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1 AÑO LVIII Barquisimeto, 03 de Diciembre de 2013 EXTRAORDINARIA Nº 4143 DEPOSITO LEGAL: 76-04-12 TRANSCRIPCIÓN LITERAL DEL ARTÍCULO 6º DE LA ORDENANZA SOBRE GACETA MUNICIPAL ARTÌCULO 6º SE TENDRÁN COMO PUBLICADO Y EN VIGENCIA LAS ORDENANZAS Y DEMAS INSTRUMENTOS JURIDICOS MUNICIPALES QUE APAREZCAN EN LA GACETA MUNICIPAL, SALVO DISPOSICIÒN CONTRARIA Y EN CONSECUENCIA, LAS AUTORIDADES PUBLICAS Y LOS PARTICULARES QUEDAN OBLIGADOS A SU CUMPLIMIENTO Y OBSERVANCIA. SUMARIO

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AÑO LVIII Barquisimeto, 03 de Diciembre de 2013 EXTRAORDINARIA Nº 4143

DEPOSITO LEGAL: 76-04-12

TRANSCRIPCIÓN LITERAL DEL ARTÍCULO 6º DE

LA ORDENANZA SOBRE GACETA MUNICIPAL

ARTÌCULO 6º SE TENDRÁN COMO PUBLICADO Y EN VIGENCIA

LAS ORDENANZAS Y DEMAS INSTRUMENTOS

JURIDICOS MUNICIPALES QUE APAREZCAN EN LA

GACETA MUNICIPAL, SALVO DISPOSICIÒN

CONTRARIA Y EN CONSECUENCIA, LAS

AUTORIDADES PUBLICAS Y LOS PARTICULARES

QUEDAN OBLIGADOS A SU CUMPLIMIENTO Y

OBSERVANCIA.

SUMARIO

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE

VENEZUELA

ESTADO LARA

J U S T I CI A

MUNICIPIO IRIBARREN

CONCEJO MUNICIPAL

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La formulación de este Proyecto de

Ordenanza de Presupuesto Anual de

Ingresos y Gastos para el año 2014, que se

somete a consideración ante el Ilustre

Concejo del Municipio Iribarren, se

fundamentó en el Plan Operativo Anual, en

la participación activa y directa de los

Consejos Locales de Planificación Pública,

de conformidad con lo previsto en el Plan

Estadal de Desarrollo, en el Plan de

Desarrollo Regional y en las Líneas

Generales del Plan de Desarrollo Económico

y Social de la Nación (2007-2014), también

denominado “Proyecto Nacional Simón

Bolívar” o Primer Plan Socialista, orientado

a satisfacer las necesidades prioritarias

presentadas por los ciudadanos y ciudadanas,

comunidades organizadas y los consejos

comunales a través de la ejecución de

programas y proyectos que contribuyen en la

transformación económica, social y cultural

del Municipio.

La intención de esta gestión es aportar el

mejor esfuerzo para la construcción de una

nación, fundamentada en una organización

social, donde imperen los valores y

principios más avanzados en las corrientes

humanistas del Socialismo y se logre el

desarrollo de una fuerza colectiva que

fortalezca la independencia, la libertad y el

poder originario del individuo. Esta gestión

parte de la comprensión sobre la necesidad

de gobernar con, por y para el pueblo, como

máximo ideal del modelo democrático

compuesto de seres humanos con rostros

propios y diversas realidades, quienes

colectivamente sueñan, trabajan, estudian y

se esfuerzan por lograr condiciones de vida

cada día más dignas.

En este sentido, las estrategias

presupuestarias consideradas en este

proyecto expresan de manera equilibrada, los

objetivos, planes y políticas enfocados a

contribuir con el bienestar humano, a través

de la puesta en marcha de nuevas acciones,

así como fortalecer y profundizar las que

exitosamente se han puesto en práctica, a fin

de continuar generando bienestar social y

crecimiento económico.

En lo correspondiente al

funcionamiento institucional, se mantendrá

la política de racionalización del gasto y

optimización de recursos, en atención al

Decreto N° 6.649, publicado en la Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela No. 39.146 de fecha 25 de Marzo

de 2009, mediante el cual se dictó la

eliminación del gasto suntuario o superfluo

en el Sector Público Nacional.

Esta gestión municipal seguirá

sembrando la democracia soberana y

socialista. El recurso humano es uno de los

factores más importante en toda

organización, por eso la Alcaldía del

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Municipio Iribarren, a través de la Oficina de

Recursos Humanos está vigilante para que

exista una interacción que viabilice cambios

positivos en la conducta y actitudes de los

trabajadores, para que se estimulen y

optimicen su actividad laboral. En la

formulación del Presupuesto para el

Ejercicio Fiscal 2014, esta Oficina tomó

consideraciones Políticas dirigidas a

mejorar las condiciones socio-económicas de

nuestros trabajadores (empleados, obreros y

contratados).

Uno de los pilares fundamentales de

esta gestión está referido a las asignaciones

destinadas al sector social que se ejecutan

por parte del Instituto Municipal de

Desarrollo Social (IMDES) referidos a

programas de carácter humanista, mediante

la asistencia integral dirigida a atender las

necesidades de los adultos mayores, hombres

y mujeres de bajos recursos, en especial

contribuir con el bienestar de las personas

con discapacidad física, por medio de

acciones que contribuyan a brindar: salud

preventiva, alimentación, higiene, prendas

de vestir, insumos y ayudas económicas en

términos de favorecer la población

económicamente más vulnerable.

Con el objeto de fomentar la

inversión social en busca de la construcción

de una democracia soberana y socialista, la

Fundación del Niño Municipal tiene previsto

ofrecer asistencia social a niños, niñas y

adolescentes a través de intervenciones

quirúrgicas, consultas médicas, donaciones,

operativos de vacunación, actividades

recreativas y culturales, entre otros; para

contribuir con el desarrollo integral de los

niños y niñas y adolescentes del Municipio,

en especial brindarles oportunidades para

que disfruten y ejerzan progresivamente

todos los derechos contemplados en la

Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela y demás Leyes que se establezcan

a favor de ello, igualmente la Fundación

Municipal “Mundo de los Niños”

(FUMDANIÑOS), cuyo objetivo principal

es contribuir a la formación y la recreación

de lo niños y niñas mediante la divulgación

del arte, la cultura local, nacional y a los

valores fundamentales de la sociedad,

posibilitando el acceso a la recreación, el

deporte, el conocimiento y el arte como

estrategia que permite estimular un adecuado

desarrollo humano y así mismo el disfrute

familiar en nuestras instalaciones con

grandes aventuras.

Otra línea importante de acción

estará representada por las actividades de

promoción turística de la Ciudad que se

desarrollarán desde la Corporación de

Turismo de Barquisimeto (CORTUBAR),

como parte del rescate de la ciudad en su

categoría de ciudad musical de Venezuela; a

través de esta política, el gobierno municipal

pretende posicionar a Barquisimeto como

una ciudad con atractivo turístico,

destacando los valores religiosos, culturales,

artísticos, históricos, artesanales y

tradicionales, así como la conservación y

valoración del patrimonio del Municipio

Iribarren.

También se continuará desarrollando

el realce de los momentos más importantes

de la ciudad como son: la celebración de la

visita de la Divina Pastora, los Carnavales, la

Feria Internacional, así como otros eventos

de promoción de nuestro potencial en

materia religiosa, cultural, industrial,

comercial y agropecuaria, como una

oportunidad para destacar la presencia de

Barquisimeto a nivel nacional e

internacional. Finalmente en esta área de

actuación se aprovecharán las festividades

navideñas para la exaltación de los lugares

de interés turístico con la decoración

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navideña y la realización de actividades

alusivas a esta festividad.

Dentro de la inversión se plantea

fortalecer los programas relacionados con el

desarrollo de proyectos socio-productivos

ejecutados por la Fundación Municipal de la

Economía Social (FUMDES), que consiste

en apoyar las iniciativas de producción y

comercialización de alimentos dirigidos a

mejorar las condiciones de alimentación de

los sectores populares, otorgar microcréditos

solidarios a beneficio de las comunidades y

parroquias, impulsar la producción y

comercialización de cultivos de café, dentro

del marco de las políticas nacionales, con la

finalidad de favorecer los sectores populares

con condiciones propicias para este rubro;

así como promover la comercialización de

productos elaborados por cooperativas y

microempresas comunitarias a nivel

municipal, regional, nacional e internacional,

propiciando el desarrollo endógeno del

Municipio, impulsando y potenciando un

nuevo modelo sustentable de organización y

producción dentro de los principios de

justicia social y participación ciudadana

acorde al modelo de país que contempla la

Constitución.

Igualmente se desarrollarán

proyectos de inversión dentro del Instituto

Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario

(IMAUBAR), la Empresa Municipal de

Infraestructura y Conservación del Ambiente

(EMICA), y la Autoridad Metropolitana de

Transporte y Tránsito (AMTT), en beneficio

de comunidades pertenecientes a las

parroquias: Juan de Villegas, Santa Rosa,

Tamaca, Unión, Catedral, Concepción, El

Cují, Juárez, Buena Vista y Agüedo Felipe

Alvarado, mediante la realización de

Programas de mantenimiento y limpiezas de

plazas, parques, zonas públicas, alcantarillas,

quebradas, calles, avenidas, así como

conservaciones, reparaciones o construcción

de drenajes y aceras, engranzonamiento,

demarcación de vías, señalización,

colocación de semáforos y brocales; todo

ello con el propósito de atender los

compromisos en materia de saneamiento

ambiental, vialidad, recuperación de

espacios públicos, consolidándose de esta

manera los mecanismos institucionales de

participación ciudadana para dar respuesta a

todas aquellas necesidades que surjan de las

negociaciones del presupuesto participativo

y las visitas casa por casa.

