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JOSE DIAZ LOPEZ –ANTONIO PEÑA AMARO EQUIPO REDACTOR ARQUITECTOS JUNTA DE COMPENSACIÓN DE PROPIETARIOS DEL SECTOR 4 “LOS QUEMADOS” PROMOTOR MODIFICACIÓN PLAN PARCIAL DE ORDENACION SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO SUS-AR.1 SECTOR 4 “LOS QUEMADOS”, TÉRMINO MUNICIPAL DE CHIPIONA. (CADIZ). ABRIL 2014 I. MEMORIA

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JOSE DIAZ LOPEZ –ANTONIO PEÑA AMARO EQUIPO REDACTOR

A R Q U I T E C T O S

JUNTA DE COMPENSACIÓN DE PROPIETARIOS DEL SECTOR 4 “LOS QUEMADOS”

PROMOTOR

MODIFICACIÓN

PLAN PARCIAL DE ORDENACION SUELO

URBANIZABLE SECTORIZADO SUS-AR.1 SECTOR 4

“LOS QUEMADOS”, TÉRMINO MUNICIPAL DE

CHIPIONA. (CADIZ).

ABRIL 2014

I. MEMORIA

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M O D I F I C A C I Ó N . P L A N P A R C I A L D E O R D E N A C I O N S U E L O U R B A N I Z A B L E S E C T O R I Z A D O S U S - A R . 1 S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ” , T É R M I N O M U N I C I P A L D E C H I P I O N A . C A D I Z J U N T A D E C O M P E N S A C I Ó N P R O P I E T A R I O S D E L S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ”

DOCUMENTACION ESCRITA INDICE

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A R Q U I T E C T O S

ÍNDICE DE LA DOCUMENTACIÓN ESCRITA

I . M E M O R I A PAG.

1. ANTECEDENTES 1

1.1 OBJETO Y ENCARGO.

1.2 ANTECEDENTES.

1.3 PROCEDENCIA DE LA FORMULACIÓN DE LA MODIFICACIÓN.

1.4 DETERMINACIONES, ALCANCE Y CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL.

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2. INFORMACIÓN URBANÍSTICA 4

2.1. DETERMINACIONES DEL PLANEAMIENTO VIGENTE

2.2. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y NATURALES.

2.2.1. SITUACIÓN, LÍMITES Y SUPERFICIE.

2.2.2. CARACTERÍSTICAS NATURALES.

2.3. USOS Y EDIFICACIONES Y ELEMENTOS EXISTENTES.

2.4. CONEXIONES EXTERIORES SERVICIOS URBANÍSTICOS.

2.5. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD DEL SUELO.

2.6. AFECCIONES SECTORIALES

2.7. PARTICIPACIÓN PÚBLICA.

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3. DESCRIPCIÓN Y ANALISIS DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN 21

3.1 OBJETIVOS Y CRITERIOS DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN.

3.2 ANÁLISIS DE LAS DETERMINACIONES DE LAS DOTACIONES DE LA MODIFICACIÓN.

3.2.1. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE PLANEAMIENTO.

3.2.2. SISTEMA VIARIO Y TECNICO.

3.2.3. SISTEMAS GENERALES.

3.2.4. SISTEMAS LOCALES. ESPACIOS LIBRES Y EQUIPAMIENTOS DOTACIONALES

3.3. ANALISIS DE LAS DETERMINACIONES DE APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO.

3.3.1.- RESIDENCIAL UNIFAMILIAR AISLADA -ADOSADA

3.3.2.- RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR MANZANA CERRADA

3.3.3.- RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR MANZANA ABIERTA

3.3.4 – TERCIARIO T1

3.3.5.- TERCIARIO T2

3.4. ANALISIS DE LAS INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS.

3.4.1. RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, RIEGO E HIDRANTES.

3.4.2. RED DE ALCANTARILLADO – SANEAMIENTO..

3.4.3. RED DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y ALUMBRADO.

3.4.4. RED DE TELECOMUNICACIONES CANALIZACIÓN TELEFONICA.

3.4.5. RED DE GAS.

3.4.6. JARDINERÍA Y MOBILIARIO URBANO.

3.5 GESTIÓN URBANÍSTICA

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4. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO A LAS DETERMINACIONES DEL P.G.O.U./ LOUA 62

4.1. CUMPLIMIENTO PARAMETROS PGOU CHIPIONA. 62

4.2. CUMPLIMIENTO DETERMINACIONES VINCULANTES PGOU CHIPIONA. 65

4.3. CUMPLIMIENTO REGLAS Y ESTANDERES LOUA Y REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. 67

4.4. CUMPLIMIENTO 293/2009 ACCESIBILIDAD 72

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DOCUMENTACION ESCRITA INDICE

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A R Q U I T E C T O S

I. MEMORIA JUSTIFICATIVA

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MEMORIA 1. ANTECEDENTES

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1. ANTECEDENTES 1.1. OBJETO Y ENCARGO.

El presente documento tiene por objeto la modificación en aspectos puntuales de la ordenación

pormenorizada, del Plan Parcial del Sector4 Los Quemados del PGOU de Chipiona, ante la entrada de un nuevo propietario mayoritario, y por la necesidad de ajustar este desarrollo urbanístico al nuevo

escenario socio-económico.

Se formula por la Junta de Compensación de dicho Sector según acuerdo de su Asamblea de

propietarios, celebrada el 13 de septiembre de 2012, siendo el equipo redactor el formado por los

arquitectos José Díaz López y Antonio Peña Amaro, arquitectos colegiados del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba. Se redacta en formato de texto refundido completo para mayor facilidad de

manejo y comprensión.

1.2. ANTECEDENTES.

El PGOU de Chipiona que clasifica en suelo urbanizable sectorizado el Sector 4 “Los Quemados”, se

aprueba definitivamente en su 2º Texto Refundido el 21 de julio de 2005, estableciendo en su ficha

las siguientes determinaciones para este Sector:

Superficie de ámbito: 287.871 m2 Superficie Sistemas Generales: 95.000 m2 (SGEL: 53.161,60 m2 y SGD: 42.000 m2) Uso característico: Residencial Usos compatibles: Terciario, Dotacional Edificabilidad: 129.542 m2t (0,45 m2t/m2s) Nº max. Viviendas: 1258. Iniciativa: Privada Sistema de Actuación: Compensación Área de Reparto AR.1: Sector 4 Los Quemados Aprovechamiento Medio AR: 0,45 El 25,5 % del aprovechamiento objetivo deberá destinarse a vivienda de protección pública.

El Plan Parcial del Sector 4 se aprueba definitivamente por el Ayuntamiento de Chipiona en Mayo de 2006, promovido por GEDECO SA como propietaria mayoritaria en el sector, y redactado por los

arquitectos Álvaro Arias Ruiz y Rafael Ruiz Zozaya.

Posteriormente se redactan, tramitan y aprueban tres Estudios de Detalle en el ámbito de las

parcelaciones de viviendas unifamiliares existentes en el sector, redactados por el arquitecto Francisco Ramón Soriano Muñoz, y que alcanzan la aprobación Definitiva en mayo de 2009. Recientemente, el

14 de febrero de 2013, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia anulando

la aprobación definitiva del Estudio de Detalle de las manzanas 17, 4 y 8.

En cuanto a la gestión urbanística, existe un Convenio del Ayuntamiento suscrito con la empresa

NORDIN SL, como primera propietaria mayoritaria del sector, de 16 de septiembre de 1997, que fue sustituido por un segundo convenio de febrero 2008, con la empresa GEDECO,SA, que adquirió la

propiedad a NORDIN SL.

Posteriormente, el 30 de septiembre de 2009 la Caja de Ahorros CAJASUR adquiere mediante dación en pago a GEDECO estos suelos.

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MEMORIA 1. ANTECEDENTES

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A R Q U I T E C T O S

En enero de 2011, BBK Bank Cajasur SAU, adquiere formalmente la Caja de Ahorros Cajasur,

pasando a ser el nuevo propietario mayoritario del sector.

En abril de 2007 fue constituida ante notario la Junta de Compensación del Sector 4 Los Quemados,

quedando inscrita en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras el 22 de octubre de 2007.

La Junta de Compensación aprobó el Proyecto de Reparcelación el 10 de septiembre de 2009 dando traslado al Ayuntamiento para su tramitación.

El Proyecto de Urbanización fue aprobado definitivamente por el Ayuntamiento el 20 de febrero de 2008.

En octubre de 2011 BBK Bank Cajasur, a través de su equipo técnico, inicia conversaciones con el

Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Chipiona, con el objetivo de poder dar viabilidad empresarial a este desarrollo urbanístico ante el nuevo escenario socio-económico. La Junta de Compensación en Asamblea celebrada el 13 de septiembre 2012 acordó iniciar una reformulación

del proyecto, con una modificación del Plan Parcial y un nuevo Proyecto de Reparcelación, desistiendo

por tanto del anterior procedimiento de tramitación del Proyecto de Reparcelación ante el

Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Chipiona, propietario importante en el Sector, se ha incorporado al Consejo Rector de la Junta de Compensación.

1.3. PROCEDENCIA DE SU FORMULACIÓN.

Desde octubre de 2011, responsables y equipo técnico de BBK Bank Cajasur, han venido manteniendo

reuniones con responsables políticos, y técnicos del Ayuntamiento de Chipiona, sobre propuestas de

reformulación del Plan Parcial y el Proyecto de Reparcelacion, habiendo llevado a consideración de la

Asamblea de la Junta de Compensación de Los Quemados de septiembre pasado una propuesta consensuada con estos, que obtuvo el aval mayoritario de esa Asamblea. El presente documento de

Plan Parcial deberá someterse a aprobación de dicha Asamblea para su remisión al Ayuntamiento y

tramitación.

Procede por tanto la formulación de la Modificación Puntual del Plan Parcial vigente, en tanto es

voluntad mayoritaria de los propietarios del sector, incluido el Ayuntamiento, y pretende ajustar a la realidad socioeconómica actual, el planeamiento de desarrollo aprobado en 2006.

1.4. DETERMINACIONES, ALCANCE Y CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN PARCIAL.

La modificación Plan Parcial contendrá las determinaciones adecuadas a su objeto especifico,

desarrollando y estableciendo la ordenación interior y la disposición de la edificación en base al Plan

Parcial aprobado y parámetros básicos establecidos en el P.G.O.U.

Las determinaciones generales serán las que fija el articulo 13 de la LOUA (Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía), de 17 de Diciembre de 2002 y Ley 12 /2012:

a) El trazado y las características de la red de comunicaciones propias del sector y de los enlaces con el sistema general de comunicaciones previsto en el Plan General de Ordenación Urbanística, con señalamiento en ambos casos de sus alineaciones y rasantes.

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MEMORIA 1. ANTECEDENTES

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b) La delimitación de las zonas de ordenación urbanística, con asignación de los usos pormenorizados y tipologías edificatorias, y su regulación mediante ordenanzas propias o por remisión a las correspondientes Normas Directoras para la Ordenación Urbanística, respetando las densidades y edificabilidades máximas asignadas al sector en el Plan General de Ordenación Urbana.

c) La fijación de la superficie y características de las reservas para dotaciones, incluidas las relativas a aparcamientos, de acuerdo con las previsiones del Plan General de Ordenación Urbanística y los estándares y características establecidos en esta ley.

d) El trazado y las características de las galerías y redes propias del sector, de abastecimiento de agua, de alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado, telecomunicaciones, gas natural en su caso y de aquellos otros servicios que pudiera prever el Plan General de Ordenación Urbanística, así como de su enlace con otras redes existentes o previstas.

e) El señalamiento, en el correspondiente Plan de etapas, de las condiciones objetivas y funcionales que ordenen la eventual secuencia de la puesta en servicio de cada una de ellas.

f) La evaluación económica de la ejecución de las obras de urbanización y, en su caso, de las dotaciones.

Las determinaciones del PGOU de Chipiona están establecidas en el Artículo 44.

Artículo 44 Planes Parciales. Los Planes Parciales desarrollarán de forma integral los ámbitos territoriales correspondientes a Sectores unitarios de suelo urbanizable delimitados por el Plan General, señalando su ordenación detallada y completa con sujeción a lo establecido para cada uno de ellos por el Plan General, de modo que sea posible su ejecución mediante los sistemas de actuación y proyectos de urbanización que procedan.

Los Planes Parciales habrán de contener, como mínimo, las determinaciones que se señalan en el Artículo 13 LOUA, en los Artículos 45 y 46 del Reglamento de Planeamiento y en estas Normas, en especial en los aspectos que se señalan específicamente para cada uno de los Sectores que se han de desarrollar mediante este instrumento. Se tendrá en cuenta para el dominio público marítimo e hidráulico y sus zonas de servidumbre y policía lo previsto en la legislación sobre Costas y las normas de este Plan y en especial lo dispuesto en el artículo 217.1 y 2. Sus determinaciones se contendrán en los documentos previstos en los Artículos 57 a 63 del Reglamento de Planeamiento

El conjunto de todas las determinaciones, su justificación y descripción se recogen en el apartado 3 “Memoria Justificativa de la Ordenación”, de esta memoria.

Por otro lado, el contenido del presente documento es el propio de los planes parciales y comprende:

DOCUMENTACIÓN ESCRITA: -. Memoria de Información. -. Memoria Justificativa y de Ordenación (Anexos). -. Ordenanzas Reguladoras. -. Plan de Etapas. -. Estudio Económico – Financiero. - Resumen Ejecutivo. DOCUMENTACIÓN GRÁFICA: -. Planimetría de Información. -. Planimetría de Ordenación.

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MEMORIA 2. INFORMACIÓN URBANISTICA

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2. INFORMACIÓN URBANÍSTICA 2.1. DETERMINACIONES DEL PLANEAMIENTO VIGENTE.

- La Aprobación Definitiva del 2ª Texto Refundido del PGOU se produjo el 21 de Julio de 2005.

- La ficha urbanística del Sector establece las siguientes determinaciones:

El Plan Parcial del Sector 4 se aprueba definitivamente por el Ayuntamiento de Chipiona en Mayo de

2006, promovido por GEDECO SA como propietaria mayoritaria en el sector, y redactado por los arquitectos Álvaro Arias Ruiz y Rafael Ruiz Zozaya.

Posteriormente se redactan, tramitan y aprueban tres Estudios de Detalle en el ámbito de las parcelaciones de viviendas unifamiliares existentes en el sector, redactados por el arquitecto Francisco

Ramón Soriano Muñoz, y que alcanzan la aprobación Definitiva en mayo de 2009.

La ordenación establecida en dicho Plan Parcial, así como sus determinaciones son las siguientes:

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MEMORIA 2. INFORMACIÓN URBANISTICA

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MEMORIA 2. INFORMACIÓN URBANISTICA

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2.2. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y NATURALES.

2.2.1. SITUACIÓN, LÍMITES Y SUPERFICIE.

Se trata del ámbito de ordenaci6n calificado como suelo urbanizable sectorizado, SUS-AR.1 con

287.871 metros cuadrados de superficie según ficha del Plan General, y denominado SUS-AR.1 Sector 4 "Los Quemados", si bien con el reciente levantamiento topográfico realizado por RACERO

CONSULTORES TOPOGRAFIA y su ajuste a las propiedades existentes, la superficie real resulta un

total de 295.010,11 m²s

Esta localizado al sur del casco urbano actual donde completa la trama de la ciudad junto al sector 7

y el sector 10, en conformidad al Plan General. El sector 10 se encuentra situado al suroeste del sector 4, y el sector 7 se encuentra al este. Completan la delimitación la unidad de actuaci6n 9 y la unidad

de actuaci6n 10 al oeste y la unidad de actuación 13 al sureste. Por tanto, el Sector 4 "Los

Quemados" es determinante en el desarrollo urbanístico en la zona debido a su extensión, localización

y el hecho de contener dos sistemas generales de gran entidad.

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MEMORIA 2. INFORMACIÓN URBANISTICA

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A R Q U I T E C T O S

EI sector linda en su lado norte con el Camino de los Quemados, aunque posee una zona rectangular

que avanza hasta la Avenida Carretera de Rota. En su lado sur con el Camino de las Flores, en el este con la Carretera de Rota y con el flanco oeste con el Camino de La Hijuela. La carretera de Rota esta

entendida como travesía y en ella debe establecerse dominio público: esta vía permite conectar con el

municipio de Rota situado a unos cinco kilometres. EI sector linda con los terrenos protegidos del parque del camaleón en su zona sur.

La zona más próxima al mar se encuentra a unos setecientos metros, y la más alejada a un kilómetro aproximadamente. EI vial estructurante a través del sector lleva directamente al Santuario de Nuestra

Señora de Regla de tanta importancia en el municipio.

Los límites del sector, su superficie y la topografía quedan suficientemente definidos en el plano de información A-3.

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MEMORIA 2. INFORMACIÓN URBANISTICA

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2.3.2. CARACTERÍSTICAS NATURALES.

GEOLÓGICAS Y GEOTÉCNICAS. Según el estudio realizado por la empresa “GEOCIMES ” en base a los trabajos de campo realizados,

correspondientes a: - Penetraciones Dinamicas D.P.S.H: 20 unidades

- Sondeos: 9 unidades

- Calicatas: 8 unidades

- Toma de muestras a partir de sondeos y calicatas.

- Ensayos de Laboratorioo para la determinación de los parámetros geotécnicos, podemos concretar los siguientes niveles estratigráficos diferenciados.

Desde el más superficial al más profundo, encontramos:

- NIVEL 0: COBERTURA VEGETAL.

Ha sido detectado segun las diferentes calicatas y sondeos, a profundidades entre 0,25 y 0,50 metros, es decir de 0,25 a 0,50 metros de espesor.

- NIVEL II: ARENAS/ GRAVAS.

En este nivel en función de la zona investigada y a partir de los resultados de los ensayos de

laboratorio, se presenta un predominio de arenas y gravas. El contenido de finos, a su vez , también depende de la zona sondeada, siendo estos de naturaleza no plástica (limos). Indicar

que el nivel presente diferentes grados de cementación, pudiendo llegar a constituir una costra de hasta más de 1,00 mts de espesor.

Nivel freático: Se ha detectado la presencia de un nivel de agua en los sondeos realizados. Este aparece entre 3,90 mts y 4,50 mts de profundidad desde sus cotas de emboquillado y, dependiendo de los puntos sondeados. No obstante debido a la cercanía de la playa podría tener alto contenido

de cloruros y /sulfatos, lo que podría producir retardos en el fraguado del hormigón y eflorescencias,

en el caso de que este nivel entrase en contacto con las cimentaciones.

Los materiales sobre los que se proyectarian el acondicionamiento de explandas según O.C. 326/00(modificaciones PG-3), en principio serian considerados como suelos seleccionados. Este tipo de

suelos son válidos para su disposición en coronación, cimientos y núcleos de los difrenetes terraplenes a

prevere

TOPOGRAFÍA. Topográficamente el sector se caracteriza po su planitud, por una ligera pendiente en torno a una

media del 0,7 % que desciende en general en dirección este –oeste, desde la cota 13,00 situada en

los extremos de del tramo de la carretera de Ronda coincidente con el sector, hasta las curvas de nivel correspondientes a la cota 11,00 mts situadas en la zona oeste del sector.

No obstante podemos diferenciar más concretamente en referencia a los límites del sector:

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- El tramo de la carretera de Ronda (linde este) desciende 1,00 mts aproximadamente desde

ambos extremos (cota 13,00) hacia la mitad del tramo (cota 12,00 mts), coincidente con las viviendas unifamiliares existentes adyacentes a la carretera.

- En su lindero sur coincidente con el Camino de las flores desciende de este a oeste desde la cota 13,00 en carretera de ronda hasta la cota 11,00 de la mistad del tramo , siendo el resto del camino prácticamente plano.

- Al norte, el camino de los Quemados desciende uniformemente desde la l cota 13,00 en la

glorieta de la carretera de ronda hasta la cota 11,00, de conexión con la calle Naranjo.

-Al oeste el camino de la Hijuela es prácticamente plano entrorno a la cota 11,50.

Topográficamente los terrenos son aptos para acoger la implantación de usos caracterizados

morfológicamente donde la nivelación previa del terreno es muy favorable.

HIDROLOGÍA.

En el ámbito del sector no existe ningún cauce de agua, sólo la propia vaguada en dirección suroeste

que forma la propia topografía, si bien en época de fuertes lluvias, debido a la cuenca procedente

del este (por la carretera de ronda) es susceptible de inundarse dada su topografia practicamente

plana.

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2.3. USOS, EDIFICACIONES, INFRAESTRUCTURAS Y ELEMENTOS CONSTRUIDOS EXISTENTES.

