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1 Octubre 2020
Formulario ACLME-PD
Relativo al Régimen de Admisión de Pasivos y de Inversión para las operaciones en moneda extranjera y de Posición de Riesgo Cambiario para la Banca Múltiple
2 Octubre 2020
FORMULARIO ACLME-PD (REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA, ASÍ COMO PARA EL RÉGIMEN DE POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO)
Contenido AYUDAS GENÉRICAS .............................................................................................................................................................. 4
I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN .......................................................................... 4
II. OBJETIVO DEL FORMULARIO ................................................................................................................................. 4
III. COBERTURA DEL FORMULARIO ............................................................................................................................. 4
IV. SECCIONES DEL FORMULARIO ............................................................................................................................... 5
V. ACLARACIONES PARA LAS FILIALES DEL EXTERIOR ................................................................................................ 8
VI. DEFINICIONES ........................................................................................................................................................ 8
VII. VALOR DE LAS OPERACIONES ................................................................................................................................ 8
VIII. DIVERSAS CONSIDERACIONES PARA EL LLENADO DEL FORMULARIO: .................................................................. 9
IX. PARTES DE LAS OPERACIONES ............................................................................................................................... 9
X. PLAZO DE LAS OPERACIONES ................................................................................................................................ 9
XI. OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 horas), DISTINTAS A OPERACIONES CAMBIARIAS. .................................................................................................................................................................. 10
XII. OPERACIONES DE FORWARDS, FUTUROS, SWAPS, OPCIONES (WARRANTS), REPORTOS Y PRÉSTAMOS. .......... 11
XIII. OPERACIONES DE DERIVADOS ............................................................................................................................. 11
XIV. "PLAZO” DE CADA UNA DE LAS OPERACIONES. ................................................................................................... 12
XV. OPERACIONES QUE NO DEBEN INCLUIRSE .......................................................................................................... 12
XVI. CATÁLOGO GENERAL DE CONTRAPARTES ........................................................................................................... 12
XVII. DETERMINACIÓN DEL MONTO DE VALORES CON MERCADO SECUNDARIO. ...................................................... 13
XVIII. FECHA Y HORARIO DE ENTREGA DE LA INFORMACIÓN. ...................................................................................... 13
XIX. METODOLOGÍAS DE CONFRONTAS ..................................................................................................................... 13
XX. OTRAS CONSIDERACIONES .................................................................................................................................. 14
INCREMENTOS DE CAPITAL (CAPITAL REGULATORIO) .............................................................................................. 14
CARTERA DE CRÉDITOS .............................................................................................................................................. 14
TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (nuevo) ...................................................................................................... 15
ESTRUCTURA DE LAS SECCIONES DEL FORMULARIO ACLME-PD ........................................................................................ 16
Secciones: I a V ............................................................................................................................................................... 16
Secciones: VI a VII ........................................................................................................................................................... 16
Secciones: VIII................................................................................................................................................................. 16
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Sección X ........................................................................................................................................................................ 17
FORMULARIO ACLME-PD DE LA BANCA MÚLTIPLE INFORMACIÓN RELATIVA A LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS, DE INVERSIÓN PARA LAS OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y DE POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO ................... 18
AGRUPACIÓN DE LOS CONCEPTOS DEL FORMULARIO ACLME-PD POR EL DETALLE EN EL PLAZO CON QUE DEBEN REPORTARSE .................................................................................................................................................................. 51
AYUDAS ESPECÍFICAS DEL FORMULARIO ACLME-PD .......................................................................................................... 64
SECCIÓN I-V .................................................................................................................................................................... 64
SECCIÓN VIII ................................................................................................................................................................... 73
VALIDACIONES DEL FORMULARIO ACLME – PD .................................................................................................................. 75
VALIDACIONES DE ESTRUCTURA EN EL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB) ..................................................................... 75
Consideraciones para el layout de los datos ............................................................................................................. 75
Consideraciones para conceptos de posiciones netas .............................................................................................. 76
VALIDACIONES DE NEGOCIO DEL FORMULARIO ACLME-PD EN EL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB)............................ 77
Valida la Información respecto Día Anterior ............................................................................................................. 77
Valida las Contrapartes Banxico ................................................................................................................................ 77
Validaciones de Consistencia misma Sección ............................................................................................................ 78
Validaciones de Cruce entre secciones del mismo paquete ...................................................................................... 80
Validaciones de Cruce entre Formularios .................................................................................................................. 87
Validaciones de Cruce entre Paquetes ...................................................................................................................... 89
VALIDACIONES DE NEGOCIO DEL FORMULARIO ACLME-PD FUERA DEL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB) ................... 91
ANEXOS ............................................................................................................................................................................. 104
CATÁLOGO DE CLAVES GENÉRICAS DE CONTRAPARTES AGRUPADAS. SECCIÓN VII DEL FORMULARIO ACLME-PD .... 104
CATÁLOGO DE DIVISAS DE LA SECCIÓN VIII DEL FORMULARIO ACLME-PD.................................................................. 104
4 Octubre 2020
AYUDAS GENÉRICAS I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN Ley del Banco de México, primer párrafo del artículo 36.
“Los intermediarios financieros estarán obligados a suministrar al Banco de México la información que éste les requiera sobre sus operaciones incluso respecto de alguna o algunas de ellas en lo individual, los datos que permitan estimar su situación financiera y, en general, aquella que sea útil al Banco para proveer el adecuado cumplimiento de sus funciones…”.
Circular 3/2012, Capítulo VII, artículo 108
“Las Instituciones deberán proporcionar a la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero, a la Dirección General de Operaciones de Banca Central, a la Dirección General de Estrategia, Riesgos y Sistemas de Pagos, así como a la Dirección de Información del Sistema Financiero del Banco de México, la información que, en el ámbito de su competencia, dichas unidades administrativas les requieran.
La referida información deberá remitirse en la forma y términos que les den a conocer las mencionadas unidades administrativas”.
II. OBJETIVO DEL FORMULARIO Obtener información que permita: a) dar seguimiento y realizar los cómputos de los regímenes de admisión de pasivos y de inversión para las operaciones en moneda extranjera así como de la posición de riesgo cambiario, y b) la elaboración de diversas estadísticas.
III. COBERTURA DEL FORMULARIO El banco múltiple deberá entregar un formulario por la información del propio banco múltiple, incluidas las operaciones de sus agencias y sucursales.
También deberá entregar un formulario por cada entidad financiera filial, tanto extranjeras como nacionales, que no sean casas de bolsa, casas de cambio, instituciones de fianzas, instituciones de seguros, sociedades operadoras de fondos de inversión, administradoras de fondos para el retiro, fondos de inversión o sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro; respecto de las cuales la institución no cuente con autorización del Banco de México para exceptuarlas del cómputo de los “Regímenes de admisión de pasivos y de inversión para las operaciones en moneda extranjera” así como del “Régimen de posición de riesgo cambiario”. Se consideran filiales para estos efectos a aquéllas entidades financieras respecto de las cuales la institución o la controladora del grupo financiero al que pertenezca la institución sea propietaria, directa o indirectamente, de acciones con derecho a voto que representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento del capital pagado, tengan el control de las asambleas generales de accionistas o tengan derecho de nombrar a la mayoría de los miembros del consejo de administración, o sus equivalentes. (actualizado)
En el formulario se solicita diversa información relativa a los distintos términos y condiciones de las operaciones, ello con independencia de que tales operaciones se apeguen o no a las disposiciones aplicables.
Las preguntas que se hacen sobre ciertos términos y condiciones de las operaciones, las diversas instrucciones de llenado del formulario, los anexos al mismo, etc., por ningún motivo deberán considerarse como parte de
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la normatividad o como una interpretación a ésta o como un consentimiento o autorización o convalidación de la autoridad para realizar tales operaciones o para realizarlas en términos y condiciones que no se ajusten a las disposiciones aplicables.
IV. SECCIONES DEL FORMULARIO El formulario está compuesto por nueve secciones:
Sección I.- Comprende de manera resumida todas las operaciones del banco múltiple con las filiales y entre las filiales, denominadas en o referidas a moneda extranjera, liquidables en moneda extranjera o en moneda nacional (conceptos 1100 al 1270).
Sección II.- Comprende operaciones activas, contingentes deudoras y deudoras de registro, denominadas en o referidas a moneda extranjera, liquidables en moneda extranjera o en moneda nacional (conceptos 3010 a 5520).
Cabe señalar que en el apartado relativo a “Derivados”, en el concepto 3538 deberán registrarse los derechos provenientes de operaciones realizadas por las entidades financieras filiales, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización del Banco de México para efectuarlas, asimismo que los derechos por las demás operaciones de derivados, tanto de las filiales como de la institución, deberán registrarse en sus respectivos formularios en los conceptos 3540 a 4600.
Sección III.- Comprende operaciones pasivas y contingentes acreedoras, denominadas en o referidas a moneda extranjera, liquidables en moneda extranjera o en moneda nacional (conceptos: 6005 al 7560).
Cabe señalar que en el apartado relativo a “Derivados”, en el concepto 6455 deberán registrarse las obligaciones provenientes de operaciones realizadas por las entidades financieras filiales, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización del Banco de México para efectuarlas, asimismo que las obligaciones por las demás operaciones de derivados, tanto de las filiales como de la institución, deberán registrarse en sus respectivos formularios en los conceptos 6460 a 6920.
Sección IV.- Comprende las operaciones activas y pasivas que, precisamente en el día a que corresponda el reporte, se hayan liquidado anticipadamente (conceptos 7620 a 7655 y 7710 a 7840) o se hayan re documentado con extensión en su plazo (conceptos 7660 a 7695 y 7860 al 7990).
Sección V.- Comprende información relativa a datos diversos (conceptos 9700 a 9985).
Cabe señalar que los conceptos 9870 y 9875 corresponden a los derechos y obligaciones, respectivamente, por operaciones de derivados de las filiales de la casa de bolsa integrante del grupo financiero a que pertenece la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución no cuenten con autorización del Banco de México para efectuarlas; de los cuales el 9875 computa para los citados regímenes de admisión de pasivos y de inversión para las operaciones en moneda extranjera, a plazo de un día, y el 9870 no computa para los mismos regímenes, según lo dispuesto en los dos últimos párrafos de la fracción I, del artículo 232 de la Circular 3/2012.
Los conceptos 9880 a 9985 son datos para ser utilizados exclusivamente en el régimen de posición de riesgo cambiario.
Sección VI.- Comprende información para el cálculo de la posición de riesgo cambiario, (conceptos 10001 a 13301). Esta sección sólo debe reportarla el banco múltiple.
Dicha sección está compuesta por 6 subsecciones:
VI-A Nuevas operaciones del banco múltiple, que generan movimientos a la posición de divisas.
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VI-B Vencimiento de operaciones del banco múltiple, que generan movimientos a la posición de divisas.
VI-C Posición de opciones.
VI-D Posición de divisas de las filiales financieras.
VI-E Posición final de riesgo cambiario, del banco múltiple y del banco múltiple más sus filiales financieras.
VI-F Posición de las distintas divisas, por cada una de las principales monedas.
Sección VII.- Comprende las operaciones cambiarias concertadas por el banco múltiple el día a que corresponde el reporte (conceptos 13401 a 17701), agrupadas por su plazo por vencer en días naturales.
Dicha sección está compuesta por 3 subsecciones:
VII-A. Operaciones cambiarias peso-dólar de los EE.UU.A., clasificadas por el sector a que corresponde la contraparte. Se deberán registrar conforme a lo siguiente:
o Entidades Mexicanas, • Instituciones de Crédito y Banco de México, conceptos 13401 y 13501, • Casas de Cambio, conceptos 13601 y 13701, • Casas de Bolsa, conceptos 13801 y 13901, • Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro,
13905 y 13907, (actualizado) • Otros Intermediarios Financieros Privados, conceptos 14001 y 14101, • Sector Privado, conceptos 14201 al 14381, • Sector Público, conceptos 14401 al 14560, donde los conceptos 14505 al 14560, se
reportan únicamente los cuatro últimos días hábiles del mes, o Entidades del Extranjero,
• Entidades Financieras, conceptos 14601 y 14701, • Entidades no Financieras, conceptos 14801 y 14901,
VII-B Operaciones cambiarias divisa-divisa (transacción donde el peso mexicano no participa), clasificadas por el sector a que corresponden las contrapartes:
o Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa mexicanas, conceptos 15001 y 15101, o Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro Mexicanas,
15111 y 15117, (actualizado) o Casas de Cambio mexicanas, conceptos 15131 y 15161, o Instituciones y sociedades mutualistas de seguros, 15171 y 15181, (actualizado) o Otros, conceptos 15201 y 15301
VII-C Operaciones cambiarias peso contra otras divisas distintas del dólar de los EE.UU.A., clasificadas por el sector a que corresponde la contraparte:
o Entidades Mexicanas, • Instituciones de Crédito y Banco de México, conceptos 16001 y 16101, • Casas de Cambio, conceptos 16201 y 16301, • Casas de Bolsa, conceptos 16401 y 16501,
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• Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, 16531 y 16561, (actualizado)
• Otros Intermediarios Financieros Privados, conceptos 16601 y 16701, • Sector Privado, conceptos 16801 al 16981, • Sector Público, conceptos 17101 al 17321, donde los conceptos 17211 al 17321, se
reportan únicamente los cuatro últimos días hábiles del mes, o Entidades del Extranjero,
• Entidades Financieras, conceptos 17401 y 17501, • Entidades no Financieras, conceptos 17601 y 17701
Sección VIII.- En esta sección se deberán registrar las operaciones cambiarias peso-dólar de los EE. UU. A. y las peso-divisa (cualquier otra divisa distinta al dólar de los EE. UU. A.) realizadas con cualquier contraparte y concertadas el día a que corresponde el reporte, de acuerdo a lo siguiente:
Todas las operaciones realizadas con instituciones de crédito mexicanas deberán reportarse una a una, sin importar el monto.
Las operaciones mayores o iguales a un millón de dólares de los EE. UU. A. (distintas a las anteriores) deberán reportarse una a una identificando a la contraparte de cada operación. Cabe señalar que en las operaciones realizadas con personas físicas no se deberán identificar a las contrapartes, por lo que se deberá utilizar la Clave Genérica de Contrapartes Agrupadas 000820.
Las operaciones menores a un millón de dólares de los EE. UU. A., con contrapartes mexicanas que sean: una Casa de Cambio, una Casa de Bolsa, una Institución o sociedad mutualista de seguros, un Fondo de Inversión o una Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro, deberán reportarse agrupadas en un renglón de acuerdo a la Clave de la Contraparte, a la Fecha de Liquidación, a la Divisa a la que se refiere la operación y a la Posición de la Institución en la Operación. Estas operaciones podrán también informarse una a una.(actualizado)
Las operaciones menores a un millón de dólares de los EE. UU. A., distintas a las señaladas en el párrafo anterior, deberán reportarse agrupadas en un renglón de acuerdo a la clave del CATÁLOGO DE CLAVES GENÉRICAS DE CONTRAPARTES AGRUPADAS. SECCIÓN VII DEL FORMULARIO ACLME-PD que le corresponda, a la Fecha de Liquidación, a la Divisa a la que se refiere la operación y a la Posición de la Institución en la Operación. Estas operaciones también podrán informarse identificando a la contraparte cuando ya se encuentren en el CATÁLOGO GENERAL DE CONTRAPARTES.
Sección X.- En esta sección se deberán registrar los Tipos de Cambio a la apertura y al cierre, de compra y de venta de dólares de los EE.UU.A., ofrecidos al público en general, para operaciones en ventanilla. Con el fin de determinar los tipos de cambios solicitados, deberán considerar los tipos de cambio ofrecidos en las sucursales de la institución ubicadas en toda la República Mexicana. Los mencionados tipos de cambio se deberán reportar con enteros y seis decimales.
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V. ACLARACIONES PARA LAS FILIALES DEL EXTERIOR Las entidades filiales del exterior, de la institución, al elaborar este formulario deberán proceder considerando la perspectiva siguiente:
● La moneda nacional serán los pesos mexicanos. ● Los bancos mexicanos, serán los bancos múltiples (incluyendo los que son filiales de bancos extranjeros) y
los bancos de desarrollo, mexicanos. ● La moneda extranjera será cualquier moneda distinta al peso mexicano, inclusive la del país donde resida
la entidad del exterior de que se trate. ● Las entidades financieras del exterior, serán las no mexicanas. ● Cuando se haga referencia a cuentas contables del catálogo de la CNBV, debe entenderse que se hace
referencia a las operaciones que tales cuentas comprenden.
VI. DEFINICIONES Estrategia (Swap cambiario), a las operaciones de compra y venta (cambiaria - cambiaria, cambiaria - forward o forward - forward), pactadas por la Institución de manera simultánea, sobre una cantidad de una moneda, con la misma contraparte y diferentes fechas de liquidación para cada una de las partes de la operación. Cabe señalar que la suma de los montos negociados en las operaciones de compra, deberá ser igual a la suma de los montos negociados en las operaciones de venta, en una misma estrategia. Podrá haber pequeñas diferencias en los montos reportados en miles de dólares por cuestiones de tipo de cambio.
Para efectos de este formulario se deberán registrar como “estrategias”, las operaciones cambiarias del peso contra el dólar de los EE. UU. A., y las del peso contra otra divisa distinta al dólar de los EE. UU. A. No se deberán considerar como “estrategias” a las operaciones divisa contra divisa.
Ejemplo: concertar una operación cambiaria de compra de dólares de los EE. UU. A., fecha valor mismo día y simultáneamente concertar otra operación cambiaria de venta de dólares de los EE. UU. A., fecha valor 48 horas, ambas por el mismo monto y con la misma contraparte. Otro ejemplo, concertar una operación cambiaria de venta por 50 millones de dólares de los EE. UU. A., fecha valor 24 horas y simultáneamente concertar dos forwards de compra: uno por 20 millones de dólares de los EE. UU. A. a un plazo de 30 días y otro por 30 millones de dólares de los EE. UU. A. a un plazo de 6 meses.
VII. VALOR DE LAS OPERACIONES Las Operaciones en Moneda Extranjera, deberán reportarse a valor contable (considerando por separado cada parte de la operación de que se trate), en términos de las disposiciones emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, netas, en su caso, de las correspondientes estimaciones. Como excepción, los valores referidos en los incisos c) y h) de la definición de Activos Líquidos y a), b), c) y d) de la definición de Activos del Mercado de Dinero, de la circular 3/2012, computarán a su valor de mercado. (actualizado)
Sin perjuicio de lo anterior, las operaciones de opción incluyendo las que se deriven de las operaciones con títulos bancarios estructurados, computarán por el resultado de multiplicar su monto nocional por la delta que resulte al utilizar el modelo de valuación aplicado por la Institución de Banca Múltiple para la operación derivada de que se trate.
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VIII. DIVERSAS CONSIDERACIONES PARA EL LLENADO DEL FORMULARIO: La información de este formulario deberá reportarse con cifras en miles de dólares sin decimales. Las operaciones denominadas en moneda extranjera distinta al dólar de los EE.UU.A., deberán
convertirse a dólares de los EE.UU.A., considerando la cotización que rija para la moneda correspondiente contra el mencionado dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales, al cierre de las operaciones del día de que se trate.
Todas las cifras deberán reportarse con signo positivo, ya que cada concepto reconoce la naturaleza de la operación, excepto el “3480 Cartera Vencida” cuyo importe podrá ser negativo cuando el monto de las correspondientes reservas preventivas por cartera vencida sea superior al importe de la cartera vencida.
Este formulario no constituye una balanza. En todo caso, cuando se señale “Calificación para Requerimiento de Liquidez” (CRL) se referirá a lo
indicado en el Artículo 2 Definiciones de la Circular 3/2012. (actualizado) .
En todo caso, cuando se señale “Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir” se referirá a la calificación de corto plazo igual o mayor al que corresponda al nivel de calificación Niimx de la “Tabla de calificaciones crediticias a corto plazo en escala local” incluida como Anexo 4 de la Circular 39/2020 del Banco de México. (nuevo)
En todo caso, cuando se indique operaciones realizadas con entidades del exterior, se referirá a entidades residentes en el extranjero.
En los plazos por vencer los años se deben considerar de 360 días.
IX. PARTES DE LAS OPERACIONES Para efectos de las vigilancias a que se refiere el presente formulario, algunas operaciones están compuestas por una o más partes. Por ejemplo, la tenencia de títulos sólo tiene una parte activa: los títulos; otro ejemplo, las operaciones de venta de títulos fecha valor, se componen de dos operaciones simultáneas: la cantidad de dinero a recibir que es un activo, y los títulos a entregar que es un pasivo. En tales circunstancias en lo sucesivo cuando se haga referencia a "las operaciones", en singular o plural, se podrá estar hablando de alguna de las partes de una operación o de una operación como un todo, según sea el caso.
Existen ciertas operaciones compuestas por dos o más partes, en donde alguna de tales partes está denominada o referida a moneda nacional. En este formulario sólo deberán incluirse las partes de las operaciones denominadas en o referidas a moneda extranjera.
X. PLAZO DE LAS OPERACIONES Deberá determinarse el "plazo por vencer" particular de cada operación o de cada una de las partes de las operaciones. Para ello dicho plazo será equivalente al número de días que se determine considerando que en todos los casos el “plazo a vencimiento” de las operaciones:
a) inicia el día al que corresponda el reporte, sin importar la fecha de emisión, otorgamiento o contratación, según sea el caso, o el tipo de operación,
b) termina en la fecha de liquidación de la operación de que se trate, excepto las Operaciones en Moneda Extranjera respecto de las cuales la Circular 3/2012 establezca un plazo específico
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También debe tomarse en cuenta que tratándose de títulos o de créditos o de instrumentos, con amortizaciones parciales, cada una de las amortizaciones tiene su propio plazo; por ejemplo, la tenencia al día último del mes, de un bono que tenga 3 amortizaciones futuras de 100 dólares al final de cada mes, se descompondrá en tres operaciones a distintos plazos, cada una de ellas que tendrá que reportarse con el "plazo por vencer” que corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior:
1. Las operaciones pasivas celebradas por las instituciones que prevean el derecho de éstas de pagarlas anticipadamente, computarán a su plazo de vencimiento. Cuando sean los clientes los que tengan el mencionado derecho, tales operaciones computarán al primero de los plazos al que dichos clientes puedan exigir el pago anticipado de las mismas.
2. Los activos que, en su caso, estén dados como garantía, préstamo, reporto o a través de cualquier otra figura jurídica que limite su libre disponibilidad, computarán conforme a lo siguiente:
- Los valores comprendidos en los incisos a), b), c), d), f) y h) de la definición “Activos del Mercado de Dinero” indicada en el artículo 2 de la Circular 3/2012, al plazo por vencer del pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso.
- Cualquier otro activo, al plazo por vencer que resulte mayor de: i) el pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso, y ii) el plazo por vencer del activo.
XI. OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 horas), DISTINTAS A OPERACIONES CAMBIARIAS. En las operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas), distintas a operaciones cambiarias:
1. El importe de la moneda a recibir o a entregar, según sea el caso, deberá registrarse en el presente formulario en los conceptos 3490 o 6370, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación (24, 48, 72 y 96 horas).
2. Los títulos de deuda a recibir objeto de la operación, deberán registrarse en el presente formulario en alguno de los conceptos 3491 a 3507, desde la fecha en que se haya pactado la operación, conforme a lo siguiente: a) Al plazo de liquidación de la operación (24, 48, 72 y 96 horas), tratándose de los títulos
comprendidos en los incisos a), b), f) y h) de la definición “Activos del Mercado de Dinero” indicada en el artículo 2 de la Circular 3/2012.
b) Al plazo correspondiente al título de deuda, tratándose de títulos distintos a los señalados en el inciso a) anterior
3. Las acciones y recibos de depósito a recibir objeto de la operación, deberán registrarse en el presente formulario en el concepto 3508 o 3509, según se trate, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación (24, 48, 72 y 96 horas).
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4. Los títulos a entregar objeto de la operación, tanto de deuda como acciones y recibos de depósito, deberán registrarse en el presente formulario en alguno de los conceptos 6378 a 6410, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación (24, 48, 72 y 96 horas).
XII. OPERACIONES DE FORWARDS, FUTUROS, SWAPS, OPCIONES (WARRANTS), REPORTOS Y PRÉSTAMOS. En las operaciones de forwards, futuros, swaps, opciones (warrants), reportos y préstamos de valores:
1. El importe de la moneda a recibir o a entregar, según sea el caso, deberá registrarse en el presente formulario en los conceptos a que correspondan, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación.
2. Los títulos de deuda a recibir objeto de la operación, deberán registrarse en el presente formulario en alguno de los conceptos a que correspondan, desde la fecha en que se haya pactado la operación, conforme a lo siguiente:
a) Al plazo de liquidación de la operación, tratándose de los títulos comprendidos en los incisos a), b),
f) y h) de la definición “Activos del Mercado de Dinero” indicada en el artículo 2 de la Circular 3/2012.
b) Al plazo correspondiente al título de deuda, tratándose de títulos distintos a los señalados en el inciso a) anterior.
3. Las acciones y recibos de depósito a recibir objeto de la operación, deberán registrarse en el presente formulario en el concepto a que correspondan, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación.
4. Los títulos a entregar objeto de la operación, tanto de deuda como acciones y recibos de depósito, deberán registrarse en el presente formulario en alguno de los conceptos a que correspondan, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación.
XIII. OPERACIONES DE DERIVADOS Para los regímenes de admisión de pasivos y de inversión en moneda extranjera, en las operaciones derivadas deberá considerarse que:
- Aquellas pactadas con entrega del subyacente computarán por el total del correspondiente valor del activo y del pasivo, y
- Aquellas pactadas con liquidación por diferencias, computarán por el importe de la diferencia entre el correspondiente valor del activo y del pasivo, como un activo si el primero es mayor al segundo y como un pasivo si este es mayor a aquél.
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XIV. "PLAZO” DE CADA UNA DE LAS OPERACIONES. El plazo de cada una de las operaciones estará referido, según sea el caso, al respectivo plazo por vencer de la operación, o a la respectiva banda a que corresponda el plazo por vencer de acuerdo a la AGRUPACIÓN DE LOS CONCEPTOS DEL FORMULARIO ACLME-PD POR EL DETALLE EN EL PLAZO CON QUE DEBEN REPORTARSE.
Dichos plazos por vencer se codificarán conforme a lo siguiente:
OPERACIONES QUE DEBEN REGISTRARSE SIN PLAZO
• 000 En aquellas operaciones para cuyos correspondientes conceptos se indique que se deben registrar sin plazo.
OPERACIONES QUE DEBEN REGISTRARSE CON PLAZO DE 1, 2, 3 Y HASTA 66 DÍAS
• 001 En las operaciones con plazo por vencer de 1 día. • 002 En las operaciones con plazo por vencer de 2 días. • ... … • 066 En las operaciones con plazo por vencer de 66 días.
OPERACIONES QUE DEBEN REGISTRARSE FORMANDO PARTE DE ALGUNA BANDA
• 805 En las operaciones que formen parte de la banda "de 61 a 90 días" • 810 En las operaciones que formen parte de la banda "de 67 a 90 días" • 815 En las operaciones que formen parte de la banda "de 91 a 180 días" • 820 En las operaciones que formen parte de la banda "de 181 días a un año" • 825 En las operaciones que formen parte de la banda de "más de un año y hasta 2 años" • 830 En las operaciones que formen parte de la banda de "más de 2 años y hasta 3 años" • 835 En las operaciones que formen parte de la banda de "más de 3 años" • 885 En las operaciones que formen parte de la banda de "mayores a un año"
OPERACIONES CAMBIARIAS “VALOR MISMO DÍA”
• 780 En las operaciones cambiarias que se liquiden el mismo día
Para efectos de este formulario los años de consideran de 360 días.
XV. OPERACIONES QUE NO DEBEN INCLUIRSE En este formulario no deberán incluirse las operaciones comprendidas en los Anexos 18 y 22 de la referida Circular 3/2012, salvo que en algún concepto se soliciten específicamente para efectos informativos.
XVI. CATÁLOGO GENERAL DE CONTRAPARTES En la información relativa a las operaciones cambiarias que son reportadas en la sección VIII, las instituciones deberán utilizar las claves del “Catálogo General de Contrapartes (CGC)”, el cual será actualizado mediante la trasmisión del Formulario de Contrapartes, a través del sistema Saif-Web a Banco de México.
En el caso de tener nuevas contrapartes no incluidas en el CGC deberán enviar con antelación, a través del formulario de Contrapartes, la información correspondiente con el fin de contar oportunamente con la clave correspondiente para ser utilizada en la sección VIII.
13 Octubre 2020
XVII. DETERMINACIÓN DEL MONTO DE VALORES CON MERCADO SECUNDARIO. Sin perjuicio de que en los correspondientes conceptos del formulario los montos deben informarse sin compensación alguna, para efectos de los cómputos de Admisión de Pasivos y del Régimen de Inversión en Moneda Extranjera, el monto a computar de los valores con mercado secundario, señalados en el inciso a) del artículo 2 de la Circular 3/2012, deberá determinarse conforme a lo siguiente:
1. Identificar en las diferentes operaciones (compra-ventas fecha valor, reportos, préstamos, tenencia u operaciones derivadas con entrega física del subyacente) los valores que cumplan con las calificaciones señaladas en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012.
2. Para cada grupo de calificación de acuerdo a los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012: a) Compensar el Total de Valores a Recibir (TVR) más el Total de Valores Comprometidos (TVC) con
el Total de Valores a Entregar (TVE). En caso de que el monto TVR más el monto TVC sea mayor o igual al monto TVE, considerar de menor a mayor plazo los Valores a Recibir + Valores Comprometidos, hasta por un monto igual a (TVR+TVC)-TVE. De lo contrario, considerar de mayor a menor plazo los VE, hasta por un monto igual a TVE-(TVR+TVC). (actualizado)
b) Si como resultado de la compensación anterior permanece un saldo de Valores a Entregar (VE), compensar el Total de Valores en Tenencia (TVT) con el Total Remanente de VE (TRVE). En caso de que el TVT sea mayor o igual al TRVE, considerar de menor a mayor plazo, los Valores en Tenencia hasta por un monto igual a TVT-TRVE. De lo contrario, considerar de mayor a menor plazo los VE remanentes hasta por un monto igual a TRVE-TVT. (actualizado)
Los plazos señalados corresponden a los plazos por vencer reportados en los conceptos de las distintas secciones del formulario.
XVIII. FECHA Y HORARIO DE ENTREGA DE LA INFORMACIÓN. Las secciones I a V y X de este formulario deberán transmitirse con cifras de cada día hábil, a más tardar a las 16:00 horas del tercer día hábil posterior a la fecha a que corresponda la información.
Las secciones VI a VIII de este formulario deberán transmitirse con cifras de cada día hábil, a más tardar a las 18:00 horas del propio día a que corresponda la información.
El soporte técnico relacionado con el acceso de usuarios, así como la operación del sistema de acopio es de las 9:00 a las 20:30 horas de lunes a viernes en días hábiles bancarios.
XIX. METODOLOGÍAS DE CONFRONTAS Las metodologías de las confrontas que se realizan entre la información de este formulario y la de otras fuentes de información, se encuentran en el apartado de ayudas del sistema de acopio denominado SAIF-Web.
A continuación se muestra una imagen para mayor referencia.
14 Octubre 2020
XX. OTRAS CONSIDERACIONES INCREMENTOS DE CAPITAL (CAPITAL REGULATORIO)
Las instituciones de Banca Múltiple que hayan incrementado su capital básico en el primer o segundo mes inmediato anterior al mes para el que se realiza el correspondiente cálculo, mediante algún acto corporativo como aumentos de capital contribuido, aportaciones de capital ya realizadas pendientes de formalizar, colocación de obligaciones subordinadas, etc.; a efecto de proceder conforme a lo dispuesto en las fracciones III o IV de los artículos 222 y 236 de la circular 3/2012 deberán:
1. Enviar un escrito a la Dirección de Información del Sistema Financiero, en el que especifique: • la o las partidas que originaron el incremento del capital contribuido, así como el importe de éstas • la fecha del incremento • copia de algún documento mediante el cual se compruebe el mismo incremento • los meses para los cuales solicitan que sea considerado el incremento • el importe del Capital Básico relativo a la fecha en que efectivamente se haya realizado el citado
incremento con el detalle de su integración • los límites para los cuales solicitan que sea considerado el incremento (Posición de Riesgo
Cambiario, Admisión de Pasivos en moneda extranjera o ambos)
CARTERA DE CRÉDITOS
En el registro de la Cartera de Créditos se debe considerar lo siguiente:
• La clasificación de la Cartera de Crédito por Calificación (A, B, C, D, E o vencida) debe respetar la calificación obtenida de acuerdo a las reglas emitidas por Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por cada uno de los créditos.
• La Estimación Preventiva para Riesgos Crediticios (EPRC) que debe considerarse para cada día es la última calculada.
15 Octubre 2020
• Una vez que se tienen la nueva EPRC correspondiente a la información del fin de mes anterior, es necesario realizar el reproceso del formulario ACLME –PD de dicho fin de mes considerando las nuevas estimaciones y por lo tanto las nuevas calificaciones, afectando los saldos netos de la Cartera de Crédito reportados en la Sección II. Estas nuevas estimaciones podrán generar movimientos a la Posición de Riesgo Cambiario por la creación o cancelación de las mismas que deberán ser reportados en la Sección VI del formulario. Dependiendo de la magnitud del movimiento, podría ser requerida la retransmisión de las fechas posteriores al fin de mes.
• Los nuevos créditos, en tanto no exista una EPRC, podrán registrarse como Créditos con Calificación A.
• En el caso de créditos con amortizaciones:
o Cada amortización debe reportarse a su respectivo plazo residual o La EPRC se debe aplicar a cada amortización de manera ponderada respecto al monto
• La EPRC de los créditos (o amortizaciones) que venzan durante el mes podrá clasificarse en el concepto
de Cartera Vencida. Para los créditos con amortizaciones, una vez que se obtenga la nueva EPRC para el fin de mes, esta deberá aplicarse a las amortizaciones restantes de manera ponderada respecto al monto.
TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (nuevo) Activos del Mercado de dinero.
Calificación % Computable Respecto del Valor de Mercado
Nivel *
Grado de Inversión > N4 100 N5 90 N6 90 N7 90 N8 80 N9 80
N10 80 Grado especulativo
N11 50 < N12 0
* Nivel comprendido en la “Tabla de calificaciones crediticias a largo plazo en escala global” incluida como Anexo 1 de la Circular 39/2020 del Banco de México
16 Octubre 2020
ESTRUCTURA DE LAS SECCIONES DEL FORMULARIO ACLME-PD Secciones: I a V
Campo Tipo Descripción
1 Clave de Institución Carácter (6) Clave de la institución a la que corresponde la información 2 Clave de la Filial Carácter (6) Clave de la filial de la institución a la que corresponde la
información 3 Fecha Fecha (8) Fecha a la que corresponde la información (Formato
AAAA/MM/DD) 4 Concepto Numérico (5) Clave del concepto al cual corresponde la información 5 Plazo Carácter (3) Clave del plazo por vencer de la operación 6 Monto Numérico (11) Monto de la operación en miles de dólares de los EE. UU. A.
Secciones: VI a VII
Campo Tipo Descripción
1 Clave de Institución Carácter (6) Clave de la institución a la que corresponde la información 2 Fecha Fecha (8) Fecha a la que corresponde la información (Formato
AAAA/MM/DD) 3 Concepto Numérico (5) Clave del concepto al cual corresponde la información 4 Plazo Carácter (3) Clave del plazo por vencer de la operación 5 Monto Numérico (11) Monto de la operación en miles de dólares de los EE. UU. A.
Secciones: VIII
Campo Tipo Descripción
1 Clave de institución Carácter (6) Clave de la institución a la que corresponde la información
2 Posición de la institución en la Operación
Carácter (1) Compra o Venta de moneda extranjera
3 Fecha de Concertación Fecha (8) Fecha en la que se concertó la operación (Formato AAAA/MM/DD)
4 Fecha de Liquidación Fecha (8) Fecha en la que se entregará o se recibirá la moneda extranjera (Formato AAAA/MM/DD)
5 Monto de la Operación en dólares
Numérico (15) Monto de la operación en miles de dólares de los EE. UU. A.
6 Divisa a la que se refiere la operación
Carácter (3) Clave de la divisa que se está operando
7 Clave de Identificación (folio) de la Operación
Carácter (34) Clave (folio) alfanumérico para identificar cada una de las operaciones
8 Clave de la Contraparte Carácter (40) Clave de la Contraparte o Clave Genérica de Contrapartes Agrupadas
9 Campo para indicar si la operación es parte de una "Estrategia"
Numérico (1) Valor (1) cuando la operación se trata de una estrategia y valor (0) cuando la operación no se trata de una estrategia.
17 Octubre 2020
Campo Tipo Descripción
10 Clave (folio) de la Estrategia Carácter (34) Clave (folio) para identificar el conjunto de operaciones que conforman una estrategia
Sección X
Campo Tipo Descripción
1 Clave de Institución Carácter (6) Clave de la institución a la que corresponde la información 2 Fecha Fecha (8) Fecha a la que corresponde la información (Formato
AAAA/MM/DD) 3 Concepto Numérico (5) Clave del concepto al cual corresponde la información 4 Plazo Carácter (3) Clave del plazo por vencer de la operación 5 Monto Numérico (11,6) Monto de las operaciones en miles de dólares de los EE.UU.A.
