medio ambiente y el abasto energético.
El medio ambiente es uno bienes jurídicos que deben recibir una mayor tutela por
parte del Derecho, ya que se encuentra íntimamente relacionado con la
preservación de la especie humana.
Lo anterior es así, ya que sin un medio ambiente apto sería imposible cosechar los
productos que necesitamos para alimentarnos, situación que también afectaría de
manera directa a los animales que nos sirven de alimento.
Hay que recordar que el ser humano no puede sobrevivir si no se alimenta de
plantas o animales. Es por ello que el Derecho debe tutelar al medio ambiente, ya
que al defenderlo, protege de manera directa la vida del ser humano.
Debo precisar que nuestra Carta Magna incluye el derecho a un medio ambiente
adecuado, como una garantía individual, en su cuarto artículo.
Ahora bien, por lo que hace al abasto energético, señalo que el mismo constituye
un bien jurídico que debe tutelarse, ya que:
244
Sin energía no podrían funcionar las industrias que
producen nuestros medicamentos, situación que afectaría
de manera directa a la salud de los ciudadanos. No hay
que olvidar que el Derecho a la salud es una garantía
individual contemplada en el artículo 4 Constitucional.
El desabasto afectaría al sector alimentario, al no existir
industria alguna que pueda producir alimentos, o bien
medios de transporte que los distribuyan.
Afecta directamente al transporte, ya que sin abasto
energético no existirían medios de transporte.
En conclusión, el desabasto energético provocaría que el
ser humano no pueda cubrir sus necesidades básicas:
vivienda, vestido, alimento y salud.
A continuación precisaré la relación que guardan los Bioenergéticos con la
protección de los bienes jurídicos antes señalados.
Por lo que hace a la protección del medio ambiente, señalo que el uso de los
Bioenergéticos como alternativa a las fuentes tradicionales de energía, se traduce
en una protección al medio ambiente, ya que al ser consumidos no producen
contaminación ni tampoco afectan el clima, al no generar GEI.
Por su lado, el abasto energético podría estar garantizado en el futuro por los
Bioenergéticos, ya que son una fuente de energía que no se agota, al ser
generada de manera constante.
Otra gran ventaja que tienen los Bioenergéticos, respecto del abasto energético
mundial, es precisamente la capacidad que tienen para cubrir la mayoría de las
necesidades energéticas que son resueltas por los hidrocarburos. No hay que
245
olvidar que los hidrocarburos son la fuente de energía mayormente utilizada en la
actualidad.
1. Regulación internacional.
1.1. Tratados Internacionales que tutelan al Medio Ambiente.
Debemos reconocer el esfuerzo realizado por la comunidad
internacional para proteger al medio ambiente, sobre todo por lo que hace al
Protocolo de Kioto. Sin embargo no hay que perder de vista que existen países
que anteponen sus intereses particulares a los de la humanidad.
Tal es el caso de los Estados Unidos de América, país que no ratificó
el Protocolo, no obstante que es uno de los que más ha contribuido al cambio
climático.
Ojalá que los Estados Unidos de América abandonen su doble moral
por lo que respecta al Derecho Internacional, ya que es el primero en “lanzarse” a
criticar e invadir otros países buscando la “libertad de los pueblos”, pero es el
primero en oponerse a las disposiciones internacionales que afectan sus intereses
particulares. Ésta situación traería como consecuencia un grado superior de paz y
de tranquilidad entre los países.
Dejando a un lado la política internacional estadounidense, debo
retomar lo relativo a las disposiciones del Protocolo de Kioto que más favorecen al
medio ambiente, así como al abasto energético.
Los “mecanismos flexibles” contenidos en el Protocolo permiten
lograr el objetivo de la Convención sobre el Cambio Climático, es decir el de
reducir la emisión de los GEI, para que se revierta el calentamiento Global que
tanto afecta hoy en día a la humanidad.
246
El mecanismo flexible más importante, desde la perspectiva
bioenergética en un país en vías de desarrollo (como lo es México), es el
denominado Mecanismo de Desarrollo Limpio, el cual permite que un país en vías
de desarrollo tenga “capital” para crear una industria de Bioenergéticos. La
creación de tal industria se traduce en tres beneficios fundamentales para el país
en vías de desarrollo:
Promueve la agroindustria, situación que favorece al
campo, generando empleos y una mayor producción de
Insumos.