El uso predominante que poseía el sector era el de explotación agrícola. La venta de pequeñas parcelas de este uso principal ha propiciado la aparición de cuatro núcleos principales de

edificaciones ilegales con un uso principal residencial. Este uso residencial también aparece salpicando

el sector puntualmente.

La tipología de estas edificaciones es la de residencial unifamiliar en sus categorías de adosado y

aislado, todo ello entremezclado, sin alineaciones definidas, con un criterio estético irregular, en definitiva sin ordenación general organizada. En lo posible se debe incorporar al sector estas

preexistencias siempre que no representen perjuicio para la ordenación general.

Decir también la existencia previa, a lo largo de la Carretera de Rota y dentro de los núcleos residenciales ilegales, de usos comerciales con construcciones de naves que se dedican a la venta de

congelados, materiales de construcción, mobiliario, etc.

Para el desarrollo de la actividad agrícola existe un pequeño grupo de edificaciones como recurso de

esta forma productiva. Destaca las oficinas y naves de la finca Los Quemados que también posee un depósito de agua de grandes dimensiones, destinado al riego de los campos de cultivo. Estas

instalaciones con el tiempo se han ido deteriorando por su ocupación ilegal, y causando problemas de

seguridad ciudadana, por lo que el Ayuntamiento ha abierto un expediente de ruina, que va a concluir

con la próxima demolición de las edificaciones, como adelanto de obra, previa a la urbanización del sector, ya que recaen en espacios futuros de dominio publico.

La gran infraestructura que atraviesa el sector es eléctrica. Todas ellas se encuentran instaladas de

forma aérea sobre báculo. Una de las líneas de alimentación de la ciudad que proviene de la

subestación de Rota se dibuja de este a norte para enterrarse en este último lado. De esta línea se

alimentan los centros de transformación partiendo del existente en uno de los núcleos residenciales ilegales.

La línea principal deberá ser soterrada y las secundarias eliminadas para conectar los núcleos

residenciales que se conserven a las nuevas infraestructuras eléctricas que el proyecto de urbanización

determine.

Por último indicar la existencia de líneas aéreas de telefonía que dan servicio a distintas edificaciones. Estas líneas, de igual manera, deben ser desmontadas, y aquellas edificaciones mantenidas en que

deba permanecer el servicio se adecuaran a la nueva red de telefonía que se propondrá

definitivamente en el proyecto de urbanización a redactar con posterioridad.

La principal infraestructura de comunicación viaria es la Carretera de Rota que es límite del sector. Esta se encuentra en buen estado de firme que está asfaltado y en uso. El resto son vías y carriles

agrícolas que se encuentran en estado terrizo lo que provoca constantemente su deterioro, sobre todo en época de lluvias. El camino al que recaen viviendas ilegales, limítrofe del sector, se encuentra

asfaltado en la actualidad.

Los usos del suelo y las edificaciones existentes quedan reflejados en el plano de información A.3.

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2.4. CONEXIONES EXTERIORES DE LOS SERVICIOS URBANÍSTICOS.

2.4.1. RED VIARIA. CONEXIONES

Las conexiones viarias previstas en el Planeamiento vigente, y en concreto en el Plan Parcial que se

modifica, integran el sector en la estructura de la ciudad, y se concretan en:

- Por el Este, el sector se conectará con la carretera de Rota, perpendicularmente a ella y

concretamente con una rotonda que se formalizará en el extremo sureste del sector.

- Por el Norte , la conexión se realizará directamente con el camino de los Quemados integrado

en el sector. que permitirá el enlace con todos los viales de la ciudad que acometen a dicho

camino (calles Perú, Ecuador, Venezuela, Costa Rica , Argentina, Méjico, etc), y a través de dicho viales y la propia ordenación del sector se enlazará con el tramo de la carretera de Rota que

dicurre en dirección sureste –noroeste hasta la glorieta de la Avda. de la Constitución.

- Por el Oeste el sector conectará con uno de los principales viales de la ciudad Avda. del

Esturión a traves de los viales Avda. de los Cangrejos, c/ Robalo y c/ Chapetón, que desembocan en el sector.

- Por el Sur no se dispone niguna conexión viaria atendiendo a la reserva prevista del Sistema General de Espacios Libres en colindancia con los espacios no urbanizables de uso agrícola y

sin ninguna vía que atraviese el Sistema, pues estos espacios libres atienden a la normativa para la protección del hábitat del camaleón

2.4.2. ABASTECIMIENTO DE AGUA.

De acuerdo a la información facilitada por el Excmo. Ayuntamiento de Chipiona, la conexión de

abastecimiento de agua del sector con la red se realizará a través de la traza de una red en lazo perimetral al sector discurriendo por la carretera de Rota, camino de los Quemados y vial previsto al sur de la ordenación.

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Prolongandose la red del sector desde el camino de los Quemados por la c/ Naranjo se conectará a

al red general existente de Ø300mm en Avda del Esturión. Igualmente se conectará a esta red principal mediante la prolongación de la red del sector a través de la c/Chapetón. Se adjunta

esquema facilitado por los servicios técnicos del Excmo. Ayuntamiento de Chipiona:

2.4.3. ALCANTARILLADO.

De acuerdo a la información facilitada por el Excmo. Ayuntamiento de Chipiona, se dispondrá un red

separativa con las siguientes conexiones y esquemas adjuntos elaborados por los servicios técnicos:

SANEAMIENTO FECALES:

Se conectará en dos puntos con el ovoide existente en Avda del Esturión, prolongandose la red del

sector desde el camino de los Quemados por la c/ Naranjo, y la prolongación de la red del sector a través de la c/Chapetón. Se adjunta esquema facilitado por los servicios técnicos del Excmo.

Ayuntamiento de Chipiona:

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SANEAMIENTO PLUVIALES:

Se estable la disposición de una red de Ø 400 a 800 mm discurriendo por la carretera de Rota, que

recoja las aguas de la cuenca al este del sector, la cual deberá atravesar el sctor recogiendo las aguas pluviales del mismo y conectar prolongando la red a traves de la Avda. de los Cangrejos con la

red existente en C/ Arboledilla a través de la calle Arboleda, mediante una conducción de

Ø1200mm.

Se adjunta esquema facilitado por los servicios técnicos del Excmo. Ayuntamiento de Chipiona:

2.4.4. ENERGÍA ELÉCTRICA.

La conexión se realizará de acuerdo al Planeamiento aprobado, mediante una linea de

aproximadamente de 3.800 mts que discurriendo por suelos de dominio público entronque con la

Subestación de Chipiona.

2.4.5. TELEFONÍA.

Se realizará las conexiones en el perímetro del sector con la red existente tanto aérea como subterranea de la compañia Telefonía de acuerdo al planeamiento aprobado e información facilitada

por la compañía.

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2.4.6. GAS.

De acuerdo al planeamiento aprobado e información facilitada por la compañía de gas, las conexiones se realizará en dos puntos con la red existente:

- al noroeste del sector , el engache se realizará en la glorieta de la carretera de Rota.

- al suroeste se realizará el engache con la red existente en c/ Chapetón.

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2.5. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD DEL SUELO.

La estructura de la propiedad del Sector denominado en su conjunto “Los Quemados, Pinar de Regla, Salinera; Escalereta, Algarrobo ó pinar de Miranda” es diversa, existiendo más de un centenar de

propietarios

Se distinguen tres formas de propiedad claramente diferenciadas; la primera es la representada por las fincas de Chipiona número 10.110 y 31276 enunciadas en el Plano 03 con el numero 0, y que

representan más del 54 por ciento del sector,

La segunda está formada por aproximadamente veinte fincas con superficies que oscilan entre los dos

mil y los siete mil metros cuadrados y que representan el 36 por ciento del sector, y

La tercera, mucho más compleja, formada por pequeñas propiedades, muchas de ellas con viviendas en su parcela, en la mayoría de los casos ilegales, y con títulos de propiedad inscritas en el registro,

con escritura pública, contrato, ó simplemente con contrato verbal, y que generalmente han sido vendidas por titulares no registrales, basados en una posible herencia, que han dado lugar a

problemas de segregación de la propiedad, vivienda ilegal en pequeños núcleos poblacionales (que se han intentado respetar dentro de lo posible en el Plan Parcial), producto en la mayoría de los casos

de personas físicas que sin segregación de fincas matrices obtenidas mediante herencia han vendido

pequeñas cantidades de terreno a multitud de propietarios, que a su vez a través del modelo 205 han

logrado en algunos casos inscribirlas en el Registro, produciendo dobles matriculaciones, esta fincas representan menos del 10 por ciento de la totalidad de la superficie del sector.

Las superficies aparecen reflejados en el plano de INFORMACIÓN A.4 “ESTRUCTURA DE LA

PROPIEDAD”, que corresponde a los siguientes datos de los propietarios de suelo.

FINCAS APORTADAS

TITULAR DE LA PROPIEDAD SUPERFICIE (m²

suelo)

% SUELO APORTADO

SEGÚN SUPERF. TOTAL SECTOR

1 SGA CAJASUR S.A.U. 116.564,00 39,54

2+3 Ayuntamiento de Chipiona (Convenio) 42.000,00 14,25

4 D. Antonio Cerpa Porta y Dª Concepción González Carrera (presunt. ganancial)

3.500,00 1,19

5 SGA CAJASUR S.A.U. 3.208,00 1,09

6 M.GUZMAN E.C., S.L. 2.764,00 0,94

7 M.GUZMAN E.C., S.L. 2.236,00 0,76

8 Dª Mª Regla Sanjosé del Moral 2.245,01 0,76

9 Dª Mª Regla Sanjosé del Moral, Dª Manuela Sanjosé del Moral, Dª Caridad Sanjosé del Moral y Dª Josefa Sanjosé del Moral (por cuartas partes iguales e indivisas)

1.414,11 0,48

10 Dª Antonia Sanjosé del Moral 353,52 0,12

11 D. José Antonio Sanjosé del Moral 353,52 0,12

12 VALDIFLOR, S.L. 4.929,00 1,67

13 M.GUZMAN E.C., S.L. 2.236,00 0,76

14 D. Miguel Vidal Galindo y Dª Consolación Calvo Rodríguez (presunt. ganancial)

293,68 0,10

15 D. Juan Carlos Castro Bernal y Dª Olga Olave Durán (ganancial) 235,64 0,08

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A R Q U I T E C T O S

16 D. Juan José Valladares González 283,27 0,10

17 D Alfredo Misa Zarazaga y Dª Mª Regla del Moral Rodríguez (ganancial)

301,77 0,10

18 D. Manuel La O Bernal 309,87 0,11

19 D. José María Ramos García y Dª Rosario Moreno Sánchez (ganancial) 266,39 0,09

20 Dª Guadalupe Jurado Amaya 369,99 0,13

20 BIS D. Juan Carlos García Murga (202’25/342’25 partes indivisas) y D. José Manuel Pérez Galán y Dª Teresa Chamorro Vidal (140/342’25 partes indivisas en gananciales)

395,71 0,13

21 D. Luis Santamaría Tirado y Dª Mª Mercedes Rodríguez Rubio (gananciales)

439,36 0,15

22+23 Dª Caridad Porras Rodríguez (propiedad de 1/2 indivisa y usufructo de la otra 1/2), Dª Caridad Cabo Porras (nuda propiedad de 1/4) y D. José Cabo Porras (nuda propiedad de 1/4)

914,85 0,31

24 Dª Mercedes López Gómez y D. José Manuel Chamorro Calderón (por mitades indivisas)

231,24 0,08

24 BIS D. Francisco Javier Benítez Millán 231,24 0,08

25 D. José Fernando Rodríguez Ruiz 231,24 0,08

26 D. Francisco Mellado González y Dª Marcela García Galán (presunt. ganancial)

393,11 0,13

27 D. Antonio Otero Milán y Dª Mª Rosario González Romero (presunt. ganancial)

208,12 0,07

28 D. Marco Antonio Otero González 208,12 0,07

29 D. Manuel Sierra Cobos y Dª Mª Carmen Calvo García (ganancial) 416,24 0,14

30 D. Antonio Vargas Ramírez y Dª Francisca Villanueva Sola (ganancial) 208,12 0,07

31 Dª Candelaria Carrera Castro 208,12 0,07

32 D. Juan Manuel Cascobelo Cordero 208,12 0,07

33 D. David Benítez Caro 176,90 0,06

34 D. Francisco Gabriel Andujar Luque 176,90 0,06

35 JUNTA DE COMPENSACIÓN 4.472,00 1,52

36 D. Diego Mellado Miranda 300,00 0,10

37 D. Miguel Galán Vázquez y Dª Belén Caro Cebrián (ganancial) 4.831,00 1,64

38 CAPITEL HISPANIA, S.L.U. 2.236,00 0,76

39 D. Manuel Pimentel González 2.166,00 0,74

40 D. Bartolomé, Dª Ana María y D. José Manuel Sace Bernal (por terceras partes indivisas)

2.097,00 0,71

41+42

Dª REGLA GALAN MONTALBAN (propiedad de 1/2 indivisa y usufructo de la otra 1/2), D. JOSE ANTONIO MELLADO GALAN (nuda propiedad de 1/10), D. JESUS MELLADO GALAN (nuda propiedad de 1/10), D. FRANCISCO MELLADO GALÁN (nuda propiedad de 1/10), Dª. Mª GLORIA SANTANA MELLADO (nuda propiedad de 1/10), Dª MANUELA TORAÑO RUIZ-MATEOS (usufructo, al fallecimiento de Dª Regla Galán Montalbán, de 1/3 parte del 1/10 que le corresponde a sus hijos), D. LUIS MELLADO TORAÑO (nuda propiedad de 1/50), D. JOSE MANUEL MELLADO TORAÑO (nuda propiedad de 1/50), D. FRANCISCO MELLADO TORAÑO (nuda propiedad de 1/50), Dª ELISABETH MELLADO TORAÑO (nuda propiedad de 1/50) y Dª Mª REGLA MELLADO TORAÑO (nuda propiedad de 1/50)

5.590,00 1,90

43 JUNTA DE COMPENSACIÓN 111,09 0,04

44 JUNTA DE COMPENSACIÓN 500,00 0,17

45 JUNTA DE COMPENSACIÓN 1.153,53 0,39

46 D. Antonio Reyes Díaz Argandoña y Dª Belén González Vidal (1/2 indivisa en gananciales) y Dª Maria Luisa Reyes Díaz Argandoña y D. Fernando Caballero Zúñiga García (1/2 indivisa en gananciales)

949,57 0,32

47 JUNTA DE COMPENSACIÓN 470,32 0,16

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A R Q U I T E C T O S

48 D. Pedro Ruiz Mellado y Dª Mª Regla Caro Gallego (presunt. ganancial) 799,60 0,27

49 D. José Francisco Sánchez de los Reyes y Dª Josefa Alvarez Corbacho (ganancial)

2.751,29 0,93

50 D. Luis Manuel Atienza Morante 287,89 0,10

51 D. Fernando González del Moral Sánchez y Dª Mercedes Alvarez Ramírez (ganancial)

492,15 0,17

52 D. Joaquín Domínguez Rodríguez 214,45 0,07

53 Dª Belén Jurado Domínguez y D. Francisco Javier Valderrama Valladares (por mitades indivisas)

211,45 0,07

54 D. Francisco Javier Domínguez Rodríguez 211,88 0,07

55 D. Manuel Domínguez Cerpa 212,48 0,07

56 D. Fernando Ramírez Valle y Dª Josefa Pérez Reguera (ganancial) 211,75 0,07

57 D. José Porras Domínguez 166,96 0,06

58 Dª Ildefonsa Domínguez Cebrián y D. Juan Porras Rodríguez (ganancial) 257,63 0,09

59 D. José Porras Domínguez 131,24 0,04

60 Dª Concepción García Sánchez (usufructo de la totalidad), D. Henry Sebastia (nuda propiedad de 1/2) y D. Michael N. Sebastia (nuda propiedad de 1/2)

213,15 0,07

61 D. Claudio y Dª Mª José Pérez Biedma (por mitades indivisas) 572,00 0,19

62 PROTANDEM, S.L. 313,50 0,11

63 D. Martín Mellado Martín y Dª Carmen Castro Jurado (436,5/686,5 partes indivisas en gananciales) y D. Domingo Establiet Casado (250/686,5 partes indivisas)

686,50 0,23

64

Dª JOSEFA LOPEZ DOMINGUEZ (propiedad de 1/2 indivisa y usufructo del 1/2), Dª ISABEL MELLADO LOPEZ (nuda propiedad de 1/12 indivisa), Dª Mª JOSEFA MELLADO LOPEZ (nuda propiedad de 1/12 indivisa), D. ANDRES MELLADO LÓPEZ (nuda propiedad de 1/12 indivisa), D. CESÁREO MELLADO LÓPEZ (nuda propiedad de 1/12 indivisa), D. JOSE ANTONIO MELLADO LÓPEZ (nuda propiedad de 1/12 indivisa) y Dª GLORIA MELLADO LÓPEZ (nuda propiedad de 1/12 indivisa)

4.009,67 1,36

65 D. Manuel Pastorino del Moral y Dª Regla Castro Otero (presunt. ganancial)

18.359,20 6,23

66 EXPLOTACIÓN Y RECUPERACIÓN DE ACTIVOS S.L.U. 6.482,00 2,20

67 GUTIERREZ ALBA, S.L. 2.520,00 0,86

68 D. Joaquín Jurado Naval y Dª Mª Regla de la Bastida Ortega (ganancial)

2.520,00 0,86

69 SARDI MILAN, S.L.U. 593,99 0,20

70 D. Jose Manuel Rodríguez Lázaro y Dª Reyes Caraballo Gafate (1/2 indivisa presunt. ganancial), D. José Manuel Castro Naval (1/4 indivisa) y Regla Fátima Del Moral Castro (1/4 indivisa)

496,02 0,17

71 D. Francisco Guzmán Tirado 248,00 0,08

72 D. Manuel Jesús Caraballo Castaño 486,28 0,17

73 D. José Luis Lázaro Gordillo 248,00 0,08

74 D. Francisco Javier Zarazaga Díaz y Dª Rafaela Florido Rodríguez (ganancial)

972,56 0,33

75 Dª Mª Mar La O Bernal 470,48 0,16

76 Dª Mª Isabel Otero Vergara y D. Daniel Arias Martín (ganancial) 470,48 0,16

77 D. Enrique Díaz Romero y Dª Isabel Rodríguez Pérez (ganancial) 210,19 0,07

78 D. Rafael Jesús Santos Ruiz 182,35 0,06

79 D. Daniel Rodríguez Rodríguez y Dª Mª Jesús Mellado Solo (presunt. ganancial)

491,15 0,17

80 D. José Maria Rodríguez Moreno y Dª Josefa Lorenzo Castro (ganancial) 491,14 0,17

81 D. Miguel Angel Tirado Marín 150,44 0,05

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82 Dª Ambrosia Tirado Marín y D. José Castro Vidal (por mitades indivisas) 160,47 0,05

83 D. Juan Demetrio Sardi Mellado y Dª Mª Regla Milán Lozano (presunt. ganancial)

474,12 0,16

84 D. Juan Santos Quero 1.789,64 0,61

85 Dª Catherine Santos 669,86 0,23

86 Dª Manuela Martin Castaño 502,39 0,17

87 D. Juan Marín Rojano (1/2 indivisa) y D. Lorenzo Cascobelo García y Dª Mª Regla Florido (1/2 indivisa en gananciales)

1.422,34 0,48

88 Dª Mª Regla Miranda Navarrete 718,98 0,24

89 Dª Concepción Naval Rodríguez 1.378,79 0,47

90 M.GUZMAN E.C., S.L. 6.481,00 2,20

91 D. Antonio Cerpa Porta y Dª Concepción González Carrera (presunt. ganancial)

462,96 0,16

92 D. Enrique Castro Calvo 282,05 0,10

92 BIS D. Enrique Castro Calvo 56,32 0,02

92 TRIS Dª Trinidad Ruiz Díaz 56,32 0,02

93 D. José Manuel Pastorino García y Dª Mª Dolores Mellado Montalbán (ganancial)

420,57 0,14

94 D. Josefa Escudero Gómez (usufructo), D. Domingo Escudero Escudero (nuda propiedad de 1/2 indivisa) y Dª Isabel Escudero Escudero (nuda propiedad de 1/2 indivisa)

680,52 0,23

95 D. Manuel Díaz Rodríguez y Dª Cristobalina Montalbán Zarazaga (ganancial)

333,55 0,11

96 D. José Cárdena de la Rosa 201,47 0,07

97 D. Juan Manuel Martín-Arroyo García y Dª Mª José Romero Porras (por mitades indivisas)

257,43 0,09

98 D. Manuel Díaz Rodríguez y Dª Cristobalina Montalbán Zarazaga (ganancial)

432,04 0,15

99 D. Manuel Díaz Rodríguez y Dª Cristobalina Montalbán Zarazaga (ganancial)

291,01 0,10

100 D. Carlos Iván Mellado Fernández y Dª Cintia Suárez Fernández (por mitades indivisas)

156,70 0,05

101 D. Luis Socarras Rodríguez y Dª Emilia Alonso Masegosa (ganancial) 156,70 0,05

102 Dª María Dolores Hernández Pérez y D. Manuel Martín Mellado (ganancial)

179,08 0,06

103 D. José Mª Cervantes Pecho 214,90 0,07

104 D. José Antonio Díaz Vázquez y Dª Vanessa Rivero Rodríguez (ganancial)

230,31 0,08

105 D. Juan Díaz Vázquez y Dª Mª Mercedes Villegas Mellado (ganancial) 219,74 0,07

106 D. Miguel Priego Molina y Dª Mª Luisa Carrera Vázquez (ganancial) 627,28 0,21

107 CONGELADOS MARIA DE LA O, S.L. 861,85 0,29

108 D. Antonio Lorenzo García y Dª Mª Luisa de la Rosa Sánchez (presunt. ganancial)

1.175,24 0,40

108 BIS Dª Mª Dolorez Mellado Montalbán 602,00 0,20

109 Ayuntamiento de Chipiona (por caminos y carreteras) 9.198,40 3,12

110 Ayuntamiento de Chipiona (por caminos y carreteras) 3.549,55 1,20

TOTAL SECTOR 294.767,12 100,00

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MEMORIA 2. INFORMACIÓN URBANISTICA

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2.6. AFECCIONES SECTORIALES.

