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Page 1: ESTUDIOSPREVIOS - Procuraduria General de Colombia · descripciÓn del objeto: contratar un operador logÍstico que preste los servicios para la realizaciÓn de veintiÚn (21) eventos

JRIAGBBtALDEUNACION

ESTUDIOS PREVIOS

DESCRIPCIÓN DEL OBJETO: CONTRATAR UN OPERADOR LOGÍSTICO QUE PRESTE LOS

SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN DE VEINTIÚN (21) EVENTOS DE CAPACITACIÓN YPROMOCIÓN A NIVEL NACIONAL DE LA LEY 1712 DE 2014 "POR MEDIO DE LA CUAL SECREA LA LEY DE TRANSPARENCIA Y DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

PÚBLICA NACIONAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" Y DEL DECRETO 103 DE 2015,"POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE LA LEY 1712 DE 2014 Y SE DICTAN

OTRAS DISPOSICIONES DIRIGIDA A SERVIDORES PÚBLICOS Y A PERSONAS EN GENERAL.

JULIO DE 2015

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública

Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027-

Bogotá D C.

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Contenido

1. INTRODUCCIÓN 3

2. DEFINICIONES 3

3. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD 5

3.1 Alcance de la necesidad 5

4. OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR 7

4.1 Descripción del Objeto a Contratar 7

4.2 Alcance del objeto: 7

4.3 Relación Estratégica del Objeto Contractual con la Planeación Institucional 8

4.4 Clasificación UNSPSC 8

4.5 Especificaciones Esenciales o Condiciones Mínimas 9

4.6 Identificación del contrato a celebrar 9

5. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN 9

6. ANÁLISIS DEL SECTOR Y ESTUDIO DE MERCADO 9

6.1 Económico ¡Error! Marcador no definido.

7. PRESUPUESTO ESTIMADO ¡Error! Marcador no definido.

8. FORMA DE PAGO 24

9. REQUISITOS HABILITANTES DE LA PROPUESTA 24

10. CAUSALES DE RECHAZO ¡Error! Marcador no definido.

11. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE (ART. 2.2.1.1.2.1.1. NUM. 5 DECRETO 1082

DE 2015) 35

11.1 FACTOR PRECIO (700 puntos) ¡Error! Marcador no definido.

11.2 FACTOR CALIDAD DEL PRODUCTO OFRECIDO (200 PUNTOS) ¡Error! Marcador no definido.

11.3 FACTOR DE APOYO A LA INDUSTRIAL NACIONAL (100 PUNTOS) ¡Error! Marcador no definido.

12. FACTORES DE DESEMPATE 39

13. ANÁLISIS DEL RIESGO 40

14. MECANISMO DE COBERTURA QUE GARANTIZA LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL

CONTRATO A CELEBRAR ¡Error! Marcador no definido.

15. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO 41

16. CONDICONES DEL CONTRATO A CELEBRAR 41

16.1 Plazo de ejecución 41

16.2 Lugar de ejecución 41

17. CLAUSULA DE INDEMNIDAD 42

18. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO 42

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública o

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PROCUF6EPOAL DE LA NACIÓN

19. CLAUSULA DE SUBCONTRATACIÓN ¡Error! Marcador no definido.

20. LIQUIDACIÓN 42

21. VERIFICACIÓN DE EXISTENCIA DE ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE UBRE COMERCIO 43

22. ANEXO N°l .' 44

23. ANEXO N° 2 ¡Error! Marcador no definido.

1. INTRODUCCIÓN

En desarrollo de lo señalado en la Ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, Decreto 1082 de

2015 los siguientes son los estudios y documentos previos que sirven de soporte para la elaboración

del proyecto de pliego de condiciones del proceso que tiene por objeto DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:

CONTRATAR UN OPERADOR LOGISTICO QUE PRESTE LOS SERVICIOS PARA LA

REALIZACIÓN DE VEINTIÚN (21) EVENTOS DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN A NIVELNACIONAL DE LA LEY 1712 DE 2014 "POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA LA LEY DE

TRANSPARENCIA Y DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA NACIONAL YSE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" Y DEL DECRETO 103 DE 2015, "POR EL CUAL SE

REGLAMENTA PARCIALMENTE LA LEY 1712 DE 2014 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

DIRIGIDA A SERVIDORES PÚBLICOS Y A PERSONAS EN GENERAL, de manera que losproponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Entidad, así como la

distribución de riesgos que la misma propone.

2. DEFINICIONES

Las expresiones utilizadas en el presente documento deben ser entendidas con el significado que a

continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y plural de acuerdo como lo

requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben

ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no

definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.

Definiciones y Acrónimos aplicables al proceso de selección

PGN

Contratista

Oferta

Proponente

ACTO

ADMINISTR

ATIVO DE

ADJUDICAC

ION:

Adendas

Procuraduría General de la Nación.

Es el proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente

proceso de contratación. (Manual de Contratación de la PGN

Es la propuesta presentada a la Procuraduría General de la Nación por los interesados

en ser el contratista que ejecute el objeto del presente proceso. (Colombia Compra

Eficiente, Pliego de condiciones tipo -

Es toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, en forma individual o conjunta

(unión temporal, consorcio y promesa de sociedad) que aspira celebrar contratos con

la PGN y presenta para ello, de manera formal, una oferta. Manual de Contratación de

la PGN.)

Es el documento por el cual la Entidad manifiesta su voluntad inequívoca de adjudicar

o declarar desierto un proceso de selección. Para las licitaciones públicas se expedirá

una Resolución, para las demás modalidades de selección dicha voluntad se

expresará en el acta correspondiente, salvo en la contratación directa, en la que se

proferirá el acto administrativo de justificación o el correspondiente documento de

estudios previos. (Manual de Contratación de la PGN -)

Es el documento por medio del cual la Entidad Estatal modifica los pliegos de

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública t

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PROCUI«GULKUIIUCIM

Contrato

Estudios

previos

Pliego de

condiciones

o invitación

pública

condiciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011.

(Colombia Compra Eficiente, Pliego de condiciones tipo -

Acuerdo de voluntades creador o generador de obligaciones para las partes. Cuando

una de las partes es una persona de derecho público, estaremos frente a un contrato

estatal; si las partes son todas personas jurídicas de derecho público tendremos un

contrato ínter administrativo. (Manual de Contratación de la PGN -.)

son todos los estudios, análisis y trámites, debidamente documentados, que sirven de

soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones, pliegos definitivos y

del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente,

puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad. (Manual de

Contratación de la PGN -)

Es el acto administrativo que contiene los requisitos objetivos de participación en un

proceso de contratación cuando implica convocatoria pública, en el que se definen,

entre otros aspectos, las reglas de verificación de la capacidad de los oferentes y de

evaluación de las ofertas, las causales de rechazo de los ofrecimientos, el cronograma

del proceso, los mecanismos de comunicación con la administración, las condiciones

del contrato a celebrar, etc. (Manual de Contratación de la PGN -

Definiciones técnicas aplicables al proceso

Agencias de

viaje y

turismo

Logística

Operador

profesional

de

congresos

Servicio

Hotelero

índice deGobierno

Abierto

Norma

Técnica

Son las empresas comerciales, debidamente constituidas que se dedican

profesionalmente a vender servicios turísticos.

*http://dirección de análisis sectorial y promoción - Registro Nacional de Turismo

Es un proceso vital a la hora de llevar a cabo un evento para que cumpla con las

expectativas de los participantes y organizadores, es la matriz y la base de cualquier

evento, debe estar presente desde el momento de hacer la preproducción hasta la

ejecución y finalización del evento. De ella dependen el costo, el beneficio que se va a

obtener y la calidad. Una vez concertada la negociación de cada evento, la planeación

y seguimiento de cada uno de los procesos y detalles deben estar en cabeza de un

jefe o director logístico que, junto con un personal de montaje capacitado, y después

del chequeo de cada uno de los equipos del evento, garantizarán los resultados

esperados.

*http://revistadelogistica.com/logística-de-un-vento.asp

Son las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas que se dedican a la

organización de certámenes como congresos, convenciones, ferias, seminarios o

similares, en sus etapas de gerenciamiento, planeación, promoción y realización así

como a la asesoría y/o producción de estos certámenes en forma total o parcial.

*http://dirección de análisis sectorial y promoción - Registro Nacional de Turismo

Se define como una actividad intangible y cuya prestación requiere de disponer de

facilidades físicas, lo conforman diversos tipos de servicios:

• El Servicios Básico, es el alojamiento,

• Servicios Facilitadores: Recepción, ama de llaves, reservación, mantenimiento,

manutención.

http://marketingturisticoiii.bloqspot.com/2012/10/capitulo-1-aspectos-conceptuales.html

El índice de Gobierno Abierto (IGA) es un indicador sintético que mide el cumplimiento

de normas estratégicas anticorrupción. Se entiende como normas estratégicas

anticorrupción aquellas disposiciones que buscan implementar medidas preventivas en

el sector público en el marco de las Convenciones Interamericana y de Naciones

Unidas de Lucha Contra la Corrupción. Fuente:

www.procuraduria.eov.co/portal/media/file/20120305%20%C3%8Dndice%20de%20Gobierno

%20Abierto%20preguntas%20frecuentes.pdf-.).

Esta norma técnica sectorial establece las características de calidad en infraestructura

y servicios ofrecidos, que deben cumplir los hoteles para obtener su certificado de

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Sectorial

Colombiana

NTSH 006

calidad turística, así mismo, define la clasificación de los establecimientos de

alojamiento y hospedaje mediante la categorización por estrellas para los hoteles en

las modalidades 1, 2, 3, 4 y 5. Fuente:

http://www.fontur.com.co/avmsite/avm document/aym normatividad/2009/NTSH006-09.pdf-.).

Registro

Único deProponentes

El Registro Único de Proponentes, creado originalmente por la Ley 80 de 1993,

modificado por la Ley 1150 de 2007, y posteriormente modificado por artículo 221

del Decreto 19 de 2012 es uno de los registros que el Estado delegó en las cámaras

de comercio por virtud de la Ley, el cual brinda un esquema que permite centralizar la

información de los proponentes, y unifica la reglamentación sobre la materia. Fuente:

http://www.ccibague.org/index.php/registros-publicos/categorias/registro-unico-de-proponentes.html-).

3. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 Superior, la Procuraduría General de la Nación

forma parte del Ministerio Público y a éste, le corresponde, la guarda y promoción de los derechos

humanos, propender por la vigencia de un orden social justo, proteger el interés público y vigilar la

conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas.

Igualmente, según se estipula en el artículo 277 de la Norma Constitucional, el Procurador General de

la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, tiene entre otras funciones, la de vigilar el

cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos, así

mismo, la de intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea

necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías

fundamentales.

Conforme lo señala el literal d, del artículo 23 de la Ley 1712 de 2014, al Ministerio Público y a la

Procuraduría General de la Nación le compete, entre otras funciones, la de promover el conocimiento

y aplicación de la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública entre los

sujetos obligados, así como también su comprensión entre el público, teniendo en cuenta criterios

diferenciales para su accesibilidad, sobre las materias de su competencia mediante la publicación y

difusión de una guía sobre el derecho de acceso a la información.

Por otro lado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y entre otras, en la Sentencia

C - 274 de 2013, el derecho de acceso a la información pública es un derecho fundamental.

Igualmente, el artículo 74 de la Constitución Política consagra el derecho que tienen todas las

personas de acceder a los documentos públicos.

Para garantizar el derecho fundamental de acceso a la información pública y cumplir con las funciones

asignadas al Ministerio Público y a la Procuraduría General de la Nación en virtud de la Ley 1712 de

2014, el Procurador General de la Nación creó mediante Resolución 146 del 08 de mayo de 2014 el

Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública y, mediante Resolución

282 del 05 de septiembre de 2014, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1712

de 2014, estableció la metodología para que el Ministerio Público cumpla con las funciones asignadas

en la citada normativa.

Por su parte, mediante la Resolución 350 del 29 de octubre de 2014, el Procurador General de la

Nación designó a la Viceprocuradora General de la Nación como Coordinadora del Grupo de

Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública.

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PROCUIGENERAL DE LA NACIÓN

La Procuraduría General de la Nación, a través del Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso

a la Información Pública, en cumplimiento de las funciones asignadas en el artículo 23 de la Ley 1712

de 2014 en concordancia con las Resoluciones 282 de 2014 y 023 de 2015, ha realizado actuaciones

de capacitación, foros, eventos, talleres, vigilancia y seguimientos a nivel territorial y nacional, que

permiten a los servidores, funcionarios y en general todos los sujetos obligados, garantizar a todos su

derecho fundamental de acceder a la información pública.

Así las cosas, para continuar con las actividades tendientes a promover el conocimiento la promoción

y aplicación de la Ley 1712 de 2014, se desarrollarán eventos de capacitación y promoción en veintiún

(21) ciudades del País.

Para la selección de las ciudades, se consideraron las siguientes variables:

1. Población: ciudades o municipios donde se concentra la mayor población.

2. Resultados del IGA (2013-2014): ubicación donde se advierten posibles riesgos de corrupción.

3. Evolución general en el IGA: ubicación donde hay menos evolución positiva (mejoramiento)

desde el 2010 al 2014.

4. Sostenibilidad en el mejoramiento: ubicación donde hay menos crecimiento constante en el

periodo 2010 a 2014.

5. Cantidad de municipios: elección donde hay más municipios.

De conformidad con los resultados del análisis anterior, las ciudades definidas son las siguientes:

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

11.

12.

13.

14.

15.

16.

17.

18.

19.

20.

21.

MITU

PUERTO CARREÑOMONTERÍA

SAN ANDRÉS

SAN JOSÉ DELGUAVIARE

BUENAVENTURA

QUIBDO

PUERTO ASÍS

ACACIAS

CARTAGENA

FONSECA

DOS QUEBRADAS

FLORENCIA

POPAYAN

CUCUTA

MARQUETALIA

PASTO

TAME

SAN GIL

LETICIA

UBATE.

Se busca con las actividades de capacitación y promoción de la Ley 1712 de 2014 y demás normas

reglamentarias, lograr la asistencia total de 3750 servidores y funcionarios públicos pertenecientes a

los diferentes sujetos obligados, así como de personas en general.

Para tal fin, se hace necesario contratar un operador que esté en capacidad de atender el

desplazamiento aéreo y/o terrestre del funcionario encargado de dictar la capacitación hacia las sedes

en las cuales se realizará. Además del desplazamiento los servicios deben incluir el alojamiento, la

alimentación, el transporte desde y hacia el aeropuerto, así como los servicios de asistencia para la

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PRÜCUFGENERAL K L> HACION

realización de eventos, que incluya salón, ayudas audiovisuales, refrigerios, estación de café y demás

requisitos establecidos en el anexo técnico No. 2 "especificaciones técnicas mínimas del servicio".

4. OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DELCONTRATO A CELEBRAR.

4.1 Objeto a Contratar

Seleccionar al oferente que preste el servicio de operador logístico para la realización de veintiún (21)

eventos de capacitación y promoción a nivel nacional de la ley 1712 de 2014 "Por la cual se crea la ley

de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional" y del decreto 103, dirigidoa servidores públicos y a personas en general.

4.1.1 Alcance del objeto:

La ejecución del objeto del contrato que se celebre como resultado del presente proceso de selección

deberá comprender como mínimo, las actividades señaladas en este documento y en su anexo

técnico, así como las que se establezcan en el respectivo contrato:

• Apoyo a la Convocatoria. Incluye gestión administrativa para confirmación de asistencia, control

de asistencia, presentador, protocolos, sonido, fotos, etc.

• Suministro de tiquetes aéreos de ida y regreso en rutas nacionales, por regla general en claseeconómica.

