gravamen a los movimientos financieros: efecto de las

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GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS: Efecto de las reformas tributarias con el cambio de la tarifa en Colombia. Angie Medina* Resumen El Gravamen a los Movimientos Financieros es un impuesto indirecto que grava las transacciones financieras realizadas por los usuarios del sistema. El presente trabajo busca estimar si este impuesto tuvo un efecto sobre los principales agregados monetarios. En particular, se pretende ver si han sido afectadas las series del efectivo, cuentas corrientes, cuentas de ahorro, bonos y cdts por la introducción del GMF y el cambio en su tarifa. Para responder a esto, se modelan las series de los agregados monetarios de 1984 a 2017, por medio de un modelo que captura sus componentes, a saber, tendencia, estacionalidad y ciclo. Se realiza un test de cambio estructural y se encuentra que i) el bien sustituto principal, el efectivo, no aumenta; ii) las cuentas corrientes y cuentas de ahorro no disminuyen por el aumento de sus costos y iii) no se ve afectado el número de bonos y cdts en la economía. Palabras claves: gravamen a los movimientos financieros, impuesto, series de tiempo, test de cambio estructural, dummy, agregados monetarios. JEL: C22, H22, H30, K34. Introducción El Gravamen a los Movimientos Financieros, en adelante GMF, se creó temporalmente debido a la situación financiera que obligó al Gobierno de turno a decretar un Estado de Emergencia Económica 1 a finales de los años 90’s. La finalidad de la contribución fue la de sostener, preservar el sistema financiero y aliviar las deudas hipotecarias sobre viviendas. *Estudiante de economía y derecho de la Universidad de Los Andes. Memoria de Grado. E-mail [email protected]. Especial agradecimiento a Daniel Wills, profesor titular de la Facultad de Economía de la Universidad de Los Andes por el valioso aporte y comentarios. 1 Para mayor información consultar el Decreto 2330 del 16 de noviembre de 1998.

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GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS:

Efecto de las reformas tributarias con el

cambio de la tarifa en Colombia.

Angie Medina*

Resumen

El Gravamen a los Movimientos Financieros es un impuesto indirecto que grava las

transacciones financieras realizadas por los usuarios del sistema. El presente trabajo busca

estimar si este impuesto tuvo un efecto sobre los principales agregados monetarios. En

particular, se pretende ver si han sido afectadas las series del efectivo, cuentas corrientes,

cuentas de ahorro, bonos y cdts por la introducción del GMF y el cambio en su tarifa. Para

responder a esto, se modelan las series de los agregados monetarios de 1984 a 2017, por

medio de un modelo que captura sus componentes, a saber, tendencia, estacionalidad y

ciclo. Se realiza un test de cambio estructural y se encuentra que i) el bien sustituto

principal, el efectivo, no aumenta; ii) las cuentas corrientes y cuentas de ahorro no

disminuyen por el aumento de sus costos y iii) no se ve afectado el número de bonos y cdts

en la economía.

Palabras claves: gravamen a los movimientos financieros, impuesto, series de tiempo, test

de cambio estructural, dummy, agregados monetarios.

JEL: C22, H22, H30, K34.

Introducción

El Gravamen a los Movimientos Financieros, en adelante GMF, se creó temporalmente

debido a la situación financiera que obligó al Gobierno de turno a decretar un Estado de

Emergencia Económica1 a finales de los años 90’s. La finalidad de la contribución fue la de

sostener, preservar el sistema financiero y aliviar las deudas hipotecarias sobre viviendas.

                                                                                                               *Estudiante de economía y derecho de la Universidad de Los Andes. Memoria de Grado. E-mail [email protected]. Especial agradecimiento a Daniel Wills, profesor titular de la Facultad de Economía de la Universidad de Los Andes por el valioso aporte y comentarios. 1 Para mayor información consultar el Decreto 2330 del 16 de noviembre de 1998.  

  2  

En el 2000, esta contribución pasó a ser un impuesto nacional de carácter temporal con una

tarifa unificada del dos por mil para atender el desastre del eje cafetero, su reconstrucción y

su rehabilitación. Para finales del mismo año se convirtió en un nuevo impuesto de

recaudación para el gobierno con una tarifa del tres por mil (3*1000) y años más tarde pasó

a ser del cuatro por mil (4*1000). Para el 2010, 2013 y 2014, se presentaron,

respectivamente, tres reformas que pretendían eliminar gradualmente el impuesto. Sin

embargo, en la última reforma tributaria del 2016, el Gobierno decidió dejarlo permanente

con una tarifa del cuatro por mil (4*1000) ya que, este es una fuente de recursos fiscales

para el Estado. No se mostró empíricamente los posibles efectos del impuesto, sino que se

afirmó que “cualquier otro tributo que sustituyera su recaudo actual también tendría efectos

nocivos sobre la actividad económica” (Bonilla et al, 2015, pág. 17)2. En anexos se podrá

encontrar las reformas que han modificado la tarifa del GMF (ver cuadro 1).

El presente trabajo tiene por objetivo evaluar el impacto de la introducción del impuesto a

las transacciones financieras y el cambio de sus tarifas. Se quiere responder si ¿ha sido

afectado el uso del efectivo, cuentas corrientes, cuentas de ahorro, bonos y cdts por este

impuesto?. Para responder a esta pregunta se construye un modelo que captura los

componentes de las series ya que este logra ajustarse al comportamiento de las mismas.

Una vez obtenido cada uno de los modelos, se realiza un test de cambio estructural con

dummies que representan los cambios de las tarifas y posteriormente, se interactúan con los

componentes de la serie. Los datos usados son los agregados monetarios del Banco de la

República desde 1984 a 2017. Se espera que aumente la demanda del efectivo, disminuyan

las cuentas corrientes y de ahorro, asimismo se disminuya el número de bonos y cdts. Para

ello, primero se hace una revisión de literatura sobre el tema. Segundo se explica la teoría

económica que explica el comportamiento y el cambio en las expectativas y las

preferencias de los agentes económicos con respecto al campo del derecho tributario.

Tercero se presenta el modelo, la metodología y los datos usados. Cuarto, se muestran los

resultados obtenidos de las estimaciones y se presentan algunas conclusiones.

                                                                                                               2 Este documento es un punto de referencia para el Congreso de la República ya que es citado reiteradas veces en el proyecto de ley que pretende pasar la reforma tributaria del 2016. Proyecto disponible en http://leyes.senado.gov.co/proyectos/index.php/proyectos-ley/periodo-legislativo-2014-2018/2016-2017/article/163

  3  

La relevancia de este estudio radica en que según la Dian (2007), este impuesto es atractivo

por su simplicidad, fácil manejo, bajos costos de recaudación y administración, pero

sobretodo por la disponibilidad inmediata de los recursos. La gráfica 1 muestra la

participación de este impuesto sobre el total de impuestos recaudados. Así, esta muestra

que su participación en promedio ha sido de 5.3% sobre el total de impuestos recaudados.

Sin embargo, este impuesto ha sido criticado y ha formado polémica, por parte de los

consumidores y las instituciones del sector financiero, desde su implementación por ser anti

técnico y regresivo. Esto se debe a que contraría el principio de progresividad puesto que

no se tiene en cuenta una medida idónea, por ejemplo el ingreso del contribuyente, para

implementar la carga tributaria. (Uribe, 2016, p. 178). A pesar de esto, en diferentes

reformas tributarias se ha tratado de imprimirle progresividad con las exenciones tanto para

con las personas naturales como jurídicas. La reforma tributaria del 2016 tiene contemplada

29 exenciones para diferentes operaciones, las cuales se exponen en la parte de anexos (ver

cuadro 2).

Gráfica 1. Participación del Impuesto

4.5

55.

56

1998 2002 2006 2010 2014 2018Año

% del recaudo

Fuente: Elaboración propia.

Participación del GMF / Recaudo total

  4  

La gráfica 1 presenta la participación del gravamen a lo largo del tiempo sobre el total de

impuestos recaudados. Este tiene una participación del 5.3% en promedio sobre el total de

lo recaudado por la Dian. El cambio de tarifa del impuesto se representa con las líneas color

lila, tres por mil (3*1000) y cuatro por mil (4*1000), respectivamente. La línea amarilla

representa el momento en que el impuesto se vuelve permanente con una tarifa del cuatro

por mil (4*1000). Las líneas color mena, representan las tres reformas tributarias que

pretendían eliminar gradualmente el impuesto. Por último, la línea azul cielo, representa la

reforma tributaria del 2016 que deja definitivamente el impuesto permanente con la tarifa

del cuatro por mil (4*1000). (Ver también cuadro 1 de los anexos).

Revisión de literatura

Parte de los trabajos que analizan el tema, lo hacen desde una perspectiva histórica,

descriptiva o cualitativa3, pocos han estudiado los efectos del GMF y aquellos que lo hacen,

datan de los primeros años desde su implementación.