Como uno de los grandes pilares de

esta gestión para este ejercicio se tiene

previsto desarrollar proyectos de alta

envergadura en el área de construcción y

mantenimiento vial a través del

financiamiento del Consejo Federal de

Gobierno mediante el Fondo de

Compensación Interterritorial el cual será

ejecutado por la Empresa Municipal de

Infraestructura y Conservación del Ambiente

en materia de vialidad.

Con respecto a la problemática

habitacional se pretende continuar

ejecutando programas de mejoramiento de

viviendas en los sectores de mayor pobreza a

través del suministro de materiales para la

construcción a las familias que no cuentan

con recursos económicos dignificando de

esta manera su calidad de vida; igualmente

se continuará con las donaciones de tanques

necesarios para el almacenamiento del agua

potable a fin atenuar esta necesidad de la

población en cuanto a la escasez de este

preciado líquido. Por otra parte se tiene

previsto la ejecución de obras y

rehabilitación de la estructura urbana a

objeto de embellecer los espacios públicos,

la construcción de techado de canchas

deportivas en las diferentes parroquias del

Municipio Iribarren, con la intención de

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promover las actividades deportivas,

recreativas y competitivas, todo ello a través

del Instituto Municipal de la Vivienda

(IMVI).

Cabe destacar que los planes,

políticas, programas y proyectos estarán

orientados a fortalecer el desarrollo humano,

social, cultural y económico, prevaleciendo

la atención de las necesidades y prioridades

que demandan las comunidades organizadas

para la construcción y consolidación de la

democracia protagónica.

Objetivos y Prioridades Estratégicas para

el Municipio Iribarren.

Los objetivos y prioridades para el

Municipio Iribarren durante el Ejercicio

Fiscal 2014, están orientadas a desarrollar

medidas y acciones que mejoren la

condición de vida en cuanto a salud, empleo,

educación, vivienda, vialidad, seguridad y

productividad, entre ellas:

Fortalecimiento del liderazgo Municipal

en el área social, a través de la

implementación de programas propios y

de la intermediación ante organismo

nacionales.

Promover una mayor vinculación de la

Municipalidad con organismos públicos,

para la ejecución de obras, planes y

programas generadores de empleo.

Promover la incorporación efectiva de la

Municipalidad en el proceso de definición

de las medidas para combatir la

inseguridad, que promueven los

organismos nacionales.

Fortalecimiento de los programas de

educación y saneamiento ambiental, de

acuerdo con las competencias

municipales.

Fortalecimiento integral del sector

cultural, a través de una mayor

integración de sus actores y una mejor

planificación de la actividad cultural.

Promover la masificación y adecuación

del deporte y de las actividades

recreativas, a través de la incorporación

efectiva de las comunidades, atención

integral del atleta y la construcción y

recuperación de la infraestructura

deportiva y recreativa.

Mejoramiento de la calidad y cobertura

de los servicios públicos en las áreas

urbanas y rurales, a través de la

adecuación tecnológica, de inversiones y

manejo gerencial, con una participación

efectiva de las comunidades.

Promover una ocupación equilibrada del

territorio a través de la justa distribución

de los espacios y del aprovechamiento de

los mismos con miras a desarrollar planes

habitacionales.

Retomar el liderazgo técnico y

administrativo de la Alcaldía en la gestión

del sistema de transporte público, a fin de

que se garantice la productividad,

eficacia, calidad y solidaridad.

Promover la incorporación efectiva de la

Alcaldía en la gestión del servicio de agua

potable, a través de la distribución del

vital líquido a las comunidades que no

poseen el mismo por tuberías.

Definición de políticas municipales que

orienten los planes de mejoramiento de la

infraestructura vial y el manejo del tráfico

vehicular en las principales ciudades del

municipio.

Profundizar los mecanismos de

participación ciudadana establecidos en el

marco legal vigente, creando procesos de

difusión que involucren efectivamente al

ciudadano en la gestión municipal.

En este sentido y con miras a lograr el

cumplimiento de los objetivos planteados

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finalmente se concibe a la Gestión Municipal

como la instancia de gobierno que coordina

y ejecuta programas para el bienestar y

seguridad social a fin de lograr la

optimización del bienestar moral de los

iribarrenses y a su vez de sus visitantes, por

consiguiente contribuir de esta manera que

este Municipio logre posicionarse como una

ciudad de referencia positiva en el país por

ofrecer más seguridad integral a sus

habitantes.

I. POLÍTICA PRESUPUESTARIA

Comprometidos con la democracia

revolucionaria bajo un escenario de desafío y

deber político asumido por el Gobierno

Nacional liderizado por el Presidente

Nicolás Maduro Moros, quien lleva a cabo el

legado del Comandante Supremo Hugo

Rafael Chávez Frías, de avanzar y

profundizar el desarrollo del Proyecto

Socialista del Siglo XXI, se presenta el

Proyecto de Ordenanza de Presupuesto de

Ingresos y Gastos para el Ejercicio Fiscal

2014, con miras a que el mismo se

constituya en un instrumento de política

fiscal tendiente a consolidar y coadyuvar en

la concreción de las Líneas Generales de

Desarrollo Económico y Social de la Nación

enmarcadas en el Plan Nacional de

Desarrollo Económico Simón Bolívar, el

cual está fundamentado en las siguientes

directrices:

I. Nueva Ética Socialista.

II. La Suprema Felicidad Social.

III. Democracia Protagónica Revolucionaria.

IV. Modelo Productivo Socialista.

V. Nueva Geopolítica Nacional.

VI. Venezuela: Potencia Energética

Mundial.

VII. Nueva Geopolítica Internacional.

Las Políticas Presupuestarias

pretenden concretar las Líneas de Acción

referentes a la Humanización del Municipio,

Desarrollo Económico, Transporte, Vialidad

y Servicios Públicos, mediante el

fortalecimiento, consolidación,

mejoramiento de los espacios públicos y la

infraestructura de servicios del Municipio,

con énfasis en vialidad recuperando

importantes arterias viales tanto en el casco

central como en zonas de barrios y

consolidando los servicios públicos

principalmente con el suministro de agua en

las zonas con mayor densidad poblacional en

los que habitan familias de bajos y medianos

recursos y las cuales se han venido

insertando progresivamente y de manera

organizada, en las diferentes acciones de

atención del Ejecutivo Municipal entre ellas:

Desarrollo Económico:

Contribuir a crear las condiciones

propicias para que aumenten los niveles de

actividad económica y de inversión de

recursos en el Municipio, para alcanzar

progresivamente el mayor y mejor uso de

sus potencialidades con las que se cuenta.

Desarrollo Social:

- Promoción y fortalecimiento de las

empresas comunitarias.

- Fomento de la recreación y el deporte.

- Promoción y revalorización cultural del

Municipio.

- Prevención y atención primaria en salud.

- Protección a la infancia y la adolescencia.

- Trabajo y proyección Municipal de la

mujer.

- Valoricemos a nuestros abuelos.

- Incorporación y participación de los

discapacitados.

Humanización del Municipio:

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Rescatar y revalorizar los espacios

públicos urbanos en función del

reforzamiento del sentido de integración e

identidad de la población con la ciudad y del

pleno disfrute de su derecho a la recreación y

el esparcimiento.

Participación Ciudadana:

Incorporación de la Participación

Ciudadana en todas las fases e instancias

de la gestión, considerada como

instrumento básico para la formulación de

planes y políticas Municipales.

Transformación Institucional:

Rediseño y adecuación de los procesos y

sistemas administrativos de la Alcaldía

para incrementar su capacidad de

respuesta organizacional.

Transporte, Vialidad y Servicios

Públicos:

Optimización de los servicios como son:

transporte público, distribución de agua

potable, luz eléctrica, aseo urbano,

cloacas, drenajes, alcantarillados y

seguridad pública.

Dado que la soberanía reside en el

pueblo, la gestión de la Alcaldesa Amalia

Sáez constantemente busca elevar la calidad

de vida de los ciudadanos y ciudadanas del

Municipio Iribarren, dándole a éstos una

participación protagónica; fortaleciendo la

relación pueblo-gobierno, como la solución

total a sus problemas al integrar las

comunidades en el proceso de elaboración

del presupuesto de inversión municipal,

principalmente por medio de los

presupuestos participativos, el contacto

directo con la realidad, las visitas casa por

casa, entre otras.

De allí el propósito fundamental de

convertir al Municipio Iribarren en el

modelo de la Revolución Bolivariana, como

lo refiere el plan, nuestros ciudadanos y

ciudadanas puedan disfrutar de una

estructura social incluyente, un nuevo

modelo social, productivo, humanista y

endógeno, donde todos vivamos en similares

condiciones para que a través de este

compromiso de gestión construyamos “La

Suprema Felicidad Social” que planteaba

nuestro Libertador.

II. POLÌTICA PRESUPUESTARIA DEL

GASTO

Es de gran importancia mencionar que

para el presupuesto del año 2014, prevalecen

los criterios de racionalización del gasto,

mediante una justa distribución de los

recursos, el estricto apego a los principios de

legalidad, eficiencia, solvencia,

transparencia y cumplimiento de las

normativas legales vigente en materia de

administración financiera y presupuestaria

del sector público, a tal fin la distribución de

los recursos se presentan de la siguiente

manera:

Política De Gastos Por Partida:

401. GASTOS DE PERSONAL: Con una

asignación de CUATROCIENTOS

TREINTA MILLONES SESENTA Y

NUEVE MIL SETECIENTOS TRES

BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES

CÉNTIMOS ** (Bs. 430.069.703,63) cifra

que representa aproximadamente el 31,96%

del Presupuesto de Gastos estimado para el

Ejercicio Fiscal 2014, esta Alcaldía del

Municipio Iribarren tiene previsto ejecutar

las siguientes políticas para el beneficio del

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personal, empleados, obreros y contratados

a fin de contribuir con el bienestar

económico de nuestros trabajadores:

Ajuste en los sueldos del Personal

Empleado en un 20%.

