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GACETA DE LA JUDICATURA ORGANO OFICIAL DE DIVULGACION DE LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA (Aprobada Resolución No. 760 de 1994, de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, del Ministerio de Gobierno) Año XII- Vol. XII - Extraordinaria No. 33 - Diciembre 22 de 2005 CONTIENE ACUERDO No. PSAA05-3193 DE 2005 1 “Por el cual se crea el Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales de Tunja, y se organizan sus funciones, con ocasión de la implantación del nuevo Sistema Penal Acusatorio.” ACUERDO No. PSAA05-3194 DE 2005 9 “Por el cual se reglamentan los turnos para ejercer la función de Control de Garantías en los Distritos Judiciales de Tunja y Santa Rosa de Viterbo.” ACUERDO No. PSAA05-3195 DE 2005 10 “Por el cual se determina el número de despachos judiciales que ejercerán funciones de control de garantías y de conocimiento del Sistema Penal Acusatorio y de conocimiento de causas de la ley 600 de 2000 en el Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo.” ACUERDO No. PSAA05-3196 DE 2005 13 “Por el cual se determina el número de despachos judiciales que ejercerán funciones de control de garantías y de conocimiento del Sistema Penal Acusatorio y de conocimiento de causas de la ley 600 de 2000 en el Distrito Judicial de Tunja.” (Continúa) . Editor Responsable . JUAN CARLOS YEPES ALZATE Secretaría

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GACETA DE LA JUDICATURAORGANO OFICIAL DE DIVULGACION DE LA

SALA ADMINISTRATIVADEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

(Aprobada Resolución No. 760 de 1994, de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, del Ministerio de Gobierno)

Año XII- Vol. XII - Extraordinaria No. 33 - Diciembre 22 de 2005

CONTIENE

ACUERDO No. PSAA05-3193 DE 2005 1“Por el cual se crea el Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales de Tunja,y se organizan sus funciones, con ocasión de la implantación del nuevo Sistema PenalAcusatorio.”

ACUERDO No. PSAA05-3194 DE 2005 9“Por el cual se reglamentan los turnos para ejercer la función de Control de Garantías enlos Distritos Judiciales de Tunja y Santa Rosa de Viterbo.”

ACUERDO No. PSAA05-3195 DE 2005 10“Por el cual se determina el número de despachos judiciales que ejercerán funciones decontrol de garantías y de conocimiento del Sistema Penal Acusatorio y de conocimiento decausas de la ley 600 de 2000 en el Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo.”

ACUERDO No. PSAA05-3196 DE 2005 13“Por el cual se determina el número de despachos judiciales que ejercerán funciones decontrol de garantías y de conocimiento del Sistema Penal Acusatorio y de conocimiento decausas de la ley 600 de 2000 en el Distrito Judicial de Tunja.”

(Continúa)

. Editor Responsable

. JUAN CARLOS YEPES ALZATE

Secretaría

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ACUERDO No. PSAA05-3197 DE 2005 16“Por el cual se crean Unidades Judiciales Municipales para la implementación delSistema Penal Acusatorio, para los efectos de conocimiento en los Distritos Judicialesde Tunja y Santa Rosa de Viterbo.”

ACUERDO No. PSAA05-3198 DE 2005 28“Por el cual se crea el Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales deChiquinquirá, y se organizan sus funciones, con ocasión de la implantación del nuevoSistema Penal Acusatorio.”

ACUERDO No. PSAA05-3199 DE 2005 36“Por el cual se crean sendos Centros de Servicios Judiciales para los Juzgados Penalesde Duitama y Sogamoso, y se organizan sus funciones, con ocasión de la implantacióndel nuevo Sistema Acusatorio Penal.”

ACUERDO No. PSAA05-3200 DE 2005 45“Por el cual se adoptan medidas para implementar el Sistema Penal Acusatorio en elDistrito Judicial de Armenia.”

ACUERDO No. PSAA05-3201 DE 2005 46“Por el cual se traslada un cargo del Centro de Servicios Administrativos de losJuzgados Penales de Circuito Especializados al Centro de Servicios Judiciales deBogotá.”

ACUERDO No. PSAA05-3202 DE 2005 46“Por el cual se aclara el Acuerdo PSAA05-3157 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3203 DE 2005 47“Por el cual se adoptan medidas para la implementación del sistema penal acusatorio,en el Distrito Judicial de Manizales por motivo de la vacancia judicial de fin de año.”

ACUERDO No. PSAA05-3204 DE 2005 48“Por el cual se crean Unidades Judiciales Municipales SAP para la implementación delSistema Penal Acusatorio, en los Distritos Judiciales de Bucaramanga y San Gil.”

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ACUERDO No. PSAA05-3205 DE 2005 52“Por el cual se crean Unidades Judiciales Municipales transitorias para atender elSistema Penal Acusatorio durante la vacancia judicial de fin de año, en los DistritosJudiciales de Bucaramanga y San Gil.”

ACUERDO No. PSAA05-3206 DE 2005 56“Por medio del cual se adoptan medidas de transición al Nuevo Sistema PenalAcusatorio para los Juzgados del Distrito Judicial de Bucaramanga.”

ACUERDO No. PSAA05-3207 DE 2005 57“Por el cual se crea el Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales deBucaramanga, y se organizan sus funciones, con ocasión de la implantación del nuevoSistema Penal Acusatorio.”

ACUERDO No. PSAA05-3208 DE 2005 65“Por el cual se crean Unidades Judiciales Municipales para la implementación delSistema Penal Acusatorio en los Distritos Judiciales de Cali y Buga.”

ACUERDO No. PSAA05-3209 DE 2005 73“Por el cual se adoptan medidas para la implementación del sistema penal acusatorio,en los Distritos Judiciales de Cali y Buga.”

ACUERDO No. PSAA05-3210 DE 2005 74“Por medio del cual se modifica el Acuerdo PSAA05-3154 del 15 de diciembre de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3211 DE 2005 74“Por medio del cual se asigna transitoriamente la función de Control de Garantías aalgunos Juzgados Penales Municipales de Bucaramanga.”

ACUERDO No. PSAA05-3212 DE 2005 75“Por el cual se establecen medidas de descongestión para la Sala JurisdiccionalDisciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca.”

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ACUERDO No. PSAA05-3213 DE 2005 77“Por el cual se establecen medidas de descongestión para la Sala de Casación Penalde la Corte Suprema de Justicia.”

ACUERDO No. PSAA05-3214 DE 2005 78“Por el cual se prorrogan las medidas de descongestión para los Juzgados PenalesMunicipales de Armenia y Pereira, adoptadas por el Acuerdo 2978 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3215 DE 2005 78“Por el cual se prorroga la medida de descongestión para los Juzgados Penales delCircuito Especializado de Bogotá y su Centro de Servicios Administrativos, adoptadapor el Acuerdo 2976 de 2005 y modificada por el Acuerdo 3161 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3216 DE 2005 79“Por el cual se adopta una medida de descongestión para la Sala Penal del TribunalSuperior de Bogotá.”

ACUERDO No. PSAA05-3217 DE 2005 80“Por el cual se prorrogan las medidas tendientes a descongestionar los juzgados deejecución de penas y medidas de seguridad de Neiva, Distrito Judicial del mismonombre.”

ACUERDO No. PSAA05-3218 DE 2005 81“Por el cual se prorrogan las medidas tendientes a descongestionar el CircuitoPenitenciario y Carcelario de Valledupar, Distrito Judicial del mismo nombre y sucorrespondiente Centro de Servicios Administrativos.”

ACUERDO No. PSAA05-3219 DE 2005 81“Por el cual se prorrogan las medidas tendientes a descongestionar el Circuito PenalEspecializado de Ibagué, Distrito Judicial del mismo nombre.”

ACUERDO No. PSAA05-3220 DE 2005 82“Por el cual se establecen medidas de descongestión para el Consejo de Estado.”

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ACUERDO No. PSAA05-3221 DE 2005 83“Por el cual se establecen medidas de descongestión para la Sala de Casación Civil dela Corte Suprema de Justicia.”

ACUERDO No. PSAA05-3222 DE 2005 85“Por el cual se establecen medidas de descongestión para la Secretaría de la CorteConstitucional.”

ACUERDO No. PSAA05-3223 DE 2005 86“Por el cual se adopta una medida de descongestión para algunos Juzgados Penalesdel Circuito de Armenia.”

ACUERDO No. PSAA05-3224 DE 2005 86“Por el cual se prorroga la medida de descongestión para los Juzgados PenalesMunicipales de Bogotá, adoptada por el Acuerdo 2975 de 2005 y modificada por elAcuerdo 3160 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3225 DE 2005 87“Por el cual se prorrogan las medidas tendientes a descongestionar el Centro deServicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Segu-ridad de Bogotá, Distrito Judicial del mismo nombre.”

ACUERDO No. PSAA05-3226 DE 2005 88“Por el cual se prorrogan las medidas tendientes a descongestionar el CircuitoPeni-tenciario y Carcelario de Villavicencio, Distrito Judicial del mismo nombre.”

ACUERDO No. PSAA05-3227 DE 2005 88“Por el cual se prorrogan las medidas tendientes a descongestionar el Circuito PenalEspecializado de Cartagena, Distrito Judicial del mismo nombre.”

ACUERDO No. PSAA05-3228 DE 2005 89“Por el cual se prorrogan las medidas tendientes a descongestionar el Circuito PenalEspecializado de Villavicencio, Distrito Judicial del mismo nombre.”

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ACUERDO No. PSAA05-3229 DE 2005 90“Por el cual se precisa el Acuerdo No. 3143 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3230 DE 2005 91“Por el cual se traslada el cargo de Escribiente Grado 6 del Juzgado Séptimo PenalMunicipal de Cali, Circuito y Distrito Judicial de Cali.”

ACUERDO No. PSAA05-3231 DE 2005 91“Por el cual se determina la cantidad de despachos judiciales que se incorporarán alSistema Penal Acusatorio en los Distritos Judiciales de Cali y Buga.”

ACUERDO No. PSAA05-3232 DE 2005 94“Por el cual se crea el Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales de Caliy se organizan sus funciones, con ocasión de la implementación del Nuevo SistemaPenal Oral Acusatorio.”

ACUERDO No. PSAA05-3233 DE 2005 103“Por el cual se crean los Centros de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales delDistrito Judicial de Buga y se organizan sus funciones, con ocasión de la implemen-tación del Nuevo Sistema Penal Oral Acusatorio.”

ACUERDO No. PSAA05-3234 DE 2005 107“Por el cual se adoptan medidas tendientes a implementar el Sistema Penal Acusatoriorelacionadas con la individualización de los despachos judiciales que se incorporaránal mismo en los Distritos Judiciales de Cali y Buga.”

ACUERDO No. PSAA05-3235 DE 2005 111“Por el cual se adoptan medidas sobre el código único de radicación en los JuzgadosPenales que se incorporan al Sistema Penal Oral Acusatorio en los Distritos Judicialesde Cali y Buga.”

ACUERDO No. PSAA05-3236 DE 2005 112“Por medio del cual se derogan los Acuerdos Nos. 1941, 1942, 1943, 1944, 2036, 2037,2038, 2039, 2040 y 2041 de 2003.”

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ACUERDO No. PSAA05-3237 DE 2005 113“Por el cual se adopta una medida de descongestión para los Juzgados Penales delCircuito Bogotá.”

ACUERDO No. PSAA05-3238 DE 2005 114“Por el cual se crea el Circuito Judicial de San Vicente de Chucurí, en el Distrito Judicialde Bucaramanga.”

ACUERDO No. PSAA05-3239 DE 2005 115“Por el cual se crea el Circuito Judicial de Cimitarra, en el Distrito Judicial de San Gil.”

ACUERDO No. PSAA05-3240 DE 2005 115“Por el cual se segrega un municipio de los Circuitos Judiciales de Bucaramanga yBarrancabermeja, Distrito Judicial de Bucaramanga.”

ACUERDO No. PSAA05-3241 DE 2005 116“Por el cual se segregan unos municipios del Circuito Judicial de Vélez, Distrito Judicialde San Gil.”

ACUERDO No. PSAA05-3242 DE 2005 117“Por el cual se aclara el Acuerdo 3237 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3243 DE 2005 118“Por el cual se autoriza un traslado en el Presupuesto de Funcionamiento de la RamaJudicial.”

ACUERDO No. PSAA05-3244 DE 2005 121“Por el cual se adiciona al Acuerdo No. PSAA05-3161 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3245 DE 2005 122“Por el cual se aclara el Acuerdo No. PSAA05-3166 de 2005.”

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ACUERDO No. PSAA05-3246 DE 2005 123“Por el cual se define la conformación de la planta de cargos del Centro de ServiciosJudiciales para los Juzgados Penales de Chiquinquirá.”

ACUERDO No. PSAA05-3247 DE 2005 123“Por el cual se modifica el Acuerdo No. PSAA05-3051 del 12 de octubre de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3248 DE 2005 124“Por el cual se modifica el Acuerdo 2902 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3249 DE 2005 126“Por el cual se adoptan medidas de descongestión para la Sala Penal del TribunalSuperior del Distrito Judicial de Bogotá.”

ACUERDO No. PSAA05-3250 DE 2005 126“Por el cual se modifica el Acuerdo PSAA05-3192 de 2005 por medio del cual establecenmedidas de descongestión para los Juzgados Penales del Circuito Especializado deMedellín y Antioquia, Distrito Judicial del mismo nombre.”

ACUERDO No. PSAA05-3251 DE 2005 127“Por medio del cual se modifica el Acuerdo 3216 de 2005, para incluir la derogatoriade otros Acuerdos.”

ACUERDO No. PSAA05-3252 DE 2005 128“Por el cual se modifica el Acuerdo No. PSAA05-3173 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3253 DE 2005 129“Por el cual se adoptan medidas sobre el código único de radicación en los JuzgadosPenales que se incorporan al Sistema Penal Acusatorio.”

ACUERDO No. PSAA05-3254 DE 2005 130“Por el cual se adoptan medidas sobre el código único de radicación en los JuzgadosPenales que se incorporan al Sistema Penal Acusatorio en los Distritos Judiciales deBucaramanga y San Gil.’

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ACUERDO No. PSAA05-3255 DE 2005 130“Por el cual se adoptan medidas sobre el código único de radicación en los JuzgadosPenales que se incorporan al Sistema Penal Acusatorio en los Distritos Judiciales deTunja y Santa Rosa de Viterbo.”

ACUERDO No. PSAA05-3256 DE 2005 131“Por el cual se deroga el Acuerdo PSAA05-3102 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3257 DE 2005 131“Por el cual se crea el Centro de Servicios Administrativos para los Juzgados Penalesde Circuito Especializado de Manizales.”

ACUERDO No. PSAA05-3258 DE 2005 133“Por el cual se modifica el Acuerdo PSAA05-3251 de 2005.”

ACUERDO No. PSAA05-3259 DE 2005 133“Por el cual se asigna la función de conocimiento en las Unidades Judiciales Munici-pales de los Distritos Judiciales de Bucaramanga y San Gil.”

ACUERDO No. PSAA05-3260 DE 2005 137“Por el cual se reglamentan los turnos para ejercer la función de Control de Garantíasen los Distritos Judiciales de Bucaramanga y San Gil.”

ACUERDO No. PSAA05-3261 DE 2005 137“Por el cual se reglamentan los turnos para ejercer la función de Control de Garantíasen los Distritos Judiciales de Cali y Buga.”

ACUERDO No. PSAA05-3262 DE 2005 138“Por medio del cual se aclaran los Acuerdos 3240 y 3241 de 2005.”

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RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICOCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA ADMINISTRATIVA

ACUERDO No. PSAA05-3193

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crea el Centro de Servicios Ju-diciales para los Juzgados Penales de Tunja,y se organizan sus funciones, con ocasión dela implantación del nuevo Sistema Penal Acu-

satorio.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en los nu-merales 13 y 14 del Artículo 85 de la Ley 270 de1996, y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO 1º.- CREACIÓN. Crear a partir del 1ºde enero de 2006, el Centro de Servicios Judicialespara los Juzgados Penales Municipales y del Cir-cuito de Tunja, con sede en la ciudad de Tunja,adscrito a los juzgados de la sede respectiva, parael cumplimiento de las funciones administrativasdel nuevo Sistema Penal Acusatorio.

PARÁGRAFO: La actual Oficina de Apoyo Judicialde Tunja, continuará ejerciendo sus actuales fun-ciones para los juzgados penales que sigan cono-ciendo de las causas de la Ley 600 de 2000, yprestará apoyo al Centro de Servicios Judiciales deTunja.

ARTÍCULO 2º.- PLANTA DE PERSONAL. El nue-vo Centro de Servicios Judiciales para los Juz-gados Penales de Tunja tendrá inicialmente la si-guiente planta de personal:

No. de DENOMINACIÓN DEL CARGOcargos1 Juez Coordinador del Centro2 Escribientes de Juzgado Municipal3 Citadores de Juzgado Municipal2 Oficiales Mayores o Sustanciadores de Juzgado

de Circuito1 Citador de Juzgado de Circuito9 TOTAL

Parágrafo: La planta de personal que integra elCentro de Servicios se conformará con el trasladode cargos de los Juzgados Penales que ingresanal Sistema en la ciudad de Tunja así:

- Traslado de los cargos de Escribiente delJuzgado Primero y Segundo Penal Municipalde Tunja.

- Traslado de los cargos de Citadores de losJuzgados Primero, Segundo y Tercero PenalMunicipal de Tunja.

- Traslado de los cargos de Oficial Mayor oSustanciador, con los empleados de másreciente vinculación al despacho del Juz-gado Segundo y Tercero Penal del Circuitode Tunja.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 1

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- Traslado del cargo de Citador del JuzgadoCuarto Penal del Circuito de Tunja.

ARTÍCULO 3º.- La Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Boyacá y Casanare,determinará, de acuerdo con los volúmenes y car-gas de trabajo, el número de empleados de cadagrupo de trabajo, de conformidad con lo dispuestoen el Artículo 4º de este Acuerdo, lo mismo que losmovimientos de personal que se requieran.

ARTÍCULO 4º.- El Coordinador del Centro de Ser-vicios Judiciales, previa consulta a la Sala Admi-nistrativa del Consejo Seccional de la Judicatura deBoyacá y Casanare, asignará funciones y tareas alos empleados del Centro, ubicándolos por gruposde trabajo de acuerdo con los perfiles de cada unode ellos.

ARTÍCULO 5º.- El juez coordinador podrá disponerla asignación transitoria de empleados en gruposdistintos a aquellos a que están adscritos, cuandoello fuere necesario para atender situaciones emer-gentes o especiales del servicio.

ARTÍCULO 6º.- La Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Boyacá y Casanare,evaluará, por lo menos una vez al mes la confor-mación de los grupos de trabajo.

ARTÍCULO 7º.- A medida que se vayan incorpo-rando nuevos juzgados al Sistema Penal Acusato-rio, los empleados de dichos despachos que nosean seleccionados para continuar en el juzgado,serán asignados al Centro de Servicios Judiciales.

ARTÍCULO 8º.- La función básica de la Coordi-nación General del Centro será la de Dirigir, coor-dinar y orientar todas las funciones administrativasque les sea asignada al Centro de Servicios Judi-ciales.

ARTÍCULO 9º.- El Centro de Servicios Judicialesde los Juzgados Penales de Tunja será organizadopor grupos así:

1. Grupo de Administración de Salas de Au-dienciaFunción Básica: Verificar los equipos tec-nológicos, administrar y asignar las salascompartidas, mantener y preparar los equi-pos de grabación.

2. Grupo de Archivo Tecnológico

Función Básica: Organizar los dispositivosgrabados y el archivo, conservar y custodiarlos mismos y responder por la produccióntécnica de los dispositivos grabados.

3. Grupo de Atención al usuario

Función Básica: Informar y orientar a laspartes intervinientes, atender las peticionesdel público y publicar la información pro-ducida en el centro de servicios

4. Grupo de Comunicaciones

Función Básica: Notificar, elaborar y co-municar las citaciones, entregar solicitudesa establecimientos carcelarios, conseguirdefensores, recepcionar y tramitar la corres-pondencia.

5. Grupo de Depósitos Judiciales

Función Básica: Custodiar, manejar ycontabilizar los títulos y depósitos judiciales.

6. Grupo de Ejecución de Penas

Función Básica: Diligenciar fichas técnicasy tramitar sentencias ante los juzgados deejecución de penas

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 2

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7. Grupo de Reparto y Asignaciones

Función Básica: Repartir los asuntos, asig-nar jueces a audiencias y elaborar reportesde gestión.

ARTÍCULO 10º.- TURNOS. Los empleados de losgrupos de atención al usuario, reparto y asignacio-nes, archivo tecnológico y de administración desalas de los Centros de Servicios Judiciales traba-jarán en los turnos que disponga la Sala Adminis-trativa del Consejo Seccional de la Judicatura deBoyacá en consonancia con los días de atención yel horario general de trabajo de los Centros deServicios.

ARTÍCULO 12º.- FUNCIONES. El Centro de Ser-vicios Judiciales desempeñará aquellas funcionesestablecidas en el Acuerdo 1856 de 2003 que nodesvirtúen el Sistema Penal Acusatorio, además delas establecidas en el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 13º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEADMINISTRACIÓN DE SALAS DE AUDIENCIAS.El grupo de administración de salas de audienciasdesempeñará las siguientes funciones:

1. Verificar la adecuada instalación de los equi-pos tecnológicos para la celebración de to-das las audiencias.

2. Administrar y asignar las salas compartidas,en colaboración con los jueces, para la cele-bración de las audiencias que requieran deéstas salas.

3. Colaborar con los secretarios de cada Juz-gado en el mantenimiento y preparación delos equipos de grabación de las audienciasde las salas adscritas a los despachos de losjueces.

4. Informar a los jueces de su sede, partes eintervinientes del proceso penal y público engeneral, la programación de las audienciascon los datos relevantes del proceso.

5. Resolver todos los problemas técnicos quese presenten antes o durante el transcursode las audiencias.

6. Velar, en coordinación con los secretarios delos juzgados de su sede, por la correctacelebración de las audiencias, del ingresodel público y los medios de comunicación ycontribuir a garantizar el orden dentro de lasmismas.

7. Las demás que, en ejercicio de sus atribu-ciones, le sean asignadas por el superiorinmediato.

ARTÍCULO 14º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEARCHIVO TECNOLÓGICO. El grupo de archivotecnológico tiene las siguientes funciones:

1. Rotular, de acuerdo con los parámetros quese indiquen para tal efecto, los dispositivosgrabados tanto de audio como de video osimilares.

2. Archivar, conservar y custodiar en debidaforma los dispositivos grabados

3. Elaborar y actualizar un inventario de la loca-lización de los dispositivos grabados parafacilitar su ubicación y utilización por parte delos jueces y empleados de su sede, de laspartes e intervinientes en el proceso penal ydemás interesados.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 3

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4. Realizar la reproducción técnica de los dis-positivos grabados o de partes de ellos cuan-do se requiera por parte de los jueces yempleados de su sede, partes e inter-vinien-tes del proceso penal y demás interesados.

5. Atender en forma oportuna los requerimien-tos de los jueces de su sede en materia dearchivo, custodia, rotulación y reproducciónde todo el archivo tecnológico

6. Mantener en buen estado los equipos dearchivo tecnológico.

7. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 15º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEATENCIÓN AL USUARIO. El grupo de atención alusuario tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Informar y orientar a las partes e intervinien-tes del proceso penal y público en generalsobre toda la información relacionada con lagestión propia del Centro.

2. Atender toda petición del público en generalen relación con las funciones administrativasdel Centro.

3. Actualizar toda la información producida porel Centro que pueda ser relevante para lainformación al público.

4. Coordinar con cada secretario de los gruposdel Centro, para efectos de información alpúblico en general, la información que cadagrupo suministra al público.

5. Velar porque las quejas y observaciones so-bre el desempeño del Centro o de los des-pachos de su sede sean canalizadas e informadas a tiempo al secretario de grupo y alJuez Coordinador.

6. Publicar en sitios de acceso fácil al públicotoda la información producida por el centroque sea necesaria comunicar.

7. Velar porque los espacios destinados a infor-mación al público brinden información actua-lizada y pertinente.

8. Las demás que, en ejercicio de sus atri-buciones, le sean asignadas por el superiorinmediato.

ARTÍCULO 16º.- FUNCIONES DEL GRUPO DECOMUNICACIONES. El grupo de comunicacionestendrá las siguientes funciones:

1. Realizar de manera oportuna y eficiente elprocedimiento de las notificaciones que nose surtan en audiencia conforme a ley pro-cesal y a los Acuerdos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Digitar, tramitar y efectuar las notificaciones,citaciones y entrega de correspondencia quesean del caso, por encarcelamiento o liber-tad, a los establecimientos carcelarios y pe-nitenciarios y similares. Cuando la ley pro-cesal lo permita, se podrá citar, notificar yenviar correspondencia por el medio másexpedito posible siempre y cuando se dejeconstancia del envío correspondiente.

3. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de lacorrespondencia resultante de la actividad

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de los jueces, a las partes, víctimas, inter-vinientes, terceros, y a las oficinas públicasy privadas del caso, relacionadas con medi-das cautelares y/o definitivas que afectenbienes.

4. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de todala correspondencia y citaciones destinada alas entidades como el INPEC, Defensoríadel Pueblo, Procuraduría General de la Na-ción, Fiscalía General de la Nación, DAS,Registraduría Nacional del Estado Civil, Su-perintendencias y similares.

5. Digitar, tramitar y efectuar todas las notifica-ciones, citaciones y correspondencia que seoriginen en acciones de tutela, habeas cor-pus y demás asuntos sometidos al cono-cimiento de los jueces penales de la sede.

6. Recibir, clasificar y dar curso a todas laspeticiones y comunicaciones con destino alos jueces penales de su sede.

7. Colaborar con el Juez Coordinador en elcumplimiento de sus funciones.

8. Velar por la custodia y buen manejo de todoslos documentos que se emanen por el cum-plimiento de sus funciones.

9. Prestar el servicio de fotocopiado y de fax delos asuntos de carácter oficial.

10. Procurar la consecución oportuna y aviso deaudiencias a los defensores públicos.

11. Digitar todas las actuaciones en el softwarede gestión siglo XXI todas las actuaciones yactualizaciones que correspondan al centrode servicios.

12. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 17º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEDEPÓSITOS JUDICIALES. El grupo de depósitosjudiciales tiene las siguientes funciones:

1. Realizar las labores de custodia y manejo delos títulos judiciales, cuando los hubiere, y laadministración de los depósitos judiciales delos despachos de su sede, de conformidadcon los reglamentos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Velar por la organización, custodia y buenapresentación de las instalaciones, libros, ar-chivos, elementos y equipos de trabajo engeneral.

3. Colaborar con el Secretario y el Juez Coor-dinador en el cumplimiento de sus funciones.

4. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 18º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEEJECUCIÓN DE PENAS: El Grupo de Ejecuciónde Penas tendrá a su cargo las siguientes funcio-nes:

1. Diligenciar las Fichas de condenados paraser remitidas a los Juzgados de Ejecución dePenas y Medidas de Seguridad correspon-dientes.

2. Alimentar el software respectivo en relacióncon los documentos y sentencias que debenenviarse a los Juzgados de ejecución dePenas y Medidas de Seguridad.

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3. Remitir a los Juzgados de Ejecución de Pe-nas y Medidas de Seguridad las sentencias,fichas y documentos de soporte de los con-denados con sentencia ejecutoriada.

4. Diligenciar las planillas correspondientes alas fichas diligenciadas, con el fin de rendirinforme de su gestión.

5. Archivar las correspondientes diligenciasuna vez realizada su gestión.

6. Las demás que, en ejercicio de sus atribu-ciones, le sean asignadas por el superiorinmediato.

ARTÍCULO 19º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEREPARTO Y ASIGNACIONES. El grupo de re-parto y asignaciones tendrá las siguientes fun-cio-nes:

1. Efectuar diariamente el reparto, automati-zado o manual, de los procesos y asuntosque ingresen a los despachos judiciales desu sede, de conformidad con los reglamen-tos expedidos por la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura.

2. Asignar organizadamente y de acuerdo au-nos criterios de urgencia durante los díasy horas de atención los asuntos que ingresenpara los jueces con función de Control degarantías.

3. Elaborar para el Juez Coordinador, el reportede la gestión llevada a cabo en relación conel reparto, en los términos del Acuerdo 1856de 2003.

4. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 20º.- La Escuela Judicial Rodrigo LaraBonilla capacitará a los empleados que sean tras-ladados de los juzgados penales al Centro de Servi-cios, de acuerdo a las funciones que desempe-ñarán.

ARTÍCULO 21º.- El régimen salarial, prestacionaly de carrera de los empleados del Centro de Ser-vicios Judiciales de Tunja será el establecido parala Rama Judicial.

ARTÍCULO 22º.- Los cargos del Centro de Servi-cios, serán provistos mediante los traslados quedisponga la Sala Administrativa del Consejo Supe-rior de la Judicatura, de acuerdo con los volúmenesde trabajo previstos para el Sistema Acusatorio, ylos que resulten del monitoreo y seguimiento delnuevo sistema.

ARTÍCULO 23º.- La Sala Administrativa del Con-sejo Superior de la Judicatura podrá modificar laplanta de personal de los Centros de ServiciosJudiciales de acuerdo a los volúmenes de trabajoque ocasione el nuevo Sistema Acusatorio.

ARTÍCULO 24º.- Organización del Centro deServicios Judiciales. El Centro de Servicios Judi-ciales del Sistema Penal Acusatorio en el municipiode Tunja estará conformado por el Comité General,el Juez Coordinador y por un Secretario.

El número y nomenclatura de los cargos que con-forman el Centro de Servicios Judiciales será fijadapor la Sala Administrativa del Consejo Superior dela Judicatura mediante Acuerdos expedidos para elefecto, y el régimen legal de los cargos de em-pleados corresponde al de carrera judicial.

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ARTÍCULO 25°.- Comité General del Centro deServicios Judiciales.- El Comité General del Cen-tro de Servicios Judiciales de Tunja estará inte-grado por el Juez Coordinador, un Juez Penal delCircuito y un Juez Penal Municipal que hacen partedel Sistema Penal Acusatorio, el Secretario delCentro de Servicios Judiciales ó quien haga susveces, el Presidente de la Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Boyacá yCasanare y el Director Seccional de AdministraciónJudicial de Tunja.

El Comité General del Centro de Servicios Judi-ciales tendrá a su cargo la escogencia de las per-sonas que han de ser nombradas en provisio-nalidad en los cargos adscritos a dicho Centro.

Los miembros del Comité se reunirán por lo menosuna vez al mes ó cuando uno de ellos lo convoque,éste Comité será precedido por el Juez Coordi-nador en coordinación con la Presidencia de la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de Boyacá yCasanare.

ARTÍCULO 26°.- Juez Coordinador. El Juez Co-ordinador será el representante de los Jueces Pe-nales que integran el Sistema Penal Acusatorio,quien continuará fungiendo su labor de garantías.

El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judi-ciales de los Jueces Penales en el Sistema PenalAcusatorio será elegido de los Jueces que cumplenla función de garantías para períodos institucio-nales de un (1) año contado a partir del 1º de enero.La elección se realizará dentro de los diez (10)primeros días del mes de diciembre de cada año,por la Sala Penal del Tribunal Superior del DistritoJudicial de Tunja. Con excepción del periodo co-rrespondiente al año 2006, año en el que actuarácomo Juez coordinador el Juez 1° Penal Municipalde Tunja, con función de garantías.

ARTÍCULO 27°.- Funciones administrativas delJuez Coordinador.- El Juez Coordinador ejercerálas siguientes funciones administrativas:

a) Proveer los cargos del centro de servi-cios.

Cuando se trate de nombramientos en pro-piedad o en encargo, el Juez Coordinadoractuará de ma-nera autónoma.

Para los eventos de nombramientos en pro-visionalidad, el Juez Coordinador deberáconvocar a los miembros del Comité Generala que hace referen-cia el artículo segundodel presente acuerdo, para que, por mayoríaabsoluta, hagan la escogencia de las per-sonas que han de ser nombradas.

b) Resolver sobre situaciones administrativasprevistas en la ley, respecto de los emplea-dos del centro de servicios.

c) Evaluar y calificar a los empleados del centrode servicios conforme al régimen de la Ca-rrera Judicial.

d) Conocer de los procesos disciplinarios quese adelanten contra los empleados del cen-tro de servicios.

e) Rendir informes a la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura sobre lamarcha global del Centro de Servicios Ju-di-ciales.

ARTÍCULO 28°.- Funciones judiciales del JuezCoordinador. El Juez Coordinador deberá cumplircon las siguientes funciones judiciales:

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a) Servir de enlace entre los Jueces que ejer-cen la función de Control de Garantías y lasinstituciones e intervinientes en el procesopenal, para el cumplimiento de las funcionesjurisdiccionales que corresponden a aque-llos.

b) Reemplazar en sus turnos a los Jueces queejerzan la función de Control de Garantías,cuando de manera intempestiva y por razo-nes de fuerza mayor o caso fortuito, les seaa aquellos imposible acudir a su lugar detrabajo o deban abandonarlo.

c) Velar porque el reparto de los asuntos ydiligencias que se tramitan por el centro deservicios sea equitativo y eficiente.

d) Proferir los autos que dispongan las citacio-nes señaladas en los artículos 171 y 172 delCódigo de Procedimiento Penal.

e) Proferir las providencias que correspondande conformidad con la ley, en relación conlas personas que se encuentren privadas dela libertad y que estén a disposición de losJueces que ejercen la función de Control deGarantías.

ARTÍCULO 29°.- Secretaria del Centro de Servi-cios Judiciales. Habrá una secretaria en el Centrode Servicios Judiciales, que dependerá en formadirecta del Juez Coordinador.

La Secretaria, será ejercida por el empleado quedesigne el Juez coordinador quien deberá cumplircon las siguientes:

a) Controlar los términos y producir las comu-nicaciones que correspondan de conformi-dad con la ley, en relación con las personas

que se encuentren privadas de la libertad yque estén a disposición de los Jueces queejercen la función de Control de Garantías.

b) Tramitar las citaciones que ordenen los Jue-ces que ejercen la función de Control deGarantías conforme al contenido de los ar-tículos 171 y 172 del Código de Procedi-miento Penal, así como las comunicacionesque a ellos se dirijan.

c) Responder por la custodia de los títulos judi-ciales y la administración de los depósitosjudiciales de los Juzgados que ejercen fun-ción de Control de Garantías y de cono-cimiento.

d) Administrar las Salas de Audiencias, con-forme a la reglamentación que expida la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

e) Responder por la custodia provisional de lasevidencias, pruebas y elementos del pro-ceso.

f) Administrar y custodiar los registros y losarchivos físicos y tecnológicos de las actua-ciones y diligencias que deban reposar enlos Juzgados que cumplen la función deControl de Garantías.

g) Garantizar, en coordinación con los Juecesque ejercen la función de Control de Ga-ran-tías, la publicidad en las audiencias, salvo lasexpresamente sometidas a reserva según laley.

h) Presentar informes estadísticos de la gestióndel Centro de Servicios Judiciales.

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i) Las demás funciones que sean necesariaspara el cumplimiento oportuno de los térmi-nos judiciales, la prestación eficiente del ser-vicio de justicia, la organización, custodia,conservación y buena presentación de loselementos de trabajo.

ARTÍCULO 30°.- Reuniones de los Jueces.- Losjueces se reunirán a solicitud del Presidente de laSala Administrativa del Consejo Seccional de laJudicatura de Boyacá y Casanare o de cualquierade los miembros del Comité General del Centro deServicios Judiciales, para los siguientes eventos:

1. Evaluar el trabajo y presentar propuestaspara el adecuado funcionamiento del Centro.

ARTÍCULO 31º. El presente Acuerdo rige a partirde la publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de Diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3194

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se reglamentan los turnos paraejercer la función de Control de Garantías en

los Distritos Judiciales de Tunja y SantaRosa de Viterbo”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en los artículos39 y 528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidadcon lo aprobado en la sesión de la Sala Administra-tiva del día 21 de Diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- En los Distritos Judicialesde Tunja y Santa Rosa de Viterbo se establecen lossiguientes turnos para garantizar la continuidad enla prestación de la función de control de garantíaspor parte de los Juzgados Penales Municipales:

El primero: de ocho de la mañana (8:00 a.m.) adoce meridiano (12:00 m) y de una de la tarde (1:00p.m) a cinco de la tarde (5:00 p.m). los díashábiles.

El segundo: de doce meridiano (12:00 m) a ochode la noche (8:00 p.m), los días hábiles.

