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Página 1 de 19 Estimados Usuarios: Con motivo del nuevo año 2013, hemos realizado esta circular a efectos de notificarles las novedades legales y detallarles los pasos a seguir en Ginpix para su correcto funcionamiento. Si les surge cualquier duda o alguna sugerencia después de leer esta circular estamos a su entera disposición en el Servicio de Atención al Cliente de Savia a través de los siguientes medios. Teléfono 902 11 93 15 Fax 91 314 28 93 Correo electrónico -> [email protected] IMPORTANTE “Antes de actualizar “ Sería conveniente que antes de ejecutar cualquier proceso del año 2013, realice el proceso de carga de los datos de IRPF de los empleados con el fin de generar el fichero 190 con los datos personales que tuvieran los empleados en 2012 y no con posibles modificaciones que hayan podido tener en 2013. En la página web de Savia una guía recordatoria de los pasos a realizar (www.savia.net ).

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Estimados Usuarios: Con motivo del nuevo año 2013, hemos realizado esta circular a efectos de notificarles las novedades legales y detallarles los pasos a seguir en Ginpix para su correcto funcionamiento. Si les surge cualquier duda o alguna sugerencia después de leer esta circular estamos a su entera disposición en el Servicio de Atención al Cliente de Savia a través de los siguientes medios.

• Teléfono 902 11 93 15 • Fax 91 314 28 93 • Correo electrónico -> [email protected]

IMPORTANTE “Antes de actualizar “ Sería conveniente que antes de ejecutar cualquier proceso del año 2013, realice el proceso de carga de los datos de IRPF de los empleados con el fin de generar el fichero 190 con los datos personales que tuvieran los empleados en 2012 y no con posibles modificaciones que hayan podido tener en 2013. En la página web de Savia una guía recordatoria de los pasos a realizar (www.savia.net).

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INDICE DE CONTENIDOS

1. Configuración del calendario laboral 2013……………………………….….Pág. 3

2. Tablas Salariales:

• Convenio………………………………………………………………………………….…..Pág. 4

• Complemento de Destino……………………………………………....................Pág. 5

• Complemento Específico…………………………………………………………….…..Pág. 5

• Salario Mínimo Interprofesional 2013…………………………..………………....Pág. 6

• IPREM 2013………………………………………………………………………………....Pág. 6

• Incrementar conceptos por precios………………………………………………...Pág. 7

• Interés legal de los anticipos 2013………………………………………………….Pág. 8 3. Seguridad social

• CNAE y Ocupaciones……………………………………..………………………..Pág. 9 y 10

• Régimen de cotización………………………………………………….…………..….Pág. 11

• Topes de cotización de los grupos de tarifa……………………..……….…….Pág. 12

• Bases de cotización de los empleados públicos……………………..….Pág. 13 y 14

• Cotización por cambio de Puesto por Riesgo o Enfermedad Profesional…………………………………………………………………………………..Pág.14

• MUFACE …………………………………………………………………………….……...Pág. 15

4. IRPF 2013

• Ámbito Nacional y Forales……………………………………………………………Pág. 15 5. Paga Extra para el 2013……………………………………………………….Pág. 16 y 17 6. Permisos de los Funcionarios Públicos y vacaciones……………Pág.18 y 19

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1. CALENDARIO LABORAL 2013 Como todos los principios de año hay que configurar el nuevo calendario laboral, marcando festivos locales, nacionales y días de descanso. El calendario laboral se encuentra en la opción de menú:

Ginpix 7: Configuración> Nómina> calendario laboral.

Ginpix CS: Accedemos a Empleados > Calendario Laboral.

1. Haremos doble clic en cada calendario. 2. Seleccionamos 2013 en ‘Ejercicio’ y grabamos. 3. Marcamos los días correspondientes de descanso, fiestas nacionales y locales. 4. Grabamos.

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2. TABLAS SALARIALES Convenio En principio a partir del 1 de enero de 2013 no experimentarán incrementos las cuantías de las retribuciones y de la masa salarial con respecto al año anterior. Pero ante posibles cambios durante 2013, les recomendamos añadir una nueva versión de convenio, para hacerlo tiene que entrar en la opción de menú que se encuentra en:

Ginpix 7: Configuración> Nomina> Convenio> Importes de convenio. Ginpix CS: Parametrización> Tablas laborales> Convenios> Convenio e importes.

1. Haga doble clic sobre cada uno de los convenios para acceder a la ventana de versiones de convenio.

2. Sitúese en el campo de fin de vigencia de la última versión, ponga la fecha de

fin de vigencia (31/12/2012) y grabe este cambio.