• Suministro de transporte terrestre.

• Suministro de hospedaje.

• Suministro de alimentación.

• Alquiler de auditorio, salones y equipos (audiovisuales e informáticos).

• El personal mínimo para la atención de los diferentes eventos a realizar por cada uno de los

eventos.

Nota 1: Las condiciones del servicio de alojamiento (en hoteles mínimo de 3 estrellas), alimentación y

logística deben cumplir con las adecuadas condiciones de higiene, calidad y servicio.

Nota 2: Fechas de eventos: Las fechas de los eventos están establecidas por la PGN-Grupo de

Transparencia, en el calendario de eventos de capacitación proyecto de inversión referido en el anexo

técnico No. 2 "especificaciones técnicas mínimas del servicio.

Nota 3: El operador logístico deberá garantizar que los tiquetes aéreos no utilizados puedan ser

reprogramados y reutilizados en otras fechas, previamente avalado por los supervisores del contrato,

sin que la PGN deba asumir algún costo por concepto de penalidad.

Nota 4: Cuando por diferentes circunstancias se deba cancelar un evento de capacitación, la PGN

deberá informar de la cancelación con diez (10) días de anterioridad al contratista, quien asumirá los

gastos en que se haya incurrido. En ningún evento la Procuraduría General de la Nación reconocerá

valor alguno por cancelación o reprogramación de eventos.

Nota 5: El auditorio deberá estar debidamente dotado con sillas cómodas, limpias y en buen estado,

mesa principal y atril. El auditorio debe brindar condiciones óptimas de calidad, comodidad y

seguridad para los asistentes tales como iluminación natural y artificial suficiente y adecuada,

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GQBULDELAIUCION

ventilación que incluye aire acondicionado y aislamiento de ruidos exteriores, salidas de emergencia,

baterías de baños (mínimo dos para hombres y dos para mujeres) y plan de emergencia.

Nota 6: En el evento de capacitación el operador deberá contar con una estación de café para

suministrar agua, café y aromática para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.

Del mismo modo, el operador debe suministrar un refrigerio en bandeja que contenga un carbohidrato

(pastel, dona, croissant, ponqué), una proteína (jamón, queso, carne), una vitamina (fruta), una bebida

(jugo, gaseosa), para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.

Es importante señalar que los eventos pueden realizarse de manera simultánea, para lo cual el

contratista debe garantizar el cabal cumplimiento de cada uno de los eventos.

4.2 Relación Estratégica del Objeto Contractual con la Planeación Institucional.

El presente proceso se encuentra enmarcado en el Plan estratégico Institucional "procurando Orden

y Rectitud" 2013-2016 clasificado en la perspectiva, objetivo y criterio d logro mencionados a

continuación:

PERSPECTIVA

Objetivo

Logros

01

05

05

PERSPECTIVA DE

LA SOCIEDAD

Promover la cultura

de la integridad y el

monitoreo y

mitigación de los

riesgos de

corrupción

Adelantar

Actuaciones

preventivas y de

control de gestión

que permitan una

verdadera

articulación de la

gestión pública

02

08

02

PROCESOS

INTERNOS

Garantizar una

atención oportuna y

efectiva al

ciudadano

Atender y orientar al

ciudadano

03

12

04

APRENDIZAJE,

TECNOLOGÍA Y

CONOCIMIENTO

Generar y comunicar

información útil oportuna y

confiable

Garantizar la divulgación,

circulación amplia y

focalizada de la

información y de su

sentido, hacia los

diferentes grupos de

interés.

El Plan Estratégico Institucional se encuentra disponible para la consulta de los funcionarios y la

ciudadanía en general en el link:

http://www.procuraduria.qov.co/portal/media/file/info qel archivos/3//3 PEI-2013-2016.pdf

4.3 Clasificación UNSPSC.

Acorde con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015, la clasificación de

bienes y servicios requeridos para el objeto del presente proceso de selección es la siguiente:

CLASIFICADOR

UNSPSC

80141607

90111601

SEGMENTO

(80)Servicios de

Gestión, Servicios

Profesionales de

Empresa y Servicios

Administrativos

(90)Servicios de

viajes, alimentación,

alojamiento y

entretenimiento

FAMILIA

(14) Comercialización y

distribución

(11) Instalaciones

hoteleras, alojamientos y

centros de encuentros

CLASES

(16) Actividades

de ventas y

promoción de

negocios

(16) Facilidades

para encuentros

PRODUCTOS

(07) Gestión de

Eventos

(01)Centros de

conferencias

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GENERAL DE UIIWIOII

CLASIFICADOR

UNSPSC

90121502

80141902

90111501

SEGMENTO

(90)Servicios de

viajes, alimentación,

alojamiento y

entretenimiento

(80)Servicios de

Gestión, Servicios

Profesionales de

Empresa y Servicios

Administrativos

(90)Servicios de

viajes, alimentación,

alojamiento y

entretenimiento

FAMILIA

(12) Facilitación de viajes

(14) Comercialización y

distribución

(11) Instalaciones

hoteleras, alojamientos y

centros de encuentros

CLASES

(15) Agentes de

viajes

(19) Exhibiciones

y ferias

comerciales

(15) Hoteles y

moteles y

pensiones

PRODUCTOS

(02) Agencias de

viajes

(02) Reuniones y

eventos

(01) Hoteles

4.4 Especificaciones Técnicas

Las especificaciones técnicas se indican en Anexo adjunto a este documento.

4.5 Identificación del contrato a celebrar

El contrato a celebrar resultado del presente proceso será de PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

5. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN INCLUYENDOFUNDAMENTOS JURÍDICOS

En virtud de lo consagrado por la Ley 1150 de 2007, articulo 2 adicionado por la Ley 1474 de 2011

artículo 94, Numeral 1, "(...) La escogencia del contratista se efectuara por regla general a través de

licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo;

así mismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 1510 de 2013. (...)"

Teniendo en cuenta que el objeto de la presente contratación es complejo, exige la ponderación de

elementos de calidad y precio y el presupuesto estimado para ejecutar el objeto del proceso

contractual, asciende a la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS

TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE (292.339.604,00), monto que no

supera la menor cuantía de contratación de la Procuraduría General de la Nación, en el presente caso

la escogencia del contratista se efectuara con arreglo a la modalidad de Selección Abreviada de

Menor Cuantía de acuerdo con lo consagrado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, articulo 2,

numeral 1 en concordancia con lo estipulado por el 1082 de 2015 y las disposiciones de la Ley 1474

de 2011.

Para la selección del contratista, la Entidad aplicará los principios de transparencia y responsabilidad

contenidos en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la función administrativa.

6. ANÁLISIS DEL SECTOR- ASPECTOS GENERALES-VALOR ESTIMADO Y SU

JUSTIFICACIÓN

ASPECTOS GENERALES

Análisis técnico

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública

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PROCUFGENERALDELANACFON

El sector terciario ofrece bienes y servicios al consumidor final, incluye todas aquellas actividades que

no producen una mercancía en sí, pero igualmente son necesarias para el funcionamiento de la

economía.

Dentro de este sector, encontramos subsectores tales como transporte, comercio, servicios,

financiero, minero-energético y de la construcción entre otros; en las actividades terciarias o

de servicios de Colombia predominan la banca, la tercerización de procesos, las comunicaciones,

la hotelería y el turismo.

Se considera que la industria hotelera y/o logística de eventos de capacitación no se encuentra en

una competencia monopolística porque cumple con las condiciones que caracterizan este tipo de

mercado, dentro del cual existen competidores con algunas características en común. Las empresas

dedicadas al servicio requerido por la Procuraduría General de la Nación son agencias de viajes,

operadores logísticos, cajas de compensación que cuentan con este servicio y hoteles.

Existe una gran cantidad de hoteles y/o empresas logísticas participando en el mercado sin que haya

un control dominante por parte de ninguno de los que participa en particular, lo que marca la

diferencia son la infraestructura y la ubicación que estos tengan en la ciudad y sus servicios para el

caso de los operadores logísticos, lo que los hace más atractivos a los turistas y a los usuarios del

servicio logístico. La competencia se basa en valores agregados como: calidad de servicio, el acceso

y transporte fácil hacia el centro de la ciudad, auditorios para los eventos etc.

La publicidad y el mercadeo, debe jugar un papel muy importante, dado que los competidores poseen

cierto grado de poder monopolístico. Los productos y servicios no son básicamente iguales y no se

pueden sustituir fácilmente unos por otros; esto es debido a que tienen una serie de características

que les hacen diferentes, porque lo que se busca es obtener el máximo bienestar posible del producto

o servicio que compra. Lo más importante en la decisión de un cliente es que previamente a la

elección de un producto o servicio se realice un proceso de información donde las características

implícitas de los productos sean suficientes y adecuadas para la realización del análisis en la toma de

decisión del proveedor por parte del cliente, constatando que esa información sea real cuando se está

realizando el evento.

Los operadores deben ser de dedicación exclusiva a ese servicio, con un departamento dedicado a la

organización de eventos o manejo de grupos de personas grandes.

Al desarrollar una operación logística se deben tener en cuenta dentro de este proceso algunos

elementos de importancia; las decisiones que toma el operador se basan en los requerimientos del

contratante, sin embargo, es él quien define y estructura las fases del proceso logístico en común

acuerdo con I supervisores del contrato.

Esto implica que el operador sea directamente el encargado de la organización, gestión y control de

la operación, asignando los recursos necesarios para el cabal cumplimiento del objeto y planificando

el correcto engranaje de las diversas fases del proceso, ya que finalmente responde frente a la

entidad por los servicios, lo que supone que asume el riesgo de pérdidas, deterioros y de todos los

servicios adicionales que respecto a los mismos acuerden.

El servicio logístico es indispensable para veintiún (21) eventos de capacitación y promoción tal y

como se refiere en el anexo No. 2 de este documento ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS

DEL SERVICIO, en el cual se detallan técnicamente las necesidades y/o requerimientos para el

operador logístico.

Análisis regulatorio

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública i n

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JRIAGENERAL DE LA HACION

Respecto de los establecimientos de alojamiento y hospedaje (EAH), el Instituto Colombiano de

Normas Técnicas y de Certificación - ICONTEC, ha expedido las siguientes normas técnicas: "Norma

Técnica NTS-TS Sectorial Colombiana 002" en las que se especifica los requisitos de sostenibilidad

ambiental socio cultural y económica, para los establecimientos de alojamiento y hospedaje EAH,

definidos en dos niveles, así: Nivel básico de sostenibilidad y Nivel alto de sostenibilidad; "NTSH 001

Realización de Actividades básicas para la Prestación del Servicio; NTSH 002 Información a Clientes,

Atención de Sugerencias y Reclamaciones de Acuerdo a Políticas de servicio; NTHS 003 Prestación

de servicio de recepción y reservas conforme a manuales existentes; NTS-USNA 004 Manejo de

recursos cumpliendo las variables definidas por la empresa; NTSH 005 manejo de valores e ingresos

relacionados con la operación del establecimiento y NTSH 006 Clasificación de establecimientos de

alojamiento y hospedaje. Categorización por estrellas de hoteles, requisitos normativos". Encumplimiento a lo anterior, los sitios de alojamiento para el capacitador deberán corresponder amínimo tres (3) estrellas.

Adicionalmente El proponente deberá allegar el Registro Nacional de Turismo, vigente a la fecha de

cierre del proceso de selección, en el que conste que se encuentra inscrito en dicho Registro de

conformidad con lo establecido en la Ley 300 de 1996 modificada por la Ley 1101 de 2006 y los

Decretos 504 de 1997 y 2074 de 2003, en concordancia con el artículo 164 del Decreto Ley 19 de2012.

El Artículo 12 de la Ley 1101 de 2006 establece que están obligados a inscribirse en el RegistroNacional de Turismo:

«1. Los hoteles, centros vacacionales, campamentos, viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje

no permanente, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas.

2. Las agencias de viajes y turismo, agencias mayoristas y las agencias operadoras.

3. Las oficinas de representaciones turísticas.

4. Los guías de turismo.

5. Los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones.

6. Los arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional.

7. Los usuarios operadores, desabolladores e industriales en zonas francas turísticas.

8. Las empresas promotoras y comercializadoras de proyectos de tiempo compartido y

multipropiedad.

9. Los establecimientos de gastronomía y bares, cuyos ingresos operacionales netos sean superiores

a los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

10. Las empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados.

11. Los concesionarios de servicios turísticos en parque.

12. Los demás que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo determine.

13. Las empresas de transporte terrestre automotor especializado, las empresas operadoras de

chivas y de otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico»

Las Cajas de Compensación Familiar acreditarán la Existencia y Representación Legal, mediante

certificación expedida por la Superintendencia del Subsidio Familiar o la entidad que haga sus veces,

pero igualmente deben tener matriculado un establecimiento de comercio a nombre de la Caja de

Compensación, el cual debe contar con el Registro Nacional de Turismo.

En lo referente a las normas aplicables para la manipulación de alimentos, el Decreto 3075 de 1997,

por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 9 de 1979, señala que la salud es un bien de interés

público y en consecuencia, las disposiciones contenidas en el Decreto son de orden público, regulan

todas las actividades que puedan generar factores de riesgo por el consumo de alimentos, y se

aplicarán a) A todas las fábricas y establecimientos donde se procesan los alimentos; los equipos y

utensilios y el personal manipulador de alimentos; b) A todas las actividades de fabricación,

procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización deViceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública i i

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PROCUGENERALDEUNACION

alimentos en el territorio Nacional. Adicionalmente, la Norma Técnica Sectorial Colombiana NTS-

USNA 007 "Norma Sanitaria de Manipulación de Alimentos" establece los requisitos sanitarios que se

deben cumplir en los establecimientos de la industria gastronómica, para garantizar la inocuidad de

los alimentos, durante la recepción de la materia prima, procesamiento, almacenamiento, transporte,

comercialización y servicio, con el fin de proteger la salud del consumidor.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 348 del 25 de febrero de 2015, el servicio de

transporte previsto para el capacitador, debe ser prestado bajo la responsabilidad de una empresa de

transporte legalmente constituida y debidamente habilitada para la prestación de este servicio la cual

debe contar con las pólizas vigentes requeridas para la habilitación en la modalidad de transporte de

personas.

En materia tributaria, el presente proceso de selección es objeto de obligaciones, por lo cual los

oferentes deberán incluir e identificar detalladamente cuales servicios presta directamente y cuales a

través de terceros, sobre ellos se debe indicar cuál será el porcentaje de intermediación.

El operador logístico debe facturar por cuenta de terceros cada uno de los servicios con cada uno con

los que sub-contrate y a su vez facturar como ingreso propio la comisión un (porcentaje) por la

intermediación, sobre el cual se le efectúa una retención en la fuente del 11% correspondiente a

honorarios si es declarante de renta, o del 10%, si no lo es. Así mismo debe facturar como ingreso

propio, la tarifa administrativa, por la tramitación de los pasajes.

De tal forma que:

Sobre los ingresos por Cuenta de Terceros, no se efectúa ninguna Retención.

Sobre la Tarifa Administrativa, se efectúa una Retención en la Fuente del 4%.

Sobre el Valor de los Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuete por

concepto de Renta del 11 % si es Declarante de Renta o 10% si no lo es.

Sobre el Valor Facturado por concepto de IVA, sobre la Tarifa Administrativa, una Retención

del 15%.

Sobre el Valor de la Tarifa Administrativa, una Retención por concepto de ICA, del 9.66 por mil

(0.966%).

Sobre el Valor de Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuente por ICA, del

6.9 por mil (0.690%).

