gaceta oficial 39.332
TRANSCRIPT
http://bit.ly/8MtqNU
Fuente:
Noticias 24
Gaceta Oficial Nº 39.33221 de diciembre de 2009.
Medida 1
Presentación de un Plan de ahorro energético: Aplicable a las industrias pesadas que consuman más de 5 MW y a las ligeras, Centros Comerciales o Residenciales que consuman al menos 2MW: deberán presentar un plan para reducir al menos 20% del consumo eléctrico.
Medida 2
En todo lo relacionado con publicidad exterior contenida en vallas y avisos luminosos, se prohíbe el uso de lámparas y bombillos incandescentes y halógenos, debiendo ser sustituidos por bombillos ahorradores.
Medida 3
Las empresas que usen publicidad exterior contenida en anuncios luminosos, sólo podrán mantenerla encendida de 6 pm a 12 am.
Medida 4
Los Centros Comerciales sólo podrán recibir energía eléctrica en el horario comprendido entre 11 am a 9 pm. Por su parte, las salas de bingos y casinos, sólo podrán tenerla de 6 pm a 12 am.