institución educativa pública san juan bautistai e s jb 2 ie. san juan bautista - huaytarÁ ugel...

73
I E SJB 1 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA I E SJB “Año del buen servicio al ciudadano” “Institución Educativa Pública “San Juan Bautista” RESPONSABLES: Mg. JUAN CARLOS YACHI MENDOZA (DIRECTOR) Prof. JAVIER ARCE ACCO Prof. ROSA HAYDEE CHIRA SALAZAR UGEL HUAYTARÁ – HUANCAVELICA

Upload: others

Post on 07-Feb-2020

8 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

1 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

I E

S J B

“Año del buen servicio al ciudadano”

“Institución Educativa Pública “San Juan Bautista”

RESPONSABLES:

Mg. JUAN CARLOS YACHI MENDOZA (DIRECTOR)

Prof. JAVIER ARCE ACCO

Prof. ROSA HAYDEE CHIRA SALAZAR

UGEL HUAYTARÁ – HUANCAVELICA

Page 2: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ

INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA “SAN JUAN BAUTISTA”

Resolución Directoral Nº 014 -2017-IEP.JEC “SJB”-H.

Huaytará, 31 marzo 20176.

Visto, el Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista” de Huaytará, de la provincia de Huaytará, Región Huancavelica y demás documentos adjuntos en folios útiles; CONSIDERANDO: Que, conforme a la normatividad vigente, el Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista” de Huaytará, debe ser aprobado mediante acto resolutivo, con la finalidad de dar cumplimiento a la normatividad en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, su Reglamento y demás normas conexas para mejorar los aprendizajes de los estudiantes y por ende la calidad educativa;

Que, el tercer párrafo del literal a) del artículo 137 del Reglamento de la Ley General de Educación, establece “El Reglamento Interno (RI) regula la organización y funcionamiento integral. Establece funciones específicas, pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa”;

Que, estando a lo dispuesto por el Director de la Institución Educativa

Pública JEC. “San Juan Bautista” de Huaytará, de la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local de

Huaytará;

Que, de conformidad a lo establecido por la Ley General de Educación Nº 28044 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 011-2012-ED, Ley Nº 28988 que declara a la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial, Ley de la Reforma Magisterial N° 29944 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 004-2013-ED; Resolución Ministerial Nº 0556-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2015 en la Educación Básica”; R.M. Nº 451-2014-MINEDU que crea el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”, RSG. Nº 008-2015-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria”, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Directoral Nº -------2017-UGEL Huaytará;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista” de Huaytará, que forma parte de la presente Resolución.

Page 3: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

3 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

ARTÍCULO SEGUNDO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las instancias correspondientes, para su cumplimiento con arreglo a Ley.

ARTÍCULO TERCERO.- ELEVAR, a la Unidad de Gestión Educativa Local

de Huaytará copia de la presente Resolución para su conocimiento y fines pertinentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

FIRMADO ORIGINAL Juan Carlos YACHI MENDOZA

Director JCYM/DIR. Cc/Arch. 2017

Page 4: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

4 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

ÍNDICE

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I De la Creación, Ubicación, Dependencia, Servicios y Niveles.

CAPÍTULO II Del Contenido, Alcances y Vigencia.

CAPÍTULO III De los Principios, Visión, Misión y Lema Institucional.

CAPÍTULO IV De los Fines y Objetivos de la Institución.

CAPÍTULO V Bases Legales.

TÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CAPÍTULO I De los Órganos de Gobierno.

CAPÍTULO II De la Organización Estructural y Funcional de la Institución Educativa.

TÍTULO III

GESTIÓN INSTITUCIONAL

CAPÍTULO I De la Matrícula Escolar.

CAPÍTULO II De la Jornada laboral y Horario de Personal.

CAPÍTULO III De los Instrumentos de Gestión.

CAPÍTULO IV De los deberes, Obligaciones y Derechos del Personal.

CAPÍTULO V De derechos, Deberes, Prohibiciones, Estímulos, Faltas y Sanciones del personal docente

CAPÍTULO VI De los Derechos, Deberes, Estímulos, Faltas y Sanciones del personal

Administrativo

CAPÍTULO VII Derechos, Deberes, Presentación, Asistencia y Puntualidad de los Alumnos de la I.E “San

Juan Bautista”

CAPITULO VIII Del Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico.

CAPITULO IX Del Consejo Educativo Institucional (CONEI)

CAPITULO X Del Presupuesto y Recursos de la Institución Educativa.

Page 5: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

5 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPÍTULO XI Del Clima escolar, Coordinación y Comunicación institucional.

CAPÍTULO XII Visitas y Excursiones con Fines Educativos

CAPÍTULO XIII Funciones de la Comisión de Defensa Civil.

CAPÍTULO XIV Funciones de la Comisión de Escuela de Padres

CAPITULO XV Funciones de los Comités de Aula

CAPITULO XVI Funciones del AIP.

CAPITULO XVII Funciones de APAFA

CAPITULO XVIII Funciones del docente de Educación Física

CAPITULO XVIX XX Funciones Básicas del Responsable de Biblioteca

CAPITULO XXI Portafolio Pedagógico de Educación Secundaria de Menores de la I.E. “San

Juan Bautista”

CAPITULO XXII Documentos Oficiales de la Institución Educativa

CAPITULO XXIII Servicios que Brinda la Institución Educativa

CAPITULO XXIV De la Exoneración del área de Religión y Educación Física

CAPITULO XXV Derechos y Deberes de los Padres de Familia o Apoderados

CAPITULO XXVI Funciones del Municipio Escolar

CAPITULO XXVII Funciones de la Comisión de Licitación y Supervisión de Quiosco y Cafetín

CAPITULO XXVIII Funciones de la Comisión de Infraestructura e Inventario. De los Bienes Patrimoniales

CAPITULO XXIX DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

TÍTULO IV

GESTIÓN PEDAGÓGICA

CAPÍTULO I De la Planificación Curricular.

CAPÍTULO II De la Calendarización y Horario Escolar.

CAPÍTULO III De la Evaluación y Recuperación Pedagógica

CAPÍTULO IV Organización y Desarrollo de la Tutoría.

CAPÍTULO V De los Proyectos de Innovación Pedagógica.

CAPÍTULO VI De los Materiales y Recursos Educativos.

CAPÍTULO VII De las Actividades Recreativas, Deportivas y Culturales.

CAPITULO VIII Disposiciones Transitorias.

Page 6: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

6 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1° El presente Reglamento Interno (RI) regula la organización y funcionamiento integral de la

institución educativa pública con modelo de Jornada Escolar Completa “San Juan Bautista” del

Distrito y Provincia de Huaytará, región Huancavelica. Establece funciones específicas, pautas,

criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de

la comunidad educativa.

Art. 2º El presente reglamento es un instrumento regulador de las funciones internas de la institución

educativa pública JEC. “San Juan Bautista” de Huaytará, en el marco de las normas legales

vigentes a fin de garantizar el logro de los objetivos institucionales.

CAPÍTULO I

DE LA CREACIÓN, UBICACIÓN, DEPENDENCIA, SERVICIOS Y NIVEL

Art. 3° La Institución Educativa Pública “San Juan Bautista” de Huaytará” fue creada con RM N° 1569

-1965; creada como Jornada Escolar Completa (JEC), mediante RM N°451-2014-MINEDU y

reconocida con RM N° 385-2015-MINEDU, iniciando sus funciones educativas en el año 2016,

y está ubicada en el distrito y Provincia de Huaytará, región Huancavelica, con domicilio real

en la Av. el Sol N° 230.

Art. 4° La Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista” de Huaytará” depende pedagógica

y administrativamente de la UGEL - Huaytará, Dirección Regional de Educación de

Huancavelica y del Ministerio de Educación.

CAPÍTULO II

DEL CONTENIDO, ALCANCES Y VIGENCIA

Art. 5° El presente reglamento interno contiene en su estructura: las disposiciones generales, la

organización y funcionamiento de la institución educativa, gestión institucional, gestión

pedagógica, relaciones de coordinación con la familia y la comunidad y las disposiciones

complementarias.

Art. 6° En el presente reglamento están comprendidos el personal Directivo, Coordinadores,

Docentes, Administrativos, personal CAS, estudiantes y Padres de Familia de la Institución

Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista” de Huaytará.

Page 7: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

7 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Art. 7º El presente Reglamento entra en vigencia al día siguiente de su aprobación mediante acto

resolutivo hasta el año 2021, la misma que estará sujeto a modificaciones conforme a las

normas legales nacionales, mediante Resolución Directoral.

CAPÍTULO III

DE LOS PRINCIPIOS, VISIÓN, MISIÓN Y LEMA INSTITUCIONAL

PRINCIPIOS:

Art.8° La educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo. Se sustenta en los siguientes principios:

a) LA ÉTICA, que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia,

libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia; que fortalece la conciencia moral individual y hace posible una sociedad basada en el ejercicio permanente de la responsabilidad ciudadana.

b) LA EQUIDAD, que garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad.

c) LA INCLUSIÓN, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos,

marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades.

d) LA CALIDAD, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente,

abierta, flexible y permanente.

e) LA DEMOCRACIA, que promueve el respeto irrestricto a los derechos humanos, la libertad de conciencia, pensamiento y opinión, el ejercicio pleno de la ciudadanía y el reconocimiento de la voluntad popular; y que contribuye a la tolerancia mutua en las relaciones entre las personas y entre mayorías y minorías así como al fortalecimiento del Estado de Derecho

f) LA INTERCULTURALIDAD, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística

del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo.

g) LA CONCIENCIA AMBIENTAL, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno

natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida.

Page 8: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

8 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

h) LA CREATIVIDAD Y LA INNOVACIÓN, que promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura.

VISIÓN

Art. 9° Nuestra Institución Educativa existe por necesidad de la educación pública para formar de manera integral a jóvenes adolescentes de Secundaria con docentes actualizados, implementados y vocación de servicio. Somos una institución Educativa que desarrolla aprendizajes de calidad y con una formación integral de los estudiantes, desarrollando un currículo diversificada basada en los conocimientos científicos, tecnológicos y culturales, impulsando la práctica de valores con el ejemplo desarrollando proyectos innovadores productivos con cultura empresarial y exportadora de acuerdo a las necesidades del mercado.

MISIÓN

Art.10° La Institución educativa Pública “San Juan Bautista” para el 2021 será líder en la educación básica de calidad y será reconocida por el Ministerio de Educación por prestar una educación integral y por la práctica de valores y técnico productiva de alta calidad en el aspecto epistemológico con Actitud crítica constructiva con conocimiento científico y tecnológico, emprendedor y cultura exportadora, integrado socialmente, renovados y actualizados los medios educativos para un servicio de calidad en base a la práctica y experiencia competitiva, adquiriendo habilidades y destrezas en el manejo de equipos de alta tecnología transformando la materia prima en producto terminado, cuidando el medio ambiente.

LEMA INSTITUCIONAL

Art. 11º La Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista” de la provincia de Huaytará,

región Huancavelica tiene como Lema Institucional:

Investigación, Liderazgo, Excelencia y Disciplina.

Page 9: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

9 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPÍTULO IV

DE LOS FINES Y OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

FINES:

Art. 12° Son fines de la educación peruana:

a) Formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento.

b) Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado.

Objetivos:

Art. 13º Objetivos pedagógicos:

Brindar servicio educativo eficiente y de calidad regulando las actividades pedagógicas de conformidad con las disposiciones legales y en concordancia a las necesidades e intereses de la Institución Educativa.

Art. 14º Objetivos administrativos:

Asignar de manera pertinente las funciones a los actores educativos para coadyuvar al logro de los aprendizajes de los estudiantes.

Art. 15º Objetivos Institucionales:

Garantizar la eficiencia de la gestión escolar centrado en los aprendizajes, en el marco del liderazgo pedagógico para mejorar los aprendizajes y la calidad educativa.

CAPÍTULO V

BASES LEGALES

Art.16° Las bases legales que sustentan el presente reglamento son las siguientes:

Page 10: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

10 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

a) Constitución Política del Estado. b) Ley General de Educación N° 28044. c) Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial d) Ley N° 26260 Ley contra la violencia familiar. e) Ley N° 28175 Ley marco del empleo público. f) Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. g) Ley N° 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público

Esencial. h) Ley N° 29060, Ley del silencio administrativo positivo. i) Ley N° 27444, Ley de procedimiento administrativo general. j) Ley N° 29392, Ley que establece infracciones y sanciones por incumplimiento de la ley

general de la persona con discapacidad y su reglamento. k) Ley Nº 28731, Ley que amplía la duración del permiso por lactancia materna. l) Ley N° 27927 - ley que modifica la ley N° 27806, Ley de transparencia y acceso a la

información pública. m) Ley N° 28086, Ley de democratización del libro y de fomento de la lectura n) Ley N° 27911, Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal

docente o administrativo implicado en delitos de violación sexual. o) Ley N° 27942 Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual. p) Ley N°28705, ley para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco. q) Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en

las instituciones educativas públicas. r) Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. s) D. Lg. N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa. t) D.S. Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación. u) D.S. Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. v) D.S. Nº 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley de Servicio Civil. w) D.S. N° 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. x) D.S. Nº 028-2007-ED, Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades

Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas. y) D.S. Nº 008-2014-MINEDU, Modifica artículos y disposiciones del Reglamento de la Ley Nº

29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED z) R.M. Nº 516-2007-ED, Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en las instituciones

educativas públicas de educación básica. aa) R. M. N° 0574-94-ED. normas de control de asistencia y permanencia del personal. bb) R.M. N° 234-2005-ED, que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005 de Evaluación de los

aprendizajes en EBR. cc) R.M. Nº 440-2008-ED, que aprueba el DCN de la EBR. dd) R.M. N° 0199-2015-MINEDU, que modifica parcialmente el DCN de EBR respecto a las

competencia y capacidades de algunas áreas curriculares e incorpora indicadores de desempeño.

ee) RM N° 1225-85-ED, Normas para la determinación de orden de méritos al concluir 5 años de educación secundaria.

ff) Directiva N° 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de campañas de sensibilización y promoción “Tengo derecho al buen trato ”

Page 11: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

11 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

gg) R.M. Nº 451-2014-MINEDU que crea el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”

hh) R.V.M. Nº 0032-2012-ED, Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Educación.

ii) RVM. 022-2007-ED, Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica”

jj) RVM. Nº 038-2009-ED, Aprueba Lineamientos y Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica.

kk) RSG. Nº 1825-2014-MINEDU, que aprueba las Normas para el proceso de racionalización de plazas de personal docente, directivo y jerárquico en las instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico productiva.

ll) RSG. Nº 008-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria”

mm) Resolución Ministerial Nº 572 -2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2016 en la Educación Básica”

nn) RSG. Nº 2076-2014-MINEDU, Normas que regulan el procedimiento para encargo de plazas vacantes de cargos directivos, jerárquicos y de especialistas de educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial.

oo) RSG. Nº 019-2017-MINEDU, que aprueba las Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas de educación secundaria de la educación básica regular y del ciclo avanzado de la educación básica alternativa para el periodo lectivo 2016.

pp) Marco del Buen Desempeño Docente. qq) Marco del Buen Desempeño Directivo. rr) Manual de Gestión Escolar. ss) Directiva Nº 002-2006-VMGP/DITOE, Normas para el Desarrollo de las Acciones y

Funcionamiento de las Defensorías Escolares del Niño y del Adolescente (DESNAS) En Las Instituciones Educativas.

tt) Directiva N° 073-2017-MINEDU, “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de educación secundaria".

Page 12: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

12 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

TÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CAPÍTULO I

DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

Art. 17° Los órganos de gobierno de la Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista” de Huaytará, son los siguientes:

a) Órgano de Dirección: Dirección

b) Órgano Pedagógico: Coordinadores Pedagógicos (Ciencias y Letras) Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico. Docentes.

c) Órgano de Soporte al Proceso Pedagógico: Coordinador Administrativo y Recursos Educativos Psicólogo/Trabajador(a) Social Secretario Auxiliares de Educación. Apoyo Educativo. Personal de mantenimiento Personal de Vigilancia.

d) Órgano de participación, concertación y vigilancia: Consejo Educativo Institucional (CONEI) Municipio Escolar. Fiscales Escolares. Brigadieres y Policías Escolares.

e) Órgano de apoyo (Externos). APAFA Asociación de Ex Alumnos Entidades públicas y privadas (Municipalidades, salud, y otros) Sociedad Civil/ONG

Page 13: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

13 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Organización Estructural: Art. 18º La Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista”, presenta la siguiente estructura orgánica:

Organización funcional:

Director

Coordinadores Pedagógicos Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa Coordinador de Innovación

y Soporte Tecnológico

Órgano de Dirección

Órgano Pedagógico

Órgano de Soporte al

Proceso Pedagógico

COORDINADOR

ADMINISTRATIVO

Psicólogo/ Trabajador

social

CONEI, Municipio Escolar

APAFA Asociación de Ex – Alumnos Entidades Públicas y Privadas, Salud, etc. Sociedad Civil/ONG Gobierno local y Regional

Órgano de apoyo

Órgano de Participación

Órgano Pedagógico

Page 14: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

14 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

TÍTULO III

GESTIÓN INSTITUCIONAL

CAPÍTULO I

DE LA MATRÍCULA

MATRÍCULA.

La matrícula única escolar es el acto por el cual se formaliza el ingreso al sistema educativo nacional,

del niño o la niña en edad escolar, en una institución educativa pública o privada. La matrícula se

registra en la Ficha Única de Matrícula mediante SIAGIE, que acompaña al estudiante en todos los

niveles de la Educación Básica.

Art. 19° La matrícula se realizará por única vez al inicio del sistema educativo peruano, en el nivel de Educación Inicial de la Educación Básica Regular, considerando lo siguiente:

a) El acto de matrícula se realiza teniendo en cuenta la edad cronológica y con la presencia

del padre y/o madre o tutor. b) Los datos personales del niño o la niña, para su matrícula, se acreditan con la copia de la

partida de nacimiento, Documento Nacional de Identidad – DNI o Pasaporte. La falta de dichos documentos, no es impedimento para la matrícula. El Director de la Institución Educativa coordinará su obtención con las instituciones pertinentes.

c) En caso que el padre o la madre de familia o tutor del niño(a) no pudiera presentar para el acto de la matrícula la documentación señalada en el párrafo que antecede, podrá suplir dicha carencia mediante declaración jurada, con cargo a la regularización correspondiente en una plazo máximo de sesenta días calendario posteriores a la matrícula.

d) En ningún caso la matrícula escolar está supeditada al pago previo de la cuota ordinaria y/o aportes extraordinarios a la Asociación de Padres de Familia, u otros conceptos, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del Director de la Institución Educativa Pública.

e) La matrícula no está condicionada a examen de ingreso. f) Excepcionalmente, cuando no exista Institución Educativa de Educación Inicial en el

centro poblado, se podrá matricular en el primer grado de Educación Primaria, al niño o niña con 6 o más años de edad cumplidas al 31 de marzo.