18 Octubre 2020
FORMULARIO ACLME-PD DE LA BANCA MÚLTIPLE INFORMACIÓN RELATIVA A LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS, DE INVERSIÓN PARA LAS OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y DE POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO
(cifras en miles de dólares)
CLAVE
SECCIÓN I.- OPERACIONES DEL BANCO MÚLTIPLE CON SUS FILIALES, ASÍ COMO ENTRE DICHAS FILIALES, DENOMINADAS EN O REFERIDAS A MONEDA EXTRANJERA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA O EN MONEDA NACIONAL
ACTIVOS DE LAS FILIALES FINANCIERAS A CARGO DEL BANCO MÚLTIPLE (SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS, TANTO NACIONALES COMO DEL EXTRANJERO)
1100 Depósitos y Préstamos otorgados al banco múltiple (sólo para las filiales financieras)
1110 Moneda extranjera a recibir por operaciones cambiarias de compra 24, 48, 72 y 96 horas (sólo para las filiales financieras) (concepto nuevo, circular 38/2020)
1120 Otros activos a cargo del banco múltiple (sólo para las filiales financieras) ACTIVOS DEL BANCO MÚLTIPLE A CARGO DE LAS FILIALES FINANCIERAS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
1140 Depósitos y Préstamos otorgados a las Filiales Financieras Mexicanas (sólo para el banco múltiple)
1145 Depósitos y Préstamos otorgados a las Filiales Financieras del Extranjero (sólo para el banco múltiple)
1147 Moneda extranjera a recibir por operaciones cambiarias de compra 24, 48, 72 y 96 horas (sólo para el banco múltiple) (concepto nuevo, circular 38/2020)
1150 Otros activos a cargo de las filiales financieras mexicanas (sólo para el banco múltiple)
1155 Otros activos a cargo de las filiales financieras del extranjero (sólo para el banco múltiple)
ACTIVOS DE LAS FILIALES FINANCIERAS A CARGO DE OTRAS FILIALES FINANCIERAS (SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS, TANTO NACIONALES COMO DEL EXTRANJERO)
1160 Activos de las filiales financieras mexicanas a cargo de filiales financieras del extranjero (sólo para las filiales financieras mexicanas) 1165 Activos de las filiales financieras mexicanas a cargo de otras filiales financieras mexicanas (sólo para las filiales financieras mexicanas)
1170 Activos de las filiales financieras del extranjero a cargo de otras filiales financieras mexicanas y del extranjero (sólo para las filiales financieras del extranjero)
PASIVOS DE LAS FILIALES FINANCIERAS A FAVOR DEL BANCO MÚLTIPLE (SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS, TANTO NACIONALES COMO DEL EXTRANJERO)
1200 Depósitos y Préstamos recibidos del banco múltiple (sólo para las filiales financieras)
1210 Moneda extranjera a entregar por operaciones cambiarias de venta 24, 48, 72 y 96 horas (sólo para las filiales financieras) (concepto nuevo, circular 38/2020)
1220 Otros pasivos recibidos del banco múltiple (sólo para las filiales financieras)
19 Octubre 2020
PASIVOS DEL BANCO MÚLTIPLE A FAVOR DE LAS FILIALES FINANCIERAS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE) 1235 Depósitos y Préstamos recibidos de las Filiales Financieras Mexicanas (sólo para el banco múltiple)
1240 Depósitos y Préstamos recibidos de las Filiales Financieras del Extranjero (sólo para el banco múltiple)
1247 Moneda extranjera a entregar por operaciones cambiarias de venta 24, 48, 72 y 96 horas (sólo para el banco múltiple) (concepto nuevo, circular 38/2020)
1250 Otros pasivos recibidos de las Filiales Financieras Mexicanas (sólo para el banco múltiple)
1255 Otros pasivos recibidos de las Filiales Financieras del Extranjero (sólo para el banco múltiple)
PASIVOS DE LAS FILIALES FINANCIERAS A FAVOR DE OTRAS FILIALES FINANCIERAS (SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS, TANTO NACIONALES COMO DEL EXTRANJERO)
1260 Pasivos de las filiales financieras mexicanas a favor de filiales financieras del extranjero (sólo para las filiales financieras mexicanas)
1265 Pasivos de las filiales financieras mexicanas a favor de otras filiales financieras mexicanas (sólo para las filiales financieras mexicanas)
1270 Pasivos de las filiales financieras del extranjero a favor de otras filiales financieras mexicanas y del extranjero (sólo para las filiales financieras del extranjero)
SECCIÓN II.- OPERACIONES ACTIVAS, CONTINGENTES DEUDORAS Y DEUDORAS DE REGISTRO, DENOMINADAS EN O REFERIDAS A MONEDA EXTRANJERA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA O EN MONEDA NACIONAL
DISPONIBILIDADES
3010 Billetes y Monedas Extranjeros DEPÓSITOS EN BANCO DE MÉXICO
3020 No comprometidos en operación alguna (concepto modificado, circular 38/2020)
3023 Comprometidos en alguna operación (concepto nuevo, circular 38/2020) DEPÓSITOS EN ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR:
3028 Con Calificación para Requerimiento de Liquidez que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día, no comprometidos en operación alguna
3029 Que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día, no comprometidos en operación alguna
3030 Con Calificación para Requerimiento de Liquidez, no comprometidos en operación alguna
3032 Que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, no comprometidos en operación alguna
3035 Con Calificación para Requerimiento de Liquidez, comprometidos en alguna operación
3037 Que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, comprometidos en alguna operación
3045 Sin Calificación para Requerimiento de Liquidez
3050 Depósitos en Bancos Mexicanos
3080 Documentos de Cobro Inmediato, Remesas en Camino y Corresponsales
20 Octubre 2020
CARTERA DE VALORES
VALORES (A VALOR DE MERCADO) (actualizado)
TREASURY BILLS, TREASURY NOTES Y TREASURY BONDS: 3110 No comprometidos en operación alguna
3115 Comprometidos en alguna operación VALORES EMITIDOS POR AGENCIAS DEL GOBIERNO DE LOS EE. UU. A., CON GARANTÍA INCONDICIONAL DE DICHO GOBIERNO
3118 No comprometidos en operación alguna
3119 Comprometidos en alguna operación
BONOS UMS 3126 No comprometidos en operación alguna (concepto nuevo, circular 38/2020)
3127 Comprometidos en alguna operación (concepto nuevo, circular 38/2020) PAPEL COMERCIAL Y OTROS VALORES, CON MERCADO SECUNDARIO, CON CALIFICACIÓN PARA REQUERIMIENTO DE LIQUIDEZ Y CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO IGUAL O MENOR A UN AÑO
3130 No comprometidos en operación alguna
3131 Comprometidos en alguna operación PAPEL COMERCIAL Y OTROS VALORES, CON MERCADO SECUNDARIO Y CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO IGUAL O MENOR A UN AÑO, A CARGO DE OTRAS ENTIDADES QUE CUENTEN CON GARANTÍA DE SU MATRIZ, Y ESTA TENGA CALIFICACIÓN PARA REQUERIMIENTO DE LIQUIDEZ
3132 No comprometidos en operación alguna
3133 Comprometidos en alguna operación VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO, DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO, NO COMPROMETIDOS EN OPERACIÓN ALGUNA:
3150 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3153 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3156 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3159 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3162 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO, COMPROMETIDOS EN ALGUNA OPERACIÓN:
3170 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
21 Octubre 2020
3173 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3176 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3179 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3181 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3190 Valores a cargo de Bancos Mexicanos, para los cuales no exista un mercado secundario
3195 Valores a cargo de entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez, para los cuales no exista un mercado secundario
3197 Valores a cargo de Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, para los cuales no exista un mercado secundario
INVERSIONES EN SOCIEDADES O FONDOS DE INVERSIÓN QUE EL BANCO DE MÉXICO, A PROPUESTA DE LAS INSTITUCIONES, CONSIDERE QUE PUEDEN COMPUTAR COMO ACTIVOS LÍQUIDOS:
3205 No comprometidas en operación alguna y que no excedan los límites de computabilidad como Activos Líquidos
3206 No comprometidas en operación alguna, que excedan los límites de computabilidad como Activos Líquidos (computan como Activos de Mercado de Dinero)
3207 Comprometidas en alguna operación
3210 Otros Valores "para negociar" y "disponibles para la venta" (a valor contable, netos, en su caso, de las correspondientes estimaciones) (concepto modificado, circular 38/2020)
3215 Otros Valores "conservados a vencimiento" (a valor contable, netos, en su caso, de las correspondientes estimaciones) (concepto modificado, circular 38/2020)
3220 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
3225 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
CARTERA DE CRÉDITOS (NETA, EN SU CASO, DE LAS CORRESPONDIENTES ESTIMACIONES, Y SIN INCLUIR LOS CRÉDITOS OBJETO DEL "ESQUEMA DE PARTICIPACIÓN DE FLUJOS DE CARTERA DE CRÉDITOS CON EL FOBAPROA")
3370 Obligaciones a cargo del Fondo Bancario de Protección al Ahorro o del Instituto de Protección al Ahorro Bancario
3372 Créditos a cargo de Bancos y de Casas de Bolsa mexicanos
3375 Créditos a cargo de entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3377 Créditos a cargo de entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3379 Créditos a cargo de otras entidades financieras del exterior OTROS CRÉDITOS (NETOS DE SUS RESPECTIVAS RESERVAS PREVENTIVAS)
3385 Créditos vigentes con calificación "A"
3400 Créditos vigentes con calificación "B"
3430 Créditos vigentes con calificación "C"
3460 Créditos vigentes con calificación "D" (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
22 Octubre 2020
3470 Créditos vigentes con calificación "E" (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
3480 Cartera Vencida (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario) OPERACIONES FECHA VALOR
3490 Moneda extranjera a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) distintas a operaciones cambiarias
3491 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (concepto modificado, circular 38/2020)
3495 Valores a recibir: Papel Comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel Comercial y Otros Valores, a cargo de entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO POR OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 HORAS)
3498 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3499 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3501 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3503 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3504 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3507 Valores a recibir, distintos a los señalados en los conceptos 3491 a 3504, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
3508 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
3509 Recibos de depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
OPERACIONES CAMBIARIAS MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR COMPRAS 24, 48, 72 Y 96 HORAS CELEBRADAS CON:
3510 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3512 Empresas que cuenten con garantía de su matriz, y esta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3515 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro (concepto modificado, circular 38/2020)
3517 Casas de Cambio e instituciones y sociedades mutualistas de seguros; mexicanas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
3520 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3522 Entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y esta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
23 Octubre 2020
3535 Otros DERIVADOS (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA)
3538 Operaciones derivadas realizadas por filiales financieras de la institución, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización para realizarlas OPERACIONES CUYO SUBYACENTE SEA UNA MONEDA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE Y LIQUIDABLES POR DIFERENCIAS (DE ESTAS ÚLTIMAS COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
3540 Moneda extranjera a recibir por Futuros (en Mercados Reconocidos) MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR FORWARDS CELEBRADOS CON:
3555 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3558 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3561 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
3564 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3567 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3575 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR EMISIÓN DE OPCIONES (CALL Y PUT, EXCLUSIVAMENTE CON ENTREGA DEL SUBYACENTE), CELEBRADAS CON:
3593 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3596 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3599 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
3602 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3605 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3607 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (CALL Y PUT, TODAS), CELEBRADAS CON:
3609 Mercados reconocidos
3611 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3613 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3615 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro (concepto modificado, circular 38/2020)
3617 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3619 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3621 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR SWAPS CELEBRADOS CON:
3630 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3633 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
24 Octubre 2020
3636 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
3639 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3642 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3650 Otros OPERACIONES CON SUBYACENTES DISTINTOS DE MONEDAS, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA, ÉSTA ÚLTIMA COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN DEL SUBYACENTE A ENTREGAR O COMO COBRO DE LAS QUE SE LIQUIDEN POR DIFERENCIAS (DE ÉSTAS ÚLTIMAS COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
3785 Moneda extranjera a recibir por Futuros (en Mercados Reconocidos) MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR FORWARDS CELEBRADOS CON:
3800 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3803 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3806 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
3809 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3812 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3820 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR EMISIÓN DE OPCIONES (EXCLUSIVAMENTE CALL, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE), CELEBRADAS CON:
3838 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3841 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3844 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
3847 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3850 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3852 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (EXCLUSIVAMENTE PUT CON ENTREGA DEL SUBYACENTE, Y PUT Y CALL LIQUIDABLES POR DIFERENCIA), CELEBRADAS CON:
3854 Mercados reconocidos
3856 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3858 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3860 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro (concepto modificado, circular 38/2020)
3862 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3864 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3866 Otros
25 Octubre 2020
MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR SWAPS CELEBRADOS CON
3875 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3878 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3881 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
3884 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3887 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3895 Otros OPERACIONES CUYO SUBYACENTE SEA UNA MONEDA, LIQUIDABLES POR DIFERENCIAS EN MONEDA NACIONAL (COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
4060 Moneda nacional a recibir por Futuros (en Mercados Reconocidos) MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR FORWARDS CELEBRADOS CON:
4075 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4078 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4081 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
4084 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4087 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4095 Otros MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (CALL Y PUT), CELEBRADAS CON:
4110 Mercados reconocidos
4113 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4116 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4119 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro (concepto modificado, circular 38/2020)
4122 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4125 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4127 Otros MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR SWAPS CELEBRADOS CON:
4150 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4153 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4156 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
4159 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4162 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
26 Octubre 2020
4170 Otros OPERACIONES CON SUBYACENTES DENOMINADOS EN O REFERIDOS A MONEDA EXTRANJERA, QUE NO SEAN UNA MONEDA, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE
OTROS SUBYACENTES A RECIBIR POR FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS) 4288 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con
garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020) VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4295 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4297 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4299 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4301 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4303 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4313 Otros Valores
4315 Acciones y recibos de depósito, bursátiles OTROS SUBYACENTES A RECIBIR POR FORWARDS:
4328 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
4333 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4336 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4337 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4338 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4340 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4341 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4343 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
27 Octubre 2020
4353 Otros Valores
4355 Acciones y recibos de depósito, bursátiles OTROS SUBYACENTES A RECIBIR POR OPCIONES EMITIDAS (EXCLUSIVAMENTE PUT):
4368 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
4373 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4376 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4377 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4378 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4380 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4381 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4383 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4390 Otros Valores
4392 Acciones y recibos de depósito, bursátiles OTROS SUBYACENTES A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (EXCLUSIVAMENTE CALL):
4393 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
4397 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4399 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4408 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4410 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4412 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4414 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
28 Octubre 2020
4416 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4427 Otros Valores
4429 Acciones y recibos de depósito, bursátiles OPERACIONES CON SUBYACENTES DENOMINADOS EN O REFERIDOS A MONEDA EXTRANJERA, QUE NO SEAN UNA MONEDA, LIQUIDABLES POR DIFERENCIA EN MONEDA NACIONAL (COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
4440 Moneda nacional a recibir por Futuros (en Mercados Reconocidos) MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR FORWARDS CELEBRADOS CON:
4455 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4458 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4461 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
4464 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4467 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4475 Otros MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (CALL Y PUT), CELEBRADAS CON:
4490 Mercados reconocidos
4493 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4496 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4499 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
4502 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4505 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4513 Otros MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR SWAPS CELEBRADOS CON:
4530 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4533 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4536 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro e instituciones y sociedades mutualistas de seguros, estas últimas con Calificación de corto plazo local para la moneda extranjera a recibir (concepto modificado, circular 38/2020)
4539 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4542 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4550 Otros
4600 Parte Activa de las operaciones de derivados que produzcan efectos similares a las operaciones señaladas en la fracción III, artículo 234 de la Circular 3/2012.
29 Octubre 2020
REPORTOS Y PRÉSTAMOS DE VALORES
MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR OPERACIONES DE REPORTO DE:
4650 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4653 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4656 Bancos y Casas de Bolsa Mexicanos
4659 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4662 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4670 Otros VALORES A RECIBIR POR OPERACIONES DE REPORTO
4683 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
4688 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4691 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4692 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4693 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4695 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4696 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4698 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4708 Otros Valores
4710 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
4715 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR "REPOS" (FINANCIAMIENTO CON GARANTÍA DE VALORES) DE:
4725 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4728 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4731 Bancos y Casas de Bolsa Mexicanos
4734 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4737 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
30 Octubre 2020
4745 Otros
VALORES A RECIBIR POR PRÉSTAMO DE VALORES DE EMPRESAS CON CALIFICACIÓN PARA REQUERIMIENTO DE LIQUIDEZ O CON GARANTÍA DE OTRAS QUE TENGAN TAL CALIFICACIÓN, DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR CON CALIFICACIÓN PARA REQUERIMIENTO DE LIQUIDEZ O CON GARANTÍA DE OTRAS QUE TENGAN TAL CALIFICACIÓN, Y DE LAS SIGUIENTES ENTIDADES FINANCIERAS MEXICANAS: BANCOS Y CASAS DE BOLSA:
4808 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
4813 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4816 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4817 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4818 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4820 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4821 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4823 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
4833 Otros Valores
4835 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
4840 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
VALORES A RECIBIR POR PRÉSTAMO DE VALORES DE OTRAS PERSONAS: 4850 Valores
4852 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
4860 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
OTROS ACTIVOS OTROS ACTIVOS (DISTINTOS A LOS COMPRENDIDOS EN LOS RENGLONES ANTERIORES Y A LOS SEÑALADOS EN EL ANEXO 18 Y 22 DE LA CIRCULAR 3/2012)
4935 Que tengan inequívocamente un plazo a vencimiento determinado
4940 Que no tengan un plazo a vencimiento determinado
4945 Otros activos (para uso exclusivo de las filiales financieras) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
31 Octubre 2020
CUENTAS CONTINGENTES
4955 Operaciones Contingentes, respecto de las cuales se hayan constituido Reservas Preventivas por Calificación de Cartera (dato informativo)
4960 Avales Otorgados (Por la parte no comprendida en el concepto 4955) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera) APERTURA DE CRÉDITOS COMERCIALES IRREVOCABLES (POR LA PARTE NO COMPRENDIDA EN EL CONCEPTO 4955) (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA)
4970 En donde la institución confirme cartas de crédito emitidas por alguna entidad financiera del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez (dato informativo)
4975 Otros
OPERACIONES DEUDORAS DE REGISTRO (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA
5500 Importe no dispuesto de líneas de crédito, otorgadas por alguna entidad financiera del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez, autorizadas previamente por Banco de México para ser consideradas como Activos Líquidos.
5510 Líneas de crédito, obtenidas de entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez, para garantizar bajo cualquier figura jurídica, el pago de instrumentos de captación a plazo no mayor de un año emitidos por la institución por la parte respecto de la cual la institución podría colocar en el día de que se trate nuevas emisiones de dichos instrumentos, autorizadas previamente por Banco de México para ser consideradas como Activos del Mercado de Dinero
5520 Importe de la garantía para el cumplimiento de las operaciones en moneda extranjera de la institución, otorgada por entidades financieras del exterior calificadas con el más alto grado de inversión (sólo para las instituciones que cuenten con autorización del Banco de México)
SECCIÓN III.- OPERACIONES PASIVAS Y CONTINGENTES ACREEDORAS, DENOMINADAS EN O REFERIDAS A MONEDA EXTRANJERA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA O EN MONEDA NACIONAL CAPTACIÓN
6005 Cuentas de Depósito a la vista (con o sin chequera) (concepto modificado, circular 38/2020)
6035 Otros Depósitos a la Vista y en Cuenta Corriente (concepto eliminado, circular 38/2020) DEPÓSITOS A PLAZO
6050 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6065 Otros BONOS BANCARIOS EN CIRCULACIÓN
6080 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6095 Otros PAGARÉS CON RENDIMIENTO LIQUIDABLE AL VENCIMIENTO
6110 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
32 Octubre 2020
6125 Otros OBLIGACIONES SUBORDINADAS NO CONVERTIBLES Y DE CONVERSIÓN VOLUNTARIA
6140 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6155 Otros ACEPTACIONES BANCARIAS EN CIRCULACIÓN
6170 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6185 Otros OTROS INSTRUMENTOS DE CAPTACIÓN
6190 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6195 Otros
6200 Títulos de Captación emitidos por la institución, cuyo pago esté garantizado con líneas de crédito otorgadas por entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez, autorizados por Banco de México para computar al plazo por vencer determinado con base en el plazo pactado para el pago de la disposición correspondiente, en el caso de que la línea sea ejercida (artículo 234, fracción I de la Circular 3/2012). DEPÓSITOS Y PRÉSTAMOS DE FIDEICOMISOS Y BANCOS DEL PAÍS
6280 Préstamos por Cartera Descontada
6290 Subastas de Financiamiento en Dólares de los EE.UU.A. celebradas por Banco de México al amparo de la Circular 8/2009 OTROS DEPÓSITOS Y PRÉSTAMOS DE FIDEICOMISOS Y BANCOS DEL PAÍS
6300 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del depositante
6315 Otros DEPÓSITOS Y PRÉSTAMOS DE BANCOS DEL EXTRANJERO:
6320 Recibidos de organismos tipo CCC, Eximbanks, Bladex y otros organismos internacionales de fomento similares RECIBIDOS DE OTROS BANCOS EXTRANJEROS
6330 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del depositante
6345 Otros
6360 Créditos recibidos para la Adquisición de Valores (de los referidos en la fracción III del artículo 234 de la Circular 3/2012).
OPERACIONES FECHA VALOR
6370 Moneda extranjera a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas), distintas a operaciones cambiarias
6378 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (concepto modificado, circular 38/2020)
6385 Valores a entregar: Papel Comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel Comercial y Otros Valores, a cargo de entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
33 Octubre 2020
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO POR OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 HORAS)
6393 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6394 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6396 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6397 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6398 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6400 Valores a entregar, distintos a los señalados en los conceptos 6378 a 6398, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
6405 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
6410 Recibos de depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
OPERACIONES CAMBIARIAS
MONEDA EXTRANJERA A ENTREGAR POR VENTAS 24, 48, 72 Y 96 HORAS A:
6415 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro (concepto modificado, circular 38/2020)
6420 Entidades financieras del exterior
6435 Otros
DERIVADOS (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA)
6455 Operaciones derivadas realizadas por filiales financieras de la institución, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización para realizarlas OPERACIONES CUYO SUBYACENTE SEA UNA MONEDA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE Y LIQUIDABLES POR DIFERENCIAS (DE ÉSTAS ÚLTIMAS COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
6460 Moneda extranjera a entregar por Futuros (en Mercados Reconocidos)
6477 Moneda Extranjera a entregar por Forwards
6504 Moneda Extranjera a entregar por Emisión de Opciones (Call y Put, todas)
6519 Moneda Extranjera a entregar por Tenencia de Opciones (Call y Put, exclusivamente con entrega del subyacente)
6542 Moneda Extranjera a entregar por Swaps
34 Octubre 2020
OPERACIONES CUYO SUBYACENTE SEA UNA MONEDA, LIQUIDABLES POR DIFERENCIA EN MONEDA NACIONAL (COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
6650 Moneda Nacional a entregar por Futuros (en Mercados Reconocidos)
6667 Moneda Nacional a entregar por Forwards
6704 Moneda Nacional a entregar por Emisión de Opciones (Call y Put)
6742 Moneda Nacional a entregar por Swaps OPERACIONES CON SUBYACENTES DISTINTOS A MONEDAS, DENOMINADOS EN O REFERIDOS A MONEDA EXTRANJERA, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE Y LIQUIDABLES POR DIFERENCIAS EN CUALQUIER MONEDA (DE ÉSTAS ÚLTIMAS COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
VALORES Y MONEDAS (COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN) A ENTREGAR POR FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS): 6788 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con
garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020) VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
6789 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6791 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6792 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6793 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6794 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6798 Otros Valores
6800 Acciones y recibos de depósito, bursátiles
6802 Monedas a entregar VALORES Y MONEDAS (COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN) A ENTREGAR POR FORWARDS:
6808 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
6812 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
6813 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6815 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
35 Octubre 2020
6817 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6819 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6821 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6823 Otros Valores
6825 Acciones y recibos de depósito, bursátiles
6826 Monedas a entregar VALORES Y MONEDAS (COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN) A ENTREGAR POR EMISIÓN DE OPCIONES (CALL Y PUT, TODAS):
6828 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
6832 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
6833 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6835 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6837 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6839 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6841 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6843 Otros Valores
6845 Acciones y recibos de depósito, bursátiles
6846 Monedas a entregar VALORES Y MONEDAS (COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN) A ENTREGAR POR TENENCIA DE OPCIONES (CALL Y PUT, EXCLUSIVAMENTE CON ENTREGA DEL SUBYACENTE):
6848 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
6852 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
36 Octubre 2020
6853 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6855 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6857 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6859 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6861 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6863 Otros Valores
6865 Acciones y recibos de depósito, bursátiles
6866 Monedas a entregar
6890 Monedas (como moneda de liquidación) a entregar por Swaps
6920 Parte Pasiva de las operaciones de derivados que produzcan efectos similares a las operaciones señaladas en la fracción III, artículo 234 de la Circular 3/2012.
REPORTOS Y PRÉSTAMOS DE VALORES
7010 Moneda Extranjera a entregar por Operaciones de Reporto VALORES A ENTREGAR POR OPERACIONES DE REPORTO:
7013 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
7020 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
7021 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7022 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7023 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7024 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7026 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7035 Otros Valores
7040 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en el extranjero
37 Octubre 2020
7045 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
7050 Moneda Extranjera a entregar por "Repos" (Financiamiento con Garantía de valores) VALORES A ENTREGAR POR PRÉSTAMO DE VALORES:
7078 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno (concepto modificado, circular 38/2020)
7085 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
7086 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7087 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7088 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7089 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7091 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
7100 Otros Valores
7105 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en el extranjero
7110 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
OTROS PASIVOS
7350 Saldos Acreedores de las cuentas de Activo OTROS PASIVOS (DISTINTOS A LOS COMPRENDIDOS EN LOS RENGLONES ANTERIORES Y A LOS SEÑALADOS EN EL ANEXO 18 Y 22 DE LA CIRCULAR 3/2012)
7352 Que tengan inequívocamente un plazo a vencimiento determinado
7354 Que no tengan un plazo a vencimiento determinado
7355 Otros pasivos (para uso exclusivo de las filiales financieras) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
7400 Obligaciones Subordinadas de Conversión Obligatoria, convertibles en acciones del banco (dato informativo) CUENTAS CONTINGENTES ACREEDORAS (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA)
7560 Avales Otorgados
38 Octubre 2020
SECCIÓN IV.- OPERACIONES ACTIVAS Y PASIVAS LIQUIDADAS ANTICIPADAMENTE O REDOCUMENTADAS PARA EXTENDER SU PLAZO OPERACIONES ACTIVAS LIQUIDADAS ANTICIPADAMENTE:
7620 Disponibilidades
7625 Cartera de Valores
7630 Cartera de Créditos
7635 Operaciones de Derivados
7645 Reportos y Préstamos de Valores
7650 Otros Activos de Balance
7655 Cuentas contingentes deudoras OPERACIONES ACTIVAS REDOCUMENTADAS CON EXTENSIÓN EN SU PLAZO:
7660 Disponibilidades
7665 Cartera de Valores
7670 Cartera de Créditos
7675 Operaciones de Derivados
7685 Reportos y Préstamos de Valores
7690 Otros Activos de Balance
7695 Cuentas contingentes deudoras OPERACIONES PASIVAS LIQUIDADAS ANTICIPADAMENTE: 7710 Depósitos a Plazo
7715 Bonos Bancarios en Circulación
7720 Pagarés con Rendimiento Liquidable al Vencimiento
7725 Obligaciones Subordinadas no convertibles y de conversión voluntaria
7730 Aceptaciones Bancarias en Circulación
7740 Otros Títulos de Captación
7750 Depósitos y Préstamos de Fideicomisos y Bancos del País
7760 Depósitos y Préstamos de Bancos del Extranjero
7770 Créditos recibidos para la Adquisición de Valores (de los referidos en la fracción III artículo 234 de la Circular 3/2012)
7790 Operaciones de Derivados
7810 Reportos y Préstamos de Valores
7830 Otros Pasivos de Balance
7840 Cuentas contingentes acreedoras OPERACIONES PASIVAS REDOCUMENTADAS CON EXTENSIÓN EN SU PLAZO:
7860 Depósitos a Plazo
39 Octubre 2020
7865 Bonos Bancarios en Circulación
7870 Pagarés con Rendimiento Liquidable al Vencimiento
7875 Obligaciones Subordinadas no convertibles y de conversión voluntaria
7880 Aceptaciones Bancarias en Circulación
7890 Otros Títulos de Captación
7900 Depósitos y Préstamos de Fideicomisos y Bancos del País
7910 Depósitos y Préstamos de Bancos del Extranjero
7920 Créditos recibidos para la Adquisición de Valores (de los referidos en la fracción III artículo 234 de la Circular 3/2012)
7940 Operaciones de Derivados
7960 Reportos y Préstamos de Valores
7980 Otros Pasivos de Balance
7990 Cuentas contingentes acreedoras SECCIÓN V.- RELATIVA A OTROS DATOS
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO, COMPROMETIDOS EN ALGUNA OPERACIÓN:
9700 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
9705 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
9710 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
9715 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
9720 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
OPERACIONES CAMBIARIAS 24, 48, 72 Y 96 HORAS LAS CUALES SERÁN LIQUIDADAS SOBRE CUENTAS, EN MONEDA EXTRANJERA, EN BANCOS MÚLTIPLES MEXICANOS (SALDOS AL FIN DE MES)
9725 Monto de las compras en las cuales las divisas se liquidarán afectando (incrementando) las cuentas que la institución mantenga en Bancos Múltiples Mexicanos (dato informativo)
9730 Monto de las ventas en las cuales las divisas se liquidarán afectando (disminuyendo) las cuentas que la institución mantenga en Bancos Múltiples Mexicanos (dato informativo)
CUENTAS DE DEPÓSITOS A LA VISTA 9800 Suma de las cuentas, en promedio mensual de saldos diarios, que el mes anterior devengaron una tasa menor o igual a 50% de LIBOR
(concepto modificado, circular 38/2020) 9810 Suma de las cuentas, en promedio mensual de saldos diarios, que el mes anterior devengaron una tasa mayor al 50% de LIBOR (concepto
modificado, circular 38/2020)
40 Octubre 2020
9820 Monto de las cuentas individuales, en promedio diario mensual, que el mes anterior devengaron una tasa mayor al 75% de LIBOR (concepto eliminado, circular 38/2020)
9822 Billetes y Monedas exclusivamente dólares de los EE.UU.A. (Sólo para el banco múltiple, dato informativo) PROVISIONES PREVENTIVAS PARA COBERTURA DE RIESGOS CREDITICIOS
9825 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "A" (dato informativo)
9830 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "B" (dato informativo)
9835 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "C" (dato informativo)
9840 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "D" (dato informativo)
9845 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "E" (dato informativo)
9850 Correspondientes a la cartera vencida (dato informativo)
9853 Correspondientes a operaciones causantes de pasivo contingente (dato para ser utilizado exclusivamente en el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
9855 Otras (dato informativo)
9860 Faltantes de las "filiales financieras del exterior que no computan para efectos de la Sección I, Capítulo II, Título Quinto de la Circular 3/2012”, respecto del régimen de inversión que deban observar en el país en donde se encuentren ubicadas (sólo para el banco múltiple)
9870 Derechos provenientes de operaciones derivadas realizadas por filiales de la casa de bolsa del grupo financiero a que pertenece la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución no cuente con autorización para efectuarlas (sólo para el banco múltiple)
9875 Obligaciones provenientes de operaciones derivadas realizadas por filiales de la casa de bolsa del grupo financiero a que pertenece la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución no cuente con autorización para efectuarlas (sólo para el banco múltiple) DATOS PARA SER UTILIZADOS EXCLUSIVAMENTE EN EL RÉGIMEN DE POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS), CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
9880 Parte de la operación que genera posición larga
9885 Parte de la operación que genera posición corta FORWARDS, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
9890 Parte de la operación que genera posición larga
9895 Parte de la operación que genera posición corta SWAPS, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
9900 Parte de la operación que genera posición larga
9910 Parte de la operación que genera posición corta POSICIÓN DE OPCIONES, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADA EN O REFERIDA A MONEDA EXTRANJERA (APLICANDO AL VALOR DE LAS OPERACIONES, SUBYACENTE Y MONEDA EXTRANJERA DE LIQUIDACIÓN, LA DELTA QUE RESULTE DE APLICAR EL MODELO DE VALUACIÓN UTILIZADO POR LA INSTITUCIÓN) (APLICA SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS)
9930 Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
9940 Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado) POSICIÓN FINAL EN MONEDA EXTRANJERA, DE LA FILIAL FINANCIERA MEXICANA (APLICA SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS MEXICANAS)
9950 Posición Final Neta Larga
41 Octubre 2020
9960 Posición Final Neta Corta OPERACIONES DE DERIVADOS VENCIDAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (EN MONEDA EXTRANJERA) 9980 Parte de la operación que genera posición larga (concepto nuevo, circular 38/2020)
9985 Parte de la operación que genera posición corta (concepto nuevo, circular 38/2020)
SECCIÓN VI.- INFORMACIÓN PARA EL CÁLCULO DE LA POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO, RELATIVA AL DÍA DE QUE SE TRATE
(Aplica sólo para el Banco Múltiple) A. NUEVAS OPERACIONES QUE GENERAN MOVIMIENTOS A LA POSICIÓN DE DIVISAS NUEVAS OPERACIONES DEL BANCO MÚLTIPLE CONTRATACIONES DE OPERACIONES CAMBIARIAS (MISMO DÍA, 24, 48, 72 Y 96 HORAS)
10001 Parte de la operación que genera posición larga
10051 Parte de la operación que genera posición corta CONTRATACIONES DE FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS), CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR NOCIONAL)
10101 Parte de la operación que genera posición larga
10151 Parte de la operación que genera posición corta CONTRATACIONES DE FORWARDS, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR NOCIONAL)
10201 Parte de la operación que genera posición larga
10251 Parte de la operación que genera posición corta CONTRATACIONES DE SWAPS (A VALOR NOCIONAL)
10301 Parte de la operación que genera posición larga
10351 Parte de la operación que genera posición corta OTRAS OPERACIONES DISTINTAS A LAS SEÑALADAS EN LOS CONCEPTOS 10001 A 10351 Y 11201 Y 11301 QUE AFECTAN A LA POSICIÓN DE DIVISAS, Y DISTINTAS A LAS SEÑALADAS EN EL ANEXO 18 DE LA CIRCULAR 3/2012)
OPERACIONES QUE INCREMENTEN LA POSICIÓN LARGA 10401 Cobro en moneda extranjera de las diferencias por operaciones de derivados liquidables por diferencias en moneda extranjera
10416 Variación positiva en el valor de las operaciones en divisas distintas al dólar de los EE.UU.A., respecto del último valor registrado, al convertirlas a dichos dólares
10421 Importe del producto del ejercicio de operaciones de opción con entrega del subyacente: (subyacente y moneda extranjera de liquidación, según aplique)
10436 Variación positiva en la valuación de los derivados en su parte relativa a moneda extranjera, respecto de la última valuación registrada
10451 Cobro de moneda extranjera por intereses, comisiones y servicios
10471 Ingreso de Moneda Extranjera (equivalente a una compra) por "facturación de consumos" de tarjetas de crédito (Estas operaciones se pueden reportar en estos renglones o como compra venta de divisas, según lo decida la institución)
10501 Diferencia positiva entre el precio de venta y el valor contable, por venta de activos en moneda extranjera
42 Octubre 2020
10521 Cancelación de Provisiones de Cartera en moneda extranjera
10551 Otras OPERACIONES QUE INCREMENTEN LA POSICIÓN CORTA
10601 Pago en moneda extranjera de las diferencias por operaciones de derivados liquidables por diferencias en moneda extranjera
10616 Variación negativa en el valor de las operaciones en divisas distintas al dólar de los EE.UU.A., respecto del último valor registrado, al convertirlas a dichos dólares
10621 Importe del producto del ejercicio de operaciones de opción con entrega del subyacente: (subyacente y moneda extranjera de liquidación, según aplique)
10636 Variación negativa en la valuación de los derivados en su parte relativa a moneda extranjera, respecto de la última valuación registrada
10651 Pago de moneda extranjera por intereses, comisiones y servicios
10671 Egreso de Moneda Extranjera (equivalente a una venta) por liquidación al "facturador de consumos" en tarjetas de crédito (Estas operaciones se pueden reportar en estos renglones o como compra venta de divisas, según lo decida la institución)
10701 Diferencia positiva entre el valor contable y el precio de venta, por venta de activos en moneda extranjera
10721 Creación de Provisiones de Cartera en moneda extranjera
10751 Otras B. VENCIMIENTO DE OPERACIONES QUE GENERAN MOVIMIENTOS A LA POSICIÓN DE DIVISAS OPERACIONES DE DERIVADOS QUE SE LIQUIDARON POR DIFERENCIAS O QUE SE VAN A LIQUIDAR POR DIFERENCIAS (SIN IMPORTAR LA MONEDA DE LIQUIDACIÓN)
FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS), CUYO SUBYACENTE ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
10801 Vencimientos de Compra, subyacente de referencia y vencimientos de venta con moneda extranjera como moneda de liquidación (disminuyen la posición larga)
10851 Vencimientos de Venta, subyacente de referencia y vencimientos de compra con moneda extranjera como moneda de liquidación (disminuyen la posición corta)
FORWARDS, CUYO SUBYACENTE ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE) 10901 Vencimientos de Compra, subyacente de referencia y vencimientos de venta con moneda extranjera como moneda de liquidación
(disminuyen la posición larga) 10951 Vencimientos de Venta, subyacente de referencia y vencimientos de compra con moneda extranjera como moneda de liquidación
(disminuyen la posición corta) SWAPS, CUYO SUBYACENTE ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
11001 Vencimientos de Operaciones que generan una posición larga, (disminuyen la posición larga)
11051 Vencimientos de Operaciones que generan una posición corta, (disminuyen la posición corta) OPERACIONES PAGADERAS EN MONEDA NACIONAL REFERIDAS A TIPOS DE CAMBIO DE MONEDA NACIONAL CONTRA DIVISAS
11101 Depósitos, Valores y Créditos (Activas, disminuyen la posición larga)
11151 Depósitos y Préstamos (Pasivas, disminuyen la posición corta) C. POSICIÓN DE OPCIONES POSICIÓN DE OPCIONES, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADA EN O REFERIDA A MONEDA EXTRANJERA (APLICANDO AL VALOR DE LAS OPERACIONES, SUBYACENTE Y MONEDA EXTRANJERA DE LIQUIDACIÓN, LA DELTA QUE RESULTE DE APLICAR EL MODELO DE VALUACIÓN UTILIZADO POR LA INSTITUCIÓN) (APLICA SÓLO AL BANCO MÚLTIPLE)
43 Octubre 2020
11201 Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
11301 Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado) D. POSICIÓN DE DIVISAS DE LAS FILIALES FINANCIERAS POSICIÓN DE LAS FILIALES FINANCIERAS EN EL EXTRANJERO (EN PESOS MEXICANOS CONVERTIDOS A MILES DE DÓLARES)
11401 Valor absoluto de la cifra negativa que resulte de restar a los Activos en pesos mexicanos, los Pasivos en pesos mexicanos, de las Filiales Financieras en el extranjero (generan una Posición Larga en moneda extranjera)
11501 Cifra positiva que resulte de restar a los Activos en pesos mexicanos, los Pasivos en pesos mexicanos, de las Filiales Financieras en el extranjero (generan una Posición Corta en moneda extranjera)
POSICIÓN DE LAS FILIALES FINANCIERAS MEXICANAS (EN MONEDA EXTRANJERA) 11601 Posición Neta Larga
11701 Posición Neta Corta E. POSICIÓN FINAL DE RIESGO CAMBIARIO POSICIÓN FINAL EN MONEDA EXTRANJERA, DEL BANCO MÚLTIPLE
11801 Posición Final Neta Larga (Cifra positiva que resulta de la siguiente operación: Última posición reportada más movimientos que generan posición larga, menos movimientos que generan posición corta)
11901 Posición Final Neta Corta (Valor absoluto de la cifra negativa que resulta de la siguiente operación: Última posición reportada más movimientos que generan posición larga, menos movimientos que generan posición corta)
POSICIÓN FINAL EN MONEDA EXTRANJERA, DEL BANCO MÚLTIPLE MÁS, EN SU CASO, FILIALES FINANCIERAS EN MÉXICO Y EN EL EXTERIOR 11951 Posición Final Neta Larga (Cifra positiva que resulta de la siguiente operación: Posición final del banco positiva o negativa (+ / -) la posición
final de las filiales financieras en México y en el Exterior) 11971 Posición Final Neta Corta (Valor absoluto de la cifra negativa que resulta de la siguiente operación: Posición final del banco positiva o negativa
(+ / -) la posición final de las filiales financieras en México y en el Exterior) F. POSICIONES DE LAS DISTINTAS DIVISAS (DATOS INFORMATIVOS) POSICIÓN EN DÓLARES DE LOS EE. UU. A. (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
12001 Posición Neta Larga
12101 Posición Neta Corta POSICIÓN EN DÓLARES CANADIENSES (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
12201 Posición Neta Larga
12301 Posición Neta Corta POSICIÓN EN EUROS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
12401 Posición Neta Larga
12501 Posición Neta Corta POSICIÓN EN YEN JAPONÉS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
12601 Posición Neta Larga
12701 Posición Neta Corta POSICIÓN EN LIBRA ESTERLINA (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE) 12801 Posición Neta Larga
44 Octubre 2020
12901 Posición Neta Corta POSICIÓN EN FRANCO SUIZO (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE) 13001 Posición Neta Larga
13101 Posición Neta Corta POSICIÓN EN OTRAS DIVISAS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
13201 Posición Neta Larga
13301 Posición Neta Corta SECCIÓN VII.- OPERACIONES CAMBIARIAS CONCERTADAS EL DÍA A QUE CORRESPONDE EL REPORTE
(Aplica sólo para el Banco Múltiple) Plazo por vencer: Mismo Día, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 días naturales A. OPERACIONES PESO - DÓLAR DE LOS EE.UU.A. (de acuerdo a su fecha valor, indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
OPERACIONES REALIZADAS CON ENTIDADES MEXICANAS
CELEBRADAS CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y BANCO DE MÉXICO: 13401 Importe de las Compras
13501 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE CAMBIO:
13601 Importe de las Compras
13701 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE BOLSA:
13801 Importe de las Compras
13901 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON FONDOS DE INVERSIÓN Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO: 13905 Importe de las Compras
13907 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PRIVADOS:
14001 Importe de las Compras
14101 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON SECTOR PRIVADO:
14201 Importe de las Compras
14301 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON PERSONAS MORALES:
14321 Importe de las Compras
14341 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON PERSONAS FÍSICAS:
45 Octubre 2020
14361 Importe de las Compras
14381 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON SECTOR PÚBLICO: 14401 Importe de las Compras
14501 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON EL GOBIERNO FEDERAL (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14505 Importe de las Compras
14510 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON EL GOBIERNO DEL D. F. (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14515 Importe de las Compras
14520 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON GOBIERNOS ESTATALES Y MUNICIPALES (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14525 Importe de las Compras
14530 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14535 Importe de las Compras
14540 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PÚBLICOS (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14545 Importe de las Compras
14550 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTRAS ENTIDADES FINANCIERAS PÚBLICAS (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14555 Importe de las Compras
14560 Importe de las Ventas OPERACIONES REALIZADAS CON ENTIDADES DEL EXTRANJERO
CELEBRADAS CON ENTIDADES FINANCIERAS
14601 Importe de las Compras
14701 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON ENTIDADES NO FINANCIERAS
14801 Importe de las Compras
14901 Importe de las Ventas B. OPERACIONES DIVISA A DIVISA (de acuerdo a su fecha valor, indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
46 Octubre 2020
CELEBRADAS CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y CASAS DE BOLSA MEXICANAS:
15001 Importe de las Compras
15101 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON FONDOS DE INVERSIÓN Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO MEXICANAS: 15111 Importe de las Compras
15117 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE CAMBIO MEXICANAS:
15131 Importe de las Compras
15161 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS MEXICANAS: (actualizado) 15171 Importe de las Compras
15181 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS:
15201 Importe de las Compras
15301 Importe de las Ventas C. OPERACIONES DEL PESO CONTRA OTRAS DIVISAS DISTINTAS AL DÓLAR DE LOS EE.UU.A. (de acuerdo a su fecha valor, indicadas a su correspondiente plazo por vencer) OPERACIONES REALIZADAS CON ENTIDADES MEXICANAS
CELEBRADAS CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y BANCO DE MÉXICO: 16001 Importe de las Compras
16101 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE CAMBIO:
16201 Importe de las Compras
16301 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE BOLSA:
16401 Importe de las Compras
16501 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON FONDOS DE INVERSIÓN Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO: 16531 Importe de las Compras
16561 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PRIVADOS:
16601 Importe de las Compras
16701 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON SECTOR PRIVADO:
16801 Importe de las Compras
47 Octubre 2020
16901 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON PERSONAS MORALES
16921 Importe de las Compras
16941 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON PERSONAS FÍSICAS
16961 Importe de las Compras
16981 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON SECTOR PÚBLICO:
17101 Importe de las Compras
17201 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON EL GOBIERNO FEDERAL (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17211 Importe de las Compras
17221 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON EL GOBIERNO DEL D. F. (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES): 17231 Importe de las Compras
17241 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON GOBIERNOS ESTATALES Y MUNICIPALES (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17251 Importe de las Compras
17261 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17271 Importe de las Compras
17281 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PÚBLICOS (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17291 Importe de las Compras
17301 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTRAS ENTIDADES FINANCIERAS PÚBLICAS (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17311 Importe de las Compras
17321 Importe de las Ventas OPERACIONES REALIZADAS CON ENTIDADES DEL EXTRANJERO
CELEBRADAS CON ENTIDADES FINANCIERAS
17401 Importe de las Compras
17501 Importe de las Ventas
48 Octubre 2020
CELEBRADAS CON ENTIDADES NO FINANCIERAS
17601 Importe de las Compras
17701 Importe de las Ventas
49 Octubre 2020
SECCIÓN VIII.- OPERACIONES CAMBIARIAS REALIZADAS CON CUALQUIER CONTRAPARTE (OPERACIÓN POR OPERACIÓN CON CADA CONTRAPARTE), CONCERTADAS EL DÍA A QUE CORRESPONDE EL REPORTE (OPERACIONES PESO-DÓLAR DE LOS EE.UU.A. Y PESO-DIVISA DISTINTA AL DÓLAR DE LOS EE.UU.A.)
