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Historia de la Ley Nº 20.259 Establece rebaja transitoria del impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales. 25 de marzo, 2008

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Historia de la Ley

Nº 20.259

Establece rebaja transitoria del impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos

legales.

25 de marzo, 2008

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Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información proporcionada por el Sistema de Tramitación de Proyectos del Congreso Nacional (SIL). Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley, en ambas Cámaras. Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley, como por ejemplo la cuenta en Sala o la presentación de urgencias. Para efectos de facilitar la impresión de la documentación de este archivo, al lado izquierdo de su pantalla se incorpora junto al índice, las páginas correspondientes a cada documento, según la numeración del archivo PDF. La Biblioteca del Congreso Nacional no se hace responsable de las alteraciones, transformaciones y/o del uso que se haga de esta información, las que son de exclusiva responsabilidad de quienes la consultan y utilizan.

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INDICE

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 4 1.1. Mensaje Presidencial 4 1.2. Informe Comisión de Hacienda 15 1.3. Discusión en Sala 38 1.4. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora 68

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado 75 2.1. Informe Comisión de Hacienda 75 2.2. Discusión en Sala 84 2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen 163

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 164 3.1. Discusión en Sala 164 3.2. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora 191 3.3. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo 192

4. Publicación de Ley en Diario Oficial 199

4.1. Ley Nº 20.259 199

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MENSAJE PRESIDENCIAL

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje del Ejecutivo Mensaje de S.E. La Presidenta de la República con el que inicia un Proyecto de Ley que establece Rebaja Transitoria del Impuesto a las Gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales. Fecha 03 de marzo, 2008. Cuenta en Sesión 137, Legislatura 355. Cámara de Diputados.

MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE REBAJA TRANSITORIA AL IMPUESTO A LAS GASOLINAS AUTOMOTRICES Y MODIFICA OTROS CUERPOS LEGALES. SANTIAGO, marzo 3 de 2008

M E N S A J E Nº 1469-355/

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto introducir mejoras en los regímenes tributarios del país para fomentar el crecimiento y el desarrollo de nuestra economía.

Antecedentes Necesidad de incorporar medidas pro-crecimiento

La economía chilena es una economía de gran solidez y estabilidad. El sostenido crecimiento económico a lo largo de dos décadas y la dinámica expansión del empleo y de la inversión en años recientes son prueba de ello. Lo anterior es el resultado de políticas económicas sanas y responsables mantenidos a lo largo de los gobiernos de la Concertación.

No obstante, en meses recientes el escenario internacional se ha tornado más volátil e incierto. La fortaleza de nuestras cuentas fiscales, de nuestro sector financiero y de nuestra estructura productiva nos protege en gran medida de esta volatilidad externa y nos permite mirar el futuro con tranquilidad y optimismo.

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.

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MENSAJE PRESIDENCIAL

Es precisamente la fortaleza de nuestra economía que permite actuar al gobierno de manera pro-activa para minimizar las repercusiones del escenario internacional sobre ésta. Por eso, el gobierno –consciente de estos desafíos- viene en proponer un paquete de iniciativas que nos permitan afrontar dichos desafíos de desarrollo económico futuro y, al mismo tiempo, de alivio inmediato para nuestros compatriotas.

De este modo como coalición reiteramos nuestro compromiso con el crecimiento económico y la equidad social, pilares de nuestra gestión gubernamental. Contenido del proyecto

Este proyecto de ley apunta directamente a potenciar el crecimiento, las oportunidades y el bienestar para las familias chilenas. Contempla cuatro elementos integrados y armonizados en este proyecto de ley coherente y equilibrado, que además, recoge diversos consensos de la discusión pública sobre estos temas y que están diseñados para el entorno que actualmente atraviesa la economía nacional.

Rebaja del impuesto a las gasolinas

automotrices

El escenario del petróleo a un precio sobre 100 dólares por barril es una situación inédita. Siendo Chile un país importador de petróleo, estamos expuestos a este adverso escenario. El Gobierno ha estado activamente implementando medidas para mitigar el efecto de esta alza en el presupuesto familiar de los ciudadanos. Es así como en enero, mediante la ley Nº 20.246, se inyectaron 200 millones de dólares adicionales al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles, lo que ha reducido el precio de las gasolinas en cerca de $50 en las últimas semanas.

Sin embargo, el alto nivel del precio de los combustibles, y la elevada incertidumbre acerca de su trayectoria en los meses venideros, hacen necesario que el gobierno plantee una medida adicional para resguardar los presupuestos de aquellos con menos posibilidades de sustentar dicho incremento, así como las expectativas de nuestros emprendedores de menor tamaño.

Por ello, el presente proyecto propone, transitoriamente, que el impuesto específico a las gasolinas automotrices, actualmente fijado en 6

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UTM/m3, baje a 4,5 UTM/m3 en tanto los precios del petróleo se mantengan en niveles tan elevados como los actuales. Esta medida se traduciría en un importante alivio en los precios que pagan los consumidores, con rebajas a nivel de estaciones de servicio superiores a $50 por litro. La medida es temporal, pues tendrá una vigencia de 24 meses.

Atendida la naturaleza pasajera de estos precios de petróleo históricamente altos, existiría un mecanismo complementario de tasa variable, que modificaría la tasa final de impuesto en relación a dichos precios, determinados por la Comisión Nacional de Energía de acuerdo a la cotización del barril de petróleo West Texas Intermediate (WTI) en los mercados internacionales.

Así, durante el período de vigencia de la ley el impuesto sería de 4,5 UTM/m3, a menos que los precios del barril de petróleo bajen sustantivamente a niveles de US$ 75 por barril en promedio durante 12 meses, o menos, caso en el cual el impuesto volvería gradualmente a niveles como los vigentes en la actualidad. No obstante lo anterior, por los primeros seis meses de vigencia de la ley se fijaría el componente variable del impuesto de manera de que resulte un impuesto específico de 4,5 UTM/m3.

Compensación del Impuesto de Timbres y

Estampillas para la micro, pequeña y mediana empresa

En momentos de mayor incertidumbre,

quienes enfrentan mayores retos son las pequeñas y medianas empresas. El gobierno ha priorizado diversos esfuerzos para apoyar la modernización de este sector.

El presente proyecto propone dar un paso adicional, al permitir compensar el pago del impuesto de timbres y estampillas que efectúan las micro, pequeñas y medianas empresas. Esto permitirá reducir significativamente el costo de las operaciones de financiamiento para este sector. Así, podrán acceder a más y mejores alternativas crediticias, lo que potenciará su capacidad de inversión y desarrollo, generando en el proceso mayor empleo y dinamismo en nuestra economía. Esta compensación se efectuará por la vía de permitir que el impuesto de timbres y estampillas pagado por estas empresas pueda ser descontado de sus pagos tributarios por IVA.

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De este modo, las empresas de menor tamaño podrán solicitar créditos hasta por el valor de sus ingresos anuales por ventas y servicios, con un tope de aproximadamente cien millones de pesos anuales, sabiendo que ya no enfrentarán el costo del impuesto de timbres y estampillas.

Pero, además, como un incentivo no solamente dirigido a las Pymes, sino a todos los emprendedores y ciudadanos que accedan al crédito, se propone adelantar en un año la reducción general del impuesto ya aprobado en 2006. Así, la tasa del impuesto se reduciría a 1,2% en forma inmediata y no en enero de 2009, como estaba previsto.

Incentivos a los Vehículos Ecológicos

En muchos países existen impuestos a los

combustibles para desincentivar el uso de sustancias contaminantes, que dañan la salud de las personas y al medio ambiente.

Sin embargo, desincentivar el uso de combustibles fósiles no sólo puede hacerse mediante impuestos que encarecen su uso. Una alternativa es estimular la adopción de tecnologías más limpias y eficientes para los autos particulares, que están disponibles en el mundo pero que en Chile casi no existen.

Por ello, se propone un incentivo para la adquisición de automóviles con tecnología híbrida. Estos son vehículos con motores que combinan electricidad y combustible, y que por su alto rendimiento y bajas emisiones, son los menos contaminantes del mundo. Sin embargo, su costo es algo superior a los vehículos tradicionales, por lo cual es oportuno apoyar su introducción en nuestro país con un incentivo fiscal.

Con este fin, se bonificará a los propietarios de vehículos híbridos inscritos en el Registro de Autos Motorizados entre el 1 de marzo de 2008 y el 31 de marzo del 2010.

La bonificación es equivalente al pago del impuesto anual por permiso de circulación y se cancelará por los primeros cuatro años a partir de su inscripción en Registro de Vehículos Motorizados para vehículos cuyo precio sea inferior a 730 U.F. Los vehículos de mayor valor recibirán la bonificación por dos años, en la medida que no superen las 1.220 U.F.

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En respuesta a estos incentivos, en Chile pasarán a estar disponibles nuevos modelos de vehículos híbridos, más limpios y con menor consumo de combustible.

Focalización del beneficio tributario de IVA a

la Construcción

Con el objeto de financiar el costo permanente del beneficio antes señalado a favor de las Pymes, proponemos en este proyecto de ley, complementariamente, modificar la franquicia tributaria a la construcción de viviendas, que se otorga en la actualidad a las empresas constructoras por la construcción de toda clase de viviendas.

Para tal efecto, se propone un ajuste en esta franquicia para focalizarla adecuadamente en las viviendas de las personas de menores ingresos y de nuestra clase media. Quienes tienen mayores recursos pueden costear viviendas de mayor valor sin necesidad de un estímulo fiscal. Los recursos públicos que se dejen de utilizar en esta franquicia nos permitirán reorientar el esfuerzo fiscal de manera de proveer financiamiento estable y permanente para la medida que compensa a las Pymes por el impuesto de timbres y estampillas.

La aplicación del beneficio estará disponible con un tope de hasta 150 unidades de fomento por vivienda y hasta para viviendas con el valor máximo de 4.000 unidades de fomento. Esto significa que viviendas de hasta 2000 UF seguirán recibiendo el beneficio del que gozan hoy. Las viviendas entre 2.000 y 4.000 UF recibirán un beneficio parcial, que se reduce en términos proporcionales mientras mayor es el precio de la vivienda. Las viviendas de más de 4.000 UF no gozarán del beneficio.

Naturalmente, se propone que la entrada en vigencia de esta medida sea gradual, para así facilitar la transición de los proyectos inmobiliarios en curso.

Palabras finales

El presente proyecto de ley considera un

conjunto de medidas tributarias orientadas a potenciar las oportunidades de crecimiento de la economía chilena, en un marco de responsabilidad fiscal. Parte de estas medidas son de tipo

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transitorio, mientras que otras son de tipo permanente, las que se han diseñado de forma tal que el efecto fiscal conjunto en régimen sea neutro, para no poner en riesgo el financiamiento del gasto social.

Esta iniciativa es consistente con la responsabilidad fiscal y el compromiso permanente de crear las mejores condiciones para el crecimiento económico que nos permitirá seguir dando pasos para tener una sociedad con más integración social y desarrollo para todas y todos.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

P R O Y E C T O D E L E Y: “Artículo 1°.- Establécese que, por un plazo de veinticuatro meses a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, el impuesto a la gasolinas automotrices, establecido en el artículo 6° de la ley Nº 18.502, se aplicará con un componente fijo de 6 (seis) UTM/m3 (unidades tributarias mensuales por metro cúbico) y un componente variable, que se restará del componente fijo, determinado de la siguiente forma: (i) El componente será de 1,5 (una coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo West Texas Intermediate, en adelante WTI, haya superado, en promedio durante los doce meses anteriores, los 75 (setenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. (ii) El componente variable será de 1 (una) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 70 (setenta) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 75 (setenta y cinco) de dichos dólares en igual período. (iii) El componente variable será de 0,5 (cero coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 70 (setenta) de dichos dólares en igual período. (iv) El componente variable será de 0 (cero) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI no haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. El valor de cotización del petróleo WTI será el que informe la Comisión Nacional de Energía de acuerdo al promedio de los precios de cierre de cotización de dicho combustible en los mercados internacionales. Para estos efectos los doce meses serán los anteriores a la fijación a que se refiere el inciso siguiente.

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El cálculo de la tasa del impuesto se efectuará mensualmente por el Ministerio de Hacienda, con consulta a la Comisión Nacional de Energía. Cada vez que de dicho cálculo se determine que corresponda modificar el componente variable del impuesto, mediante decreto del Ministerio de Hacienda, expedido bajo la fórmula “Por Orden del Presidente de la República”, se fijará la tasa de impuesto resultante, la que regirá para la determinación del impuesto a las gasolinas automotrices a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación. Para estos efectos se utilizará el valor respectivo del dólar observado. Con todo, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, y por los siguientes seis meses, se aplicará el impuesto con un componente variable de 1,5 UTM/m3 en reemplazo de lo que pudiese corresponder por aplicación de los numerales anteriores. Artículo 2°.- Derógase, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, el artículo transitorio de la ley Nº 20.130. Artículo 3°.- A contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, los contribuyentes del impuesto al valor agregado establecido en el Título II del Decreto Ley Nº 825 de 1974, que declaren dicho impuesto por medios electrónicos y que paguen o soporten el impuesto de timbres y estampillas, podrán agregarlo al crédito fiscal del impuesto al valor agregado en la forma y bajo las condiciones que se establecen en este artículo. Los contribuyentes con derecho al crédito referido serán aquellos cuyos ingresos anualizados por ventas y servicios del giro, de los tres años calendarios anteriores a aquel período tributario en que corresponda agregar el crédito por impuesto de timbres y estampillas, no hayan superado el equivalente a sesenta mil unidades tributarias mensuales en cualquiera de los respectivos años señalados. En el caso de fracciones de años calendarios, el límite de ventas se reducirá a la cifra que resulte de multiplicar cinco mil unidades tributarias mensuales por el número de meses activos de cada período, considerándose la fracción de mes como mes completo. En cada mes podrá agregarse al crédito fiscal del impuesto al valor agregado una cantidad igual a la suma del impuesto de timbres y estampillas establecido en el número 3 del artículo 1°, en los artículos 2°, 2° bis y 3° del Decreto Ley N° 3.475 de 1980, devengado por las operaciones de ese mismo mes, sin derecho de recuperarlo de terceros, y que estén relacionadas con el giro del contribuyente. El monto acumulado anual de impuesto de timbres y estampillas que podrá incrementar el crédito fiscal del contribuyente por cada año calendario, no podrá exceder del monto menor entre: a) 1,2% (uno coma dos por ciento) de los ingresos por ventas y servicios del año calendario anterior, y b) el equivalente a treinta y cinco unidades tributarias mensuales. Con todo, si el volumen de ingresos por ventas y servicios del giro del contribuyente del año anterior, determina un límite de

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impuesto acreditable inferior a tres unidades tributarias mensuales, el contribuyente anualmente podrá acreditar el impuesto de timbres y estampillas hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales. Asimismo, en el caso de contribuyentes que no registren ventas en el año calendario anterior por ser el año en curso el de inicio de sus actividades, el impuesto acreditable no podrá exceder de quince unidades tributarias mensuales. Si durante el año en que se ha agregado el crédito establecido en este artículo los ingresos anuales por ventas y servicios del contribuyente superan las sesenta mil unidades tributarias mensuales, el monto acumulado de crédito del año deberá ser reintegrado en el mes siguiente a aquel en que se supere dicho límite, aumentando el débito fiscal del contribuyente en el mismo monto reajustado en la forma que dispone el artículo 27 del Decreto Ley N°825, de 1974. Para los efectos de este artículo, los ingresos por ventas y servicios se considerarán por sus valores netos del impuesto al valor agregado. Asimismo, las cantidades expresadas en unidades tributarias mensuales se calcularán de acuerdo al valor de dicha unidad para el último día hábil del período correspondiente. El contribuyente deberá acreditar el pago o retención del impuesto de timbres y estampillas, cuando lo requiera el Servicio de Impuestos Internos, con la correspondiente declaración, o con constancia de haberse efectuado el pago, en el caso de ser de su responsabilidad el entero del impuesto o certificado de pago por Internet, o bien con un certificado emitido por medios electrónicos, o en la forma que determine el SII, por el agente retenedor del impuesto. Dicho certificado deberá emitirse a solicitud del contribuyente, en la forma, plazo y términos que establecerá el Servicio de Impuestos Internos. El agente retenedor que emita el certificado deberá informar al Servicio de Impuestos Internos, en la forma, periodicidad, condiciones y plazos que éste determine. La mora en la emisión o la emisión incompleta de los certificados a que se refiere el inciso décimo de este artículo o la emisión incompleta o extemporánea del informe a que se refiere el inciso undécimo se sancionará con multa de una Unidad Tributaria Mensual a una Unidad tributaria Anual, por cada incumplimiento, la que será aplicada por el Servicio de Impuestos Internos de conformidad al procedimiento establecido en el N°1 del artículo 165 del Código Tributario. El monto del impuesto de Timbres y Estampillas utilizado como crédito fiscal, de conformidad a lo señalado en este artículo, no podrá deducirse como gasto para los efectos de la determinación de los impuestos establecidos en la ley de la Renta. Con todo, esta cantidad no se afectará con el impuesto contenido en el artículo 21 de dicha ley. Artículo 4°.- Establécese, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, una bonificación anual de cargo fiscal equivalente al 100% del valor del impuesto anual por permiso de circulación, a que se refiere el Título IV del Decreto de Ley N° 3.063 de1979 sobre Rentas Municipales, a los propietarios de vehículos híbridos a que se refiere el

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numeral 1 de este artículo, que se encuentren inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados a partir del 1 de marzo del 2008 y hasta el 31 de marzo del 2010 y que cumplan con los requisitos y condiciones que a continuación se indican. 1. Se entenderá por vehículo híbrido aquel capaz de desplazarse utilizando como fuente de energía tanto un motor de combustión interna como un sistema de almacenamiento de energía eléctrica producida por el propio vehículo. Estos vehículos deberán haber sido homologados como híbridos de acuerdo al proceso de homologación contenido en el Decreto 54 de 1997 del Ministerio de Trasporte y Telecomunicaciones, encontrarse afectos al impuesto anual por permiso de circulación referido en el inciso anterior e inscritos en el registro a que hace mención el N° 3 de este artículo. 2. La bonificación se concederá durante el número de años que corresponda, según el valor de venta del vehículo en conformidad a la escala establecida en este numeral, y regirá a contar de la inscripción del vehículo en el Registro de Vehículos Motorizados. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total en su primera venta sea inferior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por cuatro años. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total al momento de su primera venta sea igual o superior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por dos años. No podrán acceder a esta bonificación los vehículos cuyo valor total, al momento de su primera venta sea superior al equivalente en pesos de 1.220 (mil doscientas veinte) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta. 3. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mantendrá y publicará, en forma regular, un registro de autos híbridos susceptibles de acogerse a esta bonificación, en adelante el Registro, que contendrá el listado de los modelos de vehículos que cumplen con los requisitos de homologación. A dicho registro se incorporarán los vehículos a contar de la emisión del respectivo certificado de homologación. El Registro deberá ser publicado en el plazo de treinta días contado desde la publicación de esta ley y deberá contener el listado de los modelos que a dicha fecha cumplen con los requisitos y condiciones que establece este artículo. 4. Dentro de los noventa días siguientes a la publicación de esta ley, el Ministerio de Hacienda establecerá, mediante decreto supremo, un Reglamento para la aplicación de este beneficio, en el que establecerá el procedimiento de acuerdo al cual se otorgará la bonificación, por parte del Servicio de Tesorería, quien podrá pagarla mediante cheque nominativo o depósito en la cuenta corriente, de ahorro a plazo o a la vista que posea el beneficiario. Dicho Reglamento establecerá, también, las condiciones y los requisitos que deberán acreditar los beneficiarios para solicitar el pago respectivo, los que podrán incluir la exhibición del comprobante de pago del permiso de circulación del año respectivo, la factura de compra del vehículo, el Certificado de Inscripción y

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MENSAJE PRESIDENCIAL

Anotaciones Vigentes y el certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente. Artículo 5°.- Introdúcense, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, las siguientes modificaciones al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975: 1) En el inciso primero, reemplázanse las expresiones “y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.” por las expresiones “cuyo valor no exceda de 4.000 unidades de fomento, con un tope de hasta 150 (ciento cincuenta) unidades de fomento por vivienda, y en los contratos generales de construcción de dichos inmuebles que no sean por administración, con igual tope por vivienda, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.”. 2) En la primera oración del inciso segundo, reemplázanse las expresiones “será aplicable también a los” por las expresiones “será aplicable también, sin las limitaciones de monto antes indicadas, a los”. 3) Agrégase, en el inciso tercero, la siguiente oración a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.): “Para acceder al beneficio la empresa constructora deberá contar con el respectivo permiso municipal de edificación.” 4) Intercálase el siguiente nuevo inciso a continuación del inciso tercero: “Excepto para el caso de aquellos contratos que recaigan exclusivamente en las viviendas a que se refiere el artículo 3° del DL N°2552, de 1979, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el beneficio dispuesto en el inciso primero no será aplicable a los contratos de ampliación, modificación, reparación o mantenimiento, ni aún en los casos que pudieran implicar la variación de la superficie originalmente construida, como tampoco a los contratos generales de construcción, que no sean por administración, referidos a la urbanización de terrenos.” 5) Intercálanse los siguientes incisos, nuevos, a continuación del actual inciso final: “En el caso de contratos de construcción referidos a más de una vivienda, para acceder al beneficio, el contrato deberá indicar el precio unitario de construcción de las viviendas, incluyéndose en éste el valor de los bienes comunes a construir, a prorrata de las superficies construidas respectivas. Cuando el contrato general de construcción incluya inmuebles para habitación, que no excedan de 4.000 unidades de fomento y otros que sobrepasen tal monto, el beneficio imputable en cada facturación de un estado de pago será la cantidad que resulte de aplicar, al crédito potencial total, la proporción que el estado de pago represente respecto del total del precio de construcción de las viviendas del contrato. El crédito total potencial será igual a la suma de los créditos individuales de las viviendas a construir con derecho al beneficio. Las modificaciones o el término anticipado de un contrato general de construcción, que causen variaciones al crédito potencial disponible inicialmente previsto, darán lugar al ajuste

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MENSAJE PRESIDENCIAL

correspondiente en los siguientes estados de pago, con el consiguiente derecho a crédito o la obligación de reintegro respectiva. En el caso de un contrato general de construcción destinado a completar la construcción de inmuebles para habitación, también se aplicarán las normas precedentes, pero, para establecer el crédito potencial disponible, en el cálculo del crédito individual de las viviendas, deberá considerarse la suma del precio individual de construcción del contrato más el valor de las obras preexistentes, el cual deberá ser declarado en el contrato. Las empresas constructoras deberán informar al Servicio de Impuestos Internos, en la oportunidad y forma que este determine, los antecedentes que sirvan de base para el cálculo del beneficio impetrado así como los compradores de los inmuebles o los mandantes de los contratos generales de construcción, que no sean por administración. No obstante lo señalado en los incisos anteriores, hasta el día 30 de junio del año 2009, las empresas constructoras tendrán derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta el 0,65 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar en la venta de bienes corporales inmuebles para habitación por ellas construidos y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974, en ambos casos, sin el requerimiento de contar previamente con el permiso municipal de edificación. Tratándose de contratos generales de construcción de inmuebles para habitación, que no sean por administración, celebrados con anterioridad al 1° de julio de 2009, se sujetarán al beneficio del inciso anterior si han obtenido el respectivo permiso municipal de edificación con anterioridad a dicha fecha y siempre que al 31 de diciembre de 2009 las obras ya se hayan iniciado. Artículo Transitorio.- El mayor gasto fiscal que pudiere irrogar la aplicación del artículo 4° de la presente ley durante el año 2008 se financiará mediante reasignaciones presupuestarias del programa Subsidios de la Partida Presupuestaria Tesoro Público.”. Dios guarde a V.E., MICHELLE BACHELET JERIA Presidenta de la República ANDRÉS VELASCO BRAÑES Ministro de Hacienda

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INFORME COMISION HACIENDA

1.2. Informe Comisión de Hacienda. Cámara de Diputados. Fecha 05 de marzo, 2008. Cuenta en Sesión 139, Legislatura 355.

BOLETÍN Nº 5.752-05

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE REBAJA TRANSITORIA AL IMPUESTO A LAS GASOLINAS AUTOMOTRICES Y MODIFICA OTROS CUERPOS LEGALES.

HONORABLE CÁMARA: La Comisión de Hacienda informa, en primer trámite constitucional y en primero reglamentario, con urgencia calificada de “suma”, el proyecto mencionado en el epígrafe, iniciado en Mensaje de S.E. la Presidenta de la República. I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente: 1°) Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe consiste en introducir modificaciones en los regímenes tributarios en relación con el impuesto a las gasolinas automotrices, el impuesto de timbres y estampillas para las pymes, el beneficio tributario del IVA a la construcción e incentivar el uso de los vehículos ecológicos. 2°) Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones que requieran quórum especial de aprobación. 3°) Que el proyecto fue aprobado, en general, por mayoría de votos, con el voto favorable de los Diputados señores Aedo, don René; Álvarez, don Rodrigo; Delmastro, don Roberto; Insunza, don Jorge; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Robles, don Alberto; Sunico, don Raúl y Von Mühlenbrock, don Gastón y la abstención del Diputado Dittborn, don Julio.

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INFORME COMISION HACIENDA

4°) Que Diputado Informante se designó al señor ROBLES, don ALBERTO. Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto el señor Andrés Velasco, Ministro de Hacienda; la señora María Olivia Recart, Subsecretaria de dicha Cartera; los señores Ricardo Escobar, Director del Servicio de Impuestos Internos; Luis Felipe Céspedes, Coordinador de Asesores del Ministerio de Hacienda; Juan Luis Monsalve, Jefe de Gabinete; Héctor Lehuedé, Abogado; Jacqueline Saintard, Asesora; Tamara Agnic, Asesora; William Mullins, Asesor, todos del Ministerio de Hacienda y los señores Julio Valladares, Subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dirección de Presupuestos y Enrique Paris, Asesor de dicha Dirección. Concurrieron, además, los señores José Luis Meier, Gerente Comercial de Empresas Lipigas y Mauricio Coll, Gerente de División Grandes Empresas de Gasco GLP S.A.; Jaime Muñoz, Vicepresidente, Helmut Sther, Presidente de la Comisión de Legislación y Javier Hurtado, Gerente de Estudios, todos de la Cámara Chilena de la Construcción, y Mariano Rendón, Coordinador y Manuel Zúñiga, Director del Movimiento Acción Ecológica. II. ANTECEDENTES GENERALES A. Antecedentes de hecho y de mérito que justifican la iniciativa En el Mensaje del Ejecutivo se hace presente la necesidad de impulsar medidas pro-crecimiento en el país en la actualidad, aun cuando la economía chilena ha demostrado una gran solidez y estabilidad a lo largo de las dos últimas décadas. De hecho, el escenario internacional se ha tornado más volátil e incierto en los meses recientes. La fortaleza de las cuentas fiscales, del sector financiero y de la estructura productiva sirve de protección en gran medida frente a la volatilidad externa. No obstante, el Gobierno viene en proponer un paquete de medidas para afrontar dichos desafíos de desarrollo económico futuro y, al mismo tiempo, aliviar los efectos negativos que tales circunstancias han tenido en las personas. B. Disposiciones legales que se modifican por el proyecto

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1.- El artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, que otorga una franquicia por el IVA pagado por las empresas constructoras por la venta de viviendas destinadas a la habitación. 2.- El artículo 6° de la ley N° 18.502, que establece el impuesto específico a las gasolinas automotrices y al petróleo diesel. 3.- El artículo transitorio de la ley N° 20.130, que redujo la tasa del impuesto de timbres y estampillas para los años 2007 y 2008. C. Contenido del proyecto - Se propone, transitoriamente, que el impuesto específico a las gasolinas automotrices, actualmente fijado en 6 UTM/m3, baje a 4,5 UTM/m3 en tanto los precios del petróleo se mantengan en niveles elevados como los actuales. Esta medida se traducirá en un importante alivio en los precios que pagan los consumidores, con rebajas a nivel de estaciones de servicio superiores a $ 50 por litro. La medida es temporal, pues tendrá una vigencia de 24 meses. Existirá un mecanismo complementario de tasa variable, que modifica la tasa final de impuesto en relación a dichos precios, determinados por la Comisión Nacional de Energía de acuerdo a la cotización del barril de petróleo West Texas Intermediate (WTI) en los mercados internacionales. - Se permite compensar el pago del impuesto de timbres y estampillas que efectúan las micro, pequeñas y medianas empresas. El impuesto de timbres y estampillas pagado por estas empresas podrá ser descontado de sus pagos tributarios por IVA. En efecto, las empresas de menor tamaño podrán solicitar créditos hasta por el valor de sus ingresos anuales por ventas y servicios, con un tope de aproximadamente cien millones de pesos anuales, sin enfrentar el costo del impuesto de timbres y estampillas. - Se propone, también, adelantar en un año la reducción general del referido impuesto, ya aprobado en 2006. Así, la tasa del impuesto se reduciría a 1,2% en forma inmediata y no en enero de 2009, como estaba previsto. - Se propone un incentivo para la adquisición de automóviles con tecnología híbrida. Con este fin, se bonificará a los propietarios de vehículos híbridos inscritos en el Registro de Autos Motorizados entre el 1 de marzo de 2008 y el 31 de marzo del 2010. La bonificación es equivalente al pago del impuesto anual por permiso de circulación y se cancelará por los primeros cuatro años a partir de su inscripción en Registro de Vehículos Motorizados para vehículos cuyo precio

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sea inferior a 730 U.F. Los vehículos de mayor valor recibirán la bonificación por dos años, en la medida que no superen las 1.220 U.F. - Se propone un ajuste a la franquicia tributaria a la construcción de viviendas para focalizarla adecuadamente en las viviendas de las personas de menores ingresos y de clase media. La aplicación del beneficio estará disponible con un tope de hasta 150 unidades de fomento por vivienda y hasta viviendas con un valor máximo de 4.000 unidades de fomento. Esto significa que viviendas de hasta 2000 UF seguirán recibiendo el beneficio del que gozan hoy. Las viviendas entre 2.000 y 4.000 UF recibirán un beneficio parcial, que se reduce en términos proporcionales mientras mayor es el precio de la vivienda. Las viviendas de más de 4.000 UF no gozarán del beneficio. Se propone que la entrada en vigencia de esta medida sea gradual, para facilitar la transición de los proyectos inmobiliarios en curso. D. Antecedentes presupuestarios y financieros El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 3 de marzo de 2008, hace la estimación siguiente de los efectos fiscales y presupuestarios del proyecto: Costo fiscal máximo Miles millones de pesos Por reducción del impuesto específico a las gasolinas automotrices (período total) 350 Incentivo a la adquisición de vehículos con tecnología híbrida (anuales) 1 Adelanto para 2008 vigencia reducción de Impuestos de T. y E. 35 Compensación del Impuesto de T. y E. (anuales) 95 Aumento de recaudación Miles de millones de pesos

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Focalización en franquicia IVA a la construcción 95 III. DISCUSIÓN DEL PROYECTO A. Discusión general El Ministro señor Andrés Velasco señaló que el país está enfrentando una coyuntura económica externa más adversa que hace un año, puesto que un conjunto de factores han variado negativamente, fundamentalmente el precio del petróleo que ha excedido todos los record históricos en los últimos días. En el ámbito nacional, sin embargo, la economía ha seguido creciendo, a pesar de que en los últimos dos trimestres la tasa de crecimiento ha estado levemente por sobre el 4%. A pesar de las turbulencias y la inestabilidad internacional las tasas de inversión trimestral son los más altas de los últimos 20 años, las exportaciones han crecido de manera importante, más allá de las fluctuaciones del dólar, llegando a exportar el año pasado casi US $ 68 mil millones y el riesgo país es el menor en el contexto de los países emergentes, todo lo cual requiere medidas que permitan mantener e incrementar dichas cifras. Añadió que la más potente señal que se debe seguir trabajando en estos temas es que en el resto del mundo y particularmente en Estados Unidos, las expectativas de crecimiento se han rebajado notoriamente. Hace más de un año se proyectaba que Estados Unidos crecería a más de 3%, cifra que hoy llega sólo al 1,5%. Sostuvo que por estas razones el Gobierno de la Presidenta Bachelet ha adoptado dos caminos: uno, es la proposición de las medidas contendidas en el proyecto de ley en discusión y el segundo, es la tramitación de una serie de iniciativas tendientes a aumentar el crecimiento, algunas de las cuales están tramitándose en el Congreso Nacional como Gobiernos Corporativos de las Empresas Privadas, Notarios y Conservadores y Tribunales Tributarios. Respecto del proyecto de ley, señaló que éste contiene 4 medidas que requieren de ley: Rebaja transitoria del impuesto específico a las gasolinas automotrices. Estímulo a la adquisición y uso de vehículos híbridos. Compensación del Impuesto de Timbres y Estampillas para las Pymes. Focalización del beneficio IVA a la construcción. La quinta medida que no requiere ley es el aporte especial de US $ 5 millones al Fondo para promover la investigación en biocombustibles.

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En relación a la rebaja al impuesto a las gasolinas automotrices indicó que debido a la coyuntura sin precedentes en el precio del petróleo, el Ejecutivo consideró necesario adoptar una medida que cumpliera dos condiciones: que diera un alivio en el precio y que fuera transitoria y vinculada al precio. Esta medida permitirá aliviar el presupuesto de los consumidores, principalmente a la clase media e impactará positivamente en el IPC, rebajándose aproximadamente 0.4 a 0.5 puntos porcentuales de inflación en el año. El proyecto propone rebajar el impuesto de 6 UTM/m3 a 4,5 UTM/m3, por un período de 24 meses, puesto que se estima que la incertidumbre en el precio de las gasolinas debería disiparse al término de dicho período y también porque una decisión permanente a este respecto debe ser adoptada por el próximo Gobierno. El impuesto vuelve gradualmente a sus niveles actuales si el precio baja por largos períodos a valores inferiores a 75 dólares por barril, de esta manera si el precio cae por debajo de US$75, en promedio durante 12 meses, el impuesto específico sería de 5 UTM; si cae por debajo de US$70, el impuesto específico sería de 5,5 UTM y si cae por debajo de US$65, el impuesto específico sería de 6 UTM, es decir, se vuelve a la situación actual. Esta medida producirá una rebaja en el precio de aproximadamente $52 por litro, sin olvidar que actualmente el Fondo de Estabilización del Precio de los Combustibles está entregando un crédito de aproximadamente $50. Respecto del estímulo para el uso de vehículos híbridos, señaló que el Gobierno no desea con esta rebaja transitoria al impuesto específico de las gasolinas automotrices incentivar su consumo, puesto que un incremento en su uso trae aparejado tanto un aumento de la congestión vehicular como de la contaminación, por lo que el proyecto plantea un incentivo para la adquisición y uso de automóviles con tecnología híbrida, que son aquellos vehículos que cuentan con motores que combinan electricidad y combustible, y que son los menos contaminantes en el mundo por su bajas emisiones (aproximadamente un tercio de un auto convencional). Como estos vehículos tienen un precio más alto que los tradicionales, aproximadamente de $ 1 millón, es necesario estimular su adquisición mediante un incentivo fiscal que consiste en que los propietarios que inscriban sus vehículos híbridos entre el 1 de marzo de 2008 y el 31 de marzo del 2010 recibirán un bonificación, que será equivalente al permiso de circulación cancelado durante el respectivo año, (ejemplo: $284.000 para un auto nuevo), que compensará su mayor valor. El beneficio se extenderá por cuatro años para vehículos cuyo precio de venta es igual o inferior a 730 UF ($14,5 MM) y por dos años si el valor excede las 730 UF con un tope de 1.220 UF ($24 MM). Los vehículos cuyo

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precio de venta sea superior a dicha cifra no podrán acceder a este beneficio. El propietario del vehículo híbrido deberá pagar el permiso de circulación en la municipalidad respectiva y luego la Tesorería procederá a reintegrar dicho pago. Ligada a esta medida está el aporte especial de US $ 5 millones que hará el Fisco al Fondo para promover la investigación en biocombustibles. Hoy en Chile no se producen biocombustibles y es muy difícil que el país utilice alguna de las tecnologías existentes en otros países, porque éstas utilizan como materias primas la caña de azúcar, el maíz y la soya, que el país no produce en niveles importantes. Por ello es necesario investigar y determinar si las materias que se utilizan en países con recursos naturales similares como Nueva Zelanda pueden ser adaptadas en el país, como el pasto, madera y algunas algas. En relación a la ccompensación del Impuesto de Timbres y Estampillas para las PYMES, indicó que constituye un viejo anhelo tanto de los pequeños y medianos empresarios como de los parlamentarios, por lo que ha sido muy bien recibida. Añadió que la tasa vigente de este impuesto que se paga al pedir un crédito corresponde al 1.35% del capital inicial, la que fue disminuida en el 2006 desde 1.6%, estableciéndose en dicha modificación que se rebajará a 1.2% el año 2009. El proyecto propone, por un lado, rebajar la tasa a 1.2% desde este año para todas las personas naturales y jurídicas y, en segundo lugar, eliminar este impuesto para las PYMES con ventas anuales menores a 60 mil UTM, lo que equivale aproximadamente a 100 mil UF, mediante la devolución del impuesto pagado por estas empresas a través del descuento de sus pagos tributarios por IVA, es decir, el monto del impuesto pagado se registra el mismo mes como crédito del IVA, compensando con el débito IVA del mismo mes, lo que constituye un mecanismo expedito y no burocrático. Esta compensación tendrá un tope que equivale al 1.2% de las ventas, con ello se busca evitar fraudes como la creación de empresas que se dediquen a intermediar créditos para obtener este beneficio tributario, con una compensación máxima de 35 UTM. Para las empresas nuevas este beneficio tendrá un tope de 15 UTM. Indicó que esta medida que es de carácter permanente en régimen tienen un costo fiscal de US $ 190 millones anuales. Finalmente, respecto de la focalización del beneficio tributario de IVA a la construcción señaló que esta propuesta se fundamenta en dos razones: por un lado, se trata de un beneficio que no

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está focalizado, por lo que se requiere que estos dineros se destinen a los sectores más necesitados y segundo porque esta medida será la fuente de financiamiento permanente para la medida anterior relativa al impuesto de timbres y estampillas. En cuanto al gasto tributario de la franquicia actual señaló que en el año 2006 lo que dejó de percibir el Fisco fueron US $ 462 millones, el 2007 US $ 512 millones y para este año la proyección indica que será de US $ 563 millones. Si se analiza quienes reciben este beneficio por quintil, se establece que el 1° quintil recibe un 3 % de este beneficio, el 2° quintil un 6%, el 3° quintil un 8%, el 4° un 13% y el 5° un 70%, lo que de demuestra lo mal focalizado que está esta franquicia. Por estos motivos el proyecto propone establecer tres tramos: las viviendas de hasta 2 mil UF mantienen el beneficio actual, que consiste que del costo de construcción de una vivienda nueva que equivale, aproximadamente a las dos terceras partes del costo total de la vivienda –el otro tercio corresponde al valor del terreno-, se devuelve el 65% del IVA. El tramo de viviendas de 2000 a 4000 UF reciben un beneficio parcial, menor al actual, con un tope de 150 UF y las viviendas de más de 4000 UF no reciben beneficio. Indicó que las viviendas de más de 4000 UF constituyen menos del 6% del total de viviendas que se construyen en el país. Aclaró que este proyecto sólo afecta a la construcción de viviendas y no a la construcción de oficinas, fábricas, etcétera, por lo que, en su opinión, no se afectará el crecimiento de la economía. Consideró adecuada esta focalización porque se está manteniendo el beneficio actual para el 84% de la población y sólo se está eliminando esta franquicia para el 5% más rico. Esta medida, de aprobarse el proyecto, entrará en vigencia en julio de 2009, de manera de no afectar los proyectos inmobiliarios en curso, ya que de acuerdo a los antecedentes entregados por los expertos la estimación del período de gestación de un proyecto en promedio es de 18 meses. Por último, señaló que la mayor recaudación fiscal de esta medida en régimen será de US $ 190 millones que permitirá financiar la medida relativa al Impuesto de Timbres y Estampillas. Mientras esta medida no rija el menor ingreso será financiado con aportes del Fisco, lo que reducirá en este año el superávit efectivo, pero no el estructural. El señor Helmut Sther realizó una breve descripción de los orígenes de la exención tributaria que beneficia a la construcción de viviendas y explicó los efectos que, a su juicio, produciría en la economía del país la aprobación del artículo 5° del proyecto.

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El señor Jaime Muñoz señaló que el Ejecutivo debería revisar tanto el tope máximo del beneficio que equivale a 150 UF, como el límite del valor de las viviendas de 4000 UF, ya que con ello se afecta directamente a la clase media del país, además de producir una grave distorsión que podría llevar a prácticas al límite de lo legal para infringir este tope. El señor Mariano Rendón manifestó su oposición a las medidas que contiene el proyecto relativas a la rebaja al impuesto a la gasolina y a los incentivos para la compra de autos y para la producción de biocombustibles, tanto por las externalidades negativas que conlleva el uso del automóvil como por su carácter regresivo desde el punto de vista social, ya que las personas que usan automóvil que son las beneficiadas con esta rebaja tributaria no se cuentan entre las más pobres del país. Añadió que si lo que se buscaba con este proyecto era reducir la carga tributaria se podría haber adoptado un camino más equitativo socialmente, como la rebaja del IVA, que beneficia a todos los chilenos. Las consideraciones anteriores, así como los planteamientos de la Asociación Chilena de Gas Licuado A.G. fueron ampliamente analizados por la Comisión, dejándose constancia del debate en las Actas respectivas. B. Discusión particular En el artículo 1° del proyecto, se establece que, por un plazo de veinticuatro meses a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, el impuesto a la gasolinas automotrices, establecido en el artículo 6° de la ley Nº 18.502, se aplicará con un componente fijo de 6 (seis) UTM/m3 (unidades tributarias mensuales por metro cúbico) y un componente variable, que se restará del componente fijo, determinado de la siguiente forma: (i) El componente será de 1,5 (una coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo West Texas Intermediate, en adelante WTI, haya superado, en promedio durante los doce meses anteriores, los 75 (setenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. (ii)El componente variable será de 1 (una) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 70 (setenta) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 75 (setenta y cinco) de dichos dólares en igual período. (iii) El componente variable será de 0,5 (cero coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los

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doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 70 (setenta) de dichos dólares en igual período. (iv) El componente variable será de 0 (cero) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI no haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. El valor de cotización del petróleo WTI será el que informe la Comisión Nacional de Energía de acuerdo al promedio de los precios de cierre de cotización de dicho combustible en los mercados internacionales. Para estos efectos los doce meses serán los anteriores a la fijación a que se refiere el inciso siguiente. El cálculo de la tasa del impuesto se efectuará mensualmente por el Ministerio de Hacienda, con consulta a la Comisión Nacional de Energía. Cada vez que de dicho cálculo se determine que corresponda modificar el componente variable del impuesto, mediante decreto del Ministerio de Hacienda, expedido bajo la fórmula “Por Orden del Presidente de la República”, se fijará la tasa de impuesto resultante, la que regirá para la determinación del impuesto a las gasolinas automotrices a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación. Para estos efectos se utilizará el valor respectivo del dólar observado. Con todo, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, y por los siguientes seis meses, se aplicará el impuesto con un componente variable de 1,5 UTM/m3 en reemplazo de lo que pudiese corresponder por aplicación de los numerales anteriores. Los Diputados señores Aedo, Alvarado, Álvarez, Delmastro y Von Mühlenbrock formularon una indicación para agregar el siguiente inciso final: “Igual rebaja del impuesto específico se aplicará al gas licuado vehicular.”. El Presidente de la Comisión declaró inadmisible la indicación precedente por ser de iniciativa exclusiva del Presidente de la República conforme al artículo 65 de la Constitución Política. Puesto en votación el artículo 1° fue aprobado por unanimidad. En el artículo 2°, se deroga, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, el artículo transitorio de la ley Nº 20.130. Puesto en votación el artículo 2° fue aprobado por unanimidad.

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En el artículo 3°, se dispone que a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, los contribuyentes del impuesto al valor agregado establecido en el Título II del Decreto Ley Nº 825 de 1974, que declaren dicho impuesto por medios electrónicos y que paguen o soporten el impuesto de timbres y estampillas, podrán agregarlo al crédito fiscal del impuesto al valor agregado en la forma y bajo las condiciones que se establecen en este artículo. Los contribuyentes con derecho al crédito referido serán aquellos cuyos ingresos anualizados por ventas y servicios del giro, de los tres años calendarios anteriores a aquel período tributario en que corresponda agregar el crédito por impuesto de timbres y estampillas, no hayan superado el equivalente a sesenta mil unidades tributarias mensuales en cualquiera de los respectivos años señalados. En el caso de fracciones de años calendarios, el límite de ventas se reducirá a la cifra que resulte de multiplicar cinco mil unidades tributarias mensuales por el número de meses activos de cada período, considerándose la fracción de mes como mes completo. En cada mes podrá agregarse al crédito fiscal del impuesto al valor agregado una cantidad igual a la suma del impuesto de timbres y estampillas establecido en el número 3 del artículo 1°, en los artículos 2°, 2° bis y 3° del Decreto Ley N° 3.475 de 1980, devengado por las operaciones de ese mismo mes, sin derecho de recuperarlo de terceros, y que estén relacionadas con el giro del contribuyente. El monto acumulado anual de impuesto de timbres y estampillas que podrá incrementar el crédito fiscal del contribuyente por cada año calendario, no podrá exceder del monto menor entre: a) 1,2% (uno coma dos por ciento) de los ingresos por ventas y servicios del año calendario anterior, y b) el equivalente a treinta y cinco unidades tributarias mensuales. Con todo, si el volumen de ingresos por ventas y servicios del giro del contribuyente del año anterior, determina un límite de impuesto acreditable inferior a tres unidades tributarias mensuales, el contribuyente anualmente podrá acreditar el impuesto de timbres y estampillas hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales. Asimismo, en el caso de contribuyentes que no registren ventas en el año calendario anterior por ser el año en curso el de inicio de sus actividades, el impuesto acreditable no podrá exceder de quince unidades tributarias mensuales. Si durante el año en que se ha agregado el crédito establecido en este artículo los ingresos anuales por ventas y servicios del contribuyente superan las sesenta mil unidades tributarias mensuales, el monto acumulado de crédito del año deberá ser reintegrado en el mes siguiente a aquel en que se supere dicho límite, aumentando el débito fiscal del contribuyente en el mismo monto reajustado en la forma que dispone el artículo 27 del Decreto Ley N°825, de 1974. Para los efectos de este artículo, los ingresos por ventas y servicios se considerarán por sus valores netos del impuesto al valor agregado. Asimismo, las cantidades expresadas en unidades

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tributarias mensuales se calcularán de acuerdo al valor de dicha unidad para el último día hábil del período correspondiente. El contribuyente deberá acreditar el pago o retención del impuesto de timbres y estampillas, cuando lo requiera el Servicio de Impuestos Internos, con la correspondiente declaración, o con constancia de haberse efectuado el pago, en el caso de ser de su responsabilidad el entero del impuesto o certificado de pago por Internet, o bien con un certificado emitido por medios electrónicos, o en la forma que determine el SII, por el agente retenedor del impuesto. Dicho certificado deberá emitirse a solicitud del contribuyente, en la forma, plazo y términos que establecerá el Servicio de Impuestos Internos. El agente retenedor que emita el certificado deberá informar al Servicio de Impuestos Internos, en la forma, periodicidad, condiciones y plazos que éste determine. La mora en la emisión o la emisión incompleta de los certificados a que se refiere el inciso décimo de este artículo o la emisión incompleta o extemporánea del informe a que se refiere el inciso undécimo se sancionará con multa de una Unidad Tributaria Mensual a una Unidad tributaria Anual, por cada incumplimiento, la que será aplicada por el Servicio de Impuestos Internos de conformidad al procedimiento establecido en el N°1 del artículo 165 del Código Tributario. El monto del impuesto de Timbres y Estampillas utilizado como crédito fiscal, de conformidad a lo señalado en este artículo, no podrá deducirse como gasto para los efectos de la determinación de los impuestos establecidos en la ley de la Renta. Con todo, esta cantidad no se afectará con el impuesto contenido en el artículo 21 de dicha ley. Los Diputados señores Aedo, Álvarez, Delmastro y Dittborn, formularon una indicación para reemplazar en el inciso segundo las palabras “sesenta mil unidades tributarias mensuales”, por “ciento veinte mil unidades tributarias mensuales”. El Presidente de la Comisión declaró inadmisible la indicación precedente por ser de iniciativa exclusiva del Presidente de la República conforme al artículo 65 de la Constitución Política. El Ejecutivo formuló las indicaciones siguientes: 1) para agregar en el inciso primero, a continuación de la frase “que declaren dicho impuesto” la frase: “por medios electrónicos o en la forma no electrónica que determine el Servicio de Impuestos Internos mediante resolución”, y 2) para agregar al final del inciso primero del artículo 3° la siguiente oración: “Los contribuyentes del impuesto al valor agregado que declaren ese impuesto por los medios que autorice el Servicio de Impuestos Internos mediante dicha resolución, podrán efectuar la agregación al crédito fiscal a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de dicha resolución, la cual deberá dictarse dentro del plazo de ocho meses a contar entrada en vigencia de esta ley. Estos contribuyentes, cumpliendo las demás condiciones establecidas en este artículo, en la

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primera declaración de impuesto al valor agregado en que hagan uso del beneficio, de acuerdo a este mecanismo, podrán agregar como crédito el impuesto de timbres y estampillas pagado o soportado desde el primer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de la modificación introducida por el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, y el último día del mes por el que efectúe la declaración de impuesto al valor agregado respectiva.”. El señor Ricardo Escobar explicó que la indicación anterior recoge el planteamiento de los Diputados señores Álvarez y Dittborn, de manera que el SII pueda mediante una resolución establecer medios no electrónicos para que los contribuyentes declaren su impuesto y por ende acogerse al beneficio. Por su parte, el señor Velasco se comprometió a que la resolución del SII se dicte en el transcurso de este año. El Ejecutivo formuló a este artículo las siguientes indicaciones: 1) para intercalar en su inciso primero entre las frases “A contar de” y la que se inicia “la entrada en vigencia de la modificación...” la siguiente frase “el día 1 del mes siguiente a”. 2) para sustituir en el inciso décimo las expresiones “agente retenedor”, por las siguientes: “contribuyente que le hubiere recargado el impuesto”. 3) para sustituir en el inciso undécimo las expresiones “agente retenedor”, por las siguientes: “contribuyente que recarga el impuesto”. Puesto en votación el artículo 3° con las indicaciones del Ejecutivo fue aprobado por unanimidad. En el artículo 4°, se establece que, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975, una bonificación anual de cargo fiscal equivalente al 100% del valor del impuesto anual por permiso de circulación, a que se refiere el Título IV del Decreto de Ley N° 3.063 de1979 sobre Rentas Municipales, a los propietarios de vehículos híbridos a que se refiere el numeral 1 de este artículo, que se encuentren inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados a partir del 1 de marzo del 2008 y hasta el 31 de marzo del 2010 y que cumplan con los requisitos y condiciones que a continuación se indican. 1. Se entenderá por vehículo híbrido aquel capaz de desplazarse utilizando como fuente de energía tanto un motor de combustión interna como un sistema de almacenamiento de energía eléctrica producida por el propio vehículo. Estos vehículos deberán haber

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sido homologados como híbridos de acuerdo al proceso de homologación contenido en el Decreto 54 de 1997 del Ministerio de Trasporte y Telecomunicaciones, encontrarse afectos al impuesto anual por permiso de circulación referido en el inciso anterior e inscritos en el registro a que hace mención el N° 3 de este artículo. 2. La bonificación se concederá durante el número de años que corresponda, según el valor de venta del vehículo en conformidad a la escala establecida en este numeral, y regirá a contar de la inscripción del vehículo en el Registro de Vehículos Motorizados. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total en su primera venta sea inferior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por cuatro años. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total al momento de su primera venta sea igual o superior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por dos años. No podrán acceder a esta bonificación los vehículos cuyo valor total, al momento de su primera venta sea superior al equivalente en pesos de 1.220 (mil doscientas veinte) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta. 3. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mantendrá y publicará, en forma regular, un registro de autos híbridos susceptibles de acogerse a esta bonificación, en adelante el Registro, que contendrá el listado de los modelos de vehículos que cumplen con los requisitos de homologación. A dicho registro se incorporarán los vehículos a contar de la emisión del respectivo certificado de homologación. El Registro deberá ser publicado en el plazo de treinta días contado desde la publicación de esta ley y deberá contener el listado de los modelos que a dicha fecha cumplen con los requisitos y condiciones que establece este artículo. 4. Dentro de los noventa días siguientes a la publicación de esta ley, el Ministerio de Hacienda establecerá, mediante decreto supremo, un Reglamento para la aplicación de este beneficio, en el que establecerá el procedimiento de acuerdo al cual se otorgará la bonificación, por parte del Servicio de Tesorería, quien podrá pagarla mediante cheque nominativo o depósito en la cuenta corriente, de ahorro a plazo o a la vista que posea el beneficiario. Dicho Reglamento establecerá, también, las condiciones y los requisitos que deberán acreditar los beneficiarios para solicitar el pago respectivo, los que podrán incluir la exhibición del comprobante de pago del permiso de circulación del año respectivo, la factura de compra del vehículo, el Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes y el certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente. Puesto en votación el artículo 4° fue aprobado por unanimidad. En el artículo 5°, se introducen a contar de la fecha de publicación de la presente ley, las siguientes modificaciones al artículo 21 del Decreto Ley N° 910, de 1975:

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1) En el inciso primero, reemplázanse las expresiones “y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.” por las expresiones “cuyo valor no exceda de 4.000 unidades de fomento, con un tope de hasta 150 (ciento cincuenta) unidades de fomento por vivienda, y en los contratos generales de construcción de dichos inmuebles que no sean por administración, con igual tope por vivienda, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.”. 2) En la primera oración del inciso segundo, reemplázanse las expresiones “será aplicable también a los” por las expresiones “será aplicable también, sin las limitaciones de monto antes indicadas, a los”. 3) Agrégase, en el inciso tercero, la siguiente oración a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.): “Para acceder al beneficio la empresa constructora deberá contar con el respectivo permiso municipal de edificación.” 4) Intercálase el siguiente nuevo inciso a continuación del inciso tercero: “Excepto para el caso de aquellos contratos que recaigan exclusivamente en las viviendas a que se refiere el artículo 3° del DL N°2552, de 1979, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el beneficio dispuesto en el inciso primero no será aplicable a los contratos de ampliación, modificación, reparación o mantenimiento, ni aún en los casos que pudieran implicar la variación de la superficie originalmente construida, como tampoco a los contratos generales de construcción, que no sean por administración, referidos a la urbanización de terrenos.” 5) Intercálanse los siguientes incisos, nuevos, a continuación del actual inciso final: “En el caso de contratos de construcción referidos a más de una vivienda, para acceder al beneficio, el contrato deberá indicar el precio unitario de construcción de las viviendas, incluyéndose en éste el valor de los bienes comunes a construir, a prorrata de las superficies construidas respectivas. Cuando el contrato general de construcción incluya inmuebles para habitación, que no excedan de 4.000 unidades de fomento y otros que sobrepasen tal monto, el beneficio imputable en cada facturación de un estado de pago será la cantidad que resulte de aplicar, al crédito potencial total, la proporción que el estado de pago represente respecto del total del precio de construcción de las viviendas del contrato. El crédito total potencial será igual a la suma de los créditos individuales de las viviendas a construir con derecho al beneficio. Las modificaciones o el término anticipado de un contrato general de construcción, que causen variaciones al crédito potencial disponible inicialmente previsto, darán lugar al ajuste correspondiente en los siguientes estados de pago, con el consiguiente derecho a crédito o la obligación de reintegro respectiva. En el caso de un contrato general de construcción destinado a completar la construcción de inmuebles para habitación, también se aplicarán las normas precedentes, pero, para establecer el crédito potencial disponible, en el cálculo del crédito individual de las viviendas, deberá considerarse la suma del precio

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individual de construcción del contrato más el valor de las obras preexistentes, el cual deberá ser declarado en el contrato. Las empresas constructoras deberán informar al Servicio de Impuestos Internos, en la oportunidad y forma que este determine, los antecedentes que sirvan de base para el cálculo del beneficio impetrado así como los compradores de los inmuebles o los mandantes de los contratos generales de construcción, que no sean por administración. No obstante lo señalado en los incisos anteriores, hasta el día 30 de junio del año 2009, las empresas constructoras tendrán derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta el 0,65 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar en la venta de bienes corporales inmuebles para habitación por ellas construidos y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974, en ambos casos, sin el requerimiento de contar previamente con el permiso municipal de edificación. Tratándose de contratos generales de construcción de inmuebles para habitación, que no sean por administración, celebrados con anterioridad al 1° de julio de 2009, se sujetarán al beneficio del inciso anterior si han obtenido el respectivo permiso municipal de edificación con anterioridad a dicha fecha y siempre que al 31 de diciembre de 2009 las obras ya se hayan iniciado. Los Diputados señores Álvarez y Dittborn formularon dos indicaciones a este artículo: la primera, para eliminar este artículo y agregar en el artículo 21, a continuación de la expresión “Impuesto al Valor Agregado”, la frase “, con un tope de 250 UF,” y, la segunda, para reemplazar la cifra de 4.000 por 6.000 en los numerales 1) y 5). El Presidente de la Comisión declaró inadmisible las indicaciones precedentes por ser de iniciativa exclusiva del Presidente de la República conforme al artículo 65 de la Constitución Política. Puesto en votación el artículo 5° fue aprobado por 7 votos a favor, 4 votos en contra y 2 abstenciones. En el artículo transitorio, se señala que el mayor gasto fiscal que pudiere irrogar la aplicación del artículo 4° de la presente ley durante el año 2008 se financiará mediante reasignaciones presupuestarias del programa Subsidios de la Partida Presupuestaria Tesoro Público. Puesto en votación este artículo fue aprobado por unanimidad.

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IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN Ninguno. V. ARTÍCULOS QUE NO FUERON APROBADOS POR UNANIMIDAD El artículo 5°. Se han introducido al proyecto modificaciones formales que se recogen en el texto propuesto a continuación. VI. TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente: PROYECTO DE LEY “Artículo 1°.- Establécese que, por un plazo de veinticuatro meses a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, el impuesto a la gasolinas automotrices, establecido en el artículo 6° de la ley Nº 18.502, se aplicará con un componente fijo de 6 (seis) UTM/m3 (unidades tributarias mensuales por metro cúbico) y un componente variable, que se restará del componente fijo, determinado de la siguiente forma: (i) El componente será de 1,5 (una coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo West Texas Intermediate, en adelante WTI, haya superado, en promedio durante los doce meses anteriores, los 75 (setenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. (ii) El componente variable será de 1 (una) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 70 (setenta) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 75 (setenta y cinco) de dichos dólares en igual período. (iii) El componente variable será de 0,5 (cero coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 70 (setenta) de dichos dólares en igual período. (iv) El componente variable será de 0 (cero) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI no haya superado, en promedio, durante los doce meses

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anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. El valor de cotización del petróleo WTI será el que informe la Comisión Nacional de Energía de acuerdo al promedio de los precios de cierre de cotización de dicho combustible en los mercados internacionales. Para estos efectos los doce meses serán los anteriores a la fijación a que se refiere el inciso siguiente. El cálculo de la tasa del impuesto se efectuará mensualmente por el Ministerio de Hacienda, con consulta a la Comisión Nacional de Energía. Cada vez que de dicho cálculo se determine que corresponda modificar el componente variable del impuesto, mediante decreto del Ministerio de Hacienda, expedido bajo la fórmula “Por Orden del Presidente de la República”, se fijará la tasa de impuesto resultante, la que regirá para la determinación del impuesto a las gasolinas automotrices a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación. Para estos efectos se utilizará el valor respectivo del dólar observado. Con todo, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y por los siguientes seis meses, se aplicará el impuesto con un componente variable de 1,5 UTM/m3 en reemplazo de lo que pudiese corresponder por aplicación de los numerales anteriores. Artículo 2°.- Derógase, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, el artículo transitorio de la ley Nº 20.130. Artículo 3°.- A contar del día 1 del mes siguiente a la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, los contribuyentes del impuesto al valor agregado establecido en el Título II del decreto ley Nº 825, de 1974, que declaren dicho impuesto por medios electrónicos o en la forma no electrónica que determine el Servicio de Impuestos Internos mediante resolución y que paguen o soporten el impuesto de timbres y estampillas, podrán agregarlo al crédito fiscal del impuesto al valor agregado en la forma y bajo las condiciones que se establecen en este artículo. Los contribuyentes del impuesto al valor agregado que declaren ese impuesto por los medios que autorice el Servicio de Impuestos Internos mediante dicha resolución, podrán efectuar la agregación al crédito fiscal a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de dicha resolución, la cual deberá dictarse dentro del plazo de ocho meses a contar entrada en vigencia de esta ley. Estos contribuyentes, cumpliendo las demás condiciones establecidas en este artículo, en la primera declaración de impuesto al valor agregado en que hagan uso del beneficio, de acuerdo a este mecanismo, podrán agregar como crédito el impuesto de timbres y estampillas pagado o soportado desde el primer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de la modificación introducida por el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y el último día del mes por el que efectúe la declaración de impuesto al valor agregado respectiva.

