fiscalidad como instrumento de apoyo a la i+d empresarial 2014
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Gobierno Vasco, las tres Diputaciones Vascas y SPRI firman un acuerdo con el objetivo de incentivar y fomentar las actividades de investigación y desarrollo en las empresas vascas dotando de una mayor seguridad jurídica a la obtención de deducciones en el Impuesto de Sociedades. El servicio de Emisión de "Informes técnicos de Calificación a Efectos Fiscales" gestionado por SPRI es un servicio diseñado por el departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco y SPRI para la evaluación de los proyectos de actividades de I+D presentados por las empresas, con el objetivo de incentivar, impulsar y fomentar las actividades de investigación y desarrollo en las empresas vascas dotando de una mayor seguridad jurídica a la aplicación de deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades.TRANSCRIPT
25 de febrero de 2014
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
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CONTEXTO
¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
ENFOQUE DE LA INICIATIVA
4 DOCUMENTAR LOS PROYECTOS DE I+D
5 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D
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Más I+D a través de la cooperación inter-institucional
1 CONTEXTO
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
cooperación
confianzatrabajo en equipo
Inter-institucionalidadapoyo
colaboración
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Un objetivo común:
1 CONTEXTO
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
Incentivar, impulsar y fomentar las
actividades de investigación,
desarrollo e innovación en las
empresas vascas.
Una apuesta firme por la I+D
dotando de una mayor seguridad
jurídica a la aplicación de
deducciones fiscales que
contribuyan a estos campos.
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Plasmado en la firma de un acuerdo….
1 CONTEXTO
Gobierno Vasco, las tres Diputaciones Vascas y SPRI hemos firmado un
acuerdo con el objetivo de incentivar y fomentar las actividades de
investigación y desarrollo en las empresas vascas dotando de una mayor
seguridad jurídica a la obtención de deducciones en el Impuesto de
Sociedades
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
1
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CONTEXTO
¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
ENFOQUE DE LA INICIATIVA
4
5 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D
DOCUMENTAR LOS PROYECTOS DE I+D
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Una iniciativa con dos vertientes:
2 ENFOQUE DE LA INICIATIVA
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
EVALUACIÓN DE LA CALIDAD LOS
PROYECTOS PLANTEADOS POR LAS
EMPRESAS VASCAS CON EL FIN DE QUE PUEDAN
ACREDITAR ESTA NATURALEZA A EFECTOS
DE ACOGERSE A LOS BENEFICIOS FISCALES DEL IMPUESTO SOBRE
SOCIEDADES
APLICACIÓN DE BENEFICIOS FISCALES DEL
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE LAS EMPRESAS VASCAS
DEDUCCIONES FISCALES DE LA
I+D
ANALISIS DE PROYECTOS DE
I+D
FISCALIDAD COMO
INSTRUMENTO DE APOYO A
LA I+D
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Rol de la SPRI
2 ENFOQUE DE LA INICIATIVA
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
Aplicar su experiencia como evaluadores de
proyectos de I+D
Esta evaluación técnica y el posterior informe
tendrán carácter vinculante, y será gratuito
Evaluar los proyectos de I+D presentados por las empresas y emitir, en caso de evaluación positiva, un Informe Técnico de Calificación a Efectos Fiscales, en el que se incluirán los datos de las empresas y los presupuestos coherentes aceptados para realizar las actividades consideradas I+D.
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Rol de la SPRI
2 ENFOQUE DE LA INICIATIVA
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
En el caso de proyectos en cooperación se
emitirá un informe por cada uno de los
socios del consorcio.
Se solicitará y emitirá un Informe
anualmente aunque se trate de proyectos
plurianuales
En esta primera fase sólo vamos a abordar proyectos de I+D, quedando los
proyectos de innovación tal como se recoge en la normativa fiscal.
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CONTEXTO
¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
ENFOQUE DE LA INICIATIVA
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5 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D
DOCUMENTAR LOS PROYECTOS DE I+D
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Proyectos de I+D según su objetivo principal
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
•Conjunto coherente de actividades de Investigación y Desarrollo (I+D).
•Las actividades deberán responder a la realización, principalmente, de Proyectos de Investigación y Desarrollo, según lo dispuesto en el Marco Comunitario sobre ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación y la normativa foral del Impuesto de Sociedades (Ver anexos).
3 ¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
Orientados al desarrollo de productos originales y superiores a los ya existentes a fin de dar mejor satisfacción a las demandas del mercado y de la sociedad.