ARTICULO SEGUNDO.- En los Juzgados Pro-miscuos Municipales y Unidades Judiciales Mu-nicipales de los Distritos Judiciales de Tunja ySanta Rosa de Viterbo, se continúa con la jornadaactualmente establecida para atención al público

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de ocho de la mañana (8:00 a.m.) a doce meridiano(12:00 m) y de una de la tarde (1:00 p.m) a cincode la tarde (5:00 p.m).

ARTICULO TERCERO: Los días sábados, domin-gos y festivos, la función de control de garantías secumplirá en los Distritos Judiciales de Tunja ySanta Rosa de Viterbo a través de turnos que serealizarán en la jornada de ocho de la mañana (8:00a.m.) a doce meridiano (12:00 m) y de una de latarde (1:00 p.m) a cinco de la tarde (5:00 p.m), loscuales se organizarán por la Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Boyacá yCasanare con los Jueces de los Municipios queintegran las Unidades judiciales Municipales crea-das por la Sala Administrativa del Consejo Superiorde la Judicatura para atender la función de controlde garantías, de conformidad con las necesidadesdel servicio.

ARTÍCULO CUARTO.- La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura podrá variar losturnos y la asignación de las funciones de Controlde Garantías y de Conocimiento de los distintosservidores judiciales, de conformidad con las nece-sidades del servicio.

ARTÍCULO QUINTO.- El presente acuerdo rige apartir de la fecha de su publicación en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3195

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se determina el número de de-spachos judiciales que ejercerán funciones

de control de garantías y de conocimiento delSistema Penal Acusatorio y de conocimientode causas de la ley 600 de 2000 en el Distrito

Judicial de Santa Rosa de Viterbo.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39 y 528de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa deldía 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- El Sistema Penal Acu-sa-torio en el Distrito Judicial de Santa Rosa de Viter-bo, en donde, de conformidad con el artículo 530de la Ley 906 de 2004, comenzará a funcionar apartir del primero de enero de 2006, será atendidopor el siguiente número de despachos judiciales:

3 Despachos de Magistrado de Sala Unica

Circuito Judicial de Santa Rosa de Viterbo1 Juzgado Penal Especializado del Circuito1 Juzgado Promiscuo del Circuito3 Juzgados Promiscuos Municipales2 Unidades Judiciales Municipales

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Circuito Judicial de Duitama:

2 Juzgados Penales del Circuito2 Juzgados Penales Municipales4 Juzgados Promiscuos Municipales

Circuito Judicial de El Cocuy1 Juzgado Promiscuo del Circuito7 Juzgados Promiscuos Municipales

Circuito Judicial de Paz del Río1 Juzgado Promiscuo del Circuito3 Juzgados Promiscuos Municipales1 Unidad Judicial Municipal

Circuito Judicial de Soatá1 Juzgado Promiscuo del Circuito6 Juzgados Promiscuos Municipales

Circuito Judicial de Socha1 Juzgado Promiscuo del Circuito6 Juzgados Promiscuos Municipales

Circuito Judicial de Sogamoso2 Juzgados Penales del Circuito2 Juzgados Penales Municipales9 Juzgados Promiscuos Municipales2 Unidades Judiciales Municipales

En consecuencia, el número total de despachosque ingresan al Sistema será el siguiente:

3 Despachos de Magistrado de Sala Penal1 Juzgado Penal de Circuito Especializado4 Juzgados Penales del Circuito5 Juzgados Promiscuos del Circuito4 Juzgados Penales Municipales43 Juzgados Promiscuos Municipales

( Incluyendo Unidades Judiciales )

PARÁGRAFO PRIMERO. Los despachos judicia-les que no sean incorporados al Sistema PenalAcusatorio a partir del 1 de enero de 2006 con-tinuarán atendiendo y depurando los asuntos cuyotrámite corresponda al sistema previsto en la ley

600 de 2000, sin perjuicio de las demás competen-cias atribuidas constitucional o legalmente, hastatanto la Sala Administrativa del Consejo Superiorde la Judicatura determine su reordenamiento defi-nitivo, ingresando al sistema de manera gradual, deacuerdo con las necesidades del servicio esta-blecidas por la Sala Administrativa del ConsejoSuperior de la Judicatura, con base en el monitoreopermanente a la implementación del sistema.

PARÁGRAFO SEGUNDO. La Sala Administrativadel Consejo Superior de la Judicatura, por acuerdoseparado, individualizará los despachos penalesque continuarán en el sistema actual y reglamen-tará su organización, funcionamiento y distribuciónde la carga que deben atender.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Juzgado de Ejecuciónde Penas y Medidas de Seguridad harán parte delactual Circuito Penitenciario y Carcelario y man-tendrán la estructura, organización y competenciaactuales.

ARTÍCULO TERCERO.-.- Las funciones de juez degarantías, juez de conocimiento del sistema acu-satorio penal y juez de conocimiento de causas dela ley 600 de 2000 se ejercerán según la individua-lización que se realice para tal efecto y de confor-midad con los siguientes enunciados centrales:

1. La función de Juez de Control de Garantíasen el Distrito Judicial de Santa Rosa deViterbo:

* En la ciudad de Duitama, ingresan inicial-mente dos Juzgados Penales Municipales,uno de los cuales actuará como Juez Coor-dinador de los Juzgados Penales de surespectiva sede.

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* En la ciudad de Sogamoso ingresan ini-cialmente dos Juzgados Penales Munici-pales, uno de los cuales actuará como JuezCoordinador de los Juzgados Penales desu respectiva sede.

2. La función de Juez de Conocimiento de cau-sas de la Ley 600 de 2000 en el DistritoJudicial de Santa Rosa de Viterbo se ejer-cerá de la siguiente manera:

Circuito Judicial de Santa Rosa de Viterbo:

Los asuntos de competencia de Jueces PenalesMunicipales de Santa Rosa de Viterbo será ejercidapor un Juez Promiscuo Municipal radicado en éstaciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, será conocida por el JuezPromiscuo del Circuito que asumirá simultánea-mente la función de conocimiento del Sistema Pe-nal Acusatorio.

Circuito Judicial de Duitama:

Los asuntos de competencia de Jueces Pe-nalesMunicipales de Duitama será ejercida por un JuezPenal Municipal radicado en ésta ciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, será conocida por dos JuecesPenales del Circuito que asumirán simultánea-mente la función de conocimiento del Sistema Pe-nal Acusatorio.

Circuito Judicial de Sogamoso:

Los asuntos de competencia de Jueces PenalesMunicipales de Sogamoso será ejercida por unJuez Penal Municipal radicado en ésta ciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, será conocida por dos JuecesPenales del Circuito que asumirán simultánea-mente la función de conocimiento del Sistema Pe-nal Acusatorio.

Circuito Judicial de Paz del Río:

Los asuntos de competencia de Jueces Pe-nalesMunicipales de Paz del Río será ejercida por unJuez Promiscuo Municipal radicado en ésta ciu-dad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, será conocida por el JuezPromiscuo del Circuito que asumirá simultanea-mente la función de conocimiento del Sistema Pe-nal Acusatorio.

Circuito Judicial de Soatá:

Los asuntos de competencia de Jueces Pe-nalesMunicipales de Soatá será ejercida por un JuezPromiscuo Municipal radicado en ésta ciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, será conocida por el JuezPromiscuo del Circuito que asumirá simultánea-mente la función de conocimiento del Sistema Pe-nal Acusatorio.

Circuito Judicial de El Cocuy:

Los asuntos de competencia de Jueces Pe-nalesMunicipales de El Cocuy será ejercida por un JuezPromiscuo Municipal radicado en ésta ciudad.

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En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, será conocida por el JuezPromiscuo del Circuito que asumirá simultánea-mente la función de conocimiento del Sistema Pe-nal Acusatorio.

Circuito Judicial de Socha:

Los asuntos de competencia de Jueces Pe-nalesMunicipales de Socha será ejercida por un JuezPromiscuo Municipal radicado en ésta ciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, será conocida por el JuezPromiscuo del Circuito que asumirá simultánea-mente la función de conocimiento del Sistema Pe-nal Acusatorio.

PARÁGRAFO PRIMERO. En los demás muni-ci-pios que conforman el Distrito Judicial de SantaRosa de Viterbo, los juzgados promiscuos munici-pales y Unidades Judiciales Municipales (sin des-pachos Penales), atenderán simultáneamente lasactuaciones del Sistema Penal Acusatorio y de laLey 600 de 2000.

ARTÍCULO QUINTO-. El presente Acuerdo rige apartir del su publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3196

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se determina el número de de-spachos judiciales que ejercerán funciones

de control de garantías y de conocimiento delSistema Penal Acusatorio y de conocimientode causas de la ley 600 de 2000 en el Distrito

Judicial de Tunja.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial de las señaladas en el ar-tículo 89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39y 528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad conlo aprobado en la sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- El Sistema Penal Acusa-torio en el Distrito Judicial de Tunja, en donde, deconformidad con el artículo 530 de la Ley 906 de2004, comenzará a funcionar a partir del primerode enero de 2006, será atendido por el siguientenúmero de despachos judiciales:

4 Despachos de Magistrado de Sala Penal

Circuito Judicial de Tunja:16 Promiscuos Municipales1 Juzgado Penal de Circuito Especializado1 Juzgado Penal del Circuito1 Unidad Judicial Municipal de Tunja, Oicatá,

Chivatá, Motavita, Cucaita y Soracá.3 Juzgados Penales Municipales

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Circuito Judicial de Chiquinquirá2 Juzgado Penales del Circuito3 Unidades Judiciales Municipales2 Juzgados Penales Municipales13 Juzgados Promiscuos Municipales

Circuito de Guateque1 Juzgado Penal del Circuito7 Juzgados Promiscuos Municipales1 Unidad Judicial Municipal

Circuito de Garagoa1 Juzgado Penal del Circuito7 Juzgados Promiscuos Municipales

Circuito de Miraflores1 Juzgado Promiscuo del Circuito4 Juzgados Promiscuos Municipales1 Unidad Judicial Municipal

Circuito de Moniquirá1 Juzgado Penal del Circuito8 Juzgados Promiscuos Municipales

Circuito de Ramiriquí1 Juzgado Penal del Circuito9 Juzgados Promiscuos Municipales

En consecuencia, el número total de despachosque ingresan al Sistema será el siguiente:

4 Despachos de Magistrado de Sala Penal1 Juzgado Penal de Circuito Especializado7 Penales del Circuito1 Juzgado Promiscuo del Circuito5 Juzgados Penales Municipales68 Juzgados Promiscuos Municipales

( Incluyendo Unidades Judiciales )

ARTÍCULO SEGUNDO. Los despachos judicialesque no sean incorporados al Sistema Penal Acu-satorio a partir del 1 de enero de 2006 continuaránatendiendo y depurando los asuntos cuyo trámitecorresponda al sistema previsto en la ley 600 de

2000, sin perjuicio de las demás competenciasatribuidas constitucional o legalmente, hasta tantola Sala Administrativa del Consejo Superior de laJudicatura determine su reordenamiento definitivo,ingresando al sistema de manera gradual, de a-cuerdo con las necesidades del servicio estableci-das por la Sala Administrativa del Consejo Superiorde la Judicatura, con base en el monitoreo perma-nente a la implementación del sis-tema.

PARÁGRAFO. La Sala Administrativa del ConsejoSuperior de la Judicatura, por acuerdo separado,individualizará los despachos penales que conti-nuarán en el sistema actual y reglamentará suorganización, funcionamiento y distribución de lacarga que deben atender.

ARTÍCULO TERCERO.- Los Juzgados de Ejecu-ción de Penas y Medidas de Seguridad harán partedel actual Circuito Penitenciario y Carcelario y man-ten-drán la estructura, organización y competenciaactuales.

ARTÍCULO CUARTO.- Las funciones de Juez deControl de Garantías, Juez de Conocimiento delSistema Acusatorio Penal y Juez de Conocimientode causas de la ley 600 de 2000 se ejercerán segúnla individualización que se realice para tal efecto yde conformidad con los siguientes enunciados cen-trales:

1. La función de Juez de Control de Garantíasen el Distrito Judicial de Tunja:

* En la ciudad de Tunja, ingresan inicial-mente dos Juzgados Penales Municipales,uno de los cuales actuará como Juez Coor-dinador de los Juzgados Penales de su res-pectiva sede.

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 14

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* En la ciudad de Chiquinquirá ingresan ini-cialmente dos Juzgados Penales Municipa-les, uno de los cuales actuará como JuezCoordinador de los Juzgados Penales de surespectiva sede.

2. La función de Juez de Conocimiento de cau-sas de la Ley 600 de 2000 en el DistritoJudicial de Tunja se ejercerá de la siguientemanera:

Circuito Judicial de Tunja:

En lo relativo a los asuntos de competencia deJueces Penales Municipales con sede en el Muni-cipio de Tunja, será ejercida inicialmente de ma-nera exclusiva por cuatro Jueces Penales Muni-cipales radicados en la ciudad de Tunja. Así mismo,estarán apoyados provisionalmente por el JuezPenal Municipal que ingresará al Sistema PenalAcusatorio con Función de Conocimiento.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, los tres jueces que no ingre-san al sistema continúan con el trámite y fallo decausas de la Ley 600 de 2000

Circuito Judicial de Chiquinquirá:

Los asuntos de competencia de Jueces PenalesMunicipales de Chiquinquirá será ejercida por unJuez Penal Municipal radicado en ésta ciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, será conocida por los dosJueces Penales del Circuito que asumirán simultá-neamente la función de conocimiento del SistemaPenal Acusatorio.

Circuito Judicial de Moniquirá:

Los asuntos de competencia de Jueces PenalesMunicipales de Moniquirá se atenderán por tresJueces Promiscuos Municipales radicados en éstaciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, serán conocidos por el JuezPenal del Circuito que asumirá simultáneamente lafunción de conocimiento del Sistema Penal Acusa-torio.

Circuito Judicial de Garagoa:

Los asuntos de competencia de Jueces PenalesMunicipales de Garagoa serán ejercidos por dosJueces Promiscuos Municipales radicados en éstaciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, serán conocidos por el JuezPenal del Circuito, que asumirá simultáneamentela función de conocimiento del Sistema Penal Acu-satorio.

Circuito Judicial de Guateque:

Los asuntos de competencia de Jueces PenalesMunicipales de Guateque serán ejercidos por dosJueces Promiscuos Municipales radicados en éstaciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, serán conocidos por el JuezPenal del Circuito que asumirá simultáneamente lafunción de conocimiento del Sistema Penal Acusa-torio.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 15

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Circuito Judicial de Ramiriquí:

Los asuntos de competencia de Jueces PenalesMunicipales de Ramiriquí serán atendidos por dosJueces Promiscuos Municipales radicados en éstaciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, serán conocidos por el JuezPenal del Circuito que asumirá simultáneamente lafunción de conocimiento del Sistema Penal Acusa-torio.

Circuito Judicial de Miraflores:

Los asuntos de competencia de Jueces PenalesMunicipales de Miraflores serán atendidos por elJuez Promiscuo Municipal radicado en ésta ciudad.

En cuanto a los asuntos de competencia de JuecesPenales del Circuito, serán conocidos por el JuezPromiscuo del Circuito que asumirá simultánea-mente la función de conocimiento del Sistema Pe-nal Acusatorio.

PARÁGRAFO PRIMERO. En los demás muni-cipios que conforman el Distrito Judicial de Tunja,los Juzgados Promiscuos Municipales y UnidadesJudiciales Municipales (sin despachos Penales),atenderán simultáneamente las actuaciones delSistema Penal Acusatorio y de la Ley 600 de 2000.

PARÁGRAFO SEGUNDO: La función de cono-cimiento para asuntos de competencia del Circuito,del Sistema Penal Acusatorio, será ejercida exclu-sivamente por un Juez Penal del Circuito en elCircuito Judicial de Tunja.

ARTÍCULO QUINTO-. El presente Acuerdo rige apartir del su publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3197

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crean Unidades Judiciales Mu-nicipales para la implementación del SistemaPenal Acusatorio, para los efectos de cono-

cimiento en los Distritos Judiciales de Tunja ySanta Rosa de Viterbo.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39 y 528de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 16

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ACUERDA

ARTÍCULO 1°.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 1, únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de Tunja, Oicatá , Chi-vatá, Motavita, Cucaita, SoracáVentaquemadaTurmequéArcabucoChiquiza

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuo Municipal deVentaquemada, Promiscuo Municipal de Arcabu-co, Promiscuo Municipal de Chiquiza, PromiscuoMunicipal de Turmequé, será asumido por cual-quiera de los Juzgados Penales Municipales confunción de Conocimiento de la Unidad Judicial Mu-nicipal de Tunja, Oicatá, Chivatá, Motavita, Cu-caita, Soracá por reparto.

ARTÍCULO 2°.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 2, únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

BoyacáSiachoque

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Bo-yacá, será asumido por el Juzgado Promiscuo Mu-nicipal de Siachoque .

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Siacho-que, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Boyacá.

ARTÍCULO 3°.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 3, únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

CómbitaSotaquiráTutaToca

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Cóm-bita, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Sotaquirá, Tuta o Toca,por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Sota-quirá, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Tuta, Toca o Cómbitapor reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Tuta,será asumido por cualquiera de los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Toca, Cómbita o Sotaquirápor reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Toca,será asumido por cualquiera de los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Cómbita, Sotaquirá o Tutapor reparto.

ARTÍCULO 4°.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 4, únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

GachantiváVilla de LeyvaSáchica

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 17

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El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Ga-chantivá, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Promiscuos Municipales de Villa de Leyva oSáchica, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Villa deLeyva, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Sáchica.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Sá-chica, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Villa de Leyva..

ARTÍCULO 5°.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 5, únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

SoraSamacá

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Sora,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Samacá.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Sa-macá, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Sora.

ARTÍCULO 6º.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 7, únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de Chiquinquirá yCaldas

San Miguel de SemaSaboyá

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuo Municipal deSan Miguel de Sema y Promiscuo Municipal deSaboyá, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Penales Municipales con función de Cono-cimiento de la Unidad Judicial Municipal de Chi-quinquirá - Caldas, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de la Unidad Judicial Municipal de Chiquin-quirá- Caldas, será asumido por cualquiera de losJuzgados Penales Municipales con función deControl de Garantías y de Conocimiento que inte-gran ésta Unidad, por reparto.

ARTÍCULO 7°.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 7, únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

RáquiraSutamarchánTinjacá

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Rá-quira, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Sutamarchán o Tin-jacá, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Suta-marchán, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Promiscuos Municipales de Tinjacá o Rá-quira, por reparto.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 18

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El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Tin-jacá, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Ráquira o Sutamar-chán, por reparto.

ARTÍCULO 8°.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 8, únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

BuenavistaCoperMaripi

Unidad Judicial Municipal de Briceño y Tunun-güa

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Bue-navista, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Promiscuos Municipales de Coper, Maripi ode la Unidad Judicial Municipal de Briceño y Tu-nungúa, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Coper,será asumido por cualquiera de los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Maripi, de la Unidad Judi-cial Municipal de Briceño y Tunungúa o Buenavista,por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Maripi,será asumido por cualquiera de los Juzgados Pro-miscuos Municipales de la Unidad Judicial Munici-pal de Briceño y Tunungúa, Buenavista o Coper,por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-

dad Judicial Municipal de Briceño y Tunungúa, seráasumido por cualquiera de los Juzgados Promis-cuos Municipales de Buenavista, Coper o Maripipor reparto.

ARTÍCULO 9°.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 9, únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de Quípama y La Victo-ria

Muzo

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial Municipal de Quípama y La Victoria,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Muzo

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Muzo,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde la Unidad Judicial Municipal de Quípama y LaVictoria,

ARTÍCULO 10°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 10, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

OtanchePaunaSan Pablo Borbur

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Otan-che, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Pauna o San PabloBorbur, por reparto.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 19

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El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Pauna,será asumido por cualquiera de los Juzgados Pro-miscuos Municipales de San Pablo Borbur u Otan-che, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de SanPablo Borbur, será asumido por cualquiera de losJuzgados Promiscuos Municipales de Otanche oPauna, por reparto.

ARTÍCULO 11°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 11, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

ChinavitaUmbitaPachavita

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuo Municipal deUmbita y Promiscuo Municipal de Pachavita, seráasumido por el Juzgado Promiscuo Municipal deChinavita.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Chi-navita, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Pachavita

ARTÍCULO 12°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 12, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensiónterritorial:

MacanalSan Luis de GacenoSanta María

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuo Municipal deMacanal y Promiscuo Municipal de San Luis deGaceno, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Santa María.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de SantaMaría, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Macanal .

ARTÍCULO 13°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 13, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión te-rritorial:

AlmeidaChivor

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Al-meida, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Chivor.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Chivor,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Almeida.

ARTÍCULO 14°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 14, únicamente para los efectos pena-les, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

GuayatáSomondoco

El conocimiento de los asuntos penales de com-pe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Gua-yatá, será asumido por el Juzgado Promiscuo Mu-nicipal de Somondoco.

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 20

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El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de So-mon-doco, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Guayatá.

ARTÍCULO 15°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 15, únicamente para los efectos pena-les, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

SutatenzaUnidad Judicial Municipal de Tenza y La Capilla

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Suta-tenza, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de la Unidad Judicial Municipal de Tenzay La Capilla.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial Municipal de Tenza y La Capilla, seráasumido por el Juzgado Promiscuo Municipal deSutatenza.

ARTÍCULO 16°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 16, únicamente para los efectos pena-les, la cual tendrá la siguiente comprensión territo-rial:

Unidad Judicial Municipal de Miraflores y BerbeoZetaquiraSan Eduardo

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial Municipal de Miraflores y Berbeo, seráasumido por cualquiera de los Juzgados Promis-cuos Municipales de Zetaquira ó San Eduardo porReparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Zeta-quira, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de la Unidad Judicial Municipal de Mira-flores y Berbeo.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de SanEduardo, será asumido por reparto por cualquierade los Juzgados Promiscuos Municipales de Zeta-quira ó el Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial Municipal de Miraflores y Berbeo.

ARTÍCULO 17.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 17 únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

Campo HermosoPáez

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de CampoHermoso, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Páez.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Páez,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Campo Hermoso

ARTÍCULO 18°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 18, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión te-rritorial:

MoniquiráTogüiSanta Sofía

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 21

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El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deMoniquirá, será asumido entre los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Moniquirá, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Togüi,será asumido por cualquiera de los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Santa Sofía o Moniquirá,por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de SantaSofía, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Moniquirá o Togüi, porreparto.

ARTÍCULO 19°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 19, únicamente para los efectos pena-les, la cual tendrá la siguiente comprensión territo-rial:

ChitaraqueSan José de PareSantana

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Chita-raque, será asumido por cualquiera de los Juzga-dos Promiscuos Municipales de San José de Pareo Santana, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de SanJosé de Pare, será asumido por cualquiera de losJuzgados Promiscuos Municipales de Santana oChitaraque, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de San-tana, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Chitaraque o San Joséde Pare, por reparto.

ARTÍCULO 20°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 20, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

RamiriquíRondón

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Ron-dón, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Ramiriquí, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deRamiriquí, será asumido entre los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Ramiriquí, por reparto.

ARTÍCULO 21°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 21, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión te-rritorial:

TibanáJenesanoNuevo Colón

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de NuevoColón, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Promiscuos Municipales de Tibaná y Jene-sano, por reparto.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 22

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El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Jene-sano, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Tibaná y Nuevo Colón,por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Tibaná,será asumido por cualquiera de los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Jenesano y Nuevo Colón,por reparto.

ARTÍCULO 22°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 22, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

ViracacháCienega

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Vira-cachá, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Cienega.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Cie-nega, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Viracachá.

ARTÍCULO 23°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 23, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión te-rritorial:

NóbsaTibasosa

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Nóbsa,

será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Tibasosa.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Tiba-sosa, será asumido por el Juzgado Promiscuo Mu-nicipal de Nóbsa.

ARTÍCULO 24°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 24, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión te-rritorial:

El CocuyGuicánPanqueba

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de El Co-cuy, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Guicán o Panqueba,por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Gui-cán, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Panqueba o El Cocuy,por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Pan-queba, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Promiscuos Municipales de El Cocuy o Gui-cán, por reparto.

ARTÍCULO 25°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 25, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 23

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ChiscasEl Espino

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Chis-cas, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de El Espino.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de El Es-pino, será asumido por el Juzgado Promiscuo Mu-nicipal de Chiscas.

ARTÍCULO 26°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 26, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

GuacamayasSan Mateo

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Guaca-mayas, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de San Mateo.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de SanMateo, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Guacamayas.

ARTÍCULO 27.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 27 únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

Paz del RíoUnidad Judicial Sativa Norte y Sativa Sur

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Paz delRío, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de la Unidad Judicial de Sativa Norte y SativaSur.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial de Sativa Norte y Sativa Sur, seráasumido por el Juzgado Promiscuo Municipal dePaz del Río.

ARTÍCULO 28°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 28, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión te-rritorial:

BeteitivaTasco

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Betei-tiva, será asumido por el Juzgado Promiscuo Mu-nicipal de Tasco.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Tasco,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Beteitiva.

ARTÍCULO 29°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 29, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

SochaSocotá

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Socha,

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 24

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será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Socotá.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Socotá,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Socha.

ARTÍCULO 30°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 30, únicamente para los efectos pena-les, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

Chita

Jericó

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Chita,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Jericó.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Jericó,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Chita.

ARTÍCULO 31°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 31, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

La SalinaSácama

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de LaSalina, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Sácama.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Sá-cama, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de La Salina.

ARTÍCULO 32.- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 32 únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

Santa Rosa de ViterboFlorestaUnidad Judicial Municipal Corrales y Busbanzá

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de SantaRosa de Viterbo, será asumido por cualquiera delos Juzgados Promiscuos Municipales de Florestao de la Unidad Judicial Municipal de Corrales yBusbanzá, por reparto

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Flore-sta, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de la Unidad Judicial Municipal de Corrales yBusbanzá.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial Municipal de Corrales y Busbanzá,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Floresta.

ARTÍCULO 33 .- Crear la Unidad Judicial Municipalnúmero 33 únicamente para los efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de Belén y TutazaCerinza

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 25

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El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial Municipal de Belén y Tutazá, seráasumido por el Juzgado Promiscuo Municipal deCerinza

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Ce-rinza, será asumido por el Juzgado Promiscuo Mu-nicipal de la Unidad Judicial Municipal de Belén yTutazá

ARTÍCULO 34°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 34, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

SoatáSusacón

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Soatá,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Susacón.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Susa-cón, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de Soatá.

ARTÍCULO 35°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 35, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión te-rritorial:

BoavitaLa Uvita

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Boa-

vita, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de La Uvita.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de LaUvita, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Boavita.

ARTÍCULO 36°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 36, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

CovarachiaTipacoque

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Cova-rachia, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Tipacoque.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Tipa-coque, será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Covarachia.

ARTÍCULO 37°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 37, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

PescaUnidad Judicial Municipal de Firavitoba e Iza

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial Municipal de Firavitoba e Iza, seráasumido por el Juzgado Promiscuo Municipal dePesca.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 26

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El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Pesca,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde la Unidad Judicial Municipal de Firavitoba e Iza.

ARTÍCULO 38°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 38, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

MonguaTópaga

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Mon-gua, será asumido por el Juzgado Promiscuo Mu-nicipal de Tópaga.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Tópa-ga, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de Mongua.

ARTÍCULO 39°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 39, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

MonguíGámeza

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Mon-guí, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de Gámeza.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Gáme-za, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de Monguí.

ARTÍCULO 40°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 40, únicamente para los efectos pe-nales, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

AquitaniaTotaCuitiva

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Aqui-tania, será asumido por cualquiera de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Tota o Cuitiva, porreparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Tota,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Cuitiva.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Cuitiva,será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Tota.

ARTÍCULO 41°.- Crear la Unidad Judicial Munici-pal número 41, únicamente para los efectos pena-les, la cual tendrá la siguiente comprensión terri-torial:

PayaUnidad Judicial Municipal de Labranza Grande y Pisba

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial Municipal de Labranza Grande y Pis-ba, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de Paya.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Paya,

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 27

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será asumido por el Juzgado Promiscuo Municipalde la Unidad Judicial Municipal de Labranza Gran-de y Pisba

ARTÍCULO 42°.- Los jueces Promiscuos Munici-pales de Moniquirá, Garagoa, Guateque, Ra-miri-quí, Paipa, de la Unidad Judicial Municipal de Chi-quinquirá y Caldas y, Penales Municipales deDuitama y Sogamoso, que ingresan al SistemaPenal Acusatorio, ejercerán simultáneamente lafunción de Control de Garantías y de Conocimiento,para los hechos delictivos cometidos en sus res-pectivos municipios, sin perjuicio de dar aplicacióna las normas sobre impedimentos y recusaciones.Los jueces Penales Municipales de Tunja, queingresan al sistema penal acusatorio, ejerceránfunción exclusiva de Conocimiento ó Control deGarantías, según la individualización del despachopara éstos los efectos.

ARTÍCULO 43°. El presente Acuerdo rige a partirde la fecha de su publicación en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSE ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3198

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crea el Centro de Servicios Ju-diciales para los Juzgados Penales de

Chiquinquirá, y se organizan sus funciones,con ocasión de la implantación del nuevo

Sistema Penal Acusatorio”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en los nu-merales 13 y 14 del Artículo 85 de la Ley 270 de1996, y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO 1º.- CREACIÓN. Crear a partir del 1ºde enero de 2006, el Centro de Servicios Judicialespara los Juzgados Penales Municipales y del Cir-cuito de Chiquinquirá, con sede en la ciudad deChiquinquirá, adscrito a los juzgados de la sederespectiva, para el cumplimiento de las funcionesadministrativas del nuevo Sistema Penal Acusato-rio.

ARTÍCULO 2º.- PLANTA DE PERSONAL. El nue-vo Centro de Servicios Judiciales para los Juzga-dos Penales de Chiquinquirá tendrá inicialmente lasiguiente planta de personal:

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 28

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No. de DENOMINACIÓN DEL CARGOcargos1 Juez Coordinador del Centro1 Escribiente de Juzgado Municipal2 Citadores de Juzgado Municipal4 TOTAL

ARTÍCULO 3º.- La Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Boyacá y Casanare,determinará, de acuerdo con los volúmenes y car-gas de trabajo, el número de empleados de cadagrupo de trabajo, de conformidad con lo dispuestoen el Artículo 4º de este Acuerdo, lo mismo que losmovimientos de personal que se requieran.

ARTÍCULO 4º.- El Coordinador del Centro de Ser-vicios Judiciales, previa consulta a la Sala Admi-nistrativa del Consejo Seccional de la Judicatura deBoyacá y Casanare, asignará funciones y tareas alos empleados del Centro.

ARTÍCULO 5º.- El juez coordinador podrá disponerla asignación transitoria de empleados en gruposdistintos a aquellos a que están adscritos, cuandoello fuere necesario para atender situaciones emer-gentes o especiales del servicio.

ARTÍCULO 6º.- La Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Boyacá y Casanare,evaluará, por lo menos una vez al mes la confor-mación de los grupos de trabajo.

ARTÍCULO 7º.- A medida que se vayan incorpo-rando nuevos juzgados al Sistema Penal Acusato-rio, los empleados de dichos despachos que nosean seleccionados para continuar en el juzgado,serán asignados al Centro de Servicios Judiciales.

ARTÍCULO 8º.- La función básica de la Coordi-nación General del Centro será la de Dirigir, coor-dinar y orientar todas las funciones administrativasque les sean asignadas al Centro de ServiciosJudiciales.

ARTÍCULO 9º.- El Centro de Servicios Judicialesde los Juzgados Penales de Chiquinquirá seráorganizado por grupos así:

1.Grupo de Administración de Salas de Audien-cia

Función Básica: Verificar los equipos tecnológi-cos, administrar y asignar las salas compartidas,mantener y preparar los equipos de grabación.

2.Grupo de Archivo Tecnológico

Función Básica: Organizar los dispositivos graba-dos y el archivo, conservar y custodiar los mismosy responder por la producción técnica de los dispo-sitivos grabados.

3.Grupo de Atención al usuario

Función Básica: Informar y orientar a las partesintervinientes, atender las peticiones del público ypublicar la información producida en el centro deservicios

4.Grupo de Comunicaciones

Función Básica: Notificar , elaborar y comunicarlas citaciones, entregar solicitudes a estableci-mientos carcelarios, conseguir defensores, recep-cionar y tramitar la correspondencia.

5.Grupo de Depósitos Judiciales

Función Básica: Custodiar, manejar y contabilizarlos títulos y depósitos judiciales.

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 29

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6.Grupo de Ejecución de Penas

Función Básica: Diligenciar fichas técnicas y tra-mitar sentencias ante los juzgados de ejecución depenas

7.Grupo de Reparto y Asignaciones

Función Básica: Repartir los asuntos, asignar jue-ces a audiencias y elaborar reportes de gestión.

ARTÍCULO 10º.- TURNOS. Los empleados de losgrupos de atención al usuario, reparto y asignacio-nes, archivo tecnológico y de administración desalas de los Centros de Servicios Judiciales traba-jarán en los turnos que disponga la Sala Adminis-trativa del Consejo Seccional de la Judicatura deBoyacá en consonancia con los días de atención yel horario general de trabajo de los Centros deServicios.

ARTÍCULO 12º.- FUNCIONES. El Centro de Servi-cios Judiciales desempeñará aquellas funcionesestablecidas en el Acuerdo 1856 de 2003 que nodesvirtúen el Sistema Penal Acusatorio, además delas establecidas en el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 13º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEADMINISTRACIÓN DE SALAS DE AUDIENCIAS.El grupo de administración de salas de audienciasdesempeñará las siguientes funciones:

1. Verificar la adecuada instalación de los equi-pos tecnológicos para la celebración de to-das las audiencias.

2. Administrar y asignar las salas compartidas,en colaboración con los jueces, para la ce-lebración de las audiencias que requieran deéstas salas.

3. Colaborar con los secretarios de cada Juz-gado en el mantenimiento y preparación delos equipos de grabación de las audienciasde las salas adscritas a los despachos de losjueces.

4. Informar a los jueces de su sede, partes eintervinientes del proceso penal y público engeneral, la programación de las audienciascon los datos relevantes del proceso.

5. Resolver todos los problemas técnicos quese presenten antes o durante el transcursode las audiencias.

6. Velar, en coordinación con los secretarios delos juzgados de su sede, por la correctacelebración de las audiencias, del ingresodel público y los medios de comunicación ycontribuir a garantizar el orden dentro de lasmismas.

7. Las demás que, en ejercicio de sus atribu-ciones, le sean asignadas por el superiorinmediato.

ARTÍCULO 14º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEARCHIVO TECNOLÓGICO. El grupo de archivotecnológico tiene las siguientes funciones:

1. Rotular, de acuerdo con los parámetros quese indiquen para tal efecto, los dispositivosgrabados tanto de audio como de video osimilares.

2. Archivar, conservar y custodiar en debidaforma los dispositivos grabados

3. Elaborar y actualizar un inventario de la lo-calización de los dispositivos grabados parafacilitar su ubicación y utilización por parte de

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 30

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los jueces y empleados de su sede, de laspartes e intervinientes en el proceso penal ydemás interesados.

4. Realizar la reproducción técnica de los dis-positivos grabados o de partes de ellos cuan-do se requiera por parte de los jueces yempleados de su sede, partes e intervinien-tes del proceso penal y demás interesados.

5. Atender en forma oportuna los requerimien-tos de los jueces de su sede en materia dearchivo, custodia, rotulación y reproducciónde todo el archivo tecnológico

6. Mantener en buen estado los equipos dearchivo tecnológico.

7. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 15º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEATENCIÓN AL USUARIO. El grupo de atención alusuario tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Informar y orientar a las partes e intervinien-tes del proceso penal y público en generalsobre toda la información relacionada con lagestión propia del Centro.

2. Atender toda petición del público en generalen relación con las funciones administrativasdel Centro.

3. Actualizar toda la información producida porel Centro que pueda ser relevante para lainformación al público.

4. Coordinar con cada secretario de los gruposdel Centro, para efectos de información alpúblico en general, la información que cadagrupo suministra al público.

5. Velar porque las quejas y observaciones so-bre el desempeño del Centro o de los des-pachos de su sede sean canalizadas e infor-madas a tiempo a ada secretario de grupo yal Juez Coordinador.

6. Publicar en sitios de acceso fácil al públicotoda la información producida por el centroque sea necesaria comunicar.

7. Velar porque los espacios destinados a infor-mación al público brinden información actua-lizada y pertinente.

8. Las demás que, en ejercicio de sus atribu-ciones, le sean asignadas por el superiorinmediato.

ARTÍCULO 16º.- FUNCIONES DEL GRUPO DECOMUNICACIONES. El grupo de comunicacionestendrá las siguientes funciones:

1. Realizar de manera oportuna y eficiente elprocedimiento de las notificaciones que nose surtan en audiencia conforme a ley pro-cesal y a los Acuerdos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Digitar, tramitar y efectuar las notificaciones,citaciones y entrega de correspondencia quesean del caso, por encarcelamiento o liber-tad, a los establecimientos carcelarios y pe-nitenciarios y similares. Cuando la ley pro-cesal lo permita, se podrá citar, notificar y

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enviar correspondencia por el medio másexpedito posible siempre y cuando se dejeconstancia del envío correspondiente.

3. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de lacorrespondencia resultante de la actividadde los jueces, a las partes, víctimas, intervi-nientes, terceros, y a las oficinas públicas yprivadas del caso, relacionadas con medidascautelares y/o definitivas que afecten bienes.

4. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de todala correspondencia y citaciones destinada alas entidades como el INPEC, Defensoríadel Pueblo, Procuraduría General de la Na-ción, Fiscalía General de la Nación, DAS,Registraduría Nacional del Estado Civil, Su-perintendencias y similares.

5. Digitar, tramitar y efectuar todas las notifica-ciones, citaciones y correspondencia que seoriginen en acciones de tutela, habeas cor-pus y demás asuntos sometidos al cono-cimiento de los jueces penales de la sede.

6. Recibir, clasificar y dar curso a todas laspeticiones y comunicaciones con destino alos jueces penales de su sede.

7. Colaborar con el Juez Coordinador en elcumplimiento de sus funciones.

8. Velar por la custodia y buen manejo de todoslos documentos que se emanen por el cum-plimiento de sus funciones.

9. Prestar el servicio de fotocopiado y de fax delos asuntos de carácter oficial.

10. Procurar la consecución oportuna y aviso deaudiencias a los defensores públicos.

11. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 17º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEDEPÓSITOS JUDICIALES. El grupo de depósitosjudiciales tiene las siguientes funciones:

1. Realizar las labores de custodia y manejo delos títulos judiciales, cuando los hubiere, y laadministración de los depósitos judiciales delos despachos de su sede, de conformidadcon los reglamentos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Velar por la organización, custodia y buenapresentación de las instalaciones, libros, ar-chivos, elementos y equipos de trabajo engeneral.

3. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 18º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEEJECUCIÓN DE PENAS: El Grupo de Ejecuciónde Penas tendrá a su cargo las siguientes funcio-nes:

1 Diligenciar las Fichas de condenados paraser remitidas a los Juzgados de Ejecución dePenas y Medidas de Seguridad correspondi-entes.

2. Remitir a los Juzgados de Ejecución de Pe-nas y Medidas de Seguridad las sentencias,

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fichas y documentos de soporte de los con-denados con sentencia ejecutoriada.

3. Diligenciar las planillas correspondientes alas fichas diligenciadas, con el fin de rendirinforme de su gestión.

4. Archivar las correspondientes diligencias u-na vez realizada su gestión.

5 Las demás que, en ejercicio de sus atribu-ciones, le sean asignadas por el superiorinmediato.

ARTÍCULO 19º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEREPARTO Y ASIGNACIONES. El grupo de repar-to y asignaciones tendrá las siguientes funciones:

1. Efectuar diariamente el reparto, automatiza-do o manual, de los procesos y asuntos queingresen a los despachos judiciales de susede, de conformidad con los reglamentosexpedidos por la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura.

2. Asignar organizadamente y de acuerdo aunos criterios de urgencia durante los días yhoras de atención los asuntos que ingresenpara los jueces con función de Control degarantías.

3. Elaborar para el Juez Coordinador, el reportede la gestión llevada a cabo en relación conel reparto, en los términos del Acuerdo 1856de 2003.

4. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 20º.- La Escuela Judicial Rodrigo LaraBonilla capacitará a los empleados que sean tras-

ladados de los juzgados penales al Centro de Ser-vicios, de acuerdo a las funciones que desem-peñarán.

ARTÍCULO 21º.- El régimen salarial, prestacionaly de carrera de los empleados del Centro de Servi-cios Judiciales de Chiquinquirá será el establecidopara la Rama Judicial.

ARTÍCULO 22º.- Los cargos del Centro de Servi-cios , será provistos mediante los traslados quedisponga la Sala Administrativa del Consejo Supe-rior de la Judicatura, de acuerdo con los volúmenesde trabajo previstos para el Sistema Acusatorio, ylos que resulten del monitoreo y seguimiento delnuevo sistema.

ARTÍCULO 23º.- La Sala Administrativa del Con-sejo Superior de la Judicatura podrá modificar laplanta de personal de los Centros de ServiciosJudiciales de acuerdo a los volúmenes de trabajoque ocasione el nuevo Sistema Acusatorio.

ARTÍCULO 24º.- Organización del Centro de Ser-vicios Judiciales. El Centro de Servicios Judicial delSistema Penal Acusatorio en el municipio de Chi-quinquirá estará conformado por el Comité Ge-neral, el Juez Coordinador y por un Secretario.

El número y nomenclatura de los cargos que con-forman el Centro de Servicios Judiciales será fijadapor la Sala Administrativa del Consejo Superior dela Judicatura mediante Acuerdos expedidos para elefecto, y el régimen legal de los cargos de emplea-dos corresponde al de carrera judicial.

ARTÍCULO 25°.- Comité General del Centro deServicios Judiciales.- El Comité General del Cen-

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tro de Servicios Judiciales de Chiquinquirá estaráintegrado por el Juez Coordinador, un Juez Penaldel Circuito y un Juez Penal Municipal que hacenparte del Sistema Penal Acusatorio, el Secretariodel Centro de Servicios Judiciales ó quien haga susveces, el Presidente de la Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Boyacá yCasanare y el Director Seccional de AdministraciónJudicial de Tunja.

El Comité General del Centro de Servicios Judicia-les tendrá a su cargo la escogencia de las personasque han de ser nombradas en provisionalidad enlos cargos adscritos a dicho Centro.

Los miembros del Comité se reunirán por lo menosuna vez al mes ó cuando uno de ellos lo convoque,éste Comité será precedido por el Juez Coordi-nador en coordinación con la Presidencia de la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de Boyacá yCasanare.

ARTÍCULO 26°.- Juez Coordinador. El Juez Co-ordi-nador será el representante de los JuecesPenales que integran el Sistema Penal Acusatorio, quien continuará fungiendo su labor de garantías.

El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judi-ciales de los Jueces Penales en el Sistema PenalAcusatorio será elegido de los Jueces que cumplenla función de garantías para períodos institucio-nales de un (1) año contados a partir del 1º deenero. La elección se realizará dentro de los diez(10) primeros días del mes de diciembre de cadaaño, por la Sala Penal del Tribunal Superior delDistrito Judicial de Tunja. Con excepción del perio-do correspondiente al año 2006, año en el queactuará como Juez coordinador el Juez 1° Penal

Municipal de Chiquinquirá, con función de garan-tías.

ARTÍCULO 27°.- Funciones administrativas delJuez Coordinador.- El Juez Coordinador ejercerálas siguientes funciones administrativas:

a) Proveer los cargos del centro de servicios.

Cuando se trate de nombramientos en pro-piedad o en encargo, el Juez Coordinadoractuará de manera autónoma.

Para los eventos de nombramientos en pro-visionalidad, el Juez Coordinador deberáconvocar a los miembros del Comité Generala que hace referencia el artículo segundo delpresente acuerdo, para que, por mayoríaabsoluta, hagan la escogencia de las per-sonas que han de ser nombradas.

b) Resolver sobre situaciones administrativasprevistas en la ley, respecto de los emplea-dos del centro de servicios.

c) Evaluar y calificar a los empleados del centrode servicios conforme al régimen de la Ca-rrera Judicial.

d) Conocer de los procesos disciplinarios quese adelanten contra los empleados del cen-tro de servicios.

e) Rendir informes a la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura sobre lamarcha global del Centro de Servicios Judi-ciales.

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ARTÍCULO 28°.- Funciones judiciales del JuezCoordinador. El Juez Coordinador deberá cumplircon las siguientes funciones judiciales:

a) Servir de enlace entre los Jueces que ejer-cen la función de Control de Garantías y lasinstituciones e intervinientes en el procesopenal, para el cumplimiento de las funcionesjurisdiccionales que corresponden a aque-llos.

b) Reemplazar en sus turnos a los Jueces queejerzan la función de Control de Garantías,cuando de manera intempestiva y por razo-nes de fuerza mayor o caso fortuito, les seaa aquellos imposible acudir a su lugar detrabajo o deban abandonarlo.

c) Velar porque el reparto de los asuntos ydiligencias que se tramitan por el centro deservicios sea equitativo y eficiente.

d) Proferir los autos que dispongan las citacio-nes señaladas en los artículos 171 y 172 delCódigo de Procedimiento Penal.

e) Proferir las providencias que correspondande conformidad con la ley, en relación conlas personas que se encuentren privadas dela libertad y que estén a disposición de losJueces que ejercen la función de Control deGarantías.

ARTÍCULO 29°.- Secretaria del Centro de Serv-icios Judiciales. Habrá una secretaria en el Centrode Servicios Judiciales, que dependerá en formadirecta del Juez Coordinador.

La Secretaria, será ejercida por el empleado quedesigne el Juez coordinador quien deberá cumplircon las siguientes:

a) Controlar los términos y producir las comu-nicaciones que correspondan de conformi-dad con la ley, en relación con las personasque se encuentren privadas de la libertad yque estén a disposición de los Jueces queejercen la función de Control de Garantías.

b) Tramitar las citaciones que ordenen los Jue-ces que ejercen la función de Control deGarantías conforme al contenido de los artí-culos 171 y 172 del Código de ProcedimientoPenal, así como las comunicaciones que aellos se dirijan.

c) Responder por la custodia de los títulos judi-ciales y la administración de los depósitosjudiciales de los Juzgados que ejercen fun-ción de Control de Garantías y de cono-cimiento.

d) Administrar las Salas de Audiencias, con-forme a la reglamentación que expida la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

e) Responder por la custodia provisional de lasevidencias, pruebas y elementos del pro-ceso.

f) Administrar y custodiar los registros y losarchivos físicos y tecnológicos de las actua-ciones y diligencias que deban reposar enlos Juzgados que cumplen la función deControl de Garantías.

g) Garantizar, en coordinación con los Juecesque ejercen la función de Control de Garan-

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tías, la publicidad en las audiencias, salvo lasexpresamente sometidas a reserva según laley.

h) Presentar informes estadísticos de la gestióndel Centro de Servicios Judiciales.

i) Las demás funciones que sean necesariaspara el cumplimiento oportuno de los térmi-nos judiciales, la prestación eficiente del ser-vicio de justicia, la organización, custodia,conservación y buena presentación de loselementos de trabajo.

ARTÍCULO 30°.- Reuniones de los Jueces.- Losjueces se reunirán a solicitud del Presidente de laSala Administrativa del Consejo Seccional de laJudicatura de Boyacá y Casanare o de cualquierade los miembros del Comité General del Centro deServicios Judiciales, para los siguientes eventos:

1. Evaluar el trabajo y presentar propuestaspara el adecuado funcionamiento del Centro.

ARTÍCULO 31º. El presente Acuerdo rige a partirde la publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3199

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crean sendos Centros de Serv-icios Judiciales para los Juzgados Penales

de Duitama y Sogamoso, y se organizan susfunciones, con ocasión de la implantación del

nuevo Sistema Acusatorio Penal.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en los nu-merales 13 y 14 del Artículo 85 de la Ley 270 de1996, y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO 1º.- CREACIÓN. Crear a partir del 1ºde enero de 2006, el Centro de Servicios Judicialespara los Juzgados Penales Municipales y del Cir-cuito de Duitama y Centro de Servicios Judicialespara los Juzgados Penales Municipales y del Cir-cuito de Sogamoso, con sede en la ciudad deDuitama y Sogamoso, respectivamente, adscritosa los juzgados de la sede respectiva, para el cum-plimiento de las funciones administrativas del nue-vo Sistema Penal Acusatorio.

PARÁGRAFO: La actual Oficina de Apoyo Judicialde Duitama y de Servicios de Sogamoso, conti-nuará ejerciendo sus actuales funciones para losjuzgados penales que sigan conociendo de lascausas de la Ley 600 de 2000, y prestará apoyo a

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los Centros de Servicios Judiciales de Duitama ySogamoso.

ARTÍCULO 2º.- PLANTA DE PERSONAL. Losnuevos Centros de Servicios Judiciales para losJuzgados Penales de Duitama y Sogamoso tendrácada uno inicialmente la siguiente planta de per-sonal:

No. de DENOMINACIÓN DEL CARGOcargos1 Juez Coordinador del Centro2 Citadores de Juzgado Municipal3 TOTAL

Parágrafo: La planta de personal que integra elCentro de Servicios de Duitama y Sogamoso seconformará con el traslado de cargos de los Juz-gados Penales que ingresan al Sistema en la ci-udad de Duitama y Sogamoso así:

- Traslado de los cargos de Citador del Juz-gado Tercero y Cuarto Penal Municipal deDuitama.

- Traslado de los cargos de Citador del Juz-gado Primero y Segundo Penal Municipal deSogamoso

ARTÍCULO 3º.- La Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Boyacá y Casanare,determinará, de acuerdo con los volúmenes y car-gas de trabajo, el número de empleados de cadagrupo de trabajo, de conformidad con lo dispuestoen el Artículo 4º de este Acuerdo, lo mismo que losmovimientos de personal que se requieran.

ARTÍCULO 4º.- El Coordinador del Centro de Serv-icios Judiciales, previa consulta a la Sala Adminis-

trativa del Consejo Seccional de la Judicatura deBoyacá y Casanare, asignará funciones y tareas alos empleados del Centro, ubicándolos por gruposde trabajo de acuerdo con los perfiles de cada unode ellos.

ARTÍCULO 5º.- El juez coordinador podrá disponerla asignación transitoria de empleados en gruposdistintos a aquellos a que están adscritos, cuandoello fuere necesario para atender situaciones emer-gentes o especiales del servicio.

ARTÍCULO 6º.- La Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Boyacá y Casanare,evaluará, por lo menos una vez al mes la confor-mación de los grupos de trabajo.

ARTÍCULO 7º.- A medida que se vayan incorpo-rando nuevos juzgados al Sistema Penal Acusato-rio, los empleados de dichos despachos que nosean seleccionados para continuar en el juzgado,serán asignados al Centro de Servicios Judiciales.

ARTÍCULO 8º.- La función básica de la Coordi-nación General del Centro será la de Dirigir, coor-dinar y orientar todas las funciones administrativasque les sea asignada al Centro de Servicios Judi-ciales.

ARTÍCULO 9º.- Los Centros de Servicios Judi-ciales de los Juzgados Penales de Duitama y So-gamoso será organizado por grupos así:

1.Grupo de Administración de Salas de Audien-cia

Función Básica: Verificar los equipos tecnológi-cos, administrar y asignar las salas compartidas,mantener y preparar los equipos de grabación.

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2.Grupo de Archivo Tecnológico

Función Básica: Organizar los dispositivos gra-bados y el archivo, conservar y custodiar los mis-mos y responder por la producción técnica de losdispositivos grabados.

3.Grupo de Atención al usuario

Función Básica: Informar y orientar a las partesintervinientes, atender las peticiones del público ypublicar la información producida en el centro deservicios

4.Grupo de Comunicaciones

Función Básica: Notificar , elaborar y comunicarlas citaciones, entregar solicitudes a establecimien-tos carcelarios, conseguir defensores, recepcionary tramitar la correspondencia.

5.Grupo de Depósitos Judiciales

Función Básica: Custodiar, manejar y contabilizarlos títulos y depósitos judiciales.

6.Grupo de Ejecución de Penas

Función Básica: Diligenciar fichas técnicas y tra-mitar sentencias ante los juzgados de ejecución depenas

7.Grupo de Reparto y Asignaciones

Función Básica: Repartir los asuntos, asignar jue-ces a audiencias y elaborar reportes de gestión.

ARTÍCULO 10º.- TURNOS. Los empleados de losgrupos de atención al usuario, reparto y asignacio-nes, archivo tecnológico y de administración desalas de los Centros de Servicios Judiciales traba-jarán en los turnos que disponga la Sala Adminis-trativa del Consejo Seccional de la Judicatura de

Boyacá en consonancia con los días de atención yel horario general de trabajo de los Centros deServicios.

ARTÍCULO 12º.- FUNCIONES. El Centro de Serv-icios Judiciales desempeñará aquellas funcionesestablecidas en el Acuerdo 1856 de 2003 que nodesvirtúen el Sistema Penal Acusatorio, además delas establecidas en el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 13º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEADMINISTRACIÓN DE SALAS DE AUDIENCIAS.El grupo de administración de salas de audienciasdesempeñará las siguientes funciones:

1. Verificar la adecuada instalación de los e-quipos tecnológicos para la celebración detodas las audiencias.

2. Administrar y asignar las salas compartidas,en colaboración con los jueces, para la cele-bración de las audiencias que requieran deéstas salas.

3. Colaborar con los secretarios de cada Juz-gado en el mantenimiento y preparación delos equipos de grabación de las audienciasde las salas adscritas a los despachos de losjueces.

4. Informar a los jueces de su sede, partes eintervinientes del proceso penal y público engeneral, la programación de las audienciascon los datos relevantes del proceso.

5. Resolver todos los problemas técnicos quese presenten antes o durante el transcursode las audiencias.

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6. Velar, en coordinación con los secretarios delos juzgados de su sede, por la correctacelebración de las audiencias, del ingresodel público y los medios de comunicación ycontribuir a garantizar el orden dentro de lasmismas.

7. Las demás que, en ejercicio de sus atribucio-nes, le sean asignadas por el superior inme-diato.

ARTÍCULO 14º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEARCHIVO TECNOLÓGICO. El grupo de archivotecnológico tiene las siguientes funciones:

1. Rotular, de acuerdo con los parámetros quese indiquen para tal efecto, los dispositivosgrabados tanto de audio como de video osimilares.

2. Archivar, conservar y custodiar en debidaforma los dispositivos grabados

3. Elaborar y actualizar un inventario de la lo-calización de los dispositivos grabados parafacilitar su ubicación y utilización por parte delos jueces y empleados de su sede, de laspartes e intervinientes en el proceso penal ydemás interesados.

4. Realizar la reproducción técnica de los dis-positivos grabados o de partes de ellos cuan-do se requiera por parte de los jueces yempleados de su sede, partes e intervinien-tes del proceso penal y demás interesados.

5. Atender en forma oportuna los requerimien-tos de los jueces de su sede en materia dearchivo, custodia, rotulación y reproducciónde todo el archivo tecnológico

6. Mantener en buen estado los equipos dearchivo tecnológico.

7. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 15º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEATENCIÓN AL USUARIO. El grupo de atención alusuario tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Informar y orientar a las partes e intervinien-tes del proceso penal y público en generalsobre toda la información relacionada con lagestión propia del Centro.

2. Atender toda petición del público en generalen relación con las funciones administrativasdel Centro.

3. Actualizar toda la información producida porel Centro que pueda ser relevante para lainformación al público.

4. Coordinar con cada secretario de los gruposdel Centro, para efectos de información alpúblico en general, la información que cadagrupo suministra al público.

5.

Velar porque las quejas y observaciones sobre eldesempeño del Centro o de los despachos de susede sean canalizadas e informadas a tiempo a adasecretario de grupo y al Juez Coordinador.

6. Publicar en sitios de acceso fácil al públicotoda la información producida por el centroque sea necesaria comunicar.

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7. Velar porque los espacios destinados a in-formación al público brinden información ac-tualizada y pertinente.

8. Las demás que, en ejercicio de sus atribucio-nes, le sean asignadas por el superior inme-diato.

ARTÍCULO 16º.- FUNCIONES DEL GRUPO DECOMUNICACIONES. El grupo de comunicacionestendrá las siguientes funciones:

1. Realizar de manera oportuna y eficiente elprocedimiento de las notificaciones que nose surtan en audiencia conforme a ley proce-sal y a los Acuerdos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Digitar, tramitar y efectuar las notificaciones,citaciones y entrega de correspondencia quesean del caso, por encarcelamiento o liber-tad, a los establecimientos carcelarios y pe-nitenciarios y similares. Cuando la ley pro-cesal lo permita, se podrá citar, notificar yenviar correspondencia por el medio másexpedito posible siempre y cuando se dejeconstancia del envío correspondiente.

3. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de lacorrespondencia resultante de la actividadde los jueces, a las partes, víctimas, interv-inientes, terceros, y a las oficinas públicas yprivadas del caso, relacionadas con medidascautelares y/o definitivas que afecten bienes.

4. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de todala correspondencia y citaciones destinada alas entidades como el INPEC, Defensoríadel Pueblo, Procuraduría General de la Na-

ción, Fiscalía General de la Nación, DAS,Registraduría Nacional del Estado Civil, Su-perintendencias y similares.

5. Digitar, tramitar y efectuar todas las notifica-ciones, citaciones y correspondencia que seoriginen en acciones de tutela, habeas cor-pus y demás asuntos sometidos al cono-cimiento de los jueces penales de la sede.

6. Recibir, clasificar y dar curso a todas laspeticiones y comunicaciones con destino alos jueces penales de su sede.

7. Colaborar con el Juez Coordinador en elcumplimiento de sus funciones.

8. Velar por la custodia y buen manejo de todoslos documentos que se emanen por el cum-plimiento de sus funciones.

9. Prestar el servicio de fotocopiado y de fax delos asuntos de carácter oficial.

10. Procurar la consecución oportuna y aviso deaudiencias a los defensores públicos.

11. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 17º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEDEPÓSITOS JUDICIALES. El grupo de depósitosjudiciales tiene las siguientes funciones:

1. Realizar las labores de custodia y manejo delos títulos judiciales, cuando los hubiere, y laadministración de los depósitos judiciales delos despachos de su sede, de conformidadcon los reglamentos expedidos por la Sala

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Administrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Velar por la organización, custodia y buenapresentación de las instalaciones, libros, ar-chivos, elementos y equipos de trabajo engeneral.

3. Colaborar con el Juez Coordinador en elcumplimiento de sus funciones.

4. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 18º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEEJECUCIÓN DE PENAS: El Grupo de Ejecuciónde Penas tendrá a su cargo las siguientes funcio-nes:

1. Diligenciar las Fichas de condenados paraser remitidas a los Juzgados de Ejecución dePenas y Medidas de Seguridad correspondi-entes.

2. Remitir a los Juzgados de Ejecución de Pe-nas y Medidas de Seguridad las sentencias,fichas y documentos de soporte de los con-denados con sentencia ejecutoriada.

3. Diligenciar las planillas correspondientes alas fichas diligenciadas, con el fin de rendirinforme de su gestión.

4. Archivar las correspondientes diligencias u-na vez realizada su gestión.

5. Las demás que, en ejercicio de sus atribucio-nes, le sean asignadas por el superior inme-diato.

ARTÍCULO 19º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEREPARTO Y ASIGNACIONES. El grupo de re-parto y asignaciones tendrá las siguientes funcio-nes:

1. Efectuar diariamente el reparto, automati-zado o manual, de los procesos y asuntosque ingresen a los despachos judiciales desu sede, de conformidad con los reglamen-tos expedidos por la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura.

2. Asignar organizadamente y de acuerdo aunos criterios de urgencia durante los días yhoras de atención los asuntos que ingresenpara los jueces con función de Control degarantías.

3. Elaborar para el Juez Coordinador, el reportede la gestión llevada a cabo en relación conel reparto, en los términos del Acuerdo 1856de 2003.

4. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 20º.- La Escuela Judicial Rodrigo LaraBonilla capacitará a los empleados que sean tras-ladados de los juzgados penales al Centro de Servi-cios, de acuerdo a las funciones que desempe-ñarán.

ARTÍCULO 21º.- El régimen salarial, prestacionaly de carrera de los empleados del Centro de Serv-icios Judiciales será el establecido para la RamaJudicial.

ARTÍCULO 22º.- Los cargos del Centro de Servi-cios Judiciales de la sede centralizada de Medellín,

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y de las sedes descentralizadas, serán provistosmediante los traslados que disponga la Sala Ad-ministrativa del Consejo Superior de la Judicatura,de acuerdo con los volúmenes de trabajo previstospara el Sistema Acusatorio, y los que resulten delmonitoreo y seguimiento del nuevo sistema.

ARTÍCULO 23º.- La Sala Administrativa del Con-sejo Superior de la Judicatura podrá modificar laplanta de personal de los Centros de ServiciosJudiciales de acuerdo a los volúmenes de trabajoque ocasione el nuevo Sistema Acusatorio.

ARTÍCULO 24º.- Organización del Centro de Serv-icios Judiciales. El Centro de Servicios Judicial delSistema Penal Acusatorio en el municipio de Dui-tama y Sogamoso estará conformado por el ComitéGeneral, el Juez Coordinador y por un Secretario.

El número y nomenclatura de los cargos que con-forman el Centro de Servicios Judiciales será fijadapor la Sala Administrativa del Consejo Superior dela Judicatura mediante Acuerdos expedidos para elefecto, y el régimen legal de los cargos de em-pleados corresponde al de carrera judicial.

ARTÍCULO 25°.- Comité General del Centro deServicios Judiciales.- El Comité General del Cen-tro de Servicios Judiciales de Duitama y Sogamosoestará integrado por el Juez Coordinador, un JuezPenal del Circuito y un Juez Penal Municipal quehacen parte del Sistema Penal Acusatorio, el Se-cretario del Centro de Servicios Judiciales ó quienhaga sus veces, el Presidente de la Sala Adminis-trativa del Consejo Seccional de la Judicatura deBoyacá y Casanare y el Director Seccional deAdministración Judicial de Tunja.

El Comité General del Centro de Servicios Judi-ciales tendrá a su cargo la escogencia de las per-sonas que han de ser nombradas en provi sio-nalidad en los cargos adscritos a dicho Centro.

Los miembros del Comité se reunirán por lo menosuna vez al mes ó cuando uno de ellos lo convoque,éste Comité será precedido por el Juez Coordi-nador en coordinación con la Presidencia de la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de Boyacá yCasanare.

ARTÍCULO 26°.- Juez Coordinador. El Juez Co-ordinador será el representante de los Jueces Pe-nales que integran el Sistema Penal Acusatorio ,quien continuará fungiendo su labor de garantías .

El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judi-ciales de los Jueces Penales en el Sistema PenalAcusatorio será elegido de los Jueces que cumplenla función de garantías para períodos institucion-ales de un (1) año contados a partir del 1º de enero.La elección se realizará dentro de los diez (10)primeros días del mes de diciembre de cada año,por la Sala Penal del Tribunal Superior del DistritoJudicial de Tunja. Con excepción del periodo cor-respondiente al año 2006, año en el que actuarácomo Juez coordinador para Duitama el Juez 3°Penal Municipal de Duitama, con función de garan-tías igualmente actuará como Juez coordinadorpara Sogamoso el Juez 1° Penal Municipal deSogamoso, con función de garantías

ARTÍCULO 27°.- Funciones administrativas delJuez Coordinador.- El Juez Coordinador ejercerálas siguientes funciones administrativas:

a) Proveer los cargos del centro de servicios.

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Cuando se trate de nombramientos en pro-piedad o en encargo, el Juez Coordinadoractuará de ma-nera autónoma.

Para los eventos de nombramientos en pro-visionalidad, el Juez Coordinador deberáconvocar a los miembros del Comité Generala que hace referencia el artículo segundo delpresente acuerdo, para que, por mayoríaabsoluta, hagan la escogencia de las perso-nas que han de ser nombradas.

b) Resolver sobre situaciones administrativasprevistas en la ley, respecto de los emplea-dos del centro de servicios.

c) Evaluar y calificar a los empleados del centrode servicios conforme al régimen de la Car-rera Judicial.

d) Conocer de los procesos disciplinarios quese adelanten contra los empleados del cen-tro de servicios.

e) Rendir informes a la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura sobre lamarcha global del Centro de Servicios Judi-ciales.

ARTÍCULO 28°.- Funciones judiciales del JuezCoordinador. El Juez Coordinador deberá cumplircon las siguientes funciones judiciales:

a) Servir de enlace entre los Jueces que ejer-cen la función de Control de Garantías y lasinstituciones e intervinientes en el procesopenal, para el cumplimiento de las funcionesjurisdiccionales que corresponden a aquel-los.

b) Reemplazar en sus turnos a los Jueces queejerzan la función de Control de Garantías,cuando de manera intempestiva y por ra-zones de fuerza mayor o caso fortuito, lessea a aquellos imposible acudir a su lugar detrabajo o deban abandonarlo.

c) Velar porque el reparto de los asuntos ydiligencias que se tramitan por el centro deservicios sea equitativo y eficiente.

d) Proferir los autos que dispongan las citacio-nes señaladas en los artículos 171 y 172 delCódigo de Procedimiento Penal.

e) Proferir las providencias que correspondande conformidad con la ley, en relación conlas personas que se encuentren privadas dela libertad y que estén a disposición de losJueces que ejercen la función de Control deGarantías.

ARTÍCULO 29°.- Secretaria del Centro de Servi-cios Judiciales. Habrá una secretaria en el Centrode Servicios Judiciales, que dependerá en formadirecta del Juez Coordinador.

La Secretaria, será ejercida por el empleado quedesigne el Juez coordinador quien deberá cumplircon las siguientes:

a) Controlar los términos y producir las comu-nicaciones que correspondan de conformi-dad con la ley, en relación con las personasque se encuentren privadas de la libertad yque estén a disposición de los Jueces queejercen la función de Control de Garantías.

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 43

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b) Tramitar las citaciones que ordenen los Jue-ces que ejercen la función de Control deGarantías conforme al contenido de los ar-tículos 171 y 172 del Código de Procedi-miento Penal, así como las comunicacionesque a ellos se dirijan.

c) Responder por la custodia de los títulos judi-ciales y la administración de los depósitosjudiciales de los Juzgados que ejercen fun-ción de Control de Garantías y de cono-cimiento.

d) Administrar las Salas de Audiencias, con-forme a la reglamentación que expida la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

e) Responder por la custodia provisional de lasevidencias, pruebas y elementos del pro-ceso.

f) Administrar y custodiar los registros y losarchivos físicos y tecnológicos de las ac-tuaciones y diligencias que deban reposar enlos Juzgados que cumplen la función deControl de Garantías.

g) Garantizar, en coordinación con los Juecesque ejercen la función de Control de Garan-tías, la publicidad en las audiencias, salvo lasexpresamente sometidas a reserva según laley.

h) Presentar informes estadísticos de la gestióndel Centro de Servicios Judiciales.

i) Las demás funciones que sean necesariaspara el cumplimiento oportuno de los térmi-nos judiciales, la prestación eficiente del ser-vicio de justicia, la organización, custodia,conservación y buena presentación de loselementos de trabajo.

ARTÍCULO 30°.- Reuniones de los Jueces.- Losjueces se reunirán a solicitud del Presidente de laSala Administrativa del Consejo Seccional de laJudicatura de Boyacá y Casanare o de cualquierade los miembros del Comité General del Centro deServicios Judiciales, para los siguientes eventos:

1. Evaluar el trabajo y presentar propuestaspara el adecuado funcionamiento del Centro.

ARTÍCULO 31º. El presente Acuerdo rige a partirde la publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de Diciembre del año dos mil Cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 44

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ACUERDO No. PSAA05-3200

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adoptan medidas para imple-mentar el Sistema Penal Acusatorio en el Dis-

trito Judicial de Armenia”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Seleccionar al Juzgado 4°Penal del Circuito de Armenia, Distrito Judicial delmismo nombre para que continúe en la atencióndel sistema penal acusatorio, por el tiempo devacancia judicial de fin de año.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Juzgado 4° Penal delCircuito de Armenia atenderá únicamente los re-cursos provenientes de los Juzgados municipales,en asuntos propios del sistema penal acusatorio.

ARTÍCULO TERCERO.- Suspender el reparto or-dinario de procesos, de Tutelas y Habeas Corpusal Juzgado 4 Penal del Circuito de Armenia, por elperíodo comprendido entre el 20 de diciembre y el10 de enero, inclusive.

ARTÍCULO CUARTO.- Seleccionar al Juzgado Ú-nico Penal del Circuito de Calarcá, Distrito Judicialde Armenia para que continúe en la atención delsistema penal acusatorio, por el tiempo de vacanciajudicial de fin de año.

ARTÍCULO QUINTO.- El Juzgado Único Penal delCircuito de Calarcá atenderá únicamente los recur-sos provenientes de los Juzgados municipales, enasuntos propios del sistema penal acusatorio.

ARTÍCULO SEXTO.- Suspender el reparto ordi-nario de procesos, de Tutelas y Habeas Corpus alÚnico Penal del Circuito de Calarcá, por el períodocomprendido entre el 20 de diciembre y el 10 deenero, inclusive.

ARTICULO SEPTIMO.- El presente Acuerdo rigea partir de su expedición. Publíquese en la Gacetade la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 45

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ACUERDO No. PSAA05-3201

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se traslada un cargo del Centrode Servicios Administrativos de los JuzgadosPenales de Circuito Especializados al Centro

de Servicios Judiciales de Bogotá”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004, así como de los artículos15º y 16º del Acuerdo 2779 de 2004 y de conformi-dad con lo aprobado en sesión de la Sala Adminis-trativa del 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO 1º.- Trasladar el cargo de escribientedel Centro de Servicios Administrativos de los Juz-gados Penales de Circuito Especializado, ocupadopor la señora LAURA AMPARO RODRIGUEZDELGADILLO, al Centro de Servicios Judiciales -con sede en Paloquemao

ARTÍCULO 2º.- El presente Acuerdo rige a partirde la fecha de su publicación en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3202

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se aclara el Acuerdo PSAA05-3157, de 2005.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de las facultades constitucionales ylegales, en especial de la establecida en el artículo89 de la 270 de 1996, y los artículos 39, 43, 528 y529 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Aclarar el Artículo primerodel Acuerdo PSAA05-3157 de 2005, en el sentidode que, durante la vacancia judicial de fin de año,el Distrito Judicial de Pereira será atendido en lafunción de conocimiento tanto del nivel municipalcomo del circuito y en la función de Control deGarantías, respectivamente, por el Juzgado Pri-mero Penal Municipal con función de conocimiento,por el Juzgado Penal del Circuito con función deConocimiento y por los Juzgados Penales Munici-pales con función de Control de Garantías, todosde Pereira.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aclarar el Artículo Se-gundo del Acuerdo PSAA05-3157 de 2005, en elsentido de que la Unidad Judicial Única, creadatransitoriamente por la vacancia judicial de fin deaño, comprende las funciones de conocimiento decausas del nivel municipal de del circuito, así comola función de Control de Garantías.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 46

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ARTÍCULO TERCERO.- La Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Risaraldasupervisará y coordinará la implementación de lasmedidas señaladas en este Acuerdo.

ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo rige apartir de la publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco (2005)

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3203

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adoptan medidas para la im-plementación del sistema penal acusatorio,

en el Distrito Judicial de Manizales por motivode la vacancia judicial de fin de año.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004, y de conformidad con

lo aprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Seleccionar a los siguien-tes Juzgados, en Distrito Judicial de Manizales,para que continúe en la atención del sistema penalacusatorio, por el tiempo de vacancia judicial de finde año.

Circuito Judicial de ManizalesJuzgado Quinto Penal del Circuito de ManizalesJuzgado Primero Promiscuo Municipal de NeiraJuzgado Promiscuo Municipal de Filadelfia

Circuito Judicial de AguadasJuzgado Penal del Circuito de AguadasJuzgado Primero Promiscuo Municipal de Pácora

Circuito Judicial de AnsermaJuzgado Penal del Circuito de AnsermaJuzgado Primero Promiscuo Municipal de Viterbo

Circuito Judicial de ChinchináJuzgado Segundo Penal del Circuito de Chinchiná

Circuito Judicial de La DoradaJuzgado Penal del Circuito de La Dorada

Circuito Judicial de ManzanaresJuzgado promiscuo del Circuito de ManzanaresJuzgado Promiscuo Municipal de ManzanaresJuzgado promiscuo Municipal de Pensilvania

Circuito Judicial de Puerto BoyacáJuzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Boyacá

Circuito Judicial de RiosucioJuzgado Penal del Circuito de RiosucioJuzgado Primero Promiscuo Municipal de Supia

Circuito Judicial de SalaminaJuzgado Penal del Circuito de SalaminaJuzgado Primero Promiscuo Municipal de Aranzazu

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 47

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ARTÍCULO SEGUNDO.- Los Juzgado Penales oPromiscuos del Circuito, señalados en el artículoanterior, atenderán únicamente los recursos pro-venientes de los Juzgados municipales, en asuntospropios del sistema penal acusatorio.

ARTÍCULO TERCERO.- Suspender el reparto or-dinario de procesos, de Tutelas y Habeas Corpusa los Juzgados Penales y Promiscuos del Circuito,señalados en el Artículo Primero, por el períodocomprendido entre el 20 de diciembre y el 10 deenero, inclusive.

ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo rige apartir de su expedición. Publíquese en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cuatro (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3204

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crean Unidades Judiciales Mu-nicipales SAP para la implementación del

Sistema Penal Acusatorio, en los Distritos Ju-diciales de Bucaramanga y San Gil.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial de las señaladas en el ar-tículo 89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39y 528 de la Ley 906 de 2004, y de conformidad conlo aprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Crear en el Distrito Judicialde Bucaramanga, Circuito Judicial del mismo nom-bre, la Unidad Judicial Municipal SAP de Bucara-manga, únicamente para efectos penales, la cualtendrá la siguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de Bucaramanga, Floridab-lanca, GirónLebrijaTonaVetas

Con sede en la ciudad de Bucaramanga.

ARTÍCULO SEGUNDO: Crear en el Distrito Judi-cial de Bucaramanga, Circuito Judicial del mismonombre, la Unidad Judicial Municipal SAP de Pie-decuesta, únicamente para efectos penales, la cualtendrá la siguiente comprensión territorial:

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 48

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Unidad Judicial Municipal de Piedecuesta, Los Santos,CepitáSanta Bárbara

Con sede en el municipio de Piedecuesta.

ARTÍCULO TERCERO: Crear en el Distrito Judicialde Bucaramanga, Circuito Judicial del mismo nom-bre, la Unidad Judicial Municipal SAP de Rionegro,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

RionegroEl PlayónUnidad Judicial Municipal de Cáchira, La Esperanza

Con sede en el municipio de Rionegro.

ARTÍCULO CUARTO: Crear en el Distrito Judicialde Bucaramanga, Circuito Judicial del mismo nom-bre, la Unidad Judicial Municipal SAP de Matanza,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de Matanza, Suratá, ChartaCalifornia

Con sede en el municipio de Matanza.

ARTÍCULO QUINTO: Crear en el Distrito Judicialde Bucaramanga, Circuito Judicial de San Vicente,la Unidad Judicial Municipal SAP de San Vicente,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

San VicenteBetuliaEl CarmenZapatoca

Con sede en el municipio de San Vicente.

ARTÍCULO SEXTO: Crear en el Distrito Judicial deBucaramanga, Circuito Judicial de Barrancaber-meja, la Unidad Judicial Municipal SAP de Barran-cabermeja, únicamente para efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

BarrancabermejaPuerto WilchesPuerto ParraSabana de Torres

Con sede en la ciudad de Barrancabermeja.

ARTÍCULO SEPTIMO: Crear en el Distrito Judicialde Bucaramanga, Circuito Judicial de Málaga, laUnidad Judicial Municipal SAP de Málaga, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de Málaga - San José de Mi-randaCerritoConcepciónCarcasíCapitanejoMacaravitaEncisoSan Miguel

Con sede en el municipio de Málaga.

ARTÍCULO OCTAVO: Crear en el Distrito Judicialde Bucaramanga, Circuito Judicial de Málaga, laUnidad Judicial Municipal SAP de San Andrés,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

San AndrésGuacaMolagavita

Con sede en el municipio de San Andrés.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 49

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ARTÍCULO NOVENO: Crear en el Distrito Judicialde San Gil, Circuito Judicial del mismo nombre, laUnidad Judicial Municipal SAP de San Gil, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de San Gil, Pinchote, JordánSubeAratocaBaricharaCabreraCuritíPáramoValle de San JoséVillanueva

Con sede en la ciudad de San Gil.

ARTÍCULO DÉCIMO: Crear en el Distrito Judicialde San Gil, Circuito Judicial del mismo nombre, laUnidad Judicial Municipal SAP de Mogotes, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

MogotesSan JoaquínOnzaga

Con sede en el municipio de Mogotes.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Crear en el Dis-trito Judicial de San Gil, Circuito Judicial de Cha-ralá, la Unidad Judicial Municipal SAP de Charalá,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

CharaláCoromoroEncinoOcamonte

Con sede en el municipio de Charalá.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Crear en el Dis-trito Judicial de San Gil, Circuito Judicial de So-corro, la Unidad Judicial Municipal SAP de Socorro,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de Socorro, Palmas del So-corroGalánHatoSimacotaEl PalmarGuapotaConfines

Con sede en la ciudad de Socorro.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Crear en el Dis-trito Judicial de San Gil, Circuito Judicial de So-corro, la Unidad Judicial Municipal SAP de Oiba,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

OibaChimaContrataciónEl GuacamayoGuadalupe

Con sede en el municipio de Oiba.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Crear en el Dis-trito Judicial de San Gil, Circuito Judicial de So-corro, la Unidad Judicial Municipal SAP de Suaita,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

SuaitaGámbitaLa Aguada

Con sede en el municipio de Suaita.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 50

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ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Crear en el DistritoJudicial de San Gil, Circuito Judicial de Vélez, laUnidad Judicial Municipal SAP de Vélez, única-mente para efectos penales, la cual tendrá la si-guiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal de Vélez, Bolívar, El PeñónSanta Helena de OpónLa PazChipatáGuavata

Con sede en el municipio de Vélez.

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Crear en el DistritoJudicial de San Gil, Circuito Judicial de Vélez, laUnidad Judicial Municipal SAP de Barbosa, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

BarbosaGüepsaSan Benito

Con sede en el municipio de Barbosa.

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Crear en el Dis-trito Judicial de San Gil, Circuito Judicial de PuenteNacional, la Unidad Judicial Municipal SAP dePuente Nacional, únicamente para efectos pena-les, la cual tendrá la siguiente comprensión territo-rial:

Puente NacionalAlbaniaFlorián

La BellezaSucreJesús María

Con sede en el municipio de Puente Nacional.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: Crear en el Dis-trito Judicial de San Gil, Circuito Judicial de Cimi-tarra, la Unidad Judicial Municipal SAP de Cimi-tarra, únicamente para efectos penales, la cualtendrá la siguiente comprensión territorial:

CimitarraLandazuri

Con sede en el municipio de Cimitarra.

ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO. El presente A-cuerdo rige a partir del día once de enero de 2006.Publíquese en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSE ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 51

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ACUERDO No. PSAA05-3205

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crean Unidades Judiciales Mu-nicipales transitorias para atender el SistemaPenal Acusatorio durante la vacancia judicialde fin de año, en los Distritos Judiciales de

Bucaramanga y San Gil”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39, 528 y529 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Crear la Unidad JudicialMunicipal transitoria No. 1, únicamente para efec-tos penales, durante el periodo comprendido entreel 1 y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial Municipal para efectos penales de Bu-caramangaUnidad Judicial Municipal para efectos penales deRionegroUnidad Judicial Municipal para efectos penales deMatanza

PARÁGRAFO PRIMERO: Atenderán la función deControl de Garantías en esta unidad judicial losJuzgados Segundo, Cuarto, Quinto, Sexto, Sép-timo, Octavo, Noveno y Décimo Penales Munici-

pales de Bucaramanga, de acuerdo a la progra-mación y los horarios que para el efecto determinela Sala Administrativa del Consejo Seccional de laJudicatura de Santander.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Atenderá la función deConocimiento a nivel Municipal en esta unidadjudicial el Juzgado Primero Penal Municipal deBucaramanga.

PARÁGRAFO TERCERO: Atenderá la función deConocimiento a nivel Circuito en esta unidad judi-cial el Juzgado Noveno Penal del Circuito de Bu-caramanga.

ARTÍCULO SEGUNDO: Crear la Unidad JudicialMunicipal transitoria No. 2, únicamente para efec-tos penales, durante el periodo comprendido entreel 1 y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de San Vicente

PARÁGRAFO PRIMERO: Los Juzgados Primeroy Segundo Promiscuos Municipales de San Vicenteatenderán la función de Control de Garantías y lafunción de conocimiento en esta unidad judicial, deacuerdo a la programación y los horarios que parael efecto determine la Sala Administrativa del Con-sejo Seccional de la Judicatura de Santander.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Atenderá la función deConocimiento a nivel del circuito en esta unidadjudicial el Juzgado Promiscuo del Circuito de SanVicente.

ARTÍCULO TERCERO: Crear la Unidad JudicialMunicipal transitoria No. 3, únicamente para efec-tos penales, durante el periodo comprendido entre

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 52

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el 1 y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de Barrancaber-meja

PARÁGRAFO PRIMERO: Los Juzgados Primero,Segundo, Tercero y Cuarto Penales Municipales deBarrancabermeja atenderán la función de Controlde Garantías, la función de conocimiento y la depu-ración de causas antiguas en esta unidad judicial,de acuerdo a la programación y los horarios quepara el efecto determine la Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Santander.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Atenderá la función deConocimiento y la depuración de causas antiguasa nivel del circuito en esta unidad judicial el JuzgadoSegundo Penal del Circuito de Barrancabermeja.

ARTÍCULO CUARTO: Crear la Unidad JudicialMunicipal transitoria No. 4, únicamente para efec-tos penales, durante el periodo comprendido entreel 1 y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de MálagaUnidad Judicial para efectos penales de San Andrés

PARÁGRAFO PRIMERO: Los Juzgados Primeroy Segundo Promiscuos Municipales de Málaga a-tenderán la función de Control de Garantías y lafunción de conocimiento en esta unidad judicial, deacuerdo a la programación y los horarios que parael efecto determine la Sala Administrativa del Con-sejo Seccional de la Judicatura de Santander.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Atenderá la función deConocimiento a nivel del circuito en esta unidadjudicial el Juzgado Promiscuo del Circuito de Má-laga.

ARTÍCULO QUINTO: Crear la Unidad Judicial Mu-nicipal transitoria No. 5, únicamente para efectospenales, durante el periodo comprendido entre el 1y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá la siguientecomprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de San GilUnidad Judicial para efectos penales de Mogotes

PARÁGRAFO PRIMERO: Los Juzgados Primeroy Segundo Promiscuos Municipales de San Gilatenderán la función de Control de Garantías, lafunción de conocimiento y la depuración de causasantiguas en esta unidad judicial, de acuerdo a laprogramación y los horarios que para el efectodetermine la Sala Administrativa del Consejo Sec-cional de la Judicatura de Santander.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Atenderá la función deConocimiento y la depuración de causas antiguasa nivel del circuito en esta unidad judicial el JuzgadoSegundo Penal del Circuito de San Gil.

ARTÍCULO SEXTO: Crear la Unidad Judicial Mu-nicipal transitoria No. 6, únicamente para efectospenales, durante el periodo comprendido entre el 1y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá la siguientecomprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de SocorroUnidad Judicial para efectos penales de SuaitaUnidad Judicial para efectos penales de Oiba

PARÁGRAFO PRIMERO: El Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de Socorro atenderá la fun-ción de Control de Garantías, la función de cono-cimiento y la depuración de causas antiguas enesta unidad judicial, de acuerdo a la programacióny los horarios que para el efecto determine la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de la Judica-tura de Santander.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 53

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PARÁGRAFO SEGUNDO: El Juzgado SegundoPromiscuo Municipal de Socorro atenderá la fun-ción de Control de Garantías y la función de cono-cimiento en esta unidad judicial, de acuerdo a laprogramación y los horarios que para el efectodetermine la Sala Administrativa del Consejo Sec-cional de la Judicatura de Santander.

PARÁGRAFO TERCERO: Atenderá la función deConocimiento y la depuración de causas antiguasa nivel del circuito en esta unidad judicial el JuzgadoPrimero Penal del Circuito de Socorro.

ARTÍCULO SEPTIMO: Crear la Unidad JudicialMunicipal transitoria No. 7, únicamente para efec-tos penales, durante el periodo comprendido entreel 1 y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de VélezUnidad Judicial para efectos penales de Barbosa

PARÁGRAFO PRIMERO: El Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de Vélez atenderá la funciónde conocimiento y la depuración de causas an-tiguas en esta unidad judicial, de acuerdo a laprogramación y los horarios que para el efectodetermine la Sala Administrativa del Consejo Sec-cional de la Judicatura de Santander.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El Juzgado SegundoPromiscuo Municipal de Vélez atenderá la funciónde Control de Garantías en esta unidad judicial, deacuerdo a la programación y los horarios que parael efecto determine la Sala Administrativa del Con-sejo Seccional de la Judicatura de Santander.

PARÁGRAFO TERCERO: Atenderá la función deConocimiento y la depuración de causas antiguasa nivel del circuito en esta unidad judicial el JuzgadoSegundo Penal del Circuito de Vélez.

ARTÍCULO OCTAVO: Crear la Unidad JudicialMunicipal transitoria No. 8, únicamente para efec-tos penales, durante el periodo comprendido entreel 1 y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de Puente Na-cional

PARÁGRAFO PRIMERO: El Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de Puente Nacional atenderála función de conocimiento, Control de Garantías yla depuración de causas antiguas en esta unidadjudicial.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El Juzgado SegundoPromiscuo Municipal de Puente Nacional atenderála función de Control de Garantías y conocimientoen esta unidad judicial.

PARÁGRAFO TERCERO: Atenderá la función deConocimiento a nivel del circuito en esta unidadjudicial el Juzgado Penal del Circuito de PuenteNacional.

ARTÍCULO NOVENO: Crear la Unidad JudicialMunicipal transitoria No. 9, únicamente para efec-tos penales, durante el periodo comprendido entreel 1 y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de Cimitarra

PARÁGRAFO PRIMERO: El Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de Cimitarra atenderá la fun-ción de conocimiento, Control de Garantías y ladepuración de causas antiguas en esta unidadjudicial, de acuerdo a la programación y los horariosque para el efecto determine la Sala Administrativadel Consejo Seccional de la Judicatura de Santan-der.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 54

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PARÁGRAFO SEGUNDO: El Juzgado SegundoPromiscuo Municipal de Cimitarra atenderá la fun-ción de Control de Garantías y conocimiento enesta unidad judicial, de acuerdo a la programacióny los horarios que para el efecto determine la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de la Judica-tura de Santander.

PARÁGRAFO TERCERO: Atenderá la función deConocimiento a nivel del circuito en esta unidadjudicial el Juzgado Promiscuo del Circuito de Cimi-tarra.

ARTÍCULO DÉCIMO: Crear la Unidad Judicial Mu-nicipal transitoria No. 10, únicamente para efectospenales, durante el periodo comprendido entre el 1y el 10 de enero de 2006, la cual tendrá la siguientecomprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de Charalá

PARÁGRAFO PRIMERO: El Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de Charalá atenderá la fun-ción de conocimiento, Control de Garantías y ladepuración de causas antiguas en esta unidadjudicial, de acuerdo a la programación y los horariosque para el efecto determine la Sala Administrativadel Consejo Seccional de la Judicatura de Santan-der.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El Juzgado SegundoPromiscuo Municipal de Charalá atenderá la fun-ción de Control de Garantías y conocimiento enesta unidad judicial, de acuerdo a la programacióny los horarios que para el efecto determine la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de la Judica-tura de Santander.

PARÁGRAFO TERCERO: Atenderá la función deConocimiento a nivel del circuito en esta unidadjudicial el Juzgado Promiscuo del Circuito de Cha-ralá.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Crear la UnidadJudicial Municipal transitoria No. 11, únicamentepara efectos penales, durante el periodo compren-dido entre el 1 y el 10 de enero de 2006, la cualtendrá la siguiente comprensión territorial:

Unidad Judicial para efectos penales de Piedecuesta

PARÁGRAFO PRIMERO: El Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de Piedecuesta atenderá lafunción de conocimiento en esta unidad judicial.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El Juzgado SegundoPromiscuo Municipal de Piedecuesta atenderá lafunción de Control de Garantías en esta unidadjudicial.

Suspender el reparto ordinario de procesos,

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La Unidad deInformática de la Dirección Ejecutiva de Adminis-tración Judicial tomará las medidas necesarias pa-ra realizar los ajustes en el software de reparto.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: La DirecciónSeccional de Administración Judicial de Santanderprestará el apoyo administrativo y financiero nece-sario para la implementación de la medida.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: El presente A-cuerdo rige a partir de la publicación en la Gacetade la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 55

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ACUERDO No. PSAA05-3206

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por medio del cual se adoptan medidas detransición al Nuevo Sistema Penal Acusatoriopara los Juzgados del Distrito Judicial de Bu-

caramanga.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y, de conformidad conlo aprobado en la sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- SUSPENSION DELREPARTO: A los Juzgados, que a continuación serelacionan, les será suspendido el reparto ordinariode procesos, tutelas y hábeas corpus desde el 21de diciembre al 31 de diciembre de 2005, inclusive:

Circuito Judicial de BucaramangaJuzgados Quinto y Noveno Penales del Circuito de Bu-caramangaJuzgados Primero, Tercero y Sexto Penales Munici-pales de Bucaramanga.

Circuito Judicial de BarrancabermejaJuzgado Segundo Penal del Circuito de Barrancaber-meja

ARTÍCULO SEGUNDO: MODIFICACION DESOFTWARE DE REPARTO: La Unidad de Infor-mática de la Dirección Ejecutiva de AdministraciónJudicial realizará las modificaciones y ajustes ne-cesarios al software de reparto, con el fin de darcumplimiento a lo dispuesto en el presente acuer-do.

La Dirección Seccional de Administración Judicialde Santander prestará el apoyo administrativo yfinanciero necesario para la implementación de lapresente medida.

ARTÍCULO TERCERO: PUBLICIDAD. El presen-te acuerdo se fijará por la Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Santander,en los edificios en donde funcionen DespachosJudiciales y se insertará en la página web de laRama Judicial.

ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA. El presente a-cuerdo rige a partir de la fecha de su publicación enla Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 56

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ACUERDO No. PSAA05-3207

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crea el Centro de Servicios Ju-diciales para los Juzgados Penales de Bu-caramanga, y se organizan sus funciones,con ocasión de la implantación del nuevo

Sistema Penal Acusatorio.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en los numer-ales 13 y 14 del Artículo 85 de la Ley 270 de 1996,y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 528de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: CREACIÓN. Crear a partirdel 1º de enero de 2006, el Centro de ServiciosJudiciales para los Juzgados Penales Municipalesy del Circuito de Bucaramanga, con sede en laciudad de Bucaramanga, adscrito a los juzgados dela sede respectiva, para el cumplimiento de lasfunciones administrativas del nuevo Sistema PenalAcusatorio.

ARTÍCULO SEGUNDO: PLANTA DE PER-SONAL. El nuevo Centro de Servicios Judicialespara los Juzgados Penales de Bucaramanga ten-drá inicialmente la siguiente planta de personal:

No. de DENOMINACIÓN DEL CARGOcargos1 Juez Coordinador del Centro6 Escribientes de Juzgado Municipal2 Citadores de Juzgado Municipal1 Secretario de Juzgado Municipal3 Oficiales Mayores de Juzgado Municipal13 TOTAL

Parágrafo: La planta de personal que integra elCentro de Servicios se conformará con el trasladode cargos de los Juzgados Penales Municipalesque ingresan al Sistema en la ciudad de Buca-ramanga así:

- Traslado del cargo de Juez del JuzgadoTercero Penal Municipal de Bucaramanga.

- Traslado de los cargos de Escribiente Nomi-nado de los Juzgados Primero, Segundo,Tercero, Cuarto y Octavo Penales Munici-pales de Bucaramanga.

- Traslado del cargo de Escribiente grado 6 delJuzgado Tercero Penal Municipal de Bu-caramanga.

- Traslado de los cargos de Citador grado 3 delos Juzgados Primero y Tercero PenalesMunicipales de Bucaramanga.

- Traslado de los cargos de Oficial Mayor delos Juzgados Tercero, Sexto y Séptimo Pe-nales Municipales de Bucaramanga.

- Traslado del cargo de Secretario del Juz-gado Tercero Penal Municipal de Bu-caramanga.

ARTÍCULO TERCERO: La Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Santander,determinará, de acuerdo con los volúmenes y car-

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 57

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gas de trabajo, el número de empleados de cadagrupo de trabajo, de conformidad con lo dispuestoen el Artículo 4º de este Acuerdo, lo mismo que losmovimientos de personal que se requieran.

ARTÍCULO CUARTO: El Coordinador del Centrode Servicios Judiciales, previa consulta a la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de la Judica-tura de Santander, asignará funciones y tareas alos empleados del Centro, ubicándolos por gruposde trabajo de acuerdo con los perfiles de cada unode ellos.

ARTÍCULO QUINTO: El juez coordinador podrádisponer la asignación transitoria de empleados engrupos distintos a aquellos a que están adscritos,cuando ello fuere necesario para atender situacio-nes emergentes o especiales del servicio.

ARTÍCULO SEXTO: La Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Santander,evaluará, por lo menos una vez al mes la confor-mación de los grupos de trabajo.

ARTÍCULO SÉPTIMO: A medida que se vayanincorporando nuevos juzgados al Sistema PenalAcusatorio, los empleados de dichos despachosque no sean seleccionados para continuar en eljuzgado, serán asignados al Centro de ServiciosJudiciales.

ARTÍCULO OCTAVO: La función básica de laCoordinación General del Centro será la de dirigir,coordinar y orientar todas las funciones administra-tivas que les sea asignada al Centro de ServiciosJudiciales.

ARTÍCULO NOVENO: El Centro de Servicios Ju-diciales de los Juzgados Penales de Bucaramangaserá organizado por grupos así:

1.Grupo de Administración de Salas de Audien-cia

Función Básica: Verificar los equipos tecnológi-cos, administrar y asignar las salas compartidas,mantener y preparar los equipos de grabación.

2.Grupo de Archivo Tecnológico

Función Básica: Organizar los dispositivos gra-bados y el archivo, conservar y custodiar los mis-mos y responder por la producción técnica de losdispositivos grabados.

3.Grupo de Atención al usuario

Función Básica: Informar y orientar a las partesintervinientes, atender las peticiones del público ypublicar la información producida en el centro deservicios.

4.Grupo de Comunicaciones

Función Básica: Notificar, elaborar y comunicarlas citaciones, entregar solicitudes a establecimien-tos carcelarios, conseguir defensores, recepcionary tramitar la correspondencia.

5.Grupo de Depósitos Judiciales

Función Básica: Custodiar, manejar y contabilizarlos títulos y depósitos judiciales.

6.Grupo de Ejecución de Penas

Función Básica: Diligenciar fichas técnicas y tra-mitar sentencias ante los juzgados de ejecución depenas.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 58

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7.Grupo de Reparto y Asignaciones

Función Básica: Repartir los asuntos, asignar jue-ces a audiencias y elaborar reportes de gestión.

ARTÍCULO DÉCIMO: TURNOS. Los empleadosde los grupos de atención al usuario, reparto yasignaciones, archivo tecnológico y de adminis-tración de salas de los Centros de Servicios Judi-ciales trabajarán en los turnos que disponga la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de la Judica-tura de Santander en consonancia con los días deatención y el horario general de trabajo de losCentros de Servicios.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: FUNCIONES. ElCentro de Servicios Judiciales desempeñará a-quellas funciones establecidas en el Acuerdo 1856de 2003 que no desvirtúen el Sistema Penal Acu-satorio, además de las establecidas en el presenteAcuerdo.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: FUNCIONESDEL GRUPO DE ADMINISTRACIÓN DE SALASDE AUDIENCIAS. El grupo de administración desalas de audiencias desempeñará las siguientesfunciones:

1. Verificar la adecuada instalación de los e-quipos tecnológicos para la celebración detodas las audiencias.

2. Administrar y asignar las salas compartidas,en colaboración con los jueces, para la cele-bración de las audiencias que requieran deéstas salas.

3. Colaborar con los secretarios de cada Juz-gado en el mantenimiento y preparación delos equipos de grabación de las audienciasde las salas adscritas a los despachos de losjueces.

4. Informar a los jueces de su sede, partes eintervinientes del proceso penal y público engeneral, la programación de las audienciascon los datos relevantes del proceso.

5. Resolver todos los problemas técnicos quese presenten antes o durante el transcursode las audiencias.

6. Velar, en coordinación con los secretarios delos juzgados de su sede, por la correctacelebración de las audiencias, del ingresodel público y los medios de comunicación ycontribuir a garantizar el orden dentro de lasmismas.

7. Las demás que, en ejercicio de sus atribucio-nes, le sean asignadas por el superior inme-diato.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: FUNCIONESDEL GRUPO DE ARCHIVO TECNOLÓGICO. Elgrupo de archivo tecnológico tiene las siguientesfunciones:

1. Rotular, de acuerdo con los parámetros quese indiquen para tal efecto, los dispositivosgrabados tanto de audio como de video osimilares.

2. Archivar, conservar y custodiar en debidaforma los dispositivos grabados

3. Elaborar y actualizar un inventario de la lo-calización de los dispositivos grabados parafacilitar su ubicación y utilización por parte delos jueces y empleados de su sede, de laspartes e intervinientes en el proceso penal ydemás interesados.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 59

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4. Realizar la reproducción técnica de los dis-positivos grabados o de partes de ellos cuan-do se requiera por parte de los jueces yempleados de su sede, partes e intervinien-tes del proceso penal y demás interesados.

5. Atender en forma oportuna los requerimien-tos de los jueces de su sede en materia dearchivo, custodia, rotulación y reproducciónde todo el archivo tecnológico

6. Mantener en buen estado los equipos dearchivo tecnológico.

7. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: FUNCIONESDEL GRUPO DE ATENCIÓN AL USUARIO. Elgrupo de atención al usuario tendrá a su cargo lassiguientes funciones:

1. Informar y orientar a las partes e intervinien-tes del proceso penal y público en generalsobre toda la información relacionada con lagestión propia del Centro.

2. Atender toda petición del público en generalen relación con las funciones administrativasdel Centro.

3. Actualizar toda la información producida porel Centro que pueda ser relevante para lainformación al público.

4. Coordinar con cada secretario de los gruposdel Centro, para efectos de información alpúblico en general, la información que cadagrupo suministra al público.

5. Velar porque las quejas y observacionessobre el desempeño del Centro o de los

despachos de su sede sean canalizadas einformadas a tiempo a cada secretario degrupo y al Juez Coordinador.

6. Publicar en sitios de acceso fácil al públicotoda la información producida por el centroque sea necesaria comunicar.

7. Velar porque los espacios destinados a infor-mación al público brinden información actu-alizada y pertinente.

8. Las demás que, en ejercicio de sus atribucio-nes, le sean asignadas por el superior inme-diato.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: FUNCIONES DELGRUPO DE COMUNICACIONES. El grupo de co-municaciones tendrá las siguientes funciones:

1. Realizar de manera oportuna y eficiente elprocedimiento de las notificaciones que nose surtan en audiencia conforme a ley proce-sal y a los Acuerdos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Digitar, tramitar y efectuar las notificaciones,citaciones y entrega de correspondencia quesean del caso, por encarcelamiento o liber-tad, a los establecimientos carcelarios y pe-nitenciarios y similares. Cuando la ley pro-cesal lo permita, se podrá citar, notificar yenviar correspondencia por el medio másexpedito posible siempre y cuando se dejeconstancia del envío correspondiente.

3. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de lacorrespondencia resultante de la actividadde los jueces, a las partes, víctimas, inter-

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vinientes, terceros, y a las oficinas públicasy privadas del caso, relacionadas con medi-das cautelares y/o definitivas que afectenbienes.

4. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de todala correspondencia y citaciones destinada alas entidades como el INPEC, Defensoríadel Pueblo, Procuraduría General de la Na-ción, Fiscalía General de la Nación, DAS,Registraduría Nacional del Estado Civil, Su-perintendencias y similares.

5. Digitar, tramitar y efectuar todas las notifica-ciones, citaciones y correspondencia que seoriginen en acciones de tutela, habeas cor-pus y demás asuntos sometidos al cono-cimiento de los jueces penales de la sede.

6. Recibir, clasificar y dar curso a todas laspeticiones y comunicaciones con destino alos jueces penales de su sede.

7. Colaborar con el Juez Coordinador en elcumplimiento de sus funciones.

8. Velar por la custodia y buen manejo de todoslos documentos que se emanen por el cum-plimiento de sus funciones.

9. Prestar el servicio de fotocopiado y de fax delos asuntos de carácter oficial.

10. Procurar la consecución oportuna y aviso deaudiencias a los defensores públicos.

11. Digitar todas las actuaciones en el softwarede gestión siglo XXI todas las actuaciones yactualizaciones que correspondan al centrode servicios.

12. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: FUNCIONES DELGRUPO DE DEPÓSITOS JUDICIALES. El grupode depósitos judiciales tiene las siguientes funcio-nes:

1. Realizar las labores de custodia y manejo delos títulos judiciales, cuando los hubiere, y laadministración de los depósitos judiciales delos despachos de su sede, de conformidadcon los reglamentos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Velar por la organización, custodia y buenapresentación de las instalaciones, libros, ar-chivos, elementos y equipos de trabajo engeneral.

3. Colaborar con el Secretario y el Juez Coor-dinador en el cumplimiento de sus funciones.

4. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: FUNCIONESDEL GRUPO DE EJECUCIÓN DE PENAS: ElGrupo de Ejecución de Penas tendrá a su cargo lassiguientes funciones:

1. Diligenciar las Fichas de condenados paraser remitidas a los Juzgados de Ejecución dePenas y Medidas de Seguridad correspondi-entes.

2. Alimentar el software respectivo en relacióncon los documentos y sentencias que debenenviarse a los Juzgados de ejecución dePenas y Medidas de Seguridad.

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3. Remitir a los Juzgados de Ejecución de Pe-nas y Medidas de Seguridad las sentencias,fichas y documentos de soporte de los con-denados con sentencia ejecutoriada.

4. Diligenciar las planillas correspondientes alas fichas diligenciadas, con el fin de rendirinforme de su gestión.

5. Archivar las correspondientes diligenciasuna vez realizada su gestión.

6. Las demás que, en ejercicio de sus atribucio-nes, le sean asignadas por el superior inme-diato.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: FUNCIONESDEL GRUPO DE REPARTO Y ASIGNACIONES.El grupo de reparto y asignaciones tendrá las si-guientes funciones:

1. Efectuar diariamente el reparto, automati-zado o manual, de los procesos y asuntosque ingresen a los despachos judiciales desu sede, de conformidad con los reglamen-tos expedidos por la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura.

2. Asignar organizadamente y de acuerdo aunos criterios de urgencia durante los días yhoras de atención los asuntos que ingresenpara los jueces con función de Control degarantías.

3. Elaborar para el Juez Coordinador, el reportede la gestión llevada a cabo en relación conel reparto, en los términos del Acuerdo 1856de 2003.

4. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO: La Escuela Judi-cial Rodrigo Lara Bonilla capacitará a los emplea-dos que sean trasladados de los juzgados penalesal Centro de Servicios, de acuerdo a las funcionesque desempeñarán.

ARTÍCULO VIGÉSIMO: El régimen salarial, pres-tacional y de carrera de los empleados del Centrode Servicios Judiciales de Bucaramanga será elestablecido para la Rama Judicial.

ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: Los cargos delCentro de Servicios, serán provistos mediante lostraslados que disponga la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, de acuerdo conlos volúmenes de trabajo previstos para el SistemaAcusatorio, y los que resulten del monitoreo y se-guimiento del nuevo sistema.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: La Sala Ad-ministrativa del Consejo Superior de la Judicaturapodrá modificar la planta de personal de los Cen-tros de Servicios Judiciales de acuerdo a los vo-lúmenes de trabajo que ocasione el nuevo SistemaAcusatorio.

ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: Organizacióndel Centro de Servicios Judiciales. El Centro deServicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorioen el municipio de Bucaramanga estará confor-mado por el Comité General, el Juez Coordinadory por un Secretario.

El número y nomenclatura de los cargos que con-forman el Centro de Servicios Judiciales será fijadapor la Sala Administrativa del Consejo Superior de

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la Judicatura mediante Acuerdos expedidos para elefecto, y el régimen legal de los cargos de em-pleados corresponde al de carrera judicial.

ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO: Comité Gene-ral del Centro de Servicios Judiciales.- El ComitéGeneral del Centro de Servicios Judiciales de Bu-caramanga estará integrado por el Juez Coordi-nador, un Juez Penal del Circuito y un Juez PenalMunicipal que hacen parte del Sistema Penal Acu-satorio, el Secretario del Centro de Servicios Judi-ciales ó quien haga sus veces, el Presidente de laSala Administrativa del Consejo Seccional de laJudicatura de Santander y el Director Seccional deAdministración Judicial de Bucaramanga.

El Comité General del Centro de Servicios Judi-ciales tendrá a su cargo la escogencia de las per-sonas que han de ser nombradas en provisio-nalidad en los cargos adscritos a dicho Centro.

Los miembros del Comité se reunirán por lo menosuna vez al mes ó cuando uno de ellos lo convoque,éste Comité será precedido por el Juez Coordi-nador en coordinación con la Presidencia de la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de Santan-der.

ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO: Juez Coordi-nador. El Juez Coordinador será el representantede los Jueces Penales que integran el SistemaPenal Acusatorio, quien continuará fungiendo sulabor de garantías.

El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judi-ciales de los Jueces Penales en el Sistema PenalAcusatorio será elegido de los Jueces que cumplenla función de control de garantías para períodosinstitucionales de un (1) año contado a partir del 1º

de enero. La elección se realizará dentro de los diez(10) primeros días del mes de diciembre de cadaaño, por la Sala Penal del Tribunal Superior delDistrito Judicial de Bucaramanga. Con excepcióndel periodo correspondiente al año 2006, año en elque actuará como Juez coordinador el Juez Ter-cero Penal Municipal de Bucaramanga, con funciónde control de garantías.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO: Funciones ad-ministrativas del Juez Coordinador.- El Juez Co-ordinador ejercerá las siguientes funciones admi-nistrativas:

a) Proveer los cargos del centro de servicios.

Cuando se trate de nombramientos en pro-piedad o en encargo, el Juez Coordinadoractuará de manera autónoma.

Para los eventos de nombramientos en pro-visionalidad, el Juez Coordinador deberáconvocar a los miembros del Comité Generala que hace referencia el artículo segundo delpresente acuerdo, para que, por mayoríaabsoluta, hagan la escogencia de las perso-nas que han de ser nombradas.

b) Resolver sobre situaciones administrativasprevistas en la ley, respecto de los emplea-dos del centro de servicios.

c) Evaluar y calificar a los empleados del centrode servicios conforme al régimen de la Car-rera Judicial.

d) Conocer de los procesos disciplinarios quese adelanten contra los empleados del cen-tro de servicios.

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e) Rendir informes a la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura sobre lamarcha global del Centro de Servicios Judi-ciales.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO: Funciones ju-diciales del Juez Coordinador. El Juez Coordi-nador deberá cumplir con las siguientes funcionesjudiciales:

a) Servir de enlace entre los Jueces que ejer-cen la función de Control de Garantías y lasinstituciones e intervinientes en el procesopenal, para el cumplimiento de las funcionesjurisdiccionales que corresponden a aquel-los.

b) Reemplazar en sus turnos a los Jueces queejerzan la función de Control de Garantías,cuando de manera intempestiva y por ra-zones de fuerza mayor o caso fortuito, lessea a aquellos imposible acudir a su lugar detrabajo o deban abandonarlo.

c) Velar porque el reparto de los asuntos ydiligencias que se tramitan por el centro deservicios sea equitativo y eficiente.

d) Proferir los autos que dispongan las citacio-nes señaladas en los artículos 171 y 172 delCódigo de Procedimiento Penal.

e) Proferir las providencias que correspondande conformidad con la ley, en relación conlas personas que se encuentren privadas dela libertad y que estén a disposición de losJueces que ejercen la función de Control deGarantías.

ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO: Secretaria delCentro de Servicios Judiciales. Habrá una secre-

taria en el Centro de Servicios Judiciales, que de-penderá en forma directa del Juez Coordinador.

La Secretaria, será ejercida por el empleado quedesigne el Juez coordinador quien deberá cumplircon las siguientes:

a) Controlar los términos y producir las comu-nicaciones que correspondan de conformi-dad con la ley, en relación con las personasque se encuentren privadas de la libertad yque estén a disposición de los Jueces queejercen la función de Control de Garantías.

b) Tramitar las citaciones que ordenen los Jue-ces que ejercen la función de Control deGarantías conforme al contenido de los ar-tículos 171 y 172 del Código de Procedi-miento Penal, así como las comunicacionesque a ellos se dirijan.

c) Responder por la custodia de los títulos judi-ciales y la administración de los depósitosjudiciales de los Juzgados que ejercen fun-ción de Control de Garantías y de cono-cimiento.

d) Administrar las Salas de Audiencias, con-forme a la reglamentación que expida la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

e) Responder por la custodia provisional de lasevidencias, pruebas y elementos del pro-ceso.

f) Administrar y custodiar los registros y losarchivos físicos y tecnológicos de las ac-tuaciones y diligencias que deban reposar enlos Juzgados que cumplen la función deControl de Garantías.

