evaluaciones y campañas 2013

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE APARCAMIENTOS La campaña de inspección se lleva a cabo por 21 Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo durante los meses de abril, mayo y junio de 2013. Se visitan aparcamientos públicos situados en el término municipal de Madrid cuya modalidad de prestación de servicio sea la de estacionamiento rotatorio. El número de aparcamientos a controlar inicialmente previsto durante esta campaña es de 202. Los inspectores comprueban los siguientes aspectos específicos de la misma: 1) Que en los aparcamientos se informe antes de contratar y de manera fácilmente perceptible sobre los precios, horarios y las normas de uso y funcionamiento del aparcamiento, incluido si es práctica habitual el requerir al usuario la entrega de las llaves del vehículo. 2) Que no se exhiban cláusulas o leyendas que exoneren a los titulares de aparcamientos de la obligación de restitución del vehículo en el estado en que les fue entregado, 3) Cuando los aparcamientos cuenten con un servicio especial de guarda y vigilancia, se verificará que existe en el exterior del aparcamiento información suficiente que permita a los usuarios identificar la prestación de un servicio especial. 4) Que cobren el precio por minuto de estacionamiento, sin posibilidad de redondeos a unidades de tiempo no efectivamente consumidas o utilizadas. 5) Que se entregue justificante o resguardo de aparcamiento. Y que este documento contenga: La identificación del vehículo. Entrega de llaves del vehículo, en su caso. Día, hora y minuto de entrada En lo que respecta a los aspectos generales que deben cumplirse, se controla: 1) Que se entregue documento justificativo por los pagos efectuados y que en dicho documento figure la identidad personal o social y fiscal del titular del aparcamiento, la cantidad abonada, el concepto y la fecha. 2) Que posean hojas de reclamaciones y exhiban el cartel anunciando las mismas al público. 3) Que en los carteles que exhibe el aparcamiento o en la publicidad que emite no existan cláusulas abusivas que limiten los derechos reconocidos en la Ley a los consumidores. Esto mismo es aplicable a las leyendas que puedan incluirse en facturas o tickets. Esta campaña cuenta con los antecedentes de las realizadas en los años 2007 y 2010. En la campaña realizada en el año 2010 se visitaron un total de 223 aparcamientos, detectándose irregularidades de diversos tipos en 140, lo que en términos relativos supone el 62,8% del total controlado.

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Evaluaciones y campañas 2013

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Page 1: Evaluaciones y campañas 2013

Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE APARCAMIENTOS

La campaña de inspección se lleva a cabo por 21 Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo durante los meses de abril, mayo y junio de 2013. Se visitan aparcamientos públicos situados en el término municipal de Madrid cuya modalidad de prestación de servicio sea la de estacionamiento rotatorio.

El número de aparcamientos a controlar inicialmente previsto durante esta campaña es de 202.

Los inspectores comprueban los siguientes aspectos específicos de la misma:

1) Que en los aparcamientos se informe antes de contratar y de manera fácilmente perceptible sobre los precios, horarios y las normas de uso y funcionamiento del aparcamiento, incluido si es práctica habitual el requerir al usuario la entrega de las llaves del vehículo.

2) Que no se exhiban cláusulas o leyendas que exoneren a los titulares de aparcamientos de la obligación de restitución del vehículo en el estado en que les fue entregado,

3) Cuando los aparcamientos cuenten con un servicio especial de guarda y vigilancia, se verificará que existe en el exterior del aparcamiento información suficiente que permita a los usuarios identificar la prestación de un servicio especial.

4) Que cobren el precio por minuto de estacionamiento, sin posibilidad de redondeos a unidades de tiempo no efectivamente consumidas o utilizadas.

5) Que se entregue justificante o resguardo de aparcamiento. Y que este documento contenga:

• La identificación del vehículo. • Entrega de llaves del vehículo, en su caso. • Día, hora y minuto de entrada

En lo que respecta a los aspectos generales que deben cumplirse, se controla:

1) Que se entregue documento justificativo por los pagos efectuados y que en dicho documento figure la identidad personal o social y fiscal del titular del aparcamiento, la cantidad abonada, el concepto y la fecha.

2) Que posean hojas de reclamaciones y exhiban el cartel anunciando las mismas al público.

3) Que en los carteles que exhibe el aparcamiento o en la publicidad que emite no existan cláusulas abusivas que limiten los derechos reconocidos en la Ley a los consumidores. Esto mismo es aplicable a las leyendas que puedan incluirse en facturas o tickets.

Esta campaña cuenta con los antecedentes de las realizadas en los años 2007 y 2010. En la campaña realizada en el año 2010 se visitaron un total de 223 aparcamientos, detectándose irregularidades de diversos tipos en 140, lo que en términos relativos supone el 62,8% del total controlado.

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RESULTADOS CAMPAÑA APARCAMIENTOS

Durante la campaña, 21 Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo han visitado 221 aparcamientos, detectándose irregularidades en 111, lo que supone un porcentaje del 50,2%,

103

223 221

62,8 50,2

24,8

0

50

100

150

200

250

2007 2010 20130

20

40

60

80

100

Nº inspecciones % infracciones

En la campaña se han controlado los siguientes aspectos:

• Si se entregan a los usuarios los documentos justificativos del depósito del vehículo y del pago efectuado por el servicio recibido, así como el contenido de los mismos.

• La información que se ofrece en relación con la prestación del servicio, en especial respecto a precios, horarios, instrucciones de uso y servicios especiales adicionales.

• La existencia hojas de reclamaciones y cartel anunciador de las mismas.

• La ausencia de cláusulas abusivas que limiten los derechos reconocidos a los usuarios.

A este respecto, en el 99,5% de las inspecciones se ha comprobado la entrega de documento justificante de depósito del vehículo, detectándose que en el 9,6% de estos no figura la identificación del vehículo. Igualmente, cuando el cliente entrega las llaves del vehículo al responsable del aparcamiento, no se refleja en el 24,1% de los casos, hecho que obligatoriamente debe hacerse constar.

Por otro lado, no informa sobre los precios, los horarios y sobre las normas de uso y funcionamiento del aparcamiento, el 3,2%, el 6,3% y el 7,2% de los aparcamientos inspeccionados, respectivamente, siendo estos porcentajes inferiores a los registrados en la campaña anterior.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

2,9

7,2

3,2 2,9

9,9

6,3

1

7,6 7,2

0

5

10

15 %

No informa sobre precios No informa sobre horarios No informa sobre normasde fucionamiento

2007 2010 2013

En cuanto a los servicios adicionales ofrecidos por el aparcamiento, se ha

comprobado que, cuando es práctica habitual que se entreguen las llaves del vehículo al aparcamiento no se notifica en el 3,2% de los mismos (en el 2010 el 20,8%), así como que, si cuenta con un servicio especial de guardia y vigilancia no se comunica al cliente en el 6,4%, frente al 13,2% en la campaña anterior.