En la tramitación del Plan Parcial vigente solo se detecto una posible afección en el Informe de la Conserjería de medio Ambiente de 25 de enero de 2006, respecto a la Vía Pecuaria nº 6 Colada del

Pozo Romero, con una anchura legal de 10 metros, y que se encuentra sin deslindar. Limita con el área

de actuación en una zona al norte de la misma, por lo que el Informe solicitaba que para evitar la afección, se respetase una distancia de 7 metros desde el eje de la carretera.

Dicha determinación se respeta en el ámbito de esta Modificación del Plan Parcial, ya que desde el eje de la actual Avenida de Rota, antigua vía pecuaria del Pozo Romero, al ámbito del Plan parcial,

se establece una distancia superior a 7 metros, ya que por otra parte: en conformidad al Informe de

la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se ha ajustado la delimitación del sector al norte en su contacto con la travesía de Rota, excluyéndose del ámbito, la parcela nº 111 de 249,99

m² correspondiente al acerado de la vía clasificada por el PGOU como suelo urbano. .

Por otro lado el informe de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de 17 de mayo de 2005

señalo como observación general la necesidad de recoger en las Ordenanzas del Plan Parcial referencias explicitas a la vigente legislación sectorial de aguas y compromiso de su cumplimiento.

2.7. PARTICIPACIÓN PÚBLICA.

Conforme al art. 32.2 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía el Plan Parcial una vez formulada la aprobación inicial, se someterá a INFORMACIÓN PUBLICA durante un plazo no inferior a

un mes mediante su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y anuncio en prensa local.

En este apartado se reflejará el resultado de dicha participación pública, esto es, exposición e informe de las alegaciones, si es el caso, e informe sobre las consideraciones u observaciones emitidas en el

Informe Técnico de los servicios técnicos del Excmo. Ayuntamiento, así como, de los informes sectoriales de las entidades afectadas.

Con independencia de las reuniones informativas tenidas con los propietarios del Sector, el

Ayuntamiento de Chipiona debe someter a Información publica por periodo de un mes el presente documento de Modificación de Plan parcial, tras su aprobación inicial.

Para ello se acompaña a este Plan Parcial el Resumen Ejecutivo, según lo previsto en los artículos 39-4

y 19-3 de la LOUA.

En el periodo de exposición pública correspondiente a la Aprobación inicial, no se ha presentado ninguna alegación.

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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A R Q U I T E C T O S

3. DESCRIPCIÓN Y ANALISIS DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN

3.1. OBJETIVOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN.

La modificación del PLAN PARCIAL DE ORDENACION SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO SUS-AR.1

SECTOR 4 “LOS QUEMADOS”, TÉRMINO MUNICIPAL DE CHIPIONA. CADIZ se formula, después de más de 6 años desde su aprobación, con el criterio de atender en la actualidad, a los nuevos

requerimientos del Excmo. Ayuntamiento de Chipiona, las demandas de los propietarios de suelos y la

adecuación a la normativa vigente de Ordenación Urbanística de Andalucía.

A partir de este criterio de actualización de adecuarse al nuevo escenario socio-económico, se

pretende como objetivo general, que la modificación de la ordenación, permita un eficaz desarrollo del Plan Parcial y por ende, una gestión ágil y eficaz, que permita la puesta en carga de los suelos, y

la correspondiente ejecución de la urbanización.

En este sentido los objetivos pormenorizados de la modificación del Plan Parcial se concretan en los

siguientes puntos concretos:

1.- Ajustar el ámbito del Sector según el levantamiento topográfico, ya que parte del camino

publico municipal que define el límite sur del sector, no estaba incluido de forma completa; y por otra, incluir la totalidad de las propiedades en el extremo sureste, cuestión que coincide

gráficamente con la delimitación del PGOU, y que no fue contemplada en el anterior Plan Parcial. Ello supone un incremento de 3.546,01 m². A partir de este ámbito real, se ajusta

también el techo edificable máximo del Sector.

2.- Incorporar a la Modificación del Plan Parcial con los ajustes necesarios, la ordenación pormenorizada y asignación de edificabilidades establecida por los ESTUDIOS DE DETALLE

correspondientes a las zonas calificadas para “Residencial Unifamiliar Aislado-Adosado”, lo que supone también la incorporación de los viales englobados en los Estudios de Detalle, a la

ordenación de la Modificación, constituyéndose su calificación como sistema viario.

2.- Incorporar una nueva zonificación para uso TERCIARIO, correspondiente a los comercios escaparate, existentes en el noroeste del sector, recayendo a la Ctra. de Rota, al objeto de integrarlos en la ordenación del sector. Dicho uso terciario actualmente en actividad, estaba

afectado por la calificación de dotación docente, lo que suponía unos altos gastos de

indemnización y el cierre de esos negocios y pérdida de puestos de trabajo, y por tanto la

dificultad de desarrollo y ejecución del Plan Parcial.

3.- Atender la demanda de ajustar la delimitación del uso TERCIARIO, destinado a usos comerciales, para ubicarlo en una manzana independiente y localizada estratégicamente

respecto a la carretera de Rota.

4.-Cualificación de los SISTEMAS LOCALES (Espacios Libres y Equipamientos) con la

relocalización parcial en la zona oriental del sector al objeto de una mejora cuantitativa y cualitativa de las reservas de dotaciones, mejorando su capacidad, funcionalidad y articulación con la estructura general y garantizando su conexión con las manzanas destinadas a usos

residenciales .

5.- En relación a los objetivos anteriores, ajustar los aprovechamientos lucrativos para el

cumplimiento de las determinaciones del PGOU, de las manzanas residenciales, atendiendo a la

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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A R Q U I T E C T O S

prescripción de reserva para vivienda protegida en las manzanas calificadas con tipología de

“MANZANA CERRADA”.

6.- Modificar los parámetros de ordenación y edificación en las zonificaciones de RESIDENCIAL

EN MANZANA CERRADA Y ABIERTA, para adecuarse a la tipología edificatoria establecida y

por otra hacer efectiva y real el aprovechamiento lucrativo correspondiente.

Hay que señalar que en conformidad a los objetivos señalados, y en virtud del art.38 de la LOUA,

que la presente MODIFICACIÓN afecta a la ordenación pormenorizada, pues se tratan modificaciones puntuales y ajustes de las determinaciones, no siendo por tanto una revisión ya que no se altera la

ordenación estructural del Plan Parcial, en los siguientes términos:

- No se modifica el APROVECHAMIENTO DEL SECTOR.

- No se modifica los USOS CARACTERÍSTICOS Y COMPATIBLES, ni la INTENSIDAD DE USO en relación al número máximo de viviendas.

- No se modifica la reserva de los SISTEMA GENERALES vinculantes, ni se altera su ordenación, localización y superficie mínima.

- No se modifica la ESTRUCTURA VIARIA PRINCIPAL del sector (viarios vinculantes) ni sus conexiones exteriores.

- No se modifica la reserva para VIVIENDA PROTEGIDA DEL 25,5% del aprovechamiento

objetivo establecida en el PGOU.

- No se modifica LA INICIATIVA Y SISTEMA DE ACTUACIÓN para el desarrollo del Plan Parcial.

Por tanto de acuerdo al art. 38 de la LOUA se trata de Una MODIFICACIÓN del Plan Parcial, que podemos calificar de puntual dado que además de no se modifica básicamente la configuración morfológica y tipológica del sector, tanto en los usos como en la volumetría derivada de las

determinaciones de las zonificaciones previstas.

En el siguiente CUADRO COMPARATIVO entre las determinaciones del anterior Plan Parcial y la presente MODIFICACIÓN del PLAN PARCIAL, podemos apreciar las ligeras diferencias de superficies,

que se justifican en el presente documentos en los siguientes términos y apartados:

- La superficie de la delimitación del sector aumenta en 3.546,01 m²respecto al anterior Plan

Parcial como se justifica en los apartados 4.1. CUMPLIMIENTO PARAMETROS PGOU CHIPIONA y

apartado “3.2.1. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE PLANEAMIENTO” de la presente documentación.

- Las superficies reservadas a los SISTEMAS GENERALES SG-EQ y SG-EL es la misma para el

SG-EQ y ligeramente superior para el Sistema General de Espacios Libres, cumpliéndose sobradamente las superficies mínimas, justificadas en el apartado 4.2. CUMPLIMIENTO

DETERMINACIONES VINCULANTES PGOU CHIPIONA.

- Las superficies reservadas a los SISTEMAS LOCALES aumenta en su totalidad en la presente MODIFICACIÓN respecto al anterior Plan Parcial, en un total de 4.727,73 m², quedando en los

siguientes términos los aumentos cuantitativos por dotaciones: DOTACIÓN RESERVA. SUPERFICIE INCREMENTO DE RESERVA

SEL. SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES 31.903,15 m² + 360,96 m²

EQUIPAMIENTO ESCOLAR Y SIPS 23.529,15 m² + 2.145,28 m²

SISTEMA VIARIO E INFRAESTRUCTUAS 63.846,87 m² + 2.061,49 m²

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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- Las superficies destinadas al aprovechamiento lucrativo aumenta ligeramente en la presente

MODIFICACIÓN respecto al anterior Plan Parcial, justificado pormenorizadamente en el apartado “3.3. ANALISIS DE LAS DETERMINACIONES DE APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO”.

CUADRO COMPARATIVO SUPERFICIES: DETERMINACIONES PLAN PARCIAL - MODIFICACIÓN

DETERMINACIONES PLAN PARCIAL

2006

MODIFICACIÓN PLAN

PARCIAL 2013

SUPERFICIE DEL SECTOR m²s 291.221,11 294.767,12

EDIFICABILIDAD MÁXIMA DEL SECTOR m²t 129.542,00 132.645,20

NÚMERO MÁXIMO DE VIVIENDAS 1258 1258

NÚMERO MÍNIMO DE VIVIENDAS DE PROTECCIÓN 334 339

SISTEMAS GENERALES: Superficies m²

SG-EL SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES 53.352,61 53.362,07

SG-EQ SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTO DOTACIONAL DEPORTIVO

42.244,12 42.244,12

SISTEMAS LOCALES Superficies m²

EQ-S1 EQUIPAMIENTO DOTACIONAL SOCIAL ADMINISTRATIVO 806,64 806,64

EQ-C1 EQUIPAMIENTO DOTACIONAL ASISTENCIAL SANITARIO 3.031,65 2.726,00

EQ-C2 EQUIPAMIENTO DOTACIONAL COMERCIAL 2.774,97 3.808,66

EQ-E1 EQUIPAMIENTO EDUCATIVO EDUCACIÓN BÁSICA 12.308,76 10.984,32

EQ-E2 EQUIPAMIENTO EDUCATIVO. GUARDERIA 2.461,85 5.203,53

V SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES 31.542,19 31.903,15

Total RESEVA DE SUELO DOTACIONES (espacios libres y equipamientos) 52.926,06 55.432,30

SV SISTEMA VIARIO 61.625,38 63.686,87

STI SISTEMA TÉCNICO INFRAESTRUCTURAS 0,00 160,00

TOTAL SISTEMAS LOCALES 114.551,44 119.279,17

APROVECHAMIENTO LUCRATIVO SUPERFICIES DE TECHO EDIFICABLE m²

PMC RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR MANZANA CERRADA 45.984.72 45.602,15

PMA- RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR MANZANA ABIERTA 63.129,02 63.152,00

UAS-D RESIDENCIAL UNIFAMILIAR AISLADA –ADOSADA 13.972,44 14.416,04

T1 TERCIARIO T1 6.456,02 6.764,86

T2 TERCIARIO T2 0,00 2.688,80

APROVECHAMIENTO LUCRATIVO Superficies m²T 129.613,48 132.623,85

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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3.2. ANÁLISIS DE LAS DETERMINACIONES DE LAS DOTACIONES DE LA MODIFICACIÓN.

3.2.2. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE PLANEAMIENTO.

Se ajusta la delimitación del sector contemplado en el Plan Parcial en su límite sur, al objeto de hacer

coincidirlo con la propiedad del suelo, determinada por la margen del camino existente y lindes de propiedad en el extremo sureste, de acuerdo al reciente Levantamiento Topográfico realizado por

RACERO CONSULTORES TOPOGRAFIA resultando una superficie total del sector de 294.767,12 m²s

y por consiguiente, la edificabilidad máxima del sector ajustada a 132.645,20 m²t, en conformidad a

la edificabilidad establecida de 0,45 m²/ms en el PGOU.

3.2.2. SISTEMA VIARIO Y TECNICO DE INFRAESTRUCTURAS

La estructura viaria principal del Plan Parcial no se modifica, ni se ajusta en ningún aspecto salvo en la

re-disposición de aparcamientos y paso de peatones.

El vial J secundario se desplaza al objeto de la mejora cuantitativa y cualitativa de las dotaciones relocalizadas en la zona noreste del sector.

El vial G secundario, se amplía su dimensionamiento al objeto de permitir el máximo de aparcamientos

localizados en dicho viario, atendiendo a la futura demanda de la manzana de uso Terciario situada

colindante. En este sentido se elimina el vial F, dado que no aporta funcionalidad a la estructura viaria. y sin embargo si aumenta la funcionalidad del Área Libre V1.

Se modifica la traza viaria del vial L., eliminando su quebrada y prolongándolo hasta el vial K, con el

objeto de una mejor reordenación de la zona noreste del sector.

Los viales de las zonas de parcelación con vivienda unifamiliar, se definen con un solo plano de

calzada para que sean de acceso restringido a residentes y servicios.

Con estas ligeras variaciones la estructura viaria resulta una superficie total de 63.686,87m² (21,61% de la superficie total del sector), superior a la superficie del anterior Plan Parcial de 61.625,38 al

quedando incorporados los viales de los ámbitos de los Estudios de Detalle

La estructura viaria con estas ligeras modificaciones queda configurada en los siguientes términos

VIARIO PRINCIPAL

Constituido por los viales A y B, enlazados en forma de T estructuran el sector en tres zonas y

conectan con la estructura de la ciudad, al norte el vial B con la travesía de Rota, y el vial A al oeste

con la Avda. del Esturión y al este con la carretera de Rota conformando una amplia glorieta.

Se dimensionan con un ancho de 19,40 mts, constituidos con calzada de 7,00 mts, aparcamientos en

hilera y acerado a ambos lados, previéndose la disposición modulada de arbolado conformado entre

aparcamientos.

Completa la estructura viaria principal, la carretera de Rota, límite este del sector e integrado en el mismo, por ser determinante en la ordenación del sector tanto en sus rasantes como en sus conexiones

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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así como en su función de arteria canalizadora de la ciudad. Dimensionada con calzada de 8 mts con

acerados a ambos lados, se bifurca en dos carriles en la zona sur a su llegada a la nueva glorieta diseñada en el extremo sureste, de acceso principal al sector.

Se incorpora a dicho carretera de Rota, un vial C de servicio paralelo segregado de la carretera,

que permitirá el acceso a las parcelas comerciales existentes en la zona noroeste. Se dimensiona con acerados y aparcamientos en batería.

VIARIO SECUNDARIO

Se distinguen por su función en la estructura del sector:

a) Los viales perimetrales que conectan directamente con el estructura viaria de la ciudad, a la que

queda adosada el sector, corresponden con:

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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- viales E y F trazados en la linde este del sector permiten el enlace con la ciudad a través de

los viales Avda. de los Cangrejos, c/ Robalo y c/ Chapetón, que desembocan en el sector. Se dimensionan con calzada de 3,50 mts y aparcamientos en hilera y acerado a ambos lados,

salvo en el tramo del vial F recayente al SG-V.

- vial O, trazado sobre el camino de los Quemados, conforma prácticamente el límite norte del sector enlazando con todos los viales perpendiculares a la travesía de la carretera de Rota. A

su vez conecta desde la glorieta de la actual de ctra. de Rota, con la Avda del Esturión en la prolongación de la c/ Naranjo. Se dimensiona con calzada de 3,50 mts ajustándose a

alineaciones de las edificaciones existentes.

b) Los viales interiores trazados conforme a la geometría ortogonal del sector, que conforman las grandes manzanas:

- viales D y K en dirección este –oeste, paralelos al vial A. Se dimensionan con calzada de

3,50 mts y aparcamientos en hilera y acerado a ambos lados previéndose la disposición

modulada de arbolado conformado entre aparcamientos.

- viales H y J en dirección norte –sur, paralelos al vial B. Se dimensionan con calzada de 3,50 mts y aparcamientos en hilera a uno de sus lados y acerado a ambos lados previéndose la

disposición modulada de arbolado conformado entre aparcamientos

- vial G paralelo al vial B, situado en la zona sureste para drenar la circulación entorno a la

manzana de uso terciario. Se dimensionan con un ancho de 18,00 mts, calzada de 5,00 mts y

aparcamientos en batería y acerado a ambos lados, previéndose la disposición modulada de arbolado conformado entre aparcamientos.

VIARIO SEMIPEATONAL

Corresponde al viario semipeatonal que drenan las zonas destinadas a las viviendas unifamiliares,

permitiendo el acceso restringido del tráfico para acceso a las parcelas de residentes y servicios. Se

distinguen:

- viales L, M y N, que completan la estructura semipeatonal de dichas, zonas dando salida a los

viales secundarios. Se dimensionan con calzada de 3,50 mts y acerado, disponiendo en los tramos recayentes a equipamientos aparcamientos en hilera, siendo su dimensionamiento total

de 10,75 mts para el vial L de 8,50 mts para el vial M y de 7,70 mts para el vial N.

- viales P corresponde a los viarios semipeatonales con uso restringido de tráfico, solo para acceso a residentes y servicios. Quedan dimensionados con un ancho de 7,00 mts, con calzada y

acerados en el mismo plano.

APARCAMIENTOS

Las plazas para aparcamientos en viales señaladas anteriormente en cada vial se dispone

principalmente en hilera conformadas en grupos de tres o cuatro plazas entre arbolado. Se exceptúan

las plazas previstas en los viales G y C que se disponen en batería, al objeto de atender las dos zonas calificadas para uso terciario.

El número de aparcamientos y su localización se expresan en la siguiente tabla, aumentando en

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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A R Q U I T E C T O S

número respecto al anterior Plan Parcial, cumpliendo los requerimientos establecidos en la LOUA y

reglamento de Planeamiento:

VIAL DISPOSICIÓN Nº APARCAMIENTOS

A HILERA 140

B HILERA 116

C BATERIA 34

D HILERA 135

E HILERA 60

F HILERA 20

G BATERIA 48

H HILERA 16

J HILERA 39

K HILERA 48

L HILERA 15

N HILERA 15

TOTAL 686

Atendiendo al Decreto 293/2009 que regula las normas para la accesibilidad en la infraestructuras, urbanismo y el transporte en Andalucía, y en conformidad a la “Sección 5ªdel Capítulo 1del Titulo1”, el Proyecto Urbanización ajustará las plazas de aparcamiento previstas en el Plan Parcial adecuadamente para reservar como mínimo una plaza para personas con movilidad reducida por cuarenta plazas o fracción.

