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Rogelio García Cisneros INSTRUCCIONES INSTRUCCIONES PREVIAS EN PREVIAS EN ANDALUCÍA ANDALUCÍA LEY 5/2003, DE 9 DE OCTUBRE DE LEY 5/2003, DE 9 DE OCTUBRE DE DECLARACIÓN DE VOLUNTAD VITAL DECLARACIÓN DE VOLUNTAD VITAL ANTICIPADAS ANTICIPADAS

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Rogelio García Cisneros

INSTRUCCIONES PREVIAS INSTRUCCIONES PREVIAS EN ANDALUCÍAEN ANDALUCÍA

LEY 5/2003, DE 9 DE OCTUBRE DE LEY 5/2003, DE 9 DE OCTUBRE DE DECLARACIÓN DE VOLUNTAD VITAL DECLARACIÓN DE VOLUNTAD VITAL

ANTICIPADASANTICIPADAS

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ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ANDALUCÍAESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ANDALUCÍA

Foto estatuto autonomía Artículo 20:Artículo 20:

Derecho a declarar la voluntad anticipada que deberá respetarse en los términos que se establezcan por ley, así como el derecho a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos integrales y a la plena dignidad en el proceso de su muerte

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Definición Voluntad Vital Definición Voluntad Vital Anticipada (Art.1)Anticipada (Art.1)

La manifestación escrita hecha

para ser incorporada al registro (…), por una persona capaz que, consciente y libremente, expresa las opiniones e instrucciones que deben respetarse en la asistencia sanitaria que reciba en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad.

41/2002

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¿Quién puede hacer una VVA?¿Quién puede hacer una VVA?

• UN MAYOR DE EDADUN MAYOR DE EDAD

• UN MENOR EMANCIPADOUN MENOR EMANCIPADO

• INCAPACITADO JUDICIAL (salvo INCAPACITADO JUDICIAL (salvo resolución judicial)resolución judicial)

Podrá ser emitida por:

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¿Qué puedo decidir en una VVA?¿Qué puedo decidir en una VVA?

las actuaciones sanitarias de que pueda las actuaciones sanitarias de que pueda ser objeto en un futuro, en el supuesto ser objeto en un futuro, en el supuesto de que llegado el momento no goce de de que llegado el momento no goce de capacidad para consentir por mí mismo capacidad para consentir por mí mismo (art.1)(art.1)

expresar las instrucciones que deben expresar las instrucciones que deben respetarse en la asistencia sanitaria que respetarse en la asistencia sanitaria que reciba en el caso de que concurran reciba en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales no circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente mi pueda expresar personalmente mi voluntad. (art.2)voluntad. (art.2)

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¿Qué es la figura del REPRESENTANTE?¿Qué es la figura del REPRESENTANTE?

• Se podrá designar un representante, Se podrá designar un representante, plenamente identificado, que identificado, que será quien me sustituya en el quien me sustituya en el otorgamiento del consentimiento informado, en los otorgamiento del consentimiento informado, en los casos que proceda. (art.3.2).casos que proceda. (art.3.2).

• El representante que uno designe puede ser el El representante que uno designe puede ser el conyugue, un hermano, familiar, o bien un amigo, un conyugue, un hermano, familiar, o bien un amigo, un allegado, un vecino… allegado, un vecino… NADIE MÁS SALVO ÉL PODRÁ NADIE MÁS SALVO ÉL PODRÁ DECIDIRDECIDIR

• Será el único interlocutor valido con el equipo Será el único interlocutor valido con el equipo sanitariosanitario

• Tenemos también: Tenemos también: Sustituto del representanteSustituto del representante

• Feeling!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!Feeling!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

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DECRETO 238/2004 que regula DECRETO 238/2004 que regula el Registro de Voluntades el Registro de Voluntades

Vitales Anticipadas de AndalucíaVitales Anticipadas de Andalucía

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• Para considerarla valida se requiere que conste por escrito, con la identificación del autor, su firma, así como fecha y lugar de otorgamiento y por supuesto debe ser inscrita en el registro de voluntades vitales anticipadas de Andalucía tal y como figura en el decreto….(Art.5)

REGISTRO

Registro de las VVARegistro de las VVA

El Registro es único para toda El Registro es único para toda Andalucía. Andalucía.

