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SEMANA 02FACTURA
04/10/2015 - 14/10/2015 1Elizabeth Rueda Garcia
Características de las facturas Requisitos legales Plazos de emisión, registro y conservación
de facturas Determinar el IVA Cumplimentar las facturas Retenciones de IRPF
04/10/2015 - 14/10/2015 2Elizabeth Rueda Garcia
¿Qué es una factura? Normas que obligan la emisión de las facturas.
Documento que acredita legalmente las entregas de bienes y las prestaciones de servicios realizados.
Están obligados a expedir facturas y copias por las entregas de bienes y servicios así como conservar una copia.
Ley General Tributaria Ley del Impuesto
sobre el Valor Añadido Real Decreto 1619, el
Reglamento de las obligaciones de la facturación.
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Operaciones que eximen de la obligación de expedir factura:
Venta al por menor Venta de servicios de transporte en ambulancia Servicios a domicilio del consumidor Transportes de personas y sus equipajes Servicios públicos prestados en salas de baile y
discotecas Servicios telefónicos en cabinas públicas Servicios de peluquerías e institutos de belleza Utilización de instalaciones deportivas Revelado de fotografías Servicios de aparcamiento y estacionamiento de
vehículos Servicios de alquiler de películas
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CONTENIDO EXPEDICIÓN DE FACTURAS POR EL DESTINATARIO
Número NIF del expedidor Tipo Impositivo o
expresión <<IVA Incluido>>
Contraprestación total
Debe existir un acuerdo por escrito entre las partes
Debe ser aceptada la factura en los próximos 15 días
Las no aceptadas en el plazo no serán admitidas
En caso de facturas emitidas por terceros deberán llevar serie y numeración diferente para cada destinatario
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Plazo de expedición Duplicados y Copias
En el momento de la venta
En caso de empresario o profesional la emisión y envío se realizará con plazo de un mes, antes del 16 del mes siguiente a la finalización del periodo de liquidación del IVA
Solo puede haber una factura original
Para varios destinatarios: Copia.
Por pérdida del original: Duplicado.
Debe de llevar la leyenda ES COPIA O ES DUPLICADO.
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Procedimientos Plazo según la Ley General Tributaria y el Código de Comercio
Facturas Copias y matrices de facturas
art. 2.1 y 2 del Reglamento de obligaciones de facturación
Facturas expedidas según 2.3 del Reglamento y justificantes contables
Recibos justificativos del reintegro de la compensación del régimen especial de la agrícultura, ganadería y pesca
Documentos acreditativos del pago del impuesto a la importación
4 años: apartir de cuando finalice el día 30 de enero del año siguiente. Acabaran los 4 años cuando finalice el plazo de entrega de la declaración del IRPF o el Impuesto de Sociedades.
Código de Comercio: Conservar los libros, correspondencia, documentación y justificantes durante: 6 años.
Bienes muebles: 9 años Bienes inmuebles: 14
años
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Descuentos Gastos y suplidos
Los Descuentos aminoran la base.
Descuento comercial Rappel o descuento por
volumen de venta. Se calcula después de la deducción del descuento comercial.
Descuento por pronto pago. Se calcula después de deducir descuento comercial y rappel
Los Gastos incrementan la base imponible.
Envases, embalajes, portes y gastos de entrega y seguros. Se suman después de los descuentos, importe neto.
Suplidos: Gastos que asume el emisor de una factura para la realización de las operaciones que le han sido encomendadas. (Se suman al final, después del IVA)
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La base imponible de la factura se constituye por el valor neto de todos los conceptos que están sujetos a IVA. Por tanto, es la cifra sobre la que se calcula el impuesto.
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Base Imponible Tipo de IVA Cuota de
IVA
Base Imponible
Importe TotalSuplidosCuota del
IVA
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Las anotaciones se harán ordenadamente, de una en una.
Se anotaran de forma correlativa Datos: Fecha, número, nombre y apellidos
con el NIF, base imponible, IVA y cuota tributaria.
Ser expedidas el mismo día. Se aplique el mismo tipo de IVA.
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