Por tanto, plaza de aparcamiento para personas con movilidad reducida, a reservar en la urbanización del presente Plan Parcial serán:

PLAZAS DE APARCAMIENTO para personas con movilidad reducida = 686 /40 = 17,15 que

corresponderán a un total de 18 plazas.

SISTEMA TÉCNICO DE INFRAESTRUCTURAS

Atendiendo al apartado 3.4.3. RED DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y ALUMBRADO de la presente memoria justificativa, la modificación reserva superficie para la futura ubicación de los Centro

de Transformación, quedando calificada como dotación de “Sistema Técnico de Infraestructuras”.

Dichas reservas de suelo se prevén anexas al sistema viario, ubicadas de forma que atienda adecuadamente a la red de baja de tensión que abastecen. La superficie destinada a STI es de 160

m², concretada en cuatro reservas de 40 m² de superficie repartidas uniformemente en el ámbito del sector y señalados perfectamente en el Plano de Ordenación B1.

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M O D I F I C A C I Ó N . P L A N P A R C I A L D E O R D E N A C I O N S U E L O U R B A N I Z A B L E S E C T O R I Z A D O S U S - A R . 1 S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ” , T É R M I N O M U N I C I P A L D E C H I P I O N A . C A D I Z J U N T A D E C O M P E N S A C I Ó N P R O P I E T A R I O S D E L S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ”

MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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3.2.3. SISTEMAS GENERALES.

No se modifica en ningún aspecto los Sistemas Generales previstos, SG-EL y SG-EQ, salvo un ligero aumento de la superficie del Sistema General de Espacios Libres derivado del ajuste de la

delimitación. En conformidad a las determinaciones del Plan General se distinguen las siguientes

reservas para Sistemas Generales, que se reflejan en el siguiente cuadro y se describen sus características y determinaciones:

DENOMINACIÓN CALIFICACIÓN TIPO / USO

MANZANA / PARCELA

Superficie suelo M² % respecto al sector

SG-EL SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES SG-EL 53.362,07 18,10

SG-EQ SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTO DOTACIONAL DEPORTIVO

SG- EQ 42.244,12 14,33

SISTEMAS GENERALES TOTAL 95.606,19 32,43

S I S T EMA G EN E RA L D E E S PA C IO S L I B R E S

Su delimitación responde a la reserva para el Sistema General de Espacios Libres que prevé el PGOU

de Chipiona correspondiente a una superficie 53.161,60 metros cuadrados, según ficha del Plan

General.

Se ubican en la colindancia con los espacios no urbanizables de uso agrícola y sin ninguna vía que atraviese el Sistema, pues estos espacios libres poseen las características indicadas en la normativa

para la protección del hábitat del camaleón. Estos suelos, así como las edificaciones que se prevean en

él, tendrán un destino público.

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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Las determinaciones en cuanto a su exacta localización, morfología y relación con el entorno inmediato

de ordenación quedan expresadas en la documentación gráfica y normativa. En la ordenación se ha denominado como Manzana SG-EL y tiene una superficie de 53.362,07metros cuadrados, superior a

la prevista en el Plan general derivada del ajuste en la margen del camino existente y lindes de

propiedad en el extremo sureste, justificado en el apartado 3.4.1.

S I S T EMA G EN E RA L D E EQ U I PAM I EN TO DO TAC IO NA L D E PO R T IVO

Su delimitación responde a la reserva para el Sistema General de Equipamientos de Uso Deportivo que

prevé el PGOU de Chipiona correspondiente una superficie 42.000,00 metros cuadrados, según ficha

del Plan General. Se delimita en el cuadrante noroeste del sector, no modificándose respecto al Plan

Parcial, salvo en la disposición de una reserva para Sistema de Infraestructuras técnico destinados a centros de transformación.

Las determinaciones en cuanto a su exacta localización, morfología y relación con el entorno inmediato de ordenación quedan expresadas en la documentación gráfica y normativa. En la ordenación se ha

denominado como Manzana SG-EQ y tiene una superficie de 42.244,12 metros cuadrados

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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A R Q U I T E C T O S

3.2.4. SISTEMAS LOCALES.

Las principales modificaciones al Plan Parcial se concretan en la reubicación de los sistemas locales al objeto de mejorar su articulación con la estructura general y garantizar su conexión con las manzanas

destinadas a usos residenciales.

SISTEMAS ESPACIOS LIBRES.

La modificación de los espacios libres se concreta en su reubicación en la zona noreste del sector,

espacio libre V3, agrupándolos de forma que se amplíe en capacidad y dimensionamiento, en relación a su entorno residencial, obteniéndose una mejor ordenación de la manzanas colindantes.

La superficie total destinada a S.E.L. es pues de 29.531,10 m², lo que representa un 10,01% de la superficie total del sector. CALIFICACION TIPO / USO MANZANA /

PARCELA Superficie suelo

M² % respecto SUP.

sector

S.E.L

V-1 17.881,06

V V-2 5.797,19

SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES V-3 6.597,03

V-4 1.627,87

TOTAL 31.903,15 10,82

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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Se distinguen conforme a su denominación y ubicación los siguientes

- Espacios libres V1 y V2, con superficies respectivas de 17.881,06 m² y 5.797,19 m², corresponde a la franjan paralela al SG-V, entre al vial A y D, y separados por el vial

estructurante B. Su amplitud y disposición garantizan la integración, transparencia y continuidad

espacial con el Sistema General de Espacios Libres. A su vez sirven de dotación directa a las manzanas residenciales plurifamiliares tanto para la tipología en manzana cerrada como

aislada.

- Espacio libre V3, con superficie de 6.597,03 m², su nueva reubicación y dimensionamiento,

permite garantizar la dotación de espacio libre a la zona noreste del sector atendiendo tanto a

la edificaciones existentes de vivienda unifamiliar como a los Equipamientos anexos, y a su vez a la tipología de viviendas plurifamiliares en manzana cerradas situadas junto al camino delos Quemados.

- Espacio libre V4, con superficie de 1.627,87 m², no queda modificado respecto al anterior

Plan Parcial, sirviendo de dotación a la zona noroeste del sector donde se ubica una de las

bolsas de viviendas unifamiliares.

Se cumplen las condiciones establecidas del art. 4 del anexo al Reglamento de Planeamiento sobre

Reservas de Suelo para Dotaciones en Planes Parciales para Jardines y Áreas de juego y recreo para

que sean computables como elementos pertenecientes al sistema de espacios libres de uso público.

Jardines: Presentan una superficie no inferior a 1000 m², en la que puede inscribirse una

circunferencia de 30 metros de diámetro mínimo. Su orientación sur y situación topográfica garantiza poseer condiciones apropiadas para la plantación de especies vegetales y adecuado soleamiento en relación con la posible edificación circundante.

Áreas de juego y recreo para niños. Presentan una superficie superior a 200 m² en la que

puede inscribirse una circunferencia de 12 metros de diámetro mínimo, dotándole de equipamiento con elementos adecuados (mobiliario, plataformas etc) para su función.10,01 %

de la superficie total ordenada, de los cuales todos son computables.

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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EQUIPAMIENTOS.

La reserva de los equipamientos dotacionales queda conformada por los suelos destinados a los servicios de interés público y social: Parque deportivo, equipamiento comercial y equipamiento social

y equipamientos docentes. La superficie total destinada a EQUIPAMIENTOS DOTACIONALES LOCALES es de 23.529,15 m², lo que representa un 7,98 % de la superficie total del sector.

Se localizan de forma homogénea en todo el sector, según los siguientes criterios y superficies

reservadas, que se expresan en el siguiente cuadro. CALIFICACION TIPO / USO MANZANA /

PARCELA Superficie suelo M² % respecto SUP.

sector

ESCOLAR EQ-E

EQUIPAMIENTO EDUCATIVO EDUCACIÓN BÁSICA / SECUNDARIA EQ-E1 10.984,32

EQUIPAMIENTO EDUCATIVO EDUCACIÓN BÁSICA / PRIMARIA EQ-E2 5.203,53

Equipamiento dotacional SOCIAL Administrativo EQ-S1 806,64

SIPS Equipamiento dotacional COMERCIAL 1 A EQ-C1 2.726,00

Equipamiento dotacional COMERCIAL 2 EQ-C2 3.808,66

SUBTOTAL DOTACIONES EQUIPAMIENTOS TOTAL 23.529,15 7,98

Se pormenorizan sus características y determinaciones:

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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CENTROS DOCENTES

La modificación del Plan Parcial relocaliza las reservas de suelo para Centros Docentes atendiendo a

los objetivos establecidos, de forma coherente, para mejorar la funcionalidad y accesibilidad a los

centros docentes. Se distinguen

- EQ-E1: EQUIPAMIENTO EDUCATIVO: EDUCACIÓN BÁSICA (Secundaria): Se modifica su localización centrándolo en el sector de forma que atienda a la mayor parte de

las manzanas residenciales, accediéndose desde el vial principal de Ctra. de Rota y vial D. Con

una superficie de 10.984,32 m² superior a mínimo establecido por el Reglamento de

Planeamiento, completa la manzana de la última hilera de manzanas de viviendas unifamiliares existentes. La edificación responderá a los requerimientos funcionales y de programa

establecidos para este tipo de Centros educativos, con las condiciones urbanísticas de

edificación de una construcción de 2 plantas de altura, ocupación máxima del 80% de la

superficie de la parcela, y la obligada separación a linderos medianeros de 4 mts de distancia

(a medianeras parcelas viviendas unifamiliares).

- EQ-E2: EQUIPAMIENTO EDUCATIVO. ENSEÑANZA PRES ESCOLAR (Primaria):

Se modifica su localización, en relación a la reordenación de la zona noreste del sector,

ubicándose con una superficie de 5.203,53 m² frente al espacio libre V3. La edificación responderá a los requerimientos funcionales y de programa establecidos para este tipo de

Centros educativos, con las condiciones urbanísticas de edificación de una construcción de 2 plantas de altura, ocupación máxima del 80% de la superficie de la parcela, alineación a vial y

la posibilidad de adosarse a linderos medianeros, al objeto de sellar las medianeras existentes

de las construcciones comerciales-terciarias T1.

PARQUE DEPORTIVO

El Plan Parcial, en concordancia con los criterios municipales, no prevé suelo concreto para destinarse

a Parque Deportivo. Las necesidades de dotación para equipamiento deportivo, estarían suficientemente cubiertas en el sector y gran parte de la ciudad, con la gran superficie de reserva

establecida en el propio sector como Sistema General SG-EQ, y por tanto justificado en conformidad

al apartado E) del art.9 de la LOUA, con el objetivo de procurar coherencia y funcionalidad, a la que se añadiría una eficaz gestión y explotación de los recursos municipales

SERVICIOS DE INTERÉS PÚBLICO Y SOCIAL

-EQ-S1: EQUIPAMIENTO DOTACIONAL SOCIAL: ADMINISTRATIVO:

No se modifica ni la superficie ni la localización, respecto al Plan Parcial que se modifica. Se reserva una superficie de 806,64 m² situándose en la zona norte del sector, recayendo al vial

principal B que estructura centralmente el sector de norte a sur.

Sus determinaciones sobre las condiciones de edificación mantienen las de la anterior

Ordenación permitiendo una edificación alineada a vial y ocupación del 100% de la parcela, reduciendo su altura de 4 a 2 plantas, más coherente con las tipologías de edificaciones residenciales unifamiliar adosada de la manzana 8.1 colindante.

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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A R Q U I T E C T O S

- EQ-C1.- EQUIPAMIENTO DOTACIONAL COMERCIAL:

Corresponde con la reserva de suelo que completaría la dotación social establecida por el Reglamento de Planeamiento. Atendiendo a que están cubiertas las necesidades asistenciales en

esta zona del municipio y la cercanía de la ubicación en la c/ El Naranjo de un Centro de Salud,

se modifica la calificación de Sanitario prevista en el Plan Parcial de 2006, por la dotación Comercial. Dicha dotación responde a instancias del Excmo. Ayuntamiento de la necesidad de

prever suelo para albergar un mercado de Abastos Municipal, que se completaría con el otro equipamiento EQ-C2.

Con una reserva de superficie de 2.726,00 m², se sitúa en la zona sureste adyacente al

equipamiento comercial EQ-C2, y frente a la parcela de uso Terciario, al objeto de completar la superficie necesaria para la instalación de un Mercado de Abastos. La edificación responderá a las condiciones urbanísticas de la zona al objeto de servir de escalonamiento de la edificación

entre la tipología de PAS de cinco plantas y la tipología de dos plantas del Terciario. Con una

edificabilidad máxima de 2,20 m²t/ m²s, se permite un máximo de 3 plantas de altura,

ocupación máxima del 100% de la superficie de la parcela y su alineación podrá coincidir con la alineación exterior a vial, o retranquearse respecto a la misma en función de los

requerimientos funcionales.

- EQ-C2. EQUIPAMIENTO DOTACIONAL COMERCIAL:

Se sitúa a igual que el Plan Parcial que se modifica, en la zona sureste pero segregándola de la parcela de uso Terciario, dada su condición de dotación pública mediante el vial G. Su ubicación delimitada por dos viales, espacio libre V2, y adyacente a la reserva del

Equipamiento EQ- C1, corresponde a una superficie de 3.808,66 m² y completa la superficie

necesaria para la instalación de un Mercado de Abastos. A igual que EQ-C1 la edificación responderá a las condiciones urbanísticas de la zona al objeto de servir de escalonamiento de

la edificación entre la tipología de PAS de cinco plantas y la tipología de dos plantas del Terciario. Con una edificabilidad máxima de 2,20 m²t/ m²s, se permite un máximo de 3 plantas

de altura, ocupación máxima del 100% de la superficie de la parcela y su alineación podrá

coincidir con la alineación exterior a vial, o retranquearse respecto a la misma en función de los requerimientos funcionales.

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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A R Q U I T E C T O S

3.3. ANALISIS DE LAS DETERMINACIONES DE APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO. 3.3.1. RESIDENCIAL UNIFAMILIAR AISLADA –ADOSADA.

Comprende las zonas grafiadas y delimitadas en el “Plano B1. ORDENACIÓN. USOS PORMENORIZADOS. CALIFICACIÓN DEL SUELO” como U.A.S-D y correspondientes a las manzanas

R8, R9 y R10. Responden a la tipología residencial de vivienda unifamiliar aislada o adosada, con

destino privado y renta libre, al objeto de reconducir y soslayar las deficiencias urbanísticas de las preexistencias existentes de una antigua parcelación de viviendas implantadas entorno al camino de

los Quemados y ctra. de Rota.

Se distinguen tres zonas por su ubicación:

- las manzanas R8 situadas en del camino de los Quemados (centro del sector) con pequeños

viales perpendiculares y paralelos a dicho vial - las manzanas R9 recayentes a un vial perpendicular al camino de los Quemados en la zona

noreste. - Las manzanas R10 recayentes a viales perpendiculares a carretera de Rota, situadas en la

zona central del límite este del sector.

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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A R Q U I T E C T O S

Con una superficie neta de 19.904,56 metros cuadrados de suelo se le asigna una edificabilidad

lucrativa total de 14.416,04 metros cuadrados de techo para 100 viviendas, derivados básicamente de la ordenación de los Estudios de Detalle desarrollados y aprobados, incluyendo en la manzana R 9

dos parcelas para uso vivienda unifamiliar, que antes estaban destinadas a equipamiento escolar.

Sus determinaciones básicas se establecen en el siguiente cuadro:

USOS SEGÚN TIPOLOGIA MANZANA SUPERFICIE nº de viviendas EDIFICABILIDAD TECHO

residencial

REGIMEN CALIFICACIÓN Identificación M² MAXIMO m²T/M²s m²

RESIDENCIAL LIBRE

UAS-D

R8.1 1.616,94 8

s/ Anexo 2

1.165,47 R8.2 342,58 2 259,15 R8.3 2.078,79 10 1.490,33 R8.4 1628,44 9 1.167,46

Subtotal manzanas 8 5.666,75 29 4.082,41 RESIDENCIAL

LIBRE UAS-D

R9.1 723,81 4 s/ Anexo 2

530,88

R9.2 1.672,38 8 1.164,00

Subtotal manzanas 9 2.396,19 12 1.694,88

RESIDENCIAL LIBRE

UAS-D

R10.1 2.738,55 14

s/ Anexo 2

1.997,83 R10.2 6.943,89 34 5.065,74 R10.3 2.159,18 11 1.575,18

Subtotal manzanas 10 11.841,62 59 8.638,75

TOTAL MANZANS UAS-D 19.904,56 100 14.416,04

Las condiciones de ordenación y edificación derivada de los Estudios de Detalle desarrollados

atienden a preservar las construcciones existentes, que si bien se tratan de viviendas unifamiliares o

excepcionalmente bifamiliares, no existen una regla uniforme en cuanto a su disposición en la parcela

Las condiciones de ordenación y edificación establecidas en las Ordenanzas se sintetizan en los siguientes cuadros:

Condiciones de ordenación USO predominante RESIDENCIAL vivienda unifamiliar o bifamiliar

compatible oficinas, salas de reunión, comercial y restauración

PARCELA MÍNIMA 180 m²

EDIFICABILIDAD s/ Anexo 2

Nº MÁXIMO DE VIVIENDAS s/ Manzana s/ Cuadro

Condiciones de edificación OCUPACIÓN MÁXIMA Sobre rasante 80%

Bajo rasante 100% ALTURA 2 plantas ALINEACIONES Alineada o adosada VUELOS 0,80 mts sin superar la alineación a vial

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M O D I F I C A C I Ó N . P L A N P A R C I A L D E O R D E N A C I O N S U E L O U R B A N I Z A B L E S E C T O R I Z A D O S U S - A R . 1 S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ” , T É R M I N O M U N I C I P A L D E C H I P I O N A . C A D I Z J U N T A D E C O M P E N S A C I Ó N P R O P I E T A R I O S D E L S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ”

MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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3.3.2. RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR MANZANA CERRADA

Comprende las zonas grafiadas y delimitadas en el “Plano B1. ORDENACIÓN. USOS PORMENORIZADOS. CALIFICACIÓN DEL SUELO” como PMC y correspondientes a las manzanas R1,

R2, R3, R4 y R5, ubicadas en el vial principal B, que de norte a sur estructura el sector como eje

vertebrador central.

La calificación responde a la tipología residencial de vivienda plurifamiliar desarrollada en manzana

cerrada de 4 plantas de altura y alineadas al vial B configurando una volumetría homogénea a lo largo de dicho vial principal. La posibilidad de locales comerciales en planta baja, permitirá dotar a

dicho vial principal de un eje comercial de dotación de servicios al residencial del sector.

Sus determinaciones básicas se establecen en el siguiente cuadro:

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M O D I F I C A C I Ó N . P L A N P A R C I A L D E O R D E N A C I O N S U E L O U R B A N I Z A B L E S E C T O R I Z A D O S U S - A R . 1 S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ” , T É R M I N O M U N I C I P A L D E C H I P I O N A . C A D I Z J U N T A D E C O M P E N S A C I Ó N P R O P I E T A R I O S D E L S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ”

MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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A R Q U I T E C T O S

Con una superficie bruta para la totalidad del ámbito de 13.762,35metros cuadrados de suelo

privado se destina en ellos una edificabilidad lucrativa de 45.602,15 metros cuadrados de techo para 454 viviendas. Todo el ámbito es de destino privado. De ellas 339 viviendas se desarrollan bajo algún

régimen de protección pública localizándose en las manzanas R1, R3, y R5, el resto tiene el carácter

de libre.

La presente modificación ajusta los parámetros de edificación para adecuarse a la tipología

edificatoria establecida y por otra hacer efectiva y real el aprovechamiento lucrativo correspondiente. Se diferencian tres subtipologias PMC-1, PMC-2, PMC-3 derivadas de sus condiciones de edificación y

edificabilidad, que han sido reajustadas respecto al anterior Plan Parcial al objeto de obtener una

eficiente promoción residencial en cuanto su aprovechamientos lucrativos, ajustada a la volumetría arquitectónica y al programa de nº de viviendas.