Provoca el crecimiento de la economía, ya que el país
beneficiado no tendría la necesidad de importar petróleo,
con lo cual se reducirían sus gastos. De la misma manera
sería capaz de ser autosuficiente, energéticamente
hablando.
Genera un medio ambiente apropiado, ya que se
eliminarían tanto los GEI como la contaminación propia de
la quema de combustibles fósiles.
Es por lo anterior, que México debe de valerse del Mecanismo de
Desarrollo Limpio para obtener ayuda económica de los países desarrollados para
generar una industria bioenergética.
No hay que perder de vista que México tiene un gran potencial en la
materia, ya que cuenta con extensas áreas de cultivo que pueden aprovecharse
para los Insumos; asimismo lograría que el campo mexicano se impusiera como
uno de los más competitivos del mundo.
247
Ahora bien, por lo que hace al Convenio de Viena para la Protección
de la Capa de Ozono y al Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que
agotan la Capa de Ozono debo reconocer tanto los compromisos firmados por los
países, como el esfuerzo de éstos para cumplirlos, ya que se alcanzaron los
objetivos ahí planteados.
Finalmente, por lo que hace a la llamada “Conferencia de Bonn”,
relativa a la utilización de energías renovables, preciso que fue una “reunión de
buena voluntad” en la que diversos sujetos de derecho internacional, actores
políticos y sociales de los países invitados acordaron principios y lineamientos
sobre la utilización de las energías renovables.
Si bien es cierto que la Conferencia refleja el interés de los países
por utilizar energías limpias, eso no significa que sea un parte aguas en la materia,
ya que los documentos ahí adoptados no vinculan jurídicamente a las partes, al no
tener el carácter de Tratado internacional.
1.2. Tratados Internacionales que tutelan el Abasto Energético.
Si bien es cierto que la creación de la OLADE es un referente de
promoción energética en Latinoamérica, eso no significa que la misma tenga por
objeto el garantizar el abasto energético de los países miembros. Tal objetivo se
alcanza de manera indirecta, ya que tal organización se limita a realizar programas
de promoción y desarrollo de los sectores energéticos de la región.
El único instrumento internacional que realmente garantiza el abasto
energético es el denominado Tratado Energético del ALBA, ya que plantea la
creación de un mercado único de energía, en el que los Estados firmantes tienen a
su disposición las reservas de petróleo de los otros países, con lo cual se
garantiza el suministro energético de sus miembros para los próximos veinticinco
años.
248
2. Regulación nacional.
Antes de entrar en materia, me parece pertinente hacer una crítica sobre el
tratamiento que le da nuestra legislación a las Áreas estratégicas y a las
prioritarias.
Las Áreas estratégicas se encuentran, comparadas con las prioritarias,
correctamente definidas y delimitadas en el texto Constitucional.
En efecto, el artículo 28 Constitucional delimita, mediante un listado, a todas y
cada una de las actividades económicas que forman parte de las Áreas
estratégicas de desarrollo, las cuales deben de ser ejercidas de manera exclusiva
por el Estado.
La última parte del cuarto párrafo del artículo 28 Constitucional establece que
constituirán Áreas estratégicas todas aquellas actividades económicas a las que el
legislador federal les dé tal tratamiento.
Sobre el particular, manifiesto que el efecto que tiene considerar a una
determinada actividad económica como Área estratégica es precisamente el de
sustraerla de la esfera jurídica de los gobernados, afectando así la garantía de
libre concurrencia.
Es por ello que el listado de Áreas estratégicas no debe ser ampliado por el
legislador federal, ya que considero que tal ampliación debe realizarse únicamente
mediante reforma constitucional, al estar afectando directamente una garantía
individual.
249
Ahora bien, por lo que respecta a las Áreas prioritarias, señalo lo siguiente:
Es una figura ambigua, que requiere una regulación clara,
precisa y adecuada.
La Constitución debe precisar de manera clara y precisa
las características esenciales que hacen que una
determinada actividad económica sea calificada como Área
prioritaria.
De la misma manera, la Constitución debe precisar de
manera clara y precisa los efectos que conlleva el
considerar o calificar a una determinada actividad
económica como Área prioritaria.
Al haber quedado precisado lo anterior resulta pertinente concluir la presente
Tesis analizando la regulación bioenergética nacional detallada en el Capítulo II, a
la luz de las siguientes preguntas:
A. ¿Protege a los bienes jurídicos que deberían tutelar, es decir: el
medio ambiente y el abasto energético?
