fundamentos filosoficos 01

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UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS TEMA : LOS FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DE LOS DERECHOS HUMANOS CATEDRA : FILOSOFIA DEL DERECHO. CATEDRATICO : DR. PAUCAR COZ, Andrés D. ESTUDIANTES : PAREDES HINOSTROZA, Wilber Alex. RICSE VILLA, William Henry. SEMESTRE : V

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Page 1: Fundamentos Filosoficos 01

UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

TEMA: LOS FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DE LOS

DERECHOS HUMANOS

CATEDRA : FILOSOFIA DEL DERECHO.

CATEDRATICO : DR. PAUCAR COZ, Andrés D.

ESTUDIANTES :

PAREDES HINOSTROZA, Wilber Alex.

RICSE VILLA, William Henry.

SEMESTRE : V

CERRO DE PASCO – 2013.

Page 2: Fundamentos Filosoficos 01

Dedicamos el presente trabajo monográfico a todos los

padres de familia, que a pesar de sus responsabilidades

laborales e intelectuales, realizan el milagro de inculcar

ética, moral y cultura a su prole; venciendo de esta manera,

la adversidad del tiempo.

Page 3: Fundamentos Filosoficos 01

iii

ÍNDICE

Índice__________________________________________________________iii

Introducción_____________________________________________________v

Capítulo I: Fundamentos Filosóficos, prolegómenos y orígenes de los

Derechos Humanos__________________________________________________7

1.1. Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos. Paul Ricoeur___7

1.2. Prolegómenos a un Estudio de los Derechos Humanos desde el punto

de vista de la Comunidad Internacional. Vittorio Mathieu__________________8

1.3. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos.

Complemento a la Relación del Profesor Mathieu. Charles Taylor___________10

1.4. La Declaración de Derechos. Estudio crítico, Primera parte. John

Humprey 11

1.5. La Declaración de derechos. Estudio crítico, Segunda parte. Richard

Tuck 12

Capítulo II: Perspectivas Occidentales______________________________14

2.1. Los Derechos Humanos y la Constitución Soviética. V. N. Kudriavtsev

14

2.2. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos desde la

Perspectiva Europea. A Diemer______________________________________15

2.3. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos. Mihailo

Markovic16

2.4. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos en el

Contexto Europeo. Jeanne Hersch____________________________________18

Capítulo III: Perspectivas No Occidentales y Poscoloniales_____________20

3.1. Los Derechos Humanos en América Latina. Francisco Miro Quesada

20

3.2. El Concepto de Derechos Humanos en Japón. Ryosuke Inagaki_____21

Page 4: Fundamentos Filosoficos 01

iv

3.3. Los Derechos Humanos y la Frontera Móvil de la Cultura Mundial. Ali

A. Mazrui_______________________________________________________23

3.4. Los Derechos Humanos. Perspectivas desde Australia. Alice Ehr –

Soon Tay y Eugene Kamenka_______________________________________24

3.5. El Discurso del Amo. Observaciones sobre el Problema de los

Derechos Humanos en Africa. Paulin Hountondji________________________25

Capítulo IV: Perspectivas a partir de Diferentes Ideologías_____________28

4.1. Tradición Islámica y Derechos Humanos. Mohammed Allal Sinaceur

28

4.2. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos en el Mundo

Árabe. Fouad Zakaria______________________________________________29

4.3. Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos. Perspectiva

Hindú. R. C. Pandeya______________________________________________31

4.4. Los Derechos Humanos y su Situación Actual. Nuevas Orientaciones

en Educación. Mirando hacia el Futuro. Prem Kirpal._____________________32

Conclusiones____________________________________________________34

Sugerencias_____________________________________________________36

Bibliografía_____________________________________________________37

Page 5: Fundamentos Filosoficos 01

v

INTRODUCCIÓN

“Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos”, es un libro

fruto de la contribución de la UNESCO, en colaboración del Instituto

Internacional de Filosofía; que partiendo de la característica “universal” de

los derechos humanos, ha sido escrito por autores de diferentes partes del

mundo, distintas creencias religiosas, ideologías diversas, múltiples posturas

culturales; e incluso asumiendo el aspecto de género; que en suma han

desarrollado una serie de ensayos orientados al análisis, promoción y

practica de los Derechos Humanos, en un contexto filosófico dinámico e

intercultural.

El presente trabajo monográfico centra su investigación en “Los

Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos” para lo cual hemos

convenido para su desarrollo, dividirlo en cuatro capítulos, teniendo en

cuenta el carácter multicultural e ideológico que nos presenta el texto y

asumiendo ciertas similitudes y características homologas en los perfiles que

hemos encontrado en los ensayistas.

Page 6: Fundamentos Filosoficos 01

vi

El primer capítulo nos introduce en la temática acerca de los

fundamentos filosóficos, discusiones y génesis de los derechos humanos;

partiendo del análisis de los distintos documentos que se han suscrito a

través de la historia, referida a ese fin.

Seguidamente abordaremos la concepción Europea en torno a los

derechos humanos, incluyendo para tal caso el aporte soviético, las

tendencias humanistas y el apogeo de la barbarie en el viejo continente que

originaron sendos tratados y convenciones internacionales.

Como tercer punto, presentamos la concepción no occidental, que incluye

el punto de vista latinoamericano, en donde se destaca la filosofía de la

liberación y del reconociendo por parte de las culturas que recibieron la

influencia occidental; pero que luchan por una propia identidad y

superación. Así mismo, un vistazo a la realidad africana, de naciones

jóvenes que atentan contra los derechos humanos, teniendo como excusa el

establecimiento de esos mismo derechos.

