informe de estado de implementacion de ley 26.331
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Informe de ley de presupuestos minimos para el cuidado de nuestro Bosque Nativo.TRANSCRIPT
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Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos
Informe de estado de implementación
Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos y planes financiados a través
del Fondo Nacional para la Conservación y el Enriquecimiento de los Bosques Nativos
Julio de 2014
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Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación
Ing. Omar Judis
Subsecretaria de Planificación y Política Ambiental
Dra. Silvia Révora
Director Nacional de Ordenamiento Ambiental y Conservación de la Biodiversidad
Lic. Pablo Mesa
Directora de Bosques
Lic. Inés Gómez
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Este trabajo fue elaborado por el Área de Ordenamiento Territorial y el
Área de Vinculación y Control de la Dirección de Bosques.
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Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques
Nativos
Informe de estado de implementación
Introducción
La Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos se
sancionó en diciembre de 2007. La misma establece los presupuestos mínimos de protección
ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo
sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la
sociedad. La Autoridad Nacional de Aplicación (ANA) es la Secretaría de Ambiente y Desarrollo
Sustentable (SAyDS) y las Autoridades Locales de Aplicación (ALA) son los organismos que las
provincias determinen para actuar en el ámbito de cada jurisdicción. La reglamentación de la
ley fue aprobada mediante el Decreto PEN N° 91 en febrero de 2009.
La ley establece la necesidad de realizar un ordenamiento territorial de los bosques nativos
mediante un proceso participativo, suspende la posibilidad de autorizar desmontes hasta tanto
se realice dicho ordenamiento territorial, dispone la obligación de realizar estudios de impacto
ambiental y audiencias públicas para la autorización de desmontes y crea el Programa Nacional
de Protección de los Bosques Nativos. Adicionalmente establece que toda intervención en el
bosque nativo debe encontrarse sujeta a un plan de conservación o de manejo sostenible. En
caso de intención de transformación de bosque nativo, será necesaria la aprobación de un Plan
de cambio de uso del suelo y su correspondiente EIA.
Asimismo, establece un régimen de fomento y criterios para la distribución del Fondo Nacional
para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos (FNECBN) por los servicios
ambientales que brindan los bosques nativos. Entre ellos, los principales servicios ambientales
son la regulación hídrica, la conservación de la biodiversidad, la conservación del suelo y de la
calidad del agua, la fijación de gases de efecto invernadero, la contribución a la diversificación
y belleza del paisaje y la defensa de la identidad cultural.
A continuación se describen los principales logros alcanzados por la SAyDS así como los
procedimientos e instrumentos implementados en conjunto con las ALAs para la gestión de la
ley hasta el año 2013. Asimismo se plantean las próximas metas y demandas a cubrir, para las
cuales será necesario el desarrollo de nuevas acciones y herramientas o el ajuste de las
disponibles hasta el momento. Si bien existe un amplio abanico de aspectos relativos a la ley
abordados por la SAyDS, sólo se tratarán algunos de los aspectos en los cuales el Área de
Ordenamiento Territorial y el Área de Vinculación y Control de la Dirección de Bosques asume
un rol fundamental, quedando otros temas como el inventario de bosques nativos, el
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monitoreo de la superficie de los bosques nativos y la difusión y comunicación fuera del
alcance del presente trabajo.
Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos (OTBN)
La Ley N° 26.331 exige en su Art. 6 que cada jurisdicción deberá realizar un ordenamiento
territorial de los bosques nativos existentes en su territorio mediante un proceso participativo
y de acuerdo a los criterios de sustentabilidad ambiental mencionados en el Anexo de la
misma, estableciendo las siguientes categorías de conservación:
En la actualidad, son 21 las provincias que han finalizado y aprobado por ley provincial su
OTBN (Cuadro 1). Los OTBN de las provincias de Córdoba y Corrientes aún no fueron
acreditados por razones de carácter técnico‐legal que surgieron de la revisión de la
documentación entregada a la SAyDS que se realiza con la finalidad de verificar que los OTBN
se encuadran en el cumplimiento la ley y su normativa complementaria. En ambos casos se
están realizando desde la SAyDS intensas gestiones para salvar los puntos de las leyes
provinciales que impiden la acreditación y lograr que dichas provincias accedan a los fondos.