Las bases mínimas son para efectuar Retención en la Fuente son:

Tarifa Administrativa 4 UVT ($28.279 x 4 = $113.116)

En el caso de Honorarios NO, tiene base mínima.

Finalmente en relación con el proceso de selección, serán aplicables las normas previstas en el

Decreto1082de2015.

6.1 Económico

INDICADORES FINANCIEROS CAPACIDAD FINANCIERA Y DE ORGANIZACIÓN

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IRÍA

A continuación se analizan los indicadores de liquidez, endeudamiento y rentabilidad con lainformación financiera del año 2014, obtenida a través de consulta efectuada en la página web delSIREM (Superintendencia de Sociedades), consulta en la página web de Supersubsidio(www.ssf.gov.co), página web del Registro Único Empresarial Cámaras de Comercio RÚES y delRegistro Único de Proponentes aportado por algunos proveedores del servicio.

EMPRESA

INVERSIONES PUIN SAS

CEDHITOURSS.A.S

FUNDACIÓN CENTRO PARA EL

DESARROLLO TECNOLOGÍA DEL

COMERCIO TURISMO Y SERV

VITA-CO AGENCIA BTL SAS

XPERIENCE CONSTRUCTION GROUP

SAS

ÍNTER EXPO SA

CONSTRUCTORA DE MARCAS SAS

AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO

AVIATUR

GRUPO HOBBY SAS

CREATIVA PRODUCCIONES SA

TODO EN UNO LOGÍSTICA SAS

ORGANIZACIÓN SIMPLEX S.A

PUBBLICAS.A.S

FUNDACIÓN WAYS OF HOPE

1A EVENTOS INTERNACIONALES

GRUPO COMPUSISER LTDA.

A & C LOGÍSTICA & PRODUCCIÓN DE

EVENTOS LTDA

CONVETUR SAS

CUARTO PODER OR SAS

EVENTOS Y PROTOCOLO

EMPRESARIALSAS

ROYAL PARK LTDA

ARGOS LOGÍSTICA SAS

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR

CAFAM

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR

COMPENSAR

EXPRESO VIAJES Y TURISMO

LIQUIDE

Z

8,79

6,05

20,71

2,16

1,54

2,32

1,4

1,07

2,73

2,84

2,47

2,86

1,76

11,9

6,49

4,93

12,85

1,75

2,61

4,79

3,16

1,01

1,89

1,92

ENDEUDAMIEN

TO

52%

31%

4%

43%

64%

25%

69%

85%

56%

35%

39%

33%

59%

4%

26%

29%

7%

45%

37%

33%

25%

44%

50%

47%

RAZÓN DE

COBERTURA

DE INTERESES

3

114333

INDETERMINA

DO

4,32 n

39,85

17,01

14,5

5

8

165

428

19

7

INDETERMINA

DO

8

INDETERMINA

DO

87

339

49

26

46

52,74

1590

1454

RENTAIBLID

AD SOBRE EL

PATRIMONI

0

13%

7%

12%

8%

76%

20%

41%

51%

78%

35%

27%

14%

36%

51%

12%

20%

13%

25%

24%

30%

40%

67%

163%

48%

RENTAIBLID

ADSOBREE

EL ACTIVO

6%

5%

11%

4%

27%

14%

12%

7%

34%

22%

16%

9%

15%

30%

9%

14%

12%

14%

15%

20%

30%

37%

82%

25%

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PROCUFGENERAL DEUNACIOfl

Indicadores de Liquidez: Los indicadores de liquidez de la muestra seleccionada oscilan entre el

1,01 y 20,71. Se evidencia que la mayoría de los proveedores cuentan con recursos suficientes para

cancelar la deuda en el corto plazo.

índice de endeudamiento: El análisis de los indicadores de endeudamiento, el promedio se ubica en

el 40%, la mediana en el 39%, con una desviación del 20%.

Cabe señalar que a mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad de que el contratista

incumpla sus obligaciones.

Razón de cobertura de intereses: Es fundamental para un proveedor estar al día con sus

obligaciones financieras, particularmente con la obligación de pagar intereses financieros.

Una compañía puede encontrarse en dificultades financieras y operacionales y mantener el giro

ordinario de sus negocios por un buen tiempo en la medida en que sea capaz de pagar sus intereses

de deuda. En la gráfica podemos observar que la muestra seleccionada presenta una cobertura de

intereses positiva, lo cual indica, que cumplen con el pago de los intereses de financiación.

Capacidad Organizacional: En cuanto a los indicadores de Rentabilidad, se observa que el margen

de rentabilidad sobre el patrimonio de la muestra seleccionada para el año 2014, oscila entre el 7% y

el 163%, y el retorno operacional del activo oscila entre el 4% y 82%, lo que significa que el sector

está siendo productivo.

En la medida que el índice de rentabilidad sobre el patrimonio sea mayor, mayor es la rentabilidad de

los accionistas; a mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio, lo que

supone una mejor capacidad organizacional del proponente.

Frente a la capacidad financiera y de organización de los Consorcios y/o Uniones Temporales, es

preciso anotar que pese a que la figura de la Unión Temporal permite que los miembros determinen

las actividades que desarrollaran en el marco de la ejecución del contrato y fijen su alcance para

efectos de las sanciones que puedan ser impuestas por la administración, tanto en la Unión Temporal

como en el consorcio, todas las personas jurídicas o naturales que los conformen RESPONDEN

SOLIDARIAMENTE por la ejecución de todas y cada una de las obligaciones pactadas, por ello, de

forma individual deben contar con la fortaleza financiera necesaria para asumir dicha

responsabilidad.

Se destaca que estas figuras no se crearon legalmente para que unieran capacidades sino esfuerzos

de gestión y para que asumieran riesgos en la ejecución de un determinado proyecto. Sobre el

particular la Corte Constitucional, en su sentencia C 414 de 1994, Magistrado Ponente ANTONIO

BARRERA CARBONELL, al revisar la exequibilidad del parágrafo del artículo 7 de la Ley 80 de

1993, precisó:

"El Estatuto de contratación permite que los consorcios y las uniones temporales puedan contratar

con el Estado, lo cual significa que la ley les reconoce su capacidad jurídica a pesar de que no les

exige como condición de su ejercicio, la de ser personas morales. El consorcio es una figura propia

del derecho privado, utilizado ordinariamente como un instrumento de cooperación entre empresas,

cuando requieren asumir una tarea económica particularmente importante, que les permita

distribuirse de algún modo los riesgos que pueda implicar la actividad que se acomete, aunar

recursos financieros y tecnológicos, y mejorar la disponibilidad de equipos, según el caso, pero

conservando los consorciados su independencia jurídica.

Se tiene de lo anterior que según la ley, el consorcio es un convenio de asociación, o mejor, un

sistema de mediación que permite a sus miembros organizarse mancomunadamente para la

celebración y ejecución de un contrato con el Estado, sin que por ello pierdan su individualidad

jurídica, pero asumiendo un grado de responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las obligaciones

contractuales.

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FtOCURADMGENERAL DE LA NACIÓN

Lo que se ha expresado para el consorcio puede aplicarse del mismo modo para la "unión temporal",

si se tiene en cuenta el texto del numeral segundo del mismo artículo lo. Sin embargo, la norma encita introdujo a la figura una variante que justifica la diferencia con el consorcio y explica de paso surazón de ser.

La exposición de motivos al proyecto de ley, explica dicha diferencia de la siguiente manera:

"En cuanto a la unión temporal, definida igualmente en el artículo lo., puede decirse que se trata deuna figura que reúne todas las características genéricas del consorcio, siendo su diferencia específica

la posibilidad de que quienes la integran determinen cuál ha de ser el alcance y contenido de la

participación de cada uno en la ejecución del objeto contratado, de tal manera que, sin perjuicio de la

responsabilidad solidaria por el cumplimiento de la propuesta y del contrato, los efectos de los actos

sancionatorios recaigan exclusivamente sobre la persona que incurrió en la falta o en el

incumplimiento de que se trate. De esta forma se busca facilitar la participación conjunta de oferentes

nacionales y extranjeros o de personas con capacidades económicas diferentes".

De igual forma el Consejo de Estado en pronunciamiento del veintiséis (26) de abril de dos mil seis

(2006), radicación número 73001-23-31-000-1997-04707-02(15188), en cuanto a los Consorcios oUniones Temporales señalo lo siguiente: El decreto 619 de 1994, reglamentario de la ley 80, dispuso,

en el artículo 3°, que "de conformidad con el numeral 5o, literal a), del artículo 24 de la ley 80 de

1993, en los pliegos de condiciones o términos de referencia podrán establecerse los requisitos

objetivos que deban cumplirse para efectos de la participación de consorcios o de uniones

temporales". Esta disposición permite, entonces, que el operador administrativo SEÑALE en los

pliegos de condiciones REQUISITOS OBJETIVOS para la participación de los consorcios... La

finalidad del ARTÍCULO T DE LA LEY 80 DE 1993 al permitir la asociación de personas para laconformación de consorcios o uniones temporales no sólo es la de hacer factible la prestación de un

servicio, la ejecución de una obra, etc., brindando cada uno mayor calidad y eficiencia en razón de su

especialidad, y evitando así los mayores costos y efectos negativos que puedan derivarse de la

realización aislada y particular de actividades respecto de las cuales no se es el más apto, como así

se anotó en la Gaceta del Congreso, sino que también la finalidad es la de asegurar a la

Administración contratante, mediante la solidaridad creada en su favor entre los CONSORCIADOS o

los UNIDOS TEMPORALMENTE respecto al cumplimiento total de la propuesta y del objeto

contratado..."

"Es así como cada consorciado y cada uno de los unidos temporalmente tiene una capacidad real

individual, que no tiene alcance real de garantía efectiva sobre la solidaridad fijada en la ley a favor

del contratante, precisamente porque en esas formas de asociación si bien se ve HACIA FUERA la

capacidad del consorcio y de la unión temporal, resulta que HACIA ADENTRO del CONSORCIO y de

la UNIÓN TEMPORAL, se aprecia la real capacidad de cada uno de sus miembros, por razonesobvias, siempre inferior a la de la asociación, por consorcio o por unión temporal. La solidaridad fijada

en la ley para los consorciados y para los unidos temporalmente, según el caso, puede dar lugar al

requerimiento administrativo o a la declaración judicial de exigir el cumplimiento o la indemnización,

según el evento, y muy seguramente en la realidad material, la previsión legal de solidaridad no

tendrá la eficacia buscada por el legislador, en la medida que acrezca el número de participantes,

pues si bien a mayor número de participantes es mayor la capacidad del consorcio o de la unión

temporal, también a mayor el número de participantes es menor la capacidad individual de estos y,

por tanto, aunque la ley predica la solidaridad, que es indiscutible, la realidad de eficacia se torna en

improbable en la medida en que la capacidad de cada consorciado y de cada una de las personas

que integran la unión temporal es menor."

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PROCUFGBStALDELANACKHI

Teniendo en cuenta la anterior información y de conformidad con lo establecido en el Artículo

2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, se recomienda para medir la capacidad financiera y de

organización para el presente proceso los siguientes indicadores:

INDICADOR

LIQUIDEZ (Activo corriente/Pasivo corriente)

Endeudamiento (Pasivo total/ Activo total)

Razón de cobertura de Intereses ( Utilidad Operacional/ gastos de

intereses)

Rentabilidad del Activo (utilidad operacional /activo)

Rentabilidad del Patrimonio utilidad operacional/patrimonio

VALOR REQUERIDO

Mayor o igual a

1

Menor o igual a

65%

Mayor o igual a

2

Mayor o igual a

4%

Mayor o igual a

7%

• índice de Liquidez: Teniendo en cuenta que el interés de La Procuraduría General de la

Nación es que los Oferentes tengan un índice de liquidez mínimo que les permita cumplir con

sus obligaciones financieras, para la determinación del índice de liquidez se tomó como

referencia la liquidez mínima aceptable, esto es mayor o igual a 1.

• índice de Endeudamiento: Es el resultado de dividir el pasivo total por el activo total.

En este caso para definir un índice máximo de endeudamiento, La Procuraduría General de la

Nación tomó como referencia el valor promedio de la muestra, estableciendo el valor máximo

de endeudamiento en el 65%.

• Razón de cobertura de intereses: Este indicador es el resultado de la utilidad operacional

dividida por los gastos de intereses.

La Entidad considera importante contar con Oferentes que puedan solventar sus obligaciones

financieras, razón por la cual determinó el indicador de cobertura de intereses en mayor o

igual 2jO para participar en este proceso

Cuando se trate de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura, los índices

de Liquidez, Endeudamiento y Razón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de

la asociación deberá cumplir con el mínimo requerido.

Capacidad Organizacional

La Capacidad de Organización se evaluará con base en la información financiera con corte a

diciembre 31 de 2014 respecto de los siguientes indicadores financieros.

Teniendo en cuenta que La Procuraduría General de la Nación debe asegurar que las proponentes

tienen la capacidad para responder a las obligaciones derivadas fijó los siguientes indicadores como

requisitos habilitantes con los cuales se medirá la capacidad organizacional.

(a) Rentabilidad del Activo

El rendimiento de los activos se evaluará de acuerdo al porcentaje que resulte de dividir la utilidad

operacional por el activo total.

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PROCUnUMJRIAGENERAL DE LA NACIÓN?■■■■■ VH 1^^ IWnílVIl

La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de sus

activos totales, por lo tanto muestra qué tan eficientemente usa sus activos para generar ganancias.

La Procuraduría General de la Nación considera que el Oferente muestra su eficiencia al tener un

resultado positivo de la utilidad operacional sobre el activo y determinó que la rentabilidad del activo

debe ser mayor a 4%j teniendo en cuenta la información reportada por el sector.

(b) Rentabilidad del Patrimonio

El rendimiento del patrimonio se evaluará de acuerdo al porcentaje que resulte de dividir la utilidadoperacional por el patrimonio total.

La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de su

patrimonio, por lo tanto muestra qué tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias.

Así las cosas La Procuraduría General de la Nación, considera que el Oferente muestra su

eficiencia al tener un resultado positivo de la utilidad operacional sobre el patrimonio y determinó que

la rentabilidad del patrimonio debe ser mayor a 7°^ teniendo en cuenta la información reportada por el

sector en el estudio de mercado.

Cuando se trate de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura, los

Indicadores de Rentabilidad del Activo y Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los

integrantes de la asociación deberá cumplir con el mínimo requerido.

INDICADOR

Rentabilidad del Activo

(utilidad operacional /activo)

Rentabilidad del Patrimonio

(utilidad operacional/patrimonio)

VALOR REQUERIDO

Mayor o igual a

4%

Mayor o igual a

7%

Estudio de la Oferta y la Demanda

Oferta

Las empresas dedicadas al servicio requerido por la Procuraduría General de la Nación son agencias

de viajes, operadores logísticos y cajas de compensación que prestan estos servicios a través de

establecimientos de su propiedad que cuentan con Registro Nacional de Turismo y hoteles. Este

mercado no es restringido, los servicios que se pretenden adquirir son ofrecidos por múltiples

empresas con diferenciales representativos teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, su

experiencia y régimen tributario entre otros.