Art. 20º Por delegación de funciones la Coordinación Administrativa, es responsable de la Matrícula de los estudiantes mediante SIAGIE.

Art. 21° La matrícula y continuidad de estudios se inicia la segunda quincena del mes de enero y

concluye la primera semana del mes de marzo del año escolar correspondiente, previa cronogramación y publicación establecida.

Page 15: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

15 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Art. 22° La expedición y control de las vacantes por cada grado y/o sección es responsabilidad del Director o quien haga sus veces.

Art. 23° Para conceder traslados de matrícula, se requerirá la presentación de constancia de vacancia

generada vía web de SIAGIE. Art.24° En caso que la demanda de matrícula, supere la capacidad de atención de la Institución

Educativa, las prioridades de ingreso y la correspondiente matrícula serán establecidas de acuerdo con la respectiva zonificación, que debe consignarse en el Reglamento Interno de la Institución Educativa, con conocimiento de la Unidad de Gestión Educativa Local. Zonificación: El Director de la Institución Educativa pública, con una anticipación no menor de treinta días, al inicio del proceso de matrícula y bajo responsabilidad, publicará en el panel informativo del local escolar, el número de vacantes para la matrícula, las prioridades para el ingreso y la fecha límite de inscripción. La zona de influencia de la Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista” comprende las siguientes comunidades: Socos, Negray Ccasa, Acco, Huatas, Chocorvo, Ccotancca, San Jose de Tambillos, Chuquimaran, Muchic, Cuyahuasi y Huaytará.

Art. 25º Continuidad de Estudios. Efectuada la matrícula en el nivel de Educación Inicial, o la

modalidad educativa correspondiente, la continuidad del estudiante en la misma u otra Institución Educativa y su progresión en los grados de estudios, en primaria hasta concluir la Educación Secundaria y/o modalidad educativa, es automática y no requiere de ratificación alguna de la matrícula.

CAPÍTULO II

DE LA JORNADA LABORAL Y HORARIO DEL PERSONAL DE LA I.E.

JORNADA LABORAL Art. 26° La jornada laboral del personal de la institución educativa pública JEC. “San Juan Bautista”

será de acuerdo a las normas establecidas, siendo las siguientes:

a) Director: Cumple 40 horas cronológicas semanales, de 08 horas cronológicas diarias. b) Coordinador Pedagógico: 30 horas pedagógicas, distribuidos de la siguiente forma: 12

horas pedagógicas de trabajo en aula, 12 horas para labores de acompañamiento, 02 horas de trabajo colegiado, 02 horas de planificación y 02 horas de revisión de documentos pedagógicos.

c) Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa: 30 horas pedagógicas, distribuidos de la siguiente manera: 12 horas pedagógicas de trabajo en aula, 10 horas para labores de asesoramiento y acompañamiento de profesores tutores, 02 horas de trabajo colegiado con profesores tutores, 02 horas de planificación de jornada de escuela de padres, 02 horas de

Page 16: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

16 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

seguimiento y consolidación de resultado de acciones de reforzamiento pedagógico y 02 de revisión de documentos pedagógicos.

d) Docentes: El profesorado de la JEC asume hasta 26 horas destinadas al desarrollo de sesiones de enseñanza y aprendizaje de acuerdo al plan de estudios, del total de las horas pedagógicas de la jornada laboral. La diferencia de horas es destinada a actividades complementarias para la formación del estudiantado, las mismas que son de aplicación flexible acorde a las prioridades establecidas en el Plan Anual de Trabajo de la lE para garantizar:

1) El trabajo colegiado de planificación, ejecución y evaluación de las acciones

educativas; así como, la formación entre pares; 2) Orientación a las familias de las y los estudiantes, desarrollo de la ATI con la

tutoría individual; y, 3) Elaboración y revisión de materiales y logros de estudiantes, asesoría a las y los

estudiantes en función de sus necesidades o realización de actividades complementarias que fortalezcan a la institución educativa.

Las horas pedagógicas destinadas a las actividades complementarias para la

formación del estudiantado deben ser programadas en el horario de la jornada laboral del profesorado. Esta distribución regirá también para el profesorado contratado en plaza orgánica o plaza eventual, excepto para las contrataciones que se realicen mediante bolsa de horas.

Las reuniones colegiadas se harán los días martes en horas de la tarde partir de las 4:30 pm a 6:00pm.

Las horas destinadas a la atención de las familias de las y los estudiantes deben ser comunicadas al estudiantado y publicadas en un lugar visible para el conocimiento de la comunidad educativa.

Contratados por bolsa de horas: 24 horas pedagógicas, la totalidad de sus horas estará destinada al trabajo en aula y podrán ampliar hasta 30 horas efectivas en aula.

e) Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico:

N° de horas Tareas

2.30 "

Instalación de equipos informáticos y de comunicación, media hora antes del inicio de las labores escolares en el aula que se solicitó, debiendo hacer entrega al profesor correspondiente y suscribiendo el Acta de Entrega-Recepción respectiva.

Page 17: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

17 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

5

Recepción y verificación de equipos informáticos y de comunicación, una hora después de la salida de los y las estudiantes; asimismo, se encarga del almacenamiento de los equipos en un lugar seguro y preestablecido para dicho fin.

26 Apoya la ejecución de actividades pedagógicas integrando las TIC, orientando el uso adecuado y eficiente de los recursos tecnológicos con los que cuenta la lE.

10

Asesora a los profesores en el uso y aprovechamiento pedagógico de las TIC en el trabajo educativo, así como también acompaña en el desarrollo de la competencia digital docente para su desarrollo profesional.

1.30" Reporta el estado y asegura la operatividad de los recursos TIC implementados en la lE a la dirección de la institución educativa.

3 Reuniones de coordinación con el equipo directivo.

48 Total de Horas semanales

f) Coordinador Administrativo y Recursos Educativos: 48 horas semanales como máximo. g) Psicólogo/Trabajador Social: Los contratados bajo el régimen CAS. jornada semanal de 48

horas como maximo. h) Apoyo Pedagógico: Los contratados bajo el régimen CAS. jornada semanal de 48 horas

semanales como maximo. i) auxiliar de educación: Cumplen 30 horas cronológicas. j) Secretaria: Cumple una jornada semanal de 40 horas cronológicas. k) Personal de Mantenimiento: Cumple una jornada semanal de 40 horas cronológicas. l) Personal de Vigilancia o Guardianía: Los contratados bajo el régimen CAS. jornada

semanal de 48 horas cronológicas HORARIO DEL PERSONAL Art. 27º El horario del personal de la institución educativa pública JEC. “San Juan Bautista” será el siguiente:

a) Director : De 7:30 a 15:30 horas (40 horas cronológicas semanal)/CAP. b) Coordinador Pedagógico : De 8:00 a 15.30 horas (30 horas pedagógicas)/CAP.

De acuerdo al horario establecido. c) Coordinador de TOE : De 8:00 a 15.30 horas (30 horas pedagógicas)/CAP.

De acuerdo al horario establecido. d) Docentes : De 8:00 a 15:30 horas (30 horas pedagógicas)/CAP.

De acuerdo al horario establecido. e) Auxiliar de Educación: De 8:00 a 13:00 horas (30 horas pedagógicas)/CAP. f) Coordinador de Innovación y Soporte tecnológico : De 7.30 a 16.30 horas (CAS)

Page 18: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

18 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

g) Coordinador Administrativo y de Recursos : De 7.30 a 16.30 horas (CAS) h) Psicólogo/Trabajador Social : De 7.30 a 16.30 horas (CAS) i) Apoyo Educativo : De 7.30 a 16.30 horas (CAS) j) Administrativos : De 8:00 a 16.00 horas (40 horas

cronológicas semanal)/CAP. k) Mantenimiento : 08 horas diarias de lunes a viernes, según

turno. l) Vigilancia : 48 horas semanales según turno y horario

m) El horario de ingreso del todo el personal Docente de la IE “SJB”. Los días lunes y viernes

es de 7:50 am, por motivo de realizarse jornadas cívicas.

TARDANZAS E INASISTENCIAS Constituyen tardanzas el ingreso al centro de trabajo después de la hora establecida:

a) En casos excepcionales la tardanza podrá ser justificada ante el Director, una vez al mes, y como máximo de 10 veces al año, siempre que no exceda de 05 minutos de la hora establecida.

b) La omisión de registro de salida, será considerada como inasistencia, salvo que sea justificada, con documento justificatorio.

c) El trabajador, que por fuerza mayor inasista a la institución educativa, sin el permiso correspondiente, podrá justificar su falta, dentro del tiempo perentorio de Ley, con los documentos sustentatorios que el caso exige; de lo contrario se considerará como inasistencia injustificada.

d) El trabajador, que por razones de enfermedad se encuentre impedido de asistir, está obligado a comunicar a la Dirección, en el término de 24 horas por el titular o familiar.

e) Los directivos, jerárquicos, docentes y personal administrativo cumplirán con puntualidad y responsabilidad el horario establecido. Su incumplimiento origina los descuentos respectivos. Dichos descuentos no tienen naturaleza disciplinaria por lo que no eximen de la sanción administrativa correspondiente.

f) Los descuentos por tardanza e inasistencia injustificada se efectuarán dentro de los dos (02) meses posteriores.

g) Constituyen Inasistencia: La no concurrencia al centro de trabajo o reuniones autorizados por el Director. No desempeñar funciones habiendo concurrido al centro de trabajo. Retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna. No registrar el ingreso y/o salida sin justificación en el libro de asistencia o parte diario de asistencia.

Page 19: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

19 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPÍTULO III

DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN Art. 28° La Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista” cuenta con los siguientes

instrumentos de Gestión Escolar: PEI, PCI, RI y PAT.

CAPÍTULO IV

DE LOS DEBERES, OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL PERSONAL DE LA I.E. Art. 29º Institución Educativa Pública de Jornada Escolar Completa “San Juan Bautista”, cumple las

siguientes funciones:

a) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su Plan Anual de Trabajo y su Reglamento Interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes.

b) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y pedagógica. c) Diversificar y complementar el currículo básico, realizar acciones tutoriales y seleccionar los

libros de texto y materiales educativos. d) Otorgar certificados, diplomas y RD. según corresponda. e) Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante. f) Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los

estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje. g) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución. h) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión,

experimentación e investigación educativa. i) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad; j) Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad. k) Participar con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso, ascenso y

permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en concordancia con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad específica.

l) Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente. m) Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la

comunidad educativa. n) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.

Page 20: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

20 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE LA IEP. JEC. “SAN JUAN BAUTISTA”: Art. 30º Director:

MISIÓN DEL CARGO COMO DIRECTOR.

Gestionar la institución educativa con liderazgo pedagógico para mejorar la calidad del servicio y los aprendizajes de los estudiantes, en el marco de una gestión escolar eficiente.

FUNCIONES

a) Dirigir la institución educativa en el marco de una gestión escolar centrada en los aprendizajes y en la calidad del servicio que brinda.

b) Conducir la construcción colectiva de los instrumentos de gestión, considerando las características del estudiante y el entorno institucional, familiar, social y ambiental.

c) Implementar, monitorear y supervisar la ejecución de los instrumentos de gestión, el desarrollo de los procesos pedagógicos y el logro de las metas de aprendizaje, utilizando diversas estrategias e instrumentos.

d) Presidir el Consejo Educativo Institucional, promoviendo la participación de la comunidad educativa en la toma de decisiones para la mejora de los aprendizajes.

e) Implementar mecanismos de transparencia para dar cuenta sobre la gestión y responsabilidad por los resultados de aprendizaje.

f) Promover un clima escolar favorable al logro de aprendizajes, gestionando estrategias orientadas a mejorar el ambiente laboral y la participación de los miembros de la comunidad educativa.

g) Gestionar con eficiencia el talento humano; los recursos educativos y financieros; el uso efectivo del tiempo; el equipamiento e infraestructura de la institución educativa.

h) Gestionar la información que produce la institución educativa como insumo para la toma de decisiones orientadas a la mejora de los aprendizajes.

i) Conducir procesos de autoevaluación y mejora continua en la Institución Educativa orientados al logro de los aprendizajes.

j) Generar y promover espacios y estrategias para el trabajo colaborativo entre los profesores y la reflexión sobre su práctica pedagógica.

k) Desarrollar estrategias de articulación con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas, la comunidad e instancias de gestión intergubernamental e intersectorial.

l) Articular el desarrollo de los procesos pedagógicos de los niveles educativos que ofrece la IE, de manera que favorezcan la permanencia y culminación oportuna de la educación básica regular de sus estudiantes.

m) Otras funciones inherentes a su cargo.

Page 21: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

21 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Art. 31º Coordinador Pedagógico:

MISIÓN Coordinar el desarrollo de los aprendizajes del área o áreas curriculares afines, promover y acompañar el fortalecimiento de las capacidades de desempeño pedagógico en los profesores a fin de contribuir a mejorar los aprendizajes de los estudiantes y los resultados educativos. FUNCIONES

a) Orientar y promover la participación de los actores de la IE en la planificación, ejecución y evaluación curricular de todas las áreas, a partir de las necesidades, características e intereses de los estudiantes y del contexto, considerando las metas de aprendizaje.

b) Coordinar, asesorar y participar en la sistematización de los resultados de aprendizaje, en los diferentes procesos de la implementación del currículo.

c) Analizar en las jornadas pedagógicas los resultados de aprendizaje obtenidos por los estudiantes en las distintas áreas curriculares a su cargo para desarrollar estrategias de mejora.

d) Monitorear el reporte de avance de las unidades y resultados de aprendizaje de los estudiantes en la plataforma Teacher Management System (TMS) e integrar al “Alianza para el Emprendimiento y la Innovación (AEI) en las reuniones colegiadas con los profesores de inglés.

e) Coordinar con el personal directivo de la IE, la participación de profesionales u otros actores de la comunidad en el proceso de aprendizaje de las áreas curriculares, así como el desarrollo de estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad.

f) Promover el uso de estrategias y acciones de comunicación permanente y colaboración con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas, y la comunidad (visitas de estudio, proyectos curriculares, tertulias, entre otras).

g) Planificar, implementar y evaluar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y promover estrategias formativas diversas para garantizar la mejora de los procesos de aprendizaje.

h) Brindar asistencia técnica en las sesiones de reforzamiento pedagógico para las áreas focalizadas y asesorar en los procesos pedagógicos que promueven competencias.

i) Orientar a los profesores en el uso de recursos y materiales para el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como el monitoreo y seguimiento de sus resultados.

j) Orientar y asesorar a los profesores en la revisión, comprensión y apropiación del ciclo de formación interna, como un sistema que contribuye a la conformación de comunidades de aprendizaje en la institución educativa.

k) Liderar la implementación de las necesidades formativas identificadas con el fin de generar saber pedagógico en la IE y mejorar las prácticas de manera sostenida.

l) Promover el uso adecuado y oportuno de espacios y recursos destinados a desarrollar competencias en las áreas curriculares.

m) Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos a través del desarrollo de las sesiones de aprendizaje orientadas para su uso.

Page 22: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

22 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

n) Orientar y supervisar especialmente el desarrollo de competencias socioemocionales para el desarrollo de competencias de empleabilidad en el área de Educación para el Trabajo.

o) Promover reuniones con el coordinador de tutoría para articular actividades pedagógicas y de la atención integral a los estudiantes.

p) Coordinar en las reuniones de planificación con el equipo directivo su intervención en los diferentes procesos y actividades programadas en el año escolar.

Art. 32º Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa:

MISIÓN Dirigir, coordinar y acompañar el desarrollo de la acción tutorial bajo un enfoque orientador y preventivo dirigido a los y las estudiantes, garantizando su atención y orientación oportuna y pertinente a las inquietudes y expectativas de los estudiantes para su desarrollo personal en el marco de una convivencia democrática e intercultural. FUNCIONES

a. Realizar el diagnóstico de las necesidades de orientación de las y los estudiantes. b. Elaborar la propuesta de trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el enfoque orientador y

preventivo y adecuarla periódicamente. c. Organizar, socializar y sugerir materiales y recursos que permitan dar soporte a las actividades

de tutoría. d. Desarrollar el acompañamiento a la acción tutorial de los profesores tutores. e. Sistematizar la experiencia de la implementación del sistema tutorial cada bimestre/trimestre

para mejorar oportunamente. f. Implementar estrategias de articulación de la IE con las familias de los estudiantes para la

mejora de sus capacidades socioemocionales y cognitivas. g. Coordinar con el equipo directivo, docentes tutores y auxiliares la identificación de estudiantes

que requieren refuerzo pedagógico y el seguimiento a las actividades de recuperación. h. Promover el protagonismo estudiantil en la gestión de la institución educativa y del aula para

fortalecer las habilidades sociales de los estudiantes. i. Coordina con el director la gestión de apoyo interinstitucional que fortalezca la acción tutorial

en la institución educativa. j. Coordinar con los docentes de Educación para el Trabajo actividades relacionadas a la

orientación vocacional (visitas, pasantías, charlas, etc.)

Art. 33º DEL DOCENTE:

MISIÓN Contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano, desempeñándose con ética profesional, honestidad, justicia, responsabilidad y respeto de los derechos de la persona y compromiso social.

Page 23: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

23 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

FUNCIONES a. Planificar y conducir en forma eficaz el proceso de aprendizaje que favorezcan el

desarrollo de competencias en los estudiantes, articulando de manera coherente los aprendizajes programados, sus características individuales, socioculturales, evolutivas y necesidades especiales así como del contexto ambiental, y las estrategias y medios seleccionados.

b. Evaluar permanentemente el aprendizaje, para tomar decisiones y retroalimentar oportunamente a sus estudiantes y familias, teniendo en cuenta las diferencias individuales y los diversos contextos culturales.

c. Orientar al estudiante y contribuir a su formación integral con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación.

d. Conducir procesos de enseñanza con dominio de los contenidos disciplinares y el uso de estrategias y recursos educativos y tecnológicos pertinentes, para que todos los estudiantes aprendan de manera reflexiva y crítica, estableciendo relaciones interpersonales, asertivas y empáticas, con y entre los estudiantes, basadas en el afecto, la justicia, la confianza, el respeto mutuo y la colaboración.

e. Constituir con sus pares grupos de interaprendizaje y participar de programas de formación continua, que favorezcan el trabajo pedagógico, la mejora de la enseñanza y construcción de un clima democrático en la institución educativa.

f. Brindar información y orientación a las familias sobre los procesos y resultados educativos, en un clima de respeto, colaboración y corresponsabilidad.

g. Participar activamente con actitud democrática, crítica y colaborativa en la gestión de la institución educativa, contribuyendo a la construcción y mejora continua del Proyecto Educativo Institucional en el marco de un trabajo colaborativo con la finalidad de desarrollar aprendizajes de calidad.