Buenos Aires se encuentra en etapa de desarrollo del OTBN. La provincia de Entre Ríos no ha
presentado formalmente hasta el momento la documentación necesaria para la acreditación e
informó que lo hará en el transcurso del año 2014. La Rioja posee su ley de OTBN vetada
parcialmente por el Poder Ejecutivo Provincial y se encuentra en la actualidad en
reformulación de su OTBN.
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Cuadro 1. Normativa de aprobación del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos según instrumento legal.
Jurisdicción Acto administrativo Fecha de sanción
Buenos Aires En proyecto ‐
Catamarca Ley provincial Nº 5.311 09/09/2010
Chaco Ley provincial Nº 6.409 24/09/2009
Chubut Ley provincial Nº XVII‐92 17/06/2010
Córdoba Ley provincial Nº 9.814 05/08/2010
Corrientes Ley provincial Nº 5.974 26/05/2010
Entre Ríos Ley provincial Nº 10.284 28/03/2014
Formosa Ley provincial Nº 1.552 09/06/2010
Jujuy Ley provincial Nº 5.676 14/04/2011
La Pampa Ley provincial Nº 2.624 16/06/2011
La Rioja Ley provincial Nº 9.188 (vetada parcialmente) 26/06/2012
Mendoza Ley provincial Nº 8.195 14/07/2010
Misiones Ley provincial XVI ‐ Nº 105 02/09/2010
Neuquén Ley provincial Nº 2.780 09/11/2011
Río Negro Ley provincial Nº 4.552 08/07/2010
Salta Ley provincial Nº 7.543 16/12/2008
San Juan Ley provincial Nº 8.174 11/11/2010
San Luis Ley provincial Nº IX‐0697‐2009 16/12/2009
Santa Cruz Ley provincial Nº 3.142 17/08/2010
Santa Fe Ley provincial Nº 13.372 11/12/2013
Santiago del Estero Ley provincial Nº 6.942 17/03/2009
Tierra del Fuego Ley provincial Nº 869/12 25/04/2012
Tucumán Ley provincial Nº 8.304 24/06/2010
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La superficie de bosque nativo total y por categoría de conservación surgida de los OTBN se detalla en el Cuadro 2 mientras que su distribución geográfica se presenta en el Mapa 1. Estos datos corresponden a las jurisdicciones que aprobaron el OTBN por ley provincial, exceptuando a las provincias de Entre Ríos y La Rioja cuyos OTBN aún no han sido presentados ante esta SAyDS.
Cuadro 2. Superficie declarada por la ALA de bosque nativo por categoría de conservación.
Provincia Total
Por categoría de conservación
Rojo (I) Amarillo (II) Verde (III)
ha % ha % ha %
Catamarca 2.433.682 587.123 24 1.543.593 63 302.966 12
Chaco 4.920.000 288.038 6 3.100.387 63 1.531.575 31
Chubut 1.052.171 419.351 40 613.324 58 19.496 2
Córdoba 2.930.330 2.393.791 82 530.194 18 0 0
Corrientes 770.319 63.840 8 292.251 38 414.228 54
Formosa 4.387.269 409.872 9 719.772 16 3.257.625 74
Jujuy 1.208.943 213.152 18 832.334 69 163.457 14
La Pampa 3.996.107 38.518 1 3.029.760 76 927.829 23
Mendoza 2.034.188 82.613 4 1.800.595 89 150.980 7
Misiones 1.638.147 223.468 14 967.192 59 447.487 27
Neuquén 543.917 192.686 35 347.672 64 3.559 1
Río Negro 478.900 181.900 38 252.700 53 44.300 9
Salta 8.280.162 1.294.778 16 5.393.018 65 1.592.366 19
San Juan 1.745.401 71.557 4 1.603.171 92 70.673 4
San Luis 3.152.630 526.962 17 1.887.363 60 738.305 23
Santa Fe 1.853.791 663.520 36 1.190.271 64 0 0
Santa Cruz 523.818 180.569 34 343.249 66 0 0
Sgo. del Estero 7.644.449 1.046.172 14 5.645.784 74 952.493 12
Tucumán 910.512 526.638 58 219.413 24 164.461 18
Tierra del Fuego 733.907 311.707 42 401.918 55 20.282 3
Total 51.238.643 9.716.255 19 30.713.961 60 10.802.082 21
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Mapa 1. Ubicación de los bosques nativos y las categorías de conservación.