Las condiciones de ordenación y edificación establecidas en las Ordenanzas se sintetizan en los

siguientes cuadros:

Condiciones de ordenación PMC-1 PMC-2 PMC-3

USO predominante manzanas R2 y R4: RESIDENCIAL plurifamiliar renta libre, Hotelero y Hospedaje en grados 2º y 4º. manzanas R1, R3 y R5. RESIDENCIAL plurifamiliar proteción pública y Dotacional, salvo Cementerios

compatible manzanas R2 y R4: En planta Baja, Comercial grado 1º, restauración, salas de reunión en grado 1º y oficina. En plantas altas: Oficina en todos sus grados. manzanas R1, R3 y R5. En planta Baja, Comercial grado 1º, restauración salas de reunión en grado 1º, oficina en todos sus grados.

PARCELA MÍNIMA 300 m² 300 m² 700 m² 350 m² (parcelas en esquina )

EDIFICABILIDAD 3,15 m²t/ m²s 2,70 m²t/ m²s 3,60 m²t/ m²s

Nº MÁXIMO DE VIVIENDAS s/ Manzana

s/ Cuadro

Condiciones de edificación PMC-1 PMC-2 PMC-3

OCUPACIÓN MÁXIMA 100% 100% 90% ALTURA 4 plantas ALINEACIONES Alineación a lindero o vial

VUELOS Los vuelos sobre la alineación de la edificación no serán mayores a un metro (1.50 mts), debiendo situarse como mínimo a 3,00 mts de altura de la rasante del vial.

USOS SEGÚN TIPOLOGIA MANZANA SUPERFICIE nº de viviendas EDIFICABILIDAD TECHO

residencial

REGIMEN CALIFICACIÓN Identificación M² MAXIMO m²T/M²s m²

RESIDENCIAL PROTEGIDA PMC-1 R1 1.872,38 58 3,15 5.898,00 RESIDENCIAL

LIBRE PMC-1 R2 1.511,58 46 3,15 4.761,48 RESIDENCIAL PROTEGIDA PMC-3 R3 3.357,18 124 3,60 12.085,85 RESIDENCIAL

LIBRE PMC-2 R4 2.677,26 69 2,70 7.228,60 RESIDENCIAL PROTEGIDA PMC-3 R5 4.343,95 157 3,60 15.628,22

TOTAL PLURIFAMILIAR MANZANA CERRADA PMC 13.762,35 454 45.602,15

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3.3.3.- RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR MANZANA ABIERTA

Comprende las zonas grafiadas y delimitadas en el “Plano B1. ORDENACIÓN. USOS

PORMENORIZADOS. CALIFICACIÓN DEL SUELO” como PMA y correspondientes a las manzanas R6

y R7, ubicadas en el vial principal A y secundario D que este oeste estructuran el sector, conectando

ctra. de Rota con la ciudad al oeste. Dichas manzanas quedan incrustadas en los espacios libres de forma aislada garantizando la transparencia y comunicación de las zonas verdes con el resto de la

ordenación.

Responde a la tipología residencial de vivienda plurifamiliar de 5 plantas de altura, implantada

aislada en la parcela, mediante retranqueo respecto a sus alineaciones, posibilitando espacios de

esparcimiento ajardinados.

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Con una superficie bruta para la totalidad del ámbito de 31.760,00 metros cuadrados de suelo

privado se desarrolla en ellos una edificabilidad lucrativa de 63.152,00metros cuadrados de techo para 704 viviendas. Todo el ámbito es de destino privado con renta libre sobre las viviendas.

Sus determinaciones básicas se establecen en el siguiente cuadro:

La presente modificación ajusta tanto la delimitación de las parcelas, definiéndola con tramos rectos, como los parámetros de edificación para adecuarse a la tipología edificatoria establecida y por otra hacer efectiva y real el aprovechamiento lucrativo correspondiente. Se diferencian dos subtipologias PMA-1 y PMA-2 derivadas de sus condiciones de edificación y edificabilidad, que han sido reajustadas en la forma de la parcela, ocupación y edificabilidad respecto al anterior Plan Parcial al objeto de obtener una eficiente promoción residencial en cuanto su aprovechamientos lucrativos, ajustada a la volumetría y tipología arquitectónica y al programa de nº de viviendas.

Condiciones de ordenación PMA-1 PMA-2

USO predominante RESIDENCIAL plurifamiliar con destino privado y renta libre hotelero y hospedaje en todos sus grados.

compatible Oficinas en grado 2º y 3º, salas de reunión grado2º, comercial grado 1º y restauración grados 1º y 2º.

PARCELA MÍNIMA 1.400 m² 1.600 m²

EDIFICABILIDAD 2,20 m²t/ m²s 1,72 m²t/ m²s

Nº MÁXIMO DE VIVIENDAS s/ Manzana

s/ Cuadro

Condiciones de edificación PMA-1 PMA-2

OCUPACIÓN

MÁXIMA

Sobre rasante 50% 40 % Bajo rasante 80% 70%

ALTURA 5 plantas ALINEACIONES Separación a linderos de parcela 4 mts, a excepción de los linderos a viales

A, B, y D, que podrán quedar alineados a los mismos.

VUELOS Los vuelos sobre la alineación de la edificación no serán mayores a un (2.00)

metros, salvo respecto a la alineación exterior o a vial que será de 1,50 m.

USOS SEGÚN TIPOLOGIA MANZANA SUPERFICIE nº de viviendas EDIFICABILIDAD TECHO

residencial

REGIMEN CALIFICACIÓN Identificación M² MAXIMO m²T/M²s m²

RESIDENCIAL LIBRE PMA-1 R6.1 2.960,00 72 2,20 6.512,00

RESIDENCIAL LIBRE PMA-1 R6.2 2.960,00 72 2,20 6.512,00

RESIDENCIAL LIBRE PMA-1 R6.3 2.960,00 72 2,20 6.512,00

RESIDENCIAL LIBRE PMA-1 R6.4 2.960,00 72 2,20 6.512,00

RESIDENCIAL LIBRE PMA-1 R6.5 2.960,00 72 2,20 6.512,00

RESIDENCIAL LIBRE PMA-1 R6.6 2.960,00 72 2,20 6.512,00

RESIDENCIAL LIBRE PMA-2 R7.1 3.500,00 68 1,72 6.020,00

RESIDENCIAL LIBRE PMA-2 R7.2 3.500,00 68 1,72 6.020,00

RESIDENCIAL LIBRE PMA-2 R7.3 3.500,00 68 1,72 6.020,00

RESIDENCIAL LIBRE PMA-2 R7.4 3.500,00

68 1,72 6.020,00

TOTAL PLURIFAMILIAR MANZANA ABIERTA PMA 31.760,00 704 63.152,00

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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3.3.4. TERCIARIO T1

Comprende las zona grafiada y delimitada en el “Plano B1. ORDENACIÓN. USOS

PORMENORIZADOS. CALIFICACIÓN DEL SUELO” como T1 y correspondiente a las manzana situada

en el extremo sureste del sector recayente a la carretera de Rota.

Se ajusta la delimitación, respecto al anterior Plan Parcial, como uso TERCIARIO T1, destinado a usos

comerciales, para ubicarlo en una manzana independiente y localizada estratégicamente respecto a la carretera de Rota. En este sentido se ajustan ligeramente la superficie y edificabilidad al objeto del

cumplimiento de los aprovechamientos lucrativos.

Sus determinaciones básicas se establecen en el siguiente cuadro:

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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USOS SEGÚN TIPOLOGIA MANZANA SUPERFICIE EDIFICABILIDAD TECHO terciario

REGIMEN CALIFICACIÓN Identificación M² m²T/M²s m²

COMERCIALLIBRE TERCIARIO T1 10.570,10 0,64 6.764,86

Responde a una implantación semiaislada ya que podrá alinearse a todos los viales a excepción de ctra. de Rota, para destino a uso terciario, en un punto del sector que tiene máxima accesibilidad, posibilitando espacios libres para aparcamiento y esparcimiento ajardinados.

Las condiciones de ordenación y edificación establecidas en las Ordenanzas se sintetizan en los

siguientes cuadros:

Condiciones de ordenación USO a) TERCIARIO en las siguientes categorías y grados establecidas en el

PGOU.- Oficinas en todos sus grados, Salas de reunión hasta Grado 5º, Comercial hasta Grado 3º, Restauración en todos sus grados b) DOTACIONAL Clase C: Cultura y Ocio. c) INDUSTRIAL correspondiente a los subusos c, d, e, f, g, establecidos en el PGOU. d) Gasolineras-Estación de Servicio .

PARCELA MÍNIMA 2.500m²

EDIFICABILIDAD 0,64 m²t /

Condiciones de edificación OCUPACIÓN MÁXIMA Sobre rasante 65%

Bajo rasante 100% ALTURA 2 plantas ALINEACIONES La línea de edificación podrá coincidir con la

alineación exterior a vial, o retranquearse a excepción de cta. Rota. En el caso de linderos medianeros, la edificación deberá separarse una distancia mínima de 4 mts.

VUELOS 2,00 mts sin superar la alineación a vial

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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3.3.5. TERCIARIO T2

Comprende las zona grafiada y delimitada en el “Plano B1. ORDENACIÓN. USOS

PORMENORIZADOS. CALIFICACIÓN DEL SUELO” como T2 y correspondiente a las manzana

existente situada en el extremo noreste del sector recayente a la carretera de Rota.

Se incorpora una nueva zonificación para uso Terciario, correspondiente a los comercios escaparate, existentes en el noroeste del sector, recayendo a la Ctra. de Rota, al objeto de integrarlos en la

ordenación del sector.

Los criterios seguidos en este ámbito diferenciado para las determinaciones establecidas en su

ordenanza, contempla

- la consolidación de un manzana que permita los usos terciarios existentes u otros nuevos, en un punto del sector que tiene máxima accesibilidad desde la Carretera de Rota.

- La opción de consolidación de los negocios existentes en comercios escaparates pretende también desde la nueva ordenación dignificar la imagen global de este ámbito.

Su delimitación por tanto, responde a la implantación existente de edificaciones adosadas, actualmente en actividad básicamente con uso terciario, al objeto de la consolidación de la manzana,

mediante la tipología de edificación comercial de escaparate.

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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Con una superficie bruta para la totalidad del ámbito de 3.882,75 metros cuadrados de suelo

privado se desarrolla en ellos una edificabilidad lucrativa de 2.688,80 metros cuadrados de techo para usos terciarios, suficiente para la edificación existente o previsible. Se desarrolla con los

correspondientes proyectos de edificación o legalización, en su caso.

Desde el proyecto de Urbanización del Sector, se realiza la adecuación de accesos y dotación de aparcamientos.

Sus determinaciones básicas se establecen en el siguiente cuadro:

USOS SEGÚN TIPOLOGIA MANZANA SUPERFICIE EDIFICABILIDAD TECHO terciario

REGIMEN CALIFICACIÓN Identificación M² m²T/M²s m²

COMERCIAL LIBRE TERCIARIO T2 3.882,75 0,6925 2.688,80

Las condiciones de ordenación y edificación establecidas en las Ordenanzas se sintetizan en los siguientes cuadros:

Condiciones de ordenación USO a) TERCIARIO en las siguientes categorías y grados establecidas en el PGOU.:-

Oficinas en todos sus grados, Salas de reunión hasta Grado 3º, Comercial hasta Grado 3º, Restauración en todos sus grados b) DOTACIONAL Clase C: Cultura y Ocio. c) INDUSTRIAL correspondiente a los subusos b, c, d, e, y f, establecidos en el PGOU.

PARCELA MÍNIMA Existente pudiendo segregarse con un mínimo de 300 metros cuadrados de superficie y 12 mts mínimo de fachada

EDIFICABILIDAD 0,6925 m²t /

Condiciones de edificación OCUPACIÓN MÁXIMA Sobre rasante 100%

Bajo rasante 100% ALTURA 2 plantas ALINEACIONES Alineación tanto a vial como medianeras,

pudiendo retranquearse en función de requerimientos funcionales

VUELOS 0,50 metros respecto a la alineación de la edificación

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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3.4. ANALISIS DE LAS INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS.

El Plan Parcial prevé el trazado y especificaciones básicas de las siguientes infraestructuras:

- Red de abastecimiento de agua, riego e hidrantes - Red de alcantarillado. - Red de distribución de energía eléctrica. - Red de alumbrado público. - Red de telecomunicaciones (telefonía). - Red de gas natural. - Jardineria y mobiliario urbano.

El anterior Plan Parcial había analizado en su tramitación, la existencia y capacidad de las distintas infraestructuras y servicios exteriores al área objeto del Plan, tanto a los efectos de garantizar la conexión con cada una de ellas, como al objeto de incidir en la suficiencia de las mismas, o en su caso, establecer las propuestas de mejora o reforzamiento necesarias de dichas instalaciones o infraestructuras por la transformación urbanística que se plantea.

La modificación del Plan Parcial, por tanto, recoge ya la información solicitada en su momento, sobre los servicios técnicos e infraestructuras existentes en torno al área y a cada una de las compañías, datos que quedan reflejados convenientemente en la memoria informativa y justificativa y planimetría de la MODIFICACIÓN del Plan Parcial. Y como se indica en el apartado correspondiente, se recogen igualmente las conexiones propuestas por cada uno de los organismos o servicios.

El trazado de las redes de servicios propuestos, con sus elementos y características, se reflejan en los planos correspondientes.

3.4.1. RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, RIEGO E HIDRANTES CONTRA INCENDIOS.

Conexiones:

De acuerdo a la información facilitada por el Excmo. Ayuntamiento de Chipiona, la conexión de abastecimiento de agua del sector con la red se realizará a través de la traza de una red en lazo perimetral al sector discurriendo por la carretera de Rota, camino de los Quemados y vial previsto al sur de la ordenación. Prolongandose la red del sector desde el camino de los Quemados por la c/ Naranjo se conectará a al red general existente de Ø300mm en Avda del Esturión. Igualmente se conectará a esta red principal mediante la prolongación de la red del sector a través de la c/Chapetón. Se adjunta esquema facilitado por los servicios técnicos del Excmo. Ayuntamiento de Chipiona Fuentes de suministro y condiciones sanitarias.

El suministro se realizará desde la propia red Municipal de CHIPIONA (Compañía AQUALIA) ya que conectaremos en dos puntos con la misma. Quedan por tanto garantizadas las condiciones sanitarias del agua de abastecimiento. Presión.

La Compañía garantiza una presión suficiente en los puntos de conexión ya indicados. En cualquier caso se ha de garantizar que la presión estática en cualquier punto de la red de distribución del Plan no sea superior a 60 m.c.d.a. ni inferior a 25 m.c.d.a.

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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Red de distribución. Criterios de diseño

Las características y trazado de la red de abastecimiento de agua aparecen definidos en el Plano B-3 “RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, RIEGO E HIDRANTES” de los planos de Ordenación del Plan.

Se adopta una red de distribución mixta; mallada, lo que permite un mejor funcionamiento del sector.

El trazado se ha efectuado teniendo en cuenta el trazado del viario, pendiente del terreno, demanda, garantía de suministro independencia de abastecimiento de los distintos sectores y punto de conexión a la red general.

La red interior se proyectará, en fundición dúctil con revestimiento interior de mortero o poliuretano, con unión por electrofusión o soldadura a tope. El mallado se realizará además de las conexiones con el alimentador antes indicado con todas aquellas conducciones existentes en el perímetro del Sector que nos ocupa.

El trazado está sujeto a las exigencias de la NTE-IFA y las determinaciones del Exmo. Ayuntamiento de Chipiona y la compañía suministradora AQUALIA .

La red es mixta con una sola malla y ramales ramificados interiores previéndose la instalación de hidrantes de incendio y bocas de riego. Se tendrán en cuenta los siguientes parámetros:

La presión máxima de servicio en la red será 6 kg/ cm² (600 Kpa) La presión mínima de servicio en la red será de 2,5 kg/ cm² (250 Kpa) La velocidad media del agua en la red será de 0,75 m/sg, mínima no inferior a 0,3 m/sg y máxima de 1,0 m/sg. Las válvulas de compuerta serán de fundición dúctil GGG-42 o superior, de paso total con cierre elástico según la empresa de servicios. Los materiales de la red y cálculos justificativos se definirán en los proyectos de Urbanización

Calculo. Consumos diarios y caudal punta.

En el presente Plan Parcial, sólo se atiende a una estimación de valores, ya que los cálculos correspondientes de alimentadores, de diámetros de las mallas, ramales, etc, será objeto del correspondiente Proyecto de Urbanización.

Se consideran, para el predimensionado y cálculo de la red los siguientes valores para los usos existentes en el sector.

Las dotaciones previstas serán: Residencial Consumo doméstico (viviendas) 400 L /ha x día Terciario 10 L /m² x día Equipamiento Social - Comercial 10 L /m² x día Equipamiento Escolar 100 L /alumno x día Equipamiento Deportivo 5 L /seg. Zonas Verdes y Jardines 4,80 L /m² x día

Hidrantes de Incendios:

La instalación de hidrantes de Incendios cumplirá con las prescripciones contenidas en la normativa vigente, en su caso CTE DB-SI o NBE – CPI 96, en lo referente a sus características y exigencias funcionales. En el plano de distribución de la red aparece reflejada la distribución de los mismos, ajustándose a una separación máxima entre ellos de 200 m. Estos serán de fundición dúctil, con cierre elástico, con salida de 80 mm.

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Red de Riego:

Su instalación se ajusta a las exigencias de la NTE-IFR-74. Se ha previsto situar bocas de riego en viales de tal forma que sea accesible a cualquier parte de la calzada con manguera. La instalación de bocas de riego en viales será de uso exclusivo de baldeo, distribuyéndose a tresbolillo en cada vial y con un radio de acción de 50 m.

Las bocas de riego se alimentaran en conformidad a las Prescripciones del Excmo. Ayuntamiento mediante la previsión de pozos equipados de grupos electrobombas y calderines de presión bombas instalándose una llave de corte en cada derivación. El diámetro se calculara para un caudal de 5 a 7 l/s, un diámetro mínimo de 80mmm.

El estudio en zonas ajardinadas será objeto específico del Proyecto de Urbanización que se redacte, y se dimensionará en función del tratamiento dado a dichas zonas e igual alimentación que las bocas de riego.

Normativa

El proyecto contemplará la aplicación de la normativa en vigor y en particular la siguiente:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA TUBERÍAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA. Orden de 28 de julio de 1.974 del Mº de Obras Públicas y Urbanismo.

B.O.E. 236 02.10.74

B.O.E. 237 03.10.74 Corrección de Errores B.O.E. 260 30.10.74

NORMAS BÁSICAS PARA LAS INSTALACIONES INTERIORES DE SUMINISTRO DE AGUA. Orden de 9 de diciembre de 1.975 del Mº de Industria. B.O.E. 11 13.01.76 Corrección de errores. B.O.E. 37 12.02.76 Complemento del apartado 1.5 del título 1. B.O.E. 58 07.03.80

REGULACIÓN DE CONTADORES DE AGUA FRÍA. Orden de 28 de diciembre de 1.988 del Mº de Obras Públicas y Urbanismo.

B.O.E. 55 06.03.89

REGLAMENTO DEL SUMINISTRO DOMICILIARIO DE AGUA. Decreto de 11 de junio de 1.991 de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

B.O.J.A. 81 10.09.91

NBE-CPI-96 Referente a diámetros mínimos de tuberías y unas distancias máximas para las bocas de incendios y columnas de hidrantes. Real Decreto 2177/96, de 4 de octubre, del Mº de Fomento.

B.O.E. 181 30.07.01

RD. 140/2003 Por el que se establecen los criterios sanitarios en la calidad de las aguas de consumo humano.

B.O.E.45/03 21.02.03

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3.4.2. RED DE ALCANTARILLADO - SANEAMIENTO.

Trazado y características.

La red de alcantarillado se proyecta para el drenaje interno y saneamiento de la totalidad del área deberá ser SEPARATIVA conforme a las indicaciones y criterios deLl Excmo. Ayuntamiento de Chipiona y la compañía suministradora AQUALIA considerándose a efectos de pluviales la cuenca que recoge el sector.

Tanto la red de aguas sucias como la de pluviales se diseña siguiendo el trazado viario, adaptándose en lo posible a la pendiente de la misma. Irá bajo la calzada a una profundidad no inferior a 1,60 m.

Los conductos seran de PVC color teja (Ral 8023, pared lisa tipo SN4 (4kN/m²) o PRVF, utilizandose como minimo el diámtero de 300 mm.

Se situarán pozos de registro tanto para pluviales como para fecales cada 4 acometidas a la red de las parcelas, en cambios de alineaciones, sección, de rasantes, unión de ramales siendo su distancia máxima 40 metros.

