informe de tramites administrativos(flujogramas)

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIO INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO BOLÍVAR PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN INFORMATICA Facilitadora: Participantes: Karen Rangel Arteta Juan PNF Informática CI: 21.008.916 Bastardo Luis CI: 15.252.062 Diperri Giovanni CI: 19.536.887 CIUDAD BOLIVAR 19 DE NOVIEMBRE DEL 2013

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Flujograma sistemas actual y propuesto de la gestion y tramites de pasaportes.

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Page 1: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA

EDUCACIÓN UNIVERSITARIO

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO BOLÍVAR

PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN INFORMATICA

Facilitadora: Participantes:

Karen Rangel Arteta Juan

PNF Informática CI: 21.008.916

Bastardo Luis

CI: 15.252.062

Diperri Giovanni

CI: 19.536.887

CIUDAD BOLIVAR 19 DE NOVIEMBRE DEL 2013

Page 2: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

INTRODUCCION

EL Flujograma o Diagrama de Flujo, consiste en representar gráficamente

hechos, situaciones, movimientos o relaciones de todo tipo, por medio de

símbolos.

A continuación se observará en este informe el flujograma actual de la emisión

de pasaporte y el que se podría hacer de forma sistematizada atravez de una

base datos,exixten diferentes concepto de Flujograma o Diagramas de Flujo,

características, tipos, simbología, diseño y elaboración aquí vemos una forma

de elaboración del mismo.

Page 3: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

FLUJOGRAMAS

DEFINICIÓN: los flujo gramas son diagramas que emplean símbolos gráficos

para representar etapas de un proceso se usan, de esta manera para poder

entender los diferentes movimientos entradas por ejemplo la entrada de

mercancía y la salidas de a sus clientes

UTILIDAD: herramienta de utilidad porque a través de las diferentes fases de

análisis y organización que se construye el flujograma, en el ordenamiento de

cada proceso y su finalidad dada a distinguir y a entender fácilmente

OBJETIVOS

Dar a conocer la organización, elementos, y procedimientos en la elaboración

de flujogramas según el manejo en sus diferentes normas

VENTAJAS QUE OFRECEN LA ELABORACIÓN DE FLUJOGRAMAS

■ De uso: facilita su empleo

■ De destino: permite la correcta identificación de actividades

■ De interacción: permite acercamiento y coordinación

■ De simbología: disminuye la complejidad y accesibilidad

■ De comprensión e interpretación: simplifica su comprensión

Page 4: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

BASE LEGAL

Ley sobre Simplificación de Trámites Administrativos

Gaceta Oficial Extraordinario Nº 5.393 de fecha 22 de octubre de 1999.

Decreto N° 368 de fecha 5 de octubre de 1999

DECRETO CON RANGO Y FUERZA DE LEY SOBRE SIMPLIFICACIÓN DE

TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: El presente Decreto-Ley tiene por objeto establecer los principios y

bases conforme a los cuales, los órganos de la Administración Pública Central

y Descentralizada funcionalmente a nivel nacional, realizarán la simplificación

de los trámites administrativos que se efectúen ante los mismos.

Artículo 2: Este Decreto-Ley podrá ser de aplicación supletoria a las

Administraciones Públicas Estatales y Municipales y a los demás organismos

que tengan un régimen especial, en todo aquello no regulado por su

Constitución y leyes respectivas.

Artículo 3: A los efectos de este Decreto-Ley, se entiende por trámites

administrativos las diligencias, actuaciones o gestiones que realizan los

particulares ante los órganos y entes de la Administración Pública para la

resolución de un asunto determinado.

TITULO II

DE LA SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

Artículo 4: La simplificación de los trámites administrativos tiene por objeto

racionalizar las tramitaciones que realizan los particulares ante la

Administración Pública; mejorar su eficacia, pertinencia y utilidad, a fin de lograr

mayor celeridad y funcionalidad en las mismas; reducir los gastos operativos;

obtener ahorros presupuestarios; cubrir insuficiencias de carácter fiscal y

mejorar las relaciones de la Administración Pública con los ciudadanos.

Artículo 5: Cada uno de los órganos y entes de la Administración Pública, en el

ámbito de sus competencias, llevará a cabo la simplificación de los trámites

administrativos que se realicen ante los mismos. A tales fines, elaborarán sus

respectivos planes de simplificación de trámites administrativos, con

fundamento en las bases y principios establecidos en este Decreto-Ley y de

conformidad con los siguientes lineamientos:

Page 5: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

1. Suprimir los trámites innecesarios que incrementen el costo operacional de

la Administración Pública, hagan menos eficiente su funcionamiento y propicien

conductas deshonestas por parte de los funcionarios.