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Del cuadro 2 se desprenden los gráficos que permiten visualizar comparativamente la
superficie por categoría de conservación y total declarada por cada ALA (Gráfico 1), la
participación de cada categoría respecto al total de bosques nativos declarado entre todas las
provincias (Gráfico 2) y la participación de cada categoría respecto al total de bosques nativos
declarado por cada provincia (Gráfico 3).
Gráfico 1. Superficie de bosque nativo declarada por categoría de conservación.
Gráfico 3. Participación de cada categoría respecto al total de bosques nativos en cada provincia.
Gráfico 2. Participación de cada categoría respecto al total de bosques nativos declarado.
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Procedimiento de acreditación
En el marco del Art. 33 de la Ley N° 26.331, las provincias remiten a la ANA la documentación
correspondiente para la acreditación de los OTBN. Esta documentación es analizada por la
Dirección de Bosques, la cual realiza observaciones de carácter técnico‐legal. El procedimiento
de revisión del OTBN que realiza la SAyDS como garante del cumplimiento de los presupuestos
mínimos de protección ambiental se realiza con el fin de verificar en forma integral su ajuste a
los objetivos de la Ley N° 26.331 y la aplicación de los criterios de sustentabilidad ambiental de
su Anexo y prevé su actualización y ajuste progresivo.
En referencia a ello, es necesario continuar con las acciones que den lugar a una mejora en el
nivel de coherencia entre las categorías de conservación que establezcan aquellas
jurisdicciones que comparten eco‐regiones, dado que existen varias zonas donde las categorías
de conservación cambian abruptamente entre provincias.
Actualización de los OTBN
Desde el año 2014, comienzan a cumplirse los 5 años de vigencia de los primeros OTBN, por lo
que la actualización de los mismos se irá llevando a cabo en el transcurso del corriente año y
de los años siguientes.
Partiendo de la idea de que todos los procesos de OTBN deben ser continuamente
optimizados, las ALA y la ANA se encuentran realizando acciones conjuntas en el ámbito del
Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) para ajustar o modificar varios aspectos de los
OTBN1. Las Autoridades de Aplicación tanto nacional como provinciales han acordado que los
procesos de actualización de los OTBN se realizarán dentro de un marco de no regresividad,
progresividad y flexibilidad en función de las lecciones aprendidas, manteniendo los
procedimientos de revisión y acreditación llevados con la presentación de los primeros OTBN.
Los procedimientos consensuados involucran instancias de discusión e intercambio técnico
entre las ALA y la ANA en forma preliminar a la sanción definitiva de los OTBN. De este modo,
se pretende que los OTBN alcancen una resolución técnica avalada por la SAyDS antes de ser
sancionados por el acto administrativo definitivo, luego del cual se otorga la acreditación
definitiva. Las áreas de OT, Legales y Participación de la SAyDS ofrecen y promueven asistencia
en la reformulación del OTBN, observando, discutiendo y promoviendo la resolución de los
puntos que pueden resultar conflictivos para la acreditación.
1 Entre estas pueden mencionarse el taller de “Pautas para la consideración, identificación y mapeo de los bosques nativos en el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos” llevado a cabo el 22 de marzo de 2012, cuyos resultados fueron refrendados por Res. COFEMA 230/12 y el documento “Pautas metodológicas para las actualizaciones de los Ordenamientos Territoriales de los Bosques Nativos, Ley N° 23.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos” discutido y aprobado por Res. COFEMA 236 en la reunión de la Comisión de Bosques Nativos del COFEMA realizada los días 4 y 5 de diciembre de 2012.
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Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos
El Presupuesto Nacional ha adjudicado partidas para la implementación de la Ley N° 26.331
para los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 (Cuadro 3).
Cuadro 3. Partidas asignadas por el Presupuesto Nacional a Bosques Nativos.
