gastos recreativos

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Actualidad Empresarial I Área Tributaria I-7 N° 230 Primera Quincena - Mayo 2011 Actualidad y Aplicación Práctica Incidencia tributaria de las actividades recreativas en la empresa Autor : C.P.C. Josué Alfredo Bernal Rojas Título : incidencia tributaria de las actividades recreativas en la empresa Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 230 - Primera Quincena de Mayo 2011 Ficha Técnica 1. Introducción Es usual en esta época que las empresas con la finalidad de crear un ambiente propicio para el trabajo, aumentar la productividad de los trabajadores o también aliviar el estrés laboral, realicen en ciertas fechas del ejercicio actividades para la realización de dichos fines, ello implica que deben incurrir en diversos desembolsos; si bien es cierto, los mismos tienen el carácter de deducibles para fines de la determinación de la renta neta del ejercicio, se debe tener en cuenta que se encuentran sujetos a cierto límite para su deducibilidad establecido en el artículo 3. Los gastos recreativos como gasto deducible Los gastos recreativos tienen relación de causalidad con la generación de la renta o mantenimiento de la fuente, debido a la fuerza motivadora de los trabajadores, quienes contribuyen con la generación de los ingresos y mantenimiento de la fuente. Teniendo en cuenta lo mencionado ante- riormente, un gasto con fines recreativos será deducible para fines del Impuesto a la Renta si además cumple con los re- quisitos de razonabilidad y generalidad, teniendo en cuenta los ingresos de la empresa y se haya ofrecido a todos los trabajadores de forma general. También se incluye dentro de los gastos recreativos los obsequios a los trabaja- dores e inclusive para sus hijos cuando se trata de fiestas navideñas, como por ejemplo obsequios por el Día de la Ma- dre, Día del Padre, cumpleaños, etc. Se debe tener especial cuidado de sustentar la entrega de los obsequios con un docu- mento de recepción a fin de demostrar fehacientemente que se destinaron a los trabajadores 1 . Por otro lado, todo gasto con fines re- creativos debe cumplir con el requisito de contar con los comprobantes de pago respectivos 2 y por último se debe tener en cuenta el aspecto de razonabilidad y proporcionalidad del gasto en función al volumen de operaciones del negocio. En tal sentido, se ha pronunciado la SUNAT con la Directiva Nº 009-2000/ SUNAT 3 precisando que los gasto de agasajos a los trabajadores son deducibles para efectos de la determinación de la renta neta de tercera categoría. 4. Límite deducible de los gastos recreativos Los gastos recreativos serán deducibles en la medida que no se excedan del 0.5% de los ingresos netos del ejercicio hasta un máximo de 40 Unidades Impositivas Tributarias 4 . Se denomina ingreso neto del ejercicio a los ingresos brutos menos las devolucio- nes, bonificaciones, descuentos y demás de naturaleza similar que respondan a las costumbres del mercado 5 . 37 inciso ll) de la Ley del Impuesto a la Renta, cuya aplicación veremos más adelante. 2. Actividades recreativas Algunas empresas organizan diversas acti- vidades recreativas para sus trabajadores, como por ejemplo actividades deportivas que pueden incluir almuerzo y bebidas alcohólicas y no alcohólicas, agasajos a sus trabajadores en determinadas fechas, como por ejemplo el Día del Vendedor, el Día de la Secretaria, el Día del Trabajo, el Día del Padre, el Día de la Madre, aniver - sario de la empresa, Navidad, onomásti- co, etc., con la finalidad de predisponerlos y motivarlos para el mejor desempeño de sus funciones, o, en otros casos es una costumbre usual en las empresas hacer una reunión entre los trabajadores para celebrar dichas festividades, con las consecuentes erogaciones que implica la realización de dichos eventos. Estos eventos pueden ser: Festividades Aniversario de la empresa Día del Vendedor Día de la Secretaria Día del Trabajador Día de la Madre Día del Padre Fiestas Patrias Navidad y Año Nuevo Otros Paseos Onomásticos Actividades Recreativas Eventos deportivos Competencias de fulbito, vóley, gim- kana, etc. Premios, almuerzo. Agasajo por cumpleaños Paseos Deportes Fiestas 1 RTF 691-4-99, RTF 760-4-2002. 2 RTF 646-4-2000, RTF 5909-2-2007. 3 Publicada el 25 de julio de 2000. 4 Art. 37º Inc. ll) de la Ley del Impuesto a la Renta. 5 Cuarto párrafo del artículo 20º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.