CONCEPTO LAYOUT
Clave de la Institución CARÁCTER (6)
Posición de la institución en la Operación CARÁCTER (1)
Fecha de Concertación FECHA (AAAA/MM/DD)
Fecha de Liquidación FECHA (AAAA/MM/DD)
Monto de la operación en dólares NUMÉRICO (15,0)
Divisa a la que se refiere la operación CARÁCTER (3)
Clave de Identificación (folio) de la Operación CARÁCTER (34) Clave de la Contraparte o Clave Genérica de Contrapartes Agrupadas CARÁCTER (6)
Campo para indicar si la operación es parte de una "Estrategia" (valor 1) o no lo es (valor 0) CARÁCTER (1)
Clave (folio) de la "Estrategia": Clave con la que se identifica al conjunto de operaciones que se realizan de manera simultánea (estrategia)
CARÁCTER (34)
SECCIÓN X.- TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA Y AL CIERRE, DE COMPRA Y DE VENTA DE DÓLARES DE LOS EE.UU.A. OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL, PARA OPERACIONES EN VENTANILLA (DATOS INFORMATIVOS) (DEBERÁ REPORTARSE CON ENTEROS Y SEIS DECIMALES)
(Aplica sólo para el Banco Múltiple) TIPOS DE CAMBIO DE APERTURA DE COMPRA Y DE VENTA DE DÓLARES DE LOS E.E.U.U.A.
TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA, CORRESPONDIENTES A LA SUCURSAL DE LA INSTITUCIÓN CON EL MAYOR DIFERENCIAL (SPREAD) ENTRE EL TIPO DE CAMBIO DE COMPRA Y EL TIPO DE CAMBIO DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE DICHA SUCURSAL
50 Octubre 2020
30001 Tipo de Cambio para las Operaciones de Compra
30011 Tipo de Cambio para las Operaciones de Venta TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA, CORRESPONDIENTES A LA SUCURSAL DE LA INSTITUCIÓN CON EL MENOR DIFERENCIAL (SPREAD) ENTRE EL TIPO DE CAMBIO DE COMPRA Y EL TIPO DE CAMBIO DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE DICHA SUCURSAL
30021 Tipo de Cambio para las Operaciones de Compra
30031 Tipo de Cambio para las Operaciones de Venta TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA, PARA OPERACIONES DE COMPRA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE LAS CORRESPONDIENTES SUCURSALES DE LA INSTITUCIÓN
30041 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30051 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA, PARA OPERACIONES DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE LAS CORRESPONDIENTES SUCURSALES DE LA INSTITUCIÓN
30061 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30071 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución TIPOS DE CAMBIO DE CIERRE DE COMPRA Y DE VENTA DE DÓLARES DE LOS E.E.U.U.A.
TIPOS DE CAMBIO AL CIERRE, CORRESPONDIENTES A LA SUCURSAL DE LA INSTITUCIÓN CON EL MAYOR DIFERENCIAL (SPREAD) ENTRE EL TIPO DE CAMBIO DE COMPRA Y EL TIPO DE CAMBIO DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE DICHA SUCURSAL
30081 Tipo de Cambio para las Operaciones de Compra
30091 Tipo de Cambio para las Operaciones de Venta TIPOS DE CAMBIO AL CIERRE, CORRESPONDIENTES A LA SUCURSAL DE LA INSTITUCIÓN CON EL MENOR DIFERENCIAL (SPREAD) ENTRE EL TIPO DE CAMBIO DE COMPRA Y EL TIPO DE CAMBIO DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE DICHA SUCURSAL
30101 Tipo de Cambio para las Operaciones de Compra
30111 Tipo de Cambio para las Operaciones de Venta TIPOS DE CAMBIO AL CIERRE, PARA OPERACIONES DE COMPRA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE LAS CORRESPONDIENTES SUCURSALES DE LA INSTITUCIÓN
30121 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30131 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución TIPOS DE CAMBIO AL CIERRE, PARA OPERACIONES DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE LAS CORRESPONDIENTES SUCURSALES DE LA INSTITUCIÓN
30141 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30151 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
51 Octubre 2020
AGRUPACIÓN DE LOS CONCEPTOS DEL FORMULARIO ACLME-PD POR EL DETALLE EN EL PLAZO CON QUE DEBEN REPORTARSE
CLAVE
A.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Sin Plazo
000
3206 Inversiones en Sociedades o Fondos de Inversión que el Banco de México, a propuesta de las instituciones, considere que pueden computar como Activos Líquidos. No comprometidas en operación alguna, que excedan los límites de computabilidad como Activos Líquidos (computan como Activos de Mercado de Dinero)
3220 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
3225 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
3460 Créditos vigentes con calificación "D" (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
3470 Créditos vigentes con calificación "E" (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
3480 Cartera Vencida (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
4955 Operaciones Contingentes, respecto de las cuales se hayan constituido Reservas Preventivas por Calificación de Cartera (dato informativo)
4970 Apertura de créditos comerciales irrevocables. En donde la institución confirme cartas de crédito emitidas por alguna entidad financiera del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez (dato informativo)
4975 Apertura de créditos comerciales irrevocables. Otros
5520 Importe de la garantía para el cumplimiento de las operaciones en moneda extranjera de la institución, otorgada por entidades financieras del exterior calificadas con el más alto grado de inversión (sólo para las instituciones que cuenten con autorización del Banco de México)
6005 Cuentas de Depósito a la vista (con o sin chequera) (concepto modificado, circular 38/2020)
6290 Subastas de Financiamiento en Dólares de los EE.UU.A. celebradas por Banco de México al amparo de la Circular 8/2009 (dato para ser utilizado exclusivamente en el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario) (sólo para el banco múltiple)
9725 Operaciones cambiarias 24, 48, 72 y 96 horas. Monto de las compras en las cuales las divisas se liquidarán afectando (incrementando) las cuentas que la institución mantenga en Bancos Múltiples Mexicanos (dato informativo)
9730 Operaciones cambiarias 24, 48, 72 y 96 horas. Monto de las ventas en las cuales las divisas se liquidarán afectando (disminuyendo) las cuentas que la institución mantenga en Bancos Múltiples Mexicanos (dato informativo)
9800 Depósitos a la vista. Suma de las cuentas, en promedio mensual de saldos diarios, que el mes anterior devengaron una tasa menor o igual a 50% de LIBOR (concepto modificado, circular 38/2020)
9810 Depósitos a la vista. Suma de las cuentas, en promedio mensual de saldos diarios, que el mes anterior devengaron una tasa mayor al 50% de LIBOR (concepto modificado, circular 38/2020)
9820 Cuentas de Cheques. Monto de las cuentas individuales, en promedio diario mensual, que el mes anterior devengaron una tasa mayor al 75% de LIBOR (concepto eliminado, circular 38/2020)
9822 Billetes y Monedas (exclusivamente dólares de los EE.UU.A.) (dato informativo) (sólo para el banco múltiple)
52 Octubre 2020
9825 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "A" (dato informativo)
9830 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "B" (dato informativo)
9835 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "C" (dato informativo)
9840 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "D" (dato informativo)
9845 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "E" (dato informativo)
9850 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vencida (dato informativo)
9853 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a operaciones causantes de pasivo contingente (dato para ser utilizado exclusivamente en el régimen de posición de riesgo cambiario)
9855 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Otras (dato informativo)
9860 Faltantes de las "filiales financieras del exterior que no computan para efectos de la Sección I, Capítulo II, Título Quinto de la Circular 3/2012.”, respecto del régimen de inversión que deban observar en el país en donde se encuentren ubicadas (sólo para el banco múltiple)
9880 Futuros (En mercados reconocidos), Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición larga (a valor contable)
9885 Futuros (En mercados reconocidos), Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición corta (a valor contable)
9890 Forwards, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición larga (a valor contable)
9895 Forwards, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición corta (a valor contable)
9900 SWAPS, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación Esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición larga (a valor contable)
9910 SWAPS, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación Esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición corta (a valor contable)
9930 Posición de Opciones (Aplicando al valor de las Operaciones, subyacentes y M.E. de Liquidación, la Delta que Resulte de Aplicar el Modelo de Valuación Utilizado por la Institución). Parte de la operación que genera posición Larga (subyacente a valor nocional y M. E. de liquidación a precio pactado) (sólo para las Filiales Financieras)
9940 Posición de Opciones (Aplicando al valor de las Operaciones, subyacentes y M.E. de Liquidación, la Delta que Resulte de Aplicar el Modelo de Valuación Utilizado por la Institución). Parte de la operación que genera posición Corta (subyacente a valor nocional y M. E. de liquidación a precio pactado) (sólo para las Filiales Financieras)
9950 Posición Final en Moneda Extranjera, de la Filial Financiera Mexicana (Aplica sólo para las Filiales Financieras Mexicanas). Posición Final Neta Larga
9960 Posición Final en Moneda Extranjera, de la Filial Financiera Mexicana (Aplica sólo para las Filiales Financieras Mexicanas). Posición Final Neta Corta
9980 Operaciones de Derivados vencidas pendientes de liquidar en moneda extranjera. Parte de la operación que genera posición larga (concepto nuevo, circular 38/2020)
9985 Operaciones de Derivados vencidas pendientes de liquidar en moneda extranjera. Parte de la operación que genera posición corta (concepto nuevo, circular 38/2020)
10001 Contrataciones de Operaciones Cambiarias (Mismo Día, 24, 48, 72 y 96 horas). Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
10051 Contrataciones de Operaciones Cambiarias (Mismo Día, 24, 48, 72 y 96 horas). Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
53 Octubre 2020
10101 Contrataciones de Futuros (En Mercados Reconocidos), Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera. Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a precio nocional y moneda extranjera de liquidación a precio actualizado)
10151 Contrataciones de Futuros (En Mercados Reconocidos), Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera. Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a precio nocional y moneda extranjera de liquidación a precio actualizado)
10201 Contrataciones de Forwards, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera. Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
10251 Contrataciones de Forwards, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera. Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
10301 Contrataciones de SWAPS. Parte de la operación que genera posición larga (a valor nocional)
10351 Contrataciones de SWAPS. Parte de la operación que genera posición corta (a valor nocional)
10401 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Cobro en moneda extranjera de las diferencias por operaciones de derivados liquidables por diferencias en moneda extranjera
10416 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Variación positiva en el valor de las operaciones en divisas distintas al dólar de los EE.UU.A., respecto del último valor registrado, al convertirlas a dichos dólares
10421 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Importe del producto del ejercicio de operaciones de opción con entrega del subyacente: (subyacente y moneda extranjera de liquidación, según aplique)
10436 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Variación positiva en la valuación de los derivados en su parte relativa a moneda extranjera, respecto de la última valuación registrada
10451 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Cobro de moneda extranjera por intereses, comisiones y servicios
10471 Ingreso de Moneda Extranjera (equivalente a una compra) por "facturación de consumos" de tarjetas de crédito (Estas operaciones se pueden reportar en estos renglones o como compra venta de divisas, según lo decida la institución)
10501 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Diferencia positiva entre el precio de venta y el valor contable, por venta de activos en moneda extranjera
10521 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Cancelación de Provisiones de Cartera en moneda extranjera
10551 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Otras
10601 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Pago en moneda extranjera de las diferencias por operaciones de derivados liquidables por diferencias en moneda extranjera
10616 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Variación negativa en el valor de las operaciones en divisas distintas al dólar de los EE.UU.A., respecto del último valor registrado, al convertirlas a dichos dólares
10621 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Importe del producto del ejercicio de operaciones de opción con entrega del subyacente: (subyacente y moneda extranjera de liquidación, según aplique)
10636 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Variación negativa en la valuación de los derivados en su parte relativa a moneda extranjera, respecto de la última valuación registrada
10651 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Pago de moneda extranjera por intereses, comisiones y servicios
10671 Egreso de Moneda Extranjera (equivalente a una venta) por liquidación al "facturador de consumos" en tarjetas de crédito (Estas operaciones se pueden reportar en estos renglones o como compra venta de divisas, según lo decida la institución)
54 Octubre 2020
10701 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Diferencia positiva entre el valor contable y el precio de venta , por venta de activos en moneda extranjera
10721 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Creación de Provisiones de Cartera en moneda extranjera
10751 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Otras
10801 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidan por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Futuros (en mercados reconocidos). Vencimiento de Compra, subyacente de referencia a valor nocional., y vencimiento de venta, M.E. como moneda de liquidación a precio actualizado., (disminuyen la posición larga)
10851 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidan por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Futuros (en mercados reconocidos). Vencimiento de Venta, subyacente de referencia a valor nocional, y vencimiento de compra, M.E. como moneda de liquidación a precio actualizado, (disminuyen la posición corta)
10901 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidaron por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Forwards. Vencimientos de Compra (disminuyen la posición larga)
10951 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidaron por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Forwards. Vencimientos de Venta (disminuyen la posición corta)
11001 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidaron por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Swaps. Vencimientos de Operaciones que generan una posición larga (disminuyen la posición larga)
11051 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidaron por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Swaps. Vencimientos de Operaciones que generan una posición corta (disminuyen la posición corta)
11101 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones pagaderas en moneda nacional referidas a tipos de cambio de moneda nacional contra divisas. Depósitos, Valores y Créditos (Activas, disminuyen la posición larga)
11151 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones pagaderas en moneda nacional referidas a tipos de cambio de moneda nacional contra divisas. Depósitos y Préstamos (Pasivas, disminuyen la posición corta)
11201 Posición de Opciones (Aplicando al valor de las Operaciones, subyacente y M.E. de Liquidación, la Delta que Resulte de Aplicar el Modelo de Valuación Utilizado por la Institución). Parte de la operación que genera posición Larga (subyacente a valor nocional y M. E. de liquidación a precio pactado) (sólo para el Banco Múltiple)
11301 Posición de Opciones (Aplicando al valor de las Operaciones, subyacente y M.E. de Liquidación, la Delta que Resulte de Aplicar el Modelo de Valuación Utilizado por la Institución). Parte de la operación que genera posición Corta (subyacente a valor nocional y M. E. de liquidación a precio pactado) (sólo para el Banco Múltiple)
11401 Posición de las Filiales Financieras en el Extranjero (En Pesos Mexicanos Convertidos a Miles de Dólares). Valor absoluto de la cifra negativa que resulte de restar a los Activos en pesos mexicanos, los Pasivos en pesos mexicanos, de las Filiales Financieras en el extranjero (generan una Posición Larga en moneda extranjera)
11501 Posición de las Filiales Financieras en el Extranjero (En Pesos Mexicanos Convertidos a Miles de Dólares). Cifra positiva que resulte de restar a los Activos en pesos mexicanos, los Pasivos en pesos mexicanos, de las Filiales Financieras en el extranjero (generan una Posición Corta en moneda extranjera)
11601 Posición de las Filiales Financieras Mexicanas (En Moneda Extranjera). Posición Neta Larga
11701 Posición de las Filiales Financieras Mexicanas (En Moneda Extranjera). Posición Neta Corta
11801 Posición Final en Moneda Extranjera del Banco Múltiple. Posición Final Neta Larga (Cifra positiva que resulta de la siguiente operación: Última posición reportada más movimientos que generan posición larga, menos movimientos que generan posición corta)
11901 Posición Final en Moneda Extranjera del Banco Múltiple. Posición Final Neta Corta (Valor absoluto de la cifra negativa que resulta de la siguiente operación: Última posición reportada más movimientos que generan posición larga, menos movimientos que generan posición corta)
55 Octubre 2020
11951 Posición Final en M.E. del Banco Múltiple más, en su caso, filiales financieras en México y en el Exterior. Posición Final Neta Larga (Cifra positiva que resulta de la siguiente operación: Posición final del banco positiva o negativa (+ / -) la posición final de las filiales financieras en México y en el Exterior)
11971 Posición Final en M.E. del Banco Múltiple más, en su caso, filiales financieras en México y en el Ext. Posición Final Neta Corta (Valor absoluto de la cifra negativa que resulta de la siguiente operación: Posición final del banco positiva o negativa (+ / -) la posición final de las filiales financieras en México y en el Ext)
12001 Posición en Dólares de los EE. UU. A. (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
12101 Posición en Dólares de los EE. UU. A. (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
12201 Posición en Dólares Canadienses (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
12301 Posición en Dólares Canadienses (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
12401 Posición en EUROS (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
12501 Posición en EUROS (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
12601 Posición en Yen Japonés (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
12701 Posición en Yen Japonés (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
12801 Posición en Libra Esterlina (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
12901 Posición en Libra Esterlina (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
13001 Posición en Franco Suizo (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
13101 Posición en Franco Suizo (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
13201 Posición en Otras Divisas (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
13301 Posición en Otras Divisas (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
30001 Tipo de Cambio a la apertura para las Operaciones de Compra, correspondientes a la sucursal con el mayor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30011 Tipo de Cambio a la apertura para las Operaciones de Venta , correspondientes a la sucursal con el mayor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30021 Tipo de Cambio a la apertura para las Operaciones de Compra, correspondientes a la sucursal con el menor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30031 Tipo de Cambio a la apertura para las Operaciones de Venta , correspondientes a la sucursal con el menor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30041 Tipo de Cambio a la apertura para operaciones de compra correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30051 Tipo de Cambio a la apertura para operaciones de compra correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
30061 Tipo de Cambio a la apertura para operaciones de venta correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30071 Tipo de Cambio a la apertura para operaciones de venta correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
56 Octubre 2020
30081 Tipo de Cambio al cierre para las Operaciones de Compra, correspondientes a la sucursal con el mayor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30091 Tipo de Cambio al cierre para las Operaciones de Venta , correspondientes a la sucursal con el mayor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30101 Tipo de Cambio al cierre para las Operaciones de Compra, correspondientes a la sucursal con el menor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30111 Tipo de Cambio al cierre para las Operaciones de Venta , correspondientes a la sucursal con el menor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30121 Tipo de Cambio al cierre para operaciones de compra correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30131 Tipo de Cambio al cierre para operaciones de compra correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
30141 Tipo de Cambio al cierre para operaciones de venta correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30151 Tipo de Cambio al cierre para operaciones de venta correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
B.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
1 día 001
3010 Billetes y Monedas Extranjeros
3020 Depósitos en Banco de México
3028 Depósitos en Entidades financieras del exterior. Con Calificación para Requerimiento de Liquidez que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día, no comprometidos en operación alguna
3029 Depósitos en Entidades Financieras del exterior. Que cuenten con garantía de su MATRIZ, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día, no comprometidos en operación alguna
3110 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds. No comprometidos en operación alguna
3118 Valores emitidos por Agencias del Gobierno de los EE. UU. A., con garantía incondicional de dicho Gobierno. No comprometidos en operación alguna
3126 Bonos UMS,, no comprometidos en operación alguna (concepto nuevo, circular 38/2020)
3130 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, no comprometidos en operación alguna
3132 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez , no comprometidos en operación alguna
3205 Inversiones en Sociedades o Fondos de Inversión que el Banco de México, a propuesta de las instituciones, considere que pueden computar como Activos Líquidos. No comprometidas en operación alguna
7354 Otros Pasivos (distintos a los comprendidos en los renglones anteriores y a los señalados en el Anexo 18 y 22 de la Circular 3/2012). Que no tengan un plazo a vencimiento determinado
57 Octubre 2020
C.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Días 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Clave 001 002 003 004 005 006 007 008 009 010 011
1110 Moneda extranjera a recibir por operaciones cambiarias de compra 24, 48, 72 y 96 horas (sólo para las filiales financieras) (concepto nuevo, circular 38/2020)
1147 Moneda extranjera a recibir por operaciones cambiarias de compra 24, 48, 72 y 96 horas (sólo para el banco múltiple) (concepto nuevo, circular 38/2020)
1210 Moneda extranjera a entregar por operaciones cambiarias de venta 24, 48, 72 y 96 horas (sólo para las filiales financieras) (concepto nuevo, circular 38/2020)
1247 Moneda extranjera a entregar por operaciones cambiarias de venta 24, 48, 72 y 96 horas (sólo para el banco múltiple) (concepto nuevo, circular 38/2020)
3490 Moneda extranjera a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) distintas a operaciones cambiarias
3491 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (concepto modificado, circular 38/2020)
3495 Valores a recibir: Papel Comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel Comercial y Otros Valores, a cargo de entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS i) Y ii) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO POR OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 HORAS)
3498 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3499 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3501 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3503 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3504 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
3507 Valores a recibir, distintos a los señalados en los conceptos 3491 a 3504, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
3508 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
3509 Recibos de depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
3510 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
58 Octubre 2020
3512 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Empresas que cuenten con garantía de su matriz, y esta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3515 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro (concepto modificado, circular 38/2020)
3517 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Casas de Cambio e instituciones y sociedades mutualistas de seguros; mexicanas con un grado de calificación de corto plazo igual o mayor a los comprendidos en el Grado de Riesgo de Corto Plazo del Método Estándar 2 incluido en el Anexo 1-B de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (concepto modificado, circular 38/2020)
3520 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3522 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y esta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3535 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Otros
6035 Otros Depósitos a la Vista y en Cuenta Corriente (concepto eliminado, circular 38/2020)
6370 Moneda extranjera a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas), distintas a operaciones cambiarias
6378 Bonos UMS, Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (concepto modificado, circular 38/2020)
6385 Valores a entregar: Papel Comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel Comercial y Otros Valores, a cargo de entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS i) Y ii) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO POR OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 HORAS)
6393 Con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6394 Con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6396 Con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6397 Con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6398 Con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (concepto actualizado, circular 38/2020)
6400 Valores a entregar, distintos a los señalados en los conceptos 6378 a 6398, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
6405 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
6410 Recibos de depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
6415 Moneda Extranjera a entregar por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Bancos, Casas de Bolsa, Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro (concepto modificado, circular 38/2020)
59 Octubre 2020
6420 Moneda Extranjera a entregar por ventas 24, 48, 72 y 96 horas a: Entidades financieras del exterior
6435 Moneda Extranjera a entregar por ventas 24, 48, 72 y 96 horas a: Otros
D.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Plazos 1 2 … 66 67-90 días 91-180 días 181-1 año* 1-2 años 2-3 años + de 3 años Clave 001 002 … 066 810 815 820 825 830 835
*Los años se deben considerar de 360 días.
LOS CONCEPTOS POR OPERACIONES DERIVADAS DE LA SECCIÓN II QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN:
3540 a 3567; 3593 a 3605; 3609 a 3619; 3630 a 3642; 3785 a 3812; 3838 a 3850; 3854 a 3864; 3875 a 3887; 4060 a 4087; 4110 a 4125; 4150 a 4162; 4440 a 4467; 4490 a 4505; 4530 a 4542; 4650 a 4662 y 4725 a 4737
E.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Mayores a 1 año
885
4940 Otros Activos (distintos a los comprendidos en los renglones anteriores y a los señalados en el Anexo 18 y 22 de la Circular 3/2012). Que no tengan un plazo a vencimiento determinado
F.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Días Mismo Día 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Clave 780 001 002 003 004 005 006 007 008 009 010 011
13401 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Instituciones de Crédito y Banco
de México: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
60 Octubre 2020
13501 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Instituciones de Crédito y Banco de México: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13601 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Cambio: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13701 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Cambio: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13801 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Bolsa: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13901 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Bolsa: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13905 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer) (concepto modificado, circular 38/2020)
13907 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer) (concepto modificado, circular 38/2020)
14001 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Financieros Privados: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14101 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Financieros Privados: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14201 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Privado: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14301 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Privado: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14321 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Morales: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14341 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Morales: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14361 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Físicas: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14381 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Físicas: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14401 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Público: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14501 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Público: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14505 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno Federal: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14510 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno Federal: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14515 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno del D.F.: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14520 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno del D.F.: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
61 Octubre 2020
14525 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Gobiernos Estatales y Municipales: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14530 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Gobiernos Estatales y Municipales: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14535 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Organismos Descentralizados: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14540 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Organismos Descentralizados: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14545 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Fin. Públicos: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14550 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Fin. Públicos: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14555 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otras Entidades Financieras Públicas: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14560 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otras Entidades Financieras Públicas: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14601 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades Financieras: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14701 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades Financieras: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14801 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades No Financieras: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14901 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades No Financieras: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15001 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa Mexicanas. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15101 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa Mexicanas. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15111 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Entidades Mexicanas: Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer) (concepto modificado, circular 38/2020)
15117 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Entidades Mexicanas: Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer) (concepto modificado, circular 38/2020)
15131 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Casas de Cambio Mexicanas. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15161 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Casas de Cambio Mexicanas. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15171 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Entidades Mexicanas: Instituciones y sociedades mutualistas de seguros. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer) (actualizado)
15181 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Entidades Mexicanas: Instituciones y sociedades mutualistas de seguros. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer) (actualizado)
15201 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Otros. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
62 Octubre 2020
15301 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Otros. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16001 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Instituciones de Crédito y Banco de México: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16101 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Instituciones de Crédito y Banco de México: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16201 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Cambio: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16301 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Cambio: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16401 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Bolsa: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16501 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Bolsa: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16531 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer) (concepto modificado, circular 38/2020)
16561 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Fondos de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer) (concepto modificado, circular 38/2020)
16601 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Financieros Privados: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16701 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Financieros Privados: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16801 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Privado: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16901 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Privado: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16921 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Morales: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16941 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Morales: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16961 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Físicas: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16981 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Físicas: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17101 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Público: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17201 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Público: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17211 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno Federal: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17221 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno Federal: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
63 Octubre 2020
17231 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno del D.F.: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17241 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno del D.F.: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17251 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Gobiernos Estatales y Municipales: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17261 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Gobiernos Estatales y Municipales: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17271 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Organismos Descentralizados: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17281 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Organismos Descentralizados: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17291 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Fin. Públicos: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17301 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Fin. Públicos: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17311 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otras Entidades Financieras Públicas: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17321 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otras Entidades Financieras Públicas: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17401 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades Financieras: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17501 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades Financieras: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17601 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades No Financieras: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17701 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades No Financieras: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
H.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Plazos 1 2 … 60 61-90 días 91-180 días 181-1 año* 1-2 años 2-3 años + de 3 años Clave 001 002 … 060 805 815 820 825 830 835
*Los años se deben considerar de 360 días.
TODOS LOS CONCEPTOS NO SEÑALADOS EN LOS OTROS APARTADOS
64 Octubre 2020
AYUDAS ESPECÍFICAS DEL FORMULARIO ACLME-PD
SECCIÓN I-V 1100 a 1260
En estos conceptos deberá registrarse el importe de la totalidad de operaciones que realice la institución con sus filiales financieras así como las operaciones entre dichas filiales. Al efecto se considerarán como filiales a las indicadas en el segundo párrafo de la tercera de las Ayudas Genéricas, respecto de las cuales la institución no cuente con autorización para excluirlas del cómputo.
3010
En este concepto deberá informarse el importe de las existencias registradas en Caja al cierre del día, tanto en “Bóvedas” como en “Dispensadoras de Efectivo” (cajeros automáticos).
3028
En este concepto deberá registrarse el importe de los depósitos en moneda extranjera constituidos en entidades financieras del exterior que cuenten con Calificación para Requerimiento de Liquidez, que sin ser a la vista contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día y que no estén comprometidos en operación alguna. El importe que se deberá registrar en cada día será igual al monto del que pueda disponerse el día hábil siguiente a la fecha del reporte. (actualizado)
La parte de tales depósitos que NO pueda disponerse el día hábil siguiente, deberá registrarse en el concepto 3030 a su correspondiente plazo.
3029
En este concepto deberá registrarse el importe de los depósitos en moneda extranjera constituidos en entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día y que no estén comprometidos en operación alguna. El importe que se deberá registrar en cada día será igual al monto del que pueda disponerse el día siguiente a la fecha del reporte.
La parte de tales depósitos que NO pueda disponerse el día hábil siguiente, deberá registrarse en el concepto 3032.
3030 a 3050
En este concepto deberá registrarse el importe de los saldos deudores, los cuales por ningún motivo podrán "netearse" con saldos acreedores, inclusive cuando se trate de un saldo deudor y acreedor a cargo y a favor, respectivamente, del mismo banco.
3080
En este concepto deberá incluirse el importe de los saldos deudores de documentos de cobro inmediato, remesas en camino y corresponsales, los cuales por ningún motivo podrán "netearse" con saldos acreedores, inclusive cuando se trate de un saldo deudor y acreedor a cargo y a favor, respectivamente, del mismo banco o corresponsal.
65 Octubre 2020
3110, 3118 y 3126
Los valores NO podrán estar comprometidos en alguna operación. Por lo tanto, no deberán estar otorgados como garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad. (actualizado)
3115, 3119 y 3127
Los valores serán sólo los que estén comprometidos en alguna operación, tales como: otorgados en garantía, préstamo, reporto o cualquier otra similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad. (actualizado)
3130 y 3132
El papel comercial y los valores, con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea menor o igual a 1 año, NO podrán estar comprometidos en alguna operación. Por lo tanto, no deberán estar otorgados como garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
3131 y 3133
En este concepto se registrará el papel comercial y los valores, con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea menor o igual a 1 año, que estén comprometidos en alguna operación, tales como: garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad. Estos valores se deberán reportar al plazo del pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso.
3150 a 3162
Los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012, NO podrán estar comprometidos en alguna operación. Por lo tanto, no deberán estar otorgados como garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
Estos valores se deberán reportar: a) al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012, y b) al plazo por vencer del valor de que se trate, sin perjuicio de que Banco de México al efectuar el cómputo los considerará al plazo que proceda.
3170 a 3181
En este concepto se registrarán los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012, que estén comprometidos en alguna operación, tales como: garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
Estos valores se deberán reportar: a) al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012, y b) al plazo por vencer del valor de que se trate, sin perjuicio de que Banco de México al efectuar el cómputo los considerará al plazo que proceda.
Estos mismos valores se deberán reportar, en la Sección V Relativa a Otros Datos, en los conceptos 9700 a 9720, al plazo del pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso.
66 Octubre 2020
3205
En este concepto se registrará la parte de las inversiones, no comprometida en operación alguna, en sociedades o fondos de inversión, determinadas por el Banco de México a propuesta de las instituciones, susceptibles de computar como Activos Líquidos. Al efecto, tales inversiones computarán como Activos Líquidos hasta por un monto no mayor al 25 por ciento del promedio del monto total de Activos Líquidos, relativo al segundo período inmediato anterior al período de que se trate, sobre la base de que de las inversiones en cada sociedad o fondo de inversión sólo podrá computarse un importe que no exceda del 15 por ciento del promedio de dichos Activos Líquidos ni del 5 por ciento de los títulos representativos del capital de la sociedad o fondo de que se trate.
3206
En este concepto se registrará la parte de las inversiones, no comprometidas en operación alguna, en sociedades o fondos de inversión, determinadas por el Banco de México a propuesta de las instituciones, que no computará como Activos Líquidos. Dicha parte será aquélla cuya inversión en el total de sociedades o fondos de inversión exceda del 25 por ciento del promedio del monto total de Activos Líquidos, relativo al segundo período inmediato anterior al período de que se trate, o cuya inversión en cada sociedad o fondo exceda del 15 por ciento del promedio de dichos Activos Líquidos o del 5 por ciento de los títulos representativos del capital de la sociedad o fondo de que se trate.
Esta parte de las inversiones computará como Activos de Mercado de Dinero con un plazo a vencimiento de 7 días, y se deberá registrar en el formulario en la banda de “sin plazo”.
3207
En este concepto se registrarán las inversiones comprometidas en alguna operación, al plazo por vencer del pasivo que estén garantizando.
3210
En este concepto se registrará el importe de las inversiones en otros valores “para negociar” y “disponibles para la venta” así como en sociedades o fondos de inversión, distintas a las comprendidas en los conceptos anteriores. A valor contable, netos, en su caso, de las correspondientes estimaciones. (actualizado)
3215
En este concepto se registrará el importe de las inversiones en otros valores “conservados a vencimiento”, distintas a las comprendidas en los conceptos anteriores. A valor contable, netos, en su caso, de las correspondientes estimaciones. (actualizado)
3370
El o los plazos a vencimiento, se determinarán conforme a los compromisos asumidos por el FOBAPROA en cuanto a las fechas de pago total o parcial de las obligaciones a su cargo.
3480
En este concepto deberá registrarse el importe de las operaciones que según los criterios contables dictados al respecto por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se consideran como "cartera vencida".
El importe de las operaciones registradas en este concepto NO deberá incluirse en otros conceptos de este formulario.
3490
La moneda extranjera a recibir se registrará con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
67 Octubre 2020
3491 y 3495
Los valores a recibir se registrarán con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate, de 1 a 10 días.
3498 a 3504
Los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
Estos valores se deberán reportar al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012.
3507
Los valores a recibir se registrarán al plazo por vencer del valor de que se trate.
3508
Las acciones y recibos de depósito, bursátiles, a recibir, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
3510 a 3535
La moneda extranjera a recibir se registrará con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
3538
En este concepto deberá reportarse el importe total de las operaciones de derivados (todos los tipos de operación señalados en el capítulo de derivados de la Sección II del formulario) que impliquen un derecho en moneda extranjera (divisas como subyacente y como moneda de liquidación, así como títulos denominados en o referidos a moneda extranjera), realizadas por filiales financieras de la institución, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización para efectuarlas. Este concepto no computa para las diversas vigilancias en moneda extranjera, según el penúltimo párrafo de la fracción I del artículo 232 de la Circular 3/2012.
3540 a 4170, 4440 a 4550, 4650 a 4670 y 4725 a 4745
La moneda extranjera, o la moneda nacional convertida a dólares de los EE.UU.A., a recibir se registrará con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
4288, 4328, 4368, 4393, 4683 y 4808
Los valores a recibir se registrarán con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
4295 a 4303, 4337 a 4343, 4377 a 4383, 4408 a 4416, 4692 a 4698 y 4817 a 4823
Los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
Estos valores se deberán reportar al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012.
68 Octubre 2020
4333, 4336, 4373, 4376, 4397, 4399, 4688, 4691, 4813 y 4816
Los valores a recibir, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
4313, 4353, 4390, 4427, 4708, 4833 y 4850
Los valores a recibir se registrarán a su correspondiente plazo a vencimiento.
4315, 4355, 4392, 4429, 4710, 4835 y 4852
Las acciones y recibos de depósito, bursátiles, a recibir, se registrarán con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
4935
Los otros activos que tengan inequívocamente un plazo a vencimiento determinado se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación del activo de que se trate.
4940
Los otros activos que no tengan un plazo a vencimiento determinado, se registrarán en la banda de “mayores a 1 año”.
4945
Este concepto es exclusivo del formulario relativo a entidades financieras filiales, y en él se registrarán aquellas operaciones activas (distintas a las comprendidas en el Anexo 18 y 22 de la Circular 3/2012) que por sus características y/o naturaleza particulares no se ubiquen dentro de algunos de los conceptos generales del formulario.
4960
La parte activa de las operaciones de Aval, se registrarán al plazo por vencer determinado con base en el plazo pactado para el pago a la institución de los correspondientes recursos que tendría que hacerle el avalado en caso de que éste no liquidara a su vencimiento la operación objeto del aval de que se trate.
4970
El importe total de las operaciones comprendidas en este concepto se registrará sin plazo. Estas operaciones no computan, por lo tanto el dato es informativo.
4975
El importe total de las operaciones comprendidas en este concepto se registrará sin plazo. Estas operaciones computarán con un plazo a vencimiento de 40 días.
6200
En este concepto deberán registrarse los instrumentos a plazo emitidos por la institución, cuyo pago esté garantizado, bajo cualquier figura jurídica, con líneas de crédito obtenidas de entidades financiera del exterior que cuenten con Calificación para Requerimiento de Liquidez, a que se refiere el inciso e) de la definición Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012. Al efecto, se requerirá la previa autorización del Banco de México. Dichos pasivos deberán reportarse al plazo por vencer determinado con base en el plazo pactado para el pago de la disposición correspondiente, en el caso de que la línea de que se trate sea ejercida.
6280
69 Octubre 2020
En este concepto deberá registrarse el monto de los préstamos por cartera descontada recibidos de bancos múltiples y bancos de desarrollo mexicanos.
Incluye los financiamientos recibidos de las Agencias y Sucursales en el exterior de dichos bancos múltiples y de desarrollo mexicanos, así como de los bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de entidades financieras en el exterior (considerando dentro de ellas a las entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas), ni los de organismos internacionales de fomento (tipo CCC, Eximbank, Bladex, etc.), ya que estos se consideran como recibidos de entidades financieras del exterior (conceptos 6320, 6330 y 6345).
6290
Únicamente podrán utilizar este concepto las instituciones de crédito a las cuales les haya sido asignado un importe como resultado de su postura en las Subastas de Financiamiento en dólares de los EE.UU.A., celebradas por Banco de México al amparo de la Circular 8/2009. (Este concepto es exclusivo del banco múltiple). (actualizado)
6300
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de bancos múltiples y bancos de desarrollo mexicanos, excepto los préstamos por cartera descontada, los cuales se registrarán en el concepto 6280.
Incluye los financiamientos recibidos de las Agencias y Sucursales en el exterior de dichos bancos múltiples y de desarrollo mexicanos, así como de los bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de entidades financieras en el exterior (considerando dentro de ellas a las entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas), ni los de organismos internacionales de fomento (tipo CCC, Eximbank, Bladex, etc.), ya que estos se consideran como recibidos de entidades financieras del exterior (conceptos 6320, 6330 y 6345).
Los depósitos y préstamos de bancos mexicanos que se registren en este concepto serán los susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte, y el plazo al cual se reportarán será el primero al cual los depositantes puedan exigir el pago anticipado de dichos préstamos y depósitos.
Los depósitos y préstamos no susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte se registrarán en el concepto 6315.
6315
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de bancos múltiples y bancos de desarrollo mexicanos, no susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte, excepto los préstamos por cartera descontada los cuales se registrarán en el concepto 6280. (Los depósitos y préstamos susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte se registrarán en el concepto 6300).
Incluye los financiamientos recibidos de las Agencias y Sucursales en el exterior de dichos bancos múltiples y de desarrollo mexicanos, así como de los bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de entidades financieras en el exterior (considerando dentro de ellas a las entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas), ni los de organismos internacionales de fomento (tipo CCC, Eximbank, Bladex, etc.), ya que estos se consideran como recibidos de entidades financieras del exterior (conceptos 6320, 6330 y 6345).
6320
70 Octubre 2020
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de organismos internacionales de fomento tipo CCC, Eximbanks, Bladex, etc. (No deberán incluirse los financiamientos de la banca mexicana).
Los depósitos y préstamos recibidos de otras entidades financieras del exterior deberán reportarse en los conceptos 6330 o 6345 según corresponda.
6330
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de entidades financieras del exterior.
Incluye el financiamiento recibido de entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de Agencias y Sucursales de bancos mexicanos ni los recibidos de bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero, ya que ambos se consideran como recibidos de bancos del país (conceptos 6280, 6300 y 6315). Tampoco se deberán incluir los financiamientos recibidos de organismos de fomento tipo CCC, Eximbanks, Bladex, etc. (concepto 6320).
Los depósitos y préstamos de bancos extranjeros que se registren en este concepto serán los susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte, y el plazo al que se reportarán será el primero al que los depositantes puedan exigir el pago anticipado de dichos préstamos y depósitos.
Los depósitos y préstamos no susceptibles de liquidarse anticipadamente se registrarán en el concepto 6345.
6345
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de entidades financieras del exterior no susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte. (Los depósitos y préstamos susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte se registrarán en el concepto 6330).
Incluye el financiamiento recibido de entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de Agencias y Sucursales de bancos mexicanos ni los recibidos de bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero, ya que ambos se consideran como recibidos de bancos del país (conceptos 6280, 6300 y 6315). Tampoco se deberán incluir los financiamientos recibidos de organismos de fomento tipo CCC, Eximbanks, Bladex, etc. (concepto 6320).
6370, 6415 a 6435, 6460 a 6742, 6802, 6826, 6846, 6866, 6890, 7010 y 7050
La moneda extranjera a entregar se registrará con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
6378 a 6405, 6788 a 6800, 6808 a 6825, 6828 a 6845, 6848 a 6865, 7013 a 7040, y 7078 a 7105
Los valores a entregar se registrarán al plazo por vencer de la operación de que se trate.
6455
En este concepto deberá reportarse el importe total de las operaciones de derivados (todos los tipos de operación señalados en el capítulo de derivados de la Sección III del formulario) que impliquen una obligación en moneda extranjera (divisas como subyacente y como moneda de liquidación, así como títulos denominados en o referidos a moneda extranjera), realizadas por filiales de la institución, respecto de las cuales la filial y la institución no
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cuenten con autorización para efectuarlas. Este concepto computará a plazo de un día para las diversas vigilancias en moneda extranjera, según el penúltimo párrafo de la fracción I del artículo 232 de la Circular 3/2012.
7350
En este concepto deberá registrarse el importe de las cuentas en bancos y con corresponsales, que hayan arrojado un saldo acreedor al cierre de operaciones. El plazo por vencer será igual al plazo que la contraparte les tenga concedido para cubrir el sobregiro, o a un día si no se tiene pactado un plazo determinado.
Por ningún motivo podrá "netearse" un saldo acreedor con uno deudor, inclusive cuando se trate de un saldo acreedor y deudor a favor y a cargo, respectivamente, del mismo banco o corresponsal, según sea el caso.
7352
Los otros pasivos que tengan inequívocamente un plazo a vencimiento determinado, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación del pasivo de que se trate.
7354
Los pasivos que no tengan un plazo a vencimiento determinado, se registrarán con plazo a vencimiento de 1 día.
7355
Este concepto es exclusivo del formulario relativo a entidades financieras filiales, y en él se registrarán aquellas operaciones pasivas (distintas a las comprendidas en el Anexo 18 y 22 de la Circular 3/2012) que por sus características y/o naturaleza particulares no se ubiquen dentro de algunos de los conceptos generales del formulario.
7560
La parte pasiva de las operaciones de Aval, se registrarán al plazo por vencer de la operación principal objeto del aval de que se trate.