El monto del presupuesto adjudicado anualmente para la ley nacional de presupuesto mínimos
se destina: a la asistencia financiera para la realización de los OTBN (Art. 6), al FNECBN (Art. 30
y 35), al Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos (PNPBN) (Art. 36) y al pago
de planes del Programa Experimental de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos ‐
Resolución SAyDS N° 256/09‐ (Cuadro 4).
Cuadro 4. Distribución de la Partida Presupuestaria Nacional asignada a la Ley N° 26.331
Año Partida Presupuestaria
Asignada a la Ley N° 26.331
2010 $ 300.000.000
2011 $ 300.000.000
2012 $ 300.085.190
2013 $ 253.000.000
2014 $ 247.043.707
70%
Compensación
por los planes
aprobados
30%
Fortalecimiento
institucional
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La distribución del FNECBN se realiza anualmente entre aquellas provincias que tienen el OTBN
aprobado por ley provincial y acreditado por la ANA. Para su distribución anual a las provincias,
el COFEMA ha establecido una metodología de distribución teniendo en consideración la
superficie de bosque nativo en las jurisdicciones, la relación entre la superficie anterior y la
superficie total del territorio provincial y las categorías de conservación establecidas tal como
lo establece el artículo 32 de la Ley Nacional N° 26.331. La aplicación de esta metodología de
distribución del FNECBN en los sucesivos procedimientos instituidos desde el 2010 en cada una
de las jurisdicciones que acreditaron su ordenamiento territorial es formalizada todos los años
mediante una Resolución del COFEMA, como puede verse en el cuadro 5.
Cuadro 5. Partidas asignadas por el Presupuesto Nacional al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos.
*La Res COFEMA N° 229/2012 no contiene la tabla de asignación de fondos del monto adjudicado al
FNECBN a las provincias como el resto de la resoluciones sino que encomienda a la SAyDS a realizar la
distribución.
El cuadro 5 muestra únicamente los montos adjudicados al FNECBN a diferencia del cuadro 3,
que también contiene los montos destinados a la asistencia financiera para la realización de los
OTBN, al Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos y al pago de planes del
Programa Experimental de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos, tal como se indica
en el cuadro 4. Durante el año 2010 parte de la partida presupuestaria fue reasignada por
Jefatura de Gabinete de Ministros hacia otros destinos, no pudiendo completarse el trámite
administrativo para su distribución y transferencia a las Provincias.
Planes
Toda intervención en Bosque Nativo debe encontrarse sujeta a planes. Las categorías de
conservación imponen ciertas restricciones en el uso de los bosques nativos, limitando o
prohibiendo algunas actividades. Los distintos tipos de planes prescriben las actividades a
realizar en las distintas categorías de conservación:
Año Montos adjudicados al FNECBN Resolución del COFEMA N°
2010 $ 94.563.095 199/2010
2011 $ 230.000.000 211/2011
2012 $ 245.467.244 229/2012*
2013 $ 218.735.000 243/2013
2014 $ 222.000.000 277/2014
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Luego de la asignación del FNECBN entre las provincias, el 70% del mismo se distribuye entre
los titulares de tierras ocupadas por bosques nativos que presenten Planes de Conservación
(PC), Planes de Manejo Sostenible (PM) o Proyectos de Formulación (PF) (financiamiento para
la elaboración de ambos tipos de planes), avalados por un profesional responsable. Los Planes
de Cambio de Uso del Suelo no son financiados.
El 30% restante se destina al fortalecimiento institucional de las Autoridades Locales de
Aplicación, para aplicarlo en el monitoreo de los bosques nativos de su jurisdicción y a la
implementación de programas de asistencia técnica y financiera para pequeños productores
y/o comunidades indígenas y/o campesinas.
A las Autoridades Locales de Aplicación les cabe la responsabilidad de aprobar o rechazar los
planes que le son presentados luego de realizar una convocatoria a presentación de los
mismos.
Registro de Planes
La Dirección de Bosques ha puesto en funcionamiento desde el año 2012 un Registro Nacional
de Planes que permite a las ALA, la carga y presentación de los resúmenes de Planes de
Manejo, Planes de Conservación, de Formulación y de Planes de Cambio de Uso del Suelo on
line a través de una aplicación informática que funciona en un explorador de internet. Este
registro permite responder a diversas responsabilidades que surgen de la implementación de
la Ley tanto a nivel nacional como provincial, como ser formulación y autorización de planes,
generación de informes, fiscalización, difusión de avances, entre otros.