2. Simplificar y mejorar los trámites realmente útiles, lo cual supone, entre otros

aspectos:

a) Llevar los trámites a la forma más sencilla posible, reduciendo al mínimo los

requisitos y exigencias a los ciudadanos, dejando única y exclusivamente los

pasos que sean verdaderamente indispensables para cumplir el propósito de

los mismos o para ejercer el control de manera adecuada.

b) Rediseñar el trámite.

c) Propiciar la participación ciudadana.

d) Utilizar al máximo los elementos tecnológicos de los que se disponga

actualmente.

e) Incorporar controles automatizados que minimicen la necesidad de

estructuras de supervisión y control adicional.

f) Crear incentivos o servicios adicionales que puedan otorgarse a la

comunidad en contraprestación al cumplimiento oportuno del trámite.

g) Evitar en lo posible las instancias en las cuales el juicio subjetivo del

funcionario pueda interferir en el proceso.

h) Evitar la agrupación de funciones en una misma instancia, a los fines de

prevenir la manipulación de información.

3. Concentrar trámites, evitando la repetición de un mismo trámite en diversas

entidades. A tal fin, se hace necesario aumentar el número de entidades

beneficiarias de un mismo trámite y reducir el cúmulo de exigencias para la

comunidad.

Page 6: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD DE PASAPORTE

La solicitud se presentará al Oficial de Información Pública o, en su caso, a la

persona a cargo de la Institución Obligada, o a sus delegados departamentales

y locales. Deberá contener, por lo menos los siguientes datos:

a) Identificación de la autoridad pública que posee la información.

b) La persona natural solicitante debe identificarse con su nombre y tarjeta de

identidad, pasaporte o carné de residente en el caso de extranjeros. En caso

de que el solicitante sea persona jurídica, deberá acreditar, además de su

existencia legal, el poder suficiente de quien actúa a nombre de ésta.

c) Identificación clara y precisa de los datos e informaciones que requiere.

d) Lugar o medio para recibir la información solicitada o notificaciones.

OBLIGACIÓN DE AUXILIAR AL SOLICITANTE EN CASO DE SOLICITUDES

INCOMPLETAS.

Si la solicitud no contiene todos los datos requeridos, la Institución Obligada

deberá hacérselo saber al o la solicitante a fin de que corrija y complete los

datos, para ello la persona o solicitante contará con el apoyo del respectivo

Oficial de Información Pública o de la persona designada al efecto. Si la

solicitud es presentada a una institución obligada que no es competente para

entregar la información o que no la tiene por no ser de su competencia, la

institución obligada receptora deberá comunicarlo al o la solicitante, para que

presente dicha solicitud a la Institución que corresponda.

Page 7: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

LAZO PARA ENTREGAR LA INFORMACIÓN

Toda solicitud de información requerida en los términos del presente

Reglamento debe ser satisfecha en un plazo no mayor de diez días hábiles. El

plazo se podrá prorrogar en forma excepcional por otros diez días de mediar

circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada. En su caso, la

Institución Obligada requerida debe comunicar al o la solicitante, antes del

vencimiento del plazo de diez días, las razones por las cuales hará uso de la

prórroga excepcional, para lo cual se observaran los siguientes pasos:

a) La decisión de ampliación del plazo establecido por la ley para entrega de la

información, deberá ser notificado al solicitante antes de que trascurra el plazo

original de 10 días hábiles.

b) La notificación deberá efectuarse por el mismo medio que el solicitante

estableció para la entrega de la información, tales como fax, correo electrónico

y otros.

c) Para el caso en que se establezca la entrega de la información de manera

personal por parte del solicitante, se notificará la ampliación del plazo por

medio de tabla de avisos fijada en la Secretaria General o la Oficina de

atención o su equivalente, a cargo del oficial de Información Pública.

Page 8: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

SIMBOLOGIA Y SIGNIFICADO DEL FLUJOGRAMA

Page 9: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

FLUJOGRAMA DE REMISION DE INFORMACION PARA PASAPORTE

(ACTUAL)

Fuente: Pasos para solicitud de pasaporte / Microsoft Visio/ Dibujo1 formato Gif/.

Page 10: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

FLUJOGRAMA DE SISTEMA PROPUESTO COMO SISTEMA

INFORMATICO PARA AGILIZAR LA EMISION DE PASAPORTES

Fuente: Pasos para solicitud de pasaporte / Microsoft Visio/ Dibujo1 formato Gif/.

Page 11: INFORME DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS(FLUJOGRAMAS)

CONCLUSIÓN

Los Flujogramas a los cuales también se les llama diagrama de flujo y muy rara

vez fluxogramas, son gráficos que señalan el movimiento, desplazamiento o

curso de alguna cosa, que bien puede ser una actividad, un formulario, un

informe, materiales, personas o recursos.En este flujograma se pudo visualizar

la forma de llevar un control de la emisión de pasaportes atraves de una base

de datos de forma sistematizada