Finalmente, discutiremos lo referido al modo como distintas culturas, de

diferentes partes del mundo, enfocan el tema de derechos humanos,

partiendo de sus propias creencias religiosas como el islam; el mundo árabe

como una realidad en donde la religión y la libertad empiezan a caminar de

la mano; la visión hindú que concibe al hombre como una unidad indivisible

y reconoce al derecho como un deber en sí mismo. La educación, como

único medio para alcanzar la primacía de la cultura y de la calidad de vida

para los seres humanos.

Page 7: Fundamentos Filosoficos 01

7

CAPÍTULO I: FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS, PROLEGÓMENOS

Y ORÍGENES DE LOS DERECHOS HUMANOS

1.1. Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos. Paul

Ricoeur

“Es razonable que una discusión sobre los fundamentos de los derechos

humanos vaya precedida de un análisis puramente semántico de los

documentos internacionales en los que se reconocen y afirman estos

derechos.”1

“(…) por un lado, se parte de textos que llevan la firma de casi todos los

estados existentes; por otro, se parte de textos que presentan un lenguaje

común, y por lo tanto un espacio común de discusión para filósofos, juristas

y politólogos de culturas y formación intelectual diferentes.”2

“Consideramos de esa forma, todos los derechos invocados en estos

documentos son derechos ´subjetivos´, en el sentido de que se les reconocen

1 A. Diener. et al. Los fundamentos filosóficos de los derechos humanos. Ediciones del Serbal – UNESCO. Barcelona España. 1985. P. 9.

2 Ibídem.

Page 8: Fundamentos Filosoficos 01

8

a sujetos que son, principalmente, individuos, pero también colectividades

no – estatales."3

“Estos derechos consisten esencialmente en reconocer al individuo o a

grupos internos a la sociedad la posibilidad de poner límites a la acción del

Estado, y por lo tanto el poder de reivindicar su derecho y de esa forma

anular las decisiones contrarias al mismo.”4

“Ese poder legal. Reconocido y puesto a disposición de los sujetos de

derecho, tienen dos efectos: poner un límite a la acción de los gobiernos y a

las decisiones colectivas y reconocer la capacidad de iniciativa de los

individuos y los grupos.”5

1.2. Prolegómenos a un Estudio de los Derechos Humanos desde el

punto de vista de la Comunidad Internacional. Vittorio Mathieu

“(…) ¿Cuál es la especificidad de los derechos humanos respecto de los

derechos en general? (…) la definición formal de un derecho humano (en el

sentido subjetivo) podría ser: el derecho a tener la posibilidad de tener

derechos. O bien: el derecho de ocupar una posición que le permita ejercer

derechos y mantenerla.”6

“(…) ¿Cómo debe concebirse la naturaleza humana para que sea posible

la noción de derechos humanos? (…) la capacidad de tomar decisiones, o de

tener una voluntad, o de ser libre, es por cierto algo diferente a tener

inclinaciones, deseos o aspiraciones. Los derechos humanos no son

3 Ibid. 104 Ibídem.5 Ibídem.6 Ibid. 35.

Page 9: Fundamentos Filosoficos 01

9

´naturales´ simplemente en el sentido en que corresponden a aspiraciones

naturales.”7

“(…) intento de clasificación de los derechos humanos (…) para

desplegar su libertad el hombre debe: a) existir; b) existir en tanto que ser

consciente; c) ser libre de la coacción del prójimo; pero también d) de la

coacción que proviene de su constitución psicosomática; e) tener un cierto

grado de conocimiento para elegir; f) disponer de medios de acción

adecuados así como, g) gracias a sus capacidades técnicas (…) a un cierto

grado de riquezas; h) estar libre de un temor que podría paralizarle.”8

“(…) ¿Cómo superar las diferencias en el modo de interpretar los

derechos humanos? (…) jamás se llegará a una formulación definitiva y ne

variatur de los derechos humanos si están fundados sobre la naturaleza

humana. De modo que es necesario reflexionar acerca de cada interpretación

que se nos propone, para juzgar si cumple o no con las exigencias de la

naturaleza humana en la situación dada (…)”9

“(…) ¿Cómo pasar del derecho natural a un derecho positivo en el campo

delos derechos humanos? (…) hay que recorrer más bien el camino inverso

a partir de una concepción puramente ideal de los derechos humanos en

tanto derechos naturales hacia su inclusión en la legislación de los estados o

de las Organizaciones Internacionales”10

7 Ibid. 37 – 38.8 Ibid. 40.9 Ibid. 44 – 45.10 Ibid. 46 – 47.

Page 10: Fundamentos Filosoficos 01

10

1.3. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos.