En cuanto a los justificantes de pago, se hace entrega de lo mismos en

todos los aparcamientos, no obstante, en un 3,1% no se incluyen los datos de identificación del prestador del servicio.

1 0,90

1

9

3,1

0

2

4

6

8

10%

No se entrega justificante depago

El justificante está incompleto

2007 2010 2013

Por último, el 5,8% de los aparcamientos inspeccionados no dispone de las hojas de reclamaciones, y el 7,1% no anuncia mediante el cartel oficial la existencia de las mismas.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE AUTOESCUELAS

Durante los meses de agosto a noviembre de 2013, el Ayuntamiento de Madrid, a través de su Instituto Municipal de Consumo, lleva a cabo la campaña de inspección y control de autoescuelas, con el fin de comprobar la adecuación de estos establecimientos a la normativa que los regula, desde el punto de vista de los derechos e intereses económicos del consumidor, así como la evolución del sector con respecto a los resultados obtenidos en la campaña del pasado año.

En esta ocasión, los objetivos generales perseguidos con la realización

de la presente campaña, en la que 21 Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo tienen previsto visitar 200 autoescuelas, son:

• Sensibilizar al sector sobre la responsabilidad que tienen de ofrecer a los usuarios información suficiente y adecuada, así como a garantizar sus derechos.

• Recoger información y analizar los datos obtenidos sobre la prestación de servicios en el sector de las autoescuelas y su problemática, con el fin poder adoptar las medidas necesarias para la defensa de los derechos de los consumidores, en especial, los relativos a la protección de sus legítimos intereses económicos.

• Detectar los hechos que pudieran ser constitutivos de infracción a los efectos sancionadores correspondientes.

En concreto, para hacer efectivo lo anterior, se está inspeccionando la adecuación a la normativa de los siguientes aspectos:

• La autorización administrativa para poder ejercer la actividad.

• La información sobre los precios de los servicios e identidad del responsable de la oferta.

• La publicidad y cláusulas exhibidas.

• Los contratos suscritos entre la autoescuela y los alumnos.

• Los documentos y facturas utilizadas como justificante de los pagos efectuados.

• Las hojas de reclamaciones y cartel anunciador.

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CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS DE COMPRAVENTA DE ARTÍCULOS DE SEGUNDA MANO

Veintinueve Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo, visitan alrededor de 85 establecimientos donde se ofrecen productos de segunda mano para verificar el cumplimiento de la normativa legal que regula dicha actividad.

Entre las cuestiones a inspeccionar en la campaña, se pueden citar los siguientes aspectos:

DOCUMENTACIÓN.

Se comprueba que exhiben en lugar visible el cartel con el NDP del local. Si se ha podido acceder al historial del local con anterioridad a la realización de la inspección, el inspector imprime dicho cartel y lo lleva consigo y, en caso de que no lo exhiba, hace entrega del mismo al responsable del local para que lo exponga.

INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD.

Se verifica que las leyendas y la publicidad que se exhibe en los establecimientos no inducen a error al consumidor y no van en contra de sus derechos.

En cuanto a las tarjetas de crédito, si se anuncia en el establecimiento sin ningún tipo de restricciones deben admitirse siempre, en caso de que existiera alguna restricción al pago con tarjeta, deberá anunciarse en el mismo lugar que se anuncien estas.

GARANTÍAS.

En el caso de que se haga referencia a la garantía o se informe sobre la misma, tendrán que comprobar que cumple con lo establecido en la normativa legal, esto es, que el vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega del producto, a no ser que el comprador y vendedor pacten un plazo menor de garantía que nunca podrá ser inferior a un año.

EXHIBICIÓN DE PRECIOS.

Se comprueba que se exhiben los precios de los productos que se comercializan, tanto los artículos del escaparate como los del interior del local.

DOCUMENTO JUSTIFICATIVO DE LA COMPRA.

Se comprueba, como es habitual, si entregan ticket o factura y si estos documentos incluyen la identidad personal o social y fiscal del proveedor, la cantidad abonada, el concepto por el que se satisface y la fecha.

HOJAS DE RECLAMACIONES.

Se comprueba la existencia de las hojas de reclamaciones y el anuncio de las mismas conforme a lo establecido en la normativa legal.

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CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS DE COMPRAVENTA DE ORO

El Instituto Municipal de Consumo, pone en marcha esta campaña en la que se inspeccionan alrededor de 40 establecimientos; el control se centra fundamentalmente en lo siguiente:

• Comprobar el grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de consumo en este tipo de establecimientos, en especial, en cuanto a la emisión y entrega a los usuarios de documentos justificativos del pago efectuado, la existencia de hojas de reclamaciones y cartel anunciador de las mismas, así como el anuncio de precios y condiciones de venta de los artículos.

• Verificar que las piezas de oro expuestas para su venta incorporan, de forma adecuada, la señal del punzón de identificación del origen de la pieza y la señal del punzón de garantía.

• Comprobar que los instrumentos de pesaje existentes han superado las distintas fases de control metrológico del Estado que les resulten aplicables.

Cada uno de los anteriores aspectos se lleva a cabo, respectivamente, por Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo del Ayuntamiento de Madrid, Técnicos del Organismo Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid y Técnicos de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid. Además, se cuenta con acompañamiento de agentes de la Policía Municipal.

CONTROL DE OBJETOS DE ORO

Se efectúa el control de 10 artículos de oro en cada establecimiento, con objeto de comprobar si cumplen con la Ley de Metales en cuanto a las marcas que tienen que llevar para estar a la venta.

CONTROL METROLÓGICO

Este apartado se lleva a efecto por técnicos adscritos a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, los cuales comprueban que los instrumentos de pesaje existentes han superado las distintas fases de control metrológico del Estado que les resulten aplicables.

INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD

Se comprueba la información de precios en el interior del local y que no existan cláusulas que vayan en contra de los derechos de los consumidores o les induzca a error, así como que los precios de los artículos a la venta están correctamente expuestos.

Además, si existe publicidad impresa, se vigila que lo anunciado se corresponde con lo ofertado, sobre todo en lo relativo a precios de compra.

Cuando en el establecimiento se ofrece la posibilidad de recuperar las piezas empeñadas, se verifica la entrega de justificante donde se identifiquen correctamente los artículos entregados y la ausencia de cláusulas abusivas en el mismo, así como que se informa sobre las condiciones para dicha restitución.

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DOCUMENTO JUSTIFICATIVO DE PAGO Y HOJAS DE RECLAMACIONES

Como es habitual en todas las campañas de inspección, se controla la entrega de ticket o factura y si estos documentos cumplen lo legalmente establecido en cuanto a su contenido, así como la existencia de hojas de reclamaciones a disposición de los consumidores y su anuncio de forma adecuada.