3. Pulse con el botón derecho del ratón en cualquier parte de esta ventana y elija en el desplegable la opción ‘añadir’. Al realizar esta operación le aparecerá una nueva versión con el número siguiente de versión al que tuviera la anterior y modifique la fecha del campo ‘desde’ a 01/01/2013 y grabe el cambio. Ejemplo:

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Complemento de Destino La actualización crea automáticamente versiones del 2013 de complemento de destino con el mismo importe que el año 2012 puede comprobarlo en:

Ginpix 7: Configuración> Nomina> Complemento de Destino. Ginpix CS: Parametrización> Otras tablas> Nivel de destino

Complemento Específico La actualización no crea de forma automática versiones en 2013. Si necesita añadir una nueva versión porque el importe varíe con respecto 2012, tiene que entrar en la opción de menú:

Ginpix 7: Configuración> Nomina> Complemento Especifico. Ginpix CS: Parametrización> Otras tablas> Niveles de especifico.

1. Pulse sobre cada uno de los niveles de específico que necesite modificar.

2. Sitúese en el campo fin de vigencia de la versión y ponga la fecha de fin de

vigencia (31/12/2012) y grabe los cambios.

3. Pulse con el botón derecho del ratón en cualquier parte de esta ventana y elija en el desplegable la opción de ‘añadir’. Al realizar esta operación le aparecerá una nueva versión con un número de versión consecutivo al que tuviera la anterior, procederemos a modificar la fecha de inicio a 01/01/2013.

4. Finalmente, grabe todos los cambios introducidos

Ejemplo:

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IPREM El Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples NO cambia con respecto 2012, tiene las siguientes cuantías:

DIARIO

17,75 €

MENSUAL

532,51€

ANUAL

6390,13 €

Nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 2013 El proceso de actualización modificará los valores de 2013.

DIARIO

21,51 €

MENSUAL

645,30 €

ANUAL

9034,20 €

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Incrementar conceptos por precios Para todos aquellos conceptos saláriales cuyo importe esté grabado en la tabla de ‘precios’ se puede hacer un incremento masivo desde la opción de acceso inverso. Para realizarlo los pasos son los siguientes.

1. Acceder a:

Ginpix 7: Nómina> Utilidades> Acceso inverso.

Ginpix CS: Empleados> Datos económicos> Acceso inverso.

2. Doble clic en Precios – Precios de nómina.

3. Elegir Año, Mes, Paga y concepto a realizar el incremento y procesar criterio.

4. En la botonera hay dos iconos. ‘Globalizar valor’ y ‘Aplicar factor’

• Globalizar valor -> Aplicará el mismo importe a todos los empleados que

aparezcan en pantalla.

• Aplicar factor-> Incrementará el porcentaje que se le indica, como vemos en el ejemplo un 0.3%

5. Grabar los cambios con el icono del disquete.

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Interés legal de los anticipos 2013 El programa no modifica los tipos de interés, para modificarlos entre en la opción de menú que se encuentra en: Ginpix 7: Configuración > nomina > tipos de anticipo.

Ginpix CS: Parametrización> Otras Tablas> Tipos de anticipos Haga clic en el icono de la bolsa verde, añada el tipo y TAE de todo el 2013.

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3. SEGURIDAD SOCIAL

CNAE

Les informamos de los CNAE que han tenido modificaciones con respecto 2012.

El proceso de actualización no los modifica.

En el caso que no existan y necesiten utilizarlos, pueden incluirlos con el botón derecho del ratón en:

Ginpix CS: Parametrización> Tablas laborales> Cotizaciones> CNAE. Ginpix 7: Configuración> Nómina> Seguridad Social> Cotización por CNAE Para comprobar en cada empresa de cotización el CNAE asociado acceda a:

Ginpix CS. Nominas> Emisión de boletines> Empresas de Cotización Ginpix 7: Configuración> Nómina> Seguridad Social> Empresas de cotización

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Damos al icono que aparece en la derecha de la botonera para comprobar el Tipo de IT y de IMS.

Ocupaciones

Desaparece la clave E Conductores de vehículos automóvil de transporte de pasajeros en general y de transportes de mercancías”. No es necesario que haga modificaciones en el programa. Ginpix cerrará la vigencia de esta ocupación para no aplicarla. En los empleados que tengan asignada la ocupación E en los datos laborales a partir de enero de 2013 les aplicará la cotización de tengan establecida en el CNAE de la empresa de cotización a la que pertenezca el empleado.