Complemento a la Relación del Profesor Mathieu. Charles Taylor

“Nuestra cultura legal, al menos en occidente, otorga un lugar

privilegiado a lo que se ha denominado los derechos ´subjetivos´. Al

reconocérseles derechos otorgamos a los individuos, o a grupos interiores a

la sociedad, la posibilidad de poner límites a la acción de esta sociedad.”11

“(…) podemos distinguir dos concepciones del derecho: A. la concepción

occidental original, la de los derechos subjetivos, y B. la concepción de

derechos considerados como objetivos sociales fundamentales, que no se

pueden dejar de lado.”12

“(…) es necesario subrayar que el régimen de los derechos positivos

reposa sobre un conjunto de creencias morales profundas respecto de la

persona humana, y de la dignidad y libertad que estamos obligados a

conceder a la persona.”13

“A partir de esta concepción cultural del hombre, resulta normal

reivindicar, como complemento a la libertad individual, el derecho a la

autodeterminación de los pueblos. Pues si el hombre es un ser cultural, y

hay diferencias significativas ente las culturas, y si las culturas se expresan

también en costumbres políticas diferentes, cada pueblo debe disponer de su

propio destino político para poder expresarse integralmente”14

11 Ibid. 52.12 Ibid. 56.13 Ibid. 57.14 Ibid. 60.

Page 11: Fundamentos Filosoficos 01

11

“Además, el conflicto entre las diferentes clases de derechos con

frecuencia está ligado a un conflicto social que lo agrava. El discurso de los

derechos se presta fácilmente a la demagogia y a las posiciones

absolutistas”15

1.4. La Declaración de Derechos. Estudio crítico, Primera parte.

John Humprey

“(…) los derechos humanos, que son relaciones entre individuos, o entre

los individuos y el Estado, caían dentro de la jurisdicción interna del estado.

Los hombres y mujeres individuales podían ser objetos de la ley pero no

tenían personalidad legal ni derechos o deberes ante la ley”16

“Las mayores y más importantes colectividades son por supuesto los

estados; y los derechos colectivos con frecuencia se convierten en derechos

del estado que pueden o no reflejar los intereses de la mayoría.”17

“(…) es necesario decir algo acerca del aparato organizado para hacer

efectiva la Declaración internacional. La expresión será utilizada en el

sentido de que algo funcione (…) que no es lo mismo que coacción (…) -

algo que difícilmente se da en la incipiente ley internacional de derechos

humanos- (…)”18

“Los abogados que ejercen en tribunales nacionales se basan mucho en

los precedentes cunado investigan el significado de un texto. En cambio

15 Ibid. 61.16 Ibid. 64.17 Ibid. 68.18 Ibid. 73.

Page 12: Fundamentos Filosoficos 01

12

existe muy poca jurisprudencia para la interpretación de derechos humanos

y ninguna para la Declaración universal.”19

“Los derechos humanos y las libertades fundamentales son (…)