En el trabajo de Lozano & Ramos (2000), se realiza una descripción sobre el impuesto, su

nivel de recaudación, evolución durante los primeros dos años de vigencia y se realiza un

análisis descriptivo de los datos sobre las operaciones en cheques, intercambiarías y

decisiones de portafolio. Finalmente, se realiza un análisis de regresión, usando los

agregados monetarios semanales, desde la semana 2 de 1984 hasta la semana 23 de 1999,

se incluye una variable dummy, que representa la introducción del gravamen, con el fin de

ver el crecimiento del efectivo. Los resultados muestran que las operaciones en cheques

disminuyen, el endeudamiento en el corto plazo se desestimula, se eliminan las operaciones

entre establecimientos de crédito y finalmente se muestra que hay una aceleración drástica

en la tasa de crecimiento anual de este agregado monetario durante las primeras ocho

semanas, que después tiende a normalizarse su comportamiento.

                                                                                                               3 Los textos a los cuales se hacen referencia son: González & López (2013). Análisis del impuesto a las transacciones financieras en América Latina; Arias (2017). El GMF y su impacto en la bancarización de la economía colombiana; Consejo privado de competitividad. Informe Nacional de competitividad 2017-2018 & García, M. y Gómez, A. P. (2005). ¿Han aumentado el recaudo de las reformas tributarias en Colombia?.

  5  

Suescún (2001), por su parte, evalúa los efectos sobre el bienestar y el crecimiento

económico del impuesto, para ello compara las distorsiones de este impuesto con otros

instrumentos tributarios, usando un modelo de equilibrio general dinámico plenamente

especificado. Una vez desarrollado el modelo, se usan los datos y promedios entre 1951 y

1996 para la asignación de valores a los parámetros del modelo y se define una métrica

comparable para los costos de bienestar. Los resultados muestran que el impuesto a las

transacciones financieras no produce, cuantitativamente, exageradas distorsiones ya que el

crecimiento en el largo plazo no genera efectos significativos; comprobando la Conjetura

de Superneutralidad de Harberger (1964). Sin embargo, en términos de bienestar, el GMF

más distorsionante ya que disminuye el consumo y el ocio en comparación con otros

instrumentos tributarios. Finalmente, se recomienda sustituir este impuesto por cualquier

otro, incluso un impuesto a la inversión.

El trabajo realizado por Rodríguez (2002) analiza la forma en cómo opera el impuesto a

partir de la ecuación cuantitativa del dinero, en la cual se ilustra formalmente la estructura

tributaria e incluye el índice de equidad desde el punto de vista de la distribución de la

carga tributaria. Esto implica Esto se desarrolla en un primer nivel, agregado y luego una

unidad más pequeña, agente económico, persona u hogar. Para ilustrar lo anterior, se usa la

matriz insumo-producto de 1994 y 1995 con las transacciones de bienes correspondientes a

la etapa del productor. Se demuestra que la tarifa no es del todo progresivo ya que el

ejercicio muestra tramos de ingresos para los cuales el impuesto se comporta

regresivamente y en otros proporcional. Por último, resalta que a raíz del efecto cascada del

impuesto la carga tributaria es fácilmente transferible a otro agente, dependiendo del

eslabón de la cadena de producción en la que se encuentre. Por ejemplo: productor,

distribuidor o consumidor.

La Oficina de Estudios Económicos de la Dian (2007) realizó un trabajo exponiendo las

características y aspectos más relevantes del GMF, entre el periodo de su creación hasta el

año 2005. Lo relevante de este radica en la elaboración de tres escenarios que estiman el

comportamiento y recaudación del impuesto. El primero se enfoca en mantener el GMF

igual, es decir, mantener la tarifa actual del 4 por mil y reducirla a tres por mil de acuerdo

  6  

con la ley vigente; el segundo eliminar gradualmente el impuesto y, por último, una

solución intermedia entre los anteriores, la cual consiste en modificar el impuesto, bajando

la tarifa a tres por mil con la característica de permitir que este sea deducible de la renta

declarada.

Este trabajo se diferencia del trabajo de Suescún (2001) y Rodríguez (2002) en que ellos

emplean una metodología teórica en la que usan un modelo al cual le incorporan

formalmente el impuesto. La DIAN por su parte realiza un trabajo netamente descriptivo de

las características y los escenarios posibles de recaudación del impuesto. Por el contrario,

este trabajo se centra en la parte empírica, al querer demostrar si este impuesto ha

repercutido en las agregados monetarios. Frente al trabajo de Lozano y Ramos (2000), el

ejercicio de regresión se asemeja a lo realizado en este trabajo, sin embargo aquí se

contempla un periodo mucho más extenso y no solo se evalúa la introducción del impuesto

sino el cambio de sus tarifas hasta la última reforma tributaria.

Marco teórico

Los impuestos se diferencian entre directos e indirectos, los primeros recaen sobre personas

naturales y jurídicas, mientras que los segundos gravan una amplia variedad de bienes y

servicio. El GMF se caracteriza por ser indirecto, ya que este grava un servicio, un sistema

de pago o uso del sistema financiero. De acuerdo con la teoría, se espera que cuando se

grava una actividad, bien o servicio, se genera un incentivo en los agentes económicos para

que sustituyan dicha actividad, bien o servicio, por otra que esté exenta o con una tarifa

menor. En esta sección es importante exponer los conceptos e intuición que hay detrás de la

premisa anterior. En ese sentido, se explicará la sustitución de bienes o servicios, las

expectativas y preferencias racionales de los agentes y por último, las normas como precios

implícitos.

En ese orden de ideas, la sustitución depende de la elasticidad cruzada de la demanda. Esta

consiste en el efecto que tiene un cambio en el precio del bien o servicio sobre la demanda

de otro producto. Una alta elasticidad cruzada de la demanda implica que los productos son

bienes sustitutos. Por lo que, el incremento del precio de un producto, como consecuencia

  7  

de un impuesto, implica que los individuos opten por consumir otro bien. Esto en términos

de recaudación conlleva a una disminución en la recaudación del gravamen impuesto en el

producto inicial. (Posner, 2007, p. 745).

El principal bien sustituto exento del GMF es el efectivo, representa liquidez y un medio de

pago. Según Friedman, el dinero es un modo de tener riqueza, clase de activo y para las

empresas es un bien de capital, por lo que estas últimas aumentarán o disminuirán su

cantidad de acuerdo al costo de tenerlo. En ese sentido, la teoría cuantitativa del dinero,

muestra que la demanda del dinero se explica, por una variedad de factores entre otras, por

la utilidad que genera tener saldos reales; el volumen de transacciones o número de

transacciones por unidad, el rendimiento de los sustitutos del dinero (Friedman, 1971, pp.

14-15). Entonces, la intuición y la teoría indican que si por alguna razón se encarece el

tener dinero (en cuentas, bono, cdts, por ejemplo) es de esperar que se reduzca el volumen

de transacciones por unidad o se efectúen transacciones en otras formas menos costosas. De

esa forma si se encarece el uso de cuentas bancarias, disminuye su uso y aumentará el uso

de su bien sustituto, el efectivo.

Paralelamente, un fuerte supuesto detrás de la premisa es la racionalidad de los agentes

económicos, quienes forman sus expectativas y establecen sus preferencias de acuerdo con

aquellas que maximicen su utilidad. Las expectativas y preferencias racionales sobre las

variables económicas son construidas con base en la información relevante del pasado y

presente en la economía. La anticipación de las medidas aplicadas por el Gobierno,

específicamente la introducción o modificación de un impuesto, hacen parte de la

información usada por los agentes para la formación de estas. Por lo tanto, es de esperar

que ante un cambio anticipado en la regulación del sistema económico, las expectativas de

los agentes cambien para que se ajusten al fin perseguido por cada uno y, su conjunto de

preferencias se ajuste a la nueva norma vigente (Sheffrin, 1985, p.16-17).

El efecto de introducir o cambiar un impuesto, puede reflejarse en el corto o largo plazo;

antes o después de entrar en vigencia la norma, dependiendo en parte de la capacidad de

respuesta de los agentes, lo que eventualmente podrá generar un efecto distorsionante en la

  8  

demanda del producto (Stiglitz, 2003 , p. 487). En ese orden, partiendo del supuesto que los

agentes son racionales, se espera que las expectativas de los destinatarios de la norma sean

cambiadas al momento de conocer los proyectos de ley de las reformas tributarias o una vez

entre a regir la norma.

Por último, según Morales (2011, p. 59) las normas jurídicas funcionan como un sistema de

precios que incentivan o desincentivan a los destinatarios de las normas, ya que estas están

representadas en precios, que son asignados por los agentes. Detrás de la asignación está

implícito el proceso racional que cada uno realiza para mantener, cambiar o sustituir sus

expectativas y definir sus preferencias que maximicen su utilidad. En consecuencia, las

normas jurídicas inciden en el comportamiento de los contribuyentes ya que los precios

asignados reflejan el costo de oportunidad de tener efectivo para realizar transacciones.

En ese sentido, frente a las variables económicas objeto de estudio, la introducción del

impuesto y los cambios en sus tarifas, se espera que, i) la demanda de efectivo aumente y

tenga mayor circulación en la economía; ii) las cuenta corriente y ahorro disminuyan

debido a los aumentos en los costos; iii) disminuya el número de bonos y cdts, ya que al

retirar o trasladar el valor de estos últimos genera un costo adicional.