Ginpix 7: Configuración> Nomina> Seguridad social> Ocupación/Situación. Ginpix CS: Parametrización> Tablas Laborales> Cotizaciones>Ocupación/Situación.

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Régimen de cotización

El proceso de actualización crea automáticamente las nuevas versiones para 2013 en todos los regimenes de cotización, con los importes establecidos según la Ley de Presupuestos, por tanto no son las bases definitivas, cuando salgan publicadas en la página web de la seguridad social les enviaremos un correo de notificación.

� Las bases mínimas y máximas se ven incrementadas.

Mínima Máxima

752,70 €/mes 3425.70 €/mes

� Se actualiza la cotización de los Regimenes de Formación. En la siguiente imagen señalamos en verde la cotización para los contratos de formación.

El Régimen de cotización se encuentra en la opción de menú:

Ginpix 7: Configuración> Nomina> Seguridad social> Régimen de Cotización Ginpix CS: Parametrización> Tablas Laborales> Regimenes de Cotización

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Topes de cotización de los Grupos de tarifa La versión actualiza los topes con los importes establecidos según la Ley de Presupuestos, por tanto no son los topes definitivos, cuando salgan publicados en la página web de la seguridad social les enviaremos un correo de notificación. La opción de menú se encuentra en: Ginpix 7: Configuración> Nómina> Seguridad social>Topes de cotización a Tiempo completo/Topes de cotización a Tiempo parcial

Ginpix CS: Parametrización> Tablas laborales> Topes de cotización>A tiempo completo/ A tiempo Parcial.

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Bases de cotización empleados públicos Durante el año 2013, la base de cotización por todas las contingencias de los empleados públicos encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social a quienes hubiera sido de aplicación lo establecido en la disposición adicional séptima del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo será coincidente con la habida en el mes de diciembre de 2010, salvo que por razón de las retribuciones que percibieran pudiera corresponder una de mayor cuantía, en cuyo caso será ésta por la que se efectuará la cotización mensual. De la base de cotización correspondiente al mes de diciembre de 2010 se deducirán, en su caso, los importes de los conceptos retributivos que tengan una periodicidad en su devengo superior a la mensual o que no tengan carácter periódico y que hubieran integrado dicha base sin haber sido objeto de prorrateo. Este proceso lo realiza actualmente Ginpix no es necesario que realice cambios. Cotización adicional Bomberos: En relación con los bomberos a que se refiere el Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos, procederá aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto para la empresa como para el trabajador. Durante el año 2013 el tipo de cotización adicional a que se refiere el párrafo anterior será del 7,30 por 100, del que el 6,09 por 100 será a cargo de la empresa y el 1,21 por 100 a cargo del trabajador Este proceso lo realiza la actualización en el régimen de cotización de funcionarios integrados bomberos y Funcionarios de nuevo ingreso bomberos , no es necesario que haga modificaciones:

Bomberos Integrados

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Bomberos

Cotización por cambio de puesto por Riesgo o Enfermedad Profesional

Según lo establecido en la disposición Septuagésima séptima de los presupuestos generales del Estado, en los supuestos en que, por razón de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, la trabajadora, en virtud de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sea destinada a un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado, se aplicará, con respecto a las cuotas devengadas durante el período de permanencia en el nuevo puesto de trabajo o función, una reducción, a cargo del Presupuesto de la Seguridad Social, del 50 por ciento de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.

Esa misma reducción será aplicable, en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen, en aquellos casos en que, por razón de enfermedad profesional, se produzca un cambio de puesto de trabajo en la misma empresa o el desempeño, en otra distinta, de un puesto de trabajo compatible con el estado del trabajador.

Para que la reducción sea generada en Ginpix hay que realizar los siguientes pasos.

1,. Acceder a la ficha de datos económicos en la versión del trabajador y mes cuando se ha producido el cambio de puesto.

Ginpix CS: Empleados>Datos económicos>Fichas de datos Ginpix 7: Nominas> Datos económicos> Ficha de datos económicos 2.- Ir al icono de cantidades, y añadir mediante el botón derecho del ratón el multiplicador 9015 con valor 50. 3.- Calcular nóminas. En resultados, la bonificación sale reflejado en el concepto 9015, y el concepto 908 de cuota de contingencias comunes de empresa ya aparece con el importe de la reducción

Cuando cese la situación de riesgo, sea ha de eliminar de ‘cantidades’ el multiplicador 9015 mediante botón derecho del ratón.