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g) Garantizar, en coordinación con los Juecesque ejercen la función de Control de Garan-tías, la publicidad en las audiencias, salvo lasexpresamente sometidas a reserva según laley.

h) Presentar informes estadísticos de la gestióndel Centro de Servicios Judiciales.

i) Las demás funciones que sean necesariaspara el cumplimiento oportuno de los térmi-nos judiciales, la prestación eficiente del ser-vicio de justicia, la organización, custodia,conservación y buena presentación de loselementos de trabajo.

ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO: Reuniones delos Jueces.- Los jueces se reunirán a solicitud delPresidente de la Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Santander o de cual-quiera de los miembros del Comité General delCentro de Servicios Judiciales, para los siguienteseventos:

1. Evaluar el trabajo y presentar propuestaspara el adecuado funcionamiento del Centro.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO: El presente Acuerdo rigea partir de la publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de Diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3208

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crean Unidades Judiciales Mu-nicipales para la implementación del SistemaPenal Acusatorio en los Distritos Judiciales

de Cali y Buga.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial de las señaladas en el ar-tículo 89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39y 43 de la Ley 906 de 2004, y aprobado en sesiónde la Sala Administrativa del 21 de diciembre de2005.

ACUERDA

ARTÍCULO 1°.- Crear, a partir del 1° de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Yumbo, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

YumboLa CumbreVijes

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Vijes, será asumida por el Juzgado PromiscuoMunicipal de La Cumbre.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde La Cumbre, será asumida, previo reparto, porcualquiera de los Juzgados Penales Municipalesde Yumbo.

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La función de conocimiento de los asuntos penalesdel Juzgado Primero Penal Municipal de Yumbo,será asumida, previo reparto, por cualquiera de losJuzgados Promiscuos Municipales de La Cumbreo Vijes o por el Juzgado Segundo Penal Municipalde Yumbo.

La función de conocimiento de los asuntos penalesdel Juzgado Segundo Penal Municipal de Yumbo,será asumida, previo reparto, por cualquiera de losJuzgados Promiscuos Municipales de La Cumbreo Vijes o por el Juzgado Primero Penal Municipalde Yumbo.

ARTÍCULO 2°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Jamundí,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

JamundíDagua

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Dagua, será asumida previo reparto, por cual-quiera de los Juzgados Promiscuos Municipales deJamundí.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia de los Juzgados Promiscuos Mu-nicipales de Jamundí, será asumida previo reparto,por cualquiera de ellos, teniendo en cuenta que enningún caso corresponderá al mismo Juzgado derealizó la función de Control de Garantías Consti-tucionales.

ARTÍCULO 3°.- Crear, a partir del 1° de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Cali paraatender la función de Control de Garantías, en los

fines de semana y festivos, en todos los municipiosdel Circuito Judicial de Cali, la cual tendrá la si-guiente comprensión territorial:

CaliDaguaJamundíLa CumbreVijesYumbo

Parágrafo: La función de Control de Garantías parael Municipio de Jamundí será asignada preferible-mente a la Sede Descentralizada de Siloé, cuandoésta entre en funcionamiento. Para los demásmunicipios, será repartida entre los Jueces de Con-trol de Garantías ubicados en el Palacio de Justiciade Cali “Pedro Elías Serrano Abadía”.

ARTÍCULO 4°. La Función de Control de GarantíasConstitucionales de los delitos de competencia delos Juzgados Penales del Circuito Especializadoso que involucren victimas menores de edad, ocur-ridos en el Circuito Judicial de Cali, será ejercidapor los Jueces Penales Municipales ubicados en lacabecera del mismo, de conformidad con la com-petencia establecida por la ley.

PARÁGRAFO- Cuando se ponga a disposición delos Jueces Penales o Promiscuos Municipales conFunción de Control de Garantías ubicados en lassedes diferentes a la cabecera del Circuito Judicialde Cali un asunto de competencia de los JuzgadosPenales del Circuito Especializado o que involu-cren victimas menores, el Juez lo remitirá de inme-diato al Juez con Función de Control de GarantíasConstitucionales del Centro de Servicios Judicialesde Cali, para que se programe la correspondientediligencia.

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ARTÍCULO 5°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de El Dovio,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

El DovioVersalles

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde El Dovio, será asumida por el Juzgado Promis-cuo Municipal de Versalles.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Versalles, será asumida por el Juzgado Promis-cuo Municipal de El Dovio.

ARTÍCULO 6°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Zarzal, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

BolívarZarzal

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Bolívar, será asumida por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Zarzal.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Zarzal, será asumida por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Bolívar.

ARTÍCULO 7°.- Crear a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de La Unión,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

La UniónToro

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde La Unión, será asumida por el Juzgado Promis-cuo Municipal de Toro.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Toro, será asumida por el Juzgado PromiscuoMunicipal de La Unión.

ARTÍCULO 8°.- La función de control de garantíaspara los delitos de competencia de los JuzgadosPenales del Circuito Especializado o que involu-cren víctimas menores, ocurridos en el CircuitoJudicial de Roldanillo, será ejercida por los JuecesPenales Municipales con función de control degarantías ubicados en la cabecera del municipio deRoldanillo, de conformidad con la competencia es-tablecida por la Ley.

PARAGRAFO: Cuando se ponga a disposición delos Jueces Penales Municipales con función decontrol de garantías ubicados en las sedes diferen-tes a la cabecera del Circuito Judicial de Roldanillo,un asunto de competencia de los Juzgados Pe-nales del Circuito Especializado o que involucrenvíctimas menores el Juez lo remitirá de inmediatoal Juez con funciones básicas de coordinación delCentro de Servicios Judiciales de Roldanillo, paraque programe la correspondiente diligencia.

ARTÍCULO 9°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Roldadillopara atender la función de control de garantías, enlos fines de semana y festivos, en todos los mu-nicipios del Circuito Judicial de Roldadillo, la cualtendrá la siguiente comprensión territorial:

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RoldanilloBolívar,El Dovio,La Unión,Toro,Versalles,Zarzal.

ARTÍCULO 10°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Calima Da-rien, únicamente para efectos penales, la cual ten-drá la siguiente comprensión territorial:

Calima DarienRestrepo

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Restrepo será asumido por el Juzgado Promis-cuo Municipal de Calima Darien.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Calima Darien será asumido por el JuzgadoPromiscuo Municipal de Restrepo.

ARTÍCULO 11°.- Crear, a partir del 1° de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Guacarí,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

GinebraGuacaríYotoco

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Ginebra, será asumida el Juzgado PromiscuoMunicipal de Guacarí.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipal

de Guacarí, será asumida por el Juzgado Promis-cuo Municipal de Yotoco.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Yotoco, será asumida por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Ginebra.

ARTÍCULO 12°. La función de control de garantíasde los delitos de competencia de los JuzgadosPenales del Circuito Especializado o que involu-cren victimas menores, ocurridos en el Distrito Ju-dicial de Buga, será ejercida por los Jueces Pe-nales Municipales ubicados en la cabecera delmunicipio de Buga, de conformidad con la compe-tencia establecida por la ley.

PARÁGRAFO- Cuando se ponga a disposición delos Jueces Penales Municipales con Función deControl de Garantías ubicados en las sedes difer-entes a la cabecera del Circuito Judicial de Bugaun asunto de competencia de los Juzgados Pe-nales del Circuito Especializado o que involucrenvictimas menores, el juez lo remitirá de inmediatoal Juez con funciones de control del Centro deServicios Judiciales de Buga, para que se pro-grame la correspondiente diligencia.

ARTÍCULO 13°.- Crear, partir del 1° de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Buga paraatender la función de Control de Garantías, en losfines de semana y festivos, en todos los municipiosdel Circuito Judicial de Buga, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

BugaCalima Darien,Restrepo,Yotoco,Guacarí,Ginebra

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ARTÍCULO 14°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Florida, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

FloridaPradera

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Florida será asumido por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Pradera.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Pradera será asumido por el Juzgado Promis-cuo Municipal de Florida.

ARTICULO 15º.- En los Municipios de Candelariay El Cerrito donde existen dos (2) Juzgados Promis-cuos Municipales el servicio de administración dejusticia en la función de conocimiento quedará así:

Municipio de Candelaria:

Para lo asuntos penales del Municipio de Cande-laria, donde el Juzgado 1° Promiscuo Municipalobró como Juzgado con función de control de gar-antías, el conocimiento será asumido por el Juz-gado 2° Promiscuo Municipal y viceversa.

Para lo asuntos penales del Municipio de Cande-laria, donde obró como despacho con función decontrol de garantías un Juzgado de Palmira, elconocimiento será asumido, previo reparto, porcualquiera de los dos Juzgados Promiscuos Mu-nicipales de Candelaria.

Municipio de El Cerrito:

Para lo asuntos penales del Municipio de El Cerrito,donde el Juzgado 1° Promiscuo Municipal obrócomo control de garantías constitucionales, el co-nocimiento será asumido por el Juzgado 2° Promis-cuo Municipal y viceversa.

Para lo asuntos penales del Municipio de El Cerrito,donde obró como control de garantías constitucion-ales un Juzgado de Palmira, el conocimiento seráasumido, previo reparto, por cualquiera de los dosJuzgados Promiscuos Municipales de El Cerrito.

ARTÍCULO 16°. La función de control de garantíasde los delitos de competencia de los JuzgadosPenales del Circuito Especializado o que involu-cren victimas menores, ocurridos en el CircuitoJudicial de Palmira, será ejercida por los JuecesPenales Municipales ubicados en la cabecera delmunicipio de Palmira, de conformidad con la com-petencia establecida por la ley.

PARÁGRAFO- Cuando se ponga a disposición delos Jueces Penales Municipales con Función deControl de Garantías ubicados en las sedes difer-entes a la cabecera del Circuito Judicial de Palmiraun asunto de competencia de los Juzgados Pe-nales del Circuito Especializado o que involucrenvictimas menores, el juez lo remitirá de inmediatoal Juez con funciones de coordinación del Centrode Servicios Judiciales de Palmira, para que seprograme la correspondiente diligencia.

ARTÍCULO 17°.- Crear, a partir del 1° de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Palmira paraatender la función de Control de Garantías, en losfines de semana y festivos, en todos los municipiosdel Circuito Judicial de Palmira, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

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PalmiraEl Cerrito,Candelaria,Florida,Pradera,

ARTÍCULO 18°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Riofrio, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

RiofrioTrujillo

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Riofrio, será asumida por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Trujillo.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Trujillo, será asumida por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Riofrio.

ARTÍCULO 19°.- Crear, a partir del 1° de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Andalucia,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

AndaluciaBugalagrandeSan Pedro

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Andalucia, será asumida por el Juzgado Promis-cuo Municipal de Bugalagrande.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Bugalagrande, será asumida por el JuzgadoPromiscuo Municipal de San Pedro.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde San Pedro, será asumida por el Juzgado Pro-miscuo Municipal de Andalucia.

ARTÍCULO 20°. La función de control de garantíasde los delitos de competencia de los JuzgadosPenales del Circuito Especializado o que involu-cren victimas menores, ocurridos en el CircuitoJudicial de Tuluá, será ejercida por los JuecesPenales Municipales ubicados en la cabecera delmunicipio de Tuluá, de conformidad con la compe-tencia establecida por la ley.

PARÁGRAFO- Cuando se ponga a disposición delos Jueces Penales Municipales con Función deControl de Garantías ubicados en las sedes difer-entes a la cabecera del Circuito Judicial de Tuluáun asunto de competencia de los Juzgados Pe-nales del Circuito Especializado o que involucrenvíctimas menores, el juez lo remitirá de inmediatoal Juez con funciones de coordinación del Centrode Servicios Judiciales de Tuluá, para que se pro-grame la correspondiente diligencia.

ARTÍCULO 21°.- Crear, a partir del 1° de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Tulúa paraatender la función de Control de garantías, en losfines de semana y festivos, en todos los municipiosdel Circuito Judicial de Tulúa, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

TulúaTrujillo,Riofrío,San Pedro,Bugalagrande,Andalucía,

ARTÍCULO 22°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de El Cairo,

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 70

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únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

El CairoArgeliaSan José del Palmar (Chocó)

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde San José del Palmar (Chocó), será asumida porel Juzgado Promiscuo Municipal de El Cairo.

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Argelia, será asumida, por el Juzgado Promis-cuo Municipal de El Cairo y viceversa.

ARTÍCULO 23°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Anserma-nuevo, únicamente para efectos penales, la cualtendrá la siguiente comprensión territorial:

AnsermanuevoEl Águila

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde El Águila, será asumida por el Juzgado Promis-cuo Municipal de Ansermanuevo y viceversa.

ARTÍCULO 24°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Alcalá, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

AlcaláUlloa

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Alcalá, será asumida por el Juzgado PromiscuoMunicipal de Ulloa y viceversa.

ARTÍCULO 25°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de La Victoria,únicamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

La VictoriaObando

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde La Victoria, será asumida por el Juzgado Pro-miscuo Municipal de Obando y viceversa.

ARTÍCULO 26°.- La Función de Control de Garan-tías de los delitos de competencia de los JuzgadosPenales del Circuito Especializados o que involu-cren victimas menores de edad, ocurridos en elCircuito Judicial de Cartago, será ejercida por losJueces Penales Municipales ubicados en la cabe-cera del mismo, de conformidad con la competen-cia establecida por la ley.

PARÁGRAFO- Cuando se ponga a disposición delos Jueces Penales o Promiscuos Municipales conFunción de Control de Garantías ubicados en lassedes diferentes a la cabecera del Circuito Judicialde Cartago un asunto de competencia de los Juz-gados Penales del Circuito Especializado o queinvolucren victimas menores, el Juez lo remitirá deinmediato al Juez con Funciones de Control deGarantías Constitucionales del Centro de ServiciosJudiciales de Cartago, para que se programe lacorrespondiente diligencia.

ARTÍCULO 27°.- Crear, a partir del 1° de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Cartago paraatender la función de Control de Garantías, en losfines de semana y festivos, en todos los municipiosdel Circuito Judicial de Cartago, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 71

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CartagoAlcaláAnsermanuevoArgeliaEl ÁguilaEl CairoLa VictoriaObandoSan José del Palmar (Chocó)Ulloa

ARTÍCULO 28°.- Crear, a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Sevilla, úni-camente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

SevillaCaicedonia

La función de conocimiento de los asuntos penalesde competencia del Juzgado Promiscuo Municipalde Caicedonia, será asumida por el Juzgado 1°Penal Municipal de Sevilla.

ARTÍCULO 29°. La Función de Control de Garan-tías de los delitos de competencia de los JuzgadosPenales del Circuito Especializados o que involu-cren victimas menores de edad, ocurridos en elCircuito Judicial de Sevilla, será ejercida por losJueces Penales Municipales ubicados en la cabe-cera del mismo, de conformidad con la competen-cia establecida por la ley.

PARÁGRAFO- Cuando se ponga a disposición delos Jueces Penales o Promiscuos Municipales conFunción de Control de Garantías Constitucionalesubicados en las sedes diferentes a la cabecera delCircuito Judicial de Sevilla un asunto de competen-

cia de los Juzgados Penales del Circuito Especiali-zado o que involucren victimas menores, el Juez loremitirá de inmediato al Juez con Funciones deControl de Garantías Constitucionales del Centrode Servicios Judiciales de Sevilla, para que seprograme la correspondiente diligencia.

ARTÍCULO 30°.- Crear, Crear, a partir del 1° deenero de 2006, la Unidad Judicial Municipal deSevilla para atender la función de Control de Gar-antías, en los fines de semana y festivos, en todoslos municipios del Circuito Judicial de Sevilla , lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

SevillaCaicedonia

ARTÍCULO 31°.- Los Jueces Promiscuos y Pe-nales Municipales de los Municipios que conformanlas Unidades Judiciales Municipales creadas en elpresente acuerdo, ejercerán la función de controlde garantías para los hechos delictivos cometidosen sus respectivos municipios.

ARTICULO 32º. El presente Acuerdo rige a partirde la publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 72

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ACUERDO No. PSAA05-3209

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adoptan medidas para la im-plementación del sistema penal acusatorio,en los Distritos Judiciales de Cali y Buga.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004, y aprobado en sesióndel 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- El Juzgado décimo Penaldel Circuito de Calí, Distrito Judicial del mismonombre, se incorporará al Sistema Penal Acusato-rio a partir del 2 de enero de 2006.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Incorporar al Sistema Pe-nal acusatorio, a partir del 2 de enero de 2006, lossiguientes Juzgados Penales del Circuito, en elDistrito Judicial de Buga:

Segundo Penal del Circuito de PalmiraTercero Penal del Circuito de BuenaventuraPrimero Penal del Circuito de BugaPrimero Penal del Circuito de TulúaSegundo Penal del Circuito de CartagoPenal del Circuito de RoldadilloPenal del Circuito de Sevilla

ARTÍCULO TERCERO.- Incorporar al Sistema Pe-nal acusatorio, a partir del 2 de enero de 2006, lossiguientes Juzgados Promiscuos Municipales, enel Distrito Judicial de Buga:

Promiscuo Municipal de CerritoPromiscuo Municipal de UlloaPromiscuo Municipal de ObandoPromiscuo Municipal de la UniónPromiscuo Municipal de El DovioPromiscuo Municipal de FloridaPromiscuo Municipal de El AguilaPromiscuo Municipal de ArgeliaPromiscuo Municipal de Calima - DarienPromiscuo Municipal de GinebraPromiscuo Municipal de BugalagrandePromiscuo Municipal de ZarzalPromiscuo Municipal de RiofríoPromiscuo Municipal de Candelaria

ARTÍCULO CUARTO.- Incorporar al Sistema Pe-nal acusatorio, a partir del 1° de enero de 2006, lossiguientes Juzgados Penales Municipales, en elDistrito Judicial de Buga:

3° Penal Municipal de Buga2° Penal Municipal de Sevilla2° Penal Municipal de Roldadillo

ARTÍCULO QUINTO.- Los Juzgado Penales delCircuito, señalados en el presente Acuerdo, aten-derán únicamente los recursos provenientes delos Juzgados municipales, en asuntos propios delsistema penal acusatorio.

ARTÍCULO SEXTO.- Suspender el reparto ordi-nario de procesos, de Tutelas y Habeas Corpus alos Juzgados Penales del Circuito, señalados en elpresente Acuerdo, por el período comprendidoentre el 2 de enero y el 10 de enero, inclusives.

ARTÍCULO SEPTIMO.- El presente Acuerdo rigea partir de su expedición. Publíquese en la Gacetade la Judicatura.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 73

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PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3210

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por medio del cual se modifica el AcuerdoPSAA05-3154 del 15 de diciembre de 2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y, de conformidad conlo aprobado en la sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo Ter-cero Transitorio del Acuerdo PSAA05-3154 del 15de diciembre de 2005, en el sentido de indicar quelos Juzgados que ingresarán al sistema a partir delprimero de enero de 2006, y tendrán competenciapara ejercer la función de Control de Garantías son:

En la unidad judicial número 6, el Juzgado 2ª Promis-cuo Municipal de Garagoa,En la unidad judicial número 7, el Juzgado 2ª Promis-cuo Municipal de Guateque, yEn la unidad judicial número 9, el Juzgado 2ª Promis-cuo Municipal de Moniquirá, y no como aparece allí.

ARTÍCULO SEGUNDO: VIGENCIA. El presenteacuerdo rige a partir de la fecha de su publicaciónen la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3211

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por medio del cual se asigna transitoria-mente la función de Control de Garantías a al-

gunos Juzgados Penales Municipales deBucaramanga.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 74

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528 de la Ley 906 de 2004 y, de conformidad conlo aprobado en la sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO: Asignar transitoriamente,del 1 al 10 de enero de 2006, la función Control deGarantías a los Juzgados que a continuación serelacionan:

Juzgado Tercero Penal Municipal de BucaramangaJuzgado Once Penal Municipal de BucaramangaJuzgado Doce Penal Municipal de BucaramangaJuzgado Trece Penal Municipal de BucaramangaJuzgado Catorce Penal Municipal de BucaramangaJuzgado Quince Penal Municipal de BucaramangaJuzgado Dieciséis Penal Municipal de BucaramangaJuzgado Diecisiete Penal Municipal de BucaramangaJuzgado Dieciocho Penal Municipal de Bucaramanga

ARTÍCULO SEGUNDO: VIGENCIA. El presenteacuerdo rige a partir de la fecha de su publicaciónen la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3212

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se establecen medidas dedescongestión para la Sala Jurisdiccional Dis-ciplinaria del Consejo Seccional de la Judica-

tura de Cundinamarca.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo63 de la Ley 270 de 1996, y en aplicación delAcuerdo No. 738 de 2000, y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Crear, con carácter transi-torio, del once (11) de enero y máximo hasta eltreinta (30) de junio de 2006, en cada uno de losdespachos de magistrado de la Sala JurisdiccionalDisciplinaria del Consejo Seccional de la Judicaturade Cundinamarca, dos (2) cargos de oficial mayornominado.

El magistrado de cada despacho, dedicará para laSecretaría de la Sala a uno de los Oficiales May-ores creados en este Acuerdo para el trámite de losprocesos de su conocimiento.

ARTÍCULO SEGUNDO: Crear, con carácter tran-sitorio, del once (11) de enero y máximo hasta eltreinta (30) de junio de 2006, en la Secretaría de laSala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Sec-

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 75

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cional de la Judicatura de Cundinamarca, tres (3)cargos de escribiente nominado y dos (2) cargosde citador grado 4.

ARTÍCULO TERCERO: Crear, con carácter transi-torio, del once (11) de enero y máximo hasta eltreinta (30) de junio de 2006, en la Sala Jurisdic-cional Disciplinaria del Consejo Seccional de laJudicatura de Cundinamarca, un (1) cargo de con-ductor grado 03.

ARTÍCULO CUARTO: El nombramiento, en pro-visionalidad, de los cargos creados en el presenteacuerdo, lo efectuará el respectivo nominador.

ARTÍCULO QUINTO: El régimen salarial y pres-tacional de los cargos creados será el establecidopara la Rama Judicial.

ARTÍCULO SEXTO: La provisión de los cargoscreados por este Acuerdo se hará una vez la Direc-ción Ejecutiva Seccional de Administración Judicialde Bogotá - Cundinamarca expida el correspondi-ente certificado de disponibilidad presupuestal, concargo al presupuesto de la vigencia 2006.

ARTÍCULO SÉPTIMO: La Sala Disciplinaria des-ignará un (1) magistrado para que implemente me-canismos de organización y administración a laSala y a la Secretaría; además de presentar men-sualmente un informe del resultado de la medidade descongestión adoptada en el presente Acuer-do.

ARTÍCULO OCTAVO: La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, con la inmediatacolaboración de la Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Cundinamarca, veri-ficará y evaluará cada mes los resultados de loestablecido en este Acuerdo.

Para tales efectos, la Unidad de Desarrollo y A-nálisis Estadístico, realizará los análisis correspon-dientes, y presentará un informe a la Sala Ad-ministrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

ARTÍCULO NOVENO: El mecanismo de descon-gestión regulado por este Acuerdo tiene vigenciatransitoria hasta el 30 de junio de 2006, sin perjuiciode su prórroga o redefinición por parte de la SalaAdministrativa del Consejo Superior de la Judica-tura, en virtud de sus resultados.

ARTÍCULO DÉCIMO: La presente medida de des-congestión se mantendrá vigente solo si cada de-spacho de magistrado de la Sala Disciplinaria delConsejo Seccional de la Judicatura de Cundina-marca, tienen un rendimiento mínimo de 74 provi-dencias mensuales, entendidas estas entre sen-tencias y autos interlocutorios. El incumplimientode este estándar de rendimiento, previo segui-miento trimestral por parte de la Unidad de Desa-rrollo y Análisis Estadístico, ocasionará la deroga-toria de la presente medida.

ARTÍCULO UNDÉCIMO: El presente Acuerdo rigea partir de la fecha de su publicación en la Gacetade la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 76

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ACUERDO No. PSAA05-3213

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se establecen medidas dedescongestión para la Sala de Casación Pe-

nal de la Corte Suprema de Justicia.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas por el artículo63 de la Ley 270 de 1996, y en aplicación delAcuerdo 738 de 2000, y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Crear con carácter transi-torio, a partir del 11 de enero y hasta el 30 de juniode 2006, en la Sala de Casación Penal de la CorteSuprema de Justicia, tres (3) cargos de ProfesionalEspecializado grado 25.

ARTÍCULO SEGUNDO: Crear con carácter transi-torio, a partir del 11 de enero y hasta el 30 de juniode 2006, en la Secretaría de la Sala de CasaciónPenal de la Corte Suprema de Justicia, tres (3)cargos de escribiente nominado.

ARTÍCULO TERCERO: El nombramiento, en pro-visionalidad, de los cargos creados por el presenteAcuerdo, lo efectuarán los respectivos nominado-res, de personal de la lista de elegibles y que no seencuentren ocupando cargos en la Rama Judicial.

ARTÍCULO CUARTO: El régimen salarial y pre-tacional para los cargos creados en el presenteAcuerdo, será el establecido para la Rama Judicial.

ARTÍCULO QUINTO: La provisión de los cargoscreados por este Acuerdo, se hará una vez laDirección Ejecutiva de Administración Judicial ex-pida el certificado de disponibilidad presupuestalrespectivo, con cargo al presupuesto de la vigencia2006.

ARTÍCULO SEXTO: La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, con la inmediatacolaboración de la Presidencia de la Sala de Ca-sación Penal de la Corte Suprema de Justicia,verificará y evaluará mensualmente los resultadosde lo establecido en este Acuerdo.

Para tales efectos, la Unidad de Desarrollo y Aná-lisis Estadístico realizará los análisis correspon-dientes, y presentará un informe a la Sala Admi-nistrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

ARTÍCULO SÉPTIMO: De conformidad con losartículos 94 y 104 de la Ley 270 de 1996 -Estatu-taria de la Administración de Justicia-, la creaciónde cargos deben orientarse a la solución de proble-mas de la justicia para lo cual es necesaria laelaboración de estudios con fundamento en losinformes que deben rendir los despachos judicialesde tal forma que cualquier prórroga del presenteAcuerdo queda condicionada al cumplimiento delas obligaciones que en materia del suministro deinformación deba rendir institucionalmente la Cor-poración o el Despacho Judicial objeto de descon-gestión.

ARTÍCULO OCTAVO: Publíquese en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 77

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Dado en Bogotá, D .C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3214

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorrogan las medidas dedescongestión para los Juzgados Penales

Municipales de Armenia y Pereira, adoptadaspor el Acuerdo 2978 de 2005.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 63 de la Ley 270 de 1996, y aprobado ensesión de la Sala Administrativa del 21 de diciem-bre de 2005.

ACUERDA

ARTICULO 1°.- Prorrogar máximo hasta el díatreinta (30) de junio de 2006, la medida de descon-gestión adoptada para los Juzgados Penales Mu-nicipales de Armenia y Pereira, mediante el A-cuerdo 2978 de 2005.

ARTÍCULO 2°.- La presente prórroga está sujeta ala expedición del respectivo Certificado de Dis-

ponibilidad Presupuestal por parte de las Direccio-nes Seccionales de Administración Judicial de Ar-menia y Pereira, respectivamente, con cargo alpresupuesto de la vigencia 2006.

ARTÍCULO 3°.- El presente Acuerdo rige a partirde la fecha de su publicación en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D C., a los a los veintidós (22)días del mes de diciembre de dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3215

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorroga la medida de descon-gestión para los Juzgados Penales del Cir-

cuito Especializado de Bogotá y su Centro deServicios Administrativos, adoptada por elAcuerdo 2976 de 2005 y modificada por el

Acuerdo 3161 de 2005.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 78

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tículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidadcon lo aprobado en sesión de la Sala Administra-tiva del 21 de diciembre de 2005

ACUERDA

ARTICULO 1°.- Prorrogar máximo hasta el díatreinta (30) de junio de 2006, la medida de descon-gestión adoptada para los Juzgados Penales delCircuito Especializado de Bogotá y su Centro deServicios Administrativos, adoptada por el Acuerdo2976 de 2005 y modificada por el Acuerdo 3161 de2005.

ARTÍCULO 2°.- La presente prórroga está sujeta ala expedición del respectivo Certificado de Dis-ponibilidad Presupuestal por parte de la DirecciónSeccional de Administración Judicial de Bogotá-Cundinamarca, con cargo al presupuesto de lavigencia 2006.

ARTÍCULO 3°.- El presente Acuerdo rige a partirde la fecha de su publicación en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los a los veintidós (22)días del mes de diciembre de dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3216

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adopta una medida de descon-gestión para la Sala Penal del Tribunal Supe-

rior de Bogotá.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidadcon lo aprobado en sesión del 21 de diciembre de2005.

ACUERDA

ARTICULO 1°.- Crear, a partir del 11 de enero de2006 y máximo hasta el 30 de junio de 2006, dos(2) cargos de Oficial Mayor Nominado y dos (2)cargos de Escribiente Nominado, en la Secretaríade la Sala Penal del Tribunal Superior del DistritoJudicial de Bogotá.

ARTÍCULO 2°.- El nombramiento, en provisionali-dad, de los cargos creados, lo efectuará la SalaPenal del Tribunal Superior de Bogotá.

ARTÍCULO 3°.- La presente creación de cargosestá sujeta a la expedición del respectivo Certifi-cado de Disponibilidad Presupuestal por parte dela Dirección Seccional de Administración Judicialde Bogotá-Cundinamarca, con cargo al presupues-to de la vigencia 2006.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 79

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ARTÍCULO 4°.- La Dirección Seccional de Admin-istración Judicial de Bogotá-Cundinamarca pres-tará el apoyo administrativo y financiero necesariopara la implementación de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- El presente Acuerdo rige a partirde la publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los a los veintidós (22)días del mes de diciembre de dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3217

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorrogan las medidas tendien-tes a descongestionar los juzgados de

ejecución de penas y medidas de seguridadde Neiva, Distrito Judicial del mismo nombre.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas por el artículo63 de la Ley 270 de 1996 y en aplicación del

Acuerdo No.738 del 2000, y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar, máximo hastael 30 de junio de 2006, las medidas de desconges-tión adoptadas en el Acuerdo 2935 de 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO: La prórroga dispuesta enel artículo anterior, está sujeta a la expedición delrespectivo Certificado de Disponibilidad Presu-puestal por parte de la Dirección Ejecutiva Sec-cional de Administración Judicial de Neiva, concargo al presupuesto de la vigencia 2006.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 80

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ACUERDO No. PSAA05-3218

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorrogan las medidas tendien-tes a descongestionar el Circuito Peniten-ciario y Carcelario de Valledupar, Distrito

Judicial del mismo nombre y su correspondi-ente Centro de Servicios Administrativos.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas por el artículo63 de la Ley 270 de 1996 y en aplicación delAcuerdo No.738 del 2000, y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar, máximo hastael 30 de junio de 2006, las medidas de desconges-tión adoptadas en el Acuerdo 2932 de 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO: La prórroga dispuesta enel artículo anterior, está sujeta a la expedición delrespectivo Certificado de Disponibilidad Presu-puestal por parte de la Dirección Ejecutiva Sec-cional de Administración Judicial de Valledupar,con cargo al presupuesto de la vigencia 2006.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3219

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorrogan las medidas tendien-tes a descongestionar el Circuito Penal Espe-

cializado de Ibagué, Distrito Judicial delmismo nombre.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas por el artículo63 de la Ley 270 de 1996 y en aplicación delAcuerdo No.738 del 2000, y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar, máximo hasta el30 de junio de 2006, las medidas de descongestiónadoptadas en el Acuerdo 2931 de 2005.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 81

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ARTÍCULO SEGUNDO: La prórroga dispuesta enel artículo anterior, está sujeta a la expedición delrespectivo Certificado de Disponibilidad Presu-puestal por parte de la Dirección Ejecutiva Sec-cional de Administración Judicial de Ibagué, concargo al presupuesto de la vigencia 2006.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3220

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se establecen medidas dedescongestión para el Consejo de Estado.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo63 de la Ley 270 de 1996, en aplicación del AcuerdoNo. 738 de 2000 y de conformidad con lo aprobado

en sesión de la Sala Administrativa del 21 de di-ciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Crear, con carácter transi-torio, del once (11) de enero y máximo hasta eltreinta (30) de junio de 2006, en cada uno de losdespachos de magistrado de la Sección Primeradel Consejo de Estado, un (1) cargo de Sustan-ciador nominado y un (1) cargo de Oficial Mayornominado.

ARTÍCULO SEGUNDO: Crear, con carácter tran-sitorio, del once (11) de enero y máximo hasta eltreinta (30) de junio de 2006, en los despachos delos Magistrados Ana Margarita Olaya Forero, Tar-cicio Cáceres Toro y Jesús María Lemos Bus-tamante, de la Sección Segunda del Consejo deEstado, un (1) cargo de Auxiliar Judicial Grado 1 yun (1) cargo de Escribiente nominado; y en los tres(3) despachos restantes, un (1) cargo de Sustan-ciador nominado..

ARTÍCULO TERCERO: Crear, con carácter tran-sitorio, del once (11) de enero y máximo hasta eltreinta (30) de junio de 2006, en la Sección Terceradel Consejo de Estado, tres (3) cargos de Magis-trado Auxiliar Nominado, un (1) cargo de Sustan-ciador nominado para cada despacho de Magis-trado y dos (2) cargos de Escribiente nominadopara la Secretaría.

ARTÍCULO CUARTO: Crear, con carácter transi-torio, del once (11) de enero y máximo hasta eltreinta (30) de junio de 2006, en cada uno de losdespachos de magistrado de la Sección Cuarta delConsejo de Estado, un (1) cargo de Sustanciadornominado.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 82

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ARTÍCULO QUINTO: Crear, con carácter transi-torio, del once (11) de enero y máximo hasta eltreinta (30) de junio de 2006, en cada uno de losdespachos de magistrado de la Sección Quinta delConsejo de Estado, un (1) cargo de Oficial Mayornominado.

ARTÍCULO SEXTO: Crear, con carácter transito-rio, del once (11) de enero y máximo hasta el treinta(30) de junio de 2006, en la Secretaría General delConsejo de Estado, un (1) cargo de Oficial Mayornominado, un (1) cargo de Auxiliar Judicial Grado3, un (1) cargo de Escribiente nominado y Tres (3)cargos de Citador Grado 5.

ARTÍCULO SÉPTIMO: El nombramiento, en provi-sionalidad, de los cargos creados en el presenteacuerdo, lo efectuará el respectivo nominador.

ARTÍCULO OCTAVO: El régimen salarial y pres-tacional de los cargos creados será el establecidopara la Rama Judicial.

ARTÍCULO NOVENO: La provisión de los cargoscreados por este Acuerdo se hará una vez la Direc-ción Ejecutiva de Administración Judicial expida elcorrespondiente certificado de disponibilidad pre-supuestal, con cargo al presupuesto de la vigencia2006.

ARTÍCULO DÉCIMO: La Presidencia de cadaSección, remitirá a la Sala Administrativa del Con-sejo Superior de la Judicatura, a través de la Unidadde Desarrollo y Análisis Estadístico, informes men-suales consolidados del impacto de la medida a-doptada. En virtud de los resultados, la Sala Ad-ministrativa del Consejo Superior de la Judicatura,podrá hacer la revisión y evaluación de la medidade que trata el presente Acuerdo.

ARTÍCULO ONCE: El mecanismo de desconges-tión regulado por este Acuerdo tiene vigencia hastael 30 de junio de 2006, sin perjuicio de su prórrogao redefinición por parte de la Sala Administrativadel Consejo Superior de la Judicatura, en virtud desus resultados.

ARTÍCULO DOCE: El presente Acuerdo rige apartir de la fecha de su publicación en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3221

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se establecen medidas dedescongestión para la Sala de Casación Civil

de la Corte Suprema de Justicia.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas por el artículo63 de la Ley 270 de 1996, y en aplicación delAcuerdo 738 de 2000, y de conformidad con lo

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 83

Page 93: GACETA DE LA JUDICATURA - Rama Judicialactosadministrativos.ramajudicial.gov.co/GetFile... · “Por el cual se traslada el cargo de Escribiente Grado 6 del Juzgado Séptimo Penal

aprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Crear con carácter transi-torio, a partir del 11 de enero y hasta el 30 de juniode 2006, en la Sala de Casación Civil de la CorteSuprema de Justicia, tres (3) cargos de ProfesionalEspecializado grado 25.

ARTÍCULO SEGUNDO: El nombramiento, en pro-visionalidad, de los cargos creados por el presenteAcuerdo, lo efectuarán los respectivos nominado-res, de personal de la lista de elegibles y que no seencuentren ocupando cargos en la Rama Judicial.

ARTÍCULO TERCERO: El régimen salarial yprestacional para los cargos creados en el presenteAcuerdo, será el establecido para la Rama Judicial.

ARTÍCULO CUARTO: La provisión de los cargoscreados por este Acuerdo, se hará una vez laDirección Ejecutiva de Administración Judicial ex-pida el certificado de disponibilidad presupuestalrespectivo, con cargo al presupuesto de la vigencia2006.