Una vez finalizada la campaña se analizan los resultados obtenidos y se inician los correspondientes expedientes sancionadores a los responsables de haber cometido alguna infracción

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RESULTADOS CAMPAÑA ESTABLECIMIENTOS DE COMPRAVENTA DE ORO

La campaña se ha iniciado en el mes de mayo y ha tenido su fin el 30 de junio, con un total de 31 establecimientos inspeccionados. La complejidad en la realización de las inspecciones, al tener que comprobar la garantía de los artículos que se ofertan, la verificación de los instrumentos de medida utilizados en las transacciones, así como las materias propias de consumo, ha motivado la necesidad de colaboración interadministrativa entre el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid, ya que se ha contado con la participación de Técnicos de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, Técnicos del Organismo Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid e Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo del Instituto Municipal de Consumo, con la colaboración de la Policía Municipal.

De las 31 inspecciones realizadas, en 24 establecimientos se han detectado deficiencias, lo que supone un 77,4% de irregularidades. Las infracciones detectadas han sido:

En lo que respecta a objetos de oro se controlaron en total 103 productos de distinto tipo que estaban a la venta (lingotes, anillos, pulseras, colgantes, pendientes, etc) y en ellos se verificó que el 51,5% no llevaba el punzón de origen, o el punzón de garantía o no se anunciaba la ley correspondiente del metal.

103

39

53

18

3 3 30

23

122

9

26

6 73

26

6 71

137 9

2

125 5 3

0

20

40

60

80

100

120

Total Anillos Collares Pendientes

TOTAL

Sin punzón de origen

Sin punzón de garantía

No anuncia la ley

En lo relativo al control metrológico de los instrumentos de medida el resultado fue:

-Que el 30,8% de los instrumentos no disponía de los marcados de control metrológico ni los marcados del fabricante y la clase de precisión.

-En el 41,7% el instrumento de control no disponía de verificación en vigor.

-En el 41,2% no existía libro de reparaciones o tarjeta de control metrológico.

-En el 33,3% no disponía de etiqueta de verificación.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

30,8 30,8

41,2

0

10

20

30

40

50%

No dispone de los marcadosde control metrológico

No posee los marcadosestablecidos (Fabricante,

clase de precisión, alcances,CE,…)

No existe libro dereparaciones o tarjeta de

control metrológico

En materia de consumo las irregularidades detectadas han sido:

-El 70,4% de los establecimientos que venden artículos de oro no se exhiben de manera adecuada los precios de los mismos, y en un 17,6% exhiben publicidad o carteles que pueden inducir a error al consumidor.

-En aquellos establecimientos donde se permite recuperar los artículos entregados, en el 10% no se entrega justificante que identifique claramente el producto entregado.

-En el 3,7% de los establecimientos controlados no se expide documento justificativo de los pagos efectuados. En los casos en los que se hace entrega de justificante el incumplimiento que se produce con relación al mismo es que en el 11,5% de los casos no consta la identidad personal o social y fiscal del proveedor del servicio.

-En el 25,8% de los establecimientos no dispone de hojas de reclamaciones a disposición del cliente y el 29% no anuncia las hojas de reclamaciones mediante el correspondiente cartel oficial.

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CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS DE PRODUCTOS DE TELEFONÍA

Durante los meses de julio a noviembre 9 Inspectores Técnicos de Consumo inspeccionan 200 establecimientos distribuidores de servicios de telefonía. La inclusión de esta campaña en el plan anual de actividades del Instituto Municipal de Consumo viene motivada por el elevado número de reclamaciones que este sector genera.

Durante la compaña se comprueba:

• Se recaba información sobre los distintos tipos de servicios contratados, comprobándose que la información que ofrecen de los mismos es suficiente y precisa, especialmente en lo relativo a los costes a satisfacer, las condiciones de permanencia, las penalizaciones aplicables en caso de no cumplir dicho periodo, etc.

• En los contratos realizados se verifica que se recogen las condiciones anteriores, y que no contienen cláusulas abusivas o que sean contrarias a los derechos de los consumidores, así mismo se comprueba que lo anunciado en la publicidad se corresponde con lo contratado, de manera que la publicidad no induzca a engaño al consumidor.

• La adecuada exhibición de los precios de los artículos que se ofrezcan en el establecimiento y que se cumplen los preceptos relativos al etiquetado y garantía de los mismos.

• Que se emite el correspondiente documento justificante del pago correctamente cumplimentado, es decir que contenga todos los datos exigibles por las normas que regulan la protección de los derechos de los consumidores.

• Que en los comercios del sector exhiben el cartel oficial que anuncia la existencia de las hojas de reclamaciones y que disponen de ejemplares de las mismas.

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CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS DE REFORMAS DEL HOGAR

Durante los meses de septiembre a noviembre, 9 Inspectores Técnicos

de Calidad y Consumo visitan 200 empresas del sector, para controlar que

cumplen, por un lado, los requisitos legales generales exigidos a todo

establecimiento comercial y, por otro, los aspectos específicos que regulan

esta actividad según el Decreto 35/1995, de 20 de abril, de la Comunidad de

Madrid, de prestación de servicios a domicilio.

En concreto, se hace especial hincapié en el control de los siguientes

aspectos:

La existencia de hojas informativas donde se especifiquen los precios de

mano de obra, desplazamiento y otros servicios ofertados, así como los

recargos a aplicar por trabajos efectuados con carácter de urgencia o fuera

de la jornada usual.

Los precios deberán incluir todo tipo de impuestos, cargas o

gravámenes, haciendo referencia a esta inclusión.

El anuncio y disposición de hojas de reclamaciones.

La elaboración de un presupuesto antes de la prestación del servicio que

incluya todos los datos exigidos por la normativa y la firma del cliente, salvo

renuncia expresa al mismo, en cuyo caso se entregará al cliente para su firma

una orden de trabajo con contenido acorde a normativa.

Que si el consumidor no acepta el presupuesto, solo se le cobre la

elaboración del mismo si el prestador acredita documentalmente que le ha

informado de la obligación de este pago, previamente a su solicitud.

Si se utilizan materiales usados, que en el presupuesto figure una

leyenda que exprese “Autorizo a la utilización de materiales usados“ y un

recuadro para la firma del cliente.

La entrega al consumidor de una factura en la que consten todos los

datos y leyendas exigidos.

Que el empresario tenga a disposición del consumidor justificación documental del origen, naturaleza y precio de los materiales utilizados en el servicio prestado.