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Page 1: Gastos Recreativos

Actualidad Empresarial

IÁrea Tributaria

I-7N° 230 Primera Quincena - Mayo 2011

Actu

alid

ad y

Apl

icac

ión

Prác

tica

Incidencia tributaria de las actividades recreativas en la empresa

Autor : C.P.C. Josué Alfredo Bernal Rojas

Título : incidencia tributaria de las actividades recreativas en la empresa

Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 230 - Primera Quincena de Mayo 2011

Ficha Técnica

1. IntroducciónEs usual en esta época que las empresas con la finalidad de crear un ambiente propicio para el trabajo, aumentar la productividad de los trabajadores o también aliviar el estrés laboral, realicen en ciertas fechas del ejercicio actividades para la realización de dichos fines, ello implica que deben incurrir en diversos desembolsos; si bien es cierto, los mismos tienen el carácter de deducibles para fines de la determinación de la renta neta del ejercicio, se debe tener en cuenta que se encuentran sujetos a cierto límite para su deducibilidad establecido en el artículo

3. Los gastos recreativos como gasto deducible

Los gastos recreativos tienen relación de causalidad con la generación de la renta o mantenimiento de la fuente, debido a la fuerza motivadora de los trabajadores, quienes contribuyen con la generación de los ingresos y mantenimiento de la fuente.

Teniendo en cuenta lo mencionado ante-riormente, un gasto con fines recreativos será deducible para fines del Impuesto a la Renta si además cumple con los re-quisitos de razonabilidad y generalidad, teniendo en cuenta los ingresos de la empresa y se haya ofrecido a todos los trabajadores de forma general.

También se incluye dentro de los gastos recreativos los obsequios a los trabaja-dores e inclusive para sus hijos cuando se trata de fiestas navideñas, como por ejemplo obsequios por el Día de la Ma-dre, Día del Padre, cumpleaños, etc. Se debe tener especial cuidado de sustentar la entrega de los obsequios con un docu-mento de recepción a fin de demostrar fehacientemente que se destinaron a los trabajadores1.

Por otro lado, todo gasto con fines re-creativos debe cumplir con el requisito de contar con los comprobantes de pago respectivos2 y por último se debe tener en cuenta el aspecto de razonabilidad y proporcionalidad del gasto en función al volumen de operaciones del negocio.

En tal sentido, se ha pronunciado la SUNAT con la Directiva Nº 009-2000/SUNAT3 precisando que los gasto de agasajos a los trabajadores son deducibles para efectos de la determinación de la renta neta de tercera categoría.

4. Límite deducible de los gastos recreativos

Los gastos recreativos serán deducibles en la medida que no se excedan del 0.5% de los ingresos netos del ejercicio hasta un máximo de 40 Unidades Impositivas Tributarias4.

Se denomina ingreso neto del ejercicio a los ingresos brutos menos las devolucio-nes, bonificaciones, descuentos y demás de naturaleza similar que respondan a las costumbres del mercado5.

37 inciso ll) de la Ley del Impuesto a la Renta, cuya aplicación veremos más adelante.