7620 a 7990
En este concepto deberán reportarse, únicamente en el reporte del día en que se lleven a cabo, la liquidación anticipada o la redocumentación con extensión en el plazo del activo o pasivo de que se trate, al plazo a vencimiento de la operación original en el día al que corresponda el reporte.
9700 a 9720
En este concepto se registrarán los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero, que estén comprometidos en alguna operación, tales como: garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
Estos valores se deberán reportar: a) al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012, y b) al plazo del pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso, sin perjuicio de que Banco de México al efectuar el cómputo los considerará al plazo que proceda.
El importe de estos valores deberá ser el mismo al que se haya reportado en los conceptos 3170 a 3181.
9725 y 9730
El importe de estos conceptos deberá informarse sólo en el reporte relativo al último día hábil de cada mes.
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9800 y 9810
El importe de estos conceptos deberá registrarse sólo en la información relativa al primer día hábil de cada mes. (actualizado)
9822
El importe de este concepto deberá registrarse sólo en la información relativa al último día hábil de cada mes y su uso es exclusivo del formulario relativo al banco múltiple.
9860
En este concepto deberá reportarse el importe de los faltantes respecto del régimen de inversión que deban observar conforme a las disposiciones que le sean aplicables en el país en que se encuentren ubicadas, registrado por las entidades financieras del exterior filiales de la institución, respecto de las cuales la propia institución haya obtenido autorización para excluirlas del cómputo de los regímenes a que se refiere la Sección I, Capítulo II, Título Quinto de la Circular 3/2012. (Este concepto es exclusivo del banco múltiple).
9870
En este concepto deberá reportarse el importe de las operaciones de derivados (todos los tipos de operación señalados en el capítulo de derivados de la sección II del formulario) que impliquen un derecho en moneda extranjera (divisas como subyacente y como moneda de liquidación, así como títulos denominados o referidos a moneda extranjera), realizadas por las entidades financieras filiales de las casas de bolsa integrantes del grupo financiero a que pertenezca la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución NO cuenten con autorización para efectuarlas. (Este concepto es exclusivo para el banco múltiple, y las cifras que se reporten no computan para las diversas vigilancias en moneda extranjera, según el último párrafo de la fracción I del artículo 232 de la Circular 3/2012).
9875
En este concepto deberá reportarse el importe de las operaciones de derivados (todos los tipos de operación señalados en el capítulo de derivados de la sección III del formulario) que impliquen una obligación en moneda extranjera (divisas como subyacente y como moneda de liquidación, así como títulos denominados o referidos a moneda extranjera), realizadas por las entidades financieras filiales de las casas de bolsa integrantes del grupo financiero a que pertenezca la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución NO cuenten con autorización para efectuarlas. El importe de este concepto computará a plazo de un día para las diversas vigilancias en moneda extranjera, según el último párrafo de la fracción I del artículo 232 de la Circular 3/2012. (Este concepto es exclusivo para el banco múltiple).
9980 y 9985
En estos conceptos deberá registrarse el importe a liquidar de las operaciones de derivados que hayan llegado a su vencimiento y cuya liquidación en moneda extranjera se encuentre pendiente.
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SECCIÓN VIII Los diversos campos del registro de cada operación deberán llenarse conforme a lo siguiente:
1.- CLAVE DE LA INSTITUCIÓN.
Se deberá anotar la clave asignada a la Institución que reporta la operación. El campo no podrá reportarse vacío. La clave utilizada en este concepto deberá ser diferente a la CLAVE DE LA CONTRAPARTE (campo 8).
2.- POSICIÓN DE LA INSTITUCIÓN EN LA OPERACIÓN (COMPRA O VENTA)
Se deberá anotar C cuando se trate de una operación de compra o V cuando se trate de una operación de venta.
Este campo no podrá reportarse vacío.
3.- FECHA DE CONCERTACIÓN.
Se deberá anotar la fecha de concertación de la operación, con formato AAAA/MM/DD.
Este campo no podrá reportarse vacío.
4.- FECHA DE LIQUIDACIÓN
En este campo se deberá anotar la fecha en que se lleve a cabo la entrega de las divisas, con formato AAAA/MM/DD.
Este campo no podrá ser vacío y la fecha registrada deberá ser mayor o igual a la indicada en la FECHA DE CONCERTACIÓN (campo 3).
5.- MONTO DE LA OPERACIÓN EN DÓLARES
Se deberá reportar el importe de la divisa a recibir o entregar, en miles de dólares de los EE. UU. A., sin decimales. Cuando la operación se refiera a una moneda extranjera distinta al dólar de los EE.UU.A., su importe deberá convertirse a dólares de los EE.UU.A., considerando la cotización que rija para la moneda correspondiente contra el mencionado dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales, al cierre de las operaciones del día de que se trate.
Este campo no podrá reportarse vacío.
6.- DIVISA A LA QUE SE REFIERE LA OPERACIÓN
En este campo se deberá anotar la clave de la divisa a la cual se refiere la operación, conforme al CATÁLOGO DE DIVISAS DE LA SECCIÓN VIII DEL FORMULARIO ACLME-PD.
Este campo no podrá reportarse vacío.
7.- CLAVE DE IDENTIFICACIÓN (FOLIO) DE LA OPERACIÓN
Se deberá anotar una clave (folio) para identificar a cada operación, la cual podrá ser: i) secuencial o, ii) el folio (alfanumérico) que utilice la institución internamente para identificar sus operaciones. Lo anterior, sobre la base que una misma clave de identificación no podrá asignársele a dos o más operaciones que tengan la misma FECHA DE CONCERTACIÓN (campo 3).
Este campo no podrá reportarse vacío.
8.- CLAVE DE LA CONTRAPARTE
En este campo se deberá anotar la clave única que tenga asignada la contraparte en el CATÁLOGO GENERAL DE CONTRAPARTES.
74 Octubre 2020
Cabe señalar que la clave de este campo deberá ser distinta a la CLAVE DE LA INSTITUCIÓN (campo 1).
El campo no podrá reportarse vacío.
9.- CAMPO PARA INDICAR SI LA OPERACIÓN ES PARTE DE UNA “ESTRATEGIA”
En este campo se deberá anotar 1 si la operación es parte de una “estrategia” o 0 si la operación no es parte de una “estrategia”. Únicamente se podrá anotar 1 en operaciones mayores o iguales a un millón de dólares de los EE. UU. A. que no se hayan agrupado; es decir, en aquéllas operaciones en las cuales no se haya utilizado una clave del CATÁLOGO DE CLAVES GENÉRICAS DE CONTRAPARTES AGRUPADAS. SECCIÓN VII DEL FORMULARIO ACLME-PD en el campo 8.
Este campo no podrá reportarse vacío.
10.- CLAVE (FOLIO) DE LA “ESTRATEGIA”: CLAVE CON LA QUE SE IDENTIFICA AL CONJUNTO DE OPERACIONES QUE SE REALIZAN DE MANERA SIMULTÁNEA (ESTRATEGIA)
Se deberá anotar una clave (folio) para identificar la operación o el conjunto de operaciones que se contraten de manera simultánea y que formen parte de la misma “estrategia” (de conformidad con lo señalado en el campo 9). Por lo tanto, todas las operaciones que formen parte de una “estrategia” (ya sean operaciones cambiarias o forwards) deberán ser reportadas con la misma Clave de la “Estrategia”.
Cuando la operación sea parte de una estrategia, el sistema verificará que existan otras operaciones (ya sea cambiarias o forwards —en el caso de las operaciones de forwards, la verificación se llevará a cabo en el formulario OFF—) que presenten la misma clave de la “estrategia”, por igual monto y de naturaleza contraria.
Este campo se deberá reportar vacío cuando el CAMPO PARA INDICAR SI LA OPERACIÓN ES PARTE DE UNA “ESTRATEGIA” (campo 9) sea igual a 0 (la operación no es parte de una “estrategia”).
75 Octubre 2020
VALIDACIONES DEL FORMULARIO ACLME – PD VALIDACIONES DE ESTRUCTURA EN EL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB)
Consideraciones para el layout de los datos Paquete Sección Número Campo(s) Descripción
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 1 Clave de Institución Clave de institución no vacía
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 2 Clave de Institución Clave de institución que corresponda con la
de la información. COMPLEMENTO y
PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 3 Fecha La fecha inicial debe corresponder con la de la información.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y VI-VII 4 Concepto Clave de concepto no vacía.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y VI-VII 5 Plazo El plazo NO debe ir vacío.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y VI-VII 6 Plazo Clave de plazo valida, verificar en el
catálogo. COMPLEMENTO y
PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 7 Monto Monto del concepto no vacío.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 8 Monto Monto no debe ser mayor a 99999999999.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 9 Monto Monto Negativo y Monto Cero no permitido.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 10 Clave de institución, clave de la filial, fecha, concepto,
plazo
Existen registros repetidos. El registro no se encuentra repetido de acuerdo a los campos
llave de la sección correspondiente. COMPLEMENTO y
PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 11 Fecha Día hábil.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y VI-VII 12 Concepto Concepto debe existir de acuerdo al
catálogo COMPLEMENTO y
PREVIO Sección I-V y VI-VII 13 Plazo Plazo definido para este concepto.
PREVIO Sección VIII 14 Clave de la Contraparte Clave de contraparte debe existir en el catálogo.
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Paquete Sección Número Campo(s) Descripción
PREVIO Sección VIII 15 Tipo de Operación Clave de tipo de operación debe existir en el catálogo.
PREVIO Sección VIII 16 Clave de Institución y Clave de la Contraparte Clave de la contraparte no puede ser la misma que la clave de la Institución.
PREVIO Sección VIII 17 Clave de la Contraparte Clave de contraparte no vacía. PREVIO Sección VIII 18 Tipo de Operación Clave de Tipo de operación no vacía PREVIO Sección VIII 19 Fecha de Entrega Fecha de entrega no vacía.
PREVIO Sección VIII 20 Fecha de Entrega Fecha de entrega no menor que la fecha de concertación.
PREVIO Sección VI-VII 21 Plazo Verificar clave de plazo válida para el concepto de que se trate
Consideraciones para conceptos de posiciones netas Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 22 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 11801 o 11901 G
PREVIO Sección VI-VII 23 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12001 o 12101 G
PREVIO Sección VI-VII 24 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12201 o 12301 G
PREVIO Sección VI-VII 25 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12401 o 12501 G
PREVIO Sección VI-VII 26 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12601 o 12701 G
PREVIO Sección VI-VII 27 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12801 o 12901 G
PREVIO Sección VI-VII 28 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 13001 o 13101 G
PREVIO Sección VI-VII 29 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 13201 o 13301 G
PREVIO Sección VI-VII 30 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 11951 o 11971 G
77 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 31 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 11601 o 11701 G
VALIDACIONES DE NEGOCIO DEL FORMULARIO ACLME-PD EN EL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB)
Valida la Información respecto Día Anterior Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 1 Validación de la posición de hoy para el formulario ACLME-BM Sección VI-VII
(11801-11901) AYER + (10001 + 10101 + 10201 + 10301 + 10401 + 10416 + 10421 + 10436 + 10451 + 10471 + 10501 + 10521 + 10551 + 10851 + 10951 + 11051 + 11151) - (10051 + 10151 + 10251 + 10351 + 10601 + 10616 + 10621 + 10636 + 10651 + 10671 + 10701 + 10721 + 10751 + 10801 + 10901 + 11001 + 11101) +
[(11301 - 11201) AYER + (11201 - 11301) HOY]
= (11801-11901) HOY G
Valida las Contrapartes Banxico Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VIII 103 Validación del catálogo de contrapartes Clave de la contraparte =
La contraparte
debe encontrarse
en el Catálogo General de
Contrapartes
G
78 Octubre 2020
Validaciones de Consistencia misma Sección Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 2
La posición del día de filiales extranjeras, más la posición del día de las filiales mexicanas, más la posición del día de Banca Múltiple debe ser igual a la posición final en moneda extranjera
11401-11501+11601-11701+11801-11901 = 11951-11971 G
PREVIO Sección VI-VII 3 La posición total sea igual a la suma de las posiciones individuales (del propio día de que se trate)
12001-12101+12201-12301+12401-12501+12601-12701+12801-12901+13001-
13101+13201-13301
= 11801-11901 G
PREVIO Sección VI-VII 4 Las compras totales sean iguales a la suma de las compras de dólares más otras divisas (del propio día de que se trate)
13401 + 13601 + 13801 + 13905 + 14001 + 14201 + 14401 + 14601 + 14801 + 15001 + 15111 + 15201 + 15131 + 15171 + 16001 + 16201 + 16401 + 16531 + 16601 + 16801 +
17101 + 17401 + 17601
= 10001 G
PREVIO Sección VI-VII 5 Las ventas totales sean iguales a la suma de las ventas de dólares más otras divisas (del propio día de que se trate)
13501 + 13701 + 13901 + 13907 + 14101 + 14301 + 14501 + 14701 + 14901 + 15101 + 15117 + 15301 + 15161 + 15181 + 16101 + 16301 + 16501 + 16561 + 16701 + 16901 +
17201 + 17501 + 17701
= 10051 G
PREVIO Sección VI-VII 58 Valida las operaciones cambiarias de compra peso dólar con Sector Privado de la sección VII
14321 + 14361 = 14201 G
PREVIO Sección VI-VII 59 Valida las operaciones cambiarias de venta peso dólar con Sector Privado de la sección VII
14341 + 14381 = 14301 G
PREVIO Sección VI-VII 62 Valida las operaciones cambiarias de compra peso divisa con Sector Privado de la sección VII
16921 + 16961 = 16801 G
PREVIO Sección VI-VII 63 Valida las operaciones cambiarias de venta peso divisa con Sector Privado de la sección VII
16941 + 16981 = 16901 G
79 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 77 Fecha de información más plazo debe ser diferente a sábado o domingo
fecha de información + plazo (en días naturales) <> sábado o
domingo G
PREVIO Sección VIII 78 Fecha de entrega o recepción debe ser diferente a sábado o domingo fecha de entrega o recepción <> sábado o
domingo G
PREVIO Sección VIII 95
Por cada "Clave de estrategia" se debe verificar que la suma de las operaciones con Posición en la operación = C sea igual a la suma de las operaciones con Posición en la operación = V; considerando tanto las operaciones reportadas en la sección VIII de este formulario como las operaciones de forwards correspondientes reconocidas como estrategia (cambiaria - forward) en el formulario OFF
Suma de las operaciones con Posición en la operación = C =
Suma de las operaciones con Posición
en la operación = V
G
PREVIO Sección VIII 96
Por cada "Clave de estrategia" se debe verificar que la clave de divisa sea la misma; considerando tanto las operaciones reportadas en la sección VIII de este formulario como las operaciones de forwards correspondientes reconocidas como estrategia (cambiaria - forward) en el formulario OFF
Divisa de la operación con Posición en la operación = C =
Divisa de la operación con Posición en la operación = V
G
PREVIO Sección VIII 97
Por cada "Clave de estrategia" se debe verificar que la contraparte sea la misma; considerando tanto las operaciones reportadas en la sección VIII de este formulario como las operaciones de forwards correspondientes reconocidas como estrategia (cambiaria - forward) en el formulario OFF
Contraparte de la operación con Posición en la operación = C =
Contraparte de la
operación con Posición en la operación = V
G
PREVIO Sección VIII 98
Por cada "Clave de estrategia" se debe verificar que la Fecha de liquidación de las operaciones con Posición en la operación = C sea distinta a la Fecha de Liquidación de las operaciones con Posición en la operación = V; considerando tanto las operaciones reportadas en la sección VIII
Fecha de Liquidación de la operación con Posición en la
operación = C <>
Fecha de Liquidación
de la operación con Posición en la operación = V
G
80 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
de este formulario como las operaciones de forwards correspondientes reconocidas como estrategia (cambiaria - forward) en el formulario OFF
Validaciones de Cruce entre secciones del mismo paquete Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 6
Valida que la compra de dólares con Bancos sección VIII = compra de dólares con Bancos de la sección VII, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte para Instituciones de
Crédito prefijo 037 y 040, para Banco de México clave 002001
= 13401 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 7
Valida que la venta de dólares con Bancos sección VIII = venta de dólares con Bancos de la sección VII, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte para Instituciones de
Crédito prefijo 037 y 040, para Banco de México clave 002001
= 13501 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 8
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con Bancos sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con Bancos de la sección VII, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte para Instituciones de
Crédito prefijo 037 y 040, para Banco de México clave 002001
= 16001 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 9
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con Bancos sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con Bancos de la sección VII, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte para Instituciones de Crédito prefijo 037 y 040, para Banco de México clave
002001
= 16101 G
81 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 10
Valida que la compra de dólares con casas de cambio sección VIII = compra de dólares con casas de cambio sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Cambio
prefijo 016
= 13601 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 11
Valida que la venta de dólares con casas de cambio sección VIII = venta de dólares con casas de cambio sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Cambio
prefijo 016
= 13701 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 12
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con casas de cambio sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con casas de cambio sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Cambio
prefijo 016
= 16201 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 13
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con casas de cambio sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con casas de cambio sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte para Casas de Cambio prefijo 016
= 16301 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 14
Valida que la compra de dólares con casas de bolsa sección VIII = compra de dólares con casas de bolsa sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Bolsa
prefijo 013
= 13801 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 15
Valida que la venta de dólares con casas de bolsa sección VIII = venta de dólares con casas de bolsa sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Bolsa
prefijo 013
= 13901 G
82 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 16
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con casas de bolsa sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con casas de bolsa sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Bolsa
prefijo 013
= 16401 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 17
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con casas de bolsa sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con casas de bolsa sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte para Casas de Bolsa prefijo 013
= 16501 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 18
Valida que la compra de dólares con fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VIII = compra de dólares con fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer (actualizado)
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte de Fondos de
Inversión y Siefores con prefijo 053y 064, respectivamente
= 13905 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 19
Valida que la venta de dólares con fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VIII = venta de dólares con fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer (actualizado)
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte de Fondos de
Inversión y Siefores con prefijo 053 y 064, respectivamente
= 13907 G
83 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 20
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección vii del banco múltiple, por cada plazo a vencer (actualizado)
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte de Fondos de
Inversión y Siefores con prefijo 053 y 064, respectivamente
= 16531 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 21
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer (actualizado)
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte de Fondos de Inversión y Siefores con prefijo 053
y 064, respectivamente
= 16561 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 22
Valida que la compra de dólares con otros intermediarios financieros privados sección VIII = compra de dólares con otros intermediarios financieros privados sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14001 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 23
Valida que la venta de dólares con otros intermediarios financieros privados sección VIII = venta de dólares con otros intermediarios financieros privados sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14101 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 24
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con otros intermediarios financieros privados sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con otros intermediarios financieros privados sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 16601 G
84 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 25
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con otros intermediarios financieros privados sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con otros intermediarios financieros privados sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 16701 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 26
Valida que la compra de dólares con sector privado sección VIII = compra de dólares con sector privado sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14201 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 27
Valida que la venta de dólares con sector privado sección VIII = venta de dólares con sector privado sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14301 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 28
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con sector privado sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con sector privado sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 16801 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 29
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con sector privado sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con sector privado sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 16901 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 30
Valida que la compra de dólares con sector público sección VIII = compra de dólares con sector público sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
= 14401 G
85 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
catálogo de contrapartes del Banco de México
PREVIO Sección VI-VII y VIII 31
Valida que la venta de dólares con sector público sección VIII = venta de dólares con sector público sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14501 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 32
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con sector público sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con sector público sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 17101 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 33
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con sector público sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con el sector público sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 17201 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 34
Valida que la compra de dólares con entidades financieras del extranjero sección VIII = compra de dólares con entidades financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14601 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 35
Valida que la venta de dólares con entidades financieras del extranjero sección VIII = venta de dólares con entidades financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14701 G
86 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 36
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con entidades financieras del extranjero sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con entidades financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 17401 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 37
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con entidades financieras del extranjero sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con entidades financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 17501 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 38
Valida que la compra de dólares con entidades no financieras del extranjero sección VIII = compra de dólares con entidades no financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14801 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 39
Valida que la venta de dólares con entidades no financieras del extranjero sección VIII = venta de dólares con entidades no financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14901 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 40
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con entidades no financieras del extranjero sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con entidades no financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 17601 G
87 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 41
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con entidades no financieras del extranjero sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con entidades no financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 17701 G
Validaciones de Cruce entre Formularios Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 69 Concertación de Futuros Largos del Banco Múltiple
Operaciones concertadas de futuros que generan posición
larga, reportados en el formulario OFF. FUT_POS_L_0001
= 10101 G
PREVIO Sección VI-VII 70 Concertación de Futuros Cortos del Banco Múltiple
Operaciones concertadas de futuros que generan posición
corta, reportados en el formulario OFF. FUT_POS_C_0002
= 10151 G
PREVIO Sección VI-VII 71 Concertación de Forwards Largos del Banco Múltiple
Operaciones concertadas de forwards que generan posición
larga, reportados en el formulario OFF. FWD_POS_L_0011
= 10201 G
PREVIO Sección VI-VII 72 Concertación de Forwards Cortos del Banco Múltiple
Operaciones concertadas de forwards que generan posición
corta, reportados en el formulario OFF. FWD_POS_C_0012
= 10251 G
PREVIO Sección VI-VII 73 Vencimientos de Futuros Largos Liquidables por diferencias del Banco Múltiple
Vencimientos de futuros con liquidación por diferencias que disminuyen la posición larga,
reportados en el formulario OFF. FUT_POS_L_0007
= 10801 G
88 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 74 Vencimientos de Futuros Cortos Liquidables por diferencias del Banco Múltiple
Vencimientos de futuros con liquidación por diferencias que disminuyen la posición corta,
reportados en el formulario OFF. FUT_POS_C_0008
= 10851 G
PREVIO Sección VI-VII 75 Vencimientos de Forwards Largos Liquidables por diferencias del Banco Múltiple
Vencimientos de forwards con liquidación por diferencias que disminuyen la posición larga,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_L_0021
= 10901 G
PREVIO Sección VI-VII 76 Vencimientos de Forwards Cortos Liquidables por diferencias del Banco Múltiple
Vencimientos de forwards con liquidación por diferencias que disminuyen la posición corta,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_C_0022
= 10951 G
COMPLEMENTO Sección I-V 67 Posición de Futuros del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de futuros, reportados en el formulario OFF.
FUT_POS_L_0009 -FUT_POS_C_0010
= 9880 - 9885 G
COMPLEMENTO Sección I-V 68 Posición Larga de Forwards del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de forwards que generan posición larga,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_L_0023
= 9890 G
COMPLEMENTO Sección I-V 83 Posición Corta de Forwards del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de forwards que generan posición corta,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_C_0024
= 9895 G
89 Octubre 2020
Validaciones de Cruce entre Paquetes Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 42
Valida que la posición total sea igual a la Posición Larga (Activos) menos la Posición Corta (Pasivos) (únicamente en moneda extranjera) del Banco Múltiple (del propio día de que se trate) (actualizado)
[(1140 a 1155) + (3010 a 3220) + (3370 a 3508) + (3510 a 3535) + (4650 a 4710) + (4725 a 4835) + (4850 a 4852) + (4935 a 4940) +
9880 + 9890 + 9900 + 9980 + 11201] - [(1235 a 1255) + (6005 a 6405) + (6415 a 6435) + (7010 a 7040) + (7050 a 7105) + (7350 a
7354) + 9853 + 9885 + 9895 + 9910 + 9985 + 11301]
= 11801 – 11901 G
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 43
Valida que la posición total sea igual a la Posición Larga (Activos) menos Pasivos de la Filial Financiera nacional (actualizado)
[1100 + 1110 + 1120 + (1160 a 1165) + (3010 a 3220) + (3370 a 3508) + (3510 a 3535) + (4650 a 4710) + (4725 a 4835) + (4850 a 4852) + (4935 a 4940) + 9880 + 9890 + 9900 + 9930 + 9980] -
[1200 + 1210 + 1220 + (1260 a 1265) + (6005 a 6405) + (6415 a 6435) + (7010 a 7040) + (7050 a 7105) + (7350 a 7354) + 9853 +
9885 + 9895 + 9910 + 9940 + 9985]
= 9950- 9960 G
COMPLEMENTO Sección I-V 44 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 9950 o 9960 G
90 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 56
Valida que la suma neta de las operaciones vigentes (saldos de inicio más operaciones del día de la sección VII) sea igual a la diferencia del saldo de la moneda extranjera a recibir por operaciones de compra ya pactadas menos el saldo de la moneda extranjera a entregar por operaciones de venta ya pactadas (actualizado)
(SI 3510 a 3535 - SI 6415 a 6435) + (13401 + 13601 + 13801 + 13905 + 14001 + 14201 + 14401 + 14601 + 14801 + 15001 + 15111 + 15131 + 15171 + 15201 + 16001 + 16201 + 16401 + 16531 + 16601 + 16801 + 17101 + 17401 + 17601) - (13501 + 13701 + 13901 + 13907 + 14101 + 14301 + 14501 + 14701 + 14901 + 15101 + 15117 + 15161 + 15181 + 15301 + 16101 + 16301 + 16501 + 16561 + 16701 + 16901 + 17201 +
17501 + 17701)
=
(1147 + 3510 + 3512 + 3515 + 3517 + 3520
+ 3522 + 3535) - (1247 + 6415 + 6420
+ 6435)
G
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 57
Valida operaciones vigentes de compra - venta de divisas del banco múltiple con entidades financieras mexicanas: bancos, casas de bolsa, fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas para el retiro (actualizado)
(SI 3515 - SI 6415) + (13401 + 13801 + 13905 + 15001 + 15111 + 16001 + 16401 + 16531) - (13501 + 13901 + 13907 + 15101 + 15117 +
16101 + 16501 + 16561)
= 3515 - 6415 G
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 66 Posición de filiales financieras mexicanas 9950 - 9960 = 11601 -
11701 G
COMPLEMENTO Sección I-V 92 Billetes y Monedas (exclusivamente dólares de los EE.UU.A.) 9822 <= Billetes y Monedas Extranjeros 3010
9822 <= 3010 G
PREVIO Sección VI-VII 67 Posición Neta de Futuros del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de futuros, reportados en el formulario OFF.
FUT_POS_L_0009 -FUT_POS_C_0010
= 9880 - 9885 G
PREVIO Sección VI-VII 68 Posición Larga de Forwards del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de forwards que generan posición larga,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_L_0023
= 9890 G
PREVIO Sección VI-VII 83 Posición Corta de Forwards del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de forwards que generan posición corta,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_C_0024
= 9895 G
91 Octubre 2020
VALIDACIONES DE NEGOCIO DEL FORMULARIO ACLME-PD FUERA DEL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB)
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 60 Valida las operaciones cambiarias de compra peso dólar con Sector Público de la sección VII
14505 + 14515 +14525 + 14535 + 14545 + 14555 = 14401 G
PREVIO Sección VI-VII 61 Valida las operaciones cambiarias de venta peso dólar con Sector Público de la sección VII
14510 + 14520 + 14530 + 14540 + 14550 + 14560 = 14501 G
PREVIO Sección VI-VII 64 Valida las operaciones cambiarias de compra peso divisa con Sector Público de la sección VII
17211 + 17231 +17251 +17271 + 17291 + 17311 = 17101 G
PREVIO Sección VI-VII 65 Valida las operaciones cambiarias de venta peso divisa con Sector Público de la sección VII
17221 + 17241 +17261 +17281 + 17301 + 17321 = 17201 G
PREVIO Sección VI-VII 104 Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con instituciones de crédito y casas de bolsa
15001 = 15101 G
PREVIO Sección VI-VII 105
Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro (actualizado)
15111 = 15117 G
PREVIO Sección VI-VII 106 Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con casas de cambio 15131 = 15161 G
PREVIO Sección VI-VII 107
Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con Instituciones y sociedades mutualistas de seguros mexicanas(actualizado)
15171 = 15181 G
PREVIO Sección VI-VII 108 Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con otros 15201 = 15301 G
92 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO Sección I-V
117.01
Concepto no válido para reportar la moneda extranjera a recibir al inicio de operaciones de Swaps, la cual se encuentre pendiente de liquidar. A partir del 01/06/2015
Concepto no válido = 4915 G
117.02
Concepto no válido para reportar la moneda extranjera a entregar al inicio de operaciones de Swaps, la cual se encuentre pendiente de liquidar. A partir del 01/06/2015
Concepto no válido = 7330 G
COMPLEMENTO Sección X 118 Si el paquete no es vacío, deben reportar todos los conceptos
Los conceptos: 30001, 30011, 30021, 30031, 30041, 30051, 30061, 30071, 30081, 30091, 30101, 30111, 30121,
30131, 30141, 30151
<> vacío G
COMPLEMENTO Sección X
119.01 Tipos de cambio de apertura en sucursales, del dólar americano, con el mayor spread entre compra y venta
30001 < 30011 G
119.02 Tipos de cambio de apertura en sucursales, del dólar americano, con el menor spread entre compra y venta
30021 < 30031 G
119.03 Tipos de cambio de cierre en sucursales, del dólar americano, con el mayor spread entre compra y venta
30081 < 30091 G
119.04 Tipos de cambio de cierre en sucursales, del dólar americano, con el menor spread entre compra y venta
30101 < 30111 G
119.05 Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el tipo bajo y el tipo alto
30041 <= 30051 G
93 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
119.06 Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el tipo bajo y el tipo alto
30061 <= 30071 G
119.07 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el tipo bajo y el tipo alto
30121 <= 30131 G
119.08 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el tipo bajo y el tipo alto
30141 <= 30151 G
119.09
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano de compra y venta para el spread mayor y el spread menor
30031-30021 <= 30011-30001 G
119.10
Tipos de cambio de cierre en sucursales, del dólar americano de compra y venta para el spread mayor y el spread menor
30111-30101 <= 30091-30081 G
119.11
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread mayor y el tipo bajo
30041 <= 30001 G
119.12
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread mayor y el tipo alto
30051 >= 30001 G
119.13
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread mayor y el tipo bajo
30061 <= 30011 G
119.14
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread mayor y el tipo alto
30071 >= 30011 G
94 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
119.15 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread mayor y el tipo bajo
30121 <= 30081 G
119.16 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread mayor y el tipo alto
30131 >= 30081 G
119.17 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread mayor y el tipo bajo
30141 <= 30091 G
119.18 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread mayor y el tipo alto
30151 >= 30091 G
119.19
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread menor y el tipo bajo
30041 <= 30021 G
119.20
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread menor y el tipo alto
30051 >= 30021 G
119.21
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread menor y el tipo bajo
30061 <= 30031 G
119.22
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread menor y el tipo alto
30071 >= 30031 G
119.23 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread menor y el tipo bajo
30121 <= 30101 G
95 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
119.24 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread menor y el tipo alto
30131 >= 30101 G
119.25 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread menor y el tipo bajo
30141 <= 30111 G
119.26 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread menor y el tipo alto
30151 >= 30111 G
COMPLEMENTO Sección X
120.01
Confirmación de los tipos de cambio reportados. Si la diferencia del tipo de cambio reportado y el TCFIXFD es inferior a un rango determinado
TC - TCFIXFD <= 1.1 NG
120.02
Confirmación de los tipos de cambio reportados. Si la diferencia del tipo de cambio reportado y el TCFIXFD es superior a un rango determinado
TC - TCFIXFD >= 1.1 NG
COMPLEMENTO Sección I-V 121
Conceptos de Billetes y Monedas (exclusivamente dólares de los EE.UU.A.) Si 3010 > 0
9822 > 0 NG
96 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO Sección I-V 122
Confirmación de la información reportada en los conceptos especiales (sin autorización), es decir, que cumple con la descripción de los respectivos conceptos
Los conceptos: 3028, 3029, 3032, 3037, 3197, 3205, 3206, 3207, 3377, 3495, 3512, 3517, 3522, 3567, 3596, 3605, 3613, 3619, 3633, 3642, 3803, 3812, 3841, 3850, 3858, 3864, 3878, 3887, 4078, 4087, 4116, 4125, 4153, 4162, 4336, 4376, 4399, 4458, 4467, 4496, 4505, 4533, 4542, 4653, 4662, 4691, 4728, 4737, 4816, 5500, 5510, 5520, 6200, 6385, 6812, 6832, 6852, 7020,
7085
COMPLEMENTO Sección I-V 123
1) Verificación de la tendencia de montos reportados a plazo residual de 1 a 66 días. Si la diferencia entre el importe reportado en el día (t) a un plazo determinado con respecto al importe del día anterior, al plazo correspondiente, es inferior a un rango determinado, el importe reportado se marca en rojo y se ingresa como registro en el resumen. En el caso en que no se reporte importe en el día t en el plazo correspondiente, sólo se registra en el resumen 2) Verificación de montos reportados con plazo residual que correspondan a sábado o domingo, los cuales se señalan en el resumen (actualizado)
(Monto del día (t) a plazo x-n - Monto del día hábil
inmediato anterior (t-1) a plazo x;
donde n es el número de días naturales transcurridos entre las fechas (t) y (t-1).
>= -5% del Monto del día hábil inmediato anterior (t-1) a
plazo x y -10 como importe G
97 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VIII 99 Si el campo "Identificador de estrategia” = 1 se debe verificar que la operación sea >= 1,000 y que la clave genérica de contraparte no sea agrupada
Monto de la operación >= 1000 G
PREVIO Sección VIII 124
Confirmación de las operaciones con monto mayor o igual a 500 millones de dólares que no se hayan indicado como Estrategia, es decir, que el campo "Identificador de estrategia” = 0
Monto de la operación >= 500,000 NG
PREVIO Sección VIII 125
Confirmación de las operaciones con monto mayor a 1 millón de dólares con clave genérica de contraparte agrupada. Si por cada clave de contraparte agrupada (000750, 000820, 000830, 000835, 000840 y 000870), por cada divisa y tipo de operación (compra y venta)
Monto Total / Monto Máximo (últimas 30 fechas
anteriores) > 1 NG
COMPLEMENTO Sección I-V 100
Promedio de Cuentas de Depósitos a la vista (*) El cálculo de este dato será llevado a cabo por Banco de México. Para el cálculo del promedio, en fechas inhábiles se toma el dato del día hábil inmediato anterior (actualizado)
Promedio diario del mes inmediato anterior del
concepto 6005* = 9800 + 9810 (sólo para el
primer día hábil del mes) G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 109
Valida que la compra de dólares con personas morales sección VIII = compra de dólares con personas morales sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares
americanos reportadas en la sección VIII, con clave de
contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 14321 G
98 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 110
Valida que la venta de dólares con personas morales sección VIII = venta de dólares con personas morales sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en la sección VIII,
con clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del Banco de
México
= 14341 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 111
Valida que la compra de dólares con personas físicas sección VIII = compra de dólares con personas físicas sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares
americanos reportadas en la sección VIII, con clave de
contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 14361 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 112
Valida que la venta de dólares con personas físicas sección VIII = venta de dólares con personas físicas sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en la sección VIII,
con clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del Banco de
México
= 14381 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 113
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con personas morales sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con personas morales sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas
al dólar americano reportadas en la sección VIII,
con clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del Banco de
México
= 16921 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 114
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con personas morales sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con personas morales sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con clave
de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes
del Banco de México
= 16941 G
99 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 115
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con personas físicas sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con personas físicas sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas
al dólar americano reportadas en la sección VIII,
con clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del Banco de
México
= 16961 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 116
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con personas físicas sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con personas físicas sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con clave
de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes
del Banco de México
= 16981 G
COMPLEMENTO Sección I-V
102.01
Valores Comprometidos con calificación para computar el 100% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (actualizado)
3170 = 9700 G
102.02
Valores Comprometidos con calificación para computar el 90% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (actualizado)
3173 = 9705 G
102.03
Valores Comprometidos con calificación para computar el 80% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (actualizado)
3176 = 9710 G
102.04
Valores Comprometidos con calificación para computar el 50% de su valor de mercado como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la
3179 = 9715 G
100 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (actualizado)
102.05
Valores Comprometidos con calificación para no computar como Activo del Mercado de Dinero de acuerdo a la TABLA DE CALIFICACIONES DE VALORES (actualizado)
3181 = 9720 G
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII
126.01
Valida operaciones vigentes de compra de divisas del banco múltiple con entidades financieras mexicanas: bancos, casas de bolsa, fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas para el retiro (actualizado)
Operaciones vigentes de los conceptos:
13401 + 13801 + 13905 + 15001 + 15111 + 16001 +
16401 + 16531
= 3515 G
126.02 Valida operaciones vigentes de compra de divisas del banco múltiple con otras contrapartes (actualizado)
Operaciones vigentes de los conceptos:
13601 + 14001 + 14201 + 14401 + 14601 + 14801 + 15131 + 15171 + 15201 + 16201 + 16601 + 16801 + 17101 + 17401 + 17601
= 3510 + 3512 + 3517 + 3520 + 3522 + 3535 G
126.03 Valida operaciones vigentes de compra de divisas del banco múltiple
Operaciones vigentes de los conceptos:
13401 + 13601 + 13801 + 13905 + 14001 + 14201 + 14401 + 14601 + 14801 + 15001 + 15111 + 15131 + 15171 + 15201 + 16001 + 16201 + 16401 + 16531 + 16601 + 16801 + 17101 +
17401 + 17601
= 3510 + 3512 + 3515 + 3517 + 3520 + 3522 + 3535 G
101 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
126.04
Valida operaciones vigentes de venta de divisas del banco múltiple con entidades financieras mexicanas: bancos, casas de bolsa, fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas para el retiro (actualizado)
Operaciones vigentes de los conceptos:
13501 + 13901 + 13907 + 15101 + 15117 + 16101 +
16501 + 16561
= 6415 G
126.05 Valida operaciones vigentes de venta de divisas del banco múltiple con otras contraparte (actualizado)s
Operaciones vigentes de los conceptos:
13701 + 14101 + 14301 + 14501 + 14701 + 14901 + 15161 + 15181 + 15301 + 16301 + 16701 + 16901 + 17201 + 17501 + 17701
= 6420 + 6435 G
126.06 Valida operaciones vigentes de venta de divisas del banco múltiple (actualizado)
Operaciones vigentes de los conceptos:
13501 + 13701 + 13901 + 13907 + 14101 + 14301 + 14501 + 14701 + 14901 + 15101 + 15117 + 15161 + 15181 + 15301 + 16101 + 16301 + 16501 + 16561 + 16701 + 16901 + 17201 +
17501 + 17701
= 6415 + 6420 + 6435 G
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 127.01
Posición Larga de Opciones, a valor delta (actualizado)
3593 + 3596 + 3599 + 3602 + 3605 + 3607 + 3593 + 3596 + 3599 + 3602 + 3605 + 3607 + 3609 + 3611 + 3613 + 3615 + 3617 + 3619 + 3621 + 3838 + 3841 + 3844 + 3847 + 3850 + 3852 + 3854 + 3856 + 3858 + 3860 + 3862 + 3864 + 3866 + 4110 + 4113 + 4116 + 4119 + 4122 + 4125 + 4127 + 4368 + 4373 + 4376 + 4377 + 4378 + 4380 + 4381 + 4383 + 4390 + 4392 + 4393 + 4397 + 4399 + 4405 + 4408 + 4410 + 4412 +
<= 11201 G
102 Octubre 2020
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
4414 + 4416 + 4427 + 4429 + 4490 + 4493 + 4496 + 4499 +
4502 + 4505 + 4513
127.02 Posición Corta de Opciones, a valor delta (actualizado)
6504 + 6519 + 6704 + 6828 + 6830 + 6833 + 6835 + 6837 + 6839 + 6841 + 6842 + 6843 + 6845 + 6846 + 6848 + 6852 + 6853 + 6854 + 6855 + 6857 + 6859 + 6860 + 6861 + 6862 +
6863 + 6865 + 6866
<= 11301 G
Sección Nombre Descripción A Oper. B
Sección VIII Discrepancias con Instituciones de
crédito
Valida que las operaciones de compraventa de divisas una a una, sean iguales a las operaciones de compraventa divisas, que celebren con Instituciones de Crédito, reconociéndose como contraparte entre ellas.