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Los contribuyentes con derecho al crédito referido serán aquellos cuyos ingresos anualizados por ventas y servicios del giro, de los tres años calendarios anteriores a aquel período tributario en que corresponda agregar el crédito por impuesto de timbres y estampillas, no hayan superado el equivalente a sesenta mil unidades tributarias mensuales en cualquiera de los respectivos años señalados. En el caso de fracciones de años calendarios, el límite de ventas se reducirá a la cifra que resulte de multiplicar cinco mil unidades tributarias mensuales por el número de meses activos de cada período, considerándose la fracción de mes como mes completo. En cada mes podrá agregarse al crédito fiscal del impuesto al valor agregado una cantidad igual a la suma del impuesto de timbres y estampillas establecido en el número 3 del artículo 1°, en los artículos 2°, 2° bis y 3° del decreto ley N° 3.475, de 1980, devengado por las operaciones de ese mismo mes, sin derecho de recuperarlo de terceros, y que estén relacionadas con el giro del contribuyente. El monto acumulado anual de impuesto de timbres y estampillas que podrá incrementar el crédito fiscal del contribuyente por cada año calendario, no podrá exceder del monto menor entre: a) 1,2% (uno coma dos por ciento) de los ingresos por ventas y servicios del año calendario anterior, y b) el equivalente a treinta y cinco unidades tributarias mensuales. Con todo, si el volumen de ingresos por ventas y servicios del giro del contribuyente del año anterior, determina un límite de impuesto acreditable inferior a tres unidades tributarias mensuales, el contribuyente anualmente podrá acreditar el impuesto de timbres y estampillas hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales. Asimismo, en el caso de contribuyentes que no registren ventas en el año calendario anterior por ser el año en curso el de inicio de sus actividades, el impuesto acreditable no podrá exceder de quince unidades tributarias mensuales. Si durante el año en que se ha agregado el crédito establecido en este artículo los ingresos anuales por ventas y servicios del contribuyente superan las sesenta mil unidades tributarias mensuales, el monto acumulado de crédito del año deberá ser reintegrado en el mes siguiente a aquel en que se supere dicho límite, aumentando el débito fiscal del contribuyente en el mismo monto reajustado en la forma que dispone el artículo 27 del decreto ley N° 825, de 1974. Para los efectos de este artículo, los ingresos por ventas y servicios se considerarán por sus valores netos del impuesto al valor agregado. Asimismo, las cantidades expresadas en unidades tributarias mensuales se calcularán de acuerdo al valor de dicha unidad para el último día hábil del período correspondiente. El contribuyente deberá acreditar el pago o retención del impuesto de timbres y estampillas, cuando lo requiera el Servicio de Impuestos Internos, con la correspondiente declaración, o con constancia de haberse efectuado el pago, en el caso de ser de su responsabilidad el entero del impuesto o certificado de pago por Internet, o bien con un certificado emitido por medios electrónicos, o en la forma que

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determine el SII, por el contribuyente que le hubiere recargado el impuesto. Dicho certificado deberá emitirse a solicitud del contribuyente, en la forma, plazo y términos que establecerá el Servicio de Impuestos Internos. El contribuyente que recarga el impuesto que emita el certificado deberá informar al Servicio de Impuestos Internos, en la forma, periodicidad, condiciones y plazos que éste determine. La mora en la emisión o la emisión incompleta de los certificados a que se refiere el inciso décimo de este artículo o la emisión incompleta o extemporánea del informe a que se refiere el inciso undécimo se sancionará con multa de una Unidad Tributaria Mensual a una Unidad tributaria Anual, por cada incumplimiento, la que será aplicada por el Servicio de Impuestos Internos de conformidad al procedimiento establecido en el N°1 del artículo 165 del Código Tributario. El monto del impuesto de Timbres y Estampillas utilizado como crédito fiscal, de conformidad a lo señalado en este artículo, no podrá deducirse como gasto para los efectos de la determinación de los impuestos establecidos en la Ley de la Renta. Con todo, esta cantidad no se afectará con el impuesto contenido en el artículo 21 de dicha ley. Artículo 4°.- Establécese, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, una bonificación anual de cargo fiscal equivalente al 100% del valor del impuesto anual por permiso de circulación, a que se refiere el Título IV del decreto de ley N° 3.063, de1979, sobre Rentas Municipales, a los propietarios de vehículos híbridos a que se refiere el numeral 1 de este artículo, que se encuentren inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados a partir del 1 de marzo del 2008 y hasta el 31 de marzo del 2010, y que cumplan con los requisitos y condiciones que a continuación se indican. 1. Se entenderá por vehículo híbrido aquel capaz de desplazarse utilizando como fuente de energía tanto un motor de combustión interna como un sistema de almacenamiento de energía eléctrica producida por el propio vehículo. Estos vehículos deberán haber sido homologados como híbridos de acuerdo al proceso de homologación contenido en el decreto N° 54, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, encontrarse afectos al impuesto anual por permiso de circulación referido en el inciso anterior e inscritos en el registro a que hace mención el N° 3 de este artículo. 2. La bonificación se concederá durante el número de años que corresponda, según el valor de venta del vehículo en conformidad a la escala establecida en este numeral, y regirá a contar de la inscripción del vehículo en el Registro de Vehículos Motorizados. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total en su primera venta sea inferior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por cuatro años. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total al momento de su primera venta sea igual o superior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al

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valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por dos años. No podrán acceder a esta bonificación los vehículos cuyo valor total, al momento de su primera venta sea superior al equivalente en pesos de 1.220 (mil doscientas veinte) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta. 3. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mantendrá y publicará, en forma regular, un registro de autos híbridos susceptibles de acogerse a esta bonificación, en adelante el Registro, que contendrá el listado de los modelos de vehículos que cumplen con los requisitos de homologación. A dicho registro se incorporarán los vehículos a contar de la emisión del respectivo certificado de homologación. El Registro deberá ser publicado en el plazo de treinta días contado desde la publicación de esta ley y deberá contener el listado de los modelos que a dicha fecha cumplen con los requisitos y condiciones que establece este artículo. 4. Dentro de los noventa días siguientes a la publicación de esta ley, el Ministerio de Hacienda establecerá, mediante decreto supremo, un Reglamento para la aplicación de este beneficio, en el que establecerá el procedimiento de acuerdo al cual se otorgará la bonificación, por parte del Servicio de Tesorería, quien podrá pagarla mediante cheque nominativo o depósito en la cuenta corriente, de ahorro a plazo o a la vista que posea el beneficiario. Dicho Reglamento establecerá, también, las condiciones y los requisitos que deberán acreditar los beneficiarios para solicitar el pago respectivo, los que podrán incluir la exhibición del comprobante de pago del permiso de circulación del año respectivo, la factura de compra del vehículo, el Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes y el certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente. Artículo 5°.- Introdúcense, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, las siguientes modificaciones al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975: 1) En el inciso primero, reemplázanse las expresiones “y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.” por las expresiones “cuyo valor no exceda de 4.000 unidades de fomento, con un tope de hasta 150 (ciento cincuenta) unidades de fomento por vivienda, y en los contratos generales de construcción de dichos inmuebles que no sean por administración, con igual tope por vivienda, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.”. 2) En la primera oración del inciso segundo, reemplázanse las expresiones “será aplicable también a los” por las expresiones “será aplicable también, sin las limitaciones de monto antes indicadas, a los”. 3) Agrégase, en el inciso tercero, la siguiente oración a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.): “Para acceder al beneficio la empresa constructora deberá contar con el respectivo permiso municipal de edificación.”

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4) Intercálase el siguiente nuevo inciso a continuación del inciso tercero: “Excepto para el caso de aquellos contratos que recaigan exclusivamente en las viviendas a que se refiere el artículo 3° del decreto ley N° 2552, de 1979, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el beneficio dispuesto en el inciso primero no será aplicable a los contratos de ampliación, modificación, reparación o mantenimiento, ni aun en los casos que pudieran implicar la variación de la superficie originalmente construida, como tampoco a los contratos generales de construcción, que no sean por administración, referidos a la urbanización de terrenos.” 5) Intercálanse los siguientes incisos, nuevos, a continuación del actual inciso final: “En el caso de contratos de construcción referidos a más de una vivienda, para acceder al beneficio, el contrato deberá indicar el precio unitario de construcción de las viviendas, incluyéndose en éste el valor de los bienes comunes a construir, a prorrata de las superficies construidas respectivas. Cuando el contrato general de construcción incluya inmuebles para habitación, que no excedan de 4.000 unidades de fomento y otros que sobrepasen tal monto, el beneficio imputable en cada facturación de un estado de pago será la cantidad que resulte de aplicar, al crédito potencial total, la proporción que el estado de pago represente respecto del total del precio de construcción de las viviendas del contrato. El crédito total potencial será igual a la suma de los créditos individuales de las viviendas a construir con derecho al beneficio. Las modificaciones o el término anticipado de un contrato general de construcción, que causen variaciones al crédito potencial disponible inicialmente previsto, darán lugar al ajuste correspondiente en los siguientes estados de pago, con el consiguiente derecho a crédito o la obligación de reintegro respectiva. En el caso de un contrato general de construcción destinado a completar la construcción de inmuebles para habitación, también se aplicarán las normas precedentes, pero, para establecer el crédito potencial disponible, en el cálculo del crédito individual de las viviendas, deberá considerarse la suma del precio individual de construcción del contrato más el valor de las obras preexistentes, el cual deberá ser declarado en el contrato. Las empresas constructoras deberán informar al Servicio de Impuestos Internos, en la oportunidad y forma que este determine, los antecedentes que sirvan de base para el cálculo del beneficio impetrado así como los compradores de los inmuebles o los mandantes de los contratos generales de construcción, que no sean por administración. No obstante lo señalado en los incisos anteriores, hasta el día 30 de junio del año 2009, las empresas constructoras tendrán derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta el 0,65 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar en la venta de bienes corporales inmuebles para habitación por ellas construidos y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825,

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de 1974, en ambos casos, sin el requerimiento de contar previamente con el permiso municipal de edificación. Tratándose de contratos generales de construcción de inmuebles para habitación, que no sean por administración, celebrados con anterioridad al 1° de julio de 2009, se sujetarán al beneficio del inciso anterior si han obtenido el respectivo permiso municipal de edificación con anterioridad a dicha fecha y siempre que al 31 de diciembre de 2009 las obras ya se hayan iniciado. Artículo Transitorio.- El mayor gasto fiscal que pudiere irrogar la aplicación del artículo 4° de la presente ley durante el año 2008, se financiará mediante reasignaciones presupuestarias del programa Subsidios de la Partida Presupuestaria Tesoro Público.”. Tratado y acordado en sesiones de fechas 4 y 5 de marzo de 2008, con la asistencia de los Diputados señores Ortiz, don José Miguel (Presidente); Aedo, don René; Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Delmastro, don Roberto; Dittborn, don Julio; Insunza, don Jorge; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Robles, don Alberto; Sunico, don Raúl y Von Mühlenbrock, don Gastón, según consta en las actas respectivas. También asistieron los Diputados no miembros de la Comisión, señores Gonzalo Duarte, Alejandro García Huidobro y Jorge Sabag. SALA DE LA COMISIÓN, a 5 de marzo de 2008.

JAVIER ROSSELOT JARAMILLO Abogado Secretario de la Comisión

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1.3. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 355 Sesión 139. Fecha 06 de marzo, 2008. Discusión en Sala. Se aprueba en general y en particular a la vez. REBAJA TRANSITORIA DEL IMPUESTO A LAS GASOLINAS. Primer trámite constitucional. El señor WALKER (Presidente).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de “suma”, el proyecto de ley, originado en mensaje, que rebaja en forma transitoria el impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales. Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Alberto Robles. Antecedentes: -Mensaje, boletín Nº 5752-05, sesión 137ª, en 4 de marzo de 2008. Documentos de la Cuenta N° 1. -Primer informe de la Comisión de Hacienda, sesión 139ª. Documentos de la Cuenta N° 6. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor ROBLES.- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, con urgencia calificada de “suma”, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que rebaja en forma transitoria el impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales. Constancias reglamentarias previas: Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente: 1°) Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe consiste en introducir modificaciones en los regímenes tributarios en relación con el impuesto a las gasolinas automotrices, el impuesto de timbres y estampillas para las pymes, el beneficio tributario del IVA a la construcción e incentivar el uso de los vehículos ecológicos; 2°) Que el articulado de esta iniciativa no contiene disposiciones que requieran quórum especial de aprobación; 3°) Que el proyecto fue aprobado, en general, por mayoría, con el voto favorable de los diputados señores Aedo, Álvarez, Delmastro, Insunza, Jaramillo, Lorenzini, Montes, Ortiz, Robles, Súnico y Von Mühlenbrock y la abstención del diputado Dittborn, y 4°) Que como diputado informante se designó al señor Alberto Robles. Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto el señor

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DISCUSION EN SALA

Andrés Velasco, ministro de Hacienda; la señora María Olivia Recart, subsecretaria de esa cartera; los señores Ricardo Escobar, director del Servicio de Impuestos Internos; Luis Felipe Céspedes, coordinador de asesores del Ministerio de Hacienda; Juan Luis Monsalve, jefe de gabinete; Héctor Lehuedé, abogado; las señoras Jacqueline Saintard y Tamara Agnic y el señor William Mullins, asesores de esa secretaría de Estado, y los señores Julio Valladares, subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dirección de Presupuestos, y Enrique Paris, asesor de esa Dirección. Además, concurrieron los señores José Luis Meier, gerente comercial de Empresas Lipigas, y Mauricio Coll, gerente de división Grandes Empresas de Gasco GLP S.A.; Jaime Muñoz y Helmut Sther, vicepresidente y presidente de la Comisión de Legislación de la Cámara Chilena de la Construcción, respectivamente; Javier Hurtado, gerente de Estudios de la misma entidad, y Mariano Rendón y Manuel Zúñiga, coordinador y director del Movimiento Acción Ecológica. Antecedentes generales: En el mensaje del Ejecutivo se hace presente la necesidad de impulsar medidas pro crecimiento, aun cuando la economía chilena ha demostrado una gran solidez y estabilidad a lo largo de las dos últimas décadas. De hecho, el escenario internacional se ha tornado más volátil e incierto en los meses recientes. La fortaleza de las cuentas fiscales, del sector financiero y de la estructura productiva sirve de protección, en gran medida, frente a la volatilidad externa. No obstante, el Gobierno viene en proponer un paquete de medidas para afrontar dichos desafíos de desarrollo económico futuro y, al mismo tiempo, aliviar los efectos negativos que tales circunstancias han tenido en las personas, lo que se puede efectuar dado el buen manejo económico que ha tenido la Concertación en materia macroeconómica en nuestro país durante prácticamente los últimos 17 años. Disposiciones legales que se modifican por el proyecto: 1.- El artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, que otorga una franquicia por el IVA pagado por las empresas constructoras por la venta de viviendas destinadas a la habitación; 2.- El artículo 6° de la ley N° 18.502, que establece el impuesto específico a las gasolinas automotrices y al petróleo diesel, y 3.- El artículo transitorio de la ley N° 20.130, que redujo la tasa del impuesto de timbres y estampillas para los años 2007 y 2008. Contenido del proyecto: Se propone, transitoriamente, que el impuesto específico a las gasolinas automotrices, actualmente fijado en 6 UTM por metro cúbico, baje a 4,5 en tanto los precios del petróleo se mantengan en niveles elevados como los actuales. Esa medida se traducirá en un importante alivio en los precios que pagan los consumidores, con rebajas a nivel de estaciones de servicio superiores a 50 pesos por litro. La medida es temporal, pues tendrá una vigencia de 24 meses. Existirá un mecanismo complementario de tasa variable, que modifica

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la tasa final de impuesto en relación con dichos precios, determinados por la Comisión Nacional de Energía, de acuerdo con la cotización del barril de petróleo West Texas Intermediate, WTI, en los mercados internacionales. Como otra de las medidas, se permite compensar el pago del impuesto de timbres y estampillas que efectúan las micro, pequeñas y medianas empresas. El impuesto de timbres y estampillas pagado por esas empresas podrá ser descontado de sus pagos tributarios por IVA. En efecto, las empresas de menor tamaño podrán solicitar créditos hasta por el valor de sus ingresos anuales por ventas y servicios, con un tope de aproximadamente cien millones de pesos anuales, sin enfrentar el costo del impuesto de timbres y estampillas. También se propone adelantar en un año la reducción general del referido impuesto, aprobado en 2006. Así, la tasa del impuesto se reduciría a 1,2 por ciento en forma inmediata no en enero de 2009, como estaba previsto. Además, se propone un incentivo para la adquisición de automóviles con tecnología ecológica. Con ese fin, se bonificará a los propietarios de vehículos híbridos inscritos en el Registro de Autos Motorizados entre el 1 de marzo de 2008 y el 31 de marzo del 2010. La bonificación es equivalente al pago del impuesto anual por permiso de circulación y se cancelará, por los primeros cuatro años, a partir de su inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, a los vehículos cuyo precio sea inferior a 730 UF. Los vehículos de mayor valor recibirán la bonificación por dos años, en la medida que no superen las 1.220 UF. Se propone un ajuste a la franquicia tributaria a la construcción de viviendas, para focalizarla adecuadamente en las viviendas de las personas de menores ingresos y de clase media. La aplicación del beneficio estará disponible con un tope de hasta 150 unidades de fomento por vivienda, para inmuebles con un valor máximo de 4 mil unidades de fomento. Eso significa que viviendas de hasta 2 mil UF seguirán recibiendo el beneficio del que gozan en la actualidad. Las viviendas entre 2 mil y 4 mil UF recibirán un beneficio parcial, que se reduce en términos proporcionales mientras mayor es el precio de la vivienda. Los inmuebles de más de 4 mil UF no gozarán del beneficio. Se propone que la entrada en vigencia de esa medida sea gradual, para facilitar la transición de los proyectos inmobiliarios en curso. Antecedentes presupuestarios y financieros: El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos estima que el fisco recaudará un menor monto, por concepto de la reducción del impuesto específico a las gasolinas automotrices, de aproximadamente 350 mil millones de pesos. Un menor monto, por incentivo a la adquisición de vehículos con tecnología ecológica, de mil millones de pesos. Un menor monto, por adelanto para 2008 de la vigencia de reducción del impuesto de timbres y estampillas, de 35 mil millones de pesos. Una compensación anual del impuesto de timbres y estampillas de 95 mil millones de pesos. Finalmente, habrá un aumento en la recaudación fiscal por concepto de focalización la franquicia del IVA a la construcción por un monto de 95

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mil millones de pesos. A continuación, pasaré a comentar la discusión general realizada en la Comisión. En la discusión particular solamente me referiré a los puntos más controversiales. En la discusión general, el ministro señor Andrés Velasco señaló que el país está enfrentando una coyuntura económica externa más adversa que hace un año, puesto que un conjunto de factores han variado en forma negativa, fundamentalmente el precio del petróleo, que ha excedido todos los récords históricos en los últimos días. En el ámbito nacional, sin embargo, la economía ha seguido creciendo, aunque en los dos últimos trimestres la tasa ha estado levemente por sobre un 4 por ciento. A pesar de las turbulencias y la inestabilidad internacional, las tasas de inversión trimestral son las más altas en los últimos veinte años; las exportaciones han crecido de manera importante, más allá de las fluctuaciones del dólar, llegándose a exportar el año pasado casi 68 mil millones de dólares. Además, dentro de las variables macroeconómicas, el riesgo país es el menor en el contexto de los países emergentes, todo lo cual requiere medidas que permitan mantener e incrementar dichas cifras. El señor ministro añadió que la más potente señal de que se debe seguir trabajando en estos temas es que en el resto del mundo y particularmente en Estados Unidos, las expectativas de crecimiento se han rebajado notoriamente. Hace más de un año se proyectaba que Estados Unidos crecería a más de 3 por ciento, porcentaje que hoy llega sólo al 1,5. Sostuvo que por estas razones el Gobierno de la Presidenta Bachelet ha adoptado dos caminos: uno, la proposición de las medidas contendidas en el proyecto de ley en discusión, y el segundo, la tramitación de una serie de iniciativas tendientes a aumentar el crecimiento, algunas de las cuales están tramitándose en el Congreso Nacional, como gobiernos corporativos de las empresas privadas, notarios y conservadores y tribunales tributarios. Respecto del proyecto de ley en informe, señaló que éste contiene cuatro medidas que requieren de ley: La primera es la rebaja transitoria del impuesto específico a las gasolinas automotrices. La segunda es el estímulo a la adquisición y uso de vehículos híbridos. La tercera es la compensación del impuesto de timbres y estampillas para las pymes. La cuarta es la focalización del beneficio del IVA a la construcción. La quinta medida, que no requiere ley, es el aporte especial de 5 millones de dólares al Fondo para promover la investigación en biocombustibles. En relación a la rebaja del impuesto a las gasolinas automotrices, indicó que debido a la coyuntura sin precedentes en el precio del petróleo, el Ejecutivo consideró necesario adoptar una medida que cumpliera dos condiciones: que diera un alivio en el precio y que fuera transitoria y vinculada al precio. Esta medida permitirá aliviar el presupuesto de los consumidores, principalmente de la clase media, e impactará positivamente en el IPC, rebajándose aproximadamente 0,4 a 0,5 puntos porcentuales de inflación en el año.

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El proyecto propone rebajar el impuesto de 6 UTM por metro cúbico a 4,5 UTM por un período de 24 meses, puesto que se estima que la incertidumbre en el precio de las gasolinas debería disiparse al término de dicho período y también porque una decisión permanente a este respecto debe ser adoptada por el próximo gobierno. El impuesto vuelve gradualmente a sus niveles actuales si el precio baja por largos períodos a valores inferiores a 75 dólares por barril. De esta manera, si el precio cae por debajo de 75 dólares en promedio durante 12 meses, el impuesto específico sería de 5 UTM; si cae por debajo de 70 dólares, el impuesto específico sería de 5,5 UTM, y si cae por debajo de 65 dólares, el impuesto específico sería de 6 UTM. Es decir, se vuelve a la situación actual. Esta medida producirá una rebaja en el precio de alrededor de 52 pesos por litro, sin olvidar que actualmente el Fondo de Estabilización del Precio de los Combustibles está entregando un crédito de aproximadamente 50 pesos por litro. Respecto del estímulo para el uso de vehículos híbridos, expresó que el Gobierno no desea, con esta rebaja transitoria al impuesto específico de las gasolinas automotrices, incentivar su consumo, puesto que un incremento en su uso trae aparejado tanto un aumento de la congestión vehicular como de la contaminación, por lo que el proyecto plantea un incentivo para la adquisición y uso de automóviles con tecnología ecológica, que son aquellos vehículos que cuentan con motores que combinan electricidad y combustible, y que son los menos contaminantes en el mundo por su bajas emisiones; aproximadamente un tercio de un auto convencional. Como estos vehículos tienen un precio más alto que los tradicionales -aproximadamente de un millón de pesos-, es necesario estimular su adquisición mediante un incentivo fiscal, que consiste en que los propietarios que inscriban sus vehículos híbridos entre el 1 de marzo de 2008 y el 31 de marzo del 2010 recibirán una bonificación, que será equivalente al permiso de circulación cancelado durante el respectivo año -por ejemplo, 284.000 pesos para un auto nuevo-, que compensará su mayor valor. El beneficio se extenderá por cuatro años para vehículos cuyo precio de venta es igual o inferior a 730 UF (14,5 millones de pesos), y por dos años si el valor excede las 730 UF, con un tope de 1.220 UF (24 millones de pesos). Los vehículos cuyo precio de venta sea superior a dicha cifra no podrán acceder a este beneficio. El propietario del vehículo híbrido deberá pagar el permiso de circulación en la municipalidad respectiva y luego la Tesorería procederá a reintegrar dicho pago. Es una forma de no perjudicar los ingresos de los municipios en todo el país. Ligada a esta medida está el aporte especial de cinco millones de dólares que hará el Fisco al Fondo para promover la investigación en biocombustibles. Hoy en Chile no se producen biocombustibles y es muy difícil que el país utilice alguna de las tecnologías existentes en otros países, porque éstas utilizan como materias primas la caña de azúcar, el maíz y la soya, que el país no produce en niveles importantes. Por ello es necesario investigar y determinar si las materias que se utilizan en países con recursos naturales similares, como Nueva Zelanda, pueden ser adaptadas

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en el país, como el pasto, madera y algunas algas. En relación a la compensación del impuesto de timbres y estampillas para las pymes, indicó que constituye un viejo anhelo tanto de los pequeños y medianos empresarios como de los parlamentarios, por lo que ha sido muy bien recibida. Añadió que la tasa vigente de este impuesto que se paga al pedir un crédito corresponde al 1,35 por ciento del capital inicial, la que fue disminuida en 2006 desde 1,6 por ciento, estableciéndose en dicha modificación que se rebajará a 1,2 por ciento en 2009. El proyecto propone, por un lado, rebajar la tasa a 1,2 por ciento desde este año para todas las personas naturales y jurídicas y, en segundo lugar, eliminar este impuesto para las pymes con ventas anuales menores a 60 mil UTM, lo que equivale aproximadamente a 100 mil UF, mediante la devolución del impuesto pagado por estas empresas a través del descuento de sus pagos tributarios por IVA. Es decir, el monto del impuesto pagado se registra el mismo mes como crédito del IVA, compensando con el débito IVA del mismo mes, lo que constituye un mecanismo expedito y no burocrático. Esta compensación tendrá un tope que equivale al 1,2 por ciento de las ventas. Con ello se busca evitar fraudes como la creación de empresas que se dediquen a intermediar créditos para obtener este beneficio tributario, con una compensación máxima de 35 UTM. Para las empresas nuevas este beneficio tendrá un tope de 15 UTM. Indicó que esta medida, que es de carácter permanente en régimen, tiene un costo fiscal de 190 millones de dólares anuales. Finalmente, respecto de la focalización del beneficio tributario del IVA a la construcción, expuso que esta propuesta se fundamenta en dos razones: por un lado, se trata de un beneficio que no está focalizado, por lo que se requiere que estos dineros se destinen a los sectores más necesitados y, segundo, porque esta medida será la fuente de financiamiento permanente para la medida anterior relativa al impuesto de timbres y estampillas. En cuanto al gasto tributario de la franquicia actual indicó que en el año 2006 lo que dejó de percibir el Fisco fueron 462 millones de dólares; en 2007 512 millones de dólares, y para este año la proyección indica que será de 563 millones de dólares. Si se analiza quienes reciben este beneficio por quintil, se establece que el primer quintil recibe un 3 por ciento; el segundo quintil, un 6; el tercer quintil, un 8; el 4° un 13 y el 5° un 70 por ciento, lo que demuestra la mala focalización de esta franquicia, dado que la gente de mayores recursos recibe prácticamente el total del mismo. Por estos motivos, en el proyecto se propone establecer tres tramos: las viviendas de hasta 2 mil unidades de fomento mantienen el beneficio actual, que consiste en que del costo de construcción de una vivienda nueva, que equivale aproximadamente a las dos terceras partes del costo total de la vivienda -el otro tercio corresponde al valor del terreno-, se devuelve el 65 por ciento del IVA. El tramo de viviendas de 2.000 a 4.000 unidades de fomento reciben un beneficio parcial, menor al actual con un tope de 150 unidades de fomento, y las viviendas de más de 4.000 unidades de fomento no reciben beneficio. Indicó que las viviendas de más

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de 4.000 unidades de fomento constituyen menos del 6 por ciento del total de viviendas que se construyen en el país. Aclaró que este proyecto sólo afecta a la construcción de viviendas y no a la construcción de oficinas, fábricas, etcétera, por lo que, en su opinión, no se afectará el crecimiento de la economía. Consideró adecuada esta focalización, porque se está manteniendo el beneficio actual para el 84 por ciento de la población y sólo se está eliminando para el 5 por ciento más rico. Esta medida, de aprobarse el proyecto, entrará en vigencia en julio de 2009, de manera de no afectar los proyectos inmobiliarios en curso, ya que, de acuerdo con los antecedentes entregados por los expertos, la estimación del período de gestación de un proyecto en promedio es de dieciocho meses. Por último, señaló que la mayor recaudación fiscal de esta medida en régimen será de 190 millones de dólares, lo que permitirá financiar la rebaja relativa al impuesto de timbres y estampillas. Mientras esta medida no rija, el menor ingreso será financiado con aportes del Fisco, lo que este año reducirá el superávit efectivo, pero no el estructural. El señor Helmut Sther realizó una breve descripción de los orígenes de la exención tributaria que beneficia la construcción de viviendas y explicó los efectos que, a su juicio, produciría en la economía la aprobación del artículo 5° del proyecto. El señor Jaime Muñoz indicó que el Ejecutivo debería revisar tanto el tope máximo del beneficio, que equivale a 150 unidades de fomento, como el límite del valor de las viviendas de 4.000 unidades de fomento, ya que con ello se afecta directamente a la clase media, además de producir una grave distorsión que podría llevar a prácticas al límite de lo legal para infringir este tope. El señor Mariano Rendón manifestó su oposición a las medidas contenidas en el proyecto relativas a la rebaja al impuesto a la gasolina y a los incentivos para la compra de autos y para la producción de biocombustibles, tanto por las externalidades negativas que conlleva el uso del automóvil como por su carácter regresivo desde el punto de vista social, ya que las personas que usan automóvil, que son las beneficiadas con esta rebaja tributaria, no se cuentan entre las más pobres. Añadió que si lo que se buscaba con este proyecto era reducir la carga tributaria, se podría haber adoptado un camino más equitativo socialmente, como la rebaja del IVA, que beneficiaría a todos los chilenos. Las consideraciones anteriores, así como los planteamientos de los ejecutivos de la Asociación Chilena de Gas Licuado, fueron ampliamente analizados por la Comisión, dejándose constancia del debate en las actas respectivas. No me voy a referir al debate en particular, porque ya he comentado en extenso la discusión habida en la Comisión de cada uno de los puntos del proyecto. No obstante, haré una referencia a cada uno de los artículos en aquellas cosas donde hubo diferencias de opinión. El artículo 1°, que dispone una disminución al impuesto específico de la gasolina, fue objeto de una indicación para agregar el siguiente inciso final: “Igual rebaja del impuesto específico se aplicará al gas licuado vehicular.”.

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Ese punto fue planteado en la Comisión por varios parlamentarios, señalando que aquellos que usaban gas licuado vehicular, sobre todo, porque se incentivó su uso, de-ieran tener alguna franquicia en ese sentido. Pero se determinó que ese punto no estaba en la idea matriz del proyecto, por lo que el Presidente de la Comisión declaró inadmisible la indicación. El articulo 2°, que permite que se adelante la disminución del Impuesto de Timbres y Estampillas al 1,2 por ciento, fue aprobado por la unanimidad de los presentes. En el artículo 3°, que disminuye el impuesto de timbres y estampillas, hubo una discusión importante, debido al planteamiento hecho por los diputados señores Álvarez, Dittborn y Lorenzini, en orden a que se puedan también acoger a este incentivo de menor tributación aquellos que desarrollan su declaración ante el Servicio de Impuestos Internos a través de medios no electrónicos. En razón a dicho planteamiento, el Ejecutivo formuló las siguientes indicaciones: 1) para agregar en el inciso primero, a continuación de la frase “que declaren dicho impuesto” la frase: “por medios electrónicos o en la forma no electrónica que determine el Servicio de Impuestos Internos mediante resolución”; 2) para agregar al final del inciso primero del artículo 3° la siguiente oración: “Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que declaren ese impuesto por los medios que autorice el Servicio de Impuestos Internos mediante dicha resolución, podrán efectuar la agregación al crédito fiscal a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de dicha resolución, la cual deberá dictarse dentro del plazo de ocho meses a contar de la entrada en vigencia de esta ley. Estos contribuyentes, cumpliendo las demás condiciones establecidas en este artículo, en la primera declaración de Impuesto al Valor Agregado en que hagan uso del beneficio, de acuerdo con este mecanismo, podrán agregar como crédito el Impuesto de Timbres y Estampillas pagado o soportado desde el primer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de la modificación introducida por el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y el último día del mes por el que efectúe la respectiva declaración de impuesto al valor agregado”. Fue el artículo más debatido. Por su parte, el ministro se comprometió a que la resolución del Servicio de Impuestos Internos se dicte en el transcurso de este año y a desarrollar medidas de comunicación para que todas las pymes tengan conocimiento de estos cambios, con el objeto de que también puedan incorporarse a la declaración electrónica que facilita su reembolso. El artículo 4°, que entrega incentivos a los vehículos ecológicos, fue aprobado por unanimidad. El artículo 5°, que focaliza el beneficio del IVA a la construcción, fue objeto de indicaciones de los diputados señores Álvarez y Dittborn para eliminar este artículo y agregar en el artículo 21, a continuación de la expresión “Impuesto al Valor Agregado”, la frase “, con un tope de 250 UF”, y, la segunda, para reemplazar la cifra 4.000 por 6.000 en los numerales 1) y 5). El Presidente de la Comisión declaró inadmisible las indicaciones precedentes por ser de iniciativa exclusiva del Presidente de la República conforme al artículo 65 de la Constitución Política.

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Puesto en votación el artículo 5°, fue aprobado por 7 votos a favor, 4 votos en contra y 2 abstenciones. Fue el único artículo que no se aprobó por unanimidad. No hubo artículos rechazados. En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que darán a conocer los diputados en el transcurso del debate, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del proyecto de ley en informe, lo cual fue tratado y acordado en sesiones de fechas 4 y 5 de marzo, con la asistencia de los diputados señores Ortiz, don José Miguel (Presidente); Aedo, don René; Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo; Delmastro, don Roberto; Dittborn, don Julio; Insunza, don Jorge; Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Montes, don Carlos; Robles, don Alberto; Súnico, don Raúl y Von Mühlenbrock, don Gastón, según consta en las actas respectivas. También asistieron los diputados señores Gonzalo Duarte, Alejandro García-Huidobro y Jorge Sabag. Es todo cuanto puedo informar. Con esto, doy cumplimiento a lo establecido por la Comisión de Hacienda y por el Reglamento de la Cámara de Diputados. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En discusión. Recuerdo a los señores diputados que el Orden del Día termina a la 13.10 horas y que pueden pronunciar dos discursos de hasta cinco minutos cada uno. Tiene la palabra el diputado señor René Aedo. El señor AEDO.- Señor Presidente, este proyecto de ley establece una rebaja transitoria del impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales. Contiene cinco artículos permanentes y uno transitorio. Como dije, establece una rebaja transitoria del impuesto específico a las gasolinas automotrices, incentivos tributarios para la importación de vehículos de tecnología ecológica, entrega recursos para el desarrollo de los biocombustibles, elimina el impuesto de timbres y estampillas para la pequeña empresa y focaliza franquicias tributarias en la construcción de viviendas. La iniciativa fue aprobada por la Comisión de Hacienda y, a petición de sus miembros, el Ejecutivo presentó una indicación que permite que aquellos contribuyentes que no declaren sus impuestos a través de Internet también puedan acogerse al beneficio de la rebaja del impuesto de timbres y estampillas. Creo que fue una mejoría importante del proyecto, de lo cual nos alegramos. La primera medida, que dice relación con la rebaja transitoria, por dos años, del impuesto a las gasolinas automotrices, fue el resultado de la petición que formulamos diversos diputados de la Alianza. En abril de 2006, presenté un proyecto de acuerdo, aprobado por la Sala en junio de ese año, mediante el cual pedimos la eliminación del impuesto específico a los combustibles. Por eso, nos alegramos de que el Gobierno haya decidido aplicar la rebaja mencionada, aunque sea en forma transitoria. Hoy, el impuesto a los combustibles es de 6 unidades tributarias

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mensuales por metro cúbico. Si el precio del petróleo es superior a 75 centavos de dólar durante doce meses, tendrá una rebaja de 1,5 UTM por metro cúbico; si el precio baja de 75 a 70 centavos, la rebaja tributaria será de una UTM, y si baja a 60 ó 65 centavos, ésta será de media UTM. Por debajo de los 60 centavos de dólar no se otorgará el beneficio. La segunda medida consiste en facultar a las pymes cuyas ventas anuales no superen las 60 mil UTM o las 100 mil UF para que descuenten el impuesto de timbres y estampillas del pago del IVA. El crédito fiscal del contribuyente no podrá exceder del monto menor entre 1,2 por ciento de los ingresos por ventas y servicios del año calendario anterior y el equivalente a 35 UTM. Además, se fija un descuento para las empresas nuevas, que puede ser de hasta 15 UTM. Estamos absolutamente de acuerdo con esta medida y nos alegramos de que el Ejecutivo haya enviado la indicación que fue aprobada por la Comisión de Hacienda. Como tercera medida, se adelanta en un año la reducción del gravamen del 1,35 a 1,2 por ciento prevista originalmente para enero de 2009. También apoyamos esta medida. La cuarta medida dice relación con el otorgamiento de un incentivo transitorio para la adquisición de automóviles híbridos, que consiste en entregar una bonificación anual de cargo fiscal equivalente al 100 por ciento del valor del impuesto anual por permiso de circulación a los propietarios de este tipo de vehículos que se encuentren inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados a partir del 1 de marzo de 2008 y hasta el 31 de marzo de 2010. En el caso de vehículos híbridos cuyo valor total sea inferior a 730 unidades de fomento, la bonificación se entregará por cuatro años. La exención del pago del permiso de circulación regirá durante dos años cuando se trate de vehículos cuyo valor sea igual o superior a dicha cantidad e inferior a las 1.220 unidades de fomento. Creemos que éste será un estímulo para que ingresen a nuestro país vehículos híbridos de alta tecnología que producirán menor contaminación y un importante ahorro de combustible. También nos alegramos por esta medida. Por último, el proyecto modifica la franquicia tributaria a la construcción de viviendas, focalizándolas en las personas de menores ingresos, con un tope de 150 unidades de fomento por vivienda. Las viviendas de 2.000 a 4.000 unidades de fomento recibirán un beneficio parcial. Pensamos que el beneficio relacionado con el IVA que establecía la antigua ley y que llegaba al 65 por ciento era mejor que el que establece el proyecto de ley en discusión. Por eso, en la Comisión de Hacienda rechazamos esta medida y vamos a hacer lo mismo en la Sala. Esta rebaja del impuesto específico a las gasolinas automotrices es una medida muy necesaria, que se transformará en un importante alivio para el bolsillo de todos los chilenos. Será de alrededor de 50 pesos por litro de bencina, lo que contribuirá a reducir el IPC en los próximos meses y permitirá al Banco Central respirar más libremente en el corto plazo. Cabe señalar que habríamos preferido que la rebaja de dicho impuesto hubiera sido permanente, pero esperamos que este criterio sea modificado más adelante.

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En resumen, nos alegramos por la presentación de este proyecto de ley y lo vamos a apoyar, con excepción del porcentaje del IVA que beneficia a la construcción. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el honorable diputado Julio Dittborn. El señor DITTBORN.- Señor Presidente, el proyecto contiene tres temas: la rebaja transitoria del impuesto a las bencinas automotrices, la eliminación del impuesto de timbres y estampillas para las microempresas y la supresión de la franquicia del IVA a la construcción de viviendas de un valor superior a las 2.000 unidades de fomento. Nos parece que, en general, estamos frente a un proyecto que es avaro con la gente. Para nadie es un misterio que las finanzas públicas tienen grandes excedentes y que una parte de ellos es ahorrado. Nos parece bien que se ahorre en tiempos de vacas gordas para poder gastar en tiempos de vacas flacas. Pero la parte que no se ahorra se puede gastar de dos maneras: o se la gasta el Gobierno en nombre de la gente, o puede ser traspasada a la gente para que ésta la gaste. Son las dos formas en que se pueden gastar estos recursos; no hay otra. Pues bien, ¿qué ha preferido la Concertación en todos estos años de gobierno? Ha dicho claramente: “Estos mayores excedentes me los gasto yo; se los gasta el Gobierno en nombre de la gente, pero no se le traspasan a la gente”. Y así es como todos los años votamos en el Congreso Nacional aumentos del Presupuesto público del 6, 7 y 8 por ciento real; son grandes aumentos del Presupuesto, superiores al Producto Interno Bruto. Es decir, tenemos un Gobierno rico. Yo le pregunto al Gobierno, ¿qué cosa sube en el país al 7 y al 8 por ciento real al año? ¿Acaso algo sube a esta tasa? Nada. Por cierto, los sueldos no se incrementan en el mismo nivel; lo único que sube es el presupuesto del Gobierno. Y todo esto es porque el gobierno socialista que nos dirige se ha apropiado de los excedentes del cobre; actúa como si el cobre fuera de él, pero el cobre no es del Gobierno, sino que de todos los chilenos, que hemos tenido la suerte de nacer en este territorio rico en ese mineral. Ahora que el cobre está caro, el Gobierno debiera devolvernos una parte de sus excedentes para que lo gastemos los chilenos, porque la gente invierte mejor, pero eso no lo entiende el gobierno socialista, porque lo único que le gusta es hacer crecer al Estado, contratar a sus amigos y no traspasar los recursos a la gente. El gobierno socialista tiene una gran soberbia, cree que invierte mejor que la gente. Pero yo digo que no, que la gente siempre lo hace mejor. Este proyecto debió haber considerado una transferencia real de plata hacia la gente, para que ésta la gastara. Lamentablemente, los gobiernos socialistas -reitero- no creen que la gente invierte mejor y, por lo tanto, no le traspasan los recursos. Ésa es una diferencia política sustancial y profunda entre el gobierno socialista y lo que sería un gobierno de la Alianza. Nosotros, sin duda, traspasaríamos una parte de esos recursos a las personas. Por otra parte, la baja del impuesto a las bencinas significa 50 pesos

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menos por litro. ¿Cuánto dura esa medida? Dos años, ni siquiera es una rebaja permanente. Quiero informar a la gente que la Concertación, en los casi veinte años que nos ha gobernado, ha duplicado el impuesto específico a la bencina. Cuando la Concertación asumió el Gobierno, el impuesto era de 150 pesos por litro. ¿Saben a cuánto asciende hoy? A 300 pesos por litro. Ahora, el gobierno dijo: “les voy a devolver a esos niños 50 pesos”. Ésa es la realidad. En suma, el gobierno de la Concertación ha seguido aumentando los impuestos. Juzguen ustedes si 50 pesos es poco o mucho. Pero eso no es todo, la rebaja se hace sólo por dos años. ¿Por qué? Por razones políticas, porque a fines de este año hay elecciones municipales y a fines del próximo hay elecciones presidenciales y parlamentarias. Entonces, en marzo de 2010, una vez terminadas las elecciones, se acaba la rebaja del impuesto y vuelve a subir 50 pesos la bencina. Eso es lo que vamos a aprobar hoy. En cuanto al impuesto de timbres y estampillas, se trata de un gravamen al crédito, porque los timbres y las estampillas ya no existen. Por lo tanto, dejemos de llamarlo de esa manera y llamémoslo como corresponde: impuesto al crédito. ¿Quiénes piden crédito? Las personas, cuando usan sus tarjetas de crédito, cuando necesitan un crédito de consumo o un crédito hipotecario para comprarse una vivienda. Cada vez que una persona o una empresa pide un crédito, pagan un impuesto, que es altísimo. ¡Fíjense lo que se paga en impuestos cuando se consigue un crédito de consumo o hipotecario, que a veces son varios millones de pesos! ¿Qué ha hecho el Gobierno? Ha decidido no cobrar el impuesto al crédito a los chilenos que tienen empresas chicas, que venden menos de dos mil millones de pesos al año. ¿Qué pasa con los demás? Nada, seguirán pagando el impuesto. Quiero decir algo más. La Concertación, en sus casi veinte años de gobierno, prácticamente ha duplicado el impuesto al crédito. Lo ha aumentado notablemente. Ahora lo elimina sólo a las empresas más chicas. Finalmente, respecto del IVA a la construcción, se trata de una franquicia que no beneficia a las empresas constructoras o inmobiliarias, como ha insistido el Gobierno majaderamente, sino que a la gente que compra casas. Esa rebaja, para que la gente lo sepa, se elimina para todos quienes compran casas de un valor superior a 80 millones de pesos. Si alguien compra un departamento o una casa de más de 80 millones de pesos en los próximos meses, prepárese, porque esa propiedad aumentará su valor entre un 8 y un 10 por ciento. Para el Gobierno, si alguien compra una casa de más de 80 millones de pesos, es rico. Por lo tanto, como es rico, tienen que ponerle una especie de ladrillo en la cabeza para que no pueda seguir surgiendo, para achatarlo. A él le van a cobrar el impuesto. Es una lástima. Lo que debió hacerse -lo sugerimos al Ejecutivo, sin éxito- fue aumentar ese techo y eliminar la franquicia del IVA, pero no a la gente que compra viviendas de 80 millones de pesos, sino a la que compra viviendas de un valor sustancialmente mayor. Nosotros propusimos sobre 6.000 unidades de fomento, que son 120 millones de pesos, para dejar realmente a la gente de más recursos sin esa franquicia. Pero el proyecto afectará a grupos medios de la población.

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Quiero decirle al Gobierno que está cometiendo un tremendo error político. La gente lo va a censurar, porque la eliminación de esta franquicia no sólo afectará a las casas nuevas, sino que impactará también a las viviendas usadas, porque éstas son sustituto de las nuevas, y al eliminarse la franquicia de las nuevas, las usadas también subirán de precio. De manera que éste es un golpe a la gente de clase media, con aspiraciones de comprarse una vivienda de más de 80 millones de pesos. Por las razones expuestas, en especial por la eliminación de la franquicia del IVA, me voy a abstener en la votación del proyecto, tal como lo hice en la Comisión de Hacienda, porque creo que el proyecto es avaro en la rebaja del impuesto a las gasolinas, que además es transitoria; en la rebaja del impuesto de timbres y estampillas, que beneficiará a algunas empresas muy menores y porque es un proyecto que perjudica a la clase media con aspiraciones de ascenso económico, a la cual se les está quitando un beneficio y le aumentará el valor de las viviendas. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado Patricio Hales. El señor HALES.- Señor Presidente, votaré a favor del proyecto, pero quiero plantear algunas observaciones. Como el proyecto tiene suma urgencia, no nos permite presentar indicaciones. En esas circunstancias, estoy obligado a votarlo a favor, pero quiero dejar establecida mi posición, por la posibilidad de que el Gobierno escuche nuestras observaciones e intente adoptar algunas medidas, porque, junto a los extraordinarios beneficios que otorga el proyecto, hay ciertos errores. El proyecto constituye un gran avance en lo que se refiere al impuesto a los combustibles, que ha sido una demanda permanente de la comunidad. No es un invento de nadie, sino una demanda ciudadana de larga data. Las pequeñas y medianas empresas también han planteado que la reducción general de impuestos es una medida muy adecuada. La supresión del impuesto de timbres y estampillas ha sido planteada por las pymes en muchas oportunidades. Hemos dicho que abundan los discursos sobre las pymes, pero no se adoptan medidas concretas. Pues bien, ésta es una medida concreta en beneficio de ellas. No obstante, quiero dejar muy claro que no estoy de acuerdo con la forma en que se ha establecido el aumento del IVA para la vivienda. Ello va a incidir en el precio, va a castigar a los compradores de casas entre dos mil y cuatro mil unidades de fomento. De ahí para arriba, todo el recargo del IVA. En esto el Gobierno ha cometido un error. Ya lo dijimos en la discusión de otro proyecto, en el que habíamos presentado indicaciones con los diputados René Alinco, Guido Girardi, Jorge Sabag, Eugenio Tuma y otros, para que no aumentara el IVA a las viviendas de hasta cuatro mil unidades de fomento. No es millonario ni merece ser castigado quien compra una vivienda

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de 2.900 o de 3.200 unidades de fomento. Antes no existía el IVA a la construcción de viviendas. Después se estableció ese impuesto en un porcentaje pequeñísimo, por la necesidad de controles tributarios. Ahora se aumenta y se pierde la posibilidad de que las viviendas salgan más baratas. Por tanto, quienes conocemos el corazón de las inmobiliarias, sabemos que no van a perder y que ese aumento se cargará al precio de la vivienda. Se argumentará que se establecerán subsidios especiales, pero lo único que puedo decir es que variará su precio y el subsidio todavía no existe. Dado que el Gobierno ha enviado un paquete de medidas tan positivas, me gustaría que el ministro estudiara la posibilidad de concretar algo que le planteamos hace mucho tiempo. Conversé sobre el tema con él en abril de 2006, cuando recién había asumido su cargo. En forma tranquila, le dije que existían voces de disenso al respecto. Por eso, le propongo disminuir la complejidad de la fórmula y plantear algo más sencillo, como eliminar todos los aumentos del IVA que se establecen en el proyecto a las viviendas entre 2.000 y 4.000 UF. En definitiva, buscar en otra parte los fondos para la rebaja de los impuestos a los combustibles y los otros tributos. Además, fijarlos para las viviendas cuyo valor sea sobre las 4.000 UF, como se planteó en la indicación que presentamos en su momento durante la discusión del otro proyecto. De esta manera, se mantendría el beneficio a los compradores de viviendas de entre 2.000 y 3.900 UF, que comprende un enorme mercado. Según algunos cálculos, el 50 por ciento, la mitad de las viviendas usadas que están a la venta, subirán de precio por el recargo del IVA que se implantará. Eso es muy fuerte, porque este mercado es muy dinámico e importante. El aumento en un 4 ó 5 por ciento del precio de viviendas ubicadas en ese tramo, es mucho para el bolsillo de quienes las compran. No es lo mismo para personas que adquieren una vivienda de 5.000 ó 6.000 UF. Es cierto que ese 4 por ciento es más plata, pero se trata de gente a quien le duele menos. Entonces, no nos equivoquemos frente a estas muy buenas medidas. Se baja un poco el precio de la bencina y se aumenta mucho el de las viviendas. Eso no es construir equidad y sería un error. Aceptemos que los proyectos de ley no son infalibles. El Gobierno ha hecho muy bien al enviar esta iniciativa, pero concordemos en que sus bondades y virtudes son perfectibles y que nadie tiene certeza absoluta a la hora de su redacción. Además, quiero advertir que se elimina un beneficio a las personas que compran viviendas entre 2.000 y 4.000 UF. A las que se les mantiene, se les fija un tope de 150 UF. Esto se hace por la vía del beneficio a las constructoras, pero ellas se lo cargan a las inmobiliarias y éstas, a su vez, al comprador. Por eso, sostengo que se aumenta el precio a la persona. Hago la aclaración por si alguien en el debate dice que esto es para castigar a las constructoras. Por otro lado, se establece una interesante bonificación a los propietarios de vehículos híbridos, equivalente al permiso de circulación durante cuatro años. Pero esto es para las personas que compran autos sobre 15, 17 ó 18 millones de pesos. Mientras la gran mayoría de las personas compra viviendas de menos

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de 4.000 UF -entre 2.000 y 3.000 unidades de fomento-, muy pocas personas compran autos híbridos. Por ende, este beneficio recaerá en personas de altos ingresos, y va en desmedro de la gente con pocas oportunidades en la vida. Puede pasar una cosa muy triste: que la persona que está creciendo como familia y decida juntar plata para comprar una vivienda de 2.000 UF, pondrá cuidado en las posibilidades de progresar, porque si la adquisición se pasa de ese monto, la ley la castigará. Cuando suban las viviendas, no se le pedirá cuenta sólo al Gobierno, sino también al Congreso. Como el proyecto es un paquete de medidas y propone otros beneficios, estamos obligados a votarlo a favor. Así lo haré e insto a ello. Los diputados Tuma, Sabag y Alinco, con quienes presenté una indicación, me pidieron que expresara que coincidimos con él y que lo votaremos favorablemente. Pero, en el fondo, eso incluye aprobar los beneficios y el error. No es bueno aumentar el IVA a las viviendas entre 2.000 y 4.000 UF. Es malo; no lo hagamos. Ministro, corrija ese error. Mantenga la idea para las viviendas sobre 4.000 UF. De esa manera, votaría contento. Pero lo haré con tristeza, porque, al mismo tiempo, tendré que aprobar muchas cosas buenas que propone el Gobierno y la imposición de un castigo a la compra de viviendas inferiores a 4.000 UF. Esas personas nunca se van a beneficiar ni a recuperar, porque la vivienda se adquiere sólo una vez en la vida. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet. El señor MULET.- Señor Presidente, en general este proyecto es importante y constituye un pequeño alivio para un grupo importante de chilenos. Me alegro que el Ejecutivo haya acogido el planteamiento de distintos gremios, parlamentarios y personas para rebajar el impuesto específico a los combustibles en un pequeño porcentaje. Quiero recordar que durante la discusión del proyecto de ley sobre el Fondo de Estabilización del Precio del Petróleo de 2006, estudiado por las Comisiones Unidas de Hacienda y Minería y que me tocó informar, se presentaron varias indicaciones en busca de la rebaja del impuesto específico a los combustibles. Algunas fueron rechazadas o declaradas inadmisibles. Con ello quiero decir que los parlamentarios que trabajamos día a día con la gente, vemos que el alza de los combustibles perjudica a todos los chilenos. Para negarse a la rebaja de los impuestos, se argumentaba que la gente más rica consumía más bencina y que la disminución del impuesto era regresiva. Pero no debemos olvidar que hoy una inmensa cantidad de chilenos tiene automóvil, lo que incide en el costo del transporte colectivo. No en el de la Región Metropolitana, pues está congelado por el Transantiago, sino en el del resto del país, donde ha ido aumentando conforme los vaivenes del alza del precio del petróleo. Se podrá decir que la rebaja es poca, pero es mejor a nada. Se trata de un esfuerzo fiscal interesante, que viene a aliviar al ya complicado

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bolsillo de chilenas y chilenos, dentro de los cuales los más modestos y quienes integran la clase media son los principales perjudicados con el alza de los artículos de primera necesidad, que han subido más allá del IPC. Es un paso, un avance. Sin embargo, tengo una preocupación respecto del impuesto de timbres y estampillas. Como se señala en el proyecto de ley, la persona lo pagaría y, por la vía del crédito IVA, lo recuperaría. Esto significa que sólo se beneficiaría a los pequeños y medianos empresarios que tributan con IVA. Sé que hay parlamentarios expertos. Pero entiendo que algunos pequeños empresarios llevan contabilidad simplificada y no operan con IVA. Señor Presidente, por su intermedio, le quiero plantear una duda al señor ministro. Algunos pequeños empresarios -puedo estar equivocado, pero entiendo que de la agricultura y algunos artesanales- no entregan facturas, no están obligados a hacerlo y declaran por renta presunta. Me advierten que no quedan afuera. Me parece bien, y ojalá el señor ministro me lo pueda explicar para que yo, a su vez, lo explique a mis electores. Pero queda afuera la clase media, o sea, quienes no son empresarios, el chileno común y corriente; el que tiene un crédito hipotecario o de consumo, el profesional, el médico, el profesor. Ellos no van a recibir el beneficio del impuesto de timbres y estampillas. Entiendo que tiene un costo adicional altísimo. Se le da sólo al pequeño empresario, pero se deja al margen del beneficio a sectores importantes de la clase media, que viven endeudados y que, de lo contrario, tendrían mayores posibilidades de buscar mejores tasas y de cambiarse de banco, porque además de la barrera que significa el estudio de títulos y de los mayores costos cuando hay hipotecas o prendas, en fin, existe otro gran impuesto, el de timbres y estampillas. Así, al final, el beneficio de cambiarse de un banco a otro, por una mejor tasa, es casi nulo. En consecuencia, si no se pagara el impuesto de timbres y estampillas, habría más competencia y movilidad para buscar la mejor tasa de interés. No van a tener ese beneficio quienes no son pequeños empresarios, como los profesionales de clase media y otros chilenos de clase modesta que operan con créditos de consumo en las casas comerciales, que generan una gran cantidad de recursos por el impuesto de timbres y estampillas. Ojalá en otra oportunidad se vaya en esa línea y no se quede sólo en la de los pequeños empresarios. Reconozco el esfuerzo fiscal que se hará, pero, según estudios de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y el Servicio Nacional del Consumidor, Sernac, el costo del crédito de los avances en dinero, por ejemplo, perjudica en mayor medida a los más pequeños, porque la tasa es más alta por una serie de razones. Existe el compromiso del Ministerio de Economía con la Comisión de Economía de la Cámara de ir avanzando, sobre todo para abordar los costos adicionales, más allá del interés que se cobra y que muchas veces nadie lo entiende. Cuesta digerirlo y a la gente le resulta difícil elegir entre una institución y otra. Debe haber una señal a la clase media y a los sectores más modestos

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en esta materia. Ojalá el Gobierno estudie la posibilidad de apoyar a los chilenos que día a día obtienen créditos y que se ven en serias dificultades para pagar, por lo cual los bancos y algunas tiendas que también los otorgan recaudan gran cantidad de ingresos a través de los costos asociados a estas operaciones. Puede entenderse que la clase media y los sectores más modestos no reciban este beneficio. Pero hay un sector de la clase media al cual, sin duda, se le está aplicando un impuesto, a través del IVA a la construcción. Comparto el límite que ha señalado el colega Carlos Montes en esta materia. Pero, entre las 2.000 y 3.000 unidades de fomento, entiendo que se deberá pagar la parte proporcional, y muchos chilenos, con harto esfuerzo, han adquirido viviendas de 2.100, 2.300, 2.500 unidades de fomento. Lo decía Pedro Araya hace unos días, en regiones como Antofagasta y Atacama, algunas personas del sector medio han comprado viviendas que no son caras, y se pueden ver perjudicadas. Si además tampoco se beneficiarán con la rebaja al impuesto de timbres y estampillas por ser personas naturales, indirectamente se les está gravando. Sin duda, el proyecto es un avance en el sentido correcto, pero debe darse una señal clara a la clase media. He dicho. El señor MONTES (Presidente accidental).- Tiene la palabra el señor ministro de Hacienda. El señor VELASCO (ministro de Hacienda).- Señor Presidente, el diputado Mulet ha hecho una consulta muy pertinente. Ese punto se conversó ayer en la Comisión de Hacienda y se lo aclararé con mucho gusto. La gente que declara por renta presunta tiene derecho al beneficio de devolución, porque la renta presunta es un método para declarar el impuesto a la renta, y en este caso la devolución se hace vía impuesto IVA. Por lo tanto, no hay obstáculos para que los transportistas, los campesinos, la gente del mundo agrícola, por ejemplo, que declaran por renta presunta, se beneficien con la medida. También hay un aspecto relacionado. Ayer se preguntó en la Comisión de Hacienda si las personas que no declaran electrónicamente tendrían derecho al beneficio, y se buscó una fórmula que permitirá que quienes no hacen la declaración de IVA por internet, sino vía papel -aproximadamente un 20 por ciento de los declarantes-, también tengan el beneficio. El otro punto tiene que ver con las personas naturales. En efecto, la eliminación del impuesto es para las pymes. Pero hay también un beneficio, más pequeño, para las personas naturales, porque para todo el mundo, personas naturales o jurídicas, sin importar el tamaño de su declaración de impuestos, hay una baja en la tasa general, de 1.35 a 1.20. Por lo tanto, para las personas naturales también hay un beneficio. Muchas gracias.