Las características y trazado de la de la red de alcantarillado tanto de aguas sucias como de pluviales se define en el plano B-4 “RED DE SANEAMIENTO. DE PLUVIALES” y B5 -4 “RED DE SANEAMIENTO. DEFECALES” de los planos de Ordenación del Plan.

El esquema recoge la adecuación a la propuesta de ordenación del Plan y conexiones establecidas por el Excmo. Ayuntamiento, por lo que será el Proyecto de Urbanización quien concrete la red de saneamiento en función de la parcelación definitiva. Conexiones:

SANEAMIENTO FECALES: Se conectará en dos puntos con el ovoide existente en Avda del Esturión, prolongandose la red del sector desde el camino de los Quemados por la c/ Naranjo, y la prolongación de la red del sector a través de la c/Chapetón.

SANEAMIENTO PLUVIALES: Se estable la disposición de una red de Ø 400 a 800 mm en discuriendo por la carretera de Rota, que recoja las aguas de la cuenca al este del sector, la cual deberá atravesar el sctor recogiendo las aguas pluviales del mismo y conectar prolongando la red a traves de la Avda. de los Cangrejos con la red existente en C/ Arboledilla a través de la calle Arboleda,mediante una conducción de Ø1200mm

Cálculo y normativa

Para el cálculo del caudal de residuales será el mismo que el obtenido para la dotación de abastecimiento de agua:

La velocidad se comprobará para los dos regímenes, debiendo estar comprendido entre 0,6 y 3 m/seg para el de aguas sucias y entre 0,9 y 6m/sg en pluviales. No obstante la velocidad media deberá ser del orden de 0,75 m/sg para aguas fecales y 1,00 m/sg para aguas pluviales

Para el dimensionado de calculo del caudal de la pluviales, se realizará, siguiendo el criterio general para un periodo de retorno de 50 años y un tiempo de concentración de 10 minutos.

Como coeficiente de escorrentía se tomará un valor medio para zonas residenciales e igual a 8 mm.

El dimensionado de los colectores, materiales, pendientes, profundidades de pozos, etc, será objeto de su estudio pormenorizado en el correspondiente proyecto de urbanización conforme a la NORMA DE ALCANTARILLADO DE AQUALIA.

Imbornales formados por sumideros sifónocos de polipropileno y reja abatible de fundición dúctil (570x370 mm) y salida Ø 200 mm.

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Pozos de registro circulares de Ø 1,10 m interior. Tapas en fundición dúctil abisagradas, clase D-400, según EN-124 y marcaje de “AQUALIA”.

El proyecto de urbanización contemplará la aplicación de la normativa en vigor y en particular la siguiente:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA TUBERÍAS DE SANEAMIENTO DE POBLACIONES. Orden de 23 de septiembre de 1.986 del Mº de Obras Públicas y Urbanismo.

B.O.E. 23.09.86

NORMAS APLICABLES AL TRATAMIENTO DE LAS AGUAS RESIDUALES URBANAS Real Decreto Ley 11/1995 de 28 de diciembre. Jefatura del Estado. B.O.E. 312 30.12.95 Real Decreto 509/1996 de 15 de marzo, Ministerio de Obras Públicas Transportes y Medio Ambiente., de Desarrollo de la Ley 11/1995

B.O.E. 77 29.03.96

Modificación - Real Decreto 2116/1998 de 2 de octubre , Ministerio de Medio Ambiente

B.O.E. 251 20.10.98

REGLAMENTO DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Decreto 283/1995 de 21 de noviembre BOJA 161 19.12.95

ORDENANZA DE VERTIDOS NO DOMÉSTICOS E INDUSTRIALES NE/NT/002 Ed.5 Normas Particulares de la Empresa Municipal. B.O.P. 32 04.03.03

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3.4.3. RED DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y ALUMBRADO.

Suministro

De acuerdo a las indicaciones que establece la Compañía Suministradora Sevillana Endesa de Electricidad al Plan Parcial i,ndica que el suministro de energía eléctrica al sector se realizara desde barra de 15KV de la Suestación 66/15KV “Chipiona”, en la que sería necesario la instalación de celdas para la conexión de la red de media tensión a proyectar , según el nº de cicuitos resultantes.

Para ello será necesario de acuerdo al RD. 1955/2000, realizar la red exterior de alimentación y refuerzos necesarios, para garantizar los suministros con una doble alimentación a establecer mediante línea subterránea desde los centros de transformación MT/BT de la potencia necesaria y la conexión MT de los mismos será de entrada/ salida.

Centros de transformación y Previsión de cargas

La dotación eléctrica se hace conforme a las directrices marcadas en la Instrucción publicada por la Consejería de Innovación y Ciencia con fecha 14 de Octubre de 2004.

Para la determinación de la potencia demandada, se ha tenido en cuenda lo indicado en la instrucción ITC-BT-10 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, y según lo indicado en el apartado 2 Grado de electrificación y previsión de la potencia en viviendas, asignamos un grado de electrificación básica y elevada en función del tipo de vivienda

Demanda estimada de Potencia en zona de Viviendas y equipamientos: Potencia Viviendas 5.750/9200 w/viv Equipamiento Escolar 50 w/m2 Equipamiento Deportivo 5 w/m2s Equipamiento Social Equipamiento Comercial

50 100

w/m2t w/m2t

Viario 2 w/m2 Zonas Verdes 1 w/m2

R E S I D E N C I A L . ( U n i f a m i l i a r e s 9 1 - 4 3 e x i s t e n t e s = 4 8 + 3 3 9 V P O a 9 . 2 0 0 )

DENOMINACIÓN Nº VIVIENDAS Potencia en KW

RESIDENCIAL 1258-43 exist=1215

[15,3+(387-21) x 0,5] x 9.200 =1.824,36 [15,3+(828-21) x 0,5] x 5.750 =2408,10

4.232,46

T E R C I A R I O . ( E X C L U Y E N D O L A S E X I S T E N T E S )

DENOMINACIÓN SUP. CONSTRUIDA Potencia en KW

T1 6.764,86 100 w/m²conts 676,49

E QU I P AM I E N TO S .

CALIFICACION Superficie suelo M² Superficie construida Potencia unitaria Potencia en KW

SG-EQ 42.244,12 21.122,05 5 w/m²sup 105,61

EQ-S1 806,64 1.613,28 50 w/m²conts 80,00

EQ-C1 2.726,00 5.997,20 50 w/m²conts 299,85

EQ-C2 3.808,66 8.379,05 50 w/m²conts 418,95

EQ-E1 10.984,32 16.079,76 50 w/m²conts 803,99

EQ-E2 2.477,89 5.203,53 50 w/m²conts 260,17

Total EQUIPAMIENTOS 1968,57

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E S P A C I O S L I B R E S Y V I A L E S . DENOMINACIÓN Superficie suelo M² Potencia en KW

SG-EL 53.362,07 1 w/m²sup 53,36

SEL. 31.903,15 1 w/m²sup 31,90

VIALES 63.686,87 2 w/m²sup 127,37

T O TA L E S P A C I O S L I B R E S Y V I A L E S 212,63

TOTAL POTENCIA DEMANDA

ZONA POTENCIA. TOTAL kW

RESIDENCIAL VIVIENDAS 4.232,46

TERCIARIO 676,49

EQUIPAMIENTOS 1968,57

VIALES Y ESPACIOS 212,63

TOTAL POTENCIA 7.090,15

P centros de transformación = P total prevista * 0,8 = 5.672,12 KVA

En atención a las determinaciones de la compañía suministradora y en función de la previsión de potencia se prevé la disposición de reserva de suelo para 4 centros de transformación dobles o simples, de acuerdo a los cáculos electricos derivados del Proyecto de Urbanización, emplazados convenientemente en los centros de gravedad de las de las cargas previstas, interior en celda prefabricada, con una potencia estimada de 630 KVA. Reducirán la tensión a trifásica 400 v y monofásica a 230 v.

Su situación se especifica en área o suelo especifico calificado como SISTEMA TECNICO DE INFRAESTRUCTURAS (STI), definida en el Plano -B-1, suelos cuantificados superficialmente como STI y situados bien en espacio viario o en zonas verdes sin detrimento de las superficies de estas ultimas. La superficie total asignada al STI es de 160,00 m².

La red de media tensión será subterránea, tendrá una estructura de sección uniforme y su funcionamiento en red mallada.

Características de las redes

La instalación cumplirá la normativa oficial vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Complementarias y normas de la Compañía Suministradora. Para su calculo se tendrá en cuenta la intensidad admisible así como que la caída de tensión en cada circuito sea inferior a la permitida por el Reglamento Electrotécnico vigentes.

La red eléctrica en baja tensión será subterránea, instalada bajo tubo o canalizaciones a una profundidad mínima de 0,60 m. y con las arquetas o registros necesarios.

La tensión será de 400V entre Fases y 230 v entre fases y neutro, utilizada por la Empresa Suministradora.

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El tendido se realizará con cuatro cables unipolares conductores de aluminio, tres de ellos de igual sección y el cuarto con una sección inmediatamente inferior. En cualquier caso la tensión nominal de los conductores será 0,6/1Kv.

En el plano correspondiente, se ha trazado la distribución más racional de estas líneas.

Para su cálculo se tendrá en cuenta la intensidad admisible así como que la caída de tensión en cada circuito sea inferior a la permitida por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Actuaciones complementarias.

Comprenden las actuaciones necesarias, en relación con las instalaciones de abastecimiento eléctrico que cruzan o invaden el sector, para la correcta implantación del servicio y adecuación a los informes sectoriales correspondientes. En este sentido se contempla las siguientes operaciones:

1. Conexión y red de media Tensión:

Constará, como ya se ha indicado, de alimentación mediante canalización y circuitos que enlazaran los centros de transformación con la SUBESTACION de chipiona definida en el PLANO B7 RED DE DISTRIBUCIÓN ENERGÍA ELÉCTRICA. MEDIA TENSIÓN La longitud estimada desde el límite del sector hasta la subestación de la canalización y circuitos es de unos 3.800 mts.

Las caracteristicas tecnicas de la instalación de media tensión definida por Endesa son:

Tensión de alimentación 15/20 KV Intensidad máxima de defecto a tierra 300 A Potencia de cortocircuito máxima 500MVA Tiempo máximo de desconexión por defecto 1 seg

Las características de los materiales como de la conexión al punto de enganche se determinarán conjuntamente con la Compañía Suministradora en el P. Urbanización. Los costos orientativo de la conexión se definen en el apartado correspondiente de conexiones Red de alta en el capitulo Energía Eléctrica del Estudio Económico.

2. Modificación de las líneas existentes:

El proyecto de urbanización contemplará, tal y como se indica en el plano de ordenación nº B-7, la modificaciones de las líneas aéreas de media tensión 15 kV y baja tensión existentes mediante el desmontado de las redes, el centros de transformación a desmantelar (Pastorino), el cambio del centro de Pago Saliner y la nueva linea aejecutar. Los costos orientativos de esta operación se definen dentro del apartado obras especiales, en el capitulo de Energía eléctrica del ESTUDIO ECONÓMICO.

Normativa

El proyecto de urbanización contemplará la aplicación de la normativa en vigor y en particular la siguiente:

REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN. (2) Decreto 2413/1973, de 20 de septiembre, del Mº de Industria. B.O.E. 242 09.10.73 Regulación del apartado 4.5 de la MI.BT.041. B.O.E. 109 07.05.74 Adición de un nuevo párrafo al artículo 2 del REBT. B.O.E. 297 12.12.85 (2) Dejará de aplicarse con la entrada en vigor del R.D. 842/2002, el 18.09.03.

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A R Q U I T E C T O S

APROBACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS MI.BT. DEL REBT. Orden de 31 de octubre de 1973, del Mº de Industria. B.O.E. 310 27.12.73 B.O.E. 311 28.12.73 B.O.E. 312 29.12.73 B.O.E. 313 31.12.73 Aplicación de las Instrucciones Complementarias. B.O.E. 90 15.04.74 MODIFICACIÓN parcial y ampliación de MI.BT.004,007 y 017. B.O.E. 22 26.01.78 Corrección de errores. B.O.E. 257 27.10.78 MODIFICACIÓN de MI.BT. 008 y 044. B.O.E. 174 22.07.83 MODIFICACIÓN de MI.BT.025. B.O.E. 11 13.01.78 Corrección de errores. B.O.E. 265 6.11.78 MODIFICACIÓN del apartado 7.1.2 de MI.BT.025. B.O.E. 193 13.08.81 MODIFICACIÓN de MI.BT. 025 y MI.BT. 044. B.O.E. 133 4.06.84 MODIFICACIÓN de MI.BT.026 del REBT B.O.E .22 26.01.88 Corrección de errores. B.O.E. 73 25.03.88 MODIFICACIÓN de MI.BT.040. B.O.E. 194 13.08.80 MODIFICACIÓN de MI.BT.044. B.O.E. 250 17.10.80 MODIFICACIÓN. B.O.E. 140 12.06.82 Adaptación de la Instrucción Complementaria MI-BT-026 B.O.E. 35 09.02.90 MODIFICACIÓN. B.O.E. 186 04.08.92 Nueva Adaptación de la ITC “ MI-BT 026 del REBT B.O.E. 07.08.98

REGLAMENTO SOBRE ACOMETIDAS ELECTRICAS Y REGLAMENTO CORRESPONDIENTE Real Decreto 2949/1982 del Mº de Industria y Energía B.O.E. 12.11.82 B.O.E. 04.12.82 B.O.E. 29.12.82 B.O.E. 21.02.83 B.O.E. 14.02.85

NORMAS DE VENTILACIÓN Y ACCESO A CENTROS DE TRANSFORMACIÓN Resolución de 19 de junio de 1984, de Dirección General de Energía B.O.E. 152 26.06.84

REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN E INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS (ITC) BT 01 A BT

51 (1)

RBET Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, del Mº de Ciencia y Tecnología B.O.E. 224 18.09.02

(1) Su aplicación será obligatoria desde el 18.09.03y se podrá aplicar, voluntariamente, desde su publicación el 18.09.2002. Con su entrada en vigor, quedan derogados el Decreto 2413/1973, sus instrucciones técnicas complementarias y todas las disposiciones que los desarrollan y modifican.

NORMAS TÉCNICAS DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE DISTRIBUCIÓN de la

Compañía SEVILLANA DE ELECTRICIDAD. Resolución de 14 de octubre de 1989, de la Consejería de Fomento y Trabajo. B.O.J.A.86 27.10.89

PREVISION DE CARGAS ELECTRICAS Y COEFICIENTES DE SIMULTANEIDAD EN AREAS DE USO RESIDENCIAL Y AREAS DE

USO INDUSTRIAL. Instrucción de 14 de Octubre de la Instrucción de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

B.O.J.A.216 05.11.04

ALUMBRADO PÚBLICO.

El alumbrado público se alimentará del centro de transformación previsto por áreas conforme el esquema indicado en la planimetría y situándose el centro de mando en éste. El centro de mando deberá ser conforme a las disposiciones establecidas en el servicio Municipal de Alumbrado Publico.

Se han previsto cuatro centros de mando que se alimentan desde los cuadros de Baja Tensión de los centros de transformación respectivamente para la iluminación de los viales. Para la iluminación de las zonas verdes se establecerán las condiciones y demás características en el correspondiente Proyecto de Urbanización, preveiendose en principio 6 centros de mando .

La red será enterrada bajo tubo a una profundidad mínima de 0,40 m, trifásica con neutro a 230/400 v, conectándose las lámparas, con su equipo de encendido a 230 v, entre fase y neutro. Se emplearán cables con cubierta y aislamiento de materiales termoplásticos especiales, con conductores de cobre y tensión nominal de 0,6/1 Kv.

Las secciones de los cables vendrán determinadas en función de la intensidad admisible y la caída de tensión permitida que según Reglamento Electrotécnico Baja Tensión.

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Protección Eléctrica:

Todos los circuitos de alimentación del alumbrado público irán protegidos a su salida de los centros de mando por cortocircuitos fusibles calibrados.

Con objeto de que una avería en una derivación a un punto de luz no repercuta en los demás del circuito, en los cofres de protección de poliéster reforzado situados en la base de todos los báculos, se colocarán fusibles de cartucho calibrados. Así mismo todas las columnas metálicas se pondrán a tierra mediante una pica de acero cobreado de 2 m. de longitud y 14 mm de diámetro mínimo con cable de unión de Cu desnudo de 35 m/m2.

Diseño

En el cálculo del alumbrado el nivel de iluminación será de 25 lux para viario local y de 10-15 lux en las peatonales (Zona Verde); el factor de uniformidad a adoptar no será menor de 0,40. Para la reducción del consumo de energía, el encendido y apagado del alumbrado público se realizará mediante reloj astronómico. Así mismo, y teniendo en cuenta que durante la noche disminuye considerablemente el tráfico de vehículos y peatones, se equiparán las luminarias con reductor de flujo de doble nivel.

En el cálculo del alumbrado el nivel de iluminación será de 25 lux para viario local y de 10-15 lux en las peatonales (Zona Verde); el factor de uniformidad a adoptar no será menor de 0,40.

Las luminarias y fuentes de luz serán eficaces adaptándose, por razones de uniformidad, a las del entorno según los criterios Municipales.

Las luminarias deberán cumplir con las especificaciones de reducción de emisión al hemisferio Superior.

Atendiendo al l RD 1890/2009 sobre instalaciones de alumbrado exteerior, el Proyecto de Urbanización incorporara un suistema de reducción controlado de manera que se puedan reducir los niveles de iluminación de manera uniforme , mediante la implantación de algun sistema de de telegestión.

Dadas las características de la urbanización, así como la tipología de las edificaciones se optará por en concordancia los criterios municipales, por luminarias con tecnologia Led a concretar en el Proyecto de Urbanización. Ello atendiendo a la eficiencia de la tecnologia Led por motivos de reducción de consumo, menor mantenimiento, mayor vida del producto y mejores prestaciones lumínicas

- Para viales rodados: Báculo de 9 m. Luminaria modelo AP-101 de fundición inyectada de aluminio de doble nivel montadas sobre columnas tipo troncocónicas de acero galvanizado. - Para viales peatonales: Báculo de 3,5 m. Luminaria tipo farol modelo OCHOCENTISTA similar, de doble nivel montadas sobre columnas tipo “bombonera octogonal” de acero galvanizado.

La disposición adoptada ha sido al tresbolillo, unilateral y en oposición, según el vial o zona a iluminar, tal y como se aprecia en el plano correspondiente de la documentación gráfica y su separación máxima será de 30 metros, si bien el proyecto de urbanización podrá adoptar otros parámetros, debiéndolo justificar adecuadamente y en atención a los criterios del Servicio Municipal de Alumbrado.

La interdistancia de luminarias, así como la potencia de las lámparas utilizadas se ajustará en cualquier caso en función de la anchura del vial y del nivel lumínico deseado. En las zona verdes en conformidad al diseño definido por el Proyecto de Urbanización , quedará definido conforme a los criterios municipales.

Las características y trazados de las redes de suministro energía eléctrica y alumbrado público aparecen definidos en el Plano B-7, B-8 y B-9 respectivamente de los planos de Ordenación del Plan.

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3.4.4. RED DE TELECOMUNICACIONES. CANALIZACIÓN TELEFÓNICA.

La red de telefonía discurrirá en canalización subterránea a partir del punto de interconexión con la red actual existente en el límite oeste del sector y carretera de Rota..

Cabe evaluar una primera aproximación a la previsión de demanda, que deberá ser concretada a partir de la ordenación detallada y su zonificación.En este sentido consideraremos una media de dos líneas por vivienda, que con los datos del Plan Parcial (1258 vivienda, 9.575 m² y 58.394 construidos de Terciario y Equipamientos, respectivamente), que afectadas por el coeficiente 1,4 de demanda a largo plazo, supone una demanda de unos 3000 pares teóricos para el sector.

Los puntos de interconexión propuestos separarán la red de alimentación de la red de distribución interior que se desarrollara para el sector residencial.

Constara de las siguientes redes, siguiendo los criterios marcado por la oficina Técnica de TELEFÓNICA (Planificación e Ingeniería).

Red de alimentación

Esta red de alimentación se instalará, conectándose con la red de distribución prevista para el sector, a través de los dos puntos de interconexión von Cámaras de registro, o en su caso con arqueta D y armario de INTERCONEXIÓN de capacidad según previsión de demanda de acuerdo a la Norma NP-P1-001.

Redes de distribución.