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3. MUFACE Sobre la cuota empresarial de Muface y Derechos Pasivos no se ha publicado nada, por tanto la actualización añade versión en 2013 pero mantendrá el importe de las cuotas del 2012, el programa a La opción de menú de Muface y Derechos Pasivos se encuentra en:

Ginpix 7: Configuración> Nomina> Seguridad social> Muface y Derechos Pasivos.

Ginpix CS: Parametrización> Tablas Laborales> Muface y Derechos Pasivos

4. IRPF 2013

IRPF Ámbito Nacional y Forales

Como principal novedad indicar que desaparece la deducción por vivienda habitual para las viviendas adquiridas a partir del 31 de Diciembre de 2012.

La actualización creará nueva versión de 2013 para el ámbito nacional y forales.

No es necesario que actualicen el dato, el programa realiza el nuevo cálculo de algoritmo de IRPF.

La opción se encuentra en:

Ginpix 7: Configuración> Nómina> IRPF> Gestión Tributaria

Ginpix CS: Parametrización> Tablas laborales> IRPF

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5. PAGA EXTRA 2013.

Con la versión de nómina del mes de julio se envió una circular para introducir el multiplicador 9930 ‘INHIBIDOR COBRO/COTIZ. PAGAS’, mediante este multiplicador se eliminaba el cobro de la paga extra de diciembre y su correspondiente cotización mes a mes (concepto 903). Es necesario eliminar este multiplicador 9930 para que se genere la prorrata y se abone la paga extra en 2013. Puede hacerlo desde la opción de menú que se encuentra en:

Ginpix 7: Nómina> Utilidades> Acceso inverso.

Ginpix CS: Empleados> Datos económicos> Acceso inverso.

1. Doble clic en la tabla cantidad “cantidades de nómina” y en la siguiente pantalla doble clic en el valor del multiplicador

2. Seleccionar “Año” 2013, mes “Enero”, Paga “ordinaria” y el multiplicador “9930

INHIBIDOR COBRO/COTIZ. PAGAS’”.

3. Procesar criterio y poner en el campo cantidad en el primer empleado que nos proponga, un cero.

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4. En la parte superior dar al icono de globalizar para que aplique el mismo importe a todos los empleados que aparezcan en pantalla (acepte el aviso de conformidad).

5. Grabar los cambios con el icono del disquete.

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6. PERMISOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y VACACIONES El Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de Julio de medidas para garantizar la Estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, se materializaban las medidas tributarias, sociales y sobre empleo público: Supresión de los seis días de libre disposición ordinarios. Reducción de créditos y permisos sindicales. Asuntos propios. Se limitan a 3 días. Vacaciones: Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidos de veintidós días hábiles o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor. A estos efectos, no se con considerarán como días hábiles los sábados, sin perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios especiales. Se deben disfrutar de forma obligatoria dentro del año natural y hasta el 15 de enero de año siguiente, en períodos mínimos de 5 días hábiles consecutivos, a estos efectos, los sábados no serán considerados días hábiles, salvo que en los horarios especiales se establezca otra cosa. A la entrada en vigor del Real Decreto-Ley (16 de julio de 2012), quedan suspendido y sin efectos los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionarios y laboral, suscritos por las Administraciones Públicos y sus Organismos y entidades, vinculados o dependientes de las mismas que no se ajusten a lo previsto en este apartado anterior, en particular, en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición de similar naturaleza. Según la disposición transitoria primera. Lo dispuesto en el Real Decreto-ley sobre vacaciones y días de asuntos particulares, días adicionales a los días de libre disposición o de similar naturaleza, no impedirá que el personal funcionario, estatutario y laboral disfrute los días correspondientes al año 2012, conforme a la normativa vigente hasta la entrada en vigor de este Real Decreto-ley. Igualmente, lo dispuesto en este Real Decreto-ley no será de aplicación a los empleados públicos que a su entrada en vigor, se encuentren en la situación de incapacidad temporal. Por tanto no está vigente hasta el 2013.

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La actualización no modifica los días, puede modificar los topes de días en la opción de menú que se encuentra en:

Ginpix 7: Configuración>Incidencias de ausencias>Incidencias.

Ginpix CS: Parametrización> Otras tablas>Vacaciones/Absentismo

En el caso de que en 2013 haya capturado incidencias con modificación en los topes, tendrá que añadir una “excepción” a los empleados afectados para ajustar el tope según el Real Decreto, desde: Ginpix 7: Datos de empleados>Ausencias> Vacaciones y ausencias>captura>Excepciones (botón derecho añadir)

Ginpix CS: incidencias>Gestión de absentismo/vacaciones>Excepciones (botón derecho añadir)