De acuerdo con el «Estudio de Mercados para las Agencias de Viajes en Colombia», realizado por la

Delegatura de Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio1, lacadena productiva y la cadena de valor de este sector es la siguiente:

« CADENA PRODUCTIVA DEL TURISMO

Kaplinsky y Morris, (citado por Vivianne Ventura-Días, 2011), señaló que la cadena productiva

del turismo o cadena de valor está definida como:

1 www.sic.gov.co/dnipal/.../estudios%20economicos/.../Agencias_Viajes.pViceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública i 7

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GEIERAL DE U NACIOM

(...) el conjunto de todas las actividades que son necesarias para producir un bien o servicio

desde su concepción, pasando por las diferentes etapas de producción (que involucran una

combinación de transformación física y los insumos de diferentes servicios) hasta el

suministro al consumidor final para su uso. (Ventura- Días, 2011, p.23)

A partir de lo anterior, se tiene que la cadena de valor se encuentra conformada por diversos

eslabones del sector del turismo, a saber:

i) Proveedores de insumos, los cuales se encuentran conformados por empresas de

transporte, hoteles, excursiones nacionales e internacionales, alquiler de vehículos, cruceros,

trenes, organización de convenciones, ferias, seminarios, entre otros.

ii) El eslabón de transformación el cual lo conforman todo tipo de productos que el turista

consumirá durante el transcurso de su viaje como los son actividades de esparcimiento, entre

otros.

iii) El eslabón de Comercialización el cual comprende a los intermediarios de la cadena como

lo son las agencias de viajes, los servicios de guía turístico, entre otros. En la Gráfica 1 se

observa el esquema de la cadena de valor del turismo en Colombia.

Gráfica. Cadena de valor del Turismo en Colombia

T

U

R

I

S

M

O

Proveedores de

insumoTransformación Comercialización

•Transporte

intermunicipal

•Transporte

internacional

•Transporte

marítimo

•Transporte

fluvial

♦Transporte

aéreo

♦Transporte

multimodal

•Otros

•Alojamiento

•Actividades

teatrales

•Servicios

auxiliares

•Servicios

artísticos

•Otras

actividades de

esparcimiento

•Servicios de

guías turísticos

• Agencias de

turismo

• Servicios de

asistencia a

turistas

Fuente: Cámara de Comercio de Bogotá (2005).

De otra parte cada día cobran mayor relevancia en el mercado la conformación de grupos de agencias

de viajes, las cuales tienen como función primordial lograr que las agencias asociadas a cada uno de

estos sean cada día más competitivas y rentables, brindándole a su vez herramientas de innovación

tecnológica que les permita adaptarse a los cambios del mercado. Igualmente, a su vez la

conformación de dichos grupos permite acrecentar las negociaciones con diversos proveedores para

afianzar el posicionamiento de sus marcas nacionales e internacionales. Los grupos masViceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública i o

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PROCURADURÍAGBERALDEUNACfON

representativos son: Grupo Aviatur S.A, Grupo Empresarial turístico Over S.A, Grupo Lalianxa, Travel

Network S.A y Grupo Nobel Ossa Asociados S.A Viajes y Turismo entre otros.

Por medio de las asociaciones (ANATO, Fondo de Promoción Turística), y los grupos empresariales

(Grupo Aviatur, Grupo Over, Grupo Lalianxa, entre otros) las agencias de viajes cuentan con un

apoyo empresarial donde pueden llevar a cabo actividades de cooperación conjunta, dando a conocer

sus productos, proyectos y servicios a nivel nacional, y pudiendo contar a su vez con una

representación gremial ante el Gobierno Nacional.»

Demanda

Para analizar la demanda del sector se tuvieron en cuenta las condiciones en las cuales se

ha adquirido este servicio por la Procuraduría General y por otras entidades públicas.

Histórico de adquisición en la Entidad

La Procuraduría General de la Nación, ha llevado a cabo varios procesos para la prestación

de servicios de operador logístico y de gestión administrativa de eventos; en el siguiente

cuadro se relacionan los adelantados en los años inmediatamente anteriores al presente

proceso:

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Año

Entidad

# proceso

Modalidad

de

Selección

Presupuesto

oficial

Valor

contrato

Objeto del

Contrato

Forma de

Pago

Plazo del

contrato

Oferentes

2014

PGN

CTO. 179-100-2014

Contratación Directa por

Declaratoria Desierta del SAMC

28 de 2014

91.707.005

91.520.520

0.21%

Prestación del servicio hotelero

de hospedaje y alimentación por

3 noches y 3 días para 144

Procuradores Judiciales I y II en

Bogotá y suministro de refrigerios

Un pago del 100% por servicios

efectivamente prestados

4 días calendario

2013

PGN

Selección Abreviada de Menor

Cuantía 38 de 2013

Selección Abreviada

235.557.489

162.900.000

30.85%

La contratación de un operador

logístico para la realización de dos

(2) jornadas de capacitación, en las

ciudades de Bogotá y Bucaramanga,

sobre el sistema mixto (oral y

escritural) en lo contencioso

administrativo - procuraduría

delegada para la conciliación

administrativa, dirigidas a

funcionarios de la procuraduría

general de la nación

Un pago anticipado del treinta (30%)

por ciento del valor del contrato a la

firma del acta de inicio, y el setenta

(70%) restante se pagará a la

terminado del mismo.

1 mes y 15 días

Hotel Solar-Chicamocha

Hotel Royal Park

Carlos Alberto Pinzón

Zaquille Ma. Nader

Grupo Hobby BTL SAS

Promotora La Triada S.A:

2012

PGN

Selección Abreviada de Menor Cuantía 14 de

2012

Selección Abreviada de Menor Cuantía

182.370.981

127.012.635

30.36%

Seleccionar al oferente que preste el servicio de

operador logístico para la realización de cuatro

(4) jornadas de capacitación sobre la ley 1437 de

2011 ¿nuevo código de procedimiento

administrativo y de lo contencioso administrativo^

dirigidas a los funcionarios de la procuraduría

general de la nación.

Un anticipo del 30% del valor del contrato a la

firma del acta de inicio, y el 70% restante se

pagará a la terminación del mismo

3 meses

Seminarios Andinos EU

Fundación Fitec

Hangar Musical SAS

Douglas Trade SAS

Colsubsidio

Corprogreso

Royal Park Ltda

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Contratista

Condiciones

de

experiencia

mínimas

exigidas al

oferente

Aspectos

evaluables

de la oferta

Garantías

exigidas

Sanciones

Sociedad Hotelera Tequendama

S.A.

N/A

N/A.

Cumplimiento 30%

Calidad del servicio 30%

Pago de salarios prestaciones

sociales e indemnizaciones

laborales 5%

No

Zaquille Maria Nader

Los proponentes deben acreditar con

las certificaciones respectivas

expedidas por los contratantes, la

celebración, ejecución y terminación

de hasta cuatro (4) contratos

celebrados con entidades públicas u

otros clientes cuyo objeto

corresponda con la operación

logística.

-Condiciones económicas'-'-

Propuesta Económica 600 puntos.

-Condiciones de Calidad-

a. Un coordinador de servicios

auxiliar o de apoyo -adicional al

mínimo requerido. 100 puntos. Para

cada evento, b. El ofrecimiento de

entrega de más cupos de memorias

del evento en CD para todos los

asistentes. '(Ponencias y

presentaciones en Power Point) 100

Puntos.

'- Estímulo a la Industria Nacional 100

puntos.

'-Condiciones preferenciales en favor

de la oferta de bienes y servicios

producidos por las MIPYMES 100

puntos.

Devolución del pago anticipado 100%

del valor girado como pago

anticipado

Cumplimiento 30%

Pago de Salarios y Prestaciones

Sociales e Indemnizaciones laborales

10%

No

Grupo Hobby SAS

Sonia Jaimes Cobo

Zaquille Ma. Nader

Royal Park Itda

Los proponentes deben acreditar con las

certificaciones respectivas expedidas por los

contratantes, la celebración, ejecución y

terminación de hasta cuatro (4) contratos

celebrados con entidades públicas u otros

clientes cuyo objeto sea igual o similar al del

presente proceso de selección.

-Condiciones económicas'-'- Propuesta

Económica 600 puntos.

-Condiciones de Calidad-

a. Un coordinador de servicios auxiliar o de apoyo

-adicional al mínimo requerido. 100 puntos b. El

ofrecimiento de entrega de más cupos de

memorias del evento en CD para todos los

asistentes. 100 Puntos

'- Estímulo a la Industria Nacional 100 puntos.

'-Condiciones preferenciales en favor de la oferta

de bienes y servicios producidos por las

MIPYMES 100 puntos.

Cumplimiento 30%

Pago anticipado 100%

Pago de salarios, prestaciones sociales e

indemnizaciones laborales 10%

No

De la información anterior, se concluye que la modalidad de selección utilizada es la de

Selección Abreviada de Menor Cuantía, los factores de calidad sujetos de ponderación fueron

los relativos al personal (un coordinador adicional) y la entrega de más cupos de memorias

para los asistentes. En todos los casos se requirió la expedición de pólizas y los amparos

fueron los de cumplimiento y salarios y prestaciones sociales, así como el de devolución del

pago anticipado, en dos de los casos en que se pactó esta forma de pago. En los procesos

de Selección Abreviada hubo pluralidad de oferentes y la experiencia se verificó en contratos

terminados con objeto similar.

Histórico de adquisiciones de otras Entidades:

Con el ánimo de identificar experiencias de contratación similares que permitan definir

parámetros claves para la estructuración del proceso de selección, se identificaron en el

Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP, otros procesos adelantados por

diferentes Entidades en el período 2014 - 2015 y cuyo objeto de contratación es contratar

servicios de operador logístico para la organización de eventos; sin embargo las

especificaciones técnicas definidas difieren con el presente proceso de selección, entre otros

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PROCUF6ENBULDEUNACI0II

por la distribución de las ciudades y el número de eventos, características técnicas, razón por

la cual no es posible realizar un comparativo entre los valores dados para dichas Entidades.

Año

Entidad

Modalidad

de

contratado

n

Presupeust

o oficial del

contrato

Valor

porcentaje

de

descuento

No.

Contrato

Fecha

Objeto

Forma de

Pago

Plazo del

contrato

Oferentes

2015

Ministerio del

Interior

Licitación

Pública

13.402.258.884

13.402.258.884

0,000%

M-810DE2015

20 de Mayo de

2015

Contratar un

operador

logístico que se

encargue de

prestar los

servicios de

alimentación,

alojamiento,

desplazamiento

s aéreos,

terrestres,

marítimos y

multimodales,

material de

apoyo y todas

aquellas

acciones

inherentes a la

actividad a

contratar para

el cabal

cumplimiento

de las

actividades

(eventos y

reuniones).

Mensualidades

vencidas

7 meses 16

dias

Subatours s.a.s

Sonia james

Cobos

Unión temporal

m&p

operadores

Publicas s.a.s.

Amistad s.a.s.

Y/o a descubrir

travel t

adventure

2015

IEMP

Licitación

Pública

380.000.000

323.000.000

15,000%

Proceso

Número 460

05 de mayo de

2015

Contratar a un

operador

logistico que

desarrolle

actividades

logísticas,

operativas y

asistenciales

requeridas para

la realización

de los eventos

"quinto

congreso

internacional de

derecho

disciplinario" y

"quinto

congreso

internacional de

contratación

estatal"

Mensualidades

vencidas

9 meses

Organización

simplex s.a.

714.711

Publica s.a.s.

912

Fundación

ways of hope 0

2014

Centro de memoria histórica

(cnmh)

Licitación Pública

1.720.000.000

1.720.000.000

0,000%

353-2014

25-02-2014 12:01 p.m.

Contratar un operador logistico

que preste los servicios para la

organización, administración y

ejecución de eventos para el

cumplimiento de sus obligaciones

misionales.

Pagos mensuales

9 meses 1 dia

Sonia Jaimes Cobos

Publicas S.A.S

Seminarios Andinos S.A.S

Hobby btl comunicaciones y

eventos

Feeling company

Cvml marketing Agency

Creativa producciones S.A

Unión temporal memoria 2014

2014

Open Group Btl

Ltda

Licitación Pública

326.274.960

326.274.960

0,000%

508-2014

05 de mayo de

2014

Prestación de

servicios de

operadores

logísticos para el

desarrollo de los

eventos.

Mensualidades

vencidas

7 meses 8 dias

Producción de

eventos 911

Fundación Waysof

Hope

Open Group

2014

Ministerio de Ambiente

Subasta

1.668.469.404

1.668.469.404

0,000%

S.A.S.I.No. 011 -2014

2 de Septiembre 2014

El ministerio requiere contratar

los servicios de operación

técnica y logística necesarios

para la ejecución y realización

eventos, seminarios y

actividades de capacitación.

Mensualidades vencidas

6 meses

Age andinos grupos

empresarial s.a.s.

Fundación fitec

Unión temporal ambiental cm-

me

Unión temporal estrategia

logística 2014

Hobby btl s.a.s.

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IRÍA6BEULDEUMKI0H

ContratistaSubatours

S.A.SPubblica S.A.S Seminarios Andinos S.A.S

Open Group Btl

Ltda

Age andinos grupo empresarial

s.a.s.

Condiciones

de

experiencia

mínimas

exigidas al

oferente

El proponente

deberá

demostrar

certificaciones

de contratos

suscritos y

ejecutados

100%. estar

debidamente

inscrita en el

RUPde

acuerdo con los

códigos

UNSCP.

Especifica. La

experiencia

deberá

demostrarse

con máximo

diez (10)

certificaciones

de contratos

ejecutados, con

el mismo o

similar objeto

en operación

logística,

durante los

siete (7) últimos

años anteriores

a la fecha fijada

como cierre del

presente

proceso, cuya

sumatoria sea

igual o superior

al 70% del

presupuesto

oficial del

presente

proceso, esto

expresado en

SMLMV.

Los.proponente

s deberán

~creditar con

las

certificaciones

respectivas,

expedidas por

los

contratantes, la

celebración,

ejecución y

terminación de

mínimo tres (3)

y máximo seis

(6) contratos

celebrados y

ejecutados,

cuyo objeto sea

la prestación de

servicios de

logística para

realización de

eventos

académicos

tales como:

congresos,

seminarios y

foros. Por lo

menos dos (2)

de las

certificaciones

deben acreditar

atención de al

menos de 300

personas y la

duración de dos

(2) de los

eventos

acreditados

debe ser de

mínimo dos (2)

dfas.

Acreditar experiencia en la

ejecución de hasta

TRES (3) contratos ejecutados en

los últimos 2 años cuyo objeto

esté relacionado con la prestación

de

servicios para la organización,

administración y ejecución de

eventos cuya sumatoria

corresponda como mínimo a

2.793 SMLMV.

Deberá allegar Certificados de la

experiencia en la El interesado

debe indicar en cada certificado o

en cada copia de los contratos, los

bienes, obras y servicios a los

cuales corresponde la experiencia

que pretende acreditar.

El oferente deberá

acreditar

certificaciones de

contratos

ejecutados en los

últimos tres (3)

años. Si el

proponente es un

Consorcio o una

Unión Temporal,

cada uno de sus

miembros deberá

acreditar

experiencia en

contratos

ejecutados en

actividades iguales

o similares al objeto

a contratar. En todo

caso la Experiencia

Total del consorcio

o unión temporal

será la suma de la

experiencia que

aporte cada uno de

sus integrantes

Para la acreditación de este

requisito el proponente debe

presentar mínimo tres (3) y

hasta seis (6) certificaciones

de contratos 100% ejecutados

suscritos con entidades

públicas o privadas durante los

últimos ocho (8) años cuyo

objeto sea igual o similar al del

presente proceso de selección,

tiempo que será contabilizado

hacia atrás desde la fecha de

cierre del presente proceso.