Metodología

Los datos disponibles para desarrollar este trabajo son los agregados monetarios del Banco

de la República, información semanal y mensual de 1984 a 2017, con lo cuales se

calcularon las tasas de crecimiento para cada una de las series. La metodología que se

emplea es la construcción de un modelo que capture los elementos de las series con el fin

de que este logre ajustarse y reflejar el comportamiento de cada una estas. Esto permitirá

realizar un test de cambio estructural que consiste en realizar interacciones entre los

componentes de cada serie y las dummies que representan la introducción del impuesto y el

cambio de su tarifa.

Según Diebold (2017), las fluctuaciones de las series se asignan a los componentes no

observados, a saber, tendencia, estacionalidad y ciclos. La tendencia es omnipresente;

  9  

implica una evolución lenta de largo plazo en las variables que se quieren modelar. La

estacionalidad implica patrones que se repiten cada año, la cual puede ser producto de

tecnologías, preferencias e instituciones sociales vinculados al calendario. Por ejemplo, en

vacaciones los individuos prefieren hacer viajes en vacaciones de mitad o fin de año, lo

cual incrementa los precios o en época navideña se disparan las compras. Los ciclos

dependen de la expansión o contracción de la economía y se reflejan cuando se presentan

dinámicas estables que vinculan el presente con el pasado, por lo tanto, el futuro con el

presente. En el ciclo se captura, en parte, lo que no es capturado por la tendencia o las

temporadas. La dinámica cíclica es un poco más complicada de modelar que la tendencia y

la dinámica estacional ya que el ciclo necesita modelos más complejos que las demás.

El forma funcional del modelo es el siguiente:

𝑌! = 𝛽!

!"

!!!

𝐷𝑚𝑒𝑠#!,! +  𝛾𝑇𝑖𝑒𝑚𝑝𝑜 +  𝛿𝐷#𝑐 +  𝑣!  𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒  𝑣! = +𝜃!𝑣!!!  +  𝜀!  

Donde 𝑌! es la variable económica o la tasa de crecimiento del agregado monetario, 𝛽!

captura el componente estacional, 𝐷𝑚𝑒𝑠#!,! representa la dummy mensual, 𝛾 captura el

componente de la tendencia, 𝛿 captura el cambio estructural 𝐷#𝑐 representa la dummy que

toma valores de 1 para la entrada en vigencia y duración de la tarifa y 0 para una tarifa

diferente, por último, el componente cíclico está representado por un modelo arma y un

choque de ruido blanco.

𝑣! = 𝑌! − 𝛽!

!"

!!!

𝐷𝑚𝑒𝑠#!,! +  𝛾𝑇𝑖𝑒𝑚𝑝𝑜  

Resultados

Para mostrar los resultados obtenidos de este trabajo, esta sección se dividirá en dos partes.

Primero, se presentarán las características de los datos. Segundo, se explicará brevemente el

ejercicio realizado con sus respectivos resultados. Los resultados de las regresiones se

presentan en los anexos, en esta sección solo se presentaran los coeficientes de interés.

  10  

Los agregados monetarios que se usarán son: efectivo, cuentas corrientes, cuentas de

ahorro, bonos y cdts. La gráfica 2 muestra el comportamiento de los principales agregados

a lo largo del tiempo. La unidad de estas variables es en miles de millones de pesos y el

rango del periodo es desde el primer mes de 1984 hasta el último mes de 2017. Estas

variables se escogieron por ser aquellas que pueden ser afectadas por el GMF.

El efectivo por ser el bien sustituto principal del sistema bancario, se podría afectar por el

aumento en los costos de las transacciones financieras. Las cuentas corrientes y de ahorro

son un medio para manejar el dinero, lo que implica que al subir los costos de

administración, en particular el retiro de dinero o transferencias por cierto valor, se espera

que disminuya el uso de estos servicios. Los bonos y cdts dependen de su rendimiento, que

una vez descontados los impuestos de su rédito, el contribuyente deberá asumir un costo si

quiere retirar el valor y si este supera el umbral estipulado por la ley. De esa forma se

espera que el número de bonos y cdts disminuya.

Gráfica 2. Principales agregados monetarios

050

,000

100,

000

150,

000

200,

000

1998m1 2003m1 2008m1 2013m1 2018m1tiempo

Efectivo Cuentas Corrientes Cuentas Ahorro

CDT Bonos

En miles de millones

Agregados Monetarios

Fuente: Elaboración propia.

  11  

Ahora bien, en este ejercicio se usaron las series de tiempo con datos mensuales desde 1984

a 2018. De esa forma se corrieron varias regresiones con el fin de encontrar el modelo que

mejor se ajuste a cada serie, para ello se usó el Criterio de Información de Akaike (AIC, en

inglés) y el Criterio de Información Bayesiano (BIC, en inglés). Una vez identificado el

modelo se incorporaron las dummies que representan las tarifas del impuesto, y

posteriormente se realizaron interacciones entre estas últimas y los componentes de la serie

a saber, la tendencia y la estacionalidad.

A continuación se presentarán los resultados obtenidos para los resultados de la interacción

entre las dummies de las tarifas y los componentes de la serie. De esa forma, la gráfica 3

muestra la serie del efectivo y el modelo que mejor se ajusta a esta, de acuerdo con los

criterios ACI y BIC. Se evidencia que el modelo captura muy bien la tendencia, el ciclo y

estacionalidad no es perfecta, pero se aproximan al comportamiento de la serie.

La tabla 1 contiene los resultados del modelo que mejor se ajusta a la serie del efectivo. El

R2 refleja una bondad de ajuste de un modelo que pretende explicar la serie, el cual tiende a

oscilar entre 0 y 1, entre más se aproxime a 1, mejor será el modelo. El valor de R2 es de

0.996 y 0.997, lo que explica que el modelo tiene un buen ajuste a los datos de la serie.

Asimismo, las variables de tendencia (tendencia cuadrada y cubica) y estacionalidad

mensual (Dmes2 a Dmes12), explican la serie del efectivo con un nivel del 1% de

significancia, salvo por Dmes11 que lo hace con un nivel del 5% de significancia. La

variable mensual de estacionalidad Dmes1 se omite para evitar problemas de perfecta

multicolinealidad (Diebold, 2017, p.130). La tabla 2 presenta los resultados de la regresión

con las dummies del impuesto D2, D3 y D4, las cuales representan las tarifas históricas, dos

por mil (2*1000), tres por mil (3*1000) y cuatro por mil (4*1000), respectivamente.

  12  

Gráfica 3. Serie de tiempo del efectivo

Tabla 1. Resultados obtenidos de la regresión.

Efectivo Coeficiente Error Estándar t P>|t| Tendencia^2 -0.03693 0.005545 -6.66 0.000 Tendencia^3 0.00090 0.000015 59.58 0.000

Dmes2 -0.00002 0.000008 -2.79 0.005 Dmes3 -0.00003 0.000008 -3.86 0.000 Dmes4 -0.00005 0.000008 -6.24 0.000 Dmes5 -0.00005 0.000008 -6.59 0.000 Dmes6 -0.00003 0.000008 -4.69 0.000 Dmes7 -0.00004 0.000008 -5.11 0.000 Dmes8 -0.00004 0.000008 -5.16 0.000 Dmes9 -0.00005 0.000008 -5.88 0.000

Dmes10 -0.00004 0.000008 -5.26 0.000 Dmes11 -0.00001 0.000008 -2.04 0.042 Dmes12 -0.00007 0.000008 8.78 0.000

Constante 279.9302 95.14648 2.94 0.003 Fuente: Elaboración propia.

La dummy que representa la tarifa del dos por mil (2*1000) D2 es significativa con un nivel

del 10% y tiene un coeficiente negativo. Esto implica que durante la vigencia de esta tarifa,

se disminuye el uso del efectivo, contrario a lo que se esperaba de acuerdo con la teoría

económica pues presentó una tendencia negativa. Adicionalmente, este resultado es opuesto

020

,000

40,0

0060

,000

1985m1 1990m1 1995m1 2000m1 2005m1 2010m1 2015m1 2020m1tiempo

Efectivo Modelo efectivo

lk

Efectivo

Fuente: Elaboración propia.

  13  

a las conclusiones de Lozano y Ramos (2000) ya que ellos demostraron que para las

primeras semanas de entrada en vigencia del impuesto se aceleró el uso del efectivo y luego

de varias semanas su comportamiento se normalizo. Respecto a la tarifa tres por mil (D3),

esta no es significativa en el modelo. Por lo tanto, esta no ayuda a explicar el

comportamiento del efectivo durante la vigencia de esta tarifa, por lo que es incierto si

efectivamente el GMF tuvo un efecto sobre la demanda de efectivo. La dummy del cuatro

por mil (D4) es significativa con un nivel del 1% y tiene un coeficiente positivo. Esto sería

relevante para afirmar que la tarifa del impuesto afectó la demanda del dinero

positivamente, es decir, los contribuyentes optaron por usar y realizar transacciones con

efectivo que usar otros medios.