Ajuste en la Prima de

Profesionalización, en cada rango.

A. Técnico Medio de Bs.220, 00 a

Bs 400,00.

B. Técnico Superior Universitario de

Bs.500, 00 a Bs.700, 00.

C. Profesional Universitario de Bs.

570,00 a Bs.850, 00.

D. Especialista y Magister de Bs.

610,00 a Bs. 1.000,00.

Ajuste de cargos al Personal que

presentó titulo profesional.

Previsión presupuestaria para ajustar

el monto del Ticket Alimentación, de

acuerdo al aumento del la Unidad

Tributaria.

Previsión presupuestaria para la

cancelación de pagos por diferentes

clausulas convencionales al personal,

empleado y obrero, tales como:

1. 100 Días de vacaciones

Empleados.

2. 40 Días de Bono Vacacional

Empleados.

3. 115 Días de Aguinaldos

Empleados.

4. Homologación del Tabulador del

Personal Empleado, Obrero y Jubilados.

5. 100 Días de Vacaciones Obreros.

6. 30 Días Bono Vacacional

Obreros.

7. 105 Días Aguinaldos Obreros.

8. Previsión Presupuestaria para la

cancelación de la deuda al Instituto

Venezolano de los

Seguros Sociales, a Empleados y

Obreros, desde el año 1998 por Bs

8.000.000,00.

9. Previsión Presupuestaria del 20%

al Personal Contratado, a partir del 01 de

Enero 2014.

402. MATERIALES, SUMINISTROS Y

MERCANCIAS: Con una asignación de

ONCE MILLONES NOVECIENTOS

CINCUENTA Y CINCO MIL CIEN

BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.

11.955.100,00) cifra que representa

aproximadamente, el 0,89% del Presupuesto

de Gastos para el Ejercicio Fiscal 2014,

restringiendo el gasto al mínimo necesario,

de acuerdo a las recomendaciones que el

Ejecutivo viene desarrollando a través de la

promoción del reciclaje a todos los niveles,

dando un buen uso a los materiales y

suministros imputables a esta partida.

403. SERVICIOS NO PERSONALES: Para

este Ejercicio Fiscal 2014, se han estimado

en NOVENTA Y SIETE MILLONES

TRESCIENTOS NUEVE MIL

CUATROCIENTOS DIECINUEVE

BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.

97.309.419,00) cifra que alcanza un

estimado del 7,23% del Presupuesto de

Gastos. Con ello, se continúa garantizando

primordialmente los servicios que se

revierten en beneficio de las comunidades

tales como el suministro de agua por

camiones cisternas, servicios de radio y

televisión como mecanismos que permiten la

participación y promoción ciudadana y de la

Gestión Municipal.

Así mismo el Servicio de Asistencia

Médica Integral (SAMI), en beneficio de los

trabajadores activos y pasivos de la Instancia

Municipal; igualmente se prevé la

actualización de los sistemas automatizados

adaptados a la Alcaldía para agilizar los

procesos administrativos y de recaudación

tributaria lo que se traduce en una mejor

atención a los administrados y usuarios.

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404. ACTIVOS REALES: Con la asignación

de DOS MILLONES CUATROCIENTOS

OCHENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES

SIN CÉNTIMOS (Bs. 2.485.000,00), lo que

representa aproximadamente el 0,18% del

Presupuesto de Ingresos y Gastos para el

Ejercicio Fiscal 2014, destinado mayormente

a consolidar la transformación institucional

emprendida por el Ejecutivo Municipal, con

la repotenciación de los ascensores y aires

acondicionados de las instalaciones

Municipales, a fin de prolongar su vida útil,

además de la innovación en tecnología y

mobiliario, contribuyendo de esta manera a

la armonía en el área de trabajo de los

funcionarios, fortaleciendo los espacios en

las instancias Municipales para la atención al

público de manera oportuna e idónea.

407. TRANSFERENCIAS Y

DONACIONES: Con la asignación

SETECIENTOS SESENTA Y SIETE

MILLONES CUATROCIENTOS TRES

MIL DOSCIENTOS DOCE BOLÍVARES

CON CATORCE CÉNTIMOS (Bs.

767.403.212,14) cifra que representa un

estimado del 57,03% del total del

Presupuesto previsto para el Ejercicio Fiscal

2014, los cuales serán destinados a las

Transferencias para los Gastos de Inversión

y Funcionamiento de los Entes

Descentralizados de la Alcaldía para la

ejecución de obras de infraestructuras,

reconstrucción, mantenimiento en materia de

saneamiento ambiental, vialidad y

recuperación de espacios públicos, todo ello

en beneficio de las comunidades de las

distintas parroquias que conforman el

Municipio Iribarren, asimismo brindar

asistencia médica, social y económico, a la

colectividad.

Esta partida contempla además, la seguridad

social de los Pensionados y Jubilados de la

Alcaldía, aportes a instituciones de

protección social, instituciones benéficas

públicas y privados sin fines de lucro, entre

otras.

408. OTROS GASTOS: Con la Asignación

de QUINCE MIL BOLÍVARES SIN

CÉNTIMOS (Bs. 15.000.00), cifra que

representa un estimado del 0.001% para

prever el pago de indemnizaciones.

411. DISMINUCIÓN DE PÁSIVOS: Con la

Asignación de ONCE MILLONES

CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL

SETECIENTOS CUARENTA Y DOS

BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.

11.421.742,00) cifra que representa al

alrededor del 0,85% del total del

Presupuesto de Gastos para el Ejercicio

Fiscal 2014, el Ejecutivo a través de la

Dirección de Recursos Humanos pretende

honrar pasivos laborales adquiridos en

ejercicios anteriores. Igualmente la

cancelación de compromisos pendientes a

los proveedores que suministran los Bienes y

Servicios.

498. RECTIFICACIONES AL

PRESUPUESTO: Con una asignación de

VEINTICINCO MILLONES DE

BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.

25.000.000,00) cifra que representa un

estimado de 1,86% del total del Presupuesto

de Gastos para el Ejercicio Fiscal 2014, para

atender los gastos imprevistos que se

presente en el transcurso del ejercicio para

aumentar los créditos presupuestarios que

resultaren insuficientes.

De esta forma el Ejercicio Fiscal 2014

persigue fortalecer las líneas y estrategias

emanadas por el Presidente Nicolás Maduro

Moros, enmarcadas bajo el socialismo del

siglo XXI, que permitirán una acción

efectiva del Gobierno local articulada con el

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Plan de Desarrollo Económico y Social de la

Nación hacia la consolidación del poder

popular y la participación en la Gestión

Municipal, la cual busca la atención total a

los problemas que presentan las

comunidades.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE

VENEZUELA

ESTADO LARA

J U S T I CI A

MUNICIPIO IRIBARREN

EL CONCEJO DEL MUNICIPIO

IRIBARREN en uso de sus atribuciones

legales SANCIONA, siguiente:

ORDENANZA DE PRESUPUESTO

ANUAL DE INGRESOS Y GASTOS

MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO

FISCAL 2014

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

ARTICULO 1º. Apruébese la estimación de

Ingresos Públicos Municipales para el

Ejercicio Fiscal 2014, en la cantidad de UN

MILLARDO TRESCIENTOS CUARENTA

Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS

CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO

SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON

SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS * (Bs.

1.345.659.176,77) por rubros de Ingresos de

acuerdo con la distribución incorporada en el

Título II “Presupuesto de Ingresos” de la

presente Ordenanza.

ARTICULO 2º. Acuérdense los créditos

presupuestarios para el Ejercicio Fiscal

2014, en la cantidad de UN MILLARDO

TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO

MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA

Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y

SEIS BOLÍVARES CON SETENTA Y

SIETE CÉNTIMOS * (Bs.

1.345.659.176,77) asignados a los diferentes

sectores, programas, actividades o proyectos,

partidas, sub-partidas, y las controladas y

asignadas a los créditos de Seguridad Social

y Gastos no Clasificados Sectorialmente, de

conformidad con el Título III “Presupuesto

de Gastos” de esta Ordenanza.

ARTICULO 3º. Los créditos

presupuestarios asignados a los programas (o

categorías equivalentes), proyectos o

partidas, que hayan sido eliminados por

decisión del Concejo Municipal, no podrán

ser restablecidos mediante el uso de la

partida Rectificaciones al Presupuesto. A

estos efectos, el Concejo Municipal, dentro

de los diez (10) días hábiles siguientes a la

publicación de esta Ordenanza, participará

las correspondientes eliminaciones a la

Contraloría Municipal.

ARTICULO 4º. Cada año, el Alcalde o

Alcaldesa presentará al Concejo Municipal

para su aprobación, el Proyecto de

Ordenanza de Presupuesto Anual de

Ingresos y Gastos del Municipio, elaborado

en concordancia con los planes locales y

dentro de las líneas generales del Plan de

Desarrollo Económico y Social de la Nación.

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ARTICULO 5º. La Distribución

Institucional del Presupuesto de Gastos, será

aprobada por cada órgano o ente del Poder

Público del Municipio Iribarren, a través del

acto respectivo, esta Distribución consiste en

el detalle de los créditos presupuestarios

acordados a las diferentes categorías

presupuestarias en el nivel de las

actividades, por partidas, genéricas,

específicas y sub.-específicas y solo tendrá

carácter informativo para fines

administrativos, de control interno de los

programas de gastos de la Alcaldía y de sus

entes descentralizados.