2. Actividades recreativasAlgunas empresas organizan diversas acti-vidades recreativas para sus trabajadores, como por ejemplo actividades deportivas que pueden incluir almuerzo y bebidas alcohólicas y no alcohólicas, agasajos a sus trabajadores en determinadas fechas, como por ejemplo el Día del Vendedor, el Día de la Secretaria, el Día del Trabajo, el Día del Padre, el Día de la Madre, aniver-sario de la empresa, Navidad, onomásti-co, etc., con la finalidad de predisponerlos y motivarlos para el mejor desempeño de sus funciones, o, en otros casos es una costumbre usual en las empresas hacer una reunión entre los trabajadores para celebrar dichas festividades, con las consecuentes erogaciones que implica la realización de dichos eventos. Estos eventos pueden ser:

Festividades

Aniversario de la empresaDía del Vendedor

Día de la SecretariaDía del TrabajadorDía de la Madre

Día del PadreFiestas Patrias

Navidad y Año NuevoOtros

Paseos Onomásticos

Actividades Recreativas

Eventos deportivos

Competencias de fulbito, vóley, gim-kana, etc. Premios, almuerzo.

Agasajo por cumpleaños

Paseos

Deportes Fiestas

1 RTF 691-4-99, RTF 760-4-2002.2 RTF 646-4-2000, RTF 5909-2-2007.3 Publicada el 25 de julio de 2000.4 Art. 37º Inc. ll) de la Ley del Impuesto a la Renta.5 Cuarto párrafo del artículo 20º del TUO de la Ley del Impuesto a la

Renta.

Page 2: Gastos Recreativos

Instituto Pacífico

I

I-8 N° 230 Primera Quincena - Mayo 2011

Actualidad y Aplicación Práctica

Caso Nº 1

La empresa “Servicentro S.A.C.”, con motivo del Día de la Secretaria, decide agasajarlas con un almuerzo en un conoci-do restaurante y además obsequiarles un joyero a cada una de las ocho secretarias que laboran en dicha empresa.

Los gastos incurridos fueron los siguien-tes:

Almuerzo S/.380.00 incluido IGV, 8 joye-ros S/.240.00 incluido IGV y servicio de taxi S/.50.00 exonerado de IGV.

Los ingresos netos del año 2011 fueron los siguientes:

5.Usodelcréditofiscalporlosgastos recreativos

En cuanto al crédito fiscal debemos tener en cuenta que se tendrá derecho hasta el 18% del monto que se acepte como gasto para fines del Impuesto a la Renta, es de-cir hasta el 18% del 0.5% de los ingresos del netos del ejercicio hasta el máximo de 40 UIT en el ejercicio, ello en vista de que uno de los requisitos sustanciales6 para ejercer dicho derecho es que el gasto se acepte como deducible para fines del Impuesto a la Renta. No podemos dejar de mencionar que la fuerza laboral contri-buye a la generación de ingresos gravados con el Impuesto General a las Ventas y con ello se cumple el segundo requisito sustancial para tener derecho al crédito fiscal, es decir que el gasto recreativo se destine a operaciones por las cuales se va a pagar el mencionado impuesto.

6. Algunas resoluciones del Tri-bunal Fiscal

RTF Nº 1687-1-2005Procede la deducción de gastos vinculados con aniversarios, festividades religiosas, día del trabajo, etc.

RTF Nº 6610-3-2003Procede la deducción por la compra de whisky si se demuestra la entrega a los trabajadores.

RTF Nº 6072-5-2003Procede la deducción del gasto por la adqui-sición de un gimnasio para que sea utilizado por los trabajadores que laboran en zonas alejadas de la ciudad.

RTF Nº 1989-4-2002Procede la deducción del gasto por la compra de camisetas como apoyo a los trabajadores en el aspecto recreativo.

Límite 1: 0.5% de los ingresos netos anuales S/.2,384,500 x 0.5% = S/.11,922.50Límite 2: 40 UIT S/.3,600 x 40 = 144,000

Comparación: S/.Límite permitido 11,922.50Gastos incurridos 575.42 V.C. IGV Total S/. Almuerzo 322.03 57.97 380 Joyeros 203.39 36.61 240 Taxi 50 0 50 575.42 94.58 670 Exceso 0

6 Establecidos en el artículo 18º de la Ley del IGV.

7. Laboratorio Tributario Conta-ble

Se pide explicar la incidencia tributaria con respecto al IGV y al Impuesto a la Renta.