Se prevé una red de distribución subterránea ramificada en varias rutas, que nos permitirán abastecer a los distintos puntos de distribución de cada manzana. Este esquema previsto responde a la parcelación propuesta, por lo que en el Proyecto de Urbanización se ajustará a la parcelación definitiva.

En la red se dispondrán las arquetas D, en caso de ser punto de distribución y paso a la vez, y arquetas H en caso de ser punto extremo de distribución y las necesarias arquetas H de paso de forma tal que no se supere 150 m. entre las mismas.

Los puntos de distribución (armarios de distribución) se sitúan de forma tal que el recorrido de las acometidas (red de dispersión exterior) sea lo más corta posible, para lo cual la ubicación de estos será aproximadamente en el centro de gravedad de la zona de servicio asignada a los mismos.

La capacidad de los puntos de distribución será como máximo de 25 pares, considerando a ésta con una ocupación máxima de 20 a 22 abonados.

Red de dispersión,

Parte de los puntos de distribución (armarios de distribución) y estará formada por los pares individuales de acometida que discurrirá por los conductos o canalizaciones hasta las arquetas de acometida para cada parcelas residencial. Las arquetas tipo D se utilizarán tanto para distribución de acometidas como para dar paso a uno o dos grupos de acometidas. El recorrido máximo de la red no superará en ningún caso los 100 metros.

Previsión de demanda.

El diseño y dimensionado responde a la previsión de la demanda y cumplirá las normas de la Compañía Telefónica.

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Se adoptara en los principales viales del sector redes de fibra óptica, de acuerdo a las compañias de Telecomunicaciones. Para la obtención de los pares teóricos de la red en los viales dsecundarios se realiza una evaluación conformen a la Norma NP-P1-001. Se utilizan los siguientes factores:

- Coeficiente de línea correspondiente al factor de previsión de demanda: 3 pares por vivienda y 2 en el caso de equipamientos. - Coeficiente 1,4 en previsión de crecimiento de la red del 70%.

El proyecto de urbanización contemplará en la instalación de la red de canalizaciones la normativa especifica de Proyectos y Operaciones para las Redes Telefónicas en Urbanizaciones NP-P1-001 y Canalizaciones subterráneas en urbanizaciones y polígonos industriales (NT.F1,003).

Se requerirá la aprobación de la Compañía Telefónica Departamento de Ingeniería y se considerará el convenio especifico con la entidad promotora, en lo relativo a la construcción de la red de distribución.

Las características y trazado de la red para la canalización de Telefonía aparece definida en el Plano B-10 de los planos de Ordenación del Plan.

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3.4.5.- RED DE SUMINISTRO DE GAS

El sector se alimentará de la red general de Gas Natural en conformidad a la compañía sumistradora en dos puntos de conexión situados:

- al noroeste del sector , el engache se realizará en la glorieta de la carretera de Rota. - al suroeste se realizará el engache con la red existente en c/ Chapetón.

La distribución de gas en el interior de la urbanización será en media presión, garantizándose un mínimo de 500 mm c.d.a. en las acometidas de los edificios.

Las tuberías serán de polietileno (P.E.) de media densidad. La unión entre tuberías se hará mediante las soldaduras y manguitos correspondientes. Los diámetros de la red serán de 160, 110, 90 y 63 mm según normativa de la Compañía Suministradora de Gas.

El combustible a utilizar será GAS NATURAL, suministrado por Gas Andalucía S.A con las siguientes características.

Denominación......................... Gas Natural Familia.............................. Segunda ( UNE 60.002) Poder calorífico superior............ 9.500 - 10.500 Kcal/Nm3 Densidad relativa.................... 0.57 - 0.62 Kg/Nm3 Indice de Wobbe...................... 12.583 - 13.335 Grado de humedad..................... Seco Presión de distribución.............. M.P.A mmc.a. Presión máxima llave acometida....... 1.000 mmc.a. Presión garantizada en llave de acometida.. 550 mmc.a. Aire teórico combustión ............. 10.13 Nm3/Nm3 gas CO2 total en humos................... 1.007 Nm3/Nm3 gas Composición: Metano..................... 91.204 CH4 Etano...................... 7.399 C2H6 Propano.................... 0.759 C3H8 Iso-butano................. 0.054 C4H10 N-butano................... 0.067 C4H10 Nitrógeno.................. 0.517 N2

Las características y trazado de la red para la red de suministro de gas Natural aparece definida en el Plano B-11 de los planos de Ordenación del Plan.

Normativa Se relaciona a continuación la reglamentación y normativa que habra de tenerse en cuenta en el diseño y cálculo de la red en el Proyecto de Urbanización para la instalación de la red suministro de Gas Natural y la Normativa legal vigente que le sea de aplicación.

- Reglamento General del Servicio público de gases combustibles R.D. 2913/1973 BOE 21-11-73 Y 20.02.84 (modificación).

- Reglamento de Redes y acometidas de Combustibles Gaseosos U.M. 26-10-83 B.O.E. 08-11-83. - Instrucción sobre documentación y puesta en servicio de las instalaciones receptoras de gases

combustibles y la Instrucción sobre instaladores autorizados de gas y empresas instaladoras OM 17-12-1985 B.O.E. 09-01-86

- Normas UNE que le sean de aplicación - Normas especificas de la Empresa Suministradora "Gas Andalucía S.A.".

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3.4.6. JARDINERÍA Y MOBILIARIO URBANO.

El proyecto de Urbanización considerará los siguiente criterios para el diseño del sistema de espacios libre:

PARQUE “CAMALEON” SISTEMA GENERAL SG-SL

Este gran espacio libre longitudinal este- oeste cualificará, de acuerdo a los criterios del Plan General. espacial y ambientalmente la transición entre el espacio urbano y el suelo no urbanizable protegido (hábitat del camaleón), conformándose como un gran pulmón de esparcimiento, tanto del propio sector como de la ciudad.

Su diseño atenderá a la la conservación y recuperación del hábitat del Camaleón en concordancia con los Programas de Recuperación de dicho habitat, fomentados por la Junta de Andalucia.

En este sentido, su tratamiento deberá tender a un carácter natural, constituido por un sotobosque que sea propicio al “habitat del camaleón” pero que a su vez permita mediante recorridos terrizos el disfrute para los ciudadanos, sin afectar éste.

Se adoptaran especies autóctonas referentes de este hábitat, principalmente sotobosque formado por un estrato arbustivo predominante de RETAMA BLANCA (Retama Monosperma) y un estrato arboreo constituido por masas de PINO PIÑONERO (pinus Pinae).

El estrato arbustivo se podrá enriquecer con otras especies autoctonas como: Lentisco (Pistacia Lentiscus), Labiernaga (Phillyrea angustifolia) , Aladierno (Rhamusnus Alaternus) y Cornicabra (Pistacia Terebintnthus).

El estrato arboreo podrá puntualmente configurar el espacio con otras especies como Picea Pungens, Pinus Pinaster, Cumpresusu Sempervirens, Populus Nigra y Ginkgo biloba

JARDINES “LOS QUEMADOS” ESPACIOS LIBRES V1 yV2

Definido como el espacio libre vertebrador de la ordenación entre los dos principales viales A y B, es el elemento que cose y articula los distintos cuadrantes de la ordenación, los viales, sistemas generales y locales, y las propias manzanas residenciales.

Por tanto, su diseño atenderá, a dicha función articuladora y unificadora del sector, configurándose como un eje espacial y visual de toda la ordenación del sector, en el que la disposición del arbolado y luminarias deberán reflejar la ordenación mediante paseos transversales y longitudinales que conecten las distintas manzanas.

A su vez en su función de corredor peatonal que enlaza los sistemas generales, y permite la conexión peatonal con los equipamientos y manzanas residenciales, su tratamiento será más urbano, utilizándose preferentemente una pavimentación flexible de adoquines o similar y un mobiliaro urbano rítmico adecuado a la función de paseo.

En este sentido, su diseño atenderá a esa función de servicio a todas las manzanas, previéndose de forma alternativa tanto zonas ajardinadas, como áreas de estancias o zonas de juegos de niños o adultos, de forma que cada manzana participe de estos espacios diferenciados. Ello generará un rico tapiz de distintos tratamientos de suelo alternados, ya sea cesped, engravillado, arena o albero, que responda cualitativamente y funcionalmente a cada una de las estancias o áreas de juego.

A estos tapices se añadirán adecuadamente al espacio funcional diferenciado, árboles de sombra apropiados a cada uso como Magnolios, Bella Sombra, Sauce, Acacias y Tipuanas, y zonas de ajardinamiento con especies arbustivas, como romero, mirto, madroño, granados, boneteros, laurel y cycas revoluta.

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JARDINES RESIDENCIALES ESPACIOS LIBRES V3 Y V4.

Constituyen los dos espacios ajardinados V3 y V4 que abastecen las zonas residenciales situadas al noroeste y noreste respectivamente, con un dimensionamiento inferior al resto. Por tanto su función será claramente urabana, preferenntemente de estancia y áreas de juegos para niños .

Su tratamiento responderá por tanto a zonas ajardinadas arbustivas y zonas de gravillado, arena o albero, que responda cualitativamente y funcionalmente a cada una de las estancias o áreas de juego. Se procurara preferentemente arboles de sombra, como melias, acacias, y oreras

ARBOLADO DE VIALES

El proyecto de urbanización contemplará para los viales principales A y B, la disposición de arbolado en alcorques establecidos y definidos en la ordenación del Plan Parcial, de forma pormenorizada entre plazas de aparcamiento, proponiendose la disposición secuencial de Palmeras (Washingtonia o Dactilifera) y Jacarandas (Jacaranda Mismofolia).

En los viales secundarios podrá disponerse arbolado de porte medio como Melias, Moreras, Almezos, Acacias, etc.

No obstante se diferenciaran y se valorará la necesidad de disponer especies en función del tipo de vial, su dimensión, caracterización y la disposición de aparcamientos. Se considerara no obstante árboles de porte medio para acerados del viario secundario y de gran porte para los viales principales .

DETERMINACIONES GENERALES

Se preverá desde el Proyecto de urbanización la posible recuperacion de captación de aguas subterráneas existente, para el riego de las zonas verdes, con autorización por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para su explotación si no la tuviere.

Se dotaran de sistemas de riego automatizado en los espacios libres mediante goteo en las de plantaciones arbóreas y arbustivas. Los sistemas se complementaran con bocas de riego (internas dentro de las zonas ajardinadas) con radios de acción de 50 metros.

Se tendrá en cuenta para la elección de las especies la prioridad por la aclimatación a nuestro clima o que sean autóctonas.

El mobiliario urbano en acerados se adecuará a las necesidades concretas que requiere este tipo de urbanización.

Las zonas de tránsito deberá proyectarse con pavimentación adecuada a su función especifica, valorándose positivamente los pavimentos flexibles que transpiren.

Las áreas destinadas a juegos infantiles, juegos proyectados y su instalación deberán cumplir la Normativa UNE-EN 1176 y UNE-EN 1177 relativas a seguridad, instalación, inspección, mantenimiento y funcionamiento y revestimientos de superficies absorbentes al impacto.

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3.5. GESTIÓN URBANÍSTICA

ANTECEDENTES.

La gestión urbanística del sector comenzó en abril de 2007, cuando fue constituida ante notario la

Junta de Compensación del Sector 4 Los Quemados, quedando inscrita en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras el 22 de octubre de 2007.

La Junta de Compensación aprobó el Proyecto de Reparcelación el 10 de septiembre de 2009 dando

traslado al Ayuntamiento para su tramitación, que quedó paralizado tras una segunda exposición pública.

El Proyecto de Urbanización fue aprobado definitivamente por el Ayuntamiento el 20 de febrero de 2008.

En octubre de 2011 Cajasur BBK Bank, a través de su equipo técnico, inicia conversaciones con el

Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Chipiona, con el objetivo de poder dar viabilidad empresarial a este desarrollo urbanístico ante el nuevo escenario socio-económico. La Junta de Compensación en Asamblea celebrada el 13 de septiembre 2012 acordó iniciar una reformulación

del proyecto, con una modificación del Plan Parcial y un nuevo Proyecto de Reparcelación, desistiendo

por tanto del anterior procedimiento de tramitación del Proyecto de Reparcelación ante el

Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Chipiona, propietario importante en el Sector, se ha incorporado al Consejo Rector de la Junta de Compensación.

Durante los primeros meses de 2013 se han llevado a cabo reuniones por parte del nuevo equipo

técnico del proyecto con los más de 100 propietarios del Sector para informarles de manera

personalizada de este nuevo Plan Parcial, que debe ser aprobado por una asamblea de la Junta de Compensación para remitirse al Ayuntamiento para su tramitación urbanística.

UNIDADES DE ACTUACIÓN Y SISTEMAS DE ACTUACIÓN.

El Sistema de Actuación que se fija en el PLAN GENERAL para la gestión y ejecución efectiva del

presente Plan Parcial es el de Compensación.

Se establece una única “unidad de ejecución” para la totalidad del ámbito del sector que denominaremos UE “SECTOR 4 LOS QUEMADOS, a desarrollar mediante el sistema de actuación por

"compensación", estando sujeto su desarrollo a las disposiciones establecidas en la Ley de Ordenación

Urbanística de Andalucía (LOUA), en su sección cuarta del capítulo II (Las actuaciones por unidades de ejecución) del Título IV (la ejecución de los instrumentos de planeamiento).

El sistema de actuación adoptado viene en función de la propia estructura de la propiedad del suelo

y el carácter privado de la actuación. En cualquier caso, viene establecido en el propio PGOU...

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MEMORIA 3.DESCRIPCIÓN Y ANALISIS ORDENACIÓN

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APROVECHAMIENTO MEDIO Y OBJETIVO. Reservas de aprovechamiento.

El Aprovechamiento medio del área de reparto SECTOR 4 “LOS QUEMADOS” de acuerdo con las determinaciones del PLAN GENERAL es igual a A.M.= 0,45.

El “APROVECHAMIENTO OBJETIVO” establecido en el apartado 2 del artículo 59 de la LOUA (ley

2/2012), se obtendrá ponderando en función del valor de repercusión correspondiente al uso, tipología y edificabilidad atribuidos al mismo.

De acuerdo a los criterios municipales, el PROYECTO DE REPARCELACIÓN establecerá los coeficientes de uso y tipología de acuerdo al artículo 61 de la LOUA, determinando el “aprovechamiento

objetivo”.

Obtenido el “aprovechamiento objetivo total”, se determinará el “APROVECHAMIENTO MEDIO del sector ponderado.

Se establecerán las RESERVAS DE APROVECHAMIENTO en virtud del artículo 61 de la LOUA.

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MEMORIA 4 .ADECUACIÓN PLAN PARCIAL PGOU- LOUA

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4. ADECUACIÓN DEL PLAN PARCIAL A LAS DETERMINACIONES DEL PGOU / LOUA. 4.1. CUMPLIMIENTO PARAMETROS PGOU CHIPIONA.

1.- DELIMITACIÓN SUPERFICIE

Se ha definido el límite del mismo conforme al establecido por el PGOU, mediante el levantamiento topográfico especifico realizado por RACERO CONSULTORES TOPOGRAFIA, y con datos físicos tomados “in situ” tras el reconocimiento del terreno así como la plasmación de los datos catastrales y

los reflejados en los documentos de titularidad. Estos ajustes, han justificado en su momento la

diferencia de la superficie del sector planteada en el anterior Plan Parcial y delimitación del P.G.O.U.,

que podemos concretar en los siguientes aspectos más significativos.

- Ajuste de la delimitación del sector en su límite sur, incluyendo las márgenes completas del camino existente, atendiendo en este sentido al informe del COPUT de fecha 23 de febrero de

2006, que establece la eliminación de viario al objeto de no afectar al hábitat de del

camaleón, en el contacto del sector con el suelo No urbanizable.

- Ajuste de la delimitación del sector en su zona sureste, al objeto de incluir la totalidad de las

propiedades, cuestión que coincide gráficamente con la delimitación del PGOU, y que no fue

contemplada en el anterior Plan Parcial.

- Ajuste de la delimitación del sector al norte en su contacto con la travesía de Rota,

excluyéndose del ámbito, en conformidad al Informe de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de la parcela nº 111 de 249,99 m² correspondiente al acerado de

la vía clasificada por el PGOU como suelo urbano. Ello coincidente igualmente con la Vía

Pecuaria nº 6 “Colada del Pozo Romero”, establecida una distancia de 7 mts respecto al eje de la Carretera de acuerdo a los Informes sectoriales emitidos.

La superficie resultante de la delimitación real del sector 4 en conformidad a lo expuesto es de

294.767,12 m²s, ligeramente superior a la contemplada en la ficha PGOU contemplada (287.871

m²s), que supone un porcentaje de un 2,3 % de aumento, perfectamente justificado en base a lo

expuesto.

En el plano adjunto se han superpuesto los ámbitos del Plan Parcial anterior y el ámbito definitivo contemplado en la MOFICACIÓN del PLANPARCIAL, apreciándose los ajustes mencionados

anteriormente, señalándose:

- En azul las zonas deducidas derivadas al norte por el cumplimiento de la distancia de 7 mts

respecto al eje de la Carretera de acuerdo a la Vía Pecuaria nº 6 “Colada del Pozo Romero”; y un pequeño ajuste al sur por límite de propiedad.

- En naranja las zonas añadidas derivadas al sur por la inclusión de las márgenes completas del

camino existente, y al sureste incluir la totalidad de las propiedades, que no fueron contemplados en

el anterior Plan.

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2.- USOS CARACTERISTICO Y COMPATIBLES. E INTENSIDAD DE USO

EL PGOU establece como uso característico del sector 4 RESIDENCIAL, y como usos compatibles

TERCIARIO Y DOTACIONAL.

La presente modificación del Plan Parcial establece como uso característico el RESIDENCIAL

destinándose una superficie de techo edificable de 123.179,16 m²t que supone el 92,88% del

aprovechamiento lucrativo del sector.

También la modificación del Plan Parcial, destina al uso TERCIARIO una superficie de techo edificable

de 9.453,66 m²t que supone el 7,12% del aprovechamiento lucrativo del sector.

Las Dotaciones previstas en la modificación del Plan Parcial son las resultantes de las determinaciones

del PGOU y LOUA, correspondientes a :

- Sistemas Generales con una superficie de 95.606,19 m²s que supone un 32,43% de la superficie de la totalidad del sector.

- Sistemas Locales con una superficie de 55.432,30 m²s que supone un 18,80% de la superficie

de la totalidad del sector.

EL PGOU establece una intensidad de uso de 1258 viviendas que coincide con las establecidas en

presente modificación del Plan Parcial

3.- APROVECHAMIENTO DEL SECTOR. EDIFICABILIDAD.

EL PGOU establece un aprovechamiento del sector de 0,45 m²t/m²s y una edificabilidad máxima

derivada de la superficie del sector prevista de 129.542,00 m²t.

La presente modificación del Plan Parcial, cumple el parámetro aprovechamiento establecido de 0,45

m²t/m²s, ya que a partir de la superficie real del sector 294.767,12 m²s, la edificabilidad máxima

resultante sería 132.645,20 m²t, cumpliéndose por tanto conforme a la determinación del

aprovechamiento lucrativo total establecido en la presente modificación del Plan Parcial:

APROVECHAMIENTO LUCRATIVO TOTAL = 132.623,85 m²t

4.- DESARROLLO INICIATIVA Y SISTEMA DE ACTUACIÓN

EL PGOU establece el desarrollo del sector mediante Plan Parcial de iniciativa privada y sistema de

actuación por Compensación.

La presente modificación del Plan Parcial del sector 4, se redacta a iniciativa de la JUNTA DE

COMPENSACIÓN DE LOS PROPIETARIOS DEL SECTOR 4, y se desarrolla mediante las determinaciones del mismo, estableciéndose el sistema de actuación por COMPENSACIÓN.

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4.2. CUMPLIMIENTO DETERMINACIONES VINCULANTES PGOU CHIPIONA.

A) VIARIOS VINCULANTES

La modificación del Plan Plan parcial contempla los viarios vinculantes que bordean el sector:

- vial O, trazado sobre el camino de los Quemados, conforma prácticamente el límite norte del

sector enlazando con todos los viales perpendiculares a la travesía de la carretera de Rota

- la carretera de Rota, límite este del sector e integrado en el mismo, vial principal por ser determinante en la ordenación del sector tanto en sus rasantes como en sus conexiones así como

su función de arteria canalizadora de la ciudad.

- viales E y F trazados en la linde este del sector permiten el enlace con la ciudad a través de

Avda. de los Cangrejos, c/ Robalo y c/ Chapetón, que desembocan en el sector.