Cumplimiento

30%

Cumplimiento

30%Cumplimiento 10% Cumplimiento 20% Cumplimiento 20%

Pago de

salarios,

prestaciones

sociales e

indemnizacione

s laborales 5%

Pago de

salarios,

prestaciones

sociales e

indemnizacione

s laborales 5%

Pago de Salarios, Prestaciones

Sociales e Indemnizaciones

laborales: 5%

Pago de salarios,

prestaciones

sociales e

indemnizaciones

laborales 5%

Calidad del Servicio 20%

Garantías

exigidasCalidad de los

Bienes 20%

Calidad del

servicio 10%Calidad del servicio 10%

Calidad de los

Bienes 20%

Responsabilidad Civil

Extracontractual 200 SMMLV

Calidad del

Servicio 20%

Póliza de

manejo 20%

Calidad del Servicio. El valor de la

garantía deberá ser equivalente al

veinte por ciento (20%

Calidad del Servicio

20%

Salarios, Pretaciones sociales

e indemnizaciones

Responsabilida

d Civil

Extracontractual

5%

Salarios y

prestaciones

sociales 5%

Responsabilidad Civil

Extracontractual 5%

Responsabilidad

Civil

Extracontractual

5%

Responsabilidad Civil

Extracontractual 5%

Sanciones No NO No No

De la información anterior, se concluye que la modalidad de selección más utilizada es la de

Licitación Pública, por el presupuesto disponible en cada caso; la experiencia fue validada

con certificaciones (mínimo 3 y máximo 10), la forma de pago pactada corresponde a pagos

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PROCUFGENERALDEUNACION

parciales mensuales (por número de eventos realizados. En todos los casos se requirió la

expedición de pólizas y los amparos fueron los de cumplimiento y salarios y prestaciones

sociales, calidad del servicio y RCE. En los procesos de Selección hubo pluralidad deoferentes.

7. PRESUPUESTO ESTIMADO

Para estimar el valor del servicio, se solicitaron 139 cotizaciones a posibles proponentes, entregando

a ellos un formato de solicitud de cotización establecido por la Entidad, el cual contenía los

requerimientos técnicos específicos en cuanto al recurso humano, , recurso físico, equipo técnico,transporte, hospedaje, material didáctico y especificaciones en general del servicio

Se obtuvieron ocho (8) cotizaciones de las siguientes empresas, sobre las cuales se realizó un cálculo

promedio con tres (3) de ellas que cotizan desagregando los ítems requeridos; la empresa Aviatur

S.A. detalla en su cotización que no contempla dentro de ella algunos destinos, no resultando

comparable la cotización y las demás cotizaciones fueron presentadas con valores globales por

evento, razón por la cual no es posible deducir los ítems comparables, por lo cual no fueron tenidas encuenta.

Del mismo análisis se obtiene el costo promedio del servicio por el valor de DOSCIENTOS NOVENTA

Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUATRO PESOS

M/CTE (292.339.604,00), tal como se detalla a continuación:

ÍTEM / COTIZANTE

RECURSO HUMANO

RECURSOS FÍSICOS Y EQUIPOS

TÉCNICOS

TRANSPORTE

TOTAL

IVA 16%

VALOR TOTAL

4E DOMINIO EN

LOGÍSTICA

14.280.000

221.340.000

30.030.000

265.650.000

42.504.000

308.154.000

FUNDECOMERCIO

67.510.000

107.670.000

40.320.000

215.500.000

34.480.000

249.980.000

VITAco

147.661.000

104.232.000

23.007.700

274.900.700

43.984.112

318.884.812

El presupuesto estimado se encuentra amparado en el certificado de disponibilidad presupuestal No.

46115 del 24 de junio de 2015, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de

la Procuraduría General de la Nación.

7.1 CONOCIMIENTO DE LOS COTIZANTES

COTIZANTE

4E DOMINIO EN LOGÍSTICA

FUNDECOMERCIO

VITAco

Creación

10 junio 2010

Resol. 123 del

27-02-1987

25 enero de 2010

Años de

existencia

5 años 22 días

28 años

5 años 6 meses

Calidad de

Mipyme

mypyme

Pequeña

Pequeña

Régimen

Tributario

Régimen

común

Régimen

común

Régimen

común

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PROCURADURÍAGENERAL DEUWACIWI

8. FORMA DE PAGO

La Procuraduría General de la Nación, por tratarse de un contrato de prestación de servicios, en el

cual debe garantizarse la adquisición de bienes y servicios consumibles y la liquidez del contratista

para este fin, realizará un primer pago correspondiente al 40% del valor del contrato, en calidad de

pago anticipado, una vez se suscriba el acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de

perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato. Lo anterior teniendo en cuenta que el

oferente ganador debe realizar reservas tanto de los lugares donde se desarrollará el evento, así

como los servicios de alojamiento y alimentación y demás servicios; el 60% restante del valor del

contrato posterior a la finalización de los eventos el cual se hará efectivo dentro de los 30 días

calendario siguientes a la radicación en el Grupo de Cuentas de la División Financiera, factura o

cuenta de cobro con sus respectivos soportes acompañada de la certificación que expida el

funcionario designado por la entidad para ejercer la supervisión del contrato

El proceso de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (3) días hábiles

siguientes a la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión

realizará las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la misma, o

por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tener de la factura.

En todo caso el pago estará sujeto a la entrega por parte del contratista de los soportes y la

certificación donde se verifique el cumplimiento por parte de éste de las obligaciones con el Sistema

General de Seguridad Social (sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones) y aportes

parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, ICBF, SENA), cuando de conformidad con la Ley 1607

de 2012 corresponda y a la disponibilidad del PAC (Programación Anual Mensualizado de Caja).

9. REQUISITOS DE VERIFICACIÓN DE LA PROPUESTA

Los proponentes deben acreditar los siguientes requisitos de verificación: la capacidad Jurídica,

financiera, de organización operacional, técnica y experiencia acreditada específica. Estos requisitos

serán verificables por los integrantes de los diferentes comités, analizando si los proponentes

CUMPLEN O NO CUMPLEN con los requisitos y especificaciones mínimos exigidos por la entidad en

el pliego de condiciones.

Los proponentes interesados en la presente convocatoria deberán acreditar los requisitos habilitantes

que a continuación se describen, los cuales se verificarán principalmente con la información que obra

en el RUP y con aquella documentación adicional requerida por la Entidad.

De igual forma la Procuraduría General de la Nación verificará con el contenido que obre en el RUP,

la información relativa a multas, sanciones e inhabilidades.

9.1 CAPACIDAD JURÍDICA

Los proponentes deben cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico, para lo cual aportará

los siguientes documentos:

En el proceso podrán participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en consorcio

o unión temporal o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social o actividad comercial les permita

cumplir con el objeto del contrato. La figura jurídica a través de la cual se presente el oferente, debe

tener una duración igual al plazo del contrato y un (1) año más. La sociedad prometida, debe

constituirse de inmediata a adjudicación del contrato.

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GENBtAL DE LA KACIOM

La Procuraduría General de la Nación verificará el contenido que obre el RUP, la información relativa

a multas, sanciones e inhabilidades.

Así mismo en cuanto a la capacidad jurídica. Se verificarán siguientes aspectos:

9.1.1 Oferta debidamente firmada

Requisito que se cumple con la firma de la carta de presentación de la oferta por parte de la persona

legalmente facultada, la cual debe allegarse con la propuesta que se presenta dentro del plazo y en el

sitio fijado.

Debe ser firmada por el proponente: persona natural, representante legal para personas jurídicas,

persona designada para representarlo en caso de consorcio o unión temporal, o apoderado

debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el poder debidamente conferido ante

notario público o autoridad judicial competente donde se indique expresamente cuales son las

facultades con que cuenta respecto a la suscripción de la propuesta en el monto señalado y en caso

de ser beneficiario de la adjudicación, si cuenta poder para suscribir el contrato y representar al

contratista en su ejecución. En este evento el poder deberá ser anexado con esas formalidades junto

con la carta de presentación de la propuesta.

El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a la

sociedad y para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la misma.

Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la

oferta.

En la carta de presentación de la propuesta el proponente manifestará de manera expresa que no se

encuentra incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar,

establecidas en la Constitución Política o en la Ley.

Junto con la carta de presentación, el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía

de quien suscribe la oferta.

La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el formato del anexo No.1 carta de

presentación, adjunto al pliego de condiciones.

9.1.2 Documento de conformación del consorcio o unión temporal o promesa de sociedad

futura.

Si la oferta es presentada por un Consorcio o una Unión Temporal, en la carta de presentación se

debe indicar el nombre del consorcio o unión temporal y además el nombre de los integrantes del

mismo. De acuerdo con lo establecido en la ley 80 de 1993, artículo 7, en el documento de

conformación del Consorcio o Unión Temporal se debe:

a) Indicar en forma expresa si su participación es a título de CONSORCIO O UNIÓN TEMPORALO PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA.

b) Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal

o promesa de sociedad futura.

c) Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o la

Unión Temporal y sus respectivas responsabilidades.

d) En el caso de la UNIÓN TEMPORAL señalar en forma Clara y precisa, los términos yextensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las Obligaciones y

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PROCUGBERALDEUNACION

responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato (ACTIVIDADES), los Cuales no

podrán ser sin el consentimiento privo de la Entidad contratante.

e) Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y un (1) año más.

f) En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del

Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución para efectos del pago, en

relación con la facturación deben manifestar:

■ Si la facturación la va a efectuar en representación del consorcio o la unión

temporal uno de sus Integrantes, caso en el cual se debe informar el número del

NIT de quien factura.

■ Si la realizar el Consorcio o unión temporal con su propio NIT, hecho que Se

debe indicar en el documento de conformación. Además Se debe señalar el

porcentaje o valor del Contrato que corresponda a cada uno de los integrantes,

el nombre o razón social y el NIT Cada uno ellos. En este Caso, para efectos de

la inscripción en el Registro Único Tributario deberán tener en Cuenta lo

dispuesto en el Decreto 2645 de 2011.

El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el Consorcio o Unión Temporal,

deberá ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación en las actividades

gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado.

En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos

en las disposiciones legales.

g) Suscribir por todos sus integrantes y el representante del mismo.

9.1.3. Certificado de existencia y representación legal y/o documento legal idóneo

Si la propuesta la presenta una persona jurídica, debe allegar el certificado de existencia y

representación legal, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los quince (15) días

hábiles anteriores al cierre de la presente selección, donde conste quién ejerce la representación

legal, las facultades del mismo, el objeto social, dentro del cual se debe hallar el objeto del presente

proceso y la duración de la sociedad.

En el caso de uniones temporales o consorcios, sus miembros deberán acreditar que dentro de su

objeto social se encuentra comprendida la actividad que se comprometen a desarrollar en el acuerdo

de conformación correspondiente. En todo caso el consorcio o la unión temporal deberá en conjunto,

acreditar que sus objetos sociales comprenden el objeto de la presente selección abreviada.

La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo del contrato y un año más (artículo 6o Ley 80

de 1993).

Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el

oferente deberá allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de

Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función.

En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio se haga la

remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del Representante Legal, el

oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende

que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente allegar la

correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de Socios o el estamento de la

sociedad que tenga esa función.

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PROCURADURÍAGENERAL DEUHACIWI

Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberán anexar los Certificados tanto de la

Sucursal como de la Casa principal.

En ofertas conjuntas, cuando los integrantes del consorcio o unión temporal, o uno de ellos, sea

persona jurídica, debe aportar el citado certificado, cumpliendo además con todos los requisitos

señalados con antelación.

9.1.4. Registro Nacional de Turismo

El proponente debe anexar copia vigente de su Registro Nacional de Turismo expedido por el

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o la cámara de comercio que lo acredite como

establecimiento de alojamiento - Hotel.

En ofertas conjuntas, todos los integrantes del consorcio o unión temporal, deben aportar el citado

Registro.

9.1.5. Certificado de inscripción en el registro único de proponentes (RUP), acorde con lo

establecido por el la subsección 5, sección 1, capitulo 1 titulo 1 parte 2 del Decreto 1082 de

2015.

El proponente debe aportar el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes expedidopor la Cámara de Comercio del domicilio del oferente, expedido dentro de los quince (15) días hábiles

anteriores al cierre de la presente selección.

Se tendrá en cuenta la información que se encuentre registrada en el RUP y que esté en firme para la

fecha de adjudicación del proceso, relacionada con la inscripción, actualización o renovación hecha

bajo el régimen del Decreto 1510 de 2013 y acorde con lo establecido por Decreto 019 de 2012.

Tanto en el evento de presentación de la oferta en forma individual como conjunta (consorcios,

uniones temporales o promesas de sociedad futura), el oferente y cada uno de los integrantes de

dicha persona, debe estar inscrito en el RUP.

En caso de prórroga del plazo del proceso, el certificado RUP tendrá validez con la primera fecha

prevista para la entrega de la propuesta.

9.1.6. Garantía de seriedad de la oferta

De conformidad con lo señalado en el decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2, los proponentes

podrán otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, una de las siguientes garantías:

Contrato de seguro contenido en una póliza

Patrimonio autónomo

Garantía bancaria

Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicaran las reglas establecidas en el artículo

2.2.1.2.3.1.9 del referido Decreto.

Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o

Promesa de sociedad futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.

La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en

los siguientes eventos:

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PROCUFeQEMLDEUNACION

i) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la

adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3)

meses.

ii) El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas,

iii) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.

iv) La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, dentro del plazo señalado en el

Contrato, de la garantía de cumplimiento del contrato.

La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la

aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser de por lo menos

el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. Las cifras del valor de la garantía deben

expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato,

teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior,

si el decimal es de 50 a 99.

Dicha garantía debe estar constituida a favor de la Procuraduría General de la Nación y en caso de

que la fecha de cierre del proceso se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la

vigencia de la garantía.

Cuando no se allegue la garantía de seriedad o en la que se presente con la oferta obren datos

incorrectos en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al

presente proceso de selección, la Entidad solicitará al oferente el documento o la modificación del

caso.

9.1.7. Certificación expedida sobre pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscal.

El proponente debe acreditar con la certificación respectiva, estar dentro de los seis (6) meses

anteriores a la fecha de presentación de la oferta, a paz y salvo con el pago de obligaciones asumidas

por concepto de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los

propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda (Articulo 50 Ley 789

de 2002, Ley 1607 de 2012 y demás normas complementarias y modificatorias). Dicha certificación

deberá encontrarse suscrita por la persona natural o su contador, o por el revisor fiscal o

representante legal de la persona jurídica, según sea el caso.

En caso de ofertas conjuntas, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe allegareste documento.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2286 de 2003, los proponentes que

se encuentren excluidos del pago de los aportes al régimen de subsidio familiar, SENA e ICBF,

deberán acreditar dicha situación presentando el certificado de exclusión emitido por la Caja de

Compensación Familiar a la cual se encuentren afiliados o por el SENA y el ICBF cuando les

corresponda certificarlo.

La Entidad se reserva el derecho de verificar con las respectivas Entidades la información que

suministran los proponentes.

Cuando el proponente no allegue con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma

requiere aclaraciones, la Procuraduría las solicitará dentro de los términos previstos para solicitar

aclaraciones.

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PROCÜfGENERAL DEUHACIOK

9.1.8. Verificación responsables fiscales y antecedentes disciplinarios

La Procuraduría General de la Nación se reserva el derecho de verificar si el proponente o cualquiera

de los integrantes del consorcio o unión temporal, se encuentra (n) reportado (s) en el último boletín

de responsables fiscales de la Contraloría General de la República o si aparece como inhabilitado

para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI"

de la Entidad.

En caso que el proponente o alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, se

encuentren relacionado en el boletín o se encuentre inhabilitado, no podrá contratar con la

Procuraduría General de la Nación, salvo que acredite que se encuentra habilitado para contratar.

9.1.9. Certificaciones para acreditar la condición de discapacidad y de Mipyme

Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad, en el caso

de empresas que en sus nóminas por lo menos un diez por ciento (10%) de sus empleados se

encuentren en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, deberán acreditar

con la oferta el certificado expedido por la Oficina del Trabajo de la respectiva zona y con las

constancias firmadas por el representante legal y/o por el revisor fiscal de la contratación en las que

conste la contratación del personal por lo menos con un (1) año de anterioridad y la condición de

mantenerlo por un lapso igual al de la contratación

En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes que tenga esta condición,

debe acreditarla.