Solución Incidencia con respecto al Impuesto a la RentaEn vista que el gasto cumple con los requisitos de causalidad, generalidad y razonabilidad, es deducible, pero antes es necesario determinar si el monto no sobrepasa los límites permitidos.

Determinamos los límites:

En vista que no hay exceso se acepta la totalidad del gasto.

Por otro lado, como los obsequios se entregaron de manera general no repre-sentan renta de quinta categoría para las trabajadoras.

Incidencia con respecto al IGVCon respecto al IGV, en vista que se acepta la totalidad del gasto para fines del Impuesto a la Renta también hay derecho a crédito fiscal; por otro lado,la entrega de los joyeros califica como venta gravada con el IGV por considerarse retiro de bienes, impuesto que deberá ser asu-mido por la empresa y no es deducible como gasto.

Mes Valor Vta.Bruto Descuent. Devoluc. Diferencia

de cambioInteresesBancarios

Total Ing.Netos S/.

Enero 230,000 -3,000 1,000 228,000

Febrero 203,000 -3,000 1,200 201,200

Marzo 192,000 500 2,000 194,500

Abril 205,000 -10,000 -3,000 2,000 1,500 195,500

Mayo 190,000 900 190,900

Junio 180,000 -8,000 1,200 173,200

Julio 195,000 -500 3,000 197,500

Agosto 188,000 500 188,500

Setiembre 195,000 -3,000 600 400 193,000

Octubre 210,000 -5,000 900 1,500 207,400

Noviembre 208,000 1,800 209,800

Diciembre 213,000 -10,000 2,000 205,000

Total S/. 2,409,000 -34,000 -11,500 4,000 17,000 2,384,500

Emisión de comprobante de pagoSe emitirá el comprobante de pago sólo por la entrega de los joyeros, colocando la leyenda “Transferencia Gratuita” y referencialmente el valor de venta que hubiera correspondido a la operación.

Asientos contables

62 GASToS DE PERSoNAL, DIRECToRES y GERENTES 322.03 625 Atención al personal40 TRIB., CoNTRAPREST. y APoRT. AL SIST. DE PENS. y DE SALuD PoR PAGAR 57.97 401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV-Cuenta propia46 CuENTAS PoR PAGAR DIVERSAS - TERCERoS 380.00 469 Otras ctas. por pagar div. 4699 Otras ctas. por pagarx/x Por los gasto de almuerzo por el Día de la Secretaria.

94 GASToS DE ADMINIST. xxxx95 GASToS DE VENTAS xxxx 79 CARGAS IMPuTABLES A CTAS. DE CoSToS y GASToS 322.03x/x Por el destino del gasto.

46 CuENTAS PoR PAGAR DIVERSAS - TERCERoS 380.00 469 Otras cuentas por pagar diversas 4699 Otras ctas. por pagar10 EFECTIVo y EquIVALENTE DE EFECTIVo 380 101 Cajax/x Por la cancelación de los gastos de almuerzo.

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Page 3: Gastos Recreativos

Actualidad Empresarial

IÁrea Tributaria

I-9N° 230 Primera Quincena - Mayo 2011

Caso Nº 2

Límite 1: 0.5% de los ingresos netos anuales S/.2,392,500 x 0.5% = S/.11,962.50Límite 2: 40 UIT S/.3,600 x 40 = 144,000

Comparación: S/.Límite permitido 11,962.50Gastos anteriores 3,300.00Gastos incurridos 2,161.01

van...

63 SERV. PREST. PoR TERC. 50.00 631 Transporte, correos y gastos de viaje 6311 Transporte 63112 De pasajeros46 CTAS. PoR PAGAR DIV. - TERC. 50.00 469 Otras ctas. por pagar div. 4699 Otras ctas. por pagarx/x Por el gasto de traslado de las secretarias al restaurante.