ARTICULO 6º. Los Recursos y Egresos

acordados en la presente Ordenanza de

Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del

Municipio, para el Ejercicio Fiscal del 2014,

se desagregan de acuerdo al Clasificador

Presupuestario del 2013, emanado de la

Oficina Nacional de Presupuesto

(ONAPRE).

ARTICULO 7º. El Alcalde o Alcaldesa, el

Presidente o Presidenta del Concejo

Municipal, el Contralor o Contralora

Municipal y las máximas autoridades de las

unidades Administrativas de la Alcaldía y de

los Organismos Desconcentrados o Entes

Descentralizados, serán los ordenadores de

compromisos y pagos en cuanto al

presupuesto de cada uno de los entes u

organismo que dirigen. Dichas facultades se

ejercerán y podrán delegarse en funcionarios

de alto nivel adscritos a ellos, en los

términos establecidos en la Ley Orgánica de

la Administración Pública, en cuanto sea

aplicable, haciendo constar el monto limite y

los conceptos de gasto objeto de la

delegación.

ARTICULO 8º. Antes del cierre del

segundo trimestre de cada año, el Alcalde o

Alcaldesa fijará los lineamientos generales

para la formulación del Proyecto de

Ordenanza de Presupuesto Anual de

Ingresos y Gastos Municipales, a tal efecto

la Oficina de Presupuesto deberá:

1. Elaborar un cronograma con las

principales tareas a cumplir, indicando las

acciones, lineamientos que deberán

ejecutar los ordenadores de compromisos

y pagos.

2. Solicitar a los ordenadores de

compromisos y pagos la información

sobre las categorías presupuestarias,

partidas y metas y cualquier otra

información necesaria que conformarán

los anteproyectos de presupuesto.

3. Preparar la versión inicial del

anteproyecto, consistente en los

lineamientos previamente establecidos

que se someterá a la consideración del

Alcalde o Alcaldesa.

ARTICULO 9º. A los efectos de cumplir

con la fecha de presentación del Proyecto de

Ordenanza de Presupuesto anual de Ingresos

y Gastos del Municipio junto con el Plan

Operativo Anual al Concejo Municipal, los

Directores o la máxima autoridad de los

órganos y entes que integran el Poder

Público del Municipio Iribarren, elaborarán

el Proyecto de Presupuesto y Plan Operativo

Anual para el Ejercicio Fiscal 2014 y lo

someterán a la consideración del Alcalde o

Alcaldesa para su revisión y ajuste por

intermedio de la Oficina de Planificación y

Presupuesto de acuerdo al cronograma

establecido por esta Oficina.

En caso de incumplimiento del plazo

señalado en el cronograma, la Oficina de

Planificación y Presupuesto, está elaborará

de oficio los respectivos proyectos,

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considerando el presupuesto del año en curso

y la información referida en el Capítulo II,

de la Ejecución Presupuestaria, Artículo 12

relativas a la ejecución física y ejecución

presupuestaria de la Unidad ejecutora,

Organismo o Ente.

ARTICULO 10. De acuerdo a la Ley

Orgánica del Poder Público Municipal y su

incidencia en la autonomía orgánica y

funcional de las ramas del Poder Público

Municipal, toda referencia contenida en esta

Ordenanza atinente a autorizaciones,

trámites entre otros, del Alcalde o Alcaldesa

o de alguna estructura de la rama ejecutiva

municipal, se entenderá, referida al

Contralor o Contralora Municipal y a la

estructura de la Contraloría Municipal y al

Concejo Municipal y a su estructura, según

sea el caso.

CAPITULO II

DE LA EJECUCION

PRESUPUESTARIA

ARTICULO 11. Los Órganos, Entes y

Unidades Ejecutoras de los créditos

presupuestarios asignados en la presente

Ordenanza dispondrán de los primeros

quince (15) días continuos de iniciado el

ejercicio presupuestario, para remitir a la

Oficina de Planificación y Presupuesto, la

programación de la ejecución física y

financiera de los recursos asignados, de

acuerdo a las instrucciones y procedimientos

técnicos suministrados por ésta. Dicha

programación se utilizará para fines de

control interno y de coordinación de los

pagos con el flujo de ingresos.

ARTICULO 12. Los Órganos, Entes y

Unidades Ejecutoras, dentro de los diez (10)

siguientes al término de cada trimestre,

deberán remitir los resultados de la ejecución

física y ejecución presupuestaria, a la

Oficina de Planificación y Presupuesto,

conforme al instructivo elaborado para tal

fin. Los resultados de la ejecución financiera

deberán remitirse a la Dirección de

Administración y Finanzas en el mismo

lapso con copia a la Oficina de Planificación

y Presupuesto.

La Dirección de Administración y Finanzas

analizará las mencionadas ejecuciones, las

cuales una vez consolidadas, se remitirán

trimestralmente al Alcalde o Alcaldesa para

ser enviada al Concejo Municipal y a la

Contraloría Municipal dentro de los treinta

(30) días siguientes al vencimiento del

período del cual se trate.

Igualmente deberá remitir copia a la Oficina

de Planificación y Presupuesto, a fin de

adecuar el ritmo de la Ejecución del

Presupuesto, evaluar los resultados,

comprobar el cumplimiento de los objetivos

y metas establecidos en el Plan Operativo

Anual de la Alcaldía y proponer

oportunamente los correctivos que se

estimen necesarios.

ARTICULO 13. Las Unidades ejecutoras

responsables, que no den cumplimiento al

envío de la información en el plazo

establecido, no se le tramitarán recursos

adicionales, ni modificaciones entre partidas

hasta tanto se efectúe la entrega de la

ejecución pendiente.

ARTICULO 14. Si durante la ejecución del

Presupuesto, se evidenciare una reducción en

los ingresos previstos para el ejercicio, en

relación a las estimaciones contenidas en la

Ordenanza de Presupuesto Anual de

Ingresos y Gastos, el Alcalde o Alcaldesa

ordenará los ajustes necesarios en los

respectivos créditos presupuestarios

acordados en la Ordenanza de Presupuesto

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Anual de Ingresos y Gastos 2014, oídas las

opiniones de la Oficina de Planificación y

Presupuesto, Dirección de Administración y

Finanzas y Dirección de Tesorería

Municipal. La decisión será publicada en la

Gaceta Municipal.

PARAGRAFO UNICO: Igualmente, el

Alcalde o Alcaldesa, podrá solicitar al

Concejo y a la Contraloría Municipal, un

plan de ajustes en sus presupuestos de

gastos, proporcional a la reducción de

ingresos experimentada. Las decisiones a

este respecto, deberán publicarse en Gaceta

Municipal.

CAPITULO III

DE LAS MODIFICACIONES

PRESUPUESTARIAS

ARTICULO 15. Las Modificaciones

Presupuestarias que sean necesarias efectuar

durante la ejecución del Presupuesto de

Gastos, se regirán de acuerdo a las siguientes

normas:

1. De conformidad con lo establecido en el

Artículo 247 de la Ley Orgánica del

Poder Público Municipal; el Concejo

Municipal, a solicitud del Alcalde o

Alcaldesa, podrá aprobar créditos

adicionales al Presupuesto de Gastos para

cubrir gastos necesarios no previstos en la

Ordenanza de Presupuesto o Créditos

Presupuestarios insuficientes. Los

adicionales podrán ser financiados con:

a. Recursos que provengan de un mayor

rendimiento de los ingresos

calculados en la ordenanza de

presupuesto o estimaciones de los

mismos que garanticen que el Tesoro

Municipal contará con dichos

recursos.

b. Economías en los gastos que se

hayan logrado o se estimen en el

ingreso del ejercicio.

c. Existencia del Tesoro no

comprometida y debidamente

certificada por el Tesorero o Tesorera

Municipal.

d. Aportes especiales acordados por los

Gobiernos Nacional y Estadal; y

Otras fuentes de financiamiento que apruebe

el Concejo Municipal de conformidad con

las leyes.

Los Créditos Adicionales que hayan de

financiarse con economías en los gastos,

deberán ser expresamente determinados y se

acordarán las respectivas insubsistencias o

anulaciones de créditos presupuestarios. Se

entenderán por insubsistencias las

anulaciones totales o parciales de créditos

presupuestarios de programas, sub.-

programas, proyectos y partidas, que reflejen

economías en los gastos.

2. Los traspasos de créditos presupuestarios

entre partidas de una misma

denominación o de diferentes

denominaciones pertenecientes a un

programa, subprogramas o proyectos, o a

diferentes programas, subprogramas o

proyectos correspondientes a uno o varios

sectores se realizarán de acuerdo a la

siguiente escala:

a. Cuando el monto sea mayor del treinta

y cinco por ciento (35%), de los

respectivos créditos originales de la

partida cedente, requerirán

autorización del Concejo Municipal.

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b. Si no excede del treinta y cinco por

ciento (35%) de la asignación original

de la partida cedente, serán autorizados

por el Alcalde o Alcaldesa.

c. Si no excede del veinte por ciento

(20%) de la asignación original de la

partida cedente, serán autorizados por

la Oficina de Planificación y

Presupuesto.

3. Los créditos presupuestarios asignados a

la partida 404 (Activos Reales), solo

podrán ser modificados mediante

traspasos, durante la ejecución

presupuestaria, para ser orientadas a la

misma partida 404. Así mismo cuando

signifique un aumento de los créditos

presupuestarios de dicha partida serán

aprobados por Concejo Municipal, el

Alcalde o Alcaldesa o la Oficina de

Planificación y Presupuesto de acuerdo a

las escalas establecidas en el Numeral 2,

literales a, b y c del presente artículo.