Orientados a la mejora sustancial de productos ya existentes y/o a la mejora sustancial o desarrollo de nuevos procesos que aumenten la competitividad y/o la productividad de las empresas.
Orientados a la creación y lanzamiento de nuevas empresas cuyo objetivo sea el desarrollo de actividades o comercio con productos y servicios que impliquen un alto nivel de conocimiento científico y tecnológico; el desarrollo de un nivel elevado de actividades de I+D+i…
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Anexo Marco Comunitario. (Punto 2.2)
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
f) «investigación industrial», la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para investigación industrial, especialmente la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos contemplados en la letra g).
g) «desarrollo experimental», la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios.Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales. Se incluye asimismo el desarrollo de prototipos y proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando el prototipo sea por necesidad el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación. En caso de utilización comercial posterior de proyectospiloto o de demostración, todo ingreso que dicha utilización genere debe deducirse de los costes subvencionables.Son también subvencionables la producción y ensayo experimentales de productos, procesos y servicios, siempre y cuando no puedan emplearse o transformarse de modo que puedan utilizarse en aplicaciones industriales o para fines comerciales. El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en los productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras actividades en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras.
3 ¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
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Anexo Normas Forales Impuesto sobre Sociedades
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
Se considera Investigación y Desarrollo:
a) La "investigación básica" o la indagación original y planificada que persiga descubrir nuevos conocimientos y una superior
comprensión en el ámbito científico o tecnológico, desvinculada de fines comerciales o industriales.
b) La "investigación aplicada" o la indagación original y planificada que persiga la obtención de nuevos conocimientos con el
propósito de que los mismos puedan ser utilizados en el desarrollo de nuevos productos, procesos o servicios, o en la
mejora significativa de los ya existentes.
c) El "desarrollo experimental" o la materialización de los resultados de la investigación aplicada en un plan, esquema o
diseño de nuevos productos, procesos o servicios, o su mejora significativa, así como la creación de prototipos no
comercializables y los proyectos de demostración inicial o proyectos piloto, siempre que los mismos no puedan convertirse
o utilizarse para aplicaciones industriales o para su explotación comercial.
d) La concepción de "software" avanzado, siempre que suponga un progreso científico o tecnológico significativo mediante el
desarrollo de nuevos teoremas y algoritmos o mediante la creación de sistemas operativos y lenguajes nuevos, o siempre
que esté destinado a facilitar a las personas con discapacidad el acceso a los servicios de la sociedad de la información. No
se incluyen las actividades habituales o rutinarias relacionadas con el "software".
3 ¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
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Anexo Normas Forales Impuesto sobre Sociedades
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
Base de la deducción: importe de los gastos de investigación y desarrollo y, en su caso, por las inversiones en elementos de
inmovilizado material e intangible, excluidos los inmuebles y terrenos.
Se consideran gastos de investigación y desarrollo los realizados por el contribuyente, incluidas las amortizaciones de los
bienes afectos a las citadas actividades, en cuanto estén directamente relacionados con dichas actividades y se apliquen
efectivamente a la realización de las mismas, constando específicamente individualizados por proyectos.
También formarán parte de la base de deducción los gastos de investigación y desarrollo correspondientes a actividades
realizadas en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Respecto a los gastos correspondientes a actividades realizadas en Estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio
Económico Europeo, también podrán ser objeto de la deducción siempre y cuando la actividad de investigación y
desarrollo principal se efectúe en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y aquéllos no
sobrepasen el 25 por 100 del importe total invertido.
Igualmente tendrán la consideración de gastos de investigación y desarrollo las cantidades pagadas para la realización de
dichas actividades en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, por encargo del
contribuyente, individualmente o en colaboración con otras entidades. La "investigación básica" o la indagación original y
planificada que persiga descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico o tecnológico,
desvinculada de fines comerciales o industriales.
3 ¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
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Definiciones tributarias y comunitarias
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
• Las definiciones de Investigación y
Desarrollo son prácticamente comunes en ambos ámbitos.
• Posibilitan un diagnóstico común sobre la calidad de los proyectos de I+D.
3 ¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
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CONTEXTO
¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
ENFOQUE DE LA INICIATIVA
4 DOCUMENTAR LOS PROYECTOS DE I+D
5 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D
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¿Quién debe documentarlo?
4 DOCUMENTAR LOS PROYECTOS DE I+D
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
A. Las empresas que hayan presentado un proyecto a través de la
web de SPRI para ser beneficiarios de las ayudas de programas
relativos a la I+D del Gobierno Vasco, recibirán directamente su
Informe sin necesidad de volver a documentarlo.*
B. El resto de empresas que quieran recibir el Informe Técnico de
sus proyectos de I+D deberán solicitarlo por medio de
www.spri.es hasta el 30 de diciembre de 2014.