La condición de Mipyme se verificará directamente con la información que obre en el RUP.

9.2 CAPACIDAD FINANCIERA

Los requisitos financieros para participar en el presente proceso de selección, serán verificados a

partir de la información sobre capacidad financiera con corte a diciembre 31 de 2014 que obra en el

Certificado de Inscripción RUP.

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales el RUP será presentado por cada uno de los

integrantes con el lleno de los requisitos exigidos en el pliego de condiciones; la PGN verificará la

información financiera, de acuerdo a lo certificado por la Cámara de Comercio.

La Procuraduría General de la Nación efectuó el análisis para establecer los indicadores para

verificar la capacidad financiera, de acuerdo con la obligación prevista en el Decreto1082 de 2015.

Se evaluarán con CUMPLE o NO CUMPLE los siguientes indicadores financieros:

jndice de Liquidez

índice de EndeudamientoRazón de cobertura de intereses

ÍNDICE

LIQUIDEZ

(Activo corriente/Pasivo corriente)

REQUERIDO

Mayor o igual a

1,0

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PROCUI6BOM.KUIHCI0N

Endeudamiento

(Pasivo total/ Activo total)*100

Razón de cobertura de Intereses

( Utilidad Operacional/ gastos de intereses)

Menor o igual a

65%

Mayor o igual a

2

Los proponentes que no tengan gastos de intereses y cuya utilidad operacional sea positiva, quedan

habilitados respecto el indicador de Cobertura de Intereses.

Los proponentes que presenten una utilidad operativa negativa o igual a cero, NO cumplirán con el

indicador solicitado.

Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los índices de Liquidez, Endeudamientoy Razón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de la asociación deberá

cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la

premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta

circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los

integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cada uno

de los indicadores.

9.3 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

La Capacidad de Organización se verificará con base en la información financiera con corte a

Diciembre 31 de 2014 que obre en el RUP respecto de los siguientes indicadores financieros.

(a) Rentabilidad del Activo:

El proponente deberá acreditar una rentabilidad del activo mayor o igual a 4%.

La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de sus

activos totales, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa sus activos para generar ganancias.

Los proponentes que presenten una utilidad operativa negativa, NO cumplirán con el indicador

solicitado al mostrar rendimientos negativos.

(b) Rentabilidad del Patrimonio:

El proponente deberá acreditar una rentabilidad del patrimonio mayor o igual a 7%.

La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de su

patrimonio, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias.

Los proponentes que presenten una utilidad operativa negativa, NO cumplirán con el indicador

solicitado al mostrar rendimientos negativos.

Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los Indicadores de Rentabilidad del

Activo y Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los integrantes de la asociación deberá

cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la

premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta

circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los

integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cada uno

de los indicadores.

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GENERAL DE LA HACIOM

INDICADOR

Rentabilidad del Activo

(utilidad operacional /activo)

Rentabilidad del Patrimonio

(utilidad operacional/patrimonio)

REQUERIDO

Mayor o igual a

4%

Mayor o igual a

7%

9.4 EXPERIENCIA

La acreditación de la experiencia se verificará sobre la información que obra en el Registro Único de

Proponentes, en el cual se deben evidenciar hasta dos (2) contratos, ejecutados y terminados por el

proponente y registrados en cualquiera de los siguientes códigos.

CLASIFICADOR

UNSPSC

80141607

90111601

90121502

80141902

90111501

SEGMENTO

(80)Servicios de Gestión, Servicios

Profesionales de Empresa y Servicios

Administrativos

(90)Servicios de viajes, alimentación,

alojamiento y entretenimiento

(90)Servicios de viajes, alimentación,

alojamiento y entretenimiento

(80)Servicios de Gestión, Servicios

Profesionales de Empresa y Servicios

Administrativos

(90)Sérvicios de viajes, alimentación,

alojamiento y entretenimiento

FAMILIA

(14) Comercialización y

distribución

(11) Instalaciones

hoteleras, alojamientos y

centros de encuentros

(12) Facilitación de viajes

(14) Comercialización y

distribución

(11) Instalaciones

hoteleras, alojamientos y

centros de encuentros

CLASES

(16) Actividades de

ventas y promoción

de negocios

(16) Facilidades para

encuentros

(15) Agentes de

viajes

(19) Exhibiciones y

ferias comerciales

(15) Hoteles y

moteles y pensiones

Nota: La Procuraduría aceptará la inscripción de la experiencia de los proponentes en

cualquier otro código, siempre y cuando, el objeto del contrato que se registre sea el requerido

por la Entidad en el presente numeral.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Proponente deberá diligenciar el anexo EXPERIENCIA

PROPONENTE, relacionando en. el mismo los contratos registrados en el RUP con los cuales

acreditará a la Entidad el cumplimiento de la experiencia. De manera adicional deberá incluir en el

mismo anexo, la siguiente información correspondiente a los contratos que relaciona, toda vez que la

misma no se encuentra registrada en el RUP:

Nombre de la entidad o empresa contratante, dirección, teléfono, correo electrónico y nombre

de la persona que expide la certificación.

Número y fecha de suscripción.

Objeto del contrato: igual o relacionado con el objeto del proceso contractual, es decir

operación logística para eventos que incluya servicios de hospedaje y alimentación por lo

menos en diez (10) ciudades.

Fecha de iniciación. Posterior al 1o de enero de 2010

Fecha de terminación. Los contratos deben encontrarse terminados a la fecha de cierre de la

Selección Abreviada.

Valor de los contratos. Los contratos sumados deben acreditar un valor total igual o superior a

453,69 SMLMV, que equivale a una (1) vez el presupuesto estimado para el contrato.

• Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en consorcio o unión temporal

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PROCUIGENERAL DE U NACIÓN

En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de los

integrantes debe acreditar el cumplimiento de por lo menos un (1) contrato con el lleno de los

requisitos establecidos en este numeral, salvo lo relativo al valor del contrato, ya que éste se puede

acreditar en conjunto.

Si los documentos presentados por el proponente no precisan el número de SMMLV, la entidad los

calculará, utilizando el valor del salario para la época de terminación del contrato que se esté

relacionando o certificando, proyectado a valor presente. El valor de los salarios mínimos mensuales

legales vigentes que se tendrán en cuenta, será el valor del salario para la época de terminación del

contrato, actualizado a valor presente.

En los contratos que fueron ejecutados bajo la figura de consorcio o unión temporal, deberá indicarse

el porcentaje de participación de cada uno de ellos en dicho contrato, valor que debe discriminarse en

pesos colombianos y será el que se aplique al proponente para verificar la experiencia teniendo en

cuenta lo señalado en este numeral. Así mismo, en caso de personas jurídicas cuando no tengan más

de tres (3) años de constituidas, se les podrá acumular la experiencia de los accionistas, socios o

constituyentes, de acuerdo con lo señalado en el Decretal082 de 2015 artículo 2.2.1.1.1.5.2. Numeral

2.5.

En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe

tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que le hayan

asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del

contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite.

LAS COPIAS DE CONTRATOS, CERTIFICACIONES EXPEDIDAS POR EL CONTRATANTE, ACTAS

DE LIQUIDACIÓN, RELACIÓN DE CONTRATOS, REFERENCIAS COMERCIALES, ETC., SÓLO SEACEPTARÁN COMO DOCUMENTOS ACLARATORIOS.

La Entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes a través de

las certificaciones o de la relación presentada.

En caso de requerirse aclaraciones sobre datos contenidos en las certificaciones o en el anexo de

relación de experiencia, o si el anexo no se presenta, la Procuraduría podrá solicitarlas al proponente

por escrito, quien contará con el término establecido en el cronograma del proceso para

suministrarlas.

En el período de verificación de las propuestas, los oferentes podrán allegar el formato e incluir

nuevos contratos o presentar nuevas certificaciones para acreditar este requisito, siempre y cuando

cumplan con los requerimientos exigidos por la Entidad en este numeral.

JUSTIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA REQUERIDA

Para garantizar la idoneidad y capacidad del oferente para atender el objeto del contrato, se considera

que las condiciones exigidas en cuanto al número de contratos (hasta dos (2)), el alcance de éstos, la

fecha a partir de la cual se acredita la experiencia y la condición de estar terminados los contratos, es

adecuada y proporcional al contrato que se pretende suscribir y a la* información de antigüedad y

experiencia de los cotizantes. »

"■'% •No se aceptan contratos en ejecución, pues al tratarse de eventqs de capacitación dirigidos a

servidores y ciudadanía en general, se requiere que los contratos estén concluidos para garantizar la

competencia del contratista para ejecutar el contrato.

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PROCURADURÍAGENERALDELANACKW

Se pudo constatar además, que de acuerdo con el estudio del sector y lo manifestado por las

personas que allegaron cotización para el estudio del mercado, los posibles oferentes cumplen con los

requerimientos. Según la verificación realizada en el estudio del sector, a otros procesos de

contratación de características similares en otras entidades públicas y en la PGN, se observa que se

exigen certificaciones de experiencia de contratos celebrados, ejecutados y terminados en un 100%.

En consecuencia, del análisis efectuado, se tiene que estas estipulaciones no limitan la libre

concurrencia y garantizan la idoneidad requerida por la Entidad.

Finalmente en relación con el término de suscripción, a partir del 1 de enero de 2010, e iniciación de

los contratos, en el estudio del sector se evidenció que se trata de un rango que respeta el tiempo de

creación y la experiencia con que cuentan los posibles oferentes y que garantizaría, además de la

libre concurrencia en el proceso de selección, la idoneidad del oferente seleccionado para ejecutar el

objeto del contrato.

10. REQUISITOS HABILITANTES DE PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL

REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN ELPAÍS.

Cuando se trate de proponentes extranjeros no obligados a estar inscritos en el Registro Único de

Proponentes, por no tener domicilio o sucursal en el país, la Procuraduría General de la Nación,

verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de

experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes bien sea individuales o

integrantes de una unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura.

Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están

obligadas a estar inscritas en el RUP, por lo cual las Entidades Estatales deben verificar directamente

el cumplimiento de los requisitos habilitantes.

De acuerdo con el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de

Contratación, la capacidad jurídica de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia se

acredita mediante los documentos previstos por la legislación del país de origen, los cuales deben

aportarse al Proceso de Contratación.

De conformidad con lo establecido en el inciso del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, las

sucursales de sociedad extranjera sin domicilio o sucursal en el país deben presentar para registro la

información contable o financiera de su casa matriz.

Capacidad Jurídica.

Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad

extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá

cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio, que indica:

"ARTÍCULO 472. La resolución o acto en que la sociedad acuerda conforme a la ley de su domicilioprincipal establecer negocios permanentes en Colombia, expresará:

1) Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley colombiana

respecto a la claridad y concreción del objeto social;

2) El monto del capital asignado a la sucursal, y el originado en otras fuentes, si las hubiere;

3) El lugar escogido como domicilio;

4) El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los mismos;

5) La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la sociedad

en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se entenderá

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PROCUGENERAL K LA NACIOM

facultado para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrá la personería judicial

y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales, y

6) La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en

Colombia."

Experiencia

Se verificará con certificaciones de contratos allegados por los proponentes, las cuales deben cumplir

los requisitos establecidos en el numeral 8.1.5 del presente documento.

Capacidad financiera y de organización

De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.2, los estados financieros de las

sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país

en el que son emitidos.

El proponente extranjero debe adjuntar con su propuesta, los Estados financieros de la sociedad, con

sus notas explicativas, estos deben ser firmados por el Representante Legal, el contador y Revisor

Fiscal si la persona jurídica está obligado a tenerlo.

Para efectos de la verificación de los indicadores de capacidad financiera y de organización, deberá

anexar el formato CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y

CAPACIDAD ORGANIZACIONAL.

Consularización

De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, "los documentos

otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo

país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el

de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de

los poderes. Al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar

que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país."

Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el

Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del

cónsul y demás trámites pertinentes.

Apostille

Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo

previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este

numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5

de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos

extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que

consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha

actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de

origen.

Atendiendo las recomendaciones dadas por Colombia Compra Eficiente en el Manual para determinar

y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación la siguiente información es

relevante para la presentación de ofertas por parte de proponentes extranjeros:

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Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 -12025-12027-

Bogotá D.C

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PROCUfGBERALDEUNACION

Idioma - Los documentos con los cuales el proponente acredite sus requisitos habilitantes que hayan

sido escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al castellano y

ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El proponente puede

presentar una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta adjudicatario para firmar el

contrato debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma

extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado para acreditar los requisitos

habilitantes.

Legalización de documentos - Los documentos presentados por los proponentes no requieren

legalización alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o

especiales que deben ser otorgados ante Notario Público.

Los proponentes pueden entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea

necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el oferente que resulte adjudicatario debe presentar

los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de conformidad con la Convención de la

Apostilla o legalizados ante cónsul colombiano.

Fecha de corte de los Estados Financieros - Los oferentes extranjeros deben presentar sus estados

financieros a la fecha de corte establecida en los países de origen o en sus estatutos sociales.

Moneda - Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el

cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para

efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa del

mercado vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el

proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la

Superintendencia Financiera.

11. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE (ART. 2.2.1.1.2.1.1.NUM. 5 DECRETO 1082 DE 2015).

El procedimiento de selección del contratista se desarrollará bajo los principios de transparencia,

selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de

someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de

condiciones. El pliego de condiciones forma parte esencial del contrato; es la fuente de derechos y

obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contiene

la Voluntad de la administración a la que se someten los proponentes y el futuro contratista.

La Ley 1474 de 2011, artículo 88, que modificó el numeral 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007

estipula que: "La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y

económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los

pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la

favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos.".

De conformidad con la mencionada norma y el artículo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015, en los

procesos de selección en los que se tengan en cuenta los factores técnicos y económicos, la oferta

más ventajosa será la que resulte de aplicar alguna de las siguientes alternativas:

a) La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas

en el pliego de condiciones; o

b) La ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-

beneficio para la entidad.

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PROCURADURÍAGENERAL DE LA NACIÓN

En virtud de las normas expuestas con antelación y atendiendo el objeto de la contratación, se

considera que para seleccionar la oferta más ventajosa para la entidad se debe aplicar la ponderación

de los elementos de calidad y precio, soportadas en puntajes, teniendo en cuenta que a mayor

calidad y mejor precio se alcanzan mayores niveles de eficiencia.

11.1 FACTOR PRECIO (600 PUNTOS)

Se tendrá en cuenta que se otorga el máximo puntaje de SEISCIENTOS (600) puntos a la propuesta

que ofrezca menor valor, y a los demás oferentes en forma descendente, utilizando para ello la regla

de tres inversa, es decir, a mayor valor propuesta menor puntaje obtenido. Para las operaciones

matemáticas realizadas se tomarán para su apreciación dos decimales.

Dentro de la evaluación económica la Entidad verificará que los proponentes no ofrezcan precios

artificialmente bajos, dentro de los parámetros establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto

1082 de 2015, según el cual: «Si de acuerdo con la información obtenida por la Entidad Estatal en su

deber de análisis de que trata el artículo 2.2.1.1.1.6.1. del presente decreto, el valor de una oferta

parece artificialmente bajo, la Entidad Estatal debe requerir al oferente para que explique las razones

que sustentan el valor ofrecido. Analizadas las explicaciones, el comité evaluador de que trata el

artículo anterior, o quien haga la evaluación de las ofertas, debe recomendar rechazar la oferta o

continuar con el análisis de la misma en la evaluación de las ofertas».