Tabla2. Resultados obtenidos regresión con dummies de las tarifas D2, D3 y D4.

Efectivo Coeficiente Error Estándar t P>|t| D2 -389.0 204.4 -1.90 0.058 D3 -200.1 179.5 -1.11 0.266 D4 543.4 205.5 2.64 0.009

Fuente: Elaboración propia.

Se esperaba que la entrada en vigencia y los cambios de la tarifa del impuesto afectarán de

manera significativa el uso del efectivo. Por lo tanto las variables D2, D3 y D4 tendrían en

conjunto coeficientes positivos al menos con un nivel del 10% de significancia. Asimismo,

se esperaba que el coeficiente de la variable D4 fuera mayor que la variable D3 y este

último mayor que el coeficiente de la variable D2. Lo anterior se debe a la carga tributaria,

es decir, entre mayor sea la tarifa del impuesto mayor será la repercusión en la economía

y/o entre mayor sea la tarifa del impuesto sobre el bien, aumentará la demanda de los

bienes sustitutos. Sin embargo, estos resultados se aproximan a la premisa sustentado por

Suescún (2001), el impuesto a las transacciones financieras en el largo plazo no genera

distorsiones significativas comprobando que la política fiscal es neutral.

La tabla 3, 4 y 5 presentan las interacciones de las dummies D2, D3 y D4 con el

componente estacional de la serie del efectivo. El componente estacional está representado

en las dummies mensuales Dmes2 a Dmes12. No obstante, estos coeficientes no tienen el

signo esperado y su nivel de significancia es nulo. El modelo está compuesto por una

  14  

tendencia cuadrática y otra cúbica. Las interacciones de las dummies de las tarifas con la

tendencia muestran que no hay efectos del impuesto sobre la tendencia de la demanda del

efectivo. Esto se evidencia en los coeficientes ya que ninguno tiene un nivel de

significancia al menos con un nivel del 10%. En suma, esto confirma que no hay suficiente

evidencia empírica para afirmar que el impuesto, en particular el cambio de tarifas, tiene

efecto sobre el ciclo, la tendencia o estacionalidad de la serie de demanda del efectivo.

Tabla 3. Interacción de la dummy D2 con el componente estacional.

Efectivo Coeficiente Error Estándar t P>|t| D2 Mes2 -665.17 694.54 -0.96 0.339 D2 Mes3 -493.30 694.59 -0.71 0.478 D2 Mes4 -478.50 694.65 -0.69 0.491 D2 Mes5 -266.50 694.70 -0.38 0.701 D2 Mes6 -57.98 694.76 -0.08 0.934 D2 Mes7 -236.53 694.82 -0.34 0.734 D2 Mes8 -323.94 694.96 -0.47 0.641 D2 Mes9 -284.20 695.02 -0.41 0.683

D2 Mes10 -437.69 695.08 -0.63 0.529 D2 Mes11 -590.81 569.14 -1.04 0.300 D2 Mes12 -56.65 694.43 -0.08 0.935 Constante 287.56 96.12 2.99 0.003

Fuente: Elaboración propia.

Tabla 4. Interacción de la dummy D3 con el componente estacional.

Efectivo Coeficiente Error Estándar t P>|t| D3 Mes2 -136.27 573.73 -0.24 0.812 D3 Mes3 -273.14 573.83 -0.48 0.634 D3 Mes4 -228.18 573.94 -0.40 0.691 D3 Mes5 -150.94 574.05 -0.26 0.793 D3 Mes6 -145.33 574.16 -0.25 0.800 D3 Mes7 -97.17 574.27 -0.17 0.866 D3 Mes8 -279.24 574.74 -0.49 0.627 D3 Mes9 -377.60 574.85 -0.66 0.512 D3Mes10 -165.06 574.96 -0.29 0.774 D3 Mes11 -425.11 575.07 -0.74 0.460 D3 Mes12 -7.78 573.52 -0.01 0.989 Constante 274.91 96.36 2.85 0.005

Fuente: Elaboración propia.

  15  

Tabla 5. Interacción de la dummy D4 con el componente estacional.

Efectivo Coeficiente Error Estándar t P>|t| D4 Mes2 481.95 591.31 0.82 0.416 D4 Mes3 477.27 592.24 0.81 0.421 D4 Mes4 748.85 593.17 1.26 0.208 D4 Mes5 460.78 594.09 0.78 0.438 D4 Mes6 1149.59 595.00 1.93 0.054 D4 Mes7 651.33 595.90 1.09 0.275 D4 Mes8 -25.76 628.20 -0.04 0.967 D4 Mes9 215.71 629.02 0.34 0.732

D4 Mes10 418.10 629.82 0.66 0.507 D4 Mes11 -66.26 630.62 -0.11 0.916 D4 Mes12 889.52 589.42 1.51 0.132 Constante 356.55 100.54 3.55 0.000

Fuente: Elaboración propia.

Este ejercicio se realizó de la misma forma para las agregados monetarios de cuentas

corrientes, cuentas de ahorro, bonos y cdts. Los modelos identificados, para cada una de las

series, se eligieron conforme a los criterios AIC y BIC. En anexos, se presentan las gráficas

de cada serie con el modelo que mejor se ajusta al comportamiento de cada una, lo que

permite afirmar que los modelos logran capturar la tendencia de la serie, así como la

estacionalidad y el ciclo en cada una. Sin embargo, una vez incorporadas las dummies de

las tarifas, el modelo ya no es consistente puesto que los coeficientes que lo componen no

son significativos y tampoco lo son las variables que representan el cambio en la tarifa del

impuesto, D2, D3 y D4. Las interacciones de las dummies con la tendencia y la

estacionalidad no muestran algún nivel de significancia. Por lo tanto se puede concluir que

no se lograron capturar efectos del impuesto a las transacciones financieras sobre el uso de

las cuentas corrientes, cuentas de ahorro, bonos y cdts.

Tabla 6. Interacción de las dummies D2, D3 y D4 con el componente tendencia.

Efectivo Coeficiente Error Estándar t P>|t| D2 Tendencia^2 -0.1117 0.1416 -0.79 0.431 D2 Tendencia^3 0.0005 0.0007 0.72 0.474 D3 Tendencia^2 0.0024 0.0714 -0.03 0.973 D3 Tendencia^3 -0.0000 0.0003 -0.02 0.982 D4 Tendencia^2 -0.0001 0.0200 -0.01 0.994 D4 Tendencia^3 -0.0000 0.0000 0.37 0.711

Fuente: Elaboración propia.

  16  

Conclusiones

La introducción y modificación de un impuesto siempre serán incentivos que modifiquen

las expectativas y definan las preferencias de los agentes económicos, más aún cuando

estos son agentes racionales que pretenden maximizar su utilidad en las áreas de su vida. El

Gravamen a los Movimientos Financieros no es la excepción, este es un impuesto que

grava un servicio financiero que termina aumentando los costos de las transacciones.

Retomando la hipótesis, se esperaba que este impuesto afectará, las variables económicas

objeto de este estudio, i) aumentando la demanda del efectivo, ii) disminuyendo las cuentas

corriente y de ahorro debido a un alza en los costos y iii) reduciendo el número de bonos y

cdts, ya que al retirar o trasladar el valor de estos últimos, el contribuyente tiene que asumir

un costo adicional.

De acuerdo con los resultados, estos muestran limitaciones para explicar si hay realmente

un efecto del impuesto sobre la demanda del efectivo. Esto radica en que el modelo que

estima la serie del efectivo capturar y estima los componentes de esta, sin embargo, al

evaluar el cambio de las tarifas del impuesto, estas no tienen un coeficiente significativo

que permita afirmar y evaluar el impacto del impuesto. De esa forma, la variable de las

tarifas dos por mil (D2) y tres por mil (D3) no fueron relevantes para evidenciar un efecto

en la demanda del dinero, pero la variable del cuatro por mil (D4) presentó un coeficiente

positivo con un nivel del 1% de significancia. Esto lleva a pensar que el modelo no está

capturando un efecto del impuesto debido a que no hay consistencia con los coeficientes

obtenidos, frente a sus signo y relevancia para el modelo. Más aún cuando la interacciones

de las dummies con el componente estacional y de tendencia tampoco reflejan coeficientes

significativos que puedan explicar el comportamiento del efectivo.

De acuerdo a lo anterior, se explica que no hay suficiente evidencia empírica que permita

explicar los efectos del GMF sobre las variables económicas estudiadas, es decir, la

introducción del impuesto y el cambio de su tarifa no afecta la demanda del efectivo, el uso

de las cuentas corrientes, cuentas de ahorro, el número de bonos y cdts en la economía. Su

razón se debe a que primero, el efecto de este impuesto es ciertamente pequeño que el

modelo no logra capturar la distorsión que genera en la economía. Segundo, la elasticidad

  17  

cruzada de la demanda del efectivo respecto de las transacciones financieras por medio de

cuentas corrientes, cuentas de ahorro, bonos y cdts es lo suficientemente baja para verse

afectadas por el incremento en el costo de los servicios financieros. En otras palabras,

independientemente del aumento en el precio asignado por los agentes para usar los

servicios financieros, sus expectativas y preferencias no se ven afectadas por el aumento del

costo de las transacciones financieras. Finalmente, se puede decir que este ejercicio

confirma lo demostrado por Suescún (2001), la política fiscal es neutral en el largo plazo,

ya que el impuesto a las transacciones financieras no genera exageradas distorsiones.