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El señor MONTES (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz. El señor ORTIZ.- Señor Presidente, el lunes pasado el Gobierno anunció un paquete de medidas en ayuda de todos los chilenos, que responde oportunamente al escenario internacional que estamos viviendo. Nadie puede desconocer que hay incertidumbre; todas las señales indican que el crecimiento mundial está decayendo. El precio del petróleo ha excedido todos los récords históricos y, lamentablemente, el dólar está perdiendo valor frente a todas las monedas a nivel mundial. El proyecto ingresó a la Cámara de Diputados el martes a las 11.20 horas. La Comisión de Hacienda lo analizó el martes en la tarde y ayer durante toda la tarde. Escuchamos especialmente a los representantes de la Cámara Chilena de la Construcción por no menos de dos horas. En definitiva, el tema que genera mayor incertidumbre es el beneficio tributario del IVA a la construcción. Actualmente, el precio del petróleo sobrepasa los 100 dólares. Es algo que nunca se había visto. Desde hace muchos meses, diferentes actores políticos solicitamos una rebaja del impuesto específico a las gasolinas. Cabe recordar que el Fondo de Estabilización del Petróleo permitió rebajar la bencina en alrededor de 50 pesos. Se inyectaron 200 millones de dólares a dicho fondo. Es decir, se tomaron las medidas necesarias, porque somos un país dependiente del petróleo, ya que sólo producimos un 2 por ciento. El 98 por ciento restante debemos importarlo. ¿Por qué lo digo con tanta fuerza? El proyecto contempla una rebaja del impuesto específico a las gasolinas de 6 a 4,5 UTM el metro cúbico. Esto implica para todos chilenos que usan un medio de transporte una rebaja real y efectiva de 52 pesos por litro de bencina, lo que sumados a los 50 pesos que bajó por concepto del Fondo de Estabilización del Petróleo, la rebaja total será de 100 pesos. La bencina no ha subido en relación con el alza que ha tenido el precio del barril. Por lo tanto, se trata de una medida que beneficiará la economía de todos. ¿Quién va a desconocer que este menor impuesto es una gran ayuda para el bolsillo de cualquier ciudadano? Por ejemplo, a una persona que debe recorrer 40 kilómetros diarios en automóvil para ir a su trabajo y volver, esta medida le generará un ahorro mensual de 4 mil pesos. En el caso de un taxista, el ahorro es aún más significativo, de aproximadamente 24 mil pesos mensuales; el equivalente a lo que gasta en combustible durante dos días de trabajo. Quiero recordar lo que la Presidenta Michelle Bachelet dijo el lunes pasado cuando anunció este proyecto junto con los ministros de Hacienda y de Economía: “Esta medida ha sido largamente esperada por los chilenos y va en directo beneficio de nuestra clase media.” No hay que dejar de mencionar el efecto antiinflacionario de esta medida. En un escenario de alta inflación, la iniciativa del Gobierno permitirá reducir el IPC anual en casi medio punto porcentual, beneficio que llegará a todos los chilenos. Además, nos asegura que habrá una rebaja durante un período de 24 meses cada vez que se necesite rebajar el impuesto específico a las gasolinas por efecto del alza del precio del petróleo. De esta forma se apoya a las familias y se promueve nuestra

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economía. Por otro lado, el proyecto establece un incentivo para la adquisición de vehículos híbridos. Desde hace un año y medio, en el mundo se está perfeccionando esta tecnología para que haya menos contaminación. La iniciativa concede una bonificación a los propietarios de vehículos híbridos inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados entre el 1 de marzo de 2008 y el 31 de marzo de 2010. La bonificación es equivalente al pago anual del permiso de circulación y se cancelará los primeros cuatro años a partir de la inscripción. Está demostrado que los autos híbridos emiten hasta un 80 por ciento menos de partículas contaminantes, lo que es un aporte significativo al esfuerzo por el cuidado del medio ambiente. La rebaja del impuesto específico a las gasolinas y la bonificación para incentivar la adquisición de autos híbridos son noticias importantes para los automovilistas y para la sociedad en su conjunto. Quiero referirme al impuesto de timbres y estampillas. Cabe recordar que cuando asumió su cargo la Presidenta Michelle Bachelet, ese impuesto era de 1,608 por ciento; pero en virtud de la ley N° 20.130 se dispuso una reducción gradual hasta un 1,2 por ciento, la que regiría a partir de enero de 2009. Algunos distinguidos colegas parlamentarios han planteado que se trata de una rebaja mínima, que no constituye un beneficio real. Quiero señalar la siguiente cifra: 756 mil pymes, que facturan alrededor de 100 mil UF anuales, van a ser beneficiadas mediante la compensación del impuesto de timbres y estampillas. Esta medida, que tiene un costo fiscal de 190 millones de dólares anuales, va en el camino de ayuda real a las empresas que dan más empleo y que más problemas han tenido: las pymes. El proyecto contempla la focalización de la franquicia tributaria del IVA a la construcción para viviendas de hasta 4 mil UF. Ello permitirá que esta franquicia, que el año pasado significó que el fisco dejara de percibir 512 millones de dólares, no favorezca, según los informes del Gobierno, al 5 por ciento de mayores recursos -según los informes de la Cámara Chilena de la Construcción, al 9,8 por ciento-. La idea es que el beneficio se focalice en los sectores de más bajos ingresos. Vamos a apoyar el proyecto, como lo hicimos en la Comisión de Hacienda, porque contribuirá a que nuestro país crezca y sea más justo. Pero ello será posible siempre y cuando sigamos apoyando a las pymes para que puedan desarrollarse. Por eso, anuncio mi respaldo al proyecto en las votaciones general y particular, porque su articulado apunta en el sentido correcto para el desarrollo de la economía y la superación de muchos problemas económicos de la familia chilena. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes. El señor MONTES.- Señor Presidente, después de escuchar la intervención del diputado Dittborn, me pregunto de qué país está hablando el colega. Sin ir más lejos, en “El Mercurio” de hoy se publica un artículo que expresa que Chile es el país de la región que tiene mayor opción de llegar al primer mundo.

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En general, no me gustan ese tipo de estudios, pero lo menciono a petición del colega Burgos. En todo caso, la visión que se entrega de Chile en él es muy diferente de la que tiene el diputado Dittborn, quien expresó que el proyecto es avaro. Él siempre manifiesta su deseo de que el tamaño del Estado sea menor, porque pertenece a una corriente que desearía que el Estado casi no existiera. Al respecto, es bueno recordar que la historia ha demostrado que el laissez faire es una visión que no conduce a nada. No obstante las desigualdades existentes en Chile, ese colega desearía grandes rebajas de impuestos. En su enfoque macroeconómico, de gobernar un país -la gente debe pensar sobre lo que significaría eso-, el diputado Dittborn no toma en cuenta que, en virtud de una situación coyuntural, pero también como una forma de tratar la economía de manera más permanente, se pudo llevar adelante la reforma previsional, se aumentaron en casi mil millones de dólares las subvenciones educacionales y se desarrollan el Auge y programas de vivienda. Sin embargo, él sólo desearía menores impuestos, enfoque que no comparto. A mi juicio, la existencia en forma transitoria de mayores recursos no puede ser sinónimo de fuertes rebajas de tributos o gastos sociales en determinadas áreas. Es necesario fortalecer las bases del desarrollo. Para lograrlo es fundamental la reforma educacional. En varios aspectos se ha procedido de manera correcta, pero en otros uno desearía más. En contra de lo expresado por el diputado Dittborn, hoy se requiere un Estado que cuente con mucho mayor iniciativa en materia de capacitación laboral y que actúe en conjunto con los privados. En ese sentido, los cluster que se anuncian requieren aún mayor fuerza. Se requiere la asociación público-privada para asumir tareas que nadie desea llevar a efecto, como el tratamiento industrial de los residuos domiciliarios. En ese sentido, el profesor Ricardo Hausmann, experto de Harvard contratado por el Ministerio de Hacienda, sostuvo que una de las grandes debilidades de Chile es no contar con una política industrial. Cuando se tiene plata es necesario asegurar bases de desarrollo de largo plazo, no pretender una distribución como la que, sobre todo, plantean sectores de mayores ingresos. Al respecto, la propuesta del diputado Dittborn es tremendamente regresiva y concentradora. El proyecto es muy positivo y apunta en el sentido correcto para enfrentar situaciones coyunturales y más permanentes. En primer lugar, compensa en parte el incremento del precio del petróleo -aspecto coyuntural que tiene impacto en la inflación- con la rebaja del impuesto específico a los combustibles. En segundo lugar, termina de manera permanente con el impuesto de timbres y estampillas a las pymes, lo que es muy importante. Algunos querían terminar con dicho impuesto, lo que, a mi juicio, resultaría tremendamente regresivo. Al respecto, cabe recordar que el grueso del impuesto de timbres y estampillas lo pagan los grandes negocios. Por lo tanto, considero correcto focalizar el beneficio en favor de la pequeña empresa, en concordancia con la orientación del actual gobierno. En tercer lugar, se plantea una modificación del tratamiento del IVA a la construcción. Las viviendas de hasta 2 mil unidades de fomento mantendrán el beneficio actual, que disminuirá en forma gradual para

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viviendas cuyos precios oscilen entre 2 mil y 4 mil unidades de fomento. Han existido diferentes debates en relación con el IVA a la construcción, pero en ellos se ha puesto mucha pasión, pero poca reflexión. ¿Cómo opera el IVA a la construcción? Se relaciona con el 65 por ciento del IVA a los insumos. Por lo tanto, la empresa constructora debe pagar sobre el 35 por ciento restante. Pero tiene un crédito de 65 por ciento, que es más que 35 por ciento. Por lo tanto, queda con un diferencial que descuenta del impuesto a la renta. Aclaro que, en general, la empresa constructora no se apropia de esa franquicia tributaria o subsidio. En efecto, las empresas inmobiliarias compran a las constructoras el grueso de las casas que se construyen. Por lo tanto, se produce una transferencia de la franquicia desde la empresa constructora hacia la inmobiliaria. ¿Existe seguridad de que ella transfiere el beneficio a los consumidores? No. Depende del segmento de mercado. El mercado de la vivienda es muy especial, porque las casas de Zapallar no son iguales que las de Las Condes. Pueden tener el mismo precio, pero pertenecen a submercados diferentes. Incluso más, en una determinada región las casas son diferentes. Todo depende de la existencia de sobreoferta o de falta de oferta, etcétera. Entonces, reitero, la empresa inmobiliaria decide sobre la transferencia o no del beneficio al consumidor. En mi opinión, es muy extraño que un actor económico decida el destino de determinado subsidio o franquicia y no la política pública. Por eso el mecanismo no es bueno. Para quienes desconozcan la materia, aclaro que ese sistema no se estableció para incentivar la construcción, sino para formalizar la industria de los insumos de la construcción porque existía mucho mercado negro. Reconozco el mérito de quienes diseñaron la medida, porque logró ese objetivo. Sin embargo, ha pasado mucha agua bajo el puente y mucho tiempo. Este año, con ley o sin ella, el gasto tributario por esa vía representará 531 millones de dólares y, desde que asumió la Concertación, alcanza a 4 mil millones de dólares. Si en lugar de orientar ese gasto tributario a ese objetivo se hubiese destinado a mejorar los estándares y la cantidad de viviendas en los barrios populares, la cosa sería diferente. En la Región Metropolitana, en 2.500 hectáreas vive un millón de personas beneficiadas con los programas de vivienda social. En las restantes 70 mil hectáreas viven 4 millones de personas. Por lo tanto, existe concentración. Se trata de un problema social de envergadura en torno del cual se debe reflexionar. Lo que se ha hecho mal, no se debe seguir haciendo mal. En la actualidad, el sector inmobiliario recibe, por diferentes vías, mil millones de dólares por concepto de subsidios. El que mencionamos no es el único. Existen otros muy regresivos, generados en determinadas coyunturas, pero que se mantuvieron en el tiempo. Por lo tanto, en algún momento será necesario efectuar la respectiva discusión. En relación con la pregunta sobre el déficit de vivienda, los representantes de la Cámara Chilena de la Construcción expresaron que el 80 por ciento de las personas que no tienen casa -ése es el argumento que importa al momento de definir la respectiva política pública- sólo pueden comprar viviendas de hasta 1.500 unidades de fomento.

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Invito a los colegas a repetir los argumentos que aquí se han expresado en barrios donde existen problemas. A mi juicio, muchos incentivos de políticas públicas se encuentran mal planteados; por lo tanto, es necesario repensarlos y rediseñarlos. Según estudios de la Cámara Chilena de la Construcción y del Ministerio de Hacienda, quienes compran viviendas de más de 4 mil unidades de fomento pertenecen al 5 por ciento de la población que recibe mayores ingresos. Por lo tanto, el 95 por ciento restante no tiene acceso a viviendas de ese precio. Entonces, no vengamos a decir que personas que compran viviendas de 6 mil unidades de fomento son de clase media. Quizás, de acuerdo con alguna definición sociológica, pueden pertenecer a ella, pero no desde el punto de vista de sus ingresos. Además, algunos deberían tener presente que ese subsidio sirve para comprar dos, tres, cuatro o cinco casas, en la costa, la playa y el lago. Todas tienen subsidio por igual. A mi juicio, lo lógico sería evolucionar hacia un subsidio directo a la demanda que se entregue, por una sola casa, en forma directa a quien compra. No puede ser que se otorguen subsidios para la construcción de casas inmensas ubicadas en lugares donde vive gente de elevados ingresos. El Estado, a través de su política pública, no tiene por qué poner recursos ahí. Reitero, se debería establecer un subsidio a la demanda. Señor Presidente, por su intermedio deseo expresar al señor ministro de Hacienda que el país tiene un problema serio en relación con esta materia. Conozco bien lo que ocurre en Santiago, donde un millón de habitantes viven, muy apretados y en muy malas condiciones, en 2.500 hectáreas. Por lo tanto, tendría que destinarse parte de esos recursos a mejorar en forma mucho más radical y rápida lo que ocurre allí. Los guetos de Chicago y los problemas de los barrios franceses están en una etapa muy difícil de revertir. Sin embargo, en el país la situación todavía puede mejorar. Mediante indicación, que por fortuna no apoyaron los diputados señores Von Mühlenbrock y Alvarado, el colega Dittborn pidió beneficiar a viviendas de hasta 6 mil unidades de fomento. Al respecto, considero procedente preguntar quiénes compran viviendas de ese precio. No digo que no lo hagan, pero el Estado no tiene por qué aportar 250 unidades de fomento a quienes compran casas de 6 mil unidades de fomento. Por lo tanto, existe algo mal formulado. En la discusión de la Comisión, los representantes de la Cámara Chilena de la Construcción dieron a conocer varios ejemplos relacionados con el valor del suelo. En el país, esa materia se encuentra muy mal tratada. El mayor negocio de las inmobiliarias es el manejo del precio del suelo, porque su régimen tributario es, desde las parcelas de agrado en adelante, muy inadecuado. Por lo tanto, en algún momento será necesario discutir sobre ese problema. En ese sector existe gran especulación. Llamo a los colegas a reflexionar sobre quiénes son propietarios de los terrenos ubicados alrededor de las ciudades. Quiero terminar haciéndole ver a la Sala que la propuesta del gobierno es moderada; permite avanzar y establece una gradualidad que a los pobres de Chile les cuesta cara, 531 millones de dólares, que van a ser

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como 300 millones de dólares a contar del segundo semestre del próximo año. Por lo tanto, es importante apoyar este proyecto en razón de su consistencia. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Juan Lobos. El señor LOBOS.- Señor Presidente, la orientación del proyecto implica que se prestó oídos a los anhelos que durante mucho tiempo la Alianza ha planteado en mociones, proyectos de acuerdos e indicaciones. Julio Dittborn, Rosauro Martínez y otros han presentado proyectos que van en la misma línea. De repente, uno al escuchar advierte cómo se puede ver la verdad, la realidad, con prismas distintos y cómo, a veces, esa verdad que se ve con un prisma determinado puede transformarse en una acicate, en un punzón, que molesta a algunos diputados, como al señor Montes. El proyecto es tímido, porque nada justifica la mantención del impuesto específico a los combustibles, pues es perverso. Hoy, los chilenos pagamos para transitar por las carreteras. Este impuesto debió haber sido derogado hace mucho tiempo. Lo bueno es que ahora se modifica por dos años, justo para el cambio de gobierno, y espero que la Alianza, cuando nos toque asumir el próximo gobierno, lo modifique. Por otra parte, la rebaja de impuestos a la compra de autos híbridos, me parece un subsidio a la Honda. Es francamente ridículo y carísimo. Aquí nadie lo ha dicho. Son vehículos caros que los compra gente muy pudiente y les estamos regalando la patente, cuando hay más de cinco mil taxistas y taxistas de colectivos que hicieron un enorme gasto al convertir el combustible de sus vehículos de bencina a gas licuado. Pero ahora ese gas no está. Esa gente, que trabaja duramente día a día para llevar el pan a sus casas, quedó fuera del proyecto. Para ellos, como se dice: “Buenas noches, los pastores.” Respecto de los biocombustibles, qué vamos a investigar en Chile si la investigación ya está hecha y todo el mundo tiene muy claros los beneficios, los pro y los contra. Ahora, lisa y llanamente, es la época de adquirir la tecnología e implementarla en aquellas áreas en que es factible hacerlo, porque, evidentemente, hay algunas en las que no vale la pena, pues se ha demostrado que no hay tierra suficiente para ese objetivo. En relación con el impuesto de timbres y estampillas, es tremendamente positivo el hecho de que se favorezca a las pymes; pero ¿qué pasa con el particular, con el obrero, con el profesor, con el técnico, con el profesional? Porque todo Chile está endeudado. Este impuesto, que también es perverso, le cobra al que no tiene plata y debe pedirla. Significa que el Estado le saca una lonjita a la plata que pide un ciudadano que está con el agua hasta el cuello. Aquí, lo lógico es que se favorezca a nuestra clase media que trabaja, que está endeudada, tremendamente encalillada, y que hoy ni siquiera se le permite vitrinear, porque, a veces, cambiarse de un banco a otro le sale

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más oneroso debido a este impuesto. Hay que pedirle al Ejecutivo que, además, si queremos ayudar a las pymes debemos trabajar en la línea de los tribunales tributarios. No puede un servicio, a través de su propia interpretación de la ley, ser juez y parte. El IVA a la construcción también me parece una medida perversa. Se dice que una casa de 4.000 UF es cara; pero casas de ese precio son las que está comprando la mayoría de las parejas jóvenes; se endeudan a veinte y treinta años para adquirirlas. Celebro que todavía no entre en vigencia y que falte un poquitito para ello, lo que va a dar tiempo para que quizás se piense y se ilumine al respecto; porque aquí hay un argumento que, obviamente, es perverso. El fisco dejará de percibir con el impuesto de timbres y estampillas, pero, en definitiva, va a sacar de un bolsillo esa platita e inmediatamente la va a retornar al bolsillo “perro” con el aumento de la tributación que significa el IVA a la construcción, lo que, finalmente, nunca afectará a la empresa constructora, sino al comprador. Por último, hoy Chile tiene mucha plata ahorrada, no sabe qué hacer con los excedentes; entonces, démosle un respiro a esta modesta mortadela jamonada del sándwich social que es la clase media, porque, evidentemente, ya no la podemos llamar el jamón del sándwich. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, al inicio de la sesión, en la cuenta de su señoría hablaba de esta corporación como el lugar donde se discute la rica diversidad de ideas. Profunda frase que, sin duda, quedará en la historia de la Cámara de Diputados, y que me ha impresionado mucho. Se la agradezco. En este día tan especial, discutimos un proyecto especial, respecto del cual se dice tanto, pero … Ahí está la diversidad, en el “pero” ¿Por qué se presentó este proyecto? Porque están dadas las condiciones; porque a pesar de las encuestas, el Ejecutivo, el Gobierno de Chile, sus autoridades económicas, el ministro de Hacienda, sus colaboradores, sus profesionales, están haciendo las cosas bien. Pero, se busca cualquier forma para decir que no lo hacen bien, que no se sabe qué hacer con los dineros. Ésta es una muestra de lo que se puede hacer con los dineros que el país maneja para seguir favoreciendo a todos sus habitantes. Entonces, cuesta entender -no quiero incluirme, porque entiendo perfectamente- tanta noticia negativa. Este es un país sano que, por supuesto, tiene problemas; pero veamos el mundo en que vivimos, donde países desarrollados están pasando por grandes y serios problemas económicos. Nosotros, sin embargo, contamos con altas reservas económicas que jamás en la historia habíamos tenido. Eso es un difícil logro, incluso para países desarrollados, ante los vaivenes económicos normales y anormales del mundo. El hecho de que cada vez que tratamos un proyecto del Ejecutivo que beneficia a la ciudadanía se diga lo mismo, parece una política de continuidad. El país, durante la última década, ha experimentado un exitoso proceso de crecimiento y estabilidad económica. Eso no lo pueden discutir.

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Podrán decir “Sí, pero …”; pero ésa es una realidad en donde destacan el crecimiento de nuestras exportaciones y la apertura a nuevos mercados que nos permiten mirar el futuro con relativa tranquilidad. Ello protege nuestra economía de los vaivenes e inestabilidades de los mercados mundiales a que pueda verse enfrentada. Sin embargo, como consecuencia de los vaivenes económicos globales, de la economía mundial, es necesario tomar algunas medidas internas tendientes a proteger a la población para no perjudicar a los sectores más vulnerables. Una de estas alteraciones la constituye el alza del precio de los combustibles. ¿Culpa del gobierno? Como sabemos, hoy el precio del petróleo se empina sobre los cien dólares, lo que daña la economía mundial. Hace pocos días, aprobamos aquí un proyecto tendiente a inyectar 200 millones de dólares al Fondo de Estabilización del Petróleo -costo para el Estado- que permitió bajar el precio de los combustibles en alrededor de 50 pesos el litro. Hoy, mediante este nuevo proyecto, se pretende provocar una nueva rebaja al reducir la tasa del impuesto específico a las gasolinas, de manera que el alza del precio del petróleo, que eleva todos los costos productivos, no influya en forma determinante en el precio final de los productos y en detrimento del presupuesto familiar. Pero el proyecto propone otras medidas, como la compensación del impuesto de timbres y estampillas que pagan o soportan las pequeñas, medianas y micro empresas, reduciendo significativamente el costo de las operaciones de financiamiento del sector. El impuesto de timbres y estampillas soportado o pagado por las empresas con ventas menores a 100 mil UF, 4 millones de dólares, podrá ser descontado del débito IVA del mismo mes, con un tope de 1,2 por ciento de las ventas totales del año y un máximo anual de 35 unidades tributarias mensuales, lo que cubre el impuesto de un crédito de hasta 100 millones de pesos al año. Al respecto, se produjo un debate bastante interesante en la Comisión de Hacienda, ya que cerca del 20 por ciento de los contribuyentes pymes había quedado fuera de este beneficio porque no declara a través de internet. En tal virtud, el Ejecutivo presentó indicación para incluir a estos pymes, especialmente a los pequeños agricultores, que estaban al margen del beneficio debido a que declaran por medios no electrónicos. Más de una vez se ha planteado en este hemiciclo lo injusto que ha resultado la franquicia tributaria del IVA a la construcción -el diputado Montes nos aclaró las diferencias que pudimos haber tenido-, que fue concebida originalmente para las viviendas sociales, pero que producto de la interpretación de la norma hoy se aprovechan de ella todos los que construyen grandes casas y las segundas casas. Este es el gran problema. Por eso, el proyecto propone ajustar la normativa y focalizar la franquicia en las viviendas de las personas de menores ingresos y de la gran clase media. Quienes tienen más recursos pueden costear viviendas de mayor valor, sin necesidad de un estímulo fiscal que beneficia al quintil de más ingresos. El proyecto también propone beneficiar a quienes adquieran vehículos con tecnología híbrida, que permite menos consumo de combustible fósil y, por ende, contribuye a la descontaminación. La propuesta resulta muy oportuna, por cuanto el calentamiento global, causado por las emisiones de

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gases de efecto invernadero, representa una seria amenaza para el planeta y los países debemos comenzar a tomar mayores y mejores medidas que mitiguen este preocupante proceso. Por ahí se ha pretendido confundir el tema y se ha dicho que al gas licuado de petróleo que utilizan los autos lo gravaría el impuesto específico de las gasolinas. No es así, porque este combustible no tiene esa carga tributaria. Por ultimo, le pido al ministro de Hacienda que estudie algunas medidas tendientes a mitigar el gran esfuerzo que realiza nuestra clase media, especialmente la integrada por profesionales y técnicos, que sin obtener grandes ingresos pagan impuesto de segunda categoría, IVA por su consumo, contribuciones de bienes raíces, dividendos, colegios, permisos de circulación, etcétera, y que normalmente no recibe beneficios sociales del Estado. Este es un grupo de chilenos que requiere mayor atención, pero como estamos creciendo y este Gobierno está comenzando a entregar día a día beneficios a su población, seremos tolerantes y esperaremos el momento debido. Digo esto, porque el Ejecutivo nos está acostumbrando a los beneficios y por eso, a veces, queremos cosas que todavía no se pueden, pero vamos en el camino adecuado. Por lo tanto, como la bancada del Partido por la Democracia se siente interpretada con el proyecto, lo votaremos favorablemente. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Roberto Delmastro. El señor DELMASTRO.- Señor Presidente, el proyecto en debate recoge un anhelo esperado por mucho tiempo. Durante años, parlamentarios de todas las bancadas hemos pedido mejorar la posición tributaria de las pymes, debilitada por el impuesto de timbres y estampillas, que tanto les duele cuando solicitan créditos, y por el impuesto específico a las gasolinas, que siempre ha sido motivo de discrepancias y de discusión, en tanto la mayor recaudación fiscal por el aumento del precio de los combustibles se logra en desmedro de la gente que usa movilización privada y colectiva. El proyecto apunta en la dirección correcta porque mejora la posición tributaria de la pequeña y mediana empresa y la posición en general, ya que promueve el desarrollo de la actividad económica. Sin embargo, es lamentable que para financiar el menor ingreso por concepto del impuesto de timbres y estampillas el Gobierno reduzca el beneficio de la franquicia tributaria del IVA a la construcción. Sin duda, esta medida apunta en la dirección contraria y de alguna forma tendrá un efecto negativo en la construcción, sobre todo a partir del segundo semestre del próximo año, que es cuando entra en vigencia esta disposición. El argumento es que sólo afectará a un pequeño porcentaje de la población, que es aquel que compra las viviendas más caras. Somos un país netamente importador de petróleo y la escalada de su precio nos afecta cada día más. Somos un país dependiente energéticamente lo que nos hace vulnerable y muy débiles frente al futuro, sobre todo cuando el crecimiento económico va de la mano con el consumo

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energético. Eso es preocupante. Es cierto que la rebaja del impuesto específico de las gasolinas, que permitirá ahorrar cerca de 52 pesos por litro, más los cincuenta pesos provenientes del Fondo de Estabilización del Petróleo, reducirá el costo del transporte privado, pero se trata de medidas transitorias. El beneficio tributario para las pequeñas y medianas empresas a través de la compensación del impuesto de timbres y estampillas es sin duda una medida importante, pero insuficiente. Las pymes viven permanentemente con el crédito, que ciertamente pesa sobre sus economías y muchas veces les impide desarrollarse porque les encarece el costo de las operaciones de financiamiento. Sin duda, ayudará la reducción de la tasa del impuesto a 1,2 por ciento, que se aplicará en forma inmediata y no en enero de 2009, como estaba previsto. El beneficio para los vehículos con tecnología híbrida apunta al sector de la población de altos ingresos y es un estímulo para quienes tienen la posibilidad de adquirirlos. Se trata de vehículos que cuestan alrededor de 730 UF, estamos hablando de casi 15 millones de pesos, y son pocas las personas que podrán comprarlos. Por lo tanto, esta medida no contribuye, como se dijo en la Comisión de Hacienda, a descontaminar la Región Metropolitana. Con todo, me preocupa la modificación de la franquicia tributaria del IVA a la construcción. Lamentablemente, no podemos pedir votación separada del proyecto y tendremos que votarlo como un solo todo. Digo esto, porque hubiese querido ver la intención de favorecer a la gente que adquiere viviendas de entre 2 mil y 4 mil unidades de fomento. Como dijo el diputado Hales con justa razón, la gente que va a comprar casas de entre 40 y 60 millones de pesos no será favorecida con la recuperación del IVA, beneficio que obtienen quienes las adquieren en este momento, lo que acrecentará el valor de esas propiedades, cuestión que nos preocupa, porque afectará a muchos compradores de clase media que adquieran viviendas de más de 4 mil unidades de fomento. Quiero destacar que la Comisión de Hacienda reparó una omisión del proyecto de ley, pues los contribuyentes que no declaran sus impuestos por medios electrónicos quedaban fuera del beneficio del impuesto de timbres y estampillas. Afortunadamente, esto fue resuelto mediante una indicación del Ejecutivo, que dispone que el Servicio de Impuestos Internos tendrá un plazo determinado para elaborar los formularios necesarios para quienes declaran en forma no electrónica, lo que les permitirá recuperar el impuesto en un plazo dado, cuestión que beneficia a entre el 20 y el 25 por ciento de los contribuyentes, especialmente de las pequeñas y medianas empresas que no declaran electrónicamente. Nos preocupó el tema, porque la tecnología no ha llegado a todo el país.. Anuncio mi voto favorable al proyecto, haciendo la salvedad de que el Gobierno debió ser mucho más generoso en la redacción del artículo 5°, relacionado con el beneficio de la rebaja del IVA a la construcción, para permitir que la gente que adquiera viviendas de mediano precio, vale decir, de entre 4 mil y 6 mil unidades de fomento, mantenga ese beneficio. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor

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Francisco Encina. El señor ENCINA.- Señor Presidente, estábamos esperando desde hace muchos años esta importante reforma, por lo que debemos valorar que el Ejecutivo la haya enviado a tramitación. A pesar de ello, se han formulado críticas por estimar que se están otorgando beneficios muy pequeños, no obstante que la menor recaudación por concepto de impuestos es muy significativa. Desgraciadamente, olvidamos incorporar en esta reforma el gas para uso vehicular, ya que muchos dueños de taxis colectivos y de otros vehículos menores de trabajo -que usan gas para operar sus vehículos, como sucede con los de Magallanes, Arica y Parinacota, y Coquimbo- no podrán beneficiarse con la rebaja del impuesto específico a los combustibles. Por lo tanto, solicitamos al Ejecutivo que envíe al Congreso un proyecto que rebaje el impuesto específico para ese combustible, que es menos contaminante, ya que se dieron todas las facilidades para que los dueños de esos vehículos los adaptaran a fin de que funcionaran con gas, pero hoy quedan en una situación muy desventajosa. Espero que el Ejecutivo estudie el tema, sobre todo cuando se normalice la venta de gas para estos vehículos al comenzar a operar las plantas de gas natural licuado de Quinteros y Mejillones. Reitero: esperamos que el Ejecutivo, como ha señalado el ministro en conversaciones privadas, envíe un proyecto que beneficie con una rebaja similar a la del impuesto a los combustibles a los dueños de taxis, colectivos y otros vehículos pequeños que han optado por usar gas. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre. El señor LATORRE.- Señor Presidente, desearía que estuviese presente el señor ministro de Hacienda, con el objeto de expresar delante de él mi preocupación respecto de la forma en que se nos obliga a legislar. Como han señalado los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, no cabe ninguna duda de que el proyecto otorga beneficios tremendamente convenientes para aliviar la situación económica de muchas familias de nuestro país. Sin embargo, las cuatro medidas que contiene el proyecto se refieren a materias muy distintas, por lo que habría sido conveniente abordarlas adecuadamente y por separado. No obstante, no hemos podido discutirlas ni siquiera en las comisiones especializadas del Congreso, que tienen mucho que opinar al respecto, debido a la forma en que el Gobierno decidió legislar, lo que permitió tener el pronunciamiento de una sola Comisión. Por ejemplo, comparto plenamente lo expresado por el diputado Encina respecto de la rebaja transitoria del impuesto específico a las gasolinas automotrices, pero no tengo tiempo para extenderme sobre la inquietud manifestada por la Asociación de Productores y Distribuidores de Gas Licuado. Me parece que debimos discutir a fondo este punto; pero, reitero, no tuvimos la posibilidad de hacerlo. En todo caso, estoy de acuerdo en que la rebaja transitoria del

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impuesto a los combustibles es una medida positiva, sin perjuicio de que, como dije, pudimos haber incorporado otros aspectos en este punto. Estoy de acuerdo con los estímulos para la adquisición y uso de vehículos híbridos, así como con la compensación del impuesto de timbres y estampillas para las pymes. Sin embargo, me habría gustado discutir en debida forma el tema de la focalización del beneficio del IVA a la construcción de viviendas. Me parece que se deteriora la credibilidad de algunas autoridades cuando el Ministerio de Hacienda imposibilita un verdadero debate en el Congreso sobre este punto, porque fue discutido, conversado y analizado en los últimos dos años con autoridades de gobierno, período en el cual se señaló que, de existir una propuesta de esta naturaleza, sería debidamente discutida; pero, como he dicho reiteradamente, no hemos tenido la oportunidad de analizarla en forma adecuada. En consecuencia, como la votación no se puede efectuar en forma separada y las indicaciones sólo son procedentes si cuentan con el patrocinio del Ejecutivo, prácticamente sólo tenemos la posibilidad de aprobar o rechazar la iniciativa. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Cerrado el debate. El señor ALINCO.- Señor Presidente, pido la palabra. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra su señoría. El señor ALINCO.- Señor Presidente, sobre la base de lo que dicta la Constitución Política de la República y también la conciencia y los principios de cada uno, solicito, como lo he hecho en otras oportunidades, que los diputados que tienen intereses en las empresas inmobiliarias se inhabiliten de votar en este proyecto de ley. No los voy a nombrar, porque son varios y eso tomaría mucho tiempo. He dicho. El señor WALKER (Presidente).- Muy bien, señor diputado. El señor ÁLVAREZ.- Señor Presidente, punto de Reglamento. El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez. El señor ÁLVAREZ.- Señor Presidente, solicito que recabe la unanimidad de la Sala para votar en forma separada el artículo 3°. El señor WALKER (Presidente).- ¿Habría unanimidad para acceder a la solicitud del diputado señor Álvarez? No hay acuerdo. En votación general el proyecto de ley que establece rebaja transitoria al impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales.

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-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos; por la negativa; 0 voto. Hubo 12 abstenciones. El señor WALKER (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aedo Ormeño René; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Ceroni Fuentes Guillermo; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Sule Fernández Alejandro; Sunico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Eugenio; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe. -Se abstuvieron los diputados señores: Accorsi Opazo Enrique; Álvarez Zenteno Rodrigo; Cubillos Sigall Marcela; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Kast Rist José Antonio; Lobos Krause Juan; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Bruner Cristián; Paya Mira Darío; Salaberry Soto Felipe; Turres Figueroa Marisol.

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1.4. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora Oficio de Ley. Comunica texto aprobado. Fecha 06 de marzo, 2008. Cuenta en Sesión 01, Legislatura 356. Senado.

Oficio Nº 7280 VALPARAISO, 6 de marzo de 2008

Con motivo del Mensaje, Informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Establécese que, por un plazo de veinticuatro meses a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, el Impuesto a la Gasolinas Automotrices, establecido en el artículo 6° de la ley Nº 18.502, se aplicará con un componente fijo de 6 (seis) UTM/m3 (unidades tributarias mensuales por metro cúbico) y un componente variable, que se restará del componente fijo, determinado de la siguiente forma: (i) El componente será de 1,5 (una coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo West Texas Intermediate, en adelante WTI, haya superado, en promedio durante los doce meses anteriores, los 75 (setenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. (ii) El componente variable será de 1 (una) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 70 (setenta) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 75 (setenta y cinco) de dichos dólares en igual período. (iii) El componente variable será de 0,5 (cero coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 70 (setenta) de dichos dólares en igual período.

A S.E. EL

PRESIDENTE DEL H. SENADO

mlp/pog S. 139ª

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(iv) El componente variable será de 0 (cero) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI no haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. El valor de cotización del petróleo WTI será el que informe la Comisión Nacional de Energía de acuerdo al promedio de los precios de cierre de cotización de dicho combustible en los mercados internacionales. Para estos efectos los doce meses serán los anteriores a la fijación a que se refiere el inciso siguiente. El cálculo de la tasa del impuesto se efectuará mensualmente por el Ministerio de Hacienda, con consulta a la Comisión Nacional de Energía. Cada vez que de dicho cálculo se determine que corresponda modificar el componente variable del impuesto, mediante decreto del Ministerio de Hacienda, expedido bajo la fórmula “Por Orden del Presidente de la República”, se fijará la tasa de impuesto resultante, la que regirá para la determinación del impuesto a las gasolinas automotrices a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación. Para estos efectos se utilizará el valor respectivo del dólar observado. Con todo, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y por los siguientes seis meses, se aplicará el impuesto con un componente variable de 1,5 UTM/m3 en reemplazo de lo que pudiese corresponder por aplicación de los numerales anteriores. Artículo 2°.- Derógase, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, el artículo transitorio de la ley Nº 20.130. Artículo 3°.- A contar del día 1 del mes siguiente a la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado establecido en el Título II del decreto ley Nº 825, de 1974, que declaren dicho impuesto por medios electrónicos o en la forma no electrónica que determine el Servicio de Impuestos Internos mediante resolución y que paguen o soporten el Impuesto de Timbres y Estampillas, podrán agregarlo al crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado en la forma y bajo las condiciones que se establecen en este artículo. Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que declaren ese impuesto por los medios que autorice el Servicio de Impuestos Internos mediante dicha resolución, podrán efectuar la agregación al crédito fiscal a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de dicha resolución, la cual deberá dictarse dentro del plazo de ocho meses a contar de la entrada en vigencia de esta ley. Estos contribuyentes, cumpliendo las demás condiciones establecidas en este artículo, en la primera declaración de Impuesto al Valor Agregado en que hagan uso del beneficio, de acuerdo a este mecanismo, podrán agregar como crédito el Impuesto de Timbres y Estampillas pagado o soportado desde el

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primer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de la modificación introducida por el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y el último día del mes por el que efectúe la declaración de Impuesto al Valor Agregado respectiva. Los contribuyentes con derecho al crédito referido serán aquéllos cuyos ingresos anualizados por ventas y servicios del giro, de los tres años calendarios anteriores a aquel período tributario en que corresponda agregar el crédito por Impuesto de Timbres y Estampillas, no hayan superado el equivalente a sesenta mil unidades tributarias mensuales en cualquiera de los respectivos años señalados. En el caso de fracciones de años calendarios, el límite de ventas se reducirá a la cifra que resulte de multiplicar cinco mil unidades tributarias mensuales por el número de meses activos de cada período, considerándose la fracción de mes como mes completo. En cada mes podrá agregarse al crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado una cantidad igual a la suma del Impuesto de Timbres y Estampillas establecido en el número 3 del artículo 1°, en los artículos 2°, 2° bis y 3° del decreto ley N° 3.475, de 1980, devengado por las operaciones de ese mismo mes, sin derecho de recuperarlo de terceros, y que estén relacionadas con el giro del contribuyente. El monto acumulado anual de Impuesto de Timbres y Estampillas que podrá incrementar el crédito fiscal del contribuyente por cada año calendario, no podrá exceder del monto menor entre: a) 1,2% (uno coma dos por ciento) de los ingresos por ventas y servicios del año calendario anterior, y b) el equivalente a treinta y cinco unidades tributarias mensuales. Con todo, si el volumen de ingresos por ventas y servicios del giro del contribuyente del año anterior, determina un límite de impuesto acreditable inferior a tres unidades tributarias mensuales, el contribuyente anualmente podrá acreditar el Impuesto de Timbres y Estampillas hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales. Asimismo, en el caso de contribuyentes que no registren ventas en el año calendario anterior por ser el año en curso el de inicio de sus actividades, el impuesto acreditable no podrá exceder de quince unidades tributarias mensuales. Si durante el año en que se ha agregado el crédito establecido en este artículo los ingresos anuales por ventas y servicios del contribuyente superan las sesenta mil unidades tributarias mensuales, el monto acumulado de crédito del año deberá ser reintegrado en el mes siguiente a aquel en que se supere dicho límite, aumentando el débito fiscal del contribuyente en el mismo monto reajustado en la forma que dispone el artículo 27 del decreto ley N° 825, de 1974.

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Para los efectos de este artículo, los ingresos por ventas y servicios se considerarán por sus valores netos del Impuesto al Valor Agregado. Asimismo, las cantidades expresadas en unidades tributarias mensuales se calcularán de acuerdo al valor de dicha unidad para el último día hábil del período correspondiente. El contribuyente deberá acreditar el pago o retención del Impuesto de Timbres y Estampillas, cuando lo requiera el Servicio de Impuestos Internos, con la correspondiente declaración, o con constancia de haberse efectuado el pago, en el caso de ser de su responsabilidad el entero del impuesto o certificado de pago por Internet, o bien con un certificado emitido por medios electrónicos, o en la forma que determine este Servicio, por el contribuyente que le hubiere recargado el impuesto. Dicho certificado deberá emitirse a solicitud del contribuyente, en la forma, plazo y términos que establecerá dicho Servicio. El contribuyente que recarga el impuesto que emita el certificado deberá informar al Servicio de Impuestos Internos, en la forma, periodicidad, condiciones y plazos que éste determine. La mora en la emisión o la emisión incompleta de los certificados a que se refiere el inciso décimo de este artículo o la emisión incompleta o extemporánea del informe a que se refiere el inciso undécimo se sancionará con multa de una unidad tributaria mensual a una unidad tributaria anual, por cada incumplimiento, la que será aplicada por el Servicio de Impuestos Internos de conformidad al procedimiento establecido en el N°1 del artículo 165 del Código Tributario. El monto del Impuesto de Timbres y Estampillas utilizado como crédito fiscal, de conformidad a lo señalado en este artículo, no podrá deducirse como gasto para los efectos de la determinación de los impuestos establecidos en la Ley de la Renta. Con todo, esta cantidad no se afectará con el impuesto contenido en el artículo 21 de dicha ley. Artículo 4°.- Establécese, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, una bonificación anual de cargo fiscal equivalente al 100% del valor del impuesto anual por permiso de circulación, a que se refiere el Título IV del decreto de ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, a los propietarios de vehículos híbridos a que se refiere el número 1 de este artículo, que se encuentren inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados a partir del 1 de marzo del 2008 y hasta el 31 de marzo del 2010, y que cumplan con los requisitos y condiciones que a continuación se indican. 1. Se entenderá por vehículo híbrido aquel capaz de desplazarse utilizando como fuente de energía tanto un motor de combustión interna como un sistema de almacenamiento de energía eléctrica producida por el propio vehículo. Estos vehículos deberán haber sido homologados como híbridos de acuerdo al proceso de homologación contenido en el decreto N°

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OFICIO DE LEY

54, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, encontrarse afectos al impuesto anual por permiso de circulación referido en el inciso anterior e inscritos en el registro a que hace mención el N° 3 de este artículo. 2. La bonificación se concederá durante el número de años que corresponda, según el valor de venta del vehículo en conformidad a la escala establecida en este número, y regirá a contar de la inscripción del vehículo en el Registro de Vehículos Motorizados. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total en su primera venta sea inferior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por cuatro años. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total al momento de su primera venta sea igual o superior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por dos años. No podrán acceder a esta bonificación los vehículos cuyo valor total, al momento de su primera venta sea superior al equivalente en pesos de 1.220 (mil doscientas veinte) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta. 3. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mantendrá y publicará, en forma regular, un registro de autos híbridos susceptibles de acogerse a esta bonificación, en adelante el Registro, que contendrá el listado de los modelos de vehículos que cumplen con los requisitos de homologación. A dicho registro se incorporarán los vehículos a contar de la emisión del respectivo certificado de homologación. El Registro deberá ser publicado en el plazo de treinta días contado desde la publicación de esta ley y deberá contener el listado de los modelos que a dicha fecha cumplen con los requisitos y condiciones que establece este artículo. 4. Dentro de los noventa días siguientes a la publicación de esta ley, el Ministerio de Hacienda establecerá, mediante decreto supremo, un reglamento para la aplicación de este beneficio, en el que establecerá el procedimiento de acuerdo al cual se otorgará la bonificación, por parte del Servicio de Tesorería, quien podrá pagarla mediante cheque nominativo o depósito en la cuenta corriente, de ahorro a plazo o a la vista que posea el beneficiario. Dicho reglamento establecerá, también, las condiciones y los requisitos que deberán acreditar los beneficiarios para solicitar el pago respectivo, los que podrán incluir la exhibición del comprobante de pago del permiso de circulación del año respectivo, la factura de compra del vehículo, el certificado de inscripción y anotaciones vigentes y el certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente. Artículo 5°.- Introdúcense, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, las siguientes modificaciones en el artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975: 1) En el inciso primero, reemplázanse las expresiones “y en los contratos generales de construcción que no sean por administración

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OFICIO DE LEY

de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.” por las expresiones “cuyo valor no exceda de 4.000 unidades de fomento, con un tope de hasta 150 (ciento cincuenta) unidades de fomento por vivienda, y en los contratos generales de construcción de dichos inmuebles que no sean por administración, con igual tope por vivienda, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.”. 2) En la primera oración del inciso segundo, reemplázanse las expresiones “será aplicable también a los” por las expresiones “será aplicable también, sin las limitaciones de monto antes indicadas, a los”. 3) Agrégase, en el inciso tercero, la siguiente oración a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.): “Para acceder al beneficio la empresa constructora deberá contar con el respectivo permiso municipal de edificación.”. 4) Intercálase el siguiente nuevo inciso a continuación del inciso tercero: “Excepto para el caso de aquellos contratos que recaigan exclusivamente en las viviendas a que se refiere el artículo 3° del decreto ley N° 2552, de 1979, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el beneficio dispuesto en el inciso primero no será aplicable a los contratos de ampliación, modificación, reparación o mantenimiento, ni aun en los casos que pudieran implicar la variación de la superficie originalmente construida, como tampoco a los contratos generales de construcción, que no sean por administración, referidos a la urbanización de terrenos.”. 5) Intercálanse los siguientes incisos, nuevos, a continuación del actual inciso final: “En el caso de contratos de construcción referidos a más de una vivienda, para acceder al beneficio, el contrato deberá indicar el precio unitario de construcción de las viviendas, incluyéndose en éste el valor de los bienes comunes a construir, a prorrata de las superficies construidas respectivas. Cuando el contrato general de construcción incluya inmuebles para habitación, que no excedan de 4.000 unidades de fomento y otros que sobrepasen tal monto, el beneficio imputable en cada facturación de un estado de pago será la cantidad que resulte de aplicar, al crédito potencial total, la proporción que el estado de pago represente respecto del total del precio de construcción de las viviendas del contrato. El crédito total potencial será igual a la suma de los créditos individuales de las viviendas a construir con derecho al beneficio. Las modificaciones o el término anticipado de un contrato general de construcción, que causen variaciones al crédito potencial disponible inicialmente previsto, darán lugar al ajuste correspondiente en los siguientes estados de pago, con el consiguiente derecho a crédito o la obligación de reintegro respectiva. En el caso de un contrato general de

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construcción destinado a completar la construcción de inmuebles para habitación, también se aplicarán las normas precedentes, pero, para establecer el crédito potencial disponible, en el cálculo del crédito individual de las viviendas, deberá considerarse la suma del precio individual de construcción del contrato más el valor de las obras preexistentes, el cual deberá ser declarado en el contrato. Las empresas constructoras deberán informar al Servicio de Impuestos Internos, en la oportunidad y forma que éste determine, los antecedentes que sirvan de base para el cálculo del beneficio impetrado así como los compradores de los inmuebles o los mandantes de los contratos generales de construcción, que no sean por administración. No obstante lo señalado en los incisos anteriores, hasta el día 30 de junio del año 2009, las empresas constructoras tendrán derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta el 0,65 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar en la venta de bienes corporales inmuebles para habitación por ellas construidos y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974, en ambos casos, sin el requerimiento de contar previamente con el permiso municipal de edificación. Tratándose de contratos generales de construcción de inmuebles para habitación, que no sean por administración, celebrados con anterioridad al 1 de julio de 2009, se sujetarán al beneficio del inciso anterior si han obtenido el respectivo permiso municipal de edificación con anterioridad a dicha fecha y siempre que al 31 de diciembre de 2009 las obras ya se hayan iniciado. Artículo Transitorio.- El mayor gasto fiscal que pudiere irrogar la aplicación del artículo 4° de la presente ley durante el año 2008, se financiará mediante reasignaciones presupuestarias del programa Subsidios de la Partida Presupuestaria Tesoro Público.”. Dios guarde a V.E.

PATRICIO WALKER PRIETO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO Secretario General de la Cámara de Diputados

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe Comisión de Hacienda. Senado. Fecha 18 de marzo, 2008. Cuenta en Sesión 03, Legislatura 356.

CERTIFICADO Certifico que los días 11, 17 y 18 de marzo de 2008, la Comisión de Hacienda del Senado sesionó para tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece rebaja transitoria al impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales (Boletín Nº 5.752-05), con urgencia calificada de “suma”. A una o más de las sesiones en que la Comisión se ocupó de este asunto asistieron, además de sus miembros, los Honorables Senadores señores Horvath, Flores, Frei, Letelier, Pizarro y Vásquez, y el Honorable Diputado señor Montes. Asimismo, concurrieron los siguientes invitados:

Del Ministerio de Hacienda, el Ministro, señor Andrés Velasco; el Coordinador de Asesores, señor Luis Felipe Céspedes; los asesores, señores Héctor Lehuedé y William Mullins; de la Dirección de Presupuestos, el Director, señor Alberto Arenas; el Subdirector de Racionalización y Función Pública, señor Julio Valladares; y el asesor, señor Enrique Paris.

Del Servicio de Impuestos Internos, el Director, señor Ricardo Escobar.

De la Asociación de Empresas Distribuidoras de Gas Natural, AGN Chile, el Secretario Ejecutivo, señor Carlos Cortés, y el economista asesor, señor Jorge Quiroz.

De la Red Ecológica de Chile, el Presidente, señor

Fabián Alvarado. De la agrupación Acción Ecológica, el Coordinador,

señor Luis Mariano Rendón. De la Asociación Nacional Automotriz de Chile

A.G. (ANAC), el Presidente, señor Álvaro Mendoza; el Vicepresidente Ejecutivo, señor Iván Silva; y el asesor, señor Gustavo Gallardo;

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

De la Cámara Chilena de la Construcción, los ex Presidentes, señores Fernando Echeverría y Luis Ignacio Silva; el Gerente de Estudios, señor Javier Hurtado; y el asesor tributario, señor Cristian Blanche.

De la Fundación Defendamos la Ciudad, el

Presidente, señor Patricio Herman, y el coordinador, señor Jorge Cisternas. De Gazel S.A, el Gerente General, señor Jaime

Álamos. De Metrogas, el Subgerente del Área División

Grandes Clientes, señor Gerardo Muñoz.

- - - Se hace presente que la Sala del Senado, con fecha 12 de marzo de 2008, autorizó la discusión en general y en particular, a la vez, del presente proyecto.

- - -

En votación el proyecto de ley, en general, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorable Senadora señora Matthei y Honorables Senadores señores Escalona, García, Gazmuri y Sabag.

- - - Puesto en votación el articulado del proyecto, se deja registro de las siguientes votaciones:

A) Los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y transitorio del proyecto, fueron aprobados por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorable Senadora señora Matthei y Honorables Senadores señores Escalona, García, Gazmuri y Sabag.

B) El artículo 5º del proyecto fue rechazado

por tres votos en contra y dos a favor. Votaron en contra la Honorable Senadora señora Matthei y los Honorables Senadores señores García y Sabag, y a favor los Honorables Senadores señores Escalona y Gazmuri.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

INFORME FINANCIERO

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, con fecha 3 de marzo de 2008, señala, de modo textual, lo siguiente:

“El presente proyecto de ley considera un conjunto de medidas tributarias orientadas a potenciar las oportunidades de crecimiento de la economía chilena, en un marco de responsabilidad fiscal. Parte de estas medidas son de tipo transitorio, mientras que otras son de tipo permanente, como se detalla a continuación.

Dentro de las medidas transitorias, se considera la

reducción del impuesto específico a las gasolinas automotrices, actualmente fijado en 6 UTM por m3. Así, por un período de veinticuatro meses, este impuesto bajará a 4,5 UTM por m3, en tanto los precios del petróleo se mantengan en niveles tan elevados como los actuales, considerándose, de forma complementaria, mecanismos de ajuste del impuesto en caso que los precios del petróleo retornen a sus promedios históricos. El costo fiscal máximo de esta medida, por su período total de vigencia, alcanza a cerca de $ 350 mil millones.

Una segunda medida transitoria consiste en la

implementación de un incentivo tributario para la adquisición de automóviles con tecnología híbrida, que funcionan con motores que combinan electricidad y combustible y que, dado su alto rendimiento y bajas emisiones, son los menos contaminantes del mercado. Así, se bonificará a los propietarios de vehículos híbridos hasta cierto valor, inscritos en el Registro de Autos Motorizados entre el 1 de marzo de 2008 y el 31 de marzo de 2010 y cuyos modelos hayan sido homologados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Se estima que el costo fiscal de esta medida puede ascender hasta $ 1 mil millones anuales.

La tercera medida transitoria consiste en

adelantar, para 2008, la entrada en vigencia de la reducción general de la tasa de impuesto de timbres y estampillas a un 1,2%, lo que estaba previsto para enero de 2009. El costo fiscal de este adelanto es de aproximadamente $35 mil millones, dado por una menor recaudación tributaria en 2008.

Por su parte, dentro de las medidas permanentes

se contempla la compensación del impuesto de timbres y estampillas que efectúan las micro, pequeñas y medianas empresas. Esta compensación, que permitirá reducir significativamente el costo de las operaciones de financiamiento para este sector, se efectuará por la vía de permitir que el impuesto de timbres y estampillas pagado por estas empresas sea descontado de sus pagos tributarios por impuesto al valor agregado. El costo fiscal anual de esta modificación es cercano a los $95 mil millones, dados por una menor recaudación tributaria.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

La segunda medida permanente es la focalización del actual crédito especial para la construcción de viviendas, de manera que los beneficiarios del mismo sean preferentemente las personas de ingresos bajos y medios, a diferencia de lo que ocurre en la actualidad. La focalización de esta franquicia permitirá aumentar la recaudación tributaria en alrededor de $95 mil millones anuales. De esta manera, el efecto fiscal conjunto de ambas medidas permanentes es neutro.”.

En consecuencia, las normas de la iniciativa legal

en informe no producirán desequilibrios macroeconómicos ni incidirán negativamente en la economía del país.

- - -

MODIFICACIONES

En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponeros la aprobación del proyecto de ley aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, con la siguiente enmienda:

Artículo 5º

Lo ha rechazado. (Mayoría de votos 3x2).

- - -

TEXTO DEL PROYECTO

En consideración a lo anterior, el texto del proyecto de ley es del siguiente tenor:

a. PROYECTO DE LEY

“Artículo 1°.- Establécese que, por un plazo de

veinticuatro meses a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, el Impuesto a la Gasolinas Automotrices, establecido en el artículo 6° de la ley Nº 18.502, se aplicará con un componente fijo de 6 (seis) UTM/m3 (unidades tributarias mensuales por metro cúbico) y un componente variable, que se restará del componente fijo, determinado de la siguiente forma:

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

(i) El componente será de 1,5 (una coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo West Texas Intermediate, en adelante WTI, haya superado, en promedio durante los doce meses anteriores, los 75 (setenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril.

(ii) El componente variable será de 1 (una)

UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 70 (setenta) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 75 (setenta y cinco) de dichos dólares en igual período.

(iii) El componente variable será de 0,5 (cero

coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 70 (setenta) de dichos dólares en igual período.

(iv) El componente variable será de 0 (cero)

UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI no haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril.

El valor de cotización del petróleo WTI será el que

informe la Comisión Nacional de Energía de acuerdo al promedio de los precios de cierre de cotización de dicho combustible en los mercados internacionales. Para estos efectos los doce meses serán los anteriores a la fijación a que se refiere el inciso siguiente.

El cálculo de la tasa del impuesto se efectuará

mensualmente por el Ministerio de Hacienda, con consulta a la Comisión Nacional de Energía. Cada vez que de dicho cálculo se determine que corresponda modificar el componente variable del impuesto, mediante decreto del Ministerio de Hacienda, expedido bajo la fórmula “Por Orden del Presidente de la República”, se fijará la tasa de impuesto resultante, la que regirá para la determinación del impuesto a las gasolinas automotrices a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación. Para estos efectos se utilizará el valor respectivo del dólar observado.

Con todo, a contar de la entrada en vigencia de la

modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y por los siguientes seis meses, se aplicará el impuesto con un componente variable de 1,5 UTM/m3 en reemplazo de lo que pudiese corresponder por aplicación de los numerales anteriores.

Artículo 2°.- Derógase, a contar de la entrada en

vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

21 del decreto ley N° 910, de 1975, el artículo transitorio de la ley Nº 20.130.

Artículo 3°.- A contar del día 1 del mes siguiente a

la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado establecido en el Título II del decreto ley Nº 825, de 1974, que declaren dicho impuesto por medios electrónicos o en la forma no electrónica que determine el Servicio de Impuestos Internos mediante resolución y que paguen o soporten el Impuesto de Timbres y Estampillas, podrán agregarlo al crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado en la forma y bajo las condiciones que se establecen en este artículo. Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que declaren ese impuesto por los medios que autorice el Servicio de Impuestos Internos mediante dicha resolución, podrán efectuar la agregación al crédito fiscal a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de dicha resolución, la cual deberá dictarse dentro del plazo de ocho meses a contar de la entrada en vigencia de esta ley. Estos contribuyentes, cumpliendo las demás condiciones establecidas en este artículo, en la primera declaración de Impuesto al Valor Agregado en que hagan uso del beneficio, de acuerdo a este mecanismo, podrán agregar como crédito el Impuesto de Timbres y Estampillas pagado o soportado desde el primer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de la modificación introducida por el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y el último día del mes por el que efectúe la declaración de Impuesto al Valor Agregado respectiva.

Los contribuyentes con derecho al crédito referido

serán aquéllos cuyos ingresos anualizados por ventas y servicios del giro, de los tres años calendarios anteriores a aquel período tributario en que corresponda agregar el crédito por Impuesto de Timbres y Estampillas, no hayan superado el equivalente a sesenta mil unidades tributarias mensuales en cualquiera de los respectivos años señalados.

En el caso de fracciones de años calendarios, el

límite de ventas se reducirá a la cifra que resulte de multiplicar cinco mil unidades tributarias mensuales por el número de meses activos de cada período, considerándose la fracción de mes como mes completo.

En cada mes podrá agregarse al crédito fiscal del

Impuesto al Valor Agregado una cantidad igual a la suma del Impuesto de Timbres y Estampillas establecido en el número 3 del artículo 1°, en los artículos 2°, 2° bis y 3° del decreto ley N° 3.475, de 1980, devengado por las operaciones de ese mismo mes, sin derecho de recuperarlo de terceros, y que estén relacionadas con el giro del contribuyente.

El monto acumulado anual de Impuesto de

Timbres y Estampillas que podrá incrementar el crédito fiscal del contribuyente por cada año calendario, no podrá exceder del monto menor entre: a) 1,2% (uno coma dos por ciento) de los ingresos por ventas y

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

servicios del año calendario anterior, y b) el equivalente a treinta y cinco unidades tributarias mensuales.