esencialmente los mismos aunque se enfoquen en una perspectiva nacional o

internacional. Lo que realmente hicieron los redactores de la Declaración

universal fue transferir a nivel internacional conceptos y valores, muchos de

los cuales tenían ya en algunos países una larga trayectoria.”20

1.5. La Declaración de derechos. Estudio crítico, Segunda parte.

Richard Tuck

“(…) Sostenemos como verdades que no necesitan demostración que

todos los hombres nacen iguales, que están dotados por el Creador de unos

derechos inalienables (…) La otra posición está representada por (…) ´El

concepto de ´derecho natural´ es una absoluta tontería: los derechos

naturales e imprescriptibles son un sinsentido retorico –un verdadero

disparate´ (…)”21

“De modo que ningún hombre puede en verdad cambiar sus sentimientos,

sus juicios y sus efectos al capricho de otro; ni puede conducir al bien

hacerlo profesor lo que es contrario a su corazón. El derecho al juicio

privado es por tanto inalienable (…)”22

“(…) Y es que hay muchas áreas de la vida humana en las que un

objetivo deseable es algo esencialmente difuso, es decir, que no hay un

19 Ibid. 78.20 Ibid. 79.21 Ibid. 81.22 Ibid. 84.

Page 13: Fundamentos Filosoficos 01

13

punto preciso en que pueda decirse que el objetivo ha sido logrado, y por

tanto no hay una relación directa entre un paso particular hacia el objetivo y

su realización.”23

“(…) dado que los seres humanos son cambiantes en el sentido sugerido,

su utilidad solo puede ser interpretada liberalmente a través de instituciones

sociales o políticas que tengan la flexibilidad requerida. De modo que, y es

muy importante, las instituciones centrales de autoridad política deberán

responder (ampliamente) a lo que la población a la que sirven requiere de

ellas (…)”24

“(…) El mensaje moral de los documentos como la Declaración de

Independencia americana o la declaración de Derechos humanos de las

Naciones Unidas es suficientemente claro y la mayoría de las personas

razonables lo aceptarían, pero el medio en que ese mensaje se transmite

carece en absoluto de esa claridad”25

23 Ibid. 86.24 Ibid. 88.25 Ibid. 90.

Page 14: Fundamentos Filosoficos 01

14

CAPÍTULO II: PERSPECTIVAS OCCIDENTALES

2.1. Los Derechos Humanos y la Constitución Soviética. V. N.

Kudriavtsev

“(…) reconoce el carácter social de los derechos y libertades humanos.”26

“(…) insiste en que los derechos humanos están condicionados

históricamente y así varían de acuerdo con lo social, económico, político y

cultural y otros aspectos de la sociedad.”27

“(…) reconoce que los derechos humanos están estrechamente ligados

con los deberes de la persona hacia la sociedad.”28

“(…) pone el énfasis en la realización efectiva de los derechos y

libertades del individuo y, por lo tanto, en la disposición y salvaguardia de

las garantías necesarias para ello.”29

“(…) consiguientemente, reconoce y observa todas las obligaciones

internacionales en el campo de los derechos humanos y promueve el

desarrollo y extensión de la cooperación entre los estados en este campo”30

26 Ibid. 92.27 Ibidem.28 Ibidem.29 Ibidem.30 Ibid. 92 – 93.

Page 15: Fundamentos Filosoficos 01

15

2.2. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos desde la

Perspectiva Europea. A Diemer

“(…) Los antecedentes (que han dado lugar a la declaraciones de los

derechos humanos) son esencial e invariablemente los mismos (…) Se

produce una ruptura (…) un clima que puede ser revolucionario o se

susceptible de provocar la revolución (…) Estos derechos son ante todo y

sobre todo, virtualidades de la existencia humana (…) Por consiguiente, las

declaraciones de derechos humanos van siempre destinadas a aquellos que

pudieran atentar contra esos valores (…)”31

“(…) Los antecedentes de la Declaración de 1948 son, por una parte los

´actos de barbarie´ (la Segunda Guerra Mundial) (…) Es importante

observar sus insistencia en la universalidad de los atributos humanos como

base de la verdadera existencia humana (…) En el preámbulo no se hace

mención alguna de deberes para con autoridades superiores tales como Dios,

ni, por supuesto, con respecto a países, naciones o culturas.”32

“Se ha abandonado la noción de universalidad (…) en la que se

empleaban las expresiones ´ser humano´ y ´naturaleza humana´. Cada grupo

– cualquiera sea su definición- es autónomo ´autolegislativo´, en y por

medio de su cultura (…) constituyen ahora la base para determinar los

derechos humanos.”33

“(…) la libre determinación del hombre es una consecuencia de su

estructura básica, es decir de la razón. El animal se mantiene vivo en virtud

31 Ibid. 107 – 108.32 Ibid. 108.33 Ibid. 114.

Page 16: Fundamentos Filosoficos 01

16

de la pre modelación y pre programación de sus estructuras genéticas y sus

instintos. El hombre ´organiza´, es decir, determina su vida (…) gracias a su

propia razón, es decir, por libre determinación.”34

“(…) parece más objetivo definir la ´naturaleza humana´ en función de

las circunstancias de la existencia humana (…) pues las necesidades de la

vida son de vital importancia. Tiene sin duda un carácter absoluto, pero solo

permiten una existencia animal; aportan la base de la igualdad biológica o

económica, no de la igualdad humana.”35

2.3. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos. Mihailo

Markovic

“(…) Las revoluciones socialistas de nuestro siglo rechazaron las

autocracias imperiales y monárquicas porque eran imperiales y monárquicas

y no porque toda autocracia es incompatible con el principio de soberanía

del pueblo. El poder siguió estando centralizado, y desde allí es posible

dirigir no solo a los ejecutivos sino a los legisladores y los jueces.”36

“Una sociedad nueva, libre y justa presupone tanto una emancipación

política como económica. Lo que hay más allá del estado coercitivo y la

regulación de la producción por el mercado es un socialismo democrático en

el cual todo poder público necesario para la regulación de los procesos

socialmente necesarios permanente en las manos de los consejos de

autogobierno y asociaciones de los mismos ciudadanos y productores”37

34 Ibid. 121.35 Ibid. 124.36 Ibid. 126.37 Ibid. 127.

Page 17: Fundamentos Filosoficos 01

17

“(…) La ley es justa, humana y universalmente válida solo si estatutos

particulares y actas legales expresan esas necesidades universales; si no lo

hacen, la ley es la expresión de la fuerza. Si la ley queda reducida a la ley

positiva, a lo que está escrito en las leyes de un estado no es más que una

justificación de intereses particulares de la élite dominante (…) ´lo que

beneficia al más poderoso´.”38

“(…) El hombre no es meramente un reflejo de fuerzas externas naturales

y sociales (…) se crea así mismo y remodela su entorno (…) El hombre es

un ser actual empírico, y la teoría ética se torna irrelevante cunado descanza

sobre normas que están completamente divorciadas de esa realidad empírica

y no tiene fundamentos en ella. (…) Tanto actual como potencialmente el

hombre es una persona única con capacidades, poderes y dones muy

específicos. El hombre es también un ser comunitario. Solo en una