Page 12: Evaluaciones y campañas 2013

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CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA (SAT)

Durante los meses de octubre a diciembre, 21 Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo visitan 91 SAT ubicados en la ciudad de Madrid. Las inspecciones se realizan tanto a los establecimientos oficiales de marca como a talleres independientes, controlando los servicios que se realizan a domicilio y los requisitos que deben cumplir a este respecto.

Los principales aspectos a controlar son:

• Si el establecimiento se anuncia como SAT oficial de marca,

que disponga de la autorización del fabricante o de su representante legal que así lo acredite.

• La elaboración de presupuesto previo por escrito incluyendo

todos los datos preceptivos y la conservación del mismo durante un periodo mínimo de seis meses, así como que se informa de la obligación de pagar por la elaboración del presupuesto cuando éste no es aceptado

• La entrega al cliente de un resguardo de depósito, acorde a la

normativa, si el aparato se queda en el taller para la realización de presupuesto o para su reparación.

• Que el empresario tiene la documentación acreditativa del

origen de las piezas de repuestos, vigilando especialmente si coincide el precio que figura en las mismas con el precio presupuestado y/o facturado.

• En los servicios a domicilio, si el prestador lleva la hoja informativa de precios aplicables por tiempos de trabajo, gastos de transporte y/o desplazamiento, los precios por servicios ofertados, así como los recargos a aplicar por trabajos efectuados con carácter de urgencia o fuera de la jornada laboral, incluyendo todo tipo de cargas y gravámenes. Dichos precios también deberán exhibirse en el establecimiento.

• Si las facturas se emiten correctamente y coincide el precio y

conceptos facturados con lo presupuestado detallando las operaciones realizadas.

• Que se garantiza la reparación por un periodo de validez

mínimo de tres meses, y se ofrecen los servicios de asistencia técnica conforme exige la normativa legal.

• Si están a disposición del público las preceptivas hojas de

reclamaciones y se anuncian correctamente.

• Que la publicidad que emiten los establecimientos no es engañosa, ni induce a error al consumidor o incluye cláusulas abusivas.

Page 13: Evaluaciones y campañas 2013

Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

RECOMENDACIONES PARA LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE REPARACIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS (SAT)

En caso de que se le averíe un electrodoméstico y decida repararlo en un SAT tenga presente la siguiente información:

Podrá acudir a un servicio oficial de marca o a un SAT independiente.

Consulte previamente la información sobre los precios de los servicios.

Todo usuario tiene derecho a un presupuesto previo escrito de las reparaciones o servicios que solicite, que tendrá una validez mínima de treinta días desde la fecha de comunicación del mismo, y en el que figurará con claridad el precio de la reparación. El taller sólo podrá cobrar la elaboración del presupuesto, cuando habiéndolo solicitado el cliente, aquél no fuera aceptado. Si el usuario no quiere presupuesto, deberá renunciar al mismo de forma expresa.

Cuando su aparato electrodoméstico quede depositado en un SAT, tanto para la elaboración de un presupuesto como para llevar a cabo una reparación, no se olvide de recoger el resguardo de depósito, salvo cuando le hagan presupuesto en ese momento, que firmado por el SAT y el usuario hará las veces de resguardo de depósito.

Los SAT están obligados a entregar factura en la que se detallarán las operaciones realizadas, las piezas de repuesto utilizadas y el tiempo de mano de obra empleado, con expresión de sus respectivos importes. Igualmente reflejará la cuantía de otros conceptos cobrados como desplazamientos, transporte, etc.

La cuantía y conceptos de la factura deberán coincidir con el presupuesto.

En las reparaciones efectuadas en el domicilio del usuario, los gastos de desplazamiento no podrán ser exigidos más que por una sola vez, aun cuando el servicio requiera varios desplazamientos. No se podrá cobrar desplazamiento si el usuario está ausente.

Todas las reparaciones o instalaciones realizadas por un SAT tendrán una garantía mínima de tres meses, la cual abarcará todos los gastos que se puedan ocasionar, tales como los de transporte y el desplazamiento de operarios, las piezas de repuesto y el material de cualquier clase que hubiera de utilizarse.

Las piezas de repuesto que se utilicen habrán de ser nuevas, teniendo derecho el usuario a la entrega de las piezas sustituidas, salvo en el caso de que la reparación esté amparada por la garantía del aparato.

Cuando crea que no se le atendió correctamente por un SAT, tiene derecho a presentar reclamación ante las autoridades competentes en materia de consumo, mediante las hojas de reclamaciones que habrá de entregarle el propio SAT, o por el medio que considere más adecuado.

Page 14: Evaluaciones y campañas 2013

Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE ETIQUETADO DE PRODUCTOS EN ESTABLECIMIENTOS POLIVALENES

Desde febrero hasta octubre del presente año, 9 Inspectores Técnicos de los Servicios de Inspección de Consumo visitan 350 establecimientos de comercio menor de toda clase de artículos, en los que controlan un total de 3000 productos, incidiendo preferentemente en los artículos industriales y textiles, por ser los que en mayor proporción se ofertan en estos locales.

En concreto, en las visitas de inspección se controlan los siguientes aspectos:

• El etiquetado de los artículos puestos a la venta, verificando que cumple las exigencias normativas para esta clase de productos, tales como la obligación de que figure en castellano y que indique, entre otros aspectos, la identidad del responsable del producto, así como la composición, las condiciones de uso y características esenciales del mismo.

• La exposición adecuada de los precios de venta al público de los artículos ofertados en el establecimiento, tanto en aquellos situados en el escaparate como en los que están en el interior del establecimiento.

• La entrega de factura o recibo de la compra, en el que consten los datos obligatorios, tales como la identidad del responsable del establecimiento, el concepto por el que se satisface el pago, el precio total y la fecha.

• La correcta exhibición el cartel anunciador de las hojas de reclamaciones y que las mismas estén a disposición de los consumidores que las soliciten.

• La información y la publicidad que se exhibe, para comprobar que respetan los derechos de los consumidores y no dan lugar a error. A este respecto, si en el establecimiento se anuncian tarjetas de crédito y al lado de estas no figura restricción alguna, debe admitirse el pago con las mismas.

En los casos en los que se detecte incumplimiento en los aspectos detallados, o en cualquier otro que incida sobre los derechos de los consumidores, se incoará un acta de inspección que se tramitará de forma reglamentaria.

Page 15: Evaluaciones y campañas 2013

Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

RESULTADOS CAMPAÑA ETIQUETADO PRODUCTOS EN

ESTABLECIMIENTOS POLIVALENTES

Durante la campaña se han visitado 553 establecimientos polivalentes, y han verificado el etiquetado de 5699 productos, principalmente artículos industriales y textiles, por ser los que en mayor proporción se ofertan en estos locales.

Se han encontrado deficiencias en el 17,2% de los establecimientos visitados, lo que supone una disminución considerable en las mismas en comparación con la anterior campaña realizada en el 2009, en la que un 43,7% de los 657 comercios inspeccionados presentaron irregularidades.