64 TRIBuToS 36.61 641 Gobierno Central 6411 IGV y Select. al Cons.40 TRIB., CoNTRAP. y APoRT. AL SISTEMA DE PENSIoNES y DE SALuD PoR PAGAR 36.61

94 GASToS DE ADMINIST. xxxx 95 GASToS DE VENTAS xxxx 79 CARGAS IMPuTABLES A CTA. DE CoSToS y GAST. 36.61x/x Por el destino del gasto.

94 GASToS DE ADMINIST. xxxx95 GASToS DE VENTAS xxxx79 CARGAS IMPuTABLES A CTAS. DE CoST. y GASToS 50.00x/x Por el destino del gasto.

46 CTAS. PoR PAG. DIV. - TERC. 50.00 469 Otras ctas. por pagar div. 4699 Otras ctas. por pagar10 EFECT. y EquIV. DE EFECT. 50.00 101 Cajax/x Por la cancelación de gastos de traslado.

62 GASToS DE PERSoNAL, DIRECToRES y GERENTES 203.39 625 Atención al personal40 TRIB., CoNTRAPREST. y APoRT. AL SIST. DE PENS. y DE SALuD PoR PAGAR 36.61 401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propia46 CTAS. PoR PAGAR DIV. - TERC. 240.00 469 Otras ctas. por pagar div. 4699 Otras ctas. por pagarx/x Por la compra de joyeros para las secretarias.

94 GASToS DE ADMINIST. xxxx95 GASToS DE VENTAS xxxx79 CARG. IMPuT. A CTAS. DE CoSToS y GASToS 203.39x/x Por el destino del gasto.

46 CTAS. PoR PAGAR DIV.- TERC. 240.00 469 Otras ctas. por pagar div. 4699 Otras ctas. por pagar10 EFECT. y EquIV. DE EFECT. 240.00 101 Cajax/x Por la cancelación de la compra de obsequios.

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vienen...——— x ——————

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La empresa “Intercomputer S.R.L.”, con motivo del Día del Trabajador, decide agasajarlos, para lo cual organiza un

Se pide explicar la incidencia tributaria con respecto al IGV y al Impuesto a la Renta.

SoluciónIncidencia con respecto al Impuesto a la RentaEn vista que el gasto cumple con los requisitos de causalidad, generalidad y razonabilidad, también es necesario determinar si el monto no sobrepasa los límites permitidos.

Determinamos los límites:

En vista que no hay exceso se acepta la totalidad del gasto.Asimismo, como los polos se entregaron de manera general a los trabajadores, no representan renta de quinta categoría para ellos.

Incidencia con respecto al IGVCon respecto al IGV, en vista que se acepta la totalidad del gasto para fines del Im-puesto a la Renta también hay derecho a crédito fiscal; por otro lado,la entrega de los polos califica como venta gravada con el IGV por considerarse retiro de bienes, impuesto que deberá ser asumido por la empresa y no es deducible como gasto.

evento deportivo que incluye almuerzo en un restaurante campestre y obsequio de un polo deportivo a cada uno de los 50 trabajadores.

Los gastos incurridos fueron los siguientes:

- Almuerzo S/.1,600.00 incluido IGV, 50 polos S/.500.00 incluido IGV, ser-vicio de transporte privado S/.250.00 incluido IGV y alquiler de campo deportivo S/.200.00 incluido IGV.

- Además se sabe que la empresa ha incurrido durante el ejercicio en los siguientes gastos recreativos:

- Aniversario de la empresa en el mes de febrero: S/.2,000.00 más IGV.

- Gastos por el Día del Vendedor: S/.800.00 más IGV.

- Gastos por el Día de la Secretaria: S/.500.00 más IGV.

- Los ingresos netos del año 2011 fue-ron los siguientes:

401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV-Cuenta propiax/x Por el IGV correspondiente al retiro de bienes.

van...

Mes Valor Vta.Bruto Descuent. Devoluc. Diferencia

de cambioInteresesBancarios

Total Ing.Netos S/.