FUNCIÓN DEL DOCENTE TUTOR CON HORA DE TUTORIA a. Realizar la programación de las actividades de tutoría teniendo como referencia los

temas eje y los temas transversales priorizados por el colegio. b. Elabora su Plan de Tutoría Anual de Aula en función al Diagnóstico del Plan Anual

de Tutoría de la I.E. c. Conducir la elección de los integrantes del Comité de Aula. d. Designar a los brigadieres, subrigadieres, policías escolares, delegados de cada

curso, responsables del área, brigadistas ecológicos y otros que se requiera. e. Implementar un CUADERNO DE INCIDENCIAS DIARIAS en el aula, dicho

cuaderno permanecerá en el ambiente de TUTORÍA y será movilizado por los auxiliares.

f. Coordinar con la Comisión de Infraestructura la distribución del mobiliario por educando, bajo responsabilidad de cada uno. Asimismo, velar por el cuidado y mantenimiento de los bienes y ambiente del aula. Tener la llave del aula de su tutoría a la mano.

g. Entregar la libreta de notas a los padres y/o apoderados oportunamente. h. Citar a los padres y/o apoderados las veces que sean convenientes para tratar

asuntos referentes a sus hijos. i. Los tutores asumen la asesoría de las secciones a su cargo. j. Hacer de conocimiento sobre el presente reglamento interno.

Page 24: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

24 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

k. Informar bajo responsabilidad al Coordinador de TOE, Docente responsable de Defensoría Escolar, CONEI los casos y/o problemas que considere pertinentes.

l. El Docente a cargo de Tutoría debe desarrollar obligatoriamente las áreas: Personal-social, académica, vocacional, salud corporal y mental, ayuda social, cultura y actualidad.

Art. 34º Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico:

MISIÓN Coordinar y acompañar a los directivos, coordinadores y profesores en la ejecución de actividades pedagógicas integradas a las TIC mediante la asistencia técnica, asesoramiento y formación docente en alfabetización digital y el uso eficiente de los recursos educativos, equipos tecnológicos y ambientes de aprendizaje. FUNCIONES

a. Orientar a los profesores acerca del uso adecuado y eficiente de los recursos educativos tecnológicos con los que cuenta la I.E y acompañar el proceso de integración de las TIC en las sesiones de enseñanza aprendizaje.

b. Desarrollar propuestas de formación en alfabetización digital al personal de la institución educativa, en base al diagnóstico, para fortalecer estrategias de integración de las herramientas tecnológicas a los procesos de aprendizaje.

c. Asistir y participar activamente en las reuniones de coordinación con el equipo directivo y convocar a reuniones con profesores de aulas de innovación (si lo hubiera), coordinadores pedagógicos y responsables de aulas funcionales.

d. Coordinar con los docentes de Educación para el Trabajo para el uso adecuado de programas informáticos que se empleen en ocupaciones con demanda en el mercado laboral local y regional.

e. Supervisar las instalaciones y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación, asegurando el correcto funcionamiento, sistema eléctrico, sistema de puesta a tierra, sistema pararrayos y red de datos.

f. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de las herramientas pedagógicas y/o aplicaciones, equipos informáticos y de comunicación, protegiendo el equipo y detectando necesidades de reparación.

g. Realizar soporte a las plataformas tecnológicas y pedagógicas que desarrolle el MINEDU en las distintas áreas curriculares (Actualización, despliegue, recopilación, sincronización entre otros).

h. Realizar soporte a las evaluaciones online y/o offline que desarrolle el MINEDU en las distintas áreas curriculares y realizar la administración, configuración, despliegue, recojo de resultados y sincronización de los resultados.

i. Reportar el estado de los recursos tecnológicos a la dirección de la institución educativa.

j. Velar por la seguridad informática y uso del equipamiento tecnológico en las aulas funcionales TIC

k. Administrar, configurar y brindar soporte a los servidores de la IE. l. Otras actividades de TIC que designe el Órgano de Dirección de la Institución

Educativa.

Page 25: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

25 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Art. 35º Coordinador Administrativo y Recursos Educativos:

MISIÓN Coordinar la ejecución de actividades administrativas orientadas a generar condiciones necesarias para mejorar la calidad del servicio y los aprendizajes de los estudiantes, mediante la previsión y seguimiento al uso adecuado y eficiente de los recursos educativos y financieros, de la información y los ambientes de aprendizaje con los que cuenta la IE.

FUNCIONES

a. Organizar la gestión administrativa de soporte al proceso pedagógico. b. Asegurar el uso, mantenimiento y conservación de los ambientes pedagógicos y los

espacios con los que cuenta la IE, realizando la distribución equitativa de los mismos al personal de mantenimiento, informar al director de las acciones realizadas.

c. Identificar de manera oportuna las carencias, insuficiencias y deterioros de los materiales, mobiliarios y ambientes de la IE, a fin de coordinar las acciones que permitan solucionar las dificultades encontradas, informando de lo actuado al director de la IE.

d. Gestionar y mantener la información actualizada de los recursos educativos con los que cuenta la IE, promoviendo el uso oportuno y adecuado de los mismos

e. Presentar periódicamente el balance de los recursos financieros de la IE a la comunidad educativa.

f. Mantener actualizado el reporte de asistencia y permanencia del personal de la institución educativa durante la jornada escolar programada, informando pertinentemente al director de la IE.

g. Verificar y garantizar el correcto y pertinente reporte en el SIAGIE sobre matricula, traslado, retiro y rendimiento de los estudiantes, informando al director de la IE sobre las acciones realizadas.

h. Sistematizar la información sobre los resultados de aprendizaje y de gestión de la IE reportando periódicamente a la comunidad educativa.

i. Verificar la aplicación de las evaluaciones online y/o offline que envía el MINEDU para las distintas áreas curriculares.

j. Registrar y actualizar oportunamente los datos solicitados en los sistemas de información de la JEC garantizando la calidad y veracidad de la información.

k. Otras actividades inherentes a su cargo que designe el Órgano de Dirección de la Institución Educativa.

Art. 36º Psicólogo/Trabajador (a) Social:

MISIÓN Brindar soporte socioemocional a los directivos y actores de la comunidad educativa para la mejora de las prácticas y acciones de convivencia democrática e intercultural en la IE y de la Atención Tutorial Integral. FUNCIONES

Page 26: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

26 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

a. Apoyar la formulación de estrategias para la promoción de la Convivencia Democrática e Intercultural en la IE.

b. Acompañar al coordinador de tutoría en el establecimiento y monitoreo de las acciones de tutoría.

c. Brindar asistencia técnica a los directivos, coordinadores y profesores en su ejercicio profesional para lograr una atención oportuna y pertinente en situaciones y casos que afecten el bienestar de los estudiantes; así como a la convivencia democrática e intercultural en la institución educativa.

d. Coordinar con los profesores y tutores para orientar su accionar en la atención e identificación de factores de riesgo que puedan afectar a los estudiantes (Violencia, drogas, pandillaje, abandono familiar, etc.).

e. Promover acciones de prevención de la salud integral (física, psicología, social). f. Coordinar con el equipo directivo la organización de actividades educativas con

padres y madres de familia relacionados a los intereses y necesidades de los estudiantes para su formación integral.

g. Proponer las condiciones para un mejor desarrollo de las capacidades educativas y también a prevenir las consecuencias que pueden generar la diferencia entre las necesidades educativas de la población y las respuestas que dan los sistemas sociales y educativos (prevención).

h. Promover y participar en la planificación, organización, desarrollo y evaluación de los procesos de orientación y asesoramiento profesional y vocacional a los estudiantes.

i. Organizar e implementar las redes y oportunidades en beneficio de la comunidad educativa y los estudiantes.

j. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución Educativa

Art. 37º Apoyo Pedagógico/ Auxiliar de Educación:

MISIÓN El Auxiliar de Educación presta apoyo al docente de Educación Básica Regular: Nivel Secundaria, en sus actividades formativas y disciplinarias, coadyuvando con la formación integral de los estudiantes, conforme a las disposiciones de la presente norma. FUNCIONES a) Apoyar a la labor del profesor en la conducción de actividades específicas y generales

de institución educativa (Formaciones, Actos cívicos, y otras celebraciones educativas, así como en los recreos) de manera permanente.

b) Informar oportunamente a los directivos sobre la inasistencia de estudiantes y a los estudiantes, sobre la ausencia de algún docente en la II.EE.

c) Registrar incidencias diarias de los estudiantes y de los actores de la comunidad educativa, previniendo discriminación y violencia en la escuela.

d) Desarrollar estrategias de diálogo permanente con los estudiantes, profesores y profesores tutores.

Page 27: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

27 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

e) Orientar a los estudiantes sobre actividades pedagógicas correspondientes a cada día y los acuerdos y compromisos relacionados a la convivencia democrática en el aula y la institución educativa.

f) Monitorear el ingreso y salida de los estudiantes de la institución educativa, faltos, tardanzas, permisos y el registro de la agenda escolar.

g) Velar el ingreso oportuno de los estudiantes a sus aulas, talleres, laboratorios y otros espacios de aprendizaje en horas programadas.

h) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia. i) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de

trabajo. j) Ejercer su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar

ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

k) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional.

l) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución educativa a su cargo.

m) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia.

n) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de Ética de la Función Pública.

o) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución Educativa.

Art. 38º Secretario:

MISIÓN Contribuir a mejorar la calidad de atención al usuario de la IE así como apoyar y facilitar la gestión del equipo directivo.

FUNCIONES a. Atender a la comunidad educativa y público usuario de acuerdo a las necesidades de trámites

a realizar. b. Actualizar el directorio, la agenda institucional y efectuar y recibir llamadas telefónicas si es el

caso. c. Recibir, registrar, organizar y distribuir la documentación de la institución educativa. d. Redactar y digitar documentos variados de uso de los equipos de trabajo de la institución

educativa. e. Orientar al usuario sobre el procedimiento a seguir en sus gestiones e informar sobre la

situación de su trámite. f. Actualizar la agenda del(a) director(a) de la institución educativa. g. Velar por la seguridad y conservación de documentos. h. Mantener la información sobre los útiles de oficina y su distribución. i. Elaborar los certificados de estudio con mucha diligencia y pulcritud.

Page 28: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

28 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

j. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución Educativa.

Art. 39º Personal de Mantenimiento:

MISIÓN

Contribuir a brindar un mejor servicio educativo a través del ordenamiento, mantenimiento y

limpieza permanente de los espacios de la IE, ambiente de aprendizaje, equipos y materiales

educativos.

FUNCIONES

a. Realizar permanentemente actividades de limpieza, desinfección y mantenimiento, cuidando la

organización de los materiales y equipos de la IE.

b. Informar sobre las condiciones de las instalaciones, mobiliarios y equipos de la IE.

c. Velar por el mantenimiento y limpieza del local escolar, ambientes de aprendizaje, oficinas,

servicios higiénicos, equipos y materiales educativos.

d. Apoyar al desarrollo de actividades escolares especiales, instalando escenografías, y otros en

espacios y ambientes adecuados.

e. Custodiar los materiales de mantenimiento y limpieza a su cargo.

f. Realizar labores de conserjería y seguridad orientando el ingreso y salida de las personas, así

como de equipos, materiales, y/o vehículos de la institución.

g. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución

Educativa.

Art. 40º Personal de Vigilancia o Guardianía:

MISIÓN

Cautelar la integridad de la infraestructura, equipos, materiales, espacios y ambientes de

aprendizaje, así como de la comunidad educativa.

FUNCIONES

a. Registro y control del ingreso y salida de las personas en la institución educativa.

b. Verificar y registrar el ingreso y salida de los bienes, mobiliario, materiales y equipos

de la institución educativa.

c. Elaborar reporte de las condiciones e incidentes ocurridos en la institución educativa.

d. Realizar recorridos dentro de la IE de forma periódica durante la jornada laboral para

fortalecer las estrategias de seguridad.

e. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la

Institución Educativa.

Page 29: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

29 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPITULO V

DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL

PERSONAL DOCENTE

DERECHOS DE LOS PROFESORES:

Art. 41º Los derechos del personal directivo y docente pertenecientes al régimen laboral de la

Reforma Magisterial son:

A. El profesor es un profesional de la educación, con título de profesor o licenciado en educación,

con calificaciones y competencias debidamente certificadas que, en su calidad de agente

fundamental del proceso educativo, presta un servicio público esencial dirigido a concretar el

derecho de los estudiantes y de la comunidad a una enseñanza de calidad, equidad y

pertinencia. Coadyuva con la familia, la comunidad y el estado, a la formación integral del

educando, razón de ser de su ejercicio profesional.

Los profesores tienen derecho a:

B. Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Carrera Pública Magisterial y sobre la base

del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión,

condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona.

C. Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala

magisterial.

D. Recibir asignaciones y los incentivos monetarios que se establecen en la presente ley.

E. Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la Ley.

F. Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal,

solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en la I.E

G. Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la

misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la

institución educativa y a que se respete la normatividad vigente.

H. Beneficios del Programa de Formación y Capacitación Permanente y de otros programas de

carácter cultural y social fomentados por el Estado, UGEL, DREH, MINEDU

I. Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en

la Ley y su reglamento.

J. Vacaciones.

K. Seguridad social, de acuerdo a ley.

L. Libre asociación y sindicalización.

M. Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos.

N. Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación

política y sindical, según el caso.

O. Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y

un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la Ley.

Page 30: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

30 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

P. Reconocimiento, por parte del Estado, la I.E., la comunidad y los padres de familia, de sus

méritos en la labor educativa.

Q. Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley.

R. Percibir una compensación por tiempo de servicios.

S. Percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión y con su condición profesional.

T. Participar en la formación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo en su Institución

educativa.

U. Recibir del Estado apoyo para su capacitación, perfeccionamiento y especialización

profesional.

V. Ascensos y reasignaciones de acuerdo con el Escalafón, el estricto orden de capacidad y

méritos.

W. Respeto a los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones.

X. Gozar de un día libre, por onomástico y por día del maestro.

Art.42º.- Licencias: La licencia es un derecho que tiene el profesor para suspender

temporalmente el ejercicio de sus funciones por (01) o más días. Por lo que se

clasifican en:

a) Con goce de remuneraciones

Por incapacidad temporal

Por maternidad, paternidad o adopción

Por siniestros

Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos.

Por estudios de posgrado y/o especialización o perfeccionamiento, autorizados por

el MED, gobiernos regionales, sea en el país o extranjero.

Por asumir representación oficial del Estado peruano en eventos nacionales y/o

internacionales de carácter científico, educativo, cultural y deportivo.

Por citación expresa, judicial, militar o policial.

Por desempeño de cargos de consejero regional o regidor municipal, equivalente a

un día de trabajo semanal, por el tiempo que dure su mandato.

Por representación sindical, de acuerdo a las normas establecidas por el Ministerio

de Trabajo.

Por capacitación organizada y autorizada por el Ministerio de Educación o los

gobiernos regionales.

b) Sin goce de remuneraciones:

Por motivos particulares.

Por capacitación no oficializada.

Por enfermedad grave del padre, cónyuge, conviviente reconocido judicialmente o

hijos.

Por desempeño de funciones públicas o cargos de confianza.

Page 31: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

31 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

El trámite de la licencia se inicia en la institución educativa y concluye en las

instancias superiores correspondientes.

Art.43º.- Permisos.- Son autorizaciones otorgadas por el Director para ausentarse por horas del

centro laboral, durante la jornada de trabajo. Se concede por los mismos motivos que las

licencias.

Art.44º.- SON DEBERES DE LOS PROFESORES

A. Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con

responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las

actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula

y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional.

B. Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y

participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su

formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones

correspondientes para asegurar los mejores resultados.

C. Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia.

D. Presentarse a las evaluaciones médicas psicológicas cuando lo requiera la autoridad

competente, conforme a los procedimientos que establezca el reglamento.

E. Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo.

F. Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad

las tareas que les competan.

G. Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se

desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local,

Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación.

H. Presentarse a las evaluaciones previstas en la Reforma Magisterial y a las que determinen

las autoridades de la institución educativa o las entidades competentes.

I. Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún

tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición

económica o de cualquier otra índole.

J. Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua originaria.

K. Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución

educativa de la comunidad local y regional.

L. Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos

sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el

proceso de aprendizaje.

M. Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la

institución educativa.

Page 32: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

32 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

N. Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica

de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el

desarrollo de una cultura de paz y democrática.

O. Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa y, si fuera el caso,

de las instancias de gestión educativa descentralizada.

P. Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución educativa.

Q. Otros que se desprendan de la presente ley o de otras normas específicas de la materia.

Art.45º.- DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL:

A. El Profesor debe asistir los días lunes y viernes a clases con terno azul marino, camisa/blusa

lila bebé.

B. El Profesor debe asistir los días martes, miércoles y jueves con traje de vestir establecido en

la reunión de docentes 2017.

SANCIONES

Art.46º.- Los profesores que se desempeñan en las áreas señaladas, que trasgredan los

principios, deberes, obligaciones y prohibiciones, incurren en responsabilidad

administrativa y son pasibles de sanciones según la gravedad de la falta y la jerarquía

del servidor o funcionario; las que se aplican con observancia de las garantías

constitucionales del debido proceso.

Las sanciones son:

a. Amonestación Verbal.

b. Amonestación escrita.

c. Suspensión en el cargo hasta por 30 días sin goce de remuneraciones.

d. Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones desde 30 días hasta 12

meses.

e. Destitución del servicio.

Las sanciones indicadas en los literales D y E se aplican previo proceso administrativo

disciplinario, cuya duración no será mayor de 45 días hábiles improrrogables contados

a partir de la instauración del proceso.

Las sanciones señaladas no eximen de las responsabilidades civiles y penales a que

hubiera lugar, así como de los efectos que de ella se deriven ante las autoridades

respectivas.

Art.47º.- Medidas Preventivas.- El Director de la I.E. separa preventivamente al profesor y da cuenta

al Director de la UGEL Huaytará, cuando exista una denuncia administrativa o judicial contra

Page 33: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

33 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

este por los presuntos delitos de violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en

agravio de un estudiante, apología del terrorismo, delito de terrorismo y sus formas

agravadas, delito de corrupción de funcionarios, delito de tráfico ilícito de drogas; así como

por incurrir en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la

persona y contra el patrimonio, que impiden el normal funcionamiento de los servicios

públicos.

La separación preventiva concluye al término del proceso administrativo o judicial

correspondiente.

Art. 48.-Calificación y gravedad de la falta.- Es atribución del titular que corresponda, calificar la

falta o infracción, atendiendo la naturaleza de la acción u omisión así como la gravedad de

las mismas en el marco de las normas vigentes.

Art. 49.- Amonestación Escrita.- El incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y

prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado y calificado

como leve es pasible de amonestación escrita.

La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior previo descargo del presunto

responsable según corresponda.