En cuanto a los aspectos concretos inspeccionados, se ha comprobado que en el 9,8% de los casos, la publicidad y las cláusulas exhibidas no respetan los derechos de los consumidores y les inducen a error, lo que supone un incremento porcentual de 4,3 puntos con respecto a la campaña del año 2009 (5,5%).

Por otra parte, han disminuido las irregularidades en la exhibición de los precios de venta de los artículos, tanto en el escaparate (3,5%), como en el interior del establecimiento (0,3%),

En todos los establecimientos inspeccionados se hace entrega del documento justificativo de compra, aunque en el 6,7% de los casos presenta alguna irregularidad destacando la no inclusión de la identidad del proveedor. En cuanto a las hojas de reclamaciones, no disponen de las mismas y no anuncian su existencia el 3,3% y el 3,5% de los comercios, respectivamente.

En el curso de la campaña se ha verificado el etiquetado de 5.699 artículos, 2.956 productos industriales y 2.743 productos textiles, encontrándose irregularidades en 333 de los mismos, lo que supone un porcentaje del 5,8%.

En concreto, el 8,8% (260 artículos) de los productos industriales han presentado deficiencias en su etiquetado, siendo las principales las siguientes:

El 3,9% de los artículos no están etiquetados.

En el 1,8% de los productos etiquetados las inscripciones y los datos no están en castellano.

No se indica el nombre o la razón social del fabricante, envasador o vendedor establecido en la Unión Europea en el 2,6% de los controles, ni el domicilio de los mismos en el 3,2%.

En los casos en los que el etiquetado debe incluir la composición del producto, no consta en el 0,8% de los mismos.

En cuanto a los productos textiles, se han detectado irregularidades en un porcentaje del 2,7% (74 artículos), tal como se detalla a continuación:

El 0,3% de los productos no están etiquetados.

En el 0,5% de los artículos su etiquetado no está en castellano.

En cuanto a los datos del fabricante, comerciante o importador, en el 1,9% no consta el domicilio y en el 1,7% de los productos no se indica el nombre, la razón social o la denominación.

Cuando las piezas textiles se venden por metros, no está bien colocado el etiquetado en el 3,1% de las mismas.

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CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE FOLLETOS PUBLICITARIOS Y CONTROL DE PRECIOS

Desde el 1 de julio hasta el 30 de noviembre, 21 Inspectores Técnicos de Consumo, visitan todo tipo de establecimientos comerciales que oferten sus productos a través de folletos o catálogos, sumando un total de 437 inspecciones.

En concreto, se verifica que los productos y servicios publicitados en los folletos se corresponden con la realidad, tanto con respecto a sus características, como en lo relativo a los precios, de los que se está comprobando si coinciden con los que se cobran en caja y con los que se exhiben en el establecimiento.

Así mismo, cuando es pertinente, se comprueba si en el catálogo se observa la obligatoriedad de mostrar los precios por unidad de medida y, en el caso de las ofertas con reducción de precio, si éstas cumplen los requisitos establecidos legalmente, en concreto, anunciar su duración y la doble indicación de precio (original y con descuento).

Además, los inspectores examinan las cláusulas presentes en los folletos y en los carteles que exhiben los establecimientos, para detectar aquellas que no respeten los derechos de los consumidores y usuarios, tales como “hasta fin de existencias”, “salvo error tipográfico” y “los precios pueden sufrir modificaciones, sin previo aviso”, que están prohibidas por la ley; o cualquier otra que pueda considerarse abusiva o ilícita.

Por otro lado, se vigila que los establecimientos cuenten con existencias suficientes de los productos ofrecidos en los folletos para hacer frente a la oferta prevista, y no limiten anticipadamente el número de unidades.

En cualquier caso, si se agota el producto ofertado antes de la fecha del vencimiento de la promoción, el establecimiento debe ofrecer al cliente interesado una reserva del mismo, para su entrega tras la reposición del artículo, o sustituirlo por otro de similares características y al mismo precio. A este respecto, los inspectores controlan que se comunique a los consumidores ambas posibilidades, mediante la exhibición de esta información de forma clara y visible.

Finalmente, cuando se ofrece un obsequio con el producto adquirido, este debe darse en el momento de la compra o, en caso contrario, informar de que se entregará en el plazo máximo de dos meses; y si el obsequio se consigue a través de un concurso, divulgar convenientemente las bases del mismo.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL SOBRE GARANTÍAS DE PRODUCTOS DURADEROS

El Instituto Municipal de Consumo lleva a cabo una campaña de inspección de garantías, con el objetivo principal de controlar el cumplimiento de la normativa que regula las mismas en la venta de bienes de consumo de uso duradero.

Además, con la realización de esta campaña se pretende sensibilizar a los comerciantes sobre su compromiso con los consumidores en cuanto a los derechos que les reconoce la Ley de garantías, principalmente, en lo relativo al “principio de conformidad”, que obliga al vendedor a entregar al comprador un producto conforme con lo contratado y, en caso contrario, a responsabilizarse de la reparación del producto, su sustitución, la rebaja del precio o la resolución del contrato.

21 Inspectores Técnicos de Consumo, visitan, durante los meses de julio a octubre, 199 establecimientos, en los que inspecciona toda la información relativa a la garantía, tanto la legal como, en su caso, la comercial (de carácter voluntario), presente en la documentación del producto, carteles y folletos publicitarios, resguardos de depósito, facturas, tiques, etc, para verificar:

la autenticidad de la misma,

que no induce a error o confusión,

que reúne el contenido mínimo obligatorio

y la inexistencia de cláusulas abusivas que limiten los derechos del consumidor.

Por otro lado, se comprueba que la garantía en los productos nuevos es como mínimo de dos años desde la compra, así como que es total y gratuita durante dicho plazo, incluyendo piezas, mano de obra, desplazamientos y los costes de devolución o sustitución del producto.

La realización de esta campaña se enmarca dentro del convenio suscrito por el Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid y la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, mediante el que adquieren un compromiso de colaboración interadministrativa en la promoción de la defensa de los consumidores y usuarios.

Siguiendo este objetivo, el Instituto Municipal de Consumo analizará los datos obtenidos en esta campaña para poder conocer la situación actual y la problemática en la aplicación de la Ley de garantías, con el fin de planificar la adopción de medidas que potencien la protección de los intereses y derechos de los madrileños.

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CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE GARANTÍAS Y COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS NUEVOS

El Instituto Municipal de Consumo, pone en marcha esta campaña, en la que veintiún Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo visitan 140 establecimientos y controlan un total de 344 vehículos, para verificar el cumplimiento de la normativa legal que regula la actividad de venta de vehículos nuevos.