Enero 185,000 -6,000 1,000 180,000

Febrero 218,000 -3,000 1,500 216,500

Marzo 222,000 500 2,000 224,500

Abril 205,000 -7,000 -1,000 800 197,800

Mayo 190,000 900 190,900

Junio 180,000 -9,000 600 1,200 172,800

Julio 195,000 -500 3,000 197,500

Agosto 188,000 500 188,500

Setiembre 195,000 -3,000 300 400 192,700

Octubre 210,000 -5,000 1,500 206,500

Noviembre 215,000 1,800 216,800

Diciembre 216,000 -10,000 2,000 208,000

Total S/. 2,419,000 -35,000 -9,500 1,400 16,600 2,392,500

V.C. IGV Total S/. Almuerzo 1,355.93 244.07 1,600.00 Polos 423.73 76.27 500.00 Transporte 211.86 38.13 250.00 Alquiler 169.49 30.51 200.00 2,161.01 410.59 2,550.00Exceso 0

Page 4: Gastos Recreativos

Instituto Pacífico

I

I-10 N° 230 Primera Quincena - Mayo 2011

Actualidad y Aplicación Práctica

Emisión de comprobante de pagoSe emitirá el comprobante de pago sólo por la entrega de los polos, colocando la leyenda “Transferencia Gratuita” y referencialmente el valor de venta que hubiera correspondido a la operación.

La empresa “Inversiones Lima S.A.”, con motivo de su aniversario, decide agasajar a sus trabajadores, para lo cual organiza una fiesta que incluye almuerzo en un restaurante y obsequio de una corbata a cada uno de los 100 trabajadores, el aniversario es en el mes de noviembre de cada año.

Los gastos incurridos fueron los siguien-tes:

Se pide explicar la incidencia tributaria con respecto al IGV y al Impuesto a la Renta.

Solución Incidencia con respecto al Impuesto a la RentaEn vista que el gasto cumple con los requisitos de causalidad, generalidad y razonabilidad, es deducible, pero es nece-sario determinar si el monto no sobrepasa los límites permitidos.

Determinamos los límites:

En vista que hay un exceso de S/.4,275.98 no se acepta dicho monto como gasto deducible para fines del Impuesto a la Renta.

Incidencia con respecto al IGVCon respecto al IGV, en vista que no se acepta la totalidad del gasto para fines del Impuesto a la Renta tampoco hay derecho a crédito fiscal por el IGV que corresponde al exceso; por otro lado, la entrega de los polos califica como venta gravada con el IGV por considerarse retiro de bienes, impuesto que deberá ser asu-

Caso Nº 3

- Almuerzo S/.1,500.00 incluido IGV, 100 camisas S/.2,000.00 incluido IGV, servicio de transporte privado S/.300.00 incluido IGV, alquiler de local S/.500 incluido IGV y orquesta S/.2,000 incluido IGV.

Además se sabe que la empresa ha incurrido anteriormente en los siguientes gastos recreativos por un monto de S/.11,000.

- Gastos por el Día del Vendedor: S/.3,000 más IGV.

- Gastos por el Día de la Secretaria: S/.2,000 más IGV.

- Gastos por el Día de la Madre: S/.1,000 más IGV.

- Gastos por el Día del Padre: S/.3,000 más IGV.

- Gastos por Fiestas Patrias: S/.2,000 más IGV.

Los ingresos netos del año 2011 fueron los siguientes:

Mes Valor Vta.Bruto Descuent. Devoluc. Diferencia

de cambioInteresesBancarios

Total Ing.Netos S/.

Enero 225,000 -6,000 1,000 220,000

Febrero 203,000 -3,000 1,500 201,500

Marzo 208,000 500 2,000 210,500

Abril 205,000 -11,000 -4,000 3,000 800 193,800

Mayo 190,000 900 190,900

Junio 180,000 -7,000 1,200 174,200

Julio 197,000 -500 3,000 199,500

Agosto 198,000 500 198,500

Setiembre 195,000 -3,000 400 192,400

Octubre 210,000 -5,000 1,500 206,500

Noviembre 215,000 1,800 216,800

Diciembre 216,000 -10,000 2,000 208,000

Total S/. 2,442,000 -37,000 -12,500 3,500 16,600 2,412,600

Límite 1: 0.5% de los ingresos netos anuales S/.2,412,600 x 0.5% = S/.12,063Límite 2: 40 UIT S/.3,500 x 40 = 144,000

Comparación: S/.Límite permitido 12,063.00Gastos incurridos 5,338.98

van...

