impuesto al patrimonio vehicular

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IMPUESTO AL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR PATRIMONIO VEHICULAR Expositor: Lic. Leydy Vanessa García Mera Auxiliar de Registro y Fiscalización – SATT Trujillo, 16 de octubre del 2008

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Impuesto Al Patrimonio Vehicular

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  • IMPUESTO AL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULARPATRIMONIO VEHICULAR

    Expositor:Lic. Leydy Vanessa Garca MeraAuxiliar de Registro y Fiscalizacin SATT

    Trujillo, 16 de octubre del 2008

  • BASE LEGAL

    Grava la propiedad Vehicular con una antigedad no mayor a tres (3) aos. Dicho plazo se computar a partir de la primera inscripcin en el Registro de Propiedad Vehicular

    Decreto Legislativo Nro. 776 (01-01-1994 al 31/12/2001)Ley 27616 Restituye recursos a los Gobiernos Locales (01/01/2002 a la fecha)

  • ADMINISTRACIN DEL IMPUESTO

    La administracin del Impuesto corresponde a las Municipalidades Provinciales, en cuya jurisdiccin tenga su domicilio el propietario del vehculo. El rendimiento del Impuesto constituye renta de la Municipalidad Provincial.

  • VEHICULOS AFECTOS

    Estn afectos al Impuesto:

    Automviles, camionetas, station wagons (Decreto Legislativo Nro. 776).Camiones, buses y mnibus (Ley Nro. 27616)

  • OBLIGADOS TRIBUTARIOS

    SUJETO PASIVO:Son sujetos pasivos las personas naturales y

    jurdicas

    CONFIGURACIN DEL IMPUESTOEl carcter de sujeto del Impuesto se atribuye al

    1 de enero del ao que corresponda la obligacin Tributaria.

  • INAFECTACIONES

    El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades.Los Gobiernos extranjeros u organismos internacionales.Entidades Religiosas.Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru.Universidades y Centros Educativos, conforme a la constitucin .Los vehculos de propiedad de las personas jurdicas que no formen parte de su activo fijo.

  • PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA

    a) Anualmente, el ltimo da hbil del mes de febrero.b) Transferencia de Dominio. c) Cuando lo determine la Administracin Tributaria.

    Art. 34 Ley de Tributacin Municipal

  • BASE IMPONIBLE

    La Base imponible est constituida por el valor original de Adquisicin, Importacin o de ingreso al Patrimonio, pero que en ningn caso ser inferior al valor referencial que aprueba anualmente el MEF (Ministerio de Economa y Finanzas), considerado el valor de Ajuste por antigedad.

    2008 (Resolucin Ministerial N 015-2008-EF/15)

  • Articulo N01.- Aprubase la Tabla de Valores Referenciales de Vehculos para efecto de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular, por el ejercicio de 2008.

    Articulo N 02.-Para efectos de determinar el valor referencial de aquellos al Impuesto cuyo ao de fabricacin sea anterior al 2005, se deber mltiplicar el valor de los vehculos sealados para el ao 2007 contenidos en el Anexo por el Factor indicado.

    El Valor determinado segn el procedimiento indicado en el prrafo anterior deber ser redondeado a la decena de Nuevos Soles superior, si la cifra de unidades es de Cinco Nuevos Soles (S/, 5,00) o mayor; o la da decena de Nuevos soles inferior, si la cifra es menor a dicha cantidad.

    RESOLUCION MINISTERIAL N 015-2008-EF/15

  • TASA E IMPUESTO MINIMO

    La Tasa del Impuesto es del 1% sobre el valor del vehculo.

    El Impuesto anual no podr ser inferior al 1,5 % de la UIT vigente al 1 de enero del ao que corresponda la obligacin.

  • CASO PRACTICO

    PRIMERO.- Requisitos segn TUPA SATT 2008

    Solicitud o Formato F-14Derecho de Inscripcin VehicularRecibo de ServiciosTarjeta de PropiedadDocumento de Identidad

  • SEGUNDO.- Determinar en que aos le corresponde Tributar al comprador

    F. Incripcin = 18/12/2006Impuesto : 2007, 2008 y 2009

    F. Propiedad = 16/02/2007Impuesto al comprador : 2008 y 2009

    CASO PRACTICO

  • CASO PRACTICOTERCERO.- Identificar el vehculo en la Tabla de Valores Referenciales 2008.

    Cilindraje: 1,670 A3Marca: Toyota Modelo: Corolla DX Otros ModelosAo de Fabricacin: 2001 Factor

  • CUARTO.- Clculo de la Base Imponible.

    Base Imponible 2007 : 57,790Factor de Ajuste : 0,4

    Base Imponible:

    S/, 57,790 * 0,4 = S/. 23,116 = S/. 23,120

    CASO PRACTICO

  • QUINTO.- Clculo del Impuesto Vehicular

    Base Imponible = 23,120 // Tasa = 1%

    Impuesto Vehicular = 23,120 * 1% = S/. 231,00 anual = S/. 19,27 mensual

    CASO PRACTICO

  • SEXTO.- Verificar si le corresponde la Multa Tributaria.

    Fecha de Adquisicin: 16/02/2007

    Fecha de Presentacin: 31/03/2008

    Fecha del Expediente: 13/10/2008

    Le corresponde Multa: SI

    CASO PRACTICO

  • SEPTIMO.- Impresin de la Declaracin Jurada de Contribuyente.

    CASO PRACTICO

  • Gracias ...!!!

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