fiscalizacion y supervision

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FISCALIZACION Y SUPERVISION DE LAS SOCIEDADES A. PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACION B. DERECHO DE INSPECCION INDIVIDUAL C. INTERVENCION JUDICIAL O ARBITRAL D. SUPERVISION ESTATAL (INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL) E. LA FISCALIZACION PRIVADA (REVISOR FISCAL) A. PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACION: Con el fin de evitar abusos de los administradores, el Estado ha creado mecanismos para normalizar el buen funcionamiento de las sociedades , que consiste en métodos o sistemas de fiscalización, donde el mas común y utilizado es en el que los mismos socios son los que fiscalizan personalmente todos los asuntos de la sociedad; pero en las sociedades anónimas donde resulta imposible que cada socio revise los documentos entonces se han creado en la ley colombiana los METODOS DE FISCALIZACION a) Individual (cada socio o su representante) b) Judicial c) Estatal d) Privado ( la que lleva el revisor fiscal) B. DERECHO DE INSPECCION INDIVIDUAL: el código de comercio autoriza a los socios o sus representantes para examinar los libros y documentos de la sociedad y no se puede restringir este derecho de inspección que confiere la ley a los asociados , ni a quienes ejercen funciones de vigilancia o auditoria, este

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FISCALIZACION Y SUPERVISION DE LAS SOCIEDADES

A. PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACIONB. DERECHO DE INSPECCION INDIVIDUALC. INTERVENCION JUDICIAL O ARBITRALD. SUPERVISION ESTATAL (INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL)E. LA FISCALIZACION PRIVADA (REVISOR FISCAL)

A. PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACION:

Con el fin de evitar abusos de los administradores, el Estado ha creado mecanismos para normalizar el buen funcionamiento de las sociedades , que consiste en métodos o sistemas de fiscalización, donde el mas común y utilizado es en el que los mismos socios son los que fiscalizan personalmente todos los asuntos de la sociedad; pero en las sociedades anónimas donde resulta imposible que cada socio revise los documentos entonces se han creado en la ley colombiana los

METODOS DE FISCALIZACION

a) Individual (cada socio o su representante) b) Judicial c) Estatal d) Privado ( la que lleva el revisor fiscal) B. DERECHO DE INSPECCION INDIVIDUAL: el código de comercio

autoriza a los socios o sus representantes para examinar los libros y documentos de la sociedad y no se puede restringir este derecho de inspección que confiere la ley a los asociados , ni a quienes ejercen funciones de vigilancia o auditoria, este derecho se ejerce en cualquier momento, mediante el examen de la contabilidad, los libros de registro de socios y libro de actas, en general de todos los documentos de la sociedad, y esta limitado en aquellos aspectos que pueden afectar a la entidad como por ejemplo los secretos industriales o datos que de ser divulgados pueden ser utilizados en detrimento de la sociedad. Los administradores no pueden impedir que el socio ejerza este derecho alegando que el representante del socio carece de idoneidad o capacidad para hacerlo, en caso que lo impidan serán sancionados por la entidad que ejerza control y vigilancia sobre la sociedad.

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C. INTERVENCION JUDICIAL : Cuando en una sociedad existen

problemas internos, los socios se reúnen para tratar de solucionarlos, de nos ser posible es necesario recurrir a la via judicial con el fin de solicitar las medidas necesarias en defensa de sus derechos, una de esas medidas es solicitar la intervención judicial de la sociedad basado en la existencia de un peligro, quien solicite tal medida deberá acreditar:

1. La calidad de socio2. Que se agotaron todas las vías de arreglo dentro de la sociedad3. Que existe un peligro grave para la sociedad

La intervención judicial consiste en alguna de las siguientes posibilidades: se haga la designación de una persona para participar en la administración, desplazando a los administradores de la sociedad, o para coadministrar (ayudando a administrar) o controlar la administración; pues cuando la sociedad se ve afectada por una mala gestión se perjudica el patrimonio social y por lo tanto los intereses de los socios.

Esta intervención se puede solicitar cuando:

1. el administrador ha abandonado sus funciones2. Cuando ha incurrido en abuso de autoridad3. Cuando la sociedad no lleva la contabilidad en debida forma, no se

realizan balances ni se distribuyen utilidades4. No se cita a reunión de socios o de asamblea general al menos una

vez al año

La ley permite esta intervención judicial cuando los actos de los administradores afecten los derechos esenciales de los asociados.