Pero tiene 8 sedes: Pero tiene 8 sedes:

Una en cada Delegación Una en cada Delegación Provincial de la Consejería de Provincial de la Consejería de SaludSalud

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Registro de las VVARegistro de las VVA

Previa cita del usuario:• Salud Responde • Inters@s

902505060

Presentarse personalmente ante el encargado del Presentarse personalmente ante el encargado del Registro, en las Delegaciones Provinciales de Salud. Registro, en las Delegaciones Provinciales de Salud. Es aconsejable llevar rellenos los formularios y Es aconsejable llevar rellenos los formularios y obligatorio acreditar su identidad mediante un obligatorio acreditar su identidad mediante un documento como el DNI o pasaportedocumento como el DNI o pasaporte

Desplazamientos al domicilio, según incapacidadDesplazamientos al domicilio, según incapacidad

No cuesta un euroNo cuesta un euro

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DECRETO 124/2007 DECRETO 124/2007 de 2 de Febrero que de 2 de Febrero que regula el Registro regula el Registro

Nacional Nacional Instrucciones PreviasInstrucciones Previas

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Aplicación / Validez de las VVAAplicación / Validez de las VVA

La declaración de voluntad vital anticipada La declaración de voluntad vital anticipada tendrá plena validez una vez que sea inscrita en tendrá plena validez una vez que sea inscrita en

el registro y será eficaz desde ese momento y el registro y será eficaz desde ese momento y cuando sobrevengan las situaciones previstas en cuando sobrevengan las situaciones previstas en esa declaración y en tanto que se mantengan las esa declaración y en tanto que se mantengan las

mismas (art.7)mismas (art.7)

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Revocación / Modificación de las VVARevocación / Modificación de las VVA

Podrá ser modificada por su autor en cualquier momento. El Podrá ser modificada por su autor en cualquier momento. El otorgamiento de una declaración de voluntad vital anticipada otorgamiento de una declaración de voluntad vital anticipada revocará las anteriores, salvo que la nueva tenga por objeto la revocará las anteriores, salvo que la nueva tenga por objeto la

mera modificación de extremos contenidos en las mismas, mera modificación de extremos contenidos en las mismas, circunstancia que habrá de manifestarse expresamente. circunstancia que habrá de manifestarse expresamente.

(art.8) (art.8)

El mecanismo para modificar/revocar la VVA es de similar forma que si se pidiera para hacerla por primera vez pidiendo cita con Salud Responde.

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Confidencialidad y AccesibilidadConfidencialidad y Accesibilidad

El acceso a la declaración de VVA podrá ser realizado por el personal al El acceso a la declaración de VVA podrá ser realizado por el personal al cargo de forma telemática o por vía telefónica (Art.9.2) La Consejería cargo de forma telemática o por vía telefónica (Art.9.2) La Consejería de Salud proporcionará a los médicos del Sistema Sanitario Público de de Salud proporcionará a los médicos del Sistema Sanitario Público de Andalucía un código personal de acceso seguro, para acceder por Andalucía un código personal de acceso seguro, para acceder por medios telemáticos o telefónicos al registro (art.10.2).medios telemáticos o telefónicos al registro (art.10.2).

Los médicos ajenos al Sistema Sanitario Público de Andalucía deben solicitar al Secretario General de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud un código personal de acceso para acceder de manera segura al registro y puedan acceder por medios telemáticos al Registro, se les requerirá, además de su código personal, que estén en posesión de un certificado digital de la Clase 2 CA, emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

¿Y los medicos que no trabajan en el Sistema Sanirario Público?

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Donación Órganos y Donación a la CienciaDonación Órganos y Donación a la Ciencia

Unico documento legal para poder realizar la donación de órganos y tejidos para transplantes.

También se puede donar a la ciencia para estudios e investigación.

Aquellos usuarios que en su momento determinen la disposición de donar su cuerpo a la ciencia deben además de dejarlo registrado en el documento acudir a la secretaría del departamento de anatomía y medicina legal de la universidad de medicina de su provincia de referencia donde se le informará de los pasos a seguir.

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DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROCESO: RECORRIDO DEL PACIENTEP

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PROCESO ASISTENCIAL INTEGRADO SEPSIS GRAVE

1

PERSONA con infección de evolución

desfavorable y criterios de SRIS o indicios de Disfunción Orgánica

Valoración del paciente

Recepción del paciente

Actuación inmediata

Resucitación Inicial

Seguimiento

Salida del Proceso

¿Indicación de Traslado?

Detección precoz. Categorización

nivel de gravedad. Hora 0

Domicilio

UCI

OBS. URG.

Información clara y precisa, actitud facilitadora, registro correcto de

datos adminsitrativos en Hª

Criterios de Calidad del Traslado

Profesional de referencia (médico y enfermeria), Pruebas Complementarias pendientes, Información Evolución del

Proceso y pronóstico, Horas de Información...

Signos de Alarma, Cuidados domiciliarios, teléfonos de contactos (AP y emergencias)

Identifi-cación

Unívoca

Consulta Registro Voluntades

Vitales Anticipadas

Identifi-cación

Unívoca

QUIÉN

QUÉ ?

COMO ?

COMO ? COMO ?

QUÉ ?

COMO ?

QUÉ ?

CUANDO

QUÉ ?

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Dos consultas en el registro

de VVA

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GRACIAS