La respuesta es no protegen de manera óptima a los bienes jurídicos
que debieran tutelar, ya que:
Es, en su conjunto, una regulación que refleja el típico
discurso político, al incluir únicamente objetivos y
resultados esperados, sin establecer algún plan específico
250
y concreto para alcanzarlos, tal y como sucede en otros
países, como Estados Unidos de América y Brasil.
La regulación bioenergética en México es tan incompleta
que la utilización de tales energéticos no favorece de
manera significativa al medio ambiente, ya que, por
ejemplo, ni las leyes ni los planes obligan a PEMEX a
incorporar de manera cuantitativa etanol en las gasolinas.
Hay que recordar que se podría mezclar hasta un
veinticinco por ciento de etanol en las gasolinas, sin
necesidad de modificar los motores de los vehículos.
No existe ninguna regulación que prevea la entrada a
México de vehículos que funcionen únicamente con
Bioenergéticos, ni tampoco existe algún incentivo fiscal que
promueva la compra de tales vehículos. Es por ello que si
no existen vehículos que no contaminen no se protege al
medio ambiente.
La regulación bioenergética mexicana es tan superficial y
tan “al vapor” que no contempla planes específicos y
concretos para la utilización de los Mecanismos de
Desarrollo Limpio para desarrollar la industria bioenergética
en México.
Finalmente, preciso que la regulación bioenergética
mexicana no protege adecuadamente al abasto energético,
ya que no contempla mecanismos concretos que propicien
la creación de empresas bioenergéticas que contribuyan
de manera real y cuantitativa al abasto energético nacional.
251
Para que el Derecho mexicano tutele de manera correcta los bienes
jurídicos antes precisados es necesario que cuente con una industria
bioenergética competitiva que constituya una alternativa real a los combustibles
fósiles.
Para alcanzar tal nivel es necesario:
Una regulación que permita una verdadera promoción y
desarrollo de una industria bioenergética.
Implementar un programa de etanol, similar al llevado a
cabo en Brasil (PROALCOHOL), que permita:
o La creación de una conciencia ciudadana sobre la
utilización de los Bioenergéticos, principalmente en
el transporte.
o Otorgar subsidios y demás incentivos que faciliten la
creación y el crecimiento de una industria
bioenergética nacional.
o La competitividad de los Bioenergéticos, respecto de
los combustibles fósiles.
Incentivar de manera directa a la industria bioenergética,
con estímulos fiscales o con subsidios directos, como lo
hacen los Estados Unidos de América.
Promover el consumo de Biocombustibles, subsidiando
parte del costo de producción. Dicho subsidio beneficia de
manera directa al consumidor final (como sucede
actualmente con las gasolinas).
252
Financiar, mediante los Mecanismos de Desarrollo Limpio,
la creación de una industria bioenergética nacional.
Eliminar el consumo de los combustibles fósiles para
mejorar el medio ambiente. Para ello se debe obligar, en
una primera etapa, a que PEMEX incorpore un máximo de
etanol a las gasolinas (hasta un veinticinco por ciento), y
en una segunda etapa se debe suprimir, en la medida de lo
posible, el uso de combustibles fósiles, cuando exista una
industria bioenergética capaz de hacer frente a todas las
necesidades energéticas de los ciudadanos.
Finalmente destaco que es muy importante que el Estado
mexicano siga incentivando al sector Bioenergético con la
poca regulación que tiene, continuando con el principio de
libre concurrencia que rige en todas las actividades
relacionadas con los Bioenergéticos (de menos hasta que
contemos con una industria bioenergética que sea
competitiva).
B. ¿Qué beneficios reales trae aparejada la expedición de la
regulación bioenergética?
Por lo que hace a la Ley de Promoción y Desarrollo de los
Bioenergéticos, preciso que conlleva dos beneficios reales:
El de catalogar al sector bioenergético como el de un
conjunto de actividades económicas regidas bajo el
principio de libre concurrencia, calificación que permite a la
industria bioenergética nacer y crecer, al no estar sujeta a
253
una regulación excesiva, lo que trae como consecuencia el
flujo de inversión y de competitividad en el ramo.
El de regular, mediante permisos emitidos por la SENER,
SAGARPA Y SEMARNAT, la producción, el
almacenamiento, el transporte y la distribución por ductos,
así como la comercialización de Bioenergéticos, situación
que se traduce de manera directa en una homologación de
características para realizar tales actividades, logrando que
las mismas sean de calidad para que la industria
bioenergética se fortalezca.