INFORMACIÓN

En concreto, se controla que en los vehículos puestos a la venta se exhiba el precio total, incluyendo los descuentos, cargas, impuestos o gravamen correspondientes, así como la información necesaria sobre sus características generales, tales como potencia, consumo, capacidad, etc. Igualmente, se vigila que sean visibles desde el exterior los precios de los vehículos que se exhiben en el escaparate.

En los establecimientos en los que existe la posibilidad de comprar a plazos, se verifica que se informa al consumidor por escrito, en el momento de formalizar la oferta, del precio total de la adquisición en ese caso, del número total de plazos fijados, el importe y la periodicidad de los mismos.

CONTRATOS

Cuando se realizan contratos en el establecimiento, se comprueba que el vendedor entrega al consumidor copia del mismo o documento acreditativo con las condiciones esenciales de la operación, incluidas las generales de contratación, estas últimas, aceptadas y firmadas por el comprador, así como la no existencia de cláusulas abusivas en este documento.

GARANTÍAS

Si el fabricante ofrece garantía comercial adicional, en la misma debe figurar claramente y en castellano, la denominación del vehículo sobre la que recae, la duración y alcance territorial de la misma, el nombre y dirección del garante, las vías de reclamación y derechos, además de los legales, que la garantía otorga al consumidor. Con respecto a esto último, figurará una leyenda en la que se exprese que esta garantía comercial no afecta a los derechos legales del consumidor y usuario ante la falta de conformidad de los productos con el contrato.

DOCUMENTO JUSTIFICATIVO DE PAGO Y HOJAS DE RECLAMACIONES

Como es habitual en todas las campañas de inspección, se controla la entrega de ticket o factura y si estos documentos cumplen lo legalmente establecido en cuanto a su contenido, así como la existencia de hojas de reclamaciones a disposición de los consumidores y su anuncio de forma adecuada.

Una vez finalizada la campaña se analizan los resultados obtenidos y se iniciarán los correspondientes expedientes sancionadores a los responsables de cometer alguna infracción.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

RESULTADOS CAMPAÑA GARANTÍAS Y COMPRAVENTA

DE VEHÍCULOS NUEVOS

Durante la campaña se han visitado un total de 164 establecimientos de venta de vehículos nuevos, detectándose irregularidades en 84 de ellos, lo que supone un porcentaje del 51,2%.

En la anterior edición de esta campaña, realizada en el año 2009, se inspeccionaron 198 establecimientos con un índice de irregularidades del 58,1%.

198

164

51,258,1

0255075

100125150175200225250

2009 20130102030405060708090100

Nº inspecciones % irregularidades

Entre las deficiencias detectadas destacan que en el 24,8% de los

contratos revisados hay cláusulas abusivas que vulneran los derechos de los consumidores (22,8% en anterior campaña), y que no se informa del precio total en caso de que se compre el vehículo a plazos en el 20,3% de los establecimientos, frente al 25% en la campaña de 2009.

2522,8

20,3

24,8

0

5

10

15

20

25

30

No se informa precio total enpago aplazado

El contrato contiene clausulasabusivas

%2009 2013

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

Además, en esta campaña se ha comprobado la exhibición de la información obligatoria en 468 vehículos, destacando al respecto que en el 8,2% de los mismos no se exhibe el precio (14,6% en la campaña anterior) y, en caso contrario, en un 10,3% el precio que se muestra no es el total, pues no incluye el IVA u otros impuestos que gravan la adquisición del producto, siendo un 5,3% en el 2009.

En cuanto al documento justificativo de la compra realizada, destaca el aumento significativo de los casos en los que los mismos incluyen cláusulas abusivas, pasando de un 0,6%, en la anterior campaña, a un 11,3% en la presente.

Por el contrario, han disminuido las irregularidades en cuanto a la entrega de dicho justificante de pago y a la indicación de la identidad del proveedor, tal y como se puede ver en la siguiente gráfica comparativa.

0,6

3,9

9,1

11,3

0,7

4,3

0 5 10 15

Existen clausulasabusivas

No se indica laidentidad del

proveedor

No se entregajustificante de pago

%

2013

2009

Finalmente, tras la evaluación de esta campaña, se ha comprobado que el

3,6% de los establecimientos inspeccionados no anuncia las hojas de reclamaciones mediante el cartel ajustado al modelo oficial y el 4,2% no dispone de las mismas. Esto supone un decrecimiento significativo con respecto a la campaña anterior, con una disminución de 18,1 y 16,5 puntos porcentuales, respectivamente.

20,7 21,7

4,2 3,6

0

5

10

15

20

25

No dispone de hojas de No anuncia las hojas de

%

reclamaciones reclamaciones

2009 2013

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE NAVIDAD

El Instituto Municipal de Consumo pone en marcha la campaña de Navidad 2013, con el fin de garantizar a los ciudadanos madrileños la calidad y seguridad en sus compras, en estas fechas en las que el consumo adquiere una relevancia especial.

La campaña de Inspección que se lleva a cabo desde el 2 de diciembre de 2013 y finaliza el 3 de enero de 2014. Se controlan los productos de consumo no alimentario tradicionalmente más vendidos en estas fechas, para asegurar al comprador que cumplen la normativa establecida tanto en lo que se refiere a su exposición como a sus condiciones de venta, evitando así cualquier posible perjuicio para su salud, seguridad y derechos económicos.

Concretamente, 30 Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo municipales, controlan 748 establecimientos, entre comercios permanentes y puestos de venta ambulante, que comercialicen juguetes, artículos decorativos y de regalo, pequeños electrodomésticos y plantas ornamentales; lo que supone la inspección de 1803 artículos puestos a la venta.

Los aspectos generales a controlar en los establecimientos son, entre otros, de manera general:

• La adecuada exposición de precios de los artículos expuestos para su venta.

• La entrega y correcta cumplimentación de los documentos justificativos de la compra efectuada.

• La existencia de hojas de reclamaciones y la comprobación del anuncio de las mismas.

• Ausencia de leyendas o carteles que induzcan a error a los consumidores o puedan lesionar sus derechos.

En la inspección de los productos se comprueba, fundamentalmente, el cumplimiento de la normativa relativa al etiquetado, la seguridad, la garantía y las instrucciones de uso, haciendo especial hincapié en la seguridad de los juguetes que se comercialicen, dado que el uso de los mismos se dirige a los niños, un sector de la población que merece especial protección en este aspecto.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE PROMOCIÓN DE VENTAS

En julio de 2012 cambió la normativa que regula las actividades de promoción de ventas, y entre los cambios, se eliminó el carácter estacional de las “rebajas”, pudiendo tener lugar en los períodos estacionales de mayor interés comercial según el criterio de cada comerciante. Otro cambio introducido es el relativo a la duración de cada período de rebajas, que ahora será decidido libremente por cada comerciante, pero si estará obligado a anunciar el período de rebajas elegido de forma visible al público.

