g 8 equidad y solidaridad social y financiera 2015-3
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Republica Bolivariana de VenezuelaUniversidad Nacional Experimental
"Simón Rodríguez"Núcleo: Caricuao
EQUIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL Y FINANCIERA
Participantes Grupo Nº 8Yelitza Pérez C. I. 17.058.760Sergio De Quesada C. I. 17.560.257Kevin Lugo C. I. 23.947.845Kareni Ochoa C. I. 25.751.456Facilitadora:
Oneida MarcanoCaracas, Septiembre 2015
EQUIDAD Y SOLIDARIDADhttps://www.youtube.com/watch?v=0jRT9aSxgQQ
Caracas, Septiembre 2015
https://www.youtube.com/watch?v=0jRT9aSxgQQ
1. RELACIÓN ENTRE LAS NECESIDADES FINANCIERA DEL ESTADO Y LA JUSTICIA ECONÓMICA.
2. CULTURA TRIBUTARIA.
3. RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA.
Se refiere a la igualdad y justicia social que debe existir por ley en todas las naciones. La equidad debe alcanzarse en diversos ámbitos de la vida
EQUIDAD
Es la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyente al sistema. Es de vital importancia para el buen desarrollo de una colectividad.
SOLIDARIDAD
NECESIDADES FINANCIERA DEL ESTADO
Estado GastosSalud
ConstrucciónEducativoSeguridadAlimentación
Sector
Ingreso
s
Finanzas
Son aquellas actividades financieras que desarrolla el Estado con el objeto de procurarse los medios y recursos para los gastos destinados a satisfacer la necesidad social general
JUSTICIA ECONÓMICADe la justicia económica nacen
los derechos y obligaciones
relacionado con la economía.
En el aspecto económico o
financiero, se conoce como
equidad a la distribución justa
de la riqueza entre los
miembros de una sociedad.
RELACIÓN ENTRE LAS NECESIDADES FINANCIERAS
DEL ESTADO Y LA
JUSTICIA ECONÓMICA
Alimentación
Colectividad
EducaciónJustici
a
SaludTrabajo
Vivienda
CULTURA TRIBUTARIA
Consiste en el nivel de conocimiento que tienen los individuos de una sociedad acerca del sistema tributario y sus funciones.
RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA
Ha de establecerse por
ley, quién responde del
pago del tributo, en qué
situaciones, hasta y dónde. El Código Orgánico Tributario establece quienes son los responsables de una deuda tributaria, junto a los sujetos pasivos que son los deudores principales, a otras personas o entidades a los que la ley extiende la responsabilidad del pago del tributo.
1. JUSTA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS PÚBLICOS Y PRIVADOS.
2. INTERESES PRIVADOS Y BENEFICIOS COLECTIVOS.
3. DESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACIÓN FINANCIERA.
JUSTA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS PÚBLICOS Y PRIVADOS
La importancia de los ingresos
públicos es evidente, sin ingresos
no es imposible efectuar gastos.
El control de los distintos tipos
de ingresos públicos es un
asunto sumamente importante
para todas las entidades
fiscalizadoras superiores.
INTERESES PRIVADOS La tributación es el pilar económico de los entes gubernamentales, esto nos conduce a la necesidad de comprender la correspondencia entre los derechos y las responsabilidades cívicas.
BENEFICIOS COLECTIVOS
Podemos definirlo como el resultado de los ingresos o ganancias obtenidas de alguna actividad económica.
DESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACIÓN FINANCIERA
Es un esquema a seguir á fin de promover el
progreso y desarrollo de un pueblo, es un
marco de referencia para los encargados de
elaborar las políticas públicas de un país. O
sea que el gobierno tiene como objetivo
mejorar la situación económica y laboral de la
población, garantizar el acceso a la salud,
educación y brindar seguridad entre otras
prioridades.
La participación financiera en el desarrollo social de Venezuela es fundamental ya que por medio de los recursos que aporta la banca pública y privada crea beneficios sociales a la comunidad, dándoles a sus habitantes oportunidades de desarrollo tanto personal, como desarrollo al país.
DESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACIÓN FINANCIERA
1. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
2. CONSEJOS COMUNALES
3. CONTRALORÍA SOCIAL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
En el año 1938 se creó la
Contraloría General de la
Nación por la ley Orgánica de la
Hacienda Nacional. Con la
reforma constitucional de 1947
adquirió rango constitucional,
con la Constitución de 1961,
pasó a denominarse Contraloría
General de la República.
Es un órgano que tiene
autonomía funcional,
administrativa y organizativa
que pertenece al Poder
Ciudadano. Se encarga de
velar por la transparente
administración del patrimonio
público del Estado venezolano
CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
El Contralor General de la República
es el encargado de vigilar y fiscalizar
todas las cuentas del Ejecutivo
Nacional, con las más amplias
facultades posibles pues en su labor
es totalmente autónomo. Lo nombra
la Asamblea y su período es de siete
años.
CONSEJOS COMUNALES Es una forma de organización de la comunidad, donde el "pueblo organizado" es quien fórmula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio del "poder popular", es decir, poniendo en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad.
En líneas generales los consejos comunales tienen
como objetivos fundamentales articular
organizaciones presentes en la comunidad, para diversos
propósitos.
CONTRALORÍA SOCIAL
Es la participación de los ciudadanos y
beneficiarios para vigilar, cuidar y
verificar que las obras, apoyos y
servicios que se reciben a través de un
programa de desarrollo social se
proporcionen con oportunidad y calidad.
1. RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL.
2. NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
• LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. • REGLAMENTO DE LA LEY DE
CONTRATACIONES • PÚBLICAS.• LEY PARA PERSONAS CON
DISCAPACIDAD.• LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO Y
CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES.• LEY DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA.3. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO.
RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIALResponsabilidad social empresarial RSE o responsabilidad
social corporativa (RSC), se puede definir como el conjunto
de obligaciones y compromisos, legales y éticos, nacionales e
internacionales, con los grupos de interés, que se derivan de
los impactos que la actividad y operaciones de las
organizaciones producen en el ámbito social, laboral,
medioambiental y de los derechos humanos.
MARTA DE LA CUESTA GONZÁLEZ , CARMEN VALOR MARTÍNEZBOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2755 DEL 20 AL 26 DE ENERO DE 2003
NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Ley de Contrataciones Públicas. Art. 6:
1. Ejecución de Proyectos Socio comunitario2. La creación de nuevos empleos permanentes3. Formación socio productiva de integrantes de la
comunidad4. Venta de bienes a precios solidarios o al costo
REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
*Compromiso de responsabilidad Social Capítulo V Art. 34.
*Naturaleza del Compromiso de Responsabilidad Social. Art. 39.
*Modalidades del Compromiso de Responsabilidad Social Art. 41
*Programas Sociales Art. 43
CUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Ley de Contrataciones Públicas
*Art. 19
*Art. 71
*Art. 95
NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Ley para Personas con Discapacidad. Art. 28
Los órgano y entes de la Administración Pública
nacional, Estadal y Municipal, así como las
empresas públicas, privadas o mixtas, deberán
incorporar a sus planteles de trabajo no menos de
un cinco por ciento (5%) de personas con
discapacidad permanente, de su nomina total,
sean ellos ejecutivos (as), empleados(as),
obreros(as).
NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Ley de Ciencias y Tecnología.
Impuesto para empresas con ingresos
brutos por encima de 100.000 UT hasta el
2% de sus ganancias brutas anuales para
hacer un fondo dedicado a financiar el
desarrollo de investigaciones científicas.
NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Sanciones por incumplimiento
En estos instrumentos legales se
establecen sanciones por incumplimiento con
multas desde 60 hasta las 50.000 Unidades
Tributarias (UT)
CASOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Capacitación para el Trabajo y el Emprendimiento
GRACIAS POR SU
ATENCIÓN