A su vez, el Registro Nacional de Planes representa un paso fundamental para la
implementación de un sistema de monitoreo que verifique el cumplimiento de los planes de
conservación, manejo y aprovechamiento del cambio de uso del suelo, tarea requerida por la
propia Ley y su decreto reglamentario en el Art. 11, como así también un modo de agilizar y
homogeneizar las solicitudes de los planes y su control.
Los planes financiados por el FNECBN para el periodo 2010‐2013 en las distintas jurisdicciones
han ido incrementándose considerablemente. Los datos presentados en el cuadro 7
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corresponden a planes nuevos presentados en los años respectivos, y a planes vigentes
presentados en años anteriores y que tienen continuidad en los años siguientes a través de
sucesivos Programas Operativos Anuales (POA). No se contabilizaron los planes anulados y los
que están en revisión por las provincias.
Del total de los fondos transferidos a cada jurisdicción, en el cuadro 7 figura el 70 % que se
transfiere para la compensación de los planes aprobados. El 30% restante se destina para el
fortalecimiento institucional dando cumplimiento con el Art. 35 de la Ley N° 26.331, tal como
se mencionó anteriormente.
Los montos transferidos a cada provincia pueden diferir respecto a los adjudicados según la
distribución que realiza el COFEMA anualmente debido a redistribuciones de fondos no
solicitados por algunas provincias y de provincias que no acreditaron su OTBN dentro de los
plazos anuales estipulados.
Cuadro 7. Cantidad y monto total de planes (nuevos y vigentes presentados en años anteriores), por provincia aprobados entre los años 2010 y 2013.
Jurisdicción
AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013
Cantidad Monto ($) Cantidad Monto ($) Cantidad Monto ($) Cantidad Monto ($)
Catamarca 4 5.074.450 23 8.728.376 29 10.381.923 31 8.242.052
Chaco 10 4.311.856 41 14.883.764 131 16.046.730 169 13.397.302
Chubut ‐ ‐ 42 5.885.058 40 3.135.622 74 5.391.719
Corrientes ‐ ‐ ‐ ‐ ‐ ‐ 12 1.439.956
Formosa ‐ ‐ 24 6.887.722 27 8.530.566 47 6.768.159
Jujuy ‐ ‐ 70 4.612.288 87 5.639.345 48 4.780.972
La Pampa ‐ ‐ 23 10.644.726 41 13.113.093 20 10.032.513
Mendoza 50 3.844.458 118 7.256.489 162 8.203.632 132 6.403.509
Misiones ‐ ‐ 27 6.270.447 32 7.622.289 41 5.832.795
Neuquén ‐ ‐ ‐ ‐ ‐ ‐ 41 2.203.393
Río Negro 16 1.197.909 51 2.435.177 55 3.730.187 31 2.915.011
Salta 80 87 31.255.416 77 29.691.872 67 31.894.590
San Juan ‐ ‐ 15 6.019.967 22 6.679.936 24 5.490.765
San Luis 7 6.487.528 28 11.075.248 38 12.572.890 58 9.749.507
Santa Cruz ‐ ‐ 6 585.630 8 3.256.761 11 1.904.117
Sgo. del Estero 102 24.640.828 91 30.487.910 99 29.031.073 70 26.893.246
T. del Fuego ‐ ‐ ‐ ‐ 6 4.822.607 11 3.905.356
Tucumán 14 3.000.000 25 5.125.397 30 5.901.468 29 4.619.422
Total 283 68.181.524 671 152.153.615 884 171.827.071 917 151.864.384
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La cantidad de planes por tipo y la superficie contenida en éstos entre los años 2010 y 2013
pueden verse en los gráficos 4 y 5, respectivamente. Las barras representan los planes y la
superficie de los mismos en los años respectivos, y la línea representa la totalidad de los planes
para cada año. Esto incluye los planes nuevos y aquellos vigentes presentados en años
anteriores que tienen continuidad en los años siguientes a través de los sucesivos POA. Es de
prever que las cantidades y superficies afectadas por PF se conviertan en PM o PC.