Para la realización de la campaña se destinan 21 inspectores Técnicos de Calidad y Consumo adscritos a los distritos de la ciudad de Madrid, cuyo objetivo principal es velar por el cumplimiento de la normativa vigente e informar de las modificaciones producidas en la misma.

Durante las inspecciones, los inspectores comprueban que se cumple con lo regulado en la normativa vigente y en concreto se atiende a los siguientes aspectos:

• En las rebajas se comprueba que se informa de las fechas de rebajas elegidas, que se exhibe correctamente el precio inicial y rebajado en los artículos, que las rebajas se anuncian correctamente cuando no afectan a la totalidad de los artículos, sobre todo cuando la mayoría de los artículos no estén rebajados y se verifica que los artículos rebajados se encuentran en perfecto estado.

• En las promociones u ofertas se comprueba que se informa de las condiciones de venta y del periodo de vigencia de la misma, de la disposición de existencias de los artículos ofertados, y de que la exhibición de los precios cumple con lo regulado para este tipo de venta.

• En las ventas en liquidación se verifica que se anuncia de manera correcta esta modalidad, indicando la causa de la liquidación, así mismo se comprueba la constancia de la reducción de precios cuando tal circunstancia se produzca y el período de la liquidación.

• En los saldos también se vigila la correcta información de los mismos, su señalización, la constancia de la reducción de precios y en el caso de que se comercialicen productos con defecto se verifica que se da a conocer dicha circunstancia.

• Por último, en las ventas con obsequios se comprueba que se cumple con lo preceptuado, que se indica el número de existencias a disposición del público y que no se producen ofertas conjuntas de productos vulnerando la normativa.

Tradicionalmente la irregularidad más significativa detectada en la campaña de promoción de ventas es la falta de la indicación del periodo de vigencia de la oferta, este dato ascendió en el año 2011 al 28%.

En los establecimientos inspeccionados que presenten alguna deficiencia en materia de consumo se levantará la correspondiente acta de inspección que dará lugar al correspondiente expediente.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

RESULTADOS CAMPAÑA PROMOCIÓN DE VENTAS

En la realización de la campaña han participado 21 Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo del Ayuntamiento de Madrid, que han inspeccionado un total de 1245 establecimientos comerciales, detectándose irregularidades en 445 casos, lo que supone un porcentaje de incumplimiento del 35,7%.

Este resultado supone un incremento de 2,2 puntos porcentuales respecto a la campaña anterior, como se puede observar en el siguiente gráfico. Así mismo, esta comparativa refleja un incremento notable del número de inspecciones, motivado por la incorporación del control de las rebajas a esta campaña.

664

512

1245

742

35,7

36,9

3833,5

0

20

40

60

80

100

0

300

600

900

1200

1500

2010 2011 2012 2013

De forma específica, según el tipo de actividad de promoción de ventas inspeccionada, las principales irregularidades encontradas han sido las siguientes.

VENTA EN REBAJAS

• El 26,4% de los establecimientos inspeccionados donde se anunciaban rebajas no exhibían las fechas de las mismas, en sitio visible incluso cuando el establecimiento está cerrado.

• En el 15,9% y el 10,1% no se indicaba el precio inicial y el rebajado en los artículos exhibidos en el escaparate y en el interior de establecimiento, respectivamente.

• En el 9,6% de las ocasiones en que lo artículos rebajados son menos de la mitad, se anuncian las rebajas en el comercio con carácter general, cuando debe hacerse, en estos casos, exclusivamente refiriéndose a los productos a los que afectados.

• ento se ofertaban simultáneamente ambos,

el 9,1% de los establecimientos.

No diferenciaban claramente las rebajas de los productos no rebajados, cuando en un mismo establecimi

nº inspecciones % irregularidades

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

PROMOCIÓN U OFERTA

• En el 11% de los controles la actividad anunciada como promoción u oferta no se corresponde con la realmente realizada, frente al 17,2% en la campaña anterior.

• No informan del periodo de vigencia de la oferta y de las condiciones de la venta de forma visible al público el 26,1% y el 5,8% de los comercios, respectivamente. (26,2% y 7,9% en el 2012).

• El 25,3% de los establecimientos no exhiben con total claridad información relativa a los derechos de los consumidores en caso de falta de existencias, porcentaje ligeramente inferior al del pasado año (26%).

• artículos

deteriorados en la promoción frente al 4,2% en campaña anterior.

VENTAS CON OBSEQUIO

• n el

orcentaje se hace indebidamente oferta conjunta de productos.

LIQUIDACIÓN

• da, con un descenso de 5,6 puntos

No figura el precio anterior junto con el precio reducido en el 9,3% de las ofertas con reducción de precio y en ninguna ocasión ofrecen

En un 1,5% de los establecimientos no figura de manera clara a disposición del público la información preceptiva sobre el número de existencias, y emismo p

COMPARATIVA % IRRREGULARIDADES

VENTAS CON OBSEQUIO

7,5

35,5

4,5

01,5 1,5 0

15,8

31,2

36,2

12,8

41,5

0

10

20

30

40

50

3

El 23,6% de los establecimientos que anuncian esta actividad no se corresponde con la efectivamente realizacon respecto al anterior control (29,2%).

1 2

2010 2011 2012 2013

1. Se hace indebidamente oferta conjunta de productos. 2. El número de existencias no figura claramente en el establecimiento a disposición del público. 3. La actividad que anuncia no se corresponde con la que realmente realiza.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

• El 17,9% de los anuncios de ventas en liquidación no indican la causa (cese

total, cambio de negocio, obras, etc.), frente al 16,2% el pasado año.

En el 13,7% de los casos en los que la liquidación conlleva una reducción de precio, no figur

• a este junto con el precio anterior; y la duración máxima de

las liquidaciones no se ajusta a los plazos establecidos reglamentariamente áximo un año) en un 5,7% lo que supone un aumento en relación con el

2,3% en 2012.

SALDO

carácter permanente, no se informa de su duración.

• imientos la actividad que anuncian no se orresponde con la que realmente realizan, y en idéntico porcentaje no

romociones, en su caso.

(m

S

• En un 53,1% de los saldos de carácter temporal, y en un 47,4% en los de

Cuando los saldos son de artículos deteriorados o defectuosos, en el 27,3% de los casos no se hace constar esa información.