comunidad se vuelve humano (…)”39

“En los países capitalistas desarrollados es posible utilizar el nivel de

libertades políticas ya logradas para abolir las formas existentes de

explotación económica y de opresión social. (…) En los países de

socialismo de estado una necesidad obviamente prioritario es derrotar el

absolutismo de estado (…) en los países del Tercer Mundo es creceinte

esencial crear las precondiciones materiales y culturales básicas para la

realización de los derechos humanos (…)”40

38 Ibid. 133.39 Ibid. 137 - 138.40 Ibid. 146.

Page 18: Fundamentos Filosoficos 01

18

2.4. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos en el

Contexto Europeo. Jeanne Hersch

“(…) si bien puede no existir un concepto universal de los derechos

humanos, todos los hombres en todas las culturas necesitan, esperan y son

conscientes de esos derechos, pueden no ser en todas partes los mismos

derechos., así como la necesidad de ellos puede expresarse de maneras

diversas”41

“(…) Los derechos humanos no constituyen una técnica para lograr la paz,

el confort o la distribución o reparto justos. No son un medio para delimitar

hasta donde llega la libertad de uno y empeiza la libertad del otro. Los

derechos humanos hacen posible el reconocimiento de que la libertad, en su

sentido absoluto, es parte de ´ser un hobre´.”42

“(…) para llevar a la práctica los principios de los derechos humanos, se

debe actuar en el punto mismo en que predominan los enfrentamientos de

fuerzas y la lucha por la vida –no por encima de esta lucha ni de lado- para

introducir una dimensión diferente, la protección de los derechos del más

débil, el respeto por los que carecen del poder para afirmar sus derechos, un

santuario tan inviolable que la fuerza sea innecesaria, en una palabra, una

contra naturaleza humana en el seno mismo de la naturaleza”43

“En esencia los derechos humanos no crean felicidad. Implican que cada

ser humano debería ser capaz de desear y asumir su libertad como un sujeto

responsable. Es un hecho de que cada individuo sufre más o menos

41 Ibid. 148.42 Ibid. 151.43 Ibid. 157.

Page 19: Fundamentos Filosoficos 01

19

conscientemente, cunado es privado de su posibilidad de libertad. Pero no es

verdad que sea feliz cunado esa libertad le es otorgada. (…) la libertad es

una carga insoportable para el hombre.”44

“(…) Cualquier hombre puede actuar, pensar y sentir de manera diferente

a la mía, puede creer en otras cosas, pero es un ser humano como yo soy un

ser humano, por el hecho de que actúa, piensa, siente y cree. No soy yo

quien debe decidir para quién o para qué debe utilizar su libertad, debe tener

una posibilidad de ser libre y yo debo respetarla”45

44 Ibid. 163.45 Ibid. 165.

Page 20: Fundamentos Filosoficos 01

20

CAPÍTULO III: PERSPECTIVAS NO OCCIDENTALES Y

POSCOLONIALES

3.1. Los Derechos Humanos en América Latina. Francisco Miro

Quesada

“Desde el punto de vista jurídico, los derechos humanos han sido

planteados y defendidos de manera constante y sistemática en América

Latina. Conforme nuestros países se van independizando, van creando

sistemas jurídicos en los que se incluyen normas que prescriben el respeto

por los derechos humanos”46

“El movimiento pendular ente dictadura y democracia que caracteriza la

vida política latinoamericana conduce, cuando se medita sobre su

significación, a plantear el siguiente problema ¿se trata de un dinamismo

histórico necesario, o puede ser superado? ¿debe América Latina resignarse

a ver los derechos humanos pisoteados periódicamente en sus diferentes

países sin poder evitarlo?”47

46 Ibid. 334.47 Ibid. 335.

Page 21: Fundamentos Filosoficos 01

21

“El fundamento ultimo de nuestro ser, el principio sobre el cual se funda

nuestra manera de ver el mundo es, así, lo que podría denominarse un

humanismo de reconocimiento. Y es sobre esta base como la filosofía

latinoamericana fundamenta su concepción de los derechos humanos. Los

derechos humanos no son sino la consecuencia del reconocieinto del valor

intangible de la condición humana”48

“(…) la filosofía, es decir, la disciplina racional suprema,

fundamentadora de todas los demás, debe servir de instrumento de

liberación. La filosofía latinoamericana, después de haber interpretado el ser

del latinoamericano y de haber encontrado su orientación definitiva en el

humanismo, denuncia la dominación occidental en el plano material y en el

campo del a cultura.”49

“(…) La filosofía de la liberación propone, así, un nuevo modelo, una

nueva manera de ver las cosas; exige la realización coherente de los

derechos humanos, porque su se acepta que para llegar a la liberación se

tenga que instaurar una tiranía implacable, se tiene que aceptar la violación

de los derechos humanos básicos, como el derecho a la libertad e

pensamiento y de expresión y el derecho de decidir libremente el propio

destino”50

3.2. El Concepto de Derechos Humanos en Japón. Ryosuke Inagaki

“(…) la constitución (de Japón) está basada en los tres principios

fundamentales siguientes (…) el principio de gobierno democrático o

48 Ibid. 343.49 Ibid. 345.50 Ibid. 346.

Page 22: Fundamentos Filosoficos 01

22

principio de soberanía popular (…) el principio de cooperación

internacional y el establecimiento de una paz mundial permanente (…)el

principio de dignidad de la persona humana de la inviolabilidad de sus

derechos (…)”51

“(…) La gente tiene derecho a vivir en un entorno natural hermoso y

placentero. El desarrollo de la industria, la energía y el transporte refleja la

demanda de bienestar social. La reconciliación entre estas dos exigencias es

por cierto un gran desafío para la conciencia de los derechos humanos del

pueblo japonés.”52

“(…) La fe cristiana y el socialismo unieron fuerzas en nombre de la

dignidad de la persona humana y de la justicia social. La tradición de

socialismo cristiano no debe dejarse de lado en ningún estudio sobre los

derechos humanos en Japón.”53

“El reconocimiento claro de la dignidad de la persona (…) se evidencia

en su concepto del matrimonio y de la familia. Repetidamente observa que

la unión del hombre y la mujer es la vía de la naturaleza, y que la

monogamia es la forma natural de matrimonio (…) un ser humano perfecto

solo se forma a través de la unión del hombre y la mujer en matrimonio”54

“(…) en lo que respecta a las garantías institucionales y al a educación

referente a los derechos humanos puede decirse que Japón es bastante

progresista. Pero, en la práctica, las personas no se muestran dispuestas o

51 Ibid. 201.52 Ibid. 205.53 Ibid. 209.54 Ibid. 213.

Page 23: Fundamentos Filosoficos 01

23

son bastante remisas a exigir y defender sus derechos garantizados a través

de procedimientos institucionales.”55

3.3. Los Derechos Humanos y la Frontera Móvil de la Cultura

Mundial. Ali A. Mazrui

“Los derechos humanos de un individuo se encuentran en su punto más

delicado en situaciones de odio o desconfianza. Pueden ser violados por otro

individuo, o por una institución, o por fuerzas sociales ciegas o por

colectividades rivales.