C. ¿Existen áreas de mejora en la regulación económica y jurídica de
los Bioenergéticos?
Por lo que hace a la regulación económica, la única mejora es el
tratamiento que le da la regulación nacional a las actividades relacionadas con los
Bioenergéticos, al considerarlas como actividades económicas de libre
concurrencia.
Por lo que hace a la regulación jurídica, existen dos áreas de mejora:
La carga administrativa que le aporta a las diferentes
Dependencias de la Administración Pública Federal para
realizar programas y demás actividades que pudieran
beneficiar a la industria Bioenergética.
La regulación, mediante permisos emitidos por la SENER,
SEMARNAT y SAGARPA para la producción, el
almacenamiento, el transporte y la distribución por ductos,
254
así como la comercialización de Bioenergéticos, para no
dejar al margen de la Ley a tales actividades.
D. ¿De qué manera potenciará la regulación Bioenergética nacional
el desarrollo de proyectos bioenergéticos en México?
Resulta difícil contestar la presente pregunta, ya que la única forma
de potenciar el desarrollo de proyectos bioenergéticos sería que las Dependencias
de la Administración Pública Federal se envistan con las facultades que les
otorgan las Leyes sujetas a análisis y que realmente se orienten a impulsar la
industria bioenergética mexicana.
Lo anterior ya que como se ha venido mencionando a lo largo de la
presente Tesis, las leyes federales expedidas en ésta materia no contienen planes
concretos de acción, ni objetivos, o incentivos directos a la producción.
255
CONCLUSIONES
Primera.- Estamos frente a una transición energética, marcada por la sustitución
de los combustibles tradicionales (contaminantes y no renovables) por las nuevas
tecnologías que pueden generar mayor cantidad de energía libre de
contaminación y que son de generación continua, es decir que no se agotan. En
otras palabras, la transición está marcada por el paso de las fuentes no
renovables de energía a las fuentes renovables de energía.
Segunda.- El petróleo, al igual que las otras fuentes de energía del tipo no
renovable se agotará en un futuro no muy lejano, razón por la cual resulta
indispensable encontrar otras fuentes de energía que sean capaces de hacer
frente a las necesidades energéticas que hoy en día cubren los hidrocarburos. Tal
es el caso de los Bioenergéticos, ya que son combustibles que se manejan de
manera similar a los derivados del petróleo y que pueden resolver las mismas
necesidades energéticas cubiertas por tal combustible.
Tercera.- Existen diversos instrumentos internacionales que favorecen de alguna
manera u otra la utilización de los Bioenergéticos, pero falta mucho camino por
recorrer para llegar a un mercado óptimo mundial de bioenergía, que permita el
abastecimiento energético entre los países y que traiga como consecuencia la
eliminación de la contaminación en el mundo, no solo limitada a la reducción de
los GEI.
Cuarta.- Las regulaciones de los Estados Unidos de América y de Brasil en
materia de bioenergía son un ejemplo a seguir, ya que contemplan planes claros y
concretos de acción, así como subsidios e incentivos que favorecen directamente
al sector bioenergético de tales países.
256
Quinta.- Debe reformarse la Constitución mexicana, en dos sentidos:
El primero, eliminando la facultad que le otorga al legislador federal
de calificar diversas actividades económicas como Áreas estratégicas. En el
entendido que dicha facultad afecta directamente la garantía de libre concurrencia.
El segundo, definiendo de manera clara y precisa a las Áreas
prioritarias de desarrollo, así como a los efectos que conlleva calificar o determinar
que una determinada actividad económica pertenece a tal figura.
Sexta.- Una industria bioenergética fuerte provoca que se protejan dos bienes
jurídicos: el medio ambiente y el abasto energético.
Séptima.- Es un acierto que en la legislación bioenergética mexicana, se trate a
todas las actividades reguladas por la Ley de Bioenergéticos como de libre
concurrencia, ya que eso incentiva directamente a la creación y crecimiento de la
industria bioenergética mexicana.
Octava.- México debe valerse del Mecanismo de Desarrollo Limpio para financiar
parte de los programas que necesita implementar para crear y consolidar una
industria bioenergética mexicana.
Novena.- México debe abandonar su discurso político en la materia bioenergética,
para dedicarse a actuar, creando planes concretos de acción que le permitan
incentivar y fomentar de manera adecuada a la industria bioenergética mexicana.
257
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