Con todo, si el volumen de ingresos por ventas y

servicios del giro del contribuyente del año anterior, determina un límite de impuesto acreditable inferior a tres unidades tributarias mensuales, el contribuyente anualmente podrá acreditar el Impuesto de Timbres y Estampillas hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales.

Asimismo, en el caso de contribuyentes que no

registren ventas en el año calendario anterior por ser el año en curso el de inicio de sus actividades, el impuesto acreditable no podrá exceder de quince unidades tributarias mensuales.

Si durante el año en que se ha agregado el crédito

establecido en este artículo los ingresos anuales por ventas y servicios del contribuyente superan las sesenta mil unidades tributarias mensuales, el monto acumulado de crédito del año deberá ser reintegrado en el mes siguiente a aquel en que se supere dicho límite, aumentando el débito fiscal del contribuyente en el mismo monto reajustado en la forma que dispone el artículo 27 del decreto ley N° 825, de 1974.

Para los efectos de este artículo, los ingresos por

ventas y servicios se considerarán por sus valores netos del Impuesto al Valor Agregado. Asimismo, las cantidades expresadas en unidades tributarias mensuales se calcularán de acuerdo al valor de dicha unidad para el último día hábil del período correspondiente.

El contribuyente deberá acreditar el pago o

retención del Impuesto de Timbres y Estampillas, cuando lo requiera el Servicio de Impuestos Internos, con la correspondiente declaración, o con constancia de haberse efectuado el pago, en el caso de ser de su responsabilidad el entero del impuesto o certificado de pago por Internet, o bien con un certificado emitido por medios electrónicos, o en la forma que determine este Servicio, por el contribuyente que le hubiere recargado el impuesto. Dicho certificado deberá emitirse a solicitud del contribuyente, en la forma, plazo y términos que establecerá dicho Servicio.

El contribuyente que recarga el impuesto que

emita el certificado deberá informar al Servicio de Impuestos Internos, en la forma, periodicidad, condiciones y plazos que éste determine.

La mora en la emisión o la emisión incompleta de

los certificados a que se refiere el inciso décimo de este artículo o la emisión incompleta o extemporánea del informe a que se refiere el inciso undécimo se sancionará con multa de una unidad tributaria mensual a una unidad tributaria anual, por cada incumplimiento, la que será aplicada por el Servicio de Impuestos Internos de conformidad al procedimiento establecido en el N°1 del artículo 165 del Código Tributario.

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

El monto del Impuesto de Timbres y Estampillas utilizado como crédito fiscal, de conformidad a lo señalado en este artículo, no podrá deducirse como gasto para los efectos de la determinación de los impuestos establecidos en la Ley de la Renta. Con todo, esta cantidad no se afectará con el impuesto contenido en el artículo 21 de dicha ley.

Artículo 4°.- Establécese, a contar de la entrada

en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, una bonificación anual de cargo fiscal equivalente al 100% del valor del impuesto anual por permiso de circulación, a que se refiere el Título IV del decreto de ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, a los propietarios de vehículos híbridos a que se refiere el número 1 de este artículo, que se encuentren inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados a partir del 1 de marzo del 2008 y hasta el 31 de marzo del 2010, y que cumplan con los requisitos y condiciones que a continuación se indican.

1. Se entenderá por vehículo híbrido aquel capaz

de desplazarse utilizando como fuente de energía tanto un motor de combustión interna como un sistema de almacenamiento de energía eléctrica producida por el propio vehículo. Estos vehículos deberán haber sido homologados como híbridos de acuerdo al proceso de homologación contenido en el decreto N° 54, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, encontrarse afectos al impuesto anual por permiso de circulación referido en el inciso anterior e inscritos en el registro a que hace mención el N° 3 de este artículo.

2. La bonificación se concederá durante el número

de años que corresponda, según el valor de venta del vehículo en conformidad a la escala establecida en este número, y regirá a contar de la inscripción del vehículo en el Registro de Vehículos Motorizados. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total en su primera venta sea inferior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por cuatro años. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total al momento de su primera venta sea igual o superior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por dos años. No podrán acceder a esta bonificación los vehículos cuyo valor total, al momento de su primera venta sea superior al equivalente en pesos de 1.220 (mil doscientas veinte) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta.

3. El Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones mantendrá y publicará, en forma regular, un registro de autos híbridos susceptibles de acogerse a esta bonificación, en adelante el Registro, que contendrá el listado de los modelos de vehículos que cumplen con los requisitos de homologación. A dicho registro se incorporarán los vehículos a contar de la emisión del respectivo certificado de homologación. El Registro deberá ser publicado en el plazo de treinta

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INFORME COMISIÓN HACIENDA

días contado desde la publicación de esta ley y deberá contener el listado de los modelos que a dicha fecha cumplen con los requisitos y condiciones que establece este artículo.

4. Dentro de los noventa días siguientes a la

publicación de esta ley, el Ministerio de Hacienda establecerá, mediante decreto supremo, un reglamento para la aplicación de este beneficio, en el que establecerá el procedimiento de acuerdo al cual se otorgará la bonificación, por parte del Servicio de Tesorería, quien podrá pagarla mediante cheque nominativo o depósito en la cuenta corriente, de ahorro a plazo o a la vista que posea el beneficiario. Dicho reglamento establecerá, también, las condiciones y los requisitos que deberán acreditar los beneficiarios para solicitar el pago respectivo, los que podrán incluir la exhibición del comprobante de pago del permiso de circulación del año respectivo, la factura de compra del vehículo, el certificado de inscripción y anotaciones vigentes y el certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente.

Artículo Transitorio.- El mayor gasto fiscal que

pudiere irrogar la aplicación del artículo 4° de la presente ley durante el año 2008, se financiará mediante reasignaciones presupuestarias del programa Subsidios de la Partida Presupuestaria Tesoro Público.”.

- - -

Acordado en sesiones celebradas los días 11, 17 y 18 de marzo de 2008, con asistencia de los Honorables Senadores señores Camilo Escalona Medina (Presidente), José García Ruminot, Jaime Gazmuri Mujica (Carlos Ominami Pascual, Presidente Accidental), Evelyn Matthei Foornet (Jovino Novoa Vásquez), y Hosaín Sabag Castillo.

Sala de la Comisión, a 18 de marzo de 2008.

ROBERTO BUSTOS LATORRE Secretario de la Comisión

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DISCUSION EN SALA

2.2. Discusión en Sala Senado. Legislatura 356, Sesión 04. Fecha 19 de marzo, 2008. Discusión general. Se aprueba en general y en particular con modificaciones. REBAJA TRANSITORIA DE IMPUESTO A LAS GASOLINAS

AUTOMOTRICES Y ESTABLECIMIENTO DE OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece una rebaja transitoria al impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales, con informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de “suma”.

--Los antecedentes sobre el proyecto (5752-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 1ª, en 11 de marzo de 2008. Informe de Comisión: Certificado de la Comisión de Hacienda, sesión 3ª, en 18 de

marzo de 2008. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el señor

Secretario. El señor HOFFMANN (Secretario General).- Los objetivos principales de la

iniciativa son: 1) Rebajar el impuesto específico a las gasolinas

automotrices durante un período de 24 meses. 2) Compensar el pago del impuesto de timbres y

estampillas que efectúan las micro, pequeñas y medianas empresas. 3) Incentivar la adquisición de automóviles con tecnología

ecológica, y 4) Modificar la franquicia tributaria a la construcción de

viviendas. La Comisión aprobó en general este proyecto por la

unanimidad de sus miembros (Senadores señora Matthei y señores Escalona, García, Gazmuri y Sabag).

En cuanto a la discusión en particular, los artículos 1º, 2º, 3º y 4º y el artículo transitorio fueron aprobados por la misma unanimidad antes mencionada, mientras que el artículo 5º, referido a la modificación del beneficio tributario a la construcción, fue rechazado por 3 votos en contra (Senadores señora Matthei y señores García y Sabag) y 2 a favor (Senadores señores Escalona y Gazmuri).

Ha llegado a la Mesa una indicación suscrita por Su Excelencia la Presidenta de la República para reponer el artículo 5º en

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DISCUSION EN SALA

los términos que indica, la cual, como acabo de decir, se rechazó en la Comisión.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- En discusión general el proyecto. Tiene la palabra el Honorable señor Kuschel. El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, yo quería hacer una consulta sobre el

proyecto anterior, pero también es válida respecto del que ahora nos ocupa: qué pasa con el impuesto al diésel para los buses y camiones, que incide más directamente en los pasajes y los fletes, sobre todo en las zonas apartadas, lejanas de Santiago.

Además, me gustaría preguntar al señor Ministro de Hacienda en cuánto estima él que bajaría la tarifa eléctrica con esta reducción -entre comillas- del impuesto al diésel para la generación de este tipo de energía, y, también, en cuánto calcula que bajarían las tarifas en el caso de este impuesto que estamos tratando.

Ahora, en el caso del proyecto anterior, si aumenta la generación eléctrica, ¿bajarán las tarifas? ¿Y por qué el beneficio es transitorio si la situación negativa del IVA es permanente?

Esas son las consultas que deseaba formular. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Entiendo que esas preguntas van

dirigidas al Ejecutivo. Tiene la palabra el señor Ministro de Hacienda. El señor VELASCO (Ministro de Hacienda).- Señor Presidente, daré respuesta a

las interrogantes aquí planteadas. Respecto de la tarifa eléctrica, el sistema tarifario

determina una fórmula, que ciertamente no recuerdo en este instante -se acaba de retirar el señor Ministro de Energía-, pero el punto más genérico es el siguiente.

La importancia clave del proyecto que recién se despachó tiene que ver con la viabilidad y la factibilidad de las inversiones futuras. Y toda inversión futura va a aumentar la capacidad de generación, con lo cual, obviamente, disminuirá la tarifa de modo paulatino.

El punto clave, como lo explicó el señor Ministro de Energía en la Comisión, radica en que al estar dadas las condiciones para que se realice de manera expedita la devolución que está contemplada en la ley, se viabilizan proyectos que de otro modo quizás no se podrían llevar a cabo. Eso nos da garantía respecto al suministro y a la generación de energía y, al mismo tiempo, en el mediano plazo, tiene impacto en la tarifa. Obviamente, sería aventurado que yo diera una cifra exacta. Pero la estimación le corresponde hacerla al Ministro del ramo.

En cuanto al petróleo, la respuesta es muy simple. Hoy el diésel tiene una tasa que corresponde a la cuarta parte de la establecida para la gasolina. Y la idea es cerrar la brecha entre ambos combustibles y no aumentarla. Porque la existencia de esa brecha es la

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DISCUSION EN SALA

que genera distorsiones. Por lo tanto, hemos avanzado en esa dirección.

¿Por qué es temporal el tratamiento que se le da al impuesto a la gasolina? Porque responde a circunstancias anormales, que bien podrían ser transitorias, como lo es el hecho de que hoy el crudo tiene un precio que jamás se había registrado en el mercado ni en este planeta.

Cuando valía 60 dólares el barril, se decía que era muy caro. En estos días, anda entre 108 y 110 dólares. Por lo tanto, a circunstancias inusuales, se deben aplicar tratamientos transitorios. De modo que en dos años más, con más información sobre la mesa, se podrá proceder en los términos en que el Ejecutivo y el Parlamento dictaminen en ese momento.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Gracias, señor Ministro. Se abrirá la votación y se continuará con la intervención

de los señores Senadores. --Durante la votación. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable

señor Navarro. El señor NAVARRO.- ¿Se votará primero en general el proyecto? El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Conforme a lo acordado por los

Comités, se votará en general, y luego, en particular, señor Senador. El señor NAVARRO.- Pido votar artículo por artículo. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Muy bien. Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez. El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente, la discusión sobre la aplicación del IVA a

la construcción históricamente se produjo debido a que esta actividad estaba excluida del cobro del impuesto al valor agregado.

Las empresas perdían como crédito lo que gastaban en las construcciones. Por lo tanto, se impulsó la aplicación del IVA a todo tipo de edificaciones, con excepción de las viviendas, a fin de que este aumento de tributos no incrementara los precios. Y se llegó al cálculo del 65 por ciento como descuento del IVA, en razón de que se estimaba que aproximadamente un tercio de la actividad de la construcción que no estaba cubierta con el IVA correspondía al pago de los trabajadores que laboraban en ella. Y así se extendió este beneficio a toda clase de viviendas.

¿Cuál es la situación actual? Hoy, de no aprobarse o de no mediar este proyecto, las construcciones de 500 mil, de un millón o de dos millones de dólares, ubicadas en la parte alta de Santiago, al borde de un lago, en alguna isla o en una playa exclusiva, simplemente seguirían beneficiándose con el 65 por ciento de descuento del IVA a la construcción.

Con motivo de la tramitación de la Ley de Presupuestos, solicité un informe sobre la materia. Resulta que el 80 por ciento de

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ese beneficio lo obtiene el quinto quintil de la población, en tanto que el primer quintil recibe menos de 3 por ciento.

Y esta franquicia se encuentra mezclada con otros beneficios que hoy existen en la construcción. Específicamente, me refiero al DFL Nº 2, de 1959, que establece que aquellas propiedades afectas a esta normativa estarán exentas de impuesto a la renta por las utilidades que puedan generar sus arrendamientos.

En la actualidad, la gente que se dedica al negocio inmobiliario obtiene el beneficio del IVA y además no paga renta por los alquileres que percibe. Sin embargo, la concreción de los proyectos tendientes a facilitar el mejoramiento de la vivienda por la vía de programas de protección del patrimonio familiar -sea para la ampliación de estas o el embellecimiento de su entorno-, que incluso están subsidiados por el Estado, pagan IVA.

Nos encontramos con un absurdo total. La medida en comento la entiendo como un primer paso

mínimo, por lo que la votaré a favor. Pero reclamo que, como muchos otros aspectos de la legislación tributaria actual, lo que estamos haciendo es, sinceramente, mantener un esquema tributario absolutamente inequitativo, que agrava las inequidades del ingreso y de la distribución de la riqueza en el país, lo que no es permisible ni aceptable en el futuro.

Por las razones expuestas votaré a favor del proyecto, entendiéndolo como un primer paso que el país necesita dar en esta materia.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Solicito la anuencia del Senado para que ingrese el señor Alberto Arenas, Director de Presupuestos.

--Se accede. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable

señor Escalona. El señor ESCALONA.- Señor Presidente, esta iniciativa, como se ha señalado,

alcanzó la unanimidad de la Comisión de Hacienda en lo referente a la rebaja del impuesto específico a las gasolinas automotrices, de 6 a 4,5 UTM por metro cúbico.

Esa es la medida más llamativa de este proyecto, que, sin duda, tiene efectos importantes para los consumidores, dada el alza del precio del combustible, motivada especialmente por la vertiginosa elevación del valor del petróleo en los mercados internacionales.

Al mismo tiempo, la iniciativa en debate promueve el uso de vehículos con motores que combinan electricidad y combustible (inserto en lo que se ha denominado “tecnologías híbridas”) mediante el otorgamiento de un beneficio tributario, con el propósito de disminuir el consumo de gasolinas y contribuir a la descontaminación del medio ambiente.

Otra medida igualmente relevante es la de adelantar para 2008 la entrada en vigencia de la reducción general de la tasa del

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impuesto de timbres y estampillas, que estaba prevista para enero de 2009. Para las micro, pequeñas y medianas empresas, eso implicará un impacto financiero bastante significativo, porque quedarán en ellas 35 mil millones de pesos que el Fisco dejará de recaudar.

Todas esas medidas, por cierto, son bien recibidas. Y, como expresé, fuero objeto de acuerdo unánime en la Comisión de Hacienda.

El desacuerdo se produjo en el artículo 5º, que establecía el término de la exención del IVA para las viviendas con valores superiores a 4 mil unidades de fomento; la mantención del beneficio para las de precios inferiores a 2 mil, y una medida de transición para las del tramo ubicado entre 2 mil y 4 mil.

Ello motivó una serie de ajetreos parlamentarios, y no solo desde el punto de vista de la revisión de los antecedentes legislativos: también hubo una rápida y vertiginosa disquisición sociológica tendiente a establecer qué es la clase media.

En verdad, señor Presidente, el trajín destinado a determinar lo que es la clase media no fue muy fructífero. Primero, porque no hubo acuerdo, y luego, porque se empezó a usar la expresión de una manera bastante discutible, hasta definir como de clase media a las personas que se hallan en condiciones de adquirir viviendas de aproximadamente 80 millones de pesos, y no solo una, sino varias: la residencia habitual, la casa de veraneo, instalaciones en la nieve, en fin.

Se produjo -como dirían los economistas- una “elasticidad” en el empleo del concepto de clase media, que fue llevado a fronteras francamente insospechadas.

A través de ese ejercicio, se llegó a definir como de clase media ¡a parte de los sectores más acomodados de la población...!

Como en ese plano no se llegó a acuerdo, hubo parlamentarios que, con el fin de que de todas maneras se aprobara esa parte del articulado, desplegaron esfuerzos de buena voluntad para efectuar un redefinición que permitiera contar con los votos necesarios para tal efecto.

Por ese motivo, se propuso en primer lugar subir de 150 a 225 unidades de fomento el tope para acceder a la franquicia tributaria. Ello significa dejar completamente exentas del impuesto pertinente viviendas que, a precios actuales, se sitúan bajo los 54 a 55 millones de pesos, para iniciar desde ahí la transición.

Eso era hasta ayer, en que quedaba una franja desde los 55 millones...

Parece que terminó mi tiempo. El señor ÁVILA.- ¡Es el tiempo de la clase media...! El señor COLOMA.- ¡Una víctima más...! El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador

señor Sabag.

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El señor SABAG.- Señor Presidente, no cabe duda de que este proyecto, que el Ejecutivo presentó con “suma” urgencia, es altamente conveniente para los habitantes de nuestro país, por cuanto, entre otros efectos, provocará una rebaja considerable en el precio de las gasolinas (hoy es muy elevado, por el alto valor que ha alcanzado el petróleo): 50 pesos o más por litro.

Ello, por supuesto, beneficiará a todos los automovilistas y, además, contribuirá a que la inflación no sea tan elevada.

Por eso el apuro en el despacho de la iniciativa, para que la rebaja empiece a regir, ojalá, a contar de la próxima semana.

Asimismo, se propone una importante medida con respecto al impuesto de timbres y estampillas, consistente en eliminarlo definitivamente para las pequeñas y medianas empresas (aquellas con ventas anuales de hasta 2 mil millones de pesos). De modo que miles de pequeñas y medianas empresas quedan exentas de ese tributo, que es sumamente alto: 1,6 por ciento. Y para el resto de los contribuyentes se reduce a 1,2 por ciento.

Cuando la tasa de interés es de 5 ó 6 por ciento anual y solo por concepto del impuesto de timbres y estampillas se paga el 1,6 por ciento, resulta evidente que los productores de nuestro país -gente que genera actividad- soportan una carga excesiva.

Como se expresó, fueron aprobados por unanimidad todos los artículos, menos el 5º, referido a la franquicia del IVA a la construcción, beneficio directo para los adquirentes de viviendas.

Cuando discutimos esta materia en la Comisión de Hacienda, pedí que se postergara la votación hasta la tarde, porque nos encontrábamos en negociaciones con el Ejecutivo, que estaba muy llano a acoger nuestras demandas. Sin embargo, no se aceptó la solicitud y se nos obligó a pronunciarnos en esa oportunidad. Yo llevaba el mandato de los cinco Senadores de la Democracia Cristiana; y, compelido a votar en esas circunstancias, por supuesto que rechacé el artículo 5º, en la esperanza de seguir conversando con el Gobierno.

La propuesta de la bancada de Senadores democratacristianos era subir de 2 mil a 3 mil unidades de fomento el umbral para acceder a la franquicia tributaria completa; para viviendas de 3 mil a 4 mil UF, fijar un tope de 225 unidades de fomento.

Entiendo que la indicación posterior del Ejecutivo habla de 4 mil 500 UF.

Señor Presidente, nosotros estamos convencidos de que de aquella manera se da a mucha gente la posibilidad de mirar un poco más arriba.

¡No nivelemos para abajo, sino para arriba! Analicemos el caso de dos profesionales jóvenes que se

casan, tienen familia y juntan una renta de 1 millón 800 mil pesos. Eso los acredita ante un banco como sujetos de crédito y les permite

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acceder a una vivienda pagadera a 20, 25 ó 30 años, con un dividendo de 300 mil a 400 mil pesos mensuales.

Honorable Senado, ¿es rico ese matrimonio por comprar una casa digna para él y para sus hijos?

Por ello, señor Presidente, hemos defendido a ese segmento de habitantes de nuestro país, que puede estar constituido por pequeños y medianos propietarios. Luchamos por ellos. Y creo que el Gobierno nos ha escuchado.

Aquí no todos pensamos igual. Esa es la diferencia que podemos tener.

Yo respeto todas las opiniones, pero también exijo respeto para nuestra posición.

Señor Presidente, junto con agradecer al Ejecutivo el haber acogido nuestra proposición, anuncio que vamos a votar favorablemente la iniciativa.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Señores Senadores, le concederemos dos minutos adicionales al Honorable señor Escalona a fin de remediar la injusticia mecánica del sistema que le impidió terminar su argumentación.

Espero que alcance a hacerlo en el tiempo indicado. Tiene la palabra Su Señoría. El señor ESCALONA.- Me voy a apurar. Señor Presidente, desde mi punto de vista, lo más

negativo ha sido subir de 4 mil a 4 mil 500 unidades de fomento -ello equivale a viviendas de sobre 90 millones de pesos- la cifra a partir de la cual se elimina la exención tributaria en comento.

Eso significa que la recaudación fiscal inicial, calculada en 95 mil millones de pesos, se reducirá a 62 mil millones. Y la diferencia de 33 mil millones beneficiará a los sectores más ricos de la población.

Tal situación es inexplicable e impresentable. Porque no se puede sostener que se trata de inmuebles para la clase media.

Por lo tanto, lamento profundamente lo sucedido y, además, el hecho de que se utilice el expediente de que, de no aceptarse ese condicionamiento, simplemente no habrá artículo sobre la materia. O sea, en el fondo, dicho procedimiento constituye una verdadera imposición.

Señor Presidente, con el objeto de que el Estado pueda recaudar al menos 62 mil millones de pesos, de los 95 mil millones iniciales, votaremos a favor de la norma pertinente. Pero lo cierto es que no estamos concurriendo a un acuerdo, sino lamentando que el concepto “clase media” se emplee con fines por completo arbitrarios.

Muchas gracias. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- A continuación se halla inscrito el

Senador señor Letelier, quien no está en la Sala. Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.

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El señor MUÑOZ BARRA.- Señor Presidente, he escuchado a algunos parlamentarios referirse a la clase media. Y se efectúa una disección bastante contundente y que hace aparecer como muy injustos algunos beneficios que ese sector tiene en la actualidad.

La verdad de las cosas -quiero ser muy sincero- es que durante las campañas políticas siempre se rinden grandes homenajes a la clase media. Sin embargo, ahí no se realizan estas disecciones tan fuertes, tan duras, en las que se la engloba en el segmento económico más alto.

Es cierto que -como decía un señor Senador- cuesta definir dónde empieza la clase media y dónde termina.

Si miramos la realidad que conocemos en nuestras Regiones y en el resto del país, concluimos que a menudo se considera de clase media al trabajador especializado, quien percibe una renta de cierto nivel; a muchos funcionarios públicos, y, también, a profesionales.

Ellos forman parte de una clase media que existe en Chile y a la cual -repito- generalmente se le tributan innumerables homenajes, porque provienen del estrato más modesto de nuestra sociedad y han sido verdaderos motores que han contribuido al desarrollo del país.

Señor Presidente, ciertas autoridades han señalado que los siete primeros deciles -esto es, el 70 por ciento de los chilenos- perciben ingresos por debajo del promedio de la renta nacional.

Se han indicado dos cifras, pero no sé cuál es la precisa. Algunos afirman que la norma involucra a gente con sueldos de 600 mil a 680 mil pesos; otros, a aquellos que ganan un millón 800 mil pesos.

Un señor Senador decía que la franquicia tributaria se focalizaría en las propiedades de un valor inferior a 54 millones de pesos. Yo no sé si estoy muy alejado de la realidad, pero conozco a profesionales que han adquirido en Providencia departamentos de 95 a 97 metros cuadrados en un precio que fluctúa entre 70 y 80 millones de pesos.

¡Ninguna persona de elevados recursos o que pertenezca -como se ha indicado aquí- a grupos privilegiados económicamente se va a ir a vivir a esa comuna en un departamento de 95 metros cuadrados!

Y hay múltiples ejemplos. Podría mencionar a profesores, periodistas, médicos, abogados, a un sinfín de gente que trabaja en los ámbitos público o privado.

En consecuencia, concuerdo totalmente -y no estoy volviendo hacia atrás en una convicción- en que los Gobiernos deben entregar un fuerte incentivo a quienes poseen menos. Y los de la Concertación lo han hecho: desde 1989, la pobreza ha disminuido de 40 a 13,7 por ciento, y la indigencia, a 3,6 por ciento.

Sigamos actuando en tal sentido.

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DISCUSION EN SALA

¿Pero por qué bloquear tanto algunos beneficios para la clase media, la que, aparte no saberse bien dónde empieza ni dónde termina, no percibe ningún tipo de subsidio? Para quienes la conforman no existen becas en institutos profesionales, ni en universidades, ni en otros establecimientos de educación superior. Incluso, los hijos de muchos de ellos quedan fuera del crédito con aval del Estado.

Entonces, ¿de qué estamos hablando? ¿De una clase media a la que solo es factible ubicar en los deciles más altos de la sociedad?

¡No es así! ¡No es cierto! Por eso, pese a que la rebaja del impuesto específico a las

gasolinas automotrices es incuestionablemente justa, me habría gustado que estas dos propuestas formuladas por el Ejecutivo hubiesen venido en proyectos separados, para que se analizara y aclarara aquí, en esta Sala, qué es la clase media; quiénes la componen; si todavía tenemos una deuda con ellos, y si aún continúan siendo “la mortadela del sándwich”, a la que por donde le den un mordisco le sacan un pedazo.

Señor Presidente, en Chile la clase media está cada día más abandonada. Y esa es la razón por la cual se ha ido achicando y nivelando hacia abajo y no hacia el medio ni hacia arriba.

Lamentablemente, se nos puso contra la espada y la pared, y deberemos aprobar la iniciativa, porque -yo diría- en forma muy inteligente se colocó la disminución del impuesto a las gasolinas junto con esta otra medida.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador García.

El señor GARCÍA.- Ante todo, quiero manifestar que la Senadora señora Matthei me solicitó intervenir también en su representación, dado que debe atender otras obligaciones y no alcanzará a hacer uso de la palabra sobre este proyecto de ley.

Señor Presidente, estimados colegas, nosotros estamos de acuerdo con la rebaja del impuesto a los combustibles. Lo que no entendemos es por qué, si ella no tiene compensación, viene amarrada en el texto del proyecto a la que experimente la franquicia tributaria en la actividad de la construcción. Una cosa no tiene nada que ver con la otra.

En seguida, compartimos lo del término del impuesto de timbres y estampillas para la pequeña y mediana empresa. Es algo que hemos venido pidiendo durante mucho tiempo, y, por tanto, celebramos y -¿por qué no decirlo?- agradecemos al Ejecutivo que haya acogido esa propuesta, tan sentida y transversal entre los distintos partidos políticos representados en el Congreso.

No obstante, como muy bien lo manifestó el Senador señor Muñoz Barra, no había para qué amarrar esa materia con la disminución de la franquicia del IVA en la construcción. Esto último

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perfectamente podríamos haberlo visto en una iniciativa que se tramitara aparte, y estoy seguro de que hubiéramos logrado un acuerdo, tal como en la mañana.

Hemos llegado a una coincidencia en el sentido de que las viviendas cuyo valor sea de hasta 3 mil unidades de fomento mantendrán el 100 por ciento de la franquicia, en tanto que de 3 mil una unidades de fomento y hasta 4 mil 500 se obtendrá una franquicia fija de 225 unidades de fomento. Nos parece que esa es la justa recompensa que el Fisco puede otorgar a la clase media emergente, a quienes, con su esfuerzo, su perseverancia, su trabajo, han logrado ser técnicos, profesionales, y, luego de ahorrar peso a peso, acceder a una vivienda de 2 mil UF, de 2 mil 500 UF, de 3 mil UF, de 4 mil UF. Porque ningún gran capitalista vive en una casa de 4 mil unidades de fomento, ni en una de 4 mil 500, que es el límite fijado.

Por eso, señor Presidente -y tal como les he escuchado decir muy bien a los parlamentarios que me han antecedido en el uso de la palabra-, porque tenemos la obligación de tender la mano y apoyar a la clase media, a la gente que ha salido adelante por sí misma, creo que es de plena justicia este aporte que brinda el Estado para la adquisición de una vivienda,

Sé que ello se compara con lo que entregamos a las familias más modestas, a las más humildes. Y esa comparación es razonable, pero no para hacer demagogia. Porque mientras a una familia pobre se le otorga prácticamente 100 por ciento del financiamiento para adquirir una vivienda, a estas otras les estamos dando, en algunos casos, menos de 5 por ciento del valor, sin considerar que financian su salud, su educación, sus impuestos, sus contribuciones de bienes raíces y constituyen, en consecuencia, un aporte para toda la sociedad y, también, para el Fisco. Por eso, lo hecho es de absoluta justicia.

Señor Presidente, hace solo unos minutos me he dado cuenta de algo y le pido a los señores Ministro de Hacienda y Director de Presupuestos, presentes en la Sala, que revisemos un inciso de la indicación propuesta por el Ejecutivo. La parte a que me refiero dice: "No obstante lo señalado en los incisos anteriores, hasta el día 30 de junio del año 2009, las empresas constructoras tendrán derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta el 0,65 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar en la venta de bienes corporales inmuebles para habitación".

Ocurre que la norma actual es mucho más amplia y les permite no solo hacerlo mediante los pagos provisionales obligatorios, sino también cuando no exista la obligación de efectuarlos. Y, por lo tanto, pueden efectuar una imputación a cualquier impuesto de retención. Estimo que ello debemos arreglarlo.

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El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.

El señor GARCÍA.- Pensé que los integrantes de la Comisión contábamos con algunos minutos más.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Su Señoría puede terminar la idea.

El señor GARCÍA.- Dejaré hasta ahí mi intervención, señor Presidente. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable

señor Coloma. El señor COLOMA.- Señor Presidente, el proyecto solo se comprende en la

lógica de que se registran algunas dificultades en la economía. Y está bien que ese sea el supuesto: hoy se enfrentan problemas de crecimiento, de inflación y de competitividad.

Y, si no, es cosa de leer los indicadores que, en forma permanente, entregan las autoridades financieras; o de entender por qué el Banco Central sube y sube la tasa de interés y genera una brecha cada vez mayor con el resto del mundo; o de preguntar a los exportadores, particularmente a los agricultores, lo que está sucediendo, porque, desde mi perspectiva, se está "acogotando" a un sector que ha sido fundamental para el desarrollo de Chile y que hoy tiene cada vez menos opción de competir.

Parte del paquete que plantea el Ejecutivo dice relación a medidas compensadas -el actual es un Gobierno que tiene mucha plata y me sorprende que siempre pida una compensación, sin realizar nunca un gasto efectivo-, pero también se consideran otras no compensadas y que se refieren al impuesto a las gasolinas.

Por mi parte, me parece absolutamente insuficiente la rebaja del impuesto a los combustibles. ¡Absolutamente insuficiente! Estamos hablando de 1,5 UTM por metro cúbico. Si se va a hacer un esfuerzo para el crecimiento, para disminuir la inflación y para crear más competitividad, no comprendo por qué no se reduce el tributo, en forma sustancial, a cero.

¿Por qué lo digo? Respecto del crecimiento, porque, obviamente, sabemos la especificidad de la demanda de gasolina. Si esta baja algo su precio no significa que se vaya a duplicar o triplicar el consumo. Siempre nos han dicho que, como se trata de algo relativamente inelástico, el alza o la baja del precio no provoca tanto efecto en el consumo y, al subir el valor básico, no se generan tantos tributos adicionales. En consecuencia, sería una inyección importante para el crecimiento y permitiría mayor disponibilidad de recursos para los chilenos.

En seguida, constituiría una ayuda muy potente para bajar la inflación. Esta medida, según la autoridad, significa 0,5 punto, aproximadamente. Si el impuesto quedara en cero, ello representaría una disminución de dos puntos. Y estos serían claves para generar un efecto que evitara que se siguiesen desalineando las tasas de interés.

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Por último, existiría un incentivo para la apreciación del dólar que haría que los agricultores, los exportadores, la gente que vive en el campo y que muchas veces se halla tan olvidada, pudieran tener a lo menos un respiro hacia adelante.

Ahora bien, serán otros los que se aboquen a la determinación de si el IVA debe o no ser compensado.

De partida, pienso que el Gobierno no puede andar buscando compensaciones a cada rato. Sería bueno que, con decisión, se metiera la mano al bolsillo, sin peticiones para ir "a medias en la parada".

Pero, a todo evento, creo que estamos perdiendo una oportunidad sustancial para disponer una medida económica que realmente cambie la forma de ver el crecimiento, la inflación y la competitividad.

Se puede decir que el costo total es de aproximadamente 900 millones de dólares. Eso es lo que exponen los economistas. Dicho sea de paso, ese monto no alcanza siquiera a equivaler a un Transantiago. Pero, en forma adicional, entendamos que lo que puede ocurrir a la inversa solo en materia cambiaria cabría que fuera algo mucho mayor.

No sé hasta cuándo va a aguantar una economía con las tasas desalineadas y los "capitales golondrinas" que, lamentablemente, existen en el país. Por eso, no tuve problemas en plantear la situación del encaje, en su momento. En la actualidad, las mesas de dinero mueven alrededor de 2 mil millones de dólares diarios, en circunstancias de que la economía real produce 300 ó 400 millones, y con los instrumentos considerados se calculaba que iban a ser 800 millones. O sea, existe un aprovechamiento por la diferencia de tasa. Y ello es lo que mantiene trancado, adicionalmente, el precio del dólar.

Entonces, es preciso pensar en las oportunidades. Ha de creerse en la gente, en la iniciativa, en que los incentivos apuntan correctamente, y, de esa forma, en dar una mano mínima al sector exportador, que vive uno de los momentos más dramáticos de su historia reciente.

Algunos economistas dicen que lo que ha de hacerse es bajar más el gasto público. Es cierto: ello influye de manera decisiva en el precio. Mas lo que puede depender de nosotros -de la actual autoridad económica y del Parlamento- es la aplicación o no de una idea que se halla bien inspirada, pero que, claramente, no posee el ancho necesario para cambiar la situación económica del mundo agrícola.

Por ello, y sin vincularme al resto, planteo la insuficiencia de una medida que, desde mi perspectiva, estaba llamada a hacer historia y que ahora será solo un paréntesis.

He dicho.

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El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.

El señor GAZMURI.- Señor Presidente, el sentido principal del conjunto de medidas que propone el Gobierno es el de ser un aporte para enfrentar la situación económica compleja que vive el país. Y, en esa perspectiva, creo que se hallan bien orientadas.

La disminución del impuesto a la gasolina tendrá un impacto en los consumidores. Si a ello se suma la ampliación del Fondo de Estabilización de los Precios del Petróleo, significará una reducción del orden de cien pesos en el valor del combustible, lo que, sin duda, repercutirá en la economía, básicamente, de todos los ciudadanos que ocupan automóvil, que corresponden más bien a sectores medios, pues los sectores populares se movilizan, en general, en el transporte público. Y es algo que también incidirá de modo favorable en la inflación, otra de las preocupaciones que todos los chilenos compartimos.

La eliminación del impuesto de timbres y estampillas para las pequeñas y medianas empresas constituye, asimismo, una reivindicación que ese sector ha planteado durante muchos años.

Si bien con un impacto menor, la iniciativa de estimular en el parque automotor las tecnologías menos contaminantes y que emplean combustibles más limpios me parece igualmente bien orientada.

En consecuencia, considero que se trata de criterios que apuntan en una dirección correcta, aunque no son suficientes para enfrentar el conjunto de problemas que padece la economía.

Lo siguiente lo señalaré solo de pasada, pues sobre ello quisiera que el Senado efectuara un debate más a fondo. Por eso, vamos a proponer celebrar una sesión especial sobre el particular.

Tenemos una dificultad muy seria en cuanto a que, desde el punto de vista macroeconómico, la política monetaria y la fiscal no están siendo convergentes, sino lo contrario. Existe una política fiscal responsable, que busca los equilibrios macroeconómicos, que acumula reservas internacionales -incluso, a veces parecen desproporcionadas- precisamente para no acelerar la apreciación del peso y la baja del dólar. Pero, por otra parte, el Banco Central tiene una política de tasas de interés completamente incomprensible.

Porque todo el mundo sostiene, incluidos el Instituto Emisor y don Vittorio Corbo -así lo expuso el año pasado-, que las causas de la inflación en Chile son básicamente externas. Se menciona lo que ya conocemos: el aumento del precio del petróleo a niveles inusitados y de los alimentos en el mundo, en particular los granos, a lo que se agregan algunas causas estacionales, como la sequía del año pasado, que ha impactado severamente en los valores de algunas hortalizas.

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Y cabe recordar que la nuestra no es una economía sobrecalentada y que no existe un nivel de gasto excesivo.

Entonces, no veo por qué, para frenar la inflación, se suben las tasas de interés. Porque el Banco Central podría llegar a tasas de 9 por ciento y no bajaría un peso el petróleo, ni los granos, ni tampoco cambiaría la escasez de lluvias del año pasado.

En consecuencia, nos encontramos ante un problema muy importante, que se relaciona con nuestra institucionalidad. Lo hemos planteado más de alguna vez. Hace muchos años, con el Senador señor Ominami manifestamos que había que revisar la institucionalidad del Instituto Emisor. Porque todos los bancos centrales del mundo cuentan con algún mecanismo mediante el cual, sin que pierdan su autonomía, se pueden corregir las divergencias entre la política fiscal y la monetaria. Y en Chile de la divergencia no se hace cargo nadie y no hay mecanismos para resolverla.

Repito que estamos ante un problema muy serio. El diferencial de tasas a mi juicio no es razonable.

En tal sentido, creo que el Ejecutivo debería usar sus pocos mecanismos disponibles para plantear la divergencia. El Ministro de Hacienda por lo menos tiene el derecho de hacerse escuchar por el Banco Central antes de que se tomen las decisiones respectivas.

El Instituto Emisor se escuda en que su único mandato consiste en controlar la inflación. Y si, por cumplirlo, se nos viene abajo, debido a una mala política, la fruticultura, que ha costado veinte años levantar, ¿quién va a responder? ¿El Consejo del Banco Central? No, el Gobierno, el Parlamento, las autoridades políticas.

Ese es el tema de fondo, aunque no el único. La responsabilidad del Instituto Emisor es la política

monetaria. Mas, para resolver acerca de ella, debiera tener una mirada como la de la Reserva Federal, que sale en recuperación activa de la economía estadounidense. No planteo que hagamos lo mismo. Pero el Consejo del Banco Central dice: “Para las cuestiones de empleo, de crecimiento, vayan al frente, al Ministerio de Hacienda, al de Economía. Nosotros respondemos por la inflación”.

Se trata de un asunto mayor. Por lo tanto, solicitaré una sesión especial para abordar

esta materia. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador

señor Muñoz Aburto. El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, el proyecto en análisis reviste

una enorme importancia para el país y, en particular, para los dueños de vehículos, que han visto aumentar de manera sostenida el precio de los combustibles.

Ciertamente, la rebaja de cincuenta pesos por litro de bencina constituye una medida largamente esperada y que supondrá un alivio para miles de hogares.

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DISCUSION EN SALA

Sin embargo, quisiera expresar mi inquietud por la discriminación que se realiza con los usuarios de gas vehicular. En Magallanes, y también, poco a poco, en otras Regiones, miles de ellos no se beneficiarán con la rebaja en comento.

Es efectivo que no se han visto afectados por alzas de precios, como los usuarios del petróleo, pero asimismo merecen, como ha señalado la Presidenta de la República, que se pongan algunos recursos en sus manos.

Recuérdese que los de Magallanes, fundamentalmente dueños de colectivos, han visto incrementarse el valor del impuesto específico, de acuerdo con las modificaciones legislativas, tras eliminarse el beneficio del que gozaban. Es verdad que se encuentran sujetos todavía a un régimen transitorio favorable respecto del impuesto de régimen, pero también lo es que hoy pagan más que hace algunos años.

Entonces, no entiendo por qué no se favorecen con la rebaja, más aún cuando se da el contrasentido de que la iniciativa en análisis pretende promover el uso de energías alternativas al petróleo y limpias, como las utilizadas en los autos híbridos.

Señor Ministro, ¿por qué no rebajar la parte fija del impuesto al gas por dos años? ¿Por qué no facilitar la conversión en autos a gas, como he propuesto en un proyecto? ¿Por qué no subsidiar a los convertidores?

En su lugar, se propone una medida que, a mi juicio, solo beneficiará a compradores esnobs de vehículos de alto valor y que no tendrá impacto alguno ni en la reducción del consumo energético ni en la descontaminación de nuestras ciudades.

Por otro lado, me parece muy significativa la disminución del impuesto de timbres y estampillas, y, en especial, la limitación de la franquicia que permite a las constructoras recuperar parte del IVA. Este es quizás el beneficio tributario de peor focalización de cuantos existen en nuestra legislación. Ha significado entregar solo en los últimos dos años lo siguiente: 463 millones de dólares en 2006 y 512 millones en 2007. Y se proyectan 563 millones para el presente año. Gracias a este incentivo perverso, inmuebles construidos en Chicureo y en el barrio alto, que llegan a costar hasta 10 mil UF, reciben un aporte estatal, financiado por todos los chilenos, superior al valor de una vivienda social. Utilizando una expresión que escuché al ex Ministro Nicolás Eyzaguirre con relación a otra materia, este es un verdadero “Hood Robin”; o sea, Robin Hood al revés. Con dineros de los más pobres se financia a quienes tienen más recursos. No quiero decir que sean ricos; ni siquiera me atrevo a calificarlos de clase media. Lo que sí resulta cierto es que cuentan con más posibilidades que la media de la población.

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Creo que precisamente esa es la discusión de fondo y respecto de la cual necesitamos un acuerdo, así como también acerca del resultado que se busca alcanzar. Yo no sé si un matrimonio que gana un millón y medio o 2 millones de pesos mensuales es rico. Probablemente no, pues tendrá gastos en educación, en transporte, en salud, en vivienda y otros. Quizás lleva un estándar de vida moderado o razonable. Pero ese no es el punto. El asunto radica en que, debido a la mala distribución de ingresos existente en el país, lamentablemente ese matrimonio se halla, sin duda, entre los sectores más acomodados de la sociedad. De manera habitual se utilizan en estas discusiones términos flexibles y ambiguos como “clase media” y “pyme”, sin que se sepa a ciencia cierta de qué se está hablando. A mi entender, necesitamos algún acuerdo sobre tales conceptos, tanto para este como para otros proyectos. Señor Presidente, creo que el análisis debe ser más objetivo. Veamos las encuestas CASEN, la Ficha CAS, la Ficha Familia y otros instrumentos, y pongámonos de acuerdo en qué entenderemos por “clase media”. De lo contrario, con la mejor intención, se terminará beneficiando a gente que tal vez no es rica -yo no digo que lo sea- pero que se encuentra en una situación mucho mejor que el resto. Lamentablemente, toda política pública requiere una priorización: elegir a unos y dejar a otros. Ahora, mirado ya no desde los beneficiarios -incluso suponiendo que tales personas pertenecen a la clase media y que necesitan ayuda del Estado-, sino respecto del objetivo, cabe analizar bien el que se persigue. ¿No es razonable que el Estado imponga ciertos límites? Resulta lógico que el Fisco diga: “Perfecto, si usted quiere comprar una vivienda, yo lo ayudo; pero lo hago para que adquiera no la casa que desee, sino una que le permita vivir dignamente”. He dicho. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ominami. El señor OMINAMI.- Señor Presidente, quiero expresar mi satisfacción y mi acuerdo con este proyecto. Por desgracia, en ocasiones anteriores discrepé de algunas iniciativas del Ejecutivo -de este Gobierno y del anterior- en materia tributaria. No es el caso en esta oportunidad. Creo que la normativa en estudio está bien planteada, aunque no constituye, por cierto, una solución global a los problemas económicos que afectan a nuestro país. Comparto plenamente lo expresado por el Honorable señor Gazmuri en el sentido de que estamos viviendo una situación económica muy inquietante desde el punto de vista productivo. Chile no tendrá -ello resulta evidente- una crisis como las que tradicionalmente sufría: de balanza de pagos, de financiamiento externo. Al respecto nos encontramos blindados por los próximos 5, 10, 15 o, a lo mejor,

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20 años. Pero ahora corremos el riesgo de una crisis productiva y otra de empleo, a consecuencia del deterioro cambiario. Hay una sesión especial citada para tal efecto. Estimo que será de gran relevancia dar nuestras opiniones y tratar de influir de modo positivo en el curso de los acontecimientos. Volviendo al proyecto, señor Presidente, considero bueno ayudar a las pequeñas y medianas empresas, así como a los consumidores, y corregir la gran inequidad que representa la franquicia tributaria en comento. Comparto, además, el hecho de que estas materias se discutan en conjunto, porque lo que se intenta hacer aquí es compensar lo que el Estado dejará de recaudar por la disminución del impuesto de timbres y estampillas para las pequeñas y medianas empresas con la reducción del crédito fiscal asociado a la franquicia tributaria a la construcción. En el caso de los combustibles no existe compensación, pues se trata de una rebaja temporal, no permanente. ¿Por qué resulta importante dicha compensación? Porque, más allá de la bonanza fiscal -producto de los excedentes-, es muy relevante que en las discusiones tributarias se resguarde la solidez de las finanzas públicas, no solamente en el corto plazo, sino también en el mediano y en el largo. Ese es el tema de fondo. Resulta muy fácil votar iniciativas que impliquen rebajar impuestos. Es bastante más difícil aprobar proyectos que signifiquen disminuir franquicias o, eventualmente, aumentar tributos. Por eso, considero lógico que estas materias se estudien en conjunto. Dicho esto, señor Presidente, quiero entregar algunos antecedentes adicionales respecto de la disminución del 65 por ciento del IVA a la construcción de viviendas, que constituye el asunto de fondo. Tengo la impresión de que no se ha planteado en el debate lo siguiente: esta franquicia se creó durante los años ochenta debido a que la economía chilena enfrentaba un período de crisis y a que, por tanto, era fundamental desarrollar un proceso de reactivación. Y se partió por uno de los rubros más fáciles de reactivar: la construcción. En consecuencia, tal beneficio se estableció en esa época, hace ya más de 20 años, con un objetivo más bien transitorio. Estimo importante que ese aspecto se tenga presente. Las condiciones actuales de la economía nacional son por completo distintas de las existentes en el momento en que esta franquicia se introdujo, pues en ese tiempo se había producido una crisis de muy fuerte intensidad. Se ha dicho acá que tal exención es muy inequitativa. Se ha favorecido a la clase media -ello me parece relevante-, pero también a los más ricos del país. Todas las grandes construcciones llevadas a cabo durante los últimos 15 a 20 años gozaron de este beneficio. Por tanto, creo que la franquicia no se puede analizar en sí misma. Hay que examinarla en relación con otros aspectos. Trataré de explicar esto en el minuto que me queda.

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Me parece bien que los sectores medios cuenten con un apoyo para acceder a la casa propia. Desde ese punto de vista, se podría haber planteado que la franquicia se aplicara solo a la construcción de viviendas básicas. No veo por qué debiera operar para casas en el litoral, en el campo, en un refugio en Farellones, en La Parva o donde sea. Con el argumento aquí esgrimido, lo lógico hubiera sido que la exención se aplicara a un solo tipo de vivienda. En segundo término, con relación a la equidad, considero bueno dar un incentivo a la clase media. Pero con esta iniciativa lo que estamos haciendo es rebajar el IVA. Yo me pregunto: ¿No sería más lógico disminuir dicho gravamen a los productos de primera necesidad? Por ejemplo, a los medicamentos. Eso sería más racional. Entonces, el punto no radica en analizar si este beneficio vale o no la pena -¡vale la pena!-, sino en estudiarlo con relación a otros usos. Existe una categoría llamada “crédito fiscal”. De eso estamos hablando. Y el asunto estriba en saber si tal instrumento se está utilizando en forma más o menos equitativa. Y resulta evidente que no es así cuando se emplea para viviendas en Chicureo. Yo creo que sería más equitativo aplicarlo, por ejemplo, a una rebaja en el precio del pan, considerando, entre otras cosas, que el kilo traspasará la barrera de los mil pesos -según se ha anunciado en la prensa-, lo cual afecta de modo muy directo a los hogares más humildes. A mi entender, una familia que compra una casa habitación en 80 millones de pesos no es rica. Pero existen otras que son sustancialmente más pobres en el país. Entonces, el problema radica en saber cómo utilizar de forma correcta recursos que son limitados, como los de este crédito fiscal. Señor Presidente, estoy de acuerdo también con que el Estado no sigua haciendo un negocio tributario con los combustibles. Al respecto, llamo la atención sobre un hecho: aquí se plantea un incentivo confuso, pues le estamos diciendo a la gente que ocupe más sus automóviles y que consuma más combustible, lo cual va en el sentido exactamente contrario a todo lo relacionado con la contaminación y con otros problemas que nos preocupan. He dicho. El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar. El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Señor Presidente, para ser muy claro, creo que el proyecto en análisis hubiese encontrado una acogida inicial mejor, más fácil, más directa, si las materias que aborda hubieran venido planteadas como corresponde. A veces se confunde porque se quiere confundir. Eliminar o rebajar el impuesto de timbres y estampillas es bueno. Entonces, ¿por qué no enviar una iniciativa en ese solo sentido? Disminuir hoy el gravamen a las gasolinas, al petróleo o

como quiera denominársele es bueno. En consecuencia, ¿por qué no se presenta un proyecto con tal fin? ¿Por qué mezclar esto con otra cosa?

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Ahí comienzan las distorsiones. ¡Y qué decir de algunas! Cuando escuchamos coincidir aquí a colegas de diversas

tendencias -a los Senadores señores Gazmuri, Muñoz Barra, a quien me antecedió recién en el uso de la palabra y a otros-, nos damos cuenta de que se está viviendo una situación difícil y que obliga, si deseamos que el país vuelva a crecer con justicia y recupere la confianza, a que de una vez por todas nos pongamos de acuerdo.

Por eso, señor Presidente, me alegro de lo resuelto por los Comités hoy día ante una petición del Honorable señor Romero -también la había planteado el Senador señor Frei- en el sentido de celebrar una sesión especial, o las reuniones que sean necesarias, para enfrentar con claridad y decisión el problema y aconsejar a algunas autoridades -si lo aceptan- respecto de materias que en la actualidad están complicando claramente el desarrollo productivo del país.

Hay que hacerlo. Yo me manifiesto plenamente partidario de ello. Si de mí depende y podemos converger en alguna solución, creo que este es el momento de dar el paso.

En segundo lugar, nuestra clase media se siente frustrada -y con razón-, porque trabaja mucho y no progresa; no percibe que el fruto de su esfuerzo alcance para satisfacer sus necesidades más primarias, más esenciales. Hay gente de ese sector -cualquiera que sea la forma como se quiera definir- que no está en condiciones de brindar a sus hijos la educación que merecen ni de enfrentar un problema de salud.

Y, francamente, en cuanto a la decisión que se pueda tomar para adquirir una casa el día de mañana -sin duda, es mejor el planteamiento de que la franquicia tributaria se aplique solo a las viviendas básicas-, no nos engañemos; No es que las personas vayan a disponer de 50, 60, 70 u 80 millones de pesos. ¡No! ¡Tendrán que pedir un crédito hipotecario que deberán pagar durante toda su vida!

He escuchado argumentos en que se contraponen situaciones relacionadas con viviendas de ciertos sectores donde esta discusión realmente no tiene cabida. Considerando que nuestro país hoy día cuenta con recursos, debemos entender perfectamente que la vivienda para estratos débiles es un derecho social.

Sobre la materia, en el último tiempo nuestras autoridades encontraron algunas tesis para justificar lo injustificable: bancarizar las deudas. Esto ha significado que a los deudores PET y SERVIU-banca se les hayan multiplicado sus obligaciones dos o tres veces, dándose cuenta de que al final no podrán pagarlas.

Pero no mezclemos eso con la clase media. Esta merece que le entreguemos soluciones de verdad en vivienda y otras cosas.

Señor Presidente, a ratos dejamos que las discusiones acerca de estos asuntos se transformen en meras definiciones economicistas y no vamos al fondo del problema.

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Por eso, me alegro de los planteamientos que se han formulado.

Estoy abierto a revisar el día de mañana tributos como el IVA y otros. Me parece fundamental entender, de una vez por todas, que resulta necesario no aplicarlos a los artículos básicos si hay voluntad política para ello. Y hoy día es perfectamente posible hacer eso con la tecnología existente. Por ejemplo, se podría eliminar el IVA a los libros. No tiene sentido, sobre todo si queremos un país en condiciones reales de participar, seguir con legislaciones que no se condicen con el objetivo del bien común.

Por lo anterior, señor Presidente, anuncio que aprobaré el proyecto en general, pero con el dejo amargo de no haber aprovechado la oportunidad para que las voluntades de todos -porque creo que el ánimo existe- convergieran más allá de nuestras legítimas diferencias. A mi juicio, carece de sentido seguir manteniéndolas ante las urgentes necesidades del país.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Romero.

El señor ROMERO.- Señor Presidente, siento que hay una suerte de coincidencia cuando analizamos lo que está ocurriendo hoy día en Chile.

No cabe la menor duda de que nos hallamos frente a una situación compleja, difícil, que está afectando a vastos sectores, particularmente a los pequeños y medianos empresarios. Ello se debe a que tenemos problemas en el tipo de cambio, serias dificultades en el control de la inflación e inconvenientes para desarrollar una diversidad de actividades que, de un modo u otro, están siendo afectadas por el desempleo que puede generarse con motivo del cese de la inversión en el área exportadora y otras.

En esa perspectiva, recibimos en el Senado un paquete de propuestas, compuesto por distintos ingredientes, como aquí se ha señalado.

A mí no me parece adecuado, como técnica para enfrentar problemas, confundir situaciones de distinto carácter, porque ello no permite visualizar ni hacer un enfoque correcto.

A modo de ejemplo, el proyecto contempla una rebaja transitoria del impuesto a las gasolinas automotrices. Y, ciertamente, la pregunta que uno se hace es si existe algún país en el mundo que aplique cuatro factores de gravamen respecto de los combustibles. Digo esto porque el chileno común y corriente tiene que pagar permiso de circulación, peaje o tag en las vías concesionadas, impuesto a la gasolina y, además, IVA.

Entonces, uno se pregunta por qué la rebaja contemplada es transitoria cuando debiera ser permanente, y por qué es parcial. La disminución de tributo planteada por el supremo Gobierno, que por supuesto es bienvenida en muchos sectores, solo viene a paliar el

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efecto provocado por las últimas alzas. La verdad es que con este proyecto, si se considera que el barril de petróleo se eleva por encima de los 107 dólares, sin lugar a dudas, lo que se está atenuando son simplemente las alzas de precios observadas durante las semanas recientes.

Esa es la realidad. En segundo lugar, la compensación del impuesto de

timbres y estampillas para las pymes es una medida que debió adoptarse hace bastante tiempo. Tengo la sensación de que no estamos actuando oportuna ni anticipadamente frente a los problemas.

Por otro lado, en este paquete lleno de sorpresas -no voy a decir que es una caja de Pandora, pero en algo parece- viene un planteamiento antiguo que se traduce en una suerte de cuestionamiento a toda la política o al sistema que rige para la construcción en nuestro país.

Considero que la solución alcanzada no resolverá el problema, porque, en definitiva, no faltará la manera de evitar estar sobre el límite fijado o por debajo de él. Y llamo la atención al respecto, pues, probablemente, ello provocará una serie de situaciones que no me gustaría afrontar el día de mañana.

Siento que al colocarse una línea se está estableciendo de algún modo un mecanismo para posibilitar o incentivar que alguien -y en esto los chilenos tienen cierta tradición- se cobije debajo de la protección y no encima de ella. Y eso me preocupa, señor Ministro de Hacienda, pues nos podemos encontrar de pronto con que las soluciones que fijan límites -ya las conocimos en el pasado en muchos casos- provocan situaciones no deseadas.

Por eso, con mucha preocupación, voy a pronunciarme a favor del proyecto en general. Y lo hago aun cuando tenga inversiones inmobiliarias. Porque aquí se ha señalado que las personas que posean intereses de este tipo no podrían votar. Yo no tengo empresas constructoras ni soy socio de alguna de ellas. Muy por el contrario, quienes poseen alguna inversión en inmuebles se verán aventajados, tendrán algo favorable respecto de la antigua normativa, porque, en definitiva, la propiedad valdrá más después de la aprobación del proyecto que nos ocupa.

Por tales razones, aprobaré la iniciativa. No obstante, estimo necesario efectuar un análisis sobre lo

que está pasando en el país. Y por eso he solicitado una sesión especial para examinar lo que está aconteciendo con el tipo de cambio, pues no resulta posible seguir enfrentando una situación que, simplemente, obedece a la diferencia de los porcentajes que hoy día establecen en materia de tasa de interés la Reserva Federal de los Estados Unidos y el Banco Central de Chile. Hay un spread demasiado grande: entre 6,25 y 2,25 por ciento. Y los capitales golondrina vendrán a Chile para

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tratar de beneficiarse, en alguna medida, de esa ventaja. Todo eso, naturalmente, dentro de la política de encaje.

Por ello, nosotros debemos al país un análisis más a fondo de la situación, que espero se verifique en alguna de las sesiones especiales que he solicitado.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Kuschel.

El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, mi intervención la focalizaré en la franquicia del IVA a la construcción, porque considero apropiadas las demás medidas.

Creo totalmente inoportuna la reducción de esta franquicia tributaria, porque el problema principal de nuestro país, más allá del que afecta a la clase media y de otras situaciones, es el empleo.

El Gobierno lanzó cuatro paquetes reactivadores, los cuales no han tenido impacto alguno.

El Senador señor Ominami ha reconocido que esta franquicia tuvo como objetivo la generación de empleo, la cual ahora se está eliminando para compensar un esquema tributario.

Por otra parte, el país está creciendo solo al 3 por ciento. Al Honorable señor Gazmuri le llamaba la atención la

descoordinación de la política monetaria y la fiscal. El país crece al 3 por ciento y su gasto asciende al 10, con lo que aumenta la tasa inflacionaria. ¿Y cómo lo estamos compensando? Con un alza en los intereses, que complicará aún más la situación del sector inmobiliario y condicionará su contribución al empleo. Porque ello va a afectar un insumo muy importante en la construcción.

Por otra parte, la enorme diferencia de nuestra tasa de interés, que es de 6,25 por ciento -superior a la de Estados Unidos, que alcanza al 2,25-, y el actual tipo de cambio a 430 pesos están afectando todo el empleo generado por las empresas exportadoras y las sustituidoras de exportación.

Asimismo, la situación de la Región que representamos con el Senador señor Escalona empieza a complicarse por el asunto del salmón.

Además, la energía es escasa, lo que implica que esta sea cada vez más cara.

Entonces, ¿en qué mundo estamos? Y ahora le ponemos problemas a la construcción, o al

empleo, como digo yo. Este es un apretón para ese sector. Otro impacto que, a

mi juicio, incidirá en el empleo. No recuerdo en qué publicación leí que hay un stock de

600 mil viviendas usadas y 200 mil nuevas sin vender. ¿Cómo se van a construir más casas? ¿De qué tipo? ¿Y quién las comprará si es más alta la tasa de interés?

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Por eso digo que habrá mayor cesantía que la experimentada hasta hoy y que la medida es inoportuna. Porque, a pesar de los programas laborales, ahora empieza a aumentar el desempleo, lo que va a tener impacto en las Regiones.