Reportado por el Banco:
fecha de concertación, fecha de liquidación, monto de la operación, divisa, indicador de estrategia
=
Reportado por la contraparte:
fecha de concertación, fecha de liquidación, monto de la operación, divisa, indicador de estrategia
Tipo de Operación <> Tipo de Operación
Sección VIII Discrepancias con Casas de Bolsa y Casas de Cambio
Valida que las operaciones de compraventa peso – dólar, sean iguales a las operaciones de compraventa peso – dólar, que celebren con Casas de Bolsa y Casas de Cambio,
Reportado por el Banco:
fecha de concertación, fecha de liquidación, monto de la operación, divisa
=
Reportado por la contraparte:
fecha de concertación, fecha de liquidación,
103 Octubre 2020
reconociéndose como contraparte entre ellas, agrupando las operaciones para su comparación.
monto de la operación, divisa, indicador de estrategia
Tipo de Operación <> Tipo de Operación
104 Octubre 2020
ANEXOS
CATÁLOGO DE CLAVES GENÉRICAS DE CONTRAPARTES AGRUPADAS. SECCIÓN VII DEL FORMULARIO ACLME-PD
NOMBRE CLAVE OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS MEXICANOS 000750 PERSONAS FÍSICAS EN MÉXICO 000820 PERSONAS MORALES EN MÉXICO 000830 SECTOR PÚBLICO EN MÉXICO 000835 ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTRANJERO 000840 ENTIDADES NO FINANCIERAS DEL EXTRANJERO 000870
CATÁLOGO DE DIVISAS DE LA SECCIÓN VIII DEL FORMULARIO ACLME-PD
CLAVE NOMBRE CAD DÓLAR CANADIENSE USD DÓLAR DE LOS EE.UU.A. EUR EURO CHF FRANCO SUIZO GBP LIBRA ESTERLINA BRL REAL BRASILEÑO JPY YEN JAPONÉS
AUD DÓLAR AUSTRALIANO NZD DÓLAR DE NUEVA ZELANDIA SEK CORONA SUECA
OTD OTRAS DIVISAS
1
Formulario ACLME-PD
Relativo al Régimen de Admisión de Pasivos y de Inversión para las operaciones en moneda extranjera y de Posición de Riesgo Cambiario para la Banca Múltiple
2
FORMULARIO ACLME-PD (REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA, ASÍ COMO PARA EL RÉGIMEN DE POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO)
Contenido AYUDAS GENÉRICAS .............................................................................................................................................................. 4
I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN .......................................................................... 4
II. OBJETIVO DEL FORMULARIO ................................................................................................................................. 4
III. COBERTURA DEL FORMULARIO ............................................................................................................................. 4
IV. SECCIONES DEL FORMULARIO ............................................................................................................................... 5
V. ACLARACIONES PARA LAS FILIALES DEL EXTERIOR ................................................................................................ 8
VI. DEFINICIONES ........................................................................................................................................................ 8
VII. VALOR DE LAS OPERACIONES ................................................................................................................................ 8
VIII. DIVERSAS CONSIDERACIONES PARA EL LLENADO DEL FORMULARIO: .................................................................. 9
IX. PARTES DE LAS OPERACIONES ............................................................................................................................... 9
X. PLAZO DE LAS OPERACIONES ................................................................................................................................ 9
XI. OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 horas), DISTINTAS A OPERACIONES CAMBIARIAS. .................................................................................................................................................................. 10
XII. OPERACIONES DE FORWARDS, FUTUROS, SWAPS, OPCIONES (WARRANTS), REPORTOS Y PRÉSTAMOS. .......... 11
XIII. OPERACIONES DE DERIVADOS ............................................................................................................................. 11
XIV. "PLAZO” DE CADA UNA DE LAS OPERACIONES. ................................................................................................... 12
XV. OPERACIONES QUE NO DEBEN INCLUIRSE .......................................................................................................... 12
XVI. CATÁLOGO GENERAL DE CONTRAPARTES ........................................................................................................... 12
XVII. DETERMINACIÓN DEL MONTO DE VALORES CON MERCADO SECUNDARIO. ...................................................... 13
XVIII. FECHA Y HORARIO DE ENTREGA DE LA INFORMACIÓN. ...................................................................................... 13
XIX. METODOLOGÍAS DE CONFRONTAS ..................................................................................................................... 13
XX. OTRAS CONSIDERACIONES .................................................................................................................................. 14
INCREMENTOS DE CAPITAL (CAPITAL REGULATORIO) .............................................................................................. 14
CARTERA DE CRÉDITOS .............................................................................................................................................. 14
ESTRUCTURA DE LAS SECCIONES DEL FORMULARIO ACLME-PD ........................................................................................ 16
Secciones: I a V ............................................................................................................................................................... 16
Secciones: VI a VII ........................................................................................................................................................... 16
Secciones: VIII................................................................................................................................................................. 16
Sección X ........................................................................................................................................................................ 17
3
FORMULARIO ACLME-PD DE LA BANCA MÚLTIPLE INFORMACIÓN RELATIVA A LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS, DE INVERSIÓN PARA LAS OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y DE POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO ................... 18
AGRUPACIÓN DE LOS CONCEPTOS DEL FORMULARIO ACLME-PD POR EL DETALLE EN EL PLAZO CON QUE DEBEN REPORTARSE .................................................................................................................................................................. 49
AYUDAS ESPECÍFICAS DEL FORMULARIO ACLME-PD .......................................................................................................... 66
SECCIÓN I-V .................................................................................................................................................................... 66
SECCIÓN VIII ................................................................................................................................................................... 75
VALIDACIONES DEL FORMULARIO ACLME – PD .................................................................................................................. 77
VALIDACIONES DE ESTRUCTURA EN EL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB) ..................................................................... 77
Consideraciones para el layout de los datos ............................................................................................................. 77
Consideraciones para conceptos de posiciones netas .............................................................................................. 78
VALIDACIONES DE NEGOCIO DEL FORMULARIO ACLME-PD EN EL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB) ............................ 79
Valida la Información respecto Día Anterior ............................................................................................................. 79
Valida las Contrapartes Banxico ................................................................................................................................ 79
Validaciones de Consistencia misma Sección ............................................................................................................ 80
Validaciones de cruce entre secciones del mismo paquete ...................................................................................... 82
Validaciones de Cruce entre Formularios .................................................................................................................. 89
Validaciones de Cruce entre Paquetes ...................................................................................................................... 91
VALIDACIONES DE NEGOCIO DEL FORMULARIO ACLME-PD FUERA DEL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB) ................... 93
ANEXOS ............................................................................................................................................................................. 105
CATÁLOGO DE CLAVES GENÉRICAS DE CONTRAPARTES AGRUPADAS. SECCIÓN VII DEL FORMULARIO ACLME-PD .... 105
CATÁLOGO DE DIVISAS DE LA SECCIÓN VIII DEL FORMULARIO ACLME-PD .................................................................. 105
4
AYUDAS GENÉRICAS I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN Ley del Banco de México, primer párrafo del artículo 36.
“Los intermediarios financieros estarán obligados a suministrar al Banco de México la información que éste les requiera sobre sus operaciones incluso respecto de alguna o algunas de ellas en lo individual, los datos que permitan estimar su situación financiera y, en general, aquella que sea útil al Banco para proveer el adecuado cumplimiento de sus funciones…”.
Circular 3/2012, Capítulo VII, artículo 108
“Las Instituciones deberán proporcionar a la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero, a la Dirección General de Operaciones de Banca Central, a la Dirección General de Estrategia, Riesgos y Sistemas de Pagos, así como a la Dirección de Información del Sistema Financiero del Banco de México, la información que, en el ámbito de su competencia, dichas unidades administrativas les requieran.
La referida información deberá remitirse en la forma y términos que les den a conocer las mencionadas unidades administrativas”.
II. OBJETIVO DEL FORMULARIO Obtener información que permita: a) dar seguimiento y realizar los cómputos de los regímenes de admisión de pasivos y de inversión para las operaciones en moneda extranjera así como de la posición de riesgo cambiario, y b) la elaboración de diversas estadísticas.
III. COBERTURA DEL FORMULARIO El banco múltiple deberá entregar un formulario por la información del propio banco múltiple, incluidas las operaciones de sus agencias y sucursales.
También deberá entregar un formulario por cada entidad financiera filial, tanto extranjeras como nacionales, que no sean casas de bolsa, casas de cambio, instituciones de fianzas, instituciones de seguros, sociedades operadoras de sociedades de inversión, administradoras de fondos para el retiro, sociedades de inversión o sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro; respecto de las cuales la institución no cuente con autorización del Banco de México para exceptuarlas del cómputo de los “Regímenes de admisión de pasivos y de inversión para las operaciones en moneda extranjera” así como del “Régimen de posición de riesgo cambiario”. Se consideran filiales para estos efectos a aquéllas entidades financieras respecto de las cuales la institución o la controladora del grupo financiero al que pertenezca la institución sea propietaria, directa o indirectamente, de acciones con derecho a voto que representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento del capital pagado, tengan el control de las asambleas generales de accionistas o tengan derecho de nombrar a la mayoría de los miembros del consejo de administración, o sus equivalentes.
En el formulario se solicita diversa información relativa a los distintos términos y condiciones de las operaciones, ello con independencia de que tales operaciones se apeguen o no a las disposiciones aplicables.
Las preguntas que se hacen sobre ciertos términos y condiciones de las operaciones, las diversas instrucciones de llenado del formulario, los anexos al mismo, etc., por ningún motivo deberán considerarse como parte de
5
la normatividad o como una interpretación a ésta o como un consentimiento o autorización o convalidación de la autoridad para realizar tales operaciones o para realizarlas en términos y condiciones que no se ajusten a las disposiciones aplicables.
IV. SECCIONES DEL FORMULARIO El formulario está compuesto por nueve secciones:
Sección I.- Comprende de manera resumida todas las operaciones del banco múltiple con las filiales y entre las filiales, denominadas en o referidas a moneda extranjera, liquidables en moneda extranjera o en moneda nacional (conceptos 1100 al 1270).
Sección II.- Comprende operaciones activas, contingentes deudoras y deudoras de registro, denominadas en o referidas a moneda extranjera, liquidables en moneda extranjera o en moneda nacional (conceptos 3010 a 5520).
Cabe señalar que en el apartado relativo a “Derivados”, en el concepto 3538 deberán registrarse los derechos provenientes de operaciones realizadas por las entidades financieras filiales, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización del Banco de México para efectuarlas, asimismo que los derechos por las demás operaciones de derivados, tanto de las filiales como de la institución, deberán registrarse en sus respectivos formularios en los conceptos 3540 a 4600.
Sección III.- Comprende operaciones pasivas y contingentes acreedoras, denominadas en o referidas a moneda extranjera, liquidables en moneda extranjera o en moneda nacional (conceptos: 6005 al 7560).
Cabe señalar que en el apartado relativo a “Derivados”, en el concepto 6455 deberán registrarse las obligaciones provenientes de operaciones realizadas por las entidades financieras filiales, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización del Banco de México para efectuarlas, asimismo que las obligaciones por las demás operaciones de derivados, tanto de las filiales como de la institución, deberán registrarse en sus respectivos formularios en los conceptos 6460 a 6920.
Sección IV.- Comprende las operaciones activas y pasivas que, precisamente en el día a que corresponda el reporte, se hayan liquidado anticipadamente (conceptos 7620 a 7655 y 7710 a 7840) o se hayan re documentado con extensión en su plazo (conceptos 7660 a 7695 y 7860 al 7990).
Sección V.- Comprende información relativa a datos diversos (conceptos 9700 a 9960).
Cabe señalar que los conceptos 9870 y 9875 corresponden a los derechos y obligaciones, respectivamente, por operaciones de derivados de las filiales de la casa de bolsa integrante del grupo financiero a que pertenece la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución no cuenten con autorización del Banco de México para efectuarlas; de los cuales el 9875 computa para los citados regímenes de admisión de pasivos y de inversión para las operaciones en moneda extranjera, a plazo de un día, y el 9870 no computa para los mismos regímenes, según lo dispuesto en los dos últimos párrafos de la fracción I, del artículo 232 de la Circular 3/2012.
Los conceptos 9880 a 9960 son datos para ser utilizados exclusivamente en el régimen de posición de riesgo cambiario.
Sección VI.- Comprende información para el cálculo de la posición de riesgo cambiario, (conceptos 10001 a 13301). Esta sección sólo debe reportarla el banco múltiple.
Dicha sección está compuesta por 6 subsecciones:
VI-A Nuevas operaciones del banco múltiple, que generan movimientos a la posición de divisas.
6
VI-B Vencimiento de operaciones del banco múltiple, que generan movimientos a la posición de divisas.
VI-C Posición de opciones.
VI-D Posición de divisas de las filiales financieras.
VI-E Posición final de riesgo cambiario, del banco múltiple y del banco múltiple más sus filiales financieras.
VI-F Posición de las distintas divisas, por cada una de las principales monedas.
Sección VII.- Comprende las operaciones cambiarias concertadas por el banco múltiple el día a que corresponde el reporte (conceptos 13401 a 17701), agrupadas por su plazo por vencer en días naturales.
Dicha sección está compuesta por 3 subsecciones:
VII-A. Operaciones cambiarias peso-dólar de los EE.UU.A., clasificadas por el sector a que corresponde la contraparte. Se deberán registrar conforme a lo siguiente:
o Entidades Mexicanas, • Instituciones de Crédito y Banco de México, conceptos 13401 y 13501, • Casas de Cambio, conceptos 13601 y 13701, • Casas de Bolsa, conceptos 13801 y 13901, • Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión Especializada de Fondos para el
Retiro, 13905 y 13907, • Otros Intermediarios Financieros Privados, conceptos 14001 y 14101, • Sector Privado, conceptos 14201 al 14381, • Sector Público, conceptos 14401 al 14560, donde los conceptos 14505 al 14560, se
reportan únicamente los cuatro últimos días hábiles del mes, o Entidades del Extranjero,
• Entidades Financieras, conceptos 14601 y 14701, • Entidades no Financieras, conceptos 14801 y 14901,
VII-B Operaciones cambiarias divisa-divisa (transacción donde el peso mexicano no participa), clasificadas por el sector a que corresponden las contrapartes:
o Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa mexicanas, conceptos 15001 y 15101, o Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro
Mexicanas, 15111 y 15117, o Casas de Cambio mexicanas, conceptos 15131 y 15161, o Aseguradoras Mexicanas, 15171 y 15181, o Otros, conceptos 15201 y 15301
VII-C Operaciones cambiarias peso contra otras divisas distintas del dólar de los EE.UU.A., clasificadas por el sector a que corresponde la contraparte:
o Entidades Mexicanas, • Instituciones de Crédito y Banco de México, conceptos 16001 y 16101, • Casas de Cambio, conceptos 16201 y 16301, • Casas de Bolsa, conceptos 16401 y 16501,
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• Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, 16531 y 16561,
• Otros Intermediarios Financieros Privados, conceptos 16601 y 16701, • Sector Privado, conceptos 16801 al 16981, • Sector Público, conceptos 17101 al 17321, donde los conceptos 17211 al 17321, se
reportan únicamente los cuatro últimos días hábiles del mes, o Entidades del Extranjero,
• Entidades Financieras, conceptos 17401 y 17501, • Entidades no Financieras, conceptos 17601 y 17701
Sección VIII.- En esta sección se deberán registrar las operaciones cambiarias peso-dólar de los EE. UU. A. y las peso-divisa (cualquier otra divisa distinta al dólar de los EE. UU. A.) realizadas con cualquier contraparte y concertadas el día a que corresponde el reporte, de acuerdo a lo siguiente:
Todas las operaciones realizadas con instituciones de crédito mexicanas deberán reportarse una a una, sin importar el monto.
Las operaciones mayores o iguales a un millón de dólares de los EE. UU. A. (distintas a las anteriores) deberán reportarse una a una identificando a la contraparte de cada operación. Cabe señalar que en las operaciones realizadas con personas físicas no se deberán identificar a las contrapartes, por lo que se deberá utilizar la Clave Genérica de Contrapartes Agrupadas 000820.
Las operaciones menores a un millón de dólares de los EE. UU. A., con contrapartes mexicanas que sean: una Casa de Cambio, una Casa de Bolsa, una Compañía Aseguradora, una Sociedad de Inversión o una Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro, deberán reportarse agrupadas en un renglón de acuerdo a la Clave de la Contraparte, a la Fecha de Liquidación, a la Divisa a la que se refiere la operación y a la Posición de la Institución en la Operación. Estas operaciones podrán también informarse una a una.
Las operaciones menores a un millón de dólares de los EE. UU. A., distintas a las señaladas en el párrafo anterior, deberán reportarse agrupadas en un renglón de acuerdo a la clave del CATÁLOGO DE CLAVES GENÉRICAS DE CONTRAPARTES AGRUPADAS. SECCIÓN VII DEL FORMULARIO ACLME-PD que le corresponda, a la Fecha de Liquidación, a la Divisa a la que se refiere la operación y a la Posición de la Institución en la Operación. Estas operaciones también podrán informarse identificando a la contraparte cuando ya se encuentren en el CATÁLOGO GENERAL DE CONTRAPARTES.
Sección X.- En esta sección se deberán registrar los Tipos de Cambio a la apertura y al cierre, de compra y de venta de dólares de los EE.UU.A., ofrecidos al público en general, para operaciones en ventanilla. Con el fin de determinar los tipos de cambios solicitados, deberán considerar los tipos de cambio ofrecidos en las sucursales de la institución ubicadas en toda la República Mexicana. Los mencionados tipos de cambio se deberán reportar con enteros y seis decimales.
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V. ACLARACIONES PARA LAS FILIALES DEL EXTERIOR Las entidades filiales del exterior, de la institución, al elaborar este formulario deberán proceder considerando la perspectiva siguiente:
● La moneda nacional serán los pesos mexicanos. ● Los bancos mexicanos, serán los bancos múltiples (incluyendo los que son filiales de bancos extranjeros) y
los bancos de desarrollo, mexicanos. ● La moneda extranjera será cualquier moneda distinta al peso mexicano, inclusive la del país donde resida
la entidad del exterior de que se trate. ● Las entidades financieras del exterior, serán las no mexicanas. ● Cuando se haga referencia a cuentas contables del catálogo de la CNBV, debe entenderse que se hace
referencia a las operaciones que tales cuentas comprenden.
VI. DEFINICIONES Estrategia (Swap cambiario), a las operaciones de compra y venta (cambiaria - cambiaria, cambiaria - forward o forward - forward), pactadas por la Institución de manera simultánea, sobre una cantidad de una moneda, con la misma contraparte y diferentes fechas de liquidación para cada una de las partes de la operación. Cabe señalar que la suma de los montos negociados en las operaciones de compra, deberá ser igual a la suma de los montos negociados en las operaciones de venta, en una misma estrategia. Podrá haber pequeñas diferencias en los montos reportados en miles de dólares por cuestiones de tipo de cambio.
Para efectos de este formulario se deberán registrar como “estrategias”, las operaciones cambiarias del peso contra el dólar de los EE. UU. A., y las del peso contra otra divisa distinta al dólar de los EE. UU. A. No se deberán considerar como “estrategias” a las operaciones divisa contra divisa.
Ejemplo: concertar una operación cambiaria de compra de dólares de los EE. UU. A., fecha valor mismo día y simultáneamente concertar otra operación cambiaria de venta de dólares de los EE. UU. A., fecha valor 48 horas, ambas por el mismo monto y con la misma contraparte. Otro ejemplo, concertar una operación cambiaria de venta por 50 millones de dólares de los EE. UU. A., fecha valor 24 horas y simultáneamente concertar dos forwards de compra: uno por 20 millones de dólares de los EE. UU. A. a un plazo de 30 días y otro por 30 millones de dólares de los EE. UU. A. a un plazo de 6 meses.
VII. VALOR DE LAS OPERACIONES Las Operaciones en Moneda Extranjera, deberán reportarse a valor contable (valor de registro en el “libro mayor” considerando por separado cada parte de la operación de que se trate), en términos de las disposiciones emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, netas, en su caso, de las correspondientes estimaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, las operaciones de opción incluyendo las que se deriven de las operaciones con títulos bancarios estructurados, computarán por el resultado de multiplicar su monto nocional por la delta que resulte al utilizar el modelo de valuación aplicado por la Institución de Banca Múltiple para la operación derivada de que se trate.
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VIII. DIVERSAS CONSIDERACIONES PARA EL LLENADO DEL FORMULARIO: La información de este formulario deberá reportarse con cifras en miles de dólares. Las operaciones denominadas en moneda extranjera distinta al dólar de los EE.UU.A., deberán
convertirse a dólares de los EE.UU.A., considerando la cotización que rija para la moneda correspondiente contra el mencionado dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales, al cierre de las operaciones del día de que se trate.
Todas las cifras deberán reportarse con signo positivo, ya que cada concepto reconoce la naturaleza de la operación, excepto el “3480 Cartera Vencida” cuyo importe podrá ser negativo cuando el monto de las correspondientes reservas preventivas por cartera vencida sea superior al importe de la cartera vencida.
Este formulario no constituye una balanza. En todo caso, cuando se señale Calificación para Requerimiento de Liquidez, se entenderá como una
referencia a las calificaciones, para la deuda de corto plazo, igual o mayor a A-2 o P-2 otorgadas por las agencias Standard and Poor’s o Moody’s Investors Service, respectivamente, o a cualquier grado de calificación equivalente al referido que otorguen otras agencias calificadoras de reconocido prestigio internacional. Se considerará que no se cuenta con dicha calificación cuando la entidad financiera, empresa, o emisión de que se trate, esté calificada por dos agencias y cualquiera de las calificaciones sea menor a la indicada.
En todo caso, cuando se indique operaciones realizadas con entidades del exterior, se referirá a entidades residentes en el extranjero.
En los plazos por vencer los años se deben considerar de 360 días.
IX. PARTES DE LAS OPERACIONES Para efectos de las vigilancias a que se refiere el presente formulario, algunas operaciones están compuestas por una o más partes. Por ejemplo, la tenencia de títulos sólo tiene una parte activa: los títulos; otro ejemplo, las operaciones de venta de títulos fecha valor, se componen de dos operaciones simultáneas: la cantidad de dinero a recibir que es un activo, y los títulos a entregar que es un pasivo. En tales circunstancias en lo sucesivo cuando se haga referencia a "las operaciones", en singular o plural, se podrá estar hablando de alguna de las partes de una operación o de una operación como un todo, según sea el caso.
Existen ciertas operaciones compuestas por dos o más partes, en donde alguna de tales partes está denominada o referida a moneda nacional. En este formulario sólo deberán incluirse las partes de las operaciones denominadas en o referidas a moneda extranjera.
X. PLAZO DE LAS OPERACIONES Deberá determinarse el "plazo por vencer" particular de cada operación o de cada una de las partes de las operaciones. Para ello dicho plazo será equivalente al número de días que se determine considerando que en todos los casos el “plazo a vencimiento” de las operaciones:
a) inicia el día al que corresponda el reporte, sin importar la fecha de emisión, otorgamiento o contratación, según sea el caso, o el tipo de operación,
b) termina en la fecha de liquidación de la operación de que se trate, excepto las Operaciones en Moneda Extranjera respecto de las cuales la Circular 3/2012 establezca un plazo específico
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También debe tomarse en cuenta que tratándose de títulos o de créditos o de instrumentos, con amortizaciones parciales, cada una de las amortizaciones tiene su propio plazo; por ejemplo, la tenencia al día último del mes, de un bono que tenga 3 amortizaciones futuras de 100 dólares al final de cada mes, se descompondrá en tres operaciones a distintos plazos, cada una de ellas que tendrá que reportarse con el "plazo por vencer” que corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior:
1. Las operaciones pasivas celebradas por las instituciones que prevean el derecho de éstas de pagarlas anticipadamente, computarán a su plazo de vencimiento. Cuando sean los clientes los que tengan el mencionado derecho, tales operaciones computarán al primero de los plazos al que dichos clientes puedan exigir el pago anticipado de las mismas.
2. Los activos que, en su caso, estén dados como garantía, préstamo, reporto o a través de cualquier otra figura jurídica que limite su libre disponibilidad, computarán conforme a lo siguiente:
- Los valores comprendidos en los incisos a), b), c), d), f) y h) de la definición “Activos del Mercado de Dinero” indicada en el artículo 2 de la Circular 3/2012, al plazo por vencer del pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso.
- Cualquier otro activo, al plazo por vencer que resulte mayor de: i) el pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso, y ii) el plazo por vencer del activo.
XI. OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 horas), DISTINTAS A OPERACIONES CAMBIARIAS. En las operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas), distintas a operaciones cambiarias:
1. El importe de la moneda a recibir o a entregar, según sea el caso, deberá registrarse en el presente formulario en los conceptos 3490 o 6370, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación (24, 48, 72 y 96 horas).
2. Los títulos de deuda a recibir objeto de la operación, deberán registrarse en el presente formulario en alguno de los conceptos 3491 a 3507, desde la fecha en que se haya pactado la operación, conforme a lo siguiente: a) Al plazo de liquidación de la operación (24, 48, 72 y 96 horas), tratándose de los títulos
comprendidos en los incisos a), b), f) y h) de la definición “Activos del Mercado de Dinero” indicada en el artículo 2 de la Circular 3/2012.
b) Al plazo correspondiente al título de deuda, tratándose de títulos distintos a los señalados en el inciso A) anterior
3. Las acciones y recibos de depósito a recibir objeto de la operación, deberán registrarse en el presente formulario en el concepto 3508 o 3509, según se trate, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación (24, 48, 72 y 96 horas).
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4. Los títulos a entregar objeto de la operación, tanto de deuda como acciones y recibos de depósito, deberán registrarse en el presente formulario en alguno de los conceptos 6378 a 6410, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación (24, 48, 72 y 96 horas).
XII. OPERACIONES DE FORWARDS, FUTUROS, SWAPS, OPCIONES (WARRANTS), REPORTOS Y PRÉSTAMOS. En las operaciones de forwards, futuros, swaps, opciones (warrants), reportos y préstamos de valores:
1. El importe de la moneda a recibir o a entregar, según sea el caso, deberá registrarse en el presente formulario en los conceptos a que correspondan, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación.
2. Los títulos de deuda a recibir objeto de la operación, deberán registrarse en el presente formulario en alguno de los conceptos a que correspondan, desde la fecha en que se haya pactado la operación, conforme a lo siguiente:
a) Al plazo de liquidación de la operación, tratándose de los títulos comprendidos en los incisos a), b),
f) y h) de la definición “Activos del Mercado de Dinero” indicada en el artículo 2 de la Circular 3/2012.
b) Al plazo correspondiente al título de deuda, tratándose de títulos distintos a los señalados en el inciso a) anterior.
3. Las acciones y recibos de depósito a recibir objeto de la operación, deberán registrarse en el presente formulario en el concepto a que correspondan, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación.
4. Los títulos a entregar objeto de la operación, tanto de deuda como acciones y recibos de depósito, deberán registrarse en el presente formulario en alguno de los conceptos a que correspondan, desde la fecha en que se haya pactado la operación de que se trate, con un plazo a vencimiento igual al de la liquidación de la operación.
XIII. OPERACIONES DE DERIVADOS Para los regímenes de admisión de pasivos y de inversión en moneda extranjera, en las operaciones derivadas deberá considerarse que:
- Aquellas pactadas con entrega del subyacente computarán por el total del correspondiente valor del activo y del pasivo, y
- Aquellas pactadas con liquidación por diferencias, computarán por el importe de la diferencia entre el correspondiente valor del activo y del pasivo, como un activo si el primero es mayor al segundo y como un pasivo si este es mayor a aquél.
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XIV. "PLAZO” DE CADA UNA DE LAS OPERACIONES. El plazo de cada una de las operaciones estará referido, según sea el caso, al respectivo plazo por vencer de la operación, o a la respectiva banda a que corresponda el plazo por vencer de acuerdo a la AGRUPACIÓN DE LOS CONCEPTOS DEL FORMULARIO ACLME-PD POR EL DETALLE EN EL PLAZO CON QUE DEBEN REPORTARSE.
Dichos plazos por vencer se codificarán conforme a lo siguiente:
OPERACIONES QUE DEBEN REGISTRARSE SIN PLAZO
• 000 En aquellas operaciones para cuyos correspondientes conceptos se indique que se deben registrar sin plazo.
OPERACIONES QUE DEBEN REGISTRARSE CON PLAZO DE 1, 2, 3 Y HASTA 66 DÍAS
• 001 En las operaciones con plazo por vencer de 1 día. • 002 En las operaciones con plazo por vencer de 2 días. • ... … • 066 En las operaciones con plazo por vencer de 66 días.
OPERACIONES QUE DEBEN REGISTRARSE FORMANDO PARTE DE ALGUNA BANDA
• 805 En las operaciones que formen parte de la banda "de 61 a 90 días" • 810 En las operaciones que formen parte de la banda "de 67 a 90 días" • 815 En las operaciones que formen parte de la banda "de 91 a 180 días" • 820 En las operaciones que formen parte de la banda "de 181 días a un año" • 825 En las operaciones que formen parte de la banda de "más de un año y hasta 2 años" • 830 En las operaciones que formen parte de la banda de "más de 2 años y hasta 3 años" • 835 En las operaciones que formen parte de la banda de "más de 3 años" • 885 En las operaciones que formen parte de la banda de "mayores a un año"
OPERACIONES CAMBIARIAS “VALOR MISMO DÍA”
• 780 En las operaciones cambiarias que se liquiden el mismo día
Para efectos de este formulario los años de consideran de 360 días.
XV. OPERACIONES QUE NO DEBEN INCLUIRSE En este formulario no deberán incluirse las operaciones comprendidas en los Anexos 18 y 22 de la referida Circular 3/2012, salvo que en algún concepto se soliciten específicamente para efectos informativos.
XVI. CATÁLOGO GENERAL DE CONTRAPARTES En la información relativa a las operaciones cambiarias que son reportadas en la sección VIII, las instituciones deberán utilizar las claves del “Catálogo General de Contrapartes (CGC)”, el cual será actualizado mediante la trasmisión del Formulario de Contrapartes del sistema SAIFWEB, a través del sistema Saif-Web a Banco de México.
En el caso de tener nuevas contrapartes no incluidas en el CGC deberán enviar con antelación, a través del formulario de Contrapartes, la información correspondiente con el fin de contar oportunamente con la clave correspondiente para ser utilizada en la sección VIII.
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XVII. DETERMINACIÓN DEL MONTO DE VALORES CON MERCADO SECUNDARIO. Sin perjuicio de que en los correspondientes conceptos del formulario los montos deben informarse sin compensación alguna, para efectos de los cómputos de Admisión de Pasivos y del Régimen de Inversión en Moneda Extranjera, el monto a computar de los valores con mercado secundario, señalados en el inciso a) del artículo 2 de la Circular 3/2012, deberá determinarse conforme a lo siguiente:
1. Identificar en las diferentes operaciones (compra-ventas fecha valor, reportos, préstamos, tenencia u operaciones derivadas con entrega física del subyacente) los valores que cumplan con las calificaciones señaladas en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012.
2. Para cada grupo de calificación de acuerdo a los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012: a) Compensar el Total de Valores a Recibir (TVR) más el Total de Valores Comprometidos (TVC) con
el Total de Valores a Entregar (TVE). En caso de que el monto TVR más el monto TVC sea mayor o igual al monto TVE, considerar de menor a mayor plazo los (VR+VC), hasta por un monto igual a (TVR+TVC)-TVE. De lo contrario, considerar de mayor a menor plazo los VE, hasta por un monto igual a TVE-(TVR+TVC).
b) Si como resultado de la compensación anterior permanece un saldo de VE, compensar el Total de Valores en Tenencia (TVT) con el Total Remanente de VE (TRVE). En caso de que el TVT sea mayor o igual al TRVE, considerar de menor a mayor plazo, los VT hasta por un monto igual a TVT-TRVE. De lo contrario, considerar de mayor a menor plazo los VE remanentes hasta por un monto igual a TRVE-TVT.
Los plazos señalados corresponden a los plazos por vencer reportados en los conceptos de las distintas secciones del formulario.
XVIII. FECHA Y HORARIO DE ENTREGA DE LA INFORMACIÓN. Las secciones I a V y X de este formulario deberán transmitirse con cifras de cada día hábil, a más tardar a las 16:00 horas del tercer día hábil posterior a la fecha a que corresponda la información.
Las secciones VI a VIII de este formulario deberán transmitirse con cifras de cada día hábil, a más tardar a las 18:00 horas del propio día a que corresponda la información.
El soporte técnico relacionado con el acceso de usuarios, así como la operación del sistema de acopio es de las 9:00 a las 20:30 horas de lunes a viernes en días hábiles bancarios.
XIX. METODOLOGÍAS DE CONFRONTAS Las metodologías de las confrontas que se realizan entre la información de este formulario y la de otras fuentes de información, se encuentran en el apartado de ayudas del sistema de acopio denominado SAIF-Web.
A continuación se muestra una imagen para mayor referencia.
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XX. OTRAS CONSIDERACIONES INCREMENTOS DE CAPITAL (CAPITAL REGULATORIO)
Las instituciones de Banca Múltiple que hayan incrementado su capital básico en el primer o segundo mes inmediato anterior al mes para el que se realiza el correspondiente cálculo, mediante algún acto corporativo como aumentos de capital contribuido, aportaciones de capital ya realizadas pendientes de formalizar, colocación de obligaciones subordinadas, etc.; a efecto de proceder conforme a lo dispuesto en las fracciones III o IV de los artículos 222 y 236 de la circular 3/2012 deberán:
1. Enviar un escrito a la Dirección de Información del Sistema Financiero, en el que especifique: • la o las partidas que originaron el incremento del capital contribuido, así como el importe de éstas • la fecha del incremento • copia de algún documento mediante el cual se compruebe el mismo incremento • los meses para los cuales solicitan que sea considerado el incremento • el importe del Capital Básico relativo a la fecha en que efectivamente se haya realizado el citado
incremento con el detalle de su integración • los límites para los cuales solicitan que sea considerado el incremento (Posición de Riesgo
Cambiario, Admisión de Pasivos en moneda extranjera o ambos)
El escrito deberán enviarlo a más tardar el quinto día hábil inmediato anterior al inicio del mes para el cual se pretenda considerar el capital ya incrementado.
CARTERA DE CRÉDITOS
En el registro de la Cartera de Créditos se debe considerar lo siguiente:
• La clasificación de la Cartera de Crédito por Calificación (A, B, C, D, E o vencida) debe respetar la calificación obtenida de acuerdo a las reglas emitidas por Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por cada uno de los créditos.
• La Estimación Preventiva para Riesgos Crediticios (EPRC) que debe considerarse para cada día es la última calculada.
• Una vez que se tienen la nueva EPRC correspondiente a la información del fin de mes anterior, es necesario realizar el reproceso del formulario ACLME –PD de dicho fin de mes considerando las nuevas estimaciones y por lo tanto las nuevas calificaciones, afectando los saldos netos de la Cartera de Crédito reportados en la Sección II. Estas nuevas estimaciones podrán generar movimientos a la Posición de Riesgo Cambiario por la creación o cancelación de las mismas que deberán ser reportados en la Sección
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VI del formulario. Dependiendo de la magnitud del movimiento, podría ser requerida la retransmisión de las fechas posteriores al fin de mes.
• Los nuevos créditos, en tanto no exista una EPRC, podrán registrarse como Créditos con Calificación A.
• En el caso de créditos con amortizaciones:
o Cada amortizaciones debe reportarse a su respectivo plazo residual o La EPRC se debe aplicar a cada amortización de manera ponderada respecto al monto
• La EPRC de los créditos (o amortizaciones) que venzan durante el mes podrá clasificarse en el concepto
de Cartera Vencida. Para los créditos con amortizaciones, una vez que se obtenga la nueva EPRC para el fin de mes, esta deberá aplicarse a las amortizaciones restantes de manera ponderada respecto al monto.
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ESTRUCTURA DE LAS SECCIONES DEL FORMULARIO ACLME-PD Secciones: I a V
Campo Tipo Descripción
1 Clave de Institución Carácter (6) Clave de la institución a la que corresponde la información 2 Clave de la Filial Carácter (6) Clave de la filial de la institución a la que corresponde la
información 3 Fecha Fecha (8) Fecha a la que corresponde la información (Formato
AAAA/MM/DD) 4 Concepto Numérico (5) Clave del concepto al cual corresponde la información 5 Plazo Carácter (3) Clave del plazo por vencer de la operación 6 Monto Numérico (11) Monto de la operación en miles de dólares de los EE. UU. A.
Secciones: VI a VII
Campo Tipo Descripción
1 Clave de Institución Carácter (6) Clave de la institución a la que corresponde la información 2 Fecha Fecha (8) Fecha a la que corresponde la información (Formato
AAAA/MM/DD) 3 Concepto Numérico (5) Clave del concepto al cual corresponde la información 4 Plazo Carácter (3) Clave del plazo por vencer de la operación 5 Monto Numérico (11) Monto de la operación en miles de dólares de los EE. UU. A.
Secciones: VIII
Campo Tipo Descripción
1 Clave de institución Carácter (6) Clave de la institución a la que corresponde la información
2 Posición de la institución en la Operación
Carácter (1) Compra o Venta de moneda extranjera
3 Fecha de Concertación Fecha (8) Fecha en la que se concertó la operación (Formato AAAA/MM/DD)
4 Fecha de Liquidación Fecha (8) Fecha en la que se entregará o se recibirá la moneda extranjera (Formato AAAA/MM/DD)
5 Monto de la Operación en dólares
Numérico (15) Monto de la operación en miles de dólares de los EE. UU. A.
6 Divisa a la que se refiere la operación
Carácter (3) Clave de la divisa que se está operando
7 Clave de Identificación (folio) de la Operación
Carácter (34) Clave (folio) alfanumérico para identificar cada una de las operaciones
8 Clave de la Contraparte Carácter (40) Clave de la Contraparte o Clave Genérica de Contrapartes Agrupadas
9 Campo para indicar si la operación es parte de una "Estrategia"
Numérico (1) Valor (1) cuando la operación se trata de una estrategia y valor (0) cuando la operación no se trata de una estrategia.
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Campo Tipo Descripción
10 Clave (folio) de la Estrategia Carácter (34) Clave (folio) para identificar el conjunto de operaciones que conforman una estrategia
Sección X
Campo Tipo Descripción
1 Clave de Institución Carácter (6) Clave de la institución a la que corresponde la información 2 Fecha Fecha (8) Fecha a la que corresponde la información (Formato
AAAA/MM/DD) 3 Concepto Numérico (5) Clave del concepto al cual corresponde la información 4 Plazo Carácter (3) Clave del plazo por vencer de la operación 5 Monto Numérico (11,6) Monto de las operaciones en miles de dólares de los EE.UU.A.
