iii día de la tecnología sanitaria en castilla-la mancha ... · y cientÍfico profesionales de...
TRANSCRIPT
III Día de la Tecnología Sanitaria en Castilla-La Mancha.
1 de Julio de 2016
TECNOLOGÍA SANITARIA EN ESPAÑA: FORMACIÓN Y ARMONIZACIÓN EUROPEA
M. Carmen Abad Luna. Jefe del Departamento de Productos Sanitarios. AEMPS
LA REGULACIÓN DE LA
TECNOLOGÍA SANITARIA
EN LA UNIÓN EUROPEA Y EN
ESPAÑA: ENTORNO Y NOVEDADES
ENTORNO
Órgano regulador
Marco Legal actual
Principios de circulación de los productos en la UE
La reglamentación desde el usuario
NOVEDADES
Comité de Productos Sanitarios
Nuevos Reglamentos de Productos Sanitarios
Órgano regulador
AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS (AEMPS)
Medicamentos de Uso Humano Medicamentos veterinarios
Productos Sanitarios Cosméticos y Productos cuidado personal
Ámbito de actuación de la AEMPS
Industria farmacéutica, de productos sanitarios
y de cosméticos
Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad
EMA
ComunidadesAutónomas
Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas
DG Cartera servicios y Farmacia
DG Salud Pública
Ministerio de Industria, Energía
y Turismo
ComisiónEuropea
Organizaciones ciudadanas
Profesionales
Ciudadanos
Sociedades Científicas
Comités de Ética
Investigadores independientes
Red de Expertos
Red de Agencias Europeas
Entorno
Patronales
Ministerio del Interior
Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente
AECOSAN
Organigrama AEMPS
Departamento Productos Sanitarios: Mapa de Procesos
APOYO EXTERNO CLÍNICO, TÉCNICO
Y CIENTÍFICO
Profesionales de los centros sanitarios y de investigaciónpúblicos: Ley General de Sanidad: derecho a participar ydeber de colaborar en evaluación de productos sanitarios.
Convenios de colaboración con Sociedad Española deCardiología y Sociedad Española de Cirugía Plástica,Reparadora y Estética.
Acuerdo de colaboración con la Sociedad Española deElectromedicina e Ingeniería Clínica
Comité de Productos Sanitarios
LEGISLACIÓN ESPAÑOLA / EUROPEA
RD 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios. (Directiva 93/42/CEE)
RD 1616/2009, de 26 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios implantables activos. (Directiva 90/385/CEE)
RD 1662/2000, de 29 de septiembre, sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro. (Directiva 98/79/CE)
LEGISLACIÓN PRODUCTOS SANITARIOS OBJETIVOS
Garantías salud y seguridad con nivel de protección elevado.
Libre circulación productos. (Consecución mercado interior)
Libre circulación de productos sanitarios seguros parala salud y que alcancen las prestaciones ofrecidas porsu fabricante.
LEGISLACIÓN PRODUCTOS SANITARIOS ELEMENTOS MÁS RELEVANTES
• Definición de requisitos esenciales (obligatorios)
• Referencia a normas técnicas (voluntarias)
• Flexibilidad de procedimientos de evaluación
• Clasificación de los productos según riesgo
• Evaluación desvinculada de la Autoridad (organismosnotificados)
• Autorización nacional de investigaciones clínicas
• Sistema de Vigilancia
• Reconocimiento mutuo de evaluaciones
• Libre circulación productos con marcado CE
•Sólo pueden ponerse en el mercado y ponerse en servicio productosconformes con los requisitos esenciales. Se exige demostración debalance beneficio/riesgo (datos clínicos).
El fabricante declara la conformidad del producto con los requisitosesenciales y la demuestra mediante la aplicación de los procedimientosde evaluación de la conformidad, que se establecen según los riesgosque entraña el producto. DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD
Los organismos notificados evalúan la conformidad de los productos,realizan auditorías al sistema de calidad y emiten losCERTIFICADOS CE.
Los productos circulan en la UE con MARCADO CE
Las autoridades comprueban que los productos que circulan sonconformes mediante actividades de control del mercado(REGISTROS, INSPECCIONES, PROGRAMAS CONTROL,DENUNCIAS, ETC.)
PRINCIPIOS DE CIRCULACIÓN UE DE LOS PRODUCTOS
LA REGLAMENTACIÓN DESDE EL USUARIO
• Régimen de utilización de los productos
• Régimen de notificación de incidentes adversos:Sistema de Vigilancia
• Régimen de derechos y deberes para conautoridades (Ley General Sanidad)
RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Conformes con reglamentación.