Gráfico 4. Número de planes presentados por tipo y año para el periodo 2010‐2013. Las barras muestran la cantidad de planes nuevos aprobados en cada año y la línea representa la totalidad de los planes; esto incluye los planes nuevos y aquellos planes aprobados en años anteriores que tienen continuidad a través de sus respectivos POA. Plan de Manejo (PM), Plan de Conservación (PC), y
Proyecto de Formulación (PF).
Gráfico 5. Superficie (en hectáreas) comprendida por tipo de plan y año para el periodo 2010‐2013. Las barras muestran la superficie de los planes nuevos aprobados en cada año y la línea representa la
totalidad de la superficie; esto incluye los planes nuevos y aquellos planes aprobados en años anteriores que tienen continuidad a través de sus respectivos POA. Plan de Manejo (PM), Plan de Conservación
(PC), y Proyecto de Formulación (PF).
En el gráfico 6 puede observarse la cantidad de planes presentados en cada jurisdicción según
el tipo de plan desde el año 2010 al 2013.
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Gráfico 6. Cantidad de planes nuevos aprobados en cada año (representado por las barras) y la línea representa los planes nuevos y aquellos planes vigentes aprobados en años anteriores que tienen
continuidad a través de sus respectivos POA, de acuerdo a su tipo para el periodo 2010‐2013 para cada una de las jurisdicciones. Plan de Manejo (PM), Plan de Conservación (PC), y Proyecto de Formulación
(PF).
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Para el año 2013, en cuanto a la superficie bajo manejo o conservación de acuerdo a la
categoría de conservación, la mayoría de los planes y de la superficie afectada a planes
corresponden a bosques de categoría II (Amarillo) (Gráfico 7). Es importante notar que casi
58.516 ha de bosque nativo en categoría III (verde) fueron cubiertas por planes de la Ley N°
26.331, lo cual representa una forma de garantizar el mantenimiento de bosques nativos que,
de acuerdo a la Ley, podrían ser susceptibles de cambio de uso de la tierra. Varios planes
abarcan más de una categoría de conservación, pero la información recibida no permite
discriminar las superficies parciales ocupadas por cada una de ellas, por lo que a los fines del
presente informe dichos planes fueron agrupados bajo la denominación de “Más de una
categoría”.
Gráfico 7. Superficie en hectáreas bajo manejo o conservación por categoría de conservación cubierta por planes al año 2013 (comprende tanto los planes presentados en al año 2013, como los planes
vigentes presentados en años anteriores).
Otra cuestión que resulta importante mencionar es que los planes pueden tener diferentes
modalidades. Los PC, que pueden llevarse a cabo en cualquier categoría, pueden ser de
mantenimiento del potencial de conservación, recuperación del potencial productivo y/o
aprovechamiento de productos no madereros y servicios. Los PM pueden llevarse a cabo en
predios con bosque nativo de categorías II y III. Las modalidades de los PM pueden ser
recuperación del potencial productivo, aprovechamiento de productos no madereros y
servicios, aprovechamiento forestal y silvopastoril.
Para el año 2013, de las 2.653.235 ha sujetas bajo algún tipo de plan, el 40% corresponde a PF.
De las 1.603.300 ha sujeta a un plan, el 45% (718.790 ha) incluyen total o parcialmente la
modalidad silvopastoril. Hay que tener en cuenta que los valores presentados son
aproximados, dado que existen planes que comprenden más de una modalidad sin discriminar
qué superficie corresponde a cada una de ellas.
Año 2013
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El gráfico 8 muestra la superficie de bosque nativo de cada una de las provincias que se
encuentra sujeta a planes alcanzados por el régimen de compensación para el año 2013, de
acuerdo a su categoría de conservación incluyendo los PF.
Es importante destacar que para la elaboración de los gráficos 5, 7 y 8 se excluyeron los planes
que superan las 150.000 ha debido a que estos planes no suponen intervenciones directas
sobre una superficie determinada de bosque sino que suelen ser planes destinados a mejorar
o fortalecer la gestión de zonas boscosas extensas, un área protegida provincial, un
departamento completo o un municipio.
Gráfico 8. Porcentaje de bosque nativo sujeto a planes financiados durante el año 2013 para cada una de las provincias de acuerdo a su categoría de conservación.