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FORMULARIO ACLME-PD DE LA BANCA MÚLTIPLE INFORMACIÓN RELATIVA A LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS, DE INVERSIÓN PARA LAS OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y DE POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO
(cifras en miles de dólares)
CLAVE
SECCIÓN I.- OPERACIONES DEL BANCO MÚLTIPLE CON SUS FILIALES, ASÍ COMO ENTRE DICHAS FILIALES, DENOMINADAS EN O REFERIDAS A MONEDA EXTRANJERA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA O EN MONEDA NACIONAL
ACTIVOS DE LAS FILIALES FINANCIERAS A CARGO DEL BANCO MÚLTIPLE (SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS, TANTO NACIONALES COMO DEL EXTRANJERO)
1100 Depósitos y Préstamos otorgados al banco múltiple (sólo para las filiales financieras)
1120 Otros activos a cargo del banco múltiple (sólo para las filiales financieras) ACTIVOS DEL BANCO MÚLTIPLE A CARGO DE LAS FILIALES FINANCIERAS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
1140 Depósitos y Préstamos otorgados a las Filiales Financieras Mexicanas (sólo para el banco múltiple)
1145 Depósitos y Préstamos otorgados a las Filiales Financieras del Extranjero (sólo para el banco múltiple)
1150 Otros activos a cargo de las filiales financieras mexicanas (sólo para el banco múltiple)
1155 Otros activos a cargo de las filiales financieras del extranjero (sólo para el banco múltiple)
ACTIVOS DE LAS FILIALES FINANCIERAS A CARGO DE OTRAS FILIALES FINANCIERAS (SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS, TANTO NACIONALES COMO DEL EXTRANJERO)
1160 Activos de las filiales financieras mexicanas a cargo de filiales financieras del extranjero (sólo para las filiales financieras mexicanas) 1165 Activos de las filiales financieras mexicanas a cargo de otras filiales financieras mexicanas (sólo para las filiales financieras mexicanas)
1170 Activos de las filiales financieras del extranjero a cargo de otras filiales financieras mexicanas y del extranjero (sólo para las filiales financieras del extranjero)
PASIVOS DE LAS FILIALES FINANCIERAS A FAVOR DEL BANCO MÚLTIPLE (SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS, TANTO NACIONALES COMO DEL EXTRANJERO)
1200 Depósitos y Préstamos recibidos del banco múltiple (sólo para las filiales financieras)
1220 Otros pasivos recibidos del banco múltiple (sólo para las filiales financieras)
PASIVOS DEL BANCO MÚLTIPLE A FAVOR DE LAS FILIALES FINANCIERAS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE) 1235 Depósitos y Préstamos recibidos de las Filiales Financieras Mexicanas (sólo para el banco múltiple)
1240 Depósitos y Préstamos recibidos de las Filiales Financieras del Extranjero (sólo para el banco múltiple)
1250 Otros pasivos recibidos de las Filiales Financieras Mexicanas (sólo para el banco múltiple)
1255 Otros pasivos recibidos de las Filiales Financieras del Extranjero (sólo para el banco múltiple)
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PASIVOS DE LAS FILIALES FINANCIERAS A FAVOR DE OTRAS FILIALES FINANCIERAS (SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS, TANTO NACIONALES COMO DEL EXTRANJERO)
1260 Pasivos de las filiales financieras mexicanas a favor de filiales financieras del extranjero (sólo para las filiales financieras mexicanas)
1265 Pasivos de las filiales financieras mexicanas a favor de otras filiales financieras mexicanas (sólo para las filiales financieras mexicanas)
1270 Pasivos de las filiales financieras del extranjero a favor de otras filiales financieras mexicanas y del extranjero (sólo para las filiales financieras del extranjero)
SECCIÓN II.- OPERACIONES ACTIVAS, CONTINGENTES DEUDORAS Y DEUDORAS DE REGISTRO, DENOMINADAS EN O REFERIDAS A MONEDA EXTRANJERA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA O EN MONEDA NACIONAL
DISPONIBILIDADES
3010 Billetes y Monedas Extranjeros
3020 Depósitos en Banco de México DEPÓSITOS EN ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR:
3028 Con Calificación para Requerimiento de Liquidez que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día, no comprometidos en operación alguna
3029 Que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día, no comprometidos en operación alguna
3030 Con Calificación para Requerimiento de Liquidez, no comprometidos en operación alguna
3032 Que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, no comprometidos en operación alguna
3035 Con Calificación para Requerimiento de Liquidez, comprometidos en alguna operación
3037 Que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, comprometidos en alguna operación
3045 Sin Calificación para Requerimiento de Liquidez
3050 Depósitos en Bancos Mexicanos
3080 Documentos de Cobro Inmediato, Remesas en Camino y Corresponsales
CARTERA DE VALORES (NETA, EN SU CASO, DE LAS CORRESPONDIENTES ESTIMACIONES)
VALORES “PARA NEGOCIAR” Y “DISPONIBLES PARA LA VENTA”
TREASURY BILLS, TREASURY NOTES Y TREASURY BONDS: 3110 No comprometidos en operación alguna
3115 Comprometidos en alguna operación
VALORES EMITIDOS POR AGENCIAS DEL GOBIERNO DE LOS EE. UU. A., CON GARANTÍA INCONDICIONAL DE DICHO GOBIERNO 3118 No comprometidos en operación alguna
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3119 Comprometidos en alguna operación PAPEL COMERCIAL Y OTROS VALORES, CON MERCADO SECUNDARIO, CON CALIFICACIÓN PARA REQUERIMIENTO DE LIQUIDEZ Y CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO IGUAL O MENOR A UN AÑO
3130 No comprometidos en operación alguna
3131 Comprometidos en alguna operación PAPEL COMERCIAL Y OTROS VALORES, CON MERCADO SECUNDARIO Y CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO IGUAL O MENOR A UN AÑO, A CARGO DE OTRAS ENTIDADES QUE CUENTEN CON GARANTÍA DE SU MATRIZ, Y ESTA TENGA CALIFICACIÓN PARA REQUERIMIENTO DE LIQUIDEZ
3132 No comprometidos en operación alguna
3133 Comprometidos en alguna operación VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO, DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO, NO COMPROMETIDOS EN OPERACIÓN ALGUNA:
3150 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
3153 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
3156 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
3159 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
3162 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO, COMPROMETIDOS EN ALGUNA OPERACIÓN:
3170 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
3173 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
3176 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
3179 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
3181 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
3190 Valores a cargo de Bancos Mexicanos, para los cuales no exista un mercado secundario
3195 Valores a cargo de entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez, para los cuales no exista un mercado secundario
3197 Valores a cargo de Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, para los cuales no exista un mercado secundario
INVERSIONES EN SOCIEDADES O FONDOS DE INVERSIÓN QUE EL BANCO DE MÉXICO, A PROPUESTA DE LAS INSTITUCIONES, CONSIDERE QUE PUEDEN COMPUTAR COMO ACTIVOS LÍQUIDOS:
3205 No comprometidas en operación alguna y que no excedan los límites de computabilidad como Activos Líquidos
21
3206 No comprometidas en operación alguna, que excedan los límites de computabilidad como Activos Líquidos (computan como Activos de Mercado de Dinero)
3207 Comprometidas en alguna operación
3210 Otros Valores "para negociar" y "disponibles para la venta"
3215 Valores "conservados a vencimiento"
3220 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
3225 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
CARTERA DE CRÉDITOS (NETA, EN SU CASO, DE LAS CORRESPONDIENTES ESTIMACIONES, Y SIN INCLUIR LOS CRÉDITOS OBJETO DEL "ESQUEMA DE PARTICIPACIÓN DE FLUJOS DE CARTERA DE CRÉDITOS CON EL FOBAPROA")
3370 Obligaciones a cargo del Fondo Bancario de Protección al Ahorro o del Instituto de Protección al Ahorro Bancario
3372 Créditos a cargo de Bancos y de Casas de Bolsa mexicanos
3375 Créditos a cargo de entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3377 Créditos a cargo de entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3379 Créditos a cargo de otras entidades financieras del exterior OTROS CRÉDITOS (NETOS DE SUS RESPECTIVAS RESERVAS PREVENTIVAS)
3385 Créditos vigentes con calificación "A"
3400 Créditos vigentes con calificación "B"
3430 Créditos vigentes con calificación "C"
3460 Créditos vigentes con calificación "D" (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
3470 Créditos vigentes con calificación "E" (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
3480 Cartera Vencida (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario) OPERACIONES FECHA VALOR
3490 Moneda extranjera a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) distintas a operaciones cambiarias
3491 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) Valores a recibir: Papel Comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel Comercial y Otros Valores, a cargo de entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos
3495 Con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO POR OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 HORAS)
3498 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
3499 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
22
3501 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
3503 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
3504 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
3507 Valores a recibir, distintos a los señalados en los conceptos 3491 a 3504, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
3508 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
3509 Recibos de depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
OPERACIONES CAMBIARIAS MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR COMPRAS 24, 48, 72 Y 96 HORAS CELEBRADAS CON:
3510 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3512 Empresas que cuenten con garantía de su matriz, y esta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3515 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro
3517 Casas de Cambio y Compañías Aseguradoras Mexicanas con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
3520 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3522 Entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y esta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3535 Otros DERIVADOS (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA)
3538 Operaciones derivadas realizadas por filiales financieras de la institución, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización para realizarlas OPERACIONES CUYO SUBYACENTE SEA UNA MONEDA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE Y LIQUIDABLES POR DIFERENCIAS (DE ESTAS ÚLTIMAS COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
3540 Moneda extranjera a recibir por Futuros (en Mercados Reconocidos) MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR FORWARDS CELEBRADOS CON:
3555 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3558 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3561 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
3564 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3567 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3575 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR EMISIÓN DE OPCIONES (CALL Y PUT, EXCLUSIVAMENTE CON ENTREGA DEL SUBYACENTE), CELEBRADAS CON:
3593 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
23
3596 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3599 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala Caval de Standard and Poor's
3602 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3605 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3607 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (CALL Y PUT, TODAS), CELEBRADAS CON:
3609 Mercados reconocidos
3611 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3613 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3615 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro
3617 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3619 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3621 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR SWAPS CELEBRADOS CON:
3630 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3633 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3636 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
3639 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3642 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3650 Otros OPERACIONES CON SUBYACENTES DISTINTOS DE MONEDAS, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA, ÉSTA ÚLTIMA COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN DEL SUBYACENTE A ENTREGAR O COMO COBRO DE LAS QUE SE LIQUIDEN POR DIFERENCIAS (DE ÉSTAS ÚLTIMAS COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
3785 Moneda extranjera a recibir por Futuros (en Mercados Reconocidos)
MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR FORWARDS CELEBRADOS CON: 3800 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3803 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3806 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
3809 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3812 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3820 Otros
24
MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR EMISIÓN DE OPCIONES (EXCLUSIVAMENTE CALL, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE), CELEBRADAS CON:
3838 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3841 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3844 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
3847 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3850 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3852 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (EXCLUSIVAMENTE PUT CON ENTREGA DEL SUBYACENTE, Y PUT Y CALL LIQUIDABLES POR DIFERENCIA), CELEBRADAS CON:
3854 Mercados reconocidos
3856 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3858 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3860 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro
3862 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3864 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3866 Otros MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR SWAPS CELEBRADOS CON
3875 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3878 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3881 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
3884 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3887 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3895 Otros OPERACIONES CUYO SUBYACENTE SEA UNA MONEDA, LIQUIDABLES POR DIFERENCIAS EN MONEDA NACIONAL (COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
4060 Moneda nacional a recibir por Futuros (en Mercados Reconocidos) MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR FORWARDS CELEBRADOS CON:
4075 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4078 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4081 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
4084 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
25
4087 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4095 Otros MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (CALL Y PUT), CELEBRADAS CON:
4110 Mercados reconocidos
4113 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4116 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4119 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro
4122 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4125 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4127 Otros MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR SWAPS CELEBRADOS CON:
4150 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4153 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4156 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
4159 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4162 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4170 Otros OPERACIONES CON SUBYACENTES DENOMINADOS EN O REFERIDOS A MONEDA EXTRANJERA, QUE NO SEAN UNA MONEDA, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE
OTROS SUBYACENTES A RECIBIR POR FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS) 4288 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía
incondicional de dicho gobierno
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4295 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
4297 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
4299 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
4301 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
4303 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
4313 Otros Valores
4315 Acciones y recibos de depósito, bursátiles
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OTROS SUBYACENTES A RECIBIR POR FORWARDS:
4328 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
4333 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4336 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4337 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
4338 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
4340 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
4341 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
4343 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
4353 Otros Valores
4355 Acciones y recibos de depósito, bursátiles OTROS SUBYACENTES A RECIBIR POR OPCIONES EMITIDAS (EXCLUSIVAMENTE PUT):
4368 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
4373 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4376 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4377 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
4378 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
4380 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
4381 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
4383 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
4390 Otros Valores
4392 Acciones y recibos de depósito, bursátiles OTROS SUBYACENTES A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (EXCLUSIVAMENTE CALL):
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4393 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
4397 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4399 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4408 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
4410 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
4412 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
4414 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
4416 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
4427 Otros Valores
4429 Acciones y recibos de depósito, bursátiles OPERACIONES CON SUBYACENTES DENOMINADOS EN O REFERIDOS A MONEDA EXTRANJERA, QUE NO SEAN UNA MONEDA, LIQUIDABLES POR DIFERENCIA EN MONEDA NACIONAL (COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
4440 Moneda nacional a recibir por Futuros (en Mercados Reconocidos) MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR FORWARDS CELEBRADOS CON:
4455 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4458 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4461 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
4464 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4467 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4475 Otros MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR TENENCIA DE OPCIONES (CALL Y PUT), CELEBRADAS CON:
4490 Mercados reconocidos
4493 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4496 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4499 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
4502 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
28
4505 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4513 Otros MONEDA NACIONAL A RECIBIR POR SWAPS CELEBRADOS CON:
4530 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4533 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4536 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro y Compañías Aseguradoras con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
4539 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4542 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4550 Otros
4600 Parte Activa de las operaciones de derivados que produzcan efectos similares a las operaciones señaladas en la fracción III, artículo 234 de la Circular 3/2012.
REPORTOS Y PRÉSTAMOS DE VALORES
MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR OPERACIONES DE REPORTO DE:
4650 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4653 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4656 Bancos y Casas de Bolsa Mexicanos
4659 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4662 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4670 Otros VALORES A RECIBIR POR OPERACIONES DE REPORTO
4683 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
4688 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4691 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4692 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
4693 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
4695 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
29
4696 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
4698 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
4708 Otros Valores
4710 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
4715 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
MONEDA EXTRANJERA A RECIBIR POR "REPOS" (FINANCIAMIENTO CON GARANTÍA DE VALORES) DE: 4725 Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4728 Otras empresas que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4731 Bancos y Casas de Bolsa Mexicanos
4734 Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
4737 Otras entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
4745 Otros
VALORES A RECIBIR POR PRÉSTAMO DE VALORES DE EMPRESAS CON CALIFICACIÓN PARA REQUERIMIENTO DE LIQUIDEZ O CON GARANTÍA DE OTRAS QUE TENGAN TAL CALIFICACIÓN, DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR CON CALIFICACIÓN PARA REQUERIMIENTO DE LIQUIDEZ O CON GARANTÍA DE OTRAS QUE TENGAN TAL CALIFICACIÓN, Y DE LAS SIGUIENTES ENTIDADES FINANCIERAS MEXICANAS: BANCOS, CASAS DE BOLSA Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN:
4808 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
4813 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
4816 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
4817 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
4818 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
4820 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
4821 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
4823 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
4833 Otros Valores
4835 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
4840 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
VALORES A RECIBIR POR PRÉSTAMO DE VALORES DE OTRAS PERSONAS: 4850 Valores
30
4852 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
4860 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
OTROS ACTIVOS OTROS ACTIVOS (DISTINTOS A LOS COMPRENDIDOS EN LOS RENGLONES ANTERIORES Y A LOS SEÑALADOS EN EL ANEXO 18 Y 22 DE LA CIRCULAR 3/2012)
4935 Que tengan inequívocamente un plazo a vencimiento determinado
4940 Que no tengan un plazo a vencimiento determinado
4945 Otros activos (para uso exclusivo de las filiales financieras) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
CUENTAS CONTINGENTES
4955 Operaciones Contingentes, respecto de las cuales se hayan constituido Reservas Preventivas por Calificación de Cartera (dato informativo)
4960 Avales Otorgados (Por la parte no comprendida en el concepto 4955) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera) APERTURA DE CRÉDITOS COMERCIALES IRREVOCABLES (POR LA PARTE NO COMPRENDIDA EN EL CONCEPTO 4955) (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA)
4970 En donde la institución confirme cartas de crédito emitidas por alguna entidad financiera del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez (dato informativo)
4975 Otros
OPERACIONES DEUDORAS DE REGISTRO (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA
5500 Importe no dispuesto de líneas de crédito, otorgadas por alguna entidad financiera del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez, autorizadas previamente por Banco de México para ser consideradas como Activos Líquidos.
5510 Líneas de crédito, obtenidas de entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez, para garantizar bajo cualquier figura jurídica, el pago de instrumentos de captación a plazo no mayor de un año emitidos por la institución por la parte respecto de la cual la institución podría colocar en el día de que se trate nuevas emisiones de dichos instrumentos, autorizadas previamente por Banco de México para ser consideradas como Activos del Mercado de Dinero
5520 Importe de la garantía para el cumplimiento de las operaciones en moneda extranjera de la institución, otorgada por entidades financieras del exterior calificadas con el más alto grado de inversión (sólo para las instituciones que cuenten con autorización del Banco de México)
SECCIÓN III.- OPERACIONES PASIVAS Y CONTINGENTES ACREEDORAS, DENOMINADAS EN O REFERIDAS A MONEDA EXTRANJERA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA O EN MONEDA NACIONAL CAPTACIÓN
6005 Cuentas de Cheques
31
6035 Otros Depósitos a la Vista y en Cuenta Corriente DEPÓSITOS A PLAZO
6050 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6065 Otros BONOS BANCARIOS EN CIRCULACIÓN
6080 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6095 Otros PAGARÉS CON RENDIMIENTO LIQUIDABLE AL VENCIMIENTO
6110 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6125 Otros OBLIGACIONES SUBORDINADAS NO CONVERTIBLES Y DE CONVERSIÓN VOLUNTARIA
6140 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6155 Otros ACEPTACIONES BANCARIAS EN CIRCULACIÓN
6170 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6185 Otros OTROS INSTRUMENTOS DE CAPTACIÓN
6190 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del Inversionista
6195 Otros
6200 Títulos de Captación emitidos por la institución, cuyo pago esté garantizado con líneas de crédito otorgadas por entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez, autorizados por Banco de México para computar al plazo por vencer determinado con base en el plazo pactado para el pago de la disposición correspondiente, en el caso de que la línea sea ejercida (artículo 234, fracción I de la Circular 3/2012). DEPÓSITOS Y PRÉSTAMOS DE FIDEICOMISOS Y BANCOS DEL PAÍS
6280 Préstamos por Cartera Descontada
6290 Importe asignado a la institución como resultado de su participación en las Subastas de Financiamiento en Dólares de los EE.UU.A. celebradas por Banco de México al amparo de la Circular 8/2009
OTROS DEPÓSITOS Y PRÉSTAMOS DE FIDEICOMISOS Y BANCOS DEL PAÍS 6300 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del depositante
6315 Otros DEPÓSITOS Y PRÉSTAMOS DE BANCOS DEL EXTRANJERO:
6320 Recibidos de organismos tipo CCC, Eximbanks, Bladex y otros organismos internacionales de fomento similares RECIBIDOS DE OTROS BANCOS EXTRANJEROS
6330 Susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección del depositante
6345 Otros
6360 Créditos recibidos para la Adquisición de Valores (de los referidos en la fracción III del artículo 234 de la Circular 3/2012).
32
OPERACIONES FECHA VALOR
6370 Moneda extranjera a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas), distintas a operaciones cambiarias
6378 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
6385 Valores a entregar: Papel Comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel Comercial y Otros Valores, a cargo de entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO POR OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 HORAS)
6393 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
6394 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
6396 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
6397 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
6398 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
6400 Valores a entregar, distintos a los señalados en los conceptos 6378 a 6398, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
6405 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
6410 Recibos de depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
OPERACIONES CAMBIARIAS
MONEDA EXTRANJERA A ENTREGAR POR VENTAS 24, 48, 72 Y 96 HORAS A:
6415 Entidades financieras mexicanas: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro
6420 Entidades financieras del exterior
6435 Otros
DERIVADOS (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA)
6455 Operaciones derivadas realizadas por filiales financieras de la institución, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización para realizarlas
33
OPERACIONES CUYO SUBYACENTE SEA UNA MONEDA, LIQUIDABLES EN MONEDA EXTRANJERA, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE Y LIQUIDABLES POR DIFERENCIAS (DE ÉSTAS ÚLTIMAS COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
6460 Moneda extranjera a entregar por Futuros (en Mercados Reconocidos)
6477 Moneda Extranjera a entregar por Forwards
6504 Moneda Extranjera a entregar por Emisión de Opciones (Call y Put, todas)
6519 Moneda Extranjera a entregar por Tenencia de Opciones (Call y Put, exclusivamente con entrega del subyacente)
6542 Moneda Extranjera a entregar por Swaps OPERACIONES CUYO SUBYACENTE SEA UNA MONEDA, LIQUIDABLES POR DIFERENCIA EN MONEDA NACIONAL (COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
6650 Moneda Nacional a entregar por Futuros (en Mercados Reconocidos)
6667 Moneda Nacional a entregar por Forwards
6704 Moneda Nacional a entregar por Emisión de Opciones (Call y Put)
6742 Moneda Nacional a entregar por Swaps OPERACIONES CON SUBYACENTES DISTINTOS A MONEDAS, DENOMINADOS EN O REFERIDOS A MONEDA EXTRANJERA, CON ENTREGA DEL SUBYACENTE Y LIQUIDABLES POR DIFERENCIAS EN CUALQUIER MONEDA (DE ÉSTAS ÚLTIMAS COMPUTA SÓLO LA DIFERENCIA)
VALORES Y MONEDAS (COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN) A ENTREGAR POR FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS): 6788 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía
incondicional de dicho gobierno VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
6789 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
6791 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
6792 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
6793 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
6794 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
6798 Otros Valores
6800 Acciones y recibos de depósito, bursátiles
6802 Monedas a entregar VALORES Y MONEDAS (COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN) A ENTREGAR POR FORWARDS:
6808 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
6812 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
34
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
6813 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
6815 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
6817 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
6819 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
6821 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
6823 Otros Valores
6825 Acciones y recibos de depósito, bursátiles
6826 Monedas a entregar VALORES Y MONEDAS (COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN) A ENTREGAR POR EMISIÓN DE OPCIONES (CALL Y PUT, TODAS):
6828 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
6832 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
6833 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
6835 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
6837 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
6839 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
6841 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
6843 Otros Valores
6845 Acciones y recibos de depósito, bursátiles
6846 Monedas a entregar VALORES Y MONEDAS (COMO MONEDA DE LIQUIDACIÓN) A ENTREGAR POR TENENCIA DE OPCIONES (CALL Y PUT, EXCLUSIVAMENTE CON ENTREGA DEL SUBYACENTE):
6848 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
6852 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
35
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
6853 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
6855 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
6857 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
6859 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
6861 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
6863 Otros Valores
6865 Acciones y recibos de depósito, bursátiles
6866 Monedas a entregar
6890 Monedas (como moneda de liquidación) a entregar por Swaps
6920 Parte Pasiva de las operaciones de derivados que produzcan efectos similares a las operaciones señaladas en la fracción III, artículo 234 de la Circular 3/2012.
REPORTOS Y PRÉSTAMOS DE VALORES
7010 Moneda Extranjera a entregar por Operaciones de Reporto VALORES A ENTREGAR POR OPERACIONES DE REPORTO:
7013 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
7020 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
7021 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
7022 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
7023 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
7024 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
7026 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
7035 Otros Valores
7040 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en el extranjero
36
7045 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
7050 Moneda Extranjera a entregar por "Repos" (Financiamiento con Garantía de valores) VALORES A ENTREGAR POR PRÉSTAMO DE VALORES:
7078 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno
7085 Papel comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel comercial y Otros Valores a cargo de otras entidades, que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO:
7086 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
7087 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
7088 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
7089 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
7091 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
7100 Otros Valores
7105 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en el extranjero
7110 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
OTROS PASIVOS
7350 Saldos Acreedores de las cuentas de Activo OTROS PASIVOS (DISTINTOS A LOS COMPRENDIDOS EN LOS RENGLONES ANTERIORES Y A LOS SEÑALADOS EN EL ANEXO 18 Y 22 DE LA CIRCULAR 3/2012)
7352 Que tengan inequívocamente un plazo a vencimiento determinado
7354 Que no tengan un plazo a vencimiento determinado
7355 Otros pasivos (para uso exclusivo de las filiales financieras) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
7400 Obligaciones Subordinadas de Conversión Obligatoria, convertibles en acciones del banco (dato informativo) CUENTAS CONTINGENTES ACREEDORAS (EXCLUSIVAMENTE PARA LOS REGÍMENES DE ADMISIÓN DE PASIVOS Y DE INVERSIÓN EN MONEDA EXTRANJERA)
7560 Avales Otorgados SECCIÓN IV.- OPERACIONES ACTIVAS Y PASIVAS LIQUIDADAS ANTICIPADAMENTE O REDOCUMENTADAS PARA EXTENDER SU PLAZO
37
OPERACIONES ACTIVAS LIQUIDADAS ANTICIPADAMENTE:
7620 Disponibilidades
7625 Cartera de Valores
7630 Cartera de Créditos
7635 Operaciones de Derivados
7645 Reportos y Préstamos de Valores
7650 Otros Activos de Balance
7655 Cuentas contingentes deudoras OPERACIONES ACTIVAS REDOCUMENTADAS CON EXTENSIÓN EN SU PLAZO:
7660 Disponibilidades
7665 Cartera de Valores
7670 Cartera de Créditos
7675 Operaciones de Derivados
7685 Reportos y Préstamos de Valores
7690 Otros Activos de Balance
7695 Cuentas contingentes deudoras OPERACIONES PASIVAS LIQUIDADAS ANTICIPADAMENTE: 7710 Depósitos a Plazo
7715 Bonos Bancarios en Circulación
7720 Pagarés con Rendimiento Liquidable al Vencimiento
7725 Obligaciones Subordinadas no convertibles y de conversión voluntaria
7730 Aceptaciones Bancarias en Circulación
7740 Otros Títulos de Captación
7750 Depósitos y Préstamos de Fideicomisos y Bancos del País
7760 Depósitos y Préstamos de Bancos del Extranjero
7770 Créditos recibidos para la Adquisición de Valores (de los referidos en la fracción III artículo 234 de la Circular 3/2012)
7790 Operaciones de Derivados
7810 Reportos y Préstamos de Valores
7830 Otros Pasivos de Balance
7840 Cuentas contingentes acreedoras OPERACIONES PASIVAS REDOCUMENTADAS CON EXTENSIÓN EN SU PLAZO:
7860 Depósitos a Plazo
7865 Bonos Bancarios en Circulación
7870 Pagarés con Rendimiento Liquidable al Vencimiento
38
7875 Obligaciones Subordinadas no convertibles y de conversión voluntaria
7880 Aceptaciones Bancarias en Circulación
7890 Otros Títulos de Captación
7900 Depósitos y Préstamos de Fideicomisos y Bancos del País
7910 Depósitos y Préstamos de Bancos del Extranjero
7920 Créditos recibidos para la Adquisición de Valores (de los referidos en la fracción III artículo 234 de la Circular 3/2012)
7940 Operaciones de Derivados
7960 Reportos y Préstamos de Valores
7980 Otros Pasivos de Balance
7990 Cuentas contingentes acreedoras SECCIÓN V.- RELATIVA A OTROS DATOS
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS I) Y II) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO, COMPROMETIDOS EN ALGUNA OPERACIÓN:
9700 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
9705 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
9710 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
9715 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
9720 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service OPERACIONES CAMBIARIAS 24, 48, 72 Y 96 HORAS LAS CUALES SERÁN LIQUIDADAS SOBRE CUENTAS, EN MONEDA EXTRANJERA, EN BANCOS MÚLTIPLES MEXICANOS (SALDOS AL FIN DE MES)
9725 Monto de las compras en las cuales las divisas se liquidarán afectando (incrementando) las cuentas que la institución mantenga en Bancos Múltiples Mexicanos (dato informativo)
9730 Monto de las ventas en las cuales las divisas se liquidarán afectando (disminuyendo) las cuentas que la institución mantenga en Bancos Múltiples Mexicanos (dato informativo)
CUENTAS DE CHEQUES 9800 Monto de las cuentas individuales, en promedio diario mensual, que el mes anterior devengaron una tasa menor o igual a 50% de LIBOR
9810 Monto de las cuentas individuales, en promedio diario mensual, que el mes anterior devengaron una tasa mayor a 50% y hasta 75% de LIBOR
9820 Monto de las cuentas individuales, en promedio diario mensual, que el mes anterior devengaron una tasa mayor al 75% de LIBOR
9822 Billetes y Monedas exclusivamente dólares de los EE.UU.A. (Sólo para el banco múltiple, dato informativo) PROVISIONES PREVENTIVAS PARA COBERTURA DE RIESGOS CREDITICIOS
9825 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "A" (dato informativo)
9830 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "B" (dato informativo)
39
9835 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "C" (dato informativo)
9840 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "D" (dato informativo)
9845 Correspondientes a la cartera vigente calificada como "E" (dato informativo)
9850 Correspondientes a la cartera vencida (dato informativo)
9853 Correspondientes a operaciones causantes de pasivo contingente (dato para ser utilizado exclusivamente en el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
9855 Otras (dato informativo)
9860 Faltantes de las "filiales financieras del exterior que no computan para efectos de la Sección I, Capítulo II, Título Quinto de la Circular 3/2012”, respecto del régimen de inversión que deban observar en el país en donde se encuentren ubicadas (sólo para el banco múltiple)
9870 Derechos provenientes de operaciones derivadas realizadas por filiales de la casa de bolsa del grupo financiero a que pertenece la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución no cuente con autorización para efectuarlas (sólo para el banco múltiple)
9875 Obligaciones provenientes de operaciones derivadas realizadas por filiales de la casa de bolsa del grupo financiero a que pertenece la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución no cuente con autorización para efectuarlas (sólo para el banco múltiple) DATOS PARA SER UTILIZADOS EXCLUSIVAMENTE EN EL RÉGIMEN DE POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS), CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
9880 Parte de la operación que genera posición larga
9885 Parte de la operación que genera posición corta FORWARDS, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
9890 Parte de la operación que genera posición larga
9895 Parte de la operación que genera posición corta SWAPS, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
9900 Parte de la operación que genera posición larga
9910 Parte de la operación que genera posición corta POSICIÓN DE OPCIONES, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADA EN O REFERIDA A MONEDA EXTRANJERA (APLICANDO AL VALOR DE LAS OPERACIONES, SUBYACENTE Y MONEDA EXTRANJERA DE LIQUIDACIÓN, LA DELTA QUE RESULTE DE APLICAR EL MODELO DE VALUACIÓN UTILIZADO POR LA INSTITUCIÓN) (APLICA SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS)
9930 Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
9940 Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado) POSICIÓN FINAL EN MONEDA EXTRANJERA, DE LA FILIAL FINANCIERA MEXICANA (APLICA SÓLO PARA LAS FILIALES FINANCIERAS MEXICANAS)
9950 Posición Final Neta Larga
9960 Posición Final Neta Corta SECCIÓN VI.- INFORMACIÓN PARA EL CÁLCULO DE LA POSICIÓN DE RIESGO CAMBIARIO, RELATIVA AL DÍA DE QUE SE TRATE
(Aplica sólo para el Banco Múltiple) A. NUEVAS OPERACIONES QUE GENERAN MOVIMIENTOS A LA POSICIÓN DE DIVISAS NUEVAS OPERACIONES DEL BANCO MÚLTIPLE
40
CONTRATACIONES DE OPERACIONES CAMBIARIAS (MISMO DÍA, 24, 48, 72 Y 96 HORAS)
10001 Parte de la operación que genera posición larga
10051 Parte de la operación que genera posición corta CONTRATACIONES DE FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS), CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR NOCIONAL)
10101 Parte de la operación que genera posición larga
10151 Parte de la operación que genera posición corta CONTRATACIONES DE FORWARDS, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR NOCIONAL)
10201 Parte de la operación que genera posición larga
10251 Parte de la operación que genera posición corta CONTRATACIONES DE SWAPS (A VALOR NOCIONAL)
10301 Parte de la operación que genera posición larga
10351 Parte de la operación que genera posición corta OTRAS OPERACIONES DISTINTAS A LAS SEÑALADAS EN LOS CONCEPTOS 10001 A 10351 Y 11201 Y 11301 QUE AFECTAN A LA POSICIÓN DE DIVISAS, Y DISTINTAS A LAS SEÑALADAS EN EL ANEXO 18 DE LA CIRCULAR 3/2012)
OPERACIONES QUE INCREMENTEN LA POSICIÓN LARGA 10401 Cobro en moneda extranjera de las diferencias por operaciones de derivados liquidables por diferencias en moneda extranjera
10416 Variación positiva en el valor de las operaciones en divisas distintas al dólar de los EE.UU.A., respecto del último valor registrado, al convertirlas a dichos dólares
10421 Importe del producto del ejercicio de operaciones de opción con entrega del subyacente: (subyacente y moneda extranjera de liquidación, según aplique)
10436 Variación positiva en la valuación de los derivados en su parte relativa a moneda extranjera, respecto de la última valuación registrada
10451 Cobro de moneda extranjera por intereses, comisiones y servicios
10471 Ingreso de Moneda Extranjera (equivalente a una compra) por "facturación de consumos" de tarjetas de crédito (Estas operaciones se pueden reportar en estos renglones o como compra venta de divisas, según lo decida la institución)
10501 Diferencia positiva entre el precio de venta y el valor contable, por venta de activos en moneda extranjera
10521 Cancelación de Provisiones de Cartera en moneda extranjera
10551 Otras OPERACIONES QUE INCREMENTEN LA POSICIÓN CORTA
10601 Pago en moneda extranjera de las diferencias por operaciones de derivados liquidables por diferencias en moneda extranjera
10616 Variación negativa en el valor de las operaciones en divisas distintas al dólar de los EE.UU.A., respecto del último valor registrado, al convertirlas a dichos dólares
10621 Importe del producto del ejercicio de operaciones de opción con entrega del subyacente: (subyacente y moneda extranjera de liquidación, según aplique)
10636 Variación negativa en la valuación de los derivados en su parte relativa a moneda extranjera, respecto de la última valuación registrada
10651 Pago de moneda extranjera por intereses, comisiones y servicios
41
10671 Egreso de Moneda Extranjera (equivalente a una venta) por liquidación al "facturador de consumos" en tarjetas de crédito (Estas operaciones se pueden reportar en estos renglones o como compra venta de divisas, según lo decida la institución)
10701 Diferencia positiva entre el valor contable y el precio de venta, por venta de activos en moneda extranjera
10721 Creación de Provisiones de Cartera en moneda extranjera
10751 Otras B. VENCIMIENTO DE OPERACIONES QUE GENERAN MOVIMIENTOS A LA POSICIÓN DE DIVISAS OPERACIONES DE DERIVADOS QUE SE LIQUIDARON POR DIFERENCIAS O QUE SE VAN A LIQUIDAR POR DIFERENCIAS (SIN IMPORTAR LA MONEDA DE LIQUIDACIÓN)
FUTUROS (EN MERCADOS RECONOCIDOS), CUYO SUBYACENTE ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
10801 Vencimientos de Compra, subyacente de referencia y vencimientos de venta con moneda extranjera como moneda de liquidación (disminuyen la posición larga)
10851 Vencimientos de Venta, subyacente de referencia y vencimientos de compra con moneda extranjera como moneda de liquidación (disminuyen la posición corta)
FORWARDS, CUYO SUBYACENTE ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE) 10901 Vencimientos de Compra, subyacente de referencia y vencimientos de venta con moneda extranjera como moneda de liquidación
(disminuyen la posición larga) 10951 Vencimientos de Venta, subyacente de referencia y vencimientos de compra con moneda extranjera como moneda de liquidación
(disminuyen la posición corta) SWAPS, CUYO SUBYACENTE ESTÉ DENOMINADO EN O REFERIDO A MONEDA EXTRANJERA (A VALOR CONTABLE)
11001 Vencimientos de Operaciones que generan una posición larga, (disminuyen la posición larga)
11051 Vencimientos de Operaciones que generan una posición corta, (disminuyen la posición corta) OPERACIONES PAGADERAS EN MONEDA NACIONAL REFERIDAS A TIPOS DE CAMBIO DE MONEDA NACIONAL CONTRA DIVISAS
11101 Depósitos, Valores y Créditos (Activas, disminuyen la posición larga)
11151 Depósitos y Préstamos (Pasivas, disminuyen la posición corta) C. POSICIÓN DE OPCIONES POSICIÓN DE OPCIONES, CUYO SUBYACENTE O MONEDA DE LIQUIDACIÓN ESTÉ DENOMINADA EN O REFERIDA A MONEDA EXTRANJERA (APLICANDO AL VALOR DE LAS OPERACIONES, SUBYACENTE Y MONEDA EXTRANJERA DE LIQUIDACIÓN, LA DELTA QUE RESULTE DE APLICAR EL MODELO DE VALUACIÓN UTILIZADO POR LA INSTITUCIÓN) (APLICA SÓLO AL BANCO MÚLTIPLE)
11201 Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
11301 Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado) D. POSICIÓN DE DIVISAS DE LAS FILIALES FINANCIERAS POSICIÓN DE LAS FILIALES FINANCIERAS EN EL EXTRANJERO (EN PESOS MEXICANOS CONVERTIDOS A MILES DE DÓLARES)
11401 Valor absoluto de la cifra negativa que resulte de restar a los Activos en pesos mexicanos, los Pasivos en pesos mexicanos, de las Filiales Financieras en el extranjero (generan una Posición Larga en moneda extranjera)
11501 Cifra positiva que resulte de restar a los Activos en pesos mexicanos, los Pasivos en pesos mexicanos, de las Filiales Financieras en el extranjero (generan una Posición Corta en moneda extranjera)
POSICIÓN DE LAS FILIALES FINANCIERAS MEXICANAS (EN MONEDA EXTRANJERA) 11601 Posición Neta Larga
42
11701 Posición Neta Corta E. POSICIÓN FINAL DE RIESGO CAMBIARIO POSICIÓN FINAL EN MONEDA EXTRANJERA, DEL BANCO MÚLTIPLE
11801 Posición Final Neta Larga (Cifra positiva que resulta de la siguiente operación: Última posición reportada más movimientos que generan posición larga, menos movimientos que generan posición corta)
11901 Posición Final Neta Corta (Valor absoluto de la cifra negativa que resulta de la siguiente operación: Última posición reportada más movimientos que generan posición larga, menos movimientos que generan posición corta)
POSICIÓN FINAL EN MONEDA EXTRANJERA, DEL BANCO MÚLTIPLE MÁS, EN SU CASO, FILIALES FINANCIERAS EN MÉXICO Y EN EL EXTERIOR 11951 Posición Final Neta Larga (Cifra positiva que resulta de la siguiente operación: Posición final del banco positiva o negativa (+ / -) la posición
final de las filiales financieras en México y en el Exterior) 11971 Posición Final Neta Corta (Valor absoluto de la cifra negativa que resulta de la siguiente operación: Posición final del banco positiva o negativa
(+ / -) la posición final de las filiales financieras en México y en el Exterior) F. POSICIONES DE LAS DISTINTAS DIVISAS (DATOS INFORMATIVOS) POSICIÓN EN DÓLARES DE LOS EE. UU. A. (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
12001 Posición Neta Larga
12101 Posición Neta Corta POSICIÓN EN DÓLARES CANADIENSES (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
12201 Posición Neta Larga
12301 Posición Neta Corta POSICIÓN EN EUROS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
12401 Posición Neta Larga
12501 Posición Neta Corta POSICIÓN EN YEN JAPONÉS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
12601 Posición Neta Larga
12701 Posición Neta Corta POSICIÓN EN LIBRA ESTERLINA (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE) 12801 Posición Neta Larga
12901 Posición Neta Corta POSICIÓN EN FRANCO SUIZO (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE) 13001 Posición Neta Larga
13101 Posición Neta Corta POSICIÓN EN OTRAS DIVISAS (SÓLO PARA EL BANCO MÚLTIPLE)
13201 Posición Neta Larga
13301 Posición Neta Corta SECCIÓN VII.- OPERACIONES CAMBIARIAS CONCERTADAS EL DÍA A QUE CORRESPONDE EL REPORTE
(Aplica sólo para el Banco Múltiple)
43
Plazo por vencer: Mismo Día, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 días naturales A. OPERACIONES PESO - DÓLAR DE LOS EE.UU.A. (de acuerdo a su fecha valor, indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
OPERACIONES REALIZADAS CON ENTIDADES MEXICANAS
CELEBRADAS CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y BANCO DE MÉXICO: 13401 Importe de las Compras
13501 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE CAMBIO:
13601 Importe de las Compras
13701 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE BOLSA:
13801 Importe de las Compras
13901 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON SOCIEDADES DE INVERSIÓN Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO: 13905 Importe de las Compras
13907 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PRIVADOS:
14001 Importe de las Compras
14101 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON SECTOR PRIVADO:
14201 Importe de las Compras
14301 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON PERSONAS MORALES:
14321 Importe de las Compras
14341 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON PERSONAS FÍSICAS:
14361 Importe de las Compras
14381 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON SECTOR PÚBLICO: 14401 Importe de las Compras
14501 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON EL GOBIERNO FEDERAL (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14505 Importe de las Compras
14510 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON EL GOBIERNO DEL D. F. (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
44
14515 Importe de las Compras
14520 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON GOBIERNOS ESTATALES Y MUNICIPALES (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14525 Importe de las Compras
14530 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14535 Importe de las Compras
14540 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PÚBLICOS (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14545 Importe de las Compras
14550 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTRAS ENTIDADES FINANCIERAS PÚBLICAS (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
14555 Importe de las Compras
14560 Importe de las Ventas OPERACIONES REALIZADAS CON ENTIDADES DEL EXTRANJERO
CELEBRADAS CON ENTIDADES FINANCIERAS
14601 Importe de las Compras
14701 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON ENTIDADES NO FINANCIERAS
14801 Importe de las Compras
14901 Importe de las Ventas B. OPERACIONES DIVISA A DIVISA (de acuerdo a su fecha valor, indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
CELEBRADAS CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y CASAS DE BOLSA MEXICANAS:
15001 Importe de las Compras
15101 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON SOCIEDADES DE INVERSIÓN Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO MEXICANAS: 15111 Importe de las Compras
15117 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE CAMBIO MEXICANAS:
15131 Importe de las Compras
15161 Importe de las Ventas
45
CELEBRADAS CON COMPAÑÍAS ASEGURADORAS MEXICANAS: 15171 Importe de las Compras
15181 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS:
15201 Importe de las Compras
15301 Importe de las Ventas C. OPERACIONES DEL PESO CONTRA OTRAS DIVISAS DISTINTAS AL DÓLAR DE LOS EE.UU.A. (de acuerdo a su fecha valor, indicadas a su correspondiente plazo por vencer) OPERACIONES REALIZADAS CON ENTIDADES MEXICANAS
CELEBRADAS CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y BANCO DE MÉXICO: 16001 Importe de las Compras
16101 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE CAMBIO:
16201 Importe de las Compras
16301 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON CASAS DE BOLSA:
16401 Importe de las Compras
16501 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON SOCIEDADES DE INVERSIÓN Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO: 16531 Importe de las Compras
16561 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PRIVADOS:
16601 Importe de las Compras
16701 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON SECTOR PRIVADO:
16801 Importe de las Compras
16901 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON PERSONAS MORALES
16921 Importe de las Compras
16941 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON PERSONAS FÍSICAS
16961 Importe de las Compras
16981 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON SECTOR PÚBLICO:
17101 Importe de las Compras
46
17201 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON EL GOBIERNO FEDERAL (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17211 Importe de las Compras
17221 Importe de las Ventas
CELEBRADAS CON EL GOBIERNO DEL D. F. (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES): 17231 Importe de las Compras
17241 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON GOBIERNOS ESTATALES Y MUNICIPALES (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17251 Importe de las Compras
17261 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17271 Importe de las Compras
17281 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PÚBLICOS (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17291 Importe de las Compras
17301 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON OTRAS ENTIDADES FINANCIERAS PÚBLICAS (SE REPORTAN ÚNICAMENTE PARA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CUATRO ÚLTIMOS DÍAS HÁBILES DEL MES):
17311 Importe de las Compras
17321 Importe de las Ventas OPERACIONES REALIZADAS CON ENTIDADES DEL EXTRANJERO
CELEBRADAS CON ENTIDADES FINANCIERAS
17401 Importe de las Compras
17501 Importe de las Ventas CELEBRADAS CON ENTIDADES NO FINANCIERAS
17601 Importe de las Compras
17701 Importe de las Ventas
SECCIÓN VIII.- OPERACIONES CAMBIARIAS REALIZADAS CON CUALQUIER CONTRAPARTE (OPERACIÓN POR OPERACIÓN CON CADA CONTRAPARTE), CONCERTADAS EL DÍA A QUE CORRESPONDE EL REPORTE (OPERACIONES PESO-DÓLAR DE LOS EE.UU.A Y PESO-DIVISA DISTINTA AL DÓLAR DE LOS EE.UU.A.)
47
CONCEPTO LAYOUT
Clave de la Institución CARÁCTER (6)
Posición de la institución en la Operación CARÁCTER (1)
Fecha de Concertación FECHA (AAAA/MM/DD)
Fecha de Liquidación FECHA (AAAA/MM/DD)
Monto de la operación en dólares NUMÉRICO (15,0)
Divisa a la que se refiere la operación CARÁCTER (3)
Clave de Identificación (folio) de la Operación CARÁCTER (34) Clave de la Contraparte o Clave Genérica de Contrapartes Agrupadas CARÁCTER (6)
Campo para indicar si la operación es parte de una "Estrategia" (valor 1) o no lo es (valor 0) CARÁCTER (1)
Clave (folio) de la "Estrategia": Clave con la que se identifica al conjunto de operaciones que se realizan de manera simultánea (estrategia)
CARÁCTER (34)
SECCIÓN X.- TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA Y AL CIERRE, DE COMPRA Y DE VENTA DE DÓLARES DE LOS EE.UU.A. OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL, PARA OPERACIONES EN VENTANILLA (DATOS INFORMATIVOS) (DEBERÁ REPORTARSE CON ENTEROS Y SEIS DECIMALES)
(Aplica sólo para el Banco Múltiple) TIPOS DE CAMBIO DE APERTURA DE COMPRA Y DE VENTA DE DÓLARES DE LOS E.E.U.U.A.
TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA, CORRESPONDIENTES A LA SUCURSAL DE LA INSTITUCIÓN CON EL MAYOR DIFERENCIAL (SPREAD) ENTRE EL TIPO DE CAMBIO DE COMPRA Y EL TIPO DE CAMBIO DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE DICHA SUCURSAL
30001 Tipo de Cambio para las Operaciones de Compra
30011 Tipo de Cambio para las Operaciones de Venta TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA, CORRESPONDIENTES A LA SUCURSAL DE LA INSTITUCIÓN CON EL MENOR DIFERENCIAL (SPREAD) ENTRE EL TIPO DE CAMBIO DE COMPRA Y EL TIPO DE CAMBIO DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE DICHA SUCURSAL
30021 Tipo de Cambio para las Operaciones de Compra
48
30031 Tipo de Cambio para las Operaciones de Venta TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA, PARA OPERACIONES DE COMPRA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE LAS CORRESPONDIENTES SUCURSALES DE LA INSTITUCIÓN
30041 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30051 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución TIPOS DE CAMBIO A LA APERTURA, PARA OPERACIONES DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE LAS CORRESPONDIENTES SUCURSALES DE LA INSTITUCIÓN
30061 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30071 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución TIPOS DE CAMBIO DE CIERRE DE COMPRA Y DE VENTA DE DÓLARES DE LOS E.E.U.U.A.
TIPOS DE CAMBIO AL CIERRE, CORRESPONDIENTES A LA SUCURSAL DE LA INSTITUCIÓN CON EL MAYOR DIFERENCIAL (SPREAD) ENTRE EL TIPO DE CAMBIO DE COMPRA Y EL TIPO DE CAMBIO DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE DICHA SUCURSAL
30081 Tipo de Cambio para las Operaciones de Compra
30091 Tipo de Cambio para las Operaciones de Venta TIPOS DE CAMBIO AL CIERRE, CORRESPONDIENTES A LA SUCURSAL DE LA INSTITUCIÓN CON EL MENOR DIFERENCIAL (SPREAD) ENTRE EL TIPO DE CAMBIO DE COMPRA Y EL TIPO DE CAMBIO DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE DICHA SUCURSAL
30101 Tipo de Cambio para las Operaciones de Compra
30111 Tipo de Cambio para las Operaciones de Venta TIPOS DE CAMBIO AL CIERRE, PARA OPERACIONES DE COMPRA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE LAS CORRESPONDIENTES SUCURSALES DE LA INSTITUCIÓN
30121 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30131 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución TIPOS DE CAMBIO AL CIERRE, PARA OPERACIONES DE VENTA, OFRECIDOS AL PÚBLICO EN GENERAL Y PUBLICADOS EN LOS PIZARRONES DE LAS CORRESPONDIENTES SUCURSALES DE LA INSTITUCIÓN
30141 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30151 Tipo de Cambio correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
49
AGRUPACIÓN DE LOS CONCEPTOS DEL FORMULARIO ACLME-PD POR EL DETALLE EN EL PLAZO CON QUE DEBEN REPORTARSE
CLAVE
A.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Sin Plazo
000
3206 Inversiones en Sociedades o Fondos de Inversión que el Banco de México, a propuesta de las instituciones, considere que pueden computar como Activos Líquidos. No comprometidas en operación alguna, que excedan los límites de computabilidad como Activos Líquidos (computan como Activos de Mercado de Dinero)
3220 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero
3225 Recibos de Depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
3460 Créditos vigentes con calificación "D" (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
3470 Créditos vigentes con calificación "E" (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
3480 Cartera Vencida (exclusivamente para el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario)
4955 Operaciones Contingentes, respecto de las cuales se hayan constituido Reservas Preventivas por Calificación de Cartera (dato informativo)
4970 Apertura de créditos comerciales irrevocables. En donde la institución confirme cartas de crédito emitidas por alguna entidad financiera del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez (dato informativo)
4975 Apertura de créditos comerciales irrevocables. Otros
5520 Importe de la garantía para el cumplimiento de las operaciones en moneda extranjera de la institución, otorgada por entidades financieras del exterior calificadas con el más alto grado de inversión (sólo para las instituciones que cuenten con autorización del Banco de México)
6005 Cuentas de Cheques
6290 Importe asignado a la institución como resultado de su participación en las Subastas de Financiamiento en Dólares de los EE.UU.A. celebradas por Banco de México al amparo de la Circular 8/2009 (dato para ser utilizado exclusivamente en el Régimen de Posición de Riesgo Cambiario) (sólo para el banco múltiple)
9725 Operaciones cambiarias 24, 48, 72 y 96 horas. Monto de las compras en las cuales las divisas se liquidarán afectando (incrementando) las cuentas que la institución mantenga en Bancos Múltiples Mexicanos (dato informativo)
50
9730 Operaciones cambiarias 24, 48, 72 y 96 horas. Monto de las ventas en las cuales las divisas se liquidarán afectando (disminuyendo) las cuentas que la institución mantenga en Bancos Múltiples Mexicanos (dato informativo)
9800 Cuentas de Cheques. Monto de las cuentas individuales, en promedio diario mensual, que el mes anterior devengaron una tasa menor o igual a 50% de LIBOR
9810 Cuentas de Cheques. Monto de las cuentas individuales, en promedio diario mensual, que el mes anterior devengaron una tasa mayor a 50% y hasta 75 de LIBOR
9820 Cuentas de Cheques. Monto de las cuentas individuales, en promedio diario mensual, que el mes anterior devengaron una tasa mayor al 75% de LIBOR
9822 Billetes y Monedas (exclusivamente dólares de los EE.UU.A.) (dato informativo) (sólo para el banco múltiple)
9825 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "A" (dato informativo)
9830 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "B" (dato informativo)
9835 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "C" (dato informativo)
9840 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "D" (dato informativo)
9845 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vigente calificada como "E" (dato informativo)
9850 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a la cartera vencida (dato informativo)
9853 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Correspondientes a operaciones causantes de pasivo contingente (dato para ser utilizado exclusivamente en el régimen de posición de riesgo cambiario)
9855 Provisiones Preventivas para Cobertura de Riesgos Crediticios. Otras (dato informativo)
9860 Faltantes de las "filiales financieras del exterior que no computan para efectos de la Sección I, Capítulo II, Título Quinto de la Circular 3/2012.”, respecto del régimen de inversión que deban observar en el país en donde se encuentren ubicadas (sólo para el banco múltiple)
9880 Futuros (En mercados reconocidos), Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición larga (a valor contable)
9885 Futuros (En mercados reconocidos), Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición corta (a valor contable)
9890 Forwards, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición larga (a valor contable)
51
9895 Forwards, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición corta (a valor contable)
9900 SWAPS, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación Esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición larga (a valor contable)
9910 SWAPS, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación Esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera (A Valor Contable). Parte de la operación que genera posición corta (a valor contable)
9930 Posición de Opciones (Aplicando al valor de las Operaciones, subyacentes y M.E. de Liquidación, la Delta que Resulte de Aplicar el Modelo de Valuación Utilizado por la Institución). Parte de la operación que genera posición Larga (subyacente a valor nocional y M. E. de liquidación a precio pactado) (sólo para las Filiales Financieras)
9940 Posición de Opciones (Aplicando al valor de las Operaciones, subyacentes y M.E. de Liquidación, la Delta que Resulte de Aplicar el Modelo de Valuación Utilizado por la Institución). Parte de la operación que genera posición Corta (subyacente a valor nocional y M. E. de liquidación a precio pactado) (sólo para las Filiales Financieras)
9950 Posición Final en Moneda Extranjera, de la Filial Financiera Mexicana (Aplica sólo para las Filiales Financieras Mexicanas). Posición Final Neta Larga
9960 Posición Final en Moneda Extranjera, de la Filial Financiera Mexicana (Aplica sólo para las Filiales Financieras Mexicanas). Posición Final Neta Corta
10001 Contrataciones de Operaciones Cambiarias (Mismo Día, 24, 48, 72 y 96 horas). Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
10051 Contrataciones de Operaciones Cambiarias (Mismo Día, 24, 48, 72 y 96 horas). Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
10101 Contrataciones de Futuros (En Mercados Reconocidos), Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera. Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a precio nocional y moneda extranjera de liquidación a precio actualizado)
10151 Contrataciones de Futuros (En Mercados Reconocidos), Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera. Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a precio nocional y moneda extranjera de liquidación a precio actualizado)
10201 Contrataciones de Forwards, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera. Parte de la operación que genera posición larga (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
10251 Contrataciones de Forwards, Cuyo Subyacente o Moneda de Liquidación esté Denominado en o Referido a Moneda Extranjera. Parte de la operación que genera posición corta (subyacente a valor nocional y moneda extranjera de liquidación a precio pactado)
10301 Contrataciones de SWAPS. Parte de la operación que genera posición larga (a valor nocional)
10351 Contrataciones de SWAPS. Parte de la operación que genera posición corta (a valor nocional)
52
10401 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Cobro en moneda extranjera de las diferencias por operaciones de derivados liquidables por diferencias en moneda extranjera
10416 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Variación positiva en el valor de las operaciones en divisas distintas al dólar de los EE.UU.A., respecto del último valor registrado, al convertirlas a dichos dólares
10421 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Importe del producto del ejercicio de operaciones de opción con entrega del subyacente: (subyacente y moneda extranjera de liquidación, según aplique)
10436 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Variación positiva en la valuación de los derivados en su parte relativa a moneda extranjera, respecto de la última valuación registrada
10451 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Cobro de moneda extranjera por intereses, comisiones y servicios
10471 Ingreso de Moneda Extranjera (equivalente a una compra) por "facturación de consumos" de tarjetas de crédito (Estas operaciones se pueden reportar en estos renglones o como compra venta de divisas, según lo decida la institución)
10501 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Diferencia positiva entre el precio de venta y el valor contable, por venta de activos en moneda extranjera
10521 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Cancelación de Provisiones de Cartera en moneda extranjera
10551 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición larga. Otras
10601 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Pago en moneda extranjera de las diferencias por operaciones de derivados liquidables por diferencias en moneda extranjera
10616 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Variación negativa en el valor de las operaciones en divisas distintas al dólar de los EE.UU.A., respecto del último valor registrado, al convertirlas a dichos dólares
10621 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Importe del producto del ejercicio de operaciones de opción con entrega del subyacente: (subyacente y moneda extranjera de liquidación, según aplique)
10636 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Variación negativa en la valuación de los derivados en su parte relativa a moneda extranjera, respecto de la última valuación registrada
10651 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Pago de moneda extranjera por intereses, comisiones y servicios
10671 Egreso de Moneda Extranjera (equivalente a una venta) por liquidación al "facturador de consumos" en tarjetas de crédito (Estas operaciones se pueden reportar en estos renglones o como compra venta de divisas, según lo decida la institución)
53
10701 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Diferencia positiva entre el valor contable y el precio de venta , por venta de activos en moneda extranjera
10721 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Creación de Provisiones de Cartera en moneda extranjera
10751 Otras Operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones que incrementan la posición corta. Otras
10801 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidan por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Futuros (en mercados reconocidos). Vencimiento de Compra, subyacente de referencia a valor nocional., y vencimiento de venta, M.E. como moneda de liquidación a precio actualizado., (disminuyen la posición larga)
10851 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidan por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Futuros (en mercados reconocidos). Vencimiento de Venta, subyacente de referencia a valor nocional, y vencimiento de compra, M.E. como moneda de liquidación a precio actualizado, (disminuyen la posición corta)
10901 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidaron por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Forwards. Vencimientos de Compra (disminuyen la posición larga)
10951 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidaron por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Forwards. Vencimientos de Venta (disminuyen la posición corta)
11001 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidaron por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Swaps. Vencimientos de Operaciones que generan una posición larga (disminuyen la posición larga)
11051 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Derivados que se liquidaron por diferencias o que se van a liquidar por diferencias (sin importar la moneda de liquidación). Swaps. Vencimientos de Operaciones que generan una posición corta (disminuyen la posición corta)
11101 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones pagaderas en moneda nacional referidas a tipos de cambio de moneda nacional contra divisas. Depósitos, Valores y Créditos (Activas, disminuyen la posición larga)
11151 Vencimientos de operaciones que afectan la posición de divisas. Operaciones pagaderas en moneda nacional referidas a tipos de cambio de moneda nacional contra divisas. Depósitos y Préstamos (Pasivas, disminuyen la posición corta)
11201 Posición de Opciones (Aplicando al valor de las Operaciones, subyacente y M.E. de Liquidación, la Delta que Resulte de Aplicar el Modelo de Valuación Utilizado por la Institución). Parte de la operación que genera posición Larga (subyacente a valor nocional y M. E. de liquidación a precio pactado) (sólo para el Banco Múltiple)
11301 Posición de Opciones (Aplicando al valor de las Operaciones, subyacente y M.E. de Liquidación, la Delta que Resulte de Aplicar el Modelo de Valuación Utilizado por la Institución). Parte de la operación que genera posición Corta (subyacente a valor nocional y M. E. de liquidación a precio pactado) (sólo para el Banco Múltiple)
54
11401 Posición de las Filiales Financieras en el Extranjero (En Pesos Mexicanos Convertidos a Miles de Dólares). Valor absoluto de la cifra negativa que resulte de restar a los Activos en pesos mexicanos, los Pasivos en pesos mexicanos, de las Filiales Financieras en el extranjero (generan una Posición Larga en moneda extranjera)
11501 Posición de las Filiales Financieras en el Extranjero (En Pesos Mexicanos Convertidos a Miles de Dólares). Cifra positiva que resulte de restar a los Activos en pesos mexicanos, los Pasivos en pesos mexicanos, de las Filiales Financieras en el extranjero (generan una Posición Corta en moneda extranjera)
11601 Posición de las Filiales Financieras Mexicanas (En Moneda Extranjera). Posición Neta Larga
11701 Posición de las Filiales Financieras Mexicanas (En Moneda Extranjera). Posición Neta Corta
11801 Posición Final en Moneda Extranjera del Banco Múltiple. Posición Final Neta Larga (Cifra positiva que resulta de la siguiente operación: Última posición reportada más movimientos que generan posición larga, menos movimientos que generan posición corta)
11901 Posición Final en Moneda Extranjera del Banco Múltiple. Posición Final Neta Corta (Valor absoluto de la cifra negativa que resulta de la siguiente operación: Última posición reportada más movimientos que generan posición larga, menos movimientos que generan posición corta)
11951 Posición Final en M.E. del Banco Múltiple más, en su caso, filiales financieras en México y en el Exterior. Posición Final Neta Larga (Cifra positiva que resulta de la siguiente operación: Posición final del banco positiva o negativa (+ / -) la posición final de las filiales financieras en México y en el Exterior)
11971 Posición Final en M.E. del Banco Múltiple más, en su caso, filiales financieras en México y en el Ext. Posición Final Neta Corta (Valor absoluto de la cifra negativa que resulta de la siguiente operación: Posición final del banco positiva o negativa (+ / -) la posición final de las filiales financieras en México y en el Ext)
12001 Posición en Dólares de los EE. UU. A. (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
12101 Posición en Dólares de los EE. UU. A. (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
12201 Posición en Dólares Canadienses (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
12301 Posición en Dólares Canadienses (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
12401 Posición en EUROS (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
12501 Posición en EUROS (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
12601 Posición en Yen Japonés (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
12701 Posición en Yen Japonés (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
12801 Posición en Libra Esterlina (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
55
12901 Posición en Libra Esterlina (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
13001 Posición en Franco Suizo (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
13101 Posición en Franco Suizo (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
13201 Posición en Otras Divisas (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Larga
13301 Posición en Otras Divisas (sólo para el Banco Múltiple). Posición Neta Corta
30001 Tipo de Cambio a la apertura para las Operaciones de Compra, correspondientes a la sucursal con el mayor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30011 Tipo de Cambio a la apertura para las Operaciones de Venta , correspondientes a la sucursal con el mayor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30021 Tipo de Cambio a la apertura para las Operaciones de Compra, correspondientes a la sucursal con el menor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30031 Tipo de Cambio a la apertura para las Operaciones de Venta , correspondientes a la sucursal con el menor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30041 Tipo de Cambio a la apertura para operaciones de compra correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30051 Tipo de Cambio a la apertura para operaciones de compra correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
30061 Tipo de Cambio a la apertura para operaciones de venta correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30071 Tipo de Cambio a la apertura para operaciones de venta correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
30081 Tipo de Cambio al cierre para las Operaciones de Compra, correspondientes a la sucursal con el mayor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30091 Tipo de Cambio al cierre para las Operaciones de Venta , correspondientes a la sucursal con el mayor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30101 Tipo de Cambio al cierre para las Operaciones de Compra, correspondientes a la sucursal con el menor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
56
30111 Tipo de Cambio al cierre para las Operaciones de Venta , correspondientes a la sucursal con el menor diferencial (spread) entre el tipo de cambio de compra y el tipo de cambio de venta
30121 Tipo de Cambio al cierre para operaciones de compra correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30131 Tipo de Cambio al cierre para operaciones de compra correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
30141 Tipo de Cambio al cierre para operaciones de venta correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más bajo entre todas las sucursales de la Institución
30151 Tipo de Cambio al cierre para operaciones de venta correspondiente a la sucursal que haya ofrecido el tipo de cambio más alto entre todas las sucursales de la Institución
B.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
1 día 001
3010 Billetes y Monedas Extranjeros
3020 Depósitos en Banco de México
3028 Depósitos en Entidades financieras del exterior. Con Calificación para Requerimiento de Liquidez que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día, no comprometidos en operación alguna
3029 Depósitos en Entidades Financieras del exterior. Que cuenten con garantía de su MATRIZ, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día, no comprometidos en operación alguna
3110 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds. No comprometidos en operación alguna
3118 Valores emitidos por Agencias del Gobierno de los EE. UU. A., con garantía incondicional de dicho Gobierno. No comprometidos en operación alguna
3130 Papel comercial y Otros Valores, con mercado secundario, con Calificación para Requerimiento de Liquidez y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, no comprometidos en operación alguna
3132 Papel Comercial y Otros Valores, con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, a cargo de otras entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez , no comprometidos en operación alguna
3205 Inversiones en Sociedades o Fondos de Inversión que el Banco de México, a propuesta de las instituciones, considere que pueden computar como Activos Líquidos. No comprometidas en operación alguna
57
7354 Otros Pasivos (distintos a los comprendidos en los renglones anteriores y a los señalados en el Anexo 18 y 22 de la Circular 3/2012). Que no tengan un plazo a vencimiento determinado
C.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Días 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Clave 001 002 003 004 005 006 007 008 009 010 011
3490 Moneda extranjera a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) distintas a operaciones cambiarias
3491 Treasury bills, treasury notes y treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
3495 Valores a recibir: Papel Comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel Comercial y Otros Valores, a cargo de entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS i) Y ii) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO POR OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 HORAS)
3498 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
3499 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
3501 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
3503 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
3504 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
3507 Valores a recibir, distintos a los señalados en los conceptos 3491 a 3504, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
3508 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
3509 Recibos de depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México, a recibir por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
3510 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Empresas con Calificación para Requerimiento de Liquidez
58
3512 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Empresas que cuenten con garantía de su matriz, y esta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3515 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro
3517 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Casas de Cambio y Compañías Aseguradoras Mexicanas con calificación para su deuda de corto plazo, igual o superior a mxA-2 en la escala CAVAL de Standard and Poor's
3520 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Entidades financieras del exterior con Calificación para Requerimiento de Liquidez
3522 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz, y esta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez
3535 Moneda Extranjera a recibir por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Otros
6035 Otros Depósitos a la Vista y en Cuenta Corriente
6370 Moneda extranjera a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas), distintas a operaciones cambiarias
6378 Treasury bills, Treasury notes y Treasury bonds así como valores emitidos por agencias del gobierno de los EE. UU. A. con garantía incondicional de dicho gobierno, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
6385 Valores a entregar: Papel Comercial y Otros Valores, con Calificación para Requerimiento de Liquidez, así como Papel Comercial y Otros Valores, a cargo de entidades que cuenten con garantía de su matriz, y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, todos ellos con mercado secundario y con plazo original a vencimiento igual o menor a un año, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
VALORES CON MERCADO SECUNDARIO CON PLAZO ORIGINAL A VENCIMIENTO MAYOR A UN AÑO DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, ASÍ COMO DE OTROS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS i) Y ii) DEL INCISO A) DE LA DEFINICIÓN DE ACTIVOS DEL MERCADO DE DINERO POR OPERACIONES YA PACTADAS PENDIENTES DE LIQUIDAR (24, 48, 72 Y 96 HORAS)
6393 Con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
6394 Con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
6396 Con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
6397 Con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
6398 Con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
6400 Valores a entregar, distintos a los señalados en los conceptos 6378 a 6398, por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
59
6405 Acciones y Recibos de Depósito, bursátiles emitidos por empresas residentes en el extranjero, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas)
6410 Recibos de depósito, bursátiles, emitidos por empresas residentes en México, a entregar por operaciones ya pactadas pendientes de liquidar (24, 48, 72 y 96 horas) (exclusivamente para los Regímenes de Admisión de Pasivos y de Inversión en moneda extranjera)
6415 Moneda Extranjera a entregar por compras 24, 48, 72 y 96 horas celebradas con: Bancos, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de Fondos para el Retiro
6420 Moneda Extranjera a entregar por ventas 24, 48, 72 y 96 horas a: Entidades financieras del exterior
6435 Moneda Extranjera a entregar por ventas 24, 48, 72 y 96 horas a: Otros
D.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Plazos 1 2 … 66 67-90 días 91-180 días 181-1 año* 1-2 años 2-3 años + de 3 años Clave 001 002 … 066 810 815 820 825 830 835
*Los años se deben considerar de 360 días.
LOS CONCEPTOS POR OPERACIONES DERIVADAS DE LA SECCIÓN II QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN:
3540 a 3567; 3593 a 3605; 3609 a 3619; 3630 a 3642; 3785 a 3812; 3838 a 3850; 3854 a 3864; 3875 a 3887; 4060 a 4087; 4110 a 4125; 4150 a 4162; 4440 a 4467; 4490 a 4505; 4530 a 4542; 4650 a 4662 y 4725 a 4737
E.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Mayores a 1 año
885
60
4940 Otros Activos (distintos a los comprendidos en los renglones anteriores y a los señalados en el Anexo 18 y 22 de la Circular 3/2012). Que no tengan un plazo a vencimiento determinado
F.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Días Mismo Día 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Clave 780 001 002 003 004 005 006 007 008 009 010 011
13401 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Instituciones de Crédito y Banco de
México: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13501 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Instituciones de Crédito y Banco de México: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13601 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Cambio: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13701 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Cambio: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13801 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Bolsa: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13901 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Bolsa: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13905 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
13907 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14001 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Financieros Privados: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14101 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Financieros Privados: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
61
14201 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Privado: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14301 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Privado: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14321 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Morales: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14341 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Morales: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14361 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Físicas: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14381 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Físicas: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14401 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Público: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14501 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Público: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14505 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno Federal: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14510 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno Federal: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14515 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno del D.F.: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14520 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno del D.F.: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14525 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Gobiernos Estatales y Municipales: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14530 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Gobiernos Estatales y Municipales: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14535 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Organismos Descentralizados: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
62
14540 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Organismos Descentralizados: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14545 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Fin. Públicos: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14550 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Fin. Públicos: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14555 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otras Entidades Financieras Públicas: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14560 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otras Entidades Financieras Públicas: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14601 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades Financieras: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14701 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades Financieras: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14801 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades No Financieras: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
14901 Operaciones PESO - DÓLAR de los EE.UU.A. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades No Financieras: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15001 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa Mexicanas. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15101 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa Mexicanas. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15111 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Entidades Mexicanas: Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15117 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Entidades Mexicanas: Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15131 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Casas de Cambio Mexicanas. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15161 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Casas de Cambio Mexicanas. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
63
15171 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Entidades Mexicanas: Compañías Aseguradoras. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15181 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Entidades Mexicanas: Compañías Aseguradoras. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15201 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Otros. Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
15301 Operaciones DIVISA - DIVISA. Celebradas con Otros. Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16001 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Instituciones de Crédito y Banco de México: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16101 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Instituciones de Crédito y Banco de México: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16201 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Cambio: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16301 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Cambio: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16401 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Bolsa: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16501 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Casas de Bolsa: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16531 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16561 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sociedades de Inversión y Sociedades de Inversión especializadas de fondos para el retiro: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16601 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Financieros Privados: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16701 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Financieros Privados: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
64
16801 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Privado: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16901 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Privado: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16921 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Morales: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16941 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Morales: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16961 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Físicas: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
16981 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Personas Físicas: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17101 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Público: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17201 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Sector Público: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17211 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno Federal: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17221 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno Federal: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17231 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno del D.F.: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17241 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con el Gobierno del D.F.: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17251 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Gobiernos Estatales y Municipales: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17261 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Gobiernos Estatales y Municipales: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17271 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Organismos Descentralizados: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
65
17281 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Organismos Descentralizados: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17291 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Fin. Públicos: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17301 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otros Intermediarios Fin. Públicos: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17311 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otras Entidades Financieras Públicas: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17321 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Mexicanas. Celebradas con Otras Entidades Financieras Públicas: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17401 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades Financieras: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17501 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades Financieras: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17601 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades No Financieras: Importe de las Compras de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
17701 Operaciones PESO contra Otras Divisas distintas al dólar. Operaciones Realizadas Con Entidades Del Extranjero. Celebradas con Entidades No Financieras: Importe de las Ventas de acuerdo a su fecha valor (indicadas a su correspondiente plazo por vencer)
H.- OPERACIONES QUE DEBERÁN REPORTARSE CON EL SIGUIENTE DETALLE EN EL PLAZO:
Plazos 1 2 … 60 61-90 días 91-180 días 181-1 año* 1-2 años 2-3 años + de 3 años Clave 001 002 … 060 805 815 820 825 830 835
*Los años se deben considerar de 360 días.
TODOS LOS CONCEPTOS NO SEÑALADOS EN LOS OTROS APARTADOS
66
AYUDAS ESPECÍFICAS DEL FORMULARIO ACLME-PD
SECCIÓN I-V 1100 a 1260
En estos conceptos deberá registrarse el importe de la totalidad de operaciones que realice la institución con sus filiales financieras así como las operaciones entre dichas filiales. Al efecto se considerarán como filiales a las indicadas en el segundo párrafo de la tercera de las Ayudas Genéricas, respecto de las cuales la institución no cuente con autorización para excluirlas del cómputo.
3010
En este concepto deberá informarse el importe de las existencias registradas en Caja al cierre del día, tanto en “Bóvedas” como en “Dispensadoras de Efectivo” (cajeros automáticos).
3028
En este concepto deberá registrarse el importe de los depósitos en moneda extranjera constituidos en entidades financieras del exterior que cuenten con Calificación para Requerimiento de Liquidez, que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día y que no estén comprometidos en operación alguna. El importe que se deberá registrar en cada día será igual al monto del que pueda disponerse el día hábil siguiente a la fecha del reporte.
La parte de tales depósitos que NO pueda disponerse el día hábil siguiente, deberá registrarse en el concepto 3030 a su correspondiente plazo.
3029
En este concepto deberá registrarse el importe de los depósitos en moneda extranjera constituidos en entidades financieras del exterior que cuenten con garantía de su matriz y ésta tenga Calificación para Requerimiento de Liquidez, que contengan cláusulas que permitan su retiro a la vista o a un día y que no estén comprometidos en operación alguna. El importe que se deberá registrar en cada día será igual al monto del que pueda disponerse el día siguiente a la fecha del reporte.
La parte de tales depósitos que NO pueda disponerse el día hábil siguiente, deberá registrarse en el concepto 3032.
3030 a 3050
En este concepto deberá registrarse el importe de los saldos deudores, los cuales por ningún motivo podrán "netearse" con saldos acreedores, inclusive cuando se trate de un saldo deudor y acreedor a cargo y a favor, respectivamente, del mismo banco.
3080
En este concepto deberá incluirse el importe de los saldos deudores de documentos de cobro inmediato, remesas en camino y corresponsales, los cuales por ningún motivo podrán "netearse" con saldos acreedores, inclusive cuando se trate de un saldo deudor y acreedor a cargo y a favor, respectivamente, del mismo banco o corresponsal.
67
3110 y 3118
Los valores NO podrán estar comprometidos en alguna operación. Por lo tanto, no deberán estar otorgados como garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
3115 y 3119
Los valores serán sólo los que estén comprometidos en alguna operación, tales como: otorgados en garantía, préstamo, reporto o cualquier otra similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
3130 y 3132
El papel comercial y los valores, con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea menor o igual a 1 año, NO podrán estar comprometidos en alguna operación. Por lo tanto, no deberán estar otorgados como garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
3131 y 3133
En este concepto se registrará el papel comercial y los valores, con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea menor o igual a 1 año, que estén comprometidos en alguna operación, tales como: garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad. Estos valores se deberán reportar al plazo del pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso.
3150 a 3162
Los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012, NO podrán estar comprometidos en alguna operación. Por lo tanto, no deberán estar otorgados como garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
Estos valores se deberán reportar: a) al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012, y b) al plazo por vencer del valor de que se trate, sin perjuicio de que Banco de México al efectuar el cómputo los considerará al plazo que proceda.
3170 a 3181
En este concepto se registrarán los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012, que estén comprometidos en alguna operación, tales como: garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
Estos valores se deberán reportar: a) al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012, y b) al plazo por vencer del valor de que se trate, sin perjuicio de que Banco de México al efectuar el cómputo los considerará al plazo que proceda.
Estos mismos valores se deberán reportar, en la Sección V Relativa a Otros Datos, en los conceptos 9700 a 9720, al plazo del pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso.
68
3205
En este concepto se registrará la parte de las inversiones, no comprometida en operación alguna, en sociedades o fondos de inversión, determinadas por el Banco de México a propuesta de las instituciones, susceptibles de computar como Activos Líquidos. Al efecto, tales inversiones computarán como Activos Líquidos hasta por un monto no mayor al 25 por ciento del promedio del monto total de Activos Líquidos, relativo al segundo período inmediato anterior al período de que se trate, sobre la base de que de las inversiones en cada sociedad o fondo de inversión sólo podrá computarse un importe que no exceda del 15 por ciento del promedio de dichos Activos Líquidos ni del 5 por ciento de los títulos representativos del capital de la sociedad o fondo de que se trate.
3206
En este concepto se registrará la parte de las inversiones, no comprometidas en operación alguna, en sociedades o fondos de inversión, determinadas por el Banco de México a propuesta de las instituciones, que no computará como Activos Líquidos. Dicha parte será aquélla cuya inversión en el total de sociedades o fondos de inversión exceda del 25 por ciento del promedio del monto total de Activos Líquidos, relativo al segundo período inmediato anterior al período de que se trate, o cuya inversión en cada sociedad o fondo exceda del 15 por ciento del promedio de dichos Activos Líquidos o del 5 por ciento de los títulos representativos del capital de la sociedad o fondo de que se trate.
Esta parte de las inversiones computará como Activos de Mercado de Dinero con un plazo a vencimiento de 7 días, y se deberá registrar en el formulario en la banda de “sin plazo”.
3207
En este concepto se registrarán las inversiones comprometidas en alguna operación, al plazo por vencer del pasivo que estén garantizando.
3210
En este concepto se registrará el importe de las inversiones en valores “para negociar” y “disponibles para la venta” así como en sociedades de inversión, distintos a los comprendidos en los conceptos anteriores.
3370
El o los plazos a vencimiento, se determinarán conforme a los compromisos asumidos por el FOBAPROA en cuanto a las fechas de pago total o parcial de las obligaciones a su cargo.
3480
En este concepto deberá registrarse el importe de las operaciones que según los criterios contables dictados al respecto por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se consideran como "cartera vencida".
El importe de las operaciones registradas en este concepto NO deberá incluirse en otros conceptos de este formulario.
3490
La moneda extranjera a recibir se registrará con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
3491 y 3495
Los valores a recibir se registrarán con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate, de 1 a 10 días.
69
3498 a 3504
Los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
Estos valores se deberán reportar al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012.
3507
Los valores a recibir se registrarán al plazo por vencer del valor de que se trate.
3508
Las acciones y recibos de depósito, bursátiles, a recibir, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
3510 a 3535
La moneda extranjera a recibir se registrará con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
3538
En este concepto deberá reportarse el importe total de las operaciones de derivados (todos los tipos de operación señalados en el capítulo de derivados de la Sección II del formulario) que impliquen un derecho en moneda extranjera (divisas como subyacente y como moneda de liquidación, así como títulos denominados en o referidos a moneda extranjera), realizadas por filiales financieras de la institución, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización para efectuarlas. Este concepto no computa para las diversas vigilancias en moneda extranjera, según el penúltimo párrafo de la fracción I del artículo 232 de la Circular 3/2012.
3540 a 4170, 4440 a 4550, 4650 a 4670 y 4725 a 4745
La moneda extranjera, o la moneda nacional convertida a dólares de los EE.UU.A., a recibir se registrará con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
4288, 4328, 4368, 4393, 4683 y 4808
Los valores a recibir se registrarán con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
4295 a 4303, 4337 a 4343, 4377 a 4383, 4408 a 4416, 4692 a 4698 y 4817 a 4823
Los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
Estos valores se deberán reportar al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012.
4333, 4336, 4373, 4376, 4397, 4399, 4688, 4691, 4813 y 4816
Los valores a recibir, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
70
4313, 4353, 4390, 4427, 4708, 4833 y 4850
Los valores a recibir se registrarán a su correspondiente plazo a vencimiento.
4315, 4355, 4392, 4429, 4710, 4835 y 4852
Las acciones y recibos de depósito, bursátiles, a recibir, se registrarán con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
4935
Los otros activos que tengan inequívocamente un plazo a vencimiento determinado se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación del activo de que se trate.
4940
Los otros activos que no tengan un plazo a vencimiento determinado, se registrarán en la banda de “mayores a 1 año”.
4945
Este concepto es exclusivo del formulario relativo a entidades financieras filiales, y en él se registrarán aquellas operaciones activas (distintas a las comprendidas en el Anexo 18 y 22 de la Circular 3/2012) que por sus características y/o naturaleza particulares no se ubiquen dentro de algunos de los conceptos generales del formulario.
4960
La parte activa de las operaciones de Aval, se registrarán al plazo por vencer determinado con base en el plazo pactado para el pago a la institución de los correspondientes recursos que tendría que hacerle el avalado en caso de que éste no liquidara a su vencimiento la operación objeto del aval de que se trate.
4970
El importe total de las operaciones comprendidas en este concepto se registrará sin plazo. Estas operaciones no computan, por lo tanto el dato es informativo.
4975
El importe total de las operaciones comprendidas en este concepto se registrará sin plazo. Estas operaciones computarán con un plazo a vencimiento de 40 días.
6200
En este concepto deberán registrarse los instrumentos a plazo emitidos por la institución, cuyo pago esté garantizado, bajo cualquier figura jurídica, con líneas de crédito obtenidas de entidades financiera del exterior que cuenten con Calificación para Requerimiento de Liquidez, a que se refiere el inciso e) de la definición Activos del Mercado de Dinero del artículo 2 de la Circular 3/2012. Al efecto, se requerirá la previa autorización del Banco de México. Dichos pasivos deberán reportarse al plazo por vencer determinado con base en el plazo pactado para el pago de la disposición correspondiente, en el caso de que la línea de que se trate sea ejercida.
6280
En este concepto deberá registrarse el monto de los préstamos por cartera descontada recibidos de bancos múltiples y bancos de desarrollo mexicanos.
71
Incluye los financiamientos recibidos de las Agencias y Sucursales en el exterior de dichos bancos múltiples y de desarrollo mexicanos, así como de los bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de entidades financieras en el exterior (considerando dentro de ellas a las entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas), ni los de organismos internacionales de fomento (tipo CCC, Eximbank, Bladex, etc.), ya que estos se consideran como recibidos de entidades financieras del exterior (conceptos 6320, 6330 y 6345).
6290
Únicamente podrán utilizar este concepto las instituciones de crédito a las cuales les haya sido asignado un importe como resultado de su postura en las Subastas de Financiamiento en dólares de los EE.UU.A., celebradas por Banco de México al amparo de la Circular 8/2009. (Este concepto es exclusivo del banco múltiple).
6300
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de bancos múltiples y bancos de desarrollo mexicanos, excepto los préstamos por cartera descontada, los cuales se registrarán en el concepto 6280.
Incluye los financiamientos recibidos de las Agencias y Sucursales en el exterior de dichos bancos múltiples y de desarrollo mexicanos, así como de los bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de entidades financieras en el exterior (considerando dentro de ellas a las entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas), ni los de organismos internacionales de fomento (tipo CCC, Eximbank, Bladex, etc.), ya que estos se consideran como recibidos de entidades financieras del exterior (conceptos 6320, 6330 y 6345).
Los depósitos y préstamos de bancos mexicanos que se registren en este concepto serán los susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte, y el plazo al cual se reportarán será el primero al cual los depositantes puedan exigir el pago anticipado de dichos préstamos y depósitos.
Los depósitos y préstamos no susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte se registrarán en el concepto 6315.
6315
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de bancos múltiples y bancos de desarrollo mexicanos, no susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte, excepto los préstamos por cartera descontada los cuales se registrarán en el concepto 6280. (Los depósitos y préstamos susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte se registrarán en el concepto 6300).
Incluye los financiamientos recibidos de las Agencias y Sucursales en el exterior de dichos bancos múltiples y de desarrollo mexicanos, así como de los bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de entidades financieras en el exterior (considerando dentro de ellas a las entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas), ni los de organismos internacionales de fomento (tipo CCC, Eximbank, Bladex, etc.), ya que estos se consideran como recibidos de entidades financieras del exterior (conceptos 6320, 6330 y 6345).
6320
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de organismos internacionales de fomento tipo CCC, Eximbanks, Bladex, etc. (No deberán incluirse los financiamientos de la banca mexicana).
72
Los depósitos y préstamos recibidos de otras entidades financieras del exterior deberán reportarse en los conceptos 6330 o 6345 según corresponda.
6330
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de entidades financieras del exterior.
Incluye el financiamiento recibido de entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de Agencias y Sucursales de bancos mexicanos ni los recibidos de bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero, ya que ambos se consideran como recibidos de bancos del país (conceptos 6280, 6300 y 6315). Tampoco se deberán incluir los financiamientos recibidos de organismos de fomento tipo CCC, Eximbanks, Bladex, etc. (concepto 6320).
Los depósitos y préstamos de bancos extranjeros que se registren en este concepto serán los susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte, y el plazo al que se reportarán será el primero al que los depositantes puedan exigir el pago anticipado de dichos préstamos y depósitos.
Los depósitos y préstamos no susceptibles de liquidarse anticipadamente se registrarán en el concepto 6345.
6345
En este concepto deberá registrarse el monto de los depósitos y préstamos recibidos de entidades financieras del exterior no susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte. (Los depósitos y préstamos susceptibles de liquidarse anticipadamente a elección de la contraparte se registrarán en el concepto 6330).
Incluye el financiamiento recibido de entidades financieras del exterior filiales de entidades financieras mexicanas.
No se deberán incluir los financiamientos recibidos de Agencias y Sucursales de bancos mexicanos ni los recibidos de bancos múltiples mexicanos filiales de bancos del extranjero, ya que ambos se consideran como recibidos de bancos del país (conceptos 6280, 6300 y 6315). Tampoco se deberán incluir los financiamientos recibidos de organismos de fomento tipo CCC, Eximbanks, Bladex, etc. (concepto 6320).
6370, 6415 a 6435, 6460 a 6742, 6802, 6826, 6846, 6866, 6890, 7010 y 7050
La moneda extranjera a entregar se registrará con plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación de la operación de que se trate.
6378 a 6405, 6788 a 6800, 6808 a 6825, 6828 a 6845, 6848 a 6865, 7013 a 7040, y 7078 a 7105
Los valores a entregar se registrarán al plazo por vencer de la operación de que se trate.
6455
En este concepto deberá reportarse el importe total de las operaciones de derivados (todos los tipos de operación señalados en el capítulo de derivados de la Sección III del formulario) que impliquen una obligación en moneda extranjera (divisas como subyacente y como moneda de liquidación, así como títulos denominados en o referidos a moneda extranjera), realizadas por filiales de la institución, respecto de las cuales la filial y la institución no cuenten con autorización para efectuarlas. Este concepto computará a plazo de un día para las diversas vigilancias en moneda extranjera, según el penúltimo párrafo de la fracción I del artículo 232 de la Circular 3/2012.
73
7350
En este concepto deberá registrarse el importe de las cuentas en bancos y con corresponsales, que hayan arrojado un saldo acreedor al cierre de operaciones. El plazo por vencer será igual al plazo que la contraparte les tenga concedido para cubrir el sobregiro, o a un día si no se tiene pactado un plazo determinado.
Por ningún motivo podrá "netearse" un saldo acreedor con uno deudor, inclusive cuando se trate de un saldo acreedor y deudor a favor y a cargo, respectivamente, del mismo banco o corresponsal, según sea el caso.
7352
Los otros pasivos que tengan inequívocamente un plazo a vencimiento determinado, se registrarán con un plazo por vencer igual al de la fecha de liquidación del pasivo de que se trate.
7354
Los pasivos que no tengan un plazo a vencimiento determinado, se registrarán con plazo a vencimiento de 1 día.
7355
Este concepto es exclusivo del formulario relativo a entidades financieras filiales, y en él se registrarán aquellas operaciones pasivas (distintas a las comprendidas en el Anexo 18 y 22 de la Circular 3/2012) que por sus características y/o naturaleza particulares no se ubiquen dentro de algunos de los conceptos generales del formulario.
7560
La parte pasiva de las operaciones de Aval, se registrarán al plazo por vencer de la operación principal objeto del aval de que se trate.
7620 a 7990
En este concepto deberán reportarse, únicamente en el reporte del día en que se lleven a cabo, la liquidación anticipada o la redocumentación con extensión en el plazo del activo o pasivo de que se trate, al plazo a vencimiento de la operación original en el día al que corresponda el reporte.
9700 a 9720
En este concepto se registrarán los valores con mercado secundario cuyo plazo original a vencimiento sea mayor a 1 año de instituciones de crédito y de entidades financieras del exterior, así como de otros que cumplan con los requisitos señalados en los puntos i) y ii) del inciso a) de la definición de Activos del Mercado de Dinero, que estén comprometidos en alguna operación, tales como: garantía, préstamo, reporto, o en cualquier otra operación similar a través de la cual se limite su libre disponibilidad.