ARTÍCULO QUINTO: La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, con la inmediatacolaboración de la Presidencia de la Sala de Ca-sación Civil de la Corte Suprema de Justicia, veri-ficará y evaluará mensualmente los resultados delo establecido en este Acuerdo.

Para tales efectos, la Unidad de Desarrollo y A-nálisis Estadístico realizará los análisis correspon-

dientes, y presentará un informe a la Sala Admi-nistrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

ARTÍCULO SEXTO: De conformidad con los ar-tículos 94 y 104 de la Ley 270 de 1996 -Estatutariade la Administración de Justicia-, la creación decargos deben orientarse a la solución de problemasde la justicia para lo cual es necesaria la elabo-ración de estudios con fundamento en los informesque deben rendir los despachos judiciales de talforma que cualquier prórroga del presente Acuerdoqueda condicionada al cumplimiento de las obli-gaciones que en materia del suministro de informa-ción deba rendir institucionalmente la Corporacióno el Despacho Judicial objeto de descongestión.

ARTÍCULO SÉPTIMO: La Dirección Ejecutiva deAdministración Judicial brindará el apoyo adminis-trativo y financiero efectivo para la aplicación deeste mecanismo de descongestión.

ARTÍCULO OCTAVO: Publíquese en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 84

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ACUERDO No. PSAA05-3222

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se establecen medidas dedescongestión para la Secretaría de la Corte

Constitucional.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial las conferidas por el artículo 63de la Ley 270 de 1996 y en aplicación del AcuerdoNo. 738 del 2000,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear con carácter transi-torio, a partir del 11 de enero y hasta el 30 de juniode 2006, en la Secretaría de la Corte Constitucio-nal, los siguientes cargos:

Dos (2) cargos de Escribiente nominadoDos (2) cargos de Oficial Mayor nominadoDos (2) cargos de Auxiliar Judicial 5

ARTÍCULO SEGUNDO.- El nombramiento, en pro-visionalidad, de los cargos creados por el presenteAcuerdo, lo efectuarán los respectivos nominado-res, de personal que no se encuentre ocupandocargos en la Rama Judicial.

ARTÍCULO TERCERO.- El régimen salarial yprestacional para los cargos creados en el presenteAcuerdo, será el establecido para la Rama Judicial.

ARTÍCULO CUARTO.- La provisión de los cargoscreados por este Acuerdo, se hará una vez laDirección Ejecutiva de Administración Judicial ex-pida el certificado de disponibilidad presupuestalrespectivo, con cargo al presupuesto de la vigencia2006.

ARTÍCULO QUINTO.- La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, con la inmediatacolaboración de la Presidencia de la Corte Consti-tucional, verificará y evaluará mensualmente losresultados de lo establecido en este Acuerdo.

Para tales efectos, la Unidad de Desarrollo y A-nálisis Estadístico realizará los análisis correspon-dientes, y presentará un informe a la Sala Ad-ministrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

ARTÍCULO SEXTO.- De conformidad con los ar-tículos 94 y 104 de la Ley 270 de 1996 -Estatutariade la Administración de Justicia-, la creación decargos deben orientarse a la solución de problemasde la justicia para lo cual es necesaria la elabo-ración de estudios con fundamento en los informesque deben rendir los despachos judiciales de talforma que cualquier prórroga del presente Acuerdoqueda condicionada al cumplimiento de las obli-gaciones que en materia del suministro de informa-ción deba rendir institucionalmente la Corporacióno el Despacho Judicial objeto de descongestión.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- El presente Acuerdo rigea partir de la fecha de publicación en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 85

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ACUERDO No. PSAA05-3223

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adopta una medida de descon-gestión para algunos Juzgados Penales del

Circuito de Armenia.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidadcon lo aprobado en sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTICULO 1°.- Crear, a partir del día 11 de enerode 2006 y máximo hasta el 30 de junio de 2006, un(1) cargo de Oficial Mayor, en los Juzgados Ter-cero y Quinto Penales del Circuito de Armenia.

ARTÍCULO 2°.- El nombramiento, en provisionali-dad, de los cargos creados, lo efectuará cada jueztitular del despacho.

ARTÍCULO 3°.- La presente creación de cargosestá sujeta a la expedición del respectivo Certifi-cado de Disponibilidad Presupuestal.

ARTÍCULO 4°.- La presente creación de cargosestá sujeta a la expedición del respectivo Certifi-cado de Disponibilidad Presupuestal por parte dela Dirección Seccional de Administración Judicialde Armenia, con cargo al presupuesto de la vigen-cia 2006.

ARTÍCULO 5°.- El presente Acuerdo rige a partirde su publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los a los veintidós (22)días del mes de diciembre de dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3224

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorroga la medida de descon-gestión para los Juzgados Penales Munici-pales de Bogotá, adoptada por el Acuerdo2975 de 2005 y modificada por el Acuerdo

3160 de 2005.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidadcon lo aprobado en sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 86

Page 96: GACETA DE LA JUDICATURA - Rama Judicialactosadministrativos.ramajudicial.gov.co/GetFile... · “Por el cual se traslada el cargo de Escribiente Grado 6 del Juzgado Séptimo Penal

ACUERDA

ARTICULO 1°.- Prorrogar máximo hasta el díatreinta (30) de junio de 2006, la medida de descon-gestión adoptada para los Juzgados Penales Mu-nicipales de Bogotá mediante el Acuerdo 2975 de2005 y modificada por el Acuerdo 3160 de 2005.

ARTÍCULO 2°.- La presente prórroga está sujeta ala expedición del respectivo Certificado de Dis-ponibilidad Presupuestal por parte de la DirecciónSeccional de Administración Judicial de Bogotá-Cundinamarca, con cargo al presupuesto de lavigencia 2006.

ARTÍCULO 3°.- El presente Acuerdo rige a partirde la fecha de su publicación en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3225

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorrogan las medidas tendien-tes a descongestionar el Centro de ServiciosAdministrativos de los Juzgados de Ejecución

de Penas y Medidas de Seguridad de Bo-gotá, Distrito Judicial del mismo nombre.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas por el artículo63 de la Ley 270 de 1996 y en aplicación delAcuerdo No.738 del 2000, y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar, máximo hastael 30 de junio de 2006, las medidas de desconges-tión adoptadas en el Acuerdo 2938 de 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO: La prórroga dispuesta enel artículo anterior, está sujeta a la expedición delrespectivo Certificado de Disponibilidad Presu-puestal por parte de la Dirección Ejecutiva Sec-cional de Administración Judicial de Bogotá-Cun-dinamarca, con cargo al presupuesto de la vigencia2006.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 87

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PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3226

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorrogan las medidas tendien-tes a descongestionar el Circuito Peniten-ciario y Carcelario de Villavicencio, Distrito

Judicial del mismo nombre.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas por el artículo63 de la Ley 270 de 1996 y en aplicación delAcuerdo No.738 del 2000, y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar, máximo hastael 30 de junio de 2006, las medidas de desconges-tión adoptadas en el Acuerdo 2926 de 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO: La prórroga dispuesta enel artículo anterior, está sujeta a la expedición delrespectivo Certificado de Disponibilidad Presu-puestal por parte de la Dirección Ejecutiva Sec-cional de Administración Judicial de Villavicencio,con cargo al presupuesto de la vigencia 2006.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3227

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorrogan las medidas tendien-tes a descongestionar el Circuito Penal Espe-

cializado de Cartagena, Distrito Judicial delmismo nombre.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas por el artículo

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 88

Page 98: GACETA DE LA JUDICATURA - Rama Judicialactosadministrativos.ramajudicial.gov.co/GetFile... · “Por el cual se traslada el cargo de Escribiente Grado 6 del Juzgado Séptimo Penal

63 de la Ley 270 de 1996 y en aplicación delAcuerdo No.738 del 2000, y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar, máximo hastael 30 de junio de 2006, las medidas de desconges-tión adoptadas en el Acuerdo 2933 de 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO: La prórroga dispuesta enel artículo anterior, está sujeta a la expedición delrespectivo Certificado de Disponibilidad Presu-puestal por parte de la Dirección Ejecutiva Sec-cional de Administración Judicial de Cartagena,con cargo al presupuesto de la vigencia 2006.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) días dediciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3228

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se prorrogan las medidas tendien-tes a descongestionar el Circuito Penal Espe-cializado de Villavicencio, Distrito Judicial del

mismo nombre.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas por el artículo63 de la Ley 270 de 1996 y en aplicación delAcuerdo No.738 del 2000, y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar, máximo hasta el30 de junio de 2006, las medidas de descongestiónadoptadas en el Acuerdo 2928 de 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO: La prórroga dispuesta enel artículo anterior, está sujeta a la expedición delrespectivo Certificado de Disponibilidad Presu-puestal por parte de la Dirección Ejecutiva Sec-cional de Administración Judicial de Villavicencio,con cargo al presupuesto de la vigencia 2006.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 89

Page 99: GACETA DE LA JUDICATURA - Rama Judicialactosadministrativos.ramajudicial.gov.co/GetFile... · “Por el cual se traslada el cargo de Escribiente Grado 6 del Juzgado Séptimo Penal

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3229

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se precisa el Acuerdo No. 3143de 2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidadcon lo aprobado en sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Precisar los numerales 1,2, 3, 4, y 5 del Artículo Primero del Acuerdo No.3143 de Diciembre 15 de 2005, el cual quedará así:

“... ARTÍCULO PRIMERO.- Trasladar a par-tir del primero (1º) de enero de 2006, lossiguientes cargos en el Distrito Judicial deTunja, provistos en propiedad:

1. El cargo de Oficial Mayor, de más recientevinculación, del Juzgado Cuarto Penal del

Circuito de Tunja, al Juzgado Segundo Labo-ral de Tunja, Circuito Judicial del mismonombre, donde el cargo de Oficial Mayor seencuentra en provisionalidad.

2. El cargo de Escribiente, de más recientevinculación, del Juzgado Primero Civil delCircuito de Tunja, al Juzgado Primero Labo-ral de Tunja, Circuito Judicial del mismonombre.

3. El cargo de Escribiente, de más recientevinculación, del Juzgado Segundo Civil delCircuito de Tunja, al Juzgado Segundo Labo-ral de Tunja, Circuito Judicial del mismonombre.

4. El cargo de Escribiente, de más recientevinculación, del Juzgado Tercero Civil delCircuito de Tunja, al Juzgado Tercero Labo-ral de Tunja, Circuito Judicial del mismonombre.

5. El cargo de Escribiente, de más recientevinculación, del Juzgado Cuarto Civil del Cir-cuito de Tunja, al Juzgado Cuarto Laboral deTunja, Circuito Judicial del mismo nombre..."

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigea partir de la fecha de publicación en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 90

Page 100: GACETA DE LA JUDICATURA - Rama Judicialactosadministrativos.ramajudicial.gov.co/GetFile... · “Por el cual se traslada el cargo de Escribiente Grado 6 del Juzgado Séptimo Penal

ACUERDO No. PSAA05-3230

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se traslada el cargo de EscribienteGrado 6 del Juzgado Séptimo Penal Municipal de

Cali, Circuito y Distrito Judicial de Cali”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidadcon lo aprobado en sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Trasladar el cargo deEscribiente Grado 6, del Juzgado Séptimo PenalMunicipal de Cali al Juzgado Segundo Civil Munici-pal de Cali, donde el cargo se encuentra provistoen provisionalidad,

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura y deroga el numeral 1, del Artículo Primerodel Acuerdo No. 3125 de diciembre 15 de 2005.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidencia

ACUERDO No. PSAA05-3231

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se determina la cantidad de de-spachos judiciales que se incorporarán al

Sistema Penal Acusatorio en los Distritos Ju-diciales de Cali y Buga.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial de las señaladas en el ar-tículo 89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39y 528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad conlo aprobado en la sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- El Sistema Penal Acusa-torio en los Distritos Judiciales de Cali y Buga, seráatendido por la siguiente cantidad de DespachosJudiciales:

DISTRITO JUDICIAL DE CALI8 Despachos de Magistrado de Sala Penal

Circuito Judicial de CaliMunicipio de Cali5 Juzgados Penales de Circuito Especializados3 Juzgados Penales del Circuito con Funciones de

Conocimiento, uno de los cuales iniciará laboresel 1º de enero de 2006.

18 Juzgados Penales Municipales con Funciones deControl de Garantías Constitucionales

3 Juzgados Penales Municipales con Funciones deConocimiento

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 91

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Municipio de Dagua1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Jamundí3 Juzgados Promiscuos Municipales

Municipio de La Cumbre1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Vijes1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Yumbo2 Juzgados Penales Municipales

DISTRITO JUDICIAL DE BUGA5 Despachos de Magistrado de Sala Penal

Circuito judicial de BugaMunicipio de Buga3 Juzgados Penales de Circuito Especializados2 Juzgados Penales del Circuito, uno de los cuales

iniciará labores el 1º de enero de 2006.1 Juzgado Penal Municipal con Funciones de

Conocimiento2 Juzgados Penales Municipales con Funciones de

Control de Garantías Constitucionales

Municipio de Calima - El Darién1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Ginebra1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Guacarí1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Restrepo1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Yotoco1 Juzgado Promiscuo Municipal

Circuito judicial de BuenaventuraMunicipio de Buenaventura3 Juzgados Penales del Circuito1 Juzgado Penal Municipal con Funciones de

Conocimiento3 Juzgados Penales Municipales con Funciones de

Control de Garantías Constitucionales

Circuito judicial de CartagoMunicipio de Cartago3 Juzgados Penales del Circuito, uno de los cuales

iniciará labores el 1º de enero de 2006.1 Juzgado Penal Municipal con Funciones de

Conocimiento2 Juzgados Penales Municipales con Funciones de

Control de Garantías Constitucionales

Municipio de Alcalá1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Ansermanuevo1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Argelia1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de El Águila1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de El Cairo1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de La Victoria1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Obando1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de San José del Palmar (Chocó)1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Ulloa1 Juzgado Promiscuo Municipal

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 92

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Circuito judicial de PalmiraMunicipio de Palmira4 Juzgados Penales del Circuito, uno de los cuales

iniciará labores el 1º de enero de 2006.1 Juzgado Penal Municipal con Funciones de

Conocimiento3 Juzgados Penales Municipales con Funciones de

Control de Garantías Constitucionales

Municipio de Candelaria2 Juzgados Promiscuos Municipales

Municipio de El Cerrito2 Juzgados Promiscuos Municipales

Municipio de Florida2 Juzgados Promiscuos Municipales

Municipio de Pradera1 Juzgado Promiscuo Municipal

Circuito judicial de RoldanilloMunicipio de Roldanillo1 Juzgado Penal del Circuito, el cual iniciará labo-

res el 1º de enero de 2006.1 Juzgado Penal Municipal2 Juzgados Penales Municipales con Funciones de

Control de Garantías Constitucionales

Municipio de Bolívar1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de El Dovio1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de La Unión1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Toro1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Versalles1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Zarzal1 Juzgado Promiscuo Municipal

Circuito judicial de SevillaMunicipio de Sevilla1 Juzgado Penal del Circuito, el cual iniciará labo-

res el 1º de enero de 2006.1 Juzgado Penal Municipal2 Juzgados Penales Municipales con Funciones de

Control de Garantías Constitucionales

Municipio de Caicedonia1 Juzgado Promiscuo Municipal

Circuito judicial de TuluáMunicipio de Tuluá3 Juzgados Penales del Circuito, uno de los cuales

iniciará labores el 1º de enero de 2006.1 Juzgado Penal Municipal con Funciones de

Conocimiento2 Juzgados Penales Municipales con Funciones de

Control de Garantías Constitucionales

Municipio de Andalucía1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Bugalagrande1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Riofrío1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de San Pedro1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Trujillo1 Juzgado Promiscuo Municipal

PARÁGRAFO PRIMERO.- Los despachos judi-ciales que no sean incorporados al Sistema PenalAcusatorio a partir del 1 de enero de 2006 con-tinuarán atendiendo y depurando los asuntos cuyotrámite corresponda al sistema previsto en la ley600 de 2000, sin perjuicio de las demás competen-cias atribuidas constitucional o legalmente, hastatanto la Sala Administrativa del Consejo Superiorde la Judicatura determine su reordenamiento de-

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 93

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finitivo, ingresando al sistema de manera gradual,de acuerdo con las necesidades del servicio es-tablecidas por la Sala Administrativa del ConsejoSuperior de la Judicatura, con base en el monitoreopermanente a la implementación del sistema.

PARÁGRAFO SEGUNDO. La Sala Administrativadel Consejo Superior de la Judicatura, por acuerdoseparado, individualizará los despachos que con-tinuarán en el sistema actual y reglamentará suorganización, funcionamiento y distribución de lacarga que deben atender.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los Juzgados de Eje-cución de Penas y Medidas de Seguridad haránparte del actual Circuito Penitenciario y Carcelarioy mantendrán la estructura, organización y compe-tencia actuales.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente acuerdo rigea partir de la fecha de su expedición. Publíqueseen la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3232

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crea el Centro de Servicios Ju-diciales para los Juzgados Penales de Cali yse organizan sus funciones, con ocasión dela implementación del Nuevo Sistema Penal

Oral Acusatorio.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en los numer-ales 13 y 14 del Artículo 85 de la Ley 270 de 1996,y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 528de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO 1º.- CREACIÓN: Crear, a partir del 1°de enero de 2006, el Centro de Servicios Judicialespara los Juzgados Penales Municipales y del Cir-cuito de Cali, con sede en la ciudad de Cali, adscritoa los juzgados de la sede respectiva, para el cum-plimiento de las funciones administrativas del nue-vo Sistema Penal Oral Acusatorio.

El Centro de Servicios Judiciales atenderá tambiénlas sedes descentralizadas que se requieran frentea las cargas de trabajo y la descentralización delservicio de Justicia.

Del Centro de Servicios Judiciales dependerán losCentros de Servicios Judiciales descentralizadosque cree la Sala Administrativa del Consejo Supe-rior de la Judicatura.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 94

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ARTÍCULO 2º.- PLANTA DE PERSONAL: El Cen-tro de Servicios Judiciales para los Juzgados Pe-nales de Cali tendrá la siguiente planta de personal:

1 Juez Coordinador del Centro1 Secretario de Juzgado de Circuito1 Oficial mayor o Sustanciador de Circuito21 Escribientes de Circuito17 Citadores de Circuito13 Escribientes de Municipal18 Citadores de Municipal72 Total

El régimen legal de los cargos que conforman elCentro de Servicios Judiciales corresponde al deCarrera Judicial.

ARTÍCULO 3º.- DETERMINACION DEL NUME-RO DE EMPLEADOS POR GRUPO DE TRABA-JO: La Sala Administrativa del Consejo Seccionalde la Judicatura del Valle del Cauca determinará,de acuerdo con los volúmenes y cargas de trabajo,el número de empleados de cada grupo de trabajo,de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4ºde este Acuerdo, lo mismo que los movimientos depersonal entre las distintas sedes.

ARTÍCULO 4º.- ASIGNACION DE FUNCIONES:El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judi-ciales, previa consulta a la Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura del Valle delCauca, asignará funciones y tareas a los emplea-dos del Centro, ubicándolos por grupos de trabajode acuerdo con los perfiles de cada uno de ellos.

ARTÍCULO 5º.- ASIGNACION TRANSITORIA DEFUNCIONES: El juez coordinador podrá disponerla asignación transitoria de empleados en gruposdistintos a aquellos a que están adscritos, cuandoello fuere necesario para atender situaciones emer-gentes o especiales del servicio.

ARTÍCULO 6º.- EVALUACION DE CONFORMA-CION DE LOS GRUPOS DE TRABAJO: La SalaAdministrativa del Consejo Seccional de la Judica-tura del Valle del Cauca, evaluará, por lo menosuna vez cada trimestre, la conformación de losgrupos de trabajo.

ARTÍCULO 7º.- INCORPORACION DE EMPLEA-DOS AL CENTRO DE SERVICIOS: A medida quese vayan incorporando nuevos juzgados al SistemaPenal Acusatorio, los empleados de dichos de-spachos que no sean seleccionados para continuaren el juzgado, serán asignados al Centro de Serv-icios Judiciales.

ARTÍCULO 8º.- FUNCION DE COORDINACION:La función de la Coordinación General del Centroserá la de dirigir, coordinar y orientar todas lasfunciones administrativas que les sean asignadasa los Centros de Servicios Judiciales, incluyendolos descentralizados que cree la Sala Administra-tiva del Consejo Superior de la Judicatura.

ARTÍCULO 9º.- GRUPOS DE TRABAJO: El Cen-tro de Servicios Judiciales de los Juzgados Penalesde Cali, será organizado por grupos así:

Grupo de Administración de Salas de Audien-cia. Función Básica: Verificar los equipos tec-nológicos, administrar y asignar las salas com-partidas, mantener y preparar los equipos de gra-bación.

Grupo de Archivo Tecnológico. Función Bá-sica: Organizar los dispositivos grabados y el ar-chivo, conservar y custodiar los mismos y res-ponder por la producción técnica de los dispositivosgrabados.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 95

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Grupo de Atención al Usuario. Función Básica:Informar y orientar a las partes intervinientes, aten-der las peticiones del público y publicar la informa-ción producida en el Centro de Servicios Judiciales.

Grupo de Comunicaciones. Función Básica:Notificar, elaborar y comunicar las citaciones, en-tregar solicitudes a establecimientos carcelarios,localizar defensores, recepcionar y tramitar la cor-respondencia.

Grupo de Depósitos Judiciales. Función Bási-ca: Custodiar, manejar y contabilizar los títulos yde-pósitos judiciales.

Grupo de Ejecución de Penas. Función Básica:Diligenciar fichas técnicas y tramitar sentenciasante los Juzgados de Ejecución de Penas y Medi-das de Seguridad.

Grupo de Reparto y Asignaciones. Función Bá-sica: Repartir los asuntos, asignar jueces a au-di-encias y elaborar reportes de gestión.

ARTÍCULO 10º.- TURNOS. Los empleados adscri-tos a los Grupos de Reparto y Asignaciones; Aten-ción al Usuario, Archivo Tecnológico y Adminis-tración de Salas de Audiencias de los Centros deServicios Judiciales trabajarán en los turnos quedisponga la Sala Administrativa del Consejo Sec-cional de la Judicatura del Valle del Cauca, el cualpuede incluir fines de semana y festivos y horarionocturno.

ARTÍCULO 11º.- FUNCIONES. El Centro de Serv-icios Judiciales de los Juzgados Penales de Cali,así como en las sedes descentralizadas que es-tablezca la Sala Administrativa, desempeñarán lasfunciones establecidas en el Acuerdo 1856 de 2003

que no desvirtúen el Sistema Penal Acusatorio,junto con las establecidas en el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 12º. FUNCIONES DEL GRUPO DEREPARTO Y ASIGNACIONES: El Grupo deReparto y Asignaciones tendrá las siguientes fun-ciones:

1. Efectuar diariamente el reparto, automatiza-do o manual, de los procesos y asuntos queingresen a los despachos judiciales de susede, de conformidad con los reglamentosexpedidos por la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura.

2. Asignar organizadamente y de acuerdo acriterios de urgencia, los casos que ingresenpara los Jueces con Funciones de Control deGarantías Constitucionales.

3. Elaborar para el Juez Coordinador, el reportede la gestión llevada a cabo en relación conel reparto, en los términos del Acuerdo 1856de 2003.

4. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 13º.- FUNCIONES DEL GRUPO DECOMUNICACIONES: El Grupo de Comunicacio-nes tendrá las siguientes funciones:

1. Realizar de manera oportuna y eficiente elprocedimiento de las notificaciones que nose surtan en audiencia conforme a ley proce-sal y a los Acuerdos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 96

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2. Digitar, tramitar y efectuar las notificaciones,citaciones y entrega de correspondencia quesean del caso, por encarcelamiento o liber-tad, a los establecimientos carcelarios y pe-nitenciarios y similares. Cuando la ley pro-cesal lo permita, se podrá citar, notificar yenviar correspondencia por el medio másexpedito posible siempre y cuando se dejeconstancia del envío correspondiente.

3. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de lacorrespondencia resultante de la actividadde los jueces, a las partes, víctimas, interv-inientes, terceros, y a las oficinas públicas yprivadas del caso, relacionadas con medidascautelares y/o definitivas que afecten bienes.

4. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de todala correspondencia y citaciones destinada alas entidades como el INPEC, Defensoríadel Pueblo, Procuraduría General de la Na-ción, Fiscalía General de la Nación, DAS,Registraduría Nacional del Estado Civil, Su-perintendencias y similares.

5. Digitar, tramitar y efectuar todas las notifica-ciones, citaciones y correspondencia que seoriginen en acciones de tutela, habeas cor-pus y demás asuntos sometidos al cono-cimiento de los jueces penales de la sede.

6. Recibir, clasificar y dar curso a todas laspeticiones y comunicaciones con destino alos jueces penales de su sede.

7. Colaborar con el Juez Coordinador en elcumplimiento de sus funciones.

8. Velar por la custodia y buen manejo de todoslos documentos que se emanen por el cum-plimiento de sus funciones.

9. Prestar el servicio de fotocopiado y de fax delos asuntos de carácter oficial.

10. Procurar la localización y consecución opor-tuna y aviso de audiencias a los defensores.

11. Digitar todas las actuaciones en el softwarede gestión Siglo XXI y actualizaciones quecorrespondan al Centro de Servicios Judi-ciales.

12. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 14º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEDEPÓSITOS JUDICIALES: El Grupo de DepósitosJudiciales tiene las siguientes funciones:

1. Realizar las labores de custodia y manejo delos títulos judiciales, cuando los hubiere, y laadministración de los depósitos judiciales delos despachos de su sede, de conformidadcon los reglamentos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Velar por la organización, custodia y buenapresentación de las instalaciones, libros, ar-chivos, elementos y equipos de trabajo engeneral.

3. Colaborar con el Secretario y el Juez Coor-dinador en el cumplimiento de sus funciones.

4. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 15º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEARCHIVO TECNOLÓGICO: El Grupo de ArchivoTecnológico tiene las siguientes funciones:

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 97

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1. Rotular, de acuerdo con los parámetros quese indiquen para tal efecto, los dispositivosgrabados tanto de audio como de video osimilares.

2. Archivar, conservar y custodiar en debidaforma los dispositivos grabados.

3. Elaborar y actualizar un inventario de la lo-calización de los dispositivos grabados parafacilitar su ubicación y utilización por parte delos jueces y empleados de su sede, de laspartes e intervinientes en el proceso penal ydemás interesados.

4. Realizar la reproducción técnica de los dis-positivos grabados o de partes de ellos cuan-do se requiera por parte de los jueces yempleados de su sede, partes e intervinien-tes del proceso penal y demás interesados.

5. Atender en forma oportuna los requerimien-tos de los jueces de su sede en materia dearchivo, custodia, rotulación y reproducciónde todo el archivo tecnológico

6. Mantener en buen estado los equipos dearchivo tecnológico.

7. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 16º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEADMINISTRACIÓN DE SALAS DE AUDIENCIA:El Grupo de Administración de Salas desempeñarálas siguientes funciones:

1. Verificar la adecuada instalación de los equi-pos tecnológicos para la celebración de to-das las audiencias.

2. Administrar y asignar las salas compartidas,en colaboración con los jueces, para la cele-bración de las audiencias que requieran deéstas salas.

3. Colaborar con los Secretarios de cada Juz-gado en el mantenimiento y preparación delos equipos de grabación de las audienciasde las salas adscritas a los despachos de losjueces.

4. Informar a los Jueces de su sede, partes eintervinientes del proceso penal y público engeneral, la programación de las audienciascon los datos relevantes del proceso.

5. Resolver todos los problemas técnicos quese presenten antes o durante el transcursode las audiencias.

6. Velar, en coordinación con los secretarios delos juzgados de su sede, por la correctacelebración de las audiencias, del ingresodel público y los medios de comunicación ycontribuir a garantizar el orden dentro de lasmismas.

7. Las demás que, en ejercicio de sus atribucio-nes, le sean asignadas por el superior inme-diato.

ARTÍCULO 17º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEATENCIÓN AL USUARIO: El Grupo de Atenciónal Usuario tendrá a su cargo las siguientes funcio-nes:

1. Informar y orientar a las partes e intervinien-tes del proceso penal y público en generalsobre toda la información relacionada con lagestión propia del Centro.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 98

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2. Atender toda petición del público en generalen relación con las funciones administrativasdel Centro.

3. Actualizar toda la información producida porel Centro que pueda ser relevante para lainformación al público.

4. Coordinar con cada secretario de los Gruposdel Centro, para efectos de información alpúblico en general, la información que cadagrupo suministra al público.

5. Velar porque las quejas y observacionessobre el desempeño del Centro o de losDespachos de su sede sean canalizadas einformadas a tiempo a cada secretario degrupo y al Juez Coordinador.

6. Publicar en sitios de acceso fácil al públicotoda la información producida por el centroque sea necesaria comunicar.

7. Velar porque los espacios destinados a in-formación al público brinden información ac-tualizada y pertinente.

8. Las demás que, en ejercicio de sus atribucio-nes, le sean asignadas por el superior inme-diato.

ARTÍCULO 18º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEEJECUCIÓN DE PENAS: El Grupo de Ejecuciónde Penas tendrá a su cargo las siguientes funcio-nes:

1. Diligenciar las Fichas de condenados paraser remitidas a los Juzgados de Ejecución dePenas y Medidas de Seguridad correspon-dientes.

2. Alimentar el software respectivo en relacióncon los documentos y sentencias que debenenviarse a los Juzgados de ejecución dePenas y Medidas de Seguridad.

3. Remitir a los Juzgados de Ejecución de Pe-nas y Medidas de Seguridad las sentencias,fichas y documentos de soporte de los con-denados con sentencia ejecutoriada.

4. Diligenciar las planillas correspondientes alas fichas diligenciadas, con el fin de rendirinforme de su gestión.

5. Archivar las correspondientes diligenciasuna vez realizada su gestión.

6. Las demás que, en ejercicio de sus atribucio-nes, le sean asignadas por el superior inme-diato.

ARTÍCULO 19º.- CAPACITACION: La Escuela Ju-dicial “Rodrigo Lara Bonilla” capacitará a los em-pleados que sean trasladados de los juzgados pe-nales al Centro de Servicios, de acuerdo a lasfunciones que desempeñarán.

ARTÍCULO 20º.- REGIMEN SALARIAL Y PRES-TACIONAL: El régimen salarial, prestacional y decarrera de los empleados del Centro de ServiciosJudiciales de Cali será el establecido para la RamaJudicial.

ARTÍCULO 21º.- PROVISION DE LOS CARGOS:Los cargos del Centro de Servicios Judiciales delos Juzgados Penales de Cali y de las sedes des-centralizadas, serán provistos mediante los tras-lados que disponga la Sala Administrativa del Con-sejo Superior de la Judicatura, de acuerdo con losvolúmenes de trabajo previstos para el SistemaAcusatorio, y los que resulten del monitoreo y se-guimiento del nuevo sistema.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 99

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ARTÍCULO 22º.- MODIFICACION DE LA PLAN-TA DE PERSONAL: La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura podrá modificarla planta de personal de los Centros de ServiciosJudiciales de acuerdo a los volúmenes de trabajoque ocasione el nuevo Sistema Acusatorio.

ARTÍCULO 23º.- ORGANIZACIÓN DEL CENTRODE SERVICIOS JUDICIALES: El Centro de Serv-icios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio en elMunicipio de Cali estará conformado por:

- El Comité General- El Juez Coordinador- Un Secretario.

ARTÍCULO 24°.- COMITÉ GENERAL DEL CEN-TRO DE SERVICIOS JUDICIALES: El Comité Ge-neral del Centro de Servicios Judiciales de Caliestará integrado por:

- El Juez Coordinador.- Un Juez Penal del Circuito de Cali, perteneciente

al Sistema Penal Oral Acusatorio.- Un Juez Penal Municipal de Cali, perteneciente

al Sistema Penal Oral Acusatorio.- El Secretario del Centro de Servicios Judiciales.- El Presidente de la Sala Administrativa del Con-

sejo Seccional de la Judicatura del Valle delCauca o su delegado.

- El Director Ejecutivo Secciona de la Administra-ción Judicial del Valle del Cauca o su delegado.

El Comité General del Centro de Servicios Judi-ciales tendrá a su cargo la escogencia de las per-sonas que han de ser nombradas en provisio-nalidad en los cargos adscritos a dicho Centro.

Los miembros del Comité se reunirán cuando unode ellos lo convoque.

ARTÍCULO 25°.- JUEZ COORDINADOR. El JuezCoordinador será el representante de los JuecesPenales que integran el Sistema Penal Acusatorioy será de dedicación exclusiva.

El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judi-ciales de los Jueces Penales en el Sistema PenalAcusatorio será elegido para períodos institucion-ales de un (1) año contados a partir del 1º de enero.

La elección se realizará dentro de los diez (10)primeros días del mes de diciembre de cada año,por la Sala Penal del Tribunal Superior del DistritoJudicial de Cali.

ARTÍCULO 26°.- FUNCIONES ADMINISTRATI-VAS DEL JUEZ COORDINADOR: El Juez Coordi-nador ejercerá las siguientes funciones adminis-trativas:

a) Proveer los cargos del centro de servicios.

Cuando se trate de nombramientos en pro-piedad o en encargo, el Juez Coordinadoractuará de manera autónoma.

Para los eventos de nombramientos en pro-visionalidad, el Juez Coordinador deberáconvocar a los miembros del Comité Generala que hace referencia el Artículo 24° delpresente Acuerdo, para que, por mayoríaabsoluta, hagan la escogencia de las perso-nas que han de ser nombradas.

b) Resolver sobre situaciones administrativasprevistas en la ley, respecto de los emplea-dos del centro de servicios.

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 100

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c) Evaluar y calificar a los empleados del centrode servicios conforme al régimen de la Car-rera Judicial.

d) Conocer de los procesos disciplinarios quese adelanten contra los empleados del cen-tro de servicios.

e) Rendir informes a la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura sobre lamarcha global del Centro de Servicios Judi-ciales.

ARTÍCULO 27°.- FUNCIONES JUDICIALES DELJUEZ COORDINADOR. El Juez Coordinador de-berá cumplir con las siguientes funciones judicia-les:

a) Servir de enlace entre los Jueces que ejer-cen la Función de Control de GarantíasConstitucionales y las instituciones e intervi-nientes en el proceso penal, para el cum-plimiento de las funciones jurisdiccionalesque corresponden a aquellos.

b) Reemplazar en sus turnos a los Jueces queejerzan la Función de Control de GarantíasConstitucionales, cuando de manera intem-pestiva y por razones de fuerza mayor o casofortuito, les sea imposible acudir a su lugarde trabajo o deban abandonarlo.

c) Velar porque el reparto de los asuntos ydiligencias que se tramitan por el centro deservicios sea equitativo y eficiente.

d) Proferir los autos que dispongan las citacio-nes señaladas en los artículos 171 y 172 delCódigo de Procedimiento Penal.

e) Proferir las providencias que correspondande conformidad con la ley, en relación conlas personas que se encuentren privadas dela libertad y que estén a disposición de losJueces que ejercen la función de Control deGarantías.

ARTÍCULO 28°.- ATRIBUCIONES DEL JUEZ CO-ORDINADOR: El Juez Coordinador, además de lasfunciones judiciales y administrativas antes seña-ladas, ejercerá las siguientes atribuciones:

a) Programar la fecha, hora y lugar para lacelebración de las audiencias preliminares yde conocimiento que solicitan las partes eintervinientes en el proceso penal.

b) Modificar los turnos y la asignación de losJueces en y entre las distintas sedes judi-ciales, por necesidades del servicio.

c) Adoptar medidas urgentes y transitorias paratrasladar entre las diferentes sedes judicia-les, el lugar de celebración de audiencias.

d) Trasladar transitoriamente a los empleadosdel Centro de Servicios Judiciales a los Juz-gados Penales Municipales y del Circuitocuando las necesidades del servicio lo re-quieran y de acuerdo con la disponibilidaddel talento humano.

ARTÍCULO 29°.- SECRETARIO DEL CENTRODE SERVICIOS JUDICIALES: Habrá un Secre-tario en el Centro de Servicios Judiciales, que de-penderá en forma directa del Juez Coordinador.