Bibliografía

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• Bravo, J.R. (2009) Nociones Fundamentales de Derecho Tributario. Colombia, Bogotá: Editorial Legis.

• Consejo privado de competitividad. Informe Nacional de competitividad 2017-2018. Recuperado de https://compite.com.co/informe/informe-nacional-de-competitividad-2017-2018/

• Diebold, F. (2017). Forecasting in Economics, Business, Finance and Beyond. Recuperado de https://www.sas.upenn.edu/~fdiebold/Teaching221/Forecasting.pdf.

• Friedman, M. (1971). La teoría cuantitativa del dinero: una nueva exposición. México: Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos, Fondo Monetario Internacional, Banco Interamericano de Desarrollo.

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• Posner, R. A. (2007). Análisis Económico del derecho. México: FCE. • Rodríguez, J. A. (2002). El impuesto a las operaciones financieras y la equidad

tributaria. Cuadernos de Economía, v.XXI, n. 37, Bogotá, 2002.

  18  

• Sheffrin, S. (1983). Expectativas racionales. Madrid: Alianza. • Stiglitz, J. (2003). La economía del sector público. (Tercera Edición). España:

Antoni Bosch Editor. • Suescún, R. (2001). Impuesto a las transacciones: implicaciones sobre bienestar y

crecimiento. CEDE Centro de estudios sobre desarrollo económico, Universidad de los Andes.

• Uribe, L. M. (2016). Tributación indirecta y regresividad: relación estadística a nivel global. En Teoría y puesta en práctica del análisis económico del derecho colombiano. (pp. 173-194) Bogotá: Universidad de Los Andes, Facultad de derecho, Ediciones Uniandes.

Normatividad & Jurisprudencia • Constitución Política de Colombia, artículo 338 • Decreto 2331 de 1998 • Decreto 258 de 1999 • Ley 608 de 2000 • Ley 633 de 2000 • Ley 863 de 2003 • Ley 1111 de 2006 • Ley 1430 de 2010 • Ley 1694 de 2013 • Ley 1739 de 2014 • Ley 1819 de 2016 • Sentencia C-136 de 1999

  19  

Anexos

Cuadro 1. Reformas del GMF que modifican la tarifa

GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS

NORMA FECHA PUBLICACIÓN PROPÓSITO TARIFA

Decreto 2331 de 1998

Noviembre 16 de 1998

Art. 29 y ss. Creación de la contribución con el fin de preservar la estabilidad y solvencia del sistema financiero. Así como aliviar los créditos hipotecarios de vivienda

Dos por mil (2*1000) & uno

punto dos por diez mil (1.2*10000)

Decreto 258 de 1999

Febrero 12 de 1999

Ampliación del plazo anterior para atender el desastre natural del eje cafetero.

Dos por mil (2*1000)

C-136 de 1999 Marzo 4 de 1999

Corte Constitucional declara inexequible las contribuciones con destinaciones específicas y unifica la tarifa.

Unificación de la tarifa. Dos por mil

(2*1000)

Ley 608 de 2000 Agosto 8 de 2000

Art. 17 y ss. Se constituye como un impuesto nacional, de carácter temporal, para la reconstrucción y rehabilitación del eje cafetero

Dos por mil (2*1000)

Ley 633 de 2000

Diciembre 29 de 2000

Art. 1 y ss. Se convierte en un nuevo impuesto con el objetivo de ser un recaudo para el gobierno

Tres por mil (3*1000)

Ley 863 de 2003

Diciembre 29 de 2003

Art. 18. Se incrementa temporalmente la tarifa del impuesto para los años 2004 a 2007

Cuatro por mil (4*1000)

Ley 1111 de 2006

Diciembre 27 de 2006

Art. 40 y ss. Se dejó la tarifa permanente de cuatro por mil para recaudo del gobierno

Cuatro por mil (4*1000)

Ley 1430 de 2010

Diciembre 29 de 2010

Art. 3 y ss. Eliminación del GMF. Para el 2014 de dos por mil, 2016 de uno por mil y para el 2018 en adelante se deroga la disposición

Cuatro por mil (4*1000)

Ley 1694 de 2013

Diciembre 17 de 2013

Art. 1. La tarifa será del cuatro por mil. La cual se reducirá así: 2015 de dos por mil, 2016 de uno por mil y 2018 se eliminará por completo

Cuatro por mil (4*1000)

Ley 1739 de 2014

Diciembre 23 de 2014

Art. 45. Establece la eliminación gradual del impuesto así: tres por mil en 2019, dos por mil en 2020, uno por mil en 2021 y deróguese el GMF a partir del 1 enero 2022

Cuatro por mil (4*1000)

Ley 1819 de 2016

Diciembre 29 de 2016

Art. 214. Se establece como un impuesto de carácter permanente y se fija la tarifa del cuatro por mil

Cuatro por mil (4*1000)

Elaboración propia.

Cuadro 2. Exenciones del gravamen a los movimientos financieros

EXENCIONES DEL GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS

Art. Sujeto pasivo/beneficiado Hecho generador

879 #1 Persona natural y jurídica

Retiros efectuados de cuentas de ahorro, depósitos electrónicos o tarjetas prepago abiertas o administradas por entidades financieras y/o

  20  

cooperativas financieras, de ahorro y crédito vigiladas por la Superintendencia Financiera. Requisitos:

- Montos que no excedan 350 UVT mensuales. - Exención aplica para un único producto financiero de un único

titular, a elección de este.

879 #2 Persona natural y jurídica

Traslados entre cuentas corrientes de un mismo establecimiento de crédito. Requisito:

- Las cuentas deben pertenecer a un mismo y único titular.

879 #3 Persona jurídica

Operaciones realizadas por la Dirección del Tesoro Nacional, directamente o a través de órganos ejecutores, operaciones de reporto que se celebren con esta entidad y traslado de impuestos a dicha Dirección por parte de entidades recaudadoras. Operaciones realizadas por Tesorerías Públicas de cualquier orden con entidades públicas o entidades vigiladas por Superintendencia Financiera efectuadas con títulos emitido por Fogafín para capitalización de Banca Pública.

879 #4 Persona jurídica Operaciones de liquidez que realiza el Banco de la República (Ley 31 de 1992)

879 #5 Persona natural y jurídica

Créditos interbancarios y disposición de recursos originadas en operaciones de reporto, operaciones simultáneas y de transferencia temporal de valores sobre títulos materializados o desmaterializados, realizadas entre:

- Entre entidades vigiladas por Superintendencia Financiera, - Entre entidades vigiladas por Superintendencia Financiera e

intermediarios de valores inscritos en el RNAMV o, - Entre entidades vigiladas por Superintendencia Financiera y

Tesorería General de la Nación o tesorerías de entidades públicas

879 #6 Persona jurídica Transacciones ocasionadas por compensación interbancaria respecto de cuentas que poseen los establecimiento de crédito en el Banco de la República.

879 #7 Personas jurídicas

Desembolsos o pagos, mediante abono a cuenta corriente o ahorro o expedición de cheque con cruce y negociabilidad restringida, derivados de operaciones de compensación y liquidación que se realicen a través de sistemas de compensación y liquidación administradas por entidades autorizadas para tal fin respecto a operaciones que realicen en mercado de valores, derivados, divisas o bolsas de productos agropecuarios o otros comodities, incluidas garantías entregadas por cuenta de participantes y pagos correspondientes a la administración de valores en depósitos centralizados de valores siempre y cuando el pago se efectúe al cliente, comitente, fideicomitente y mandante.

879 #8 Persona jurídica Operaciones de reporto realizadas entre el Fogafín o Fogacoop con entidades inscritas ante tales instituciones.

879 #9 Persona jurídica Manejo de recursos públicos que hagan las tesorerías de entidades territoriales.

879 #10 Persona jurídica

Operaciones financieras realizadas con recursos del Sistema General de Seguridad en Salud, de Pensiones, de Riesgos Profesionales, de las EPS y ARS, de Fondos de Pensiones. Pagos a las IPS, pensionado, afiliado o beneficiado. Operaciones realizados con recursos que reciben las IPS por concepto de pagos del POS por parte de EPS o ARS hasta en un 50%.

879 #11 Persona natural y jurídica

Desembolsos de crédito mediante abono a cuenta de ahorro o corriente o expedición de cheques con cruce y negociabilidad restringida que realicen los establecimientos de crédito, cooperativas con actividad

  21  

financiera o cooperativas de ahorro y crédito vigiladas por la Superintendencia Financiera. Requisitos:

- El desembolso debe efectuarse al deudor - Si el desembolso se efectúa a un tercero, estará exento cuando

el deudor destine el crédito a adquisición de vivienda, vehículos o activos fijos.