La modificación del Plan Plan parcial contempla la conexión por el centro del sector entre la carretera de Rota y c/ Morena (c/ Chapetón), correspondiente a:

- el vial A que conecta al oeste con la Avda. del Esturión, a través de la prolongación c/ Chapetón (c/ Morena) y al este con la carretera de Rota conformando una amplia glorieta.

B) RESERVA DE SISTEMAS GENERALES

La modificación del Plan Parcial cumple las determinaciones en cuanto a las reservas para Sistemas

Generales en los siguientes términos:

- Sistema General de Espacios Libres denominado como Manzana SG-EL con superficie de

53.362,07 metros cuadrados de carácter público, superior a la prevista en el Plan General (53.161,60 m²). Se ubica en la colindancia con los espacios no urbanizables de uso agrícola y sin ninguna vía que atraviese el Sistema, pues estos espacios libres poseen las características

indicadas en la normativa para la protección del hábitat del camaleón.

La reserva correspondiente a SG-EL supone un estándar respecto al techo lucrativo en el ámbito

del sector de:

53.362,07 m²s = 40,24 m²s por cada 100 m² techo lucrativo

132.623,85/ 100,00 m²t

-Sistema General de Equipamientos de Uso Deportivo. denominado como Manzana SG-EQ y

tiene una superficie de 42.244,12 metros cuadrados de uso público, superior a la prevista en el

Plan General (42.000,00 m²). Se delimita en el cuadrante noroeste del sector, no modificándose

respecto al Plan Parcial.

La reserva correspondiente a SG-EQ supone un estándar respecto al techo lucrativo en el ámbito del sector de:

42.244,12 m²s = 31,85 m²s por cada 100 m² techo lucrativo

132.623,85/ 100,00 m²t

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C) CESIÓN 10% A LA ADMINISTRACIÓN

En virtud del apartado 2.b) del articulo 54 (modificado LOUA) la cesión de terrenos a favor del

municipio o Administraación comprende “la superficie de suelo con aprovechamiento lucrativo, ya

urbanizada , precisa para materializar el diez por ciento del aprovechamiento del area de reparto”.

Resulta para el sector 4 la siguiente superficie de techo edificable:

CESIÓN 10% = 0,10 x 132.623,85 m²T/ = 13.262,38 m²t superficie de techo edificable

Si bien dicho cesión del 10% deberá ser la resultante del aprovechamiento objetivo derivado de los

techos ponderados de los coeficientes de uso y tipología que establezca el Proyecto de Reparcelación.

D) DOMINIO PÚBLICO HIDRAULICO

No es de aplicación al sector dado que no existe ningún cauce de aguaque atraviese el mismo o que

le afecte en sus bordes, de acuerdo al informe emitido por la Comisaría de aguas de la

CONFEDERACIÓN HIDRAULICA DEL guadalquivir de gfecha 17 de Mayo de 2005.

E) RESERVA VIVIENDA PROTEGIDA

EL PGOU establece que el 25,5% del aprovechamiento objetivo deberá destinarse a vivienda bajo

algún tipo de protección pública. Dado que el PGOU de Chipiona se aprobó, definitivamente en su 2º

Texto Refundido el 21 de julio de 2005, no le es de aplicación la modificación del apartado 1. A).b)

del artículo 10, establecido en la LEY 2/2012 de modificación de la LOUA LEY 7/2002, en virtud de la disposición transitoria segunda de la LOUA LEY 7/2002 y Disposición adicional primera Ley

2/2012.

RESERVA VIVIENDA PROTEGIDA= 25,5% Aprovecho Objetivo = 0,255 123.179,16 m²T= 31.410,68

m²t

La presente modificación del Plan Parcial establece dicha reserva en LAS MANZANAS R1, R3 Y R5, calificadas con la tipología de PLURIFAMILIAR MANZANA CERRADA, con un aprovechamiento, correspondiente a una superficie de techo edificable de 33.612,07m²t superior a 31.410,68 m²t.

En el siguiente cuadro quedan expresados todos los parametros de las manzanas reservadas a

viviendas protegidas.

USOS SEGÚN TIPOLOGIA MANZANA SUPERFICIE nº de viviendas EDIFICABILIDAD TECHO

residencial

REGIMEN CALIFICACIÓN Identificación M² MAXIMO m²T/M²s m²

RESIDENCIAL PROTEGIDA PMC-1 R1 1.872,38 58 3,15 5.898,00 RESIDENCIAL PROTEGIDA PMC-3 R3 3.357,18 124 3,60 12.085,85 RESIDENCIAL PROTEGIDA PMC-3 R5 4.343,95 157 3,60 15.628,22

TOTAL VIVIENDA PROTEGIDA 9.573,51 339 33.612,07

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4.3. CUMPLIMIENTO REGLAS Y ESTANDERES LOUA Y REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO. 1.- DENSIDAD DE VIVIENDAS / EDIFICABILIDAD (apartado 1ª1. Art. 17 LOUA) La modificación del Plan Parcial establece para la totalidad del sector, de superficie 295.010,11 m²s, un número máximo de 1258 viviendas y una superficie de techo lucrativo de 132.754,55 m²t,

resultanto la siguiente densidad:

DENSIDAD DE VIVIENDAS = 1258 viv / 29,47 has = 42,68 viv / Has < 75 viv /has, cumplimiento por tanto el estandar máximo establecido.

EDIFICABILIDAD = 132.623,85 m²t / 294.767,12 m²s, = 0,4499 m²t/m²s < 1,00 m²t/m²s

cumplimiento por tanto el estandar máximo establecido.

2.- RESEVA DOTACIONES (apartado 2ª1. Art. 17 LOUA) La modificación del Plan Parcial localiza la reserva para dotaciones de forma congruente con los criterios establecidos en el apartado E) del artículo 9 de la LOUA, como se ha justificado en el

presente documento (apartado 3.4.4. SISTEMAS LOCALES) con características y proporciones

adecuadas a las necesidades colectivas del sector.

A) La reserva de superficie total establecida en la modificación para SISTEMAS LOCALES es de 55.432,30 m²s, que supone 18,80 % de la superficie total del sector.

El estándar resultante de suelo dotacional por cada 100 m² de techo edificable con uso

residencial (123.170,19 m²t) cumple el estándar “entre 30 y 55 m²s por cada 100 m² techo

de uso residencial” según:

55.432,30 m² s = 45,01m²s por cada 100 m² techo de uso residencial

123.170,19 / 100,00 m²t

B) La reserva de superficie total establecida en la modificación para el sistema local de

ESPACIOS LIBRES (parque y jardines) es de 31.903,15 m²s, que supone 10,82 % de la superficie total del sector.

El estándar resultante de suelo dotacional por cada 100 m² de techo edificable con uso

residencial (123.170,19 m²t) cumple el estándar “entre 18 y 21 m²s por cada 100 m² techo

de uso residencial” según:

31.903,15 m²s = 25,90 m²s por cada 100 m² techo de uso residencial

123.170,19 / 100,00 m²t

Igualmente cumple el mínimo del 10% de la superficie del sector 294.767,12 m²s:

31.903,15 m²s > 0,10 294.767,12 m²s = 29.476,71 m²s.

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C) Las plazas de aparcamiento establecidas en la modificación del Plan Parcial corresponde a

686 plazas.

El estándar resultante de plazas de aparcamiento por cada 100 m² de techo edificable

(132.623,85 m²t) cumple el estándar “entre 0,5 y 1 plaza por cada 100 m² techo edificable según:

686 plazas = 0,5172 plazas cada 100 m² techo edificable.

132.623,85 / 100,00 m²t 3.- RESEVA DOTACIONES (Anexo al Reglamento de Planeamiento 1978)

La modificación del Plan Parcial cumple con las reservas para las dotaciones establecidas en el art.2

del Reglamento de Planeamiento , en concordancia con las reservas establecidas en el apartado 2ª1. Art. 17 LOUA.

Dicho cumplimiento se determina en la globalidad de klas reservas previstas tanto en suelo como en

superficie construida, en concordancia al Art. 17 LOUA y las propias instrucciones de la Dirección General

del Territorio y urbanismo de la J.A.

Por tanto, dado el número de viviendas correspondiente a 1258 Los módulos mínimos de reserva

establecidos en el artículo 10 del Reglamento de Planeamiento para dotaciones en Planes Parciales de uso residencial, para conjuntos de vivienda entre 1000 y 2000 viviendas, las superficies de suelo

mínimos seria:

Tipo RESERVA MÍNIMA DE SUELO

SISTEMAS DE ESPACIOS LIBRES JARDINES 15,00 m² suelo por vivienda

Áreas de juego 6,00 m² suelo por vivienda

CENTROS DOCENTES Preescolar 2,00 m² suelo por vivienda

EGB 10,00 m² suelo por vivienda

S.I.P.S. SERVICIOS INTERES

PÚBLICO Y SOCIAL.

PARQUE DEPORTIVO 8,00 m² suelo por vivienda

TOTAL RESERVAS DE SUPERFICIE DE SUELO 41,00 m² de suelo por vivienda

Tipo RESERVA MÍNIMA DE SUPERFICIE

CONSTRUIDA

S.I.P.S. SERVICIOS INTERES

PÚBLICO Y SOCIAL.

EQUIPAMIENTO SOCIAL 6,00 m² construidos por vivienda

EQUIPAMIENTO COMERCIAL 3,00 m² construidos por vivienda

TOTAL RESERVAS DE SUPERFICIE CONSTRUIDA 9,00 m² construidos por vivienda

Obtenemos para el nº máximo de vivienda de 1258 viv previsto en el Plan Parcial las siguientes

superficies mínimas de reserva

RESERVAS DE SUPERFICIE DE SUELO 41,00 m² suelo x 1258 vivienda 51.578,00 m² suelo

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Se cumple la reserva de suelo en el Plan Parcial al preverse 51.899,67 m² > 51.578,00 m² suelo, en los suelos calificados según el cuadro adjunto:

RESERVAS DE DOTACIONES SUPERFICIE DE SUELO

EQ-C2 EQUIPAMIENTO DOTACIONAL COMERCIAL 3.808,66

EQ-E1 EQUIPAMIENTO EDUCATIVO EDUCACIÓN BÁSICA 10.984,32

EQ-E2 EQUIPAMIENTO EDUCATIVO. GUARDERIA 5.203,53

S.E L. V SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES 31.903,16

TOTAL DOTACIONES SUELO 51.899,67

De forma pormenorizada:

SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES

SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES REGLAMENTO PLANEAMIENTO PLAN PARCIAL

Tipo Módulo mínimo Superficie total m² Superficie Total m²

JARDINES 15,00 m² por vivienda 18.870,00 V1 + V2 +V3 + V4:

Áreas de juego 6,00 m² por vivienda 7.548,00

TOTAL Total 21 m² por viv.

> del 10% Sup. 26.418,00

29.476,71

31.903,16

Se cumple las prescripciones establecidas en el art 4 del Reglamentos como elementos pertenecientes al Sistema de Espacios Libres de uso público:

Jardines: Presentan una superficie no inferior a 1000 m², en la que puede inscribirse una circunferencia de 30 metros de diámetro mínimo. Su orientación sur y situación topográfica garantiza poseer condiciones apropiadas para la plantación de especies vegetales y adecuado soleamiento en relación

con la posible edificación circundante.

Áreas de juego y recreo para niños. Presentan una superficie superior a 200 m² en la que puede

inscribirse una circunferencia de 12 metros de diámetro mínimo, dotándole de equipamiento con elementos adecuados (mobiliario, plataformas etc) para su función.

El Proyecto de urbanización diseñará y contemplará el tratamiento y ejecución de las zonas verdes. La

ordenación de las zonas verdes se adecuará a la configuración existente del terreno y atenderá a las condiciones naturales y ambientales del medio en que se integran, mediante arbolado y jardinería para configurar zonas de estancia y recreo de acuerdo a la memoria justificativa del Plan Parcial.

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CENTRO DOCENTES En el siguiente CUADRO JUSTIFICATIVO se expresa el cumplimiento

DOTACION DE CENTRO DOCENTES SEGÚN REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO PLAN PARCIAL

TIPO M² SUELO/ TOTAL M² SUPERFICIE

CENTROS DOCENTES Vivienda Suelo M²

Preescolar 2,00 2.516,00

EQ 1+ EQ-2= 10.984,32 + 5.203,53 EGB 10,00 12.580,00

BUP 0,00 15.096

TOTAL 15.096,00 16.187,85 SERVICIOS DE INTERÉS PÚBLICO Y SOCIAL PARQUE DEPORTIVO

El Plan Parcial, en concordancia con los criterios municipales, no prevé suelo concreto para destinarse a Parque Deportivo atendiendo a las siguientes razones.

- Las necesidades de dotación para equipamiento deportivo, estarían suficientemente cubiertas

en el sector y gran parte dela ciudad, con la gran superficie de reserva establecida en el

propio sector como Sistema General SG-EQ, y por tanto justificado en conformidad al apartado

E) del art.9 de la LOUA, con el objetivo de procurar de procurar coherencia y funcionalidad, a

la que se añadiría una eficaz gestión y explotación de los recursos municipales

- No obstante se cumplimenta la reserva de suelo correspondiente a Parque Deportivo en otros

suelos, como ha quedado justificado globalmente: DOTACION DE PARQUE DEPORTIVO REGLAMENTO DE

PLANEAMIENTO PLAN PARCIAL

TIPO M² SUELO/ TOTAL M² SUPERFICIE

SIPS Vivienda Suelo M²

PARQUE DEPORTIVO

8,00

10.064

Exceso SEL 5.485.00 Exceso Centro Docentes 1.091,85

EQ-C2 3.808,66 Total 10.385,51

EQUIPAMIENTO SOCIAL

La modificación del Plan Parcial reserva para el cumplimiento Equipamiento Social dos parcelas diferenciadas en ubicación y uso:

CALIFICACION TIPO / USO MANZANA / PARCELA Superficie suelo M²

EQ-S1 Equipamiento dotacional SOCIAL Administrativo EQ-S1 806,64

EQ-C1 Equipamiento dotacional COMERCIAL EQ-C1 2.726,00

Aplicando los parámetros de edificabilidad en cada una, establecidas en la normativa obtenemos las siguientes superficies construidas:

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Superficie

suelo EDIFICABILIDAD Superficie construida

EQ-S1 EQUIPAMIENTO DOTACIONAL SOCIAL ADMINISTRATIVO 806,64

2 m²T /m²s 1.613,28

EQ-C1 EQUIPAMIENTO DOTACIONAL COMERCIAL 2.726,00

2,2 m²T /m²s 5.997,20

TOTAL SUPERFICIE CONSTRUIDA 7.610,48

En el siguiente CUADRO JUSTIFICATIVO se expresa el cumplimiento de los módulos mínimos correspondientes a SIPS. RESERVA DE EQUIPAMIENTOS SEGÚN REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO PLAN PARCIAL

TIPO M²CONSTRUIDO/ TOTAL M² TOTAL M² SUPERFICIE. Construida SUPER. SUELO

SIPS Vivienda Construido Suelo M² M²

SOCIAL 6,00 7.548,00

EQ-S1 1.613,28 806,64

EQ-C1 5.997,20 2.726,00

TOTAL 7.610,48 3.532,64

La reserva destinada a Comercial EQ-C1 se justifica en base a que están cubiertas las necesidades

asistenciales en esta zona del municipio y la cercanía de la ubicación en la c/ El Naranjo de un Centro

de Salud, se modifica la calificación de Sanitario prevista en el Plan Parcial de 2006, por la dotación Comercial. Dicha dotación responde a instancias del Excmo. Ayuntamiento de la necesidad de prever suelo para albergar un mercado de Abastos Municipal, que se completaría con el otro equipamiento

EQ-C2.

EQUIPAMIENTO COMERCIAL La reserva de superficie construida para dotación comercial está sobradamente cumplimentada

considerando sólo el 50% superficie construida de la planta baja de las manzanas R1, R3, y R5

destinada a vivienda protegida en la tipología de “plurifamiliar en manzana Cerrada, correspondiente según ordenanzas: Superficie construida Comercial: 0,50 0,90(1.872,38 + 3.357,18 + 4.343,95) = 4.308,08 RESERVA DE EQUIPAMIENTOS SEGÚN REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO PLAN PARCIAL

TIPO M²CONSTRUIDO/ TOTAL M² TOTAL M² SUPERFICIE. Construida SUPER. SUELO

SIPS Vivienda Construido Suelo M² M²

COMERCIAL 3,00 3.774,00 .-- 4.308,08

APARCAMIENTOS Las plazas de aparcamiento establecidas en la modificación del Plan Parcial corresponde a 686 plazas. El estándar resultante de plazas de aparcamiento por cada 100 m² de techo edificable (132.754,55 m²t) cumple el estándar “entre 0,5 y 1 plaza por cada 100 m² techo edificable según:

686 plazas = 0,5167 plazas cada 100 m² techo edificable.

132.754,55 / 100,00 m²t.

Page 75: I- MEMORIA-AI-PP LOS QUEMADOS-2014 · cumplimiento reglas y estanderes loua y reglamento de planeamiento. 67 4.4. cumplimiento 293/2009 accesibilidad 72 . modificaciÓn. plan parcial

M O D I F I C A C I Ó N . P L A N P A R C I A L D E O R D E N A C I O N S U E L O U R B A N I Z A B L E S E C T O R I Z A D O S U S - A R . 1 S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ” , T É R M I N O M U N I C I P A L D E C H I P I O N A . C A D I Z J U N T A D E C O M P E N S A C I Ó N P R O P I E T A R I O S D E L S E C T O R 4 “ L O S Q U E M A D O S ”

MEMORIA 4 .ADECUACIÓN PLAN PARCIAL PGOU- LOUA

72

JOSE DIAZ LOPEZ –ANTONIO PEÑA AMARO EQUIPO REDACTOR

A R Q U I T E C T O S

4.4. CUMPLIMIENTO DECRETO 293/2009 ACCESIBILIDAD Justificación Decreto 293/2009de la Junta de Andalucía sobre la Accesibilidad, Urbanísticas, en el

Transporte y en la Comunicación:

El presente Plan Parcial se ajusta básicamente a las determinaciones generales contenidas en el

Titulo I “Accesibilidad en las Infraestructuras y el urbanismo”

1. El trazado y diseño de los espacios públicos que contienen los itinerarios públicos

(itinerarios privados de uso comunitario no se diseñan), coincidentes con viales y acerados definidos en el Plan Parcial destinados al paso de peatones cumplen las siguientes condiciones establecidas en el art. 15 de la norma:

- El ancho mínimo de los itinerarios libre de obstáculos es igual o superior a 1,80 m. - Las pendientes transversales de los mismos serán inferiores al 2%. - Las pendientes longitudinales serán iguales o inferiores al 6%, y en particular la de

los acerados y trazados de los viales que se ajustan a la propia topografía del terreno existente, resultando con pendientes inferiores al 2%.

- La altura máxima de los bordillos que contemple el Proyecto de urbanización será de 12 cm, rebajándose, como se indica, en los pasos de peatones o vados, así como achaflanandose el desnivel máximo de 2 cm sin plano inclinado.

2. El diseño de los vados, que desarrollará el Proyecto de Urbanización (PU) se ajustará

a las determinaciones del art. 16 de la norma.

3. El diseño de los pasos de peatones, se ajustará igualmente a los criterios establecidos en el art. 17 de la norma.

4. Los pavimentos de los itinerarios, acerados, plazas y espacios libres, se ajustaran a

los criterios establecidos en el art. 31y 32 de la norma.

5. Los elementos vegetales que se diseñen situados en los itinerarios peatonales se ajustaran a los criterios establecidos en el art. 33 de la norma.

6. Los parques, jardines y espacios libres determinados en el Plan Parcial, su diseño

contemplaran, los requisitos generales que les sea de aplicación establecidos en el artículo 34. .

7. En las zonas de estacionamiento de vehículos definidas en el Plan Parcial, se

reservará un mínimo de 18 plazas permanentes, mediante su señalización especifica en el P.U. y correspondiente a una plaza por cada 40 o fracción de las previstas, para vehículos que transporten personas con movilidad reducida. Cumplirán las condiciones definidas en los aparados del art. 29 y 30 de la Norma.

En el Anexo III del DOCUMENTO II. ANEXOS A LA MEMORIA se adjunta Ficha Justificativa según modelo aprobado por la orden de 9 de Enero de 2012, del cumplimiento del Decreto293/2009.

CHIPIONA (Cádiz), ABRIL de 2014.

Fdo: JOSE DIAZ LOPEZ –ANTONIO PEÑA AMARO. Equipo Redactor