Finalmente, quiero decir que la reducción de la franquicia constituye un regalo para los propietarios de casas de un valor superior a las 4.500 unidades de fomento, las que luego del “regalo” serán vendidas más caras.

Ya consiguieron la franquicia del IVA. Ahora se les dice que aquí va a haber una brecha. Como el dueño de un inmueble de ese monto ya ganó ese dinero y se la aseguró, ahora se construirán menos viviendas de precio similar.

Así, se está generando una cantidad fija de casas de valor superior a las 4.500 unidades de fomento, cuyos propietarios tendrán un premio.

Reconozco como válida la parte del proyecto que establece la supresión del impuesto de timbres y estampillas y la disminución del establecido para los combustibles. Nosotros ya lo habíamos pedido varias veces. Pero creo que estamos cometiendo un grave error con la rebaja de la franquicia del IVA a la construcción.

No obstante, como se ha dicho, estamos obligados a votar a favor de la iniciativa.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, a mi juicio, es muy importante la rebaja del impuesto a los combustibles, aunque a algunos nos habría gustado que fuese permanente en vez de transitoria.

El entonces Presidente Frei Ruiz-Tagle fue quien planteó este asunto, y hoy nos sentimos muy contentos de que lo estemos votando en el Parlamento.

Pero consideramos necesario que esto se amplíe al gas. Entendemos que el Ejecutivo asumió el compromiso de mandar un proyecto de ley sobre la materia. Pido que ello se pueda ratificar acá.

También nos sentimos complacidos con la eliminación del impuesto de timbres y estampillas. ¡Bien!

Sin embargo, señor Presidente, aquí se han hecho un par de afirmaciones sobre hechos que son falsos.

En torno de este proyecto, no se construyó un acuerdo. ¡Es falso! No lo hubo, y por dos razones.

Primero, cuando se propuso la rebaja del impuesto a los combustibles, se planteó como criterio -varios lo hicieron- que esta rebaja sería compensada. A algunos les gusta olvidar eso, porque íbamos a dejar para otro momento el debate más de fondo sobre la estructura tributaria de nuestro país.

¿Es necesaria esa discusión? Por cierto.

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Hoy los impuestos a las personas son excesivos y los aplicados a las empresas, extremadamente generosos. No hay consenso sobre el particular. Y por eso creo que el debate es necesario.

Sabíamos que el proyecto que nos ocupa venía con una compensación.

Con esta iniciativa, se decidió enfrentar un beneficio que no se va a aplicar a las personas. Esa es la primera mentira de quienes sostienen lo contrario. Este beneficio no favorece a la clase media.

¡Es mentira que así sea! ¡Y todos lo saben! El origen del subsidio que el Estado otorga a las empresas

constructoras no tiene que ver con lo expresado por el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra.

Esta franquicia tributaria nació en los años 80 para parar el mercado negro de los insumos en la construcción. Esa fue la razón por la que el Gobierno militar generó tal instrumento.

Y este año, señor Presidente, lo que el Estado gastará en esta franquicia tributaria equivale -incluso su monto es superior- a la totalidad de lo que invierte el Ministerio de Vivienda en subsidios para viviendas sociales. Mediante ella se traspasarán más de 600 millones de dólares a las empresas constructoras por la devolución del 65 por ciento del IVA.

¡Y con esos recursos se podría construir el doble de las viviendas sociales que estamos edificando ahora!

¡Es una ayuda pésimamente focalizada! Señor Presidente, el 85 por ciento de los chilenos, de

acuerdo a la Encuesta CASEN, percibe ingresos que apenas alcanzan para comprar una vivienda de 2 mil UF. ¡Apenas 2 mil UF! Y el 95 por ciento no tiene los ingresos necesarios para comprar una de 4 mil UF.

Por eso, la clase media de que algunos hablan es muy distinta, de acuerdo a indicadores de la Encuesta CASEN.

Pero mi planteamiento no se orienta a negar al sector emergente de nuestra población que percibe ingresos de 2 ó 3 millones de pesos al mes la adquisición de viviendas de 4.500 unidades de fomento. Mi crítica persigue la ejecución de estudios -al respecto quiero pedir el compromiso del Ejecutivo- de lo que significaría un subsidio no a la oferta, que es un pésimo instrumento, sino a la demanda.

Porque si hay sectores medios emergentes que necesitan ayuda para comprar una vivienda, debemos brindárselas, pero no para que una persona de altos ingresos compre una, dos y cinco casas, y termine recibiendo del Estado más subsidios que una familia pobre.

El monto del subsidio habitacional del Fondo Solidario alcanza hoy a 380 UF. Con esta norma que se está imponiendo -lo digo así, porque no hubo acuerdo- se da a los sectores de ingresos altos o medios altos -los socialistas no estamos de acuerdo en su reducción a

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las empresas de la construcción- un subsidio de entre 4 millones y medio a 5 millones de pesos, si es que adquiriesen solo una vivienda.

Pero no se establece restricción alguna. Y todos los colegas que participaron en los debates del proyecto en análisis sabían que podíamos determinar otro mecanismo.

Señor Presidente, nosotros votaremos a favor de la iniciativa, porque nos parece bueno bajar el valor de la bencina por el menor impacto inflacionario que habrá al permitir desacelerar ciertos gastos.

Pero digamos las cosas como son: la franquicia tributaria a la construcción de viviendas constituye una vergüenza en un país que tiene una distribución de ingresos como la actual.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Longueira.

El señor LONGUEIRA.- Señor Presidente, en verdad, no quería intervenir en el debate; pero, frente a algunas argumentaciones, voy a entregar mi punto de vista sobre el proyecto.

En primer lugar, quiero recordar que hoy estamos todos de acuerdo en lo que dice relación al impuesto de timbres y estampillas. Y no se trata de reducir un gravamen, sino de bajar aquello que la Concertación ha subido regularmente durante todos sus Gobiernos.

Por lo tanto, me alegra escuchar que todos concordemos en que resulta favorable para la economía, para la pequeña empresa, eliminar dicho tributo, el cual, lamentablemente, se había elevado en forma sistemática.

Con el impuesto a los combustibles ocurre exactamente lo mismo. Estamos disminuyendo algo que ha aumentado sostenida y permanentemente.

En consecuencia, vamos en la línea correcta: aliviar a quienes generan mayor empleo en el país.

Sin embargo, me sorprende el argumento de algunos que dicen que van a votar a favor por la coyuntura. En mi opinión, sería sano que todo esto fuera permanente.

En cuanto a la rebaja del impuesto específico a las gasolinas, aunque planteada en forma temporal, creo que, como vienen elecciones presidenciales, ningún candidato se atreverá a sugerir que no se mantenga en el nivel que quedará ahora. Por ende, pienso que el contenido de la futura ley será más duradero.

Dado el consenso que hay respecto a las dos materias señaladas, voy a manifestar mi punto de vista en lo relativo a la exención del IVA a la construcción.

Quiero hacer algunas correcciones a lo dicho en forma categórica por varios señores Senadores.

Fue el Gobierno militar el que estableció el IVA a las empresas constructoras.

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Y desde el primer minuto se fijó una exención, que no fue fruto de la crisis del 80 ni tampoco fue establecida en forma temporal, precisamente para que el impacto de incorporar el IVA a la construcción no tuviera una magnitud demasiado grande. Por eso no se introdujo en un cien por ciento.

En resumen, fue el Gobierno militar el que impuso el impuesto al valor agregado a la construcción y con esa característica.

Como ha transcurrido mucho tiempo desde que se incorporó el IVA con tal disminución, en 1975, es obvio que hoy se ha transformado en un subsidio, si lo queremos entender desde esa perspectiva.

En lo personal, creo que se trata de un subsidio muy mal diseñado, mal focalizado. Y esto no lo resuelve ni el proyecto original ni tampoco el texto que estamos despachando.

Y de lo que siempre debemos preocuparnos es de que en las políticas públicas exista, obviamente, una buena focalización. Por desgracia, la vigente, que es mala, va a perdurar en el tiempo. A mi juicio, hay instrumentos mucho más eficientes para asignar los recursos. Como viene planteado en la iniciativa, el tema seguirá siendo fuente de polémica en el futuro, precisamente porque se mantendrá la actual situación. Y ello -reitero- no viene resuelto en el proyecto, el cual, lamentablemente, se vincula con la disminución de otros impuestos.

Esa forma de discutir me parece absurda. Por eso estimo como un gran paso en este debate -lo quiero dejar en claro- el que, por primera vez, se ha dejado de lado ese modo de analizar una iniciativa en términos de que si se baja un gravamen, se tiene que subir otro.

Creo que cada exención tributaria hay que discutirla en su propio mérito; es decir, aquellas que recaudan y también las que dejan de hacerlo. Y es bueno que avancemos en discutir cada política tributaria de esa manera.

En el caso específico de la exención del IVA a la construcción, quiero ser muy honesto. En mi opinión, lo mejor habría sido establecer un horizonte de eliminación con el objeto de evitar un impacto en el empleo y en los precios de las viviendas. Pienso que la modificación debería haber venido acompañada de un buen subsidio, muy bien focalizado en la clase media.

Lamentablemente, como el proyecto no resuelve ese punto, podremos discutir eternamente si una familia con un ingreso de un millón y medio de pesos constituye clase media o no. Yo creo que lo es. Es posible que en un hogar el marido y la mujer trabajen, pero eso significa que son personas de mucho esfuerzo. Y solo serán libres cuando puedan elegir si están en el FONASA o en una isapre, la comuna donde quieren vivir, la educación que desean para sus hijos, en fin. Recién ahí estarán empezando a ser ciudadanos libres.

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Para mí, quienes ganan entre 500 mil y 1 millón de pesos no son libres, pues no tienen nada que elegir. Su única opción es votar cada cierto tiempo, pero carecen de la posibilidad de decidir lo que afecta su calidad de vida.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, el proyecto contiene cuatro temáticas, todas importantes.

En cuanto a la primera, relativa al impuesto a las gasolinas automotrices, está claro que la rebaja que se plantea va en la dirección contraria de lo que se ha venido propugnando en la Región Metropolitana y en el país para desincentivar el uso del automóvil y fomentar un transporte público de calidad que la gente prefiera en lugar del vehículo propio.

El bajar el impuesto a las gasolinas y no al diésel indica claramente que se trata de un beneficio orientado a un número fijo y permanente de 17 por ciento de personas que emplean el automóvil para trasladarse. Porque, en definitiva, el 53 por ciento utiliza el transporte público. Solo el 17 por ciento -repito- usa sus autos u otros vehículos livianos.

En ese sentido, es evidente que el paso que estamos dando va a llevar, necesariamente, a un aumento de la contaminación, por cuanto en la Región Metropolitana, al menos, el 48 por ciento del material particulado respirable (PM10), el 84 por ciento de los óxidos de nitrógeno y el 91 por ciento del monóxido de carbono y los compuestos orgánicos volátiles provienen del transporte.

Estamos introduciendo una variable impresionante. Quiero recordar que, como todos lo saben, en 1997 se vendieron 175 mil automóviles. El año pasado esa cantidad ascendió a 227 mil. Y si a ello se suman los 520 mil usados -el mercado secundario-, estamos hablando de 800 mil unidades livianas anuales. Si además consideramos los camiones de carga, tenemos un desenfrenado uso del transporte a través de una disminución en el precio de los combustibles, lo que, en definitiva, anula cualquier medida en el proceso de descontaminación.

Advierto, señor Presidente, que todo lo hecho en materia de descontaminación ha apuntado, justamente, a aminorar el empleo del automóvil. Hoy, con el fracaso del Transantiago y particularmente con medidas como esta, lo que estamos haciendo es incentivar de manera fortísima la utilización del auto, en desmedro, por cierto, del transporte público que usa petróleo. Claramente, un tema pendiente tiene que ver con el impuesto específico a ese combustible, que es el empleado por la mayor parte del transporte público.

Por eso, señor Presidente, por ser contrario a lo que hemos venido pregonando durante los últimos 14 años -como desincentivar el uso del automóvil y, en especial, bajar los niveles de

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DISCUSION EN SALA

contaminación- me voy a abstener respecto de esa parte de la iniciativa, pues, en mi opinión, requiere una segunda mirada, una profundización, y porque, en definitiva -seamos claros-, afecta solo a las personas que usan vehículos propios, que alcanzan a 17 por ciento de la población. La inmensa mayoría, el 70 por ciento de los chilenos, no lo tiene. Y, aunque anhelamos que los posea, esperamos que cuando se traslade a los centros de estudio y al trabajo lo haga masivamente en un transporte público de calidad.

Por cierto, vamos a apoyar el beneficio relacionado con el impuesto de timbres y estampillas. Se trata de una promesa que habíamos hecho a las mipymes que ahora se cumple fuertemente. Así que no hay nada que agradecer: es un compromiso que se viene cumpliendo.

Por otro lado, el proyecto incentiva la compra de vehículos ecológicos o "híbridos", cuyo valor bordea los 14 millones de pesos. Quien adquiera uno de ellos no tendrá que pagar el valor del permiso de circulación durante los próximos cuatro años. Esto, desde luego, también favorecerá a un segmento muy especial dentro del 17 por ciento mencionado, mucho más reducido y que se ubica -digámoslo con claridad- en el sector de más altos ingresos o ABC 1.

En cuanto a la focalización del beneficio tributario del IVA, quiero hacer las siguientes consultas.

Ha habido un fuerte lobby de parte de las empresas del rubro. ¿Se va a aplicar el descuento a la constructora o a la inmobiliaria? ¿Cuál va a ser el elemento que servirá para diferenciar los distintos tipos de vivienda, a fin de evitar el fraude? Porque, si se va a hacer una rebaja, debemos preocuparnos de que no sea objeto de abuso. A mi juicio, deberá haber una debida explicitación y una detallada fiscalización para que ambos factores produzcan el efecto deseado y no sirvan para que se cometa fraude.

Por último, señor Presidente, quiero hacer presente que esta franquicia, que ha beneficiado al 20 por ciento de más altos ingresos, le costó al país más de 6 mil millones de dólares entre 1990 y 2006. Sin embargo, el corte claramente involucra a un segmento de la clase media, particularmente al de profesionales de altos ingresos, que va a perder la bonificación.

Creo que el debate sobre el particular fue insuficiente; deberíamos haberlo focalizado más en la exclusión de los sectores de altos ingresos.

Voto a favor del proyecto, con excepción del artículo 1º. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Señor Senador, entiendo que

rechaza una sola norma, y que, en cuanto al resto de la iniciativa, no tiene inconveniente.

Por lo tanto, habría que dividir la votación únicamente respecto del referido artículo, o bien aprobarlo con su voto en contra.

El señor NAVARRO.- No, señor Presidente, con mi abstención.

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DISCUSION EN SALA

El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- En ese caso, cuando llegue el momento se abriría la votación sobre dicho precepto, o se acogería con dos abstenciones.

Tiene la palabra la Honorable señora Matthei. El señor ORPIS.- Señor Presidente, el Senador señor García intervino también

en nombre de ella. El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable

señor Pizarro. El señor PIZARRO.- Señor Presidente, lo primero que deseo manifestar es que

el proyecto que nos ocupa no solo es necesario, sino además muy oportuno.

La rebaja del impuesto a los combustibles fue solicitada por nosotros en varias ocasiones. El tema se discutió en la Sala y me alegro de que el señor Ministro de Hacienda haya cumplido el compromiso adquirido hace dos o tres meses en esta misma Corporación en el sentido de enviar a la brevedad una iniciativa sobre el particular.

También, con la misma claridad, debo señalar que en esa oportunidad planteamos la necesidad de disminuir el precio de todos los combustibles, no solo de las gasolinas.

Aquí se ha manifestado -sobre lo cual insisto- que no haber incluido la rebaja del petróleo constituye un error. A mi juicio, no solo se trata de un error, sino, además, de la discriminación negativa contemplada en el proyecto hacia un sector tan importante como el transporte y el que no únicamente utiliza petróleo en sus vehículos, por la influencia que éste posee en una serie de áreas productivas, la cual no vale el caso analizar.

Respecto de la reducción del impuesto de timbres y estampillas, la considero sin duda una buena señal para las pymes. Estamos totalmente de acuerdo con ella. Y no queda más que respaldarla y manifestar que, ojalá, forme parte de un paquete de otras medidas necesarias de encarar de manera urgente.

Me ha tocado plantear al señor Ministro de Hacienda en algunas oportunidades que se debe enfrentar la crisis del sector de la pesca artesanal organizada en áreas de manejo o en pequeñas empresas dedicadas al cultivo de subproductos marinos, pues es tanto o más grave que la que puede estar afectando a la agricultura en todos sus niveles, debido a problemas serios con la calidad de sus productos, por los bajos precios en los mercados, por el problema de dólar.

En cuanto a los altos costos en que están incurriendo las organizaciones de la pesca artesanal, se encuentra pendiente la discusión sobre qué hacer con el pago de patentes de sus respectivas áreas de manejo, las cuales hoy día se han transformado en una mochila bastante insostenible para aquellas.

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DISCUSION EN SALA

De manera que ahí también hay otro tema en el que, a mi juicio, el Gobierno no puede seguir evadiendo su debate. En lugar de ello, debe trabajar en algunas propuestas que ayuden a ese sector.

Respecto del IVA en la construcción, me parece que el asunto debe observarse con un criterio más general.

Se trata de una cuestión muy simple. La pregunta es si la aplicación de dicho impuesto en la compra de una vivienda sube o no su costo. Creo que para los efectos de nuestro análisis, ahí debería centrarse la discusión. Por lo demás, eso se plantea la gente común y corriente que aspira a comprar una casa.

La respuesta a tal interrogante es afirmativa en el sentido de que aumenta el precio de la vivienda. Resulta lógico y evidente que al aplicarse el IVA se incremente su costo. ¿En cuánto? Esa será una discusión que tiene que ver con el mercado, con la oferta disponible, etcétera.

Por tal razón, a la bancada de la Democracia Cristiana le pareció que el proyecto original entregaba una pésima señal a los sectores medios, a los sectores emergentes.

Ahora, entrar a discutir qué se entiende por clase media lo encuentro bastante absurdo. Porque en nuestro país tanto pobres como ricos nos decimos de clase media. Aquí no hay nadie que declare no pertenecer a ella. En Chile hay muy pocos ricos. En ese grupo se encuentran los que tienen helicópteros, aviones o varias casas. En fin, eso corresponde a otro debate.

Lo concreto es que al subir el costo de las viviendas, estábamos perjudicando a sectores que para nuestro país son extraordinariamente importantes, y, a mi juicio, la señal que debía entregar el Gobierno y el Senado era de flexibilidad para buscar un proyecto que también favoreciera a esos sectores, o que no les complicara tanto la vida.

Desconozco si se trata de un acuerdo que nos incluye a todos. Me da lo mismo. Pero en verdad hemos sacado una iniciativa que va en la línea correcta. Es una buena señal para el Gobierno, y también para el Senado.

En consecuencia, apruebo el proyecto en general y cada uno de sus artículos.

El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Naranjo.

El señor NARANJO.- Señor Presidente, en primer lugar, deseo valorar la propuesta tributaria que nos ocupa, por tratarse de una materia muchas veces planteada al Gobierno, respecto de la cual, felizmente, se hizo caso.

A lo mejor, uno podría señalar que ella es insuficiente; quizás, tardía. Pero no es menos cierto que la necesidad de tomar estas medidas tributarias fue muy fuertemente expuesta hace bastantes años.

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DISCUSION EN SALA

Por otro lado, debo hacer un reconocimiento muy especial al Diputado señor Montes, por su tenacidad y persistencia en la solicitud de término de la exención tributaria en la construcción.

Aquí se han planteado muchas cosas con relación a tal materia, por ejemplo, que dicha medida podría incluso llegar a afectar el empleo.

Tengo la sensación de que, al respecto, una vez más la realidad no será como la descrita, porque los segmentos que compran viviendas de 4 mil 500 Unidades de Fomento seguirán haciéndolo por disponer de los recursos para ello.

Lo que a uno sorprende y llama la atención es que la gente de sectores más populares con acceso a la vivienda solidaria básica prácticamente recibe el mismo beneficio que las personas de ingresos bastante altos de nuestro país, y no parece justo que el monto del subsidio sea casi equivalente.

Sin embargo, señor Presidente, por la nueva situación que vive el Parlamento, y particularmente el Senado, hemos tenido que acoger el acuerdo propuesto. Nos hubiera gustado algo similar a lo sugerido en el proyecto original. Pero como la realidad de la Corporación hoy día es otra, nos obliga a aceptar este tipo de cosas que, a lo mejor, en otras circunstancias -por ejemplo, si hubiéramos actuado todos unidos como Concertación- nos habría permitido avanzar mucho más.

Reitero que como esa es nuestra realidad, deberemos marchar a este paso. No será quizás el más importante que hubiésemos querido dar. Pero entre avanzar y no hacerlo, preferimos lo primero, pues representa un logro, particularmente para los sectores más modestos de nuestro país.

Por eso, voto favorablemente en general el proyecto. El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha

emitido su voto? El señor GAZMURI.- ¿Qué estamos votando? El señor HOFFMANN (Secretario General).- La iniciativa en general. El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- Después precisaremos lo

solicitado por el Honorable señor Navarro. El señor GIRARDI.- ¿Por qué no se tocan timbres? El señor HOFFMANN (Secretario General).- Están llamando, Su Señoría. Reitero, ¿algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- ¿El señor Ministro desea hacer

uso de la palabra? El señor VELASCO (Ministro de Hacienda).- Sí, señor Presidente. No sé si esta sea la ocasión de hacerlo. Pero algunos

Senadores habían pedido ciertas clarificaciones que me gustaría hacer antes de la votación ya sea en general o en particular.

El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- Señor Ministro, puede hacer uso de la palabra si encuentra prudente y necesario intervenir ahora.

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DISCUSION EN SALA

El señor VELASCO (Ministro de Hacienda).- Aprovecho la oportunidad, señor Presidente.

Se han planteado tres puntos acerca de los cuales me gustaría que quedara en la Versión Taquigráfica la postura del Ejecutivo, a fin de tener plena claridad al respecto.

En cuanto al asunto del gas, quiero reiterar en la Sala el compromiso asumido en las Comisiones de Hacienda tanto de la Cámara de Diputados como del Senado en el sentido de que entendemos que se trata de una situación especial que afecta principalmente a algunos vehículos de la locomoción colectiva que utilizan gas, la cual se vincula a un pago fijo de los impuestos respectivos.

Por lo tanto, hemos comprometido un estudio para determinar cómo abordamos esa situación.

Segundo, en diversas discusiones habidas en la Comisión y, ahora, en la Sala, se han planteado inquietudes, preguntas que van más allá de la focalización del IVA -medida que esperamos que se apruebe hoy- y que dicen relación al diseño más general de esta política, en especial, a cuáles son los mejores instrumentos para aplicar este aporte del Estado.

Nosotros hemos comprometido estudios sobre el particular, los cuales entregaremos a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos antes del próximo ciclo presupuestario, para que así avancemos en esa discusión.

Por último, algunos señores Senadores solicitaron una clarificación respecto a cómo se procede con la devolución del IVA en la construcción. Sobre el particular, quiero reiterar el planteamiento que hizo en la Comisión de Hacienda del Senado el señor Director del Servicio de Impuestos Internos, en el sentido de que el remanente, la devolución que corresponda, se puede hacer no solamente contra los pagos provisionales mensuales, sino también contra otros tributos. Es decir, no se está buscando una modificación del régimen existente en esta materia en cuanto a cuál es el método de devolución y contra qué impuestos se puede efectuar.

Muchas gracias. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Los últimos oradores inscritos

son los Honorables señores Bianchi y Girardi. Tiene la palabra el Senador señor Bianchi. El señor BIANCHI.- Señor Presidente, la verdad es que ya se ha dicho todo

sobre la iniciativa en análisis, e incluso, muchos señores Senadores han votado.

Cabe agregar que a nosotros, como Comité Independientes, que formamos parte de esta nueva realidad -en alguna medida, respondiendo a lo señalado por el Honorable señor Naranjo-, obviamente nos preocupaba que no hubiese un acuerdo sobre el particular, pues lo considerábamos de enorme importancia para la clase

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DISCUSION EN SALA

media. Ya se podrá definir a este sector, aunque aquí se ha hablado bastante acerca de él.

En esta materia, la clase media no tiene nada que agradecer. Simplemente se le hace justicia, tanto por parte del Ejecutivo como del Senado que ahora está votando favorablemente el acuerdo. De no haber existido este, nos habríamos pronunciado en contra. Pero se llegó a entendimiento.

Nosotros fuimos parte de dicho acuerdo y nos sentimos muy honrados por ello. Se trataba de una situación que necesitaba ser reparada, pues es un beneficio orientado fundamentalmente a la clase media.

Obviamente, la rebaja del impuesto específico a los combustibles es un hecho que favorece a todo el país. Asimismo, la eliminación del impuesto de timbres y estampillas constituye algo muy positivo, dado que este impacta negativamente en la clase trabajadora, en las mipymes, en fin, en el desarrollo de Chile.

Por otro lado, siento que no estamos reparando el daño -me parece importante acotarlo- que afecta a uno de los segmentos más vulnerables de la población que tuvo la ilusión de comprarse una vivienda. Desgraciadamente, el Estado ya no entrega créditos a través del Servicio de Vivienda y Urbanización, y esa gente está obligada a contratar un préstamo en la banca privada, lo cual le ha provocado un perjuicio horroroso.

Dicha situación, a la cual el señor Presidente se ha referido con anterioridad, constituye también una de las preocupaciones de muchos parlamentarios interesados en reparar el daño sufrido por cientos de miles de personas que hoy ven aumentado el monto del crédito de su vivienda en dos o tres veces.

Ahí hay una deuda pendiente del Gobierno, del Estado, para con esa gente, por lo que pido que, en algún momento, abordemos esta materia.

Concurro con mi voto favorable, y lo hago también en nombre del Comité Independientes, que es parte, afortunadamente, de esta nueva realidad política.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi, y luego, se dará por cerrado el debate en general.

El señor GIRARDI.- Señor Presidente, estimo importante que el Ministerio de Hacienda compense efectivamente esta rebaja temporal del impuesto a las gasolinas, porque quienes usan automóviles en Chile no son los más pobres: la mayoría de la población utiliza el sistema de transporte público.

Lo único que va a generar la adopción de tal medida en las grandes urbes son problemas. La mayoría de las ciudades al sur de Santiago exhiben niveles de contaminación sobre la norma máxima permitida. Incluso, en Temuco se vive una situación bastante más catastrófica que en la Capital.

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DISCUSION EN SALA

Si en Santiago se aplicaran los estándares internacionales y no se ocultara la realidad, tendríamos 310 días sobre la norma de material particulado (PM10), y 340 días sobre lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud para PM2,5.

La situación en Temuco y Osorno es bastante más grave que la de Santiago y que la de cualquier otra ciudad del sur, porque a lo anterior se agrega la combustión de madera para calefacción.

En consecuencia, creo que esas medidas debieran ir compensadas con mayores recursos en salud, por ejemplo, en los meses de invierno, toda vez que en todas esas ciudades se producirá un aumento de los niveles de contaminación, tanto para PM10 como para PM2,5, que se harán inmanejables.

Ello se ve agravado por la equivocada política del gas natural que no tuvo oportunamente un cambio de giro, a sabiendas de que no iba a llegar ese combustible al país, dado que quienes invierten en Chile son los distintos grupos económicos, que son los que definen la política, teniendo presentes objetivos a corto plazo. Desde luego, no es su responsabilidad mirar a largo plazo, pero cuando a quien le corresponde hacerlo abdica, renuncia a esa potestad, se obtienen resultados como el que experimentó el país: gran parte de las industrias debieron cambiarse de gas a diésel o a carbón.

Por lo tanto, vamos a vivir situaciones muy insostenibles. Yo únicamente quiero llamar la atención del Congreso y del señor Ministro de Hacienda, en el sentido de que deberemos compensar los efectos que generen las medidas adoptadas, que son mucho más complejos que el solo aumento del precio del combustible.

Por otra parte, aquí se señala que la rebaja es transitoria. A mi juicio, no lo es. La crisis del petróleo será permanente; el valor del crudo llegará el presente año seguramente a los 150 dólares el barril y, el próximo, a los 200 dólares. A nivel planetario queda un stock para no más de 30 años. Por consiguiente, la apuesta a nuevas formas de energía -no solo las renovables- sería muy relevante.

Hay un científico italiano, el doctor Rubbia -que debiéramos invitar a Chile-, ganador del Premio Nobel de Física, quien ha realizado estudios muy avanzados sobre la energía de hidrógeno.

A mi juicio, nuestro Parlamento debería tener una mirada más larga y profunda acerca de lo que está ocurriendo con el tema energético.

Por su parte, la franquicia de la exención del IVA en la construcción buscaba impedir que los que representan el 5 por ciento más rico de la sociedad chilena se beneficiaran con recursos provenientes de subsidios, y que, en cambio, se favoreciera al 95 por ciento de menores ingresos.

En Chile tenemos la peor distribución del mundo. El 10 por ciento más rico percibe 40 veces más que el 10 por ciento más pobre. Seguramente, el uno por ciento más rico de Chile es más acaudalado

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DISCUSION EN SALA

que igual porcentaje más rico de Francia y Alemania, porque aquí la inequidad en materia de distribución de ingresos es dramática, y no se ha avanzado mucho.

Si de verdad se quiere apostar a focalizar recursos en la clase media, hay que pasar a una economía del conocimiento. Y eso nunca va a ser posible con una economía de recursos naturales, que se halla hiperconcentrada en no más de 20 manos. El país tiene 20 dueños, que son quienes manejan la economía de los recursos naturales, y muchas veces son los principales opositores a una economía del conocimiento que permita que las personas, por su capacidad, por su talento, por su interés en innovar, de emprender, sean parte de ella. Y esto tiene que ver con decisiones mucho más de fondo.

Creo que Chile debiera reflexionar sobre una nueva carga tributaria. La carga tributaria nacional es de 16 por ciento del producto interno bruto. Cualquier país, incluso el de la economía más liberal del planeta, como lo es Estados Unidos, tiene 30 puntos. Actualmente, con un gasto público de 21 puntos del PIB nunca daremos un salto hacia una economía del conocimiento, que es el espacio natural donde justamente la denominada clase media puede florecer.

Me parece que somos una de las naciones con mayores niveles de desigualdad y de concentración económica. El mantener una estructura económica sustentada en recursos naturales, jamás permitirá que la clase media pueda prosperar.

Hemos disminuido la pobreza, es cierto, pero con políticas sociales compensatorias. No se ha tocado un pelo de la desigualdad, a pesar de que la pobreza ha bajado de 40 a 13 puntos. Los niveles de desigualdad se mantienen intactos. Se han entregado recursos monetarios, subsidios, pero no se ha resuelto el problema estructural de la desigualdad que aún persiste en Chile.

El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor GIRARDI.- Señor Presidente, voto igual que el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Me pronuncié a favor del proyecto. El señor GAZMURI.- Señor Presidente, ¿qué se vota? El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Estamos votando el proyecto en

general. El señor HOFFMANN (Secretario General).- Repito: ¿algún señor Senador no ha

emitido su voto? El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba en general el proyecto (36 votos a

favor). Votaron la señora Matthei y los señores Allamand,

Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Escalona, Espina, Flores, Frei, García, Gazmuri, Girardi, Horvath, Kuschel, Larraín,

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DISCUSION EN SALA

Letelier, Longueira, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.

)---------( El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Antes de pasar a la discusión y

votación particular del proyecto que ocupa a la Sala, pido la comprensión de Sus Señorías para una solicitud formulada por el señor Secretario sobre una cuestión que la Mesa considera justa y necesaria.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el señor

Secretario. El señor HOFFMANN (Secretario General).- A continuación, corresponde votar

el proyecto en particular. El Honorable señor Navarro había solicitado votar

separadamente todos los artículos. Sin embargo, tengo entendido que restringió su petición al artículo 1º, respecto del cual tanto Su Señoría como el Senador señor Girardi se abstendrían.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Y también el Honorable señor Ávila.

El señor HOFFMANN (Secretario General).- Entonces, la iniciativa quedaría aprobada en particular, pero faltaría el pronunciamiento de la Sala sobre una indicación…

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Perdón, señor Secretario, pero el Senador señor Novoa pidió la palabra para…

El señor NOVOA.- Para referirme a la indicación que se presentó. Pero todavía no hemos llegado a ella.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Debemos iniciar la votación. El señor HOFFMANN (Secretario General).- Habría que someter a votación el

artículo 1º, que, según se hizo presente, se aprobaría con las abstenciones de los Senadores señores Navarro, Girardi y Ávila.

El resto de la iniciativa quedaría aprobado con la misma votación con que se aprobó la idea de legislar.

El señor NARANJO.- De acuerdo. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Si le parece a la Sala, así se

procederá. --Se aprueban el artículo 1º, con las abstenciones de

los Senadores señores Ávila, Girardi y Navarro, y el resto del proyecto, con 36 votos afirmativos, los mismos con que se acogió la idea de legislar.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el señor

Secretario. El señor HOFFMANN (Secretario General).- Los objetivos principales de la

iniciativa son:

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DISCUSION EN SALA

1) Rebajar el impuesto específico a las gasolinas automotrices durante un período de 24 meses.

2) Compensar el pago del impuesto de timbres y estampillas que efectúan las micro, pequeñas y medianas empresas.

3) Incentivar la adquisición de automóviles con tecnología ecológica, y

4) Modificar la franquicia tributaria a la construcción de viviendas.

La Comisión aprobó en general este proyecto por la unanimidad de sus miembros (Senadores señora Matthei y señores Escalona, García, Gazmuri y Sabag).

En cuanto a la discusión en particular, los artículos 1º, 2º, 3º y 4º y el artículo transitorio fueron aprobados por la misma unanimidad antes mencionada, mientras que el artículo 5º, referido a la modificación del beneficio tributario a la construcción, fue rechazado por 3 votos en contra (Senadores señora Matthei y señores García y Sabag) y 2 a favor (Senadores señores Escalona y Gazmuri).

Ha llegado a la Mesa una indicación suscrita por Su Excelencia la Presidenta de la República para reponer el artículo 5º en los términos que indica, la cual, como acabo de decir, se rechazó en la Comisión.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- En discusión general el proyecto. Tiene la palabra el Honorable señor Kuschel. El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, yo quería hacer una consulta sobre el

proyecto anterior, pero también es válida respecto del que ahora nos ocupa: qué pasa con el impuesto al diésel para los buses y camiones, que incide más directamente en los pasajes y los fletes, sobre todo en las zonas apartadas, lejanas de Santiago.

Además, me gustaría preguntar al señor Ministro de Hacienda en cuánto estima él que bajaría la tarifa eléctrica con esta reducción -entre comillas- del impuesto al diésel para la generación de este tipo de energía, y, también, en cuánto calcula que bajarían las tarifas en el caso de este impuesto que estamos tratando.

Ahora, en el caso del proyecto anterior, si aumenta la generación eléctrica, ¿bajarán las tarifas? ¿Y por qué el beneficio es transitorio si la situación negativa del IVA es permanente?

Esas son las consultas que deseaba formular. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Entiendo que esas preguntas van

dirigidas al Ejecutivo. Tiene la palabra el señor Ministro de Hacienda. El señor VELASCO (Ministro de Hacienda).- Señor Presidente, daré respuesta a

las interrogantes aquí planteadas. Respecto de la tarifa eléctrica, el sistema tarifario

determina una fórmula, que ciertamente no recuerdo en este instante -se acaba de retirar el señor Ministro de Energía-, pero el punto más genérico es el siguiente.

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La importancia clave del proyecto que recién se despachó tiene que ver con la viabilidad y la factibilidad de las inversiones futuras. Y toda inversión futura va a aumentar la capacidad de generación, con lo cual, obviamente, disminuirá la tarifa de modo paulatino.

El punto clave, como lo explicó el señor Ministro de Energía en la Comisión, radica en que al estar dadas las condiciones para que se realice de manera expedita la devolución que está contemplada en la ley, se viabilizan proyectos que de otro modo quizás no se podrían llevar a cabo. Eso nos da garantía respecto al suministro y a la generación de energía y, al mismo tiempo, en el mediano plazo, tiene impacto en la tarifa. Obviamente, sería aventurado que yo diera una cifra exacta. Pero la estimación le corresponde hacerla al Ministro del ramo.

En cuanto al petróleo, la respuesta es muy simple. Hoy el diésel tiene una tasa que corresponde a la cuarta parte de la establecida para la gasolina. Y la idea es cerrar la brecha entre ambos combustibles y no aumentarla. Porque la existencia de esa brecha es la que genera distorsiones. Por lo tanto, hemos avanzado en esa dirección.

¿Por qué es temporal el tratamiento que se le da al impuesto a la gasolina? Porque responde a circunstancias anormales, que bien podrían ser transitorias, como lo es el hecho de que hoy el crudo tiene un precio que jamás se había registrado en el mercado ni en este planeta.

Cuando valía 60 dólares el barril, se decía que era muy caro. En estos días, anda entre 108 y 110 dólares. Por lo tanto, a circunstancias inusuales, se deben aplicar tratamientos transitorios. De modo que en dos años más, con más información sobre la mesa, se podrá proceder en los términos en que el Ejecutivo y el Parlamento dictaminen en ese momento.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Gracias, señor Ministro. Se abrirá la votación y se continuará con la intervención

de los señores Senadores. --Durante la votación. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable

señor Navarro. El señor NAVARRO.- ¿Se votará primero en general el proyecto? El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Conforme a lo acordado por los

Comités, se votará en general, y luego, en particular, señor Senador. El señor NAVARRO.- Pido votar artículo por artículo. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Muy bien. Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez. El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente, la discusión sobre la aplicación del IVA a

la construcción históricamente se produjo debido a que esta actividad estaba excluida del cobro del impuesto al valor agregado.

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Las empresas perdían como crédito lo que gastaban en las construcciones. Por lo tanto, se impulsó la aplicación del IVA a todo tipo de edificaciones, con excepción de las viviendas, a fin de que este aumento de tributos no incrementara los precios. Y se llegó al cálculo del 65 por ciento como descuento del IVA, en razón de que se estimaba que aproximadamente un tercio de la actividad de la construcción que no estaba cubierta con el IVA correspondía al pago de los trabajadores que laboraban en ella. Y así se extendió este beneficio a toda clase de viviendas.

¿Cuál es la situación actual? Hoy, de no aprobarse o de no mediar este proyecto, las construcciones de 500 mil, de un millón o de dos millones de dólares, ubicadas en la parte alta de Santiago, al borde de un lago, en alguna isla o en una playa exclusiva, simplemente seguirían beneficiándose con el 65 por ciento de descuento del IVA a la construcción.

Con motivo de la tramitación de la Ley de Presupuestos, solicité un informe sobre la materia. Resulta que el 80 por ciento de ese beneficio lo obtiene el quinto quintil de la población, en tanto que el primer quintil recibe menos de 3 por ciento.

Y esta franquicia se encuentra mezclada con otros beneficios que hoy existen en la construcción. Específicamente, me refiero al DFL Nº 2, de 1959, que establece que aquellas propiedades afectas a esta normativa estarán exentas de impuesto a la renta por las utilidades que puedan generar sus arrendamientos.

En la actualidad, la gente que se dedica al negocio inmobiliario obtiene el beneficio del IVA y además no paga renta por los alquileres que percibe. Sin embargo, la concreción de los proyectos tendientes a facilitar el mejoramiento de la vivienda por la vía de programas de protección del patrimonio familiar -sea para la ampliación de estas o el embellecimiento de su entorno-, que incluso están subsidiados por el Estado, pagan IVA.

Nos encontramos con un absurdo total. La medida en comento la entiendo como un primer paso

mínimo, por lo que la votaré a favor. Pero reclamo que, como muchos otros aspectos de la legislación tributaria actual, lo que estamos haciendo es, sinceramente, mantener un esquema tributario absolutamente inequitativo, que agrava las inequidades del ingreso y de la distribución de la riqueza en el país, lo que no es permisible ni aceptable en el futuro.

Por las razones expuestas votaré a favor del proyecto, entendiéndolo como un primer paso que el país necesita dar en esta materia.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Solicito la anuencia del Senado para que ingrese el señor Alberto Arenas, Director de Presupuestos.

--Se accede.

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DISCUSION EN SALA

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Escalona.

El señor ESCALONA.- Señor Presidente, esta iniciativa, como se ha señalado, alcanzó la unanimidad de la Comisión de Hacienda en lo referente a la rebaja del impuesto específico a las gasolinas automotrices, de 6 a 4,5 UTM por metro cúbico.

Esa es la medida más llamativa de este proyecto, que, sin duda, tiene efectos importantes para los consumidores, dada el alza del precio del combustible, motivada especialmente por la vertiginosa elevación del valor del petróleo en los mercados internacionales.

Al mismo tiempo, la iniciativa en debate promueve el uso de vehículos con motores que combinan electricidad y combustible (inserto en lo que se ha denominado “tecnologías híbridas”) mediante el otorgamiento de un beneficio tributario, con el propósito de disminuir el consumo de gasolinas y contribuir a la descontaminación del medio ambiente.

Otra medida igualmente relevante es la de adelantar para 2008 la entrada en vigencia de la reducción general de la tasa del impuesto de timbres y estampillas, que estaba prevista para enero de 2009. Para las micro, pequeñas y medianas empresas, eso implicará un impacto financiero bastante significativo, porque quedarán en ellas 35 mil millones de pesos que el Fisco dejará de recaudar.

Todas esas medidas, por cierto, son bien recibidas. Y, como expresé, fueron objeto de acuerdo unánime en la Comisión de Hacienda.

El desacuerdo se produjo en el artículo 5º, que establecía el término de la exención del IVA para las viviendas con valores superiores a 4 mil unidades de fomento; la mantención del beneficio para las de precios inferiores a 2 mil, y una medida de transición para las del tramo ubicado entre 2 mil y 4 mil.

Ello motivó una serie de ajetreos parlamentarios, y no solo desde el punto de vista de la revisión de los antecedentes legislativos: también hubo una rápida y vertiginosa disquisición sociológica tendiente a establecer qué es la clase media.

En verdad, señor Presidente, el trajín destinado a determinar lo que es la clase media no fue muy fructífero. Primero, porque no hubo acuerdo, y luego, porque se empezó a usar la expresión de una manera bastante discutible, hasta definir como de clase media a las personas que se hallan en condiciones de adquirir viviendas de aproximadamente 80 millones de pesos, y no solo una, sino varias: la residencia habitual, la casa de veraneo, instalaciones en la nieve, en fin.

Se produjo -como dirían los economistas- una “elasticidad” en el empleo del concepto de clase media, que fue llevado a fronteras francamente insospechadas.

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DISCUSION EN SALA

A través de ese ejercicio, se llegó a definir como de clase media ¡a parte de los sectores más acomodados de la población...!

Como en ese plano no se llegó a acuerdo, hubo parlamentarios que, con el fin de que de todas maneras se aprobara esa parte del articulado, desplegaron esfuerzos de buena voluntad para efectuar un redefinición que permitiera contar con los votos necesarios para tal efecto.

Por ese motivo, se propuso en primer lugar subir de 150 a 225 unidades de fomento el tope para acceder a la franquicia tributaria. Ello significa dejar completamente exentas del impuesto pertinente viviendas que, a precios actuales, se sitúan bajo los 54 a 55 millones de pesos, para iniciar desde ahí la transición.

Eso era hasta ayer, en que quedaba una franja desde los 55 millones...

Parece que terminó mi tiempo. El señor ÁVILA.- ¡Es el tiempo de la clase media...! El señor COLOMA.- ¡Una víctima más...! El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador

señor Sabag. El señor SABAG.- Señor Presidente, no cabe duda de que este proyecto, que el

Ejecutivo presentó con “suma” urgencia, es altamente conveniente para los habitantes de nuestro país, por cuanto, entre otros efectos, provocará una rebaja considerable en el precio de las gasolinas (hoy es muy elevado, por el alto valor que ha alcanzado el petróleo): 50 pesos o más por litro.

Ello, por supuesto, beneficiará a todos los automovilistas y, además, contribuirá a que la inflación no sea tan elevada.

Por eso el apuro en el despacho de la iniciativa, para que la rebaja empiece a regir, ojalá, a contar de la próxima semana.

Asimismo, se propone una importante medida con respecto al impuesto de timbres y estampillas, consistente en eliminarlo definitivamente para las pequeñas y medianas empresas (aquellas con ventas anuales de hasta 2 mil millones de pesos). De modo que miles de pequeñas y medianas empresas quedan exentas de ese tributo, que es sumamente alto: 1,6 por ciento. Y para el resto de los contribuyentes se reduce a 1,2 por ciento.

Cuando la tasa de interés es de 5 ó 6 por ciento anual y solo por concepto del impuesto de timbres y estampillas se paga el 1,6 por ciento, resulta evidente que los productores de nuestro país -gente que genera actividad- soportan una carga excesiva.

Como se expresó, fueron aprobados por unanimidad todos los artículos, menos el 5º, referido a la franquicia del IVA a la construcción, beneficio directo para los adquirentes de viviendas.

Cuando discutimos esta materia en la Comisión de Hacienda, pedí que se postergara la votación hasta la tarde, porque nos encontrábamos en negociaciones con el Ejecutivo, que estaba muy

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DISCUSION EN SALA

llano a acoger nuestras demandas. Sin embargo, no se aceptó la solicitud y se nos obligó a pronunciarnos en esa oportunidad. Yo llevaba el mandato de los cinco Senadores de la Democracia Cristiana; y, compelido a votar en esas circunstancias, por supuesto que rechacé el artículo 5º, en la esperanza de seguir conversando con el Gobierno.

La propuesta de la bancada de Senadores democratacristianos era subir de 2 mil a 3 mil unidades de fomento el umbral para acceder a la franquicia tributaria completa; para viviendas de 3 mil a 4 mil UF, fijar un tope de 225 unidades de fomento.

Entiendo que la indicación posterior del Ejecutivo habla de 4 mil 500 UF.

Señor Presidente, nosotros estamos convencidos de que de aquella manera se da a mucha gente la posibilidad de mirar un poco más arriba.

¡No nivelemos para abajo, sino para arriba! Analicemos el caso de dos profesionales jóvenes que se

casan, tienen familia y juntan una renta de 1 millón 800 mil pesos. Eso los acredita ante un banco como sujetos de crédito y les permite acceder a una vivienda pagadera a 20, 25 ó 30 años, con un dividendo de 300 mil a 400 mil pesos mensuales.

Honorable Senado, ¿es rico ese matrimonio por comprar una casa digna para él y para sus hijos?

Por ello, señor Presidente, hemos defendido a ese segmento de habitantes de nuestro país, que puede estar constituido por pequeños y medianos propietarios. Luchamos por ellos. Y creo que el Gobierno nos ha escuchado.

Aquí no todos pensamos igual. Esa es la diferencia que podemos tener.

Yo respeto todas las opiniones, pero también exijo respeto para nuestra posición.

Señor Presidente, junto con agradecer al Ejecutivo el haber acogido nuestra proposición, anuncio que vamos a votar favorablemente la iniciativa.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Señores Senadores, le concederemos dos minutos adicionales al Honorable señor Escalona a fin de remediar la injusticia mecánica del sistema que le impidió terminar su argumentación.

Espero que alcance a hacerlo en el tiempo indicado. Tiene la palabra Su Señoría. El señor ESCALONA.- Me voy a apurar. Señor Presidente, desde mi punto de vista, lo más

negativo ha sido subir de 4 mil a 4 mil 500 unidades de fomento -ello equivale a viviendas de sobre 90 millones de pesos- la cifra a partir de la cual se elimina la exención tributaria en comento.

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DISCUSION EN SALA

Eso significa que la recaudación fiscal inicial, calculada en 95 mil millones de pesos, se reducirá a 62 mil millones. Y la diferencia de 33 mil millones beneficiará a los sectores más ricos de la población.

Tal situación es inexplicable e impresentable. Porque no se puede sostener que se trata de inmuebles para la clase media.

Por lo tanto, lamento profundamente lo sucedido y, además, el hecho de que se utilice el expediente de que, de no aceptarse ese condicionamiento, simplemente no habrá artículo sobre la materia. O sea, en el fondo, dicho procedimiento constituye una verdadera imposición.

Señor Presidente, con el objeto de que el Estado pueda recaudar al menos 62 mil millones de pesos, de los 95 mil millones iniciales, votaremos a favor de la norma pertinente. Pero lo cierto es que no estamos concurriendo a un acuerdo, sino lamentando que el concepto “clase media” se emplee con fines por completo arbitrarios.

Muchas gracias. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- A continuación se halla inscrito el

Senador señor Letelier, quien no está en la Sala. Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra. El señor MUÑOZ BARRA.- Señor Presidente, he escuchado a algunos

parlamentarios referirse a la clase media. Y se efectúa una disección bastante contundente y que hace aparecer como muy injustos algunos beneficios que ese sector tiene en la actualidad.

La verdad de las cosas -quiero ser muy sincero- es que durante las campañas políticas siempre se rinden grandes homenajes a la clase media. Sin embargo, ahí no se realizan estas disecciones tan fuertes, tan duras, en las que se la engloba en el segmento económico más alto.

Es cierto que -como decía un señor Senador- cuesta definir dónde empieza la clase media y dónde termina.

Si miramos la realidad que conocemos en nuestras Regiones y en el resto del país, concluimos que a menudo se considera de clase media al trabajador especializado, quien percibe una renta de cierto nivel; a muchos funcionarios públicos, y, también, a profesionales.

Ellos forman parte de una clase media que existe en Chile y a la cual -repito- generalmente se le tributan innumerables homenajes, porque provienen del estrato más modesto de nuestra sociedad y han sido verdaderos motores que han contribuido al desarrollo del país.

Señor Presidente, ciertas autoridades han señalado que los siete primeros deciles -esto es, el 70 por ciento de los chilenos- perciben ingresos por debajo del promedio de la renta nacional.

Se han indicado dos cifras, pero no sé cuál es la precisa. Algunos afirman que la norma involucra a gente con sueldos de 600 mil a 680 mil pesos; otros, a aquellos que ganan un millón 800 mil pesos.

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DISCUSION EN SALA

Un señor Senador decía que la franquicia tributaria se focalizaría en las propiedades de un valor inferior a 54 millones de pesos. Yo no sé si estoy muy alejado de la realidad, pero conozco a profesionales que han adquirido en Providencia departamentos de 95 a 97 metros cuadrados en un precio que fluctúa entre 70 y 80 millones de pesos.

¡Ninguna persona de elevados recursos o que pertenezca -como se ha indicado aquí- a grupos privilegiados económicamente se va a ir a vivir a esa comuna en un departamento de 95 metros cuadrados!

Y hay múltiples ejemplos. Podría mencionar a profesores, periodistas, médicos, abogados, a un sinfín de gente que trabaja en los ámbitos público o privado.

En consecuencia, concuerdo totalmente -y no estoy volviendo hacia atrás en una convicción- en que los Gobiernos deben entregar un fuerte incentivo a quienes poseen menos. Y los de la Concertación lo han hecho: desde 1989, la pobreza ha disminuido de 40 a 13,7 por ciento, y la indigencia, a 3,6 por ciento.

Sigamos actuando en tal sentido. ¿Pero por qué bloquear tanto algunos beneficios para la

clase media, la que, aparte no saberse bien dónde empieza ni dónde termina, no percibe ningún tipo de subsidio? Para quienes la conforman no existen becas en institutos profesionales, ni en universidades, ni en otros establecimientos de educación superior. Incluso, los hijos de muchos de ellos quedan fuera del crédito con aval del Estado.

Entonces, ¿de qué estamos hablando? ¿De una clase media a la que solo es factible ubicar en los deciles más altos de la sociedad?

¡No es así! ¡No es cierto! Por eso, pese a que la rebaja del impuesto específico a las

gasolinas automotrices es incuestionablemente justa, me habría gustado que estas dos propuestas formuladas por el Ejecutivo hubiesen venido en proyectos separados, para que se analizara y aclarara aquí, en esta Sala, qué es la clase media; quiénes la componen; si todavía tenemos una deuda con ellos, y si aún continúan siendo “la mortadela del sándwich”, a la que por donde le den un mordisco le sacan un pedazo.

Señor Presidente, en Chile la clase media está cada día más abandonada. Y esa es la razón por la cual se ha ido achicando y nivelando hacia abajo y no hacia el medio ni hacia arriba.

Lamentablemente, se nos puso contra la espada y la pared, y deberemos aprobar la iniciativa, porque -yo diría- en forma muy inteligente se colocó la disminución del impuesto a las gasolinas junto con esta otra medida.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador García.

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DISCUSION EN SALA

El señor GARCÍA.- Ante todo, quiero manifestar que la Senadora señora Matthei me solicitó intervenir también en su representación, dado que debe atender otras obligaciones y no alcanzará a hacer uso de la palabra sobre este proyecto de ley.

Señor Presidente, estimados colegas, nosotros estamos de acuerdo con la rebaja del impuesto a los combustibles. Lo que no entendemos es por qué, si ella no tiene compensación, viene amarrada en el texto del proyecto a la que experimente la franquicia tributaria en la actividad de la construcción. Una cosa no tiene nada que ver con la otra.

En seguida, compartimos lo del término del impuesto de timbres y estampillas para la pequeña y mediana empresa. Es algo que hemos venido pidiendo durante mucho tiempo, y, por tanto, celebramos y -¿por qué no decirlo?- agradecemos al Ejecutivo que haya acogido esa propuesta, tan sentida y transversal entre los distintos partidos políticos representados en el Congreso.

No obstante, como muy bien lo manifestó el Senador señor Muñoz Barra, no había para qué amarrar esa materia con la disminución de la franquicia del IVA en la construcción. Esto último perfectamente podríamos haberlo visto en una iniciativa que se tramitara aparte, y estoy seguro de que hubiéramos logrado un acuerdo, tal como en la mañana.

Hemos llegado a una coincidencia en el sentido de que las viviendas cuyo valor sea de hasta 3 mil unidades de fomento mantendrán el 100 por ciento de la franquicia, en tanto que de 3 mil una unidades de fomento y hasta 4 mil 500 se obtendrá una franquicia fija de 225 unidades de fomento. Nos parece que esa es la justa recompensa que el Fisco puede otorgar a la clase media emergente, a quienes, con su esfuerzo, su perseverancia, su trabajo, han logrado ser técnicos, profesionales, y, luego de ahorrar peso a peso, acceder a una vivienda de 2 mil UF, de 2 mil 500 UF, de 3 mil UF, de 4 mil UF. Porque ningún gran capitalista vive en una casa de 4 mil unidades de fomento, ni en una de 4 mil 500, que es el límite fijado.

Por eso, señor Presidente -y tal como les he escuchado decir muy bien a los parlamentarios que me han antecedido en el uso de la palabra-, porque tenemos la obligación de tender la mano y apoyar a la clase media, a la gente que ha salido adelante por sí misma, creo que es de plena justicia este aporte que brinda el Estado para la adquisición de una vivienda,

Sé que ello se compara con lo que entregamos a las familias más modestas, a las más humildes. Y esa comparación es razonable, pero no para hacer demagogia. Porque mientras a una familia pobre se le otorga prácticamente 100 por ciento del financiamiento para adquirir una vivienda, a estas otras les estamos dando, en algunos casos, menos de 5 por ciento del valor, sin considerar que financian su salud, su educación, sus impuestos, sus

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DISCUSION EN SALA

contribuciones de bienes raíces y constituyen, en consecuencia, un aporte para toda la sociedad y, también, para el Fisco. Por eso, lo hecho es de absoluta justicia.

Señor Presidente, hace solo unos minutos me he dado cuenta de algo y le pido a los señores Ministro de Hacienda y Director de Presupuestos, presentes en la Sala, que revisemos un inciso de la indicación propuesta por el Ejecutivo. La parte a que me refiero dice: "No obstante lo señalado en los incisos anteriores, hasta el día 30 de junio del año 2009, las empresas constructoras tendrán derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta el 0,65 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar en la venta de bienes corporales inmuebles para habitación".

Ocurre que la norma actual es mucho más amplia y les permite no solo hacerlo mediante los pagos provisionales obligatorios, sino también cuando no exista la obligación de efectuarlos. Y, por lo tanto, pueden efectuar una imputación a cualquier impuesto de retención. Estimo que ello debemos arreglarlo.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.

El señor GARCÍA.- Pensé que los integrantes de la Comisión contábamos con algunos minutos más.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Su Señoría puede terminar la idea.

El señor GARCÍA.- Dejaré hasta ahí mi intervención, señor Presidente. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable

señor Coloma. El señor COLOMA.- Señor Presidente, el proyecto solo se comprende en la

lógica de que se registran algunas dificultades en la economía. Y está bien que ese sea el supuesto: hoy se enfrentan problemas de crecimiento, de inflación y de competitividad.

Y, si no, es cosa de leer los indicadores que, en forma permanente, entregan las autoridades financieras; o de entender por qué el Banco Central sube y sube la tasa de interés y genera una brecha cada vez mayor con el resto del mundo; o de preguntar a los exportadores, particularmente a los agricultores, lo que está sucediendo, porque, desde mi perspectiva, se está "acogotando" a un sector que ha sido fundamental para el desarrollo de Chile y que hoy tiene cada vez menos opción de competir.

Parte del paquete que plantea el Ejecutivo dice relación a medidas compensadas -el actual es un Gobierno que tiene mucha plata y me sorprende que siempre pida una compensación, sin realizar nunca un gasto efectivo-, pero también se consideran otras no compensadas y que se refieren al impuesto a las gasolinas.

Por mi parte, me parece absolutamente insuficiente la rebaja del impuesto a los combustibles. ¡Absolutamente insuficiente!

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DISCUSION EN SALA

Estamos hablando de 1,5 UTM por metro cúbico. Si se va a hacer un esfuerzo para el crecimiento, para disminuir la inflación y para crear más competitividad, no comprendo por qué no se reduce el tributo, en forma sustancial, a cero.

¿Por qué lo digo? Respecto del crecimiento, porque, obviamente, sabemos la especificidad de la demanda de gasolina. Si esta baja algo su precio no significa que se vaya a duplicar o triplicar el consumo. Siempre nos han dicho que, como se trata de algo relativamente inelástico, el alza o la baja del precio no provoca tanto efecto en el consumo y, al subir el valor básico, no se generan tantos tributos adicionales. En consecuencia, sería una inyección importante para el crecimiento y permitiría mayor disponibilidad de recursos para los chilenos.

En seguida, constituiría una ayuda muy potente para bajar la inflación. Esta medida, según la autoridad, significa 0,5 punto, aproximadamente. Si el impuesto quedara en cero, ello representaría una disminución de dos puntos. Y estos serían claves para generar un efecto que evitara que se siguiesen desalineando las tasas de interés.

Por último, existiría un incentivo para la apreciación del dólar que haría que los agricultores, los exportadores, la gente que vive en el campo y que muchas veces se halla tan olvidada, pudieran tener a lo menos un respiro hacia adelante.

Ahora bien, serán otros los que se aboquen a la determinación de si el IVA debe o no ser compensado.

De partida, pienso que el Gobierno no puede andar buscando compensaciones a cada rato. Sería bueno que, con decisión, se metiera la mano al bolsillo, sin peticiones para ir "a medias en la parada".

Pero, a todo evento, creo que estamos perdiendo una oportunidad sustancial para disponer una medida económica que realmente cambie la forma de ver el crecimiento, la inflación y la competitividad.

Se puede decir que el costo total es de aproximadamente 900 millones de dólares. Eso es lo que exponen los economistas. Dicho sea de paso, ese monto no alcanza siquiera a equivaler a un Transantiago. Pero, en forma adicional, entendamos que lo que puede ocurrir a la inversa solo en materia cambiaria cabría que fuera algo mucho mayor.

No sé hasta cuándo va a aguantar una economía con las tasas desalineadas y los "capitales golondrinas" que, lamentablemente, existen en el país. Por eso, no tuve problemas en plantear la situación del encaje, en su momento. En la actualidad, las mesas de dinero mueven alrededor de 2 mil millones de dólares diarios, en circunstancias de que la economía real produce 300 ó 400 millones, y con los instrumentos considerados se calculaba que iban a ser 800

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millones. O sea, existe un aprovechamiento por la diferencia de tasa. Y ello es lo que mantiene trancado, adicionalmente, el precio del dólar.