El Secretario, además de las funciones propias quecorresponden a dicho cargo en cualquier DespachoJudicial, deberá cumplir con las siguientes:

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a) Controlar los términos y producir las comu-nicaciones que correspondan de conformi-dad con la ley, en relación con las personasque se encuentren privadas de la libertad yque estén a disposición de los Jueces queejercen la Función de Control de GarantíasConstitucionales.

b) Tramitar las citaciones que ordenen los Jue-ces que ejercen la Función de Control deGarantías Constitucionales conforme al con-tenido de los artículos 171 y 172 del Códigode Procedimiento Penal, así como las comu-nicaciones que a ellos se dirijan.

c) Responder por la custodia de los títulos judi-ciales y la administración de los depósitosjudiciales de los Juzgados que ejercen Fun-ción de Control de Garantías Constitucion-ales y de Conocimiento.

d) Administrar las Salas de Audiencias, con-forme a la reglamentación que expida la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

e) Responder por la custodia provisional de lasevidencias, pruebas y elementos del pro-ceso.

f) Administrar y custodiar los registros y losarchivos físicos y tecnológicos de las ac-tuaciones y diligencias que deban reposar enlos Juzgados que cumplen la Función deControl de Garantías Constitucionales.

g) Garantizar, en coordinación con los Juecesque ejercen la Función de Control de Garan-tías Constitucionales, la publicidad en lasaudiencias, salvo las expresamente someti-das a reserva según la ley.

h) Presentar informes estadísticos de la gestióndel Centro de Servicios Judiciales.

i) Las demás funciones que sean necesariaspara el cumplimiento oportuno de los térmi-nos judiciales, la prestación eficiente del ser-vicio de justicia, la organización, custodia,conservación y buena presentación de loselementos de trabajo.

ARTÍCULO 30°.- REUNIONES DE LOS JUECES:Los jueces se reunirán a solicitud del Presidente dela Sala Administrativa del Consejo Seccional de laJudicatura del Valle del Cauca o de cualquiera delos miembros del Comité General del Centro deServicios Judiciales, para los siguientes eventos:

1. Designar en provisionalidad a los jueces queintegran el Comité General del Centro deServicios Judiciales.

2. Evaluar el trabajo y presentar propuestaspara el adecuado funcionamiento del Centro.

ARTÍCULO 31º. VIGENCIA: El presente Acuerdorige a partir de la publicación en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 102

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ACUERDO No. PSAA05-3233

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crean los Centros de ServiciosJudiciales para los Juzgados Penales del Dis-trito Judicial de Buga y se organizan sus fun-ciones, con ocasión de la implementación del

Nuevo Sistema Penal Oral Acusatorio.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en los numer-ales 13 y 14 del Artículo 85 de la Ley 270 de 1996,y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 528de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO 1º.- CREACIÓN: Crear, a partir del 1°de enero de 2006, los siguientes Centro de Servi-cios Judiciales para los Juzgados Penales Munici-pales y del Circuito, para el cumplimiento de lasfunciones administrativas del nuevo Sistema PenalOral Acusatorio.

a) Centro de Servicios Judiciales de Buga, ad-scrito a los juzgados de la sede respectiva.

b) Centro de Servicios Judiciales de Buenaven-tura, adscrito a los juzgados de la sede res-pectiva.

c) Centro de Servicios Judiciales de Cartago,adscrito a los juzgados de la sede respectiva.

d) Centro de Servicios Judiciales de Palmira,adscrito a los juzgados de la sede respectiva.

e) Centro de Servicios Judiciales de Roldanillo,adscrito a los juzgados de la sede respectiva.

f) Centro de Servicios Judiciales de Sevilla,adscrito a los juzgados de la sede respectiva.

g) Centro de Servicios Judiciales de Tuluá, ad-scrito a los juzgados de la sede respectiva.

PARÁGRAFO: Las Oficina de Apoyo o de Servi-cios Judiciales adscritas a la Dirección Seccionalde Administración Judicial de Cali, ubicada en lasCabeceras de Circuito, prestarán su concurso alCentro de Servicios Judiciales correspondiente.

ARTÍCULO 2º.- PLANTAS DE PERSONAL: LosCentros de Servicios Judiciales, creados en el Ar-tículo Primero del presente Acuerdo contarán conlas siguientes plantas de personal:

a) Centro de Servicios Judiciales de Buga: dos(2) Escribientes de juzgado de circuito, dos(2) Citadores de juzgado de circuito, un (1)Escribiente de juzgado municipal y cuatro (4)Citadores de juzgado municipal.

b) Centro de Servicios Judiciales de Buenaven-tura: tres (3) Escribientes de juzgado decircuito, tres (3) Citadores de juzgado decircuito y seis (6) Citadores de juzgado mu-nicipal.

c) Centro de Servicios Judiciales de Cartago:tres (3) Escribientes de juzgado de circuito,tres (3) Citadores de juzgado de circuito, un(1) Escribiente de juzgado municipal y tres(3) Citadores de juzgado municipal.

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d) Centro de Servicios Judiciales de Palmira:cuatro (4) Escribientes de juzgado de cir-cuito, cuatro (4) Citadores de juzgado decircuito, un (1) Escribiente de juzgado mu-nicipal y cuatro (4) Citadores de juzgadomunicipal.

e) Centro de Servicios Judiciales de Roldanillo:un (1) Escribiente de juzgado de circuito, un(1) Citador de juzgado de circuito, un (1)Escribiente de juzgado municipal y tres (3)Citadores de juzgado municipal.

f) Centro de Servicios Judiciales de Sevilla: un(1) Escribiente de juzgado de circuito, un (1)Citador de juzgado de circuito, dos (2) Escri-bientes de juzgado municipal y dos (2) Ci-tadores de juzgado municipal.

g) Centro de Servicios Judiciales de Tuluá: tres(3) Escribientes de juzgado de circuito, tres(3) Citadores de juzgado de circuito, un (1)Escribiente de juzgado municipal y tres (3)Citadores de juz-gado municipal.

PARÁGRAFO: El régimen legal de los cargos queconforman el Centro de Servicios Judiciales corre-sponde al de Carrera Judicial.

ARTÍCULO 3º.- COORDINACION: Los Juecesque ejerzan la Función de Control de GarantíasConstitucionales, acorde con la designación de laSala Administrativa del Consejo Seccional de laJudicatura del Valle del Cauca, tendrán a su cargola Función de Coordinación de los Centros de Serv-icios Judiciales.

ARTÍCULO 4º.- FUNCION DE COORDINACION:La Función de la Coordinación General del Centroserá la de dirigir, coordinar y orientar todas lasfunciones administrativas que les sean asignadasal Centro de Servicios Judiciales.

ARTÍCULO 5º.- ASIGNACION DE FUNCIONES:El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judi-ciales, previa consulta a la Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura del Valle delCauca, asignará funciones y tareas a los emplea-dos del Centro, de acuerdo con los perfiles de cadauno de ellos.

ARTÍCULO 6º.- INCORPORACION DE EMPLEA-DOS AL CENTRO DE SERVICIOS: A medida quese vayan incorporando nuevos juzgados al SistemaPenal Oral Acusatorio, los empleados de dichosdespachos que no sean seleccionados para con-tinuar en el Juzgado, serán inicialmente asignadosal Centro de Servicios Judiciales, hasta que la SalaAdministrativa del Consejo Superior de la Judica-tura determine mediante acuerdo su nueva ubica-ción, de conformidad con las necesidades del ser-vicio.

ARTÍCULO 7º.- FUNCIONES BASICAS DE CEN-TRO: Los Centro de Servicios Judiciales del DistritoJudicial de Buga, desempeñarán las funciones es-tablecidas en el Acuerdo 1856 de 2003 que nodesvirtúen el Sistema Penal Acusatorio, junto conlas siguientes:

Función de Administración de Salas de Audien-cia: Verificar los equipos tecnológicos, administrary asignar las salas compartidas, mantener y pre-parar los equipos de grabación.

Función de Archivo Tecnológico: Organizar losdispositivos grabados y el archivo, conservar ycustodiar los mismos y responder por la produccióntécnica de los dispositivos grabados.

Función de Atención al Usuario: Informar y ori-entar a las partes intervinientes, atender las peticio-nes del público y publicar la información producidaen el Centro de Servicios Judiciales.

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Función de Comunicaciones: Notificar, elaborary comunicar las citaciones, entregar solicitudes aestablecimientos carcelarios, localizar defensores,recepcionar y tramitar la correspondencia.

Función de Depósitos Judiciales: Custodiar, ma-nejar y contabilizar los títulos y depósitos judiciales.

Función de Ejecución de Penas: Diligenciar fi-chas técnicas y tramitar sentencias ante los Juz-gados de Ejecución de Penas y Medidas de Se-guridad.

Función de Reparto y Asignaciones: Repartir losasuntos, asignar jueces a audiencias y elaborarreportes de gestión.

ARTÍCULO 8º.- TURNOS. Los empleados adscri-tos a los Centros de Servicios Judiciales trabajaránen los turnos que disponga la Sala Administrativadel Consejo Seccional de la Judicatura del Valle delCauca, los cuales pueden incluir fines de semana,festivos y horario nocturno.

ARTÍCULO 9º.- CAPACITACION: La Escuela Ju-dicial “Rodrigo Lara Bonilla” capacitará a los em-pleados que sean trasladados de los JuzgadosPenales al Centro de Servicios Judiciales, de a-cuerdo a las funciones que desempeñarán.

ARTÍCULO 10º.- REGIMEN SALARIAL Y PRES-TACIONAL: El régimen salarial, prestacional y decarrera de los empleados de los Centros de Servi-cios Judiciales será el establecido para la RamaJudicial.

ARTÍCULO 11º.- PROVISION DE LOS CARGOS:Los cargos de los Centros de Servicios Judiciales,serán provistos mediante los traslados que dis-

ponga la Sala Administrativa del Consejo Superiorde la Judicatura, de acuerdo con los volúmenes detrabajo previstos para el Sistema Penal Oral Acu-satorio, y los que resulten del monitoreo y se-guimiento del nuevo sistema.

ARTÍCULO 12º.- MODIFICACION DE LA PLAN-TA DE PERSONAL: La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura podrá modificarla planta de personal de los Centros de ServiciosJudiciales de acuerdo a los volúmenes de trabajoque ocasione el nuevo Sistema Penal Oral Acusa-torio.

ARTÍCULO 13°.- FUNCIONES ADMINISTRATI-VAS: El Juez que asuma en su momento la funciónbásica de Coordinación del Centro de ServiciosJudiciales, ejercerá las siguientes funciones admi-nistrativas:

a) Para proveer los cargos del Centro de Ser-vicios Judiciales, en propiedad, provisionali-dad o en encargo, el Juez que ejerza en sumomento la función básica de coordinación,deberá convocar a los demás Jueces paraque en cumplimiento de las normas de Car-rera Judicial, tratándose de nombramientosen propiedad y en las otras designacionespor mayoría absoluta, se haga la escogenciade las personas que han de ser nombradas.

b) Resolver sobre situaciones administrativasprevistas en la ley, respecto de los emplea-dos del centro de servicios.

c) Conocer, previo reparto con los demás Jue-ces, de los procesos disciplinarios que seadelanten contra los empleados de los Cen-tros de Servicios Judiciales.

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d) Rendir informes a la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura sobre lamarcha global del Centro de Servicios Judi-ciales.

PARAGRAFO: La Calificación de los Servicios delos Empleados adscritos al Régimen de CarreraJudicial y que se desempeñen en los Centros deServicios Judiciales, se hará conjuntamente portodos los Jueces.

ARTÍCULO 14°.- FUNCIONES JUDICIALES: ElJuez que asuma en su momento la función básicade Coordinación del Centro de Servicios Judiciales,deberá cumplir con las siguientes funciones judi-ciales:

a) Servir de enlace entre los Jueces que ejer-cen la Función de Control de GarantíasConstitucionales y las instituciones e inter-vinientes en el proceso penal, para el cum-plimiento de las funciones jurisdiccionalesque corresponden a aquellos.

b) Reemplazar en sus turnos a los Jueces queejerzan la Función de Control de GarantíasConstitucionales, cuando de manera intem-pestiva y por razones de fuerza mayor o casofortuito, les sea imposible acudir a su lugarde trabajo o deban abandonarlo.

c) Velar porque el reparto de los asuntos ydiligencias que se tramitan por el centro deservicios sea equitativo y eficiente.

d) Proferir los autos que dispongan las citacio-nes señaladas en los artículos 171 y 172 delCódigo de Procedimiento Penal.

e) Proferir las providencias que correspondande conformidad con la ley, en relación conlas personas que se encuentren privadas dela libertad y que estén a disposición de losJueces que ejercen la función de Control deGarantías Constitucionales.

ARTÍCULO 15°.- ATRIBUCIONES: El Juez queasuma en su momento la función básica de Coor-dinación del Centro de Servicios Judiciales, ade-más de las funciones judiciales y administrativasantes señaladas, ejercerá las siguientes atribucio-nes:

a) Programar la fecha, hora y lugar para lacelebración de las audiencias preliminares yde conocimiento que solicitan las partes eintervinientes en el proceso penal.

b) Modificar los turnos y la asignación de losJueces en y entre las distintas sedes judi-ciales, por necesidades del servicio.

c) Adoptar medidas urgentes y transitorias paratrasladar entre las diferentes sedes judicia-les, el lugar de celebración de audiencias.

d) Trasladar transitoriamente a los empleadosdel Centro de Servicios Judiciales a los Juz-gados Penales Municipales y del Circuitocuando las necesidades del servicio lo re-quieran y de acuerdo con la disponibilidaddel talento humano.

ARTÍCULO 16°.- REUNIONES DE LOS JUECES:Los jueces se reunirán cada dos (2) meses o asolicitud del Presidente de la Sala Administrativadel Consejo Seccional de la Judicatura del Valle,para evaluar el trabajo y presentar propuestas parael adecuado funcionamiento del Centro.

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ARTÍCULO 17º. VIGENCIA: El presente Acuerdorige a partir de la publicación en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasde diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3234

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adoptan medidas tendientes aimplementar el Sistema Penal Acusatorio re-lacionadas con la individualización de los de-

spachos judiciales que se incorporarán almismo en los Distritos Judiciales de Cali y

Buga.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial de las señaladas en el ar-tículo 528 de la Ley 906 de 2004, y de conformidadcon lo aprobado en sesión de la Sala Administrativadel 21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Los despachos judicialesque se relacionan a continuación se incorporaránal Sistema Penal Acusatorio a partir del primero deenero de 2006, o de la iniciación del año judicial,para quienes están sujetos al régimen de vacacio-nes colectivas:

DISTRITO JUDICIAL DE CALI8 Despachos de Magistrado de Sala Penal

Circuito Judicial de CaliMunicipio de CaliJuzgados 1º, 2º, 3º, 4º y 5° Penales de Circuito Espe-cializados.

Juzgados 5º, 10º y 13º Penales del Circuito.

Juzgados 2°, 3°, 4°, 6°, 8°, 9°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16°,17°, 18°, 20°, 21°, 24°, 25°, y 26° Penales Municipalescon Funciones de Control de Garantías Constitucionales

Juzgados 5º, 7º y 10º Penales Municipales con Funcio-nes de Conocimiento.

Municipio de DaguaJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de JamundíJuzgado 1°, 2° y 3° Promiscuos Municipales

Municipio de La CumbreJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de VijesJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de YumboJuzgados 1° y 2° Penales Municipales

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DISTRITO JUDICIAL DE BUGA5 Despachos de Magistrado de Sala Penal

Circuito judicial de BugaMunicipio de BugaJuzgados 1º, 2º y 3º Penales de Circuito Especiali-zados.

Juzgados 1° y 2° Penales del Circuito.

Juzgado 2° Penal Municipal con Funciones de Cono-cimiento

Juzgados 3° y 4° Penales Municipales con Funcionesde Control de Garantías Constitucionales.

Municipio de Calima - El DariénJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de GinebraJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de GuacaríJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de RestrepoJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de YotocoJuzgado Promiscuo Municipal

Circuito judicial de BuenaventuraMunicipio de BuenaventuraJuzgados 1°, 2° y 3° Penales del Circuito.

Juzgado 4° Penal Municipal con Funciones de Cono-cimiento.

Juzgados 2°, 3° y 5° Penales Municipales con Funcio-nes de Control de Garantías Constitucionales.

Circuito judicial de CartagoMunicipio de CartagoJuzgados 1°, 2° y 3° Penales del Circuito.

Juzgado 2° Penal Municipal con Funciones de Cono-cimiento.

Juzgados 1° y 3° Penales Municipales con Funcionesde Control de Garantías Constitucionales

Municipio de AlcaláJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de AnsermanuevoJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de ArgeliaJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de El ÁguilaJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de El CairoJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de La VictoriaJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de ObandoJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de San José del Palmar (Chocó)Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de UlloaJuzgado Promiscuo Municipal

Circuito judicial de PalmiraMunicipio de PalmiraJuzgados 1°, 2°, 3° y 4° Penales del Circuito.

Juzgado 1° Penal Municipal con Funciones de Cono-cimiento.

Juzgados 2°, 3° y 4° Penales Municipales con Funcio-nes de Control de Garantías Constitucionales.

Municipio de CandelariaJuzgados 1° y 2° Promiscuos Municipales

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Municipio de El CerritoJuzgados 1° y 2° Promiscuos Municipales

Municipio de FloridaJuzgados 1° y 2° Promiscuos Municipales

Municipio de PraderaJuzgado Promiscuo Municipal

Circuito judicial de RoldanilloMunicipio de RoldanilloJuzgado Penal del Circuito.Juzgado 1° Penal Municipal.Juzgados 2° y 3° Penales Municipales con Funcionesde Control de Garantías Constitucionales.

Municipio de BolívarJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de El DovioJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de La UniónJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de ToroJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de VersallesJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de ZarzalJuzgado Promiscuo Municipal

Circuito judicial de SevillaMunicipio de SevillaJuzgado Penal del Circuito.

Juzgado 1° Penal Municipal.

Juzgados 2° y 3° Penales Municipales con Funcionesde Control de Garantías Constitucionales.

Municipio de CaicedoniaJuzgado Promiscuo Municipal

Circuito judicial de TuluáMunicipio de TuluáJuzgados 1°, 2° y 3° Penales del Circuito.

Juzgado 3° Penal Municipal con Funciones de Cono-cimiento.

Juzgados 2° y 4° Penales Municipales con Funcionesde Control de Garantías Constitucionales.

Municipio de AndalucíaJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de BugalagrandeJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de RiofríoJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de San PedroJuzgado Promiscuo Municipal

Municipio de TrujilloJuzgado Promiscuo Municipal

PARÁGRAFO.- La anterior individualización, po-drá ser modificada por la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, con base en losresultados del monitoreo y evaluación al desarrollode la implementación del Sistema Penal Acusato-rio.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los Magistrados de laSala Penal de los Tribunales Superiores de Cali yBuga seguirán conociendo de los asuntos del sis-tema actual que tengan a su cargo o que les lleguenpor reparto, sin perjuicio de que en caso de sernecesario conforme a la evaluación del compor-tamiento del Sistema Acusatorio Penal, se adoptenmedidas para la descongestión, depuración y/oliquidación de expedientes de sus Despachos.

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 109

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Los Juzgados Penales del Circuito Especializadosde los Distritos Judiciales de Cali y Buga, seguiránconociendo de los asuntos del sistema actual quetengan a su cargo o que les lleguen por reparto, sinperjuicio de que en caso de ser necesario conformea la evaluación del comportamiento del SistemaAcusatorio Penal, se adopten medidas para la des-congestión, depuración y liquidación de expedien-tes de sus Despachos.

Los Juzgados que no ingresan al Sistema PenalAcusatorio, además del conocimiento de sus cor-respondientes procesos del sistema actual, coad-yuvarán en las medidas de Descongestión de Pro-cesos, Depuración de Causas y Liquidación deInventarios, cuando lo determine la Sala Adminis-trativa del Consejo Superior de la Judicatura.

Los Juzgados Penales Municipales ubicados fuerade las Cabeceras de Distrito o Circuito y los Juz-gados Promiscuos Municipales, seguirán cono-ciendo de los asuntos del sistema actual que ten-gan a su cargo o que les lleguen por reparto, sinperjuicio de que en caso de ser necesario conformea la evaluación del comportamiento del SistemaAcusatorio Penal, se adopten medidas para ladescongestión, depuración y/o liquidación de expe-dientes de sus Despachos.

En el Distrito Judicial de Cali:

1. Los 18 Juzgados Penales Municipales deCali con función exclusiva de Control deGarantías cuyos Jueces, de conformidadcon la individualización establecida en el Ar-tículo Primero de este Acuerdo iniciarán la-bores el 1º de enero de 2006, ingresarán enel Programa de Descongestión de Procesos,Depuración de Causas y Liquidación de in-

ventarios que reglamentará e implementarála Sala Administrativa del Consejo Superiorde la Judicatura, a partir del 01 de diciembrede 2005.

2. Los 3 Juzgados Penales del Circuito y 3Penales Municipales de Cali con función ex-clusiva de Conocimiento cuyos Jueces, deconformidad con la individualización estable-cida en el Artículo Primero de este Acuerdoiniciarán labores el 1º de enero de 2006,ingresarán en el Programa de Desconges-tión de Procesos, Depuración de Causas yLiquidación de inventarios que reglamentaráe implementará la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, a partirdel 01 de diciembre de 2005.

En el Distrito Judicial de Buga:

1. Los Juzgados Penales del Circuito ubicadosen las Cabeceras de Circuito, seguirán cono-ciendo de los asuntos del sistema actual quetengan a su cargo o que les lleguen porreparto, sin perjuicio de que en caso de sernecesario conforme a la evaluación del com-portamiento del Sistema Acusatorio Penal,se adopten medidas para la descongestión,depuración y/o liquidación de expedientesde sus Despachos.

2. Los Juzgados Penales Municipales con Fun-ción de Conocimiento en Sevilla y Rolda-nillo, seguirán conociendo de los asuntos delsistema actual que tengan a su cargo o queles lleguen por reparto, sin perjuicio de queen caso de ser necesario conforme a laevaluación del comportamiento del SistemaAcusatorio Penal, se adopten medidas para

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la descongestión, depuración y/o liquidaciónde expedientes de sus Despachos.

ARTÍCULO CUARTO.- Los Juzgados Penales delCircuito y Municipales con Función de Conoci-miento del Distrito Judicial de Cali, que ingresaránal Sistema Penal Acusatorio desde el primero deenero del 2006, a partir de la misma fecha entraránen el reparto de tutelas y de habeas corpus úni-camente el primer día hábil de cada semana.

ARTICULO SEXTO.- Las Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura del Valle delCauca realizará semanalmente visitas de control yverificación del proceso de depuración a los de-spachos judiciales seleccionados para iniciar en elnuevo sistema, teniendo en cuenta para ello lacantidad mínima de procesos determinada por laSala Administrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Corresponde a la Direc-ción Ejecutiva Seccional de Administración Judicialdel Valle del Cauca coadyuvar en la debida eje-cución de las disposiciones contenidas en esteAcuerdo.

ARTÍCULO OCTAVO.- La Unidad de Informáticade la Dirección Ejecutiva de Administración Judicialrealizará las modificaciones y ajustes necesarios alsoftware de reparto, con el fin de dar cumplimientoa lo dispuesto en el presente acuerdo.

ARTÍCULO NOVENO.- La Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura del Valle delCauca y la Dirección Ejecutiva Seccional de Admin-istración Judicial del Valle del Cauca, coordinaránla adecuada implementación y desarrollo de lasmedidas adoptadas en el presente Acuerdo en losDistritos Judiciales de Cali y Buga.

De igual manera, fijarán copia del acuerdo en losprincipales edificios donde funcionen despachos yoficinas judiciales y se encargarán de darle ampliadivulgación. El texto del mismo, se insertará en laPágina Web de la Rama Judicial.

ARTÍCULO DÉCIMO.- El presente acuerdo rige apartir de la fecha de su expedición. Publíquese enla Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los Veintidós (22) díasdel mes de diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3235

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adoptan medidas sobre elcódigo único de radicación en los JuzgadosPenales que se incorporan al Sistema PenalOral Acusatorio en los Distritos Judiciales de

Cali y Buga.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en de especial las señaladas en el ar-tículo 528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad

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con lo aprobado en la sesión de la Sala Administra-tiva del 21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO. Los Juzgados del ÁreaPenal de los Distritos Judiciales de Cali y Buga, quese vayan incorporando al Sistema Penal Acusatorioconservarán la numeración que tengan al momentode la incorporación y continuarán con el CódigoÚnico de identificación que han venido utilizando,seguido de las expresiones “Con Función de Con-trol de Garantías Constitucionales” o “Con Funciónde Conocimiento”, a partir del 1º de enero de 2006.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente acuerdo rigea partir de la publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de 2005.

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3236

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por medio del cual se derogan los AcuerdosNos. 1941, 1942, 1943, 1944, 2036, 2037,

2038, 2039, 2040 y 2041 de 2003"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de las facultades constitucionales ylegales, especialmente de las conferidas por elartículo 85 de la Ley 270 de 1996, y de conformidadcon lo aprobado en sesión del 21 de diciembre de2005,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Derogar los AcuerdosNos. 1941, 1942, 1943, 1944, 2036, 2037, 2038,2039, 2040 y 2041 de 2003, cuya entrada en vigen-cia se encuentra suspendida por el Acuerdo No.2694 de 2004.

ARTICULO SEGUNDO.- Las medidas implemen-tadas en desarrollo de los Acuerdos objeto de lapresente derogatoria, continúan vigentes para to-dos los efectos legales.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

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Dado en Bogotá, a los veintidós (22) días delmes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSE ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3237

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adopta una medida de descon-gestión para los Juzgados Penales del Cir-

cuito Bogotá.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidadcon o aprobado en sesión del 14 de diciembre de2005,

ACUERDA

ARTICULO 1°.- Prorrogar hasta el 30 de junio2006, tres (3) juzgados penales de circuito de des-congestión, con la siguiente planta de personal:

Un Juez NominadoUn Secretario NominadoUn Oficial Mayor NominadoUn Escribiente NominadoUn citador Grado 3

ARTÍCULO 2°.- El nombramiento, en provsionali-dad, de los cargos de juez, lo efectuará la SalaPlena del Tribunal Superior del Distrito Judicial deBogotá.

ARTÍCULO 3°.- El nombramiento de los emplea-dos, en provisionalidad, lo efectuará el respectivojuez de descongestión.

ARTÍCULO 4°.- Los juzgados penales de circuitode descongestión, continuarán con el conocimientode los procesos que le fueron asignados de con-formidad con el Acuerdo 2974 de 2005 y según lasmodificaciones introducidas por el Acuerdo 3161de 2005.

ARTÍCULO 5°.- La Sala Administrativa del ConsejoSuperior de la Judicatura, con la inmediata colabo-ración de la Sala Administrativa del Consejo Sec-cional de la Judicatura de Cundinamarca, verificaráy evaluará los resultados de la presente medida.

Para tales efectos, la Unidad de Desarrollo y Aná-lisis Estadístico realizará los análisis correspon-dientes y presentará un informe a la Sala Adminis-trativa del Consejo Superior de la Judicatura.

En virtud de los resultados de la evaluación, la SalaAdministrativa del Consejo Superior de la Judica-tura podrá redefinir las medidas de que trata elpresente Acuerdo.

ARTÍCULO 6°.- La Dirección Seccional de Admi-nistración Judicial de Bogotá-Cundinamarca pres-tará el apoyo administrativo y financiero necesariopara la implementación de la presente medida.

ARTÍCULO 7°.- La presente prórroga está sujeta ala expedición del respectivo Certificado de Disponi-

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bilidad Presupuestal por parte de la Dirección Sec-cional de Administración Judicial de Bogotá-Cun-dinamarca, con cargo al presupuesto de la vigencia2006.

ARTÍCULO 8°.- El presente Acuerdo rige a partirde su publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los a los veintidós (22)días del mes de diciembre de dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3238

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crea el Circuito Judicial deSan Vicente de Chucurí, en el Distrito Judi-

cial de Bucaramanga.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de las facultades constitucionales ylegales, en especial de la establecida en el numeral6 del artículo 85 de la Ley 270 de 1996, y deconformidad con lo aprobado en sesión del 21 dediciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear a partir del primero(1º) de enero de 2006, el Circuito Judicial de SanVicente de Chucurí, cuya cabecera del circuitojudicial es el municipio de San Vicente de Chucurí,integrado por los municipios de:

SAN VICENTE DE CHUCURÍEL CARMEN

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdocomplementa y modifica el artículo primero, nu-meral 5, del Acuerdo 87 de 1996 y las demásdisposiciones que le sean contrarias.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rigea partir del día primero (1°) de enero del año dosmil seis (2006). Publíquese en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 114

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ACUERDO No. PSAA05-3239

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crea el Circuito Judicial deCimitarra, en el Distrito Judicial de San Gil.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de las facultades constitucionales ylegales, en especial de la establecida en el numeral6 del artículo 85 de la Ley 270 de 1996, y deconformidad con lo aprobado en sesión del 21 dediciembre de 2005

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear a partir del primero(1º) de enero de 2006, el Circuito Judicial de Cimi-tarra, cuya cabecera del circuito judicial es el muni-cipio de Cimitarra, integrado por los municipios de:

CIMITARRALANDÁZURI

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdocomplementa y modifica el artículo primero, nu-meral 23, del Acuerdo 87 de 1996 y las demásdisposiciones que le sean contrarias.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rigea partir del día primero (1°) de enero del año dosmil seis (2006). Publíquese en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO NO. PSAA05-3240

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se segrega un municipio de losCircuitos Judiciales de Bucaramanga y Bar-

rancabermeja, Distrito Judicial de Bu-caramanga.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de las facultades constitucionales ylegales, en especial de la establecida en el numeral5 del artículo 85 de la Ley 270 de 1996, y deconformidad con lo aprobado en sesión de la SalaAdministrativa del 21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Segregar del Circuito Ju-dicial de Bucaramanga el municipio de San Vicentede Chururí y adscribirlo al Circuito Judicial de SanVicente de Chucurí.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Segregar del Circuito Ju-dicial de Barrancabermeja el municipio de El Car-men y adscribirlo al Circuito Judicial de San Vicentede Chucurí.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 115

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ARTÍCULO TERCERO.- El Circuito Judicial de Bu-caramanga, con sede en el municipio de Buca-ramanga, queda conformado por los municipiosde:

BUCARAMANGABETULIACÁCHIRA (Norte de Santander)CALIFORNIACEPITÁCHARTÁEL PLAYÓNFLORIDABLANCAGIRÓNLA ESPERANZA (Norte de Santander)LEBRIJALOS SANTOSMATANZAPIEDECUESTARIONEGROSANTA BÁRBARASURATÁTONAVETASZAPATOTA

ARTÍCULO CUARTO.- El Circuito Judicial de Ba-rrancabermeja, con sede en el municipio de Ba-rrancabermeja, queda conformado por los muni-cipios de:

BARRANCABERMEJAPUERTO PARRAPUERTO WILCHESSABANA DE TORRES

ARTÍCULO QUINTO.- El presente Acuerdo rige apartir del día primero (1º) de enero de 2006 (2005)y modifica las disposiciones que le sean contrarias.Publíquese en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3241

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se segregan unos municipios delCircuito Judicial de Vélez, Distrito Judicial de

San Gil.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de las facultades constitucionales ylegales, en especial de la establecida en el numeral5 del artículo 85 de la Ley 270 de 1996, y deconformidad con lo aprobado en sesión del 21 dediciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Segregar del Circuito Ju-dicial de Vélez los siguientes municipios:

a. Los municipios de Cimitarra y Landázuri yadscribirlos al Circuito Judicial de Cimitarra.

b. El municipio de Aguada y adscribirlo al Cir-cuito Judicial de El Socorro.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 116

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ARTÍCULO SEGUNDO.- El Circuito Judicial deVélez, con sede en el municipio de Vélez, quedaconformado por los municipios de:

VÉLEZBARBOSABOLÍVAREL PEÑÓNCHIPATÁGUAVATÁGUEPSALA PAZSAN BENITOSANTA ELENA DEL OPÓN

ARTÍCULO TERCERO.- El Circuito Judicial de So-corro, con sede en el municipio de Socorro, quedaconformado por los municipios de:

SOCORROAGUADACHIMACONFINESCONTRATACIÓNEL GUACAMAYOGÁMBITAGUADALUPEGUAPOTÁHATOOIBAPALMARPALMAS DEL SOCORROSIMACOTASUAITA

ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo rige apartir del día primero (1º) de enero de 2006 (2005)y el numeral 23 del artículo primero del Acuerdo 87de 1996. Publíquese en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3242

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se aclara el Acuerdo 3237 de2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial de las conferidas por elartículo 63 de la Ley 270 de 1996,

CONSIDERANDO

Que mediante decisión de la Sala Administrativaadoptada en la sesión celebrada el día 14 de di-ciembre de 2005, tal como consta en la respectivaActa, se dispuso la prórroga de los Juzgados Pe-nales del Circuito de Descongestión de Bogotá apartir del día 20 de diciembre.

Como consecuencia de la anterior decisión, seaclara que la prórroga de la medida de desconges-tión fue autorizada por la Sala a partir del 20 dediciembre de los corrientes.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 117

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ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO. Aclárese que la prórrogade la medida adoptada en el Acuerdo 3237 de2005, surtió efectos a partir del día 20 de diciembrede 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rigea partir de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós días (22)días del mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3243

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se autoriza un traslado en el Pre-supuesto de Funcionamiento de la Rama Ju-

dicial.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En uso de sus facultades Constitucionales y Le-gales y en especial las conferidas mediante ley 270de 1996 y,

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto No. 4365 del 23 de diciem-bre de 2004, se liquidó el Presupuesto General dela Nación para la vigencia fiscal del año 2005, sedetallan las apropiaciones, y se clasifican y definenlos gastos.

Que el artículo 34 del Decreto 568 de 1996, permiteefectuar traslados en el Presupuesto de Gastos sinmodificar el monto total de las apropiaciones defuncionamiento, mediante Resolución suscrita porel Jefe del respectivo Organismo.

Que se hace necesario autorizar traslados de lasdiferentes unidades ejecutoras, con el fin de cubrirrubros deficitarios en el presupuesto de gastos defuncionamiento de la Rama Judicial.