Art. 50.- Suspensión.- Cuando el incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y

prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado, no puede ser

calificado como leve por las circunstancias de la acción u omisión, será posible de

suspensión en el cargo hasta por 30 días sin goce de remuneraciones.

Asimismo, el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado

previamente en dos ocasiones con amonestación escrita es pasible de suspensión.

La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior, previo descargo del presunto

responsable, según corresponda.

Art. 52.- Cese temporal.- Son causales de cese temporal en el cargo, las transgresión por acción u

omisión de los principios, deberes, obligaciones y previsiones en el ejercicio de la función

docente, considerados como grave.

También se consideran faltas o infracciones graves pasibles de cese temporal las siguientes:

A. Causar perjuicio al estudiante y/o a la institución educativa.

B. Ejecutar, promover o encubrir, dentro o fuera de la I.E., actos de violencia física, de calumnia,

injuria o difamación, en agravio de cualquier miembro de la comunidad educativa.

C. Realizar actividades comerciales o lucrativas, en beneficio propio o de terceros,

aprovechando el cargo o la función que se tiene dentro de la I.E., con excepción de las

actividades que tengan objetivos académicos.

D. Realizar en su centro de trabajo actividades ajenas al cumplimiento de sus funciones de

profesor o directivo, sin la correspondiente autorización.

Page 34: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

34 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

E. Abandonar el cargo injustificadamente.

F. Interrumpir u oponerse deliberadamente al normal desarrollo del servicio educativo.

G. Realizar en su centro de trabajo actividades de proselitismo político, partidario en favor de

partidos políticos, movimientos, alianzas o dirigencias políticas nacionales, regionales o

municipales.

H. Otras que se establecen las disposiciones legales pertinentes.

I. Asimismo el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado

previamente en dos ocasiones con suspensión, es pasible de cese temporal.

J. En el caso de los profesores que prestan servicio en las II.EE. que incurran en las faltas

señaladas en los literales A y B, iniciando el proceso investigatorio previo al proceso

administrativo disciplinario y en tanto estos no concluyan, el profesor es retirado de la I.E.

K. El cese temporal es impuesto por el titular de la UGEL Huaytará, DREH y del MED, según

corresponda.

Art. 53.- Destitución.- Son causales de destitución la transgresión por acción u omisión, de los

principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, considerado

como muy grave. También se consideran faltas o infracciones muy graves, pasibles de destitución,

las siguientes:

A. No presentarse a la evaluación de desempeño docente sin causa justificada.

B. Haber sido condenado por delito doloso.

C. Haber sido condenado por delito contra la libertad sexual, apología del terrorismo o delito de

terrorismo y sus formas agravadas.

D. Incurrir en actos de violencia o causar grave perjuicio contra los derechos fundamentales de

los estudiantes y otros miembros de la comunidad educativa y/o institución educativa, así

como impedir el normal funcionamiento de servicios públicos.

E. Maltratar física o psicológicamente al estudiante causando daño grave.

F. Realizar conductas de hostigamiento sexual y actos que atenten contra la integridad,

indemnidad y libertad sexual tipificados como delitos en el Código Penal.

G. Concurrir al centro de trabajo en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga.

H. Inducir a los Estudiantes a participar en marchas de carácter político.

I. Por incurrir en reincidencia la inasistencia injustificada al centro de trabajo por más de tres

(03) días consecutivos o cinco (05) discontinuos en un período de dos (02) meses.

J. Otras que establezca el reglamento de la presente Ley de Reforma Magisterial.

Asimismo, el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en

dos (02) ocasiones con cese temporal, es pasible de destitución.

En el caso de los profesores que prestan servicios en las instituciones educativas, que incurran en las

faltas señaladas en los literales d), e), g), f) y h) iniciado el proceso investigatorio previo al proceso

Page 35: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

35 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

administrativo disciplinario y en tanto estos no concluyan, el profesor es retirado de la institución

educativa.

La destitución es impuesta por el Titular de la Unidad de Gestión Educativa local, Dirección Regional

de Educación y del Ministerio de Educación, según corresponda.

Artículo 54º.- Registro de las sanciones.- Las sanciones administrativas como cosa decidida y las

sentencias judiciales con autoridad de cosa juzgada aplicadas al profesor son registradas en el

escalafón magisterial. La sanción administrativa se comunica a la Autoridad Nacional del Servicio

Civil, para que ésta sea incluida en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido o el

que haga sus veces.

Artículo 55º.- Eliminación de anotaciones de sanción en la Escala Magisterial.- El profesor

sancionado administrativamente, conforme a los literales a) y b) del artículo 43 de la presente ley,

puede solicitar la eliminación de anotación de sanción en el Escalafón Magisterial, luego de haber

transcurrido un año de haber cumplido con la sanción aplicada por falta disciplinaria. En el caso del

profesor sancionado de conformidad con el literal c) del citado artículo, debe haber transcurrido dos

años del cumplimiento de la sanción. En ambos supuestos se requiere, además, haber observado

buena conducta y obtenido informe favorable de su desempeño laboral.

Artículo 56º.- Inhabilitación.-La inhabilitación impide al servidor ejercer función docente pública

durante un determinado lapso, por haber sido sancionado como consecuencia de la comisión de una

falta grave en el ejercicio de su función pública o en su vida privada, que lo hace desmerecedor del

ejercicio docente público, tales como:

A. Las sanciones administrativas de suspensión y cese temporal implican la inhabilitación del

ejercicio de la función docente por el término de la sanción.

B. La sanción de destitución implica la inhabilitación para el desempeño de función pública bajo

cualquier forma o modalidad, por un período no menor de cinco (05) años.

C. Por resolución judicial firme que dispone la inhabilitación conforme al artículo 36º del Código

Penal, el profesor queda inhabilitado, según los términos de la sentencia.

D. El Profesional de la Educación condenado por delito de terrorismo o sus formas agravadas,

delito contra la libertad sexual, delito de corrupción de funcionario y de tráfico ilícito de drogas,

queda impedido de ingresar al servicio público, en el Sector Educación.

Artículo 57º.- Término de la relación laboral.- El retiro de la Carrera Pública Magisterial de los

profesores se produce en los siguientes casos:

A. Renuncia.

B. Destitución.

Page 36: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

36 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

C. No haber aprobado la evaluación de desempeño laboral de conformidad con lo establecido

en el artículo 23º de la presente Ley.

D. Por límite de edad, al cumplir 65 años.

E. Incapacidad permanente, que impida ejercer la función docente

F. Fallecimiento.

Artículo 58º.- Reingreso a la Carrera.- El reingreso a la Carrera Pública Magisterial está sujeto a

evaluación y, de ser el caso, a aprobación expresa, y se sujeta a:

A. El profesor que renuncia puede solicitar su reingreso a la Carrera Pública Magisterial. El

reingreso se produce en la misma Escala Magisterial que tenía al momento de su retiro de la

Carrera. El reglamento establece las condiciones y procedimientos de reingreso.

B. El profesor destituido no puede reingresar al servicio público docente.

El profesor comprendido en los alcances del literal c) del artículo anterior no puede reingresar

al servicio público docente.

AUXILIARES DE EDUCACIÓN

DECRETO SUPREMO Nº 008-2014-MINEDU

Artículo. 59 Los Auxiliares de Educación se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, respecto a lo no contemplado en el Título Sétimo del presente Reglamento. Percibirán la asignación por cumplir 25 o 30 años de servicios, la compensación por tiempo de servicios y el subsidio por fallecimiento del servidor y sus familiares directos, así como por gastos de sepelio, conforme a lo establecido en Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y el Reglamento de la Carrera Administrativa, hasta que se expida la Ley que establezca las remuneraciones, asignaciones y demás beneficios que le corresponden percibir.”

DERECHOS Son derechos del Auxiliar de Educación:

a) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le corresponde. b) Recibir las asignaciones, incentivos y demás beneficios que correspondan de acuerdo a ley. c) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece el presente reglamento. d) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas. e) Vacaciones. f) Seguridad social de acuerdo a Ley. g) Libre asociación y sindicalización. h) Reconocimiento de su tiempo de servicios efectivos para el otorgamiento de beneficios sociales. i) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por motivos de representación política y

sindical, según sea el caso. j) Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los

alcances de la presente norma.

Page 37: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

37 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

k) Reconocimiento por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia de sus acciones sobresalientes en el ejercicio de su función.

DEBERES

Son deberes de los Auxiliares de Educación:

a) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia. b) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. c) Ejercer su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de

discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

d) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional.

e) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución educativa a su cargo. f) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos

humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia.

g) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de Ética de la Función Pública. h) Otros que se desprendan de la presente norma.

Page 38: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

38 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPITULO VI

DE LOS DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL

ADMINISTRATIVO

Art.60º.- EL PERSONAL ADMINISTRATIVO TIENEN DERECHO A:

a) Estabilidad laboral en la plaza, nivel, cargo, lugar y centro de trabajo.

b) Percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión y con su condición

profesional.

c) Participar en la formación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo en su

Institución educativa.

d) Recibir del Estado apoyo para su capacitación, perfeccionamiento y especialización

profesional.

e) Gozar de vacaciones.

f) Ascensos y reasignaciones de acuerdo con el Escalafón, el estricto orden de capacidad

y méritos.

g) Respeto a los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones.

h) Reconocimiento por parte del Estado, la comunidad, los padres de familia, de sus méritos

en la labor educativa.

i) Licencias:

Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos y hermanos, 8 días o 15 días (provincia).

Por maternidad 90 días.

Por paternidad 4 días.

Por enfermedad hasta 12 meses (del titular).

Por estudios y/o especialización (sin goce de remuneraciones) 2 años.

Por ejercer cargo público (sin goce de remuneraciones).

a) Libre sindicalización.

b) Seguridad social y familiar.

c) Permisos sin compensación horaria en los siguientes casos:

Un día de permiso por onomástico.

Hasta 3 días al año por motivos personales, con autorización de la Dirección, pero

no en forma consecutiva, y si toma alguno de estos días deberá el personal justificar

al termino de las 24 horas.

a) Otros derechos establecidos que se encuentran estipulados en el marco legal vigente.

Artículo 61º.- SON DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO:

A. Supeditar el interés particular al interés común y a los deberes de servicio.

B. Cumplir sus funciones con dignidad y eficacia, lealtad a la Constitución, a las leyes de la República

y a los fines de la Institución Educativa.

Page 39: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

39 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

C. Observar buen trato, hacia sus superiores y compañeros de trabajo.

D. Practicar, emplear un lenguaje adecuado dentro del I.E.

E. Orientar al educando, respetando su libertad, en el conocimiento de sus derechos y deberes.

F. Cooperar con los padres en la formación integral del alumno, mediante acciones de orientación,

formación de buenos hábitos, práctica de valores; y, con la Dirección de la I.E en la optimización

de las acciones educativas.

G. Actuar con un sentido crítico y reflexivo en cumplimiento de su función educativa.

H. Contribuir y velar por la buena conservación y mejoramiento de la infraestructura y equipamiento

educativo.

I. Informar oportunamente a la autoridad inmediata superior de los actos indebidos o de inmoralidad

que se produzcan en la institución educativa o en circunstancias relacionadas directamente con

el ejercicio de su función.

J. Respetar los acuerdos tomados en Asamblea.

K. Asumir plenamente sus funciones en la Comisión que integra y/o se le designe en caso de

ausencia.

L. Participar activamente en las actividades cívicas.

M. Presentar su Carpeta personal de trabajo cuando se le requiera.

ESTÍMULOS

Artículo.62º.- El personal administrativo y servicio que cumplan sus funciones y realicen acciones

excepcionales a favor de la educación y la comunidad, se harán acreedores de los siguientes

estímulos en forma pública:

A. Oficio de agradecimiento

B. Oficio de felicitación

C. Diploma de mérito

D. R.D.

E. Informe ante las autoridades superiores para mayor estimulo.

CAPITULO VII

DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN, ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS

ESTUDIANTES DE LA I.E “SAN JUAN BAUTISTA”

Artículo.63º.- DE LOS DERECHOS

A. Recibir una formación integral en cada grado de estudio dentro de un ambiente que le brinde

seguridad física y moral.

B. Recibir un servicio de acompañamiento y orientación a lo largo de su formación escolar

C. Ser tratados con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones

que le conciernen como Estudiante.

D. Recibe en forma gratuita los servicios educativos.

Page 40: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

40 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

E. Participar en todas las actividades y eventos culturales, deportivos, artísticos, religiosos,

cívicos y de recreación que organiza la I.E.

F. Elegir y ser elegido como miembro integrante del Municipio Escolar, CONEI, Defensoría

Escolar, Policías, Brigadieres, Brigadas y en las distintas comisiones que representan al

estudiantado.

G. Recibe estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes y buen comportamiento.

H. Ser escuchado y atendido oportunamente en cualquier reclamo o consulta de índole personal

por los auxiliares de educación, docentes, Dirección, y otros órganos jerárquicos.

I. Hacer uso de los libros de la biblioteca, de las TIC del aula de innovación pedagógica y otros

servicios.

J. Solicitar orientación al tutor y/o profesor en aspectos que lo necesite.

K. Presentar sugerencias o reclamos dentro de los márgenes de respeto, que contribuyan a

mejorar la atención en los servicios educativos.

L. No recibir castigos físicos y psicológicos así como cualquier sanción que represente una

humillación o maltrato corporal y emocional.

M. Ser protegidos contra toda forma de violencia, perjuicio, descuido o trato negligente, abuso

sexual, mientras se encuentre bajo custodia de sus padres, tutor o apoderado. (Convención

sobre los derechos del Niño, Art. 19; Constitución Política del Perú).

N. Conocer y participar activamente en la elaboración del reglamento institucional en lo que le

compete.

O. Participar en la elaboración de normas y actividades que conciernen a su cargo y aula a través

de las organizaciones estudiantiles y tutoría.

P. Recibir una educación integral en un ambiente donde se le brinde permanente seguridad

moral, física e intelectual.

Q. A ser respetados por sus educadores y a realizar observaciones de sus criterios valorativos,

pudiendo recurrir a instancias superiores si fuera necesario.

R. A expresar libremente su opinión con la debida fundamentación respetando las normas de la

Institución Educativa.

S. Participar en actividades curriculares y extracurriculares programadas por el plantel,

representándolo cuando sea requerido.

T. Solicitar a los profesores aclaraciones en las asignaturas desarrolladas y en las evaluaciones.

U. Ser evaluados justa e integralmente y recibir la información de sus calificaciones

oportunamente.

V. A recibir orientación y consejo por parte de sus docentes, autoridades; así como por el

personal administrativo en el caso de trámites documentarios.

Page 41: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

41 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

W. A denunciar si es objeto de agresión verbal, física o sexual por parte de un Estudiante,

trabajador de la institución educativa, padre de familia, etc.

X. A recibir protección por parte de los Directivos de la Institución Educativa (derivando a la

institución competente con la debida confidencialidad) en los casos de: maltrato físico,

psicológico, abuso y violencia, desamparo y otros casos que impliquen violación de sus

derechos, repitencia y deserción escolar; reiteradas faltas injustificadas; consumo de

sustancias tóxicas; rendimiento escolar de niños y adolescentes trabajadores y otros hechos

lesivos.

Y. Conocer el balance económico de las actividades que se realizan en sus aulas (promoción u

otros tipos de actividades).

Z. Recibir facilidades para ser evaluado, cuando no pueda asistir por motivo de estar

representando al colegio en algún concurso o presentación oficial, encontrarse mal de salud

y/o tener problemas familiares que le impidan asistir; con la sustentada justificación del padre

o apoderado.

AA. Los estudiantes de la promoción para realizar viajes de promoción, excursión esta normado

en la Resolución viceministerial N° 086-2015- MINEDU denominado; Normas para la

Aprobación de los Viajes de Estudios, Visitas Culturales, Jornadas y Paseos de Integración,

Participación en Eventos Deportivos y Culturales, y Otras Actividades Escolares

BB. los docentes asesores deberán presentar a la dirección su plan de actividades con

anterioridad de 04 meses a la salida.

Artículo.64º.- DE LOS DEBERES.

A. Respetar y acatar las disposiciones contenidas en el presente reglamento.

B. Portar diariamente su cuaderno de control y hacerlo firmar por su padre o apoderado

C. Asistir con puntualidad a I.E. en los horarios establecidos, debidamente aseado y uniformado,

portando sus útiles y materiales de trabajo educativo a las clases y actividades programadas

por la I.E.

D. Justificar las tardanzas e inasistencias dentro de las 48 horas.

E. Cumplir las tareas escolares que asignen los profesores de aula y/o área curricular, según rol.

F. Participar y cumplir en forma responsable en las actividades educativas.

G. Cuidar el ornato y ambientes como los servicios higiénicos, patios, jardines y toda la

infraestructura del plantel; así como mantener limpias las aulas, pasadizos, SS.HH., patio,

área deportiva, mobiliario, equipos, objetos y materiales educativos al término de la jornada

pedagógica.

H. Los materiales dañados por los estudiantes serán repuestos con las mismas características,

en coordinación con sus padres o apoderados.

I. Representar dignamente a la I.E. en cualquier actividad o certamen

J. Respetar y rendir honores a los símbolos de la patria y nuestros héroes

Page 42: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

42 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

K. Respetar la propiedad ajena y honorabilidad de sus compañeros y de las personas que

laboran en la I.E.

L. Mantener dentro y fuera de la institución educativa una actitud digna y responsable, acorde

con la educación que recibe.

M. Asistir en forma obligatoria a las actuaciones y desfiles escolares e izamientos dominicales

según rol dispuestas por la Dirección del plantel.

N. Cultivar y practicar los valores

O. Asistir a sus horas de clase de manera continua, sin evadirse de ella.

P. Entregar a los padres de familia o apoderado todo documento enviado por la Dirección y

Docentes, devolver debidamente firmado en la fecha indicada.

Q. Emplear vocabulario adecuado dentro y fuera de I.E, desterrando las expresiones vulgares.

R. Abstenerse de ingresar a la I.E objetos ajenos a los útiles escolares, salvo autorización de un

profesor.

S. Respetar y obedecer a los miembros de la comunidad educativa, siempre que sus órdenes

no lesionen sus derechos o contravengan las normas establecidas:

Saludar, ser cortés y muy atentos con sus compañeros, Personal de la Institución

Educativa, niños pequeños, mujeres y adulto mayor, tanto en el plantel como

fuera de él.

Usar lenguaje apropiado, no utilizando gritos, palabras soeces, apodos o burlas. Del mismo modo evitar comunicarse bruscamente (empujones, juego de manos) y demostrar compostura y decencia.

Respetar la autoridad que le es concedida a los compañeros que tengan representatividad en el plantel (Alcalde, Brigadier, Policía Escolar, fiscal escolar). Estos estudiantes deben exhibir permanentemente sus distintivos.