Desembolsos efectuado por compañías de financiamiento o bancos, para pagar a comercializadores de bienes que serán entregados a terceros mediante contratos de leasing financieros con opción de compra.

879 #12

Persona jurídica

Operaciones de compra y venta de divisas efectuadas a través de cuentas de depósito del Banco de la República o de cuentas corrientes, realizadas entre intermediarios del mercado cambiario vigilados por la Superintendencia Financiera, el Banco de la República y Dirección del Tesoro Nacional. Requisito:

- Cuentas corrientes deben ser usadas exclusivamente para compra y venta de divisas entre los intermediarios del mercado cambiario.

879 #13 Persona natural y jurídica

Cheques de gerencia cuando se expidan con cargo a recursos de cuenta corriente o ahorro del ordenante. Requisito:

- Cuenta debe ser del mismo establecimiento de crédito que expida el cheque.

879 #14 Persona natural y jurídica

Traslado entre cuentas corriente, ahorro, ahorro programado, ahorro contractual, tarjeta prepago, abiertas en un mismo establecimiento de crédito, cooperativa con actividad financiera, cooperativa de ahorro y crédito, comisionista de bolsa y demás entidades vigilados por la Superintendencia Financiera, que pertenezcan a un mismo y único titular. Traslados entre inversiones o portafolios que se realicen por parte de una sociedad comisionista de bolsa, sociedad fiduciaria o sociedad administradora de inversiones vigiladas por la Superintendencia Financiera a favor de un mismo beneficiario. Traslados entre cuentas de ahorro colectivo, o entre estas y cuentas corrientes o ahorro, o entre inversionistas que pertenezcan a un mismo y único titular. Requisitos:

- Estén abiertas en la misma entidad vigilada por la Superintendencia Financiera.

Retiros efectuado de cuentas de ahorro especial de pensionados, valor de mesadas pensionales, que no excedan montos de 41 UVT. Pensionados podrán abrir y marcar otra cuenta en el mismo establecimiento de crédito, cooperativa con actividad financiera o cooperativa de ahorro y crédito para gozar de la exención del art.879 #1. Traslados entre las cuentas del pensionado estarán exentas. Si no desea gozar de la exención del art. 879 #1, su cuenta de ahorro especial gozará de exención por montos que no exceda de 350 UVT. Traslados entre cuentas corrientes y ahorros pertenecientes a fondos mutuos y cuentas de sus suscriptores o partícipes, abiertas en un mismo establecimiento de crédito, cooperativa con actividad financiera o

  22  

cooperativa de ahorro y crédito a nombre de un mismo y único titular.

879 #15 Persona jurídica Operaciones del Fondo de Estabilización de Cartera Hipotecaria (creación art. 48 Ley 546/99), a pagos y aportes de los contratos de cobertura e inversiones del Fondo.

879 #16 Persona natural Operaciones derivadas del mecanismo de cobertura de tasa de interés para créditos individuales hipotecarios para adquisición de vivienda.

879 #17 Personas naturales o jurídicas

Movimientos contables que correspondan a pago de obligaciones o traslado de bienes, recursos y derechos a cualquier título que correspondan a operaciones de compra y venta de títulos de deuda pública, realizadas entre:

- Entre entidades vigiladas por Superintendencia Financiera, - Entre entidades vigiladas por Superintendencia Financiera e

intermediarios de valores inscritos en el RNAMV o, - Entre entidades vigiladas por Superintendencia Financiera y

Tesorería General de la Nación o tesorerías de entidades públicas.

879 #18 Persona jurídica Retiros que realicen asociaciones de hogares comunitarios autorizadas por el ICBF de los recursos asignados por esta entidad.

879 #19 Persona natural o jurídica

Disposición de recursos y débitos contables respecto de las primeras 60 UVT mensuales que se generen por el pago de los giros provenientes del exterior, que se canalicen a través de entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera.

879 #20 Persona natural

Retiros de cuentas corrientes abiertas en entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, que correspondan a recursos de población reclusa autorizada por el INPEC, titular de la cuenta. Requisito:

- Montos que no excedan 350 UVT mensuales por recluso.

879 #21 Persona jurídica

Operaciones de factoring realizadas por fondos de inversión colectiva, patrimonios autónomos o sociedades o entidades cuyo objeto principal sea la realización de este tipo de operaciones.

- Sociedades podrán marcar 5 cuentas corrientes o ahorro o cuentas de patrimonios autónomo, destinadas única y exclusivamente a estas operaciones y cuyo objeto sea el recaudo, desembolso y pago del fondeo de las mismos.

Requisito: - Giro de recursos debe realizarse al beneficiario de la

operación de factoring o descuento de cartera mediante abono a cuenta corriente o ahorro o cheque que incluya páguese a cuenta de ahorro o corriente del primer beneficiario.

879 #22 Personas natural o jurídica

Transacciones efectuadas con recursos del subsidio familiar de vivienda asignados por el Gobierno o Cajas de Compensación Familiar. Transacciones para el desarrollo de proyectos de Vivienda de interés social prioritario.

879 #23 Persona natural

Retiros de cuentas corrientes o ahorro o depósitos electrónicos constituidos en entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera que corresponden a subsidios otorgados a beneficiarios de la Red Unidos.

879 #24 Persona natural Retiros de cuentas corrientes o ahorros abiertas en entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, que correspondan a créditos educativos otorgados por el ICETEX.

879 #25 Persona natural o jurídica

Retiros o disposición de recursos de depósitos electrónicos que hace referencia los artículos 2.1.15.1.1 y ss. del Dec, 2555/10, términos y límites allí previstos.

879 #26 Persona natural y

Desembolsos de crédito mediante abono a cuenta corriente o ahorro o cheque con cruce y negociabilidad restringida que realicen las

  23  

jurídica sociedades mercantiles sometidas a vigilancia de la Superintendencia Financiera cuyo objeto exclusivo sea originar créditos. Requisito:

- Desembolso se realice al deudor. - Si se hace a un tercero, estará exento si el crédito se destina a

adquisición de vivienda, vehículo, activos fijos o seguros. - Si es en cheque debe tener la restricción páguese al primer

beneficiario. - Sociedad mercantil debe estar certificada por la

Superintendencia Sociedades de su objeto exclusivo. - Sociedad mercantil debe marcar una cuenta corriente o

ahorros exenta del GMF destinada única y exclusivamente a estas operaciones.

879 #27 Persona jurídica

Retiros efectuados de cuenta de ahorro electrónica o cuenta de ahorro de trámite simplificado administradas por entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito vigiladas por la Superintendencia Financiera. No aplica la restricción del inciso 2do del art. 879 #1 (Exención a un solo producto financiero por titular).

879 #28 Persona jurídica

Depósitos a la vista que constituyan sociedades especializadas en depósitos electrónicos de que trata el artículo 1 Ley 1735/14 en otras entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. Requisito:

- Sociedad deberá marcar una cuenta corriente o ahorros exenta, destinada única y exclusivamente a esas operaciones.

879 #29 Persona natural y jurídica

Operaciones de compra de divisas que tengan único propósito la repatriación de inversiones de portafolio.

Par. Persona jurídica

El gravamen que se genere por giros de recursos exentos de conformidad con tratados, acuerdo y convenios internacionales suscritos por el país, será objeto de devolución en los términos que indique el reglamento.

Par. 2. Persona natural y jurídica

Para efectos de control y proceda la exención las entidades respectivas deberán identificar las cuentas que destinen exclusivamente para dichas operaciones.

Par. 3. Persona natural y jurídica

Contribuyentes beneficiarios de contratos de estabilidad tributaria (art. 240.1 ET) están excluidos del GMF durante la vigencia del contrato, Condición:

- Contribuyente debe marcar una cuenta corriente o ahorros exenta del GMF destinada única y exclusivamente a estas operaciones

Par. 4. Persona natural y jurídica

Para cuentas o productos a que hace referencia el artículo 879 numerales 25 y 27, aplicará la exención para un único y mismo titular si es una persona natural en retiros hasta por 65 UVT mensuales. En establecimiento de crédito, entidad financiera o cooperativa con actividad financiera o cooperativa de ahorro y crédito, el titular sólo podrá tener una sola cuenta que goce de la exención establecida en los #25 y 27 Simultáneamente se puede usar la exención contemplada en el art. 879 #1 y el beneficio contemplado en el par.4 respecto de las exenciones consagradas en el art. 879 #25 y 27.

Elaboración propia.

  24  

Tabla 7. Modelo serie del efectivo

(1)VARIABLES Efectivo

Tendencia^2 -0.0369***(0.00555)

Tendencia^3 0.000906***(1.52e-05)

Dmes2 -2.39e-05***(8.56e-06)

Dmes3 -3.29e-05***(8.52e-06)

Dmes4 -5.29e-05***(8.49e-06)

Dmes5 -5.57e-05***(8.45e-06)

Dmes6 -3.95e-05***(8.42e-06)

Dmes7 -4.28e-05***(8.39e-06)

Dmes8 -4.53e-05***(8.78e-06)

Dmes9 -5.14e-05***(8.74e-06)

Dmes10 -4.58e-05***(8.70e-06)

Dmes11 -1.77e-05**(8.67e-06)

Dmes12 7.58e-05***(8.63e-06)

Constante 279.9***(95.15)

Observaciones 415R-cuadrado 0.996

Error estándar en paréntesis*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

Fuente: Elaboración propia.