Que existen recursos disponibles y libres de afec-tación por la suma de $7.109.551.085,29, segúncertificados de disponibilidad Nos. 468, 188, 204,173 y 63 del 27 de diciembre de 2005, expedidospor la Jefe de la División de Ejecución Presupuestalde la Dirección Ejecutiva de Administración Judicialpor $7.109.551.085,29

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO: Autorizar el siguiente tras-lado presupuestal, como se detalla a continuación:

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 118

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CONTRACREDITO

RAMA JUDICIAL

SECCIÓN 2701

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

VALOR EN PESOSUNIDAD270102 CONSEJO SUPERIOR

DE LA JUDICATURACUENTA 1 GASTOS DE PERSONALSUBCUENTA 0OBJETO 1 SERVICIOS PERSONALES

ASOCIADOS A NOMINAORDINAL 1 SUELDOS DE PERSONAL DE

NOMINARECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 23.733.207,00RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 629.282.315,80ORDINAL 2 HORAS EXTRAS Y DIAS

FESTIVOSRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 14.439.323,00ORDINAL 5 OTROSRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 242.586.930,00RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 766.516.578,51OBJETO 2 SERVICIOS PERSONALES

INDIRECTOSORDINAL 8 SERVICIOS PERSONALES

INDIRECTOSRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 3.375.114,00OBJETO 4 CONTRIBUCIONES INHEREN-

TES A LA NOMINA SECTORPUBLICO

RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 32.732.884,00RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 265.316.262,94OBJETO 999 VIGENCIAS EXPIRADAS

GASTOS DE PERSONALRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 94.946.153,70

CUENTA 2 GASTOS GENERALESSUBCUENTA 0OBJETO 1 ADQUISICION DE BIENESRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 14.193.787,69

==============TOTALES 2.087.122.556,64

UNIDAD 270103 CORTE SUPREMA DE JUSTICIACUENTA 1 GASTOS DE PERSONALSUBCUENTA 0OBJETO 1 SERVICIOS PERSONALES

ASOCIADOS A NOMINAORDINAL 1 SUELDOS DE PERSONAL DE

NOMINARECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 2.732.968,01ORDINAL 2 HORAS EXTRAS Y DIAS

FESTIVOS

RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 13.054.068,00ORDINAL 3 INDEMNIZACION POR

VACACIONESRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 7.243.687,00RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 1.000.000,00ORDINAL 5 OTROSRECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 34.620.584,99OBJETO 3 CONTRIBUCIONES INHEREN-

TES A LA NOMINA SECTORPRIVADO

RECURSO 11 OTROS RECURSOS DELTESORO 87.892.474,00

OBJETO 4 CONTRIBUCIONES INHEREN-TES A LA NOMINA SECTORPUBLICO

RECURSO 11 OTROS RECURSOS DELTESORO 155.286.317,00

OBJETO 999 VIGENCIAS EXPIRADASGASTOS DE PERSONAL

RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 98.736.900,00

CUENTA 2 GASTOS GENERALESSUBCUENTA 0OBJETO 1 ADQUISICION DE BIENESRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 11.748.424,00

===============TOTALES 412.315.423,00

UNIDAD 270104 CONSEJO DE ESTADOCUENTA 1 GASTOS DE PERSONALSUBCUENTA 0OBJETO 1 SERVICIOS PERSONALES

ASOCIADOS A NOMINAORDINAL 1 SUELDOS DE PERSONAL DE

NOMINARECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 4.738.557,71ORDINAL 5 OTROSRECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 31.873.783,29OBJETO 3 CONTRIBUCIONES INHEREN-

TES A LA NOMINA SECTORPRIVADO

RECURSO 11 OTROS RECURSOS DELTESORO 64.550.506,48

OBJETO 4 CONTRIBUCIONES INHEREN-TES A LA NOMINA SECTORPUBLICO

RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 14.893.911,92RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 180.000.000,00OBJETO 999 VIGENCIAS EXPIRADAS

GASTOS DE PERSONALRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 23.426.818,57

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 119

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CUENTA 2 GASTOS GENERALESSUBCUENTA 0OBJETO 1 ADQUISICION DE BIENESRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 41.433.564,00

CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTESSUBCUENTA 5 TRANSFERENCIAS DE PREVISION

Y SEGURIDAD SOCIALOBJETO 2 CESANTIASORDINAL 1 CESANTIAS DEFINITIVASRECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 1.339.666,00ORDINAL 2 CESANTIAS PARCIALESRECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 40.109.601,00==============

TOTALES 402.366.408,97

UNIDAD 270105 CORTE CONSTITUCIONALCUENTA 1 GASTOS DE PERSONALSUBCUENTA 0OBJETO 1 SERVICIOS PERSONALES

ASOCIADOS A NOMINAORDINAL 1 SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINARECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 27.722.639,18ORDINAL 2 HORAS EXTRAS Y DIAS

FESTIVOSRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 4.745.597,00ORDINAL 3 INDEMNIZACION POR VACA-

CIONESRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 4.000.000,00ORDINAL 5 OTROSRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 79.345.901,82OBJETO 3 CONTRIBUCIONES INHEREN-

TES A LA NOMINA SECTORPRIVADO

RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 188.942.361,00OBJETO 4 CONTRIBUCIONES INHEREN-

TES A LA NOMINA SECTORPUBLICO

RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 92.613.117,32OBJETO 999 VIGENCIAS EXPIRADAS GAS-

TOS DE PERSONALRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 19.829.879,00

CUENTA 2 GASTOS GENERALESSUBCUENTA 0OBJETO 1 ADQUISICION DE BIENESRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 45.194.118,00

===============TOTALES 462.393.613,32

UNIDAD 270108 TRIBUNALES Y JUZGADOSCUENTA 1 GASTOS DE PERSONALSUBCUENTA 0OBJETO 1 SERVICIOS PERSONALES

ASOCIADOS A NOMINAORDINAL 1 SUELDOS DE PERSONAL

DE NOMINARECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 119.618.572,81RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 2.533.461.905,00ORDINAL 2 HORAS EXTRAS Y DIAS

FESTIVOSRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 30.562.185,00ORDINAL 3 INDEMNIZACION POR VACA-

CIONESRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 6.632.804,00ORDINAL 5 OTROSRECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 502.331.335,00OBJETO 4 CONTRIBUCIONES INHEREN-

TES A LA NOMINA SECTORPUBLICO

RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 271.733.695,00RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 45.438.389,00OBJETO 999 VIGENCIAS EXPIRADAS

GASTOS DE PERSONALRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 67.803.307,13

CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIEN-TES

SUBCUENTA 5 TRANSFERENCIAS DE PREVI-SION Y SEGURIDAD SOCIAL

OBJETO 2 CESANTIASORDINAL 1 CESANTIAS DEFINITIVASRECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 167.770.890,42===============

TOTALES 3.745.353.083,36===============

GRAN TOTAL 7.109.551.085,29

ARTICULO SEGUNDO: Con base en los recursosdetallados en el artículo anterior, autorizar la acre-ditación de las siguientes Cuentas Presupuestales,así:

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 120

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CRÉDITO

RAMA JUDICIAL

SECCIÓN 2701

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

VALOR EN PESOSCREDITOUNIDAD 270102 CONSEJO SUPERIOR

DE LA JUDICATURACUENTA 2 GASTOS GENERALESSUBCUENTA 0OBJETO 2 ADQUISICION DE SERVICIOSRECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 112.569.893,69OBJETO 3 IMPUESTOS Y MULTASRECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 3.212.129.205,64

CUENTA 3 TRANSFERENCIASCORRIENTES

SUBCUENTA 2 TRANSFERENCIAS ALSECTOR PUBLICO

OBJETO 1 ADMINISTRACION PUBLICACENTRAL

ORDINAL 1 CUOTA DE AUDITAJE -CONTRANAL

RECURSO 10 RECURSOS CORRIEN-TES S.S.F. 318.444.170,00

===============TOTALES 3.643.143.269,33

UNIDAD 270108 TRIBUNALES Y JUZGADOSCUENTA 1 GASTOS DE PERSONALSUBCUENTA 0OBJETO 3 CONTRIBUCIONES INHE-

RENTES A LA NOMINASECTOR PRIVADO

RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES 1.136.552.247,27RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL

TESORO 2.329.855.568,69================

TOTALES 3.466.407.815,96================

GRAN TOTAL 7.109.551.085,29

ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo rigea partir de la fecha de su publicación en la Gacetade la Judicatura.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco (2005)

JOSE ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3244

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adiciona al Acuerdo No.PSAA05- 3161 de 2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial las consagradas en el artículo63 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con loaprobado en la sesión del día 7 de diciembre de2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- El artículo tercero del A-cuerdo No. PSAA05-3161 de 2005 rige a partir del1 de Febrero de 2006.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El nombramiento, en pro-visionalidad, del cargo de Juez, lo efectuará la SalaPlena del Tribunal Superior del Distrito Judicial deBogotá.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 121

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ARTÍCULO TERCERO.- El nombramiento de losempleados, en provisionalidad, lo efectuará el res-pectivo Juez de Descongestión.

ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo rige apartir de la publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los (22) días del mesde diciembre del año dos mil cinco (2005).

JOSE ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3245

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se aclara el Acuerdo No.PSAA05- 3166 de 2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales y en especial las conferidas por el artículo85 de la Ley 270 de 1996,

CONSIDERANDO

Que mediante decisión de la Sala Administrativaadoptada en la sesión celebrada el día 14 de di-ciembre de 2005, tal como consta en la respectivaacta, se dispuso que el traslado del Juzgado Penalde Circuito Especializado de Arauca, con sedeBogotá, como Juzgado Tercero Penal de CircuitoEspecializado de Bucaramanga, empezara a regira partir del día 1º de febrero de 2006.

Como consecuencia de la anterior decisión se a-clara que la entrada en vigencia de la medidaadoptada mediante el Acuerdo 3166 de 2005, fueautorizada por la Sala Administrativa a partir del 1ºde febrero de 2006.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Aclárase que la medidaadoptada en el Acuerdo No. PSAA05-3166 de2005, entrará en vigencia a partir del 1º de febrerode 2006.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigea partir de se expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) días delmes de diciembre del año dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 122

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ACUERDO No. PSAA05-3246

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se define la conformación de laplanta de cargos del Centro de Servicios Judi-ciales para los Juzgados Penales de Chiquin-

quirá”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en los nu-merales 13 y 14 del Artículo 85 de la Ley 270 de1996, y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo528 de la Ley 906 de 2004,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- La planta de personal queintegra el Centro de Servicios Judiciales de Chi-quinquirá se conformará con el traslado de cargosde los Juzgados Penales que ingresan al Sistema,así:

Los cargos de Citador de los Juzgados Primero ySegundo Penales Municipales de Chiquinquirá.

El cargo de Escribiente del Juzgado PromiscuoMunicipal de Caldas

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigea partir de la publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de Diciembre del año dos mil Cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3247

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se modifica el Acuerdo No.PSAA05-3051 del 12 de octubre de 2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En uso de sus facultades constitucionales y legalesy en especial de las conferidas por el numeral 4 delartículo 85 de la Ley 270 de 1996.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Artículo Pri-mero del Acuerdo No. PSAA05-3051 del 12 deoctubre de 2005, el cual quedará así:

“Artículo Primero: Aprobar los siguientesproyectos de inversión que hacen parte delprograma que se describe a continuación, deacuerdo con el presupuesto para cada uno

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 123

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de ellos asignado, que realizará la UnidadCentro de Documentación Judicial, Cendoj,así:

PROGRAMA 410 INVESTIGACION BASICA,APLICADA Y ESTUDIOS

SUB-PROGRAMA 803 ADMINISTRACION DE JUSTICIAPROYECTO 31 DIVULGACIÓN Y IMPLANTACIÓN

DE UN SISTEMA DE COMUNICA-CIONES A NIVEL NACIONAL QUEPERMITA LA DIFUSION SOCIALDE RESULTADOS DE GESTION YORGANIZACIÓN DE LA RAMAJUDICIAL

RECURSO 16FONDOS ESPECIALES $655.500.000Estudio 1 Fortalecimiento de la Oficina de

Comunicaciones $ 91.117.000Estudio 2 Acceso a medios masivos de

comunicación $207.941.000Estudio 3 Publicaciones $138.738.000Estudio 4 Videos institucionales $132.704.000Estudio 5 Estudio de medición de impacto

y diseño de indicadores $ 85.000.000============

TOTAL PROYECTOS DE INVERSION $655.500.000

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rigea partir de la fecha de su publicación en la Gacetadel Consejo Superior de la Judicatura.

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco (2005)

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3248

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se modifica el Acuerdo 2902 de2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 85 de la Ley 270 de 1996 y de conformidadcon la decisión adoptada en la sesión ordinaria del21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Modificar el Artículo Pri-mero del Acuerdo No. 2902 de 2005, el cual que-dará así:

“Artículo Primero: Modificar el Artículo Pri-mero del Acuerdo 2865 de 2005, el cualquedará así: ”Distribuir las partidas presu-puestales en proyectos de inversión que de-sarrollará la Unidad de Desarrollo y AnálisisEstadístico así “

PROGRAMA 410 INVESTIGACION BASICA APLICADA Y ESTUDIOSSUB-PROGRAMA 803 ADMINISTRACION DE JUSTICIA

PROYECTO 2 INVESTIGACION FORMULACION Y DISEÑODEL SISTEMA DE ARCHIVO JUDICIAL YRECUPERACION DE LA MEMORIA HISTORI-CO JUDICIAL COMO PATRIMONIO NACIONAL

RECURSO 16 FONDOS ESPECIALES $ 1.200.000.000

Investigación 1 Aplicar el Sistema de Archivo Judicial yRecuperación de la Memoria Histórico Judicialcomo Patrimonio Nacional en el DistritoJudicial de Bogotá. $ 400.000.000

Investigación 2 Aplicar el Sistema de Archivo Judicial y Recupe-

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 124

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ración de la Memoria Histórico Judicial comoPatrimonio Nacional en el Distrito Judicialde Armenia. $ 100.000.000

Investigación 3 Aplicar el Sistema de Archivo Judicial y Recu-peración de la Memoria Histórico Judicial comoPatrimonio Nacional en el Distrito Judicial deManizales. $ 100.000.000

Investigación 4 Aplicar el Sistema de Archivo Judicial y Recupe-ración de la Memoria Histórico Judicial comoPatrimonio Nacional en el Distrito Judicial dePereira. $ 100.000.000

Investigación 5 Aplicar el Sistema de Archivo Judicial y Recu-peración de la Memoria Histórico Judicial comoPatrimonio Nacional del Distrito Judicial deCúcuta. $ 150.000.000

Investigación 6 Aplicar el Sistema de Archivo Judicial y Recu-peración de la Memoria Histórico Judicial comoPatrimonio Nacional del Distrito Judicial deIbagué $ 200.000.000

Investigación 7 Aplicar el Sistema de Archivo Judicial y Recu-peración de la Memoria Histórico Judicial comoPatrimonio Nacional del Distrito Judiciall de Neiva $ 150.000.000

PROYECTO 3A PLICACIÓN DE UN SISTEMA DE INFORMACIONESTADISTICO DE GESTION DE LA RAMAJUDICIAL

RECURSO 16FONDOS ESPECIALES $ 200.000.000

Investigación 1 Adecuación del sistema estadístico al sistemapenal acusatorio - SPA- y reingeniería e incorpo-ración de nuevas tecnologías a procesos y apli-cativos del sistema de información estadística dela Rama Judicial. $ 200.000.000

PROYECTO 34 ESTUDIOS E INVESTIGACIONES SOCIO-JURÍDICAS NACIONAL

RECURSO 16FONDOS ESPECIALES $ 880.000.000

Investigación 1 Diseñar, desarrollar, implementar y publicar enmedio web el Atlas para la Jurisdicción de Paz,integrar en este medio el Atlas Judicial del Siste-ma Jurídico Nacional y los contenidos del Atlasde la Jurisdicción Especial Indígenaactualizados. $ 350.000.000

Investigación 2 Seguimiento y acompañamiento al desarrollo dela Jurisdicción Especial de JusticiaPaz. $ 100.000.000

Investigación 3 Desarrollo e implementación del nuevo Sistema

Penal Acusatorio según los lineamientos delPSD: i) ajuste al mapa judicial con la FiscalíaGeneral de la Nación y el Consejo Superior de laJudicatura para apoyo del nuevo SPA. ii)modelos de gestión acompañamiento e implemen-ntación en Bogotá $ 100.000.000

Investigación 4 Revisión y ajuste del banco de datos estadísticosy el diseño y desarrollo de un sistema de indica-dores para la puesta en marcha del observatoriojurisdiccional $ 230.000.000

Investigación 5 Estudio de evaluación y ajuste de los modelos degestión de los despachos judicialeslaborales. Fase I $ 100.000.000

==============TOTAL PROYECTOS DE INVERSION $2.280.000.000

ARTICULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rigea partir de la fecha de su publicación en la Gacetade la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 125

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ACUERDO No. PSAA05-3249

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adoptan medidas de descon-gestión para la Sala Penal del Tribunal Supe-

rior del Distrito Judicial de Bogotá.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 63 de la Ley 270 de 1996 y de conformidadcon lo aprobado en la sesión de la Sala Administra-tiva del 21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Las Salas Penales de losTribunales Superiores de Distrito Judicial que aúntengan procesos para fallo, en virtud de la redis-tribución prevista por el Acuerdo 2776 de 2004,continuarán con la facultad de descongestión parafallo los procesos de la Sala Penal del TribunalSuperior del Distrito Judicial de Bogotá, hasta el día31 de Marzo del año 2006.

PARÁGRAFO.- Se exceptúan del anterior término,las Salas Penales de los Tribunales Superiores delos Distritos Judiciales de Santa Marta y San Gil,los cuales continuarán con dicha descongestión,hasta el día 31 de enero de 2006.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los magistrados que in-tegran las Salas Penales referidas por el artículoprimero del presente Acuerdo, deberán fallar latotalidad de procesos que se encuentren pendien-tes en sus despachos, durante el término esta-blecido, so pena de iniciar las investigaciones per-tinentes.

ARTÍCULO TERCERO.- Las Salas Administrativasde los Consejos Seccionales de la Judicatura concompetencia sobre los tribunales colaboradores enel proceso de descongestión, realizarán un se-guimiento de lo dispuesto por el presente Acuerdo,e informarán mensualmente a la Sala Administra-tiva del Consejo Superior de la Judicatura.

ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo rige apartir de la fecha de su publicación en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3250

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se modifica el Acuerdo PSAA05-3192 de 2005 por medio del cual establecen

medidas de descongestión para losJuzgados Penales del Circuito Especializadode Medellín y Antioquia, Distrito Judicial del

mismo nombre.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial de las señaladas en el ar-

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 126

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tículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidadcon lo aprobado en la sesión de Sala Administrativael 21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar los artículos Pri-mero, Tercero y Sexto del Acuerdo PSAA05-3192de 2005 en el sentido de sustituir en todos ellos lasexpresiones “Juzgado Noveno Penal del Circuitode Medellín” por “Juzgado Diecisiete Penal delCircuito de Medellín”.

ARTICULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigea partir del once (11) de enero de dos mil seis(2006).

ARTÍCULO TERCERO.- Publíquese en la Gacetade la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3251

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por medio del cual se modifica el Acuerdo3216 de 2005, para incluir la derogatoria de

otros Acuerdos”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de las facultades constitucionales ylegales, especialmente de las conferidas por elartículo 85 de la Ley 270 de 1996,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Modificase el Artículo Pri-mero del Acuerdo 3216 de 2005, el cual quedaráasí:

“Derogar los Acuerdos Nos. 1895, 1941,1942, 1943, 1945, 2036, 2037, 2038, 2039,2040 y 2041 de 2003, cuya entrada en vi-gencia se encuentra suspendida por el A-cuerdo No. 2694 de 2004.

ARTICULO SEGUNDO.- Las medidas implemen-tadas en desarrollo de los Acuerdos objeto de lapresente derogatoria continúan vigentes para to-dos los efectos legales.

ARTICULO TERCERO.- El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 127

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PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, a los veintidós (22) días delmes de diciembre del año dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3252

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se modifica el Acuerdo No.PSAA05-3173 DE 2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de la señalada en el artículo 85de la Ley 270 de 1996 y de conformidad a loaprobado en sesión ordinaria del 14 de diciembrede 2005,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Modificar el Artículo Pri-mero del Acuerdo No. PSAA05-3173 de 2005, elcual quedará así:

“ARTÍCULO PRIMERO.- Suprimir a partir del pri-mero de enero de 2006, los siguientes cargos en elDistrito Judicial de Bucaramanga, provistos actual-mente en provisionalidad:

1. El cargo de Sustanciador del Juzgado Pri-mero Penal Municipal de Bucaramanga, Cir-cuito Judicial del mismo nombre.

2. El cargo de Oficial Mayor del Juzgado Se-gundo Penal Municipal de Bucaramanga,Circuito Judicial del mismo nombre.

3. El cargo de Escribiente grado 4 del JuzgadoQuinto Penal Municipal de Bucaramanga,Circuito Judicial del mismo nombre.

4. El cargo de Oficial Mayor del Juzgado QuintoPenal Municipal de Bucaramanga, CircuitoJudicial del mismo nombre.

5. El cargo de Escribiente nominado del Juz-gado Sexto Penal Municipal de Bucaraman-ga, Circuito Judicial del mismo nombre.

6. El cargo de Escribiente nominado del Sép-timo Penal Municipal de Bucaramanga, Cir-cuito Judicial del mismo nombre.

7. El cargo de Sustanciador del Juzgado No-veno Penal Municipal de Bucaramanga, Cir-cuito Judicial del mismo nombre.

8. El cargo de Escribiente nominado del Juz-gado Noveno Penal Municipal de Bucara-manga, Circuito Judicial del mismo nombre.

9. El cargo de Escribiente nominado del Juz-gado Décimo Penal Municipal de Bucara-manga, Circuito Judicial del mismo nombre."

ARTICULO SEGUNDO: Suprimir a partir del 1º defebrero de 2006, los siguientes cargos en el DistritoJudicial de Bucaramanga, provistos actualmenteen provisionalidad:

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 128

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1. El cargo de Secretario nominado del TerceroJuzgado Penal de Circuito Especializado deBucaramanga.

2. El cargo de Escribiente nominado del Ter-cero Juzgado Penal de Circuito Especiali-zado de Bucaramanga.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D C., a los veintidos (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3253

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adoptan medidas sobre elcódigo único de radicación en los JuzgadosPenales que se incorporan al Sistema Penal

Acusatorio.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo

528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión ordinaria de la Sala Admi-nistrativa del 21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Adicionar el artículo 3ª delAcuerdo número 201 de 1997 de la Sala Adminis-trativa del Consejo Superior de la Judicatura, en elsentido de asignar, en todos los Distritos Judicialesque se incorporen al Sistema Penal Acusatorio, losnúmeros 40-88 como código único de radicaciónpara los asuntos de competencia de los Juzgadospenales municipales con función de control de ga-rantías y 40-09 como código único de radicación delos asuntos de competencia de los juzgados pe-nales municipales con función de conocimiento .

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente acuerdo rigea partir de la publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 129

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ACUERDO No. PSAA05-3254

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adoptan medidas sobre elcódigo único de radicación en los JuzgadosPenales que se incorporan al Sistema PenalAcusatorio en los Distritos Judiciales de Bu-

caramanga y San Gil.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión ordinaria de la Sala Admi-nistrativa del 21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO. Los Juzgados del Área Pe-nal de los Distritos Judiciales de Bucaramanga ySan Gil, que se vayan incorporando al SistemaPenal Acusatorio conservarán la numeración quetengan al momento de la incorporación y conti-nuarán con el Código Único de identificación quehan venido utilizando, seguido de las expresiones“Con Función de Control de Garantías Constitu-cionales” o “Con Función de Conocimiento”, a partirdel 1º de enero de 2006.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente acuerdo rigea partir de la publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3255

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se adoptan medidas sobre elcódigo único de radicación en los JuzgadosPenales que se incorporan al Sistema Penal

Acusatorio en los Distritos Judiciales deTunja y Santa Rosa de Viterbo.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Los Juzgados del ÁreaPenal de los Distritos Judiciales de Tunja y SantaRosa de Viterbo, que se vayan incorporando alSistema Penal Acusatorio conservarán la nume-ración que tengan al momento de la incorporacióny continuarán con el Código Único de identificación

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 130

Page 140: GACETA DE LA JUDICATURA - Rama Judicialactosadministrativos.ramajudicial.gov.co/GetFile... · “Por el cual se traslada el cargo de Escribiente Grado 6 del Juzgado Séptimo Penal

que han venido utilizando, seguido de las expre-siones “Con Función de Control de Garantías Con-stitucionales” o “Con Función de Conocimien-to”, apartir del 1º de enero de 2006.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente acuerdo rigea partir de la publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3256

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se deroga el Acuerdo PSAA05-3102 de 2005".

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo85, de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con loaprobado en sesión ordinaria del 21 de diciembrede 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Derogar el acuerdo PSAA05-3102 de 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigea partir de la publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3257

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se crea el Centro de Servicios Ad-ministrativos para los Juzgados Penales de

Circuito Especializado de Manizales.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las conferidas en los nume-rales 9 y 14 del artículo 85, de la Ley 270 de 1996,

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 131

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y una vez oído el concepto previo de la ComisiónInterinstitucional de la Rama Judicial y de confor-midad con lo aprobado en sesión ordinaria del 21de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear un Centro de Ser-vicios Administrativos para la atención técnica, ad-ministrativa y secretarial de los Juzgados Penalesde Circuito Especializado de Manizales.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Centro de ServiciosAdministrativos de los Juzgados Penales de Cir-cuito Especializado de Manizales estará confor-mado de la siguiente manera:

Un (1) Secretario nominadoDos (2) Escribientes nominadosDos (2) Citadores grado 3

ARTÍCULO TERCERO.- El Centro de ServiciosAdministrativos de los Juzgados Penales de Cir-cuito Especializado de Manizales, tendrá como fun-ciones las consagradas en el artículo 1° del A-cuerdo 528 de 1999, así mismo las que le asignela Sala Administrativa del Consejo Superior de laJudicatura o la Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Caldas.

ARTÍCULO CUARTO.- Los cargos del Centro deServicios Administrativos de los Juzgados Penalesde Circuito Especializado de Manizales, serán pro-vistos a través de los traslados que defina la SalaAdministrativa del Consejo Superior de la Judica-tura , o en subsidio serán nombrados por el res-pectivo nominador, de conformidad con lo esta-blecido en el Acuerdo 781 de 2000.

ARTÍCULO QUINTO.- El régimen salarial y presta-cional de los cargos creados será el establecidopara la Rama Judicial

ARTÍCULO SEXTO.- Los Juzgados Primero y Se-gundo Penales de Circuito Especializados de Mani-zales, la Dirección Ejecutiva Seccional de Adminis-tración Judicial de Manizales y la Sala Adminis-trativa del Consejo Seccional de la Judicatura deCaldas, en lo pertinente, darán cumplimiento a lodispuesto por el Acuerdo 1676 de 2002, sobredepósitos judiciales.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- La adecuación de los es-pacios físicos para el funcionamiento de la es-truc-tura creada estará a cargo de la Unidad de Re-cursos Físicos e Inmuebles del Consejo Superiorde la Judicatura, en coordinación con la DirecciónEjecutiva Seccional de Administración Judicial deManizales.

ARTÍCULO OCTAVO.- El presente Acuerdo rige apartir de la publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 132

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ACUERDO No. PSAA05-3258

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se modifica el Acuerdo PSAA05-3251 de 2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial de las señaladas en el ar-tículo 85 de la Ley 270 de 1996,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el artículo Pri-mero del Acuerdo PSAA05-3251 de 2005 en elsentido de sustituir la expresión “3216" por ”3236".

ARTICULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigea partir de su publicación en la Gaceta de laJudicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil (2005).

JOSE ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3259

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se asigna la función de cono-cimiento en las Unidades Judiciales Munici-

pales de los Distritos Judiciales deBucaramanga y San Gil”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39 y 528de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del21 de diciembre de 2005.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- El conocimiento de losasuntos penales de competencia de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Tona, Vetas y Lebrija,será asumido por el Juzgado Primero Penal Muni-cipal de la Unidad Judicial Municipal de Bucara-manga - Floridablanca y Girón.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Penales Municipales de laUnidad Judicial Municipal de Bucaramanga - Flor-ida-blanca y Girón, será asumido por el JuzgadoPrimero Penal Municipal de la Unidad Judicial Mu-nicipal de Bucaramanga - Floridablanca y Girón.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El conocimiento de losasuntos penales de competencia del Juzgado Pro-miscuo Municipal de Santa Bárbara, será asumidopor el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de laUnidad Judicial Municipal de Piedecuesta - LosSantos - Cepitá.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 133

Page 143: GACETA DE LA JUDICATURA - Rama Judicialactosadministrativos.ramajudicial.gov.co/GetFile... · “Por el cual se traslada el cargo de Escribiente Grado 6 del Juzgado Séptimo Penal

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales dela Unidad Judicial Municipal de Piedecuesta - LosSantos - Cepitá, será asumido por el JuzgadoPri-mero Promiscuo Municipal de la Unidad JudicialMunicipal de Piedecuesta - Los Santos - Cepitá.

ARTÍCULO TERCERO.- El conocimiento de losasuntos penales de competencia del Juzgado Pro-miscuo Municipal de Rionegro, será asumido por elJuzgado Promiscuo Municipal de El Playón.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de El Pla-yón, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de Rionegro.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de la Uni-dad Judicial Municipal de Cáchira - La Esperanza,será asumido por cualquiera de los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Rionegro o El Playón, porreparto.

ARTÍCULO CUARTO.- El conocimiento de los a-suntos penales de competencia del Juzgado Pro-miscuo Municipal de la Unidad Judicial Municipalde Matanza - Charta - Suratá, será asumido por elJuzgado Promiscuo Municipal de California.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Califor-nia, será asumido por el Juzgado Promiscuo Muni-cipal de la Unidad Judicial Municipal de Matanza -Charta - Suratá.

ARTÍCULO QUINTO.- El conocimiento de los a-suntos penales de competencia de los Juzgados

Promiscuos Municipales de Betulia, Zapatota y ElCarmen, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Promiscuos Municipales de San Vicente, porreparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deSan Vicente, será asumido entre los JuzgadosPromiscuos Municipales de San Vicente, por re-parto.

ARTÍCULO SEXTO.- El conocimiento de los asun-tos penales de competencia de los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Puerto Wilches, Sabanade Torres y Puerto Parra, será asumido por cual-quiera de los Juzgados Penales Municipales deBarrancabermeja, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de com-pe-tencia de los Juzgados Penales Municipales deBarrancabermeja, será asumido entre los Juzga-dos Penales Municipales de Barrancabermeja, porreparto.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- El conocimiento de los a-suntos penales de competencia de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Cerrito, Concepción,Enciso, Carcasí, San Miguel, Capitanejo y Ma-caravita, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Promiscuos Municipales de Málaga, por re-parto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deMálaga, será asumido entre los Juzgados Promis-cuos Municipales de Málaga, por reparto.

ARTÍCULO OCTAVO.- El conocimiento de los a-suntos penales de competencia del Juzgado Pro-

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 134

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miscuo Municipal de Molagavita, será asumido porcualquiera de los Juzgados Promiscuos Munici-pales de San Andrés o Guaca, por reparto.

El conocimiento de los asuntos de competencia delJuzgado Promiscuo Municipal de San Andrés, seráasumido por el Juzgado Promiscuo Municipal deGuaca.

El conocimiento de los asuntos de competencia delJuzgado Promiscuo Municipal de Guaca, será asu-mido por el Juzgado Promiscuo Municipal de SanAndrés.

ARTÍCULO NOVENO.- El conocimiento de los a-suntos penales de competencia de los JuzgadosPromiscuos Municipales de Curití, Aratoca, Ca-brera, Barichara, Villanueva, Valle de San José yPáramo, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Promiscuos Municipales con función de co-nocimiento, de San Gil, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deSan Gil, será asumido entre los Juzgados Promis-cuos Municipales de San Gil, por reparto.

ARTÍCULO DÉCIMO.- El conocimiento de los a-suntos penales de competencia del Juzgado Pro-miscuo Municipal de Onzaga será asumido porcualquiera de los Juzgados Promiscuos Munici-pales de Mogotes o San Joaquín, por reparto.

El conocimiento de los asuntos de competencia delJuzgado Promiscuo Municipal de San Joaquín, se-rá asumido por el Juzgado Promiscuo Municipal deMogotes.

El conocimiento de los asuntos de competencia delJuzgado Promiscuo Municipal de Mogotes, seráasumido por el Juzgado Promiscuo Municipal deSan Joaquín.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- El conocimientode los asuntos penales de competencia de losJuzgados Promiscuos Municipales de Coromoro,Encino y Ocamonte, será asumido por el JuzgadoPrimero Promiscuo Municipal de Charalá.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deCharalá, será asumido por el Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de Charalá.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- El conocimien-to de los asuntos penales de competencia de losJuzgados Promiscuos Municipales de El Palmar,Confines, Guapotá, Hato, Galán y Simacota, seráasumido por el Juzgado Primero Promiscuo Muni-cipal de la Unidad Judicial Municipal de Socorro -Palmas del Socorro.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales dela Unidad Judicial Municipal de Socorro - Palmasdel Socorro, será asumido por el Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de la Unidad Judicial Munici-pal de Socorro - Palmas del Socorro.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO.- El conocimientode los asuntos penales de competencia de losJuzgados Promiscuos Municipales de Guadalupe,El Guacamayo, Contratación y Chima, será asu-mido por cualquiera de los Juzgados PromiscuosMunicipales de Oiba, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deOiba, será asumido entre los Juzgados PromiscuosMunicipales de Oiba, por reparto.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO.- El conocimientode los asuntos penales de competencia de losJuzgados Promiscuos Municipales de Aguada y

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 135

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Gámbita, será asumido por cualquiera de los Juz-gados Promiscuos Municipales de Suaita, por re-parto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deSuaita, será asumido entre los Juzgados Promis-cuos Municipales de Suaita, por reparto.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- El conocimientode los asuntos penales de competencia de losJuzgados Promiscuos Municipales de la UnidadJudicial Municipal de Bolívar - El Peñón, La Paz,Guavatá, Chipatá y Santa Helena de Opón, seráasumido por cualquiera de los Juzgados Promis-cuos Municipales de Vélez, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deVélez, será asumido entre los Juzgados Promis-cuos Municipales de Vélez, por reparto.

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.- El conocimiento delos asuntos penales de competencia de los Juz-gados Promiscuos Municipales de San Benito yGüepsa, será asumido por el Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de Barbosa.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deBarbosa, será asumido por el Juzgado PrimeroPromiscuo Municipal de Barbosa.

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO.- El conocimientode los asuntos penales de competencia del Juz-gado Promiscuo Municipal de Landázuri, será asu-mido por cualquiera de los Juzgados PromiscuosMunicipales de Cimitarra, por reparto.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deCimitarra, será asumido entre los Juzgados Pro-miscuos Municipales de Cimitarra, por reparto.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- El conocimientode los asuntos penales de competencia de losJuzgados Promiscuos Municipales de Albania, Flo-rián, Jesús María, La Belleza y Sucre, será asumidopor el Juzgado Primero Promiscuo Municipal dePuente Nacional.

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales dePuente Nacional será asumido por el Juzgado Pri-mero Promiscuo Municipal de Puente Nacional.

ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO.- La asignación defunciones establecida en el presente Acuerdo seefectúa sin perjuicio de dar aplicación a las normassobre impedimentos y recusaciones.

ARTÍCULO VIGÉSIMO. El presente Acuerdo rigea partir de la fecha de su publicación en la Gacetade la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 136

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ACUERDO No. PSAA05-3260

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se reglamentan los turnos paraejercer la función de Control de Garantías en

los Distritos Judiciales de Bucaramanga ySan Gil”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en los artículos39 y 528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidadcon lo aprobado en la sesión de la Sala Administra-tiva del día 21 de diciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- En los Distritos Judicialesde Bucaramanga y San Gil se establece el horariode ocho de la mañana (8:00 a.m.) a doce meridiano(12:00 m) y de dos de la tarde (2:00 p.m) a seis dela tarde (6:00 p.m) todos los días, para garantizarla continuidad en la prestación de la función de con-trol de garantías, en el Sistema Penal Acusatorio:

PARÁGRAFO.- Para los Juzgados Penales Muni-cipales con función de Control de Garantías deBucaramanga se establecen los siguientes turnos:

El primero de seis de la mañana (6:00 a.m.) a dos dela tarde (2:00 p.m.) y,El segundo de dos de la tarde (2:00 p.m) a diez de lanoche(10:00 p.m), todos los días.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Sala Administrativadel Consejo Superior de la Judicatura podrá variar

los turnos y la asignación de las funciones deControl de Garantías y de Conocimiento de losdistintos servidores judiciales, de conformidad conlas necesidades del servicio.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente acuerdo rigea partir de la fecha de su publicación en la Gacetade la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3261

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por el cual se reglamentan los turnos paraejercer la función de Control de Garantías en

los Distritos Judiciales de Cali y Buga”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en los artículos39 y 528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidadcon lo aprobado en la sesión de la Sala Administra-tiva del día 21 de Diciembre de 2005,

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 137

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ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- En los Distritos Judicialesde Cali y Buga se establecen los siguientes hora-rios de atención para garantizar la continuidad enla prestación de la función de control de garantías,en el Sistema Penal Acusatorio:

Para los despachos judiciales de Cali:

De seis de la mañana (6:00a.m.) a dos de la tarde(2:00 p.m.) y de dos de la tarde (2:00 p.m.) a diez de lanoche (10:00 p.m.), todos los días.

Para los despachos judiciales de Palmira y Buena-ven-tura:

De seis de la mañana (6:00a.m.) a dos de la tarde(2:00 p.m.) y de dos de la tarde (2:00 p.m.) a diez de lanoche (10:00 p.m.), los días hábiles y,

de ocho de la mañana (8:00 a.m.) a doce meridiano(12:00 m.) y de dos de la tarde (2:00 p.m.) a seis de latarde (6:00 p.m.) los fines de semana y festivos.

Para los otros despachos judiciales de los Distritos Ju-diciales de Cali y Buga, se establece el horario deocho de la mañana (8:00 a.m.) a doce meridiano(12:00 m.) y de dos de la tarde (2:00 p.m.) a seis de latarde (6:00 p.m.) todos los días.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Sala Administrativadel Consejo Superior de la Judicatura podrá variarlos turnos y la asignación de las funciones deControl de Garantías y de Conocimiento de losdistintos servidores judiciales, de conformidad conlas necesidades del servicio.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente acuerdo rigea partir de la fecha de su publicación en la Gacetade la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre de dos mil cinco ( 2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3262

DE 2005

(Diciembre 22)

“Por medio del cual se aclaran los Acuerdos3240 y 3241 de 2005"

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las consagradas en el ar-tículo 85 de la Ley 270 de 1996 y de conformidadcon lo aprobado en la sesión ordinaria del 21 dediciembre de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Acláranse los Acuerdos3240 y 3241 de 2005, en el sentido que fueronexpedidos con base en las facultades conferidaspor el artículo 90 de la Ley 270 de 1996.

ARTICULO SEGUNDO.- Aclárese el artículo 4 delAcuerdo 3240 de 2005 y el artículo 4 del Acuerdo

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Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 138

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3241 de 2005, en el sentido que los Acuerdos enreferencia empiezan a regir a partir del 1 de enerode 2006.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) díasdel mes de diciembre del año dos mil cinco (2005)

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - Extraordinaria No. 33 139