Para efecto del señalamiento del precio ofrecido, el proponente debe tener en cuenta todos los costos,

gastos, impuestos, valor del IVA, seguros, pago de salarios, prestaciones sociales y demás

emolumentos que considere necesarios para la fijación de la propuesta económica.

los oferentes deberán incluir e identificar detalladamente cuales servicios presta directamente y cuales

a través de terceros, sobre ellos se debe indicar cuál será el porcentaje de intermediación.

El operador logistico debe facturar por cuenta de terceros cada uno de los servicios con cada uno con

los que sub-contrate y a su vez facturar como ingreso propio la comisión un (porcentaje) por la

intermediación, sobre el cual se le efectúa una retención en la fuente del 11% correspondiente a

honorarios si es declarante de renta, o del 10%, si no lo es. Así mismo debe facturar como ingreso

propio, la tarifa administrativa, por la tramitación de los pasajes.

De tal forma que:

- Sobre los ingresos por Cuenta de Terceros, no se efectúa ninguna Retención.

Sobre la Tarifa Administrativa, se efectúa una Retención en la Fuente del 4%.

Sobre el Valor de los Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuete por

concepto de Renta del 11% si es Declarante de Renta o 10% si no lo es.

- Sobre el Valor Facturado por concepto de IVA, sobre la Tarifa Administrativa, una Retención

del 15%.

- Sobre el Valor de la Tarifa Administrativa, una Retención por concepto de ICA, del 9.66 por mil

(0.966%).

- Sobre el Valor de Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuente por ICA, del

6.9 por mil (0.690%).

Las bases mínimas son para efectuar Retención en la Fuente son:

parencia y de

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Bogotá D.C

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GENERAL DE LA NACIOM

Tarifa Administrativa 4 UVT ($28.279 x 4 = $113.116)

En el caso de Honorarios NO, tiene base mínima.

La Entidad verificará las operaciones aritméticas de los componentes de los valores. En caso de

presentarse error de esta índole y/o de la multiplicación de los valores que señale el proponente en el

cuadro presentado, la Entidad los corregirá y se tendrá en cuenta el valor corregido para efectos de la

adjudicación.

El precio ofrecido en la propuesta debe expresarse en pesos colombianos.

EL VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA NO PODRÁ SUPERAR EL MONTO TOTAL DELPRESUPUESTO OFICIAL DESTINADO PARA EL PROCESO CONTRACTUAL, SO PENA DE

RECHAZO DEL OFRECIMIENTO.

El proponente deberá diligenciar en su totalidad la información que se solicita en el Anexo FORMATO

DE PROPUESTA ECONÓMICA, e indicar el precio que se ofrece, el cual se debe expresar en pesoscolombianos, indicando el valor del IVA. En el evento que el proponente no cotice algún ítem, su

propuesta será objeto de rechazo.

LA PROPUESTA DEBERÁ PRESENTARSE EN FORMA TOTAL Y ASÍ SERÁ LA ADJUDICACIÓN.

Se señala como opción el otorgar el mayor puntaje a quien ofrezca el menor precio, ya que la Entidad

indica en forma clara las especificaciones técnicas de los servicios que se pretenden adquirir, por lo

que resulta ventajoso evaluar el menor precio ajustado a los precios reales del mercado.

11.2 FACTOR DE CALIDAD (300 PUNTOS)

Las condiciones a evaluar por este aspecto se entienden adicionales a los requerimientos mínimos

exigidos al proponente. En este sentido, los ofrecimientos que por este aspecto de calidad formule por

escrito el oferente no tendrán ningún costo adicional para la Procuraduría.

A la propuesta que ofrezca mejorar la calidad del servicio se le asignará un puntaje máximo de 300

puntos y su ponderación se realizará de acuerdo a la siguiente tabla:

N°.

1

ASPECTO

SUMINISTRO DE

KIT (BLOCK DE

NOTAS,

BOLÍGRAFO Y

NORMAS

IMPRESAS)

SUB - ASPECTO

EL PROPONENTE QUE OFREZCA MEJORAR LA

ATENCIÓN DENTRO DEL EVENTO DE CAPACITACIÓN

SUMINISTRANDO SIN COSTO ADICIONAL EL KIT DE

CAPACITACIÓN COMPUESTO POR UN BLOCK DE

NOTAS, UN BOLÍGRAFO Y NORMAS IMPRESAS PARA

CADA ASISTENTE A LOS 21 EVENTOS DE

CAPACITACIÓN

PUNTAJE A

ASIGNAR

300 PUNTOS

El oferente para obtener el puntaje asignado a cada uno de los anteriores sub aspectos, debe cumplir lo

siguiente:

• La persona que represente al proponente y que suscriba la carta de presentación de la

oferta, deberá hacer la manifestación expresa dentro de su propuesta, del ofrecimiento de

cada uno de los sub aspectos ofrecidos.

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GÉIRAL DE UIUCIOII

SI NO CUMPLE CON LO ANTERIOR, NO SE OTORGARÁ PUNTAJE

PRECIOS DEL MERCADO DE LOS ADICIONALES

N°.

1

ASPECTO

SUMINISTRO DE

KIT (LIBRETA,

ESFERO.MEMORIA

USB)

SUB - ASPECTO

EL PROPONENTE QUE OFREZCA MEJORAR LA

ATENCIÓN DENTRO DEL EVENTO DE CAPACITACIÓN

SUMINISTRANDO SIN COSTO EL KIT DE CAPACITACIÓN

COMPUESTO POR BLOCK DE NOTAS, UN BOLÍGRAFO

Y NORMAS IMPRESAS PARA CADA ASISTENTE A LOS

21 EVENTOS DE CAPACITACIÓN

VALOR

PROMEDIO

Entre el 3% v

el 6% del

presupuesto

oficial

JUSTIFICACIÓN DEL FACTOR DE CALIDAD

Los aspectos incluidos como factor de calidad, constituyen un valor agregado al objeto contractual y a

su obligación principal (logística para eventos de capacitación). Contar con estos elementos garantiza

mejores condiciones para los asistentes a los eventos de capacitación y a su vez permite interactuar

con el capacitador teniendo acceso a las normas objeto de divulgación.

11.3 ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL

Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de cien (100) puntos y se tendrá

en cuenta lo establecido en la Ley 816 de 2003, artículo 1, parágrafo, modificado por el Decreto Ley

19 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1, que define los servicios nacionales,

disponiendo que "(...) son los servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en

Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana (...)" y

artículo 2.2.1.2.4.1.3 que indica la existencia de trato internacional así "(...) La Entidad Estatal debe

conceder trato nacional a : (a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los

cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos

Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo

Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de

bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la

normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios

prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la

regulación andina aplicable a la materia.

El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la

situación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no es

requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los literales (a) y (c) anteriores. Para

constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el

Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y

contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar apoyo técnico del Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo o de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales.

Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser

publicados en la forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. La

vigencia de los certificados será de dos años contados a partir de su expedición, sin perjuicio de que

el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o Colombia Compra Eficiente puede determinar vía

circular la forma como el Ministerio de Relaciones Exteriores debe constatar que los oferentes de

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PROCUFGENERALDEUNACKW

bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional y de revisar y comparar la normativa en materia

de compras y contratación pública para la expedición del certificado.

Para personas naturales, la cédula de ciudadanía certifica la nacionalidad y la visa de residente

certifica la residencia. Para personas jurídicas se verifica con el certificado de existencia y

representación legal, si el domicilio de la persona está dentro del territorio nacional.2

El puntaje se asignará en cada uno de los casos será el siguiente:

Protección a la Industria Nacional

Servicios nacionales

Servicios extranjeros que incorporen componente colombiano

de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos

Servicios extranjeros

Puntaje máximo

100

50

0

12. FACTORES DE DESEMPATE.

Con el fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta situación

en la puntuación de dos o más ofertas de manera que una y otra queden ubicadas en el primer orden

de elegibilidad, se escogerá al proponente que tenga el mayor puntaje en la evaluación del factor

precio. De continuar el empate, se seleccionará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el factor

de calidad.

Si persiste el empate, la Entidad utilizará las reglas señaladas en el Decreto 1082 de 2015, artículo

2.2.1.1.2.2.9. En caso tal que se requiera, el método aleatorio a utilizar será el sorteo por balota.

13. MECANISMO DE COBERTURA QUE GARANTIZA LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON

OCASIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.

Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento del

contrato y de su liquidación que pueda surgir para la administración por las actuaciones, hechos u

omisiones del contratista, éste debe presentar como mecanismo de cobertura del riesgo, cualquiera

de las garantías que de conformidad con el Decreto 1082 de 2015 sean aplicables, con la siguiente

cobertura:

AMPARO

Devolución del Pago Anticipado

Cumplimiento del contrato

Calidad del Servicio

Pago de salarios, prestaciones

Sociales e Indemnizaciones

laborales

PORCENTAJE (%)

SOBRE EL VALOR

TOTAL DEL CONTRATO

(100%) del valor girado en

calidad de pago anticipado

30%

30%

5%

VIGENCIA

Plazo de ejecución del contrato y seis (6)

meses mas

Tiempo de ejecución del contrato y seis (6)

meses más, contados a partir de la suscripción

del acta de inicio.

Plazo de ejecución del contrato (desde la

fecha del primer evento) y seis (6) meses,

contados a partir de la terminación del

contrato.

Tiempo de ejecución del contrato y tres (3)

años más, a partir de la suscripción del

contrato.

Manual para el manejo de los incentivos en los procesos de Contratación - Colombia Compra Eficiente, actualizado el 15 de diciembre de 2014

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GBEMLDELAIttCION

Responsabilidad Civil

Extracontractual3200 SMMLV

Tiempo de ejecución del contrato a partir de la

suscripción del mismo.

Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigencias antes señalados, ya que

teniendo en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar y las obligaciones a cargo del contratista, la

Entidad debe estar cubierta de los perjuicios derivados por el incumplimiento total o parcial a cargo del

contratista; garantizar la calidad del servicio; el pago del valor de las multas y de la cláusula penal

pecuniaria; y el cumplimiento de las obligaciones laborales derivadas de la contratación de personal

para la ejecución del contrato. La póliza de RCE debe cubrir los eventos previstos en el Decreto 1082

de 2015

Nota: En todo caso, el contratista se compromete a ajustar la vigencia de los amparos de la garantía a

partir de la suscripción del acta de inicio, así como a ampliar el valor de la misma o su vigencia, en el

evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, en virtud de lo

consagrado en el artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015.

14. ANÁLISIS DEL RIESGO

De acuerdo con la evaluación del riesgo que el proceso representa para el cumplimiento de las metas

y objetivos de acuerdo con el manual y guías de Colombia Compra Eficiente, se elaboró la matriz:

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Descripción

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Variación de los

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Consecuencia

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ocurrencia del

evento

Imposibilidad de

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Rompimiento

del equilibrio

económico del

contratista para

cumplir con lo

pactado

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' Esta póliza deberá contener en forma expresa y en adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos

estipulados por el Decreto 1510 de 2013, artículo 137. En esta póliza de responsabilidad extracontractual, el Contratista debe aportar la

constancia de pago de la prima correspondiente.

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15. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO

En contrato se entenderá legalizado con la suscripción del mismo y cuando se efectúe el

correspondiente registro presupuestal por parte de la Procuraduría General de la Nación.

En el momento de la firma del contrato el contratista deberá:

Diligenciar el formulario Beneficiario-cuenta en el cual indicará el número de cuenta corriente o de

ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta que debe

figurar a nombre y con el NIT del contratista.

Para efectos de la expedición del certificado de registro presupuestal del contrato, debe anexar una

certificación de la entidad bancaria en la que conste el nombre del cuenta habiente, su número de

identificación, número de cuenta, tipo de cuenta y si a la fecha está activa. Ésta documentación

formará parte integral del contrato. El nombre del contrato y el número de identificación debe ser el

mismo en el contrato, en el formulario Beneficiario Cuenta, en la certificación del banco y en las

facturas que posteriormente se presenten.

Allegar la certificación que acredite que el contratista se encuentra al día con el pago de aportes

parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y

Cajas de Compensación Familiar, según corresponda.

16. CONDICONES DEL CONTRATO A CELEBRAR

a. Plazo de ejecución

El plazo de ejecución del contrato será de tres meses contados a partir de la legalización del contrato,

las fechas probables de realización de las jornadas de divulgación se encuentran establecidas de

acuerdo al cronograma de eventos debidamente informado por la Procuraduría General de la Nación

en el anexo No. 1, Especificaciones Técnicas Mínimas del Servicio de este documento, en todo caso

no podrá exceder el 31 de Diciembre de 2015. El acta de inicio, se suscribirá dentro de los tres (3)

días hábiles siguientes a la fecha de legalización del contrato.

b. Lugar de ejecución

Aunque los eventos se desarrollaran en veintiún (21) Ciudades, se tendrá como domicilio contractual

para todos los efectos legales la ciudad de Bogotá D.C.

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PROCURADURÍAGENERALDELANACION

17. CLAUSULA DE INDEMNIDAD

EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA PROCURADURÍA libre de cualquier daño

o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de

sus subcontratistas o dependientes.

18. CLÁUSULA DE SUBCONTRATACIÓN

En caso que el CONTRATISTA subcontrate con terceros la ejecución de actividades relacionadas

con el objeto del contrato, no exonerará a éste de la responsabilidad de ejecución del contrato ni del

cumplimiento de la totalidad de las obligaciones derivadas de este. LA PROCURADURÍA no tendrá

ninguna vinculación con el subcontratista.

19. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO

Para el presente proceso no se requiere de interventoría externa, la Entidad considera que no se

requiere de interventoría externa debido a que se cuenta con personal de planta idóneo y suficiente

para realizar el seguimiento técnico, financiero y jurídico sobre el cumplimiento del contrato.

La coordinación general del contrato será ejercida por la Viceprocuradora General de la Nación -

Coordinadora del Grupo de Transparencia y el Derecho de acceso a la información pública de la

Entidad.

La supervisión del contrato estará a cargo de funcionarios adscritos al Grupo de Transparencia y el

Derecho de acceso a la información pública de la Entidad.

El (los) funcionario(s) designado(s) como supervisor(es) deberá(n) llevar a cabo el seguimiento y

control del contrato de conformidad con lo dispuesto por la Ley 1474 de 2011[1] y el Manual de

contratación de la Entidad, sin perjuicio de las responsabilidades que le asisten a la Coordinadora del

Grupo de Transparencia y el Derecho de acceso a la información pública de la Entidad en relación con

la supervisión de la contratación solicitada.

20. LIQUIDACIÓN Y CIERRE DEL EXPEDIENTE

La liquidación del contrato se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en los artículos 60 de la

Ley 80 de 1993 y 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley 019 de

2012. La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8) meses siguientes a

la fecha de terminación del plazo de vigencia establecido en el contrato. En aquellos casos en que el

contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o

las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en

forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Código

de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Los amparos de la garantía única

que se constituyan, relacionados con las obligaciones a cargo del contratista, que queden pendientes

a la fecha de la suscripción del acta de liquidación, deberán permanecer vigentes hasta la satisfacción

total de las mismas. Culminado el término de vigencia del último de los amparos de la garantía de

cumplimiento, el supervisor deberá presentar un informe de cumplimiento, con el fin que se lleve a

cabo el cierre del expediente, lo anterior en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.4.3

del Decreto 1082 de 2015.

21. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública 49

Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027-

Bogotá D.C.

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«AGENERAL DEUHUCKHI

El proponente y posterior contratista responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades

o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (numeral 7 artículo 26 de la ley 80 de

1993).