T. Cumplir las normas establecidas en el reglamento interno de la Institución Educativa.

U. Mantener buen comportamiento practicando las reglas de urbanidad, valores y buenos modales en todo momento, dentro y fuera del plantel. Así mismo demostrar en todo momento el respeto por la patria, símbolos y héroes.

V. Estudiar satisfactoriamente, cumpliendo con los valores y obligaciones escolares.

W. Asistir puntualmente a la Institución Educativa, según el horario establecido y portando, de forma obligatoria, la agenda escolar.

La hora de ingreso es de 7:40 a.m. los días lunes y viernes por motivo de realizarse la ceremonia cívica; los días martes, miércoles y jueves el horario de ingreso es de 7:50 am.

El Estudiante que exceda la tolerancia de 10 minutos, no podrá ingresar a sus aulas, y será llevado a la biblioteca bajo la vigilancia de su auxiliar. Permanecerá de acuerdo al bloque de horario.

El horario de salida es a las 3.30 p.m.

Page 43: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

43 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

X. Concurrir de lunes a viernes al plantel, correctamente uniformado, varones: pantalón plomo, camisa lila bebé, zapatos negros y corbata bien puesta; damas: falda, blusa lila bebé, corbata, zapatos negros. La falda de las alumnas debe extenderse 5 cm. por debajo de la rodilla; el corte de cabello de varones es corte escolar y las mujeres cabello recogido moño o trenza con cinta lila bebé.

Y. Los estudiantes en los días que tengan Educación Física deberán asistir con su buzo de la IE.

Z. El uso del uniforme se considera en aquellos casos establecidos por el Ministerio de Educación (los tres primeros meses: marzo, abril y mayo) casos especiales justificados por el padre o apoderado.

AA. Hacer uso íntegro del tiempo establecido del horario de clase. BB. El estudiante deberá trasladarse a sus aulas inmediatamente en su horario establecido. CC. El estudiante deberá hacer el uso del auditórium y sus aulas para consumir sus alimentos.

Artículo.65º.- DE LA PRESENTACIÓN DEL ESTUDIANTE:

A. El uso del uniforme no es obligatorio, ni condiciona el ingreso y permanencia del estudiante en la I.E., en caso que por acuerdo en Asamblea General de Padres de Familia convocada por APAFA y con presencia del CONEI se establezca el uso obligatorio del uniforme característico de la I.E. éste será obligatorio; sin embargo el estudiante que no cuente con uniforme por motivos económicos y climáticos no será impedido de ingresar a la I.E.; asimismo debe contar con la justificación del padre de familia o apoderado.

B. En reunión de APAFA en setiembre del año 2016 se acordó que la asistencia de los estudiantes a la institución es correctamente uniformado.

C. Las alumnas no tendrán pintadas las uñas ni la cara, ni usaran alhajas, ni adornos de ninguna clase.

D. Asistirán sin el uniforme sólo en casos excepcionalmente autorizados por la Dirección.

Art.66º.- DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD:

a) Los alumnos deberán asistir con puntualidad a la Institución Educativa. b) El horario de ingreso para los alumnos es de 7:50 a.m. y la salida 3:30 p.m.

Toda tardanza es responsabilidad del padre o apoderado. c) Ningún alumno podrá ausentarse de la I.E. antes del horario establecido, salvo que el padre o

apoderado haya solicitado al Director, personalmente o por escrito el permiso correspondiente.

d) En los cambios de horas se deben trasladar los estudiantes a sus respectivas aulas en un tiempo de 3 minutos como máximo.

ESTÍMULOS, PROHIBICIONES, FALTAS Y SANCIONES DE LOS ESTUDIANTES DE LA

I.E.

Art. 67º.-DE LOS ESTÍMULOS

La I.E. otorgara a los Estudiantes que realicen acciones extraordinarias, tanto en los aspectos académicos, cultural y comportamiento dentro o fuera de la I.E., se harán acreedores en acto público a:

Page 44: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

44 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

A. Diploma de Aprovechamiento General, por grado o sección a los alumnos que obtengan el 1er, y 2do puesto.

B. Diploma de esfuerzo Personal, al alumno que meritoriamente hubiese realizado un esfuerzo excepcional por recuperar o superar sus notas.

C. Diploma y Medalla de Excelencia, al alumno que obtenga el más alto promedio en aprovechamiento general durante los cinco años de Educación secundaria.

D. Felicitación escrita y/o Resolución Directoral expedida por el Director de la I.E. E. Diploma de mérito, por su participación en representación de la I.E. y el Estudiante tendrá

una oportunidad o puntos a su favor en todas las áreas. F. Diploma de honor por acciones distinguidas a favor de la I.E. (identificación con su I.E.) y su

comunidad, región y/o país.

Art.68º.- DE LAS PROHIBICIONES

A. Queda terminantemente prohibido usar otras prendas ajenas al uniforme y reemplazar los zapatos por zapatillas, los días que no lleven Educación Física y/o Danza.

B. Está prohibido el uso de alhajas, pulseras, cadenas, dinero en cantidad considerable, medallas y/o aditamentos ajenos a la presentación del Estudiante. La I.E. no se responsabiliza de su pérdida.

C. Está prohibido los tatuajes y uso de cosméticos y teñido de cabello. D. Faltar reiteradamente a la I.E., salvo en los casos por enfermedad justificada. E. Portar grabadoras, radios, máquinas fotográficas, celulares u otro artefacto sin autorización.

En caso de pérdida, la Dirección o el profesor no se harán responsables. F. Asistir a la Institución educativa con síntomas de embriaguez o haber consumido drogas, de

ser detectado será severamente sancionado y derivadas a las autoridades competente. G. Portar instrumentos o sustancias con que se pudieran hacer daño. H. Traer cigarros, bebidas alcohólicas. I. Falsificar la firma y/o sellos de sus padres, docentes y auxiliares. J. La práctica de juegos que atenten contra la moral y las buenas costumbres. K. Evadirse del aula y/o el colegio, de las horas de clase y demás actividades. L. Intentar o cometer fraude en las evaluaciones. M. Negarse a representar al colegio, sin causa de fuerza mayor, en actividades culturales,

cívicas, artísticas o deportivas. N. Apoderarse de los objetos del plantel o útiles ajenos. Esconder los útiles escolares, prendas

de vestir, mochilas, textos, etc. que no le pertenezca. O. Promover, azuzar riñas o desordenes colectivos, dentro y fuera de la I.E, así como integrar

pandillas. P. Arrojar al suelo papeles, desperdicios, envases, etc. en los campos deportivos, jardines,

pasadizos, aulas, baños y otros. Q. Faltar el respeto a sus maestros, personal administrativo, personal de servicio, compañeros

de la institución educativa y a los símbolos de la patria e instintivos de la institución. R. Malograr intencionalmente la infraestructura y mobiliario de la I.E (destrucción), pintado de

carpetas, paredes, etc. S. Quedarse en los baños después del toque del timbre (al término del recreo y a la salida de la

clase).

Page 45: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

45 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

T. Utilizar recomendaciones para alcanzar ventajas o situaciones de privilegio. U. Encubrir acciones de faltas cometidas por sus compañeros. V. Faltar el respeto y desobedecer a los brigadieres, policía escolar y compañeros del I.E. W. Cometer violencia, agresión física o vulnerar la dignidad de sus compañeros (moralmente)

dentro y fuera de la institución educativa. X. Los Estudiantes de la escolta no podrán realizan más de 06 salidas al año. Y. El hostigamiento sexual típico o chantaje sexual (físico o verbal). Z. Salir del aula, I.E. sin autorización expresa de las personas designadas para ello. (tutores,

Auxiliares, profesor). AA. Calumniar, injuriar y/o faltar a la verdad. BB. Practicar juegos, como la Ouija, botella borracha, charlicharli.

Artículo.69º.- DE LAS SANCIONES

Clases de Faltas: 1) Faltas Leves; Tardanzas, salir de las aulas o de la I. E. sin previa autorización, vocabulario vulgar,

agresión verbal contra sus compañeros, no cumplir con sus tareas, falta de higiene y aseo, evasión de clase, inasistencias, juegos de azar.

2) Faltas Graves; Cometer actos de violencia, agresión física o verbal contra cualquier integrante de la I.E., pertenecer a un grupo de pandillas, calumniar, injuriar y/o faltar a la verdad, dañar voluntariamente todo lo referente a la I.E interiormente y exteriormente, acosar sexualmente, falsificación de firmas o calificaciones y/o documentos, robo, hurto de bienes de la I.E., revistas pornográficas, videos, cassettes, DVD, CD y otros que atenten contra la moral y la buenas costumbres, realizar grafitis en la infraestructura de la I.E., dañar instalaciones, mobiliario , material educativo, equipos, infraestructura de la I.E. , que atente contra la actividad física de las personas o instalaciones de la I.E..

La Dirección y CONEI Resolverá cualquier acción o interpretación no contemplada en el presente Reglamento y evaluara los casos que ameriten sanciones mayores.

DE LAS SANCIONES

Las sanciones o acciones correctivas son necesarias para evitar la impunidad y deben tener valor formativo. Toda sanción dependerá de la evaluación de la gravedad de la falta y en muchos casos, deberá adaptarse a las características de cada situación y a la edad del alumno. Por lo tanto, ante una falta se privilegiará en primer lugar el dialogo como primera medida de resolución de conflictos. En tal sentido se averiguará primero qué fue lo que sucedió, y por qué, escuchando las partes implicadas, buscando la magnitud de la responsabilidad (no culpables y víctimas), se contemplará asimismo, instancias de apelación según sea el caso. En general, ante el incumplimiento de los deberes de los estudiantes al presente reglamento, deben primero estar seguidas por una amonestación verbal (máximo tres señalamientos apelando al cambio de actitud antes de colocar el respectivo código) a excepción de las faltas graves o muy graves. Posterior a ello se ha establecido lo siguiente: a) Amonestación escrita por parte del docente con el que se incurrió en la falta, con copia al padre,

a la madre o al encargado y al expediente del Estudiante. y descuento de puntos en la nota de comportamiento.

Page 46: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

46 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

b) Amonestación verbal o escrita por el director, con copia al padre, a la madre o encargado y al expediente del Estudiante.

c) Los Estudiantes que lleguen tarde o no justifiquen oportunamente su inasistencia se citará a los padres o apoderados para que justifiquen sus faltas. Si el Estudiante acumula 03 tardanzas consecutivas se hace el llamado del padre o apoderado.

d) Los Estudiantes que incurran en reiteradas faltas de conducta se verán temporalmente impedidos de la autorización para representar a la institución en cualquier delegación oficial de ésta.

e) Las aulas de 5º de secundaria, que observen mal comportamiento durante el año escolar se les suspenderá la autorización de viaje de promoción. Asimismo se distinguen tres tipos de medidas o sanciones que deberán ser aplicadas considerando la proporcionalidad y pertinencia en relación con la falta cometida.

f) Sanción de tipo Reparatorio.- Se refiere a la reparación y/o reposición del material que hubiera dañado, u ofensa ante una persona. Ejemplo:

Pintado de las paredes o carpetas según sea el caso. Devolución de algún mobiliario o material educativo dañado. Barrer el patio, aula o pasadizo según sea el lugar que haya ensuciado. Reparación del irrespeto o la ofensa verbal o moral a las personas, grupos internos o externos a

la institución, mediante la oportuna retractación pública y las disculpas o satisfacciones que correspondan.

Reparación instrumentos musicales, material de laboratorio, y materiales educativos. g) Sanción de tipo pedagógico.- Se refiere a la realización de aquellas acciones que tengan valor

formativo, ayudándole a reflexionar sobre su comportamiento motivando el cambio. Ejemplo: Elaboración de uno o varios periódicos murales, collages o dibujos, etc. alusivo al tema de la falta. Presentación de una monografía o resumen de una obra relacionado al tema de la falta cometida. Enseñar a los estudiantes más pequeños temas específicos como lógico matemático, o

comunicación integral. Exponer algún tema en formación o en algún salón que se le designe. Protegiendo en todo

momento que no sea dañado (burlas) por sus compañeros. Otras medidas positivas que puedan mejorar las actitudes de los estudiantes. h) Sanción de tipo servicio comunitario.- aplicada a los estudiantes que hayan cometido

especialmente faltas graves. Tales actividades se programarán en otro horario con el fin de que no se interrumpa sus clases. Ejemplo:

Realizar labores de limpieza y ornato para mejorar la IE. Apoyar en la vigilancia en la hora de recreo. Brindar apoyo en el ingreso por las puertas. Realización de otras acciones de interés institucional y/o comunal, guardando la proporcionalidad

y pertinencia en relación con la falta cometida.

RESPECTO A LOS EFECTOS DE LAS SANCIONES A. En la aplicación de las sanciones se evitará la humillación del educando y deberá brindarse

la orientación correspondiente para su recuperación. B. En caso de que el padre de familia sea llamado a la I.E. por problemas de Indisciplina

de su hijo (a) deberá firmar el Acta de Compromiso, libro de incidencias de control del auxiliar y otro documento Interno.

Page 47: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

47 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

C. Todo destrozo y deterioro del mobiliario, equipos tecnológicos y enseres, pintado de las paredes será repuesto o pagado por el padre o apoderado del alumno(a), o alumnos(as) responsables.

D. Los Estudiantes que hayan observado mala conducta, serán sancionados en su matrícula, firmando un compromiso de honor conjuntamente con sus padres y apoderados.

E. El robo o hurto, debidamente comprobado será considerado como falta grave y su reposición será de inmediato.

F. Las sanciones, deben conducir a la reflexión crítica del estudiante respecto a su comportamiento, así como a la solución de las circunstancias y dificultades que propiciaron el hecho que se busca evitar.

G. Los estudiantes que excedan las 3 faltas formativas serán separados de la I.E. por 3, 7, y 15 días.

H. Los estudiantes que incurran en faltas graves serán separado de la I.E. por 15 días. I. Los estudiantes que lleguen pasado las 7:55 am los días Lunes y Viernes permanecerán

formados en el patio las 2 primeras horas , en la sombra sin que estén expuesto al sol. J. Los estudiantes que lleguen pasado las 8:05 am los días Martes, Miércoles y Jueves

permanecerán formados en el patio las 2 primeras horas , en la sombra sin que estén expuesto al sol.

Page 48: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

48 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPITULO VIII DEL MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO

Monitoreo, es el recojo de información en el terreno, haciendo seguimiento a los indicadores que nos permiten comprobar la calidad y el logro a nivel de los insumos, procesos y productos esperados. (...)

Acompañamiento, es el acto de ofrecer asesoría continua, es decir, el despliegue de estrategias y acciones de asistencia técnica, a través de las cuales, una persona o equipo especializado visita, apoya y ofrece asesoramiento permanente al Docente y al Director en temas relevantes a su práctica.

Art. 70º El Director es el responsable directo de las acciones de monitoreo y acompañamiento pedagógico.

Art. 71º El monitoreo y acompañamiento pedagógico se realizará a la totalidad del personal docente, administrativo y CAS. Conjuntamente con los coordinadores pedagógicos y de TOE.

Art. 72º El monitoreo se realiza siguiendo un protocolo donde el Director se reúne con su equipo de monitoreo

de la Institución Educativa e informa al Docente monitoreado sobre las actividades a realizar durante

el día.

Art. 73º El Equipo monitor y de acompañamiento pedagógico realiza seguimiento la implementación y

ejecución de los seis compromisos de gestión escolar previsto en el PAT, así como el monitoreo en

aula sobre el desarrollo de la sesión de aprendizaje.

Art. 74º El monitoreo y acompañamiento pedagógico en aula se centra en los aprendizajes de los estudiantes, teniendo en cuenta los siguientes indicadores:

a) Uso pedagógico del tiempo en la sesiones de aprendizaje. b) Uso de herramientas pedagógicas por los profesores durante las sesiones de aprendizaje. (Rutas de

aprendizaje y DCN modificado mediante R.M. Nº 199-2015-MINEDU) c) Uso de materiales y recursos educativos durante la sesión de aprendizaje. d) Gestión de clima escolar en la institución educativa

Art. 75º Se utilizará la Ficha de Monitoreo de la Sesión de Aprendizaje.

Art. 76º El desarrollo del Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico tendrá el siguiente protocolo:

a. PLANIFICACIÓN.

Reunión de coordinación del Director con los Coordinadores Pedagógicos y de Tutoría, para informar sobre el propósito del monitoreo.

Socialización de los instrumentos de monitoreo del Director con los Coordinadores.

Distribución de los Monitores de acuerdo a las Áreas curriculares. Esta reunión se realiza antes de la visita a las aulas.

b. MONITOREO EN AULA.

Primer Momento:

Page 49: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

49 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

El Director y el Equipo de Monitoreo se reúne con el profesor por horas para informarle sobre el propósito de la visita.

Segundo Momento – Durante la Intervención: El Equipo de Monitoreo saluda a los estudiantes y comunica el motivo de su visita y el tiempo

que permanecerá en el aula. El Monitor se ubicará en un lugar estratégico para realizar la observación del proceso de

desarrollo de sesión de aprendizaje, de tal manera que no perturbe el normal desenvolvimiento de los estudiantes, para ello utiliza la ficha de monitoreo de la sesión de aprendizaje.

En el cuaderno de campo se registrará hechos-situaciones relevantes del proceso pedagógico en la construcción de los aprendizajes, centrado en las siguientes preguntas: ¿Qué aprenden los estudiantes?(competencias y capacidades), ¿Cómo aprenden los estudiantes? (estrategias metodológicas del Docente), ¿Con qué aprenden los estudiantes?(uso de los materiales), ¿Con qué se evidencia lo que aprenden los estudiantes? (técnicas e instrumentos de evaluación)

El monitor, además de la ficha de monitoreo, se utilizará permanentemente el Cuaderno de Campo, donde se registrará todo hecho-situaciones e información que considere pertinente sobre el proceso de aprendizaje, el cual será insumo para brindar la asesoría – asistencia técnica al Docente.

La observación de la clase es todo el bloque, así el monitor tendrá todos los elementos e insumos para brindar la reflexión compartida y la asesoría que corresponde.

Tercer Momento: El Monitor se reúne con el Docente por horas para brindar la asistencia técnica sobre las

debilidades detectadas, poniendo en práctica el enfoque crítico reflexivo y colaborativo, asumiendo compromisos por parte del Docente.

c. DESPUÉS DE LA VISITA. Posteriormente a la realización de la visita, se debe revisar el registro total de la información

establecidos en los instrumentos. Realizar el llenado del aplicativo sobre el resultado de monitoreo de todos los docentes. Finalmente se elaborará el informe de monitoreo haciendo la interpretación cualitativa y

cuantitativa de los cuadros estadísticos de acuerdo a los ítems establecidos en el instrumento de monitoreo y se elevará a la UGEL Huaytará.

CAPÍTULO IX

DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI)

Art. 77º El Consejo Educativo Institucional (CONEI) es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa pública que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática.

