interdictos posesorios y prohibitivos infografia
TRANSCRIPT
![Page 1: interdictos posesorios y prohibitivos infografia](https://reader030.vdocuments.net/reader030/viewer/2022021417/58edb9681a28abba028b4591/html5/thumbnails/1.jpg)
UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIA JURIDICA Y POLÍTICAESCUELA DE DERECHO
INFOGRAFIA
Integrante: Darwin Alvarado
CI:26768428
BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE 2015
![Page 2: interdictos posesorios y prohibitivos infografia](https://reader030.vdocuments.net/reader030/viewer/2022021417/58edb9681a28abba028b4591/html5/thumbnails/2.jpg)
BIBLIOGRAFIA
1. Código de procedimiento civil.2. Código civil.3. Material de SAIA. 4. Google para las imágenes.
![Page 3: interdictos posesorios y prohibitivos infografia](https://reader030.vdocuments.net/reader030/viewer/2022021417/58edb9681a28abba028b4591/html5/thumbnails/3.jpg)
Se caracteriza por la sola turbación de la paz posesoria.Esta señalado en el código civil en el Art 782
Interdictos De Amparo:
Interdicto De Despojo o restitución:
El interesado demostrará al Juez lo ocurrencia del despojo. Esta señalado en el Art 783 del código civil .Se trate de una cosa mueble o inmueble
Interdictos Posesorios-Es el tribunal de primaria instancia en lo civil del lugar donde este situado la cosa o objetos del interdictos.
Clases De interdictos posesorio son de:
Amparo. Restitución o despojo.
-Es de primera instancia en lo civil del lugar.
Naturaleza Jurídica:Su naturaleza es especial, aun cuando no posesorias, yo diría sin pecar de exagerado que se trata de una acción cautelar en procedimiento sumarísimo.
Tribunal Competente
Procedimiento: El art:701 C.P.C El Juez ordenará la citación del querellado, y practicada ésta, la causa quedará abierta a pruebas por diez días. Concluido dicho lapso las partes presentarán dentro de los tres días siguientes, los alegatos que consideren convenientes, y el Juez, dentro de los ocho días siguientes dictará la sentencia definitiva
![Page 4: interdictos posesorios y prohibitivos infografia](https://reader030.vdocuments.net/reader030/viewer/2022021417/58edb9681a28abba028b4591/html5/thumbnails/4.jpg)
Interdictos ProhibitivosClases:
Naturaleza DeLa Pretensión:
Existe una diferencia fundamental entre estos interdictos y los demás porque estos no se refieren a actos perturba torios ni de despojo sino a actos ya efectuados que se puedan dañar o afectar la cosa poseída.
De obra nuevaObra vieja o de daño temido
Tribunal Competente:Es el tribunal de primera instancia. En el lugar donde este situado la cosa cuya protección posesoria se solicita.
Interdicto De Obra Nueva: Que la persona tenga razón para temer que una obra nueva cause daño en su propio suelo o sea en suelo ajeno, cause perjuicio a un inmueble a un derecho real.
Interdicto De Obra Vieja O De Daño Temido:
Esta acción procede cuando el querellante o poseedor tiene motivo racional para temer, que un edificio viejo, un árbol o cualquier otro objeto amenace con daño