En el gráfico 9 se representa la cantidad total de planes financiados a través del FNECBN en el
país para el año 2013 agrupados según el tipo de titular del plan. Como puede verse, la
mayoría de los planes se distribuyen entre titulares privados, empresas y organismos de
gobierno nacionales, provinciales y municipales. Solo el 4% del total de los planes aprobados
durante el 2013 corresponden a planes presentados por comunidades campesinas, indígenas y
ONG.
En relación a este tema y con el fin de atender este problema, recientemente se ha ampliado
el concepto de titular incorporando a aquellas personas físicas o jurídicas que la provincia
garantice que están en posesión y en condiciones de ejecutar un plan. Asímismo se incorporó
la modalidad de planes con beneficiarios agrupados, donde los mismos deberán acreditar ante
la ALA el vínculo contractual que los une para la implementación del plan, estableciendo en
dicho contrato el mecanismo de distribución de fondos entre ellos y designando un
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administrador de los mismos. La ALA determinará los alcances y requisitos de estos planes de
acuerdo a la situación de su jurisdicción (Res. COFEMA 277/2014).
Gráfico 9. Cantidad de planes financiados por el FNECBN para el año 2013, agrupados por tipo de titular para todo el país.
En el gráfico 10 se muestra la cantidad de planes vigentes de acuerdo a su duración. Como se
observa exiten pocos planes cuya duración supera los 10 años, lo cual indica que es necesario
promover la planificación plurianual en concordancia con los largos plazos que implica la
conservación y el manejo forestal de los bosques nativos. En cuanto a los proyectos de
formulación, estos no han sido incluidos dado a que su duración estipulada es de 1 año.
Gráfico 10. Cantidad de planes vigentes en el 2013 según categoría de conservación y duración,
considerando los Planes de conservación (PC) y Planes de Manejo (PM).
Procedimientos de vinculación y control a campo
La responsabilidad primaria respecto a la administración de los bosques nativos y los
procedimientos de verificación de actividades en el terreno corresponde a la ALA de cada una
de las provincias, aunque la ANA tiene el compromiso de reforzar y monitorear este tipo de
control.
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A partir de la creación del Área de Vinculación y Control (AVC) se incrementaron los
procedimientos vinculados con el control, fiscalización, seguimiento técnico y administrativo
de las actividades en los bosques nativos. Durante el año 2013 se realizaron actividades de
vinculación con las ALA e inspección de planes junto a los profesionales responsables y
titulares de los predios en 14 provincias.
Se llevó a cabo la fiscalización en el terreno de proyectos financiados bajo la Resolución SAyDS
N° 256/09, y de planes financiados en los años 2010, 2011 y 2012 en el marco de la Ley N°
26.331. Con esto, se busca establecer vínculos de carácter técnico con el fin de generar
información de interés compartido. Durante las comisiones a campo, y conjuntamente con las
ALA se llevaron a cabo talleres de avances y aplicación de la ley a nivel nacional y provincial.
Las primeras experiencias de fiscalización a campo permitieron además, normalizar
procedimientos, homogeneizar criterios y establecer contactos directos con los especialistas
de cada jurisdicción local en temas como: gestión administrativa, rendición financiera de los
planes, alternativas de manejo o conservación y otras problemáticas comunes surgidas en la
implementación de la Ley Nº 26.331.
Durante los años 2012 y 2013 se ha llevado a cabo una experiencia piloto con 14 planes
distribuidos en 13 provincias cuyo sistema de rendición fue a través de un certificado de obra
como alternativa al sistema convencional de rendición de planes instituido en la Res. JGM N°
282/2012, que insume grandes esfuerzos de tipo contable. Este nuevo sistema de rendición se
basa en corroborar que el beneficiario está manteniendo o incrementando los servicios
ambientales que brindan sus bosques nativos y por lo tanto es compensado por ellos con el
monto pre adjudicado. No implica un control de gastos desde la ANA sino la comprobación de
la aplicación del subsidio por obra certificada.
A partir del año 2013 todos los planes que sean aprobados y financiados deberán ser rendidos
a través de este nuevo sistema (Res. COFEMA 277/2014, Artículo 11).
Otro de los objetivos del AVC es llevar a cabo tareas de control de los fondos del
fortalecimiento institucional (30%) en cumplimiento con el Art. 38 de la Ley N° 26.331.