  25  

Tabla 8. Regresión del modelo con las dummies D2, D3 y D4.

(1) (1) (1)VARIABLES Efectivo VARIABLES Efectivo VARIABLES Efectivo

D2 -389.0* D3 -200.1 D4 543.4***(204.4) (179.5) (205.5)

Tendencia^2 -0.0349*** Tendencia^2 -0.0348*** Tendencia^2 -0.0465***(0.00563) (0.00587) (0.00658)

Tendencia^3 0.000901*** Tendencia^3 0.000901*** Tendencia^3 0.000919***(1.54e-05) (1.60e-05) (1.58e-05)

Dmes2 -2.39e-05*** Dmes2 -2.39e-05*** Dmes2 -2.39e-05***(8.53e-06) (8.55e-06) (8.49e-06)

Dmes3 -3.29e-05*** Dmes3 -3.29e-05*** Dmes3 -3.28e-05***(8.49e-06) (8.52e-06) (8.46e-06)

Dmes4 -5.29e-05*** Dmes4 -5.29e-05*** Dmes4 -5.28e-05***(8.46e-06) (8.48e-06) (8.42e-06)

Dmes5 -5.56e-05*** Dmes5 -5.56e-05*** Dmes5 -5.55e-05***(8.42e-06) (8.45e-06) (8.39e-06)

Dmes6 -3.94e-05*** Dmes6 -3.94e-05*** Dmes6 -3.93e-05***(8.39e-06) (8.42e-06) (8.36e-06)

Dmes7 -4.27e-05*** Dmes7 -4.27e-05*** Dmes7 -4.25e-05***(8.36e-06) (8.38e-06) (8.32e-06)

Dmes8 -4.53e-05*** Dmes8 -4.53e-05*** Dmes8 -4.52e-05***(8.75e-06) (8.78e-06) (8.72e-06)

Dmes9 -5.14e-05*** Dmes9 -5.14e-05*** Dmes9 -5.13e-05***(8.71e-06) (8.74e-06) (8.68e-06)

Dmes10 -4.58e-05*** Dmes10 -4.58e-05*** Dmes10 -4.56e-05***(8.67e-06) (8.70e-06) (8.64e-06)

Dmes11 -1.76e-05** Dmes11 -1.77e-05** Dmes11 -1.75e-05**(8.64e-06) (8.66e-06) (8.60e-06)

Dmes12 7.58e-05*** Dmes12 7.58e-05*** Dmes12 7.57e-05***(8.60e-06) (8.63e-06) (8.56e-06)

Constante 288.9*** Constante 275.1*** Constante 369.0***(94.95) (95.22) (100.3)

Observaciones 415 Observaciones 415 Observaciones 415R-cuadrado 0.997 R-cuadrado 0.996 R-cuadrado 0.997

Fuente: Elaboración propia.

Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

  26  

Tabla 9. Interacción de las dummies D2, D3 y D4 con el componente estacional.

(1) (1) (1)VARIABLES Efectivo VARIABLES Efectivo VARIABLES Efectivo

D2Dmes2 -665.2 D3Dmes2 -136.3 D4Dmes2 482.0(694.5) (573.7) (591.3)

D2Dmes3 -493.3 D3Dmes3 -273.1 D4Dmes3 477.3(694.6) (573.8) (592.2)

D2Dmes4 -478.5 D3Dmes4 -228.2 D4Dmes4 748.9(694.7) (573.9) (593.2)

D2Dmes5 -266.5 D3Dmes5 -150.9 D4Dmes5 460.8(694.7) (574.1) (594.1)

D2Dmes6 -57.98 D3Dmes6 -145.3 D4Dmes6 1,150*(694.8) (574.2) (595.0)

D2Dmes7 -236.5 D3Dmes7 -97.18 D4Dmes7 651.3(694.8) (574.3) (595.9)

D2Dmes8 -323.9 D3Dmes8 -279.2 D4Dmes8 -25.76(695.0) (574.7) (628.2)

D2Dmes9 -284.2 D3Dmes9 -377.6 D4Dmes9 215.7(695.0) (574.9) (629.0)

D2Dmes10 -437.7 D3Dmes10 -165.1 D4Dmes10 418.1(695.1) (575.0) (629.8)

D2Dmes11 -590.8 D3Dmes11 -425.1 D4Dmes11 -66.26(569.1) (575.1) (630.6)

D2Dmes12 -56.66 D3Dmes12 -7.783 D4Dmes12 889.5(694.4) (573.5) (589.4)

Tendencia^2 -0.0352*** Tendencia^2 -0.0349*** Tendencia^2 -0.0453***(0.00569) (0.00591) (0.00652)

Tendencia^3 0.000901*** Tendencia^3 0.000901*** Tendencia^3 0.000928***(1.56e-05) (1.62e-05) (1.76e-05)

Dmes2 -2.36e-05*** Dmes2 -2.37e-05*** Dmes2 -3.44e-05**(8.64e-06) (8.69e-06) (1.55e-05)

Dmes3 -3.26e-05*** Dmes3 -3.26e-05*** Dmes3 -4.33e-05***(8.61e-06) (8.65e-06) (1.54e-05)

Dmes4 -5.26e-05*** Dmes4 -5.26e-05*** Dmes4 -6.91e-05***(8.57e-06) (8.62e-06) (1.53e-05)

Dmes5 -5.55e-05*** Dmes5 -5.54e-05*** Dmes5 -6.56e-05***(8.54e-06) (8.58e-06) (1.52e-05)

Dmes6 -3.94e-05*** Dmes6 -3.93e-05*** Dmes6 -6.39e-05***(8.50e-06) (8.55e-06) (1.51e-05)

Dmes7 -4.26e-05*** Dmes7 -4.26e-05*** Dmes7 -5.67e-05***(8.47e-06) (8.51e-06) (1.51e-05)

Dmes8 -4.51e-05*** Dmes8 -4.49e-05*** Dmes8 -4.45e-05***(8.87e-06) (8.92e-06) (1.65e-05)

Dmes9 -5.13e-05*** Dmes9 -5.09e-05*** Dmes9 -5.60e-05***(8.83e-06) (8.88e-06) (1.64e-05)

Dmes10 -4.56e-05*** Dmes10 -4.56e-05*** Dmes10 -5.48e-05***(8.79e-06) (8.84e-06) (1.63e-05)

Dmes11 -1.72e-05* Dmes11 -1.71e-05* Dmes11 -1.62e-05(8.76e-06) (8.81e-06) (1.62e-05)

Dmes12 7.58e-05*** Dmes12 7.58e-05*** Dmes12 5.61e-05***(8.71e-06) (8.76e-06) (1.56e-05)

Constante 287.6*** Constante 274.9*** Constante 356.6***(96.12) (96.37) (100.5)

Observaciones 415 Observaciones 415 Observaciones 415R-cuadrado 0.997 R-cuadrado 0.997 R-cuadrado 0.997

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1Fuente: Elaboración propia.

  27  

Tabla 10. Interacción de las dummies D2, D3 y D4 con el componente tendencial.

(1) (1) (1)VARIABLES Efectivo VARIABLES Efectivo VARIABLES Efectivo

D2tendencia^2 -0.112 D3tendencia^2 -0.00245 D4tendencia^2 -0.000139(0.142) (0.0714) (0.0200)

D2tendencia^3 0.000528 D3tendencia^3 -7.31e-06 D4tendencia^3 3.44e-05(0.000737) (0.000319) (9.26e-05)

Tendencia^2 -0.0350*** Tendencia^2 -0.0348*** Tendencia^2 -0.0315(0.00563) (0.00588) (0.0218)

Tendencia^3 0.000901*** Tendencia^3 0.000900*** Tendencia^3 0.000857***(1.55e-05) (1.61e-05) (9.61e-05)

Dmes2 -2.39e-05*** Dmes2 -2.39e-05*** Dmes2 -2.39e-05***(8.54e-06) (8.56e-06) (8.53e-06)

Dmes3 -3.29e-05*** Dmes3 -3.29e-05*** Dmes3 -3.28e-05***(8.50e-06) (8.53e-06) (8.49e-06)

Dmes4 -5.29e-05*** Dmes4 -5.29e-05*** Dmes4 -5.28e-05***(8.47e-06) (8.49e-06) (8.46e-06)

Dmes5 -5.57e-05*** Dmes5 -5.56e-05*** Dmes5 -5.55e-05***(8.43e-06) (8.46e-06) (8.43e-06)

Dmes6 -3.95e-05*** Dmes6 -3.94e-05*** Dmes6 -3.93e-05***(8.40e-06) (8.43e-06) (8.39e-06)