El mayor peligro para los derechos humanos es la dicotomía entre el

´nosotros´ y el ´ellos´.”56

“La estructura de clases internacional tuvo un origen más cultural que

económico, al menos en aquellos primeros tiempos en que la solidaridad

religiosa era un fundamento explícito de lo que llegó a ser el Derecho de las

Naciones. ¿Dónde está la humanidad?”57

“La justicia, en cambio, constituye un marco de razonamiento con

freceuncia bastante diferente. La ética de poner la otra mejilla es coherente

con la búsqueda de paz y amor, pero pocas veces contribuirá a la

consecución de la justicia social. La paz es un deber, la justicia es un

derecho.”58

“(…) El centro de la economía mundial es cristo – islámica. El

monoteísmo como doctrina puede haber dejado de regir directamente

55 Ibid. 216.56 Ibid. 269 - 270.57 Ibid. 279.58 Ibid. 284.

Page 24: Fundamentos Filosoficos 01

24

comportamientos y perspectivas. Pero la herencia del dualismo persiste y la

última frontera cultural entre los que tienen y los que no tienen, en último

análisis, es tecnológica. Los derechos humanos una vez más quedan

atrapados entre el mundo de las creencias u el universo de lo moral”59

“(…) Los tres universos culturales dejan entrever la influencia normativa

e histórica del monoteísmo y sus modelos derivados de conocimiento. ´En el

comienzo era el Verbo, y el verbo era Dios´. Pero tal vez el Verbo era del

hombre, y la palabra del hombre. Y en el comienzo estaba los derechos del

hombre”60

3.4. Los Derechos Humanos. Perspectivas desde Australia. Alice Ehr

– Soon Tay y Eugene Kamenka

“(…) los filósofos que escriben desde Australia, al mantenerse dentro de

la tradición analítica, han considerado las exigencias de derechos como

adscriptivas y no como descriptivas, y como parte de cuestiones morales de

tipo más general, basados en valores como la autonomía, el pleno desarrollo

de la personalidad, el respeto por las personas y consideraciones de tipo

utilitarista y cultural.”61

“Las posiciones del liberalismo tradicional, con su prevención ante la

autoridad central y la interferencia del estado, y su compromiso con la

empresa privada (individual) todavía son fuertes en Australia aunque no son

populares en las universidades ni en los medios de comunicación (…)”62

59 Ibid. 292.60 Ibid. 294.61 Ibid. 178.62 Ibid. 184.

Page 25: Fundamentos Filosoficos 01

25

“Las circunstancias económicas han ayudado a mantener un sistema

social que incluye un elevado respeto por los derechos humanos. La

ausencia de desigualdades extremas de riqueza y un nivel de vida general al

alcanzado en otros países del mundo.”63

“la proclamación de derechos humanos (…) cumplió diversas funciones.

En tanto pensada para promover la preocupación por el individuo como fin

moral (…) Otra función ha sido la (…) ´simpatía´; el reconocimiento de que

los otros son como nosotros mismos y sienten, sufren y desean como

nosotros, aunque sean diferentes desde el punto de vista de la religión, de la

raza, etc.”64

“Con frecuencia se dice que la teoría florece más vigorosamente cunado

está separada de la práctica. Cuanto mayor es la violación de los derechos

humanos, más atractiva será para quienes estén en la oposición, una filosofía

general de los derechos humanos, cuanto mas atrasada la sociedad, mayores

las posibilidades de los cambios revolucionarios.”65

3.5. El Discurso del Amo. Observaciones sobre el Problema de los

Derechos Humanos en Africa. Paulin Hountondji

“Nada sensato o pertinente puede decirse acerca de los derechos

humanos si se ignora este hecho cotidiano y universal de la revuelta. Solo

aquellos que son conscientes de la infracción a los derechos y de la dignidad

escarnecida son capaces de indignación.”66

63 Ibid. 185.64 Ibid. 197.65 Ibid. 198.66 Ibid. 353.

Page 26: Fundamentos Filosoficos 01

26

“(…) ¿Qué sucede hoy con los derechos humanos en África? (…) Las

exigencias del desarrollo, los tremendos problemas económicos que deben

enfrentar estas jóvenes naciones (…) variante ´revolucionaria ´ del anterior.

Más allá de los objetivos generales de ´desarrollo´ ´crecimiento´ y

´construcción de la nación´ la situaciones específicas de la lucha de clases

nos obligan a considerar el respeto por los derechos humanos como algo

secundario (…) La idea de derechos humanos se refiere a un culto del

individuo y en consecuencia presupone una concepción atomista de la

sociedad.”67

“(…) El llamado al respeto de la dignidad humana tendría entonces una

urgencia excepcional a partir de la necesidad histórica de promover por

todos los medios, y en todos los planos, la creatividad colectiva de nuestros

pueblos, la necesidad, por tanto, de desarrollar positivamente, en cada uno y

en todos, las capacidades creadoras, y ese sentimiento de libertad infinita sin

el cual el hombre solo sabe obedecer.”68

“(…) La violencia, tal como la ejercen nuestros estados ´revolucionarios

´, no solo va dirigida contra las clases enemigas del proletariado. Golpea a

los campesinos y a los trabajadores mismos, y a aquellos que, dentro de las

clases privilegiadas, intentan con mayor o menor éxito tomar partido por los

oprimidos (…)”69

“(…) La crítica del atomismo social nos lleva, de hecho, en el discurso

nacionalista, a una mística del líder. El sujeto colectivo esta encarnado en

67 Ibid. 360 – 363.68 Ibid. 361.69 Ibid. 362.

Page 27: Fundamentos Filosoficos 01

27

una persona de carne y hueso, el pueblo está por encima del individuo sólo

porque él mismo es el Gran Individuo (…)”70

70 Ibid. 364.

Page 28: Fundamentos Filosoficos 01

28

CAPÍTULO IV: PERSPECTIVAS A PARTIR DE DIFERENTES

IDEOLOGÍAS

4.1. Tradición Islámica y Derechos Humanos. Mohammed Allal

Sinaceur

“La tara de retomar permanentemente la reflexión sobre los derechos

humanos sigue estando ligada a esos derechos en tanto fundados sobre

valores que no basta fijar por escrito, sino que es necesario garantizar

reconociendo por ley una confrontación con la legalidad que desencadena la

exigencia de su reformulación y de surgimiento de nuevos derechos.”71

“El mensaje de los derechos humanos tal como lo conocemos procede

del espacio religioso donde el individuo se revelo en aquello que tiene de

más misterioso, de más profundo, de más tenebroso y de más prometedor.