Entonces, es preciso pensar en las oportunidades. Ha de creerse en la gente, en la iniciativa, en que los incentivos apuntan correctamente, y, de esa forma, en dar una mano mínima al sector exportador, que vive uno de los momentos más dramáticos de su historia reciente.

Algunos economistas dicen que lo que ha de hacerse es bajar más el gasto público. Es cierto: ello influye de manera decisiva en el precio. Mas lo que puede depender de nosotros -de la actual autoridad económica y del Parlamento- es la aplicación o no de una idea que se halla bien inspirada, pero que, claramente, no posee el ancho necesario para cambiar la situación económica del mundo agrícola.

Por ello, y sin vincularme al resto, planteo la insuficiencia de una medida que, desde mi perspectiva, estaba llamada a hacer historia y que ahora será solo un paréntesis.

He dicho. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador

señor Gazmuri. El señor GAZMURI.- Señor Presidente, el sentido principal del conjunto de

medidas que propone el Gobierno es el de ser un aporte para enfrentar la situación económica compleja que vive el país. Y, en esa perspectiva, creo que se hallan bien orientadas.

La disminución del impuesto a la gasolina tendrá un impacto en los consumidores. Si a ello se suma la ampliación del Fondo de Estabilización de los Precios del Petróleo, significará una reducción del orden de cien pesos en el valor del combustible, lo que, sin duda, repercutirá en la economía, básicamente, de todos los ciudadanos que ocupan automóvil, que corresponden más bien a sectores medios, pues los sectores populares se movilizan, en general, en el transporte público. Y es algo que también incidirá de modo favorable en la inflación, otra de las preocupaciones que todos los chilenos compartimos.

La eliminación del impuesto de timbres y estampillas para las pequeñas y medianas empresas constituye, asimismo, una reivindicación que ese sector ha planteado durante muchos años.

Si bien con un impacto menor, la iniciativa de estimular en el parque automotor las tecnologías menos contaminantes y que emplean combustibles más limpios me parece igualmente bien orientada.

En consecuencia, considero que se trata de criterios que apuntan en una dirección correcta, aunque no son suficientes para enfrentar el conjunto de problemas que padece la economía.

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Lo siguiente lo señalaré solo de pasada, pues sobre ello quisiera que el Senado efectuara un debate más a fondo. Por eso, vamos a proponer celebrar una sesión especial sobre el particular.

Tenemos una dificultad muy seria en cuanto a que, desde el punto de vista macroeconómico, la política monetaria y la fiscal no están siendo convergentes, sino lo contrario. Existe una política fiscal responsable, que busca los equilibrios macroeconómicos, que acumula reservas internacionales -incluso, a veces parecen desproporcionadas- precisamente para no acelerar la apreciación del peso y la baja del dólar. Pero, por otra parte, el Banco Central tiene una política de tasas de interés completamente incomprensible.

Porque todo el mundo sostiene, incluidos el Instituto Emisor y don Vittorio Corbo -así lo expuso el año pasado-, que las causas de la inflación en Chile son básicamente externas. Se menciona lo que ya conocemos: el aumento del precio del petróleo a niveles inusitados y de los alimentos en el mundo, en particular los granos, a lo que se agregan algunas causas estacionales, como la sequía del año pasado, que ha impactado severamente en los valores de algunas hortalizas.

Y cabe recordar que la nuestra no es una economía sobrecalentada y que no existe un nivel de gasto excesivo.

Entonces, no veo por qué, para frenar la inflación, se suben las tasas de interés. Porque el Banco Central podría llegar a tasas de 9 por ciento y no bajaría un peso el petróleo, ni los granos, ni tampoco cambiaría la escasez de lluvias del año pasado.

En consecuencia, nos encontramos ante un problema muy importante, que se relaciona con nuestra institucionalidad. Lo hemos planteado más de alguna vez. Hace muchos años, con el Senador señor Ominami manifestamos que había que revisar la institucionalidad del Instituto Emisor. Porque todos los bancos centrales del mundo cuentan con algún mecanismo mediante el cual, sin que pierdan su autonomía, se pueden corregir las divergencias entre la política fiscal y la monetaria. Y en Chile de la divergencia no se hace cargo nadie y no hay mecanismos para resolverla.

Repito que estamos ante un problema muy serio. El diferencial de tasas a mi juicio no es razonable.

En tal sentido, creo que el Ejecutivo debería usar sus pocos mecanismos disponibles para plantear la divergencia. El Ministro de Hacienda por lo menos tiene el derecho de hacerse escuchar por el Banco Central antes de que se tomen las decisiones respectivas.

El Instituto Emisor se escuda en que su único mandato consiste en controlar la inflación. Y si, por cumplirlo, se nos viene abajo, debido a una mala política, la fruticultura, que ha costado veinte años levantar, ¿quién va a responder? ¿El Consejo del Banco Central? No, el Gobierno, el Parlamento, las autoridades políticas.

Ese es el tema de fondo, aunque no el único.

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La responsabilidad del Instituto Emisor es la política monetaria. Mas, para resolver acerca de ella, debiera tener una mirada como la de la Reserva Federal, que sale en recuperación activa de la economía estadounidense. No planteo que hagamos lo mismo. Pero el Consejo del Banco Central dice: “Para las cuestiones de empleo, de crecimiento, vayan al frente, al Ministerio de Hacienda, al de Economía. Nosotros respondemos por la inflación”.

Se trata de un asunto mayor. Por lo tanto, solicitaré una sesión especial para abordar

esta materia. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador

señor Muñoz Aburto. El señor MUÑOZ ABURTO.- Señor Presidente, el proyecto en análisis reviste

una enorme importancia para el país y, en particular, para los dueños de vehículos, que han visto aumentar de manera sostenida el precio de los combustibles.

Ciertamente, la rebaja de cincuenta pesos por litro de bencina constituye una medida largamente esperada y que supondrá un alivio para miles de hogares.

Sin embargo, quisiera expresar mi inquietud por la discriminación que se realiza con los usuarios de gas vehicular. En Magallanes, y también, poco a poco, en otras Regiones, miles de ellos no se beneficiarán con la rebaja en comento.

Es efectivo que no se han visto afectados por alzas de precios, como los usuarios del petróleo, pero asimismo merecen, como ha señalado la Presidenta de la República, que se pongan algunos recursos en sus manos.

Recuérdese que los de Magallanes, fundamentalmente dueños de colectivos, han visto incrementarse el valor del impuesto específico, de acuerdo con las modificaciones legislativas, tras eliminarse el beneficio del que gozaban. Es verdad que se encuentran sujetos todavía a un régimen transitorio favorable respecto del impuesto de régimen, pero también lo es que hoy pagan más que hace algunos años.

Entonces, no entiendo por qué no se favorecen con la rebaja, más aún cuando se da el contrasentido de que la iniciativa en análisis pretende promover el uso de energías alternativas al petróleo y limpias, como las utilizadas en los autos híbridos.

Señor Ministro, ¿por qué no rebajar la parte fija del impuesto al gas por dos años? ¿Por qué no facilitar la conversión en autos a gas, como he propuesto en un proyecto? ¿Por qué no subsidiar a los convertidores?

En su lugar, se propone una medida que, a mi juicio, solo beneficiará a compradores esnobs de vehículos de alto valor y que no tendrá impacto alguno ni en la reducción del consumo energético ni en la descontaminación de nuestras ciudades.

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Por otro lado, me parece muy signi f icativa la disminución del impuesto de t imbres y estampi l las, y, en especial , la l imitación de la franquicia que permite a las constructoras recuperar parte del IVA.

Este es quizás el benefic io tributario de peor focal ización de cuantos existen en nuestra legislación. Ha signi f icado entregar solo en los últ imos dos años lo siguiente: 463 mil lones de dólares en 2006 y 512 mil lones en 2007. Y se proyectan 563 mil lones para el presente año.

Gracias a este incentivo perverso, inmuebles construidos en Chicureo y en el barrio alto, que l legan a costar hasta 10 mi l UF, reciben un aporte estatal , f inanciado por todos los chi lenos, superior al valor de una vivienda social .

Uti l izando una expresión que escuché al ex Ministro Nicolás Eyzaguirre con relación a otra materia, este es un verdadero “Hood Robin”; o sea, Robin Hood al revés. Con dineros de los más pobres se f inancia a quienes t ienen más recursos.

No quiero decir que sean ricos; ni s iquiera me atrevo a cal i f icarlos de clase media. Lo que sí resulta cierto es que cuentan con más posibi l idades que la media de la población.

Creo que precisamente esa es la discusión de fondo y respecto de la cual necesitamos un acuerdo, así como también acerca del resultado que se busca alcanzar.

Yo no sé si un matrimonio que gana un mi l lón y medio o 2 mil lones de pesos mensuales es r ico. Probablemente no, pues tendrá gastos en educación, en transporte, en salud, en vivienda y otros. Quizás l leva un estándar de vida moderado o razonable.

Pero ese no es el punto. El asunto radica en que, debido a la mala distribución de ingresos existente en el país, lamentablemente ese matrimonio se hal la, sin duda, entre los sectores más acomodados de la sociedad.

De manera habitual se uti l izan en estas discusiones términos f lexibles y ambiguos como “clase media” y “pyme”, sin que se sepa a ciencia cierta de qué se está hablando. A mi entender, necesitamos algún acuerdo sobre tales conceptos, tanto para este como para otros proyectos.

Señor Presidente, creo que el anál isis debe ser más objetivo. Veamos las encuestas CASEN, la Ficha CAS, la Ficha Famil ia y otros instrumentos, y pongámonos de acuerdo en qué entenderemos por “clase media”. De lo

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contrario, con la mejor intención, se terminará benefic iando a gente que tal vez no es r ica -yo no digo que lo sea- pero que se encuentra en una si tuación mucho mejor que el resto. Lamentablemente, toda pol í tica públ ica requiere una prior ización: elegir a unos y dejar a otros.

Ahora, mirado ya no desde los benefic iarios -incluso suponiendo que tales personas pertenecen a la clase media y que necesitan ayuda del Estado-, s ino respecto del objetivo, cabe anal izar bien el que se persigue. ¿No es razonable que el Estado imponga ciertos l ímites? Resulta lógico que el Fisco diga: “Perfecto, s i usted quiere comprar una vivienda, yo lo ayudo; pero lo hago para que adquiera no la casa que desee, sino una que le permita vivir dignamente”.

He dicho. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el

Senador señor Ominami. El señor OMINAMI.- Señor Pres idente, quiero expresar mi

satisfacción y mi acuerdo con este proyecto. Por desgracia, en ocasiones anteriores discrepé

de algunas inic iativas del Ejecutivo -de este Gobierno y del anterior- en materia tr ibutaria. No es el caso en esta oportunidad.

Creo que la normativa en estudio está bien planteada, aunque no consti tuye, por cierto, una solución global a los problemas económicos que afectan a nuestro país.

Comparto plenamente lo expresado por el Honorable señor Gazmuri en el sentido de que estamos viviendo una si tuación económica muy inquietante desde el punto de vista productivo.

Chi le no tendrá -el lo resulta evidente- una cris is como las que tradicionalmente sufría: de balanza de pagos, de f inanciamiento externo. Al respecto nos encontramos bl indados por los próximos 5, 10, 15 o, a lo mejor, 20 años. Pero ahora corremos el r iesgo de una crisis productiva y otra de empleo, a consecuencia del deterioro cambiario.

Hay una sesión especial c i tada para tal efecto. Estimo que será de gran relevancia dar nuestras opiniones y tratar de inf luir de modo posit ivo en el curso de los acontecimientos.

Volviendo al proyecto, señor Presidente, considero bueno ayudar a las pequeñas y medianas empresas, así como a los consumidores, y corregir la gran

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inequidad que representa la franquicia tr ibutaria en comento.

Comparto, además, el hecho de que estas materias se discutan en conjunto, porque lo que se intenta hacer aquí es compensar lo que el Estado dejará de recaudar por la disminución del impuesto de t imbres y estampi l las para las pequeñas y medianas empresas con la reducción del crédito f iscal asociado a la franquicia tr ibutaria a la construcción.

En el caso de los combustibles no existe compensación, pues se trata de una rebaja temporal, no permanente.

¿Por qué resulta importante dicha compensación? Porque, más al lá de la bonanza f iscal -producto de los excedentes-, es muy relevante que en las discusiones tr ibutarias se resguarde la sol idez de las f inanzas públ icas, no solamente en el corto plazo, sino también en el mediano y en el largo. Ese es el tema de fondo.

Resulta muy fáci l votar inic iativas que impliquen rebajar impuestos. Es bastante más di fíci l aprobar proyectos que signi fiquen disminuir franquicias o, eventualmente, aumentar tr ibutos. Por eso, considero lógico que estas materias se estudien en conjunto.

Dicho esto, señor Presidente, quiero entregar algunos antecedentes adicionales respecto de la disminución del 65 por ciento del IVA a la construcción de viviendas, que consti tuye el asunto de fondo.

Tengo la impresión de que no se ha planteado en el debate lo siguiente: esta franquicia se creó durante los años ochenta debido a que la economía chi lena enfrentaba un período de cris is y a que, por tanto, era fundamental desarrol lar un proceso de reactivación. Y se partió por uno de los rubros más fáci les de reactivar: la construcción. En consecuencia, tal benefic io se estableció en esa época, hace ya más de 20 años, con un objetivo más bien transitorio.

Estimo importante que ese aspecto se tenga presente. Las condiciones actuales de la economía nacional son por completo dist intas de las existentes en el momento en que esta franquicia se introdujo, pues en ese t iempo se había producido una crisis de muy fuerte intensidad.

Se ha dicho acá que tal exención es muy inequitativa.

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Se ha favorecido a la clase media -el lo me parece relevante-, pero también a los más ricos del país. Todas las grandes construcciones l levadas a cabo durante los últ imos 15 a 20 años gozaron de este benefic io. Por tanto, creo que la franquicia no se puede anal izar en sí misma. Hay que examinarla en relación con otros aspectos.

Trataré de expl icar esto en el minuto que me queda.

Me parece bien que los sectores medios cuenten con un apoyo para acceder a la casa propia. Desde ese punto de vista, se podría haber planteado que la franquicia se apl icara solo a la construcción de viviendas básicas. No veo por qué debiera operar para casas en el l i toral, en el campo, en un refugio en Farel lones, en La Parva o donde sea. Con el argumento aquí esgrimido, lo lógico hubiera sido que la exención se apl icara a un solo t ipo de vivienda.

En segundo término, con relación a la equidad, considero bueno dar un incentivo a la clase media. Pero con esta inic iativa lo que estamos haciendo es rebajar el IVA.

Yo me pregunto: ¿No sería más lógico disminuir dicho gravamen a los productos de primera necesidad? Por ejemplo, a los medicamentos. Eso sería más racional.

Entonces, el punto no radica en anal izar si este benefic io vale o no la pena -¡vale la pena!-, s ino en estudiarlo con relación a otros usos.

Existe una categoría l lamada “crédito f iscal”. De eso estamos hablando. Y el asunto estriba en saber si tal instrumento se está uti l izando en forma más o menos equitativa. Y resulta evidente que no es así cuando se emplea para viviendas en Chicureo.

Yo creo que sería más equitativo apl icarlo, por ejemplo, a una rebaja en el precio del pan, considerando, entre otras cosas, que el ki lo traspasará la barrera de los mil pesos -según se ha anunciado en la prensa-, lo cual afecta de modo muy directo a los hogares más humildes.

A mi entender, una fami l ia que compra una casa habitación en 80 mil lones de pesos no es r ica. Pero existen otras que son sustancialmente más pobres en el país.

Entonces, el problema radica en saber cómo uti l izar de forma correcta recursos que son l imitados, como los de este crédito f iscal .

Señor Presidente, estoy de acuerdo también con que el Estado no sigua haciendo un negocio tr ibutario con los combustibles. Al respecto, l lamo la atención sobre un

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hecho: aquí se plantea un incentivo confuso, pues le estamos diciendo a la gente que ocupe más sus automóvi les y que consuma más combustible, lo cual va en el sentido exactamente contrario a todo lo relacionado con la contaminación y con otros problemas que nos preocupan.

He dicho. El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el

Honorable señor Zaldívar. El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Señor Presidente, para ser

muy claro, creo que el proyecto en anál is is hubiese encontrado una acogida inicial mejor, más fáci l , más directa, s i las materias que aborda hubieran venido planteadas como corresponde. A veces se confunde porque se quiere confundir.

El iminar o rebajar el impuesto de t imbres y estampi l las es bueno. Entonces, ¿por qué no enviar una iniciat iva en ese solo sentido?

Disminuir hoy el gravamen a las gasolinas, al petróleo o como quiera denominársele es bueno. En consecuencia, ¿por qué no se presenta un proyecto con tal fin? ¿Por qué mezclar esto con otra cosa?

Ahí comienzan las distorsiones. ¡Y qué decir de algunas! Cuando escuchamos coincidir aquí a colegas de diversas

tendencias -a los Senadores señores Gazmuri, Muñoz Barra, a quien me antecedió recién en el uso de la palabra y a otros-, nos damos cuenta de que se está viviendo una situación difícil y que obliga, si deseamos que el país vuelva a crecer con justicia y recupere la confianza, a que de una vez por todas nos pongamos de acuerdo.

Por eso, señor Presidente, me alegro de lo resuelto por los Comités hoy día ante una petición del Honorable señor Romero -también la había planteado el Senador señor Frei- en el sentido de celebrar una sesión especial, o las reuniones que sean necesarias, para enfrentar con claridad y decisión el problema y aconsejar a algunas autoridades -si lo aceptan- respecto de materias que en la actualidad están complicando claramente el desarrollo productivo del país.

Hay que hacerlo. Yo me manifiesto plenamente partidario de ello. Si de mí depende y podemos converger en alguna solución, creo que este es el momento de dar el paso.

En segundo lugar, nuestra clase media se siente frustrada -y con razón-, porque trabaja mucho y no progresa; no percibe que el fruto de su esfuerzo alcance para satisfacer sus necesidades más primarias, más esenciales. Hay gente de ese sector -cualquiera que sea la forma como se quiera definir- que no está en condiciones de brindar a sus hijos la educación que merecen ni de enfrentar un problema de salud.

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Y, francamente, en cuanto a la decisión que se pueda tomar para adquirir una casa el día de mañana -sin duda, es mejor el planteamiento de que la franquicia tributaria se aplique solo a las viviendas básicas-, no nos engañemos; No es que las personas vayan a disponer de 50, 60, 70 u 80 millones de pesos. ¡No! ¡Tendrán que pedir un crédito hipotecario que deberán pagar durante toda su vida!

He escuchado argumentos en que se contraponen situaciones relacionadas con viviendas de ciertos sectores donde esta discusión realmente no tiene cabida. Considerando que nuestro país hoy día cuenta con recursos, debemos entender perfectamente que la vivienda para estratos débiles es un derecho social.

Sobre la materia, en el último tiempo nuestras autoridades encontraron algunas tesis para justificar lo injustificable: bancarizar las deudas. Esto ha significado que a los deudores PET y SERVIU-banca se les hayan multiplicado sus obligaciones dos o tres veces, dándose cuenta de que al final no podrán pagarlas.

Pero no mezclemos eso con la clase media. Esta merece que le entreguemos soluciones de verdad en vivienda y otras cosas.

Señor Presidente, a ratos dejamos que las discusiones acerca de estos asuntos se transformen en meras definiciones economicistas y no vamos al fondo del problema.

Por eso, me alegro de los planteamientos que se han formulado.

Estoy abierto a revisar el día de mañana tributos como el IVA y otros. Me parece fundamental entender, de una vez por todas, que resulta necesario no aplicarlos a los artículos básicos si hay voluntad política para ello. Y hoy día es perfectamente posible hacer eso con la tecnología existente. Por ejemplo, se podría eliminar el IVA a los libros. No tiene sentido, sobre todo si queremos un país en condiciones reales de participar, seguir con legislaciones que no se condicen con el objetivo del bien común.

Por lo anterior, señor Presidente, anuncio que aprobaré el proyecto en general, pero con el dejo amargo de no haber aprovechado la oportunidad para que las voluntades de todos -porque creo que el ánimo existe- convergieran más allá de nuestras legítimas diferencias. A mi juicio, carece de sentido seguir manteniéndolas ante las urgentes necesidades del país.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Romero.

El señor ROMERO.- Señor Presidente, siento que hay una suerte de coincidencia cuando analizamos lo que está ocurriendo hoy día en Chile.

No cabe la menor duda de que nos hallamos frente a una situación compleja, difícil, que está afectando a vastos sectores, particularmente a los pequeños y medianos empresarios. Ello se debe a que tenemos problemas en el tipo de cambio, serias dificultades en el

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control de la inflación e inconvenientes para desarrollar una diversidad de actividades que, de un modo u otro, están siendo afectadas por el desempleo que puede generarse con motivo del cese de la inversión en el área exportadora y otras.

En esa perspectiva, recibimos en el Senado un paquete de propuestas, compuesto por distintos ingredientes, como aquí se ha señalado.

A mí no me parece adecuado, como técnica para enfrentar problemas, confundir situaciones de distinto carácter, porque ello no permite visualizar ni hacer un enfoque correcto.

A modo de ejemplo, el proyecto contempla una rebaja transitoria del impuesto a las gasolinas automotrices. Y, ciertamente, la pregunta que uno se hace es si existe algún país en el mundo que aplique cuatro factores de gravamen respecto de los combustibles. Digo esto porque el chileno común y corriente tiene que pagar permiso de circulación, peaje o tag en las vías concesionadas, impuesto a la gasolina y, además, IVA.

Entonces, uno se pregunta por qué la rebaja contemplada es transitoria cuando debiera ser permanente, y por qué es parcial. La disminución de tributo planteada por el supremo Gobierno, que por supuesto es bienvenida en muchos sectores, solo viene a paliar el efecto provocado por las últimas alzas. La verdad es que con este proyecto, si se considera que el barril de petróleo se eleva por encima de los 107 dólares, sin lugar a dudas, lo que se está atenuando son simplemente las alzas de precios observadas durante las semanas recientes.

Esa es la realidad. En segundo lugar, la compensación del impuesto de

timbres y estampillas para las pymes es una medida que debió adoptarse hace bastante tiempo. Tengo la sensación de que no estamos actuando oportuna ni anticipadamente frente a los problemas.

Por otro lado, en este paquete lleno de sorpresas -no voy a decir que es una caja de Pandora, pero en algo parece- viene un planteamiento antiguo que se traduce en una suerte de cuestionamiento a toda la política o al sistema que rige para la construcción en nuestro país.

Considero que la solución alcanzada no resolverá el problema, porque, en definitiva, no faltará la manera de evitar estar sobre el límite fijado o por debajo de él. Y llamo la atención al respecto, pues, probablemente, ello provocará una serie de situaciones que no me gustaría afrontar el día de mañana.

Siento que al colocarse una línea se está estableciendo de algún modo un mecanismo para posibilitar o incentivar que alguien -y en esto los chilenos tienen cierta tradición- se cobije debajo de la protección y no encima de ella. Y eso me preocupa, señor Ministro de Hacienda, pues nos podemos encontrar de pronto con que las

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soluciones que fijan límites -ya las conocimos en el pasado en muchos casos- provocan situaciones no deseadas.

Por eso, con mucha preocupación, voy a pronunciarme a favor del proyecto en general. Y lo hago aun cuando tenga inversiones inmobiliarias. Porque aquí se ha señalado que las personas que posean intereses de este tipo no podrían votar. Yo no tengo empresas constructoras ni soy socio de alguna de ellas. Muy por el contrario, quienes poseen alguna inversión en inmuebles se verán aventajados, tendrán algo favorable respecto de la antigua normativa, porque, en definitiva, la propiedad valdrá más después de la aprobación del proyecto que nos ocupa.

Por tales razones, aprobaré la iniciativa. No obstante, estimo necesario efectuar un análisis sobre lo

que está pasando en el país. Y por eso he solicitado una sesión especial para examinar lo que está aconteciendo con el tipo de cambio, pues no resulta posible seguir enfrentando una situación que, simplemente, obedece a la diferencia de los porcentajes que hoy día establecen en materia de tasa de interés la Reserva Federal de los Estados Unidos y el Banco Central de Chile. Hay un spread demasiado grande: entre 6,25 y 2,25 por ciento. Y los capitales golondrina vendrán a Chile para tratar de beneficiarse, en alguna medida, de esa ventaja. Todo eso, naturalmente, dentro de la política de encaje.

Por ello, nosotros debemos al país un análisis más a fondo de la situación, que espero se verifique en alguna de las sesiones especiales que he solicitado.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Kuschel.

El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, mi intervención la focalizaré en la franquicia del IVA a la construcción, porque considero apropiadas las demás medidas.

Creo totalmente inoportuna la reducción de esta franquicia tributaria, porque el problema principal de nuestro país, más allá del que afecta a la clase media y de otras situaciones, es el empleo.

El Gobierno lanzó cuatro paquetes reactivadores, los cuales no han tenido impacto alguno.

El Senador señor Ominami ha reconocido que esta franquicia tuvo como objetivo la generación de empleo, la cual ahora se está eliminando para compensar un esquema tributario.

Por otra parte, el país está creciendo solo al 3 por ciento. Al Honorable señor Gazmuri le llamaba la atención la

descoordinación de la política monetaria y la fiscal. El país crece al 3 por ciento y su gasto asciende al 10, con lo que aumenta la tasa inflacionaria. ¿Y cómo lo estamos compensando? Con un alza en los intereses, que complicará aún más la situación del sector inmobiliario y condicionará su contribución al empleo. Porque ello va a afectar un insumo muy importante en la construcción.

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Por otra parte, la enorme diferencia de nuestra tasa de interés, que es de 6,25 por ciento -superior a la de Estados Unidos, que alcanza al 2,25-, y el actual tipo de cambio a 430 pesos están afectando todo el empleo generado por las empresas exportadoras y las sustituidoras de exportación.

Asimismo, la situación de la Región que representamos con el Senador señor Escalona empieza a complicarse por el asunto del salmón.

Además, la energía es escasa, lo que implica que esta sea cada vez más cara.

Entonces, ¿en qué mundo estamos? Y ahora le ponemos problemas a la construcción, o al

empleo, como digo yo. Este es un apretón para ese sector. Otro impacto que, a

mi juicio, incidirá en el empleo. No recuerdo en qué publicación leí que hay un stock de

600 mil viviendas usadas y 200 mil nuevas sin vender. ¿Cómo se van a construir más casas? ¿De qué tipo? ¿Y quién las comprará si es más alta la tasa de interés?

Por eso digo que habrá mayor cesantía que la experimentada hasta hoy y que la medida es inoportuna. Porque, a pesar de los programas laborales, ahora empieza a aumentar el desempleo, lo que va a tener impacto en las Regiones.

Finalmente, quiero decir que la reducción de la franquicia constituye un regalo para los propietarios de casas de un valor superior a las 4.500 unidades de fomento, las que luego del “regalo” serán vendidas más caras.

Ya consiguieron la franquicia del IVA. Ahora se les dice que aquí va a haber una brecha. Como el dueño de un inmueble de ese monto ya ganó ese dinero y se la aseguró, ahora se construirán menos viviendas de precio similar.

Así, se está generando una cantidad fija de casas de valor superior a las 4.500 unidades de fomento, cuyos propietarios tendrán un premio.

Reconozco como válida la parte del proyecto que establece la supresión del impuesto de timbres y estampillas y la disminución del establecido para los combustibles. Nosotros ya lo habíamos pedido varias veces. Pero creo que estamos cometiendo un grave error con la rebaja de la franquicia del IVA a la construcción.

No obstante, como se ha dicho, estamos obligados a votar a favor de la iniciativa.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, a mi juicio, es muy importante la rebaja del impuesto a los combustibles, aunque a

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algunos nos habría gustado que fuese permanente en vez de transitoria.

El entonces Presidente Frei Ruiz-Tagle fue quien planteó este asunto, y hoy nos sentimos muy contentos de que lo estemos votando en el Parlamento.

Pero consideramos necesario que esto se amplíe al gas. Entendemos que el Ejecutivo asumió el compromiso de mandar un proyecto de ley sobre la materia. Pido que ello se pueda ratificar acá.

También nos sentimos complacidos con la eliminación del impuesto de timbres y estampillas. ¡Bien!

Sin embargo, señor Presidente, aquí se han hecho un par de afirmaciones sobre hechos que son falsos.

En torno de este proyecto, no se construyó un acuerdo. ¡Es falso! No lo hubo, y por dos razones.

Primero, cuando se propuso la rebaja del impuesto a los combustibles, se planteó como criterio -varios lo hicieron- que esta rebaja sería compensada. A algunos les gusta olvidar eso, porque íbamos a dejar para otro momento el debate más de fondo sobre la estructura tributaria de nuestro país.

¿Es necesaria esa discusión? Por cierto. Hoy los impuestos a las personas son excesivos y los

aplicados a las empresas, extremadamente generosos. No hay consenso sobre el particular. Y por eso creo que el debate es necesario.

Sabíamos que el proyecto que nos ocupa venía con una compensación.

Con esta iniciativa, se decidió enfrentar un beneficio que no se va a aplicar a las personas. Esa es la primera mentira de quienes sostienen lo contrario. Este beneficio no favorece a la clase media.

¡Es mentira que así sea! ¡Y todos lo saben! El origen del subsidio que el Estado otorga a las empresas

constructoras no tiene que ver con lo expresado por el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra.

Esta franquicia tributaria nació en los años 80 para parar el mercado negro de los insumos en la construcción. Esa fue la razón por la que el Gobierno militar generó tal instrumento.

Y este año, señor Presidente, lo que el Estado gastará en esta franquicia tributaria equivale -incluso su monto es superior- a la totalidad de lo que invierte el Ministerio de Vivienda en subsidios para viviendas sociales. Mediante ella se traspasarán más de 600 millones de dólares a las empresas constructoras por la devolución del 65 por ciento del IVA.

¡Y con esos recursos se podría construir el doble de las viviendas sociales que estamos edificando ahora!

¡Es una ayuda pésimamente focalizada! Señor Presidente, el 85 por ciento de los chilenos, de

acuerdo a la Encuesta CASEN, percibe ingresos que apenas alcanzan

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para comprar una vivienda de 2 mil UF. ¡Apenas 2 mil UF! Y el 95 por ciento no tiene los ingresos necesarios para comprar una de 4 mil UF.

Por eso, la clase media de que algunos hablan es muy distinta, de acuerdo a indicadores de la Encuesta CASEN.

Pero mi planteamiento no se orienta a negar al sector emergente de nuestra población que percibe ingresos de 2 ó 3 millones de pesos al mes la adquisición de viviendas de 4.500 unidades de fomento. Mi crítica persigue la ejecución de estudios -al respecto quiero pedir el compromiso del Ejecutivo- de lo que significaría un subsidio no a la oferta, que es un pésimo instrumento, sino a la demanda.

Porque si hay sectores medios emergentes que necesitan ayuda para comprar una vivienda, debemos brindárselas, pero no para que una persona de altos ingresos compre una, dos y cinco casas, y termine recibiendo del Estado más subsidios que una familia pobre.

El monto del subsidio habitacional del Fondo Solidario alcanza hoy a 380 UF. Con esta norma que se está imponiendo -lo digo así, porque no hubo acuerdo- se da a los sectores de ingresos altos o medios altos -los socialistas no estamos de acuerdo en su reducción a las empresas de la construcción- un subsidio de entre 4 millones y medio a 5 millones de pesos, si es que adquiriesen solo una vivienda.

Pero no se establece restricción alguna. Y todos los colegas que participaron en los debates del proyecto en análisis sabían que podíamos determinar otro mecanismo.

Señor Presidente, nosotros votaremos a favor de la iniciativa, porque nos parece bueno bajar el valor de la bencina por el menor impacto inflacionario que habrá al permitir desacelerar ciertos gastos.

Pero digamos las cosas como son: la franquicia tributaria a la construcción de viviendas constituye una vergüenza en un país que tiene una distribución de ingresos como la actual.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Longueira.

El señor LONGUEIRA.- Señor Presidente, en verdad, no quería intervenir en el debate; pero, frente a algunas argumentaciones, voy a entregar mi punto de vista sobre el proyecto.

En primer lugar, quiero recordar que hoy estamos todos de acuerdo en lo que dice relación al impuesto de timbres y estampillas. Y no se trata de reducir un gravamen, sino de bajar aquello que la Concertación ha subido regularmente durante todos sus Gobiernos.

Por lo tanto, me alegra escuchar que todos concordemos en que resulta favorable para la economía, para la pequeña empresa, eliminar dicho tributo, el cual, lamentablemente, se había elevado en forma sistemática.

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Con el impuesto a los combustibles ocurre exactamente lo mismo. Estamos disminuyendo algo que ha aumentado sostenida y permanentemente.

En consecuencia, vamos en la línea correcta: aliviar a quienes generan mayor empleo en el país.

Sin embargo, me sorprende el argumento de algunos que dicen que van a votar a favor por la coyuntura. En mi opinión, sería sano que todo esto fuera permanente.

En cuanto a la rebaja del impuesto específico a las gasolinas, aunque planteada en forma temporal, creo que, como vienen elecciones presidenciales, ningún candidato se atreverá a sugerir que no se mantenga en el nivel que quedará ahora. Por ende, pienso que el contenido de la futura ley será más duradero.

Dado el consenso que hay respecto a las dos materias señaladas, voy a manifestar mi punto de vista en lo relativo a la exención del IVA a la construcción.

Quiero hacer algunas correcciones a lo dicho en forma categórica por varios señores Senadores.

Fue el Gobierno militar el que estableció el IVA a las empresas constructoras.

Y desde el primer minuto se fijó una exención, que no fue fruto de la crisis del 80 ni tampoco fue establecida en forma temporal, precisamente para que el impacto de incorporar el IVA a la construcción no tuviera una magnitud demasiado grande. Por eso no se introdujo en un cien por ciento.

En resumen, fue el Gobierno militar el que impuso el impuesto al valor agregado a la construcción y con esa característica.

Como ha transcurrido mucho tiempo desde que se incorporó el IVA con tal disminución, en 1975, es obvio que hoy se ha transformado en un subsidio, si lo queremos entender desde esa perspectiva.

En lo personal, creo que se trata de un subsidio muy mal diseñado, mal focalizado. Y esto no lo resuelve ni el proyecto original ni tampoco el texto que estamos despachando.

Y de lo que siempre debemos preocuparnos es de que en las políticas públicas exista, obviamente, una buena focalización. Por desgracia, la vigente, que es mala, va a perdurar en el tiempo. A mi juicio, hay instrumentos mucho más eficientes para asignar los recursos. Como viene planteado en la iniciativa, el tema seguirá siendo fuente de polémica en el futuro, precisamente porque se mantendrá la actual situación. Y ello -reitero- no viene resuelto en el proyecto, el cual, lamentablemente, se vincula con la disminución de otros impuestos.

Esa forma de discutir me parece absurda. Por eso estimo como un gran paso en este debate -lo quiero dejar en claro- el que, por

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primera vez, se ha dejado de lado ese modo de analizar una iniciativa en términos de que si se baja un gravamen, se tiene que subir otro.

Creo que cada exención tributaria hay que discutirla en su propio mérito; es decir, aquellas que recaudan y también las que dejan de hacerlo. Y es bueno que avancemos en discutir cada política tributaria de esa manera.

En el caso específico de la exención del IVA a la construcción, quiero ser muy honesto. En mi opinión, lo mejor habría sido establecer un horizonte de eliminación con el objeto de evitar un impacto en el empleo y en los precios de las viviendas. Pienso que la modificación debería haber venido acompañada de un buen subsidio, muy bien focalizado en la clase media.

Lamentablemente, como el proyecto no resuelve ese punto, podremos discutir eternamente si una familia con un ingreso de un millón y medio de pesos constituye clase media o no. Yo creo que lo es. Es posible que en un hogar el marido y la mujer trabajen, pero eso significa que son personas de mucho esfuerzo. Y solo serán libres cuando puedan elegir si están en el FONASA o en una isapre, la comuna donde quieren vivir, la educación que desean para sus hijos, en fin. Recién ahí estarán empezando a ser ciudadanos libres.

Para mí, quienes ganan entre 500 mil y 1 millón de pesos no son libres, pues no tienen nada que elegir. Su única opción es votar cada cierto tiempo, pero carecen de la posibilidad de decidir lo que afecta su calidad de vida.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, el proyecto contiene cuatro temáticas, todas importantes.

En cuanto a la primera, relativa al impuesto a las gasolinas automotrices, está claro que la rebaja que se plantea va en la dirección contraria de lo que se ha venido propugnando en la Región Metropolitana y en el país para desincentivar el uso del automóvil y fomentar un transporte público de calidad que la gente prefiera en lugar del vehículo propio.

El bajar el impuesto a las gasolinas y no al diésel indica claramente que se trata de un beneficio orientado a un número fijo y permanente de 17 por ciento de personas que emplean el automóvil para trasladarse. Porque, en definitiva, el 53 por ciento utiliza el transporte público. Solo el 17 por ciento -repito- usa sus autos u otros vehículos livianos.

En ese sentido, es evidente que el paso que estamos dando va a llevar, necesariamente, a un aumento de la contaminación, por cuanto en la Región Metropolitana, al menos, el 48 por ciento del material particulado respirable (PM10), el 84 por ciento de los óxidos de nitrógeno y el 91 por ciento del monóxido de carbono y los compuestos orgánicos volátiles provienen del transporte.

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Estamos introduciendo una variable impresionante. Quiero recordar que, como todos lo saben, en 1997 se vendieron 175 mil automóviles. El año pasado esa cantidad ascendió a 227 mil. Y si a ello se suman los 520 mil usados -el mercado secundario-, estamos hablando de 800 mil unidades livianas anuales. Si además consideramos los camiones de carga, tenemos un desenfrenado uso del transporte a través de una disminución en el precio de los combustibles, lo que, en definitiva, anula cualquier medida en el proceso de descontaminación.

Advierto, señor Presidente, que todo lo hecho en materia de descontaminación ha apuntado, justamente, a aminorar el empleo del automóvil. Hoy, con el fracaso del Transantiago y particularmente con medidas como esta, lo que estamos haciendo es incentivar de manera fortísima la utilización del auto, en desmedro, por cierto, del transporte público que usa petróleo. Claramente, un tema pendiente tiene que ver con el impuesto específico a ese combustible, que es el empleado por la mayor parte del transporte público.

Por eso, señor Presidente, por ser contrario a lo que hemos venido pregonando durante los últimos 14 años -como desincentivar el uso del automóvil y, en especial, bajar los niveles de contaminación- me voy a abstener respecto de esa parte de la iniciativa, pues, en mi opinión, requiere una segunda mirada, una profundización, y porque, en definitiva -seamos claros-, afecta solo a las personas que usan vehículos propios, que alcanzan a 17 por ciento de la población. La inmensa mayoría, el 70 por ciento de los chilenos, no lo tiene. Y, aunque anhelamos que los posea, esperamos que cuando se traslade a los centros de estudio y al trabajo lo haga masivamente en un transporte público de calidad.

Por cierto, vamos a apoyar el beneficio relacionado con el impuesto de timbres y estampillas. Se trata de una promesa que habíamos hecho a las mipymes que ahora se cumple fuertemente. Así que no hay nada que agradecer: es un compromiso que se viene cumpliendo.

Por otro lado, el proyecto incentiva la compra de vehículos ecológicos o "híbridos", cuyo valor bordea los 14 millones de pesos. Quien adquiera uno de ellos no tendrá que pagar el valor del permiso de circulación durante los próximos cuatro años. Esto, desde luego, también favorecerá a un segmento muy especial dentro del 17 por ciento mencionado, mucho más reducido y que se ubica -digámoslo con claridad- en el sector de más altos ingresos o ABC 1.

En cuanto a la focalización del beneficio tributario del IVA, quiero hacer las siguientes consultas.

Ha habido un fuerte lobby de parte de las empresas del rubro. ¿Se va a aplicar el descuento a la constructora o a la inmobiliaria? ¿Cuál va a ser el elemento que servirá para diferenciar los distintos tipos de vivienda, a fin de evitar el fraude? Porque, si se va a

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hacer una rebaja, debemos preocuparnos de que no sea objeto de abuso. A mi juicio, deberá haber una debida explicitación y una detallada fiscalización para que ambos factores produzcan el efecto deseado y no sirvan para que se cometa fraude.

Por último, señor Presidente, quiero hacer presente que esta franquicia, que ha beneficiado al 20 por ciento de más altos ingresos, le costó al país más de 6 mil millones de dólares entre 1990 y 2006. Sin embargo, el corte claramente involucra a un segmento de la clase media, particularmente al de profesionales de altos ingresos, que va a perder la bonificación.

Creo que el debate sobre el particular fue insuficiente; deberíamos haberlo focalizado más en la exclusión de los sectores de altos ingresos.

Voto a favor del proyecto, con excepción del artículo 1º. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Señor Senador, entiendo que

rechaza una sola norma, y que, en cuanto al resto de la iniciativa, no tiene inconveniente.

Por lo tanto, habría que dividir la votación únicamente respecto del referido artículo, o bien aprobarlo con su voto en contra.

El señor NAVARRO.- No, señor Presidente, con mi abstención. El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- En ese caso, cuando llegue el

momento se abriría la votación sobre dicho precepto, o se acogería con dos abstenciones.

Tiene la palabra la Honorable señora Matthei. El señor ORPIS.- Señor Presidente, el Senador señor García intervino también

en nombre de ella. El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable

señor Pizarro. El señor PIZARRO.- Señor Presidente, lo primero que deseo manifestar es que

el proyecto que nos ocupa no solo es necesario, sino además muy oportuno.

La rebaja del impuesto a los combustibles fue solicitada por nosotros en varias ocasiones. El tema se discutió en la Sala y me alegro de que el señor Ministro de Hacienda haya cumplido el compromiso adquirido hace dos o tres meses en esta misma Corporación en el sentido de enviar a la brevedad una iniciativa sobre el particular.

También, con la misma claridad, debo señalar que en esa oportunidad planteamos la necesidad de disminuir el precio de todos los combustibles, no solo de las gasolinas.

Aquí se ha manifestado -sobre lo cual insisto- que no haber incluido la rebaja del petróleo constituye un error. A mi juicio, no solo se trata de un error, sino, además, de la discriminación negativa contemplada en el proyecto hacia un sector tan importante como el transporte y el que no únicamente utiliza petróleo en sus vehículos, por

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la influencia que éste posee en una serie de áreas productivas, la cual no vale el caso analizar.

Respecto de la reducción del impuesto de timbres y estampillas, la considero sin duda una buena señal para las pymes. Estamos totalmente de acuerdo con ella. Y no queda más que respaldarla y manifestar que, ojalá, forme parte de un paquete de otras medidas necesarias de encarar de manera urgente.

Me ha tocado plantear al señor Ministro de Hacienda en algunas oportunidades que se debe enfrentar la crisis del sector de la pesca artesanal organizada en áreas de manejo o en pequeñas empresas dedicadas al cultivo de subproductos marinos, pues es tanto o más grave que la que puede estar afectando a la agricultura en todos sus niveles, debido a problemas serios con la calidad de sus productos, por los bajos precios en los mercados, por el problema de dólar.

En cuanto a los altos costos en que están incurriendo las organizaciones de la pesca artesanal, se encuentra pendiente la discusión sobre qué hacer con el pago de patentes de sus respectivas áreas de manejo, las cuales hoy día se han transformado en una mochila bastante insostenible para aquellas.

De manera que ahí también hay otro tema en el que, a mi juicio, el Gobierno no puede seguir evadiendo su debate. En lugar de ello, debe trabajar en algunas propuestas que ayuden a ese sector.

Respecto del IVA en la construcción, me parece que el asunto debe observarse con un criterio más general.

Se trata de una cuestión muy simple. La pregunta es si la aplicación de dicho impuesto en la compra de una vivienda sube o no su costo. Creo que para los efectos de nuestro análisis, ahí debería centrarse la discusión. Por lo demás, eso se plantea la gente común y corriente que aspira a comprar una casa.

La respuesta a tal interrogante es afirmativa en el sentido de que aumenta el precio de la vivienda. Resulta lógico y evidente que al aplicarse el IVA se incremente su costo. ¿En cuánto? Esa será una discusión que tiene que ver con el mercado, con la oferta disponible, etcétera.

Por tal razón, a la bancada de la Democracia Cristiana le pareció que el proyecto original entregaba una pésima señal a los sectores medios, a los sectores emergentes.

Ahora, entrar a discutir qué se entiende por clase media lo encuentro bastante absurdo. Porque en nuestro país tanto pobres como ricos nos decimos de clase media. Aquí no hay nadie que declare no pertenecer a ella. En Chile hay muy pocos ricos. En ese grupo se encuentran los que tienen helicópteros, aviones o varias casas. En fin, eso corresponde a otro debate.

Lo concreto es que al subir el costo de las viviendas, estábamos perjudicando a sectores que para nuestro país son extraordinariamente importantes, y, a mi juicio, la señal que debía

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entregar el Gobierno y el Senado era de flexibilidad para buscar un proyecto que también favoreciera a esos sectores, o que no les complicara tanto la vida.

Desconozco si se trata de un acuerdo que nos incluye a todos. Me da lo mismo. Pero en verdad hemos sacado una iniciativa que va en la línea correcta. Es una buena señal para el Gobierno, y también para el Senado.

En consecuencia, apruebo el proyecto en general y cada uno de sus artículos.

El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Naranjo.

El señor NARANJO.- Señor Presidente, en primer lugar, deseo valorar la propuesta tributaria que nos ocupa, por tratarse de una materia muchas veces planteada al Gobierno, respecto de la cual, felizmente, se hizo caso.

A lo mejor, uno podría señalar que ella es insuficiente; quizás, tardía. Pero no es menos cierto que la necesidad de tomar estas medidas tributarias fue muy fuertemente expuesta hace bastantes años.

Por otro lado, debo hacer un reconocimiento muy especial al Diputado señor Montes, por su tenacidad y persistencia en la solicitud de término de la exención tributaria en la construcción.

Aquí se han planteado muchas cosas con relación a tal materia, por ejemplo, que dicha medida podría incluso llegar a afectar el empleo.

Tengo la sensación de que, al respecto, una vez más la realidad no será como la descrita, porque los segmentos que compran viviendas de 4 mil 500 Unidades de Fomento seguirán haciéndolo por disponer de los recursos para ello.

Lo que a uno sorprende y llama la atención es que la gente de sectores más populares con acceso a la vivienda solidaria básica prácticamente recibe el mismo beneficio que las personas de ingresos bastante altos de nuestro país, y no parece justo que el monto del subsidio sea casi equivalente.

Sin embargo, señor Presidente, por la nueva situación que vive el Parlamento, y particularmente el Senado, hemos tenido que acoger el acuerdo propuesto. Nos hubiera gustado algo similar a lo sugerido en el proyecto original. Pero como la realidad de la Corporación hoy día es otra, nos obliga a aceptar este tipo de cosas que, a lo mejor, en otras circunstancias -por ejemplo, si hubiéramos actuado todos unidos como Concertación- nos habría permitido avanzar mucho más.

Reitero que como esa es nuestra realidad, deberemos marchar a este paso. No será quizás el más importante que hubiésemos querido dar. Pero entre avanzar y no hacerlo, preferimos lo

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primero, pues representa un logro, particularmente para los sectores más modestos de nuestro país.

Por eso, voto favorablemente en general el proyecto. El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha

emitido su voto? El señor GAZMURI.- ¿Qué estamos votando? El señor HOFFMANN (Secretario General).- La iniciativa en general. El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- Después precisaremos lo

solicitado por el Honorable señor Navarro. El señor GIRARDI.- ¿Por qué no se tocan timbres? El señor HOFFMANN (Secretario General).- Están llamando, Su Señoría. Reitero, ¿algún señor Senador no ha emitido su voto? El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- ¿El señor Ministro desea hacer

uso de la palabra? El señor VELASCO (Ministro de Hacienda).- Sí, señor Presidente. No sé si esta sea la ocasión de hacerlo. Pero algunos

Senadores habían pedido ciertas clarificaciones que me gustaría hacer antes de la votación ya sea en general o en particular.

El señor ZALDIVAR, don Adolfo (Presidente).- Señor Ministro, puede hacer uso de la palabra si encuentra prudente y necesario intervenir ahora.

El señor VELASCO (Ministro de Hacienda).- Aprovecho la oportunidad, señor Presidente.

Se han planteado tres puntos acerca de los cuales me gustaría que quedara en la Versión Taquigráfica la postura del Ejecutivo, a fin de tener plena claridad al respecto.

En cuanto al asunto del gas, quiero reiterar en la Sala el compromiso asumido en las Comisiones de Hacienda tanto de la Cámara de Diputados como del Senado en el sentido de que entendemos que se trata de una situación especial que afecta principalmente a algunos vehículos de la locomoción colectiva que utilizan gas, la cual se vincula a un pago fijo de los impuestos respectivos.

Por lo tanto, hemos comprometido un estudio para determinar cómo abordamos esa situación.

Segundo, en diversas discusiones habidas en la Comisión y, ahora, en la Sala, se han planteado inquietudes, preguntas que van más allá de la focalización del IVA -medida que esperamos que se apruebe hoy- y que dicen relación al diseño más general de esta política, en especial, a cuáles son los mejores instrumentos para aplicar este aporte del Estado.

Nosotros hemos comprometido estudios sobre el particular, los cuales entregaremos a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos antes del próximo ciclo presupuestario, para que así avancemos en esa discusión.

Por último, algunos señores Senadores solicitaron una clarificación respecto a cómo se procede con la devolución del IVA en la

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construcción. Sobre el particular, quiero reiterar el planteamiento que hizo en la Comisión de Hacienda del Senado el señor Director del Servicio de Impuestos Internos, en el sentido de que el remanente, la devolución que corresponda, se puede hacer no solamente contra los pagos provisionales mensuales, sino también contra otros tributos. Es decir, no se está buscando una modificación del régimen existente en esta materia en cuanto a cuál es el método de devolución y contra qué impuestos se puede efectuar.

Muchas gracias. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Los últimos oradores inscritos

son los Honorables señores Bianchi y Girardi. Tiene la palabra el Senador señor Bianchi. El señor BIANCHI.- Señor Presidente, la verdad es que ya se ha dicho todo

sobre la iniciativa en análisis, e incluso, muchos señores Senadores han votado.

Cabe agregar que a nosotros, como Comité Independientes, que formamos parte de esta nueva realidad -en alguna medida, respondiendo a lo señalado por el Honorable señor Naranjo-, obviamente nos preocupaba que no hubiese un acuerdo sobre el particular, pues lo considerábamos de enorme importancia para la clase media. Ya se podrá definir a este sector, aunque aquí se ha hablado bastante acerca de él.

En esta materia, la clase media no tiene nada que agradecer. Simplemente se le hace justicia, tanto por parte del Ejecutivo como del Senado que ahora está votando favorablemente el acuerdo. De no haber existido este, nos habríamos pronunciado en contra. Pero se llegó a entendimiento.

Nosotros fuimos parte de dicho acuerdo y nos sentimos muy honrados por ello. Se trataba de una situación que necesitaba ser reparada, pues es un beneficio orientado fundamentalmente a la clase media.

Obviamente, la rebaja del impuesto específico a los combustibles es un hecho que favorece a todo el país. Asimismo, la eliminación del impuesto de timbres y estampillas constituye algo muy positivo, dado que este impacta negativamente en la clase trabajadora, en las mipymes, en fin, en el desarrollo de Chile.

Por otro lado, siento que no estamos reparando el daño -me parece importante acotarlo- que afecta a uno de los segmentos más vulnerables de la población que tuvo la ilusión de comprarse una vivienda. Desgraciadamente, el Estado ya no entrega créditos a través del Servicio de Vivienda y Urbanización, y esa gente está obligada a contratar un préstamo en la banca privada, lo cual le ha provocado un perjuicio horroroso.

Dicha situación, a la cual el señor Presidente se ha referido con anterioridad, constituye también una de las preocupaciones de muchos parlamentarios interesados en reparar el daño sufrido por

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cientos de miles de personas que hoy ven aumentado el monto del crédito de su vivienda en dos o tres veces.

Ahí hay una deuda pendiente del Gobierno, del Estado, para con esa gente, por lo que pido que, en algún momento, abordemos esta materia.

Concurro con mi voto favorable, y lo hago también en nombre del Comité Independientes, que es parte, afortunadamente, de esta nueva realidad política.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi, y luego, se dará por cerrado el debate en general.

El señor GIRARDI.- Señor Presidente, estimo importante que el Ministerio de Hacienda compense efectivamente esta rebaja temporal del impuesto a las gasolinas, porque quienes usan automóviles en Chile no son los más pobres: la mayoría de la población utiliza el sistema de transporte público.

Lo único que va a generar la adopción de tal medida en las grandes urbes son problemas. La mayoría de las ciudades al sur de Santiago exhiben niveles de contaminación sobre la norma máxima permitida. Incluso, en Temuco se vive una situación bastante más catastrófica que en la Capital.

Si en Santiago se aplicaran los estándares internacionales y no se ocultara la realidad, tendríamos 310 días sobre la norma de material particulado (PM10), y 340 días sobre lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud para PM2,5.

La situación en Temuco y Osorno es bastante más grave que la de Santiago y que la de cualquier otra ciudad del sur, porque a lo anterior se agrega la combustión de madera para calefacción.

En consecuencia, creo que esas medidas debieran ir compensadas con mayores recursos en salud, por ejemplo, en los meses de invierno, toda vez que en todas esas ciudades se producirá un aumento de los niveles de contaminación, tanto para PM10 como para PM2,5, que se harán inmanejables.

Ello se ve agravado por la equivocada política del gas natural que no tuvo oportunamente un cambio de giro, a sabiendas de que no iba a llegar ese combustible al país, dado que quienes invierten en Chile son los distintos grupos económicos, que son los que definen la política, teniendo presentes objetivos a corto plazo. Desde luego, no es su responsabilidad mirar a largo plazo, pero cuando a quien le corresponde hacerlo abdica, renuncia a esa potestad, se obtienen resultados como el que experimentó el país: gran parte de las industrias debieron cambiarse de gas a diésel o a carbón.

Por lo tanto, vamos a vivir situaciones muy insostenibles. Yo únicamente quiero llamar la atención del Congreso y del señor Ministro de Hacienda, en el sentido de que deberemos compensar los efectos que generen las medidas adoptadas, que son mucho más complejos que el solo aumento del precio del combustible.

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Por otra parte, aquí se señala que la rebaja es transitoria. A mi juicio, no lo es. La crisis del petróleo será permanente; el valor del crudo llegará el presente año seguramente a los 150 dólares el barril y, el próximo, a los 200 dólares. A nivel planetario queda un stock para no más de 30 años. Por consiguiente, la apuesta a nuevas formas de energía -no solo las renovables- sería muy relevante.

Hay un científico italiano, el doctor Rubbia -que debiéramos invitar a Chile-, ganador del Premio Nobel de Física, quien ha realizado estudios muy avanzados sobre la energía de hidrógeno.

A mi juicio, nuestro Parlamento debería tener una mirada más larga y profunda acerca de lo que está ocurriendo con el tema energético.

Por su parte, la franquicia de la exención del IVA en la construcción buscaba impedir que los que representan el 5 por ciento más rico de la sociedad chilena se beneficiaran con recursos provenientes de subsidios, y que, en cambio, se favoreciera al 95 por ciento de menores ingresos.

En Chile tenemos la peor distribución del mundo. El 10 por ciento más rico percibe 40 veces más que el 10 por ciento más pobre. Seguramente, el uno por ciento más rico de Chile es más acaudalado que igual porcentaje más rico de Francia y Alemania, porque aquí la inequidad en materia de distribución de ingresos es dramática, y no se ha avanzado mucho.

Si de verdad se quiere apostar a focalizar recursos en la clase media, hay que pasar a una economía del conocimiento. Y eso nunca va a ser posible con una economía de recursos naturales, que se halla hiperconcentrada en no más de 20 manos. El país tiene 20 dueños, que son quienes manejan la economía de los recursos naturales, y muchas veces son los principales opositores a una economía del conocimiento que permita que las personas, por su capacidad, por su talento, por su interés en innovar, de emprender, sean parte de ella. Y esto tiene que ver con decisiones mucho más de fondo.

Creo que Chile debiera reflexionar sobre una nueva carga tributaria. La carga tributaria nacional es de 16 por ciento del producto interno bruto. Cualquier país, incluso el de la economía más liberal del planeta, como lo es Estados Unidos, tiene 30 puntos. Actualmente, con un gasto público de 21 puntos del PIB nunca daremos un salto hacia una economía del conocimiento, que es el espacio natural donde justamente la denominada clase media puede florecer.

Me parece que somos una de las naciones con mayores niveles de desigualdad y de concentración económica. El mantener una estructura económica sustentada en recursos naturales, jamás permitirá que la clase media pueda prosperar.

Hemos disminuido la pobreza, es cierto, pero con políticas sociales compensatorias. No se ha tocado un pelo de la desigualdad, a

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pesar de que la pobreza ha bajado de 40 a 13 puntos. Los niveles de desigualdad se mantienen intactos. Se han entregado recursos monetarios, subsidios, pero no se ha resuelto el problema estructural de la desigualdad que aún persiste en Chile.

El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor GIRARDI.- Señor Presidente, voto igual que el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Me pronuncié a favor del proyecto. El señor GAZMURI.- Señor Presidente, ¿qué se vota? El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Estamos votando el proyecto en

general. El señor HOFFMANN (Secretario General).- Repito: ¿algún señor Senador no ha

emitido su voto? El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba en general el proyecto (36 votos a

favor). Votaron la señora Matthei y los señores Allamand,

Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Escalona, Espina, Flores, Frei, García, Gazmuri, Girardi, Horvath, Kuschel, Larraín, Letelier, Longueira, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.

)---------( El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Antes de pasar a la discusión y

votación particular del proyecto que ocupa a la Sala, pido la comprensión de Sus Señorías para una solicitud formulada por el señor Secretario sobre una cuestión que la Mesa considera justa y necesaria.

RETIRO DE OFICIAL MAYOR DEL SENADO, DON GUSTAVO YÁÑEZ BELLO El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el señor

Secretario. El señor HOFFMANN (Secretario General).- Muchas gracias, señor Presidente. Señores Senadores, todos ustedes conocen a don Gustavo

Yáñez Bello, quien ingresó al Senado en 1953 y, tras un breve interregno, desde 1990 ha seguido trabajando con nosotros.

Desgraciadamente, esta es la última sesión a la que asiste como Oficial Mayor.

Ha sido un gran funcionario, un hombre bueno, honorable. Y créanme Sus Señorías cuando digo que siento mucho que se acoja a retiro.

--(Aplausos en la Sala). )--------------------( El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el señor

Secretario.

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DISCUSION EN SALA

El señor HOFFMANN (Secretario General).- A continuación, corresponde votar el proyecto en particular.

El Honorable señor Navarro había solicitado votar separadamente todos los artículos. Sin embargo, tengo entendido que restringió su petición al artículo 1º, respecto del cual tanto Su Señoría como el Senador señor Girardi se abstendrían.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Y también el Honorable señor Ávila.

El señor HOFFMANN (Secretario General).- Entonces, la iniciativa quedaría aprobada en particular, pero faltaría el pronunciamiento de la Sala sobre una indicación…

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Perdón, señor Secretario, pero el Senador señor Novoa pidió la palabra para…

El señor NOVOA.- Para referirme a la indicación que se presentó. Pero todavía no hemos llegado a ella.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Debemos iniciar la votación. El señor HOFFMANN (Secretario General).- Habría que someter a votación el

artículo 1º, que, según se hizo presente, se aprobaría con las abstenciones de los Senadores señores Navarro, Girardi y Ávila.

El resto de la iniciativa quedaría aprobado con la misma votación con que se aprobó la idea de legislar.

El señor NARANJO.- De acuerdo. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Si le parece a la Sala, así se

procederá. --Se aprueban el artículo 1º, con las abstenciones de

los Senadores señores Ávila, Girardi y Navarro, y el resto del proyecto, con 36 votos afirmativos, los mismos con que se acogió la idea de legislar.