Estos valores se deberán reportar: a) al 100% de su valor de mercado, sin considerar los porcentajes señalados en la fracción V del artículo 234 de la Circular 3/2012, y b) al plazo del pasivo que estén garantizando o del pasivo relativo a la operación de que se trate, según sea el caso, sin perjuicio de que Banco de México al efectuar el cómputo los considerará al plazo que proceda.
El importe de estos valores deberá ser el mismo al que se haya reportado en los conceptos 3170 a 3181.
9725 y 9730
El importe de estos conceptos deberá informarse sólo en el reporte relativo al último día hábil de cada mes.
9800, 9810 y 9820
El importe de este concepto deberá registrarse sólo en la información relativa al primer día hábil de cada mes.
74
9822
El importe de este concepto deberá registrarse sólo en la información relativa al último día hábil de cada mes y su uso es exclusivo del formulario relativo al banco múltiple.
9860
En este concepto deberá reportarse el importe de los faltantes respecto del régimen de inversión que deban observar conforme a las disposiciones que le sean aplicables en el país en que se encuentren ubicadas, registrado por las entidades financieras del exterior filiales de la institución, respecto de las cuales la propia institución haya obtenido autorización para excluirlas del cómputo de los regímenes a que se refiere la Sección I, Capítulo II, Título Quinto de la Circular 3/2012. (Este concepto es exclusivo del banco múltiple).
9870
En este concepto deberá reportarse el importe de las operaciones de derivados (todos los tipos de operación señalados en el capítulo de derivados de la sección II del formulario) que impliquen un derecho en moneda extranjera (divisas como subyacente y como moneda de liquidación, así como títulos denominados o referidos a moneda extranjera), realizadas por las entidades financieras filiales de las casas de bolsa integrantes del grupo financiero a que pertenezca la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución NO cuenten con autorización para efectuarlas. (Este concepto es exclusivo para el banco múltiple, y las cifras que se reporten no computan para las diversas vigilancias en moneda extranjera, según el último párrafo de la fracción I del artículo 232 de la Circular 3/2012).
9875
En este concepto deberá reportarse el importe de las operaciones de derivados (todos los tipos de operación señalados en el capítulo de derivados de la sección III del formulario) que impliquen una obligación en moneda extranjera (divisas como subyacente y como moneda de liquidación, así como títulos denominados o referidos a moneda extranjera), realizadas por las entidades financieras filiales de las casas de bolsa integrantes del grupo financiero a que pertenezca la institución, respecto de las cuales la filial, la casa de bolsa y la institución NO cuenten con autorización para efectuarlas. El importe de este concepto computará a plazo de un día para las diversas vigilancias en moneda extranjera, según el último párrafo de la fracción I del artículo 232 de la Circular 3/2012. (Este concepto es exclusivo para el banco múltiple).
75
SECCIÓN VIII Los diversos campos del registro de cada operación deberán llenarse conforme a lo siguiente:
1.- CLAVE DE LA INSTITUCIÓN.
Se deberá anotar la clave asignada a la Institución que reporta la operación. El campo no podrá reportarse vacío. La clave utilizada en este concepto deberá ser diferente a la CLAVE DE LA CONTRAPARTE (campo 8).
2.- POSICIÓN DE LA INSTITUCIÓN EN LA OPERACIÓN (COMPRA O VENTA)
Se deberá anotar C cuando se trate de una operación de compra o V cuando se trate de una operación de venta.
Este campo no podrá reportarse vacío.
3.- FECHA DE CONCERTACIÓN.
Se deberá anotar la fecha de concertación de la operación, con formato AAAA/MM/DD.
Este campo no podrá reportarse vacío.
4.- FECHA DE LIQUIDACIÓN
En este campo se deberá anotar la fecha en que se lleve a cabo la entrega de las divisas, con formato AAAA/MM/DD.
Este campo no podrá ser vacío y la fecha registrada deberá ser mayor o igual a la indicada en la FECHA DE CONCERTACIÓN (campo 3).
5.- MONTO DE LA OPERACIÓN EN DÓLARES
Se deberá reportar el importe de la divisa a recibir o entregar, en miles de dólares de los EE. UU. A., sin decimales. Cuando la operación se refiera a una moneda extranjera distinta al dólar de los EE.UU.A., su importe deberá convertirse a dólares de los EE.UU.A., considerando la cotización que rija para la moneda correspondiente contra el mencionado dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales, al cierre de las operaciones del día de que se trate.
Este campo no podrá reportarse vacío.
6.- DIVISA A LA QUE SE REFIERE LA OPERACIÓN
En este campo se deberá anotar la clave de la divisa a la cual se refiere la operación, conforme al CATÁLOGO DE DIVISAS DE LA SECCIÓN VIII DEL FORMULARIO ACLME-PD.
Este campo no podrá reportarse vacío.
7.- CLAVE DE IDENTIFICACIÓN (FOLIO) DE LA OPERACIÓN
Se deberá anotar una clave (folio) para identificar a cada operación, la cual podrá ser: i) secuencial o, ii) el folio (alfanumérico) que utilice la institución internamente para identificar sus operaciones. Lo anterior, sobre la base que una misma clave de identificación no podrá asignársele a dos o más operaciones que tengan la misma FECHA DE CONCERTACIÓN (campo 3).
Este campo no podrá reportarse vacío.
8.- CLAVE DE LA CONTRAPARTE
En este campo se deberá anotar la clave única que tenga asignada la contraparte en el CATÁLOGO GENERAL DE CONTRAPARTES.
76
Cabe señalar que la clave de este campo deberá ser distinta a la CLAVE DE LA INSTITUCIÓN (campo 1).
El campo no podrá reportarse vacío.
9.- CAMPO PARA INDICAR SI LA OPERACIÓN ES PARTE DE UNA “ESTRATEGIA”
En este campo se deberá anotar 1 si la operación es parte de una “estrategia” o 0 si la operación no es parte de una “estrategia”. Únicamente se podrá anotar 1 en operaciones mayores o iguales a un millón de dólares de los EE. UU. A. que no se hayan agrupado; es decir, en aquéllas operaciones en las cuales no se haya utilizado una clave del CATÁLOGO DE CLAVES GENÉRICAS DE CONTRAPARTES AGRUPADAS. SECCIÓN VII DEL FORMULARIO ACLME-PD en el campo 8.
Este campo no podrá reportarse vacío.
10.- CLAVE (FOLIO) DE LA “ESTRATEGIA”: CLAVE CON LA QUE SE IDENTIFICA AL CONJUNTO DE OPERACIONES QUE SE REALIZAN DE MANERA SIMULTÁNEA (ESTRATEGIA)
Se deberá anotar una clave (folio) para identificar la operación o el conjunto de operaciones que se contraten de manera simultánea y que formen parte de la misma “estrategia” (de conformidad con lo señalado en el campo 9). Por lo tanto, todas las operaciones que formen parte de una “estrategia” (ya sean operaciones cambiarias o forwards) deberán ser reportadas con la misma Clave de la “Estrategia”.
Cuando la operación sea parte de una estrategia, el sistema verificará que existan otras operaciones (ya sea cambiarias o forwards —en el caso de las operaciones de forwards, la verificación se llevará a cabo en el formulario OFF—) que presenten la misma clave de la “estrategia”, por igual monto y de naturaleza contraria.
Este campo se deberá reportar vacío cuando el CAMPO PARA INDICAR SI LA OPERACIÓN ES PARTE DE UNA “ESTRATEGIA” (campo 9) sea igual a 0 (la operación no es parte de una “estrategia”).
77
VALIDACIONES DEL FORMULARIO ACLME – PD VALIDACIONES DE ESTRUCTURA EN EL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB)
Consideraciones para el layout de los datos Paquete Sección Número Campo(s) Descripción
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 1 Clave de Institución Clave de institución no vacía
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 2 Clave de Institución Clave de institución que corresponda con la
de la información. COMPLEMENTO y
PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 3 Fecha La fecha inicial debe corresponder con la de la información.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y VI-VII 4 Concepto Clave de concepto no vacía.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y VI-VII 5 Plazo El plazo NO debe ir vacío.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y VI-VII 6 Plazo Clave de plazo valida, verificar en el
catálogo. COMPLEMENTO y
PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 7 Monto Monto del concepto no vacío.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 8 Monto Monto no debe ser mayor a 99999999999.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 9 Monto Monto Negativo y Monto Cero no permitido.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 10 Clave de institución, clave de la filial, fecha, concepto,
plazo
Existen registros repetidos. El registro no se encuentra repetido de acuerdo a los campos
llave de la sección correspondiente. COMPLEMENTO y
PREVIO Sección I-V y V-VII, VIII 11 Fecha Día hábil.
COMPLEMENTO y PREVIO Sección I-V y VI-VII 12 Concepto Concepto debe existir de acuerdo al
catálogo COMPLEMENTO y
PREVIO Sección I-V y VI-VII 13 Plazo Plazo definido para este concepto.
PREVIO Sección VIII 14 Clave de la Contraparte Clave de contraparte debe existir en el catálogo.
78
Paquete Sección Número Campo(s) Descripción
PREVIO Sección VIII 15 Tipo de Operación Clave de tipo de operación debe existir en el catálogo.
PREVIO Sección VIII 16 Clave de Institución y Clave de la Contraparte Clave de la contraparte no puede ser la misma que la clave de la Institución.
PREVIO Sección VIII 17 Clave de la Contraparte Clave de contraparte no vacía. PREVIO Sección VIII 18 Tipo de Operación Clave de Tipo de operación no vacía PREVIO Sección VIII 19 Fecha de Entrega Fecha de entrega no vacía.
PREVIO Sección VIII 20 Fecha de Entrega Fecha de entrega no menor que la fecha de concertación.
PREVIO Sección VI-VII 21 Plazo Verificar clave de plazo válida para el concepto de que se trate
Consideraciones para conceptos de posiciones netas Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 22 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 11801 o 11901 G
PREVIO Sección VI-VII 23 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12001 o 12101 G
PREVIO Sección VI-VII 24 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12201 o 12301 G
PREVIO Sección VI-VII 25 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12401 o 12501 G
PREVIO Sección VI-VII 26 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12601 o 12701 G
PREVIO Sección VI-VII 27 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 12801 o 12901 G
PREVIO Sección VI-VII 28 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 13001 o 13101 G
PREVIO Sección VI-VII 29 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 13201 o 13301 G
PREVIO Sección VI-VII 30 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 11951 o 11971 G
79
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 31 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 11601 o 11701 G
VALIDACIONES DE NEGOCIO DEL FORMULARIO ACLME-PD EN EL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB)
Valida la Información respecto Día Anterior Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 1 Validación de la posición de hoy para el formulario ACLME-BM Sección VI-VII
(11801-11901) AYER + (10001 + 10101 + 10201 + 10301 + 10401 + 10416 + 10421 + 10436 + 10451 + 10471 + 10501 + 10521 + 10551 + 10851 + 10951 + 11051 + 11151) - (10051 + 10151 + 10251 + 10351 + 10601 + 10616 + 10621 + 10636 + 10651 + 10671 + 10701 + 10721 + 10751 + 10801 + 10901 + 11001 + 11101) +
[(11301 - 11201) AYER + (11201 - 11301) HOY]
= (11801-11901) HOY G
Valida las Contrapartes Banxico Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VIII 103 Validación del catálogo de contrapartes Clave de la contraparte =
La contraparte
debe encontrarse
en el Catálogo General de
Contrapartes
G
80
Validaciones de Consistencia misma Sección Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 2
La posición del día de filiales extranjeras, más la posición del día de las filiales mexicanas, más la posición del día de Banca Múltiple debe ser igual a la posición final en moneda extranjera
11401-11501+11601-11701+11801-11901 = 11951-11971 G
PREVIO Sección VI-VII 3 La posición total sea igual a la suma de las posiciones individuales (del propio día de que se trate)
12001-12101+12201-12301+12401-12501+12601-12701+12801-12901+13001-
13101+13201-13301
= 11801-11901 G
PREVIO Sección VI-VII 4 Las compras totales sean iguales a la suma de las compras de dólares más otras divisas (del propio día de que se trate)
13401 + 13601 + 13801 + 13905 + 14001 + 14201 + 14401 + 14601 + 14801 + 15001 + 15111 + 15201 + 15131 + 15171 + 16001 + 16201 + 16401 + 16531 + 16601 + 16801 +
17101 + 17401 + 17601
= 10001 G
PREVIO Sección VI-VII 5 Las ventas totales sean iguales a la suma de las ventas de dólares más otras divisas (del propio día de que se trate)
13501 + 13701 + 13901 + 13907 + 14101 + 14301 + 14501 + 14701 + 14901 + 15101 + 15117 + 15301 + 15161 + 15181 + 16101 + 16301 + 16501 + 16561 + 16701 + 16901 +
17201 + 17501 + 17701
= 10051 G
PREVIO Sección VI-VII 58 Valida las operaciones cambiarias de compra peso dólar con Sector Privado de la sección VII
14321 + 14361 = 14201 G
PREVIO Sección VI-VII 59 Valida las operaciones cambiarias de venta peso dólar con Sector Privado de la sección VII
14341 + 14381 = 14301 G
PREVIO Sección VI-VII 62 Valida las operaciones cambiarias de compra peso divisa con Sector Privado de la sección VII
16921 + 16961 = 16801 G
PREVIO Sección VI-VII 63 Valida las operaciones cambiarias de venta peso divisa con Sector Privado de la sección VII
16941 + 16981 = 16901 G
81
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 77 Fecha de información más plazo debe ser diferente a sábado o domingo
fecha de información + plazo (en días naturales) <> sábado o
domingo G
PREVIO Sección VIII 78 Fecha de entrega o recepción debe ser diferente a sábado o domingo fecha de entrega o recepción <> sábado o
domingo G
PREVIO Sección VIII 95
Por cada "Clave de estrategia" se debe verificar que la suma de las operaciones con Posición en la operación = C sea igual a la suma de las operaciones con Posición en la operación = V; considerando tanto las operaciones reportadas en la sección VIII de este formulario como las operaciones de forwards correspondientes reconocidas como estrategia (cambiaria - forward) en el formulario OFF
Suma de las operaciones con Posición en la operación = C =
Suma de las operaciones con Posición
en la operación = V
G
PREVIO Sección VIII 96
Por cada "Clave de estrategia" se debe verificar que la clave de divisa sea la misma; considerando tanto las operaciones reportadas en la sección VIII de este formulario como las operaciones de forwards correspondientes reconocidas como estrategia (cambiaria - forward) en el formulario OFF
Divisa de la operación con Posición en la operación = C =
Divisa de la operación con Posición en la operación = V
G
PREVIO Sección VIII 97
Por cada "Clave de estrategia" se debe verificar que la contraparte sea la misma; considerando tanto las operaciones reportadas en la sección VIII de este formulario como las operaciones de forwards correspondientes reconocidas como estrategia (cambiaria - forward) en el formulario OFF
Contraparte de la operación con Posición en la operación = C =
Contraparte de la
operación con Posición en la operación = V
G
PREVIO Sección VIII 98
Por cada "Clave de estrategia" se debe verificar que la Fecha de liquidación de las operaciones con Posición en la operación = C sea distinta a la Fecha de Liquidación de las operaciones con Posición en la operación = V; considerando tanto las operaciones reportadas en la sección VIII
Fecha de Liquidación de la operación con Posición en la
operación = C <>
Fecha de Liquidación
de la operación con Posición en la operación = V
G
82
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
de este formulario como las operaciones de forwards correspondientes reconocidas como estrategia (cambiaria - forward) en el formulario OFF
Validaciones de cruce entre secciones del mismo paquete Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 6
Valida que la compra de dólares con Bancos sección VIII = compra de dólares con Bancos de la sección VII, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte para Instituciones de
Crédito prefijo 037 y 040, para Banco de México clave 002001
= 13401 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 7
Valida que la venta de dólares con Bancos sección VIII = venta de dólares con Bancos de la sección VII, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte para Instituciones de
Crédito prefijo 037 y 040, para Banco de México clave 002001
= 13501 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 8
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con Bancos sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con Bancos de la sección VII, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte para Instituciones de
Crédito prefijo 037 y 040, para Banco de México clave 002001
= 16001 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 9
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con Bancos sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con Bancos de la sección VII, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte para Instituciones de Crédito prefijo 037 y 040, para Banco de México clave
002001
= 16101 G
83
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 10
Valida que la compra de dólares con casas de cambio sección VIII = compra de dólares con casas de cambio sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Cambio
prefijo 016
= 13601 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 11
Valida que la venta de dólares con casas de cambio sección VIII = venta de dólares con casas de cambio sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Cambio
prefijo 016
= 13701 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 12
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con casas de cambio sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con casas de cambio sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Cambio
prefijo 016
= 16201 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 13
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con casas de cambio sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con casas de cambio sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte para Casas de Cambio prefijo 016
= 16301 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 14
Valida que la compra de dólares con casas de bolsa sección VIII = compra de dólares con casas de bolsa sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Bolsa
prefijo 013
= 13801 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 15
Valida que la venta de dólares con casas de bolsa sección VIII = venta de dólares con casas de bolsa sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Bolsa
prefijo 013
= 13901 G
84
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 16
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con casas de bolsa sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con casas de bolsa sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte para Casas de Bolsa
prefijo 013
= 16401 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 17
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con casas de bolsa sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con casas de bolsa sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte para Casas de Bolsa prefijo 013
= 16501 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 18
Valida que la compra de dólares con sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VIII = compra de dólares con sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 13905 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 19
Valida que la venta de dólares con sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VIII = venta de dólares con sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 13907 G
85
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 20
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección vii del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 16531 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 21
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 16561 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 22
Valida que la compra de dólares con otros intermediarios financieros privados sección VIII = compra de dólares con otros intermediarios financieros privados sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14001 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 23
Valida que la venta de dólares con otros intermediarios financieros privados sección VIII = venta de dólares con otros intermediarios financieros privados sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14101 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 24
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con otros intermediarios financieros privados sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con otros intermediarios financieros privados sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 16601 G
86
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 25
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con otros intermediarios financieros privados sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con otros intermediarios financieros privados sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 16701 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 26
Valida que la compra de dólares con sector privado sección VIII = compra de dólares con sector privado sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14201 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 27
Valida que la venta de dólares con sector privado sección VIII = venta de dólares con sector privado sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14301 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 28
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con sector privado sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con sector privado sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 16801 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 29
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con sector privado sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con sector privado sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 16901 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 30
Valida que la compra de dólares con sector público sección VIII = compra de dólares con sector público sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
= 14401 G
87
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
catálogo de contrapartes del Banco de México
PREVIO Sección VI-VII y VIII 31
Valida que la venta de dólares con sector público sección VIII = venta de dólares con sector público sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14501 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 32
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con sector público sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con sector público sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 17101 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 33
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con sector público sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con el sector público sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 17201 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 34
Valida que la compra de dólares con entidades financieras del extranjero sección VIII = compra de dólares con entidades financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14601 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 35
Valida que la venta de dólares con entidades financieras del extranjero sección VIII = venta de dólares con entidades financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14701 G
88
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 36
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con entidades financieras del extranjero sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con entidades financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 17401 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 37
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con entidades financieras del extranjero sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con entidades financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 17501 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 38
Valida que la compra de dólares con entidades no financieras del extranjero sección VIII = compra de dólares con entidades no financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares americanos reportadas
en la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14801 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 39
Valida que la venta de dólares con entidades no financieras del extranjero sección VIII = venta de dólares con entidades no financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en
la sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 14901 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 40
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con entidades no financieras del extranjero sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con entidades no financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas al dólar americano reportadas en la
sección VIII, con clave de contraparte registrada en el
catálogo de contrapartes del Banco de México
= 17601 G
89
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 41
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con entidades no financieras del extranjero sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con entidades no financieras del extranjero sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con
clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 17701 G
Validaciones de Cruce entre Formularios Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 69 Concertación de Futuros Largos del Banco Múltiple
Operaciones concertadas de futuros que generan posición
larga, reportados en el formulario OFF. FUT_POS_L_0001
= 10101 G
PREVIO Sección VI-VII 70 Concertación de Futuros Cortos del Banco Múltiple
Operaciones concertadas de futuros que generan posición
corta, reportados en el formulario OFF. FUT_POS_C_0002
= 10151 G
PREVIO Sección VI-VII 71 Concertación de Forwards Largos del Banco Múltiple
Operaciones concertadas de forwards que generan posición
larga, reportados en el formulario OFF. FWD_POS_L_0011
= 10201 G
PREVIO Sección VI-VII 72 Concertación de Forwards Cortos del Banco Múltiple
Operaciones concertadas de forwards que generan posición
corta, reportados en el formulario OFF. FWD_POS_C_0012
= 10251 G
PREVIO Sección VI-VII 73 Vencimientos de Futuros Largos Liquidables por diferencias del Banco Múltiple
Vencimientos de futuros con liquidación por diferencias que disminuyen la posición larga,
reportados en el formulario OFF. FUT_POS_L_0007
= 10801 G
90
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 74 Vencimientos de Futuros Cortos Liquidables por diferencias del Banco Múltiple
Vencimientos de futuros con liquidación por diferencias que disminuyen la posición corta,
reportados en el formulario OFF. FUT_POS_C_0008
= 10851 G
PREVIO Sección VI-VII 75 Vencimientos de Forwards Largos Liquidables por diferencias del Banco Múltiple
Vencimientos de forwards con liquidación por diferencias que disminuyen la posición larga,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_L_0021
= 10901 G
PREVIO Sección VI-VII 76 Vencimientos de Forwards Cortos Liquidables por diferencias del Banco Múltiple
Vencimientos de forwards con liquidación por diferencias que disminuyen la posición corta,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_C_0022
= 10951 G
COMPLEMENTO Sección I-V 67 Posición de Futuros del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de futuros, reportados en el formulario OFF.
FUT_POS_L_0009 -FUT_POS_C_0010
= 9880 - 9885 G
COMPLEMENTO Sección I-V 68 Posición Larga de Forwards del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de forwards que generan posición larga,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_L_0023
= 9890 G
COMPLEMENTO Sección I-V 83 Posición Corta de Forwards del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de forwards que generan posición corta,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_C_0024
= 9895 G
91
Validaciones de Cruce entre Paquetes Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 42
Valida que la posición total sea igual a la Posición Larga (Activos) menos la Posición Corta (Pasivos) (únicamente en moneda extranjera) del Banco Múltiple (del propio día de que se trate)
[(1140 a 1155) + (3010 a 3220) + (3370 a 3508) + (3510 a 3535) + (4650 a 4710) + (4725 a 4835) + (4850 a 4852) + (4915 a 4940) + 9880 + 9890 + 9900 + 11201] -
[(1235 a 1255) + 5980 + (5990 a 6405) + (6415 a 6435) + (7010 a 7040) + (7050 + 7105) + (7330 a
7354) + 9853 + 9885 + 9895 + 9910 + 11301]
= 11801 – 11901 G
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 43
Valida que la posición total sea igual a la Posición Larga (Activos) menos Pasivos de la Filial Financiera nacional
[1100 + 1120 + (1160 a 1165) + (3010 a 3220) + (3370 a 3508) + (3510 a 3535) + (4650 a 4710) + (4725 a 4835) + (4850 a 4852) + (4915 a 4940) + 9880 + 9890 + 9900 + 9930] - [1200 + 1220 + (1260 a 1265) + 5980 + (5990 a 6405) + (6415 a 6435) + (7010 a 7040) + (7050 + 7105) + (7330 a
7354) + 9853 + 9885 + 9895 + 9910 + 9940]
= 9950- 9960 G
COMPLEMENTO Sección I-V 44 Sólo uno de los dos conceptos puede tener importe 9950 o 9960 G
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 56
Valida que la suma neta de las operaciones vigentes (saldos de inicio más operaciones del día de la sección VII) sea igual a la diferencia del saldo de la moneda extranjera a recibir por operaciones de compra ya pactadas menos el saldo de la moneda extranjera a entregar por operaciones de venta ya pactadas
(SI 3510 a 3535 - SI 6415 a 6435) + (13401 + 13601 + 13801 + 13905 + 14001 + 14201 + 14401 + 14601 + 14801 + 15001 + 15111 + 15131 + 15171 + 15201 + 16001 + 16201 + 16401 + 16531 + 16601 + 16801 + 17101 + 17401 + 17601) - (13501 + 13701 + 13901 + 13907 + 14101 + 14301 + 14501 + 14701 + 14901 + 15101 + 15117 + 15161 + 15181 + 15301 + 16101 + 16301 + 16501 + 16561 + 16701 + 16901 + 17201 +
17501 + 17701)
=
(3510 + 3512 + 3515 + 3517 + 3520 + 3522
+ 3535) - (6415 + 6420
+ 6435)
G
92
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 57
Valida operaciones vigentes de compra - venta de divisas del banco múltiple con entidades financieras mexicanas: bancos, casas de bolsa, sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas para el retiro
(SI 3515 - SI 6415) + (13401 + 13801 + 13905 + 15001 + 15111 + 16001 + 16401 + 16531) - (13501 + 13901 + 13907 + 15101 + 15117 +
16101 + 16501 + 16561)
= 3515 - 6415 G
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII 66 Posición de filiales financieras mexicanas 9950 - 9960 = 11601 -
11701 G
COMPLEMENTO Sección I-V 92 Billetes y Monedas (exclusivamente dólares de los EE.UU.A.) 9822 <= Billetes y Monedas Extranjeros 3010
9822 <= 3010 G
PREVIO Sección VI-VII 67 Posición Neta de Futuros del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de futuros, reportados en el formulario OFF.
FUT_POS_L_0009 -FUT_POS_C_0010
= 9880 - 9885 G
PREVIO Sección VI-VII 68 Posición Larga de Forwards del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de forwards que generan posición larga,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_L_0023
= 9890 G
PREVIO Sección VI-VII 83 Posición Corta de Forwards del Banco Múltiple
Operaciones vigentes de forwards que generan posición corta,
reportados en el formulario OFF. FWD_POS_C_0024
= 9895 G
93
VALIDACIONES DE NEGOCIO DEL FORMULARIO ACLME-PD FUERA DEL SISTEMA DE ACOPIO (SAIF-WEB)
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII 60 Valida las operaciones cambiarias de compra peso dólar con Sector Público de la sección VII
14505 + 14515 +14525 + 14535 + 14545 + 14555 = 14401 G
PREVIO Sección VI-VII 61 Valida las operaciones cambiarias de venta peso dólar con Sector Público de la sección VII
14510 + 14520 + 14530 + 14540 + 14550 + 14560 = 14501 G
PREVIO Sección VI-VII 64 Valida las operaciones cambiarias de compra peso divisa con Sector Público de la sección VII
17211 + 17231 +17251 +17271 + 17291 + 17311 = 17101 G
PREVIO Sección VI-VII 65 Valida las operaciones cambiarias de venta peso divisa con Sector Público de la sección VII
17221 + 17241 +17261 +17281 + 17301 + 17321 = 17201 G
PREVIO Sección VI-VII 104 Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con instituciones de crédito y casas de bolsa
15001 = 15101 G
PREVIO Sección VI-VII 105
Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro
15111 = 15117 G
PREVIO Sección VI-VII 106 Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con casas de cambio 15131 = 15161 G
PREVIO Sección VI-VII 107 Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con compañías aseguradoras mexicanas
15171 = 15181 G
PREVIO Sección VI-VII 108 Operaciones concertadas divisa-divisa celebradas con otros 15201 = 15301 G
94
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO Sección I-V
117.01
Concepto no válido para reportar la moneda extranjera a recibir al inicio de operaciones de Swaps, la cual se encuentre pendiente de liquidar. A partir del 01/06/2015
Concepto no válido = 4915 G
117.02
Concepto no válido para reportar la moneda extranjera a entregar al inicio de operaciones de Swaps, la cual se encuentre pendiente de liquidar. A partir del 01/06/2015
Concepto no válido = 7330 G
COMPLEMENTO Sección X 118 Si el paquete no es vacío, deben reportar todos los conceptos
Los conceptos: 30001, 30011, 30021, 30031, 30041, 30051, 30061, 30071, 30081, 30091, 30101, 30111, 30121,
30131, 30141, 30151
<> vacío G
COMPLEMENTO Sección X
119.01 Tipos de cambio de apertura en sucursales, del dólar americano, con el mayor spread entre compra y venta
30001 < 30011 G
119.02 Tipos de cambio de apertura en sucursales, del dólar americano, con el menor spread entre compra y venta
30021 < 30031 G
119.03 Tipos de cambio de cierre en sucursales, del dólar americano, con el mayor spread entre compra y venta
30081 < 30091 G
119.04 Tipos de cambio de cierre en sucursales, del dólar americano, con el menor spread entre compra y venta
30101 < 30111 G
119.05 Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el tipo bajo y el tipo alto
30041 <= 30051 G
95
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
119.06 Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el tipo bajo y el tipo alto
30061 <= 30071 G
119.07 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el tipo bajo y el tipo alto
30121 <= 30131 G
119.08 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el tipo bajo y el tipo alto
30141 <= 30151 G
119.09
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano de compra y venta para el spread mayor y el spread menor
30031-30021 <= 30011-30001 G
119.10
Tipos de cambio de cierre en sucursales, del dólar americano de compra y venta para el spread mayor y el spread menor
30111-30101 <= 30091-30081 G
119.11
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread mayor y el tipo bajo
30041 <= 30001 G
119.12
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread mayor y el tipo alto
30051 >= 30001 G
119.13
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread mayor y el tipo bajo
30061 <= 30011 G
119.14
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread mayor y el tipo alto
30071 >= 30011 G
96
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
119.15 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread mayor y el tipo bajo
30121 <= 30081 G
119.16 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread mayor y el tipo alto
30131 >= 30081 G
119.17 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread mayor y el tipo bajo
30141 <= 30091 G
119.18 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread mayor y el tipo alto
30151 >= 30091 G
119.19
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread menor y el tipo bajo
30041 <= 30021 G
119.20
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread menor y el tipo alto
30051 >= 30021 G
119.21
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread menor y el tipo bajo
30061 <= 30031 G
119.22
Tipos de cambio a la apertura en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread menor y el tipo alto
30071 >= 30031 G
119.23 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread menor y el tipo bajo
30121 <= 30101 G
97
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
119.24 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de compra para el spread menor y el tipo alto
30131 >= 30101 G
119.25 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread menor y el tipo bajo
30141 <= 30111 G
119.26 Tipos de cambio al cierre en sucursales, del dólar americano, de venta para el spread menor y el tipo alto
30151 >= 30111 G
COMPLEMENTO Sección X
120.01
Confirmación de los tipos de cambio reportados. Si la diferencia del tipo de cambio reportado y el TCFIXFD es inferior a un rango determinado
TC - TCFIXFD <= 1.1 NG
120.02
Confirmación de los tipos de cambio reportados. Si la diferencia del tipo de cambio reportado y el TCFIXFD es superior a un rango determinado
TC - TCFIXFD >= 1.1 NG
COMPLEMENTO Sección I-V 121
Conceptos de Billetes y Monedas (exclusivamente dólares de los EE.UU.A.) Si 3010 > 0
9822 > 0 NG
98
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO Sección I-V 122
Confirmación de la información reportada en los conceptos especiales (sin autorización), es decir, que cumple con la descripción de los respectivos conceptos
Los conceptos: 3028, 3029, 3032, 3037, 3197, 3205, 3206, 3207, 3377, 3495, 3512, 3517, 3522, 3567, 3596, 3605, 3613, 3619, 3633, 3642, 3803, 3812, 3841, 3850, 3858, 3864, 3878, 3887, 4078, 4087, 4116, 4125, 4153, 4162, 4336, 4376, 4399, 4458, 4467, 4496, 4505, 4533, 4542, 4653, 4662, 4691, 4728, 4737, 4816, 5500, 5510, 5520, 6200, 6385, 6812, 6832, 6852, 7020,
7085
COMPLEMENTO Sección I-V 123
Verificación de la tendencia de montos reportados a plazo residual de 1 a 66 días. Si la diferencia del importe reportado con respecto al importe del día anterior, al plazo siguiente, es superior a un rango determinado, el importe reportado se marca en rojo y se ingresa como registro en el resumen. En el caso que no se reporte importe en el plazo subsiguiente sólo se registra en el resumen
Monto de fecha t a plazo x-n - Monto en fecha t-1 a plazo
x; dónde n es el número de
días naturales transcurridos
> 10 G
PREVIO Sección VIII 99 Si el campo "Identificador de estrategia” = 1 se debe verificar que la operación sea >= 1,000 y que la clave genérica de contraparte no sea agrupada
Monto de la operación >= 1000 G
PREVIO Sección VIII 124
Confirmación de las operaciones con monto mayor o igual a 500 millones de dólares que no se hayan indicado como Estrategia, es decir, que el campo "Identificador de estrategia” = 0
Monto de la operación >= 500,000 NG
99
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VIII 125
Confirmación de las operaciones con monto mayor a 1 millón de dólares con clave genérica de contraparte agrupada. Si por cada clave de contraparte agrupada (000750, 000820, 000830, 000835, 000840 y 000870), por cada divisa y tipo de operación (compra y venta)
Monto Total / Monto Máximo (últimas 30 fechas
anteriores) > 1 NG
COMPLEMENTO Sección I-V 100
Promedio de Cuentas de Cheques (*) El cálculo de este dato será llevado a cabo por Banco de México. Para el cálculo del promedio, en fechas inhábiles se toma el dato del día hábil inmediato anterior
Promedio diario del mes inmediato anterior del
concepto 6005* = 9800 + 9810 + 9820 (sólo para
el primer día hábil del mes) G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 109
Valida que la compra de dólares con personas morales sección VIII = compra de dólares con personas morales sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares
americanos reportadas en la sección VIII, con clave de
contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 14321 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 110
Valida que la venta de dólares con personas morales sección VIII = venta de dólares con personas morales sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en la sección VIII,
con clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del Banco de
México
= 14341 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 111
Valida que la compra de dólares con personas físicas sección VIII = compra de dólares con personas físicas sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de dólares
americanos reportadas en la sección VIII, con clave de
contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del
Banco de México
= 14361 G
100
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
PREVIO Sección VI-VII y VIII 112
Valida que la venta de dólares con personas físicas sección VIII = venta de dólares con personas físicas sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de dólares americanos reportadas en la sección VIII,
con clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del Banco de
México
= 14381 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 113
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con personas morales sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con personas morales sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas
al dólar americano reportadas en la sección VIII,
con clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del Banco de
México
= 16921 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 114
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con personas morales sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con personas morales sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con clave
de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes
del Banco de México
= 16941 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 115
Valida que la compra de divisas distintas al dólar con personas físicas sección VIII = compra de divisas distintas al dólar con personas físicas sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de compra de divisas distintas
al dólar americano reportadas en la sección VIII,
con clave de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes del Banco de
México
= 16961 G
PREVIO Sección VI-VII y VIII 116
Valida que la venta de divisas distintas al dólar con personas físicas sección VIII = venta de divisas distintas al dólar con personas físicas sección VII del banco múltiple, por cada plazo a vencer
Operaciones una a una de venta de divisas distintas al dólar americano reportadas en la sección VIII, con clave
de contraparte registrada en el catálogo de contrapartes
del Banco de México
= 16981 G
101
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO Sección I-V
102.01
Valores Comprometidos con calificación mayor o igual a AA- de Standard and Poor's o mayor o igual a Aa3 de Moody's Investors Service
3170 = 9700 G
102.02
Valores Comprometidos con calificación menor o igual a A+ y mayor o igual a A- de Standard and Poor's o menor o igual a A1 y mayor o igual a A3 de Moody's Investors Service
3173 = 9705 G
102.03
Valores Comprometidos con calificación menor o igual a BBB+ y mayor o igual a BBB- de Standard and Poor's o menor o igual a Baa1 y mayor o igual a Baa3 de Moody's Investors Service
3176 = 9710 G
102.04
Valores Comprometidos con calificación igual a BB+ de Standard and Poor's o igual a Ba1 de Moody's Investors Service
3179 = 9715 G
102.05
Valores Comprometidos con calificación menor o igual a BB de Standard and Poor's o menor o igual a Ba2 de Moody's Investors Service
3181 = 9720 G
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII
126.01
Valida operaciones vigentes de compra de divisas del banco múltiple con entidades financieras mexicanas: bancos, casas de bolsa, sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas para el retiro
(SI 3515) + (13401 + 13801 + 13905 + 15001 + 15111 + 16001 + 16401 + 16531)
= 3515 G
126.02 Valida operaciones vigentes de compra de divisas del banco múltiple con otras contrapartes
SI(3510 + 3515 + 3517 + 3520 + 3522 + 3535) +
(13601 + 14001 + 14201 + 14401 + 14601 + 14801 + 15131 + 15171 + 15201 + 16201 + 16601 + 16801 + 17101 + 17401 + 17601)
= 3510 + 3512 + 3517 + 3520 + 3522 + 3535 G
102
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
126.03 Valida operaciones vigentes de compra de divisas del banco múltiple
(SI 3510 a 3535) + (13401 + 13601 + 13801 + 13905 + 14001 + 14201 + 14401 + 14601 + 14801 + 15001 + 15111 + 15131 + 15171 + 15201 + 16001 + 16201 + 16401 + 16531 + 16601 + 16801 + 17101 + 17401 +
17601)
= 3510 + 3512 + 3515 + 3517 + 3520 + 3522 + 3535 G
126.04
Valida operaciones vigentes de venta de divisas del banco múltiple con entidades financieras mexicanas: bancos, casas de bolsa, sociedades de inversión y sociedades de inversión especializadas para el retiro
(SI 6415) + (13501 + 13901 + 13907 + 15101 + 15117 + 16101 + 16501 + 16561)
= 6415 G
126.05 Valida operaciones vigentes de venta de divisas del banco múltiple con otras contrapartes
(SI 6420 a 6435) + (13701 + 14101 + 14301 + 14501 + 14701 + 14901 + 15161 + 15181 + 15301 + 16301 + 16701 + 16901 + 17201 +
17501 + 17701)
= 6420 + 6435 G
126.06 Valida operaciones vigentes de venta de divisas del banco múltiple
(SI 6415 a 6435) + (13501 + 13701 + 13901 + 13907 + 14101 + 14301 + 14501 + 14701 + 14901 + 15101 + 15117 + 15161 + 15181 + 15301 + 16101 + 16301 + 16501 + 16561 + 16701 + 16901 + 17201 + 17501 +
17701)
= 6415 + 6420 + 6435 G
103
Paquete Sección Número Descripción A Oper. B Tipo1
COMPLEMENTO y PREVIO
Sección I-V y VI-VII
127.01 Posición Larga de Opciones, a valor delta
3593 + 3596 + 3599 + 3602 + 3605 + 3607 + 3593 + 3596 + 3599 + 3602 + 3605 + 3607 + 3609 + 3611 + 3613 + 3615 + 3617 + 3619 + 3621 + 3838 + 3841 + 3844 + 3847 + 3850 + 3852 + 3854 + 3856 + 3858 + 3860 + 3862 + 3864 + 3866 + 4110 + 4113 + 4116 + 4119 + 4122 + 4125 + 4127 + 4368 + 4373 + 4376 + 4377 + 4378 + 4380 + 4381 + 4383 + 4390 + 4392 + 4393 + 4397 + 4399 + 4405 + 4408 + 4410 + 4412 + 4414 + 4416 + 4427 + 4429 + 4490 + 4493 + 4496 + 4499 +
4502 + 4505 + 4513
= 11201 G
127.02 Posición Corta de Opciones, a valor delta
6504 + 6519 + 6704 + 6828 + 6830 + 6833 + 6835 + 6837 + 6839 + 6841 + 6842 + 6843 + 6845 + 6846 + 6848 + 6852 + 6853 + 6854 + 6855 + 6857 + 6859 + 6860 + 6861 + 6862 +
6863 + 6865 + 6866
= 11301 G
104
Sección Nombre Descripción A Oper. B
Sección VIII Discrepancias con Instituciones de
crédito
Valida que las operaciones de compraventa de divisas una a una, sean iguales a las operaciones de compraventa divisas, que celebren con Instituciones de Crédito, reconociéndose como contraparte entre ellas.
Reportado por el Banco:
fecha de concertación, fecha de liquidación, monto de la operación, divisa, indicador de estrategia
=
Reportado por la contraparte:
fecha de concertación, fecha de liquidación, monto de la operación, divisa, indicador de estrategia
Tipo de Operación <> Tipo de Operación
Sección VIII Discrepancias con Casas de Bolsa y Casas de Cambio
Valida que las operaciones de compraventa peso – dólar, sean iguales a las operaciones de compraventa peso – dólar, que celebren con Casas de Bolsa y Casas de Cambio, reconociéndose como contraparte entre ellas, agrupando las operaciones para su comparación.
Reportado por el Banco:
fecha de concertación, fecha de liquidación, monto de la operación, divisa =
Reportado por la contraparte:
fecha de concertación, fecha de liquidación, monto de la operación, divisa, indicador de estrategia
Tipo de Operación <> Tipo de Operación
105
ANEXOS
CATÁLOGO DE CLAVES GENÉRICAS DE CONTRAPARTES AGRUPADAS. SECCIÓN VII DEL FORMULARIO ACLME-PD
NOMBRE CLAVE OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS MEXICANOS 000750 PERSONAS FÍSICAS EN MÉXICO 000820 PERSONAS MORALES EN MÉXICO 000830 SECTOR PÚBLICO EN MÉXICO 000835 ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTRANJERO 000840 ENTIDADES NO FINANCIERAS DEL EXTRANJERO 000870
CATÁLOGO DE DIVISAS DE LA SECCIÓN VIII DEL FORMULARIO ACLME-PD
CLAVE NOMBRE CAD DÓLAR CANADIENSE USD DÓLAR DE LOS EE.UU.A. EUR EURO CHF FRANCO SUIZO GBP LIBRA ESTERLINA BRL REAL BRASILEÑO JPY YEN JAPONÉS
AUD DÓLAR AUSTRALIANO NZD DÓLAR DE NUEVA ZELANDIA SEK CORONA SUECA
OTD OTRAS DIVISAS