Por profesionales cualificados y adiestrados.
En las condiciones e indicaciones previstas por susfabricantes.
Adecuado mantenimiento para garantizar queconservan seguridad y prestaciones durante elperiodo de utilización.
Información al paciente en implantes
VIGILANCIA DIRECTIVAS COMUNITARIAS
Obligación de notificación de incidentes a la autoridad delpaís donde han tenido lugar para los fabricantes
Obligación de transmisión de medidas adoptadas a otrosEEMM para autoridades
VIGILANCIA REGULACIÓN ESPAÑOLA
Obligación de notificación de incidentes a la AEMPS por losfabricantes, importadores, distribuidores y profesionalessanitarios
Tarjetas de implantación en ciertos implantes.
Responsable de vigilancia en centros sanitarios
INCIDENTE ADVERSO
Cualquier funcionamiento defectuoso, fallo odeterioro de las características o del funcionamientode un producto, así como cualquier deficiencia en eletiquetado o en las instrucciones de utilización quepueda o haya podido dar lugar a la muerte o aldeterioro grave del estado de salud de un paciente ode un usuario.
DIRECTRICES VIGILANCIA PARA USUARIOS
DIRECTRICES PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE VIGILANCIA POR LOS CENTROSY PROFESIONALES SANITARIOS
Ref.: AEMPS/CTI-PS/Octubre 2010
http://www.aemps.gob.es/vigilancia/productosSanitarios/vig-prof-nota.htm
Publicado en web AEMPS 29 junio de 2015
RÉGIMEN DE DERECHOSY DEBERES DE LOS PROFESIONALES SANITARIOS PARA CON LAS AUTORIDADES
Las personas cualificadas que presten sus servicios enlos servicios sanitarios y de investigación y dedesarrollo tecnológico públicos, tienen:
• Derecho a participar
• Deber de colaborar
en la evaluación y el control de medicamentos yproductos sanitarios
NOVEDADES
ESPAÑA: COMITÉ PRODUCTOS SANITARIOS
EUROPA: NUEVOS REGLAMENTOS
COMITÉ DE PRODUCTOS SANITARIOS(Artículo 28 bis Estatuto AEMPS )
Órgano Asesoramiento Técnico y Científico en materia deseguridad, eficacia y calidad de productos sanitarios.
Asesoramiento en funciones de regulación, vigilancia y control,como autoridad competente, y en funciones de evaluación de laconformidad como Organismo notificado.
Organismos representados:
Ministerio Sanidad Servicios Sociales e Igualdad (MSSSI)
Instituto de Salud Carlos III (ISCIII)
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF)
Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)
Constitución: 8 de Junio de 2016
NUEVOS REGLAMENTOS DE PRODUCTOS SANITARIOS
Acuerdo P. Holandesa- Parlamento: 25 / 05 / 2016
Aprobación en Consejo Ministros: 17 / 06 / 2016
Refuerzo de Garantías Organismos Notificados: requisitos y
procedimientos
Escrutinio productos de mayor riesgo : panel
expertos
Evaluación clínica: sistema centralizado
Seguimiento post-comercialización
Sistema de Vigilancia
Control del mercado
Aumento Transparencia Base Datos EUDAMED
Registro Europeo de Fabricantes y productos
Trazabilidad Sistema de Identificación Única de
Dispositivos (UDI)
Responsabilidad Operadores Régimen responsabilidades
Sistema de calidad y persona cualificada
Seguro responsabilidad
NUEVOS REGLAMENTOS DE PRODUCTOS SANITARIOS
Acuerdo P. Holandesa- Parlamento: 25 / 05 / 2016
Aprobación en Consejo Ministros: 17 / 06 / 2016
Ámbito Productos sin finalidad médica (estéticos)
Productos destinados a absorberse
Productos In house
Reprocesado productos un solo uso Condiciones (Especificaciones comunes)
Regulación Nacional
Sustancias CMR Reducción uso a casos justificados :
exposición y alternativas
Estructuras Apoyo Comité Productos sanitarios, Grupo de
coordinación, Paneles de expertos,
Laboratorios expertos, Red de Laboratorios de
referencia.
Aplicación 3 años PS, 5 años IVD
Actos delegados, Actos de ejecución
INFORMACIÓN SOBRE REGULACIÓN DE PRODUCTOS SANITARIOS
• A través de INTERNET, en la página web de laAgencia Española de Medicamentos y ProductosSanitarios: http://www.aemps.gob.es
• A través de INTERNET, en la página web de laComisión Europea:
http://ec.europa.eu/growth/sectors/medical-devices/index_en.htm
25
¡ Gracias !