V.C. IGV Total S/. Almuerzo 1,271.19 228.81 1,500.00Camisas 1,694.92 305.08 2,000.00Transporte 254.24 45.76 300.00Alquiler de local 423.73 76.27 500.00Orquesta 1,694.92 305.08 2,000.00 5,338.98 961.02 6,300.00 Gastos anteriores 11,000.00Exceso 4,275.98

mido por la empresa y no es deducible como gasto.

Cálculo del IGV no aceptado como crédito fiscal:

Exceso 4,275.98IGV 18% 769.68El monto de S/. 769.68 no se acepta como crédito fiscal del mes de noviembre, por lo tanto vía PDT 621 se debe disminuir al importe de las compras del mes la base imponible correspondiente a dicho monto y hacer el traslado del crédito a la cuenta de gasto vía diario con el asiento respectivo.

Emisión de comprobante de pagoSe emitirá el comprobante de pago sólo por la entrega de los polos, colocando la leyenda “Transferencia Gratuita” y referencialmente el valor de venta que hubiera correspondido a la operación.

Asientos contables

62 GASToS DE PERSoNAL, DIRECT. y GERENTES 1,271.19 625 Atención al personal40 TRIB., CoNTRAPREST. y APoRT. AL SIST. DE PENS. y DE SALuD PoR PAGAR 228.81 401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propia46 CTAS. PoR PAGAR DIVERSAS - TERCERoS 1,500.00 469 Otras ctas. por pagar diversas 4699 Otras cuentas por pagarx/x Por los gastos de almuerzo por el aniversario de la empresa.

94 GASToS DE ADMINIST. xxxx 95 GASToS DE VENTAS xxxx 79 CARG. IMPuT. A CTAS. DE CoSToS y GASToS 1,271.19x/x Por el destino del gasto.

46 CuENTAS PoR PAGAR DIVERSAS - TERCERoS 1,500.00 469 Otras cuentas por pagar diversas 4699 Otras cuentas por pagar10 EFECTIVo y EquIVALENTE DE EFECTIVo 1,500.00 101 Cajax/x Por la cancelación de los gastos de almuerzo.

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Page 5: Gastos Recreativos

Actualidad Empresarial

IÁrea Tributaria

I-11N° 230 Primera Quincena - Mayo 2011

63 GASToS DE SERVICIoS PRESTADoS PoR TERC. 254.24 631 Transporte, correo y gastos de viaje 6311 Transporte 63112 De pasajeros40 TRIB., CoNTRAP. y APoRT. AL SISTEMA DE PENSoNES y DE SALuD PoR PAGAR 45.76 401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV - Cta. propia46 CuENTAS PoR PAGAR DIVERSAS - TERCERoS 300.00 469 Otras ctas. por pag. div. 4699 Otras ctas. por pagarx/x Por el gasto de traslado del per-sonal a local de la fiesta.

94 GASToS DE ADMINISTRAC. xxxx 95 GASToS DE VENTAS xxxx 79 CARG. IMPuT. A CTAS. DE CoSToS y GASToS 1,694.92x/x Por el destino de los suministros.

46 CTAS. PoR PAG. DIV.- TERC. 2,000.00 469 Otras ctas. por pag. div. 4699 Otras ctas. por pag.10 EFECT. y EquIV. DE EFECT. 2,000.00 101 Cajax/x Por la cancelación de la compra de camisas.

64 GASToS PoR TRIBuToS 305.08 641 Gobierno Central 6411 IGV y Selectivo al Consumo40 TRIB., CoNTRAPREST. y APoRT. AL SIST. DE PENS. y DE SALuD PoR PAGAR 305.08 401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propiax/x Por el IGV a pagar por la entrega de las camisas a los tra-bajadores.