4. Los créditos presupuestarios asignados a

la partida Rectificaciones al Presupuesto

498010100 serán autorizadas por el

Alcalde o Alcaldesa, para atender gastos

imprevistos que se presenten en el

transcurso del ejercicio para aumentar los

créditos presupuestarios que resultaren

insuficientes durante la ejecución del

Presupuesto de Gastos. Salvo casos de

emergencia, los recursos de este crédito

no podrán destinarse a crear nuevos

créditos ni cubrir gastos cuyas

asignaciones hayan sido disminuidas por

los mecanismos formales de

modificaciones presupuestarias.

5. En los traspasos de créditos

presupuestarios asignados a un programa,

subprograma o proyecto o a diferentes

programas, subprogramas o proyectos,

correspondientes a uno o varios sectores

destinados a la ejecución de programas

y/o proyectos de Inversión podrán ser

tramitados por el Alcalde o Alcaldesa a

través del Concejo Municipal, y podrán

llevar la certificación aprobación del

proyecto por el Consejo Local de

Planificación Pública del Municipio

Iribarren, cuando se trate de

modificaciones que originen variaciones

en las metas originalmente previstas en

las diferentes categorías presupuestarias.

Los traspasos de créditos presupuestarios

entre partidas de una misma denominación o

de diferentes denominaciones pertenecientes

a un programa, subprograma o proyecto

correspondiente a uno o varios sectores de la

Contraloría y el Concejo Municipal, los

realizará su unidad de presupuesto hasta un

20% de la partida cedente, si excede de este

porcentaje será aprobada por el Contralor

Municipal y el Presidente del Concejo

respectivamente.

ARTICULO 16. El trámite necesario a los

efectos de cualquier modificación en los

créditos presupuestarios aprobados en esta

Ordenanza, o aquellos aprobados por el

Alcalde o Alcaldesa, Concejo Municipal o

Contraloría Municipal se iniciará en la

unidad ejecutora. En los casos que

corresponda, deberá constar la conformidad

de las unidades que ceden recursos

financieros. La Oficina de Planificación y

Presupuesto o su equivalente en el Concejo

Municipal y Contraloría Municipal

coordinará la preparación de la información

que deberá ser presentada a la instancia de

aprobación correspondiente.

En el caso de las modificaciones

presupuestarias que requieran la cesión de

recursos perteneciente a la categoría

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presupuestaria 401 “Gastos de Personal”, de

una o más unidades pertenecientes a la

Estructura Organizativa de la Alcaldía, se

requerirá sólo la autorización de la Oficina

de Recursos Humanos y se tomará como

base de cálculo para establecer el porcentaje

de autorización dispuesto en el Artículo 15,

Numeral 2 de ésta Ordenanza, el monto total

de la categoría presupuestaria 401 “Gastos

de Personal”.

ARTICULO 17. A los fines de alcanzar una

mayor operatividad del trámite de

modificaciones presupuestarias, aquellos

casos en que se amerite la cesión de

recursos, de unas o más unidades

pertenecientes a la Estructura Organizativa

de la Alcaldía, podrán ser autorizadas por el

Alcalde o Alcaldesa, con la posterior

notificación a la unidad cedente, sobre la

disminución efectuada.

Las referencias al Alcalde o Alcaldesa y a la

estructura de la Alcaldía contenidas en este

artículo, deberán entenderse referidas al

Concejo Municipal y a la Contraloría

Municipal y a sus estructuras en cuanto sea

aplicable; en virtud de la autonomía orgánica

funcional y administrativa prevista en el

ordenamiento jurídico para estos órganos, en

lo relativo a la ejecución de sus

presupuestos.

CAPITULO IV

DE LA CONTABILIDAD

PRESUPUESTARIA

ARTICULO 18. De acuerdo a lo

establecido en el artículo 242 de la Ley

Orgánica del Poder Público Municipal, el

límite legal para la ejecución de un gasto,

será el saldo disponible de los créditos

presupuestarios asignados a la partida,

dentro del respectivo programa, proyecto o

categoría presupuestaria equivalente.

ARTICULO 19. Los gastos causados y no

pagados al treinta y uno (31) de diciembre se

pagarán durante el año siguiente, con cargo a

las disponibilidades en caja y banco

existentes a la fecha de cierre del Ejercicio

Fiscal.

Los gastos comprometidos y no causados al

treinta y uno (31) de diciembre se imputarán

automáticamente al ejercicio siguiente,

afectando los mismos a los créditos

disponibles para el ejercicio en curso.

Los compromisos originados en sentencia

firme con autoridad de cosa juzgada o

reconocidos administrativamente de

conformidad con el marco legal vigente, así

como los derivados de los reintegros que

deban efectuarse por concepto de tributos

recaudados en exceso, se pagarán con cargo

al crédito presupuestario de las partidas

correspondientes.

CAPITULO V

ADMINISTRACION DE PERSONAL

ARTICULO 20. La relación de cargos y sus

respectivos sueldos básicos, estructura

organizativa y tabulador de cargos,

correspondiente a la Alcaldía, podrá ser

modificada por el Alcalde o Alcaldesa,

durante la Ejecución del Presupuesto

correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014,

conforme con lo establecido en el

ordenamiento jurídico aplicable.

ARTICULO 21. El crédito Presupuestario

previsto en la partida específica 401-

04-07-00, "Bonificación a Empleados", del

Sector 01, Programa 12, Actividad 00

"Servicio Municipal de Administración

Tributaria", será utilizado para atender, de

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ser procedente, el pago de obvenciones

fiscales derivadas de los reparos fiscales

realizados a los contribuyentes,

contempladas en las Ordenanzas

Municipales. Mientras se mantengan estas

obvenciones.

ARTICULO 22. En concordancia con lo

dispuesto en el Artículo 242 de la Ley

Orgánica del Poder Público Municipal,

relativo al límite máximo a las

autorizaciones disponibles para gastar, se

establece la siguiente limitación a los

traspasos para incrementar la disponibilidad

de la partida especifica 401-00-00-00,

"Gastos de Personal", en las específicas 401-

01-01-00, " Sueldos Básicos Personal Fijo a

Tiempo Completo", 401-01-29-00 "Dietas" y

401-01-10-00 "Salarios a Obreros en Puestos

Permanentes". Para incrementar estas

específicas, se procederá de la forma

siguiente:

1. Cuando el valor de la modificación sea

inferior a CUATROCIENTAS

UNIDADES TRIBUTARIAS (400 UT.),

podrá ser autorizado por la Oficina de

Planificación y Presupuesto.

2. Cuando el valor de la modificación sea

superior a CUATROCIENTAS

UNIDADES TRIBUTARIAS (400 UT.),

hasta OCHOCIENTAS UNIDADES

TRIBUTARIAS (800 UT.), se requerirá

la aprobación del Alcalde o Alcaldesa.

3. Para modificaciones cuyo monto sea

superior a OCHOCIENTAS UNIDADES

TRIBUTARIAS (800 UT.), será

requerida la aprobación del Concejo

Municipal, previo informe de la Oficina

de Planificación y Presupuesto.

CAPITULO VI

REGIMEN PRESUPUESTARIO

DE LOS ENTES DESCENTRALIZADOS

ARTICULO 23. Los Entes

descentralizados del Municipio previstos en

el Título I, de la Ley Orgánica de la

Administración Financiera del Sector

Público, que tengan asignados recursos

presupuestarios en la presente Ordenanza,

para poder gozar de ellos, están obligados

cumplir con lo dispuesto en el Artículo 11 de

estas Disposiciones. Igualmente remitir a la

Oficina de Planificación y Presupuesto el

Informe de cierre del Ejercicio Fiscal,

debidamente aprobado por su Directorio o

Junta Directiva y avalado por la unidad de

Auditoría Interna o la que la sustituya, en un

plazo no mayor de 90 días continuos al

cierre del Ejercicio Fiscal.

PARAGRAFO UNICO: La Oficina de

Planificación y Presupuesto remitirá a la

Dirección de Administración y Finanzas la

Programación Financiera, una vez fijados los

montos de las cuotas partes correspondientes

a los créditos presupuestarios asignados en la

presente Ordenanza, con copia a la

Dirección de Tesorería Municipal.

ARTICULO 24. Los Entes descentralizados

del Municipio, dentro de los diez (10) días

siguientes al término de cada trimestre,

deberán remitir los resultados de la ejecución

física y ejecución presupuestaria, de acuerdo

al Artículo 12 de esta Ordenanza, a la

Oficina de Planificación y Presupuesto,

conforme al instructivo elaborado para tal

fin. Por su parte, los resultados de la

ejecución financiera deberán remitirse a la

Dirección de Administración y Finanzas en

el mismo lapso.

PARAGRAFO UNICO: La entrega de

cuota parte correspondiente a los recursos

asignados en la presente Ordenanza, se

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realizará previa presentación, ante la Oficina

de Planificación y Presupuesto y la

Dirección de Administración y Finanzas, de

los informes de ejecución física y financiera

de sus respectivos programas así como la

rendición de cuenta de los recursos

entregados.

Los Entes descentralizados del Municipio,

que no den cumplimiento al envío de la

información en el plazo establecido, no se le

tramitarán recursos adicionales, ni

modificaciones entre partidas hasta tanto se

efectúe la entrega de la ejecución pendiente.

ARTICULO 25. Las Modificaciones

Presupuestarias que sea necesario efectuar

durante la ejecución del Presupuesto de

Gastos para los Entes Descentralizados en

relación a traspasos de créditos

presupuestarios entre partidas de una misma

denominación o de diferentes

denominaciones se regirán de acuerdo a las

siguientes escalas:

1. Si excede del veinte por ciento (20%) de

la asignación original de la partida

cedente, serán autorizados mediante

resolución por la Junta Directiva o

Directorio.