El fundamento de la intervención judicial es el interés social de los asociados que pueden verse afectados por la inactividad de los órganos de administración y por cualquier otro hecho que impida resolver situaciones de peligro que se presenten y que trabe la marcha normal de la sociedad, lo cual perjudicaría el patrimonio de la sociedad y con esto los intereses de los socios.

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D. SUPERVISION ESTATAL: (INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL)

La labor de supervisión se ejerce desde la vigilancia, la inspección y el controlEstas funciones de inspección, vigilancia y control denominadas supervisión están en cabeza del Presidente de la Republica y este las ejerce a través de las superintendencias.

VIGILANCIA: desde esta figura el Estado vigila y observa la conducta de las sociedades, consiste en una fiscalización de carácter permanente por medio de la cual el Estado pretende que las sociedades se ajusten a la ley y a los estatutos.

INSPECCION: Se establece una carga para la empresa vigilada y sus representantes, el Estado a través de las distintas superintendencias representa el interés general de las personas sobre el interés particular delos socios. Por ejemplo realiza visitas, recepciona declaraciones al gerente, solicita la entrega de documentos, etc

CONTROL: es el grado mas alto de supervisión, pues el Estado interviene directamente en la autonomía de las sociedades vigiladas por ejemplo ordena remover algún directivo, realizar una reforma estatutaria o hasta puede intervenir para administrar o liquidar una entidad.

Es la facultad que tiene el Estado para ordenar a cualquier sociedad la adopción de mecanismos que subsanen situaciones criticas de orden jurídico, contable, administrativo, etc.; Todas las sociedades deben presentar anualmente ante la superintendencia de sociedades sus estados financieros, pagar contribuciones, solicitar aprobación de reformas estatutarias, en caso que las sociedades incumplan lo ordenado por la respectiva superintendencia, estas pueden imponer multas hasta 20 salarios minimos mensuales.

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E. FISCALIZACION PRIVADA: Es un proceso de vigilancia integral sobre las actividades de las empresas, fundamentado en el interés publico, con funciones de emitir dictámenes que contribuyan al buen funcionamiento y confianza de la sociedad, ya que es la protección de intereses públicos y construcción de confianza la cual realizan instituciones no estatales y personas naturales con la perspectiva de que los recursos y bienes sociales estén protegidos.

REVISOR FISCAL: Están obligados a tener revisor fiscal las siguientes sociedades:

1. La empresas donde la administración no corresponda a todos los socios, cuando asi lo decidan los socios

2. La sociedades por acciones3. Todas las sociedades que el capital exceda 5.000 salarios mínimos

mensuales

Funciones del revisor fiscal : El articulo 207 del código de comercio establece las funciones de los revisores fiscales:

1. Cerciorarse que las operaciones que celebre la sociedad se ajusten a la ley, a los estatutos , a las decisiones que tome la asamblea general o la junta de socios

2. Dar cuenta por escrito a la asamblea o Junta de socios o al gerente de las irregularidades que ocurran en la sociedad

3. Colaborar y atender las entidades que ejerzan vigilancia, inspección y control yn rendirles informes respectivos

4. Velar por que la contabilidad se lleve conforme a la ley, asi como las actas de reuniones y se conserve la correspondencia

5. Inspeccionar los bienes de la sociedad y procurar que se tomen las medidas correctivas para la seguridad y custodia de los mismos

6. Impartir instrucciones, practicar inspecciones, solicitar informes necesarios para establecer un control permanente sobre el capital de la sociedad

7. Autorizar con su firma cualquier balance o ejercicio contable que se realice

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BIBLIOGRAFIA:

-Código de comercio artículos: 15, 61, 63,207, 314, 328,369, 422,

-Decreto 4350 de 2006

- Teoría General de las sociedades

- Practica Forense usual, Nuñez Cantillo Adulfo, Ediciones Librería del profesional,1989

- Elementos del Derecho Comercial, Cadavid Luis Alberto, Ediciones Mc Graw Hill,1998

- Guía Practica del Derecho, Navas Talero, German, Circulo de lectores.

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FISCALIZACION Y SUPERVICION DE LAS SOCIEDADES

PRESENTADO POR:

LIZA VANESSA BARBOSA ANGEL

PRESENTADO A:

DR. ADRIANO MUÑOZ

UNIVERSIDAD DE CUNDINAMARCA

ADMINISTRACION DE EMPRESAS

LEGISLACION COMERCIAL

2010

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