El señor HOFFMANN (Secretario General).- En seguida, corresponde ocuparse de la indicación formulada por el Ejecutivo, consistente en reponer en los términos que indica el artículo 5°, que la Comisión de Hacienda suprimió.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- En discusión… El señor NOVOA.- Perdón, señor Presidente, pero solicito que se abra la

votación para pronunciarnos sobre la indicación del Gobierno. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- En votación la indicación del

Ejecutivo, mediante la cual se repone el artículo 5º. --(Durante la votación). El señor NOVOA.- Señor Presidente, quiero intervenir brevemente sobre este

punto. Acá se ha hablado siempre del “IVA a la construcción”. Me parece del caso precisar que el problema no radica en

el IVA a la construcción, sino en el “impuesto al valor agregado a las viviendas”.

Claramente, la franquicia está destinada a las casas habitaciones. Por lo tanto, la gran mayoría de la actividad de la

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DISCUSION EN SALA

construcción, en todo lo que signifique la edificación de establecimientos comerciales, puentes, caminos, tiene un régimen de IVA normal.

Antiguamente no se aplicaba el impuesto al valor agregado a la compraventa de inmuebles. Al establecerse el IVA a esta, se estimó que para las viviendas debía existir una franquicia, a los efectos de que su costo no resultara impactado por dicho tributo.

Por otra parte, quiero señalar que concurrimos a modificar la norma que no aplica el IVA a las viviendas para restringir la exención a aquellas cuyo valor no exceda -como dice la indicación- de 4 mil 500 unidades de fomento (90 millones de pesos).

Hubo acá una gran discusión sobre la capacidad adquisitiva de la clase media para determinar si procedía fijar un tope de 90 millones de pesos o -como se proponía en el proyecto- uno de 80 millones, o para mantener la cifra, sin alteración, entre 40 y 80 millones. Y, al final, se llegó a una fórmula que parece más satisfactoria, más razonable.

Sin embargo, deseo agregar un argumento que no se ha aducido en esta Sala.

Cuando hablamos de viviendas de 60, 70 u 80 millones de pesos no estamos aludiendo a aquellas que habitan los más ricos, sino a inmuebles a cuya propiedad legítimamente pueden aspirar quienes pertenecen a los sectores medios de nuestro país. Por ejemplo, una familia que se inicia y compra primero una casa de 20 a 30 millones de pesos -hasta es factible que reciba un subsidio-, con posterioridad la vende y luego procura acceder a una de 50 a 60 millones pagando la diferencia con un crédito hipotecario a 20 años.

Por lo tanto, cuando hablamos de otorgar la franquicia a viviendas de hasta 90 millones de pesos estamos pensando en las que constituyen un objetivo para la clase media. Y, en Chile -no sé si en otras partes del mundo-, para el 80 a 90 por ciento de las familias la casa es la principal inversión que realizan en su vida.

En consecuencia, considero de toda justicia la mantención de tal beneficio por lo menos en la forma como viene en el proyecto.

Y deseo formular una aclaración de tipo personal, señor Presidente, porque el Senador señor Escalona señaló públicamente que quienes pudieran tener intereses en inmobiliarias deberían abstenerse o poner de manifiesto su interés particular.

Debo señalar que no tengo ningún interés en la actividad inmobiliaria.

¿Y por qué hago esta precisión? Porque en mi declaración de patrimonio aparece que poseo un porcentaje en una sociedad inmobiliaria, cuyo único propósito era -ya no lo es- ser dueña de una oficina donde se desarrollaban actividades profesionales.

Entonces, como acá se ha generado un debate, con acusaciones veladas sobre defensa de grandes intereses, no quiero que

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DISCUSION EN SALA

el día de mañana alguien diga: “El Senador Novoa participa en la actividad inmobiliaria”.

No participo en la actividad inmobiliaria; no tengo interés en ella. Y la información que figura en mi declaración patrimonial se refiere a la propiedad de una oficina de abogados, la que ya no existe.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chadwick.

El señor CHADWICK.- Señor Presidente, intervengo en el mismo sentido en que lo hizo el Honorable señor Novoa en la última parte de su exposición.

Dado que el Senador señor Escalona planteó, y muy legítimamente, que podría existir alguna inhabilidad relacionada con la norma que estamos votando, deseo manifestar, antes de pronunciarme, que en mi declaración patrimonial registro participación en una sociedad inmobiliaria de carácter familiar pero que no desarrolla actividades relacionadas con la construcción, sino que es propietaria de inmuebles.

Por lo tanto, salvo que la Mesa tenga una estimación distinta, aclaro para efectos de la votación, y con el propósito de evitar cualquier problema posterior, que no tengo ningún interés comprometido.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Previo a otorgar la palabra al Honorable señor Navarro, debo precisar que, ante el planteamiento del Senador señor Escalona, expresé que procedía la aplicación conjunta de dos disposiciones del Reglamento: el artículo 8º, en relación con el 131, Nº 3. O sea, lo que correspondía era que, conforme al artículo 8°, si algún Senador hubiese considerado que estaba en esa situación, él mismo se inhabilitara -cosa que no ocurrió-, o que, de acuerdo con el N° 3 del artículo 131, se hubiera señalado quién o quiénes estaban en tal posición.

Como la Mesa no tiene conocimiento a ese respecto -y parto del principio de la honorabilidad de todos y cada uno de los Senadores-, le di al asunto el trato que estimé más adecuado, en el ánimo de conjugar los preceptos individualizados.

Entiendo que debe procederse de esa forma y, asimismo, que el alcance del Honorable señor Escalona no era otro que el que estoy indicando.

Por consiguiente, con las aclaraciones que está conociendo la Sala, se confirma el criterio de la Mesa.

Continúa la votación de la indicación del Ejecutivo. Tiene la palabra el Honorable señor Navarro. El señor NAVARRO.- Señor Presidente, solo me referiré a un debate que hemos

venido eludiendo de manera sistemática. Hablamos de “clase media”. ¿Pero qué significa ser de

clase media? Porque queda la sensación, al votar un proyecto como el que nos ocupa, de que estamos perjudicando a ese sector.

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DISCUSION EN SALA

En diversos papers u otros documentos se ha señalado reiteradamente que, para obtener un crédito hipotecario destinado a la compra de una vivienda de 4 mil o 4 mil 500 unidades de fomento, los bancos requieren acreditar, además del pie, una renta líquida de alrededor de un millón 800 mil pesos mensuales.

El señor LETELIER.- Dos millones. El señor NAVARRO.- Una familia que tiene entradas mensuales líquidas de un

millón 800 mil o 2 millones de pesos, de acuerdo con la encuesta CASEN 2006, pertenece al 5 por ciento de los hogares de mayores ingresos de la población. Eso está muy por sobre la clase media.

Entonces, uno se pregunta: ¿es una familia rica la que tiene un millón 800 mil pesos mensuales como ingreso global (porque hay que sumar las entradas de todos sus miembros)?

Quienes se hallan en el 15 por ciento de mayores ingresos pero no alcanzan a situarse en el 5 por ciento más rico mantienen el beneficio que acabamos de aprobar entre 99 y 50 por ciento, según su mayor poder adquisitivo.

Me parece, señor Presidente, que debemos abordar el debate a que me refiero, pues siento que terminamos manoseando el concepto de "clase media". Porque todos decimos que queremos defenderla, pero no definimos quién pertenece a ella.

Francamente, no podemos considerar entre los más ricos a una familia integrada por dos profesionales que gana en total un millón ochocientos mil pesos mensuales. Los más ricos ganan mucho más.

El debate en comento quedará pendiente. Ojalá que producto de la presente discusión, en la cual se

ha votado favorablemente el proyecto, tengamos la posibilidad, ya sea en una sesión especial o directamente con el Ministerio de la Vivienda o con MIDEPLAN, de hacer una clasificación para determinar sobre la materia. Porque, en definitiva, aquí muchos sostienen que ciertas personas pertenecen a los más ricos entre los ricos, lo que a mi entender no es así. Y algunos han dicho toda la vida que son de clase media, pero son muy ricos.

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.

El señor OMINAMI.- Señor Presidente, solo deseo hacer presente, aunque a algunos Senadores les pueda llamar la atención, que en mi declaración de patrimonio expresé -y así consta- que poseo un tercio de la propiedad de la Sociedad Inmobiliaria ALECOM Ltda.

De acuerdo con los términos en que se ha definido a la clase media en esta Sala, quiero decir que se trata de una sociedad muy, muy de clase media. Corresponde a la forma jurídica dada a la compra de oficinas que ocupábamos un conjunto de personas que teníamos un centro de investigación durante los años 80. Compramos una casa; posteriormente la vendimos, y la propiedad se gestionó a través de la Sociedad Inmobiliaria ALECOM Ltda.

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DISCUSION EN SALA

En todo caso, debo puntualizar que no he tenido ningún tipo de vinculación con actividades de la construcción y que siempre he estado dispuesto a eliminar completamente la franquicia de que se trata, salvo en lo que respecta a los sectores populares o a los medios bajos.

Voto favorablemente la indicación. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable

señor García. El señor GARCÍA.- Señor Presidente, al final de la discusión y votación de este

proyecto, debo lamentar que, como se ha dicho aquí, se manosee tanto a la clase media.

Las palabras del Senador señor Navarro nos dan toda la razón.

¡Si nosotros creemos que un matrimonio que junta remuneraciones por un millón 800 mil pesos mensuales es de clase media, no pertenece al grupo más rico del país y debe ser ayudado por nosotros, pues ambos cónyuges han llegado donde están gracias a su esfuerzo, a su trabajo!

En verdad, resulta triste comprobar que, tratándose de la vivienda para amparar a una familia, tengamos este tipo de debate, más aún cuando todos los años aprobamos en el Presupuesto de la Nación enormes recursos para devolver el impuesto al valor agregado a las concesionarias. ¡En el de 2008 se contemplan 150 millones de dólares para ese efecto!

¿Por qué no terminamos con la devolución del IVA a las concesionarias en lugar de afectar la franquicia relacionada con el IVA a las viviendas?

Tal medida, sin duda, significaría subir el valor de los peajes. ¡Pero claro: eso es impopular, porque afectaría a mucha gente!

A todos los Presidentes de la República y a todos los Ministros de Estado les gusta cortar la cinta cuando se inaugura un túnel o una nueva carretera. Y, al final, todos nos sentimos orgullosos de tener un país más moderno. Pero también pongamos atención en esa franquicia tributaria y no solo en aquellas destinadas a fortalecer la familia.

En mi opinión, esa es la gran diferencia doctrinaria, la gran diferencia valórica existente entre un sector de la Concertación y quienes hoy día representamos a la Alianza y al Comité Independientes.

Voto que sí. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador

señor Sabag. El señor SABAG.- Señor Presidente, solo deseo referirme a las inhabilidades

de que se ha hablado con respecto a la votación que se está llevando a cabo en este momento.

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DISCUSION EN SALA

Debo señalar, clara y categóricamente, que no tengo empresas constructoras dedicadas a edificar viviendas sociales, ni para la clase media, ni de ninguna especie.

En 1984, la empresa Constructora Cabrero Ltda. levantó viviendas sociales de 400 UF para los trabajadores de la CMPC de Puente Alto. Esa fue la única obra que tuvo. Desde esa fecha, no ha participado en ninguna otra. Y no se ha liquidado porque aún posee bienes en el sector.

Asimismo, debo puntualizar que todos mis bienes están registrados por el Servicio de Impuestos Internos a través de contabilidad fidedigna. Y eso lo entienden claramente los señores Senadores. Porque cualquiera que compra una propiedad o un auto debe justificarlos ante dicho organismo.

¡Todo lo mío se halla absolutamente registrado por Impuestos Internos!

En el Senado estoy dedicado solo a la labor pública. Asisto permanentemente a todas las sesiones de Sala y de Comisiones, y en mi Región, a cada una de las actividades de las 26 comunas que represento.

En consecuencia, clara y conscientemente, apruebo la indicación del Ejecutivo que repone el artículo 5º, mediante el cual se otorga una franquicia que favorece a los adquirentes de viviendas, pero en ningún caso a las empresas constructoras.

El señor HOFFMANN (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Terminada la votación. --Se aprueba la indicación del Ejecutivo (29 votos a

favor y una abstención). Votaron por la afirmativa los señores Allamand,

Arancibia, Bianchi, Cantero, Coloma, Escalona, Frei (don Eduardo), García, Gazmuri, Girardi, Horvath, Kuschel, Larraín, Letelier, Longueira, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Naranjo, Navarro, Novoa, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar (don Adolfo).

Se abstuvo el señor Ávila. El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- En todo caso, quiero dejar

constancia de la posición de la Mesa respecto del debate registrado hace un momento.

Sus Señorías me van a perdonar, pero tengo una diferencia con los señores Senadores que se abocaron a esa discusión, porque creo que ello era improcedente con relación al problema en que se sintieron aludidos.

El artículo 8º del Reglamento es claro y preciso: el Senador que incurra en una implicancia debe declararlo, a menos que otro señale una causal directa.

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DISCUSION EN SALA

Creo que todo lo demás y las explicaciones que se han dado carecen de sentido, porque están absolutamente fuera de lo que dispone esa normativa.

Quiero dejar establecido lo anterior, porque, si en el futuro vuelve a surgir la cuestión, tendremos que proceder acorde con el Reglamento.

Terminado el Orden del Día.

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OFICIO MODIFICACIONES

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen. Oficio de aprobación con modificaciones. Fecha 19 de marzo, 2008. Cuenta en Sesión 09, Legislatura 356. Cámara de Diputados. Nº 274/SEC/08 Valparaíso, 19 de marzo de 2008. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que establece rebaja transitoria al impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales, correspondiente al Boletín Nº 5.752-05, con las siguientes enmiendas:

Artículo 5°.- Numeral 1)

Lo ha sustituido, por el siguiente: “1) En el inciso primero, reemplázanse las expresiones “y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.” por “cuyo valor no exceda de 4.500 unidades de fomento, con un tope de hasta 225 (doscientas veinticinco) unidades de fomento por vivienda, y en los contratos generales de construcción de dichos inmuebles que no sean por administración, con igual tope por vivienda, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.”.”.

Numeral 5) Ha reemplazado, en el primero de los incisos nuevos que este numeral propone intercalar, el guarismo “4.000” por “4.500”. Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 7.280, de 6 de marzo de 2008. Acompaño la totalidad de los antecedentes. Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ADOLFO ZALDÍVAR LARRAÍN Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS Secretario General del Senado

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara

de Diputados

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DISCUSION EN SALA

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala Cámara de Diputados, Legislatura 356, Sesión 09. Fecha 20 de marzo, 2008. Discusión única. Se aprueban las modificaciones del Senado. REBAJA TRANSITORIA DEL IMPUESTO A LAS GASOLINAS. Tercer trámite constitucional. El señor BUSTOS (Presidente).- Corresponde pronunciarse sobre las modificaciones introducidas al proyecto de ley, originado en mensaje, que establece rebaja transitoria al impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales. -Antecedentes: El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales. El señor HALES.- Señor Presidente, no sé si será necesario abrir debate sobre este proyecto. A mi juicio, vale la pena aprobarlo sin discusión, aunque varios diputados tenemos cosas para decir, porque se trata de una modificación importante, que valoro, aprecio y me parece bien, pero no se pueden satisfacer todas las aspiraciones que hemos expresado acá. Por lo tanto, podríamos darlo por aprobado. Si no hay acuerdo y habrá debate, me inscribo para hacer uso de la palabra. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre. El señor LATORRE.- Señor Presidente, no sé si habrá o no debate. El señor MONTES.- ¡Tiene que haber debate! El señor LATORRE.- El diputado Montes dice que debe haber y como él es un hombre que tiene mucha experiencia, supongo que así debe ser. Me parece relevante la discusión de las modificaciones a un tan importante. En su momento, se planteó en la Cámara la posibilidad de discutir separadamente varias de las iniciativas que contiene, incluso, abordar su votación por separado. Sin embargo, se nos señaló, en forma categórica, que eso era imposible. Obviamente, llama la atención que lo que no era posible hacer en la Cámara de Diputados sí lo fue en el Senado, generando con ello la exigencia de acuerdo entre los que pensaban de una forma distinta y el Gobierno, que llega a esta Corporación con una votación unánime del Senado.

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DISCUSION EN SALA

Esta forma de legislar afecta la dignidad de la Cámara de Diputados y de sus miembros. Sin lugar a dudas, teníamos toda la razón aquellos que planteamos aquí que era inaceptable que la urgencia de un proyecto de ley de esta naturaleza se calificara de “discusión inmediata”, sin la posibilidad de ser debatido en las comisiones especializadas, además, teníamos que votarlo en paquete. Obviamente, un beneficio generalizado para la población en ningún caso merecía nuestro rechazo, pese a tener una opinión distinta respecto de alguno de los puntos en discusión. No voy a entrar al fondo de la materia, simplemente quiero dejar constancia de que si la Cámara de Diputados no hace un esfuerzo para exigir, como corporación, que se nos respete en los trámites parlamentarios, haremos el ridículo ante muchas instituciones, la opinión pública y nosotros mismos. Me parece que este proyecto tiene que ser aprobado tal como viene del Senado, ésa es mi opinión personal, pero dejo constancia de que me habría gustado un debate en la Cámara sobre muchos temas que durante estos años hemos planteado. Por ejemplo, el que provocó la controversia en el Senado no es nuevo para nosotros. Lo hemos analizado muchas veces. Tenemos opiniones distintas y legítimas. Además, debimos haber tenido la oportunidad de enriquecer nuestro conocimiento sobre la materia con una discusión que también debió haber tenido lugar en la Cámara. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas. El señor ROJAS.- Señor Presidente, me sumo a la preocupación del diputado Latorre, y que la tienen todos los que estamos en esta Sala. Pero, esto es un llamado de atención para nosotros mismos. Fundamentalmente en este tema, el diputado Dittborn pidió separación de la votación y muchos de ustedes aceptaron que se votara en un paquete. Por lo tanto, asumamos las culpas correspondientes, pero de una vez por todas, la Cámara tiene que hacerse cargo de su responsabilidad, porque no es posible que el Gobierno sólo trabaje con el Senado y esta Corporación sea buzón de entrada y salida. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Melero. El señor MELERO.- Señor Presidente, es muy interesante lo que ha planteado el diputado señor Latorre. No es primera vez que lo señalado ocurre en esta Corporación, ya que en iniciativas con urgencias determinadas si no se han presentado indicaciones a algunas disposiciones en la comisión respectiva, después no se puede pedir la separación de ellas en la Sala. Quizás, para los que hubiésemos querido separarlas, nos faltó la agudeza reglamentaria y normativa de formular cualquier indicación para traer el debate a la Sala y haberlas separado. El honorable Senado permite separar hasta una coma, hasta una letra de un texto. En la Cámara, a veces es más restringido.

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DISCUSION EN SALA

Como ese tipo de situaciones afecta el ejercicio de las potestades legislativas, o nos dificulta, o nos deja demasiado sujetos a la discrecionalidad del Senado, quiero pedirle a la Mesa que, en conjunto con los diputados de la Comisión de Régimen Interno, se investigue con el Secretario si hay alguna norma que modifique nuestro Reglamento, con el objeto de generar una suerte de paridad con el Senado en esta materia y que estas situaciones no nos vuelvan a ocurrir, porque no siempre tenemos que estar sujetos a la agudeza o a la rapidez con que un diputado presenta la indicación. También nos sucedió con la reforma previsional, en la que nos encontramos con un paquete completo aprobado y no hubo posibilidades de separar nada. No nos hagamos trampa entre nosotros mismos y no nos autoinhibamos en nuestras facultades legislativas, pero también pido a la Mesa que estudie si es necesario introducir modificaciones a la ley orgánica del Congreso Nacional y al Reglamento, con el objeto de que este tipo de situaciones las podamos plantear abiertamente y no depender de la mayor o menor agudeza de algún diputado para presentar una indicación. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Cardemil. El señor CARDEMIL.- Señor Presidente, a propósito de este tema, quiero dejar constancia de que el diputado Rodrigo Álvarez solicitó la unanimidad de la Sala para votar en forma separada este proyecto de ley, pero la Sala no la dio. Eso se podía hacer aun sin indicaciones. Si queremos dejar de ser buzones del sistema legislativo para que los proyectos que entran por la Cámara de Diputados los arregle el Senado, se necesita la voluntad política y la claridad de todos los señores diputados en el momento en que produzca la discusión, y creer nosotros mismos la buena fe con que planteamos los puntos en esta Sala. La unanimidad para votar en forma separada las disposiciones de este proyecto de ley se podía haber otorgado, pero esta misma Sala no la concedió, porque algunos señores diputados se opusieron. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, concuerdo con el diputado señor Latorre. La Cámara de Diputados no es buzón. La mayoría acordó votarlo en bloque; no fueron sólo algunos diputados, sino la mayoría. Por lo tanto, si la mayoría de la Cámara dice algo, es porque así lo quiere. Llama la atención que el Senado haya desvirtuado nuestra idea, pero se trata de un beneficio para el país. Por lo tanto, tengo que ceder, aunque no quiera. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Montes.

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DISCUSION EN SALA

El señor MONTES.- Señor Presidente, en primer lugar, por su intermedio, quiero decir al diputado Latorre que el tema se está discutiendo hace siete años en la Cámara de Diputados. El ministro Eyzaguirre dio todas las fórmulas de por qué había que terminar con esta franquicia. Lo planteó al país entero. La Presidenta Bachelet lo puso en su programa. La candidata Bachelet expresó por qué ella era partidaria de eliminarla. O sea, el debate tiene una larga trayectoria. ¿Qué ha acordado el Senado? En primer lugar, 72 millones de dólares en beneficio a determinados sectores, los que no estaban en el informe de la Cámara. Por un lado, por la vía de mantener lo mismo de hoy, hasta 3.000 UF, y no 2.000, como había acordado la Cámara -el costo aproximado de eso son 40 millones de pesos-, y elevar el techo de franquicias de vivienda de 150 UF a 225 UF, que en la Cámara era de hasta 4.000, y sólo 150 UF, a 4.500 y 225 UF. Creo que lo razonable es abstenerse, para no respaldar los cambios del Senado. Además, si de debate presupuestario se trata, es muy importante que en la ley del lobby se precise el alcance de los lobbistas. No puede ser que la ley del lobby diga que los dirigentes gremiales no son lobbistas. Hay que aclarar el tema del lobby. Es bueno que precisemos, junto a lo que se ha pedido, el límite de las inhabilidades de los parlamentarios para intervenir en ciertas materias. Durante siete años hemos estado tratando de demostrar que esta franquicia está mal planteada. Javier Etcheberry la inventó para otro objetivo, que era en la época de la dictadura. Fue para formalizar un sector, para que entrara al sistema del IVA, porque estaba afuera. En la actualidad, la realidad es otra. Es mucha plata: 6 mil millones de dólares que desviamos a este objeto y no a otros que son prioritarios para la sociedad. Es regresivo; favorece en un 70 al 20 por ciento de mayores ingresos y en un 80 al decil de mayores ingresos. No voy a entrar al debate sobre quién la administra, pero todo indica que las inmobiliarias deciden si estas franquicias van al precio, no las constructoras. No nos equivoquemos. Le diría a diputados como Urrutia que entiendan que ésta es parte de nueve franquicias tributarias que tiene el sector. Son nueve, que significan cerca de 1.400 millones de dólares anuales. El sector agrario quisiera ese respaldo. Además, en Chile no tenemos políticas tributarias para el suelo. Respecto del resto de América Latina es una tremenda ventaja, porque lo que más fortuna hace en nuestro país es el manejo del suelo. Este año y el próximo, a una persona que compra una casa de 4.500 UF, o sea, de 90 millones de pesos, el Estado le entrega 10 millones por esta vía. Con este proyecto, no le va entregar 10 millones, sino 4 millones y medio. La discusión seria, ética, política y económica Aquí debe haber un debate serio, en el sentido de analizar desde un punto de vista ético, político y económico, si tiene sentido dar una

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DISCUSION EN SALA

franquicia a este segmento de ingresos, llámese clase media o como sea. Ese es el punto de la discusión. Quiero consultar a los defensores -como el diputado Kast y otros- de los deudores del PET y del Andha si saben cuánto subsidio recibieron los deudores del PET cuando obtuvieron su casa. Fueron 90 unidades de fomento. Y a través de esta iniciativa estamos entregando 225 unidades de fomento para casas de 4.500 unidades de fomento. ¿Saben cuánto recibieron todas las personas que accedieron a una casa por subsidio unificado? 140 unidades de fomento y por esta vía les estamos entregando 225 unidades de fomento a personas que pueden acceder a casas de 4.500 unidades de fomento. Por eso, insisto, esta iniciativa está mal focalizada. No es una buena noticia para quienes viven en situación de desigualdad; no es una buena noticia para quienes viven en barrios deteriorados que requieren una mayor cantidad de recursos para mejorar. Me refiero a los sectores de ingresos bajos y medios que viven en barrios con bastante deterioro. Esto tampoco es bueno para las personas que están postulando a una vivienda de mejor estándar y que tienen bajos ingresos. Por eso, sería bueno no sólo pensar en la situación y en el medio donde se vive, sino que, también en esta ciudad y en las del resto del mundo. Hoy, en Francia y en Estados Unidos se debate sobre los condenados de la ciudad; en Chile, en la Región Metropolitana tenemos un millón de personas que viven en 2.500 hectáreas, o sea, 400 personas por hectárea, lo que es un absurdo. Ahí está gran parte de los problemas sociales de Santiago. Por eso, tenemos que ver cómo mejorar su situación. El proyecto tiene la ventaja de haber puesto en el debate este tema y no les quepa la menor duda que va a estar inserto en las campañas municipal y presidencial, ya que es un tema político que quedó instalado en la agenda. lo que valoro mucho. Es muy importante que el Gobierno haya adquirido el compromiso de incorporar en el Presupuesto de la Nación para en 2009 una propuesta para transformar el subsidio de la oferta en un subsidio a la demanda, porque además de la diferencia que se produce respecto de los deudores PET y los del subsidio unificado, no existe ninguna limitación sobre el número de propiedades que una persona puede comprar. Aquí hay un mal diseño de este instrumento que surgió hace muchos años para otros objetivos. Esta iniciativa es muy engorrosa en su aplicación práctica, porque es un subsidio por compra de insumo, pero con un límite en el precio del producto, que es la vivienda. En los países que han tratado de hacer lo mismo ha resultado impracticable; por eso, lo lógico es transformar esto en un subsidio a la demanda. Ahora, si el Congreso Nacional decide subsidiar a la gente que compra una propiedad de 4.500 unidades de fomento, lo debe hacer respecto de las personas que compran una propiedad, pero no diez, veinte o treinta, porque tal como está, si alguien quiere comprar treinta casas para especular con el arriendo, puede acceder. Por eso, insisto, en esta iniciativa algo está mal diseñado. Además, si se aplicara en los términos en que está planteado en el proyecto, puede terminar transformándose en fuente de grandes problemas de probidad, además de ser injusto. El cemento que compra una constructora no lo hace para una casa de 4.500 ó de 5.000 unidades de

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DISCUSION EN SALA

fomento, sino para construir casas de cualquier tamaño. Por lo tanto, aquella empresa que construye casas de distinto tamaño va a producir un problema. En los países donde esto se ha tratado de aplicar, ha sido diferenciado y bastante desastroso. Chile tiene un sistema de subsidio a la demanda sobre la base del subsidio unificado. Podemos ampliar la escala, pero tener este sistema por esta vía y con este tremendo costo no lo encuentro aconsejable. Debo reconocer que en la medida en que el tema se pone en discusión y se avanza, es una buena noticia, pero hay que dejar en claro que, a partir del segundo semestre del próximo año, quienes compren casas de sobre 4.500 unidades de fomento no van a poder acceder a este descuento. En todo caso, es importante que se sepa que sólo van a poder descontar IVA de los insumos que se adquieren para modificar la casa, quienes tengan viviendas regidas por el decreto ley N° 255, del Ministerio de la Vivienda. En esta búsqueda por intentar tener un país menos desigual nos obliga a mirar los problemas en forma global. Aquí hay algo mal pensado, mal diseñado; fue hecho para otra época y se ha distorsionado en el tiempo. Si queremos incentivar la oferta de viviendas para los sectores que más lo necesitan existen otros instrumentos. Según los datos de la Cámara Chilena de la Construcción, el déficit de viviendas es de menos de 1.500 unidades; en los últimos dos deciles, sólo el 4 por ciento; el resto, está en otro segmento de la población. Los representantes de la Cámara de la Construcción asistieron a la Comisión e hicieron una serie de alegatos infundados, trabajaron sobre los datos de venta y no sobre los de déficit, que son los propios de una política pública. No estoy de acuerdo con las modificaciones introducidas por el Senado, por tanto, me voy a abstener, y creo que es la actitud que deben asumir todos quienes están en mi posición, ya que no podemos sumarnos a respaldar una propuesta que es más injusta, incluso, que lo que había antes, aunque mejor que lo que hay en la realidad. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado don Jaime Hales. El señor HALES.- Señor Presidente, en mi opinión, la Presidenta hizo bien al enviar este proyecto, ya que, si se aprueba, son varios los beneficios que va a tener la población, entre ellos, la rebaja en el precio de los combustibles; los beneficios tantas veces prometidos a las pymes, la eliminación del impuesto de timbres y estampillas, y otros que se entregan a distintos segmentos de la población. El contenido de esta iniciativa significa un progreso importante en cuanto a las promesas efectuadas por la Presidenta en su campaña, ofrecidas al país y comprometidas por muchos de nosotros. Además, en la Cámara de Diputados la abstención significa un voto negativo, de manera que si se compatibiliza terminaremos rechazando el proyecto. Debemos mirarlo con la serenidad necesaria, ya que se trata de un listado importante de beneficios que va a recibir la ciudadanía, a la vez que se avanza en varias correcciones.

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DISCUSION EN SALA

Me parece importante reponer un debate que hemos planteado en varias oportunidades. En materia tributaria existe mucho misterio en lo que se refiere a beneficios; no obstante, si vamos a revisar los beneficios que ya existen respecto de distintos agentes y productos, sería importante revisar todo, no sólo las alzas a los precios de las viviendas, sino a la leche y el azúcar, aun cuando debemos reconocer que tiene bastantes franquicias. Los pobres que viven en Santiago pagan bastante más cara el azúcar nacional, porque se ha buscado favorecer a determinados productores chilenos. Así está resuelto. Por eso, lo lógico sería realizar una revisión completa y no una revisión focalizada que termine perjudicando sólo a los compradores de vivienda. En Chile no existía el castigo del IVA para la vivienda. Para estimular la construcción, por la capacidad de movilización de actores económicos, por la capacidad de contratar mano de obra, no se cargó el IVA para la compra de vivienda, lo que, finalmente, se prestó para muchas irregularidades, porque cuando había que computar los materiales, era difícil distinguir si era para oficina o para una vivienda. Al final, una persona construía una casa y una oficina y terminaba haciendo un juego contable en la carga de los materiales que le permitía aprovechar ese beneficio. Por tal razón, se decidió gravar las oficinas con el IVA completo y la vivienda con un IVA parcial, con el objeto de beneficiar sólo al que compraba una vivienda. Pero es bueno poner un límite. No me parecía bien como venía en el proyecto, porque si aumentamos el IVA a una vivienda de 2.500 unidades de fomento, caramba que vamos a tener que dar explicaciones a la hora de enfrentarnos a nuestros votantes y explicarles que para poder lavar la guagua, que estaba un poco sucia, tiramos a la tina el agua sucia y la guagua al alcantarillado. Me parece bien cargarle a una vivienda de 4.000 unidades de fomento, aun cuando el Senado determinó que fueran 4.500 unidades de fomento. Cuando se realizó la discusión de las viviendas de 2.000 UF, que establecía el proyecto que fue aprobado en general por la Cámara, diversos diputados presentamos una indicación que tenía por objeto impedir que se aumentara el IVA de las viviendas de ese valor, porque era una barbaridad. Digo esto, porque alrededor del 39 por ciento del mercado de departamentos está formado por viviendas inferiores a las 2.000 UF. Ése es el grueso del mercado habitacional. Ustedes me dirán que eso beneficia a la inmobiliaria que vende. Claro que la beneficia porque puede vender a un menor precio y, por lo tanto, más departamentos; pero también beneficia al comprador porque puede comprar una vivienda más barata. No puedo decir que sea una persona pobre la que puede pagar 2.000 ó 2.500 UF por una vivienda; tampoco, que es indigente, porque ésta sólo puede acceder a una de 10 UF, que corresponde a la vivienda dinámica sin deuda. Pero los chilenos están mejorando su nivel de vida, se visten un poco mejor; el 85 por ciento tiene lavadora; el 90 por ciento, refrigerador; el 99 por ciento, agua potable; el 99,5 por ciento, alcantarillado, y casi todos tienen luz eléctrica. Es un Chile distinto; los últimos 20 años no han pasado en vano. Por eso, hay personas que pueden comprar viviendas de 2.000 y 2.500 UF y que tienen auto. Antes, las pequeñas viviendas no tenían garaje; ahora, sus dueños deben hacer una adaptación en el antejardín. Fue necesario dictar una ley del “mono”, “el mono 2” y “el mono

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contraataca”, con el objeto de regularizar las ampliaciones de las personas que están progresando, que han transformado su pequeño sitio o lote social de 9 por 18 metros en una vivienda con segundo piso, con arreglos interiores, etcétera. Todos los diputados conocen sus distritos y saben que existe ese progreso. Pues bien, ese progreso se manifiesta también en las nuevas familias, que hoy pueden comprar una vivienda. Hay susidios de todo tipo, fondos concursables y muchos otros beneficios que se empezaron a otorgar durante el Gobierno de Ricardo Lagos y que han aumentado durante el Gobierno de Michelle Bachelet. La ministra Patricia Poblete todos los días tiene que modificar programas para mejorar la forma de adquirir viviendas nuevas o usadas, para hacer ampliaciones, construcciones en el fondo de sitios, etcétera.

Pero, de pronto, ustedes le dicen a la gente que a las viviendas entre 2.000 y 4.000 UF les vamos a aumentar el IVA para que tengan más dificultades para comprar. Eso obstaculiza el progreso y, por eso, nosotros planteamos aplicar el IVA total desde 4.000 UF hacia arriba. Ustedes me dirán que 4.000 UF es mucho. Entonces, pongámosle 3.800 ó 3.900. No sé cuál podría ser el límite; que lo decidan los especialistas. El Senado optó por 4.500 UF. No me importa, lo que me interesa es defender a un segmento que quiere progresar.

No quería aprobar –ahora sí voy a hacerlo- ese proyecto que hablaba de 2.000 UF, porque eso significaba decirle a la gente que, si quiere progresar, tiene que hacerlo en todo, por ejemplo, que mande a sus niños a estudiar para que progresen. Pero en el caso de la vivienda, que se chante, que se quede ahí no más, que la vivienda que va a adquirir no pase de las 2.000 UF, porque sobre ese valor el Congreso Nacional, junto con el Gobierno, decidieron cargarle el IVA y, por lo tanto, subirle el precio. Yo no quiero ser parte de eso. Ni yo ni mi bancada fijamos el límite en 4.500 UF. Aquí se presentó una indicación para que el límite fuera de 4.000 UF. El Senado optó por 4.500, y yo estoy dispuesto a votar a favor de esa modificación. Además, es un paquete que incluye todos los demás beneficios a la pequeña y mediana empresa, como la reducción de impuestos, que se viene planteando desde hace tantos años y en tantas oportunidades. Hemos formado comisiones, hemos hecho discursos, visitas y manifestaciones para defender a la pequeña y mediana empresa, pero a la hora de hacer cosas concretas nos encontramos con este hecho concreto. Entonces, pensemos en otras revisiones tributarias para más adelante. Aquí se ha mencionado algo muy importante: el suelo. Es una materia que no está regulada. Y voy a decir más. Aquí ha existido miedo, incluso, de nuestros propios gobiernos –digo “nuestros” porque contribuimos a elegirlos- para establecer un impuesto a la plusvalía, que es el gran componente de las alzas. Con el diputado Montes trabajamos en un seminario con el Lincoln Institute, en el Palacio Ariztía, con especialistas como Smolka, Sandroni y otros profesionales que vinieron de distintas partes del mundo, a fin de buscar un impuesto a la plusvalía porque, al final, es el componente suelo el que termina generando las grandes alzas de las viviendas. Sepan ustedes que un plan completo de vivienda: el de la vivienda progresiva, en Santiago, quedó destruido, liquidado, simplemente,

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por el alza del precio del suelo, no porque hayan subido los materiales o los precios de las viviendas. El valor del suelo hizo imposible implementar ese plan. Por eso, terminó en la Región Metropolitana y sólo se pudo desarrollar en otras regiones. Tenemos que ir analizando estas materias con tranquilidad, con mucha firmeza y no aplicar castigos de este tipo. En este caso, debemos aprobar la modificación del Senado; más adelante podemos discutir lo del suelo. No quiero que se caricaturice lo que estoy señalando; sólo quiero dar la señal de algo que debemos debatir con mayor profundidad.

Respecto de las viviendas, no más IVA, no más castigo para el comprador. Si le aumentamos los costos a la inmobiliaria, ésta lo va a traspasar al precio de la vivienda. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez. El señor ÁLVAREZ.- Señor Presidente, en primer lugar, y para que quede claro el punto reglamentario inicial, quiero insistir en que pedí votar en forma separada -se podría haber procedido de esa forma-, atendidas las observaciones que formuló el diputado Latorre. A diferencia de lo manifestado por el diputado Jaramillo, no fue la mayoría de la Sala la que pidió votar en determinada forma; sólo tres diputados se opusieron a que se votara en forma separada. Podríamos haberlo hecho de esa manera, y haber tenido una discusión mucho más extensa sobre lo que ocurrió, por una razón reglamentaria. Son muchas las materias de fondo que hay que discutir. La expresión “clase media” ha cruzado el debate, tanto en la Cámara como en el Senado, y encuentro razonables algunos argumentos que se han dado sobre los beneficios que podría tener este sector social, sobre la búsqueda de nuevos incentivos, etcétera. Es cierto que muchos de ellos –como se nos ha dicho- están en el decil más alto, desde el punto de vista de los ingresos; pero hay un gran número de chilenos que tienen 2, 3 ó 4 hijos, que no tienen posibilidad alguna de economizar en materia de educación o de salud; sólo pueden hacerlo, aunque parcialmente, en vivienda y en el aspecto tributario, discusión que aún sigue pendiente. Por lo tanto, coincido con la afirmación de que este proyecto beneficia a un grupo importante de chilenos, cuya única coincidencia es que son de clase media y cuya principal inversión es la vivienda. Sin perjuicio de esto, me parece muy importante volver a destacar que este proyecto es más amplio y que contiene cosas positivas para el país; por ejemplo, la eliminación del impuesto de timbres y estampillas, que fue ratificado por el Senado, y la disminución del impuesto a los combustibles, también ratificado por el Senado, que eran peticiones que habíamos hecho hace mucho tiempo y que condujeron a que jamás votáramos a favor del alza de impuestos. No me preocupa la forma en que ha quedado el proyecto. Considero que, en general, está bien, aunque habría preferido otras fórmulas, como las que empezamos a delinear en la Comisión de Hacienda: un subsidio entregado directamente a las personas o su mantención por un tiempo determinado. Se podrían haber buscado otras

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alternativas. Pero se optó por un modelo, según el cual las viviendas de 3.000 UF mantienen el actual beneficio, y las que están entre este valor y las 4.500 UF tendrán un beneficio parejo, superior al que había aprobado la Cámara. Por lo tanto, como resultado final, me parece positivo. Lo que sí me molesta en toda esta discusión son algunos comentarios, opiniones políticas o algunas frases políticas. Al recordar parte de la intervención del diputado Montes, de inmediato, me remito al resultado de la votación del proyecto en el Senado. Si bien para él puede ser injusta, debo decir que 36 senadores votaron a favor del proyecto. Respecto del punto específico relacionado con el valor de las viviendas, 28 votaron a favor y sólo 2 se abstuvieron. Votaron a favor los senadores Escalona, Gazmuri, Letelier, Muñoz y Ominami que, si mal no recuerdo, no son de la Alianza. Y votaron a favor del proyecto porque es una iniciativa razonable, más aún, cuando existe una declaración política que considero delicada, formulada por algunos funcionarios de Gobierno, que decían que éste era sólo una cuestión de lobby. Al parecer, los senadores no pensaron así; éste no era un asunto de lobby, sino que se trataba de buscar lo mejor para el país. Y se llegó a una fórmula de acuerdo que no tuvo votos en contra -que quede claro, no hubo ningún voto en contra-, en circunstancias de que sí podría haber ocurrido, porque no existía la obligación de que se aprobara en forma unánime. En lo relativo al valor de las viviendas, sólo se registraron dos abstenciones: las de los senadores Navarro y Ávila. ¿Por qué? Porque es un proyecto bueno para el país, en general, y también en particular, por la rebaja del impuesto a los combustibles, la eliminación del impuesto de timbres y estampillas y la adecuada fórmula de solución en lo relativo a la construcción. Me parece que esas declaraciones, excesivas desde el punto de vista de sus implicancias políticas, sociales o económicas, no contrastan adecuadamente con la votación de los senadores, y aquellos a los que he aludido, que hicieron cambiar la naturaleza del proyecto, no son exclusivamente de la Alianza por Chile, sino que también de la Concertación. Por eso, llamo a votar a favor de las modificaciones del Senado. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Saffirio. El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente, el proyecto que presentó el Ejecutivo y que se votó en la Cámara de Diputados, desde el punto de vista de la equidad y la corrección de profundos problemas del sistema tributario chileno, era mejor que el que ha vuelto del Senado. Tengo en mi poder distintos documentos elaborados en el seno de la Comisión Económico-Social de la Democracia Cristiana en los que no hay dos opiniones. Si queremos mejorar la equidad del sistema tributario chileno, debemos hacer varias cosas, una de las cuales es terminar con franquicias que alguna vez se justificaron. En el caso de la franquicia del IVA a la construcción, los argumentos son impresionantes, porque en el marco de la discusión, según me informó en detalle el diputado José Miguel Ortiz, en quien tengo absoluta confianza, por su seriedad en el trabajo, no fue sólo la reactivación económica en la década de los 70 lo que justificó esa exención, sino que, incluso, se dieron

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argumentos en el sentido de que era una manera de evitar una evasión tributaria generalizada en esa época, a raíz de lo que ocurría en la práctica con los materiales para la construcción. Si en algún momento eso se justificó, hoy no se justifica de ninguna manera, sin perjuicio de que hay que avanzar en el control de la evasión y de las numerosas vías de escape para la elusión de impuestos, pero también entrar al debate de fondo, que la Cámara de Diputados discutió en la Comisión de Hacienda en su momento. No podemos seguir girando en torno a una estructura tributaria muy regresiva. Mientras hablamos de conseguir mayores niveles de igualdad, de enfrentar la segmentación, seguimos haciendo descansar la estructura tributaria de nuestro país en impuestos indirectos, en impuestos al trabajo, que, sin perjuicio de lo que se haga desde el punto de vista de la focalización del gasto social para corregir lo que nos pasa con la recaudación, no hay dos opiniones. Se trata de una estructura tributaria regresiva, que no sólo no ayuda a corregir las desigualdades, sino que, en definitiva, las profundiza. En su momento, habrá que discutir sobre ésta y otras franquicias, porque en ese punto estoy de acuerdo con el diputado Montes, en el sentido de que éste es un debate duro, de política pública seria, dentro de una política muy banalizada, en la que muchas veces se discuten tonteras, con diálogos de bobos. Además, desde el punto de vista del programa de Gobierno de la Presidenta, ello es absolutamente coherente con una definición que el país votó, que era, precisamente, revisar la situación de exenciones y franquicias. Personalmente, no me gusta lo ocurrido en el Senado, pero tampoco podemos ser maximalistas o jugar a cosas raras. Cuando Carlos Montes dijo que el proyecto que volvió del Senado es malo en comparación con el que votamos en la Cámara, pero mejora la situación actual –es decir, lo que tendríamos si ahora no aprobamos las modificaciones-, la consecuencia lógica no puede ser la abstención, sino que la postura de los senadores socialistas, que lo aprobaron. Insisto en que no estoy satisfecho con las modificaciones del Senado y creo que era mejor lo que aprobamos en la Cámara, pero no me parece coherente decir que porque es más malo que el que aprobamos hace dos semanas –que fue modificado en el Senado por situaciones reglamentarias, de tratamiento legislativo, y por la situación de mayoría-, no lo apoyemos, dado que lo que hoy existe es lo peor desde el punto de vista de la equidad. Me hubiera gustado que avanzáramos en la línea del proyecto original del Ejecutivo y que el Senado lo hubiera aprobado. No fue así, sin embargo, como igual estamos dando un paso bastante grande en relación con la inequidad existente, lo razonable es hacer lo mismo que hicieron los senadores de la Concertación, incluidos los del Partido Socialista. El señor BUSTOS (Presidente).- Diputado Saffirio, el diputado Carlos Montes le solicita una interrupción. El señor SAFFIRIO.- Por su intermedio se la concedo, señor Presidente.

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El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Carlos Montes. El señor MONTES.- Señor Presidente, quiero señalar al diputado Saffirio que lo consistente sería votar en contra de las modificaciones del Senado al proyecto, para mejorarlo en Comisión Mixta. Pero eso significaría postergar su puesta en práctica y la rebaja de la gasolina. Lo que votaremos son las modificaciones del Senado, el resto del proyecto está aprobado. Pero las modificaciones no nos convencen y no vamos a ser cómplices de una fórmula y una lógica que nos parece inadecuada. El Gobierno estuvo con una pistola al pecho, por eso tuvo que aceptar esto. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Continúa con el uso de la palabra el diputado Saffirio. El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente, habría que pensar qué ocurriría si el proyecto fuera a Comisión Mixta. No creo que avanzáramos en término de modificaciones de fondo. Como bien dijo el diputado Montes, lo único que conseguiríamos con ello sería postergar los beneficios que consagra el proyecto, que es bueno desde el punto de vista de la rebaja de los combustibles y constituye un gran avance respecto de la equidad, y aun cuando la franquicia del IVA no se acaba como hubiésemos querido, significa un adelanto respecto de lo que hay. Por eso, celebro que se inicie un debate de cara a los próximos procesos democráticos, porque ha costado mucho poner el tema en la agenda pública y muchas veces nos abocamos a discutir cuestiones que no tienen mayor importancia desde el punto de vista del país, aun cuando la pirotecnia haga que mucha gente observe desde la galería como si asistiera a un espectáculo, por eso la política está tan desprestigiada. Me gustaba mucho más el proyecto original que voté, creo que lo ocurrido en el Senado es un retroceso desde el punto de vista de la equidad, pero, dado que esto es mejor que lo que tenemos, lo votaré a favor. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Dittborn. El señor DITTBORN.- Señor Presidente, el diputado Montes dice que al Gobierno le pusieron la pistola al pecho para aceptar este proyecto. Debo concluir, entonces, que la pistola la sacó Camilo Escalona, o Carlos Ominami o el Partido Socialista, que votó favorablemente el proyecto en el Senado, con las abstenciones de dos senadores, de manera que no me cuadra en este caso el concepto de pistola al pecho. Pistola al pecho hubiera sido si la Concertación se hubiera opuesto al proyecto en la votación final en el Senado, y es minoría en el Senado,

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hubiera perdido, pero, reitero, tendría que haberse opuesto al proyecto y no haberlo votado a favor. Francamente, eso amerita una explicación, porque no resiste ninguna lógica. Sin embargo, como estamos en Semana Santa, quiero decir bendito sea el Senado, porque gracias a que tenemos mayoría ahora se le evitó a un grupo muy importante de chilenos un aumento significativo en su vivienda. La compra de vivienda es probablemente la más importante de una familia en Chile. Y si se hubiera aprobado el proyecto tal como salió de la Cámara, viviendas de valores sobre 2.000 unidades de fomento habrían aumentado su valor. Hay dudas en cuánto. Algunos dicen 5, 7, 8, 9, ó 10 por ciento, pero, sin duda, aumentarían de precio. No sólo las viviendas nuevas, sino que también las usadas, porque son sustitutas de las nuevas, es decir, habría aumentado de precio, repito, la compra más importante que realiza una familia en Chile. Por eso, las palabras del diputado también socialista, pero sensato Patricio Hales, me hacen mucho sentido. Me gustaría que la Izquierda de nuestro país tuviera un gen árabe, porque las personas de esa parte del mundo tienen un sentido práctico y terrenal de cómo en verdad funciona el mundo. A ese sector le hace mucha falta ese tipo de gen para que dejen de hablar de utopías y de tonteras, como que el Impuesto al valor agregado, IVA, es pagado por las empresas. ¿Cuántas veces se escuchó decir en esta Sala que el IVA era pagado por las empresas? Eso da pena; francamente, es no entender cómo funciona el mundo. El IVA es pagado por las personas, se transfiere; las empresas son intermediarias, sólo lo cobran. Pero, finalmente, ese impuesto es pagado por las personas. Por lo tanto, la eliminación de esa exención aumentará el valor de las casas. Ahora, en cuanto a la focalización, tema que el diputado Montes puso en discusión, es relevante. Uno puede decir: No quiero evitar que le suban el precio a las personas que compren viviendas sobre 4.000 unidades de fomento. Deseo que se les suba y que paguen la totalidad del IVA. Muy bien, ése es un tema; pero, por favor, hablemos las cosas como son. La eliminación de una exención al IVA, finalmente, redundará en el aumento del valor de las viviendas. El Senado dictaminó que el impuesto aumentará en las viviendas que están por sobre las 4.500 UF. Está bien, podemos discrepar o no. Pero no sigamos hablando chambonadas de que las empresas pagarán la eliminación de esta franquicia. En otro orden de cosas, me preocupa la actitud del socialismo en general de eliminar franquicias. Está bien, entiendo el tema de la focalización y lo comparto hasta cierto punto. Pero más me preocupa la franquicia de la ley de donaciones que el Partido Socialista y la Izquierda en general tienen trancado en la Comisión de Hacienda de esta Corporación. El Partido Socialista expresó que no quiere que las empresas puedan donar dinero a … El señor MONTES.- ¡A las campañas! El señor DITTBORN.- … instituciones, como el Hogar de Cristo,

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Fundación Las Rosas, etcétera, que no han recibido donación alguna después de aprobarse cambios a varias leyes durante el gobierno de Lagos, los que significaron una gran dificultad para donar. En la Comisión de Hacienda dijeron que no querían que el Estado sacrificara sus dineros en favor del Hogar de Cristo, de la Fundación Las Rosas y de otras instituciones de ese tipo, con lo cual quedé impactado. Me parece una barbaridad. Traigo este tema a la Sala, porque no puede ser que, por una decisión nuestra, se esté impidiendo que esas instituciones se puedan beneficiar de franquicias tributarias que van en favor de personas de menos ingresos. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Insunza. El señor INSUNZA.- Señor Presidente, quiero formular dos precisiones previas al debate de fondo. En primer lugar, aclaro que la Cámara está discutiendo los cambios introducidos por el Senado, porque el proyecto ya fue aprobado por la Cámara en todo lo que tiene que ver con el impuesto específico a los combustibles y el impuesto de timbres y estampillas. Eso también fue aprobado por el Senado. Ahora, nos corresponde tratar una modificación respecto de la exención del IVA a la construcción. Por lo tanto, todo lo demás es dorar la píldora respecto de la discusión. El proyecto salió de la Cámara con una rebaja sustantiva al impuesto de los combustibles, a la ley de Timbres y Estampillas, por 190 millones de dólares, y con una eliminación de la exención del IVA que permitía recuperar precisamente esos 190 millones de dólares. Hoy, ha vuelto a la Cámara con 70 u 80 millones de dólares menos. En consecuencia, hay un impacto que no es ganado por la clase media, sino por los sectores altos del país. Ésa es la discusión. No hace bien mezclar peras con manzanas. Se ha mencionado la votación de los senadores, incluidos los de la Concertación, del Partido Socialista y del Partido por la Democracia, pero que tienen que ver con la votación global del proyecto y con una fórmula que permitiera darle viabilidad. Por lo tanto, tampoco me parece razonable argüir eso para decir que acá no puede haber un debate respecto del fondo de la materia. El otro tema me resulta mañoso. Al diputado Dittborn le he escuchado argumentos más inteligentes al respecto. Quizás no se puede ser inteligente todo el tiempo y podrá permitirse algunas tonteras de vez en cuando, pero esta discusión es respecto de otra cosa. Yendo al fondo de la discusión, hay una decisión que debe quedar clara ante el país. La exención del IVA a la construcción es profundamente regresiva. Si una persona modesta compra una casa de 10 ó 15 millones de pesos, recibe un beneficio equivalente a un millón o millón y medio de pesos; en cambio, si alguien del sector alto compra una casa de 200 millones de pesos, el Estado le entrega un beneficio de 20 millones de pesos. Ese desequilibrio en el que se focaliza una enorme cantidad de recursos en los sectores altos, que dejan de percibirse para destinarlos a los

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sectores modestos, es el tema de discusión. Desde ese punto de vista, es un episodio muy lamentable lo que ha pasado en el Senado, no sólo por la modificación sino, también, por la manera de hacerla. El prestigio del Congreso Nacional, en este caso, del Senado, se ve deteriorado cuando el lobby tan evidente se vuelve sensible para un conjunto de parlamentarios que terminan accediendo a las modificaciones requeridas. Quiero alertar a los señores diputados sobre otro punto, cual es la tentación y tendencia a un populismo tributario que se está instalando acá, como si todos los recursos que estamos obteniendo del cobre nos permitieran darnos el lujo de bajar los impuestos a trocha y mocha. Chile apenas tiene una carga tributaria de alrededor del 17 por ciento. Incluso, todos los fondos del cobre no nos permiten acometer algunas tareas urgentes. Tampoco podríamos hacerlo por el riesgo de afectar más severamente aún el tipo de cambio, como se ha propuesto. Lo único que tenemos acá son planteamientos para seguir produciendo rebajas tributarias como si no tuviéramos necesidades sociales que emprender. Por ejemplo, más viviendas sociales, con más recursos, con más calidad y mayor inversión en los barrios. Obviamente, la rebaja de recursos realizada en el Senado afecta el impulso de esas políticas. Saquemos cuentas. Al final de la tramitación del proyecto vemos que la rebaja de los combustibles es de aproximadamente 350 millones de dólares; del impuesto de timbres y estampillas, de 190 millones en dólares -en conjunto suman 540 millones de dólares-, y lo que se va a recibir por la eliminación de la exención serán 120 millones de dólares. En la práctica, hay una relación de cinco a uno. Con seguridad, seguirán proliferando propuestas similares. De esa manera estamos cometiendo una grave irresponsabilidad. Estamos disparándonos en los pies, en circunstancias de que Chile necesita más equidad para su propia estabilidad social y política y que le demos un curso de progreso con gobernabilidad y paz social. Esa discusión se obviaría si aceptáramos el discurso fácil, de un populismo tributario que parezca amable a los oídos de alguna gente. De ahí, el manoseo de la clase media es la regla de oro en esta discusión. A mi juicio, deberíamos ir a la eliminación total de esta exención, que este año sumará alrededor de 500 millones de dólares, y focalizarla en la construcción de viviendas más amplias y mejores, en una política de suelo más activa por parte del Estado y más inversión para mejorar los barrios. En caso contrario, después no nos quejemos, ya que en muchas ciudades se están produciendo focos de marginalidad, que más tarde redundarán en delincuencia, narcotráfico y muchos otros fenómenos nocivos que se producen en las ciudades por la falta de inversión. He dicho. El señor CERONI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet. El señor MULET.- Señor Presidente, a quienes durante mucho tiempo nos hemos preocupado de la clase media, de los pequeños y medianos

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empresarios; en general, los parlamentarios que hoy formamos parte de la bancada independiente, nos interesa la materia que se debate. Por eso, cabe preguntar si las modificaciones del Senado apuntan a la defensa de la clase media. Se eleva el tope, de 4.000 a 4.500 las unidades de fomento respecto de las cuales se aplicará la franquicia al precio de las viviendas. Se trata de aquellas que valen hasta 90 millones de pesos. ¿Son, en realidad, de clase media? Quienes nos preocupamos de ese sector tan importante, que lo constituye cerca del 60 ó 70 por ciento de chilenos, dudamos de que las modificaciones apunten a favorecerlo. A título personal, me gustaba más el proyecto como lo despachó la Cámara, con una exención hasta las 2.000 unidades de fomento y una gradualidad hasta las 4.000 unidades de fomento. Más que a la clase media, esas modificaciones favorecen a un sector alto de nuestra sociedad. Sabemos lo mal que se distribuye el ingreso en nuestro país. El último informe del PNUD, de alguna manera, lo reseña. El quintil más pobre recibe muy poco y el quintil más rico recibe mucho. Las políticas que implican esas modificaciones deben irse corrigiendo, para que el Estado coloque los recursos donde realmente corresponde, de manera de beneficiar al sector que más necesita. Sin duda, votar en contra de las modificaciones sería tremendamente delicado, porque significaría enviar el proyecto a una comisión mixta y, por ende, postergar la utilización de los demás beneficios, que tienen que ver con la rebaja del precio de los combustibles y de los impuestos de timbres y estampillas, en fin. Estoy en una disyuntiva, porque, insisto, mantener ese beneficio para viviendas de 90 millones de pesos excede lo que puede hacer hoy el país. Preferiría que los 70 millones de dólares que dejaría de percibir el fisco como consecuencia de las modificaciones del Senado, se destinaran a las viviendas sociales. Hay que pensar que el Estado coloca 300 ó 350 unidades de fomento en una vivienda social y lo mismo, más o menos, en una de 4.500 unidades de fomento. O sea, el beneficio para una persona con más recursos es el mismo que recibe una persona modesta, a través del subsidio del Estado, para una vivienda social. El problema es complejo. Insisto en que me gustaba más el proyecto que despachó la Cámara. En él se focalizaban mejor los recursos. Por eso, me voy a abstener en la votación de las modificaciones del Senado, sin perjuicio de seguir, al igual que muchos colegas, en particular mis amigos de la bancada independiente –no sé cómo irán a votar; espero que de una manera similar-, defendiendo con fuerza a la clase media, que gana sueldos de 400, 500, 600, 700 mil pesos al mes, pero no recibe ningún beneficio del Estado, o tiene muy poco acceso a algún subsidio. La clase media tiene subsidio en la vivienda, es cierto. Pero no lo tiene en la educación, en la salud, en el pago de impuestos. Prácticamente, no tiene más subsidios. Por eso, me preocupa, y no aquella –que por cierto tiene plenos derechos- que tiene recursos para comprarse viviendas de 90 millones de pesos, y que si compra varias, recibe sucesivamente el

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beneficio del Estado. De una u otra manera, debe evitarse y corregirse de esa distorsión. Entiendo que en el Senado se forjó un acuerdo. Pero eso debe corregirse. Mi preocupación apunta a la clase media. He dicho. El señor CERONI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Gonzalo Duarte. El señor DUARTE.- Señor Presidente, desde mi perspectiva, el debate del proyecto modificado por el Senado refleja dos elementos distintos. Por una parte, un concepto de cómo gobernar. Quiero expresarlo con mucha franqueza. Creo que las urgencias legislativas están siendo usadas, más que como un instrumento para satisfacer necesidades, como un resquicio de tramitación parlamentaria. Me parece malo e inconveniente y creo que deteriora nuestra convivencia. En ese sentido, comparto lo dicho por el diputado Latorre y por otros diputados en distintas oportunidades. Al final de cuentas, nos enfrentamos con un instrumento reglamentario, constitucional y legal que impide el diálogo parlamentario y gubernamental. Por otra parte, hay un segundo elemento en el debate: cómo construir mayorías para avanzar en la transformación de la realidad que nos toca vivir, en la que nos enfrentamos con desigualdades, con búsqueda de equidad y con una mala distribución del ingreso. Soy un convencido de que hay que luchar con mucha fuerza y con mucho corazón para terminar con franquicias que, desde nuestra perspectiva, son ilegítimas. He respaldado distintas iniciativas, proyectos de acuerdo, proyectos de ley y he contribuido con mi voto para terminar con la exención del IVA. Pero también debemos actuar con la razón y respaldar aquello que avanza en la dirección correcta, aunque no sea el ciento por ciento del ideal que uno sueña. Espero, señor ministro, que este debate se retome cuando discutamos, en octubre -según entiendo que es el acuerdo que se adoptó en el Senado-, cómo terminar con franquicias de estas características y cómo buscar un mecanismo más eficiente para estimular la solución habitacional, el desarrollo y el empleo, sin los problemas de focalización que este proyecto presenta. Espero que seamos capaces de retomar la discusión respecto del destino social del suelo, que está inconsiderado en el proyecto presentado por el Ministerio de Vivienda, esto es, sobre cómo destinar parte del suelo urbano a la solución de problemas sociales. Pero no puedo desconocer que el proyecto es una buena noticia para Chile. ¡Cómo no decirlo! Pareciera que nos especializamos en ver las partes negras y no las partes blancas de las cosas. Es una buena noticia, porque los chilenos tendrán una rebaja en el precio de la bencina, que es tan necesaria y urgente, y porque las pequeñas y medianas empresas tendrán una compensación por el pago del impuesto de timbres y estampillas. También es una buena noticia que hayamos logrado avanzar al menos en la eliminación parcial de la exención del IVA a la construcción. Creo que es malo no poner el acento en las buenas noticias. Es malo poner el acento en lo que no se alcanza, pues debilita los logros positivos de

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este proyecto modificado por el Senado. Es malo para el clima del país y para nuestra convivencia cívica. La muy buena noticia es que estamos discutiendo cómo ayudamos a los consumidores, a la clase media, a los emprendedores, a los que quieren tener su casa propia. Eso justifica postergar las aspiraciones absolutistas. Debemos tener presente que estamos en un sistema bicameral, en el que no necesariamente las opiniones de una cámara van a ser equivalentes a las de la otra. Debemos mirar el sentido profundo de las iniciativas desde la perspectiva del logro que queremos alcanzar. Con el proyecto modificado por el Senado ayudamos a avanzar en mayor equidad, a avanzar en lograr mejores condiciones de vida y a avanzar en un Estado que interviene en una dirección de mayor equidad. Creo que esos tres elementos justifican votar a favor las modificaciones del Senado. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada Marta Isasi. La señora ISASI (doña Marta).- Señor Presidente, frente a las modificaciones del Senado al proyecto que rebaja el impuesto específico a las gasolinas, que incentiva el uso de vehículos híbridos, que permite compensar el pago del impuesto de timbres y estampillas y que elimina la franquicia del IVA a las constructoras para viviendas de hasta 4.500 UF, no puedo sino destacar que estamos ante una iniciativa que rompe una tónica que han tenido los gobiernos de la Concertación: aumentar los impuestos. En este sentido, estoy satisfecha con las modificaciones del Senado. No obstante, a mi juicio, no puede haber impuestos diferenciados, ya que con ello se mantiene un sistema que no es equitativo y que, a la larga, lo único que provoca es incrementar la mala distribución del ingreso y perjudicar aún más a la clase media. Me parece una aberración que el Gobierno haya pretendido paliar la reducción del impuesto específico de los combustibles con un aumento del IVA a la construcción. Todos sabemos que Chile nunca ha estado mejor económicamente. Por lo tanto, el Gobierno debe ser capaz de administrar los recursos y adoptar medidas que no signifiquen una discriminación hacia un sector como es la construcción, que genera gran cantidad de empleo y que es una pieza angular de nuestro crecimiento como país. A veces, me da la impresión de que los economistas no están haciendo bien su trabajo. Lo que el Gobierno debe hacer es incentivar la inversión de los privados y no ponerles trabas. Construir en mi Región de Tarapacá es más caro, no sólo por la distancia, sino por la calidad de sus suelos, que son salinos. Debe quedar consignado en la historia de la ley que cuando una empresa construye viviendas sociales y, a la vez, viviendas de sobre 4.500 UF, compra el mismo hormigón. Por tanto, cabe preguntar ¿cómo se va a diferenciar el IVA cuando se trata de la misma empresa? Es una pregunta que el Servicio de Impuestos Internos no pudo responder en la Comisión de Hacienda. Por lo tanto, será bastante difícil fiscalizar este tipo de situaciones.