Pero su significado surgió en la interfaz del estado y el ethos, de los

subjetivo y de lo real.”72

“(…) El estado exige, como hubiera dicho Kant, la obediencia en el

espíritu de libertad, pero con los medios de tornar transparente la vida

71 Ibid. 218.72 Ibid. 221.

Page 29: Fundamentos Filosoficos 01

29

social, de contener lo que piensa no poder asimilar a riesgo de sacrificar a la

razón controladora, a la individualización maquinizada, al aislamiento

creciente de toda vida, formas de subjetividad más ricas, distintas del sujeto

de derecho (…)”73

“(…) Para que la reflexión sobre los derechos humanos en el Islam tenga

un sentido, es necesario que contribuya de alguna forma a la discusión de

las relaciones ente el individualismo de la tradición de las Luces y el del

Islam y, consiguientemente ente religión y libertad, debate que hoy en día

está en el corazón del mundo islámico.”74

“(…) Si después de haber adoptado los derechos humanos, de haber

asumido sus consecuencias esenciales, los estados islámicos muestran cuál

ha sido el resultado de su inmersión profunda en la modernidad y en la

mundialidad, la ética islámica habrá reconocido, en la historia

aparentemente adversa, las huellas de su propia siembra.”75

4.2. Los Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos en el

Mundo Árabe. Fouad Zakaria

“Mientras que otras religiones consideran como motivo de orgullo al

analizar el nivel de desarrollo adquirido, los cambios que experimentan

como respuestas a las exigencias de las diferentes épocas y entornos (…)

El musulmán encuentra mayor motivo de orgullo en la afirmación de la

73 Ibid. 227.74 Ibid. 228.75 Ibid. 243.

Page 30: Fundamentos Filosoficos 01

30

estabilidad de su religión, de su capacidad de sobreponerse – incluso en

mínimos detalles de su vida y el comportamiento- al efecto del tiempo.”76

“A partir de esta concepción basicmanete religiosa de los derechos

humanos en el mundo árabe se pueden detectar fácilmente los rasgos

básicos de estos derechos tal como los comprenden los pensadores árabes.

Estos derechos son (…) Santos, antiguos y derivados de una fuente distinta

a la experiencia humana.”77

“(…) Todo lo que los laicos acentúan es que la dependencia del texto

religioso da lugar a toda suerte de interpretaciones que podrían llevar en

último lugar a una violación de los derechos humanos básicos. No se

oponen al Islam como tal, sino que quieren evitar las peligrosas

consecuencias de seguir a la letra los textos religiosos durante un largo

periodo histórico.”78

“De modo que el ciudadano árabe común, en nuestra época, necesita

protección ante la opresión en la misma medida en que necesita que se le

recuerde su hermandad con otros musulmanes, gobernantes y gobernados,

bajo la protección de la divina providencia.”79

“Se puede decir con toda tranquilidad que el sufrimiento de la nación

árabe como un todo, en el terreno de la libertad de pensamiento en

particular, supera al de la mayor parte de las naciones del mundo en

76 Ibid. 251.77 Ibid. 253.78 Ibid. 258.79 Ibid. 264.

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31

particular en la época actual (…) la auto preservación del régimen siempre

ocupa el primer lugar.”80

4.3. Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos. Perspectiva

Hindú. R. C. Pandeya

“(…) Si los derechos no se ganan, es decir, que se adquieren sin esfuerzo,

resultaran gratuitos. En ausencia de esfuerzos de la voluntad humana estos

derechos se vuelven amorales y, por tanto, quedan más allá de las

consideraciones de bueno – malo, verdadero – falso. Los así llamados

derechos naturales no llegan a ser derechos.”81

“En la tradición cultural de la India los derechos se derivan de los debres,

mientras que la Declaración presupone que, siendo los derechos humanos

básicos, los deberes estarán determinados por esos derechos (…) el

reconocimiento de los derechos iguales e inalienables de todos los hombres

es la base de la libertad, la justicia y la paz en el mundo.”82

“(…) La verdad, el bien mayor, ocupaba para él (Ghandi) el lugar de

Dios y consistía en realizar los deberes prescritos. La libertad, la paz, la

prosperidad y todos los demás valores similares solo podían alcanzarse a

través de la honesta realización de los deberes.”83

“La tradición hindú, durante muchos siglos en el pasado, ha desarrollado

una concepción del hombre. Siempre ha concebido al hombre como una

totalidad, sin enfatizar ninguno de sus aspectos (…) el hombre no es solo

80 Ibid. 266.81 Ibid. 296.82 Ibid. 300.83 Ibid. 302

Page 32: Fundamentos Filosoficos 01

32

considerado en su aspecto racional; también es considerado un ser de

emociones.”84

“(…) la Declaración es una escalera que conduce a los hombres a la cima

de la mansión de la libertad y la igualdad. Pero los hombres deben subir un

poco más allá del punto en que la escalera se detiene en este momento. La

prueba de que la escalera ha alcanzado la altura perfecta será cuando ya no

se la necesite; cuando se pueda dejar de lado. Quedará comprobado que la

Declaración de derechos humanos ha alcanzado su objetivo el día en que la

Declaración ya no sea necesaria.”85

4.4. Los Derechos Humanos y su Situación Actual. Nuevas

Orientaciones en Educación. Mirando hacia el Futuro. Prem Kirpal.