Art. 78º Los miembros del CONEI son: Es presidido por el Director de la Institución Educativa y está

conformado por el representante del personal Docente, Administrativo, de los Estudiantes,

Page 50: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

50 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

de los ex Estudiantes y de los padres de familia, pudiendo ser integrado también por otros

representantes de instituciones de la comunidad local, por acuerdo del consejo.

Art. 79º Las funciones del CONEI son las siguientes:

a) Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional.

b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal

docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el

Ministerio de Educación.

c) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el

número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo

de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades.

d) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en ésta, priorizando soluciones

concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.

e) Contribuir al buen clima institucional, participando en la elaboración de las normas de convivencia

(reglamento interno) y velando por su cumplimiento.

f) Generar vínculos con otras instituciones para mejorar la calidad del servicio educativo.

g) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa.

h) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad

en las Instituciones Educativas públicas.

i) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de acuerdo

con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén

comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.

Art. 80º La elección de los representantes de cada estamento al Consejo Educativo Institucional, representa la base principal de este órgano porque se pone en práctica la participación democrática del derecho de elegir libremente a sus representantes ante el CONEI.

Art. 81º El Proceso Electoral se realiza en los últimos tres meses del año lectivo de octubre, noviembre o diciembre. Cada estamento elige un representante por voto universal, secreto y/o directo. La Dirección de la Institución Educativa orienta, difunde y otorga todas las facilidades necesarias para la realización de las elecciones de los representantes de cada estamento de Estudiante, Docente y Administrativo ante el CONEI.

Art. 82º El periodo de duración de los miembros del CONEI es de dos años.

CAPITULO X

DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

RESPONSABLE DE GESTIÓN DE RECURSOS PROPIOS

Las Instituciones Educativas constituirán el Responsable de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales, que en adelante se denominará, responsable de la

Page 51: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

51 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

planificación, organización, dirección, ejecución y evaluación de las Actividades Productivas y Empresariales y la administración de los recursos propios de la Institución Educativa.

Art. 84° FUNCIONES:

Tiene las siguientes funciones:

A. Formular y aprobar el Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.

B. Aprobar el presupuesto para la ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.

C. Autorizar a la (s) persona(s) responsable(s) de la ejecución del proyecto. En caso que el proyecto sea presentado por docentes de la institución, éstos serán los responsables de su ejecución, siempre que el proyecto sea de su especialidad.

D. Ejecutar los trámites pertinentes ante las instancias tributarias y administrativas correspondientes.

E. Aprobar los contratos de personal considerados en los proyectos aprobados. F. Supervisar, controlar y evaluar el proceso de ejecución del Plan Anual de Gestión de

Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales. G. Proponer contratos y convenios con personas naturales o jurídicas para facilitar la realización

del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales. H. Realizar, de ser necesario, los trámites para la inscripción de marca y patente, ante la

Autoridad pertinente. I. Informar bimestralmente a la plana Docente y Administrativa del manejo de los recursos

propios y gestión de actividades productivas y empresariales de la Institución Educativa, cuando corresponda.

J. Establecer un fondo de caja chica mensual para la atención de los gastos menores que demanden las necesidades y actividades productivas y empresariales de las Instituciones Educativas.

K. Aprobar los egresos de dinero para la ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.

L. Asumir en forma solidaria, la responsabilidad administrativa y económica de la gestión de los recursos, cumplimiento de los plazos, cantidad y calidad de los bienes y servicios ofrecidos por la Institución Educativa.

M. Presentar el Balance Anual de los resultados de la gestión del responsable a los Docentes y Administrativos.

Art. 85° CAPTACIÓN DE RECURSOS PROPIOS

Las Instituciones Educativas están autorizadas a generar y administrar recursos propios por los siguientes conceptos:

A. Alquiler a plazo fijo, no mayores de un año, de terrenos, campos deportivos, auditorios y espacios disponibles sin afectar el normal desarrollo del servicio educativo.

B. Desarrollo de actividades culturales, deportivas y sociales, siempre que no contravengan los fines educativos, ni afecten el orden público.

Page 52: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

52 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

C. Servicios de extensión educativa relacionados con el reforzamiento pedagógico, nivelación, capacitación y actualización a estudiantes, docentes y a la comunidad en general y reconversión laboral.

D. Las utilidades generadas por los conceptos descritos, se destinarán para el mantenimiento de equipos y actividades culturales y deportivas de la Institución Educativa.

Es responsable de la administración de los ingresos captados por la institución educativa, de acuerdo al TUPA de la I.E. aprobado mediante Resolución Directoral por los conceptos que a continuación se detalla:

A. Donaciones y convenios. B. Cuaderno de control. C. Libretas de notas. D. Tarjeta de control para asistencia de Escuela de padres y reuniones de comité de aula. E. Constancia de Estudio. F. Rectificación de apellidos. G. Examen de recuperación. H. Examen de Subsanación. I. PRP (Programa de Recuperación Pedagógica): Gratuito D.S. N° 011-2012-ED J. Alquiler del Local; Centro de Cómputo. K. Alquiler del Local para seminarios. L. Servicio de fotocopia. M. Alquiler de Cafetín Escolar N. Alquiler de loza deportiva.

- Certificado de Estudios (duplicado secundaria) 1 año de estudios S/. 7.00 y dos años a más

S/ 15.00 - Evaluación de Subsanación y Recuperación………………………………………….. S/ 15.00 - Agenda Escolar (es obligatorio)…………………….…………………………………… S/ 6.00 - Libreta de Notas ………………………………………………………………………….. S/ 4.00 - Constancia de Estudios………………………………………………………………….. S/ 3.00 - Constancia de vacante (gratuito) - Constancia de conducta (gratuito) - Rectificación de nombre y apellido……………………………………………………….S/. 20.00 - Alquiler de espacio para funcionamiento de cafetín…………………………….….....S/. 100.00 - Ventas de bases para licitación ………………………………………………………….S/. 10.00 - Prueba de ubicación (gratuito) - Constancia de ponderado de Notas………………………………………………………S/. 5.00 - Alquiler de Loza Deportiva general en la noche x hora…….…………..………………S/.10.00 - Alquiler de Loza Deportiva general en el día x hora……….…………..………………S/. 5.00 - Alquiler de Loza Deportiva a Estudiantes y docentes en la noche x hora……………S/. 5.00 - Alquiler de Auditórium………………………………………………….…………………S/. 50.00

Page 53: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

53 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

DERECHO DE PAGO

PROCEDIMIENTOS REQUISITOS DERECHOS DE PAGO

FORMATO UNICO DE TRAMITE FUT COSTO

Autorización prueba de ubicación 1-Solicitud en el formato 2-Copia simple de partida de nacimiento o DNI 3-Certificado de estudios del ultimo grado (solo para los que estudiaron)

S/. 0.00

GRATUITO

Evaluación de Recuperación y Subsanación de Asignatura

1-Solicitud en el FUT 2- Recibo de pago

S/. 0.50 S/15.00

Rectificación de Nombre y Apellido (para alumnos y ex alumnos)

1-Solicitud en el FUT 2- Partida de nacimiento de rectif Judicial y/o notarial

S/. 0.50 S/20.00

Expedición de Certificados de estudios duplicados (para ex alumnos)

1-Solicitud en el FUT 2- Recibo de pago

S/. 0.50 Educación Secundaria S/15.00

Libreta de notas o Boleta informativa 1-Recibo de pagos S/. 4.00

Agenda Escolar (no es obligatorio) 1-Recibo de pagos S/. 6.00

Constancia de Vacante 1-Solicitud en el FUT 2- Constancia

S/. 0.50 GRATUITO

Constancia de estudios 1-Solicitud en el FUT 2- Recibo de pago

S/. 0.50 S/. 3.00

Constancia de conducta 1-Solicitud en el FUT 2- Constancia

S/. 0.50 GRATUITO

Ponderado de Notas 1-Solicitud en el FUT 2- Constancia

S/. 0.50 S/. 5.00

Otros que la I.E. cobre 1-Solicitud en el FUT 2- Recibo de pago

S/. 0.50

ALQUILER

Venta de bases de licitación 1-Solicitud en el FUT 2- Recibo de pago

S/. 0.50 S/. 10.00

Alquiler de Equipo de Sonido x hora. 1-Solicitud en el FUT 2- Recibo de pago

S/. 0.50 S/. 20.00

Alquiler de espacio para funcionamiento de cafetín

1-Previo contrato 2-Recibo de pagos

S/.100.00

Alquiler de loza deportiva General x hora noche

1-Recibo de pagos S/.10.00

Alquiler de loza deportiva General x hora en el día.

1-Recibo de pagos S/. 5.00

Page 54: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

54 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Alquiler de loza deportiva estudiante y Docente x hora en la noche.

1-Recibo de pagos S/. 5.00

Alquiler de Auditórium x día 1-Recibo de pagos S/. 50.00

Art. 86° ALQUILER DE EQUIPOS

Las máquinas y equipos de la Institución Educativa, sólo podrán ser alquiladas temporalmente bajo la supervisión de su personal, siempre que no estén destinadas para uso de las especialidades o carreras que oferta la Institución Educativa, bajo responsabilidad del Director y de la administradora.

CAPITULO XI DEL CLIMA ESCOLAR, COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

Art. 87º Fomentar clima institucional amigable, integradora y estimulante (PEN)

Art. 88º Crea un clima propicio para el aprendizaje, la convivencia democrática y la vivencia de la diversidad en todas sus expresiones con mira a formar ciudadanos críticos e interculturales

Art. 89º Promueve y sostiene la participación democrática de los diversos actores de la institución educativa y la comunidad a favor de los aprendizajes; así como un clima escolar basado en el respeto, el estímulo, la colaboración mutua y el reconocimiento de la diversidad.

Art. 90º En la institución educativa pública JEC. “San Juan Bautista” se practica la convivencia democrática e intercultural basado en el respeto, buen trato, tolerancia, igualdad, no violencia entre los estudiantes, docentes, padres de familia y todos los actores educativos.

Art. 91º La IEP. JEC. “San Juan Bautista” está debidamente registrado en SISEVE y uso del cuaderno de incidencias para el registro, atención y seguimiento de los conflictos identificados por el Comité de Tutoría.

Art. 92º La coordinación y comunicación institucional será horizontal con todos los miembros de la institución

educativa en marco del respeto, buen trato, tolerancia e igualdad. CAPITULO XII

VISITAS Y EXCURSIONES CON FINES EDUCATIVOS

Las excursiones, visitas y/o paseos de los estudiantes se rigen por la Directiva Nº 086-2015-minedu. Art 93° El Director de la Institución Educativa Pública JEC. “San Juan Bautista”, es el responsable de aprobar

y autorizar las excursiones, visitas y/o paseos de los estudiantes con la respectiva Resolución Directoral Institucional, previa autorización de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huaytará, cuando se trate de excursiones o visitas de los estudiantes cuya duración exceda más de un (01) día.

Art. 94° Las visitas de estudio y/o excursiones programadas a los museos, monumentos históricos, zoológicos, empresas, fábricas, y otras similares que se realicen dentro de la ciudad, localidad o alrededores donde se ubica la institución educativa y cuya duración no exceda de un (01) día, no están afectas a la R.M. Nº 086-2015-MINEDU. Sin embargo, el director de cada institución educativa mediante

Page 55: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

55 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Resolución Directoral autoriza su ejecución, la misma que debe informar a la UGEL Huaytará, asimismo debe tomar, bajo responsabilidad, las medidas de seguridad y sanitarias correspondientes y contar igualmente con la autorización escrita de los padres de familia de todos los estudiantes y requisitos conforme a la Directiva Nº 09-2015-UGEL-H/AGP-DIR.

Art. 95º.- Se establecerá un cronograma teniendo en cuenta las competencias establecidas en cada Área y grado. Art. 96º.- Las visitas de estudios deberán estar planificadas en la Programación Curricular del Docente y adjuntar sus respectivas fichas. Art. 97º.- La autorización de las visitas y excursiones estará sujeta al cumplimiento de los Siguientes requisitos: - Solicitud - Plan de excursión o visita - Copia de póliza de seguro de vida de la empresa - Copia del contrato con la empresa o agencia de viajes - Relación de alumnos que viajan - Autorización legalizada de los padres o apoderados - Relación de docentes y padres que acompañan - Resolución Directoral expedida por la I.E - Certificado médico de los alumnos - Autorización de la UGEL - itinerario de viaje.

CAPITULO XIII

FUNCIONES DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE RIESGO Y CONTINGENCIA.

A. Elaborar el Plan de Defensa Civil Y Plan de Contingencia de la I.E. B. Organizar las brigadas de Defensa Civil de la Institución educativa. C. Asumir funciones operativas durante fase de emergencia. D. Realizar simulacros de sismos con participación de la comunidad educativa. E. Realizar charlas de capacitación a los alumnos en coordinación con Defensa Civil del

sector. F. Coordinar todas las acciones de protección y seguridad con las instancias inmediatas

superiores de Defensa Civil del sector, educación y otras entidades afines tales como bomberos, municipio, hospitales, fuerzas policiales, etc.

G. Coordinar con la comisión de imagen institucional las zonas de peligro y de seguridad de la Institución educativa.

Page 56: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

56 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPITULO XIV

FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA, CONVIVENCIA

DEMOCRATICA, DISCIPLINA ESCOLAR, ESCUELA DE PADRES, DEFENSORIA DEL

ADOLESCENTE E INCLUSIÓN EDUCATIVA.

A. Delinear un plan de trabajo para todo el año en el nivel secundario. B. Solicitar apoyo a diversas instituciones para la realización de las charlas. C. Coordinar con los presidentes de los comités de aula sobre temas relacionados a la

escuela de padres. D. Promover la identificación de los padres de familia con la institución educativa. E. Coordinar con la comisión de tutoría y orientación del educando y la psicóloga de la

Institución educativa para determinar los temas de las charlas. F. Control de asistencia a los padres expresados en la libreta de notas y tarjetas de APAFA. G. Se realizará 4 sesiones ordinarias como mínimo y extraordinariamente las veces que

sea necesario. H. Monitorea y evalúa situaciones relacionadas a la tutoría y orientación del educando: la

convivencia democrática, la disciplina escolar, defensoría del adolescente y a los estudiantes de educación inclusiva.

CAPITULO XV

Art. 98º.- FUNCIONES DE LOS COMITÉS DE AULA

A. Apoyar a solicitud del profesor tutor, en las actividades que beneficien a los estudiantes. B. Participar a solicitud del profesor tutor de aula, en las actividades culturales, deportivas,

recreativas, sociales y a las que contribuyan a la formación integral de los estudiantes C. Colaborar a solicitud del Director de la I.E. en actividades educativas y acciones de

promoción educativa comunal. D. Delinear un plan de trabajo anual/ en el nivel. E. Solicitar apoyo a la Dirección para su asesoramiento. F. Coordinar con los presidentes de aula sobre temas relacionados a la mejora tanto en lo

Académico, infraestructura. G. Promover la identificación de los padres de familia con la institución educativa. H. Coordinar con la comisión de tutoría - TOE y con otras entidades respecto al

comportamiento de los alumnos de la I. E. I. Está conformada: Presidente , secretario (a), Tesorero (a) , Vocales (2)

Page 57: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

57 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPITULO XVI

FUNCIONES DEL DOCENTE RESPONSABLE DEL

AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA

Art. 99º.- Son funciones del docente responsable del Aula de Innovación Pedagógica

Formular y remitir a la dirección de la IE. el Plan Anual de Trabajo del AIP/CRT para ser aprobado y remitido a la UGEL, la misma que debe incluir: Horario de atención Inventario actualizado y visado por la dirección. Cronograma de actividades Plan de Capacitación Docente Proyecto de Innovación por la mejora de los aprendizajes desde las AIP.

Plan de Mantenimiento y Sostenimiento. Sensibilizar, acompañar y capacitar a los docentes de la I.E. en la inserción de las TIC al currículo:

programación de Unidades Didácticas y Sesiones de Aprendizaje. Formular los horarios de uso del AIP/CRT en coordinación con los docentes y colocarlo en lugar visible

dentro del aula, en la Dirección y entregar con cargo firmado a cada docente. Ambientar el AIP/CRT con normas de convivencia y un punto de información (panel o periódico mural). Apoyar a los docentes en el desarrollo de las sesiones de aprendizaje aplicando los recursos del

AIP/CRT, pero no debe realizar la clase. Elaborar catálogos virtuales y materiales interactivos como soporte pedagógico y de apoyo al docente

de aula. Mantener operativos y disponibles los servicios y recursos tecnológicos. Asegurar el cumplimiento de las normas éticas, morales y de buenas costumbres al emplear las

computadoras convencionales, portátiles, materiales TIC y otros medios, en especial prohibiendo el acceso a páginas WEB de contenidos pornográficos y regulando el uso del Internet según ley 28119.

Reportar al director periódicamente el estado del equipamiento del AIP/CRT, de presentarse fallas técnicas, el director informará a la UGEL y reportará el bien a la DIGETE para su inmediata atención.

Asegurar que todo software que se utilice cuente con la respectiva licencia de uso. Coordinar permanentemente con los Docentes de Apoyo Tecnológico, para el soporte pedagógico y

tecnológico; a fin de mantener la operatividad y funcionamiento de los recursos de AIP/CRT. Reportar mensualmente al Director la operatividad del servicio de Internet quien después lo remitirá a

la UGEL mediante un oficio. Promover el uso y aprovechamiento pedagógico de los servicios y recursos del portal educativo

nacional: www.perueduca.edu.pe Crear y mantener operativo el Blog/facebook del AIP y/o CRT de la IE. Reportar mensualmente al Director el informe de producción, con el reporte de asistencia de los

docentes y de horas dictadas en cada una del área de cada nivel de atención, señalando por docente las horas programadas, horas ingresadas y las no ingresadas al AIP, el Director remitirá trimestralmente dichos informes a la UGEL.

Contar con su carpeta pedagógica, la que debe contener: Plan de Trabajo. Planes e Informes de Capacitación desarrollados. Horario de atención.

Page 58: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

58 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Inventario actualizado y visado. Catálogos de Recursos. Informes de producción mensual remitidos al Director/a. Reglamento del Aula.

Documentos remitidos y recibidos. Además el Docente de AIP y/o CRT deberá contar obligatoriamente con:

Archivos actualizados de normas legales DIGETE.

Archivo de sesiones de clase y fichas de aplicación de los docentes de aula que hacen uso del AIP y/o CRT.

Registro de asistencia diaria actualizada. Cuaderno de incidencias u ocurrencias.

Cuaderno de desplazamiento de las XO.

CAPITULO XVII

Art. 100º FUNCIONES DE APAFA

A. Colaborar en las actividades educativas que ejecute la I.E., promoviendo un clima armonioso favorable para el aprendizaje.

B. Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar materiales, tanto educativos como lúdicos.