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Es de esperar que no sigamos aumentando los impuestos y que, de una vez por todas, los recursos lleguen a nuestra gente, a los sectores más pobres, a la clase media y no a campañas electorales, como todos sabemos. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada Denise Pascal. La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente, antes de nada, quiero aclarar que lo que estamos discutiendo y que vamos a votar son sólo las modificaciones del Senado al proyecto. La rebaja transitoria del impuesto específico a las gasolinas ya se votó y se aprobó; el mecanismo de compensación del pago del impuesto de timbres y estampillas para las pymes ya se votó y se aprobó; el beneficio para quienes adquieren vehículos híbridos ya se votó y se aprobó. Por lo tanto –reitero-, sólo estamos tratando las modificaciones del Senado. Por su intermedio, señor Presidente, quiero decir al diputado Dittborn que realmente me llama la atención que se exprese riéndose de valores en los que creemos. A mi juicio, esta Sala no es el espacio más adecuado para hacerlo. Señor Presidente, por su intermedio deseo expresar al diputado señor Álvarez que los senadores socialistas se pronunciaron a favor porque la iniciativa se votó en forma global, como un todo, y en caso de no prestar su aprobación, caerían otros beneficios considerados en el proyecto. Si el colega hubiera leído el diario temprano se habría impuesto de lo expresado por el senador Escalona. Pero no es el tema en discusión.

Hoy vamos a votar las modificaciones del Senado, que significarán al país 70 millones de dólares menos que podrían haberse destinado a beneficiar a muchas otras personas.

Aquí se dice –también se hizo en el Senado- que la elevación a 4.500 unidades de fomento el límite del precio de viviendas para aplicar la franquicia tributaria apunta a la defensa de la clase media. A mi juicio, eso es reírse de ella. Para la compra de una vivienda de 4.500 unidades de fomento a un plazo de treinta años, con el correspondiente pie de 20 por ciento, es necesario justificar ante el banco una renta líquida de 1 millón 650 mil pesos. ¿Alguien en esta Sala podría decir que la gente de clase media gana esa suma? ¿O, más bien, percibe 400 ó 600 mil pesos? Una persona con ese nivel de ingresos, ¿puede pagar dividendos de 180 ó 200 mil pesos?

Entonces, llamo a los colegas a hablar en forma sincera y expresar a qué sector social se desea proteger, porque es muy fácil decir que se trata de la clase media. Pero no. Se están marcando diferencias.

La franquicia tributaria beneficiará a viviendas cuyo valor no exceda de 4.500 unidades de fomento. En ese sentido, me pregunto por qué cuesta tanto apoyar a deudores de cooperativas que llevan, en algunos casos, cuarenta años pagando sus viviendas y respecto de los cuales sólo hemos pedido la rebaja de deudas, de cinco o diez unidades de fomento,. A mi juicio, sería de justicia ir en ayuda de esa gente, máxime por tratarse de personas de la tercera edad que perciben el ingreso mínimo. Además, está el problema de los deudores PET, que luchan para rebajar sus deudas y

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obtener beneficios similares a los que se han entregado a otros deudores. Sin embargo, la iniciativa en discusión brinda protección a personas cuyos ingresos superan el millón 600 mil pesos.

El paso que se da hoy significa abrir la puerta a la discusión sobre quiénes se ven favorecidos y de qué manera gracias a la franquicia tributaria a la construcción. En ese sentido, es indiscutible que después de siete o diez años en que se venía tratando de introducir alguna modificación en ese sentido, es bueno hacerlo.

Sin embargo, no cabe duda de que aún quedan pendientes muchas materias en relación con la igualdad de derechos, de manera que, como expresó la diputada Isasi, los pobres cuenten con derechos reales.

Reitero mi llamado a no tapar la realidad mediante la justificación de que la iniciativa beneficiará a la clase media, en circunstancias de que los verdaderos beneficiados serán sectores de elevados ingresos.

Señor Presidente, por su intermedio deseo expresar al diputado señor Dittborn que es una mentira lo que señaló en cuanto a que el Gobierno no querría favorecer a instituciones de beneficencia. Lo que dijo es una falacia. Al respecto, me llama la atención que una diputado con una trayectoria tan dilatada plantee una falacia como la expresada.

Finalmente, anuncio mi abstención en la votación de las modificaciones del Senado.

He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Juan Lobos. En señor LOBOS.- Señor Presidente, efectivamente, se debaten las

modificaciones que el Senado tuvo a bien introducir, que celebro. Cuando conocimos el proyecto en su primer trámite constitucional,

tuvimos la oportunidad de hablar y fantasear sobre él, pero no de tocarlo. En eso debemos ser claros.

El diputado Latorre mencionó algo de Perogrullo, pero que es real. La Cámara se ha transformado en la mesa del pellejo –hay que decirlo-, debido a la obsecuencia de algunos y porque, a veces, se confunde lealtad con guardar silencio o no ser capaces de levantar la mano para poner en el lugar que corresponde a esta Corporación.

En ese sentido, recuerdo palabras señeras en la historia, pronunciadas por la madre de Boabdil el Chico, rey de Granada, cuando éste entregó las llaves del reino: “No llores como mujer lo que no supiste defender como hombre”. A mi juicio, los diputados debemos ponernos los pantalones y defender lo que en legítima justicia corresponde.

En cuanto a la materia en discusión, en esta oportunidad se han expresado algunas verdades, pero, por desgracia, también cosas totalmente inexactas.

El IVA, en el pasado no se aplicó a la construcción. Hoy, en cambio, la actividad se encuentra gravada. Pero, en realidad, ¿qué se grava? El precio final, porque, como expresó con toda certeza el diputado Dittborn, la gente paga el IVA, que se traspasa en forma íntegra a ella.

¿Qué ocurre? En este caso, ¿a quién se favorece? Hace un par de años, un amigo construyó su casa. En los tijerales, a los que fui invitado, un maestro expresó lo siguiente: “Pucha, doctor, buena casa se está

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DISCUSION EN SALA

construyendo. Parece que le está yendo bien”. En forma sabia, mi amigo expresó que para que ese maestro tuviera trabajo durante todo ese año, se necesitaba alguien que decidiera construir una casa como ésa y pagara todos los meses el sueldo a los trabajadores que, de lo contrario, se encontrarían cesantes.

Tiremos línea. Para construir una casita de aquellas a las que se desea eliminar el beneficio, se requieren por lo menos veinte obreros de construcción, al menos un maestro mayor y un arquitecto o contratista. En suma, alrededor de veintidós personas tienen trabajo durante un año.

En una economía que hoy se encuentra boyante sólo en su cáscara, gracias a que el país tiene mucha plata, ¿cómo se encuentra la agricultura? Tambaleando. ¿Cómo está la actividad productiva? Tambaleando. Todo el mundo está asustado debido al bajo precio del dólar.

¿Qué otra actividad genera gran cantidad de oferta en mano de obra? La construcción. Por lo tanto, cuando alguien desea fomentar el empleo, debe fomentar la construcción.

La exención del IVA a la construcción estimula que la gente construya. Si se pone término a ese beneficio, muchos decidirán no construir, porque sacarán cuentas de que la obra resultará muy cara y, en consecuencia, veinte o veintidós personas no tendrán trabajo.

El diputado Insunza expresó que no se puede ser inteligente siempre, refiriéndose al honorable colega Dittborn. Y él lo demostró en su intervención, cuando pensó que nos podría hacer creer que el impuesto a los chilenos está por debajo del 16 por ciento. El IVA alcanza a 19 por ciento y se aplica a quienes compran pancito, azúcar o tallarines, o echan bencina a su automóvil. Se parte del 19 por ciento hacia arriba.

¡Pensé que no le quedaba ni un solo pelo de leso! Por eso, dejémonos de falsedades. Llamo a los colegas a defender, en primer lugar, el honor de la

Cámara de Diputados, de manera que deje de ser un buzón, como reclama todo el mundo. La culpa es nuestra, porque permitimos que nos tomen como buzón. En ese sentido, deseo expresar a la diputada señora Saa que los responsables están en su vereda, cuando levantan el dedito y consienten en apretar el botón verde para que proyectos como el que conocemos hoy pasen por la Cámara como Perico por su casa. Total, dicen algunos, su discusión se puede hacer en el Senado, donde al parecer los parlamentarios pensarían mejor que en la Cámara.

Entonces, llamo a los colegas a no lamentarse. Ahora, propongo aprobar las modificaciones del Senado, para eso nos hemos convertido en un buzón. No sigamos llorando y, por favor, votemos inmediatamente, señor Presidente. He dicho. El señor ULLOA (Vicepresidente). Tiene el uso de la palabra el diputado señor Lorenzini. El señor LORENZINI.- Señor Presidente, quiero ser senador. ¡Quiero ser senador! ¿Sabe por qué? Porque comparto lo que decía el diputado

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DISCUSION EN SALA

Lobos. No me van a pasar a la Comisión de Ética. Pero, como dicen los huasos: “Parece que valemos hongo”. ¿Por qué? Lo voy a demostrar. A la discusión de esta materia en la Comisión de Hacienda asistieron representantes de la Cámara Chilena de la Construcción. Uno esperaba que iban a venir a defender lo suyo el presidente, el vicepresidente, o el secretario de la Cámara de la Construcción? No, concurrieron Javier Hurtado, jefe de Estudios, y Helmut Stehr, director. Escuchamos su exposición. Nos dijeron que, en general, estaban de acuerdo. Varios de los diputados presentes estuvieron también allí. Salvo, el colega Dittborn, aprobamos el proyecto. Hubo discusión acerca de los montos; pero nadie votó en contra. A los cuatro o cinco días, en la prensa vimos inserciones y apareció el lobby en el Senado. ¡Quienes? Por supuesto –por eso me gustaría ser senador-, los señores Fernando Echeverría y Juan Ignacio Silva, ex presidentes de la Cámara de la Construcción, y Christian Blanche, abogado tributarista. Es decir, los verdaderos responsables de plantear el tema del gremio fueron al Senado. O sea, la Cámara de Diputados, concuerdo con el diputado Lobos, no existe. Entonces, aquí me amarro con la ley del lobby, Presidente. Está Cámara señaló que los gremios, las juntas de vecinos, todos los que hacen lobby, se registren de acuerdo con esa ley y sean controlados y fiscalizados. ¿Qué dijo el Senado? No. Esos no, pues. Se trata de los pagados, de los que cobran; pero el resto, no. Nos fuimos a la Comisión Mixta y ganó el Senado. O sea, los lobbystas de estas multigremiales tienen chipe libre y saben que no es a la Cámara de Diputados donde tienen que ir, porque aquí hay debate, democracia. ¿Dónde van? Al Senado. ¡Miren los resultados! ¡Mire el pronunciamiento de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia: por unanimidad rechaza las proposiciones del Senado que restringen el ámbito del lobby! Y, si se lee, quienes la conforman son los diputados Juan Bustos, nuestro actual presidente; Alberto Cardemil, Edmundo Eluchans, Eduardo Saffirio y otros. Entonces, está claro. Si usted tiene una potencia, como es la Cámara Chilena de la Construcción, no se desgaste en la Cámara de Diputados; aquí, haga lo que haga da lo mismo. También en la votación de la Sala nadie votó en contra: hubo dos abstenciones; pero 83 votos afirmativos. O sea, aquí hubo debate -era positivo para la ciudadanía la rebaja de las gasolinas y otras materias- y dijimos: demos rapidez alguna vez a un proyecto que tenga que ver con los ciudadanos. No hay que llorar, decía el diputado Lobos. Lo que hay que hacer es no aceptar y, de una vez por todas, que esta Cámara de Diputados se ponga los pantalones. Esto debiera ir a Comisión Mixta y allí debatirse el tema, por la falta de respeto de los gremios con nuestra Cámara y con nuestra Comisión de Hacienda. No lo vamos a hacer, porque, obviamente, la ciudadanía no tiene por qué sufrir estas diferencias de atribuciones y de enfoques de ciertos gremios que se acostumbran a ir al Senado porque allá les va bien. Éste no es el primer caso. Recordemos el relacionado con la Pesca y otros para atrás. Aquí se debate; allá no sé lo que hacen. Me gustaría ser senador para conocer a los dirigentes y presidentes de los gremios y que aportaran también su opinión.

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DISCUSION EN SALA

Diputado Insunza, por su intermedio, señor Presidente, no siempre se es inteligente. Yo, más bien diría, alguna vez seamos inteligentes. A uno le violenta lo que está pasando. Claramente, hay menosprecio por nuestra actividad parlamentaria. Los diputados Burgos y otros han perdido la carrera del lobby. Vamos a traer aquí a los “lobitos”, a esos cuatro, cinco o seis personeros de la Concertación y de la Oposición que pululan por ahí buscando amigos. Pero los verdaderos lobbystas no están incluidos y aquí lo hemos probado. La Presidenta, hace un rato, nos decía en La Moneda, al firmar el proyecto sobre gobiernos corporativos públicos –hubo el compromiso de un poquito de atraso al respecto-: Queremos transparencia; nada de faltas a la probidad; queremos tener claridad en lo que hacemos en el Estado; pero también hay que exigírselo a los privados. Uno, obviamente, no tiene elementos de juicio para imputar a la Cámara Chilena de la Construcción alguna acción indebida. Escuchaba, hace un par de días, a un comentarista de canal 13 sobre este proyecto. Decía: A la Cámara de Diputados le metieron un gol, y luego pasaba a comentar lo que ocurría en el Senado. Entonces, ya ni siquiera es un tema del proyecto. En el debate podemos hacerlo; pero la forma como estamos trabajando no funciona y, por lo tanto, cuesta mucho. Por eso, es difícil ser senador; porque es otra elite distinta. Ellos hacen su trabajo, pero los lobbystas dicen: Ésos son los que mandan. Allá vamos, al edificio del lado. ¡Eso no corresponde! Al final, el ministro de Hacienda debe evitar estos dramas en el país y terminar con las franquicias que vienen de gobiernos muy anteriores y no se justifican, porque el chileno normal no tiene franquicias. Hagamos una reforma tributaria integral, con tribunales tributarios y aduaneros. ¡Cuánto tiempo ha pasado! Ministro, reitero, por su intermedio, señor Presidente, debemos discutir en una reforma tributaria integral. Así, no estaríamos en estas discusiones sobre que el IVA, un poquito para arriba, o que el impuesto específico, un poquito para abajo, de acuerdo a las circunstancias, y evitaríamos a los lobbystas, porque usted reforma, disminuye los escalones del impuesto a la renta, y ahí sí que está la clase media, los funcionarios con ocho escalones, que no existen en el mundo. A ver si ellos vienen al Congreso y se ubican aquí en las tribunas. ¡No hay nadie, si esto está aprobado; ya pasó por el Senado! ¡Cómo alguien decía: Votemos ya! ¿Qué vamos a hacer? ¡No hay nadie; no hay prensa, no hay nada! ¡Vivan los lobbystas, Jorge Burgos! En estos términos, tratamos de picotear un poco la equidad. Felicito al Gobierno, es algo que reconocemos –ya lo dijimos acá-, por el esfuerzo sobre temas que no estaban en el debate. La Presidenta se comprometió a esto; pero, insisto, hay que hacer una reforma tributaria integral para dejar el país en equidad y permitir que los lobbystas se expresen, pero donde corresponda. No lo van a hacer. Perdimos la Comisión Mixta, señor ministro, por su intermedio, señor Presidente-; los lobbystas de verdad, los gremios potentes seguirán yendo al Senado; en la Cámara de Diputados, continuaremos escuchándonos y aplaudiéndonos entre nosotros, sin nadie en las tribunas, sin periodismo, ¡Nada! Para los bomberos, seguramente, tenemos mucha más exposición, porque los senadores no apagan incendios,

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DISCUSION EN SALA

las mangueras son muy cortas y ése, obviamente, no es un tema que les preocupe. No hay lobbystas; los bomberos no hacen lobby; sólo plantean temas ciudadanos y para eso está la Cámara. Pero cuando se trate de proyectos que afecten a los grandes gremios, evitémonos la discusión en la Comisión de Hacienda, en las comisiones técnicas y en esta Sala; vayamos directamente al Senado y nosotros, detrás, aplaudamos. Aquí se discutió y votó –nadie en contra- un proyecto, la Cámara Chilena de la Construcción nos mandó dos asesores y en el Senado, no sé, hubo modificaciones. No vamos a discutir el concepto de clase media. En relación con este proyecto, compartiendo lo que decían los diputados Montes y Mulet, uno debería tender a votarlo en contra o abstenerse para ir a Comisión mixta. Pero la ciudadanía no va a entender eso. En este sentido, prima la ciudadanía y la Cámara de Diputados, procede en un sentido más consciente. Obviamente, no vamos a llorar ni a ser más inteligentes que otros, pero como les decía a los huasos: ¡Cuidado, porque el Trauco existe y cuando te pilla mal posicionado, el Trauco cumple su función!

He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el ministro señor

Andrés Velasco. El señor VELASCO (ministro de Hacienda).- Señor Presidente,

entiendo que la discusión esté centrada en una de las modificaciones del Senado, pero los invito a no perder de vista que se trata de aprobar un paquete de medidas, cuyo efecto en la reactivación de la economía y el alivio a los bolsillos de los ciudadanos es muy importante. Aprovecho de agradecer a la Cámara de Diputados el rápido despacho de del proyecto durante su primer trámite constitucional y la pronta discusión en este tercer trámite, de modo de lograr el prometido alivio a la gente y a las pymes a través de la rebaja del impuesto a los combustibles, ojalá antes de que termine marzo.

En segundo lugar, a diputados y senadores de todas las bancadas les hemos recordado que existe una discusión pendiente respecto de la estructura de los incentivos al financiamiento de la vivienda. Como una forma de alimentar, informar y contribuir a esta discusión entregaremos a la Comisión Mixta de Presupuestos, antes del próximo ciclo presupuestario, una serie de estudios que pronto finalizaremos.

En tercer lugar, es importante señalar que los cambios de focalización del incentivo a la construcción los hemos realizado con mucho cuidado y con el concurso activo del Servicio de Impuestos Internos, porque la ley, además de quedar bien diseñada, debe ser fiscalizable en su aplicación e implementación. Este es el compromiso con los ciudadanos.

En definitiva, se trata de un buen paquete de medidas y así lo entenderá la gente.

He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra la diputada señora

Carolina Toha.

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DISCUSION EN SALA

La señora TOHA (doña Carolina).- Señor Presidente, no me sucede a menudo, pero en esta ocasión no puedo estar más de acuerdo con lo planteado por el diputado señor Lorenzini. Lo digo sinceramente.

Mucho lloramos porque la gente está alejada de la política y porque hay desencanto. Pareciéramos no entender que la política está desprestigiada por actuaciones como las de hoy: debates que no se entienden; que no se sabe qué está pasando ni qué se está jugando. Se ocupan argumentos torcidos, la prensa cubre poco y nadie entiende de qué se trata. Pareciéramos no entender que en debates como el de hoy se juega una verificación del tipo de país que queremos ser.

El proyecto rebaja el impuesto a las gasolinas y modifica el límite a la franquicia a la construcción, y lo hace por una razón muy justificada. Las gasolinas se ha vuelto demasiado caras debido principalmente al alto costo del barril de petróleo, pero también las encarece el impuesto específico. Sin embargo, esta carga impositiva es, quizás, nuestro tributo más progresivo, porque la gente de más recursos tiene varios autos, que consumen más porque los ocupan más.

-Hablan varios señores diputados a la vez. No estamos aquí para hacer populismo, porque nada sería más

exitoso para la Concertación -tenemos bastante plata en las arcas fiscales- que bajar el impuesto a las gasolinas y punto. ¿Por qué no se habla ahora de cómo actúa nuestra coalición, que seriamente dice que si vamos a rebajar ese impuesto, que es el más progresivo, al menos corrijamos un poco ese privilegio del IVA a la construcción que probablemente es la franquicia más regresiva que existe en Chile?

Tiene razón el diputado Dittborn cuando dice que, al final, es la gente la que paga el IVA. Efectivamente; es decir, el Estado le da 2 millones de pesos a la persona que compra una casa de 20 y 20 millones de pesos a la que compra una de 200.

-Hablan varios señores diputados a la vez. Eso es lo que estamos haciendo con este proyecto: le estamos

descontando 20 millones de pesos al que compra una casa de 200. No entiendo esta falacia de la clase media. ¿Somos ridículos, acaso? Estamos dejando la exención de IVA a la construcción para casas de hasta 4.500 UF.

Colegas, yo, diputada de la República, me compré una casa que vale 85 millones de pesos.

-Hablan varios señores diputados a la vez. La señora TOHA (doña Carolina).- No es ninguna historia, porque está

en mi declaración de patrimonio. Di un pie de 9 millones de pesos y pago un dividendo mensual de 500

mil pesos, ¡y tengo franquicia! Una persona de clase media gana en total 500 mil pesos y yo pago un dividendo de 500 mil pesos por esa casa de 85 millones pesos y, además, tengo franquicia. ¿Cómo les explicamos esto a los chilenos? Digámosles que esa clase media que compra casas de 85

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DISCUSION EN SALA

millones de pesos, como nosotros los diputados, va a gozar de una franquicia. ¡De qué clase media me hablan!

Esto es vergonzoso y no puedo entender cómo senadores de la Concertación terminaron votando a favor la modificación de la exención. Tal vez porque era esto o nada; o se mantenía la franquicia completa o no había baja en el impuesto a los combustibles. Es hora que le digamos al país qué sistema tributario queremos.

En esta Sala se pide triplicar la subvención para la Educación; pero ¿quién la va a pagar? La deberíamos pagar nosotros, los que tenemos casa de 85 millones.

He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor

Alberto Robles. El señor ROBLES.- Señor Presidente, este es un proyecto muy

importante, porque la rebaja del impuesto a las gasolinas va a significar un gran alivio en los bolsillos de los contribuyentes que entregamos nuestros recursos para el desarrollo del país.

Sin embargo, ha surgido un tema que es vital definir en el corto plazo y que dice relación con este tercer trámite del proyecto y con lo que dijimos y aprobamos en la Cámara durante su primer trámite constitucional.

Lo que hoy ha ocurrido no es menor y es muy relevante volver a una discusión de fondo sobre esas instancias constitucionales.

Varios diputados firmamos un proyecto para que esta Cámara inicie el estudio sobre la justificación de nuestro sistema bicameral. Lo señalo a propósito de las modificaciones del Senado que estamos debatiendo.

Durante su primer trámite en la Cámara, el proyecto fue conocido y discutido por todos los diputados; todos los partidos hicieron sus observaciones y se logró un acuerdo suscrito por todas las bancadas, que permitió el despacho de la iniciativa por unanimidad. Sin embargo, el Senado, parte de este sistema bicameral, cambió ese acuerdo adoptado por esta Cámara y transformó un proyecto que pretendía que la franquicia del IVA a la construcción fuera para viviendas más bien sociales en uno que exime de esa carga tributaria a las viviendas de hasta 4.500 UF. Es decir, el Senado modificó la estructura del proyecto.

Por lo tanto, es necesario revisar el sistema bicameral, porque no se entiende que un proyecto, que es discutido ampliamente en una de las Cámaras, sea reformado totalmente en la otra, en circunstancias de que en ambas están representados los mismos partidos políticos.

Insisto, es muy importante revisar la justificación del sistema bicameral. Podríamos avanzar hacia un sistema semipresidencial, con un congreso unicameral. De lo contrario, vamos a seguir debatiendo qué responsabilidades tenemos los parlamentarios, cuáles los diputados y cuáles los senadores, y unos y otros seguiremos apareciendo en la prensa denigrando lo que hacemos en política. Hoy los diputados hemos quedado bastante mal, porque resulta que lo que acordamos todos, Alianza y Concertación...

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DISCUSION EN SALA

El señor BUSTOS (Presidente).- Ha terminado su tiempo, señor diputado. El señor ROBLES.- Señor Presidente, estoy terminando mi discurso. Todos los Comités tienen derecho a hablar en la misma medida, por lo que pido que me permita concluir mi intervención. Por lo tanto, aquí estamos frente a una cuestión de fondo: nuestro sistema democrático tiene que ser perfeccionado. Espero que todos los diputados estemos de acuerdo en, por lo menos, revisarlo, ya que la Cámara y el Senado no pueden realizar un debate distinto cada vez que analizan este tipo de proyectos. Reitero, tenemos que cambiar el sistema de una vez por todas, ya que si no lo hacemos, vamos a mantener un problema serio en nuestra institucionalidad. Quiero terminar diciendo que el proyecto que rebaja el impuesto de timbres y estampillas y el que aumenta el crédito tributario para las pymes otorgan beneficios directos a los contribuyentes que hacen el mayor esfuerzo personal para entregar recursos al erario. Entiendo que el gobierno busca con esas medidas dinamizar la actividad económica y apuntalar a las pequeñas y medianas empresas, que es el sector más importante de nuestra economía debido a la gran cantidad de puestos de trabajo que generan. He dicho. El señor BUSTOS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Fulvio Rossi. El señor ROSSI.- Señor Presidente, como no pude hablar sobre el proyecto, solicito un pronunciamiento de la Mesa respecto de los diputados que deberían inhabilitarse en esta votación, porque sabemos que algunos colegas tienen intereses económicos para que persista este subsidio en favor del 5 por ciento más rico de la población chilena. El señor DITTBORN.- En ese caso, deberíamos inhabilitarnos todos. El señor BUSTOS (Presidente).- Señor diputado, cada uno tiene que determinar cuándo inhabilitarse. En votación las modificaciones del Senado. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 71 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 19 abstenciones. El señor BUSTOS (Presidente).- Aprobadas. Despachado el proyecto.

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OFICIO APROBACION MODIFICACIONES

3.2. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora. Se aprueban las modificaciones del Senado. Fecha 20 de marzo, 2008.

Oficio Nº 7351 VALPARAÍSO, 20 de marzo de 2008 La Cámara de Diputados, en sesión de

esta fecha, ha tenido a bien prestar su aprobación a las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto que establece rebaja transitoria al impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales. (Boletín N° 5752-05). Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio N° 274/SEC/08, de 19 de marzo de 2008. Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

GUILLLERMO CERONI FUENTES

Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO Secretario General de la Cámara de Diputados

A S. E. EL PRESIDENTE

DEL H. SENADO

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

3.3. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo. Oficio de Ley a S.E. La Presidenta de la República. Comunica texto aprobado por el Congreso Nacional. Fecha 20 de marzo, 2008.

Oficio Nº 7350 VALPARAISO, 20 de marzo de 2008

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY: “Artículo 1°.- Establécese que, por un plazo de veinticuatro meses a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, el Impuesto a la Gasolinas Automotrices, establecido en el artículo 6° de la ley Nº 18.502, se aplicará con un componente fijo de 6 (seis) UTM/m3 (unidades tributarias mensuales por metro cúbico) y un componente variable, que se restará del componente fijo, determinado de la siguiente forma: (i) El componente será de 1,5 (una coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo West Texas Intermediate, en adelante WTI, haya superado, en promedio durante los doce meses anteriores, los 75 (setenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. (ii) El componente variable será de 1 (una) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 70 (setenta) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 75 (setenta y cinco) de dichos dólares en igual período. (iii) El componente variable será de 0,5 (cero coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 70 (setenta) de dichos dólares en igual período. (iv) El componente variable será de 0 (cero) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

mlp/pog S. 9ª

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

WTI no haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. El valor de cotización del petróleo WTI será el que informe la Comisión Nacional de Energía de acuerdo al promedio de los precios de cierre de cotización de dicho combustible en los mercados internacionales. Para estos efectos los doce meses serán los anteriores a la fijación a que se refiere el inciso siguiente. El cálculo de la tasa del impuesto se efectuará mensualmente por el Ministerio de Hacienda, con consulta a la Comisión Nacional de Energía. Cada vez que de dicho cálculo se determine que corresponda modificar el componente variable del impuesto, mediante decreto del Ministerio de Hacienda, expedido bajo la fórmula “Por Orden del Presidente de la República”, se fijará la tasa de impuesto resultante, la que regirá para la determinación del impuesto a las gasolinas automotrices a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación. Para estos efectos se utilizará el valor respectivo del dólar observado. Con todo, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y por los siguientes seis meses, se aplicará el impuesto con un componente variable de 1,5 UTM/m3 en reemplazo de lo que pudiese corresponder por aplicación de los numerales anteriores. Artículo 2°.- Derógase, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, el artículo transitorio de la ley Nº 20.130. Artículo 3°.- A contar del día 1 del mes siguiente a la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado establecido en el Título II del decreto ley Nº 825, de 1974, que declaren dicho impuesto por medios electrónicos o en la forma no electrónica que determine el Servicio de Impuestos Internos mediante resolución y que paguen o soporten el Impuesto de Timbres y Estampillas, podrán agregarlo al crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado en la forma y bajo las condiciones que se establecen en este artículo. Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que declaren ese impuesto por los medios que autorice el Servicio de Impuestos Internos mediante dicha resolución, podrán efectuar la agregación al crédito fiscal a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de dicha resolución, la cual deberá dictarse dentro del plazo de ocho meses a contar de la entrada en vigencia de esta ley. Estos contribuyentes, cumpliendo las demás condiciones establecidas en este artículo, en la primera declaración de Impuesto al Valor Agregado en que hagan uso del beneficio, de acuerdo a este mecanismo, podrán agregar como crédito el Impuesto de Timbres y Estampillas pagado o soportado desde el primer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de la modificación introducida por el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910,

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de 1975, y el último día del mes por el que efectúe la declaración de Impuesto al Valor Agregado respectiva. Los contribuyentes con derecho al crédito referido serán aquéllos cuyos ingresos anualizados por ventas y servicios del giro, de los tres años calendarios anteriores a aquel período tributario en que corresponda agregar el crédito por Impuesto de Timbres y Estampillas, no hayan superado el equivalente a sesenta mil unidades tributarias mensuales en cualquiera de los respectivos años señalados. En el caso de fracciones de años calendarios, el límite de ventas se reducirá a la cifra que resulte de multiplicar cinco mil unidades tributarias mensuales por el número de meses activos de cada período, considerándose la fracción de mes como mes completo. En cada mes podrá agregarse al crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado una cantidad igual a la suma del Impuesto de Timbres y Estampillas establecido en el número 3 del artículo 1°, en los artículos 2°, 2° bis y 3° del decreto ley N° 3.475, de 1980, devengado por las operaciones de ese mismo mes, sin derecho de recuperarlo de terceros, y que estén relacionadas con el giro del contribuyente. El monto acumulado anual de Impuesto de Timbres y Estampillas que podrá incrementar el crédito fiscal del contribuyente por cada año calendario, no podrá exceder del monto menor entre: a) 1,2% (uno coma dos por ciento) de los ingresos por ventas y servicios del año calendario anterior, y b) el equivalente a treinta y cinco unidades tributarias mensuales. Con todo, si el volumen de ingresos por ventas y servicios del giro del contribuyente del año anterior, determina un límite de impuesto acreditable inferior a tres unidades tributarias mensuales, el contribuyente anualmente podrá acreditar el Impuesto de Timbres y Estampillas hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales. Asimismo, en el caso de contribuyentes que no registren ventas en el año calendario anterior por ser el año en curso el de inicio de sus actividades, el impuesto acreditable no podrá exceder de quince unidades tributarias mensuales. Si durante el año en que se ha agregado el crédito establecido en este artículo los ingresos anuales por ventas y servicios del contribuyente superan las sesenta mil unidades tributarias mensuales, el monto acumulado de crédito del año deberá ser reintegrado en el mes siguiente a aquel en que se supere dicho límite, aumentando el débito fiscal del contribuyente en el mismo monto reajustado en la forma que dispone el artículo 27 del decreto ley N° 825, de 1974. Para los efectos de este artículo, los ingresos por ventas y servicios se considerarán por sus valores netos del Impuesto al Valor Agregado. Asimismo, las cantidades expresadas en unidades tributarias

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mensuales se calcularán de acuerdo al valor de dicha unidad para el último día hábil del período correspondiente. El contribuyente deberá acreditar el pago o retención del Impuesto de Timbres y Estampillas, cuando lo requiera el Servicio de Impuestos Internos, con la correspondiente declaración, o con constancia de haberse efectuado el pago, en el caso de ser de su responsabilidad el entero del impuesto o certificado de pago por Internet, o bien con un certificado emitido por medios electrónicos, o en la forma que determine este Servicio, por el contribuyente que le hubiere recargado el impuesto. Dicho certificado deberá emitirse a solicitud del contribuyente, en la forma, plazo y términos que establecerá dicho Servicio. El contribuyente que recarga el impuesto que emita el certificado deberá informar al Servicio de Impuestos Internos, en la forma, periodicidad, condiciones y plazos que éste determine. La mora en la emisión o la emisión incompleta de los certificados a que se refiere el inciso décimo de este artículo o la emisión incompleta o extemporánea del informe a que se refiere el inciso undécimo se sancionará con multa de una unidad tributaria mensual a una unidad tributaria anual, por cada incumplimiento, la que será aplicada por el Servicio de Impuestos Internos de conformidad al procedimiento establecido en el N°1 del artículo 165 del Código Tributario. El monto del Impuesto de Timbres y Estampillas utilizado como crédito fiscal, de conformidad a lo señalado en este artículo, no podrá deducirse como gasto para los efectos de la determinación de los impuestos establecidos en la Ley de la Renta. Con todo, esta cantidad no se afectará con el impuesto contenido en el artículo 21 de dicha ley. Artículo 4°.- Establécese, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, una bonificación anual de cargo fiscal equivalente al 100% del valor del impuesto anual por permiso de circulación, a que se refiere el Título IV del decreto de ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, a los propietarios de vehículos híbridos a que se refiere el número 1 de este artículo, que se encuentren inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados a partir del 1 de marzo del 2008 y hasta el 31 de marzo del 2010, y que cumplan con los requisitos y condiciones que a continuación se indican. 1. Se entenderá por vehículo híbrido aquel capaz de desplazarse utilizando como fuente de energía tanto un motor de combustión interna como un sistema de almacenamiento de energía eléctrica producida por el propio vehículo. Estos vehículos deberán haber sido homologados como híbridos de acuerdo al proceso de homologación contenido en el decreto N° 54, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, encontrarse afectos al impuesto anual por permiso de circulación referido en el inciso anterior e inscritos en el registro a que hace mención el N° 3 de este artículo.

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2. La bonificación se concederá durante el número de años que corresponda, según el valor de venta del vehículo en conformidad a la escala establecida en este número, y regirá a contar de la inscripción del vehículo en el Registro de Vehículos Motorizados. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total en su primera venta sea inferior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por cuatro años. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total al momento de su primera venta sea igual o superior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por dos años. No podrán acceder a esta bonificación los vehículos cuyo valor total, al momento de su primera venta sea superior al equivalente en pesos de 1.220 (mil doscientas veinte) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de venta. 3. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mantendrá y publicará, en forma regular, un registro de autos híbridos susceptibles de acogerse a esta bonificación, en adelante el Registro, que contendrá el listado de los modelos de vehículos que cumplen con los requisitos de homologación. A dicho registro se incorporarán los vehículos a contar de la emisión del respectivo certificado de homologación. El Registro deberá ser publicado en el plazo de treinta días contado desde la publicación de esta ley y deberá contener el listado de los modelos que a dicha fecha cumplen con los requisitos y condiciones que establece este artículo. 4. Dentro de los noventa días siguientes a la publicación de esta ley, el Ministerio de Hacienda establecerá, mediante decreto supremo, un reglamento para la aplicación de este beneficio, en el que establecerá el procedimiento de acuerdo al cual se otorgará la bonificación, por parte del Servicio de Tesorería, quien podrá pagarla mediante cheque nominativo o depósito en la cuenta corriente, de ahorro a plazo o a la vista que posea el beneficiario. Dicho reglamento establecerá, también, las condiciones y los requisitos que deberán acreditar los beneficiarios para solicitar el pago respectivo, los que podrán incluir la exhibición del comprobante de pago del permiso de circulación del año respectivo, la factura de compra del vehículo, el certificado de inscripción y anotaciones vigentes y el certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente. Artículo 5°.- Introdúcense, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, las siguientes modificaciones en el artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975: 1) En el inciso primero, reemplázanse las expresiones “y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.” por “cuyo valor no exceda de 4.500 unidades de fomento, con un

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tope de hasta 225 (doscientas veinticinco) unidades de fomento por vivienda, y en los contratos generales de construcción de dichos inmuebles que no sean por administración, con igual tope por vivienda, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.”. 2) En la primera oración del inciso segundo, reemplázanse las expresiones “será aplicable también a los” por las expresiones “será aplicable también, sin las limitaciones de monto antes indicadas, a los”. 3) Agrégase, en el inciso tercero, la siguiente oración a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.): “Para acceder al beneficio la empresa constructora deberá contar con el respectivo permiso municipal de edificación.”. 4) Intercálase el siguiente nuevo inciso a continuación del inciso tercero: “Excepto para el caso de aquellos contratos que recaigan exclusivamente en las viviendas a que se refiere el artículo 3° del decreto ley N° 2552, de 1979, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el beneficio dispuesto en el inciso primero no será aplicable a los contratos de ampliación, modificación, reparación o mantenimiento, ni aun en los casos que pudieran implicar la variación de la superficie originalmente construida, como tampoco a los contratos generales de construcción, que no sean por administración, referidos a la urbanización de terrenos.”. 5) Intercálanse los siguientes incisos, nuevos, a continuación del actual inciso final: “En el caso de contratos de construcción referidos a más de una vivienda, para acceder al beneficio, el contrato deberá indicar el precio unitario de construcción de las viviendas, incluyéndose en éste el valor de los bienes comunes a construir, a prorrata de las superficies construidas respectivas. Cuando el contrato general de construcción incluya inmuebles para habitación, que no excedan de 4.500 unidades de fomento y otros que sobrepasen tal monto, el beneficio imputable en cada facturación de un estado de pago será la cantidad que resulte de aplicar, al crédito potencial total, la proporción que el estado de pago represente respecto del total del precio de construcción de las viviendas del contrato. El crédito total potencial será igual a la suma de los créditos individuales de las viviendas a construir con derecho al beneficio. Las modificaciones o el término anticipado de un contrato general de construcción, que causen variaciones al crédito potencial disponible inicialmente previsto, darán lugar al ajuste correspondiente en los siguientes estados de pago, con el consiguiente derecho a crédito o la obligación de reintegro respectiva. En el caso de un contrato general de construcción destinado a completar la construcción de inmuebles para habitación, también se aplicarán las normas precedentes, pero, para

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establecer el crédito potencial disponible, en el cálculo del crédito individual de las viviendas, deberá considerarse la suma del precio individual de construcción del contrato más el valor de las obras preexistentes, el cual deberá ser declarado en el contrato. Las empresas constructoras deberán informar al Servicio de Impuestos Internos, en la oportunidad y forma que éste determine, los antecedentes que sirvan de base para el cálculo del beneficio impetrado así como los compradores de los inmuebles o los mandantes de los contratos generales de construcción, que no sean por administración. No obstante lo señalado en los incisos anteriores, hasta el día 30 de junio del año 2009, las empresas constructoras tendrán derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta el 0,65 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar en la venta de bienes corporales inmuebles para habitación por ellas construidos y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974, en ambos casos, sin el requerimiento de contar previamente con el permiso municipal de edificación. Tratándose de contratos generales de construcción de inmuebles para habitación, que no sean por administración, celebrados con anterioridad al 1 de julio de 2009, se sujetarán al beneficio del inciso anterior si han obtenido el respectivo permiso municipal de edificación con anterioridad a dicha fecha y siempre que al 31 de diciembre de 2009 las obras ya se hayan iniciado. Artículo Transitorio.- El mayor gasto fiscal que pudiere irrogar la aplicación del artículo 4° de la presente ley durante el año 2008, se financiará mediante reasignaciones presupuestarias del programa Subsidios de la Partida Presupuestaria Tesoro Público.”. Dios guarde a V.E.

GUILLLERMO CERONI FUENTES

Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO Secretario General de la Cámara de Diputados

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4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 20.259 Diario Oficial, fecha 25 de marzo, 2008. Biblioteca del Congreso Nacional Identificación de la Norma : LEY-20259 Fecha de Publicación : 25.03.2008 Fecha de Promulgación : 24.03.2008 Organismo : MINISTERIO DE HACIE NDA LEY NÚM. 20.259 ESTABLECE REBAJA TRANSITORIA DEL IMPUESTO A LAS GASOLINAS AUTOMOTRICES Y MODIFICA OTROS CUERPOS LEGALES Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1°.- Establécese que, por un plazo d e veinticuatro meses a contar de la entrada en vigenc ia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, el Impuesto a la Gasolinas Automotrices, establecido e n el artículo 6° de la ley Nº 18.502, se aplicará con un componente fijo de 6 (seis) UTM/m3 (unidades tribut arias mensuales por metro cúbico) y un componente variabl e, que se restará del componente fijo, determinado de la siguiente forma: (i) El componente será de 1,5 (una coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercado s internacionales del petróleo West Texas Intermediat e, en adelante WTI, haya superado, en promedio durante lo s doce meses anteriores, los 75 (setenta y cinco) dól ares de los Estados Unidos de América por barril. (ii) El componente variable será de 1 (una) UT M/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 70 (setenta) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 75 (setenta y cinco) de dichos dólares en igual período. (iii) El componente variable será de 0,5 (cero coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI haya supe rado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril y no haya superado los 70 (seten ta) de dichos dólares en igual período.

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(iv) El componente variable será de 0 (cero) U TM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI no haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 65 (sesenta y cinco) dólares de los Estados Unidos de América por barril. El valor de cotización del petróleo WTI será e l que informe la Comisión Nacional de Energía de acuerdo al promedio de los precios de cierre de cotización de dicho combustible en los mercados internacionales. Para e stos efectos los doce meses serán los anteriores a la fijación a que se refiere el inciso siguiente. El cálculo de la tasa del impuesto se efectuar á mensualmente por el Ministerio de Hacienda, con con sulta a la Comisión Nacional de Energía. Cada vez que de dicho cálculo se determine que corresponda modificar el componente variable del impuesto, mediante decreto del Ministerio de Hacienda, expedido bajo la fórmula "P or Orden del Presidente de la República", se fijará la tasa de impuesto resultante, la que regirá para la determinación del impuesto a las gasolinas automotr ices a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación. Para estos efectos se utilizará el val or respectivo del dólar observado. Con todo, a contar de la entrada en vigencia d e la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y por los siguientes seis meses, se aplicará el impuesto con un componente variable de 1,5 UTM/m3 en reemplazo de l o que pudiese corresponder por aplicación de los numerale s anteriores. Artículo 2°.- Derógase, a contar de la entrada en vigencia de la modificación prevista en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, el artículo transitorio de la ley Nº 20.130. Artículo 3°.- A contar del día 1 del mes sigui ente a la entrada en vigencia de la modificación previst a en el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decre to ley N° 910, de 1975, los contribuyentes del Impuest o al Valor Agregado establecido en el Título II del decr eto ley Nº 825, de 1974, que declaren dicho impuesto po r medios electrónicos o en la forma no electrónica qu e determine el Servicio de Impuestos Internos mediant e resolución y que paguen o soporten el Impuesto de Timbres y Estampillas, podrán agregarlo al crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado en la forma y bajo las condiciones que se establecen en este artículo. Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que declaren ese impuesto por los medios que autorice e l Servicio de Impuestos Internos mediante dicha resolución, podrán efectuar la agregación al crédit o fiscal a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de dicha resolución, la cual deberá dictarse dentro del plazo de ocho meses a contar de la entra da en vigencia de esta ley. Estos contribuyentes, cumplie ndo las demás condiciones establecidas en este artículo , en

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la primera declaración de Impuesto al Valor Agregad o en que hagan uso del beneficio, de acuerdo a este mecanismo, podrán agregar como crédito el Impuesto de Timbres y Estampillas pagado o soportado desde el p rimer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de l a modificación introducida por el artículo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, y e l último día del mes por el que efectúe la declaració n de Impuesto al Valor Agregado respectiva. Los contribuyentes con derecho al crédito refe rido serán aquéllos cuyos ingresos anualizados por venta s y servicios del giro, de los tres años calendarios anteriores a aquel período tributario en que corres ponda agregar el crédito por Impuesto de Timbres y Estampillas, no hayan superado el equivalente a ses enta mil unidades tributarias mensuales en cualquiera de los respectivos años señalados. En el caso de fracciones de años calendarios, el límite de ventas se reducirá a la cifra que resulte de multiplicar cinco mil unidades tributarias mensuale s por el número de meses activos de cada período, considerándose la fracción de mes como mes completo . En cada mes podrá agregarse al crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado una cantidad igual a la suma del Impuesto de Timbres y Estampillas establecido e n el número 3 del artículo 1°, en los artículos 2°, 2° b is y 3° del decreto ley N° 3.475, de 1980, devengado por las operaciones de ese mismo mes, sin derecho de recupe rarlo de terceros, y que estén relacionadas con el giro d el contribuyente. El monto acumulado anual de Impuesto de Timbre s y Estampillas que podrá incrementar el crédito fiscal del contribuyente por cada año calendario, no podrá exc eder del monto menor entre: a) 1,2% (uno coma dos por ci ento) de los ingresos por ventas y servicios del año calendario anterior, y b) el equivalente a treinta y cinco unidades tributarias mensuales. Con todo, si el volumen de ingresos por ventas y servicios del giro del contribuyente del año anteri or, determina un límite de impuesto acreditable inferio r a tres unidades tributarias mensuales, el contribuyen te anualmente podrá acreditar el Impuesto de Timbres y Estampillas hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales. Asimismo, en el caso de contribuyentes que no registren ventas en el año calendario anterior por ser el año en curso el de inicio de sus actividades, el impuesto acreditable no podrá exceder de quince uni dades tributarias mensuales. Si durante el año en que se ha agregado el cré dito establecido en este artículo los ingresos anuales p or ventas y servicios del contribuyente superan las se senta mil unidades tributarias mensuales, el monto acumul ado de crédito del año deberá ser reintegrado en el mes siguiente a aquel en que se supere dicho límite, aumentando el débito fiscal del contribuyente en el mismo monto reajustado en la forma que dispone el artículo 27 del decreto ley N° 825, de 1974. Para los efectos de este artículo, los ingreso s por

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ventas y servicios se considerarán por sus valores netos del Impuesto al Valor Agregado. Asimismo, las canti dades expresadas en unidades tributarias mensuales se calcularán de acuerdo al valor de dicha unidad para el último día hábil del período correspondiente. El contribuyente deberá acreditar el pago o retención del Impuesto de Timbres y Estampillas, cu ando lo requiera el Servicio de Impuestos Internos, con la correspondiente declaración, o con constancia de ha berse efectuado el pago, en el caso de ser de su responsabilidad el entero del impuesto o certificad o de pago por Internet, o bien con un certificado emitid o por medios electrónicos, o en la forma que determine es te Servicio, por el contribuyente que le hubiere recar gado el impuesto. Dicho certificado deberá emitirse a solicitud del contribuyente, en la forma, plazo y términos que establecerá dicho Servicio. El contribuyente que recarga el impuesto que e mita el certificado deberá informar al Servicio de Impue stos Internos, en la forma, periodicidad, condiciones y plazos que éste determine. La mora en la emisión o la emisión incompleta de los certificados a que se refiere el inciso décimo de este artículo o la emisión incompleta o extemporáne a del informe a que se refiere el inciso undécimo se sancionará con multa de una unidad tributaria mensu al a una unidad tributaria anual, por cada incumplimient o, la que será aplicada por el Servicio de Impuestos Inte rnos de conformidad al procedimiento establecido en el N °1 del artículo 165 del Código Tributario. El monto del Impuesto de Timbres y Estampillas utilizado como crédito fiscal, de conformidad a lo señalado en este artículo, no podrá deducirse como gasto para los efectos de la determinación de los impuest os establecidos en la Ley de la Renta. Con todo, esta cantidad no se afectará con el impuesto contenido e n el artículo 21 de dicha ley. Artículo 4°.- Establécese, a contar de la entr ada en vigencia de la modificación prevista en el artíc ulo 5° de esta ley al artículo 21 del decreto ley N° 91 0, de 1975, una bonificación anual de cargo fiscal equiva lente al 100% del valor del impuesto anual por permiso de circulación, a que se refiere el Título IV del decr eto de ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, a los propietarios de vehículos híbridos a que se ref iere el número 1 de este artículo, que se encuentren inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados a partir del 1 de marzo del 2008 y hasta el 31 de mar zo del 2010, y que cumplan con los requisitos y condic iones que a continuación se indican. 1. Se entenderá por vehículo híbrido aquel cap az de desplazarse utilizando como fuente de energía tanto un motor de combustión interna como un sistema de almacenamiento de energía eléctrica producida por e l propio vehículo. Estos vehículos deberán haber sido homologados como híbridos de acuerdo al proceso de homologación contenido en el decreto N° 54, de 1997 , del

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Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, encontrarse afectos al impuesto anual por permiso d e circulación referido en el inciso anterior e inscri tos en el registro a que hace mención el N° 3 de este artículo. 2. La bonificación se concederá durante el núm ero de años que corresponda, según el valor de venta de l vehículo en conformidad a la escala establecida en este número, y regirá a contar de la inscripción del veh ículo en el Registro de Vehículos Motorizados. En el caso de automóviles híbridos cuyo valor total en su primera venta sea inferior al equivalente en pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fomento, de acuer do al valor de dicha unidad a la fecha de venta, la bonificación se entregará por cuatro años. En el ca so de automóviles híbridos cuyo valor total al momento de su primera venta sea igual o superior al equivalente e n pesos de 730 (setecientas treinta) unidades de fome nto, de acuerdo al valor de dicha unidad a la fecha de v enta, la bonificación se entregará por dos años. No podrá n acceder a esta bonificación los vehículos cuyo valo r total, al momento de su primera venta sea superior al equivalente en pesos de 1.220 (mil doscientas veint e) unidades de fomento, de acuerdo al valor de dicha u nidad a la fecha de venta. 3. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mantendrá y publicará, en forma regular, un registro de autos híbridos susceptibles de acogerse a esta bonificación, en adelante el Regist ro, que contendrá el listado de los modelos de vehículo s que cumplen con los requisitos de homologación. A dicho registro se incorporarán los vehículos a contar de la emisión del respectivo certificado de homologación. El Registro deberá ser publicado en el plazo de treint a días contado desde la publicación de esta ley y deb erá contener el listado de los modelos que a dicha fech a cumplen con los requisitos y condiciones que establ ece este artículo. 4. Dentro de los noventa días siguientes a la publicación de esta ley, el Ministerio de Hacienda establecerá, mediante decreto supremo, un reglament o para la aplicación de este beneficio, en el que establecerá el procedimiento de acuerdo al cual se otorgará la bonificación, por parte del Servicio de Tesorería, quien podrá pagarla mediante cheque nominativo o depósito en la cuenta corriente, de ah orro a plazo o a la vista que posea el beneficiario. Dic ho reglamento establecerá, también, las condiciones y los requisitos que deberán acreditar los beneficiarios para solicitar el pago respectivo, los que podrán inclui r la exhibición del comprobante de pago del permiso de circulación del año respectivo, la factura de compr a del vehículo, el certificado de inscripción y anotacion es vigentes y el certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente.

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Artículo 5°.- Introdúcense, a contar de la fec ha de publicación de la presente ley, las siguientes modificaciones en el artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975: 1) En el inciso primero, reemplázanse las expresiones "y en los contratos generales de construcción que no sean por administración de dich os inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del dec reto ley N° 825, de 1974." por "cuyo valor no exceda de 4.500 unidades de fomento, con un tope de hasta 225 (doscientas veinticinco) unidades de fomento por vivienda, y en los contratos generales de construcc ión de dichos inmuebles que no sean por administración, con igual tope por vivienda, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 825, de 1974.". 2) En la primera oración del inciso segundo, reemplázanse las expresiones "será aplicable tambié n a los" por las expresiones "será aplicable también, s in las limitaciones de monto antes indicadas, a los". 3) Agrégase, en el inciso tercero, la siguient e oración a continuación del punto aparte (.), que pa sa a ser punto seguido (.): "Para acceder al beneficio l a empresa constructora deberá contar con el respectiv o permiso municipal de edificación.". 4) Intercálase el siguiente nuevo inciso a continuación del inciso tercero: "Excepto para el caso de aquellos contratos qu e recaigan exclusivamente en las viviendas a que se refiere el artículo 3° del decreto ley N° 2.552, de 1979, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el beneficio dispuesto en el inciso primero no será aplicable a los contratos de ampliación, modificaci ón, reparación o mantenimiento, ni aun en los casos que pudieran implicar la variación de la superficie originalmente construida, como tampoco a los contra tos generales de construcción, que no sean por administración, referidos a la urbanización de terrenos.". 5) Intercálanse los siguientes incisos, nuevos , a continuación del actual inciso final: "En el caso de contratos de construcción refer idos a más de una vivienda, para acceder al beneficio, e l contrato deberá indicar el precio unitario de construcción de las viviendas, incluyéndose en éste el valor de los bienes comunes a construir, a prorrata de las superficies construidas respectivas. Cuando el contrato general de construcción incluya inmuebles para habitación, que no excedan de 4.500 unidades de fom ento y otros que sobrepasen tal monto, el beneficio impu table en cada facturación de un estado de pago será la cantidad que resulte de aplicar, al crédito potenci al total, la proporción que el estado de pago represen te

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respecto del total del precio de construcción de la s viviendas del contrato. El crédito total potencial será igual a la suma de los créditos individuales de las viviendas a construir con derecho al beneficio. Las modificaciones o el término anticipado de un contrato general de construcción, que causen variac iones al crédito potencial disponible inicialmente previs to, darán lugar al ajuste correspondiente en los siguie ntes estados de pago, con el consiguiente derecho a créd ito o la obligación de reintegro respectiva. En el caso d e un contrato general de construcción destinado a comple tar la construcción de inmuebles para habitación, tambi én se aplicarán las normas precedentes, pero, para establ ecer el crédito potencial disponible, en el cálculo del crédito individual de las viviendas, deberá conside rarse la suma del precio individual de construcción del contrato más el valor de las obras preexistentes, e l cual deberá ser declarado en el contrato. Las empresas constructoras deberán informar al Servicio de Impuestos Internos, en la oportunidad y forma que éste determine, los antecedentes que sirv an de base para el cálculo del beneficio impetrado así co mo los compradores de los inmuebles o los mandantes de los contratos generales de construcción, que no sean po r administración. No obstante lo señalado en los incisos anterio res, hasta el día 30 de junio del año 2009, las empresas constructoras tendrán derecho a deducir del monto d e sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta el 0,65 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar en la venta de bienes corporales inmuebles para habitación por ell as construidos y en los contratos generales de constru cción que no sean por administración de dichos inmuebles, de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 82 5, de 1974, en ambos casos, sin el requerimiento de conta r previamente con el permiso municipal de edificación . Tratándose de contratos generales de construcc ión de inmuebles para habitación, que no sean por administración, celebrados con anterioridad al 1 de julio de 2009, se sujetarán al beneficio del inciso anterior si han obtenido el respectivo permiso muni cipal de edificación con anterioridad a dicha fecha y sie mpre que al 31 de diciembre de 2009 las obras ya se haya n iniciado. Artículo Transitorio.- El mayor gasto fiscal q ue pudiere irrogar la aplicación del artículo 4° de la presente ley durante el año 2008, se financiará med iante reasignaciones presupuestarias del programa Subsidi os de la Partida Presupuestaria Tesoro Público.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efec to como Ley de la República. Santiago, 24 de marzo de 2008.-MICHELLE BACHEL ET JERIA, Presidenta de la República.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda

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Lo que transcribo a usted para su conocimiento .- Saluda atentamente a usted, María Olivia Recart Her rera, Subsecretaria de Hacienda.