C. En ambos casos el Informe se recibirá a lo largo del primer
semestre de 2015.
* En el caso de proyectos cuyo presupuesto anual por empresa supere el importe
de 1 millón de euros deberán aportar un informe técnico de calificación emitido
por una entidad acreditada por un organismo integrado en la Asociación Europea
de Cooperación para la Acreditación.
Información Económica
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¿Cómo se documenta un Proyecto de I+D?
4 DOCUMENTAR LOS PROYECTOS DE I+D
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
A través de a aplicación
informática de la SPRI para la
tramitación de Informes Técnicos a
Efectos FiscalesMemoria Técnica
Datos Administrativos
1. Página Web.
2. Datos empresa.
3. Identificación Solicitud.
4. Memoria Técnica.
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¿Qué información es necesaria aportar en la Memoria Técnica?
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
Resumen General del proyecto
Fases y Tareas
Análisis del estado del Arte
Equipo de Proyecto
Análisis potenciales beneficios
Justificaciones de Gastos
Antecedentes y actuaciones realizadas
Resumen completo del presupuesto total
Ayudas Proyecto
PROYECTO
4 DOCUMENTAR LOS PROYECTOS DE I+D
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¿Qué información es necesaria aportar en la Información Económica?
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
AMORTIZACIÓN INVERSIÓNGASTOS
DISTRIBUCIÓN SUBCONTRATACIÓN RVCTIDESGLOSE PRESUPUESTARIORESUMEN PRESUPUESTO
Investigadores involucrados, tarifa,
número de horas dedicadas a lo largo de
la vida del proyecto
MANO DE OBRA CUALIFICADA
Información sobre cada una de las inversiones
previstas para el desarrollo del proyecto
Información de los gastos previsto en el
proyecto, indicando la empresa que los asume
Resumen del Presupuesto total anual
del proyecto
Importe total de las tareas y gastos en
concepto de I+D, por empresa
Importe de la subcontratación de cada empresa a agentes de la RVCTI que intervienen como subcontratados en
el proyecto
4 DOCUMENTAR LOS PROYECTOS DE I+D
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CONTEXTO
¿QUÉ CONSIDERAMOS UN PROYECTO DE I+D?
ENFOQUE DE LA INICIATIVA
4
5 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D
DOCUMENTAR LOS PROYECTOS DE I+D
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Criterios de Eligibilidad
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
Peso Puntuación
Riesgo tecnológico controlado 20% (0-5)* peso
Previsiones de explotación comercial 20% (0-5)* peso
Adecuación de Recursos Humanos 15% (0-5)* peso
Metodología adecuada 15% (0-5)* peso
Claridad en la estructura y desglose presupuestario 15% (0-5)* peso
Consideración de aspectos medioambientales 15% (0-5)* peso
TOTAL 100% (0-500)
5 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D
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Resultado de la Evaluación
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
OTORGAMOS AL PROYECTO UNA EVALUACIÓN ENTRE 0 Y 500 PUNTOS
Si el proyecto cuenta con menos de 200puntos, se considera que el proyecto no ha presentado suficiente calidad, por lo que SPRI NO EMITIRÁ informe.
Si el proyecto ha conseguido una puntuación mayor a 200 puntos, se EMITIRÁ un Informe Técnico de Calificación a Efectos Fiscales
UNA VEZ EVALUADA LA CALIDAD DE LA I+D DEL
PROYECTO
5 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D
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Estadísticas Informes Emitidos
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
2009 2010 2011 2012
Informes automáticos 1988 2063 2367 2431Informes solicitados expresamente 92 144 148 151
TOTAL 2080 2207 2515 2582
5 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D
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Informe Técnico de Calificación a Efectos Fiscales
FISCALIDAD COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LA I+D EMPRESARIAL
Informe de carácter vinculante para las DDFF, pero no obligatorio
Se adjuntará voluntariamente en la declaración del Impuesto de Sociedades
Al ser un dictamen realizado ex-ante, la empresa deberá justificar el alcance de la ejecución del proyecto presentado y evaluado positivamente, ante la Diputación si fuera requerido.
El informe reflejará la idoneidad de la calidad del proyecto de I+D y el presupuesto coherente con los objetivos del Proyecto.
5 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE I+D
Eskerrik AskoGracias ([email protected])