2. Si excede del treinta y cinco por ciento

(35%) de la asignación original de la

partida cedente, se remitirán la solicitud

al Concejo Municipal a través de la

Oficina de Planificación y Presupuesto

del ejecutivo Municipal.

En los traspasos de créditos presupuestarios

asignados a un programa, subprograma o

proyecto o a diferentes programas,

subprogramas o proyectos, correspondientes

a uno o varios sectores destinados a la

ejecución de programas y/o proyectos de

Inversión podrán ser tramitados por el

Alcalde o Alcaldesa a través del Concejo

Municipal, previa certificación aprobación

del proyecto por el Consejo Local de

Planificación Pública del Municipio

Iribarren, cuando se trate de modificaciones

que originen variaciones en las metas

originalmente previstas en las diferentes

categorías presupuestarias.

Los créditos presupuestarios acordados en la

Ordenanza de Presupuesto anual, destinados

a cubrir gastos de inversión con el objeto de

dar cumplimiento a los artículos 231 y 242

de la Ley Orgánica del Poder Público

Municipal, solo podrán ser modificadas

mediante traspasos durante la ejecución del

Presupuesto para ser orientados hacia otros

gastos de inversión o de formación de capital

con el fin de mantener el porcentaje de la

Ley.

CAPITULO VII

DE LA AUTONOMÍA FUNCIONAL

DE LAS OTRAS RAMAS DEL PODER

PÚBLICO MUNICIPAL

ARTICULO 26. Debido a la autonomía

orgánica, funcional y administrativa de la

Contraloría Municipal, esta administrará y

ejecutará los créditos presupuestarios

asignados al Programa denominado “Control

de Gestión Municipal”. Estos recursos se

transferirán en forma de cuotas partes acorde

a la programación financiera presentada,

cumpliendo así con lo previsto en el Artículo

44 de la Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal.

ARTICULO 27. De acuerdo a la autonomía

que se desprende de los artículos 175 de la

Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela, los artículos 75 y numeral 8 del

artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder

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Público Municipal, el Concejo Municipal

administrará y ejecutará los créditos

presupuestarios asignados al Programa

denominado “Dirección y Coordinación de

los Servicios Auxiliares del Concejo

Municipal” estos recursos se transferirán en

forma de cuotas partes acorde a la

programación financiera presentada por el

Concejo Municipal.

CAPITULO VIII

DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 28. Se faculta al Alcalde o

Alcaldesa para aprobar los traspasos de

créditos entre partidas genéricas, específicas

y sub.- específicas de una misma partida

dentro del programa cuyas unidades

ejecutoras estén adscritas a la Alcaldía.

ARTICULO 29. Los créditos

presupuestarios acordados en la Ordenanza

de Presupuesto anual, destinados a cubrir

gastos de inversión con el objeto de dar

cumplimiento a los artículos 242 y 245 de la

Ley Orgánica del Poder Público Municipal,

solo podrán ser modificadas mediante

traspasos durante la ejecución del

Presupuesto para ser orientados hacia otros

gastos de inversión o de formación de capital

con el fin de mantener el porcentaje

establecido en el Artículo 231 de la Ley

Orgánica del Poder Público Municipal. El

mismo tratamiento deberá aplicarse a los

recursos liberados por declaración de

insubsistencia.

ARTICULO 30. Sobre la base del principio

de colaboración de poderes para la

realización de los fines del Estado, previsto

en el artículo 136 de la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela, el

Concejo y la Contraloría Municipal

celebraran convenio con la Alcaldía a los

fines de regular que rubros, partidas o

servicios seguirán siendo administradas por

la Alcaldía y su estructura administrativa,

hasta tanto se realice la transferencia total de

recursos que posibiliten el ejercicio pleno de

su autonomía.

ARTICULO 31. Publíquese en Gaceta

Municipal.

Dada, firmada, refrendada y sellada en el

Salón donde celebra sus sesiones el Concejo

del municipio Iribarren en Barquisimeto a

los veintiocho días del mes de noviembre de

dos mil trece.

CONC. CÉSAR GAVIDIA

Presidente del Concejo

REFRENDADO:

MIRLA CHÁVEZ DE SALAS

Secretaria del Concejo Municipal

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE

VENEZUELA

ESTADO LARA

MUNICIPIO IRIBARREN

BARQUISIMETO, 03 DE

DICIEMBRE DE 2013

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

NELSON B. VERDE GRATEROL

ALCALDE (E)

(FDO.)

REPÚBLICA BOLIVARIANA

DE VENEZUELA

ESTADO LARA

CONCEJO DEL MUNICIPIO

IRIBARREN

PRESIDENTE

CÉSAR GAVIDIA

CONCEJALES:

VICTOR ESCALONA

ESTHER CAMACHO

MARBELLA URANGA

SORANDY CORDERO

JOSE MANUEL AULAR

CARMEN CASTRO

JOSE LUIS CRESPO

DIGNA SUÁREZ

GABRIEL GUERRERO

EDILBERTO ROJAS

JOSE ORASMA

SECRETARIA DEL CONCEJO

MIRLA CHAVEZ

SINDICO PROCURADOR

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MUNICIPAL

ABG. RAUL MENDOZA

MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LOS RECURSOS PARAEL AÑO 2014

PRESUPUESTO DE INGRESOS AÑO 2014.

La justificación de los ingresos para el año 2014, poseen su fundamentación en la

observación y análisis del comportamiento recaudatorio de los diferentes tributos municipales

durante el año corriente, derivándose al respecto las siguientes conclusiones:

a.- Durante los meses de enero y febrero se logró alcanzar la meta prevista, así mismo, durante

los tres primeros meses del año se mantuvo una rebaja del 20% en el impuesto sobre inmuebles

urbanos y en el impuesto de vehículos por pronto pago, estas razones tan importantes reflejan una

conducta atípica sobre los montos recaudados.

b.- En los demás meses del año con sus altos y sus bajas se cumplieron las metas previstas de los

meses abril, mayo, junio, julio, haciendo un gran esfuerzo el equipo del Servicio Municipal de

Administración Tributaria y las estrategias implementadas para tal fin.

A nivel nacional el Producto Interno Bruto (PIB) en el primer trimestre hubo un

crecimiento de 0,5%, y el segundo trimestre continua con una tendencia ascendente con 2,6%, lo

cual es sumamente importante porque esto significa generación de empleo y que cada punto de

crecimiento significa unas 70 mil personas empleadas”, esta tendencia de la economía nacional

representa un alza de 1,6 por ciento en comparación al primer semestre del año 2012, con este

resultado favorable obtenido en el periodo abril-junio se consolida el proceso de expansión del

aparato productivo nacional iniciado en el cuarto trimestre de 2010, en el marco de un entorno

internacional muy volátil caracterizado por la aceleración de la crisis global, centrada en los

endeudamientos de las economías más desarrolladas. En referencia al sector manufacturero,

recalcó que en el segundo trimestre del 2013 dicho tramo obtuvo un crecimiento importante,

equivalente a 5.7%. “A medida que crezca la industria manufacturera, eso contribuye a la

generación de empleo y el incremento del consumo de los particulares”.

Al analizar el PIB bajo el enfoque de actividades económicas, el crecimiento puntual del

segundo trimestre del año se explica por los desempeños favorables evidenciados en el informe

del BCV, donde revela también que las actividades económicas del sector no petrolero crecieron

2,3%, mientras que el petrolero fue de 1,3%. este último asociado a la extracción y refinación de

crudo. La política presupuestaria con precios petroleros estimados a 50 ($) dólares por barril en el

último año ha logrado que los excedentes del crudo se destinen a financiar la inversión social y

productiva, impulsando el crecimiento económico nacional.

El Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, Jorge Giordani, recordó que

las proyecciones económicas nacionales no deben ser realizadas en términos de los precios del

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petróleo, dado que estos son volátiles. El ministro en las entrevistas concedidas en los diferentes

medios audiovisuales y escritos hizo referencia a la brusca variación de los precios del crudo

ocurrida en 2008, cuando pasaron de 140 ($) dólares el barril a 30 ($) dólares, esto en menos de 6

meses, igualmente hizo énfasis en que el presupuesto debe desvincularse de ese ingreso petrolero,

debe basarse en los ingresos, el valor de la producción de bienes y servicios que se produzcan y

que se paguen impuestos. Así mismo expresó durante su presentación del Proyecto de Ley de

Presupuesto Nacional para el ejercicio fiscal 2014 se calcula con un precio del petróleo a 55 ($)

dólares por barril.

El titular de la cartera de Planificación y Finanzas dijo que “esta proporción consolida a

los ingresos fiscales no petroleros como la principal fuente de financiamiento del Presupuesto

Nacional”. Asimismo, Por su parte, Nélson Merentes redujo a la mitad la meta de crecimiento

para 2013 fijada a principios de año, que era de 6%. Aseguró que “si la economía sigue así,

podemos asegurar que Venezuela tendrá un crecimiento de 3 o más en 2013″ siendo el peso de

este sector en el PIB, de 20,6%. y un tipo de cambio de 6,3 bolívares por dólar.

En el ámbito municipal se deben tomar medidas necesarias que coadyuven al rendimiento

máximo de los recursos, tanto desde el punto de vista de la estructura administrativa.

Observando la estructura organizacional, en este momento, se debe ordenar dándole prioridad

a sus funciones y competencias. Internamente la máxima autoridad y sus directores deben

volcar sus ojos hacía la cadena productiva de la alcaldía e invertir en ésta para lograr avanzar

en la productividad de las metas de recaudación.

Servir de enlace con el Ejecutivo Nacional para reactivar las Zonas Industriales establecidas

en la jurisdicción.

Replantear a nivel de la Presidencia de la República la deuda tributaria mil millonaria que

posee ENELBAR C. A. hasta el 2010.

Orientar nuestras inspecciones fiscales hacia los sectores comunicaciones, construcción y

servicios.