C. Otorgar Estimulos a los estudiantes, personal docente, administrativo que logren un desempeño destacado.

D. Tener participación en el CONEI, a través de su representante. E. Participar en la formulación y ejecución del proyecto Educativo Institucional, Plan Anual

de Trabajo y Reglamento Interno, con excepción de los aspectos técnicos pedagógicos. F. Participar en el proceso de autoevaluación de la I.E. G. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en el CONEI, priorizando soluciones

concertadas, frente a quejas y denuncias que no impliquen denuncias.

CAPITULO XVIII FUNCIONES DEL DOCENTE DE EDUCACION FISICA

Son funciones básicas de los responsables de Educación Física, Deportes y Recreación: A. Organizar, programar, supervisar, evaluar y ejecutar el desarrollo programático de las clases

de Educación Física. B. Coordinar y supervisar las actividades deportivas y recreativas programadas por la Institución

Educativa. C. Promover y organizar competencias deportivas, internas y externas D. Reunirse periódicamente con los técnicos deportivos y promotores culturales para evaluar los

avances de los programas que se ejecutan. E. Controlar el trabajo de los técnicos deportivos en la preparación de los equipos que

representen a la Institución Educativa. F. Racionalizar el uso de los ambientes y campos deportivos, programando las actividades a

cumplir por secciones y/o grados de estudio, con la finalidad de conseguir un trabajo más efectivo.

G. Vigilar cuidadosamente los ambientes, instalaciones, equipos e implementos deportivos, preservándolos de deterioro y maltrato.

Page 59: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

59 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

H. Mantener informada a la Dirección de todas las actividades que, sobre deporte y recreación, se realizan.

I. Acatar las directivas que imparte la Dirección J. Llevar el inventario del material, útiles e implementos deportivos que están bajo su

administración. K. Presentar el informe anual a la Dirección del nivel, conteniendo los resultados logrados y

sugerencias viables para mejorar el servicio.

CAPITULO XVIX FUNCIONES BÁSICAS DEL RESPONSABLE DE BIBLIOTECA:

A. Atender el servicio de la biblioteca durante todo el horario escolar y en los días y horas que establezca la Dirección, comisión del banco de libro, infraestructura.

B. Organizar técnicamente el catálogo de libros para el uso de los lectores y del carnet de control respectivo, con el apoyo de la comisión de banco de libros

C. Mantener el orden y disciplina de los usuarios en la sala de lectura. D. Responsabilizarse de la buena conservación del material bibliográfico y dar cuenta

oportuna al Director en caso de pérdida o deterioro. E. Llevar el registro en el que se inscribirá todo libro que ingrese anotando los datos de: fecha,

autor, materia, precio y procedencia, etc. F. Mantener al día el inventario, recibir y entregar bajo registro el material, útiles y enseres de

su administración. G. Proponer al Director las adquisiciones de libros y enseres para mejorar el servicio de la

biblioteca. H. Elaborar y elevar a la Dirección el informe anual de los resultados logrados en el servicio,

sugiriendo alternativas de solución para los problemas detectados. I. Coordinar con los profesores de aula el uso de la Biblioteca evitando interferencias horarias. J. Mantener sistematizado el sistema de atención y control de los libros K. Se encargará de la distribución y recojo de los textos enviados por la MED L. Propiciará la utilización de los textos durante el año académico, monitoreando a los docentes

el uso de los libros de consulta y al finalizar el semestre informa a la dirección. M. Se encargara de garantizar la devolución de los textos entregados, a través de campañas,

comunicados, docentes, tutores y personal administrativo N. Coordinara con la Dirección, APAFA, para contar con el apoyo de padres en el funcionamiento

de la biblioteca escolar. O. Otras funciones que la dirección designe.

CAPITULO XX

CARPETA PEDAGÒGICO DE DOCENTES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DE MENORES DE LA I.E. “SAN JUAN BAUTISTA”

1. CARATULA 2. PRESENTACIÓN 3. IDENTIDAD: VISION , MISIÓN,TEMAS TRANSVERSALES Y VALORES (PEI)

Page 60: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

60 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

4. OBJETIVOS ESTRATEGICOS DEL PEI 5. ORGANIGRAMA: ESTRUCTURAL, NOMINAL Y FUNCIONAL DE LA I.E. 6. ORGANIGRAMA DEL AULA. (PARA TUTORES) 7. CALENDARIZACION DEL AÑO ESCOLAR 8. HORARIO DE CLASE 9. CALENDARIO CÍVICO ESCOLAR 10. CALENDARIO CÍVICO COMUNAL 11. COMISIONES DE TRABAJO 12. ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE AULA (TUTORES) 13. PLAN DE TRABAJO DEL COMITÉ DE AULA (TUTORIA). 14. INVENTARIO DEL AULA POR LOS RESPONSABLES 15. NOMINA DE ALUMNOS 16. NORMAS DE CONVIVENCIA 17. MARCO DEL BUEN DESEMPEÑO DEL DOCENTE 18. FUNCIONES DE DEFENSORIA ESCOLAR (RESPONSABLE) 19. FUNCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR (RESPONSABLE) 20. PLAN ANUAL DE TUTORIA A NIVEL DE AULA 21. MATRIZ DE DIVERSIFICACION CURRRICULAR 22. MATRIZ DE PROGRAMACION ANUAL 23. UNIDADES DIDÀCTICAS: UNIDAD DE APRENDIZAJE, MÒDULO DE APRENDIZAJE,

PROYECTO DE APRENDIZAJE, SESION DE APRENDIZAJE. 24. CONTENIDO TEMÁTICO/SYLLABUS. 25. PLAN LECTOR 26. TECNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACION 27. ACTIVIDADES PEDAGOGICAS/PLAN ANUAL DE TRABAJO POR AREAS. 28. REGISTROS AUXILIARES DE EVALUACIÓN (VIRTUAL Y FÍSICO) 29. REGISTROS AUXILIARES DE ASISTENCIA (VIRTUAL Y FÍSICO)

ASPECTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO QUE DEBE CONTAR EL TRABAJADOR

30. Ley General de Educación Nº 28044 31. D.S. N° 013-2004-ED, Reglamento de Educación Básica Regular. 32. R.M. N° 572-2015-ED; Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2016, en las II.EE. de

Educación Básica y Técnico Productiva. 33. D.S. Nº 050-82-ED Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa 34. RV.M. N° 038-2009-ED; Lineamientos y Estrategias generales para la Supervisión

pedagógica 35. Proyecto Educativo Institucional – PEI 2016-2021 36. Proyecto Curricular Institucional – PCI 37. Plan Anual de Trabajo – PAT 38. Reglamento Interno – RI 39. Manual de Organización y Funciones. – MOF 40. Plan de Monitoreo, Supervisión, y Evaluación de los Aprendizajes 41. Manual del buen desempeño Docente

Page 61: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

61 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPITULO XXI

Art.101º.- DOCUMENTOS OFICIALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

A. Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.). B. Proyecto Curricular de Institucional (PCI) C. Plan Anual de Trabajo (P.A.T.). D. Reglamento Interno (R.I.). E. Plan de Supervisión y Monitoreo F. Cuadro de Asignación de Personal (C.A.P.). G. Cuadro de Distribución de Horas de Clases H. Plan Anual de Tutoría I. Informe de Gestión Anual J. Presupuesto Anual Institucional K. Inventario

CAPITULO XXII SERVICIOS QUE BRINDA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 102º Los servicios que brinda la Institución Educativa son los siguientes: A. Servicios auxiliares de educación B. Biblioteca. C. Capacitación docente. D. Escuela de Padres. E. Actividades pastorales. F. Taller de Música y actividades culturales. G. Refrigerio Escolar H. Talleres de Informática y Computación I. Taller de Ingles J. Taller de confección textil. K. Taller de laboratorio. L. Reforzamiento académico en todas las áreas. M. Compresión lectora. N. Taller de fortalecimiento Deportiva. O. Asesoramiento psicológico,

CAPITULO XXIII DE LA EXONERACION DEL AREA DE RELIGION Y EDUCACION FISICA

Art.103º.- Sobre la Libertad Religiosa. El Estado garantiza el derecho fundamental de toda persona a la libertad de religión reconocido y amparado por la Constitución Política del Perú y por los tratados internacionales ratificados por el Estado peruano. El ejercicio público y privado de este derecho es libre y tiene como único límite tanto la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales como protección del orden, la salud y moral público.

Page 62: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

62 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Art. 104º.- Todo los alumnos tienen derecho a exonerarse de los cursos de religión por motivos de conciencia o en razón de sus convicciones religiosas sin verse afectado su promedio académico. En los casos de los menores de edad, la exoneración procede siempre y cuando así lo expresen los padres o quien tenga la tutela de los mismos. Art. 105º.- El estado garantiza a las personas, de manera individual o asociada, que desarrollen libremente sus creencias y actividades religiosas, público o en privado.

A. No hay persecución por razón de ideas o creencias religiosas, debiéndose garantizar lo siguiente:

B. Nadie puede ser obligado a manifestar su convicción religiosa. C. Nadie puede ser obligado a participar en actos de culto, a recibir asistencia religiosa o a

prestar contribuciones económicas o en especie a entidades religiosas.

ArT. 106º.- Todo los alumnos que pertenecen a las denominaciones evangélicas, religiosas, eclesiásticas, agnósticas, etc. Amparados por la Ley Nº 29635 Ley de Libertad Religiosa, podrán solicitar su exoneración en el momento de proceso de ratificación y matrícula, caso contrario estará obligado a llevar el área curricular de religión, siendo un área obligatoria. Para exonerarse del área curricular de Religión debe seguir los siguientes procedimientos:

A. Solicitud del padre, madre, apoderado, tutor, dirigido a Director de la I.E mediante un FUT (Formulario Único de Trámite).

B. Adjuntar en original la Constancia del representante, Pastor u otro de confesión religiosa, e indique su fidelidad del futuro exonerado en el área de Educación Religiosa.

C. Toda solicitud es por escrito y tiene un plazo de 5 días hábiles para su contestación por escrito.

D. Si fuese agnóstico debe solicitar el padre, la madre, apoderado, tutor, u otro, por mesa de partes su exoneración y cumplir con los requisitos señalados en líneas arriba.

Art.107º.- Sobre la exoneración del área de educación física, el ejercicio público y privado de este derecho es libre y tiene como único límite la protección de la salud e integridad física del estudiante. Podrán solicitar su exoneración a la I.E de acuerdo a los siguientes procedimientos:

A. Solicitud del padre, madre, apoderado, tutor, dirigido a Director de la I.E mediante un FUT (Formulario Único de Trámite).

B. Adjuntar en original el Certificado de salud por incapacidad temporal o definitiva. C. Toda solicitud es por escrito y tiene un plazo de 7 días hábiles para su contestación por

escrito.

CAPITULO XXIV

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADOS

Art.108º.- DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA:

A. Tener voz y voto en cada una de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea

General y en los Comités. Solo puede votar una vez, sin importar el número de hijos que

tenga en el centro educativo.

B. Recibir información sobre el Reglamento Interno (R.I.) y el Plan Anual de Trabajo (P.A.T.).

Page 63: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

63 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

C. Recibir información sobre el avance del desarrollo y funcionamiento institucional del centro

educativo.

D. Recibir información sobre el avance del rendimiento escolar y comportamiento de sus hijos.

E. Denunciar ante la autoridad competente casos de maltrato, abuso, discriminación,

irresponsabilidad, negligencia u otros que se dieran en el centro educativo, en perjuicio de los

alumnos.

F. Participar y supervisar las actividades, así como la gestión económica de la APAFA.

G. Elegir y ser elegido para los distintos cargos de la APAFA.

Art. 109º.- DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA:

A. Cumplir con sus obligaciones y aceptar los compromisos establecidos en su Declaración

Jurada.

B. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias cuando la Dirección o la APAFA lo

convoque.

C. Velar por el establecimiento de un ambiente adecuado y favorable, orientando a la formación

integral de los menores.

D. Justificar las inasistencias de sus hijos al día siguiente de la falta.

E. Asistir a las reuniones del Comité de Aula y Escuela de Padres en forma obligatoria.

F. Respetar el horario indicado por la Dirección para dialogar con los profesores de aula o tutores

y Dirección.

G. Controlar el cumplimiento de las tareas asignadas a sus hijos.

H. Enseñar con el ejemplo buenos hábitos y costumbres a sus hijos.

I. Firmar la Ficha Única de Matricula de sus hijos.

J. Enviar a sus hijos aseados.

K. Acudir al llamado del profesor tutor, profesor de área, psicóloga y auxiliar.

L. Contribuir a la buena marcha de la Institución educativa y velar por su prestigio.

M. Reemplazar o reparar en un plazo de tres días los deterioros causados a: infraestructura,

mobiliario, libros, láminas, bienes de la IE. etc.

N. Apoyar la labor educativa de sus hijos dentro y fuera del I.E. a fin de lograr su desarrollo

integral, apoyar a sus hijos en caso que cumplan responsabilidades en la I.E como Policia

Escolar, Brigadier, Alcalde, escolta y otros.

O. Colaborar con las actividades educativas programadas por el docente cuando sea solicitado.

P. Participar y apoyar la ejecución de las actividades en el PAT del I.E.

Q. Apoyar toda actividad que organice la APAFA.

R. Denunciar al Consejo Directivo de la APAFA cuando los aportes recaudados por la APAFA

no se administren correctamente.

S. Abonar la cuota anual ordinaria y las extraordinarias que acuerde la Asamblea General de la

APAFA.

T. Enviar correctamente uniformados y puntual a su hijo(a).

U. Firmar el acta de compromiso.

Page 64: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

64 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

V. Solo ingresarán al plantel los padres de familia previa citación y cuando lo solicite.

W. Toda denuncia del padre de familia debe ser por escrito y debidamente fundamentado.

X. Los padres o apoderados de los estudiantes víctimas de violencia, hostigamiento, intimidación

o de cualquier conducta que sea considerada como acoso por parte de otro estudiante deben

denunciar ante la Dirección de la I.E o ante el CONEI.

Los padres o apoderados de los estudiantes que realizan actos de violencia, hostigamiento,

o intimidación están obligados a brindar toda la colaboración para corregir dichos actos y

deben comprometerse a cumplir con la consejería respectiva

CAPITULO XXV

FUNCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR

Art. 110.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE MUNICIPIO ESCOLAR

A. Organiza la constitución del municipio escolar, así como el funcionamiento del mismo.

B. Motiva la participación de los estudiantes en la organización del municipio escolar. c)

Promueve las elecciones de los consejos de aula.

C. Asesora y apoya a los integrantes del Municipio Escolar en el cumplimiento de sus

funciones.

D. Evalúa el cumplimiento de las funciones de los integrantes elegidos del municipio Escolar,

en forma semestral.

Art. 111º.- FUNCIONES DE LA DIRECTIVA DEL MUNICIPIO ESCOLAR

A. Elaborar el plan de trabajo en coordinación con las comisiones de trabajo.

B. Emitir opinión y propuestas para mejorar el nivel de la calidad de la Institución Educativa.

C. Promover un registro de las organizaciones estudiantiles que existen al interior de la

Institución Educativa.

D. Convocar a toda las organizaciones estudiantiles que coexisten al interior de la Institución

Educativa, al inicio del año escolar (defensorías escolares, Brigadas ecológicas, Policías

escolares, fiscalías escolares, delegados y/o presidentes de aulas, etc.) para articular sus

acciones de trabajo y establecer un cronograma de actividades conjuntas, que eviten

duplicidad de acciones y actividades.

E. Presentar al CONEI el plan de trabajo aprobado para aportar el fortalecimiento de la gestión

de la Institución Educativa.

F. Coordinar con la Dirección de la Institución Educativa, docentes, Comité de TOE, CONEI y

APAFA, la difusión e implementación del plan de trabajo.

G. Convocar a los docentes coordinadores de las áreas curriculares que guardan relación con

las regidurías para el apoyo de sus actividades.

Page 65: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

65 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

H. Coordinar con de las y los estudiantes (delegados, policías escolares, fiscales escolares y

otros) la promoción de la convivencia y disciplina escolar en la Institución Educativa.

I. Coordinar actividades conjuntas con otros Municipios Escolares de la misma jurisdicción local

y/o regional, contando con la debida autorización de la Dirección de la Institución Educativa.

J. Evaluar, consensuar y aprobar el Reglamento Interno en el Marco del Consejo Escolar y en

concordancia con la Resolución Vice Ministerial Nº 0067-2011- ED.

K. Promover el ejercicio y respeto de los derechos del estudiante en el Marco de la Convención

de los Derechos del Niño y la Legislación Nacional.

Art. 112º.- FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA DIRECTIVA DEL MUNICIPIO ESCOLAR

A. Alcaldesa o Alcalde Escolar:

a) Representa a la I.E en actividades internas o externas referidas a actividades propias del

Municipio Escolar. Requiere de la autorización de la Dirección de la I.E. para participar en las

invitaciones a dichas actividades.

b) Coordinar la elaboración del Plan de Trabajo del Municipio Escolar, con el apoyo del docente

Asesor, incluyendo las actividades del calendario escolar..

c) Convocar y dirigir las sesiones, reuniones y asambleas del Municipio Escolar, con carácter

informativo y cuando sea necesario. Para ello debe contar con el voto de la mitad más uno

de los integrantes de la Directiva del Municipio Escolar y la autorización del Director de la I.E.

d) Trabajar coordinadamente con sus regidores y apoyar las comisiones de trabajo.

e) Promover prácticas de vigilancia ciudadana sobre el uso de los servicios de la I.E a través de

las Veedurías Escolares e informar a las y los estudiantes, así como a los directivos de la I.E.

de sus resultados.

f) Promover consultas a nivel de las y los estudiantes sobre las principales necesidades de la

I.E. y los intereses y necesidades de los mismos.

g) Reconocer a las y los estudiantes por sus acciones solidarias y ejemplares.

h) Apoyar las actividades del Comité de Tutoría y Orientación Educativa de la I.E, delegando su

realización al regidor respectivo.

i) Dar informe ante el Consejo Escolar al término de su gestión, con copia al Director de la I.E.

j) Rendir cuentas de su gestión a las y los estudiantes, mediante una publicación virtual o

impresa (periódicos murales, páginas web de la I.E., bog impresos, etc.) a la culminación de

cada actividad y al término de su gestión.

k) Informar por escrito los acuerdos tomados por la Directiva del Municipio Escolar al Director

de la I.E.

B. Teniente Alcaldesa o Teniente Alcalde

a) Remplazar a la alcaldesa o alcalde Escolar en caso de ausencia.

b) Revisar y aprobar los informes de las Comisiones de Trabajo los mismos que deben reflejar

y respetar los acuerdos de Asambleas.