Registro de infractores
La Ley N° 26.331 crea, en el Art. 27, el Registro Nacional de Infractores (RNI). Mediante
Resolución SAyDS N° 514/09 la ANA habilita dicho Registro, y se determina la información a
suministrar por las ALA para cumplir con la norma.
La información suministrada por las ALA es de acceso público, en esta primera etapa se
encuentra disponible a requerimiento del solicitante y se está trabajando para su
implementación vía on‐line. El Registro opera a través de un sistema informático en el cual las
autoridades de aplicación de las distintas jurisdicciones son las responsables de cargar la
información sobre las infracciones acaecidas en su ámbito, dado que tienen las competencias
locales de fiscalización y control.
Durante el segundo semestre del 2013, se ha realizado en la Dirección de Bosques un estudio
de relevamiento de la normativa nacional y provincial referente a los regímenes de
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infracciones y sanciones en materia de bosques nativos, así como de análisis de la consistencia
entre la normativa de presupuestos mínimos de protección ambiental y las provinciales.
Adicionalmente se analizaron las disposiciones referentes a los registros provinciales de
infractores y al Registro Nacional, las acciones desarrolladas por la ANA, así como el grado de
avance actual en cuanto a la implementación del Registro Nacional. Como consecuencia de ese
análisis y de las propuestas de alternativas superadoras, se dio comienzo a un proceso de
optimización de la situación del RNI.
Entre las jurisdicciones que aportaron información sobre la detección de infracciones y la
consiguiente aplicación de sanciones, cabe mencionar a las provincias de Santa Fe, Salta, Jujuy,
Catamarca, Chaco, La Pampa, Misiones y Corrientes. Es así que se ha comenzado un proceso
de trabajo conjunto entre las ALA y la ANA, para lograr la carga de información en el sistema.
Conclusiones
En primer lugar corresponde señalar que, desde la reglamentación de la Ley N° 26.331
hasta la fecha, los bosques nativos de casi la totalidad de las Provincias del país se
encuentran ordenados territorialmente a través de leyes provinciales. Se espera que, a
lo largo de este año se pueda alcanzar la totalidad.
En esta primera etapa de implementación del FNCEBN, la cantidad de planes
aprobados por las Provincias que suponen bosques intervenidos bajo pautas de
manejo o de conservación se ha incrementado progresivamente.
Es importante destacar que a través de la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de
Protección Ambiental de los Bosques Nativos se destinan por primera vez en la historia
recursos económicos para la conservación y el manejo de los bosques nativos del país.
Desde el año 2010 al 2013 han sido transferidos desde la ANA a las ALA alrededor de
788 millones de pesos.
Desde el año 2013 y en los años sucesivos todos los planes presentados y aprobados
por las provincias serán rendidos a través de certificados de obra. De esta manera se
pretende disminuir considerablemente los tiempos administrativos y simplificar los
trámites de tipo contable.
La creación del Registro Nacional de Planes ha permitido agilizar los procesos
administrativos entre las Autoridades de Aplicación Nacional y Provinciales, como así
también obtener datos de manera eficiente, ordenada y transparente, permitiendo la
elaboración de distintas proyecciones, informes y trazado de objetivos. Cabe señalar
que se sigue trabajando en la mejora y actualización del mismo en forma continua. Es
necesario remarcar que para ello, es imprescindible contar con el aporte permanente
de las ALA.
El aumento progresivo de superficie de bosque nativo bajo manejo requerirá también
de un incremento acorde del Fondo Nacional para la Conservación y el
Enriquecimiento de los Bosque Nativos. Ello significará no solo un aumento de la
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superficie de bosques bajo manejo sustentable sino también llegar a más actores
sociales vinculados a los mismos.
Asimismo, para afianzar los logros y extender los beneficios de la Ley N° 26.331 se
considera imprescindible llevar adelante una estrategia comunicacional de difusión por
parte de las Autoridades de Aplicación, tanto locales como nacionales, pero también
de ONG, medios de comunicación, etc.
Julio de 2014
Fuente: Área de Ordenamiento Territorial y Área de Vinculación y Control ‐ Dirección de
Bosques – Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.