Las políticas tributarias para incrementar la recaudación municipal para el año 2014, se

basarán en los siguientes objetivos estratégicos:

1.- Descentralizar por parroquias la Oficina de Atención al Contribuyente y al Inversionista

(O.A.C.I).

3.- Actualizar el Registro de Contribuyentes.

4.- Ejecutar operativos conjuntos con el Servicio Nacional Integrado de Administración

Aduanera Tributaria (SENIAT).

5.- Aumentar las auditorias fiscales en los diferentes sectores económicos en crecimiento.

6.- Incrementar el número de fiscales de empresas.

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7.- Mejorar la participación ciudadana en la implementación de los operativos de fiscalización de

los deberes formales, a través, de las estructuras organizadas del Poder Popular.

ASPECTOS GENERALES

Para el ejercicio económico financiero del año 2014 se estima un total de Ingresos Propios

equivalente al monto de NOVECIENTOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL

CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.

905.811.496,00), con un incremento general por rubros con respecto al presupuesto del año 2.013

en un 40%.

Los ingresos por concepto de Impuestos Indirectos estimados para el año 2014 ascienden

a la cantidad de OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS

OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.

835.408.940,00), que incluye los seis (06) impuestos Municipales y el ramo correspondiente a la

Deuda Morosa.

Con respecto al grupo de Ingresos no Tributarios para el año 2014, el monto a recaudar

asciende a la cantidad de TREINTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y

SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.

38.667.530,00), dentro de los cuales se encuentran los rubros de Mensuras y Deslindes, Permisos

Municipales, Mercados, Cementerios, Certificados y Solvencias y Otros Tipos de Tasas donde se

espera un incremento debido al desarrollo en el sector inmobiliario y sus operaciones

comerciales.

Se estima por concepto de Ingresos por Venta de Bienes y Servicios de la Administración

Municipal alcance a recaudar la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y

CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.

1.864.142,00), dado por las ventas de Gacetas Municipales y otros formularios.

Con respecto a los ingresos provenientes por concepto de Ingresos de Propiedad para el

año 2014, se prevé la cantidad de DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.

18.600,00), cuyo monto significa un aumento del 40%, estimado con respecto al año 2013,

producidos por el alquiler de tierras y terrenos del Municipio.

En cuanto al ramo de Diversos Ingresos se estima un monto equivalente a la cantidad de

VEINTISIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO DIECISIETE BOLÍVARES

CON CERO CENTIMOS (Bs. 27.095.117,00), generados por los rubros de Multas y Recargos e

Intereses Moratorios.

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Con respecto a Otros Ingresos Ordinarios se planifica recaudar la cantidad de UN

MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO

BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.692.174,00).

Con relación a los Recursos Propios de Capital se estima la cantidad de UN MILLON

SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES BOLÍVARES CON

CERO CENTIMOS (Bs. 1.064.993,00).

A continuación se resume el monto de los ingresos estimados para el año 2014, así como

el Incremento del año 2013-2014 de cada grupo de ingresos con respecto a la totalidad de los

recursos propios:

INGRESOS Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO

AÑO 2014

(MILES DE BOLÍVARES)

RECURSOS MONTO

INCREMENTO

2013-2014 (%)

INGRESOS PROPIOS 905.811.496,00 40%

IMPUESTOS INDIRECTOS 835.408.940,00 40%

INGRESOS NO

TRIBUTARIOS 38.667.530,00

40%

INGRESOS POR VTA. DE

BIENES 1.864.142,00

40%

INGRESOS PROPIEDAD 18.600,00 40%

DIVERSOS INGRESOS 27.095.117,00 40%

OTROS INGRESOS

ORDINARIOS 1.692.174,00

40%

RECURSOS PROPIOS DE

CAPITAL 1.064.993,00

40%

1.- IMPUESTOS INDIRECTOS

1.1. INMUEBLES URBANOS: El impuesto inmobiliario se incrementa en un 40% con

respecto al monto estimado para el año 2014, aplicándose las siguientes estrategias para el

logro de la meta planificada:

Implementar operativos en consenso y con la participación del ciudadano.

Celebrar convenios de cobros con los condominios, consejos comunales, otorgándoles un

porcentaje (%) por lo recaudado, siempre y cuando se invierta en el mantenimiento de los

inmuebles propios.

Efectuar alianzas estratégicas con una aseguradora de inmuebles, ejecutando el programa

“Asegura tu inmueble”… al día con tus impuestos municipales.

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Implementar las inspecciones fiscales en forma Multi-impositivas (fiscales auditores-

fiscales deberes formales).

Sancionar la Ordenanza sobre plusvalía de propiedades inmuebles causada por cambios

de uso o de intensidad en el aprovechamiento, con que se vean favorecidos con los planes

de ordenamiento urbanístico.

Sancionar la Ordenanza de contribuciones especiales por mejoras (Art.179,3 CRBV).

Sancionar la Ordenanza sobre impuestos prediales (Art. 179,3 CRBV).

Sancionar la Ordenanza sobre transacciones inmobiliarias (Art. 180 LOPPM).

Exigir contratos de arrendamiento a los contribuyentes visitados, a través del

cumplimiento del plan operativo anual, para cruzar información con catastro y así

incrementar el ingreso por este impuesto.

Cobrar a domicilio con tarjeta de débito (punto de ventas), realizando alianzas

estratégicas con entidades financieras.

1.2. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS: En este tributo se estima un

incremento de un 40% para el presupuesto del año 2014, considerando las siguientes

estrategias:

Fiscalizar las industrias y comercios involucrados en el crecimiento económico que se

espera en el Municipio Iribarren para el próximo año 2014 tales como: fabricación de

cementos, cal y yeso y todos los materiales relacionados con la construcción, sector

alimentario, estacionamientos, calzados, vestidos; licores.

- Sector financiero, telecomunicaciones y servicios.

- Edición de periódicos y revistas.

-Empresas dedicadas a la construcción, reparación y mantenimiento de autopistas

y carreteras.

- Casas de empeño, agentes y corredores de seguros y reaseguros, bolsas de

valores, empresas de asesoramiento, oficinas de compra y venta de bienes inmuebles,

oficinas y empresas urbanizadoras, empresas dedicadas a la ventas de lotes en los

cementerios y residencias.

- Servicios de publicidad, agencias de información y noticias.

- Tipografías.

Verificar el padrón de contribuyentes, en cuanto al cumplimiento o no del deber formal

de declarar los anticipos y declaraciones definitivas correspondientes al año 2014, esta

acción genera:

Operativos de visitas, citaciones y fiscalizaciones según el caso.

Emitir multas de oficio en los casos que se detecte el incumplimiento del deber

formal.

1.3. PATENTE DE VEHÍCULOS: Este rubro registra una variación presupuestaria

positiva para el año 2013, y se espera mantener esta tendencia para el año 2014, tomando en

consideración las siguientes estrategias:

Firmar convenio con la Policía Municipal y Tránsito Terrestre, para exigir mediante

operativos de campo los impuestos por concepto de vehículos.

Realizar contacto con instituciones y corporaciones para colocar puntos estratégicos

para el pago del impuesto sobre Patente de Vehículo (SENIAT, UCLA, UNEXPO,

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IUTIRLA, UPEL, Fermín Toro, Universidad Yacambú, Tecnológico Antonio José de

Sucre, MAKRO, Las Trinitarias, Babilón, Metrópolis, Mercabar, entre otras).

Implementar el programa auxilio vial “Al día con el Municipio”.

Efectuar convenio con las Notarías, para exigir al momento de firmar la Compra-Venta,

la solvencia por impuesto de vehículo de acuerdo a su domicilio.

Efectuar convenio con ADAMCO, para exigir al momento de la Compra-Venta, se

realice la cancelación del impuesto de vehículo, dando a consignación la planilla del

pago de vehículo.

Efectuar convenio con las empresas de Seguros y Reaseguros, para exigir en el

momento de adquisición de la Póliza la Solvencia Municipal del Impuesto de Vehículo.

1.4. PROPAGANDA COMERCIAL: En este rubro se prevé realizar:

Operativos con la Dirección de Planificación y Control Urbano (DPCU), y la unidad

de Cobranzas Morosas del SEMAT, para el año 2014, con el objeto de cubrir las

metas presupuestadas.

Realizar Trabajos de campo en el municipio, a través de los Fiscales de Empresas con

el fin de verificar o exigir el cumplimiento de la obligación tributaria en materia

publicitaria.

1.5. ESPECTACULOS PÚBLICOS: Se espera en este rubro un incremento del 40% para

el año 2014, aplicando las siguientes estrategias:

Se plantea realizar una alianza estratégica con el Servicio Nacional Integrado de

Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), con el fin de realizar inspecciones

a las empresas patrocinantes y productoras de espectáculos públicos.

Minimizar las exenciones y exoneraciones en materia de espectáculos públicos, con

el objeto de aumentar el monto a recaudar en este rubro impositivo municipal.

1.6. APUESTAS LÍCITAS: En este impuesto se plantea recaudar setecientos noventa y

siete mil quinientos cincuenta y seis Bolívares con cero céntimos (Bs. 797.556,00),

para lograr esta meta se realizará un trabajo informático, con el objetivo de conectarlo al

Servidor de la propuesta de juegos ON_LINE y efectuar operativos con los bingos y

salas de juegos.

1.7. DEUDA MOROSA: En este rubro se estima un incremento para el año 2014,

considerando la realización de convenios con abogados externos de probada solvencia

moral y técnica para que haga efectivo el cobro de los adeudos pendientes. También se

diseñará una política entre la Dirección de Hacienda y Sindicatura Municipal, con el fin

de obtener mayores ingresos por este concepto.