22. INDICACIÓN SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDOCOMERCIAL

De conformidad con lo consagrado en los artículos 2.2.1.2.4.2.2 y 2.2.1.2.4.2.4 del Decreto 1082 de

2015, la presente convocatoria no puede limitarse a Mipymes, en atención a que el presupuesto de

este proceso de selección abreviada no se encuentra dentro del rango establecido en dicha norma.

De conformidad con el Manual para el manejo de los acuerdos Comerciales en proceso de

contratación, versión M-MACPC-06 publicado por Colombia Compra Eficiente, el presente proceso de

selección se encuentra cobijado por los siguientes Acuerdos comerciales.

ACUERDO

COMERCIAL

Canadá

Chile

Estados Unidos

El Salvador

Guatemala

Honduras

Estados AELC

México

Unión Europea

Comunidad Andina

de Naciones

ENTIDAD

ESTATAL

INCLUIDA

SI/NO

SI

SI

SI

Si

Si

NO

SI

NO

SI

SI

PRESUPUESTO DEL

PROCESO DE

CONTRATACIÓN SUPERIOR

AL VALOR DEL ACUERDO

COMERCIAL SI/NO

NO

NO

NO

NO INLUYE VALORES

NO INCLUYE VALORES

N/A

NO

N/A

NO

SI

EXCEPCIÓN

APLICABLE AL

PROCESO DE

CONTRATACIÓN

SI/NO

NO

NO

NO

SI

NO

N/A

NO

N/A

NO

NO

PROCESO DE

CONTRATACIÓN

CUBIERTO POR EL

ACUERDO

^COMERCIAL SI/NO

NO

NO

NO

NO

SI

N/A

NO

N/A

NO

SI

Teniendo en cuenta que al presente proceso le aplican los tratados de Guatemala y la

Comunidad Andina de Naciones, la Procuraduría General de la Nación establecerá los plazos

mínimos en ellos requeridos, teniendo en cuenta en todo caso, que el proceso fue publicado

en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad.

L CASTAÑEDA

dora General de la

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública

Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027-

Bogotá D C

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GEMERAL DE LA NACIÓN

ANEXO N° 1

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DEL SERVICIO

Los eventos de capacitación y promoción se desarrollaran en las siguientes ciudades, fechas

y contarán con el siguiente número estimado de asistentes; Tendrán una duración de cuatro

(4) horas a partir de su instalación, la cual no será después de las nueve (9:00 am) de la

mañana.

CALENDARIO DE EVENTOS DE CAPACITACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN

EVENTO

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

DEPARTAMENTO-CIUDAD

VAUPES-MITU

VICHADA - PUERTO

CARREÑO

CÓRDOBA-MONTERÍA

SAN ANDRÉS

GUAVIARE - SAN JOSÉ

VALLE DEL CAUCA -

BUENAVENTURA

CHOCO -QUIBDO

PUTUMAYO -PUERTOASÍS

META - ACACIAS

BOLÍVAR -CARTAGENA

GUAVIARE-FONSECA

QUINDIO -DOSQUEBRADAS

CAQUETA- FLORENCIA

CAUCA-POPAYAN

NORTE DE STDER - CUCUTA

TOLIMA-MARQUETALIA

NARINO - PASTO

ARAUCA - TAME

SANTANDER-SAN GIL

AMAZONAS- LETICIA

CUNDINAMARCA- UBATE

FECHA DE VIAJE DEL

CAPACITADOR

OCTUBRE 05 DE 2015

OCTUBRE 06 DE 2015

OCTUBRE 07 DE 2015

OCTUBRE 13 DE 2015

OCTUBRE 14 DE 2015

OCTUBRE 19 DE 2015

OCTUBRE 20 DE 2015

OCTUBRE 21 DE 2015

OCTUBRE 26 DE 2015

OCTUBRE 27 DE 2015

OCTUBRE 28 DE 2015

NOVIEMBRE 3 DE 2015

NOVIEMBRE 4 DE 2015

NOVIEMBRE 9 DE 2015

NOVIEMBRE 10 DE 2015

NOVIEMBRE 11 DE 2015

NOVIEMBRE 17 DE 2015

NOVIEMBRE 18 DE 2015

NOVIEMBRE 23 DE 2015

NOVIEMBRE 24 DE 2015

NOVIEMBRE 25 DE 2015

FECHA DEL EVENTO

DE CAPACITACIÓN

OCTUBRE 06 DE 2015

OCTUBRE 07 DE 2015

OCTUBRE 08 DE 2015

OCTUBRE 14 DE 2015

OCTUBRE 15 DE 2015

OCTUBRE 20 DE 2015

OCTUBRE 21 DE 2015

OCTUBRE 22 DE 2015

OCTUBRE 27 DE 2015

OCTUBRE 28 DE 2015

OCTUBRE 29 DE 2015

NOVIEMBRE 4 DE 2015

NOVIEMBRE 5 DE 2015

NOVIEMBRE 10 DE 2015

NOVIEMBRE 11 DE 2015

NOVIEMBRE 12 DE 2015

NOVIEMBRE 18 DE 2015

NOVIEMBRE 19 DE 2015

NOVIEMBRE 24 DE 2015

NOVIEMBRE 25 DE 2015

NOVIEMBRE 26 DE 2015

TOTAL CAPACITADOS

FUNCIONARIOS Y

CIUDADANOS A

CAPACITAR

100

100

250

100

100

200

150

150

200

250

150

250

150

250

250

200

200

200

200

100

200

3.750

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública

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JRIAGENERAL DEUIUCION

Las fechas de los eventos establecidas en el cuadro "calendario de eventos de

capacitación provecto de inversión" detallado anteriormente, podrán ser modificadas por

parte del área encargada de capacitar según su agenda y compromisos a cumplir, sin que

las mismas se reprogramen en días viernes a portas de fin de semana. Estas modificaciones

serán notificadas al contratista como mínimo con 10 (diez) días hábiles de anterioridad,

para realizar la reprogramación del evento y su costo deberá ser atendido en su

totalidad por el contratista.

Del mismo modo, cuando por diferentes circunstancias se deba cancelar un evento de

capacitación, la PGN deberá informar de la cancelación con 10 días hábiles de

anterioridad al contratista, quien asumirá los gastos en que se haya incurrido.

La Procuraduría General de la Nación no asumirá ningún costo por reprogramación de

eventos.

RECURSO HUMANO POR EVENTO

1. Dos (2) meseros durante toda la duración del evento.

2. Dos (2) relacionistas para realizar la gestión administrativa de convocatoria (confirmación

de asistencia), el registro de los asistentes conforme al formato REG-PR-00-010 de la

Procuraduría General de la Nación, que será entregado por el Grupo de Transparencia.

Así mismo los relacionistas deberán entregar los materiales de apoyo a los asistentes,

tomar las fotos y video del evento para la elaboración de los registros de los eventos.

3. Un (1) jefe de sala que coordine las actividades logísticas del evento como, distribución

de materiales, ubicación y funcionamiento de los equipos audiovisuales, presentación del

evento siguiendo para ello el protocolo establecido por la Oficina de Prensa de la

Procuraduría General de la Nación, entre otras.

4. Un (1) auxiliar general durante el evento para atender las necesidades como, movilización

del micrófono inalámbrico a los asistentes, tomar nota de las preguntas de los asistentes,

entre otras actividades que se puedan presentar en el desarrollo del evento.

RECURSOS FÍSICOS POR EVENTO

5. Suministro de Auditorio con capacidad establecida para el número de personas referidas

en el cuadro "calendario de eventos de capacitación provecto de inversión" detallado

anteriormente en esta misma sección. El auditorio deberá estar debidamente dotado con

sillas cómodas, limpias y en buen estado, mesa principal y atril. El auditorio debe brindar

condiciones óptimas de calidad, comodidad y seguridad para los asistentes tales como

iluminación natural y artificial suficiente y adecuada, ventilación que incluye aire

acondicionado y aislamiento de ruidos exteriores, disponibilidad de mínimo dos (2)

baterías de baños para hombres y dos (2) para mujeres y salida(s) de emergencia. La

ubicación del lugar debe ser aprobada previamente por el Supervisor.

6. Las mesas de trabajo deben tener capacidad de ocho (8) a diez (10) personas.

7. Lugar para realizar inscripciones y acreditación incluyendo mesa, sillas y conexiones

eléctricas.

8. Mesas para la distribución de los refrigerios.

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública 45

Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027-

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GBÜJkLDEUlUCION

9. Estación de café para suministrar agua, café, aromática para mínimo 100 personas y

máximo 250 personas. Bebida mínimo 75 ce.

10. Conexión a Internet gratuita o WiFi.

GESTIÓN ADMINISTRATIVA POR EVENTO

El operador deberá prestar el apoyo realizando la confirmación de los asistentes a los

eventos de capacitación de acuerdo a la lista que le será entregada vía email por parte del

Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública al contratista

con no menos de diez (10) días hábiles de anticipación al evento.

La capacitación debe estar programada con quince (15) días hábiles de antelación como

mínimo. Cancelaciones diez (10) días hábiles antes.

Cuando por razones de fuerza mayor no se pueda realizar el evento de capacitación en la

fecha indicada, se podrá pactar por las partes una nueva fecha sin que exceda los cinco

días (5) días hábiles siguientes a la fecha inicialmente programada para el evento.

El proponente debe garantizar con su oferta, que dentro de las instalaciones donde se

ejecutará cada evento, cuenta con el servicio de primeros auxilios y de atención médica

inmediata y permanente, con el fin de brindar un mejor servicio en beneficio de la salud y

bienestar de las personas que participarán en las capacitaciones.

El operador en los casos que sea necesario deberá coordinar con la Policía Nacional,

Cruz Roja, Defensa Civil y Bomberos, el apoyo requerido para la realización del evento,

según necesidades requeridas por el número de asistentes y teniendo en cuenta las

disposiciones de seguridad para eventos masivos establecidas en el lugar de realizacióndel mismo.

EQUIPOS TÉCNICO POR EVENTO (AUDIO/ SONIDO):

11. Mínimo Un (1) Video beam.

12. Dos (2) computadores.

13. Mínimo Una (1) pantalla de proyección.

14. Dos (2) micrófonos inalámbricos.

15. Sonido básico para el auditorio.

16. Cámara fotográfica y de video de alta resolución

TRANSPORTE POR EVENTO:

17.Transporte aéreo para un (1) capacitador ida (un día antes del evento) y regreso (el

mismo día del evento) desde la ciudad de Bogotá a la ciudad destino de la capacitación.

18.Transporte Terrestre al capacitador dentro de la ciudad de la capacitación, a los lugares

que resulten necesarios; aeropuerto-hospedaje, hospedaje - lugar del evento, lugar del

evento- hospedaje y hospedaje - aeropuerto, y las demás contingencias que se presenten

en el desarrollo del evento.

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública ac.Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027- 4O

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PROCUFGENERALDELAHACIOM

19. En el caso de que se cancele el vuelo por motivos ajenos a la voluntad de la Procuraduría

General de la Nación, o del Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la

Información Pública o del capacitador, el operador debe realizar la reprogramación del

vuelo para el viaje del capacitador y asumirá todos los costos de transporte, alimentación

y hospedaje.

20. Para aquellas ciudades en las cuales no existan vuelos diarios o frecuentes de ida y

regreso a Bogotá, el operador deberá prever tal circunstancia y correrá con los gastos de

hospedaje, trasporte y de alimentación al capacitador por el tiempo que resulte necesario

hasta su regreso a Bogotá.

Cualquier cambio por solicitud del capacitador en el itinerario en tiquetes u hospedajes por

causas ajenas a la Procuraduría General de la Nación o al organizador del evento, deberá ser

asumido por el capacitador incluyendo gastos de alimentación, estadía y transporte.

El operador deberá garantizar en su oferta la entrega de los pasajes a la entidad con una

antelación de 48 horas a la salida del vuelo.

La Procuraduría General de la Nación comunicará con mínimo con diez (10) días

hábiles de antelación a la realización del evento, cualquier modificación respecto a las

fechas, al tiempo de duración del mismo, así como cualquier modificación que

considere necesaria; para que el operador realice la reprogramación respectiva del

evento. En ningún caso la Procuraduría General de la Nación reconocerá valor alguno

por reprogramación de eventos.

HOSPEDAJE POR EVENTO:

21. Hospedaje de una (1) noche para el capacitador, que llegará a la ciudad con un día de

anticipación al evento. En ciudades en las cuales no exista posibilidad de que el

capacitador regrese al día siguiente, el operador deberá brindar hospedaje por dos

noches, transporte y alimentación hasta el regreso a Bogotá del capacitador.

22. El contratista debe disponer en las diferentes ciudades de un hotel con condiciones de

habitabilidad, seguridad, comunicación, higiene y calidad, con clasificación mínima de tres

(3) estrellas. En ausencia de la clasificación de estrellas en la Ciudad del evento, debe

tener los mismos servicios y calidad referidos en la resolución No. 657 del 8 de abril de

2005 y la resolución 320 del 21 de febrero de 2006, del Ministerio de Comercio, Industria y

Turismo.

23. El operador deberá garantizar la alimentación para el capacitador, una vez éste llegue a la

ciudad del evento de capacitación y hasta su partida a la ciudad de Bogotá,

(cena/desayuno/almuerzo, etc.).

El operador deberá comunicar al supervisor del contrato con antelación, las diferentes

opciones a escoger en los que se alojará el capacitador, los cuales deben cumplir con las

condiciones establecidas en los estudios previos.

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública 47

Calle 15 No,. 5-80 P 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027-

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mocil!GENERALDELANACIOM

En ningún caso la Procuraduría General de la Nación asumirá gastos por servicios que no

estén previamente autorizados, tales como: mini bar, lavandería, llamadas telefónicas a

celulares o larga distancia nacional o internacional, alimentación diferente a la contratada y en

general servicios no autorizados.

REFRIGERIOS Y ESTACIÓN DE CAFÉ POR EVENTO:

24. En el evento de capacitación el operador deberá contar con una estación de café para

suministrar agua, café y aromática para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.

25. Del mismo modo, el operador debe suministrar un refrigerio en bandeja que contenga un

carbohidrato (pastel, dona, croissant, ponqué), una proteína (jamón, queso, carne), una

vitamina (fruta), una bebida Ougo, gaseosa), para mínimo 100 personas y máximo 250

personas.

El operador deberá comunicar con antelación al supervisor del contrato para su aceptación,

las diferentes opciones de los refrigerios y las características físicas del auditorio o lugar de la

conferencia, cumpliendo con las condiciones establecidas en los estudios previos.

Los alimentos, bebidas, refrigerios y menaje para los asistentes serán cancelados al

contratista según el consumo final certificado por el capacitador del evento previo informe del

contratista.

MATERIAL DIDÁCTICO:

26. El operador se compromete a armar y entregar un kit de apoyo a los asistentes al inicio de

cada evento, el cual debe contener como mínimo una carpeta identificada con los colores y el

logo institucional de la Procuraduría General de la Nación, el nombre del Grupo de

Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública de la Procuraduría General

de la Nación y deberá contener impresa la Ley 1712 de 2014, el Decreto 103 de 2015 y la

conferencia que será dictada por el capacitador, un bolígrafo y un block de notas.

27. El kit descrito en el numeral que antecede deberá ser aprobado previamente por el Grupo

de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública de la Procuraduría

General de la Nación.

28. Así mismo, el operador se obligará a entregar a la Procuraduría General de la Nación -

Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública, un DVD que

contenga las memorias de los eventos de capacitación en fotos y videos de cada uno de las

presentaciones de capacitación. Igualmente, el operador entregará a la Procuraduría General

de la Nación estas memorias fotográficas de los eventos de capacitación en una carpeta de

manera impresa.

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública 40

Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027-

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