94 GASToS DE ADMINIST. xxxx

95 GASToS DE VENTAS xxxx

79 CARG. IMPuTABLES A CTAS. DE CoSToS y GAST. 1,694.92

x/x Por el destino del gasto.

46 CTAS. PoR PAGAR DIV. - TERCERoS 2,000 469 Otras cuentas por pagar diversas 4699 Otras cuentas por pagar10 EFECTIVo y EquIVALENTE DE EFECTIVo 2,000 101 Cajax/x Por la cancelación de los servicios de orquesta.

64 GASToS PoR TRIBuToS 769.68 641 Gobierno Central 6411 IGV y Selectivo al Consumo40 TRIB., CoNTRAPREST. y APoRT. AL SIST. DE PENS. y DE SALuD PoR PAGAR 769.68 401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propiax/x Por el traslado del IGV sin derecho a crédito fiscal al gasto.

94 GASToS DE ADMINIST. xxxx95 GASToS DE VENTAS xxxx79 CARGAS IMPuTABLES A CuENTAS DE CoSToS y GASToS 769.68x/x Por el destino del gasto.

94 GASToS DE ADMINIST. xxxx 95 GASToS DE VENTAS xxxx 79 CARGAS IMPuTABLES A CTAS. DE CoSToS y GASToS 305.08x/x Por el destino del gasto.

63 GASToS DE SERVICIoS PRESTADoS PoR TERC. 423.73 635 Alquileres 6352 Edificaciones40 TRIB., CoNTRAPREST. y APoRT. AL SIST. DE PENS. y DE SALuD PoR PAGAR 76.27 401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV - Cta. propia46 CuENTAS PoR PAGAR DIVERSAS - TERCERoS 500.00 469 Otras cuentas por pagar diversas 4699 Otras cuentas por pagarx/x Por el gasto de alquiler de local para la fiesta.

94 GASToS DE ADMINIST. xxxx 95 GASToS DE VENTAS xxxx 79 CARGAS IMPuTABLES A CuENTA DE CoSToS 423.73x/x Por el destino del gasto.

46 CuENTAS PoR PAGAR DIVERSAS - TERCERoS 500.00 469 Otras cuentas por pagar diversas 4699 Otras cuentas por pagar10 EFECTIVo y EquIVALENTE DE EFECTIVo 500.00 101 Cajax/x Por la cancelación del alquiler.

94 GASToS DE ADMINISTRAC. xxxx 95 GASToS DE VENTAS xxxx 79 CARGAS IMPuT. A CTAS. DE CoSToS y GASToS 254.24x/x Por el destino del gasto.

46 CTAS. PoR PAG. DIV. - TERC. 300.00 469 Otras ctas. por pagar div. 4699 Otras ctas. por pagar10 EFECT. y EquIV. DE EFECTIVo 300.00 101 Cajax/x Por la cancelación de gastos de traslado.

62 GASToS DE PERSoNAL, DIRECT. y GERENTES 1,694.92 625 Atención al personal40 TRIB., CoNTRAPREST. y APoRT. AL SIST. DE PENS. y DE SALuD PoR PAGAR 305.08 401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV - Cta. propia46 CTAS. PoR PAG. DIV. - TERC. 2,000.00 469 Otras ctas. por pag. div. 4699 Otras ctas. por pagarx/x Por la compra de camisas para los trabajadores.

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63 GASToS DE SERVICIoS PRESTADoS PoR TERC. 1,694.92 639 Otros serv. prestados por terceros40 TRIB., CoNTRAPREST. y APoRT. AL SIST. DE PENS. y DE SALuD PoR PAGAR 305.08 401 Gobierno Central 4011 IGV 40111 IGV - Cta. propia46 CuENTAS PoR PAGAR DIVERSAS - TERCERoS 2,000 469 Otras cuentas por pagar diversas 4699 Otras cuentas por pagarx/x Por los gastos de orquesta.