C. Regidora o regidor de Educación, Cultura, Recreación y Deporte.

Page 66: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

66 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

a) Coordinar las actividades de la comisión de Educación, Cultura, Recreación y Deporte del

Municipio Escolar de la I.E.

b) Coordinar la implementación de las actividades culturales, recreativas y deportivas de la I.E

con el apoyo de los responsables de las diversas áreas del desarrollo curricular del grado y

el Director de la I. E.

c) Informar sobre las actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar.

D. Regidora o regidor de Salud y Ambiente

a) Coordinar las actividades de la comisión de Salud y Ambiente del Municipio Escolar.

b) Promover campañas que favorezcan la salud, ornato y el cuidado del ambiente en al I.E. y su

entorno coordinando con las autoridades e instituciones locales que cumplan dichos fines.

c) Prevenir situaciones que pongan en riesgo la salud de las y los estudiantes en la I.E.

d) Formar parte del Comité ambiental y de sus comisiones: Comisión de gestión del riesgo y

Comisión de salud.

e) Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar.

E. Regidora o regidor de Emprendimiento y Actividades Productivas

a) Coordinar las actividades de la comisión de Emprendimiento y Actividades Productivas del

Municipio Escolar, promoviendo la implementación de diferentes proyectos productivos y de

servicios en la I.E

b) Colaborar en las acciones de orientación vocacional implementadas en la I.E.

c) Coordinar con instituciones públicas y privadas de la localidad la implementación de

proyectos productivos y de servicios en la I.E.

d) Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar

F. Regidora o regidor de Derechos del Niño, Niña y Adolescente

a) Coordinar las actividades de la comisión de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del

Municipio Escolar.

b) Difundir los derechos y responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes en la I.E.

c) Promover la participación activa de la I.E en la campaña por la semana nacional de los

Derechos del Niño, Niña y Adolescente.

d) Promover la participación de las y los estudiantes en la campaña Tengo Derecho al Buen

Trato, que impulsa la I.E., enfatizando la prevención del maltrato o acoso entre estudiantes y

toda forma de violencia.

e) Promover en la I.E. acciones relacionadas al derecho, a la identidad, a través de campañas

para la entrega del Documento Nacional de Identidad (DNI) a las niñas, niños y adolescentes

que no lo tuvieran.

f) Promover la participación de las y los estudiantes en las Defensorías Escolares (DESNAS)

y/o Defensorías Municipales como promotores defensores.

Page 67: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

67 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

g) Coordinar acciones y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, con la

Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente (DEMUNA) y otras instancias que velas por

el respeto a sus derechos.

h) Formar parte de la brigada de Seguridad Vial en la I.E

i) Ser parte integrante de la Junta de Estudiantes de las Fiscalías Escolares, donde existiese.

Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar

CAPITULO XXVI

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE LICITACIÓN Y SUPERVISIÓN DE QUIOSCO y CAFETIN

Art. 113° QUISCO YCAFETÍN ESCOLAR:

A. Convocar la licitación de Quiosco y cafetín Escolar.

B. Elaborar, publicar, difundir y vender las bases de licitación.

C. Publicar los resultados de la licitación.

D. Realizar las acciones de supervisión y control de las condiciones de venta y su procedencia

garantizada de los productos a venderse, como también de los precios, horarios de atención,

y la atención a los usuarios.

E. Recepcionar las sugerencias y quejas de los usuarios por escrito a través de la Dirección y

administración.

F. Resolver en primera instancia, todos los reclamos relacionados con la licitación, supervisión

y control de Quiosco y cafetín Escolar.

G. Realizar en forma bimestral un informe de la supervisión realizada a la Dirección.

H. La comisión, podrá sugerir la renovación, ampliación del alquiler, de los concesionarios si el

caso lo amerite teniendo la aprobación de la mayoría de los Docentes y el visto bueno del

CONEI.

CAPITULO XXVII

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA E INVENTARIO.

DE LOS BIENES PATRIMONIALES

Art. 114° Todo el personal que labora en la Institución Educativa, debe proteger y conservar los

bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignadas para el desempeño de sus funciones

de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que

otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propósitos que no sean aquellos para

los cuales hubieran sido específicamente destinados.

Page 68: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

68 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

El personal que labora en la Institución Educativa está prohibido de sacar fuera del local escolar los

materiales, herramientas, mobiliario, maquinas u otros objetos pertenecientes a los bienes

patrimoniales sin autorización escrita de la Dirección y firmado el correspondiente cargo.

La Institución Educativa debe de llevar un Registro de sus bienes muebles, para lo cual efectuará el

inventario de todos los que posea, explicitando la causa que originó su ingreso al patrimonio.

La Subdirección de Administración es la responsable de la administración de los bienes patrimoniales

de la Institución Educativa, que incluye entre otros: identificar, codificar, registraren el inventario

patrimonial, controlar, cautelar y fiscalizar; así como coordinar con la dirección el alta, la baja y la

disposición final del patrimonio mobiliario.

Las adquisiciones efectuadas por la Asociación de Padres de Familia (APAFA) son donadas a la

Institución Educativa mediante acta, dentro de los treinta (30) días siguientes a su adquisición. El

Director de la Institución Educativa aceptará por Resolución Director al Institucional la donación, el

cual deberá especificar el valor del bien donado, le da de alta (lo incorpora) al inventario patrimonial

en un plazo no mayor de diez (10) días de la fecha de recepción.

A. Al inicio del año escolar la hará entrega bajo inventario del mobiliario, enseres, equipos

a los responsables de las diferentes dependencias quienes garantizarán la seguridad,

cuidado y mantenimiento de los bienes muebles asignados, dando cuenta por escrito a

la Dirección de cualquier incidencia que afecte la conservación del Patrimonio

Institucional

B. Se encargará de la distribución de los mobiliarios, aulas funcionales a los docentes y

alumnos, bajo compromiso de responsabilidad

C. Se monitoreara la conservación de las mesas, sillas en forma permanente y al finalizar el

trimestre informara a la dirección.

Se encargara de garantizar la conservación de la infraestructura de la I.E, en coordinación con las

demás comisiones, docentes, personal administrativo y guardianía

TITULO IV

CAPÍTULO I

DE LA PLANIFICACIÓN CURRICULAR

Art.115° Los instrumentos de gestión pedagógica de uso y manejo obligatorio de los docentes son:

programación anual, unidad didáctica (Unidad de aprendizaje, proyecto de aprendizaje y proyecto de

aprendizaje) y sesión de aprendizaje.

Art.116° La planificación curricular se organizará en el marco de las rutas de aprendizaje versión 2015 y el

DCN modificado aprobado por la R.M. Nº 0199-2015-MINEDU.

Page 69: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

69 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Art.117º Los formatos y/o esquemas de programaciones anuales, unidades didácticas y sesiones de

aprendizaje son sugeridos y no existe formato único.

Art.118° Se encuentran vigentes el DCN aprobado por R.M. Nº 440-2008-ED, DCN modificado mediante R.M.

Nº 199-2015-MINEDU y Rutas de Aprendizaje.

Art. 119º Está prohibido ingresar al aula sin sesión de aprendizaje y material educativo.

CAPITULO II

DE LA CALENDARIZACIÓN Y HORARIO ESCOLAR

Art. 120° La calendarización del Año Escolar comprende de marzo a diciembre de cada año, conforme a las

normas específicas emitidas por el Ministerio de Educación y Órganos Intermedios (UGEL, DRE).

Art. 121º El Año Escolar consta de 40 semanas y 02 semanas de vacaciones para estudiantes; asimismo cada

periodo será bimestral, haciendo un total de 04 bimestres. Las horas mínimas para el modelo de

Jornada Escolar Completa es de 1600 horas anuales.

Art. 122º El horario escolar está estructurado de la siguiente manera: De 8.00 a 3.30 horas, con 09 horas

pedagógicas diarias de 45 minutos cada una y 30 minutos para receso/refrigerio.

CAPÍTULO III

DE LA EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA

Art. 123° La evaluación es un proceso permanente, a través del cual se observa, se registra y se analiza la

información significativa, con respecto a potencialidades, necesidades y logros de los estudiantes;

con el fin de reflexionar, emitir juicios de valor y tomar decisiones pertinentes y oportunas para la

mejora de los aprendizajes.

Art. 124° La evaluación de los aprendizajes es integral, continuo, sistemático, flexible y participativo.

Art. 125° La evaluación cumple doble función: Función pedagógica (porque regula el proceso de aprendizaje);

y la función social (porque constata y certifica el logro de los aprendizajes al término de un período

de tiempo).

Art. 126° El docente del área curricular aplica una evaluación formativa y sumativa.

Art. 127º La evaluación de los estudiantes es por competencias, capacidades y por indicadores.

Art 128° La evaluación se realiza en el local de la institución educativa y en horas de clases. Toda autorización

fuera del marco legal es nula de pleno derecho.

Art. 129° Los docentes de las diferentes áreas curriculares entregarán los resultados de las evaluaciones

mediante SIAGIE en plazo establecido por la Dirección.

Art.130° Los docentes utilizan una diversidad de instrumentos de evaluación por competencias como ficha de

observación, lista de cotejo, ficha de desempeño, entre otros.

Art. 131º La escala de calificación de las competencias es vigesimal, que comprende los siguientes rangos: 01

a 10, 11 a 13, 14 a 17, y 18 a 20.

Page 70: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

70 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

Art. 132° Los Programas de Recuperación Pedagógica en la Institución Educativa están dirigidos a estudiantes

con dificultades en el logro de aprendizajes significativos con el fin de nivelarlos. Requieren una

atención personalizada y el apoyo complementario de recursos y materiales.

Art.133º En la institución educativa Pública JEC. “San Juan Bautista”, el Programa de Recuperación

Pedagógica tiene las siguientes características:

a) Son temporales.

b) Presentan dos formas de atención: Durante el año escolar o periodo lectivo y durante las vacaciones

escolares de fin de año.

c) Se basan en estrategias pedagógicas que ayuden a superar las dificultades específicas.

d) El Programa de Recuperación Pedagógica que se realiza durante las vacaciones escolares tiene una

duración de seis semanas, los estudiantes pueden asistir a estos programas en su propia institución

educativa u otra, con conocimiento de la institución educativa de origen.

e) Los estudiantes que no participan en este programa, previa autorización del Director, asumen el

compromiso de prepararse para ser evaluados en las fechas o periodos establecidos por la dirección

de la institución educativa a la que pertenecen.

f) La institución educativa prevé que en el Programa de Recuperación Pedagógica se aplique una

evaluación continua que responda a la concepción de evaluación como proceso.

Art. 134º La organización y ejecución del Programa de Recuperación Pedagógica durante el periodo

vacacional, es previa aprobación del Proyecto en el enfoque por competencias, uso adecuado de las

Rutas de Aprendizaje y la autorización otorgada por la Unidad de Gestión Educativa Local de

Huaytará.

Art. 135º Está terminantemente prohibido aperturar aulas de preparación para el grado inmediato superior por

ser Programa de Recuperación Pedagógica.

Art. 136º Está terminantemente prohibido a las instituciones educativas públicas alquilar la infraestructura para

la realización del indicado programa a las instituciones educativas privadas bajo responsabilidad

funcional.

Art. 137º Los estudiantes participan en forma voluntaria en el Programa de Recuperación Pedagógica del

segundo al quinto grado de Educación Secundaria que no lograron las competencias y capacidades

previstas del grado.

Art. 138º Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, pueden asistir al Programa de

Recuperación Pedagógica organizado en otra Institución Educativa, previa autorización expedida por

la Dirección de la Institución Educativa de origen, para garantizar la validez de la evaluación de

recuperación. Esta autorización no procede dentro del mismo distrito.

Art. 139º La organización del programa estará a cargo del Director y los Coordinadores Pedagógicos de la

Institución Educativa, quienes seleccionarán al personal docente, según su desempeño docente,

aplicación de innovaciones pedagógicas y hayan aplicado el Plan de Apoyo para que ningún

estudiante se quede atrás. En ningún caso participarán en el Programa docentes con estudiantes

desaprobados.

Art. 140º Finalizado el Programa de Recuperación Pedagógica, el Director de la Institución Educativa, bajo

responsabilidad elevará en un plazo máximo de 5 días a la UGEL Huaytará, las actas de evaluación

Page 71: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

71 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

y el informe final documentado, de las acciones del Programa, en los aspectos administrativos,

pedagógicos y financieros.

Art. 141º Queda terminantemente prohibido los programas de nivelación, reforzamiento u otros para

estudiantes que ingresan al Primer grado de Educación Secundaria, bajo responsabilidad funcional

del Director.

Art. 142º El Programa de Recuperación Pedagógica en ningún caso será utilizado para seleccionar o

condicionar la matrícula.

Art. 143º La evaluación de subsanación serán programadas dos veces durante año lectivo y los responsables

de la evaluación serán los docentes del área curricular con desempeño aprobatorio.

CAPITULO V

DE LOS PROYECTOS DE INNOVACIÓN PEDADÓGICA

Art. 144º El objetivo de los proyectos de innovación consiste en el mejoramiento la calidad enseñanza -

aprendizaje para el logro de los aprendizajes.

Art. 145º Favorecer la investigación pedagógica aplicada, tomando como base las experiencias de los

proyectos de innovación.

Art. 146º Establecer estrategias para promover el trabajo en equipo de los docentes y otorgar estímulos a los

que a partir de sus proyectos, alcancen logros significativos en la calidad de los aprendizajes de los

estudiantes.

Art. 147º Promover una cultura de innovación y buenas prácticas educativas en la docencia.

Art. 148º Los proyectos de innovación son aquellos destinados a mejorar y desarrollar aspectos pedagógicos

y de gestión de las Instituciones Educativas. Constituyen un proceso colectivo de reflexión y creación,

dirigido a generar nuevos valores, normas, TIC, métodos y mejores actitudes, comportamientos y

relaciones de la comunidad educativa.

Art. 149º Los proyectos de innovación pedagógicos serán orientados a desarrollar o perfeccionar nuevos

métodos para desarrollar competencias y capacidades y mejorar la calidad de los procesos de

enseñanza - aprendizaje con participación activa de los estudiantes.

Art. 150º Los proyectos de innovación deben estar destinados a innovar y mejorar la calidad del desempeño

docente y la gestión institucional, centrado en el aprendizaje de los estudiantes.

Art. 151º Los proyectos de innovación deben mejorar los procesos de aprendizaje, formas de gestión o las

condiciones que permitan hacer realidad la equidad en la educación. Deben orientarse a la

construcción de una sociedad más justa e inclusiva, con derechos iguales para todos, reconociendo

la diversidad y que contribuyan a la eliminación de las barreras al aprendizaje y la participación.

Art. 152º El proyecto de Innovación se plantea en el marco del Proyecto Educativo Institucional, Proyecto

Educativo Local o el Proyecto Educativo Regional

Page 72: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

72 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

CAPITULO VII

DE LOS MATERIALES Y RECURSOS EDUCATIVOS

A. El Coordinador Administrativo y de Recursos Educativos es el responsable de garantizar que los

equipos, materiales y espacios educativos se encuentren a disposición plena de los estudiantes y se

usen de manera pertinente.

B. Los equipos, materiales y espacios educativos son recursos de diversa naturaleza que se utilizan en los

procesos pedagógicos con el fin de que los estudiantes desarrollen de manera autónoma, reflexiva e

interactiva sus aprendizajes. Los materiales incluyen los recursos digitales como los libros electrónicos,

aplicaciones multimedia, entre otros.

C. Además de los materiales educativos donados por el MINEDU, también son adquiridos con recursos

propios de la institución educativa y fondos de APAFA conforme a las normas legales.

D. Las Aulas Funcionales están equipados con los materiales y recursos educativos de acuerdo al Área

Curricular correspondiente.

E. El Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico, es el responsable de garantizar el uso adecuado

de los recursos tecnológicos y su respectiva conservación por los estudiantes.

CAPITULO VII

DE LAS ACTIVIDADES RECREATIVAS, DEPORTIVAS Y CULTURALES

Art. 153°

a. La institución educativa es un espacio amigable y saludable abierto a la comunidad. Se aprovecha la

infraestructura fuera del horario de clase para constituirse como centro cultural o deportivo para la

comunidad educativa.

b. Las actividades recreativas como los paseos por Día de la Juventud se desarrollarán previa

presentación de un Plan Específico de paseo escolar cumpliendo con los requisitos estipulados en

normas legales vigentes.

c. Las actividades deportivas se desarrollarán previo Plan Específico en coordinación con el docente

responsable de Educación Física, cuya duración no será mayor a un día

d. La participación de los estudiantes en los Juegos Deportivos Nacionales Escolares estará financiado

con fondos de APAFA y recursos propios de la institución educativa

e. Los estudiantes y docentes podrán organizar ferias, festivales o concursos de música, danzas

folklóricas, pintura, artesanía, gastronomía, productos locales, entre otros. Asimismo visitar museos,

lugares turísticos e históricos y naturales para valorar el patrimonio natural y cultural de nuestro país.

f. La organización de las actividades, se realizará evitando gastos innecesarios, que afecten la

economía familiar

g. Las actividades culturales tanto de docentes como de estudiantes será organizado por la Dirección

en cumplimiento del Plan Anual de Capacitación.

Page 73: Institución Educativa Pública San Juan BautistaI E S JB 2 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ UGEL HUAYTARA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUAYTARÁ INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

I E

S J B

73 IE. SAN JUAN BAUTISTA - HUAYTARÁ

UGEL HUAYTARA

h. Los estudiantes que integran la selección tanto de varones como mujeres de las diferentes disciplinas

deportivas, deberán contar con el permiso de los padres de familia para los entrenamientos en horas

de la tarde sin afectar las horas efectivas de clase.

i. Los estudiantes que integren la banda de música contarán con el permiso de los padres de familia

para ensayos en horas de la tarde sin afectar las horas efectivas de clase.

j. Los integrantes de la escolta, brigadas y batallones de la Institución Educativa realizarán los ensayos

en horario que no afecte las horas efectivas de clase

CAPITULO VIII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.-. El Reglamento Interno será aprobado por la asamblea general en coordinación con el

Director de la Institución Educativa y tendrá vigencia hasta el 2021 aplicándose su ejecución a partir

de su aprobación y publicación.

SEGUNDA.- Para reajustar el presente reglamento se conformará un comité integrado por

representante del personal directivo, docente, administrativo y coordinadores pedagógicos.

TERCERA.- La situación no prevista en el reglamento será resuelta por el órgano Directivo y CONEI.

CUARTA.- El presente reglamento será distribuido a los Profesores, administración de APAFA y

Municipio Escolar.

QUINTA.- Entra en vigencia al día siguiente de su aprobación.

SEXTA.- Los artículos no contemplados en el presente reglamento serán modificados o aprobados

de acuerdo a lo que proponga la I.E.

Publíquese, Comuníquese, Cúmplase

Huaytará, marzo del 2017

ORIGINAL FIRMADO

Mg. JUAN CARLOS YACHI MENDOZA

Director