En el 16,9% de los estableccspeñalizan debidamente los saldos y los separan del resto de las

COMPARATIVA % IRREGULARIDADESSALDOS

26,9 28,1

34,238,3

47,4

12,5

30,835,337,2

52

15,4

28,1

55,620

25

12

27,3

16,916,9

53,1

0

10

20

30

40

50

60

5

2010 2011 2012

1 2 3 4

2013

1. No informa de la duración del saldo de carácter temporal.

2. La actividad anunciada de saldos no se corresponde con la que realmente realiza. 3. No informa que los saldos son permanentes. 4. Los saldos no están debidamente señalizados y separados del resto de las promociones. 5. En el caso de artículos defectuosos, no se indica esta circunstancia.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE TINTORERÍAS

Durante la campaña, nueve Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo, del Instituto Municipal de Consumo, visitan 200 establecimientos, con el objetivo principal de controlar que se respeten, en el Municipio de Madrid, los derechos de los usuarios de las tintorerías y, en concreto, las exigencias legales contenidas en el Real Decreto 1453/87, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los servicios de limpieza, conservación y teñido de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos.

El control municipal que se ejerce consiste fundamentalmente en la verificación de los aspectos legales que se relacionan a continuación:

- La inspección comprueba que se exhiben los precios de los servicios que ofrecen de acuerdo a lo establecido en la normativa legal.

- Cuando el servicio se presta a domicilio, se comprueba que el prestador dispone de hojas informativas en las que se incluyan los datos legalmente exigidos.

- Se verifica que se entregan resguardos o justificantes por las prendas depositadas en el establecimiento y que en estos se refleja el nombre y domicilio del usuario y la empresa, identificación fiscal de ésta última; fecha de recepción, designación, valoración y observaciones (estado y tratamiento) de la de la prenda; firma o sello del prestador del servicio y, en caso de exención de alguna responsabilidad por parte del mismo, firma del usuario.

- Cuando se realiza el pago por anticipado, se comprueba que existe conformidad expresa por parte del cliente. En ese caso, el servicio adquirirá carácter de urgencia y se realizará en un plazo máximo de tres días o de seis si se trata de teñido.

- Si se cobran gatos por almacenamiento (siempre, según norma, a partir de los tres meses), el importe debe exhibirse de forma visible al público.

- Se comprueba la existencia del Reglamento regulador de los servicios de tintorerías y de la Carta de recomendaciones al usuario, y que ambos están a disposición de los clientes.

Con carácter general se vigila:

- Que el establecimiento sitúe la Licencia Urbanística Municipal para ejercer la actividad en lugar visible al público.

- Las cantidades facturadas por los distintos tipos de servicio, cotejando que coinciden con las tarifas anunciadas. Si en el resguardo no se especifica el precio del servicio, se facturará por la tarifa más sencilla de las anunciadas.

- Que las tarjetas de crédito o débito anunciadas se admiten siempre como forma de pago.

- La presencia y anuncio de hojas de reclamaciones, así como que no existen carteles en contra de los derechos de los consumidores, cláusulas abusivas, ni publicidad engañosa que pueda inducir a error al consumidor.

En la última campaña, realizada en el año 2010, se inspeccionaron un total de 341 tintorerías, detectándose irregularidades en 128 establecimientos, lo que supone un porcentaje de incumplimiento del 37,5%.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

RESULTADOS CAMPAÑA TINTORERÍAS

Durante la ejecución de la campaña se han inspeccionado un total de 154 tintorerías, detectándose irregularidades en 69 establecimientos, lo que supone un porcentaje de incumplimiento del 44,8%, frente a un 37,5% en la campaña anterior realizada en el 2010.

154

341373

44,8

37,5

49,9

0

100

200

300

400

2008 2010 2013

0

20

40

60

80

100Establecimientos inspeccionados % irregularidades

Las principales deficiencias detectadas han sido las siguientes:

• En el 10,4% de las tintorerías no se indica el precio de cada uno de los servicios ofertados; en el 6,3% en 2010.

• En un 30% de los casos en los que se realizan servicios a domicilio, los comercios no cumplen con la obligación de disponer de la hoja informativa legalmente establecidas. Cuando sí la tienen, no incluyen los siguientes datos el 6,2% y el 6,7% de los comercios, respectivamente:

- los precios por metro cuadrado, cuando se oferta limpieza de alfombras o moquetas,

- el importe que la empresa cobra, en su caso, en concepto de guardarropa o conservación a partir del plazo máximo de tres meses.

• Se exhiben carteles con leyendas que no respetan los derechos de los consumidores o que pueden inducir a error, en el 16,4% de las tintorerías inspeccionadas, frente al 5,4% en la campaña anterior.

• Cuando se hace el pago anticipado, el servicio adquiere carácter de urgencia y debe realizarse en un plazo máximo de tres días, lo que no ocurre en el 2% de las ocasiones. Además, en el 7,2% de los casos en los que se exige este tipo de pago, no consta la conformidad expresa por parte del cliente.

• No se admiten tarjetas de pago sin restricciones estando anunciadas, en un 3,7% de los comercios visitados.

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Campañas y evaluaciones 2013 Instituto Municipal de Consumo

22,7

17,4

7,25,2 3,9

2

27,925

3,7 3,65,4

16,4

0

10

20

30

40

No consta conformidadcon el pago anticipado

Cuando hay pagoanticipado el servicio no

es urgente

No se admiten tarjetasde pago sin restricciones

Los carteles no respetanlos derechos de losconsumidores o les

inducen a error

2008 2010 2013

• En cuanto al resguardo o justificante de pago, se hace entrega del mismo en casi todas las tintorerías controladas (99,4%), no obstante sí se han detectado deficiencias en estos documentos, destacando:

- La ausencia de firma o sello del prestador del servicio en un 24,8%.

- No se incluye el domicilio del usuario en el 15% de los resguardos comprobados, en el 2% no consta el nombre del mismo y la fecha prevista de terminación del servicio no se indica en el 9,1%.

- En un 10,5% no aparece la identificación, nombre o razón social de la empresa; igualmente falta su domicilio en un 3,9%.

- Cuando en el justificante de pago se incluye alguna causa de exención de responsabilidad del prestador del servicio, no consta la firma del usuario como señal de conformidad en el 8,2% de los mismos.

- El 7,5% de los resguardos incluyen cláusulas que se oponen a los establecido en el reglamento regulador de los servicios de limpieza, conservación y teñido de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos, aprobado por el Real Decreto 1453/1987.

• El 3,8% de los establecimientos que cobra gastos en concepto de guardarropa o conservación de las prendas no retiradas, no exhibe en lugar visible el importe de dicho servicio y, en el igual porcentaje, lo cobra antes de los tres meses establecidos.

• Por último, no tienen hojas de reclamaciones a disposición del cliente el 5,2% de las tintorerías inspeccionadas, no anunciando su existencia el 6,5% de las mismas.

9,7

4,75,2

15,5

56,5

0

5

10

15

20

%

No disponen de hojas dereclamaciones

No anuncian la existencia delas hojas de reclamaciones

2008 2010 2013