2.- INGRESOS POR TASAS

2.1. PERMISOS MUNICIPALES: En este rubro se estima un aumento para el

presupuesto del año 2014, originado por el incremento de la unidad tributaria (U.T).

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2.2. CERTIFICACIONES Y SOLVENCIAS: En este rubro se plantea un incremento

acorde con el incremento de la unidad tributaria (U.T), para el año 2014.

2.3. MENSURAS Y DESLINDES: Se prevé en este rubro un incremento acorde con el

crecimiento de la unidad tributaria (U.T) para el año 2014.

2.4. MERCADOS: Se estima en este rubro un incremento considerable para el presupuesto

del año 2014, originado por el incremento de la unidad tributaria (U.T).

2.5. CEMENTERIOS: En este rubro se prevé un ajuste acorde con el incremento de la

unidad tributaria (U.T), para el año 2014.

2.6. OTROS TIPOS DE TASAS: En dicho rubro se prevé un incremento para el 2014,

directamente proporcional al aumento de la unidad tributaria (U.T).

3. INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS.

3.1. VENTA DE GACETAS MUNICIPALES Y FORMULARIOS: Ingresos son

producto de las ventas de Formularios y Gacetas Municipales de interés público, por

lo que se espera recaudar para el 2014, la cantidad de Un Millón ochocientos sesenta y

cuatro mil ciento cuarenta y dos Bolívares con cero Céntimos (Bs.1.864.142,00).

4. INGRESOS PROPIEDAD.

4.1. INTERESES POR DEPOSITOS A LA VISTA: Ingresos derivados de los intereses

que generen los depósitos a la vista realizados en instituciones financieras.

4.2. INTERESES POR DEPOSITOS A PLAZO FIJO: Ingresos provenientes de los

intereses que generen los depósitos a plazo fijo efectuados en instituciones

financieras, no se estimaran ingresos por esta partida.

4.3. ALQUILERES DE TIERRAS Y TERRENOS: Ingresos causados por el alquiler a

terceros de tierras y terrenos propiedad de las instituciones públicas, se presupuesta

para el próximo ejercicio fiscal 2014, la cantidad de dieciocho mil seiscientos

Bolívares con Cero Céntimos (Bs. 18.600,00).

5. DIVERSOS INGRESOS:

5.1 RECARGOS E INTERESES POR DEMORA: los ingresos por concepto de

recargos e intereses por demora conforme lo establece el nuevo Clasificador

Presupuestario de Recursos, por consiguiente se prevé la cantidad de veintisiete

Millones noventa y cinco Mil ciento diecisiete Bolívares con cero céntimos (Bs.

27.095.117,00), considerando las variaciones positivas entre lo programado y lo

recaudado en el presente año 2013.

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5.2. MULTAS Y RECARGOS: Ingresos originados por multa y recargo, se prevé para el

próximo año 2014 la cantidad de siete Millones doscientos cuatro Mil doscientos

setenta y siete Bolívares con cero céntimos (Bs. 7.204.277,00).

6. OTROS INGRESOS ORDINARIOS:

6.1. OTROS INGRESOS ORDINARIOS: Por este rubro se imputan los ingresos que no

estén incluidos en otros ramos, presupuestándose la cantidad de un millón seiscientos

noventa y dos mil ciento setenta y cuatro Bolívares con cero céntimos (Bs.

1.692.174,00).

7. RECURSOS PROPIOS DE CAPITAL:

7.1 VENTA Y/O DESINCORPORACIÓN DE TIERRAS Y TERRENOS: Recursos

producto de la venta de tierras y terrenos propiedad de la institución, se estima la

cantidad de un millón sesenta y cuatro Mil novecientos noventa y tres Bolívares con

cero céntimos (Bs. 1.064.993,00).

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PLAN TRIBUTO 2014

DIRECCION DE HACIENDA

PROYECCION ESTIMADA DEL PRESUPUESTO DE LOS

INGRESOS POR RUBROS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014

Pos.Finan. Des. Cuenta Mayor Presupuesto 2013 Presupuesto 2014 VARIACION

%

3.01.02.05.00 Inmuebles Urbanos 16.729.713,00 23.421.598,00

6.691.885,00 40,00%

3.01.02.07.00 Patente Industrial 536.436.263,00 750.996.528,00

214.560.265,00 40,00%

3.01.02.08.00 Patente de Vehículos 2.659.505,00 3.723.307,00

1.063.802,00 40,00%

3.01.02.09.00 Propaganda Comercial 6.512.133,00 9.116.986,00

2.604.853,00 40,00%

3.01.02.10.00 Espectáculos Público 3.443.366,00 4.820.712,00

1.377.346,00 40,00%

3.01.02.11.00 Apuestas Lícitas 569.683,00 797.556,00

227.873,00 40,00%

3.01.02.12.00 Deuda Morosa 30.380.181,00 42.532.253,00

12.152.072,00 40,00%

3.01.02.00.00 Impuestos Indirectos

596.730.844,00 835.408.940,00

238.678.096,00 40,00%

3.01.03.48.00 Permisos Municipales 2.418.034,00 3.385.248,00

967.214,00 40,00%

3.01.03.49.00 Certif. y Solvencias 9.545.847,00 13.364.186,00

3.818.339,00 40,00%

3.01.03.53.00 Mensuras y Deslindes 3.254.159,00 4.555.823,00

1.301.664,00 40,00%

3.01.03.56.00 Mercados 1.286.454,00 1.801.036,00

514.582,00 40,00%

3.01.03.57.00 Cementerios 132.686,00 480.000,00

347.314,00 261,76%

3.01.03.99.00 Otros Tipos de Tasas 10.772.312,00 15.081.237,00

4.308.925,00 40,00%

3.01.03.00.00 Ingresos no Tributarios

27.409.492,00 38.667.530,00

11.258.038,00 41,07%

3.01.04.01.00 Sobre la Plusvalia Inmobiliaria

- 0,00

- 0,00%

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3.01.04.02.00 Contribuciones por Mejoras

- 0,00

- 0,00%

3.01.04.00.00 Ingresos por Contrib. Especiales

- 0,00

- 0,00%

3.01.09.01.01

Ing. Ventas de Gacetas

Municipales 1.331.530,00 1.864.142,00

532.612,00 40,00%

3.01.09.00.00 Ing. Ventas de Bienes y Servic.

1.331.530,00 1.864.142,00

532.612,00 40,00%

3.01.10.04.01 Intereses Deposit. A la Vista

100.000,00 0,00

(100.000,00)

-

100,00%

3.01.10.04.02 Intereses por Deposit. Plazo Fijo

100.000,00 0,00

(100.000,00) 0,00%

3.01.10.08.01

Alquileres de Edificios y

Locales

-

3.01.10.08.02 Alquileres de Tierras y Terrenos 13.286,00 18.600,00

5.314,00 40,00%

3.01.10.00.00 Ingresos a la Propiedad

213.286,00 18.600,00

(194.686,00) -91,28%

3.01.11.01.00 Intereses Moratorios 13.482.993,00 18.876.190,00

5.393.197,00 40,00%

3.01.11.05.00 Recargos e Intereses Moratorios 724.750,00 1.014.650,00

289.900,00 40,00%

3.01.11.08.00 Multa y Recargo 5.145.912,00 7.204.277,00

2.058.365,00 40,00%

3.01.11.00.00 Diversos Ingresos

19.353.655,00 27.095.117,00

7.741.462,00 40,00%

3.01.99.01.00 Otros Ingresos Ordinarios 1.208.696,00 1.692.174,00

483.478,00 40,00%

3.01.99.00.00 Otros Ingresos Ordinarios

1.208.696,00 1.692.174,00

483.478,00 40,00%

3.05.03.01.01 Situado Estadal 6.249.448,00 0,00 0,00%

3.05.03.01.02 Situado Municipal 239.042.693,00 347.363.154,00 0,00%

3.05.08.02.00

Fondo de Compensación

Interterritorial Municipal 62.152.979,00 0,00 0,00%

3.05.00.00.00 Transferencias y Donaciones

307.445.120,00 347.363.154,00

- 0,00%

3.06.01.01.00

Venta y/o desincorp. De Tierras

y Terrenos 760.709,00 1.064.993,00

304.284,00 40,00%

3.06.01.02.00

Ventas y/o desincorp.de Edif. Y

Instal. 0,00%

3.06.00.00.00 Recursos Propios de Capital

760.709,00 1.064.993,00

304.284,00 40,00%

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3.11.06.02.00

Disminucion de Fondos en

Anticipos

- 0,00%

3.11.06.00.00

Dism. Fond. En Avance, Anticip

y Fideic.

- 0,00

- 0,00%

3.00.00.00.00 Total Ingresos Ordinarios

954.453.332,00 1.253.174.650,00

258.803.284,00 27,12%

PLAN DE INVERSIÓN DE LOS ENTES DESCENTRALIZADOS PRESUPUESTO AÑO 2014

ENTE MONTO Bs.

CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DEL NIÑO Y DEL

ADOLESCENTE

350.000,00

FUNDACIÓN DEL NIÑO MUNICIPAL 7.140.000,00

AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO 24.489.505,13

EMPRESA MUNICIPAL DE INFRAESTRUCTURA Y CONSERVACIÓN

DEL AMBIENTE

202.119.148,77

INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA 103.778.394,65

INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO 18.753.857,00

FUNDACIÓN MUNICIPAL DE ECONOMÍA SOCIAL 900.000,00

INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO SOCIAL 22.500.469,00

CONCEJO MUNICIPAL (DIRECCIÓN Y COORDIINACIÓN DE LOS

SERVICIOS)

GASTOS DE INVERSIÓN SITUADO

74.782,741,00

1.413.370,00

CONTRALORÍA MUNICIPAL 37.922.048,00

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