Dmes7 -4.28e-05*** Dmes7 -4.27e-05*** Dmes7 -4.25e-05***(8.37e-06) (8.39e-06) (8.36e-06)

Dmes8 -4.54e-05*** Dmes8 -4.53e-05*** Dmes8 -4.53e-05***(8.76e-06) (8.79e-06) (8.75e-06)

Dmes9 -5.15e-05*** Dmes9 -5.14e-05*** Dmes9 -5.13e-05***(8.72e-06) (8.75e-06) (8.71e-06)

Dmes10 -4.59e-05*** Dmes10 -4.58e-05*** Dmes10 -4.57e-05***(8.68e-06) (8.71e-06) (8.68e-06)

Dmes11 -1.76e-05** Dmes11 -1.76e-05** Dmes11 -1.75e-05**(8.65e-06) (8.68e-06) (8.64e-06)

Dmes12 7.58e-05*** Dmes12 7.58e-05*** Dmes12 7.57e-05***(8.61e-06) (8.64e-06) (8.60e-06)

Constante 290.0*** Constante 274.7*** Constante 307.5**(95.05) (95.37) (124.4)

Observaciones 415 Observacines 415 Observaciones 415R-cuadrado 0.997 R-cuadrado 0.996 R-cuadrado 0.997

Fuente: Elaboración propia

Erros estándar en paréntesis Erros estándar en paréntesis Erros estándar en paréntesis*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

  28  

Gráfica 4. Serie de tiempo de las cuentas corrientes

010

,000

20,0

0030

,000

40,0

0050

,000

1985m1 1990m1 1995m1 2000m1 2005m1 2010m1 2015m1 2020m1tiempo

Total Cuentas Corrientes Modelo Cuentas Corrientes

lk

Cuentas Corrientes

Fuente: Elaboración propia.

  29  

Tabla 11. Regresiones del modelo con dummies de cada tarifas D2, D3 y D4.

(1) (2) (3) (1) (2) (3) (1) (2) (3)VARIABLES CuentaCorriente ARMA sigma VARIABLES CuentaCorriente ARMA sigma VARIABLES CuentaCorriente ARMA sigma

D2 -364.9 D3 27.49 D4 410.7(1,168) (718.8) (4,345)

Tendencia -36.00 Tendencia -37.06 Tendencia -33.87(93.00) (93.38) (113.7)

Tendencia^2 0.328 Tendencia^2 0.333 Tendencia^2 0.308(0.480) (0.484) (0.653)

Tendencia^3 0.000112 Tendencia^3 0.000108 Tendencia^3 0.000143(0.000675) (0.000681) (0.000930)

Dmes2 0.00448*** Dmes2 0.00448*** Dmes2 0.00449***(0.000915) (0.000916) (0.000915)

Dmes3 0.00156 Dmes3 0.00155 Dmes3 0.00157(0.00121) (0.00121) (0.00121)

Dmes4 -0.00220 Dmes4 -0.00221 Dmes4 -0.00218(0.00150) (0.00150) (0.00150)

Dmes5 -0.0112*** Dmes5 -0.0112*** Dmes5 -0.0111***(0.00179) (0.00179) (0.00179)

Dmes6 -0.00195 Dmes6 -0.00196 Dmes6 -0.00191(0.00179) (0.00179) (0.00179)

Dmes7 -0.00422** Dmes7 -0.00423** Dmes7 -0.00417**(0.00179) (0.00179) (0.00179)

Dmes8 -0.00278 Dmes8 -0.00279 Dmes8 -0.00272(0.00176) (0.00176) (0.00176)

Dmes9 -0.00873*** Dmes9 -0.00875*** Dmes9 -0.00867***(0.00168) (0.00168) (0.00168)

Dmes10 -0.00468*** Dmes10 -0.00469*** Dmes10 -0.00461***(0.00142) (0.00142) (0.00142)

Dmes11 0.00481*** Dmes11 0.00474*** Dmes11 0.00484***(0.00126) (0.00126) (0.00126)

Dmes12 0.0277*** Dmes12 0.0277*** Dmes12 0.0277***(0.000941) (0.000943) (0.000942)

L.ar 0.946*** L.ar 0.946*** L.ar 0.946***(0.0118) (0.0118) (0.0124)

Constante 1,230 700.5*** Constante 1,256 700.9*** Constante 1,198 700.6***(5,035) (16.56) (4,946) (16.59) (5,271) (16.64)

Observaciones 415 415 415 Observaciones 415 415 415 Observaciones 415 415 415

Fuente: Elaboración propia.

Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

  30  

Gráfica 5. Serie de tiempo de las cuentas de ahorro

Tabla 12. Regresiones del modelo con dummies de cada tarifas D2, D3 y D4.

050

,000

100,

000

150,

000

200,

000

1985m1 1990m1 1995m1 2000m1 2005m1 2010m1 2015m1 2020m1tiempo

Cuentas Ahorro Modelo Cuentas de Ahorro

lk

Cuentas de Ahorro

Fuente: Elaboración propia.

(1) (2) (3) (1) (2) (3) (1) (2) (3)VARIABLES CuentaAhorro ARMA sigma VARIABLES CuentaAhorro ARMA sigma VARIABLES CuentaAhorro ARMA sigma

D2 -6.056 D3 -185.7 D4 180.0(11,938) (8,551) -12,508

Tendencia -45.58 Tendencia -44.92 Tendencia -44.20(428.6) (428.0) (433.8)

Tendencia^2 0.190 Tendencia^2 0.187 Tendencia^2 0.179(2.093) (2.085) -2175

Tendencia^3 0.00226 Tendencia^3 0.00227 Tendencia^3 0.00228(0.00275) (0.00274) (0.00289)

L.ar 0.962*** L.ar 0.962*** L.ar 0.962***(0.0110) (0.0110) (0.0111)

Constante 1,908 1,592*** Constante 1,882 1,592*** Constante 1,874 1,592***(22,436) (30.02) (22,709) (30.02) -22,941 (30.10)

Observaciones 415 415 415 Observaciones 415 415 415 Observaciones 415 415 415

Fuente: Elaboración propia.

Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

  31  

Gráfica 6. Serie de tiempo de los Bonos

Tabla 13. Regresiones del modelo con dummies de cada tarifas D2, D3 y D4.

010

,000

20,0

0030

,000

1985m1 1990m1 1995m1 2000m1 2005m1 2010m1 2015m1 2020m1tiempo

Bonos Modelo Bonos

lk

Bonos

Fuente: Elaboración propia.

(1) (2) (3) (1) (2) (3) (1) (2) (3)VARIABLES Bonos ARMA sigma VARIABLES Bonos ARMA sigma VARIABLES Bonos ARMA sigma

D2 -83.26 D3 -71.03 D4 12.58(310.1) (848.7) (3,314)

Tendencia -2.650 Tendencia -2.597 trend -2.348(365.8) (355.5) (275.7)

Tendencia^2 0.00519 Tendencia^2 0.00487 trend2 0.00200(1.061) (1.035) (0.859)

Tendencia^3 0.000389 Tendencia^3 0.000390 trend3 0.000395(0.00105) (0.00103) (0.000908)

L.ar 0.987*** L.ar 0.987*** L.ar 0.987***(0.00736) (0.00734) (0.00732)

Constante 94.09 279.7*** Constante 95.75 279.8*** Constante 119.9 279.8***(44,530) (5.969) (43,102) (5.972) (32,387) (5.974)

Observaciones 415 415 415 Observaciones 415 415 415 Observasiones 415 415 415

Fuente: Elaboración propia.

Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

  32  

Gráfica 7. Serie de tiempo de los Cdts

Tabla 14. Regresiones del modelo con dummies de cada tarifas D2, D3 y D4.

050

,000

100,

000

150,

000

200,

000

1985m1 1990m1 1995m1 2000m1 2005m1 2010m1 2015m1 2020m1tiempo

CDT Modelo CDTs

Fuente: Elaboración propia.

CDTs

(1) (2) (3) (1) (2) (3) (1) (2) (3)VARIABLES CDT ARMA sigma VARIABLES CDT ARMA sigma VARIABLES CDT ARMA sigma

D2 90.25 D3 307.4 D4 89.25(2,585) (851.4) -2,485

Tendencia 156.1 Tendencia 155.8 Tendencia 156.0(431.0) (431.8) (432.8)

Tendencia^2 -1.285 Tendencia^2 -1.285 Tendencia^2 -1.284(1.786) (1.785) -1.791

Tendencia^3 0.00455** Tendencia^3 0.00455** Tendencia^3 0.00455**(0.00220) (0.00220) (0.00221)

L.ar 0.986*** L.ar 0.986*** L.ar 0.986***(0.00712) (0.00711) (0.00711)

Constant -687.5 894.2*** Constant -680.3 894.0*** Constante -683.3 893.2***(34,972) (16.25) (35,183) (16.24) (35,220) (15.25)

Observaciones 415 415 415 Observaciones 415 415 415 Observaciones 415 415 415

Fuente: Elaboración propia.

Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis Error estándar en paréntesis*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1 *** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1