“La situación actual de los derechos humanos se caracteriza por la

distancia existente entre el pensamiento y la realidad, las aspiraciones y los

logros, como todos los grandes esfuerzos en la evolución de la conciencia,

la lucha del hombre por una humanidad común (…)”86

“(…) el rasgo primario característico del hombre en cuanto tal es que se

crea a sí mismo a través de su propia elección y esfuerzos, utilizando el

conocimiento racional como fuente principal de guía y energía y una fe

humanista y un altruismo básico como inspiración para actuar y

transformar”87

84 Ibid. 304.85 Ibid. 307.86 Ibid. 309.87 Ibid. 346.

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33

“(…) un enfoque de estas características debe estar basado en la

posibilidad permanente de ampliar los horizontes de la educación y en la

búsqueda de una mejor calidad de vida y un humanismo mas universal. La

clave de la educación del futuro reside en la elección y practica de valores

humanos que puedan proyectar y sostener los derechos humanos sobre bases

sólidas y duraderas”88

“(…) El conocimiento debe estar orientado al hombre y debe ser vivo y

significativo. La enseñanza y el proceso de aprendizaje deben poner el

acento en la naturaleza humana, en los problemas de la vida y el

crecimiento, en las necesidades, valores y aspiraciones del hombre en su

papel y su responsabilidad como agente dominante de la evolución.”89

“(…) En consecuencia, la defensa de los derechos humanos, como la de

la paz y la libertad, debe construirse primero en las mentes y los corazones

de los individuos por medio de una fe y solidaridad comunes. Un sistema

universal de educación para los derechos humanos puede liberar a la

humanidad de sus preocupaciones obsesivas por la economía y el

materialismo y conducir a la primacía de la cultura y de la calidad de vida

que es la salvaguarda más segura y perdurable de los derechos humanos.”90

88 Ibid. 322.89 Ibid. 328.90 Ibid. 333.

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34

CONCLUSIONES

Al finalizar el presente trabajo de investigación y análisis del texto: “Los

fundamentos filosóficos de los derechos humanos”, hemos concluido que:

1. Inicialmente, que nos parece importante destacar la multiculturalidad

que interviene en el desarrollo del texto, sobre todo al abordar un tema

que atañe a todo el conglomerado universal de la humanidad.

2. Existe una casi total coincidencia entre todos los autores, en

mencionar al hombre, como protagonista principal, dejando un poco

de lado las tendencias naturalistas y teológicas.

3. Otro aspecto importante es la mención del factor histórico como ente

prácticamente trascendental en la sucesión de episodios que han

marcado e influido en las diferentes corrientes ideológicas, lo cual le

da cierta predominancia al tema sociológico.

4. Se menciona así mismo, el establecimiento de ciertos conflictos, sobre

todo en naciones jóvenes o protoestados, en donde se atentan contra

los derechos humanos, lo cual hace reflexionar acerca de que “el fin

no justifica los medios”.

Page 35: Fundamentos Filosoficos 01

35

5. También es digno de destacar, la idea de que el hombre como

individualidad, no es suficientemente capaz de controlar su instinto

animal, sino que requiere de socializar, vivir en comunidad.

6. De acuerdo a cada cultura se emprende cierta categoría o nivel de

vida, lo cual encierra en sí la búsqueda de distintos objetivos y metas;

esta tendencia influye sobre manera en la orientación que tiene cada

hombre acerca de sus derechos.

7. En ciertas partes del mundo poscolonial, se ha evidenciado una

consigna: la de buscar una liberación de la cultura occidental, repensar

la ideología pre colonial y luchar por un reconocimiento en el mundo

actual.

8. El mundo hindú, enaltece la característica unitaria del hombre, como

consecuencia de un todo integrado, aquí enfatizamos el hecho de que

no todo en el hombre puede ser totalmente bueno, sin embargo esta

cultura lo acepta.

9. Un aspecto digno de mencionar es la que apunta a la educación como

el factor determinante en la revolución, que aún no se ha emprendido,

en busca de universalizar el respeto por los derechos humanos.

10. Finalmente, concluimos en que, los derechos humanos superan al

ser, es decir al derecho positivado, que es una meta lejana, pero que si

alguna vez es superada, ya no le hará falta a la humanidad; ¿A caso el

llegar a la meta, hablamos de socialismo; y rebasar la meta significa

vivir el comunismo?

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SUGERENCIAS

Consideramos importante, en esta parte del trabajo, mencionar las

siguientes sugerencias:

1. Sería necesario enriquecer el presente trabajo, haciendo uso de otros

textos referidos a derechos humanos con orientación a temas de

derechos de tercera y cuarta generación.

2. De la misma forma, nos parece trascendental la organización de un

debate con la participación de los demás colegas, para fortalecer y

compartir el desarrollo de esta temática.

3. Finalmente, quisiéramos sugerir que para posteriores trabajos de

investigación, se nos permita no sólo remitirnos a un determinado

texto, sino también, buscar la intervención de la palabra por parte de

especialistas y conocedores de la materia en cuestión.

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BIBLIOGRAFÍA

A. Diener. et al. Los fundamentos filosóficos de los derechos humanos.

Ediciones del Serbal – UNESCO. Barcelona España. 376 pp.